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DOCUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCION CONTRATACIONES CON EL ESTADO Nueva Ley 30225 y Reglamento D.S. Nº 350-2015-EF

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DOCUMENTOS DEL

PROCEDIMIENTO DE SELECCION

CONTRATACIONES CON EL ESTADO

Nueva Ley 30225 y Reglamento

D.S. Nº 350-2015-EF

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Documentos del Procedimiento de

Selección

Los documentos del procedimiento de selección son las bases,las solicitudes de expresión de interés para selección deconsultores individuales, así como las solicitudes de cotizaciónpara comparación de precios, los cuales se utilizan atendiendo altipo de procedimiento de selección.

El comité de selección o el órgano encargado de lascontrataciones, según corresponda, elabora los documentos delprocedimiento de selección a su cargo, utilizandoobligatoriamente los documentos estándar que aprueba el OSCEy la información técnica y económica contenida en el expedientede contratación aprobado.

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Documentos del Procedimiento de

Selección

Los documentos del procedimiento de selección deben estarvisados en todas sus páginas por los integrantes del comité deselección o el órgano encargado de las contrataciones, segúncorresponda, y ser aprobados por el funcionario competente deacuerdo a las normas de organización interna.

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Contenido mínimo de los

Documentos del Procedimiento

1. Las bases de la licitación pública, el concurso público, laadjudicación simplificada y la subasta inversa electrónica debencontener:

a) La denominación del objeto de la contratación;

b) Las Especificaciones Técnicas, los Términos de Referencia o elExpediente Técnico de Obra, según corresponda;

c) El valor referencial en los casos de obras y consultoría de obras,con los límites inferior y superior que señala el artículo 28 de la Ley.Estos límites se calculan considerando dos decimales. Para ello, si ellímite inferior tiene más de dos decimales, se aumenta en un dígitoel valor del segundo decimal; en el caso del límite superior, seconsidera el valor del segundo decimal sin efectuar el redondeo.

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Contenido mínimo de los

Documentos del Procedimiento

d) La moneda en que se expresa la oferta económica;

e) La modalidad de ejecución de llave en mano, cuandocorresponda;

f) El sistema de contratación;

g) Las fórmulas de reajuste, cuando correspondan;

h) El costo de reproducción;

i) Los requisitos de precalificación, cuando corresponda;

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Contenido mínimo de los

Documentos del Procedimiento

j) Los requisitos de calificación;

k) Los factores de evaluación;

l) Las instrucciones para formular ofertas;

m) Las garantías aplicables;

n) Las demás condiciones contractuales; y,

o) La proforma del contrato, cuando corresponda

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Contenido mínimo de los

Documentos del Procedimiento

2. Las solicitudes de expresión de interés del procedimiento deselección de consultores individuales debe contener:

a) La denominación del objeto de la contratación;

b) Los Términos de Referencia;

c) El valor estimado, que constituye el precio de la contratación;

d) El formato de hoja de vida;

e) Los factores de evaluación y el procedimiento de calificación yevaluación; y,

f) Las instrucciones para formular expresión de interés.

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Contenido mínimo de los

Documentos del Procedimiento

3. En caso se opte por elaborar una solicitud de cotización en elcaso de la comparación de precios debe contener como mínimo lodispuesto en el literal b) del numeral 1. Cuando no se elabore unasolicitud de cotización y la información se obtenga de maneratelefónica, presencial o mediante portales electrónicos, la Entidaddebe elaborar un informe que contenga los detalles de dichaindagación

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Requisitos de Calificación

La Entidad verifica la calificación de los postores conforme a losrequisitos que se indiquen en los documentos del procedimiento deselección, a fin de determinar que estos cuentan con las capacidadesnecesarias para ejecutar el contrato.

Los requisitos de calificación que pueden adoptarse son lossiguientes:

a) Capacidad legal: aquella documentación que acredite larepresentación y habilitación para llevar a cabo la actividad económicamateria de contratación;

b) Capacidad técnica y profesional: aquella que acredita elequipamiento, infraestructura y/o soporte, así como la experiencia delpersonal requerido. Las calificaciones del personal pueden serrequeridas para consultoría en general;

c) Experiencia del postor.

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Requisitos de Calificación

La capacidad legal es un requisito de precalificación en aquellaslicitaciones públicas en los que se convoque con esta modalidad.La Entidad no puede imponer requisitos distintos a los señaladosen el presente artículo y en los documentos estándar aprobadospor el OSCE.

En caso de consorcios, solo se considera la experiencia deaquellos integrantes que ejecutan conjuntamente el objetomateria de la convocatoria, previamente ponderada, conforme ala Directiva que el OSCE apruebe.

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Procedimiento de Evaluación

Los documentos del procedimiento deben contemplar lo siguiente:

a) La indicación de todos los factores de evaluación, los cuales debenguardar vinculación, razonabilidad y proporcionalidad con el objeto dela contratación.

b) La ponderación de cada factor en relación con los demás, lospuntajes máximos relativos para cada factor y la forma de asignacióndel puntaje en cada uno de estos. En las contrataciones de consultoríaen general y consultoría de obras, el puntaje técnico mínimo se defineen las Bases estándar.

c) En las contrataciones de bienes, servicios en general y obras laevaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos. En laevaluación se debe considerar la siguiente ponderación para el precio:

Precio 50 a 100

Otros factores 0 a 50

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Procedimientos de Evaluación

d) En las contrataciones de consultoría en general y consultoría deobras la evaluación técnica y económica se realiza sobre cien (100)puntos en cada caso.

e) La documentación que sirve para acreditar los factores deevaluación.

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Procedimientos de Evaluaciónf) Tratándose de la contratación de servicios en general, consultorías yobras que se presten o ejecuten fuera de la provincia de Lima yCallao, cuyos montos no superen los doscientos mil Nuevos Soles (S/.200 000,00) para la contratación de servicios en general y consultoríasy no superen los novecientos mil Nuevos Soles (S/. 900 000,00) en elcaso de obras, a solicitud del postor se asigna una bonificaciónequivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje total obtenidopor los postores con domicilio en la provincia donde presta el servicioo se ejecuta la obra, o en las provincias colindantes, sean o nopertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio es elconsignado en la constancia de inscripción ante el RNP. Para evaluarlas ofertas, la Entidad utiliza únicamente los factores de evaluación yel procedimiento que haya enunciado en los documentos delprocedimiento

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Factores de Evaluación

La Entidad evalúa las ofertas conforme a los factores de evaluaciónprevistos en las Bases, a fin de determinar la mejor oferta.

1. En el caso de bienes, servicios en general y obras, el precio debe serun factor de evaluación y, adicionalmente, pueden establecerse lossiguientes factores:

a) El plazo para la entrega de los bienes o la prestación de los servicios;

b) Las características particulares que se ofrecen para el objeto decontratación, como pueden ser las relacionadas a la sostenibilidadambiental o social, mejoras para bienes y servicios, entre otras;

c) Garantía comercial y/o de fábrica; y,

d) Otros factores que se prevean en los documentos estándar queaprueba OSCE.

Los factores de evaluación señalados deben ser objetivos.

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Factores de Evaluación2. En el caso de consultoría en general o consultoría de obra, debeestablecerse al menos uno de los siguientes factores de evaluación:

a) La metodología propuesta;

b) Calificaciones y/o experiencia del personal clave; y

c) Referidos al objeto de la convocatoria, tales como equipamiento,infraestructura, entre otros.

d) Otros que se prevean en los documentos estándar que aprueba OSCE.

Adicionalmente, debe considerarse el precio como un factor de evaluación.

3. En el caso de selección de consultores individuales, los factores deevaluación deben ser:

a) Experiencia en la especialidad;

b) Calificaciones; y,

c) Entrevista.

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Contenido mínimo de las ofertasLos documentos del procedimiento establecen el contenido de lasofertas. El contenido mínimo es el siguiente:

1. Declaración jurada declarando que:

a) No tiene impedimento para postular en el procedimiento deselección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 11 de laLey;

b) Conoce, acepta y se somete a los documentos del procedimiento deselección, condiciones y reglas del procedimiento de selección;

c) Es responsable de la veracidad de los documentos e información quepresenta en el procedimiento;

d) Se compromete a mantener su oferta durante el procedimiento deselección y a perfeccionar el contrato en caso de resultar favorecido conla buena pro; y,

e) Conoce las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así comoen la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

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Contenido mínimo de las ofertas

2. Declaración jurada y/o documentación que acredite elcumplimiento de las especificaciones técnicas, términos dereferencia o expediente técnico, según corresponda.

3. Carta de compromiso del personal clave con firma legalizada,de ser el caso. Tratándose de obras y consultorías este constituyeun requisito obligatorio.

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Contenido mínimo de las ofertas

4. Promesa de consorcio legalizada, de ser el caso, en la que se consignelos integrantes, el representante común, el domicilio común y lasobligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes delconsorcio, así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. Elrepresentante común del consorcio se encuentra facultado para actuaren nombre y representación del mismo en todos los actos referidos alprocedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato, conamplias y suficientes facultades. La promesa de consorcio constituye unrequisito de calificación.

Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertasindividuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento deselección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientosde selección según relación de ítems.

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Contenido mínimo de las ofertas

5. El monto de la oferta y el detalle de precios unitarios, tarifas,porcentajes, honorario fijo y comisión de éxito, cuando dichossistemas hayan sido establecidos en los documentos delprocedimiento de selección.

Las ofertas deben incluir todos los tributos, seguros, transporte,inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laboralesconforme la legislación vigente, así como cualquier otro conceptoque pueda tener incidencia sobre el costo del bien, servicio engeneral, consultoría u obra a adquirir o contratar. Aquellos postoresque gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en su oferta lostributos respectivos.

El monto total de la oferta y los subtotales que lo componen debenser expresados con dos decimales. Los precios unitarios o tarifaspueden ser expresados con más de dos decimales

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SISTEMA DE CONTRATACION

CONTRATACIONES CON

EL ESTADO

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Sistema de Contratación

Las contrataciones pueden contemplar alguno de los siguientessistemas de contratación:

1. A suma alzada, aplicable cuando las cantidades, magnitudes ycalidades de la prestación estén definidas en las especificacionestécnicas, en los términos de referencia o, en el caso de obras,en los planos, especificaciones técnicas, memoria descriptiva ypresupuesto de obra, respectivas. El postor formula su oferta porun monto fijo integral y por un determinado plazo de ejecución.

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Sistema de Contratación

Tratándose de obras, el postor formula dicha oferta considerandolos trabajos que resulten necesarios para el cumplimiento de laprestación requerida según los, planos, especificaciones técnicas,memoria descriptiva y presupuesto de obra que forman parte delExpediente Técnico, en ese orden de prelación; debiendopresentar para la suscripción del contrato el desagregado departidas que da origen a la oferta.

El mismo orden de prelación se aplica durante la ejecución de laobra. No puede emplearse el sistema de contratación a sumaalzada en obras de saneamiento y viales.

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Sistema de Contratación

2. A precios unitarios, aplicable en las contrataciones de bienes,servicios en general, consultorías y obras, cuando no puedeconocerse con exactitud o precisión las cantidades o magnitudesrequeridas.

En el caso de bienes, servicios en general y consultorías, el postorformula su oferta proponiendo precios unitarios en función de lascantidades referenciales contenidas en los documentos delprocedimiento de selección y que se valorizan en relación a suejecución real, durante un determinado plazo de ejecución.

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Sistema de Contratación

En el caso de obras, el postor formula su oferta proponiendo preciosunitarios considerando las partidas contenidas en los documentosdel procedimiento, las condiciones previstas en los planos yespecificaciones técnicas, y las cantidades referenciales, y que sevalorizan en relación a su ejecución real y por un determinado plazode ejecución.

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Sistema de Contratación

3. Esquema mixto de suma alzada y precios unitarios, aplicable parala contratación de servicios en general y obras.

Tratándose de servicios, cuando las prestaciones comprendanmagnitudes o cantidades pueden conocerse con exactitud yprecisión, se contratan bajo el sistema de suma alzada; loselementos cuyas magnitudes o cantidades no puedan conocerse, secontratan bajo el sistema de precios unitarios.

En el caso de obras, cuando en el expediente técnico uno o varioscomponentes técnicos corresponden a magnitudes y cantidades nodefinidas con precisión, se contratan bajo el sistema de preciosunitarios, en tanto los componentes, cuyas cantidades y magnitudesestén definidas en el expediente técnico, se contratan bajo elsistema de suma alzada.

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Sistema de Contratación

4. Tarifas, aplicable para las contrataciones de consultoría engeneral y de supervisión de obra, cuando no puede conocerse conprecisión el tiempo de prestación de servicio. En este caso, elpostor formula su oferta proponiendo tarifas en base al tiempoestimado o referencial para la ejecución de la prestacióncontenido en los documentos del procedimiento y que se valorizaen relación a su ejecución real. Los pagos se basan en tarifas. Lastarifas incluyen costos directos, cargas sociales, tributos, gastosgenerales y utilidades.

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Sistema de Contratación

5. En base a porcentajes, aplicable en la contratación de serviciosde cobranzas, recuperaciones o prestaciones de naturalezasimilar. Dicho porcentaje incluye todos los conceptos quecomprende la contraprestación que le corresponde al contratista.

6. En base a un honorario fijo y una comisión de éxito,aplicable en las contrataciones de servicios. En ese caso el postorformula su oferta contemplando un monto fijo y un montoadicional como incentivo que debe pagarse al alcanzarse elresultado esperado. El honorario fijo y la comisión de éxitopueden calcularse en base a porcentajes.

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Modalidad de Ejecución llave en

mano

El procedimiento se convoca bajo la modalidad de ejecución llaveen mano cuando el postor debe ofertar en conjunto laconstrucción, equipamiento y montaje hasta la puesta en serviciode determinada obra, y de ser el caso la operación asistida de laobra. En el caso de contratación de bienes el postor oferta,además de estos, su instalación y puesta en funcionamiento.

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Contrataciones por Paquete

La Entidad puede efectuar contrataciones por paquete, agrupandoen el objeto de la contratación, varios bienes, servicios en general oconsultorías distintos pero vinculados entre sí, considerando que lacontratación conjunta es más eficiente que efectuarcontrataciones separadas.

También puede contratar por paquete la ejecución de obras desimilar naturaleza cuya contratación en conjunto resulte máseficiente para el Estado en términos de calidad, precio y tiempofrente a la contratación independiente. En este caso, las Entidadessuscriben un contrato por cada obra incluida en el paquete.

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Contrataciones por Paquete

Puede convocarse procedimientos de selección por paquete para laelaboración de los estudios de preinversión de proyectos deinversión pública, así como la elaboración de dichos estudios y delexpediente técnico y/o estudio definitivo, debiendo preverse en lostérminos de referencia que los resultados de cada nivel de estudiosean considerados en los niveles siguientes.

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Fórmulas de Reajuste

1. En los casos de contratos de ejecución periódica o continuada debienes servicios en general, consultorías en general, pactados enmoneda nacional, los documentos del procedimiento de selecciónpueden considerar fórmulas de reajuste de los pagos quecorresponden al contratista, así como la oportunidad en la cual sedebe hacer efectivo el pago, conforme a la variación del Índice dePrecios al Consumidor que establece el Instituto Nacional deEstadística e Informática - INEI, correspondiente al mes en que debeefectuarse el pago.

Cuando se trate de bienes sujetos a cotización internacional o cuyoprecio esté influido por esta, no se aplica la limitación del Índice dePrecios al Consumidor a que se refiere el párrafo precedente.

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Fórmulas de Reajuste

2. En el caso de contratos de obra pactados en moneda nacional, losdocumentos del procedimiento de selección establecen las fórmulas dereajuste. Las valorizaciones que se efectúen a precios originales delcontrato y sus ampliaciones son ajustadas multiplicándolas por elrespectivo coeficiente de reajuste “K” que se obtenga de aplicar enla fórmula o fórmulas polinómicas, los Índices Unificados de Preciosde la Construcción que publica el Instituto Nacional de Estadística eInformática - INEI, correspondiente al mes en que debe ser pagada lavalorización. Una vez publicados los índices correspondientes al mes enque debió efectuarse el pago, se realizan las regularizacionesnecesarias.

Tanto la elaboración como la aplicación de las fórmulas polinómicas sesujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-79-VC y susmodificatorias, ampliatorias y complementarias.

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Fórmulas de Reajuste

3. En el caso de contratos de consultoría de obras pactados enmoneda nacional, los pagos se sujetan a reajuste por aplicación defórmulas monómicas o polinómicas, según corresponda, las cualesdeben estar previstas en los documentos del procedimiento deselección. Para tal efecto, el consultor calcula y consigna en susfacturas el monto resultante de la aplicación de dichas fórmulas,cuyas variaciones son mensuales, hasta la fecha de pago prevista enel contrato respectivo, utilizando los Índices de Precios alConsumidor publicados por el Instituto Nacional de Estadística eInformática - INEI a la fecha de facturación. Una vez publicados losíndices correspondientes al mes en que debió efectuarse el pago, serealizan las regularizaciones necesarias.

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Fórmulas de Reajuste

4. No son de aplicación las fórmulas de reajuste cuando losdocumentos del procedimiento de selección establezcan que lasofertas se expresen en moneda extranjera, salvo el caso de losbienes sujetos a cotización internacional o cuyo precio estéinfluido por esta.

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Relación de ítems, lotes o tramos

La Entidad puede realizar un procedimiento de selección segúnrelación de ítems para contratar bienes, servicios en general,consultorías u obras distintas pero vinculadas entre sí con montosindividuales superiores a ocho Unidades Impositivas Tributarias (8UIT), siempre que el órgano encargado de las contratacionesdetermine la viabilidad económica, técnica y/o administrativa dedicha posibilidad. Cada ítem constituye un procedimientoindependiente dentro de un procedimiento principal al que se leaplica las reglas correspondientes al principal, con las excepcionesprevistas en el presente Reglamento.

La Entidad puede efectuar contrataciones por lotes o tramos.

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Relación de ítems, lotes o tramos

La Entidad puede realizar un procedimiento de selección segúnrelación de ítems para contratar bienes, servicios en general,consultorías u obras distintas pero vinculadas entre sí con montosindividuales superiores a ocho Unidades Impositivas Tributarias (8UIT), siempre que el órgano encargado de las contratacionesdetermine la viabilidad económica, técnica y/o administrativa dedicha posibilidad. Cada ítem constituye un procedimientoindependiente dentro de un procedimiento principal al que se leaplica las reglas correspondientes al principal, con las excepcionesprevistas en el presente Reglamento.

La Entidad puede efectuar contrataciones por lotes o tramos.

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Prohibición de Fraccionamiento

Se encuentra prohibido fraccionar la contratación de bienes,servicios u obras con la finalidad de evitar el tipo deprocedimiento de selección que corresponda según la necesidadanual, de dividir la contratación a través de la realización de doso más procedimientos de selección, de evadir la aplicación de lapresente Ley y su reglamento para dar lugar a contratacionesiguales o inferiores a ocho (8) UIT y/o evadir el cumplimientode los tratados o compromisos internacionales que incluyandisposiciones sobre contratación pública.

El reglamento establece los casos o supuestos debidamentejustificados que no constituyen fraccionamiento

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Prohibición de Fraccionamiento

El área usuaria, el órgano encargado de las contrataciones y/uotras dependencias de la Entidad cuya función esté relacionadacon la correcta planificación de los recursos, son responsablespor el incumplimiento de la prohibición de fraccionar, debiendoefectuarse en cada caso el deslinde de responsabilidad, cuandocorresponda.

No se incurre en prohibición de fraccionamiento cuando:

1. Se contraten bienes o servicios idénticos a los contratadosanteriormente durante el mismo ejercicio fiscal, debido a que,en su oportunidad, no se contaba con los recursosdisponibles suficientes para realizar la contratación completa,o surge una necesidad imprevisible adicional a la programada.

2. La contratación se efectúe a través de los CatálogosElectrónicos de Acuerdo Marco.

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Requisitos para convocar

Para convocar un procedimiento de selección, se debe contarcon el expediente de contratación aprobado, estar incluido en elPlan Anual de Contrataciones, haber designado al comité deselección cuando corresponda, y contar con los documentos delprocedimiento de selección aprobados que se publican con laconvocatoria, de acuerdo a lo que establece el presenteReglamento.

Tratándose de procedimientos de selección para la ejecución deobras se requiere contar adicionalmente con el expedientetécnico y la disponibilidad física del terreno.

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Contenido del Expediente de contratación

El órgano encargado de las contrataciones debe llevar unexpediente del proceso de contratación, el que debe ordenar,archivar y preservar la documentación que respalda lasactuaciones realizadas desde la formulación del requerimientodel área usuaria hasta el cumplimiento total de las obligacionesderivadas del contrato, incluidas las incidencias del recurso deapelación y los medios de solución de controversias de laejecución contractual, según corresponda. Las demásdependencias de la Entidad deben facilitar copia de lasactuaciones relevantes para mantener el expediente completo,tales como comprobantes de pago, resultados de losmecanismos de solución de controversias, entre otros.

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Contenido del Expediente de Contratación

El órgano encargado de las contrataciones es el responsable deremitir el expediente de contratación al funcionariocompetente para su aprobación, en forma previa a laconvocatoria, de acuerdo a sus normas de organización interna.Para su aprobación, el expediente de contratación debecontener:

a) El requerimiento;

b) El documento que aprueba el proceso de estandarización,cuando corresponda;

c) El informe técnico de evaluación de software, conforme a lanormativa de la materia, cuando corresponda;

d) Las indagaciones de mercado realizadas, y su actualizacióncuando corresponda;

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Contenido del Expediente de Contratación

e) El Resumen Ejecutivo;

f) El valor estimado o valor referencial, según corresponda;

g) La certificación de crédito presupuestario y/o la previsiónpresupuestal;

h) La opción de realizar la contratación por paquete, lote ytramo, cuando corresponda;

i) La determinación del procedimiento de selección, el sistemade contratación y, cuando corresponda, la modalidad decontratación con el sustento correspondiente;

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Contenido del Expediente de Contratación

j) La fórmula de reajuste, de ser el caso;

k) La declaratoria de viabilidad y verificación de viabilidad,cuando esta última exista, en el caso de contrataciones queforman parte de un proyecto de inversión pública;

l) En el caso de obras contratadas bajo la modalidad llave enmano que cuenten con componente equipamiento, lasespecificaciones técnicas de los equipos requeridos; y,

m) Otra documentación necesaria conforme a la normativa queregula el objeto de la contratación.

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Contenido del Expediente de Contratación

Cuando un procedimiento de selección sea declaradodesierto, la nueva convocatoria requiere contar con una nuevaaprobación del expediente de contratación, solo cuando así lodisponga el informe de evaluación de las razones quemotivaron la declaratoria de desierto, elaborado por el órganoa cargo del procedimiento de selección.

El órgano encargado de las contrataciones tiene a su cargo lacustodia del expediente de contratación, salvo en el períodoen el que dicha custodia esté a cargo del comité de selección.