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CONTRATACIÓN DE ABOGADOS EXTERNOS Detalle de Abogados que realizaron contratos con el INJUPEMP, periodo 2010-2014.

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CONTRATACIÓN DE ABOGADOS EXTERNOS

Detalle de Abogados que realizaron contratos con el INJUPEMP, periodo 2010-2014.

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CONTRATACIÓN DE ABOGADOS EXTERNOS

ABOGADO: CESAR AUGUSTO GIRÓN LANZA

ANTECEDENTE:

Fecha de Recontratación: 22 de Abril de 2010, devengando un sueldo de Lps. 25,000.00

Duración de Contrato: 3 Meses

Objeto del Contrato: Asesorar la Dirección Legal, emitir dictámenes u opiniones jurídicas

NOTA: Deja abierta la posibilidad de ejercer actos de Procuración en nombre del INJUPEMP, por lo cual devengara honorarios que correspondan conforme al arancel del profesional del derecho.

El proceso de contratación debió de seguir los procedimientos establecidos en la ley de contratación del estado.

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Las Acciones dolosas y contradictorias del Sr. Andrés Torres, generan la contratación de dos (2) Abogados externos:

1.- Abg. Santos Ynestroza Tejeda

2.- Abg. Norman Torres

El Abg. Santos Ynestroza Tejeda fue contratado para interponer las mismas acciones que el Abg. Cesar Girón realizo en fecha 18 de Mayo de 2010.

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DETALLE DE CONTRATO ABG. SANTOS YNESTROZA TEJEDA

DETALLE DE CONTRATO ABG. SANTOS YNESTROZA TEJEDA

a.- Objeto del Contrato: Este contrato tiene como objeto, promover dos demandas ordinarias para el pago de daños y perjuicios; una contra la sociedad mercantil denominada Consorcio Centroamericano de la Construcción, como demandado principal, y solidariamente contra las Sociedades Mercantiles siguientes:

1.- Contratistas y Asociados S.A. de C.V.

2.- Constructora Ayon Córdova S. de R.L. de C.V.

3.- Constructora TERRA S. de R.L. de C.V.

b.- Proceso de Contratación: Este fue sin la aprobación de la Junta Directiva, debido a que utiliza como fundamento la resolución N.- 01-1157 de fecha 22 de Diciembre de 2009, cuando fungía como Director Abg. Lucio Izaguirre. El proceso de contratación se realizó sin seguir el procedimiento establecido en la ley de contratación del estado.

NOTA: Los fondos utilizados para el pago de la tercera parte del contrato (Lps. 5, 000,000.00),

Provenían del proyecto Tapias I y Tapias II (Ciudad Mateo); Fondos no destinados para el pago de honorarios profesionales.

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DETALLE DE CONTRATO ABG. NORMAN TORRES

a.- Objeto del Contrato: Interponer recurso de apelación y cuantos otros fueran necesarios para garantizar resultados favorables al INJUPEMP, contra el incidente de tasación de honorarios generados por dos (2) demandas.

El 19 de Septiembre de 2011 se persona y presenta recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones de lo Civil del Departamento de Francisco Morazán.

HECHO RELEVANTE: La Junta Directiva del INJUPEMP aprobó la contratación del Abg. Norman Torres en fecha 21 de Septiembre de 2011, cuando ya había sido contratado unilateralmente por Andrés Torres.

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DETALLE DE CONTRATO ABG. EFRAÍN AVILIO FLORES HERNÁNDEZ.

a.- Objeto del Contrato: Comparecer en defensa de los intereses de INJUPEMP ante los Juzgados de Letra Civil del Departamento de Choluteca, interponiendo demanda de indemnización de daños y perjuicios.

El 09 de Diciembre de 2011 el Abg. Efraín Flores presento demanda ordinaria, se le hace pago efectivo el 30 de Marzo de 2012 un cheque por valor Lps. 200,000.00 y el 29 de Noviembre del mismo año un segundo pago por el mismo monto.

NOTA: El proceso de contratación no fue de acuerdo a lo establecido en la ley de contratación del estado y sin consulta ni aprobación de la Junta Directiva del INJUPEMP.

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DETALLE DE CONTRATO ABG. TEÓFILO ZUNIGA SALGADO

a.- Objeto de los Contratos:

Contrato 1: Interponer escrito de defensas previas en la demanda ordinaria en materia contencioso administrativo.

Contrato 2: Dar contestación a la demanda contencioso administrativo.

NOTA: Esta pendiente el último por el contrato N.- 011-2011 por un valor de Lps. 1, 143,490.00.

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DETALLE DE CONTRATO ABG. LENIN ERNESTO MARTÍNEZ CASTAÑEDA

a.- Objeto de los Contrato: Continuar acusación privada en todas la instancias en el caso relacionado al desfalco y falsificación de cheques del que fue el objeto INJUPEMP.

NOTA: El Abg. Lenin Ernesto Martínez fue contratado para que represente al Instituto para la recuperación Lps. 5,338,480.21 objeto del desfalco acontecido en el INJUPEMP el cual se le pagara el 25% del monto hipotético recuperar, quien fue contratado por Andrés Torres sin contar con al autorización de la Junta Directiva del INJUPEMP.

El INJUPEMP fue desfalcado por un monto total de Lps. 17, 338,480.21 de los cuales el Ministerio Publico logro congelar en las cuentas de los imputados Lps. 12, 000,000.00 quedando pendiente Lps. 5, 338,480.21 que ya habían sido sacados por ellos.

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DETALLE DE CONTRATO ABG. ÁNGEL IRÍAS RODEZNO

a.- Objeto de los Contrato: Diseñar e Implementar un plan de trabajo que debidamente aprobado por el Director Ejecutivo del INJUPEMP (Andrés Torres) construya el instrumento matriz para interponer todas las acciones judiciales de carácter Civil, Penal o de cualquier otros orden.

NOTA: El Abg. Ángel Irías Rodezno incumple el contrato ya que no presentó el plan de trabajo pactado en el contrato y presentó la demanda 24 meses después, aun así se le efectuó el anticipo.

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Perjuicio Patrimonial al INJUPEMP y retención de ISR (12.5%) no enterados a la DEI

* NOTA: Los fondos utilizados para efectuar pagos proviene de la cuenta del presupuesto de Comisiones y Gastos Bancarios (Utilizando los intereses de los fondos de las inversiones del INJUPEMP por un monto de (Lps. 40, 000,000.00).

El INJUPEMP tiene pendiente de pago por servicios de Abogados Externos Lps. 67, 697,439.88.

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Obligaciones Tributarias del ISR (12.5%) derivadas de la contratación de abogados externos no enteradas por el INJUPEMP

NOTA: Ningún abogado ha declarado lo percibido a razón de los contratos y el INJUPEMP no entrego lo retenido por honorarios profesionales.

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Anexos

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Memorándum de Autorización de Transferencias

Certificación del INJUPEMP sobre el Incumplimiento del Procedimiento de Contratación

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Opinión de ONCAE sobre el procedimiento que se debió seguir para la contratación de abogados externos

Retenciones del 12.5% por Honorarios profesionales y no declaradas a la Dirección Ejecutiva de Ingresos: Abg. Efraín Flores Hernández.

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Retenciones del 12.5% por Honorarios profesionales y no declaradas a la Dirección Ejecutiva de Ingresos: Abg. Efraín Flores

Hernández

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Conclusiones

1.- Las Líneas afectadas y los traslados de fondos realizados eran incompatibles para el pago de honorarios profesionales de contratación externa.

(Declaración del Abg. Echeverría refuerza la postura del Informe del Tribunal Superior de Cuentas (TSC) que no era necesaria la contratación de Abogados externos ya que el personal de la División Legal del INJUPEMP estaba debidamente capacitado).

2.- El procedimiento utilizado para la contratación de los Abogados externos, contraviene lo establecido en el artículo 94 de la Ley de Contratación del Estado y el Artículo 7, inciso 1 del Reglamento.

3.- Los Anticipos otorgados a los abogados externos en su mayoría excedían el 55% del valor contratado, sin ningún resultado de sus acciones (Tribunal Superior de Cuentas (TSC), establece un rango de anticipos).

4.- Siendo el INJUPEMP un agente retenedor no enteró a la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), los impuestos retenidos del 12.5% que corresponden a la retención de honorarios profesionales.

Delitos en los que incurrió: Andrés Torres

• Seis (6) delitos de Abuso de Autoridad (Por la contratación de Abogados Externos).

• Seis (6) delitos de violación a los deberes de los funcionarios públicos (Por la inobservancia al cumplimiento de sus obligaciones como funcionario público).

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• Seis (6) delitos de malversación de caudales públicos por cambio de destino.

• Seis (6) delitos de defraudación fiscal.

Estado Actual de los Juicios Incoados por los abogados Externos Contratados