contrato de compraventa inmueble
TRANSCRIPT
CONTRATO DE COMPRAVENTA.
Contrato que celebra el C. Rogelio García Beltrán en su carácter de vendedor y la C. Karen Vidal Martínez en su carácter de compradora en términos del artículo 7.532 del Código Civil del Estado de México vigente.
DECLARACIONES.
1. El vendedor declara que es el propietario del bien inmueble UBICADO EN LA AVENIDA Ignacio López Rayón #103 colonia Valle Don Camilo, Metepec, ESTADO DE MÉXICO.
El cual tiene las siguientes medidas: al norte 20 metros, colinda con lo te “d”; al sur 20
metros colinda con avenida Ignacio López Rayón; al este 20 metros colinda con lote “a”; al
oeste colinda con el lote “c”.
Con una superficie total de 240 m2, aproximadamente;
2. El vendedor declara que el inmueble objeto del presente contrato, lo adquirió
mediante contrato de compraventa de la C. Gabriela López Díaz el día 8 de abril del año
1993;
3. El vendedor manifiesta que el presente inmueble está inscrito a su nombre en La Oficina Registral del Instituto de la Función Registral del Estado De México, Bajo la Partida 100 del Libro 3º, Volumen 4, Foja 75 del Día 3 de Marzo de 1994;
4. El vendedor declara que el inmueble objeto del presente contrato, está controlado
en la Tesorería del Ayuntamiento de Metepec con la clave catastral 400-60, y que se
encuentra al corriente del pago del impuesto predial y agua potable;
5. El vendedor declara que dicho inmueble se encuentra libre de todo gravamen;
6. El vendedor manifiesta que es mayor de edad, que está en pleno goce de sus
derechos y que tiene como domicilio el ubicado en la calle Mariano Otero #17, San
Lorenzo Tepatitlán, Toluca Estado de México;
7. La compradora declara que es su deseo adquirir el bien mueble especificado en la
declaración primera del presente contrato;
8. La compradora declara tener la solvencia económica para adquirir el inmueble
objeto del presente contrato;
9. La compradora declara ser mayor de edad, estar en pleno goce de sus derechos y
tener como domicilio el ubicado en Morelos #10, Colonia Galaxia, Toluca, Estado de México.
CLAUSULAS.
1. El vendedor se obliga a transmitir la propiedad del inmueble descrito en la
declaración primera del presente contrato desde hoy y para siempre ala C. Karen Vidal Martínez;
2. El comprador está obligado a pagar la cantidad de $600,000.00 (seis cientos mil pesos 00/100 M. N) precio del inmueble, el día 15 de noviembre del año 2015,
en el domicilio del comprador señalado en la declaración séptima del presente contrato;
3. El comprador se obliga a pagar el precio del objeto de la presente compraventa en
una sola exhibición y en efectivo;
4. Los gastos de escrituración y todos los relacionados con el inmueble, objeto del
presente contrato, serán a cuenta del vendedor;
5. El vendedor en este acto hace entrega material y jurídica del inmueble descrito en
la declaración primera, por lo que el comprador entra de manera pacífica y publica, sin
violencia y sin perturbación de ninguna clase o persona.
6. El vendedor se obliga a garantizar la calidad del bien inmueble, por un término de
15 días contados a partir de la firma del presente contrato;
7. El vendedor se obliga a prestar el saneamiento para el caso de coacción en el
supuesto de que el comprador sea desposeído del bien mediante resolución judicial por un
tercero que alegue a tener un mejor derecho sobre el bien inmueble;
8. Por el incumplimiento de alguna de las clausulas por alguna de las partes se tendrá
por rescindido el presente contrato pagando los daños y perjuicios que se ocasionen;
9. Las partes manifiestan que en la celebración del presente contrato no hubo
presiones, ni coacción mucho menos ningún vicio de voluntad, expresando libremente su
consentimiento;
10. Ambas partes renuncian a sus domicilios presentes o futuros para el
incumplimiento o interpretación del presente contrato sometiéndose a LOS TRIBUNALES JUDICIALES Y ADMINISTRATIVOS DEL DISTRITO FEDERAL.
Hecho y firmado en la ciudad de Toluca a los 19 días del mes de agosto del año 2013.
El Vendedor El Comprador