contrabando y feminicidio

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTIN FACULTAD DE DERECHO CURSO: DERECHO COMERCIAL III TEMA: CONTRABANDO Y FEMINICIDIO ALUMNO: ALBERTO TALAVERA CHALCO GRADO Y SECCION 6 B

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el contrabando y feminicidio

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTIN

FACULTAD DE DERECHO

CURSO:

DERECHO COMERCIAL III

TEMA:

CONTRABANDO Y FEMINICIDIOALUMNO:

ALBERTO TALAVERA CHALCOGRADO Y SECCION

6 B

AREQUIPA PERU

2015

INTRODUCCIN

Existen muchos problemas y conflictos en los cuales, las personas por obtener un beneficio propio, se ven obligadas a resolverlos por sus propios medios. Sin embargo, pueden llegar a cometer algunas infracciones con el fin de conseguir un propsito. Uno de estos problemas que acarrea la sociedad es el tema del contrabando, el cual refiere una circunstancia que de no recibir las precauciones pertinentes, este problema perdurar por mucho tiempo.En enormes camiones o a travs del hormigueo, son miles de productos los que ingresan alPersin pagar impuestos, afectando a la economa de nuestro pas.Uno de los ejemplos es el de Puno, donde los contrabandistas burlan y enfrentan a los Policas y al personal de Aduana, esta actividad involucra al 70% de la actividad comercial de los puneos. As vamos a establecer algunas de las causas y consecuencias de este problema social que afecta al pas y su economa, adems, plantearemos algunas alternativas de solucin para mejorar la manera de implementar polticas que permitas combatir esta actividad ilcita.El otro trabajo que me toca es el de feminicidio el cual en nuestroEstadotiene un marco legal rico y amplio enmateriadeDerecho Internacionalpara la defensa de losDerechosde las Mujeres; pero el nudo se encuentra en que no se han generado mecanismos, ni ha existido la voluntadpolticapara que esta legislacin internacional se implemente en la normatividad nacional y se refleje en lajurisprudenciadelsistemajudicialEn trminos de institucionalidad si bien existen diversas instancias del Estado relacionadas conderechos humanos, estas no desarrollanpolticasreales a favor de los mismos y menos a favor de los derechos humanos de las mujeres. Pero ni los avances en materia legal ni en trminos de institucionalidad sern suficientes, en la medida que lasinstitucionesencargadas de velar por los derechos de las mujeres, sigan estando en mano de individuos que priorizan sus concepciones religiosas aldesarrollode polticas de estado, como las acordadas entre lasociedadcivil y lospartidos polticosen el marco del Acuerdo Nacional, vulnerando el principio de laicidad del Estado consagrado en el artculo 50 de laConstitucinPoltica del Per.Los fundamentalistas religiosos apaados por la jerarqua de laIglesiaCatlica, se pasean por los pasillos delpodere intervienen en tododebatepblico que pueda rozar sus concepciones nicas sobre la base de la ya caduca idea defamiliatradicional. Impactando sobre la vida y los cuerpos de las mujeres de mltiples formas, empezando por elcontroldirecto sobre sus cuerpos, apoyndose en los supuestos de una verdad revelada.A esto se suma el dogma neoliberal, que enmascarado en un supuestorealismotcnico oculta su carga de opresin. Este fundamentalismo econmico sostiene que la solucin a nuestros males pasa por la generacin deempleo, para lo cual se hace preciso abrir las fronteras a lainversin extranjera. Sin embargo, estediscursochoca con la cruda realidad, la cualmuestraque mientras en nuestro pas lasexportacionesse han triplicado y el PBI ha crecido a un ritmo promedio de cinco puntos en el ltimo lustro, el nmero de pobres se mantiene prcticamente inamovible. ASPECTOS GENERALES DEL CONTRABANDOQu es el contrabando? Cuando las mercancas ingresan al pas por conductos regulares, el Estado tiene control sobre las mismas y puede recaudar los impuestos y aranceles que corresponden y con ello recaudar recursos necesarios para poder brindar los servicios que la poblacin requiera y el sostenimiento del propio Estado. Sin embargo, lo anteriormente mencionado se ve truncado y el Estado es privado de esos recursos cuando por diversos artilugios o situaciones contrarias a Ley las mercaderas ingresan al pas sin el respectivo pago de los aranceles y/o los tributos que gravan su internamiento, ello debido a la participacin de personas y/u organizaciones dedicadas a burlar los controles aduaneros. Este tipo de burla es conocido con el nombre de contrabando, existiendo adems la intencionalidad en la comisin de los hechos, lo cual implica de por medio el dolo.CAUSAS DEL CONTRABANDO

Desocupacin

Precios menores a los nacionales

Problemtica

Fronteras extensas

Informalidad

Contrabando

Piratera

MODALIDADES.

Las modalidades ms conocidas del contrabando son: Hormiga.- Cuando es camuflado en el equipaje y el cuerpo de las personas de condicin humilde que pasan la frontera, Caleta.- Camuflado en compartimentos de vehculos,

Pampeo.- Se utilizan vas alternas, pampas o trochas, Culebra.- Convoy de camiones de carga pesada, Chacales.- Personas contratadas para utilizar indebidamente la franquicia de la zona franca de Tacna

Carrusel.- Utilizacin repetida de un documento aduanero que se adultera con ese fin.

CONSECUENCIAS DEL CONTRABANDO.Las consecuencias del contrabando son:

Menores recursos para el Estado, por la defraudacin tributaria, Competencia desleal de productos extranjeros, Desincentivo para la industria legal y el comercio nacional, lo que afecta el desarrollo, Mayor gasto del Estado para controlar el contrabando, Mayores recursos del Estado para el manejo de la salud pblica en el caso del consumo de cigarrillos por adolescentes Efecto imitacin del resto de la comunidad de la zona, Clima de violencia e incremento de otras formas delictivas ya que las mafias de contrabando pueden estar vinculadas al narcotrfico, financiacin de otras actividades ilcitas.

PERO POR SE DEBE REPRIMIR EL INGRESO Y SALIDA ILEGAL DE MERCANCAS?

Primeramente porque que se debe cautelar el intersfiscaly la proscripcin del no pago de tributos evita queel Estadotenga losingresosnecesarios para viabilizar infraestructura yatencinaprogramassociales. En segundo lugar, para reprimir la competencia desleal, es decir, el comerciante que evade el pago de impuestos no solo perjudica al Estado sino que obtiene ventajas indebidas para competir con los comerciantes e industriales que si cumplen con la ley, haciendo que estas ltimas quiebren y con ellas sus trabajadores, que son a su vez los consumidores de los dems sectores industriales. Por ltimo debemos referirnos al trafico ilcito de mercancas, por el cual se hace necesario impedir el ingreso o salida deproductoscomo:drogas,alimentossincontrolsanitario, medicamentos adulterados o en malas condiciones, ropa usada infectada; as como los que atenten contra lasoberananacional y la defensa de las especies de flora ofaunaprotegidas o en peligro de extincin.

ElSERVICIOADUANERO Y LA POLITICA CRIMINAL EN LOS DELITOS ADUANEROSEn general en niveles gubernamentales "losserviciosaduaneros son esenciales y estn destinados a FACILITAR el comercio exterior, contribuyendo al desarrollo nacional y velando por elintersfiscal".

En la SUNAT por ejemplo es la Intendencia Nacional de Prevencin del Contrabando y Control Fronterizo que nace de una iniciativa aduanera destinada a coordinar y potenciar laspolticasen materia de contrabando y trfico ilcito de mercancas, y que se llevan a cabo desde las distintas aduanas a nivel nacional y las dems entidades pblicas y sociales del pas y del exterior.

La Potestad Aduanera es el primer pilar para el ejercicio correcto de una adecuadaPolticaCriminal en este campo. Veamos una resea comparativa entre lo que sealaba la legislacin aduanera de los 90"s y la vigente en Per:

As, segn el Art. 6. TUO la Potestad Aduanera era restrictiva a la "facultad" de Aduanas para aplicarnormaslegales y reglamentarias que regulan las actividades aduaneras y el paso de personas, mercancas ymediosdetransportepor el territorio aduanero

Actualmente viene a ser el conjunto de facultades y atribuciones que tiene SUNAT para controlar el ingreso, permanencia, traslado, y salida de personas, mercancas y medios de transporte, hacia y desde el territorio aduanero y aplicar las normas reglamentarias.

Adems, la SUNAT podr disponer la ejecucin de acciones de control, antes y durante el despacho de las mercancas, con posterioridad a su levante o antes de su salida del territorio aduanero tales como: Inmovilizacin, descarga, desembalaje, verificacin, reconocimiento, imposicin demarcas, sellos y precintos, establecimiento de rutas, custodia para su traslado oalmacenamientoy cualquier accin necesaria de control.

Tambin podr requerir a los deudores tributarios operadores decomercio exterioro terceros que proporcionen informacin y su comparecencia.*

Elgobiernoa travs de SUNAT va a disponer de medidas yprocedimientospara asegurar el ejercicio de la potestad aduanera, de modo tal que los administradores y concesionarios, o quienes hagan sus veces, de los puertos, aeropuertos y terminales terrestres, tienen la obligacin de proporcionar a laautoridadaduanera las instalaciones idneas para ejercer susfunciones.

En cuanto a laresponsabilidadtenemos que antes haba responsabilidad de los agentes operadores de comercio exterior del sector privado (con delegacin de funciones) que intervienen en procedimientos aduaneros administrativa, tributaria, civil y penalmente pero por el cumplimiento de lasobligacionesderivadasde su participacin directa.

Ahora esto se ampla un tanto ms dado que los operadores de comercio exterior que intervienen en procedimientos aduaneros son responsables administrativa, tributaria, civil y penalmente del cumplimiento de sus obligaciones. Es decir no solamente por actos derivados de su participacin directa sino tambin indirecta.

CUALES SON LAS LINEAS DE ACCION GUBERNAMENTALES EN MATERIA DE ILCITOS ADUANEROS?

Si entendemos como poltica criminal como "la lucha entre distintosgruposdepresin" a lo que podramos agregar "grupos depoder" generndose una suerte de vaivn penal, tomaremos entonces elementos comunes que la mayora de gobiernos asumen en esta materia penal aduanera. Tenemos:

Promover una poltica de prevencin y concientizacin que haga posible una disminucin de laofertay lademandade contrabando y Trfico Ilegal de Mercancas.

Desarrollar las reformas legales necesarias para enfrentar conxitoa los infractores.

Coordinar la actuacin conjunta y eficaz de todos los organismos estatales y privados.

Fomentar la responsabilidad y la participacin de todos los ciudadanos

QU ES LA UNIDAD DE PROPSITO?El Art. 3 de la Ley persigue el denominado "Contrabando Fraccionado" sancionando la Unidad de Propsito para casos de evasin de control SISTEMATICO.

Se produce unaintegracindel tipo penal en base a la presuncin legal subjetiva de que varias porciones de una mercanca de procedencia ilcita corresponden a una solapersonaal ser intervenidos por el servicio aduanero.

La condicin sine qua non es que dicha mercadera sea identificable comodominiode un solo propietario consignatario dueo, con las consecuentes trabas formales en la "cuestin probatoria" o la probanza.

Ahora bien, en cuanto a la Defraudacin de Rentas de Aduanas, tambin se demarcan modalidades, que nos dan una aproximacin a lo que en doctrina se viene denominando Contrabando Tcnico:

LA DEFRAUDACION DE RENTAS DE ADUANAS

Cul es el tratamiento de la Defraudacin de Rentas de Aduanas?

La Defraudacin de Rentas de Aduanas en el Per esta contemplada en el artculo cuatro de la ley y discrimina el bien jurdico tutelado lo que la doctrina penal especifica que ser el control de ingresos y egresos del Estado. al valerse el agente de dolo para engaar ala AdministracinTributario Aduanera.

En cuanto al tipo Penal se tipifica: "al que mediante trmite aduanero, valindose de engao ardid, astucia u otra forma fraudulenta deja de pagar en todo o en parte los tributos u otro gravamen o los derechos antidumping o compensatorios que gravan laimportacino aproveche ilcitamente una franquicia o beneficio tributario, ser reprimido con Pena Privativa de la Libertad no menor de cinco ni mayor de ocho aos y con 365 a 30 Dias Multa.

MODALIDADES DEL DELITO DE DEFRAUDACION DE RENTAS DE ADUANAS

Cules son las modalidades del delito de Defraudacin de Rentas de Aduanas?.Se contemplan las siguientes:

Segn el Art. 5 tenemos:MODALIDAD I. Importar mercancas condocumentosfalsos o adulterados o con informacin falsa* en relacin con elvalor,calidad, cantidad, peso, especie, antigedad, origen u otras caractersticas como marcas, cdigos, series,modelosque originen un tratamiento aduanero o tributario ms favorable al que corresponda a los fines de su importacin.

MODALIDAD II. Simular ante laAdministracinTributario Aduanera total o parcialmente una operacin de comercio exterior con la finalidad de obtener un incentivo o beneficio econmico o de cualquier ndole establecido en la legislacin nacional.

Por ejemplo en el caso del Drawback recordemos que es un mecanismo depromocinde lasexportaciones: "Rgimen Aduanero de Perfeccionamiento que permite, como consecuencia de laexportacinobtener restitucin total o parcial de DA que hayan gravado la importacin de mercancas contenidas en bienes exportados o consumidos en suproduccin".

MODALIDAD III. Sobrevaluar o subvaluar el precio de las mercancas, variar la cantidad de las mercancas a fin de obtener ilcitamenteincentivoso beneficios econmicos, o dejar de pagar en todo o en parte derechos antidumping y compensatorios.

MODALIDAD IV. Alterar marcas, cdigos, series, rotulado, etiquetado, modificar el origen o la subpartida arancelaria para obtener beneficios ilcitos.

MODALIDAD V. Consumir, almacenar, utilizar o disponer de las mercancas en trnsito o reembarque incumpliendo la normativa reguladora de estos regmenes aduaneros.

RECEPTACION

Qu es la receptacin aduanera?Se sanciona (art. 6 de la Ley 28008) al que adquiere o recibe en prenda, almacena, oculta, vende o ayuda a comercializar mercancas cuyo valor sea mayor a 2 UIT. Es importante destacar que esta figura tomada de los Delitos contra el patrimonio tampoco admite la figura de la doble receptacin o receptacin por receptacin, es decir, se constrie la responsabilidad a nivel de autora solamente al primer adquiriente de bienes de procedencia presuntamente ilcita.

Dichas mercancas sern apreciadas por el sujeto que de acuerdo a las circunstancias tenaconocimientode su procedencia ilegal o se comprueba que deba presumir que provena de los delitos contemplados en la LDA.

A veces entra enconflictoel inters delconsumidoren este tema, quien no esta obligado a premunirse dedocumentacinde importacin de bienes adquiridos paraconsumofinal por ejemplo.

FINANCIAMIENTO

Cmo opera la figura criminal delFINANCIAMIENTOde actividades ilcitas relacionadas a los delitos aduaneros?

El tipo sanciona al que financie por cuenta propia o ajena la comisin de los delitos tipificados en la presente Ley..

Es, a no dudar, una figura gravsima tomada de la normativa de represin del Trfico Ilcito de Drogas. La sancin es fuerte y con ello se pretende denostar la accin de grandes mafias dedicadas a estos ilcitos. El resultado aun es meditico debido a la inviabilidad en el campo probatorio, ya referida en los otros ilcitos de estanaturaleza.

TRAFICO DE MERCANCAS PROHIBIDAS O RESTRINGIDAS.

Es en este segmento donde se inicia la aproximacin al tratamiento ms consensual de Contrabando Tcnico que gana campo en la doctrina aduanal contempornea.

Tipificacin:

El que utilizando cualquier medio u artificio o infringiendo normas especficas introduzca o extraiga del pas mercancas por cuanta superior a 2 UIT cuya importacin esta prohibida o restringida, ser reprimido con PPL no menor de 8 ni mayor de 12 aos.

Multa: 730 a 1460 DM.

IMPORTACIONESPROHIBIDAS

Tambin se constituye en Contrabando Tcnico las Importaciones Prohibidas. He aqu unos supuestos:

Por decoro nacional.-

Textos cartogrficos, geogrficos, en cualquier soporte en el cual aparezca mutilado el territorio nacional o diferente a loslmitesdel Per Ley 26219

El ingreso al pas de bebidas fabricadas en el extranjero que tengan la denominacin de Pisco u otra que incluya esa palabra Ley 26426.Para cautelar la salud pblica

Plaguicidas organoclorados, derivados y compuestos D.S. N 037-91-AG.; Residuos y desechos radioactivos Dec. Leg. N 757; Equidos dela RepblicaArgentina Res. Jef. N 077-98-AG-SENASA; Bovinos vivos, productos y subproductos procedentes del Reyno Unido, Irlanda,Francia, Portugal, Suiza, Holanda, Blgica y Luxemburgo ,Res. Jef. N 109-98-AG-SENASA.;

Productos agroqumicos elaborados en base a los ingredientesactivosque contengan: Lindano, Para-thion Etlico y Parathion Metlico. Res. Jef. N 077-98-AG-SENASA; Formulaciones comerciales de Captafol, clorobencilato, hexaclorobenceno, pentaclorofenol, clordano, clordimeform, dibromuro de etileno y compuestos demercurio, as como de los derivados y compuestos que con ellos se pudieran formular. Res. Jef. N 036-99-AG-SENASA.; Rumiantes, ganado porcino y sus productos, procedentes de R.U., Irlanda, Holanda, Argentina yUruguay. Res. Jef. N 108-2001-AG-SENASA.;Rumiantes, ganado porcino y sus productos, procedentes deBrasil. Res. Jef. N 137-2001-AG-SENASA

Por proteccin delmedio ambientey sanitario

Vestido y calzados usados (Ley 26975); Neumticos usados (D.S. N 003-97-SA); Vehculos usados para uso particular, con antigedad mayor a 05 aos, y transporte pblico mayor a 08 aos de antigedad. Asimismo vehculos siniestrados (Dec. Leg. 843); Vehculos para el transporte, de ms de 3,000kgs. de PBV (D.U. 140-2001)*RTC.

Porseguridadinterna

Productos pirotcnicos (rascapis, cohetes, cohetecillos, rata blanca y similar (Ley N 26509).

Por razones polticas

Comercio exterior conIrak(Resoluciones Ns. 661-90 y 986-95 de laONU)

Diamantes de Sierra Leona (Resolucin N 1306-2000 de la ONU)

IMPORTACIONES RESTRINGIDASEquipos para transmisin radioelctrica en general - MTC

Decreto Legislativo 702.;Armas, municiones, accesorios y repuestos de uso particular MININTER DISCAMEC regulados por Ley N 25054 ;Explosivos, insumos y conexos de uso civil MININTER-DISCAMEC

Decreto Ley N 25707.;Productos o insumos qumicos para la elaboracin de PBC MITINCI, Decreto Ley N 25623.; Productos farmacuticos y galnicos Certificado deRegistroSanitario DIGEMID, Ley N 26842.; Cosmticos y similares, sus insumos, instrumental y equipo de uso mdico quirrgico u odontolgico D. S. N 010-97-SA.; Sustancias, estupefacientes ,psicotrpicas, y precursores DIGEMID, Dec. Ley N 22095, Ley 26842.; Mascotas no comerciales R. M. N 0368-98-AG. Plaguicidas agrcolas y afines - SENASA

D.S.N15-95-AG.;Cetceos menores-Ministerio de Pesquera Ley N 26585, D. S. N 002-96-EF.Recursoshidrobiolgicos en general con autorizacin y licencia del Ministerio de Pesquera.

LA TENTATIVA EN LOS DELITOS ADUANEROS.

La nueva ley asume esta figura y dice que ser reprimida la TENTATIVA con la pena mnima legal que corresponda al delito consumado.

Se excepta de punicin los casos en los que el agente se desista voluntariamente de proseguir con los actos de ejecucin del delito o impida que se produzca el resultado. La dogmtica penal hace la salvedad en el caso de que los actos practicados constituyan por si otros delitos.

En el ordenamiento penal peruano la tentativa, a diferencia delcdigopenal de 1924 en el que la atenuacin de la pena para la tentativa tena aplicacin facultativa, a asumido sentido de obligatoriedad para el juzgador (Art. 8.)

En materia penal aduanera se aplica esta corriente imponiendo la pena mnima que correspondera al delito consumado.

CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES

ART. 10Agravantes penalizadas con PPL no menor de 8 ni mayor de 12 aos .Multa: 730 a 1400 DM.

Cules son stas?

a. Cuando se trate de armas de fuego, explosivos, elementos nucleares, abrasivos qumicos omaterialesafines, o aquellos que afecten la salud, la seguridad pblica y el medioambiente.

b. Interviene en el hecho en calidad de autor, instigador o cmplice primario un funcionario oservidorpblico en el ejercicio de sus funciones y abuso de su cargo o cuando las ejerce por delegacin del Estado.

C. El agente interviene como autor, instigador o cmplice primario un servidor del servicio aduanero, de la PNP o de las FFAA y a las que por mandato legal se les confiere la funcin de apoyo y colaboracin en la represin yprevencinde delitos aduaneros.La norma anterior sancionaba adems con INHABILITACION POR CINCO AOS de conformidad con el Art. 36 del Cdigo Penal la carencia es evidente en la nueva normativa que simple y llanamente no regula un mnimo detiempode inhabilitacin para los funcionarios involucrados.

Recordemos que autor es el que realiza por si o por medio de otro el hecho punible. Coautor la persona o personas que lo cometan conjuntamente, pero que interviene en: la decisin comn, aporte esencial, tomar parte en la fase de ejecucin.(= A). Instigador viene a ser e que induce a otro a delinquir.(=A). El cmplice primario, es el que con dolo presta auxilio para la realizacin del delito, sin el cual no se hubiere perpetrado.(= A). El cmplice secundario es el que de cualquier otro modo hubieran prestado dolosamente asistencia se les disminuir la pena.

AGRAVANTES EN LA LEY VIGENTE

La Ley vigente considera agravantes los siguientes sub tipos:

AGRAVANTE I. se utilice elempleode lafuerzafsicapara evitar el descubrimiento. Tambin se sanciona la intimidacin en las personas o fuerza sobre las cosas.

Apreciamos similitud con la norma anterior 26461 Art.7. Inc c "se perpetra facilita o evite su descubrimiento mediante empleo deviolenciao intimidacin.", y es qu donde se hace una primera referencia a instrumentos propios de la represin del Crimen Organizado.

AGRAVANTE II..Cuando se comete el ilcito por 2 o mas personas o el agente integra unaorganizacindestinada a cometer los ilcitos tipificados en la ley penal aduanera.

AGRAVANTE III. Cuando los tributos, gravmenes, derechos antidumping o compensatorios no cancelados o cualquier importe indebidamente obtenido en provecho propio o de terceros...sean superiores a 5 UIT. (16,500 nuevos soles.)

AGRAVANTE IV. Se utilice un medio de transporte acondicionado o MODIFICADO EN SUESTRUCTURA** con la finalidad de transportar mercancas de procedencia ilegal.

AGRAVANTE IV. Se haga figurar como destinatarios oproveedoresa personas naturales o jurdicas inexistentes, o se declare domicilios falsos en los documentos referentes a trmites de regmenes aduaneros.

AGRAVANTE V. Cuando se utilice a menores de edad o inimputables.

AGRAVANTE VI. Cuando el valor de las mercancas sea superior a 20 UIT o 66000 nuevos soles.LA VALORACION DE LAS MERCANCAS OBJETO DE ILICITO ADUANAL.

El reglamento de la Ley en su Art. 6 seala "La determinacin se har en dlares de EEUU de acuerdo a las siguientes reglas aplicadas en forma sucesiva y excluyente:

Mercancas referidas en el literal a del Art. 16 (mercancas extranjeras -Zona Tributario Aduanero especial)

El valor ms alto de mercanca idntica o similar segnBancodeDatosde Aduanas.

Valoresmnimos determinados por ATA.

El precio ms alto deventaal pblico minorista de una mercanca idntica o similar comercializada en el mercado interno. Referente la Jurisdiccin de la Intendencia de aduana que intervino la mercadera o la ms cercana.

Es importante tener en consideracin que el SIVEP o Sistema de Verificacin dePreciosadecua sus referencias de precios a los requerimientos del Acuerdo del Valor de laOMC. As, el SIVEP fue desarrollado a partir del SIVAM o Sistema de Valoracin de Mercancas que es unaBase de Datosde precios internacionales de mercancas.

Pero en los casos de defraudacin de rentas la Administracin tomar en cuenta que se efectuar el avaluo al existir 2 o mas facturas,contratoso comprobantes de pago estimando el valor mas alto o igual en aplicacin de las reglas antes sealadas.

Para Valorar En Casos De Mercancas Nacionales O NacionalizadasEn el caso de mercancas nacionales o nacionalizadas se tendr que considerar lo siguiente:

El valor de exportacin ms alto de mercanca idntica o similar segn la base datos de Aduanas u otrasfuentescon las que cuente.

El valor mas alto de una mercanca idntica o similar nacional o nacionalizada comercializada en el mercado interno, al que debe agregarse los conceptos que tiene el valor FOB normalmente.

Es importante resaltar que se entender por mercanca similar aquella que tenga caractersticas, finalidad,funcino aplicacin ms coincidente, y que puede ser identificada como sustituto o intercambiable de la mercanca objeto de delito o infraccin.

"Si para la Ejecucin de un delito aduanero se utiliza la organizacin de una persona jurdica o negocio unipersonal, con conocimiento de sus titulares, el juez deber aplicar, segn la gravedad de los hechos conjunta o alternativamente las siguientes medidas:

a. Clausura temporal o definitiva de sus locales o establecimientos.

b.Disolucin de la persona jurdica.

c. Cancelacin de licencias, derechos y otras autorizaciones administrativas o municipales de que disfruten.

d. Prohibicin temporal o definitiva a la persona jurdica para realizar actividades de la naturaleza de aquellas en cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto el delito.

En todos los casos se debern tomarn providencias para salvaguardar intereses laborales y de los acreedores.

Como ltima consecuencia accesoria tenemos que si los responsables de los delitos aduaneros fuesen extranjeros, sern condenados, adems con la pena de expulsin definitiva del pas, la misma que se ejecutar despus de cumplida la pena.

CONSECUENCIAS ACCESORIAS.

Otros referentes adoptados en la represin al crimen organizado.Se ha echado mano de una NORMATIVA COMPLEMENTARIA, es el caso que se amplan los alcances de la LEY 27378 (20-12-00) o premial (Colaboracin Eficaz) para comprender a los Delitos Aduaneros.La excepcin est dada EN LOS CASOS DE FINANCIAMIENTO.

Tambin se implementa COMPLEMENTARIAMENTE LA Ley Penal Contra el Lavado de Activos 27765 del 27 de junio del ao 2002. Sanciona al que adquiere, utiliza, guarda, custodia, recibe, oculta o mantiene en su poderdinero, bienes, efectos o ganancias, cuyo origen ilcito conoce o pudo presumir, con la finalidad de evitar su incautacin o comiso. PPL 8 a 15aos.

AGRAVANTES

Bsicamente se configura agravante cuando el agente comete el delito en calidad de INTEGRANTE DE UNA ORGANIZACIN CRIMINAL, hacindose acreedor de pena privativa de libertad NO MENOR A 25 AOS.

ASPECTO CONTROVERSIAL DEL APOYO DE LA FFAA

EL Artculo 46de la ley vigente plantea explcitamente la colaboracin de la F.F.A.A, por ley 28008 en apoyo a la administracin aduanera, a diferencia en la anterior ley.

La prescripcin normativa va mas all e incluye la facultad del almacenamiento de mercancas y vehculos incautados con cargo a dar cuenta. Y es alli donde se puede apreciar el interregno donde penetra la institucin armada, el peligro decorrupcines eminente, y si a ello le agregamos la escasa preparacin criminolgica del militar en estos avatares ergo la intencin puede desbordar el entusiasmo aparente del legislador que involucr al militar y derivar en una abjuracin del derecho en un estado democrtico.

Sin embargo el apoyo en va de "colaboracin de las Fuerzas Armadas" en la lucha contra el delito no ha dado buenos resultados, por ejemplo en materia de Trfico Ilcito de Drogas. Bajo esta gida nada hace pensar que involucrar a la institucin militar una vez ms en la represin de delitos sofisticados como el caso aduanal, no prospere. La milicia est diseada en esencia para prepararse para laguerrainterna y/o externa pero no va con su esencia la represin de delitos comunes. No sirve el prurito de la falta de equipamiento delpersonaladuanero.

ALTERNATIVAS DE SOLUCIN

A continuacin, se desarrollaran soluciones en diferentes aspectos: poltico, territorial y cientfico.En el mbito poltico, la creacin de comisiones, como la Comisin deIndustria,ComercioyServicios, que tengan como fines: Promover la actualizacin del marco legal que fortalezca eldesarrollocompetitivo y sostenido del sector industrial, comercio debienesy servicios del pas,

Fiscalizar y cautelar, el adecuado cumplimiento y aplicacin de la normatividad legal,

Propiciar desarrollo depolticasnacionales y sectoriales con el fin de que se conviertan en los elementos directos de losprocesosdesupervisiny fiscalizaron de lacalidadde bienes y servicios producidos y comercializados.

Adems, estn las aplicaciones deleyescomo laLeyNro.26461, Ley de losdelitosaduaneros para posibilitar su eficiente aplicacin en temas de contrabando y defraudacin de "Rentas de Aduanas", La Ley Nro.26850. Ley de contrataciones y adquisiciones delEstadocomo mecanismo promotor del desarrollo competitivo de la pequea y mediana industria.

En el mbito territorial, la creacin de fronteras vivas, y con ellos la aplicacin de unapolticade fronteras que consista en el conjunto de decisiones yaccionespara garantizar la integridad del territorio nacional, la paz, la vida social, y el desarrollo del bienestar de las poblaciones que habitan en la zona fronteriza, que es deber del Estado promover un adecuado nivel de desarrollo yseguridadde losgruposde pobladores ubicados en zonas fronterizas, principalmente sectores de campesinos marginales y grupos tnicos que viven en situacin depobreza; que es de interese y seguridad nacional , el estacionamiento de fronteras vivas. Adems, otra solucin es elcontroldel litoral el cual regulara las flotas mercantiles que ingresan al mar de Grau y, por ende, losproductosque trae, tambin tendr que aplicarse polticas que fiscalicen los productos que ingresan a los puertos.

En el mbito cientfico, la ayuda de aparatos electrnicos, como el uso de mquinas derayos X,animales, el uso canes policiales, los cuales supervisen los productos que entran y salen de los puertos, aeropuertos. Tambin, gracias a la ayuda dela cienciaeconmica se puede observar losingresosdel pas,estadsticasque registran la cantidad de productos que ingresan y salen del pas. Con esto, se puede analizar qu cantidad de contrabando ha ingresado al pas.

En conclusin, El Estado debe adoptar medidas urgentes que combatan el contrabando, ya que, en un largo plazo, este problema se convertira en unconflictosocial, que traera consecuencias que afectara al pas.

EMPLEO ALTERNATIVO

Es cierto que combatir el contrabando es una tarea titnica. No slo por las bandas muy bien organizadas, que incluso recurren a prcticas violentas y criminales, sino porque esta actividad ilegal cuenta con el respaldo de lapoblacin. En Puno, por ejemplo, la Cmara de Comercio y Produccin de esta ciudad altiplnica asegura que cerca del 70% de los habitantes est vinculado de alguna manera al contrabando.

Ante tal situacin, el gremio provincial plante desde hace ms de un ao que se trabaje unprogramade reduccin de esta lacra sin apelar slo a la represin. Tales propuestas fueron recogidas por el gobierno nacional para relanzar la Comisin Multisectorial de Lucha Contra los Delitos Aduaneros.

Luego de publicar una lrica declaratoria deintersnacional a la lucha contra el contrabando, el Ejecutivo en la figura del ministro de la Produccin, Alfonso Velsquez, quien preside el equipo encargado de esta tarea, indic que uno de los principales componentes de laestrategiaa seguir es lapromocindeempleoalternativo en aquellas zonas con alta incidencia de esta actividad ilcita.

Para ello, a fines de mayo se debe concluir con la formulacin del Plan Nacional de Empleo Alternativo al Contrabando. En esta labor el sector privado se dar la mano con el Estado.

Es necesario precisar que segn el gobierno nacional, se calcula que son 50,000 puestos detrabajodirectos y 50,000 puestos indirectos que se perdieron por consecuencia del contrabando

EL FEMINICIDIO

ANTECEDENTES

Pese a los cuestionamientos que tiene la regulacin del delito de feminicidio, cabe preguntarse cul es la definicin de este, si es igual o diferente del trmino femicidio y sobre todo cul es la definicin que recoge el cdigo penal peruano en su artculo 108-B. En primer lugar hay que sealar que el trmino feminicidio, palabra castellanizada, proviene del neologismo femicide, el cual naci en el mbito acadmico anglosajn. El trmino femicide apareci por primera vez en la literatura en A Satirical View of London (Inglaterra, 1801) para denominar el asesinato de una mujer, como bien lo seala Diana Russell. En 1974 fue utilizado por la escritora americana Carol Orlok, para aos ms tarde, en 1976, ser desarrollado por Diana Russel ante el Tribunal Internacional sobre crmenes contra las mujeres, realizado en Bruselas. El trmino femicide (femicidio) ha sido desarrollado, principalmente, desde aproximaciones sociolgicas y antropolgicas. La primera persona que utiliz la categora femicide directamente relacionada a la violencia de gnero fue Diana Russell expuesta ante el Tribunal Internacional de Crmenes contra mujeres. A partir de ello su contenido y alcance ha variado. En 1990 en la revista Ms, a travs de un artculo intitulado SpeakingtheUnspeakable, que publicaron Diana Russel y Jane Caputi dieron a conocer el trmino femicide, que lo califican como es el asesinato de mujeres realizado por hombres motivado por odio, desprecio, placer o un sentido de propiedad de las mujeres. En 1992 Diana Russell y JillRadford sintetizaron el trmino femicide como el asesinato de mujeres cometido por hombres. La teora del feminicidio, de la que forma parte el feminicidio, emergen del bagaje terico feminista. Sus representantes ms significativas son Diana Russell y JillRadford, adems de las investigaciones que realizaron Jane Caputi, Deborah, Cameron y otras ms que fueron recogidas en el libro Femicide: Thepolitics of woman killing9 en la que se recoge importantes datos y anlisis detallado de casos de feminicidio en diversos pases como la India, Estados Unidos y Canad.

EL PROCESO DE INCORPORACIN DEL TRMINO FEMICIDIO/ FEMINICIDIO EN LATINOAMRICA

El trmino femicide si bien es un neologismo nacido en el mbito anglosajn, su desarrollo se ha dado principalmente en Latinoamrica. Dicho trmino ha sido abordado desde las ramas de la antropologa y sociologa por feministas como Diana Russel, Jane Caputi o Marcela Lagarde para ms tarde irradiar a organismos internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El problema surge cuando la teorizacin funciona en los mbitos antropolgicos o sociolgicos y la materializacin en el derecho no tiene el impacto que se espera en la lucha contra la violencia hacia la mujer. Pese a ello, la controversia gira tambin sobre su acepcin gramatical al momento de castellanizar la palabra femicide, de un lado femicidio y del otro feminicidio. Evidentemente ambos trminos no son iguales, ya que el primero se centra sobre el homicidio de mujeres por razones de gnero, mientras que el segundo es mucho ms complejo. Se teoriza sobre, segn Marcela Lagarde al conjunto de violaciones a los derechos humanos de las mujeres que contienen los crmenes y las desapariciones forzadas de mujeres y que estos fuesen identificados como crmenes de lesa humanidad

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

El feminicidio o asesinato de mujeres por sus parejas o ex parejas sentimentales, no es un fenmeno reciente. Sin embargo hoy en da aparecen frecuentesnoticiasen los diferentesmedios de comunicaciny han tomado laatencinde diversas instituciones de defensa de los derechos de las mujeres en nuestro pas. En el Per, los estudios sobre elconceptode feminicidio fueron iniciados por lasorganizacionesfeministas. Actualmente en el pas se cuenta conestadsticasoficiales, que evidencian la magnitud del problema. Segn el Ministerio Pblico, entre el 2009 y 2010, se registraron 283

Feminicidios; y entre enero y julio del 2011, se perpetraron 48. Cerca del 70% de estos crmenes corresponden a feminicidio ntimo.

Descripcin del problema

No se trata de unamuerteaislada si no que son decenas de mujeres que mueren cada ao en manos de sus parejas o ex parejas sentimentales.

Celos, infidelidad, abandono o negativa para (re) iniciar la relacin amorosa por parte de la mujer como causas principales. El lugar y la forma como fueron asesinadas, sus edades, sus vnculos con el feminicida y los hechos acontecidos.

Formulacin del problema

Existensealesde alerta para detectar la violencia en la pareja?

El crimen pasional es la causa principal en eldelitode Feminicidio? Vemos como el maltrato se convierte en un espiral y puede desencadenar en una muerte, sin embargo existen seales que si se mantiene en eltiemponos indican que estamos ante unhombreviolento:

Controla lo que hace su pareja, exige explicaciones por todo y pretende conocer hasta el ltimo rincn de supensamiento, pues no quiere que tenga "secretos" para l.

Quiere saber a dnde va, con quien estuvo y a quien encontr en el camino, el horario, tiempo, cada lugar, lo cual comprobar con sucesivas llamadas telefnicas o a travs delmtodoque estime oportuno.

De manera permanente vigila, el aspecto externo de ella, pretende que cambie su manera de vestir, de peinarse, de maquillarse, de hablar o de comportarse.

Formula prohibiciones o amenazas respecto de los estudios,el trabajo, las costumbres, las actividades o las relaciones de su pareja.

Carece absolutamente de empata.

Fiscaliza a los parientes, los amigos, los vecinos, los compaeros de estudio otrabajo, sospechando, desconfiando o criticndolos despus de querer conocerlos a todos para saber cmo son ellos.

Monta escndalos en pblico o en privado por lo que ella u otros dicen o hacen.

Es un experto mentiroso y muy astuto, tanto que llega a creerse sus propias mentiras. Los hay muy hbiles con las palabras, consiguiendo crear una gran confusin a quienes tiene delante, sobre todo a su pareja.

Objetivos de la investigacin

Contar con conjunto de lineamientos de perspectiva degneroen el que se establezcan las bases mnimas para elprocedimientodeinvestigacineintegracindel delito de Feminicidio, que deber desarrollarse con la debida diligencia por parte de lapersonatitular del Ministerio Pblico, la Polica de Investigacin y laCoordinacinGeneral deServiciosPericiales. Lo que permitir que el Gobierno cumpla con su obligacin de proteger los derechos humanos de las mujeres

Justificacin del estudio

Muertes de mujeres en edad productiva, traumas en las familias, cientos deniosy nias hurfanos quedando afectados de por vida en susemociones, afectividad y en su forma de pensar. Legitimizacin de unaprendizajesocial del que ama, controla, maltrata y produce muerte en nombre delamor. Violencia aprendida,depresinstresspost traumtico, pobre expectativa de vida en pareja y en familia comoproyectosocial.

Limitaciones de la investigacin

Existenrecursos, muchos, pero mal priorizados y falta de sensibilidad humana einteligenciaespiritual para responder a esta catstrofe nacional.

Pocos recursos parapublicidadpsicoeducacinen escuelas, clubes, juntas de vecinos ygruposde altoriesgopara saber qu hacer y como detectar el perfil de una pareja violenta.

Pobre psico-educacin y fiscalizacin al sistema judicial y policial para que no piensen que la violencia de gnero es un problema de marido y mujer.

El Feminicidio

Caracterizado por ser un crimen de gnero, es realizado por agresores cuya intencin es dominar, ejercer control y negar la autoafirmacin de las mujeres como sujetos de derechos a travs del uso de la violenciaOrigen del trmino

Segn laONGFlora Tristn: "El trmino "feminicidio" viene de "femicide" cuyatraduccin"feminicidio" que es un homlogo ahomicidiode mujeres".Se ha preferido en la voz castellana dominar a esta nueva categora de estudio feminicidio, dentro de la cual se pueden abarcar las especificaciones de estaclasede crmenes contra mujeresCAUSAS DEL FEMINICIDIOSon tres las causas del feminicidio:1.Debilidad del vnculo en la pareja

2.Patologas y sistema de creencias.

3.Debilidad del vnculo y rupturaDebilidad del vnculo en la pareja:El feminicidio de pareja est estrechamente unido a la pareja de hecho, de forma que en stas se producen nueve veces ms casos que en los matrimonios. A menor estabilidad, mayor riesgo de homicidio, y las parejas de hecho son mucho ms proclives a la separacin que los matrimonios, y en stos, los civiles ms que los catlicos, aade el estudio. En Mxico el cuarenta por ciento de los asesinatos de mujeres suceden en su propio hogar. En cualquier caso, la ruptura constituye una explicacin central y necesaria de los feminicidios, aunque no es la nica, sigue. Tambin la desestructuracin familiar vinculada a la inmigracin, que completa el proceso formando una pareja de hecho en Espaa, explica la prevalencia de la inmigracin. Adems, existen interrelaciones entre ellas; esto es, actan con significacin una a una, pero multiplican sus efectos al interactuar entre s. En este sentido, el peor perfil sera la mujer inmigrante, que procede de un hogar y que se instala en Espaa sin su pareja, formando otra de hecho aqu. El factor de riesgo de este tipo de inmigrante descendera notablemente al contraer matrimonio o vivir en Espaa con su pareja original. Un matrimonio es una relacin que implica compromiso, dedicacin y mucho amor. Es importante tener siempre presente que mientras la pareja elija darle la prioridad apropiada a esta relacin, los problemas as como los tiempos difciles sern ms fciles de conquistar. Los problemas del matrimonio surgen dentro de la relacin y es all donde se tienen que resolver. Nada ni nadie sabe mejor que la pareja que as como la intimidad es privada, la santidad del matrimonio tambin lo es. Somos parte de un todo mayor llamado familia y compuesto por los esposos y los hijos. Los problemas no se resuelven de un da para el otro y las dificultades de la pareja deben ser afrontadas y resueltas dentro de la relacin. La relacin que no se nutre diariamente, muere. Lamentablemente, la familia se deshace en gran parte por haberse roto la unidad del hogar buscando afuera lo que slo se encuentra adentro.

Patologas personales y sistema de creencias:El segundo componente estructural es constante pero poco numeroso: patologas personales. La unidad es un valor fundamental en la familia y la sociedad, no es un asunto menor. Se aprecia la unidad con nuestra familia de origen y la disfrutamos, pero actualmente dicha unidad se ha ido perdiendo... entonces, qu pasa con la familia que nosotros formamos? sta es la familia de origen de nuestros hijos; no se merecen ellos vivir tambin la unidad entre sus padres? No se merecen ellos esa misma unidad que nosotros tanto valoramos?

Debilidad del vnculo y ruptura:El tercer componente radicara en el sistema de creencias, en el sentido de que los catlicos practicantes constituiran un factor de proteccin en relacin a la violencia debido a su mayor estabilidad matrimonial y el sistema de valores inscrito en ellos, destaca el informe. Al mismo tiempo agrega que posiblemente en el extremo opuesto se encontrara el indiferentismo, ocupando las creencias agnsticas y ateas una posicin intermedia entre aqul grupo y los catlicos.

EN QU SE DIFERENCIA EL HOMICIDIO CON EL ASESINATO?

Asesinato:Es el acto de matar a alguien con premeditacin o alevosa. Es un delito contra la vida humana, de carcter muy especfico, que consiste en matar a una persona concurriendo ciertas circunstancias, tales como: alevosa, precio, recompensa o promesa remuneratoria y ensaamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido.

Homicidio:es el resultado de una accin u omisin mediante el cual se priva de la vida a otra persona ya sea dolosa o culposamente consiste en atentar contra el bien jurdico de la vida de una persona fsica.

En ambos casos se mata a una persona la diferencia est en el hecho de que el asesinato es premeditado. Es decir, t piensas en matar a alguien, lo planeas y lo haces, hay intencionalidad, pero adems meditada, pensada y preparada.

En el homicidio podemos hablar de homicidio voluntario o involuntario.Homicidio voluntario:se mata a una persona queriendo, con intencionalidad, la diferencia es que aqu no hay premeditacin. Piensa en una pelea, discusin, etc. Se calientan los nervios; a alguien se le va la mano y acabas matando a alguien por unos momentos de tensin.El homicidio involuntario:tambin matas a alguien pero no hay intencionalidad, aunque no es un accidente. Ms bien imprudencia, temeridad o algo parecido.

CMO EVITAR LA VIOLENCIA DE GNERO?

La violencia de gnero es la que se apoya en alguna forma de abuso de poder y persigue someter y controlar a las vctimas, con repercusiones que se miden en daos fsicos, psicolgicos, sexuales o patrimoniales.

La forma ms extrema de este tipo de violencia es el feminicidio, concepto propuesto y defendido por varios sectores de la vida nacional, que al sugerir que se incorpore a las diferentes estructuras judiciales persiguen que se visibilice este problema de serias repercusiones sociales.

Ya incorporado como parte del discurso cotidiano, los feminicidios representan una de las principales preocupaciones para la ciudadana, sobre todo por la consistencia que han mantenido en los ltimos aos.

La violencia de gnero es un problema de naturaleza multicausal, razn por la cual el razonamiento tradicional lineal en base a una orientacin causa y efecto se queda corto para su explicacin. Partiendo de esa premisa, este estudio justifica sus resultados en parte por dar respuesta a una necesidad terica de pensar en trminos sistmicos, al tiempo que esta forma de comprensin de la realidad contribuye a presentar la relacin de una serie de factores que explican el fenmeno de una manera integral.TIPOLOGA DEL FEMINICIDIO:

La tipologa del feminicidio es una estructura de categorizaciones que permiten hacer una identificacin de las diversas expresiones del feminicidio derivado de las razones o motivos, la edad de la vctima, su condicin laboral cuando desempeaba un oficio estigmatizado y la relacin entre la vctima y el victimario.Feminicidio familiar:Asesinato de uno o varios miembros de la familia cometido por un hombre. Est basado en relaciones de parentesco entre la o las vctimas y el victimario donde Interviene El Estatus Masculinizado De Poder Sobre Los Miembros Subalternos De La Familia.

Feminicidio ntimo:Asesinatos de mujeres cometidos por hombres con quien la vctima tena o tuvo una relacin ntima, familiar, de convivencia o afines a estas

Feminicidio infantil:Es el asesinato de nias, por hombres o mujeres, en el contexto de una relacin de responsabilidad, confianza o poder que les otorga su situacin adulta sobre la minora de edad de la nia.

Feminicidio por ocupaciones estigmatizadas:Las mujeres son asesinadas por ser mujeres. Sin embargo, hay otras mujeres que lo son por la ocupacin o el trabajo desautorizado que desempean. Bajo este criterio se encuentran aquellas que trabajan en bares y en centros nocturnos. Ellas son las bailarinas, las meseras y las prostitutas.

Feminicidio sexual sistmico:El feminicidio sexual es el asesinato de mujeres que son secuestradas, torturadas y violadas. Sus cadveres, semidesnudos o desnudos son arrojados en las zonas desrticas, los lotes baldos, en los tubos de desage, en los tiraderos de basura y en las vas del tren.

Los asesinos por medio de estos actos crueles fortalecen las relaciones sociales inequitativas de gnero que distinguen los sexos: otredad, diferencia y desigualdad.

Al mismo tiempo, el Estado, secundado por los grupos hegemnicos, refuerza el dominio patriarcal y sujeto a familiares de vctimas y a todas las mujeres a una inseguridad permanente e intensa, a travs de un perodo continuo e ilimitado de impunidad y complicidades al no sancionar a los culpables y otorgar justicia a las vctimas.

Se divide en las subcategoras de:

Organizado:es llevado a cabo por una red organizada de feminicidas sexuales que pueden actuar por un tiempo indeterminado

Desorganizado:Son cometidos por personas que asesinan por una sola ocasin y por un tiempo determinado y pueden ser personas cercanas a las vctimas que las secuestran, torturan y finalmente asesinan.

Feminicidio sexual sistmico organizado:El asesinato de las mujeres est acompaado por el secuestro, tortura, violacin y disposicin del cadver. Los asesinos pueden actuar como una red organizada de feminicidas sexuales con un mtodo consciente y sistemtico a travs de un largo e indeterminado perodo, dirigido a la identidad de sexo y de gnero de las nias/mujeres.

Feminicidio sexual sistmico desorganizado:El asesinato de las mujeres est acompaado -aunque no siempre- por el secuestro, tortura, violacin y disposicin del cadver. Los asesinos, presumiblemente, matan por una sola vez, en un perodo determinado; y pueden ser hombres desconocidos, cercanos o parientes de las vctimas que las asesinan y las depositan en parajes solitarios, en hoteles, o en el interior de sus domicilios.

Tipos de violacin contra la mujer.

Los tipos de violencia identificados son causados por los siguientes factores:

a)Violenciafsica.-Desde bofetadas, puetazos, estrangulacin y patadas hasta golpes con bastones, porras o ltigos, uso del fuego o decidospara causar dolor y daos de larga duracin e incluso el homicidio.

b)Violencia sexual.-Puede focalizarse inicialmente por las violaciones.

Las definiciones de estaconductavaran de una jurisdiccin a otra, sin embargo, durante el ltimo decenio se ha producido un importante desarrollo en el derecho internacional en lo relativo a la definicin y comprensin de la violacin

c)Violencia psicolgica o emocional.-Segn la ONG Flora Tristn: "Consiste en las amenazas, los comentarios degradantes,el lenguajesexista y elcomportamientohumillante". Toda violencia fsica o sexual repercute tambin sobreel estadomental de la vctima

Versin cientfica respecto a feminicidio

Segn la ONG Flora Tristn: "Es una categora analtica de lateorapoltica y consiste en enfrentar el problema como parte de violencia de gnero contra mujeres". Este sera el primer supuesto epistemolgico, terico y poltico, ubicarlo all es abordar las causas del feminicidio

Todava hoy hay un conjunto de explicaciones del fenmeno que rayan en laliteraturamas no en la explicacin cientfica

Factores que influyen en laprobabilidadde cometer feminicidio.

a) Nivel individual.-Aqu se consideran los antecedentes personales que influyen en el comportamiento delindividuoy en sus relaciones tales como el maltrato sufrido en la niez, los episodios violentos,el aprendizajede laresolucin de conflictospormediosviolentos, la bajaautoestima.

b) El nivel relacional.-Se refiere al contexto de las relaciones familiares u otras de trato ntimo, como la pareja y otras amistades, en el que el abuso tiene lugar. Se consideran relaciones familiares autoritarias que expresan el control masculino de losbienesy latoma de decisionesdentro dela familiay losconflictosconyugales con violencia.

c) El nivel comunitario.-Se refiere a la influencia devalores, usos, costumbres y dinmicas deorganizacincomunitaria que establecen y refuerzan patrones socio culturales que toleran y legitiman la violencia. En este nivel se encuentran la instituciones yestructurassociales en las que se desarrollan las relaciones sociales y las caractersticas que incrementan el riesgo de actos violentos.

d) El nivel de la sociedad.-Se refiere a factores relativos al medio econmico y social, a las formas de organizacin de la sociedad, a lasnormasculturales y a las creencias que contribuyen a crear unclimaen el que se propicia o inhibe la violencia.Los hurfanos del feminicidio

Un total de 80 nios, niasadolescentesy jvenes han quedado hurfanos de madre y en algunos casos tambin de padre, debido a que los presuntos victimarios se suicidaron

Feminicidio En El Per

El Feminicidio, caracterizado por ser un crimen que afecta a las mujeres por su condicin de gnero, es realizado por agresores cuya intencin es dominar, controlar y negar la autoafirmacin de las mujeres como personas sujetas de derechos, a travs del uso de la violencia.

En el Per, los estudios sobre el tema fueron iniciados por las organizaciones feministas, las conclusiones y datos de los mismos fueron presentados de forma peridica a las autoridades contribuyendo con ello a poner el tema en la agenda pblica y poltica. Es en el ao 2009, cuando se empiezan a adoptar las primeras polticas pblicas para evidenciar y prevenir el feminicidio en el Per.

Actualmente, en el pas se cuenta con estadsticas oficiales que evidencian la magnitud del problema. Segn el Ministerio Pblico, entre el 2009 y 2010, se registraron 283 feminicidios; y entre enero y julio del 2011, se perpetraron. Cerca del 70% de estos crmenes corresponden a feminicidio ntimo. As mismo, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), informa de forma peridica sobre los casos que se presentan y los resultados pueden observarse en el siguiente cuadro:

Feminicidio se constituye como un crimen de caractersticas especficas. No tiene actores ni coyunturas determinadas estrictamente; es decir, que no existe un perfil nico de vctima. Todas las mujeres, sin importar edad ni nivel socioeconmico, estn expuestas a esta violencia; la cual se inscribe en un contexto cultural de discriminacin y violencia contra la mujer. Sin embargo, los datos sealan un mayor riesgo en mujeres en edad reproductiva.

El 58% de vctimas se encontraba entre los 17 y 34 aos de edad. En tanto que el 17% tiene entre 35 y 52 aos, mientras que un 10% est entre los 53 y 70 aos de edad.

En el ltimo informe del Observatorio de Igualdad y Gnero de Amrica Latina y el Caribe (OIG), perteneciente a la Cepal, constata que la violencia contra las mujeres contina golpeando a la regin de manera dramtica.

De esta forma, durante 2011 se registraron 466 muertes de mujeres ocasionadas por sus parejas o exparejas en 12 pases de la regin, donde Per ocupa el tercer lugar con ms casos de femicidio (61), slo superado por Repblica Dominicana, con 127, y Colombia, con 105. Chile ocupa el cuarto lugar, con 40 muertes de mujeres.

Con respecto al criterio de seleccin de los pases analizados, se sostiene en que stos cuenten con algn tipo de tipificacin del feminicidio como delito.

LEGISLACION PERUANADespus de la ltima modificacin de la ley 29819, se promulg la ley 30068 con fecha 18 de julio de 2013 en la que se prescribe lo siguiente: Artculo 108-B.- Feminicidio Ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince aos el que mata a una mujer por su condicin de tal, en cualquiera de los siguientes contextos: 1. Violencia familiar; 2. Coaccin, hostigamiento o acoso sexual; 3. Abuso de poder, confianza o de cualquier otra posicin o relacin que le confiera autoridad al agente; 4. Cualquier forma de discriminacin contra la mujer, independientemente de que exista o haya existido una relacin conyugal o de convivencia con el agente.La pena privativa de libertad ser no menor de veinticinco aos, cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias agravantes: 1. Si la vctima era menor de edad;2. Si la vctima se encontraba en estado de gestacin; 3. Si la vctima se encontraba bajo cuidado o responsabilidad del agente; 4. Si la vctima fue sometida previamente a violacin sexual o actos de mutilacin; 5. Si al momento de cometerse el delito, la vctima padeciera cualquier tipo de discapacidad; 6. Si la vctima fue sometida para fines de trata de personas; 7. Cuando hubiera concurrido cualquiera de las circunstancias agravantes establecidas en el artculo 108. La pena ser de cadena perpetua cuando concurran dos o ms circunstancias. Como se aprecia en la citada norma, la mayora de sus incisos hace alusin a un feminicidio de tipo ntimo, no se habla por ejemplo de la responsabilidad del estado, por la falta de diligencia en la investigacin o por la omisin, la negligencia y la colusin parcial o total de autoridades encargadas de prevenir y erradicar estos hechos de violencia contra la mujer. La crtica que se puede hacer a la citada norma es que al sealar el que mata a una mujer por su condicin de tal, surge la interrogante qu quiere decir el legislador con ello? se refiere al aspecto biolgico o al aspecto de gnero? Por ello cuando se est ante el delito el operador jurdico no puede determinar con exactitud si es feminicidio, homicidio, homicidio calificado o parricidio, la lnea es muy delgada. Por tanto, el artculo 108-B regulado en el cdigo penal peruano, no se acoge en estricto al femicidio o feminicidio, esbozado por las tericas Diana Russell o Marcela Lagarde o lo sealado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. ONU: VIOLENCIA CONTRA LA MUJER ES UNA EPIDEMIA EN LATINOAMRICA

A nivel de las Naciones Unidas (NN.UU.) se estn poniendo en marcha una serie de iniciativas para luchar contra los casos de violencia contra la mujer y feminicidio, que segn advierte el organismo internacional configura una suerte de "epidemia" en Latinoamrica y El Caribe.

El doctor Fernando Leanes, representante de la Organizacin Panamericana de la Salud (OPS) en el Per; Coment que en el Per y los pases del rea andina este tema tiene ms arraigo. "Muchas veces la violencia termina en asesinato. Hay uno, dos a tres casos a la semana. En Per siete mujeres son asesinadas por mes".

En ese contexto, Leanes Per se ha lanzado la campaa destac "El valiente no es violento" que busca cambiar el arquetipo de lo que es considerado valenta y masculinidad.

Subray que el elemento novedoso de esta campaa es que se trata del resultado del trabajo con adolescentes y hombres jvenes, con quienes se realiz talleres y focusgroups para obtener los mensajes que trabajarn durante la misma.

"EL VALIENTE NO ES VIOLENTO"

Este es un programa para toda Amrica Latina y el Caribe, es un llamado a todas y todos los jvenes a ser valientes, realizando actos extraordinarios y, al mismo tiempo, sencillos y cotidianos, como romper los estereotipos que provoca la violencia. Y por otro, se busca que, especialmente los hombres jvenes, piensen en el significado de ser valiente, de ser hombre, y den un nuevo sentido a su propia masculinidad generando acciones positivas contra la violencia que se ejerce contra las mujeres y las nias, ofrecindoles un espacio para que sean ellos quienes llenen de contenidos nuevos la idea de ser Valiente.

El Secretario General de las Naciones Unidas, Ban Ki-moon, lanz la campaa mundial NETE para poner fin a la violencia contra las mujeres en 2008. A travs de la Campaa NETE, el Secretario General de las Naciones Unidas pone de manifiesto la necesidad de dirigir esfuerzos en la prevencin de la violencia contra las mujeres, yendo ms all de la sensibilizacin de la poblacin masculina, promoviendo un cambio de actitudes hacia sociedades igualitarias y no violentas e incorporando a los hombres como parte de la solucin, no slo del problema. En su lanzamiento sealaba que la violencia contra la mujer nunca es aceptable, nunca es perdonable, nunca es tolerable. Subray que el elemento novedoso de esta campaa es que se trata del resultado del trabajo con adolescentes y hombres jvenes, con quienes se realiz talleres y focusgroups para obtener los mensajes que trabajarn durante la misma. Se trata de un trabajo articulado con jvenes hombres para romper el paradigma de la violencia contra la mujer desde el inicio de sus vidas. "Hay que convencernos desde chicos de que no es un atributo mostrar mi fortaleza en contraste con una persona ms dbil", seal el representante de la OPS.

CONCLUSIONES

En conclusin, el contrabando perjudica seriamente nuestro pas, pero es incentivado por los propios ciudadanos, ya que ellos tambin obtienen beneficios de forma ilegal, beneficios los cuales necesitan por falta de economa; adems se sabe que en un pas subdesarrollado como el nuestro, es algo comn observar este tipo de cosas, ya que no se encuentra muy bien organizada las normas legales. Si desde hoy no se toma concienciaacerca de este problema, pasara eltiempo, y esto se har imposible de controlar.

En el caso del Feminicidio muestra el real contexto de violencia y discriminacin hacia la mujer; convirtindose en uno de los principalesproblemas socialesque tenemos que enfrentar, pues es evidente que las construcciones sociales de nuestra sociedad toleran la violencia basada en la discriminacin de gnero. No olvidemos a los deudos del feminicidio quienes son los ms afectados, entre hijos, padres y familiares, requiriendo de una atencin psicolgica prioritaria

Estado e Instituciones negligentes ante este crimen de gnero. No actan con la debida diligencia, es decir que se debe exigir a las autoridades la investigacin exhaustiva de los hechos y la aplicacin de justicia a los responsables; como parte de sus compromisos internacionales con la defensa de los derechos humanos de todas las personas.RECOMENDACIN

Promover la actualizacin del marco legal que fortalezca el desarrollo competitivo y sostenido del sector industrial, comercio de bienes y servicios del pas, fiscalizar y cautelar, el adecuado cumplimiento y aplicacin de la normatividad legal, propiciar desarrollo de polticas nacionales y sectoriales con el fin de que se conviertan en los elementos directos de los procesos de supervisin y fiscalizaron de la calidad de bienes y servicios producidos y comercializados.

En el caso del feminicidio Es fundamental sealar que las organizaciones del Estado y de lasociedad civildeben promoverestrategiaspara prevenir y enfrentar casos de feminicidio en el pas, pues sondelitosde lesa humanidad cotidianamente vividos por las mujeres y no existe unamparoeficiente para ellas.Se debe exigir a las autoridadesla investigacinexhaustiva de los hechos y la aplicacin de justicia a los responsables.

Los operadores de servicios de VFS deben tener en cuenta que cuando hayviolencia familiar, denunciar, demandar, separarse o huir del hogar constituyeneventosdesafiantes del poder de la persona agresora, que pueden generar represalia o venganza.La realizacin de estasacciones, debe ir acompaada de unplandeseguridad, el traslado a una casa de refugio y de ser posible el resguardo policial, para proteger a la vctima y salvar su vida.Las medidas de proteccin deben tener en cuenta el perfil de la vctima de feminicidio y de la persona agresora para predecir las acciones violentas.

RESUMEN EJECUTIVO

El problema delcontrabandose viene tocando desde hace muchotiempoatrs, y que, si no es tomado en cuenta, a largo plazo traer gravesproblemas. Este problema se vuelve muy tedioso, ya que es la mismacomunidadla que contribuye con ella, debido a que los costes deimportacinson muy altos y, por ello, buscan un acceso ms rpido y menos costoso. Sin embargo, el pas sale seriamente daado en este aspecto, ya que losingresosque se realizan legalmente son administrados porel Estado, y, al no poseer estos ingresos, elEstadotendra una fuente menor del cual se pueda respaldar. En el caso del feminicidio se ha visto que de los puetazos y patadas se ha pasado a los acuchillamientos, a los martillazos. Laviolenciacontrala mujerse ha tornado cada vez ms brutal. La situacin es preocupante y las medidas adoptadas nunca son suficientes.Muchas mujeres mueren en manos de sus parejas. Otras milagrosamente logran sobrevivir aunque lasmarcasquedarn por siempre en sus cuerpos y el dolor en elalma.

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