contrataciones y adquisiones del estado

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ULADECH HUARMEY - INGENIERÍA CIVIL II RESPONSABILIDAD SOCIAL III – DOCENTE Mg. JORGE LUIS MENDEZ CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO Página 1

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Contrataciones y Adquisiones Del Estado

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ULADECH HUARMEY - INGENIERA CIVIL IIRESPONSABILIDAD SOCIAL III DOCENTE Mg. JORGE LUIS MENDEZ ANGELES

CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADOPgina 10

DEDICATORIA

A nuestros padres y familiares que como en cada paso que damos nos brindan la confianza para poder realizar nuestros proyectos de la mejor manera y al final lograr nuestro objetivo de terminar la carrera.

INTRODUCCIN

La presente monografa tiene como objetivo brindar informacin sobre las Contrataciones del Estado y as mejoren la gestin en sus espacios locales, incidiendo en temas bsicos como, la nueva ley de contrataciones 1017, los tipos de procesos de seleccin y otros, para poder garantizar un manejo eficaz y transparente que fortalezca las instituciones municipales y contribuya a mejorar la calidad de vida de la Poblacin.

Nuestra Monografa lleva por ttulo Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Aqu, usted encontrar informacin referida y detallada de cada uno de estos temas se encuentra explicado de manera prctica y sencilla, haciendo nfasis en la legislacin que fundamenta los conceptos, funciones y procedimientos, que lleven al cumplimiento de estos procesos de manera eficiente y transparente.

NDICE

INTRODUCCIN......................................................................................................3

CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO4

PRIMERA PARTE

NUEVA LCAE DECRETO LEGISLATIVO 1017.7

NOVEDADES DE LA NUEVA LCAE...............................................8

ENTIDADES QUE APLICAN LA NUEVA LCAE...9

SEGUNDA PARTEPROCESOS DE SELECCIN....15FASES DE LOS PROCESOS DE ADQUISICIN...17TIPOS DE PROCESOS DE SELECCIN.18

EXPEDIENTE DE UN PROCESO DE CONTRATACIN DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY

ADQUISICIN DE CEMENTO PORTLAND TIPO I ADS SUBASTA INVERSA ELECTRNICA

CONCLUSIONES...83RECOMENDACIONES......86BIBLIOGRAFA.......87

AGRADECIMIENTO

Agradecimiento a nuestros compaeros de grupo por demostrar en todo momento puntualidad y eficiencia en la elaboracin de la presente monografa.

CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO (Decreto Legislativo N 1017 y Decreto Supremo N 184-2008-EF)

NUEVA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO DECRETO LEGISLATIVO N 1017

El 04 de junio de 2008 se public el Decreto Legislativo 1017 derogando la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Ley 26850), sus modificatorias, as como las dems normas que se opongan a lo dispuesto en el decreto.La Nueva Ley de Contracciones del estado establece disposiciones, lineamientos y pasos sistemticos que deben observar las entidades del sector pblico en os procesos de contratacin de bienes, servicios u obras y regular los derechos y obligaciones derivados de los mismos. Su objeto es lograr que las contrataciones sean oportunas en las mejores condiciones de precio y calidad maximizando el valor del dinero del contribuyente.A travs de este Decreto Legislativo se crea el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), organismo que asumir las funciones y recursos que correspondan al CONSUCODE. Este nuevo organismo contar con un Consejo Directivo conformado por tres miembros, uno de los cuales asumir la Presidencia Ejecutiva.Asimismo, se establecen los nuevos lineamientos para los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras que realizan las entidades pblicas, as como aspectos concernientes a los contratos que se derivan de los mismos.El Decreto Legislativo entrar en vigencia a los 30 das calendario, contados desde la fecha en que se publique su Reglamento as como el Reglamento de Organizacin y Funciones del OSCE, lo cual se deber producir dentro de los prximos 45 das hbiles.Las disposiciones contenidas en este decreto sern aplicables a los procesos de seleccin que se convoquen a partir de la fecha en que esta norma entre en vigencia.

NOVEDADES DE LA NUEVA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO1. MBITO DE APLICACIN DE LA NORMA (Artculo 3)

En cuanto a los alcances de la nueva Ley de Contrataciones del Estado (en adelante la LCE), existen algunos supuestos de inaplicacin adicionales a los ya sealados en el T. U. O de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. N 083-2004-PCM (en adelante la LCAE). Se trata del caso de:- La contratacin de asesoras legales y financieras, as como de otros servicios especializados, cuando stos se encuentren vinculados directa o indirectamente a las operaciones de endeudamiento interno o externo, o de administracin de la deuda pblica de parte del Estado.- Los contratos de locacin de servicios o de servicios no personales que celebren las Entidades con personas naturales, con excepcin de los contratos de consultora.- Las contrataciones cuyos montos, sean iguales o inferiores a tres (3) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes al momento de la transaccin; salvo en el caso de bienes y servicios incluidos en el Catlogo de Convenios Marco.- Las contrataciones que deban realizarse con determinado proveedor, por mandato expreso de la ley o de la autoridad jurisdiccional.- Las contrataciones realizadas con proveedores no domiciliados en el pas,siempre y cuando el mayor valor estimado de las prestaciones se realice en el extranjero.- Las contrataciones de servicios de abogados, asesores legales, y de cualquier otro tipo de asesora requerida para la defensa del Estado en las controversias internacionales sobre inversin, ya sea en foros arbitrales o judiciales.- Las compras de bienes que realicen las entidades mediante remate pblico. Estas se regirn por la normativa especial.- Los convenios de cooperacin, gestin u otros de naturaleza anloga, suscritos entre Entidades o entre stas y Organismos Internacionales, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: i) que los bienes, servicios u obras que se brinden sean propios de la funcin que por ley les corresponde, y ii) que a travs de tales instrumentos no se persigan fines de lucro.- La contratacin de servicios pblicos, en el supuesto de que no exista la posibilidad de contratar con ms de un proveedor.- Las contrataciones realizadas de acuerdo con las exigencias y procedimientos especficos de organismos internacionales, Estados o

entidades cooperantes, siempre que estn asociadas a donaciones u operaciones oficiales de crdito.

2. RGANOS QUE PARTICIPAN EN LAS CONTRATACIONES (Art. 6)- Una novedad particular que trae consigo la LCE en cuanto a la participacin de las Entidades en los procesos de contratacin, es la posibilidad que se les otorga a stas para que mediante la celebracin de un Convenio, puedan encargar al Sector Privado, nacional o internacional, la realizacin de sus procesos de contratacin, (incluyendo en stos los actos preparatorios que sean necesarios). Los procedimientos y formalidades para tales convenios sern establecidos con posterioridad en el Reglamento. Cabe sealar que la LCAE contempla la posibilidad de celebrar convenios con tales objetivos nicamente entre Entidades del Estado, ms no con particulares.

3. REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES (Art. 9)- La LCE incorpora una novedad con relacin al Registro Nacional de Proveedores (RNP) pues en adelante, para efectos del procedimiento de inscripcin ante ste, no se deber exigir como uno de los requisitos la licencia de funcionamiento del interesado.

4. MENOR CUANTA (Art. 18)- En cuanto a los procesos de seleccin por Adjudicacin de Menor Cuanta, de conformidad con lo sealado por la LCE, stos debern ser realizados de forma obligatoria a travs del SEACE, fomentando la utilizacin de dicho medio, en estrecha relacin con el principio de transparencia que debe orientar las contrataciones pblicas en nuestro ordenamiento.

5. PROHIBICIN DE FRACCIONAMIENTO (Art. 19)- Los incumplimientos de la prohibicin de fraccionar la contratacin de bienes y de servicios, as como la ejecucin de obras pblicas, con el objeto de modificar el tipo de proceso de seleccin que corresponda segn la necesidad anual de la Entidad, sern de responsabilidad del rgano encargado de las contrataciones en cada Entidad. En la LCAE la responsabilidad por tales incumplimientos recaa en el Titular de la Entidad.

6. EXONERACIN DE LOS PROCESOS DE SELECCIN-De acuerdo con lo sealado por la LCE, se encuentran exoneradas del proceso de seleccin, adicionalmente a las contrataciones sealadas en la LCAE, aquellas contrataciones que se realicen cuando por razones de orden tcnico se haya establecido la exclusividad del proveedor para un determinado bien o servicio. (Artculo 20, literal e).- Una variacin sustancial para el caso de la exoneracin por situacin de desabastecimiento, tambin contemplada por la LCAE, es que sta ya no se aplica nicamente en caso de que la ausencia de un determinado bien, servicio u obra, afecte o comprometa la continuidad de las funciones esenciales de la Entidad contratante, sino que se aplica a todas aquellas funciones, servicios, actividades u operaciones que la Entidad tiene a su cargo, sin distincin alguna; siempre y cuando, claro est, la situacin cumpla con ser inminente, extraordinaria e imprevisible.

7. BASES (Art. 26)- El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), que a partir de la entrada en vigencia de la LCE sustituir en sus funciones al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), deber aprobar una serie de Bases Estandarizadas cuyo uso ser obligatorio en todos los procedimientos de contratacin de las Entidades pblicas.

8. VALOR REFERENCIAL (Art. 27)- En cuanto al valor referencial en los procesos de seleccin, la LCE seala que ste ser determinado sobre la base de un estudio de las posibilidades de precios y condiciones que ofrece el mercado, efectuado en funcin del anlisis de los niveles de comercializacin, a partir de las especificaciones tcnicas o trminos de referencia y los costos estimados en el Plan Anual de Contrataciones.La LCE trae consigo un nuevo elemento para la evaluacin que realizan las Entidades, a diferencia de lo sealado por la LCAE, que de acuerdo con su artculo 26, define al valor referencial como aquel valor determinado por la Entidad mediante estudios o indagaciones sobre los precios que ofrece el mercado y que est referido al objeto de la adquisicin o contratacin; la LCE determina la necesidad de tener en consideracin los niveles de comercializacin de los productos y/o servicios al momento de determinar tal valor.

Estimamos que tal concepto debera de ser desarrollado en el Reglamento respectivo a fin de orientar las evaluaciones que realizan las Entidades al estudiar el mercado.- De otro lado, la LCE seala los plazos de validez de los valores referenciales para la convocatoria de nuevos procesos de seleccin. Tratndose de la antigedad del valor referencial en el caso de obras, ste no podr ser mayor a los seis meses contados desde la fecha de la convocatoria del proceso respectivo; mientras que, para el caso de bienes y servicios, ste no podr ser mayor a tres meses contados desde la aprobacin del Expediente de Contratacin.

9. OBSERVACIONES A LAS BASES (Art. 28)- De acuerdo con la LCE, en caso de que el Comit Especial no acogiera las observaciones formuladas por los participantes, stos podrn solicitar que las Bases y los actuados del proceso sean elevados al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), slo en aquellos procesos en los que el Valor Referencial sea igual o mayor a 300 UITs; de no ser as, las observaciones sern absueltas por el Titular de la Entidad en ltima instancia.En este punto la LCE se aparta de la LCAE, la misma que seala que los observantes tienen la opcin de solicitar que las Bases y los actuados del proceso sean elevados al CONSUCODE dentro de los tres (3) das hbiles siguientes al vencimiento del trmino para absolverlas. Dicha opcin no slo se origina, segn la LCAE, cuando las observaciones formuladas no fueran acogidas por el Comit Especial, sino, adems, cuando el mismo observante considere que el acogimiento declarado por el Comit Especial contina siendo contrario a lo dispuesto por el artculo 25 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin.Como puede apreciarse la LCE establece distintas competencias para absolver las observaciones que puedan presentarse a las Bases en funcin del monto del Valor Referencial del proceso, situacin que no se presentaba en la anterior norma.

10. PROCESOS DE SELECCIN DESIERTOS (Art. 32)- Luego de que se declara desierta una Licitacin Pblica, Concurso Pblico o Adjudicacin Directa, corresponder convocarse en segunda instancia a un proceso de Adjudicacin de Menor Cuanta.

11. SUBASTA INVERSA

- Con relacin a la subasta inversa se ha establecido que slo se podr adjudicar la buena pro en tanto se cuente con dos propuestas vlidas. Adems, se ha previsto que para la eleccin de la mejor propuesta slo se tendr en consideracin el monto de la misma, y no se asignarn puntajes, bonificaciones, promociones u otros beneficios adicionales que impliquen una evaluacin distinta. El Artculo 25 del Reglamento de la Modalidad de Seleccin por Subasta Inversa Presencial seala que de presentarse un solo postor con propuesta vlida, se le otorgar la buena pro, de acuerdo a lo establecido en el primer prrafo del artculo

32 de la Ley. La LCE modifica claramente esta disposicin al exigir un mnimo de dos propuestas para que el otorgamiento de la Buena pro proceda.

12. VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS (Art. 33)- La LCE dispone, a diferencia de lo que seala la LCAE en cuanto a las propuestas que exceden el Valor Referencial (Artculo 33. Las propuestas que excedan en ms de diez por ciento el valor referencial, en todos los casos sern devueltas por el Comit Especial, tenindolas por no presentadas), que de darse tal supuesto, todas las propuestas sern devueltas por el Comit Especial tenindose por no presentadas. Es decir, que de acuerdo con la LCE las propuestas sern descalificadas cuando superen el valor referencial, sin importar en qu porcentaje lo hagan.Sin embargo, cabe sealar que la LCE seala como excepcin a lo dicho en el prrafo precedente, el caso de la ejecucin de obras, en donde si se tendr en consideracin el porcentaje de 10% por encima del valor referencial que fijaba la LCAE para proceder a devolver las propuestas.- Finalmente cabe sealar, que la LCE no fija un porcentaje mnimo por debajo del valor referencial, como s lo hace la LCAE al consignar que aquellas propuestas inferiores al setenta por ciento del valor referencial en los casos de bienes y servicios y al noventa por ciento en los casos de servicios, ejecucin y consultora de obras sern devueltas por el Comit, tenindolas por no presentadas. La fijacin de los porcentajes mnimos se har va Reglamento.

13. GARANTAS CONTRACTUALES (Art. 39)- Se ha incluido en la LCE, la presentacin de la garanta de seriedad de la oferta, tomando como ejemplo regulaciones en otros pases, adems de las garantas de fiel cumplimiento, adicional por el monto diferencial de la propuesta y de adelantos, contempladas en la LCAE; dejando la regulacin de todas ellas al Reglamento.

14. PRESTACIONES ADICIONALES, REDUCCIONES Y AMPLIACIONES (Art41)

- La LCE establece como excepcin el pago directo por la Entidad, debidamente sustentado por el rea usuaria, respecto de la ejecucin de prestaciones adicionales en caso de bienes y servicios, hasta por el 25% de su valor, variando con ello el porcentaje de 15% sealado por la LCAE para todos los casos de prestaciones adicionales en general. Sin embargo, se mantiene el porcentaje de15% sealado por la LCAE para el caso de obras.

- Por otro lado, la LCE fija un lmite mximo para el caso de prestaciones adicionales derivadas de deficiencias en el Expediente Tcnico o situaciones imprevisibles posteriores a la suscripcin del Contrato, del 50% del monto originalmente contratado.- De otra parte, se establece un plazo para que la Contralora General de la Repblica emita su pronunciamiento respectivo, para el caso de adicionales con carcter de emergencia, como requisito previo al pago.- Finalmente, la LCE seala que la sancin de suspensin en estos casos ser ms grave, si es que se resuelve el contrato al contratista por incumplimiento de lo solicitado.

15. RESOLUCIN DE LOS CONTRATOS (Art. 44)- La LCE establece una serie de alternativas para la Entidad en el caso de la resolucin de contratos de obra en los que exista todava un saldo de la misma por ejecutarse. En este supuesto la Entidad podr optar: culminar la obra mediante administracin directa

hacerlo mediante convenio con otra Entidad

realizar una invitacin a los postores que participaron en el proceso de seleccin que dio origen a la ejecucin de la obra, considerando el orden de relacin, para que manifiesten su intencin de realizar el saldo de la misma.

De no proceder ninguno de los mecanismos que se seala se deber convocar el proceso de seleccin que corresponda.

16. SOLUCIN DE CONTROVERSIAS- La LCE seala para el caso de controversias surgidas entre las partes respecto de la ejecucin, interpretacin, resolucin, inexistencia, ineficacia, nulidad o invalidez del contrato, que stas se resolvern mediante conciliacin o arbitraje, es decir se plantea la posibilidad de optar por uno de los dos mecanismos, dejando

de lado la alternativa de que concurran ambos mecanismos establecida por laLCAE.- De otro lado, se establece que cuando exista un arbitraje en curso y surja una nueva controversia derivada del mismo contrato, en el caso de los arbitrajes ad hoc, cualquiera de las partes podr solicitar a los rbitros la acumulacin de las pretensiones, salvo esto se encuentre expresamente prohibido en el respectivo Convenio Arbitral.

17. RECURSOS IMPUGNATIVOS (Art. 53)- De conformidad con la LCE, el recurso de apelacin ser conocido y resuelto ya no nicamente por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, como seala la LCAE, sino que se aplicar para ello las siguientes reglas:a) El Titular de la Entidad siempre y cuando el valor referencial del proceso nosupere las 600 UIT; y,b) El Tribunal de Contrataciones del Estado, en caso se exceda el monto de 600UIT, sealado como lmite.- De otro lado la LCE seala que la garanta por la interposicin del recurso ser de un 3% del valor referencial del proceso de seleccin o del tem que se decida impugnar, a diferencia del valor de 1% que contempla la LCAE que debe otorgarse para tal efecto. En cualquier caso, seala la LCE, tal garanta no podr ser menor al 50% de dichos valores- Finalmente, la LCE contempla como una sancin econmica para el caso de desistimiento del recurso de apelacin, la ejecucin del 100% de la garanta otorgada, elevando la sancin del 30% establecida por la LCAE.

18. NULIDAD DE LOS ACTOS DERIVADOS DE LOS PROCESOS DE SELECCIN (Art. 56)- De acuerdo con la LCE, la Entidad podr declarar la nulidad de oficio del proceso de seleccin despus de celebrado los contratos, en dos supuestos adicionales a los que recoge la LCAE. Se trata de los casos en que:

a) El contrato se haya suscrito no obstante encontrarse en trmite un recurso de apelacin, toda vez que la interposicin de tal recurso suspende el proceso de contratacin.b) No se haya utilizado el proceso de seleccin correspondiente

19. EL ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO OSCE La LCE seala que el OSCE es un organismo pblico adscrito al Ministerio de Economa y Finanzas, con personera jurdica de derecho pblico, que goza de autonoma tcnica, funcional, administrativa, econmica y financiera.

En la estructura del mismo se sita el Consejo Directivo, y el Tribunal de Contrataciones del Estado; el primero de ellos integrado por tres miembros que sern designados por un periodo de tres aos, mediante Resolucin Suprema refrendada por el Ministro de Economa y Finanzas, y que percibirn dietas a excepcin de su Presidente Ejecutivo, cargo que ser remunerado. Se disean algunas funciones puntuales para ambos rganos

20. TRATO IGUALITARIO- La LCE contempla en la Sexta Disposicin Complementaria Final, que en aquellas contrataciones que se encuentren bajo el mbito de Tratados u otros compromisos internacionales, que impliquen la aplicacin de los principios de Trato Nacional y No Discriminacin, las Entidades contratantes debern conceder incondicionalmente a los bienes, servicios, y proveedores de la otra parte, un trato similar a o no menos favorable que el otorgado por la normativa peruana a los bienes, servicios y proveedores nacionales. Creemos que ello se encuentra claramente en la lnea de lo dispuesto en los Artculos 55 y 60 de nuestra Constitucin Poltica.

ENTIDADES QUE APLICAN LA LEY DE CONTRATACIONES:

a) El gobierno central, regional y local b) Las universidades pblicasc) Las sociedades de beneficencia y las juntas de participacin social d) Las fuerzas armadas y polica nacional del Per

PROCESOS DE SELECCIN

El proceso de seleccin es el Concurso que permite elegir de manera objetiva, al proveedor que se encargara de vender o dar en arrendamiento un bien, prestar un servicio o ejecutar una obra.El proceso de seleccin se inserta en el proceso de adquisicin o contratacin, es una fase del proceso. Se requiere de la ejecucin de actos preparatorios: Plan anual, la formulacin del requerimiento, el estudio o la indagacin de marcado, la aprobacin del expediente de contratacin, la designacin del comit especial, la elaboracin y la aprobacin de bases y dems.

PRINCIPIOS DE LAS CONTRATACIONES:a) Promocin del desarrollo humano b) Moralidadc) Libre concurrencia y competencia d) Imparcialidade) Razonabilidadf) Eficiencia g) Publicidadh) Transparencia i) Economaj) Vigencia Tecnolgicak) Trato justo e igualitario l) Equidadm) Sostenibilidad

FUNCIONES DE LA ENTIDAD PARA UN PROCESO DE SELECCIN:Para que se convoque un proceso debe tomarse encuentra lo siguiente:1.- El requerimiento de bienes, servicios obras partir del rea usuaria.Tendr en cuenta para ello los plazos de duracin establecidos para cada proceso de seleccin a fin de asegurar la oportuna satisfaccin de sus necesidades, Describir con precisin cantidades y calidades de su requerimiento y la finalidad pblica para la que debe ser contratado.2.- Inclusin en el Plan Anual de Contrataciones y contar con Expediente de contratacin, donde consten recursos, fuente de financiamiento y bases.

Cada entidad elaborar su plan anual de adquisiciones previendo todas las contrataciones de bienes, servicios y obras que se requerirn en el curso del ao fiscal. Este plan ser aprobado por el titular de la entidad y publicado en el sistema electrnico de contrataciones del estado (seace).SI es posible efectuar procesos

cuya ejecucin se contrate por ms de un ao presupuestal., para ello se har la reserva que garantice el pago de las obligaciones contratadas.

3.-Formular Especificaciones Tcnicas en coordinacin con el rgano encargado de las contrataciones evaluando alternativas tcnicas y las posibilidades del mercado. La evaluacin debe evitar requisitos innecesarios que favorezcan solo a determinados postores.Estas especificaciones cumplirn los reglamentos tcnicos, normas metrolgicas y/o sanitarias, si las hubiere.Si el requerimiento se trata de OBRAS se deber contar con la disponibilidad fsica del terreno o lugar donde se ejecutar la misma y con el expediente tcnico aprobado.La Entidad cuidar que la FORMULACIN asegure su calidad tcnica y sereduzca al mnimo la necesidad de su REFORMULACIN por errores o deficiencias tcnicas que luego repercutan en el proceso de ejecucin.

4.-Comit Especial Permanente conducir el proceso de contratacin en las licitaciones y concursos pblicos. Ser integrado por tres miembros uno de los cuales pertenecer al rea usuaria de los bienes, servicios u obra materia de contratacin. Otro de los miembros pertenecer al rgano encargado de las contrataciones. Uno de los miembros debe tener conocimiento tcnico del objeto de contratacin.Se podr convocar adicionalmente a expertos externos si la entidad no cuenta con especialista y se trata de bienes sofisticados o servicios especializados.Tendr a su cargo la elaboracin de Bases y la organizacin, conduccin y ejecucin del proceso hasta que se consienta la buena pro o se cancele el proceso de seleccin.Tambin se encargar de conducir los procesos que se generen por la declaracin de desierto del proceso original.Sus miembros son solidariamente responsables administrativa y judicialmente decualquier irregularidad que se cometa imputable por dolo, negligencia o culpa inexcusable.La entidad llevar un expediente de contratacin conteniendo todas las actuaciones del proceso partiendo del requerimiento del rea usuaria hasta la culminacin del contrato, debiendo incluir las ofertas no ganadoras. el rgano responsable custodiar ese expediente.

5.-El proceso de seleccin se inicia con la convocatoria y culmina con la suscripcin del contrato o con la cancelacin del mismo, o, cuando no se suscriba el contrato por causa imputables a la entidad o cuando se recorte el presupuesto

El contenido de la convocatoria de procesos de seleccin se fijar en el Reglamento de esta norma debiendo existir un plazo razonable entre la convocatoria y la presentacin de propuestas acorde a las caractersticas de cada proceso ,Los plazos se computan por das hbiles

FASES DE LOS PROCESOS DE ADQUISICIONES

Los procesos de adjudicacin y contratacin que realizan las entidades tienen 3 grandes fases que detallamos a continuacin:

PREPARACIN DE LA SELECCIN

PROCESOS DESELECCINEJECUCIN CONTRACTUAL

1. Plan estratgicoInstitucional

Convocatoria y Registrode ParticipantesCelebracin del ContratoPresentacindeConsultas, absolucin y

2.PlanoperativoInstitucional

3.Determinacin

aclaraciones de las basesFormulacin de Observaciones a las bases e Integracin de

Ejecucin de las Prestaciones derivadas del contrato

Adicionales y Reducciones de

de Necesidades stas Plazo

4.PresupuestoInstitucional5.Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones6.Aprobacin delExpediente de

Presentacin y Entregade PropuestasSubcontratacin

Evaluacin y Calificacinde PropuestasIntervencin Econmica

Otorgamientodela

Contratacin Buena Pro Resolucin

7.Designacin delComit Especial8.Elaboracin del Proyecto de las bases

CitacinparalaCelebracin del Contrato Aplicacin de Penalidades Conformidad de Entrega o de PrestacindeServicio Liquidacindeobraode

AdministrativasCelebracin del Contrato9.Aprobacinde lasBases

consultora de obra.

Administrativas

TIPOS DE PROCESOS DE SELECCIN

A) LICITACIN PBLICASe convoca para la adquisicin de bienes, as como para la contratacin de obras, dentro de los mrgenes que establecen las normas presupuestarias.La Licitacin pblica se aplica por ejemplo, cuando se tenga prevista la adquisicin de 06 camiones de limpieza pblica por un valor total de seiscientos mil nuevos soles y otros.Se aplica para contratar bienes, suministros y obras.

B) CONCURSO PBLICOSe convoca para la contratacin de servicios de toda naturaleza.

C) ADJUDICACIN DIRECTASe aplica para las contrataciones que se realicen dentro de los mrgenes que establece la ley de presupuesto. Puede ser pblica o selectiva.Adjudicacin Directa Pblica; se convoca cuando el monto de la adquisicin o contratacin es mayor al 50% del lmite mximo establecido para la adjudicacin Directa en las normas presupuestarias.Por ejemplo la Adjudicacin Directa Pblica se aplicara para la adquisicin de una retroexcavadora por un monto de S/291,624.97 Nuevos Soles.Adjudicacin Directa Selectiva; se convoca cuando el monto de la adquisicin o contratacin es igual o menor al 50% del lmite mximo establecido para la Adjudicacin Directa por las normas presupuestarias.Por ejemplo la Adjudicacin Directa Selectiva se aplicara para la Adquisicin de tubos y accesorios para una obra determinada. Dentro de ella se considera tambinADS DE SUBASTA INVERSA ELECTRNICA Y PRESENCIAL

D) ADJUDICACIN DE MENOR CUANTASe aplica a las contrataciones cuyo monto sea inferior a la dcima parte del lmite mnimo establecido por la ley de presupuesto para los casos de licitacin pblica y de concurso pblico.Las entidades deben publicar en su portal institucional los requerimientos de bienes o servicios a ser adquiridos bajo la modalidad de menor cuanta sus contrataciones se realizarn obligatoriamente en forma electrnica a travs del sistema electrnico de contrataciones del estado- SEACE

EXONERACIONES:No habr proceso de seleccin cuando las contrataciones:

A) Sean entre entidades pblicas. Siempre que no se contravenga lo sealado en el Art. 60 de la constitucin. (EL ESTADO RECONOCE EL PLURALISMO ECONMICO).

B) Si se originan en una situacin de emergencia por catstrofe, peligro grave o seguridad nacional.

C) Exista desabastecimiento comprobado que afecte a la entidad.

D) Las contrataciones hechas por las Fuerzas Armadas, Polica Nacional o el Sistema Nacional de Inteligencia deben mantenerse en reserva por secreto militar u orden interno.

E) Cuando exista un proveedor nico de bienes o servicios que no admiten sustituciones.

F) En el caso de los servicios personalsimos pero contando con la debida sustentacin.

Se harn de manera directa previa aprobacin mediante Resolucin del Titular de la Entidad, Acuerdo de Directorio, Acuerdo de Consejo Regional o Municipal, segn corresponda. Pero debe existir informe tcnico y legal previo, copia de la resolucin se enva al SEACE se prohbe la aprobacin de exoneraciones en va de regularizacin salvo situaciones de emergencia la situacin de desabastecimiento es la situacin inminente, extraordinaria e Imprevisible en la que la ausencia del bien, servicio u obra compromete la regularidad de las funciones desarrolladas por la entidad.

La exoneracin solamente se extiende por el perodo suficiente para resolver laSituacin.

La municipalidad distrital de chancay ha realizado todas sus Contrataciones y Adquisiciones en concordancia con la ley de contrataciones del estado N 1017, la misma que indica las fases o pasos sistemticos ordenados y pre exclusivamente actuados por las reas y dependencias, quienes determinan la necesidades de la entidad.

A lo largo de la gestin municipal actual se han realizado mltiples procesos de seleccin de los cuales pondremos como ejemplo el siguiente:

ADQUISICIN DE CEMENTO PORTLAND TIPO I

Buscador de procesos de seleccin

ULADECH HUARMEY - INGENIERA CIVIL IIRESPONSABILIDAD SOCIAL III DOCENTE Mg. JORGE LUIS MENDEZ ANGELES

Proceso ElectrnicoConvocatoriaADS SUBASTA INVERSA ELECTRONICA .9-

Calendario

ActividadFecha Inicio Fecha Fin

2009/MDCH/CE (convocatoria : 1) ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVAen la modalidad de CONVOCATORIA

Entidad ContratanteMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY - HUARAL (M.D.CHANCAY)(Telef : 771004)Direccin

convocatoria

inscripcion de participantes, registro y presentacion de propuestas

apertura de propuestas y periodo de lances

21/04/200900:00

22/04/200900:00

28/04/200910:05

21/04/200900:00

28/04/200910:00

28/04/200912:05

LOPEZ DE ZUIGA N142 (LIMA)Sntesis

otorgamiento de la buena pro28/04/200900:00

28/04/200900:00

adquisicin de cemento portland tipo i (42.5 kg)Requisitos de habilitacinCONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADOObjetoBIENESValor ReferencialSoles : 182,863.00Costo de participacinSoles : 20.00Lugar de registro de participantesA TRAVES DEL SEACEInformado el da 21/04/2009 15:04 horas

ULTIMA ETAPA : OTORGAMIENTO DE LA BUENA PROel 28/04/2009, 1 item en BUENA PRO CONSENTIDA, Otras Acciones de la Convocatoria 1 RESUMEN EJECUTIVO DE POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO, , , , informado el da21/04/2009 15:04

RTF Acta de Subasta Electronica

3 ACTA DE BUENA PRO, , , , informado el da28/04/2009 21:17

4 BUENA PRO CONSENTIDA, , , , informado el da07/05/2009 09:38

BasesResumenEjecutivo

Absolu cin Consult as

Absoluci n Observaci ones

Pronunciam iento Entidad

Pronun cia. OSCE

Bases Integra das

Cuadro Comparat ivo y/o Actas

Acta Buena Pro

Resoluc in de Recurso de Apelaci n de la Entidad Pblica Contratante

Resolu cin de Recurs o de Apelaci n del Tribuna l

21/04/200915:04Tamao318 Kb.

21/04/200915:04Tamao18 Kb.

28/04/200921:17Tamao96 Kb.

28/04/200921:17Tamao96 Kb.

Ite m

Descrip cinFamili a Catlo go

Canti dadUnid ad deMedi daValor Refere ncial Unitari oValor Refere ncialPlazo(s) de entrega o Fecha(s) de entregaLugares de entregaFor mas de entr egaDecre mento mnimoBenef icio de la ley27633

MY PECantid ad Adjudi cadaMonto Adjudi cado

1 ADQUISI CIONDE CEMEN TO PORTLA ND TIPO I

X301116

10,700.00

ACCI ON

182,863.00

2DI AS

08/05/2009

ALMAC. MUNI

PRE VIA ORD

1828.63

BUENA PRO CONSENTIDA informado el 07/05/2009 por e_md_chancay_huaral1

(20511048207) DISTRIBUIDORA VICKY EVA SOCIEDAD ANONIMA CERRADANONO10700178,429.00

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EXPEDIENTE DE CONTRATACION ADS 009-2009

ADQUISICIN DE CEMENTO PORTLAND TIPO I

(Artculo 10 , 11y 12 del Reglamento del Decreto Legislativo N 1017que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado)

1. TIPO DE PROCESO:Es de Adjudicacin Directa Selectiva por subasta inversa electrnica

2. OBJETO DEL PROCESO:ADQUISICIN DE CEMENTO PORTLAND TIPO I para la Obra Construccin del Nuevo Palacio Municipal del Distrito de Chancay, logrando el suministro constante del bien objeto del proceso de seleccin

3. DEL REQUERIMIENTO:La Gerencia de Desarrollo Urbano, Rural y Ambiental mediante Informe N1120- 2009-MDCH/GDURA. Solicita la adquisicin de cemento tipo I y hace de conocimiento el monto presupuestal para el desarrollo del Proceso de Seleccin pertinente.

4. PLAZO DE CONTRATACINDesde la suscripcin del contrato hasta la recepcin total del bien objeto del proceso

5. MODALIDAD DE EJECUCIN CONTRACTUALEl presente proceso se Financiar con Recursos de la Entidad.

6. SISTEMA DE CONTRATACIN:Sistema de Precio Unitario .

7. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Y FUENTE DE FINANCIAMIENTO: Con INFORME CERTIFICACIN PRESUPUESTAL N 0021-2009-GM- SGAG/OPP la Oficina de Planificacin y Presupuesto informa que la entidad cuenta con disponibilidad presupuestaria, Cadena de gasto 262325en la Fuente de Financiamiento 18 Recursos Determinados

8. CARACTERSTICAS FSICAS Y TCNICAS DEL BIEN A ADQUIRIR:

Descripcin del Objeto del Proceso.- La Municipalidad Distrital de Chancay requiere adquirir bolsas de cemento Portland tipo I segn ficha Tcnica de Bien Comn B207100060001 publicado por el SE@CE

CANTIDAD. -10700 BOLSAS DE CEMENTO

9. ESTUDIO DE POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO.- El precio considerado en la Adquisicin de cemento Portland tipo I obedece al Anlisis de Precios Unitarios cuyos los precios del mercado se detallaoFuente de informacin: Ferretera FIORELLA

Tecni Services S.A.C.

oPrecios histricos : ADS por Subasta Inversa Electrnica 003-2009MDLO/CEoEstructura de costos (resumen ejecutivo): Se adjunta.

1.Valor Referencial Actualizado.- El Valor Referencial asciende a S/182863.00 (ciento ochenta y dos mil ochocientos sesenta y tres con00/100 nuevos soles) conforme al estudio de mercado (resumen ejecutivo).2.Pluralidad de marcas y postores: Se permite pluralidad de marcas en los insumos siempre y cuando cumplan con las especificaciones tcnicas del Expediente Tcnico. La Participacin en el proceso de seleccin est abierto a todas las empresas (Pequeas, Medianas y grandes en general) que se registren debidamente dentro del calendario del proceso.3.Posibilidad de distribuir la buena Pro: No se contempla4.Factores de evaluacin: Tcnica y Econmica

CONCLUSIN:Siendo el valor referencial en S/182 863.00 (ciento ochenta y dos mil ochocientos sesenta y tres con 00/100 nuevos soles)) incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la obra, y habiendo la Gerencia Asesora General comunicado con INFORME CERTIFICACIN PRESUPUESTAL N 021-2009-GM- SGAG/OPP que la entidad cuenta con disponibilidad presupuestaria requerida, la Municipalidad Distrital de Chancay se encuentra apta para convocar al proceso de seleccin respectivo.

Fecha: 06 de Abril del 2009

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY

INFORME N 142 - 2009 MDCH/UL

A: Dr. JUAN ALBERTO LVAREZ ANDRADEAlcaldaDE: Lic. NGEL OLAYA ROLANDOSub Gerencia de Contabilidad y Logstica ASUNTO: Aprobacin de Expediente de Contratacin FECHA: 06 de julio del 2009.

Por medio de la presente le remito el Expediente de Contratacin para la Adquisicin de Cemento Portland tipo I, para su Aprobacin, conforme a las atribuciones sealadas en el Decreto legislativo 1017 ley de contrataciones del estado y su reglamento.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente,

LIC. ANGEL OLAYA ROLANDO SUBGERENCIA DE CONTABILIDAD Y LOGSTICA

RESOLUCIN DE ALCALDA N 1005- 2014-MDCH/A

Chancay, 30 de Agosto del 2014

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY

VISTO: el Informe N 174-2009 MDCH/OAyF y el Informe N 156-2009 MDCH/UL, y;

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades son rganos de gobierno local, con autonoma poltica, econmica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo establecido en el artculo 194 en la Constitucin Poltica del Per y la Ley Orgnica de Municipalidades Ley N 27972;

Que, mediante los informes de visto se solicita la aprobacin del Expediente de Contratacin para la ADQUISICIN DE CEMENTO PORTLAND TIPO I

Que, el referido Expediente de Contratacin cumple con los requisitos establecidos en el Artculo 10 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado Decreto Legislativo N 1017 para su respectiva aprobacin;

Estando a lo expuesto, en uso de las facultades establecidas en el artculo5 inciso 1) del texto legal anteriormente citado y el Artculo 20 inciso 6), de laLey Orgnica de Municipalidades, Ley N 27972;

SE RESUELVE:

ARTCULO PRIMERO: APROBAR el Expediente de Contratacin para la ADQUISICIN DE CEMENTO PORTLAND TIPO I, cuyos antecedentes y anexos forman parte de la presente Resolucin de Alcalda.

ARTCULO SEGUNDO: Disponer que la Oficina de Administracin y Finanzas en coordinacin con la Unidad de Logstica, remita al Sistema Electrnico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado SEACE- copia de la presente Resolucin en el plazo de Ley y bajo responsabilidad funcional.

ARTCULO TERCERO: Disponer que la Oficina de Administracin y Finanzas en coordinacin con la Unidad de Logstica, incorporen en la pgina Web de la Entidad la presente resolucin para el conocimiento de los interesados.

ARTCULO CUARTO: Encargar a la Oficina de Administracin y Finanzas, a la Unidad de Logstica, y a la Oficina de Secretaria General el cumplimiento de la presente Resolucin en cuanto le corresponda

REGSTRESE, COMUNQUESE, PUBLQUESE Y CMPLASE.

Chancay, 07 de abril del 2009

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: El Informe N 1197-2009 GDURA/MDCH; y, CONSIDERANDO:Que la Constitucin Poltica del Per en su artculo 194 establece que las Municipalidades son rgano de Gobierno Local con autonoma poltica econmica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, mediante informe n 1197-2009 GDURA/MDCH de visto, la gerencia de desarrollo urbano, rural y ambiental, comunica que habindose recepcionado para su ejecucin el expediente tcnico de la obra CONSTRUCCIN PISTA VEREDAS Y HABILITACIN DE REAS VERDES PUEBLO JOVEN***CHANCAY HUARAL-LIMA , es necesario contar con un comit especial para efectuar la adquisicin de bienes y servicios para todos los procesos de seleccin de la mencionada obra;

Que, el decreto legislativo n 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado seala en su artculo 24 estable que en las licitaciones pblicas y concursos pblicos, la entidad designara a un comit que deber conducir el proceso, asimismo para las adjudicaciones directas, el reglamento establecer las reglas para la designacin y Conformacin de Comit Especiales Permanentes p el nombramiento de un Comit especial Ad Hoc

Que, el artculo 25 de la norma glosada seala que los miembros del comit especial son solidariamente responsables de que el proceso de seleccin realizado se encuentre conforme a ley y responden administrativa y/o judicialmente, en su caso, respecto de cualquier irregularidad cometida en el mismo que les sea imputable por dolo, negligencia y/o culpa inexcusable;

Que, el Artculo 27 del Reglamento del D.L. N 1017 -Ley deContrataciones del Estado, establece que el titular de la entidad o el funcionario

ULADECH HUARMEY - INGENIERA CIVIL IIRESPONSABILIDAD SOCIAL III DOCENTE Mg. JORGE LUIS MENDEZ ANGELESRESOLUCIN DE ALCALDA N ***-2014-MDCH/A

a quien se le hubiera delegado esta atribucin, designara por escrito a los integrantes titulares y suplentes del Comit Especial, indicando los nombres completos y quien actuara como presidente y cuidando que exista correspondencia entre cada miembro titular y suplente Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Art 20, inciso 6) de la Ley Orgnica de Municipalidades n 27972;

SE RESUELVE:

ARTCULO PRIMERO: DESIGNAR EL COMIT ESPECIAL, encargado de conducir el proceso de seleccin de para la CONSTRUCCIN PISTA VEREDAS Y HABILITACIN DE REAS VERDES PUEBLO JOVEN***CHANCAY HUARAL-LIMA, conforme al siguiente detalle:

MIEMBROS TITULARES:

Lic.NGEL RAFAEL OLAYA ROLANDOPresidente C.P.C. OLIVIA MAMANI PUMA Miembro Ing. FLIX ENRIQUE GARCA VERGARA Miembro

MIEMBRO SUPLENTE

C.P.C. OLIVIA MAMANI PUMAPresidente Miembro Miembro

ARTICULO SEGUNDO: Encargar a la Oficina de administracin y Finanzas, a la Unidad de Logstica y a la Oficina de Secretaria General el cumplimiento de la presente resolucin en cuanto corresponda

REGSTRESE, COMUNQUESE Y CMPLASE,

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ACTA DE INSTALACIN DEL COMIT ESPECIAL PERMANENTE Y ELABORACIN DE BASES PARA EL PROCESO DE SELECCIN ADQUISICIN DE CEMENTO PORTLAND TIPO I

En la ciudad de Chancay, a los treinta (30) das del mes de julio del 2009, siendo las 14:30 p.m., y reunidos en el Saln de Actos de la Municipalidad Distrital de Chancay sito en Calle Lpez de Ziga N 142 Plaza de Armas Distrito de Chancay - Huaral, el Comit Especial Permanente, integrado por el Lic. ngel Rafael Olaya Rolando presidente titular; CPC. Olivia Mamani Puma, miembro titular; Ing. Flix Enrique Garca Vergara miembro titular; haciendo uso de la palabra, el presidente, informa de la funcin que les corresponde ejercer con responsabilidad, declarando instalado el comit

Acto seguido, se procede a elaborar las Bases Administrativas para llevar a caboProceso de seleccin para la Adquisicin de Cemento Prtland Tipo I

Siendo las 16:00 p.m. el Comit Especial Permanente culmin la elaboracin de las Bases, procediendo a redactar el informe solicitando la aprobacin del las Bases del Proceso de Seleccin ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N0015-2009 MDCH/CEP derivado del ADS por Subasta Inversa Electrnica 0022-2009 MDCH/CEP, acto seguido se dispone la elaboracin del informe para solicitar su aprobacin

Siendo las 16:14 p.m. del mismo da se da por terminada la sesin, suscribiendo los Asistentes en seal de conformidad.

EL COMIT ESPECIAL PERMANENTE

ELABORACIN DE BASES

ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA POR SUBASTA INVERSA ELECTRNICAN. 0009-2009 MDCH/CE(PRIMERA CONVOCATORIA)

Municipalidad Distrital de ChancayDesarrollo con Justicia Social

ADQUISICIN DE CEMENTO PORTLAND TIPO I

ABRIL 2009

CAPTULO I

GENERALIDADES

1.1ENTIDAD CONVOCANTENombre:Municipalidad Distrital de ChancayRUC N:20163051118

1.2DOMICILIO LEGALCa. Lpez de Ziga N 142 Plaza de Armas Chancay - Huaral

1.3OBJETO DE LA CONVOCATORIAEl presente proceso tiene por objeto seleccionar al postor que ofrezca lamejor oferta econmica para el Suministro de Cemento Portland tipo I

BIEN COMUN CONFORME OSCE

Cdigo

Denominacin

B207100060001

Cemento Portland tipo I

1.4VALOR REFERENCIALEl valor referencial asciende a S/. 182 863.00 (Ciento Ochenta y Dos mil Ochocientos Sesenta y Tres con 00/100 nuevos soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que pudiera incidir en el costo

total de la adquisicin. El valor referencial ha sido calculado al mes de Abril del 2009, segn el detalle siguiente:

dete m

Denominaci n

Decrement o Mnimo Precio Unitario

S/.%

UnidadMedidaCantidadValorReferencialValorReferencialTotalCemento1PrtlandtipoI

Bolsas10,700S/.17.09182 863.000.171

Las propuestas que excedan el Valor Referencial sern devueltas por elComit Especial Permanente, tenindose por no presentadas.

1.5VALOR DEL DECREMENTO MNIMO

Los montos de decremento mnimo que se considerarn en los lances verbales durante el perodo de puja, sern los establecidos en el cuadro anterior. Los montos considerados no son inferiores al cero punto uno por ciento (0.1%), ni superiores al tres por ciento (3%) del valor referencial unitario correspondiente.

1.6SISTEMA DE CONTRATACIN, MODALIDAD DE SELECCINEl presente proceso se rige por el sistema de PRECIO UNITARIO, bajo laModalidad de Subasta Inversa Electrnica.

1.7FUENTE DE FINANCIAMIENTORecursos determinados

1.8MODALIDAD DE EJECUCIN CONTRACTUALCon Financiamiento de la entidad.

1.9ALCANCES DEL REQUERIMIENTOEl requerimiento est definido en el Captulo IV de las presentes Bases.

1.10BASE LEGAL Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. Ley N 29142, Ley de presupuesto del Sector Pblico del ao 2008.

Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo N1017, y sus modificatorias.Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo N 184-2008-EF, y sus modificatorias.Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.Ley N 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la InformacinPblica.Ley N 28015, Ley de Promocin y Formalizacin de la Pequea yMicroempresa.Ley N 27633, Ley de Promocin Temporal del Desarrollo ProductivoNacional.Resolucin N 590-2006-CONSUCODE/PRE, que aprueba el Reglamento de la modalidad de seleccin por Subasta Inversa Electrnica.ResolucinN112-2007-CONSUCODE/PRE,quemodificaelReglamento de la modalidad de Subasta Inversa Electrnica.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

CAPITULO II

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

2.1CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN:

ETAPASFECHASLUGAR / MEDIO

Convocatoria21 de Abril de 2009MDCH SE@CE

Inscripcin departicipantes, registro y presentacin de propuestas de ParticipantesDel 22 deAbril28 de Abrilhastalas10:00 horas

A travs del Se@ce

Apertura de propuestas y periodo de lances

El 28 de Abril de 2009De 10:05 a 12:05 horas

A travs del Se@ce

Buena Pro28 de Abril de 2009SE@CE

ACCESO A LAS BASES

Todo proveedor puede tener acceso a las Bases del presente proceso de seleccin a travs del SEACE o el Sistema Administrativo de Tesorera de la

Municipalidad Distrital de Chancay, sito en la Cal. Lpez de Ziga N 142Plaza de Armas Chancay - Huaral, en las fechas indicadas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 16:45,

Las Bases han recogido lo establecido en la Ley y su Reglamento, lo que se aplicar obligatoriamente. Solo en caso de vaco de estas se observarn las normas generales de procedimientos administrativos y las del derechocomn.

2.3CONVOCATORIA.

La Convocatoria del proceso por Subasta Inversa Electrnica, se efectuar a travs de su publicacin en el SEACE, para lo cual se adjuntara las bases administrativas, todo esto concordante con el Reglamento de la Modalidad de seleccin por Subasta Inversa Electrnica, aprobado mediante Resolucin N590-2006-CONSUCODE/PRE y su modificatorias .

2.4INSCRIPCIN DE PARTICIPANTESPara la inscripcin como participante, el proveedor deber tener en cuenta lo siguiente:

Declarar la aceptacin de las condiciones de uso del Sistema para participar en el proceso de seleccin por Subasta Inversa Electrnica. Para tal efecto, y con carcter de declaracin jurada, deber aceptar el formulario que le mostrara el Sistema en el SEACE, que contendr las siguientes estipulaciones:

Tener conocimiento que el presente formulario tiene carcter de declaracin jurada. Conocer lo estipulado en la Ley y el Reglamento de la Ley en lo referente a la participacin en procesos de seleccin a travs del SEACE. Conocer la normativa aplicable al presente proceso. Asumir la responsabilidad por la informacin y documentacin en formato digital remitida a travs del SEACE al Comit Especial que conduce el proceso de seleccin.

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Electrnicas del SEACE

El proveedor deber inscribirse como participante a travs del SEACE previo depsito en la cuenta de la Municipalidad Distrital de Chancay en el Banco de la

Nacin, N 363000460, o en la Oficina de tesorera, para lo cual deber registrar en el SEACE los siguientes datos:Banco donde hizo el depsito.Nmero de boleta de depsito del banco o caja de la Municipalidad Distrital deChancay.Monto depositado. Fecha de depsito.Remitir copia del voucher ( faxeado o escaneado) a la oficina de tesorera de la Municipalidad Distrital de Chancay en el mismo da con la finalidad de se canjeado por recibo de caja de la entidad el cual acreditara la inscripcin(OBLIGATORIO)

ULADECH HUARMEY - INGENIERA CIVIL IIRESPONSABILIDAD SOCIAL III DOCENTE Mg. JORGE LUIS MENDEZ ANGELES Tener conocimiento del manual del usuario del Mdulo de Transacciones

Soles)

Costo del Derecho de Participacin: S/. 20.00 (Veinte con 00/100 Nuevos

La inscripcin de los participantes se efectuar desde el da siguiente de publicada la convocatoria en el SEACE hasta la fecha prevista en el calendario. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno de sus integrantes.

2.5 REGISTRO DE PROPUESTASLos participantes registrarn sus propuestas a travs del SEACE, a partir de suinscripcin como participante, para lo cual deber cumplir con las caractersticas, formatos y dems condiciones de las presentes Bases. Para el Registro de Propuestas, los participantes debern cumplir con lo siguiente:

El Registro de Propuestas se realizar por tem, a los que postula el participante, mediante el formulario que deber completar para tal efecto.

Los datos que deben ingresar en su propuesta son los siguientes:

A) PROPUESTA TCNICA- El participante deber aadir los archivos conteniendo los documentos de habilitacin requeridos.

- En caso de presentarse en consorcio deber adjuntar la promesa formal de consorcio respectiva, segn formato obrante en el sistema.-De ser el caso, el proveedor debe indicar para cada tem al que se presenta si su oferta corresponde a un producto nacional.- El participante podr indicar si es una MYPE, a travs del formulario quetendr carcter de declaracin jurada que se muestra en el SEACE y adjuntar el Certificado de Inscripcin o de Reinscripcin vigente en el REMYPE como parte de los documentos de habilitacin.- El participante deber consignar los datos de su representante legal.

B) PROPUESTA ECONMICALa propuesta Econmica deber presentarse en funcin al valor referencial total del tem; asimismo, registrar el valor del precio unitario del bien.

La Propuesta Econmica total ser utilizada por el Sistema para asignarle el turno de inicio en el periodo de Lances con Agentes Electrnicos. La propuesta con menor precio ser el precio base y la que inicie los lances.

Se considerarn como propuestas econmicas vlidas aquellas que no superen el valor referencial total del tem consignado en las Bases; de lo contrario, el Sistema las excluir automticamente del proceso.

No ser de aplicacin la presentacin de la garanta de seriedad de oferta en tanto no se apruebe la Directiva que para el efecto emita el OSCE, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 157 del Reglamento de la Ley..

C) CONFIGURACIN DEL AGENTE ELECTRNICO

El participante deber indicar en el Sistema los siguientes datos: (i) el monto del decremento aplicable al tem en el que participa, que en ningn caso podr ser inferior al monto del decremento mnimo establecido en la convocatoria, y (ii) el precio lmite inferior (monto ms bajo) que est dispuesto a ofertar por cada tem. Mediante estos parmetros el proveedor podr programar los lances que realizar su agente durante los Lances con Agentes Electrnicos. En caso el participante no configure el Agente Electrnico, el Sistema considerar que el precio lmite inferior es igual a la propuesta econmica.

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El participante podr realizar modificaciones a su propuesta slo hasta antes de haber confirmado la presentacin de su propuesta.

2.6. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

SOBRE N 1 SOBRE DE HABILITACIN:

Los postores debern presentar como parte de su propuesta en el sistema un archivo zip, con la siguiente documentacin escaneada:

Documentacin de presentacin obligatoria:

a) Copia simple de la Constancia vigente de inscripcin en el RegistroNacional de Proveedores: Capitulo de Bienes.b) Carta de presentacin y Declaracin Jurada de datos del postor.Cuando se trate de Consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por cada uno de los consorciados - Anexo N 01.c) Documento Nacional de Identidad del Representante Legal. d) Copia RUC del postor o postores en caso de consorcioe) Declaracin Jurada en la que el postor declare que su oferta cumple los Requerimientos Tcnicos Mnimos contenidos en el Captulo IV de las Bases - Anexo N 02.f) Declaracin Jurada del postor de acuerdo al Artculo 42 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado - Anexo N 03.g) Promesa Formal de Consorcio, de ser el caso, segn Anexo N 04.h) Declaracin Jurada de Tiempo de entrega, segn Anexo N 05i) Declaracin Jurada de Reposicin del bien ofertado segn Anexo N 06j) Declaracin Jurada de disponibilidad de Stock, segn Anexo N 07k) Declaracin jurada de los productos ofertados segn Anexo N 08

Documentacin de presentacin facultativa:

a) Certificado de inscripcin o reinscripcin de ser pequea o microempresa en el PROMPYME, de ser el casob) Declaracin jurada sealando que el bien ofrecido ha sido o va a ser elaborado en territorio nacional, de acuerdo a la Ley de Promocin del Desarrollo Productivo Nacional y normas complementarias, de ser el caso. La presentacin de este documento deber ser conocida en todo momento por los asistentes durante el acto pblico Anexo N09.

SOBRE N 2 - DE PROPUESTA ECONMICA:

El la propuesta econmica deber contener el valor Unitario y valor total de la oferta econmica, en nuevos soles, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, costos laborales, conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro costo que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a adquirir. Por lo tanto, la Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza. Anexo N 10.

2.7APERTURA DE PROPUESTAS Y PERIODO DE LANCESDe conformidad con el Artculo 19 del Reglamento, esta etapa consta de los siguientes ciclos consecutivos:1. Apertura de Propuestas y Lances con Agentes Electrnicos.2. Mejora de Precios (Lances en Lnea).

2.7.1 Apertura de Propuestas y Lances con Agentes ElectrnicosEl Sistema realizara la apertura de propuestas e iniciara los Lances con Agentes Electrnicos de forma automtica, inmediatamente despus de vencido el plazo para el registro de Participante y Presentacin de Propuestas, y conforme a los valores configurados por el postor en su Agente Electrnico (valor de decremento y el precio limite inferior).

Para tal efecto, el Sistema procesara la informacin de las propuestas econmicas, determinara las propuestas validas y las ordenara segn el valor total de la oferta, lo que determinara el turno de los lances. En caso de empate en las propuestas econmicas, el Sistema efectuara automticamente un sorteo para establecer el turno de los lances.

Los lances se iniciaran con la propuesta econmica de menor precio y se desarrollara con forme al siguiente procedimiento:

a) A la propuesta econmica de menor precio se le descontara el decremento programado por el postor obteniendo as el menor precio.b) Para efectuar el lance del siguiente postor, el Sistema restara al menor precio el decremento programado por este postor.c) El procedimiento continuara de la forma prescrita en el literal anterior con los agentes de las siguientes propuestas econmicas y en rondas sucesivas hasta que quede solo una propuesta con posibilidad de participar en la siguiente ronda; en ese momento, la propuesta econmica que aun participa ser declarada como ganadora de los Lances con Agentes Electrnicos, con lo cual concluir dicho ciclo.

Durante el desarrollo de los Lances con Agentes Electrnicos, el Sistema registrar el detalle de los lances efectuados en las rondas y el monto de la propuesta ganadora.

Al concluir el ciclo de Lances con Agentes Electrnicos del proceso, elSistema Registrara los resultados finales, los cuales sern considerados

como los precios de inicio para el ciclo de Mejora de Precios, quedando abiertas todas las propuestas validas para el desarrollo de dicho ciclo.

2.7.2 Mejora de Precios

La Mejora de Precios permitir que los postores cuyas propuestas econmicas participaron en los Lances con Agentes Electrnicos puedan mejorar sus precios a travs de lances sucesivos a ser realizados en lnea.

La Mejora de Precios, se desarrollara conforme al siguiente procedimiento: a) En la fecha y hora indicadas en la convocatoria, el postor acceder al Modulo de Transacciones Electrnicas del SEACE, ingresando suclave y contrasea asignada por el Registro Nacional de Proveedores.b) El postor visualizara la propuesta econmica ganadora de los Lances con Agentes Electrnicos (menor precio) y el monto de su propuesta.c) El postor podr mejorar el monto de la propuesta econmica durante el periodo indicado en la convocatoria.d) El postor no esta obligado a enviar lances inferiores al menor precio vigente a ese momento, pero sus lances debern ser siempre inferiores a su ultimo precio ofertado.

Cinco (5) minutos antes de la finalizacin del horario indicado en la convocatoria para efectuar las mejoras de precios, el Sistema enviara una alerta indicando el inicio del cierre aleatorio. La duracin del cierre aleatorio ser determinada por el Sistema en forma aleatoria, pudiendo variar entre uno (1) a treinta (30) minutos, tiempo durante el cual los postores podrn enviar sus ltimos lances.

Cerrado este ciclo no se admitirn mas lances en el proceso.

2.8DETERMINACIN DE PUNTAJESUna vez culminado la etapa de Apertura de Propuestas y Periodo de lances, el Sistema procesara los lances recibidos, ordenando a los postores segn el valor de su ltimo lance. Se asignara cien (100) puntos

al postor que haya ofertado el menor precio, y al resto de propuestas validas se les asignara un puntaje inversamente proporcional, estableciendo el orden de prelacin de los postores en funcin del puntaje obtenido.

Seguidamente, el Sistema asignar la bonificacin especial establecida por la Ley de Promocin del Desarrollo Productivo Nacional y normas complementarias, equivalente al 20%, al puntaje obtenido por los postores que hayan indicado que el bien ofertado corresponde a un producto nacional, reordenando la prelacin de los postores, de ser el caso.

De existir empate, el Sistema le dar prioridad al postor que este registrado como MYPE. En caso persistiera el empate, el Sistema realizara un sorteo automtico con valores aleatorios para seleccionar el orden de prelacin.

2.9ACTA DE LA APERTURA DE PROPUESTAS Y PERIODO DE LANCESEl Sistema registrar el detalle de los puntajes finales asignados y el orden de prelacin de los postores, generando el Acta con el detalle del desarrollo de la etapa de Apertura de Propuestas y Periodo de Lances, la cual quedara registrada en el Sistema y publicada automticamente en la respectiva ficha del proceso.

2.10OTORGAMIENTO DE LA BUENA PROPara efectos de otorgar la Buena Pro, previamente el Comit Especial deber verificar la documentacin exigida por las Bases al postor que haya obtenido el primer lugar en el orden de prelacin, documentacin a la que tendr acceso a travs del Sistema.

En caso que la documentacin presentada por el postor que haya obtenido el primer lugar rena las condiciones requeridas por las Bases, el Comit Especial proceder a otorgarle la Buena Pro; caso contrario proceder a descalificarlo, y evaluar la documentacin del siguiente postor en estricto orden de prelacin, y as de manera sucesiva.

Para otorgar la Buena Pro el Comit Especial verificar que por lo menos haya dos (02) propuestas validas, caso contrario el proceso se declarar desierto, de acuerdo a lo establecido en el sexto prrafo del Artculo 96 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EF.

2.11ACTA DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PROEl Comit elaborara el Acta de Otorgamiento de la Buena Pro con el resultado de la evaluacin de los postores y con el sustento debido en los casos en que los postores sean descalificados. El Acta deber ser publicada en el SEACE el mismo da de otorgada la buena pro.

2.12 CONSENTIMIENTO DEL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PROEl otorgamiento de la Buena Pro quedara automticamente consentido si dentro de los cinco (05) das hbiles siguientes de la publicacin en el

SEACE del acta de otorgamiento de la Buena Pro, no se ha interpuesto recurso de apelacin.

2.13SOLUCION DE CONTROVERSIAS DURANTE LA FASE DE SELECCIN Las discrepancias que surjan entre la Entidad y los postores, desde la convocatoria hasta el otorgamiento de la Buena Pro y contra los actos que afecten su validez, podrn dar lugar a la interposicin del recurso deapelacin, dentro de los cinco (05) das hbiles siguientes de la publicacin en el SEACE del acta de otorgamiento de la Buena Pro.

Para los actos posteriores al otorgamiento de la Buena Pro, el recurso de apelacin deber interponerse dentro de los cinco (05 das siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

CAPITULO III

INFORMACIN ADICIONAL

3.1.DE LOS CONTRATOSUna vez que la Buena Pro quede consentida o administrativamente firme, se proceder conforme a los plazos y procedimientos para suscribir el contrato que se establecen en el artculo 148 del Reglamento.

El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artculo 139 del Reglamento.Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado; Declaracin Jurada que se compromete a cumplir con el contrato, bajo la sancindeserinhabilitadodecontratarconelEstadoencasode incumplimiento Garanta Fiel cumplimiento o por el monto diferencial de propuesta, de ser el caso, cuya vigencia se extiende hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista; Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso; Copia de DNI de la persona natural o su apoderado, o del representante legal de la persona jurdica; Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa emitida por la entidad registral con no ms de tres (3) meses de anterioridad a la suscripcin del contrato; Garanta de fiel cumplimiento por el 10% Copia de la constitucin de la empresa y modificatorias vigentes(denominacin, objeto, y nombramiento y poderes del representante); Copia del RUC del contratista.

3.2.DE LAS GARANTASLas garantas que acepten las Entidades conforme al artculo 39 de la Ley, solo podrn ser efectuadas por las por las empresas bajo el mbito de la

Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estn consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per.

3.2.1 GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTOPreviamente a la firma del contrato, el postor ganador de la buena pro deber entregar a la Entidad una Carta Fianza, la misma que deber ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realizacin automtica al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al mbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato. Esta garanta deber tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin total a cargo del contratista

3.2.2 GARANTA ADICIONAL POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTACuando la propuesta econmica fuese inferior al valor referencial en msdel veinte por ciento (20%) de aqul, para la suscripcin del contrato, el postor ganador deber presentar una garanta adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor

referencial y la propuesta econmica. Dicha garanta deber tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista.

3.3.EJECUCIN DE GARANTASLas garantas se harn efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del Reglamento.

3.4.VIGENCIA DEL CONTRATOEl contrato tiene vigencia desde el da siguiente de su suscripcin y rige hasta la recepcin de la prestacin total a cargo del contratista.

3.5.DE LAS PENALIDADES Y RESOLUCIN DEL CONTRATO

3.5.1 Penalidad por mora en la ejecucinEn caso de retraso injustificado en la ejecucin de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplicar al contratista una penalidad por cada da de atraso, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%)

del monto del contrato vigente, y de conformidad con lo establecido en el artculo 165 del Reglamento.

3.5.2 Penalidades por incumplimiento injustificado de obligacionesLa Entidad podr aplicar penalidades por los incumplimientos injustificados del contratista, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, conforme a lo dispuesto en el artculo166 del Reglamento.

3.5.3 Resolucin del contratoLa Entidad podr resolver el contrato de presentarse los casos establecidos en el artculo 168 del Reglamento, en concordancia con el inciso c) del artculo 40 de la Ley, siguiendo el procedimiento establecido en el artculo169 del Reglamento, sin perjuicio de la aplicacin de las penalidades que correspondan.

3.6.FORMA Y CONDICIONES DE PAGOEl pago se realizar, previa conformidad de recepcin por parte del responsable de almacn y la conformidad de la Gerencia de Desarrollo Urbano Rural y Ambiental, luego de haberse, verificado la calidad, cantidad y cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente contrato y los documentos que lo conforman debiendo realizar las pruebas que fueran necesarias.

La conformidad se otorgar en un plazo que no exceder de los diez (10) das de prestado el servicio y el pago se efectuar dentro del plazo de diez (10) das naturales computados desde la conformidad del servicio, conforme a lo establecido por el artculo 181 del Reglamento.

Durante la vigencia del contrato los precios se mantendrn fijos y no estarn sujetos a reajuste alguno.

3.7.DISPOSICIONES FINALESEl presente proceso se rige por las bases y lo que establece el Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EF, as como por las disposiciones legales vigentes.

CAPTULO IV

REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

CARACTERSTICAS DEL BIENEl bien que se pretende adquirir SACOS DE CEMENTO PORTLAND TIPO I conforme a la ficha Tcnica de Bien Comn N B207100060001 publicada por el SE@E

MODALIDAD DE SUMINISTRODeber suministrarse previo requerimiento de la Gerencia de Desarrollo Urbano, Rural y Ambiental y emisin de ORDEN DE COMPRA por la sub. Gerencia de Contabilidad y Logstica,

PLAZO DE ENTREGALa entrega del bien materia del proceso ser dentro de los 02 da de firmado el contrato o entregada la orden de compra.Sin perjuicio de lo establecido, la Entidad reserva el derecho de devolver los bienes que se encuentren defectuosos o en mal estado, o que no cumpla con las especificaciones tcnicas establecidas, exigiendo su cambio o reemplazo, debiendo el Contratista realizarlo en un plazo no mayor de dos (02) das calendario, desde el momento de su comunicacin.

LUGARES DE ENTREGALa entrega se realizara en los almacenes de la Municipalidad Distrirtal de Chancay sito en calle Lpez de Ziga N 142 Plaza de Armas Chancay- Huaral

MODIFICACIN DE CANTIDADESLa Municipalidad Distrital de Chancay se reserva el derecho de modificar las cantidades requeridas, lo cual se comunicar al proveedor con la debida anticipacin

CONTROL DE CALIDADEn cualquier momento la Municipalidad Distrital de Chancay, solicitar se efecte el control de calidad del bien suministrado, o efectuar una prueba rpida de control de calidad, tal como deteccin visual, entre otras

pertinentes, de arrojar resultados positivos o dudosos, se solicitar un anlisis completo de un laboratorio certificado por INDECOPI

Anexos

ANEXOS N 01

CARTA DE PRESENTACIN Y DECLARACIN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

El que se suscribe, . (o representante Legal de ..................), identificado con DNI N ................., R.U.C. N ............., con poder inscrito en la localidad de ................ en la Ficha N ............ Asiento N ..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente informacin de mi representada se sujeta ala verdad:

Nombre o Razn Social

Domicilio Legal

RUCTelfonoFax

Autorizacin MunicipalMunicipalidadNdeLicenciadeFuncionamientoFecha

Participa en ConsorcioSINONombre de las Empresas que participan en Consorcio

Empresa N 1Empresa N 2Empresa N 3

Lugar y Fecha

.......................................................... Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razn social del postor

(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por cada uno de los consorciados.

ANEXO N 02

DECLARACIN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TCNICAS Y DE LAS CONDICIONES BSICAS DE CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL

SeoresMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAYAdjudicacin Directa Selectiva por Subasta Inversa electrnica N 0009-2009-MDSL/CE Primera ConvocatoriaPresente.-Att. Comit EspecialOBJETO: ADQUISICIN DE CEMENTOEl que suscribe,don, identificado con DNI N .representante legal de la empresa .con RUC Ny domicilioen..Luego de haber tomado conocimiento del contenido de las Bases Administrativas de la Adjudicacin Directa Selectiva por Subasta Inversa Presencial, DECLARO BAJO JURAMENTO que los bienesofertados cumplen con las caractersticas tcnicas sealadas en el Capitulo IV de las presentes Bases Administrativas, as como en caso de ganar la Buena Pro , realizar el suministro de los bienes de acuerdo con las condiciones bsicas de cumplimiento contractual que forman parte integrante de las Bases.

Asimismo, declaramos que cumpliremos con las entregas en el lugar y fechas establecidas en las Bases Administrativas de la Adjudicacin Directa Selectiva por Subasta Inversa Presencial N 017-2009-CE-MPA.

Chancay .de..del 2009

Atentamente,

Nombre y Firma del Representante Legal.

....

Firma y sello del representante legalNombre / Razn social del postorANEXO N 03DECLARACIN JURADA(ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

SeoresMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAYAdjudicacin Directa Selectiva por Subasta Inversa Electrnica N 0009-2009-MDSL/CE Primera ConvocatoriaPresente.-Att. Comit Especial

OBJETO:ADQUISICIN DE CEMENTO De nuestra consideracin:El que suscribe .. (o representante legal de ..), identificado conDNI N ................, con RUC N , domiciliado en.........................................., que se presenta como postor de la ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA , para la Adquisicin de declaro bajo juramento:

1.-No tener impedimento para participar en el proceso de seleccin ni para contratar con el Estado, conforme al Art. 10 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

2.-Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de seleccin.

3.-Soy responsable de la veracidad de los documentos e informacin que presento a efectos del presente proceso de seleccin.

4.-Me comprometo a mantener la oferta durante el proceso de seleccin y a suscribir el contrato, en caso que resulte favorecido con la Buena Pro.

5.-Conozco las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nro. 1017, y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N 184-2008-EF, as como en la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Lugar y Fecha

ANEXO N 04

...Firma y sello del representante legalNombre / Razn social del postor

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO(Slo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

SeoresMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAYAdjudicacin Directa Selectiva por Subasta Inversa Electrnica N 0009-2009-MDSL/CE Primera ConvocatoriaPresente.-Att. Comit Especial

OBJETO:ADQUISICIN DE CEMENTO De nuestra consideracin,Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de seleccin, para presentar una propuesta conjunta en la Adjudicacin Directa Selectiva N..-,responsabilizndonossolidariamenteportodaslas acciones y omisiones que provengan del citado proceso.Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.Designamos al Sr. ..................................................................................., identificado con D.N.I. N.. como representante legal comn del Consorcio, para efectos de participar en todas las etapas del proceso de seleccin y formalizar la contratacin correspondiente. Adicionalmente, fijamos nuestro domicilio legal comn en.........................................

OBLIGACIONES DE ..: % Participacin

OBLIGACIONES DE : % Participacin

Lugar y Fecha

.Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal empresa 1.Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal empresa 2ANEXO N 05

DECLARACIN JURADA DE TIEMPO DE ENTREGA

SeoresMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAYAdjudicacin Directa Selectiva por Subasta Inversa Electrnica N 0009-2009-MDCH/CE Primera Convocatoria Presente.-

Att. Comit Especial

El que suscribe, don ,

identificado con DNI N

representante legal de la empresa conR.U.C.N

y domiciliado en

luego de haber

tomado conocimiento del contenido de las Bases del proceso de seleccin, DECLARO BAJO JURAMENTO de cumplir en el plazo de .......... (....) das calendarios, (contados a partir del da siguiente del consentimiento de la Buena Pro) con la entrega de los bienes requeridos en la presente convocatoria, en el Almacn Central, previo conocimiento y verificacin del Jefe de Almacn Central del Gobierno Regional Tacna.

Atentamente,

ANEXO N 06

DECLARACIN JURADA DE GARANTIA-REPOSICION DEL PRODUCTO

SeoresMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAYAdjudicacin Directa Selectiva por Subasta Inversa Electrnica N 0009-2009-MDCH/CE Primera Convocatoria Presente.-

Att. Comit Especial

De nuestra consideracin,

Quien suscribe Representante Legal de la Empresa.................................. DECLARA BAJO JURAMENTO que el producto ofertado es de buena calidad, en caso de que el producto entregado no cumpla con las especificaciones tcnicas requeridas en las presentes Bases Administrativas; garantizo su reposicin dentro de las 48 horas siguientes sin que esto constituya costo adicional para EL GOBIERNO REGIONAL TACNA.

Atentamente,

ANEXO N 07

DECLARACIN JURADA DE STOCK DISPONIBLE

SeoresMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAYAdjudicacin Directa Selectiva por Subasta Inversa Electrnica N 0009-2009-MDCH/CE Primera Convocatoria Presente.-

Att. Comit Especial

Presente.-

Conste por el presente que yo,.., identificado con DNI N., representante legal de, declaro bajo juramento mantener disponibilidad de Stock de . para la Adjudicacin N ... , con el fin de garantizar la oportuna entrega de los mismos

Atentamente

ANEXO N 08

DECLARACIN JURADA DE LOS PRODUCTOS OFERTADOS

Chancay, , de . del 2009

SeoresMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAYAdjudicacin Directa Selectiva por Subasta Inversa Electrnica N 009-2009- MDCH/CEPrimera ConvocatoriaPresente.-

Att. Comit Especial

El que suscribe, don ,

identificado con DNI N

representante legal de la empresa

con RUC N

(RUC de la

empresa), y domicilio legal en _

luego de haber

tomado conocimiento del contenido de las Bases de la Adjudicacin de Directa Selectiva por Subasta Inversa Electrnica N 0009-2009-MDCH/CE 1era Convocatoria, para la Adquisicin de , DECLARO BAJOJURAMENTO que los bienes ofertados tiene la siguiente Informacin.

DESCRIPCIONDELBIENMARCANOMBREDEFABRICANTEPROCEDENCIA

As mismo en caso de ganar la Buena Pro, a realizar el suministro de los bienes de acuerdo a la siguiente informacin:

Firma, Nombre / Razn Social del postor

ANEXO N 09

DECLARACINJURADAELABORACINDELBIENENTERRITORIO NACIONAL

SeoresMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAYAdjudicacin Directa Selectiva por Subasta Inversa Electrnica N 009-2009- MDCH/CEPrimera ConvocatoriaPresente.-

Att. Comit Especial

OBJETO: ADQUISICIN DE CEMENTO

El que suscribe.......Representante Legal de la Empresacon R.U.C. N, DECLARO BAJO JURAMENTO: Que el bien ofertado correspondiente al tem nico (indicar que el bien ofertado cumplen la condicin) es elaborado dentro del territorio nacional, de conformidad con lo establecido en la Ley N 27633, el D.S. 003-2001-PCM y la R.M. N 043-2001- ITINCI/DM, por lo cual solicito (solicitamos) me(nos) otorguen una Bonificacin Adicional del 20% a la sumatoria de la calificacin obtenida.

Atentamente,

Nombre y Firma del Representante Legal.

ULADECH HUARMEY - INGENIERA CIVIL IIRESPONSABILIDAD SOCIAL III DOCENTE Mg. JORGE LUIS MENDEZ ANGELES

ANEXO N 10

CARTA DE PROPUESTA ECONMICA (MODELO)

SeoresMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAYAdjudicacin Directa Selectiva por Subasta Inversa Electrnica N 0009-2009-MDCH/CE Primera Convocatoria Presente.-

Att. Comit Especial

OBJETO:ADQUISICIN DE CEMENTO

De nuestra consideracin,

A continuacin, hacemos de conocimiento que nuestra propuesta econmica es la siguiente:

CANT

CONCEPTOPRECIOPOR UNIDADPRECIO TOTAL

El valor referencial incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, costos laborales, conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro costo que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a adquirir.

Chancay,

...Firma, Nombre / Razn social del postor

Lugar y fecha

... Firma y sello del representante legal Nombre / Razn social del postor

ANEXO N 11

PROFORMA DE CONTRATO

Conste por el presente documento, la contratacin del servicio de .., que celebra de una parte ., en adelante LA ENTIDAD, con RUC N, con domicilio legal en , representada por , identificado con DNI N ., y de otra parte ......................................, con RUC N .., con domicilio legal en ..........................., inscrita en la Ficha N . Asiento N . del Registro de Personas Jurdicas de (Ciudad), debidamente representado por su Representante Legal,.........................................., con DNI N .., segn poder inscrito en la Ficha N ., Asiento N .. del Registro de Personas Jurdicas de (Ciudad), a quien en adelante se le denominar EL CONTRATISTA en los trminos y condiciones siguientes:

CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTESCon fecha el comit especial luego del correspondiente proceso de evaluacin, otorg la Buena Pro A EL CONTRATISTA de la Adjudicacin de Directa por Subasta Inversa Electrnica N 0009-2009-MDCH-CE -adquisicin de Cemento Prtland Tipo I cuyos detalles, importes y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato.

CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATOEl objeto del contrato la adquisicin de Cemento Prtland Tipo I .

CLAUSULA TERCERA: CARACTERSTICAS DE LOS BIENES OBJETO DE LA ADQUISICIN.Las caractersticas de los bienes objeto de la adquisicin son los descritos en la oferta de EL CONTRATISTA, los cuales cumplen con los requisitos establecidos en las Bases, no pudiendo EL CONTRATISTA entregar bienes distintos a los requeridos y ofertados respectivamente

CLAUSULA CUARTA: MONTO CONTRACTUALEl monto por la totalidad de los bienes vendidos por EL CONTRATISTA y adquiridos por LA ENTIDAD, se fija en.. /100 NUEVOS SOLES (S/.)a todo costo, incluido IGV.

Este monto comprende el costo de los bienes, seguros y tributos, as como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecucin de la prestacin materia del presente contrato

CLAUSULA QUINTA: FORMA DE PAGO

LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestacin a EL CONTRATISTA en NUEVO SOLES, , luego de la recepcin formal y completa de la documentacin correspondiente, segn lo establecido en el artculo 180 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestacin deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das de ser stos recibidos el pago se efectuar dentro del plazo de diez (10) das naturales computados desde la conformidad del servicio.

CLAUSULA SEXTA: VIGENCIA DEL CONTRATOLa vigencia del presente contrato se extender a partir del da siguiente de su suscripcin y rige hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin total a cargo de EL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA se obliga a entregar los bienes en un plazo de recepcionada la orden de compra

PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATOEl presente contrato est conformado por las bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de seleccin que establezcan obligaciones para las partes.

CLAUSULA STIMA: GARANTASPara suscribir el presente contrato EL CONTRATISTA ha hecho entrega de la(s) garanta(s) con las caractersticas de ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realizacin automtica en el pas al solo requerimiento de la Entidad, por el/los concepto(s), importe(s) y vigencia(s) siguientes:

-Garanta de fiel cumplimento 10% del monto del contrato original

-Garanta Adicional por el monto diferencial: S/., deser el caso.

La garanta de fiel cumplimiento y por el monto diferencial de la propuesta debern encontrarse vigentes hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin total a cargo de EL CONTRATISTA.

CLAUSULA OCTAVA: EJECUCIN DE GARANTAS POR FALTA DE

RENOVACINLA ENTIDAD est facultada para ejecutar Garanta Adicional por el monto diferencial de propuesta (de ser el caso) cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarla(s).

CLAUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DEL BIENLa conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el artculo 176 delReglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

En el caso de existir observaciones se levantar un Acta de Observaciones en la que se indicar claramente en que consisten stas, dndole a EL CONTRATISTA un plazo prudencial para su subsanacin, segn los plazos establecidos en el Reglamento.

Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanacin, LA ENTIDAD podr resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

CLAUSULA DCIMA: DECLARACIN JURADA DEL CONTRATISTAEl contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sancin de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

CLAUSULA DCIMO PRIMERA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicio ocultos.

CLAUSULA DCIMO SEGUNDA: PENALIDADES

a) Penalidad por retraso injustificadoSi EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecucin de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicar en todos los casos, una penalidad por cada da calendario de atraso, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual, en concordancia con el artculo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La penalidad se aplicar automticamente y se calcular de acuerdo a la siguiente frmula:

Penalidad Diaria =

0.10 x MontoF x Plazo en das

Donde:F = 0.40 para plazos menores a sesenta dasF = 0.25 para plazos mayores a sesenta das

Cuando se llegue a cubrir el monto mximo de la penalidad, podr resolver el contrato por incumplimiento mediante carta notarial y ejecutar en lo que corresponda la Garanta Adicional por el monto diferencial de propuesta (de ser el caso) sin perjuicio de la indemnizacin por los daos y perjuicios ulteriores que se pueda exigir. Asimismo, LA ENTIDAD proceder a comunicar este hecho al Tribunal de Contrataciones del Estado.

Esta penalidad ser deducida de cualquiera de su factura pendiente o si fuese necesario se cobrar del monto resultante de la ejecucin de la Garanta Adicional por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).

La justificacin por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Cdigo Civil y dems normas concordantes.

b) Penalidad por incumplimiento injustificado de obligacionesLa Entidad podr aplicar penalidades por los incumplimientos injustificados de EL CONTRATISTA, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, conforme a lo dispuesto en el artculo 166 del Reglamento.

CLAUSULA DECIMO TERCERA: RESOLUCION DEL CONTRATOCualquiera de las partes podr resolver el contrato sin responsabilidad de ninguna de ellas, en caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite de manera definitiva la continuacin del contrato, de conformidad con el artculo 44 de la Ley, y el artculo 167 de su Reglamento.

LA ENTIDAD podr resolver el contrato, de conformidad con el inciso c) del artculo 40 y artculo 44 de la Ley, y artculo 168 de su Reglamento, siguiendo el procedimiento establecido en el artculo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En este caso, EL CONTRATISTA estar en la obligacin de resarcir los daos y perjuicios ocasionados a LA ENTIDAD.

CLAUSULA DECIMO CUARTA: DE LAS TRANSFERENCIASEL CONTRATISTA no podr transferir parcial ni total