contrataciones del estado

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Dr. Alejandro Alvarez Pedroza

1

CONTRATACIONES DEL ESTADO Y ARBITRAJEDr. Alejandro Alvarez Pedroza

CONCEPTOS PRELIMINARES

EL PROCESO DE CONTRATACION DEL ESTADO/

EL PROCESO DE CONTRATACION Y SU RELACION CON EL PROCESO PRESUPUESTARIO

ESPECIALIDAD DE LA NORMA

ESTRUCTURA DE RESPONSABILI DADES

EL EXPEDIENTE DE CONTRATACION

ACTO ADMINISTRATIVO

PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES

3

EL PROCESO DE CONTRATACION DEL ESTADODEFINICIONES DECISIN DE ADQUIRIR O CONTRATAR a. Determinacin de Necesidades (Art. 6) b. Ccaractersticas (Art. 11) c. Estudio de Posibilidades (Art. 12) d. Valor R. (Art. 13) e. Certificacin de disponibilidad presupuestal (Art. 13) f. Plan Anual Rglto Art. 10 Aprobacin del Expediente Designacin del Comit Especial Elab. de Bases PROCESO DE SELECCIN Rglto. Art 22 Contrato Culminacin Ley Art. 42 Rgto. Arts. 176 y 211 Recepcin y Conformidad y Pago de Bienes y Servicios Liquidacin del Contrato y Pago en Consultora y Ejecucin de Obras.

Contenido: a. Necesidades b. Caractersticas c. Estudio de Posibilidades que ofrece el Mercado d. Valor Referencial e. Certificacin Presupuestal f. Plan Anual APROBACION

Ley Art. 24 - 25 Rglto. Art. 27 - 34

ETAPASLey Art. 26 Rglto Art. 35 - 37

a) Convocatoria b) Registro de participantes c) Consultas d) Observaciones e) Integracin de Bases f) Presentacin de propuestas g) Evaluacin de Propuestas h) Otorgamiento de la Buena Pro

Inicio: Convocatoria Culminacin: PROCESO DE SELECCIN1. 2. 3. 4. Suscripcin del Contrato o perfeccionamiento Cancelacin Se deja sin efecto la Buena Pro No se suscriba el contrato (Art. 137)

4

NATURALEZA DEL PROCESO

NATURALEZA DEL PROCESO DE CONTRATACION PORQUE ESTAMOS ANTE UN PROCESO SISTEMATIZADO PORQUE ANTE UN PROCESO ORDENADO (Establecido por la Ley y su Reglamento) PORQUE ANTE UN PROCESO PRECLUSIVO

5

EL PROCESO DE CONTRATACION Y SU RELACION CON EL DERECHO PRESUPUESTALPROCESO PRESUPUESTARIO

PROGRAMACION

FORMULACIONSe determina la estructura funcionalprogramtica del Pliego Se disea a partir de las categoras presupuestarias consideradas en el Clasificador Presupuestario

APROBACINEl PIA se aprueba a mas tardar el 31.12.

EJECUCIONLos contratos para las adquisiciones, obras, servicios y dems prestaciones se sujetan al PI para el AF

Es la asignacin de gastos a travs de Crditos Presupuestarios, de conformidad con la escala de prioridades y las polticas de gasto priorizadas por el Titular del Pliego

EVALUACION DEL PRESUPUESTO

La Programacin Trimestral de Gastos Constituye un proceso tcnico orientado a perfeccionar la Programacin Mensual de Gastos, en funcin de los montos de Asignacin Trimestral. Dicha programacin contempla en orden de prelacin: los gastos de personal y pensiones; las obligaciones legales y las obligaciones contractuales existentes en bienes, servicios y obras y las nuevas obligaciones contractuales derivadas del Plan Anual de Contrataciones6

LA ESPECIALIDAD DE LA NORMALey Art. 5

El presente Decreto Legislativo y su Reglamento prevalecen sobre las normas de derecho pblico y sobre aquellas de derecho privado que le sean aplicablesEL DERECHO PUBLICO es la parte del ordenamiento jurdico que regula las relaciones entre las personas y entidades privadas con los rganos que ostentan el poder pblico cuando estos ltimos actan en ejercicio de sus legitimas potestades pblicas y segn el procedimiento legalmente establecido, y de los rganos de la Administracin pblica entre s.

En lo no previsto por la Ley General y las leyes relativas a la materia presupuestal se aplican, supletoriamente, los Principios del Derecho Administrativo y las disposiciones reguladas por otras leyes que incidan en la materia, siempre que no sean incompatibles con su naturaleza (Ley N 28563)DERECHO PRESUPUESTARIO INTERPRETACION DEL DERECHO PRESUPUESTARIO

ESTRUCTURA DE RESPONSABILIDADESArt. 6

Cada Entidad Establecer

El rgano u rganos responsables de PROGRAMAR, PREPARAR, EJECUTAR Y SUPERVISAR LOS PROCESOS DE CONTRATACION hasta su culminacin CON LA FINALIDAD

Sealando en sus ROFs u otros instrumentos de ORGANIZACIN las ACTIVIDADES que competen a cada FUNCIONARIO

De establecer las Responsabilidades que le son Inherentes

8

ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES DE LA ENTIDADInterviene en alguna de las Fases de Contratacin

Profesionales y/o Tcnicos

Capacitacin Tcnica en Contrataciones Pblicas o Gestin Logstica con no menor de 80 horas lectivas

Experiencia laboral en general, no menor de tres (3) aos

Experiencia Laboral en materia de Contrataciones Pblicas o logstica privada, no menor de un (1) ao

9

FUNCIONARIOS Y ORGANOS ENCARGADOS DE LAS CONTRATACIONESRgto Art. 5

TITULAR DE LA ENTIDAD

AREA USUARIA

Mas alta autoridad ejecutiva de la Entidad Funciones: Aprobacin, Autorizacin y Supervisin de los Procesos de Adq. y Contrata. Empresas: El Gerente General o el que haga sus veces

Sus necesidades se atienden mediante contrataciones Canaliza los requerimientos formulados por otras Dependencias

COMIT ESPECIAL Colegiado Selecciona a los proveedores Lleva a cabo el Proceso de Seleccin

ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES DE LA ENTIDADLos funcionarios y servidores del OECE, que intervienen en algunas fases de la contratacin, debern ser profesionales y/o tcnicos debidamente certificados

10

EXPEDIENTE DE CONTRATACIONLey Art. 7; Rglto. Art. 10

CARACTERISTICAS

Contiene los documentos de todas las actuaciones referidas a una determinada contratacin

Cada Proceso de Seleccin cuenta con un Expediente de Contratacin

INICIO Y CULMINACION DEL EXPEDIENTE Desde la Decisin de Adquirir o Contratar Hasta la culminacin del contrato

INCLUYE INFORMACION SOBRE

EL VALOR REFERENCIAL

CARACTERISTICAS

DISPONIBILIDAD PRESUPUESTA Y FUENTE DE FINANCIAMIENTO

11

ACTO ADMINISTRATIVO

Declaraciones de la Entidad

Declara Decide o Certifica

En el marco del Derecho Pblico

EFECTOS JURIDICOS SOBRE: Intereses Obligaciones O Derechos Administrativos

REQUISITOSCOMPETENCIA OBJETO CONTENIDO FINALIDAD PUBLICA MOTIVACION

12

ACTOS DE ADMINISTRACION INTERNASE ORIENTAN

A:

LA EFICACIA, EFICIENCIA DE LOS SERVICIOS Y LOS FINES PERMANENTES DE LAS ENTIDADES

13

REGIMENES LEGALES DE CONTRATACION LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO . D.L N 1017 REGLAMENTO DS N 1842008-EF DU 078-2009 Modifica Plazos para AD Pblica en ByS y Obras; y AMC para Obras de proyectos declarados viables temporalmente

DECRETO URGENCIA N 041-2009 DU N 078-2009 Proyectos declarados viables en el marco del SNIP Para Licitaciones Pblicas cuyo VR no supere los S/. 10,000,000 ByS (L y C) VR no mayor a S/. 550,000 Consultoria de Obras-Exp Tcnico: Siempre que se trate de Concurso Pblico IMPUNGNACION: Bienes: de S/ 369,200 a S/. 550,000 Titular de la Entidad Servicios: Si el VR es superior a S/. 2130,000 Tribunal

DU N 028-2006 CANON PETROLERO PARA GR Y LOCALES NUCLEOS EJECUTORESMediante el DU N 079-2009 se dispone que el 5% de los fondos que les fueron asignados por canon y sobrecanon para la ejecucin de:

DECRETO DE URGENCIA N 010-2009 Y DU 020-2009 Se declara de Necesidad Nacional y de Ejecucin Prioritaria los Proyectos de Inversin Pblica sealados en Anexo DU 020: Se autoriza la contratacin de Servicio de Consultoria de Obras para la elaboracin de Expediente Tcnico de los Proyectos de Inversin a que se refiere el DU 010-09 siempre que su VR corresponda a CP. Este proceso de seleccin solo ser utilizado el 2009 y 2010. Impugnacin ante el Tribunal de Contrataciones

Obras de infraestructura bsica en educacin , salud, energa elctrica, agua y saneamiento Equipamiento, mantenimiento, reparacin y rehabilitacin de centros de salud y educativos; Capacitacin tcnica y fortalecimiento de las capacidades de gestin en educacin y salud Atencin de las madres embarazadas y en periodo de lactancia y de nios menores de 6 aos por los sistemas de salud y educacin Capacitacin y educacin para madres en la preparacin de alimentos y practicas saludables en el cuidado de los nios.

PROCESO DE CONTRATACION1. Decisin de Contratar de la Entidad

2. Aprobacin del Contratacin

Expediente

de

3. Designacin del Comit Especial 4. Proceso de Seleccin 5. Contratacin15

DECISION DE CONTRATAR DE LA ENTIDAD

16

PLANES Y PRESUPUESTOS INSTITUCIONALES, PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL Y PLAN OPERATIVOLey N 28411 Art. 71

Las Entidades, para la elaboracin de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratgico Institucional (PEI) que debe ser concordante con el Plan Estratgico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratgicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), segn sea el caso.

Los Planes Operativos Institucionales reflejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada ao fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho periodo, as como la oportunidad de su ejecucin, a nivel de cada dependencia.

17

DETERMINACION DE NECESIDADES

18

EN LA FASE DE PROGRAMACION Y FORMULACION DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL CADA UNA DE LAS DEPENDENCIAS DE LA ENTIDAD DETERMINARA, DENTRO DEL PLAZO SEALADO POR LA NORMATIVA CORRESPONDIENTESUS REQUERIMIENTOS DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS

EN FUNCION DE SUS METAS PRESUPUESTARIASSealando la Programacin De Acuerdo a sus Prioridades

CUADRO DE NECESIDADESREMITE AL ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES DE LA ENTIDAD CONSOLIDAR, VALORIZARA PARA SU POSTERIOR INCLUSION EN EL PAC LAS ENTIDADES UTILIZARAN EL CATALOGO UNICO DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS QUE ADMINISTRA EL OSCE, SIENDO EL OECE DE LA ENTIDAD RESPONSABLE DE ESTA ACTIVIDAD 19

META PRESUPUESTARIAEs una Unidad Bsica de Asignacin de Recursos y Representa la expresin concreta y cuantificable de los bienes y servicios a ser entregados por el pliego a la poblacin objetivo, como consecuencia del uso de sus recursos establecidos para el ao fiscal

CARACTERISTICAS DE LA META PRESUPUESTARIARazonablesDeben ser factibles de ser desarrolladas teniendo en cuenta los fondos pblicos asignados

CLARASDeben encontrarse explcitamente definidas y diferenciadas

MENSURABLESDeben ser susceptibles de medicin

LA META COMO UNIDAD BASICA DE ASIGNACION DE RECURSOS COMPRENDE LOS SIGUIENTES ELEMENTOS

FINALIDAD Se identifica el objeto de la Meta

UNIDAD DE MEDIDAEstablece la forma de medir la meta

CANTIDADEs el nmero de unidades de medida que se espera alcanzar

UBICACIN GEOGRAFICACorresponde al lugar donde se entrega el bien o servicio

DEFINICION DE LAS CARACTERISTICAS DE LOS BIENES, SERVICIOS Y OBRAS

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CARACTERISTICAS TECNICAS DE LO QUE SE VA A CONTRATARRglto. Art. 11

EL AREA USUARIA DEFINE CON PRECISION

LAS CARACTERISTICAS

CANTIDAD

CALIDAD

ACTIVIDAD QUE DESARROLLA DE ACUERDO CON EL ARTICULO 13 DE LA LEY

AJUSTE DE LAS CARACTERISTICASEL ORGANO ENCARGADO CON AUTORIZACION DEL AREA USUARIA Y COMO PRODUCTO DEL ESTUDIO DE LAS POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO

PODRA AJUSTAR LAS CARACTERISTICAS DE LO QUE SE VA A CONTRATAR

LA FORMULACION DE LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS DEBERA SER REALIZADA POR EL AREA USUARIALey Art. 13; Rgto. Art. 11

EL AREA USUARIA COORDINA CON EL ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES DE LA ENTIDAD

ESTA EVALUACION DEBERA PERMITIR:

EVALAN EN CADA CASO LAS ALTERNATIVAS TCNICAS Y LAS POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO PARA LA SATISFACCIN DEL REQUERIMIENTO

LA CONCURRENCIA PROVEEDORES EN CONVOCATORIA DEL SELECCIN,

DE LA PLURALIDAD EL MERCADO PARA RESPECTIVO PROCESO

DE LA DE

EVITANDO INCLUIR REQUISITOS INNECESARIOS CUYO CUMPLIMIENTO SLO FAVORECER A DETERMINADOS POSTORES

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LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS DEBEN CUMPLIR OBLIGATORIAMENTE CON:Los requisitos tcnicos establecidos en reglamentos sectoriales dentro del mbito de su aplicacin Siempre y cuando cuenten con el refrendo del Ministro de Economa y Finanzas de acuerdo a lo dispuesto por los DDLL 25629 y 25909 Las Normas Tcnicas de INDECOPI podrn ser tomadas en cuenta para la definicin de los bienes, servicios u obras.

EN OBRAS SE DEBE CONTAR CON:

Con la Disponibilidad del Terreno o Lugar donde se ejecutar la obra

Expediente Tcnico aprobado

La Entidad cautelar la adecuada formulacin del Expediente Tcnico con el fin de asegurar: La Calidad Tcnica Reducir al mnimo la necesidad de su reformulacin por errores o deficiencias tcnicas que repercutan en el proceso de ejecucin de obras

DESCRIPCION DE LOS BIENES Y SERVICIOS A CONTRATARNO SE HACE REFERENCIA

MARCAS O NOMBRES COMERCIALES

PATENTES

DISEOS O TIPOS PARTICULARES

FABRICANTES DETERMINADOS

DESCRIPCION QUE ORIENTE

PROCESO DE ESTANDARIZACION PERMITE:

Solicitar Marca o tipo de producto determinado Siempre que responda a un Proceso de Estandarizacin Estandarizacin: Es un proceso de racionalizacin consistente en ajustar a un determinado tipo o modelo los bienes o servicios a contratar, en ATENCION DE LOS EQUIPAMIENTOS EXISTENTES

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ESTUDIOS DE LAS POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO

ESTUDIOS DE LAS POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADORgto. Art. 12

Sobre la Base de Caractersticas Tcnicas definidas por el rea usuaria, el OECE tiene la obligacin de evaluar las posibilidades que ofrece el mercado para determinar lo siguiente:

VALOR REFERENCIAL

EXISTENCIA DE PLURALIDAD DE MARCAS y/o POSTORES

POSIBILIDAD DE DISTRIBUIR LA BUENA PRO

PERTINENCIA DE REALIZAR AJUSTES A LAS CARACTERISTICAS Y/O CONDICIONES DE LOS QUE SE VA CONTRATAR

OTROS ASPECTOS

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A EFECTOS DE ESTABLECER EL VALOR REFERENCIAL, EL ESTUDIO TOMARA EN CUENTA, CUANDO EXISTA LA INFORMACIN Y CORRESPONDA, ENTRE OTROS, LOS SIGUIENTES ELEMENTOS

Presupuestos y Cotizaciones actualizados, provenientes de personas naturales o jurdicas que se dediquen a actividades materia de la convocatoria Incluyendo Fabricantes corresponda, cuando

Se obtiene a travs de portales y/o paginas Web, Catlogos, entre otros Debe emplearse como mnimo dos (2) fuentes*.* R N 1384/2009 TC-S2

Tambin se tomar en cuenta cuando la informacin est disponible: Precios Histricos Estructuras de Costos Alternativas existentes segn el nivel de comercializacin Descuentos por volmenes Disponibilidad Inmediata de ser el caso Mejoras en las condiciones de venta Garantas y Otros Beneficios Adicionales As como la Vigencia Tecnolgica del objeto de la contratacin de las Entidades

DEFINICION DEL VALOR REFERENCIAL

30

VALOR REFERENCIALLey Art. 27 -Rglto. Art. 13

Sirve para determinar Proceso de Seleccin Asignacin de recursos necesarios.

SE DETERMINA SOBRE LA BASE DEUN ESTUDIO DE LAS POSIBILIDADES DE PRECIOS Y CONDICIONES QUE OFRECE EL MERCADO EN FUNCIN DEL ANALISIS DE LOS NIVELES DE COMERCIALIZACION:

A partir de las especificaciones tcnicas o trminos de referencia y Los Costos estimados en el PAC?

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El VALOR REFERENCIAL SE CALCULARA INCLUYENDO

Los Tributos Seguros Transportes Inspecciones Prueba y Los Costos Laborales conforme a la legislacin vigente, de ser el caso Cualquier otro concepto Las Cotizaciones de los proveedores deben incluir los indicados componente

PROCESOS DE SELECCIN SEGUN RELACION DE ITEMS:El VR se determinar en funcin a la sumatoria de los Valores Referenciales de cada uno de los Items considerados. EN LAS BASES DEBERA ESPECIFICARSE tanto el VR de los Items cuanto el VR del PS

OBSERVACIN DEL VALOR REFERENCIAL

Por los ParticipantesEl Comit Especial Solicita Revisin o Actualizacin al rgano Encargado de las Contrataciones de la Entidad Se pone en conocimiento del OECE para opinin o Apruebe un Referencial nuevo Valor

Se pone en conocimiento del funcionario que aprob el Exp. De Contratacin

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DETERMINACION DEL VALOR REFERENCIAL EN EJECUCION DE OBRASRgto. Art. 14

DETERMINACION DEL VALOR REFERENCIAL EN EJECUCION DE OBRASRgto. Art. 14

EL VALOR REFERENCIAL Corresponde al monto del Presupuesto de Obra establecido en el Expediente Tcnico.

El Presupuesto de Obra comprende: Identificacin de las partidas y subpartidas Sustentandose en: Anlisis de precios unitarios por cada partida y subpartida Gastos Generales La Utilidad Tributos Seguros Transporte, inspecciones, pruebas Seguridad en el trabajo Costos labores respectivos conforme a la legislacin vigente Cualquier otro concepto

SUSCRIPCION DEL PRESUPUESTO DE OBRA Debe estar suscrito por los consultores y/o servidores pblicos que participaron en su elaboracin y/o aprobacin, segn corresponda

CONCURSO OFERTA: El Valor Referencial se determinar teniendo en cuenta el objeto de la obra ysu alcance previsto:

a) En los ESTUDIOS DE PREINVERSION que dieron lugar a la viabilidad del correspondiente proyecto b) As como el resultado del estudio de las posibilidades de precios de mercado

GASTOS GENERALES VARIABLESSon aquellos que estn directamente relacionados con el tiempo de ejecucin de la obra y por lo tanto pueden incurrirse a lo largo de todo el plazo de ejecucin de la prestacin a cargo del contratista

GASTOS GENERALES FIJOSSon aquellos que no estn relacionados con el tiempo de ejecucin de la prestacin a cargo del contratista.

PARTIDA:Se considera como partida a cada una de las partes o actividades que se requieren ejecutar para llegar al todo que viene a ser la realizacin de la obra total.PARTIDA: 12. 00 PISOS Y PAVIMENTOS 12.02 VENECIANAS 12.03 DE COLOR CLARO DE 30X30 CM

DETERMINACION DEL VALOR REFERENCIAL EN CONSULTORIA DE OBRASRglto. Art. 14

DETERMINACION DEL VALOR REFERENCIAL EN CONSULTORIA DE OBRASRglto. Art. 14

DEBE DETALLARSE EN CONDICIONES COMPETITIVAS EN EL MERCADO

Los Honorarios del personal propuesto Gastos Generales Ulitilidad De acuerdo a los plazos y caractersticas definidos en los trminos de referencia del servicio requerido.

DEBERA INCLUIR Tributos Seguros Transporte Inspecciones Pruebas Seguridad en el trabajo Costos laborales respectivos conforme a la legislacin vigente Cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el presupuesto

OBSERVACION: Cuando el VR es observado por los PARTICIPANTES el Comit Especial deber poner en conocimiento de la UNIDAD ORGANICA COMPETENTE para su opinin y, si fuera el caso, para que apruebe un nuevo VR, verificando que se cuente con la disponibilidad presupuestal y poniendo en conocimiento de tal hecho al funcionario que aprob el Expediente de Contratacin.

ASPECTOS RELEVANTES DEL VALOR REFERENCIALQUIEN DEFINE?:EL ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES DE LA ENTIDAD

CUL ES EL OBJETO DEL VR?:Sirve para establecer el Tipo de Proceso de Seleccin Asignacin de Recursos Presupuestarios Necesarios y Gestionar la

COMO SE DETERMINA EL VALOR REFERENCIAL: Sobre la Base de: Un Estudio de las Posibilidades que ofrece el Mercado Efectuado en funcin del Anlisis de los Niveles de Comercializacin, A partir de las Especificaciones Tcnicas o Trminos de Referencia y Costos Estimados en el Plan Anual?. En Proyectos de Inversin: El monto consignado en el estudio de preinversin que sustenta la viabilidad

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ANTIGEDAD DEL VALOR REFERENCIALLey Art. 27; Rglto. Art. 16

LEY OBRAS: El Valor Referencial no podr tener una antigedad mayor a los seis (6) meses contados desde la fecha de la convocatoria del proceso respectivo BIENES Y SERVICIOS: No podr ser mayor a tres (3) meses a partir de la Aprobacin del Expediente de Contratacin. Para los casos en que se requiera un periodo mayor a los consignados el OECE indicar el periodo de actualizacin.

REGLAMENTO: PARA CONVOCAR A UN PROCESO DE SELECCIN: CONSULTORIA DE OBRAS: El Valor Referencial no podr tener una antigedad mayor a seis (6) meses. Se computa a partir de la aprobacin del Expediente de Contratacin. OBRAS CON EXPEDIENTE TCNICO: Para el caso de ejecucin de obras que cuentan con Expediente Tcnico, la antigedad se computa a partir de la fecha de determinacin del presupuesto de Obra BIENES Y SERVICIOS: No podr tener una antigedad mayor a tres (3) meses computado a partir de la aprobacin del Expediente de Contratacin

COMPUTO:a) BIENES, SERVICIOS Y CONSULTORIA: Se computa a partir de la aprobacin del Expediente de Contratacin b)OBRAS CON EXPEDIENTE TECNICO: A partir de la fecha de determinacin del Presupuesto de Obra c) OBRAS SIN EXPEDIENTE TECNICO: A partir de la convocatoria

VALOR REFERENCIAL EN COBRANZAS Y RECUPERACIONESRgto. Art. 15

CMO SE DETERMINA: APLICANDO EL PORCENTAJE QUE SE FIJE EN LAS BASES, SOBRE EL MONTO A COBRAR O RECUPERAR. DICHO PORCENTAJE INCLUYE TODOS LOS CONCEPTOS QUE COMPRENDE LA CONTRAPRESTACIN QUE LE CORRESPONDE AL CONTRATISTA. PROCEDE CONSIDERAR HONORARIOS DE EXITO: ; SIEMPRE Y CUANDO SEAN USUALES EN EL MERCADO SE JUSTIFIQUE LA NECESIDAD Y SU MONTO LA JUSTIFICACION DEBE EFECTUARSE MEDIANTE UN INFORME EMITIDO POR EL OECE.

VALOR REFERENCIA CON HONORARIOS DE EXITO: EL VR ESTARA CONFORMADO POR: HONORARIO FIJO; MAS HONORARIO DE XITO. PARA EFECTOS DE LA INCLUSION DEL HONORARIO DE EXISTO EN EL VR, SE TOMARA EN CUENTA EL MONTO MXIMO QUE LA ENTIDAD PAGARIA COMO HONORARIO DE EXITO.

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DEL PLAN ANUAL DE LA ENTIDAD

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FINALIDAD DEL PLAN ANUALLey Art. 8

DEBE PREVER: BIENES, SERVICIOS Y OBRAS PARA EL AO FISCAL RESPECTIVO

MONTOS ESTIMADOS

TIPOS DE PROCESOS

Deben estar comprendidos en el PI

CONTENIDO MINIMO DEL PLAN ANUAL

OBJETO DE CONTRATACION

* DESCRIPCION DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS. * CODIGO ASIGNADO EN EL CATALOGO

VALOR ESTIMADO

TIPO DE PROCESO MODALIDAD DE SELECCION

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

TIPO DE MONEDA

FECHA PREVISTA DE CONVOCATORIA

AMC: NO ES OBLIGATORIO INCLUIRLOS EN EL PLAN ANUAL

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ASPECTOS RELAVANTES DEL PLAN ANUALQuin Aprueba el Plan Anual?.- El Titular de la Entidad En que plazo se aprueba el Plan Anual?.- Dentro de los 15 das hbiles siguientes a la aprobacin del PI En qu plazo se publica en el SEACE?.- En un plazo no mayor de cinco (5) das hbiles de aprobado, incluyendo el dispositivo o documento de aprobacin.

MODIFICACION DEL PLAN ANUALRglto. Art. 9

De conformidad con la Asignacin Presupuestal o en caso de reprogramacin de las metas institucionales

CUANDO

SE TENGA QUE EXCLUIR O INCLUIR PROCESOS

EL VR DIFIERA EN MAS DEL 25% DEL VALOR ESTIMADO Y ELLO VARIE EL TIPO DE PROCESO

44

EVALUACION Y ACTUALIZACION DEL PROYECTO DEL PLAN ANUAL CON SUJECION A LOS CREDITOS PRESUPUESTARIOSRgto. Art. 6

APROBADO DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL

EL ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES

REVISARA

EVALUARA

ACTUALIZA

EVALUACION DE LA EJECUCION PLAN ANUALRgto. Art. 9

La Ejecucin del Plan Anual se evaluar semestralmente

Se adoptaran medidas correctivas pertinentes para alcanzar las metas y objetivos previstos en el Plan Operativo Institucional

Disponer deslinde de responsabilidad es respectivas

Discrecionalmente puede evaluarse peridicamente la ejecucin del Plan Anual

46

EL EXPEDIENTE DE CONTRATACION

47

NATURALEZA JURIDICA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIONRglto. Art. 10

Conjunto de documentos de todas las actuaciones de una contratacin INICIO: Decisin de Adquirir o Contratar (Rgto. Definiciones) Ley Art. 7 : Desde el Requerimiento del rea Usuaria? CULMINACION: Hasta la culminacin del contrato a.Bienes y Servicios: Culminan con conformidad de recepcin de la ltima prestacin pactada y el pago correspondiente. b.Ejecucin y Consultoras de Obras: El Contrato culmina con la Liquidacin y pago correspondiente INCLUYE: Caractersticas; Valor Referencial; la Disponibilidad Presupuestal y su Fuente de Financiamiento. SE CIERRA EL EXPEDIENTE. Con la Contraprestacin

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CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIONInformacin referida a las Caractersticas Tcnicas Modalidad de Seleccin Estudios de las Posibilidades que Ofrece el Mercado Valor Referencial Disponibilidad Presupuestal, Rglto Art. 18` Tipo de Proceso

Sistema de Contratacin

Modalidad de Contratacin

Frmula de Reajuste en su caso

EN OBRAS * El Expediente Tcnico * Declaratoria de Viabilidad cuando correspondan * EN CONCURSO OFERTA NO SE REQUIERE EXPEDIENTE TECNICO debindose anexar el estudio de preinversin y el Informe Tcnico que sustento la declaratoria de viabilidad

EN LAS CONTRATACIONES RELACIONADAS CON PROYECTOS DE INVERSION ES RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDADY se tomen las Previsiones para que se respeten los parmetros de la Declaratoria de Viabilidad, incluyendo * Costos * Diseos * Factores que pudieran afectar la viabilidad.

Que los proyectos hayan sido declarados VIABLES

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EN OBRAS BAJO LA MODALIDAD DE LLAVE EN MANO DONDE EL POSTOR OFERTA EN CONJUNTO LA CONSTRCCION, EQUIPAMIENTO Y MONTAJE HASTA LA PUESTA EN SERVICIO Y DE SER EL CASO LA ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICORglto Art. 10

SE DEBE ANEXAR AL EXPEDIENTE DE CONTRATACION

EL ESTUDIO DE PREVINVERSION

Y EL INFORME TECNICO QUE SUSTENTO LA DECLARATORIA DE VIABILIDAD

APROBACION Y CUSTODIA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIONRglto Art. 10

APROBACION Aprueba el Expediente del Funcionario Competente de acuerdo a sus normas de organizacin interna

CUSTODIA DEL EXPEDIENTE El rgano Encargado de las contrataciones tiene a su cargo la custodia y responsabilidad del Expediente. Tambin es responsable de remitir el Expediente para su aprobacin

PROCESO DECLARADO DESIERTO

LA NUEVA CONVOCATGORIA DEBERA CONTAR: a) CON UNA NUEVA APROBACION DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIONb) SI NO SE HUBIERA MODIFICADO NADA SE MANTIENE EL MISMO EXPEDIENTE

CICLO DE UN PROYECTO DE INVERSIONPREINVERSION INVERSION POST INVERSION

Perfil

S/ 6000,000

Pre factibilidad De 6 a 10000,000 Factibilidad

Estudio definitivo del Exp. Tcnico

Operacin y Mantenimiento

*Ejecucin Evaluacin Ex post Retroalimentacin

* LA DECLARATORIA DE VIABILIDAD ES UN REQUISITO OBLIGATORIO PARA PASAR DE LA FASE PREINVERSION A LA DE INVERSION

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EN EL CASO DE EJECUCION PRESUPUESTARIA INDIRECTA EJECUTADA POR GOBIERNO REGIONAL, LOCAL, EMPRESAS PUBLICA Y ENTIDADES PUBLICAS SEGN EL CASO

El Convenio constituye el documento que sustenta la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento para que se efecte la convocatoria del proceso de seleccin para la ejecucin del proyecto de inversin pblica. Los convenios deben ser publicados en la pagina web del Pliego del Gobierno Nacional

53

CERTIFICACION DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL

CERTIFICACION DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTALRgto. Art. 18

DETERMINADO EL VALOR REFERENCIAL

SE SOLICITA LA CERTIFICACION Debe sealarse el periodo de la contratacin programada

Se solicita a la Oficina de Presupuesto la Certificacin de Disponibilidad Presupuestal

QU GARANTIZA:? La Certificacin garantiza que se cuenta con Crdito Presupuestario suficiente para comprometer el gasto

CONTENIDO DE LA CERTIFICACION

Disponibilidad Presupuestal y Fuente de Financiamiento

Si el plazo de ejecucin contractual se inicia al ao siguiente o abarca otro ejercicio deber certificar que el gasto a ser efectuado ser considerado en las programaciones del PI del ao siguiente; en este caso, la Certificacin deber ser suscrita adems por Jefe de la Oficina General de Administracin

Para la Certificacin deber utilizarse la Cadena Funcional Programtica

55

NATURALEZA JURIDICA DE LA CERTIFICACIONLey N 28411 Art. 77

LA REALIZACION DE LA ETAPA DEL COMPROMISO Ser precedida por la emisin del documento que lo autorice. La Autorizacin del Registro del Compromiso debe estar acompaada de la Certificacin emitida por la Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces, sobre la existencia del Crdito Presupuestario suficiente, orientado a la atencin del gasto en el AF respectivo. Cuando el gasto compromete aos subsiguientes el Pliego debe efectuar la programacin presupuestaria correspondiente en los aos fiscales respectivos. Es responsabilidad de la Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces, la previsin de los Crditos Presupuestarios para la atencin de tales obligaciones.

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EL COMPROMISOEs el acto mediante el cual se acuerda, luego del cumplimiento de los trmites legalmente establecidos, la realizacin de gastos previamente aprobados, por un importe determinado o determinable, afectando total o parcialmente los crditos presupuestarios, en el marco de los Presupuestos aprobados y las modificaciones presupuestarias realizadas

CREDITO PRESUPUESTARIOEs la dotacin consignada en el Presupuesto del Sector Publico, as como sus modificaciones, con el objeto de que las entidades puedan ejecutar el gasto

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DEL COMIT ESPECIAL

58

DESIGNACIN DEL COMIT ESPECIALRglto. Art. 27

LO DESIGNA POR ESCRITO EL TITULAR DE LA ENTIDAD O FUNCIONARIO DELEGADOFORMA DE DESIGNACION

A los Titulares y Suplentes Con indicacin de sus nombres completos Con correspondencia entre ambos

Y a quien actuar como Presidente

Contenido del Acto Administrativo:

1. 2. 3. 4. 5.

Numero de integrantes ( 3 ) Nombre de los Titulares Nombre de los suplentes. Debe existir correspondencia con los Titulares Nombre del Presidente Proceso o Procesos de Seleccin 59

COMIT ESPECIALLey Art. 27

LICITACIONES PUBLICAS

CONCURSOS PUBLICOS

COMIT ESPECIAL PERMANENTE

En su conformacin solo se exige que uno de sus integrantes sea del OECE

ADJUDICACIONES DIRECTAS PUBLICAS

ADJUDICACIONES DIRECTAS SELECTIVAS

ADJUDICACIONES DE MENOR CUANTIA

ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES Tiene a cargo las AMC

COMIT ESP. PERMANENTE

COMIT ESP. AD HOC

Cuando el Titular de la Entidad lo designa tienen a su cargo las AMC

60

NOTIFICACION DE LA DESIGNACION

PERSONALMENTE A todos los Titulares y Suplentes

NOTIFICACION AL PRESIDENTE Se apareja a su designacin el Expediente de Contratacin y toda la informacin tcnica y econmica para el cumplimiento del encargo

61

INSTALACION DEL COMIT ESPECIALEl Presidente al da siguiente hbil convoca a los dems miembros para la INSTALACION Elabora las Bases y las eleva para su aprobacin CONVOCATORIA Aprobada las Bases dispone la convocatoria del Proceso de Seleccin

APOYO

62

IMPEDIMENTOS PARA SER MIEMBRO DEL COMIT ESPECIALRgto. Art. 29

Titular de la Entidad.

Funcionarios con atribuciones de Control o Fiscalizacin Regidores Consejeros Regionales Directores de Empresas Auditores entre otros. SALVO que el OCI sea el rea usuaria

(**) Los funcionarios que por delegacin hayan: a) Aprobado el expediente b) Designado el Comit Especial. c) Aprobado las Bases. d) Tenga facultades para resolver apelaciones.

(*)Sancionados 1. Sancionados con suspensin o cese temporal por su actuacin como integrantes del Comit Especial por decisin motivada y consentida o administrativamente firme, MIENTRAS SE ENCUENTRE VIGENTE*.

(*) Deja de ser miembro del Comit Especial quien es sancionado en pleno ejercicio de su funcin (**) Se circunscribe al Proceso de contratacin a que se refieren las delegaciones en l sealadas.

63

PARTICIPACION DE EXPERTOS INDEPENDIENTERgto Art. 28

Persona Jurdica

Persona Natural

Debe tener como giro principal aqul vinculado con el objeto de la convocatoria.

Debe designar persona natural que la representar.

Experto de otra Entidad Podr invitarse a Expertos que laboren en otras Entidades

SU CONTRATACION SE EFECTUA MEDIANTE AMC. El Reglamento derogado estableca que no se requera que estuvieran inscritos en el RNP para integrar Comit Especial, el Art. 28 del Reglamento actual guarda silencio sobre este aspecto. Se interpreta que es necesario .

64

LIBRO DE ACTAS PARA LOS ACUERDOS

UN LIBRO DE ACTAS Licitaciones Concursos Adjudicaciones Directas

CARACTERISTICA DE LIBRO Foliado Legalizado Facultativo: Hojas mecanizadas

PUEDE OPTARSE Un Libro por cada proceso de seleccin

PARA AMC Puede incorporarse en el Libro nico de Actas o Contar con un Libro

CUSTODIA DEL ACTA

El rgano Encargado de las Contrataciones de la Entidad

65

REMOCIN Y RENUNCIARgto. Art. 34 Lmite de edad.

1)

Por caso Fortuito o Fuerza Mayor.

2)

Por cese en el servicio.

Prdida de nacionalidad. Incapacidad permanente fsica y mental. Ineficiencia o ineptitud comprobada.

Declarados mediante documentos debidamente motivados. En el mismo documento se podr designar al nuevo integrante.

66

COMPETENCIA DEL COMIT ESPECIAL CONSULTA los alcances de la Informacin proporcionada en el Expediente de Contratacin SUGIERE, de ser el caso, las modificaciones que considere pertinentes. MODIFICACION: cualquier modificacin requerir contar previamente con la conformidad del rea usuaria y/o del OECE NUEVA APROBACION: La modificacin requiere de nueva aprobacin del Expediente de Contratacin. ELABORA LAS BASES CONVOCA A PROCESO ABSUELVE CONSULTAS Y OBSERVACIONES INTEGRA BASES EVALA PROPUESTAS ADJUDICA BUENA PRO DECLARA DESIERTO TODO ACTO NECESARIO PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO HASTA EL CONSENTIMIENTODE LA BP EL COMIT NO PUEDE MODIFICAR DE OFICIO LAS BASES APROBADAS

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DOCUMENTOS FALSOS O INEXACTOS

PRESUNCION DE VERACIDAD Es causal de descalificacin la presentacin de documentos falsos o inexactos. Para que ello opere es necesario que la falsedad o inexactitud haya sido probada fehacientemente, sin que exista duda razonable, por las consecuencias que ello acarrea en el postor y porque la presuncin de veracidad de que esta revestida toda declaracin o documentacin aportada por los ciudadanos solo puede dejarse sin efecto, por expreso mandato legal.

DECISION DEL COMITE ESPECIAL Si el Comit toma conocimiento que en las propuestas obra un documento sobre cuya veracidad o exactitud existe duda razonable, informar el hecho al rgano encargado de las contrataciones para que efecte la inmediata fiscalizacin. ELLO NO SUSPENDERA, EN NINGUN CASO, LA CONTINUIDAD DEL PROCESO DE SELECCION

QURUM Y ACUERDOSRgto. Art. 32

Para sesiones Totalidad de Titulares

Acuerdos Por: Unanimidad o Mayora No cabe abstencin. Los Votos discrepantes constan en actas. Fundamentados.

Actos del Comit Especial Constan en actas. Acta queda con la Entidad.

69

INTERVENCION DE LOS SUPLENTESArt. 33

EN CASO DE AUSENCIA El suplente reemplaza, respetndose la conformacin

COMIT PERMANETE En este Comit solo se exige la presencia del OECE

REINCORPORACION DEL AUSENTE Solo como suplente previa autorizacin previa evaluacin de su conducta funcional

DETERMINACION DE RESPONSABILIDAD DEL AUSENTE

La Entidad evala el motivo de la ausencia a efectos determinar responsabilidad y su incorporacin como suplente70

RESPONSABILIDAD DEL COMIT ESPECIALLey Art. 24 - Rgto Art. 34

Responsabilidad Solidaria En razn de su Forma de Actuacin

Colegiada

Autnomo

Porque la seleccin se realice de acuerdo a Ley

Sobre cualquier irregularidad que le sea imputable por dolo, negligencia y/o culpa inexcusable (Ley Art. 46) Se comunica a CONSUCODE para que se le incluya en el Registro de inhabilitados. La entidad remite a CONSUCODE en plazo de 10 das de detectado el hecho.

Responsabilidad Administrativa y Judicialmente

Responsabilidad Expertos independientes Ley Art. 25 Rgto Art. 236

71

EL PROCESO DE SELECCION

72

Topes (*) para cada Proceso de Contrataciones Ao Fiscal 2010 en Nuevos Soles

73

TIPOS DE PROCESOS DE SELECCIN

LICITACION PUBLICA Se convoca para la contratacin de bienes y obras

CONCURSO PUBLICO Se convoca para la contratacin de servicios

ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA Se convoca cuando el monto de la contratacin es mayor al 50% del lmite mximo establecido para la AD

AD SELECTIVA Caso contrario a la ADP

LA ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA SE APLICA EN

Contrataciones de bienes, servicios y obras, cuyos montos sean inferiores a la DECIMA PARTE del lmite mnimo establecido para LP o CP

Contratacin de Expertos Independientes para que integren los Comits Especiales

Procesos declarados desiertos de acuerdo con el Art. 32 de la Ley

REQUISITOS PARA CONVOCAR A UN PROCESO DE SELECCION

QUE EL PROCESO DE SELECCIN SE ENCUENTRE INCLUIDO EN EL PLAN ANUAL

EXPEDIENTE DE CONTRATACION APROBADO

DISPONIBILIDAD DE RECURSOS Y SU RESPECTIVA FUENTE DE FINANCIAMIENTO

PROHIBICIN DE FRACCIONAMIENTOLey Art. 19, Rgto Art 20La Contratacin de B y S de carcter permanente, cuya provisin se requiera de manera continua o peridica se realizar por periodos no menores a un (1) Ao

QUEDA PROHIBIDO FRACCIONAR LA CONTRATACION DE BIENES, DE SERVICIOS Y LA EJECUCION DE OBRAS CON EL OBJETO DE MODIFICAR EL TIPO DE PROCESO DE SELECCIN QUE CORRESPONDA SEGN LA NECESIDAD ANUAL (Ley).

LA PROHIBICION DE FRACCIONAMIENTO A QUE SE REFIERE EL ART. 19 DE LA LEY SIGNIFICA QUE NO DEBE DIVIDIRSE UNA CONTRATACION PARA DAR LUGAR AL CAMBIO DEL TIPO DE PROCESO DE SELECCION

LEY

Rgto.

No constituye Fraccionamiento cuando

Cuando la Entidad restringi la cantidad a contratar por no disponer a la fecha de determinacin de necesidades la disponibilidad presupuestal correspondiente, situacin que varia durante la ejecucin del PAC al contarse con mayores crditos presupuestarios no previstos, prevenientes de, entre otros, transferencias de partidas, crditos suplementarios y recursos pblicos captados o percibidos directamente por la Entidad.

Con posterioridad a la aprobacin del Plan Anual surja una necesidad extraordinaria e imprevisible adicional a la programada, la cual deber ser atendida en su integridad a travs de una contratacin, salvo que respecto de la contratacin programada an no se haya aprobado el Expediente de Contratacin.

Se requiera propiciar la participacin de las MYPES en sectores donde exista oferta competitiva,

Adq. O Contr. Directa a travs del Catalogo del Convenio Marco

Se contrate con el mismo proveedor como consecuencia de procesos de seleccin con objetos contractuales distintos o en el caso que concurran procesos de seleccin con contratos complementarios, exoneraciones o con proceso bajo regmenes especiales

76

PRONUNCIAMIENTO N 7 2004 GTN FRACCIONAMIENTO

que han sido programadas en su debida oportunidad en el Plan Anual de la Entidad; en ese sentido si la Entidad ha programado en el presente ejercicio,La prohibicin de fraccionamiento se refiere a contrataciones contrataciones que por su naturaleza o por otras razones no revisten el carcter de ser programables, stas no pueden ser realizadas al margen de lo establecido en su PAAC, sin perjuicio que la Entidad evale la posibilidad de realizar las modificaciones correspondientes al PAAC en funcin de las necesidades reales que se presenten, para proceder a contratar en el momento que se presente la necesidad y siguiendo el procedimiento que corresponde a la naturaleza del requerimiento y al monto que represente

OPINION N 027-2007/GTNSE CONFIGURARA CUANDO LA ENTIDAD, TENIENDO LA POSIBILIDAD DE PREVER SUS NECESIDADES Y, EN CONSECUENCIA, PROGRAMARLAS, DETERMINA EN FORMA DELIBERADA LA REALIZACION DE VARIOS PROCESOS MENORES EN LUGAR DE UNO MAYOR.77

PARA DETERMINAR EL PROCESO DE SELECCINRglto. Art. 19

1

SE CONSIDERA EL OBJETO PRINCIPAL DE LA CONTRATACION y EL VALOR REFERENCIAL

QU ES OBJETO PRINCIPAL DE CONTRATACION?

Se determina en funcin de la PRESTACION

Ejecucin de la Obra

Consultora

Servicio

Entrega del bien

2

En el caso de contrataciones que involucren un conjunto de PRESTACIONES

El Objeto Principal

SERA

LA PRESTACION de mayor incidencia porcentual

3

Bienes y Servicio : Que se requieren como complementarios entre si, se consideranincluidos en la adquisicin o contratacin objeto del contrato 78

DE LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS

79

CONCEPTOS RELEVANTESNATURALEZA JURIDICA: Constituye una modalidad especial propia del derecho administrativo y privativa del Estado, que vincula de manera NO AUTONOMA. No se encuentra sujeto a la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, al Rgimen Laboral de la Actividad Privada ni a otras normas que regulan carreras administrativas especiales. No se aplica a los contratos de prestacin de servicios de consultoria o de asesoria, siempre que se desarrollen de forma autnoma, fuera de los locales o centros de trabajo de la Entidad. DURACION DEL CONTRATO: El contrato administrativo de servicios se celebra a plazo determinado y es renovable. No puede ser mayor al periodo presupuestal dentro del cual se contrata; es prorrogable por periodos menores del ao y cuantas veces se requiera.

CONTENIDO DEL CONTRATO: 48 horas por semana; 24 horas de descanso; 15 das descanso por ao; Afiliacin a ESSALUD; Rgimen de Pensiones opcional para los que vienen prestando servicios y Obligatorio para los contratados;SERVICIOS NO PERSONAS: Se entiende que se trata de contratacin administrativa de servicios. LEY DE CONTRATACIONES: No son exigibles las normas de la ley de Contrataciones.

80

IMPEDIMENTO PARA CONTRATAR

Inhabilitacin Administrativa o Judicial

Impedidos para ser postores o contratistas

Prohibido doble remuneracin; Excepto por actividad docente o integrar rgano colegiado.

81

PROCESO DE SELECCIN SEGN RELACION DE ITEMS

82

PROCESO DE SELECCIN SEGN RELACIN DE ITEMSRglto Art. 19

Teniendo en cuenta

Viabilidad

Econmica

Tcnica

y/o

Administrativa de la vinculacin

PODRA Convocar un slo PS

La Adquisicin o Contratacin de

Bienes

Servicios

Obras

Distintas pero vinculados entre si. Cada Item: Proceso menor del principal. Reglas aplicables a cada item: Las reglas del principal (Presenta excepciones) Valor Referencial> El VR del Conjunto se determinara en funciona la sumatoria de los VR de cada uno de los Items. Las Bases deben considerar el VR de cada Item y del Proceso de Seleccin (Rglto. Art. 13`)

83

DECLARATORIA DE DESIERTO Y CONTRATOS EN PROCESOS SEGN RELACION DE ITEMSRglto Art. 19

SI QUEDA DESIERTO UNO O VARIOS ITEMS La Segunda Convocatoria es AMC

OPCIONES PARA CONTRATAR SE PODRA PERFECCIONAR EL CONTRATO CON LA SUSCRICION DEL DOCUMENTO QUE LO CONTIENE O CON LA RECEPCION DE LA O/C SEGN EL MONTO DEL VR DE CADA ITEM . EN CASO QUE UN MISMO PROVEEDOR RESULTE GANADOR DE MAS DE UN ITEM, PODRA SUSCRIBIRSE UN CONTRATO POR CADA ITEM O UN SOLO CONTRATO POR TODOS ELLOS,. LA ENTIDAD DEBERA INFORMAR AL SEACE DE CADA ITEM CONTRATADO

SUBASTA INVERSA

Sin un Proceso de Seleccin sujeto a la modalidad de Subasta Inversa es declarado desierto, la siguiente convocatoria se realizar bajo dicha modalidad, SALVO que se haya excluido la ficha tcnica objeto del proceso, en cuyo caso la contratacin ulterior deber efectuarse por un proceso de AMC no sujeto a esta modalidad (91)

PROCESOS DE SELECCION POR PAQUETESArt. 19

La Entidad agrupa, en el objeto del proceso, la contratacin de varios bienes o servicios DE IGUAL O DISTINTA CLASE

DEBE CONSIDERAR QUE LA CONTRATACION CONJUNTA ES MAS EFICIENTE QUE EFECTUAR CONTRATACIONES SEPARADAS DE DICHOS BIENES O SERVICIOS

* Del Estudio de las posibilidades que ofrece el mercado se desprende esta decisin. Sin embargo debe acreditarse la pluralidad de marcas y proveedores con capacidad de ofrecer la totalidad de los bienes que conforman los paquetes (Pron: 154-2009/DTN)

CONTRATACION POR PAQUETES DE ESTUDIOS DE PREINVERSION Y EXPEDIENTE TECNICO Las Entidades preferentemente deben contratar por paquetes la elaboracin de estudios de preinversin (perfil, prefactibilidad y factibilidad) as como la elaboracin del Exp. Tcnico y/o estudio definitivo, debiendo preverse en los trminos de referencia que los resultados de cada nivel de estudio sean considerados en los niveles respectivos. El rea Usuaria en coordinacin con el OECE sustentarn la convocatoria por paquetes o en forma separada.

LAS ENTIDADES CONTRATARAN PREFERENTEMENTE POR PAQUETESArt. 19

Segn corresponda, la elaboracin de los Estudios de Preinversin y del Expediente Tcnico: A Nivel Perfil, A Nivel Prefactibilidad y A Nivel factibilidad, En cuyo caso debe preverse en los Trminos de Referencia que los resultados de cada nivel de estudio sean considerados en los niveles siguientes.

SUSTENTACION Para la contratacin de Estudios de Preinversin y Elaboracin de Expediente Tcnico y/o Estudio definitivo, EL AREA USUARIA Y EL OECE SUSTENTAR la convocatoria de los procesos de seleccin cuando tenga que realizarse por paquete, o en forma separada.

86

INICIO Y CULMINACIN DEL PROCESO DE SELECCINRglto Art.22

Se inicia

Con la convocatoria

Culmina

Suscripcin del Contrato o perfeccionamiento.

CancelacinLey Art. 34 Rglto 22

Art. 22

Se deja sin efecto otorgamiento de la Buena Pro por causa imputable a la Entidad.Art. 140

No se suscriba el contratoArt. 137

87

CANCELACIN DEL PROCESO DE SELECCINLey Art. 34 Rgto. Art. 79 En cualquier estado del proceso hasta antes del Otorgamiento de la Buena Pro. CAUSALESResolucin o Acuerdo sustentado del mismo o superior nivel de aqul que dio inicio al expediente de contratacin o adquisicin

Fuerza mayor o caso fortuito

Cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar

Presupuesto asignado se destina a otros propsitos de emergencia.

2)Por escrito dentro del da siguiente LA ENTIDAD COMUNICA Registra la Resolucin en el SEACE en el mismo plazo

1)

Al Comit Especial

A todos los participantes

Al correo electrnico

REINTEGRO : Dentro de 5 das Formalizacin: Resolucin o Acuerdo del mismo o superior nivel de aquel que dio inicio al Expediente de Contratacin

88

PRRROGAS POSTERGACIONESLey Art. 30 - Rgto. Art. 26

Debe registrarse en el SEACE modificando el cronograma original

El Comit Especial comunica a postores En la Sede de la Entidad; o Al correo electrnico.

Podrn ser Prorrogadas o Postergadas Las Etapas y los Actos del Proceso de Seleccin Debe mediar causas debidamente justificadas Debe remitirse un Informe al Titular de la Entidad explicando el motivo de la prorroga o postergacin

PRRROGA : Se extiende la etapa POSTERGACIN: Se desplaza la etapa

BUENA PRO: No debe exceder de 10 das hbiles, contados desde la fecha prevista en el Calendario para otorgar la Buena Pro.

89

PLAZOS GENERALES PARA PROCESOS DE SELECCIONPLAZO ENTRE CONVOCATORIA Y PRESENTACION DE PROPUESTAS

Licitaciones y Concursos Pblicos 22 das hbiles, computados a partir del da siguiente de la publicacin de la convocatoria en el SEACE

EN ADD Mediaran no menos de 10 das hbiles

En AMC BIENES Y SERVICIOS Existir un plazo no menor 2 das hbiles

AMC CONSULTORIA Y OBRAS Deber mediar un plazo no menor de 6 hbiles

PLAZO ENTRE BASES INTEGRADAS Y PRESENTACION DE PROPUESTAS

LP Y CP No debe mediar menos de 5 das hbiles computados a partir del da siguiente de la publicacin de las Bases Integradas en el SEACE

AADD Tres (3) das hbiles

AMC CONSULTORIA Y OBRAS No menos de seis (6) das hbiles

AMC DERIVADAS DE LP, CP Y AADD ( B y S) DESIERTAS El plazo ser no menor de seis (6) das

AMC DERIVADAS DE LP, CP Y AADD (C y Obras) DESIERTAS No menor de ocho (8) das hbiles

REGIMEN DE NOTIFICACIONESRgto. Art. 25

SEACE Todos los actos realizados durante los procesos de seleccin se entendern notificados el mismo da de su publicacin en el SEACE

CORREO ELECTRONICO A SOLICITUD del participante, en adicin a la efectuada a travs del SEACE, se le notificar personalmente en la sede de la Entidad o a la direccin del correo electrnico que consigna al momento de registrarse como participantes

PREVALECE NOTIFICACION A TRAVES DEL SEACE PREVALECDE sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a travs del SEACE

DE LAS BASES

92

APROBACION DE LAS BASESLey Art. 26 - Rglto. Art. 35

Titular de la Entidad o por quien hubiere delegado

FORMA DE APROBACION: Mediante Resolucin Acuerdo o Algn documento que exprese de manera indubitable la voluntad de aprobacin

VISACION Los originales debern estar visados en todas sus paginas por el Comit Especial o el OECE

PREPUBLICACION DE LAS BASES APROBADASPODRAN

EN ELSEACE

Y

EL PORTAL INSTITUCIONAL DE LA ENTIDAD

93

CONTENIDO MINIMO DE LAS BASESLey Art. 26 Rgto Art. 39

1) Se elabora: De acuerdo a las Bases Estandarizadas y al Expediente de Contratacin (Informacin Tcnica Econmica)

2) Condiciones mnimas a que se refiere el Art. 26 de la Ley a) Mecanismo que fomente la mayor b) Esp. Tcnica c) Garanta d) Publicidad e) Sistema f) Calendario g) Mtodo de Evaluacin h) Pro forma del contrato i) Frmula de reajuste j) Financiamiento (Endeud) k) Confidencialidad

3) EN OBRAS Debe consignarse el Monto mximo admisible 110% EJECUCION Y CONSULTORIA DE OBRAS Monto mnimo 90%

4) AMC B y S: a), b),d), e), f), g), i) y k) del Art. 26 de la Ley

DEBE CONSIGNARSE LA FECHA DE APROBACION DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACION

Los limites del VR se calcula considerando 2 decimales. Si el lmite inferior tiene ms de 2 decimales, se aumentar en un dgito del valor del segundo decimal.

94

SISTEMA DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONESRgto Art. 40

SUMA ALZADA Es aplicable cuando estn definidas: Las cantidades Magnitudes y Calidades EN Las Especificaciones Tcnicas Trminos de Referencia En los Planos y Especificaciones Tcnicas en el caso de OBRAS

PRECIOS UNITARIOS, TARIFAS O PORCENTAJES Es aplicable cuando la naturaleza de la prestacin no permite conocer con exactitud o precisin las cantidades o magnitudes requeridas

PROPUESTA OBRAS: Planos Esp. Tec.

PROPUESTA Se oferta precios unitarios, tarifas o porcentajes En funcin de partidas o cantidades referenciales contenidas en las Bases y Se valorizan en relacin a su ejecucin real y Por un determinado plazo de ejecucin.

Memoria Descriptiva Presupuesto de Obra En este orden de prelacin Desagregado es referencial

95

SUMA ALZADA Y PRECIOS UNITARIOS MIXTO

Al que podrn optar las Entidades (se elimina excepcionalmente) si en el Expediente Tcnico uno o varios componentes tcnicos corresponden a magnitudes y cantidades no definidas con precisin, los que podrn ser contratados cuyas cantidades y magnitudes estn totalmente definidas en el Expediente Tcnico, sern contratados bajo el sistema alzada.

96

MODALIDADES DE EJECUCION CONTRACTUAL

97

MODALIDADES DE EJECUCIN CONTRACTUALRgto. Art. 41

Cuando se trate de obras, las Bases INDICARAN la modalidad en que se realizar la ejecucin del contrato, pudiendo ser:

a) Llave en mano:Obras: La Construccin, Equipamiento y Montaje hasta la PUESTA EN SERVICIO. De ser el caso puede ofertar la elaboracin del Expediente Tcnico. Bienes: Instalacin y puesta en funcionamiento Cuando deba elaborarse el Expediente Tcnico y efectuarse la ejecucin de la obra, el postor deber acreditar su condicin de ejecutor de obras y consultor en el RNP

b) Concurso oferta: Slo se aplican a obras a suma alzada y Licitacin Pblica. Oferta el expediente tcnico La ejecucin de la obra y El terreno de ser el caso PARA INICIAR LA EJECUCION DE LA OBRA ES REQUISITO PREVIO LA PRESENTACION Y APROBACION DEL EXPEDIENTE TECNICO POR EL INTEGRO DE LA OBRA

98

CONTENIDO DE LOS SOBRES DE PROPUESTAArt. 42

PROPUESTA TECNICA

Documentacin obligatoria Copia simple del Certificado o Constancia de Inscripcin (RNP) Declaracin Jurada de: a. No tiene impedimentos b. Conoce, acepta y se somete a las Bases c. Responsable de la veracidad d. Compromiso de mantener su oferta e. Conoce las sanciones Declaracin Jurada y/o documentacin que acredite el RTM Promesa Formal de Consorcio

Documentacin Facultativa Certificado inscripcin MYPE Documentos relativos a Factores de Evaluacin

PROPUESTA ECONOMICA Oferta Econmica Detalle de precios unitarios cuando el sistema sea este Garanta de Seriedad de Oferta cuando corresponda

99

CONTENIDO Y REQUISITOS DE LA PROMESA FORMAL DE CONSORCIORgto. Art. 42

Integrantes

Representante comn para el PS; para la Suscripcin y ejecucin contractual

Domicilio Comn

Porcentaje de Participacin

Las Bases pueden establecer las Obligaciones de cada uno

La Promesa establecer las obligaciones si las bases no lo establecen; si no se consigna se presumir que todos ejecutan el objeto de convocatoria

Todos cumplirn los requisitos establecidos por las Bases

100

GARANTIA DE SERIEDAD DE OFERTAVer Ley N 29319 Modifica Art. 14 de la Ley de Presupuesto PROCESOS DE SELECCIN Licitacin Pblica Concurso Pblico Adjudicacin Directa EN AMC Y SEGN RELACION DE ITEMS

MONTO DE LA GARANTIA Ser establecida por las Bases En ningn caso ser menor del 1% ni mayor al 2% del VR

Bastar que el postor presente una Declaracin Jurada comprometindose a mantener su oferta

VIGENCIA: No podr ser menor a dos (2) meses, computados a partir del da siguiente a lapresentacin de propuestas 101

METODO DE EVALUACION DE PROPUESTASRglto. Art. 43 (DS N 154-2010-EF. 16.7.2010)

Las Bases deben especificar

Los Factores de Evaluacin precisando los criterios que se emplearan para su aplicacin

Los Puntajes

La forma asignacin puntaje

de del

La documentacin sustentatoria de estos

EL COMIT ESPECIAL DETERMINARA LOS FACTORES, LOS QUE DEBEN SER

Objetivos y congruentes con el objeto de convocatoria

Deben sujetarse a criterios de razonabilidad y proporcionalidad

Se puede calificar aquello que supere o mejore el requerimiento mnimo, siempre que no desnaturalice el requerimiento efectuado

EN CONVENIOS MARCO ES FACULTATIVA LA UTILIZACION DE FACTORES DE EVALUACIONEL EXPEDIENTE DE CONTRATACION DEBE ESTABLECER ESTE ASPECTO.

EL FACTOR DE EVALUACION ECONOMICA EN PROCESOS DE SELECCIN ES

UNICAMENTE ES EL MONTO TOTAL DE LA OFERTA

NULIDAD DE OFICIO DEL PROCESO DE SELECCINLey Art. 56/Rglto Art. 22 1. SOLO: Hasta antes de la celebracin del contrato. 2. DESPUS de celebrado el contrato: * Por efectos del Art. 9 de la Ley. * Por infraccin al principio de presuncin de veracidad

Facultad Indelegable

El Titular de la Entidad podr declararlo de Oficio.

CAUSALES

ACTOS

Dictados por rgano incompetente.

Contravengan normas legales.

Contengan imposibles jurdicos.

Prescindan de las normas esenciales del Procedimiento.

Prescindan de la forma aplicable.

La Resolucin deber expresar la etapa a la que se retrotraer el proceso 104

NULIDAD DEL CONTRATO

Por haberse suscrito en contravencin con el Art. 10 de la Ley

Cuando se verifique la trasgresin del principio de presuncin de veracidad durante el proceso de seleccin o para la suscricin del contrato

Cuando se haya suscrito el contrato no obstante encontrarse en trmite un recurso de apelacin

Cuando no se haya utilizado el proceso de seleccin correspondiente

CONTROVERSIA

ENTIDAD Cursa Carta Notarial adjuntando copia fedateada del documento que declara la nulidad

CONTRATISTA Dentro de 15 das hbiles podr someter a controversia

105

ESPECIFICACION DEL CONTENIDO DE LOS SOBRES DE PROPUESTA

106

PROPUESTA TECNICA DOCUMENTOS OBLIGATORIOSArt. 42 Registro Nacional de Proveedores DEC LARACION JURADA: Conoce, acepta y se somete a las Bases y condiciones del proceso No tiene impedimento Responsable de veracidad documentaria Compromiso de mantener su oferta y suscribir contrato Conoce sanciones contenidas en la Ley y Rgto. y Ley 27444 DECLARACION JURADA Y/O DOCUMENTO QUE ACREDITE EL CUMPLIMIENTO DEL RTM

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO Integrantes Representante Comn Domicilio Comn Porcentaje de Participacin OBLIGACIONES: Se presume que los integrantes las ejecutan en conjunto, salvo que las Bases o en la Promesa Formal se establezca las obligaciones que les corresponde. FACULTA DEL REPRESENTANTE: Se presume que acta en nombre y representacin del consorcio en todos los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin del contrato y ejecucin del contrato, con amplias y suficientes facultades. 107

DOCUMENTACION FACULTATIVACertificado de Inscripcin o reinscripcin en el Registro de la Micro y Pequea Empresa REMYPE, de ser el caso Documentos relativos a los factores de evaluacin de as considerarlo el postor.

PROPUESTA ECONOMICA Oferta Econmica Detalle de Precios Unitarios cuando este sistema haya sido considerado en bases GARANTIA DE SERIEDAD DE OFERTA, cuando corresponda. En ningn caso ser menor al 1% ni mayor al 2% del VR. En AMC: basta que el postor presente declaracin jurada donde se compromete a mantener vigente su oferta Vigencia de la Garanta: No menor a dos (2) meses

108

DEL REQUERIMIENTO TECNICO MINIMO

109

REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOSRgto. Art. 61

Las caractersticas tcnicas

Normas reglamentarias

Cualquier otro requerimiento establecido como tal en las Bases

En las disposiciones y legales que regulan el objeto materia de Adquisicin o Contratacin

PARA QUE UNA PROPUESTA SEA ADMITIDADeber incluir, cumplir y en su caso, acreditar

La documentacin de presentacin obligatoria

y

Los Requerimientos Ttcnicos Mnimos

En ObrasEl plazo ser el indicado en el Expediente Tcnico Constituye un requerimiento tcnico de obligatorio cumplimiento

110

FACTORES DE EVALUACIONSE DEBE PRECISAR

Los Criterios para ser aplicados

Los Puntajes

La forma de asignacin

Documentacin sustentatoria

DEBEN SERObjetivos y Congruentes Con el objeto de convocatoria

DEBEN SUJETARSE A CRITERIOS DE

Racionalidad y Proporcionalidad

111

FACTORES DE EVALUACION EN BIENES

FACTORES DE EVALUACIN PARA ADQUISICIN DE BIENESRglto.Art. 44

SEGN CORRESPONDA Al tipo del bien Su naturaleza Su finalidad Su funcionalidad, y; La necesidad de la Entidad

Pueden ser

EL plazo de entrega

La Garanta Comercial del Postor y/o Fabricante

Disponibilidad servicios o repuestos

Capacitacin de personal de la Entidad si fuera necesario

* Mejoras a lascaractersticas tcnicasBases Costo adicional

Experiencia de Postor Monto acumulado 5 veces el VR Monto facturado por 8 aos ACREDITACION Mximo 20 contrataciones Contratos y conformidad O Comprobantes de pago con cancelacin documental y fehaciente

113

Debe establecerse el puntaje mnimo que se debe alcanzar para acceder a la evaluacin de la

PROPUESTA ECONMICA

El factor de evaluacin ser En su caso El monto total de cada Item, paquete o lote

El Monto total de la oferta

y

Paquete: Conjunto de bienes o servicios de una misma o distinta clase Lote : Conjunto de bienes del mismo tipo *MEJORAS; a las caractersticas tcnicas de los bienes y a las condiciones previstas en las Bases, que no generen costo adicional para la Entidad. Las Bases debern precisar aquellos aspectos que 114 sern considerados como mejoras.

GRACIAS