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ÁREA DE GOBIERNO DE EQUIDAD, DERECHOS SOCIALES, VIVIENDA Y EMPLEO C Coordinación General de Equidad, Servicios Sociales, Vivienda y Empleo Departamento de Inmigración 1 CONTRATO DE SERVICIOS DENOMINADO: “GESTION DE LAS OFICINAS MUNICIPALES DE INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL DE LA POBLACIÓN INMIGRANTE” Firmado por: PRADO PRADO MARIA CARMEN - DNI 09708463W Cargo: ADJUNTA AL DEPARTAMENTO DE INMIGRACIÓN Fecha: 18-04-2016 09:15:35 Página: 1 de 24 Código de verificación : PYd2a0133072a814 Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente dirección http://www- 2.munimadrid.es/VerificacionCove/CotejoCOVE.jsp?codigoVerificacion=PYd2a0133072a814

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CONTRATO DE SERVICIOS DENOMINADO: “GESTION DE LAS OFICINAS MUNICIPALES DE INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL DE LA POBLACIÓN INMIGRANTE”

Firmado por: PRADO PRADO MARIA CARMEN - DNI 09708463WCargo: ADJUNTA AL DEPARTAMENTO DE INMIGRACIÓNFecha: 18-04-2016 09:15:35

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONTRATO DE SERVI CIOS DENOMINADO: “GESTION DE LAS OFICINAS MUNICIPALES DE INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN PARA LA INTEGRACIÓN SOCIA L DE LA POBLACIÓN INMIGRANTE” (1/08/2016-31/07/2017) CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente contrato es favorecer la convivencia social e intercultural de todos los vecinos y vecinas a través de la puesta en marcha y desarrollo de recursos específicos para la población inmigrante de carácter formativo, informativo y documental que faciliten su integración social. Proporcionar información general sobre aspectos sustantivos de la Ley de extranjería o sobre los servicios sociales y recursos existentes en la ciudad de Madrid. Ofrecer información y orientación específica en materia de extranjería, de vivienda, laboral, de formación y demás cuestiones demandadas por quienes acudan a buscar información y ayuda. Ofrecer apoyo a la población inmigrante en la resolución de las cuestiones sobre las que consulten. Elaborar el diseño y contenido de la documentación de carácter informativo que se proporcionará a los ciudadanos y ciudadanas que acudan a los centros, de conformidad con la Coordinación General de Equidad, Servicios Sociales, Vivienda y Empleo. Facilitar la comunicación y la búsqueda de empleo mediante la impartición de cursos de español y alfabetización si se detectase población que la requiera. Ofrecer a la población inmigrante formación para el empleo y programas dirigidos a facilitar la inserción laboral. Facilitar el acceso a la información a través de un servicio de traducción de textos e interpretación telefónica. Garantizar la igualdad de trato de todos los usuarios y usuarias velando por el libre ejercicio de sus derechos y garantizando la no discriminación.

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Ofrecer información sobre los recursos y trámites necesarios en caso de actuaciones racistas o discriminatorias. CLÁUSULA SEGUNDA: CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LA PR ESTACIÓN Los licitadores deberán presentar un proyecto técnico de gestión de las oficinas municipales de información y orientación para la integración de la población inmigrante, que contemplará las siguientes áreas de intervención cuyo contenido mínimo se desglosa en cada uno de los apartados descritos a continuación: - ÁREA DE INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN - AREA DE FORMACÍON EN LENGUA ESPAÑOLA - AREA DE EMPLEO - AREA DE TRADUCCIÓN DE TEXTOS E INTERPRETACIÓN TELEFÓNICA Horario de prestación del servicio: de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas, y los domingos permanecerá abierta la oficina sur de 10:00 a 14:00 horas 1.- ÁREA DE INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN La integración social de las personas inmigrantes y su participación en la vida de la ciudad, requiere del conocimiento de sus derechos y obligaciones, de las normas en materia de extranjería y de los servicios sociales y recursos existentes. En materia de información y orientación se prestará un asesoramiento personalizado en la atención de las demandas que plantean los usuarios y usuarias sobre los servicios y recursos sociales, tanto públicos como privados, que existan en la ciudad de Madrid, así como sobre los trámites administrativos necesarios en materia de extranjería. Consiste en proporcionar información general en materia de extranjería, servicios sociales y recursos existentes en la ciudad de Madrid y ofrecer información y orientación específica en materia de extranjería, de vivienda, laboral, de formación, sanitaria, escolarización, etc. Asimismo se ofrecerá apoyo a la población inmigrante en la resolución de las cuestiones sobre las que consulten. Se suministrará información específica sobre aquellos dispositivos de asesoramiento y apoyo jurídico en materia de extranjería y frente a actuaciones racistas y xenófobas.

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Deberá elaborarse la documentación que se proporcionará a los ciudadanos y ciudadanas que acudan a las Oficinas, que tendrá carácter informativo sobre el conjunto de derechos y obligaciones y demás extremos que se considere conveniente incluir, de acuerdo con la Coordinación General de Equidad, Servicios Sociales, Vivienda y Empleo. El servicio de Información y Orientación estará también destinado a quienes sean profesionales del ámbito social, como vía para resolver sus consultas y reforzar sus conocimientos. En esta línea, deberá mantenerse permanentemente actualizado el contenido del ya existente manual online del Ayuntamiento de Madrid denominado “Manual de integración en la ciudad de Madrid”. La atención por parte de los técnicos responsables del servicio a las personas que lo soliciten, incluirá las siguientes actividades:

a) Recepción de los usuarios y usuarias.

b) Información y entrega de documentación.

c) Registro y recogida de información.

d) Coordinación con otros servicios municipales, otras

administraciones públicas o entidades privadas.

e) Esta información tendrá carácter general y solo en aquellos casos en que se detecte la necesidad de una valoración y posterior intervención social, se derivará a los servicios sociales municipales.

f) Asimismo en aquellas situaciones en que se considere

necesario se procederá a la derivación del usuario al recurso o prestación social correspondiente.

2.- AREA DE FORMACÍON EN LENGUA ESPAÑOLA

Este servicio, que se prestará a partir del 1 de agosto de 2016, estará destinado al conocimiento y/o perfeccionamiento de la lengua española como medio imprescindible para facilitar la inserción personal, social y laboral de todas aquellas personas que siendo originarias de otros países lo necesiten. Existirán dos niveles básicos (A1 y A2) y un nivel intermedio conversación (B1) que se deberán distribuir en diferentes horarios, turnos de mañana y tarde de

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lunes a viernes y también un curso intensivo los domingos por la mañana, para facilitar la asistencia de los alumnos y alumnas. Este Servicio contará como mínimo con:

• seis módulos / día de español con un mínimo de dos

horas/módulo de duración de lunes a viernes. Se establecerán cursos de mañana y tarde al objeto de cubrir las necesidades, pudiendo extenderse la prestación de este servicio hasta las 18:00 horas.

• Un módulo intensivo los domingos en horario de 10 a 14 horas que será impartido por 1 técnico para la atención y 1 técnico docente.

• Diseño y elaboración de materiales didácticos para estos cursos.

Los cursos de español se diseñarán atendiendo a las especiales necesidades de la población inmigrante (en cuanto a número de horas, horarios más convenientes, metodología docente, número de personas por grupo, etc.). Se considerará esencial que el material utilizado incluya contenidos “ad hoc” que introduzcan a través de los cursos, los conceptos básicos de convivencia de Madrid (hábitos cívicos, derechos y obligaciones, contenidos de las ordenanzas municipales más relevantes, horarios de recogida de basuras, usos de los espacios públicos), así como nociones básicas de español necesarias para realizar las gestiones iniciales en los distintos organismos públicos (empadronamiento, tarjeta sanitaria, etc). La programación de estos cursos se llevará a cabo con conocimiento y consentimiento del Departamento de Inmigración, en función de la demanda y circunstancias sobrevenidas, garantizando la entidad contratista los medios organizativos necesarios para atender el servicio en los días y horas en que deba prestarse. Los cursos de alfabetización para la adquisición de competencias básicas de lectoescritura, se realizarán siempre que se detecte esta necesidad en la población que acude a las oficinas.

3.- AREA DE EMPLEO

a) Servicio de Formación para el Empleo Este Servicio estará destinado a proporcionar a las personas inmigrantes en situación de precariedad laboral o desempleo, las habilidades sociales necesarias para el acceso o mantenimiento del empleo.

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Deberá proporcionar el conocimiento necesario sobre las demandas y necesidades del contexto laboral actual, sobre cuestiones relacionadas con derechos y deberes laborales y acciones tendentes a la mejora de las competencias en la inserción laboral. Dada la coyuntura económica actual y el aumento del desempleo entre los más jóvenes, será necesario abordar este problema de forma diferenciada. Esto se traducirá en la creación de talleres para personas adultas o con experiencia laboral y en programas de formación de carácter prelaboral para jóvenes entre 16 y 25 años, que carezcan de ella y busquen su primer empleo y, cuyas carencias van más allá de la mera formación profesional, haciendo hincapié en la necesidad de seguir su formación si fuera necesario y en desarrollar las habilidades y herramientas necesarias para la búsqueda de empleo. Este Servicio de formación deberá contar con talleres de carácter permanente y/o temporal como talleres de búsqueda activa de empleo (BAE), iniciación a la informática, idiomas y cualquier otra materia que el equipo técnico de empleo de las Oficinas considere necesaria para mejorar la empleabilidad de los usuarios y usuarias que acceden a ellos. También deberán desarrollarse cursos de formación ocupacional para incrementar el acceso al empleo en los perfiles más demandados por las empresas adaptándolos a las características de las personas que acceden a las Oficinas.

Se impartirán mensualmente otros contenidos formativos, pudiendo realizarse charlas, talleres, coloquios y visitas que se consideren de interés para la población inmigrante, para un conocimiento más amplio de la ciudad y para favorecer su integración. Se realizará una planificación mensual del conjunto de actividades y se presentará para la aprobación y conformidad del Departamento de Inmigración de la Coordinación General de Equidad, Servicios Sociales, Vivienda y Empleo, responsable de la coordinación del dispositivo. La programación de los cursos a desarrollar se llevará a cabo con conocimiento y consentimiento del Departamento de Inmigración, en función de la demanda, garantizando la entidad contratista los medios organizativos necesarios para atender el servicio en los días y horas en que deba prestarse. Estos cursos, talleres y actividades se realizarán a partir del 1 de agosto de 2016, cubrirán un mínimo de 60 horas/ mensuales y serán impartidos por profesionales cualificados en las diferentes materias, contratados por la entidad adjudicataria exclusivamente para la realización de los mismos así como por el personal técnico de inserción laboral descrito en el apartado cuatro de este pliego.

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Los gastos de material didáctico correrán a cargo de la entidad adjudicataria.

b) Servicio de Inserción Laboral

Este Servicio deberá desarrollar todas aquellas acciones que faciliten la integración en el mercado de trabajo de las personas inmigrantes que se encuentren en situación o en riesgo de exclusión social a través del desarrollo de itinerarios integrados de inserción laboral individualizados. Se realizarán inicialmente talleres informativos de carácter grupal, para exponer el trabajo que se puede llevar a cabo en las Oficinas con el objetivo de favorecer la inserción laboral: búsqueda activa de empleo, búsqueda a través de Internet, autoempleo, presentación de currículo, manejo de herramientas informáticas, enfrentamiento con éxito a entrevistas de trabajo, etc. Por otro lado, se hará una intervención individualizada a través de un diagnóstico y diseño personalizado de itinerarios de inserción laboral, que deberán incluir aspectos administrativos, formativos y laborales. Se orientará a los usuarios y usuarias hacia acciones de formación académica u ocupacional (prelaboral y/o de reciclaje) imprescindibles para mejorar su empleabilidad. La programación de los talleres a desarrollar se llevará a cabo con conocimiento y consentimiento del Departamento de Inmigración, en función de la demanda, garantizando siempre la entidad contratista, los medios organizativos necesarios para atender el servicio en los días y horas en que deba prestarse. Los cursos, talleres y actividades, que se realizarán a partir del 1 de agosto de 2016, cubrirán un mínimo de 50 horas/mensuales y serán impartidos por el personal técnico de inserción laboral de las Oficinas. El material didáctico será provisto por la entidad adjudicataria.

4.- AREA DE TRADUCCIÓN DE TEXTOS E INTERPRETACIÓN TELEFÓNICA Este servicio, que se prestará a partir del 1 de agosto de 2016, estará orientado a facilitar la comunicación entre las personas inmigrantes que desconozcan la lengua española y los profesionales de los servicios y recursos municipales, por lo que se constituye como un medio eficaz en la labor de asistencia a la población inmigrante, a través de dos vertientes, la interpretación telefónica y la traducción escrita de documentos administrativos.

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La entidad contratista prestará un servicio de traducción de textos (directa: al español o inversa: del español) e interpretación telefónica que incluirá como mínimo los idiomas señalados a continuación:

inglés francés chino rumano árabe búlgaro ruso polaco ucraniano

a) Servicio de traducción de textos: La empresa adjudicataria ofrecerá un servicio mínimo de 34.856 palabras traducidas durante el período de ejecución del contrato. Los servicios y dispositivos municipales entregarán a la empresa adjudicataria, preferentemente mediante soporte informático, los textos objeto de traducción o revisión. La empresa adjudicataria realizará sobre el texto proporcionado la traducción directa o inversa de la lengua que se solicite, así como su revisión. La remisión de los textos traducidos o revisados por la entidad adjudicataria al dispositivo o servicio solicitante se realizará preferentemente por correo electrónico en el plazo que para cada encargo se solicite sin que pueda exceder de 72 horas, salvo que por circunstancias excepcionales se requiera un plazo superior. En el supuesto de que se compruebe que en la traducción existen errores materiales o que afectan sustancialmente a la integridad del texto o su sentido, el Ayuntamiento de Madrid podrá rechazarla y exigir una nueva, sin coste adicional, que deberá ser entregada dentro de las 24 horas siguientes. Los gastos que deriven de la entrega de los trabajos serán a cargo de la empresa adjudicataria.

b) Servicio de interpretación telefónica: La adjudicataria prestará un servicio de interpretación telefónica por el cual el personal de servicios y dispositivos municipales de atención social y sus usuarios se podrán comunicar verbalmente en cualquiera de los idiomas indicados a través de un intérprete, siguiendo el siguiente procedimiento:

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1º.- El personal del servicio o dispositivo municipal llamará al número de teléfono proporcionado por la adjudicataria y solicitará el idioma.

2º.- La entidad localizará al intérprete y lo pondrá en contacto con el servicio o dispositivo municipal. 3º.- Establecida la comunicación comenzará el sistema llamada a tres y el interprete irá traduciendo a ambos interlocutores. Condiciones técnicas de la prestación del servicio de interpretación telefónica:

Se llevará a cabo en condiciones de disponibilidad inmediata, de 9:00 horas a 22:00 horas, todas las semanas de lunes a viernes y durante 11.619 minutos como mínimo a lo largo del período de ejecución del contrato. La empresa adjudicataria deberá poner a disposición los medios técnicos y humanos necesarios para llevar a cabo la prestación de este servicio de interpretación telefónica, asumiendo el compromiso de mantenerlo operativo en todo momento. La empresa adjudicataria deberá comprometerse a la sustitución o reparación de los elementos que componen el sistema en caso de avería o deficiencia temporal, en un plazo máximo de 24 horas desde la recepción por la adjudicataria del aviso realizado sobre la deficiencia advertida, o desde el momento en que los servicios técnicos de la empresa adjudicataria en sus rutinas detecten cualquier deficiencia en el propio sistema. La empresa adjudicataria ofertará el servicio, además de en las dos Oficinas de Información y Orientación para la Integración social de la población inmigrante, en los centros y/o dispositivos del Ayuntamiento de Madrid competentes en materia de servicios sociales, que se relacionan en el anexo que se adjunta. No obstante, la Coordinación General de Equidad, Servicios Sociales, Vivienda y Empleo podrá determinar que se preste este servicio en otros centros o dispositivos o que no se preste en alguno de los determinados, en función de la demanda. Las actividades de difusión y publicidad de las prestaciones objeto del presente contrato no tendrán incidencia en los medios de comunicación incluidos en el ámbito de aplicación del Decreto de 26 de marzo de 2012 de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, por el que se declaran de gestión centralizada los servicios de publicidad, promoción, divulgación y anuncios del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, que tengan incidencia en medios de comunicación y se establecen los procedimientos para su contratación.

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CLÁUSULA TERCERA: LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO A partir del 1 de agosto de 2016 se pondrán en marcha 2 Oficinas:

Oficina norte:

Se contará con un local ubicado en el Distrito de Tetuán, C/ Juan Pantoja, nº 2 /esq. Calle Bravo Murillo, nº 133 (Casa de Baños), con 316 m2, distribuido en una planta, que actuará como Oficina Central. Corresponde al Ayuntamiento de Madrid la titularidad del local, que se pondrá a disposición de la entidad adjudicataria para realizar las prestaciones objeto de este contrato. La utilización por la entidad adjudicataria del local aportado por el Ayuntamiento tendrá un mero carácter instrumental para la ejecución del contrato y su utilización queda circunscrita a su vigencia, sin que pueda alegar derecho alguno sobre el mismo, ni utilizarlo para otro fin distinto al del contrato. El equipamiento necesario para la prestación del servicio en esta oficina será a cargo de la empresa adjudicataria del contrato. La empresa adjudicataria hará un uso responsable de los elementos de esta instalación. El mantenimiento de dicha oficina se encuentra incluido en el contrato de gestión integral de los edificios adscritos al Distrito de Tetuán La entidad o empresa adjudicataria se comprometerá a que la instalación municipal quede en un adecuado estado de utilización tras la finalización del contrato. Dicha oficina dispondrá de:

• Recepción. • 3 despachos. • 3 aulas. • Un baño para hombres, otro para mujeres y/o otro adaptado para

minusválidos. • Expositores para muestra de información, folletos y otros materiales.

• Al menos seis ordenadores con sus correspondientes aplicaciones informáticas para su uso por los destinatarios de este servicio.

• Además cada trabajador o trabajadora contará en esta oficina con un equipo informático adecuado para las actividades a realizar.

El equipamiento informático descrito será provisto por la entidad adjudicataria. Oficina sur:

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La segunda Oficina será puesta a disposición del servicio por la entidad adjudicataria. En ella se realizarán actividades de formación, información, orientación, inserción laboral, traducción e interpretación. Estará situada en el distrito municipal de Carabanchel, y cercana a la red pública de transportes, facilitando así el acceso de todos los ciudadanos y ciudadanas, y contará con una superficie de al menos 140 m2. Esta oficina dispondrá como mínimo de:

• recepción. • 3 despachos. • un baño para hombres, otro para mujeres y/o otro adaptado para

minusválidos. • expositores para muestra de información, folletos y otros materiales. • al menos dos ordenadores con sus correspondientes aplicaciones

informáticas para su utilización por los usuarios de este servicio. • Además, cada uno de los trabajadores contará con un equipo

informático adecuado para las actividades a realizar. Ambos locales contarán con el mobiliario necesario, equipos y programas informáticos adecuados a las necesidades del servicio, así como el material de oficina para el desarrollo de las funciones encomendadas, a cargo de la entidad adjudicataria. Asimismo, tanto en el exterior como en el interior de las Oficinas, se colocará en lugar visible un panel o placa de acuerdo con los modelos aprobados de la imagen corporativa del Ayuntamiento de Madrid, que se diseñará y realizará por cuenta de la entidad adjudicataria, y bajo la supervisión y autorización de la Coordinación General de Equidad, Servicios Sociales, Vivienda y Empleo siendo el gasto imputable al presente contrato.

Por motivos excepcionales o circunstancias imprevistas, podrá realizarse la actividad o prestación del servicio, de forma provisional o definitiva en otros locales situados en el municipio de Madrid, que reúnan las condiciones necesarias, con conocimiento y autorización previa de la Coordinación General de Equidad, Servicios Sociales, Vivienda y Empleo Equipamiento, suministros y logística La entidad se proveerá mediante renting o alquiler del equipamiento (equipamiento informático, impresoras, fotocopiadoras y mobiliario de oficina) que se considere necesario para la ejecución de las tareas encomendadas, en función de las necesidades del servicio y de lo estipulado en este pliego. Corresponde al contratista, en todo caso, la reposición del equipamiento cuando sea necesario por rotura, desgaste o cualquier otro motivo que impida su normal utilización.

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Los gastos de la oficina sur, es decir, los gastos de alquiler, y los gastos de funcionamiento, tanto de suministro (energía eléctrica, agua, gas, teléfono, internet, etc.) como otros accesorios (seguridad, limpieza mantenimiento, etc.) serán por cuenta de la entidad adjudicataria. Los gastos de suministros de la oficina norte serán de cargo del adjudicatario. Con carácter previo a la adjudicación del contrato, se deberá remitir a la Dirección General de Contratación y Servicios, bien los datos bancarios del tercero necesarios para la domiciliación del pago del suministro, o, en caso de que así se acordara, la documentación necesaria para formalizar ante la compañía suministradora un cambio de titularidad. Respecto de estos gastos, en el caso que no existan contadores que permitan determinar el consumo propio del adjudicatario, se tomará como base del consumo real del contador del centro municipal donde se ubica el servicio, ponderado por la superficie de la dependencia municipal ocupada por el adjudicatario respecto del total de la superficie de la dependencia municipal afectada por cada suministro. A tal fin la unidad responsable de los suministros determinará el importe a repercutir al adjudicatario, información que enviará con la periodicidad que se determine a la unidad responsable del contrato. La entidad adjudicataria deberá atenerse en todo momento a las instrucciones que en materia de logística, mobiliario, imagen pública, etc., les sean indicadas por el Ayuntamiento de Madrid. CLÁUSULA CUARTA: MEDIOS PERSONALES En relación al personal, este dispositivo contará con el siguiente equipo de trabajo:

o 1 Coordinador/a de la oficinas de información y orientación, a jornada completa, Titulo oficial Universitario/a de Grado o superior en Ciencias Sociales o jurídicas (o titulación equivalente), con al menos 2 años de experiencia en organización y coordinación de actividades propias de entidades de carácter social.

o 5 Técnicos/as de atención, a jornada completa, que tendrán que estar

en posesión del título oficial universitario de Grado o superior en Ciencias Sociales o jurídicas (o titulación equivalente), con una experiencia profesional de al menos 2 años en asesoramiento, asistencia o ayuda a población inmigrante y con conocimiento de informática al menos a nivel de usuario.

o 3 Técnicos/as de educación , a jornada completa, con titulación oficial

universitaria de Grado o superior (o titulación equivalente) y experiencia

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de al menos 2 años como formadores en cursos de español para extranjeros y conocimiento de informática al menos a nivel de usuario.

o 5 Técnicos/as de inserción laboral , a jornada completa, con titulación

oficial universitaria de Grado o superior (o titulación equivalente) y con experiencia de al menos 1 año en orientación y formación en materia de empleo y conocimiento de informática al menos a nivel de usuario.

o 2 Auxiliares administrativos , a jornada completa, responsables de la

gestión administrativa, con una experiencia mínima de 2 años en labores de tipo administrativo y con conocimientos en el manejo de programas informáticos: Word, Excell, Office.

El personal estará sometido al poder de dirección y organización de la empresa contratista adjudicataria (retribuciones, horarios, instrucciones, etc.) y a todo el ámbito y orden legalmente establecido, siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral ni de ningún otro tipo con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con independencia de las facultades de control e inspección que legal y/o contractualmente corresponden al mismo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 301.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, a la extinción del contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Madrid. En caso de cambio de personal, sea por vacaciones, suplencias, enfermedad u otra contingencia, el nuevo ha de tener la misma titulación y experiencia que se exija en los pliegos. La entidad adjudicataria nombrará a un interlocutor y a un suplente del mismo, a fin de que, entre otras cuestiones, el responsable del contrato por parte del Ayuntamiento de Madrid, que es el Jefe del Departamento de Inmigración pueda requerirle a aquél, en cualquier caso, la presentación de los títulos y los curriculums de las personas que prestan el servicio, a efectos de comprobar que se cumple con lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

La entidad adjudicataria, con el consentimiento del responsable del contrato por parte del Ayuntamiento de Madrid, distribuirá el personal en las dos oficinas durante el período de vigencia del contrato de la forma que estime pertinente, según las necesidades del servicio, en función de la demanda de las actividades y prestaciones a realizar que, en muchas ocasiones, podrá variar

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dependiendo de las tendencias de ubicación residencial o concentraciones de la población inmigrante así como por otros motivos coyunturales. La entidad o empresa adjudicataria pondrá asimismo a disposición de los trabajadores y trabajadoras los medios materiales y técnicos necesarios para la prestación de los servicios objeto del presente contrato. CLÁUSULA QUINTA: INFORMACIÓN SOBRE CONDICIONES DE L OS CONTRATOS DE LOS TRABAJADORES. Se adjunta como Anexo II a este Pliego de Prescripciones Técnicas, la relación de los trabajadores sellada y firmada por la Entidad y que en la actualidad se encuentran prestando los servicios objeto del mismo, a los efectos de lo establecido en el artículo 120 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. El licitador tendrá que tener en cuenta, al objeto de presentar su oferta, la cláusula cuarta de este pliego de prescripciones técnicas relativa a los medios personales que habrán de ejecutar el presente contrato, sin perjuicio del personal que en la actualidad presta el servicio en las oficinas municipales de información y orientación para la integración social de población inmigrante, descrito en tabla adjunta en el Anexo II del presente documento. CLÁUSULA SEXTA: COORDINACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUAC IÓN

El seguimiento y supervisión de la actividad corresponde al responsable del contrato, en este caso, al Jefe del Departamento de Inmigración por parte del Ayuntamiento. Sólo éste será el que mantenga el contacto con el interlocutor de la empresa adjudicataria y/o su suplente y quien podrá solicitar informes específicos o puntuales sobre temas relacionados con la ejecución del servicio. Por tanto, la adjudicataria deberá atenerse a cuantas reuniones, visitas o comprobaciones le sean requeridas por el órgano responsable del contrato del Ayuntamiento de Madrid proporcionando en todo momento la información que le sea solicitada. El responsable del contrato podrá también contactar con la entidad adjudicataria siempre que se considere necesario, por los medios y de la forma que se estimen adecuados (llamadas telefónicas, correo electrónico..) y se dirigirá a la persona responsable de la coordinación para comunicar incidencias y pedir aclaraciones en relación con los servicios prestados. El Departamento de Inmigración solicitará la cumplimentación de herramientas de recogida de información, que serán facilitadas a la empresa adjudicataria, en las que se recogerán mensualmente indicadores cualitativos y cuantitativos

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que permitirán medir el grado de cumplimiento de los objetivos previstos. Entre dichos documentos figurarán los relativos al número de personas atendidas, sexo, edad, situación administrativa, servicio prestado, nacionalidad, etc. La entidad adjudicataria actuando como gestora de las Oficinas Municipales de Información y Orientación llevará a cabo anualmente una evaluación de la actividad realizada a lo largo del año. Asimismo se entregarán informes de seguimiento con carácter mensual. CLÁUSULA SÉPTIMA: OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDI CATARIA

1.- Nombrar a un interlocutor que actúe como persona responsable y como interlocutora con el Ayuntamiento y, en particular, con la persona responsable del contrato designado por la Administración, que en este caso es el Jefe del Departamento de Inmigración y que, al mismo tiempo, garantice que la empresa cumple con sus obligaciones contractuales. Asimismo, la empresa contratista tendrá la obligación de designar sustituto para supuestos de ausencia de la persona responsable.

2.- Comunicar a la persona responsable del contrato, por escrito o verbalmente, todas las incidencias que pudieran surgir durante la ejecución del contrato.

3.- Desarrollar y ejecutar los contenidos especificados en el contrato aportando los medios materiales y recursos a los que se compromete mediante el presente contrato y gestionando de manera diligente, todos los medios y recursos, tanto materiales como personales, necesarios para la ejecución.

4.- Cualquier variación del personal a lo largo de la vigencia del contrato deberá ser comunicada inmediatamente al Departamento de Inmigración del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo a efectos de comprobar que el nuevo profesional cuenta con los requisitos exigidos en estos pliegos. 5.- Disponer de bases de datos, con actualización permanente, de usuarios y usuarias participantes en el programa. 6.- Enviar mensualmente al Departamento de Inmigración, dentro de los 15 días siguientes al mes vencido, los datos de actividad y cumplimiento del contrato en los modelos y el formato que se les indique. 7.- Elaborar informes mensuales que se entregarán al Departamento de Inmigración dentro de los 5 días siguientes al vencimiento del mes respectivo, así como una memoria final que tendrá que ser presentada dentro del mes siguiente a la finalización del contrato. Asimismo realizarán cuantos informes

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sean necesarios y requeridos puntualmente por el Departamento de Inmigración. 8.- No realizar ninguna acción o gestión con los medios de comunicación sin autorización previa expresa por parte del Departamento de Inmigración del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo. Se incluyen en este concepto cualquier conversación, intercambio de información o valoración sobre la posibilidad o no de hacer una cobertura mediática sobre la actividad del programa.

9.- No establecer relación con instancias oficiales públicas o privadas, ni realizar publicaciones, asistir a cursos, conferencias, seminarios o similares en calidad de ponentes sobre materias relacionadas con la ejecución del programa sin permiso expreso y previo del Departamento de Inmigración del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo. Esta prohibición persistirá aun cuando haya finalizado la ejecución del contrato. 10.- Participar en los seminarios, mesas de trabajo y actuaciones de formación que proponga el Departamento de Inmigración de Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo. 11.- La entidad adjudicataria deberá atenerse en todo momento a las instrucciones que en materia de logística, imagen pública, etc, le sean indicadas por el Ayuntamiento de Madrid. Todos los materiales elaborados con motivo de las actividades, cursos y talleres de este contrato deberán incorporar los logos corporativos correspondientes de acuerdo con la normativa municipal vigente. 12.- Otras obligaciones que se deriven del contenido de los presentes pliegos de prescripciones técnicas y de los pliegos de cláusulas administrativas particulares. 13.- Se establece la siguiente condición especial de ejecución del contrato: En el supuesto de que la empresa adjudicataria del contrato no esté obligada, legalmente, a contar con un Plan de Igualdad, en los términos del citado Art. 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, deberá cumplir con la siguiente condición especial de ejecución del contrato: - Elaboración e implantación de medidas de igualdad entre hombres y mujeres, en el ámbito del personal adscrito a la ejecución del contrato. CLÁUSULA OCTAVA: CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DA TOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.

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La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia. La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente: 1º) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato. 2º) Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas. 3º) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso.

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4º) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que la Delegada del Area de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo le pueda especificar en concreto y que se incluirían como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. 5º) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD).

Para el tratamiento y acceso a los datos por parte del adjudicatario se velará específicamente por el cumplimiento de lo previsto en los artículos 92, 97, 101 y 108 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, referentes a la gestión y distribución de soportes y documentos.

6º) Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información.

7º) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello. 8º) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid.

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9º) En la medida que el adjudicatario aporta equipos informáticos para la prestación del servicio objeto del contrato, una vez finalizadas las tareas, el adjudicatario previamente a retirar los equipos informáticos, deberá borrar toda la información utilizada o que se derive de la ejecución del contrato, mediante el procedimiento técnico adecuado, o proceder a su entrega al responsable del fichero. La destrucción de la documentación de apoyo, si no se considerara indispensable por el Ayuntamiento habiéndolo comunicado por escrito, se efectuará mediante máquina destructora de papel o cualquier otro medio que garantice la ilegibilidad, efectuándose esta operación en el lugar donde se realicen los trabajos. Igualmente, deberá adoptar las medidas necesarias para impedir la recuperación posterior de información almacenada en soportes que vayan a ser desechados o reutilizados.

10º) De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4 LOPD)

11º) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para garantizar la seguridad, la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Dicha memoria deberá contener el nivel de seguridad que permite alcanzar así como información sobre la posibilidad de definir distintos perfiles de acceso, existencia de un mecanismo de identificación y autenticación y, en su caso, descripción de la gestión de contraseñas. También y cuando proceda, el tratamiento que se aplicará a los soportes y documentos, el procedimiento de gestión de copias de respaldo y el contenido del registro de accesos.

Asimismo, el adjudicatario deberá informar al organismo contratante, antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación, la persona que será directamente responsable de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional. ANEXO I: CENTROS DONDE SE PODRÁ DESARROLLAR EL SERV ICIO DE TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN

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ANEXO II: PERSONAL QUE EN LA ACTUALIDAD PRESTA EL S ERVICIO EN LAS OFICINAS MUNICIPALES DE INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN P ARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL DE POB LACIÓN INMIGRANTE.

ANEXO I

Centros donde se podrá desarrollar el Servicio de T raducción e Interpretación

CENTRO DIRECCIÓN

CAF 1 Rafael Calvo, 8

CAI-1 C/ Paloma, 23

CAI-2 Avda. Badajoz, 58-60

CAI-3 C/ Ricardo Beltrán y Rózpide, 33

CAI-4 C/ Luis Buñuel, 12

CAI-5 C/ General Aranda, 30

CAI-6 C/ Alverja, 11

CAI-7 C/ Ladera de los Almendros, 6

CAI-8 C/ Zaida, 36 Esquina C/ Toboso, 2ª Planta

CENTRO DE ACOGIDA “SAN BLAS” C/ Valdecanillas, 112 (entrada por C/ Castillo de Ucles)

CENTRO DE ACOGIDA MUNICIPAL PARA PERSONAS SIN HOGAR - CMA PUERTA ABIERTA

C/ Pinar de San José, 104

CENTRO DE ACOGIDA MUNICIPAL PARA PERSONAS SIN HOGAR- CMA SAN ISIDRO

Pº del Rey, 34

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CENTRO DIRECCIÓN

CENTRO DE ATENCIÓN A MUJERES VÍCTIMAS DE EXPLOTACIÓN SEXUAL

C/ Cardenal Solís, 3

CENTRO DE DÍA Y COMEDOR SOCIAL HIJAS DE LA CARIDAD

Pº General Martínez Campos, 18

CONVIVENCIA INTERCULTURAL EN PARQUES, CANCHAS DEPORTIVAS Y OTROS ESPACIOS

C/ Barlovento, 1

CSS BADALONA C/ Badalona, 122

CSS CALAHORRA C/ Calahorra, 11 B

CSS CONCEPCIÓN ARENAL C/ Javier del Quinto, 12 c.v. Torquemada

CSS DEHESA DE LA VILLA C/ Antonio Machado, 22

CSS EDUARDO MINGUITO C/ Leonor Góngora, 62

CSS ENTREVÍAS C/ Yuste, 8

CSS FUENTE CARRANTONA C/ Fuente Carrantona, 8 12

CSS FUERTE DE NAVIDAD C/ Fuerte de Navidad, 15

CSS GALLUR C/ Gallur, 24

CSS GUINDALERA C/ Pilar de Zaragoza, 28

CSS HUERTA DE VILLAVERDE C/ Huerta de Villaverde, 16 - Planta Baja

CSS JOSÉ VILLARREAL C/ Guillermo de Osma, 14

CSS LOYOLA DE PALACIO C/ Silvina, 10

CSS LUIS VIVES C/ Hnos. García Noblejas, 160

CSS MARAVILLAS C/ San Joaquín, 10

CSS MARÍA ZAYAS Travesía María Zayas, s/n.

CSS MARTA ESQUIVIAS TALLADA C/ Pontevedra, 4

CSS MONSEÑOR ÓSCAR ROMERO C/ Monseñor Óscar Romero, 42

CSS PABLO CASALS C/ Pobladura del Valle, 13

CSS PABLO NERUDA C/ Gerardo Diego, 8

CSS PLAZA ELÍPTICA C/ Antonio Leyva, 86 - B

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CENTRO DIRECCIÓN

CSS PUERTA DE TOLEDO C/ Paloma, 39

CSS RAMÓN PÉREZ DE AYALA C/ Marismas, 24 (c/v Ramón Pérez de Ayala s/n)

CSS RETIRO C/ José Martínez Velasco, 22

CSS SAN DIEGO C/ Javier de Miguel, 10 (C/v a C/ Carlos Martín Alvarez)

CSS SAN FILIBERTO C/ San Filiberto, 7

CSS SAN VICENTE DE PAUL C/ Buitrago del Lozoya, 22

CSS SANTA FELICIDAD C/ Santa Felicidad, 37

CSS SANTA HORTENSIA C/ Santa Hortensia, 15

CSS TERESA DE CALCUTA Pza. del Navío, 4

CSS TORRE ARIAS C/ Torre Arias, 2

CSS VALDEBERNARDO C/ Ladera de los Almendros, 6

CSS VICENTE FERRER C/ General Aranda, 30

CSS VILLA DE VALLECAS C/ Peña Veiga, 1

CSS YÉBENES C/ Yébenes, 241 - Bis

CSS ZAIDA C/ Zaida, 36 (Esquina C/ Toboso)

DIRECCIÓN GENERAL DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

C/ José Ortega y Gasset, 100

OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN: Carabanchel

OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN: Tetuán

C/ Bravo Murillo, 133 (Acceso por C/ Juan Pantoja, 2 - 5ª y 6ª planta)

PROGRAMA DE ACOGIDA INTEGRAL PARA PERSONAS DE ORIGEN SUBSAHARIANO

C/ Noviciado, 5 - Bajo Izda.

PROGRAMA DE ACOGIDA PARA FAMILIAS INMIGRANTES

C/ Olmo, 8

PROGRAMA INTEGRAL DE PREVENCIÓN PARA JÓVENES INMIGRANTES

C/ Campanar, 4

Firmado por: PRADO PRADO MARIA CARMEN - DNI 09708463WCargo: ADJUNTA AL DEPARTAMENTO DE INMIGRACIÓNFecha: 18-04-2016 09:15:35

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CENTRO DIRECCIÓN

PROYECTO DE INTERVENCIÓN SOCIOCOMUNITARIA CON FAMILIAS INMIGRANTES - CAT San Roque

Camino de San Roque, 1

PROYECTO DE INTERVENCIÓN SOCIOCOMUNITARIA CON FAMILIAS INMIGRANTES - CAT Valdelatas

Carretera Colmenar Viejo, km. 12.700

PUNTO DE ATENCIÓN SOCIAL ASCAO C/ Ascao, 6

PUNTO DE ATENCIÓN SOCIAL ISLAS FILIPINAS

C/ Nuestra Sra. del Villar, 6

PUNTO DE ATENCIÓN SOCIAL SAN JUAN BAUTISTA

C/ Bueso Pineda, 8

SAMUR SOCIAL C/ Carrera San Francisco, 10

Firmado por: PRADO PRADO MARIA CARMEN - DNI 09708463WCargo: ADJUNTA AL DEPARTAMENTO DE INMIGRACIÓNFecha: 18-04-2016 09:15:35

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Firmado electrónicamente por: MARIA CARMEN PRADO PRADO

Cargo: ADJUNTA AL DEPARTAMENTO DE INMIGRACIÓN

Fecha: 18-04-2016 09:14:22

Firmado por: PRADO PRADO MARIA CARMEN - DNI 09708463WCargo: ADJUNTA AL DEPARTAMENTO DE INMIGRACIÓNFecha: 18-04-2016 09:15:35

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