contenido - tránsito acacías · de medicina legal y ciencias forenses, aclarada mediante...

21
^JTTA INSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACIAS PROCEDIMIENTO DE EDUCACIÓN, PREVENCIÓN Y CONTROL A LA CONTRAVENCIÓN DE LAS NORMAS DE TRANSITO PR-MOV-04-V1 Vigencia: 24/09/2015 CONTENIDO 1. Objetivo 2 2. Alcance 2 3. Responsables 2 4. Definiciones 2 5. Generalidades y marco normativo 3 6. Procedimiento control de tránsito e imposición de comparendos 3 7. Procedimiento educación 7 8. Registros 7 9. Control de revisión y cambios 8 Claudia Cristancho M. Auxiliar Administrativo Página 1 de 8

Upload: others

Post on 19-Mar-2020

0 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: CONTENIDO - Tránsito Acacías · de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002. CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar

^JTTA INSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACIAS

PROCEDIMIENTO DE EDUCACIÓN, PREVENCIÓN YCONTROL A LA CONTRAVENCIÓN DE LAS NORMAS DE

TRANSITO

PR-MOV-04-V1

Vigencia:24/09/2015

CONTENIDO

1. Objetivo 2

2. Alcance 2

3. Responsables 2

4. Definiciones 2

5. Generalidades y marco normativo 3

6. Procedimiento control de tránsito e imposición

de comparendos 3

7. Procedimiento educación 7

8. Registros 7

9. Control de revisión y cambios 8

Claudia Cristancho M.Auxiliar Administrativo

Página 1 de 8

Page 2: CONTENIDO - Tránsito Acacías · de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002. CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar

^jjTTAINSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACIAS

PROCEDIMIENTO DE EDUCACIÓN, PREVENCIÓN YCONTROL A LA CONTRAVENCIÓN DE LAS NORMAS DE

TRANSITO

PR-MOV-04-V1

Vigencia:24/09/2015

1. Objetivo

El presente procedimiento contiene las actividades necesarias para regular y hacercumplir las normas de tránsito, hacer comparecer a los infractores, educar a losciudadanos acerca de su importancia aparte de crear una cultura de respeto ycumplimiento de las mismas.

2. Alcance

Este procedimiento comprende las actividades relacionadas con la detención de unvehículo por cualquier circunstancia contemplada en el CÓDIGO NACIONAL DETRÁNSITO, incluyendo la inmovilización del vehículo e imposición de comparendo

Igualmente, comprende las actividades orientadas a la educación en cuanto a prevencióny educación en cumplimiento de la normatividad relacionada con el tránsito y transporte.

3. Responsables

El Director del Instituto, como autoridad de tránsito, es el responsable de la planeación yasignación de recursos para el cabal cumplimiento de la normatividad aplicable, a travésdel equipo de la Oficina de Control de Tránsito y Transporte.

El Inspector de Tránsito, como líder de la Oficina de Control de Tránsito y Transporte es elresponsable general del cumplimiento de lo dispuesto en e! presente procedimiento.

El Coordinador de Agentes de tránsito o quien haga sus veces, es el responsable deimplementar las acciones para el cumplimiento de lo dispuesto en este procedimiento.

Los agentes de tránsito tienen la responsabilidad de dar cumplimiento y aplicación a lodispuesto en la normatividad vigente y lo dispuesto en este procedimiento.

4. Definiciones

Orden de Comparendo. Orden formal de notificación para que el presunto contraventor oimplicado se presente ante la autoridad de tránsito por la comisión de una infracción

Infracción: Transgresión o violación de una norma de tránsito. Habrá dos tipos deinfracción: simple o compleja. Será simple cuando se trate de violación a la mera norma.Será compleja si se produce un daño material.

Contravención. Acto mediante el cual un conductor o un ciudadano infringen una o variasnormas de tránsito.

Página 2 de 8

Page 3: CONTENIDO - Tránsito Acacías · de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002. CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar

WTTA*i "

INSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACÍAS

PROCEDIMIENTO DE EDUCACIÓN, PREVENCIÓN YCONTROL A LA CONTRAVENCIÓN DE LAS NORMAS DE

TRANSITO

PR-MOV-04-V1

Vigencia:24/09/2015

Inmovilización. Suspensión temporal de la circulación de un vehículo.

Inmovilización provisional. Actuación mediante la cual un agente retiene un vehículomientras se subsana una situación específica, según lo dispuesto en el Manual deInfracciones.

Alcohosensor o etilómetro. Dispositivo de medición que permite la detección de niveles dealcohol en sangre (alcoholemia) a través del aire exhalado por el individuo.

ALCOHOLEMIA: Es la concentración de alcohol etílico contenido en la sangre; para darrespuesta a los requerimientos de la legislación colombiana sobre determinación deembriaguez se debe expresar en mg de etanol / 100 mi de sangre total, de conformidadcon el literal A del artículo primero de la Resolución 0414 de 2002 del Instituto Nacionalde Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002.

CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar lapermanencia de las condiciones de integridad, identidad, preservación, seguridad,continuidad y registro de los elementos físicos de prueba, así como la documentación delos cambios hechos en ellos por cada custodio, desde que estos son encontrados yrecolectados, hasta la finalización de la cadena por orden de la autoridad competente

EMBRIAGUEZ; "Estado de alteración transitoria de las condiciones físicas y mentales,causada por intoxicación aguda que no permite una adecuada realización de actividadesde riesgo"

5. Generalidades y marco normativo

El marco general de este procedimiento es el CÓDIGO NACIONAL DE TRANSITO (Ley769 de 2002, modificada por la ley 1383 de 2010), y sus decretos reglamentarios.

Resolución 3027 de 2010 Manual de Infracciones de Tránsito

En relación con la circulación y movilización de vehículos en la jurisdicción del municipiode Acacias, se acoge a las disposiciones que sobre la materia dicten las autoridadeslocales competentes.

6. Procedimiento para control de tránsito e imposición de comparendos

ACTIVIDADInicia con la planeación de actividades para hacerrespetar las normas de tránsito, sancionar a losinfractores, educar a los ciudadanos acerca de suimportancia aparte de crear una cultura de respeto ycumplimiento de las mismas.

RESPONSABLELíder del proceso demovilidad

Página 3 de 8

Page 4: CONTENIDO - Tránsito Acacías · de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002. CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar

ITTA INSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACÍAS

PROCEDIMIENTO DE EDUCACIÓN, PREVENCIÓN YCONTROL A LA CONTRAVENCIÓN DE LAS NORMAS DE

TRANSITO

PR-MOV-04-V1

Vigencia:24/09/2015

Cuando se trata de actividades de control y seguridadvial, el agente responsable debe detener el vehículo queconsidere, indicarle el lugar de estacionamiento,teniendo en cuenta de afectar lo menos posible el flujovehicular.En caso de que el vehículo en cuestión no acate lainstrucción, el agente responsable debe informar a lapolicía, notificando el número de placa y lascaracterísticas del mismo.

Agente responsable

El agente responsable debe identificarse con elconductor y solicitarle los siguientes documentosoriginales:

- cédula de ciudadanía,- licencia de conducción,

licencia de tránsito,- SOAT,

revisión técnico mecánica, ydemás documentos pertinentes de acuerdo con loestablecido en la normatividad vigente.

Agente responsable

El conductor debe presentar la documentación requeridapor el agente responsable; en caso de no presentarla, elagente podrá otorgar un tiempo que estime prudencialpara subsanarlo, hasta un máximo una (1) hora, si eseperíodo se cumple y el conductor no ha presentado ladocumentación se procederá al diligenciamiento deorden de comparendo (Actividad 9) y si es pertinente, ala inmovilización del vehículo.

Agente responsableconductor del vehículo

6

El agente responsable deberá asegurarse de laautenticidad de los documentos recibidos, usando todoslos medios o herramientas que disponga. En caso dehallar una inconsistencia con la documentación el agenteresponsable deberá informar a la policía, esperar queesta llegue y en caso de que siga la inconsistencia seprocederá al diligenciamiento de orden de comparendo(Actividad 9) y si es pertinente, de acuerdo con lainfracción, a la inmovilización del vehículo. ^_^_

Agente responsable

Si los documentos están en regla, el agente responsabledebe evaluar si el conductor cometió o está cometiendouna infracción, según el código de transito identificar lacontravención y valorar la gravedad de la misma para laexpedición de la orden de comparendo respectiva. Encaso de que el conductor no esté cometiendo infracciónalguna, se le devolverán los documentos y se lepermitirá continuar la marcha, agradeciendo sucolaboración con el procedimiento.

Agente responsable

Solo en caso de sospecha o certeza de embriaguez, aplican las Actividades 7 y 8

Página 4 de 8

Page 5: CONTENIDO - Tránsito Acacías · de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002. CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar

^JTTAINSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACIAS

PROCEDIMIENTO DE EDUCACIÓN, PREVENCIÓN YCONTROL A LA CONTRAVENCIÓN DE LAS NORMAS DE

TRANSITO

PR-MOV-04-V1

Vigencia:24/09/2015

Cuando se trate de actividades de control programadaspara detección de conductores en estado deembriaguez, o cuando se sospeche tal situación, elagente responsable puede recurrir a la realización deuna prueba con sensor de alcohol en el aliento, para locual debe verificar el estado del equipo, teniendoespecial cuidado en que se cumplan las siguientescondiciones como requisito indispensable para realizar laprueba:

El equipo debe contar con certificado decalibración vigente,

- los dispositivos cuentan con carga suficiente,disponibilidad de boquillas o cánulasdesechables,que la impresora cuente con papel.

- Guantes desechables.Adicionalmente se debe verificar que las condiciones sonpropicias para la realización de esta prueba(recomendaciones del fabricante del alcohosensor).

Agente responsable

Cumpliendo cabalmente la Actividad 7, el agenteresponsable deberá informar al presunto infractor acercade la prueba de alcoholemia que se le practicara alconductor. (Se deberá esperar lapsos de 15 minutosentre pruebas con un mismo sensor). En caso de que laprueba resulte positiva se procederá a la Actividad 9, ya la inmovilización del vehículo.Si el resultado es negativo se procederá según lodispuesto en la Actividad 6

Agente responsable

En los casos en los cuales se confirma que el conductorcometió una infracción, el agente responsable,diligenciara el formulario de ORDEN DE COMPARENDOÚNICO NACIONAL, de manera clara y registrando todala información requerida. En este formato se debeseñalar el tipo de contravención que el agente atribuye alconductor según la codificación vigente.

Agente responsable

10 El agente responsable debe notificar de manera verbal alconductor que debe comparecer ante el Instituto deTránsito y Transporte de Acacias, dentro de los cinco (5)días hábiles siguientes a la fecha del comparendo paraacogerse a los descuentos de ley o solicitar audienciapública.

Agente responsable

Página 5 de 8

Page 6: CONTENIDO - Tránsito Acacías · de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002. CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar

^ylTTA INSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACIAS

PROCEDIMIENTO DE EDUCACIÓN, PREVENCIÓN YCONTROL A LA CONTRAVENCIÓN DE LAS NORMAS DE

TRANSITO

PR-MOV-04-V1

Vigencia:24/09/2015

11

12

13

El agente responsable tendrá que verificar la integridaddel formulario de ORDEN DE COMPARENDO ÚNICONACIONAL, firmarlo, y solicitar la firma del infractor (esteacto no implica la aceptación de la falta o sanción porparte del infractor). En caso de que el infractor se nieguea firmar, el agente responsable deberá solicitar la firmade un testigo con sus datos principales (número decédula, dirección y teléfono).El agente de tránsito responsable deberá entregarle lacopia de la ORDEN DE COMPARENDO al infractor, yreportarlo entregando el original en la Oficina de Controlde Tránsito y Trasporte dentro de las doce (12) horassiguientes a su elaboración, dejando registro en el FR-MOV-03 formato para recepción de comparendos.El agente responsable debe comparecer ante laautoridad que lo solicite para la ratificación de la ordende comparendo o aclaración de tiempo, modo y lugarque dio origen a la imposición del mismo

Agente responsable

Agente responsableAuxiliar Administrativo

Agente responsable

Hasta aquí, aplica el procedimiento para todo tipo de infracción, y de manera exclusiva paralos casos que correspondan a las infracciones en las que la normatividad vigente no exige lainmovilización del vehículo.Las siguientes actividades (14, 15 y 16) se aplican en los casos que la norma exige lainmovilización del vehículo:A11 y A12B1 aB7C1, C14, C16, C18, C20, C21, C22, C27, C35, C3601, D2, D3, D4, D5, D6, D7, D8, D12, D13, D14, D15E4F14

15

16

Solo cuando sea aplicable, el agente de tránsitoresponsable debe proceder a la inmovilización delvehículo, llamar al servicio de grúas para su traslado alos patios, revisar el inventario realizado por el personalde grúas y patios, y confrontarte con la realidad. Elagente responsable deberá firmar el inventario real.El agente responsable deberá solicitar que los pasajerosy el conductor desocupen el vehículo y proceder aasegurar puertas y ventanas para preservar el estado ylos contenidos del vehículo.El agente responsable procederá a inmovilizar elvehículo y a enviarlo a los patíos autorizados por el ITTA.El vehículo con el inventario queda a disposición paraque el operario de la grúa lo transporte a los patios. Apartir de ese instante la responsabilidad del vehículo, suinventario y contenido, recae sobre el operario de la grúao la empresa encargada según sea el caso.Finaliza

Agente responsable

Agente responsable

Agente responsable

Página 6 de 8

Page 7: CONTENIDO - Tránsito Acacías · de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002. CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar

INSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACÍASPROCEDIMIENTO DE EDUCACIÓN, PREVENCIÓN Y

CONTROL A LA CONTRAVENCIÓN DE LAS NORMAS DETRANSITO

PR-MOV-04-V1

Vigencia:24/09/2015

En los casos en los cuales la prueba de alcoholemia no se practica con alchosensor y serequiere su realización por intermedio de un médico {prueba de embriaguez aguda) sedebe aplicar el procedimiento previsto por el Instituto de Medicina Legal, lo cual está fueradel alcance de este procedimiento

Procedimiento para Educación en normas de tránsito

1

2

3

4

5

6

7

ACTIVIDADInicia con la planeación de actividades educativas o defomento de la cultura del respeto a las normas detránsitoCuando la comunidad solicita actividades específicas deeducación o formación, se reciben a través de laventanilla única de correspondencia para su trámiteDe acuerdo con la disponibilidad de personal y materialdidáctico de apoyo, se confirma la actividadespecificando lugar, tiempo y número de participantesEn la fecha y hora estipulada, se realiza la actividadprogramada y se lleva el registro respectivo, tanto defirmas de asistentes como registros fotográficosCuando sea pertinente, se aplica evaluación de lacalidad de la formación y de satisfacción de losparticipantesSe presenta informe al Inspector de Tránsito y al Directorde ITTA acerca de las actividades realizadasFinaliza

RESPONSABLELíder del proceso demovilidad

Auxiliar administrativoPQR

Coordinador de Agentesde Tránsito

Agente de tránsitoasignado

Agente de tránsitoasignado

Coordinador de Agentesde Tránsito

7. Registros

Código

Externo

Externo

Externo(equipo)

FR-MOV-06

NOMBRE DELREGISTROOrden decomparendoúnico nacionalInventario delvehículo

Registroprueba dealcoholemiaEntrevistaalcoholimetríade espiración

LUGAR DEARCHIVOComparendos

Expedientedel vehículo

Expedientedel ciudadano

Carpetaexpedientedel ciudadano

RESPONSABLEDE SU ARCHIVOComparendos /Oficina de Controlde TránsitoInmovilizaciones /Oficina de Controlde TránsitoEmbriaguez /Oficina de Controlde TránsitoOficina de Controlde Tránsito

tfÉMPO DÉRETENCIÓN2 años

2 años

2 años

2 años

DISPOSICIÓNFINALArchivocentral

ArchivoCentral

Archivocentral

Archivocentral

Página 7 de 8

Page 8: CONTENIDO - Tránsito Acacías · de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002. CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar

^JTTAINSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACÍAS

PROCEDIMIENTO DE EDUCACIÓN, PREVENCIÓN YCONTROL A LA CONTRAVENCIÓN DE LAS NORMAS DE

TRANSITO

PR-MOV-04-V1

Vigencia:24/09/2015

FR-MOV-07

FR-MOV-08

FR-MOV-09

Declaracióndel sistemadeaseguramiento de lacalidad enuso dealcohosensorLista dechequeo paraalcholemiapor espiraciónRegistro deasistencia

Carpetaexpedientedel ciudadano

CarpetaAtcholimetría

Actividadeseducativas

Oficina de Controlde Tránsito

Oficina de Controlde Tránsito

Coordinadoragentes detránsito

2 años

2 años

2 años

Archivocentral

Archivocentral

Archivocentral

8. Control de revisión y cambios

FECHA

24/09/2015

VersiónCAMBIOS EFECTUADOS Y SU JUSTIFICACIÓN

En este procedimiento se recopilan los procedimientosPR-141-06, PR-141-08, PR-141-10 Y PR-141-11 convigencia 2013, suprimiendo los flujogramas y armonizandoel contenido a la normatividad vigente, la estructura delInstituto y la agrupación de los procesos. Se consolidó lainformación en un solo procedimiento con el fin de dejararticulados los diferentes aspectos relacionados con laactividad de prevención y control.

Página 8 de 8

Page 9: CONTENIDO - Tránsito Acacías · de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002. CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar

"INSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACÍAS

PROCEDIMIENTO PARA AUDIENCIAS Y SANCIONES

PR-MOV-05-V2

V¡gencia:01/1 0/2015

CONTENIDO

1- Objetivo

2- Alcance

3- Responsables

4- Definiciones

5- Generalidades y marco normativo

6- Procedimiento

7- Registros

8- Control de revisión y cambios

2

2

2

2

2

3

4

5

Elaborado

Yesid GarzónAuxiliar Judicial

Revisado

NeisOficin

ríguez V ilenciaontrot de Tránsito

Página 1 de 5

Page 10: CONTENIDO - Tránsito Acacías · de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002. CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar

JTTA INSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACÍAS

PROCEDIMIENTO PARA AUDIENCIAS Y SANCIONES

PR-MOV-05-V2

Vigencia:01/1 0/2015

1- Objetivo

Este procedimiento establece los pasos para adelantar el debido proceso que conlleva ala aplicación de sanciones a infractores de normas de tránsito.

2- Alcance

Comprende desde la configuración de la infracción a una norma de tránsito o transporteno aceptada por el infractor hasta la expedición del acto administrativo sancionatorio.

3- Responsables

El Inspector de Tránsito o quien haga sus veces es el responsable del cumplimiento de lodispuesto en este procedimiento.

El Inspector de Tránsito designa un secretario ad-hoc para apoyar la labor de apertura yrealización de la audiencia, quien es el responsable de recibir la información provista porel presunto infractor y la recepción de las demás pruebas que se soliciten por las partesinteresadas en un proceso sancionatorio.

4- Definiciones

Audiencia (Art. 35 Ley 1437/2011): Las autoridades podrán decretar la práctica deaudiencias en el curso de las actuaciones con el objeto de promover ta participaciónciudadana, asegurar el derecho de contradicción, o contribuir a la pronta adopción dedecisiones. De toda audiencia se dejará constancia de lo acontecido en ella.

Comparendo: Orden formal de notificación para que el presunto contraventor o implicadose presente ante la autoridad de tránsito por la comisión de una infracción.

Notificación: Actuación administrativa mediante la cual se da a conocer formalmente a unapersona natural un hecho o acto en el cual está involucrado. Puede darse de maneraPersonal, cuando el sujeto de notificación la recibe directamente o a través de correocertificado, por aviso o por edicto, por estrado durante una audiencia, o por acciónconcluyente cuando responde a una actuación administrativa que hace concluir que tapersona está enterada.

Resolución sanción: Acto administrativo debidamente motivado, mediante el cual laautoridad de tránsito impone una sanción a un ciudadano, como consecuencia de lacomisión de una infracción en contra de las normas de tránsito.

5- Generalidades y marco normativo

El marco de referencia legal para este procedimiento es la Ley 769 de 2001 y las que laadicionen o modifiquen, así como las demás normas reglamentarias.

Página 2 de 5

Page 11: CONTENIDO - Tránsito Acacías · de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002. CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar

• TTT A.ITTAINSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACÍAS

PROCEDIMIENTO PARA AUDIENCIAS Y SANCIONES

PR-MOV-05-V2

Vigencia:01/1 0/2015

Igualmente, el debido proceso corresponde a lo dispuesto en el Código de ProcedimientoAdministrativo y de lo Contencioso Administrativo

En relación con los recursos a los cuales tiene derecho el presunto infractor, aplica lodispuesto en el Artículo 142 de la Ley 769 de 2002: RECURSOS. Contra las providenciasque se dicten dentro del proceso procederán los recursos de reposición y apelación.

El recurso de reposición procede contra los autos ante el mismo funcionario y deberáinterponerse y sustentarse en la propia audiencia en la que se pronuncie.

El recurso de apelación procede sólo contra las resoluciones que pongan fin a la primerainstancia y deberá interponerse oralmente y sustentarse en la audiencia en que seprofiera.

Toda providencia queda en firme cuando vencido el término de su ejecutoria, no se hainterpuesto recurso alguno o éste ha sido negado.

De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 136 de la Ley 769 de 2002 modificado por laLey 1383 de 2010 si el contraventor no compareciere sin justa causa comprobada dentrode los cinco días hábiles siguientes, la autoridad de tránsito después de 30 días deocurrida la presunta infracción seguirá el proceso, entendiéndose que queda vinculado almismo, fallándose en audiencia pública y notificándose en estrados.

6- Procedimiento

ACTIVIDAD RESPONSABLEInicia con la identificación de un comparendo reportadoante la Oficina de Control de Tránsito, o cuando essolicitada por el interesado

Auxiliar Administrativo

Dentro de los primeros cinco días hábiles, el presuntoinfractor puede acudir para solicitar mediante escrito laasignación de una fecha para ser escuchado enaudiencia.

CiudadanoAuxiliar Jurídico

Se asigna fecha para la realización de la audiencia yse notifica al interesado mediante escrito remitido a ladirección que el mismo reportó, informándole quepuede acudir solo o en compañía de un apoderado.

Auxiliar Jurídico

El día que se fijó la audiencia, en la hora estipulada, seconstituye el despacho en audiencia pública y se tomala declaración o descargos al presunto infractor. Enese momento se elabora un acta de apertura de laaudiencia, y si es pertinente se suspende paracontinuar en siguiente fecha de acuerdo con lanecesidad de recaudar pruebas pertinentes.

Auxiliar JurídicoInspector de Tránsito

Página 3 de 5

Page 12: CONTENIDO - Tránsito Acacías · de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002. CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar

ITTAINSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACÍAS

PROCEDIMIENTO PARA AUDIENCIAS Y SANCIONES

PR-MOV-05-V2

Vigencia:01/1 0/2015

5

6

7

8

9

Cuando sea necesario, ya sea de oficio o por solicitudde parte interesada, y en las fechas determinadas porel Inspector de Tránsito o quien ejerza dichasfunciones se continuará la audiencia pública con el finde recibir otras declaraciones, como la del agente detránsito quien impuso el comparendo, o para el aportede otras pruebas relacionadas con el procesosancionatorio en curso. De lo actuado se dejaconstancia en la respectiva actaUna vez concluida la etapa de recolección de pruebas,se establece y notifica la fecha para la emisión del fallodel caso, que puede ser exonerando o sancionando alpresunto infractor.El día estipulado para tal fin, el despacho se constituyeen audiencia pública y con la presencia o no delinteresado, da lectura al respectivo fallo y archiva elproceso, corriendo traslado del proceso a la Oficina deGestión Administrativa y Financiera para que seproceda a actualizar el estado del infractor en elregistro nacional SIMIT.De acuerdo con el tipo de infracción y el momento delproceso, el ciudadano podrá hacer uso de los recursosque le permite la ley, como se encuentra estipulado enla misma, y los funcionarios del Instituto a gestionarlosdentro de los términos legales.En los casos en los cuales el presunto infractor no sepresenta dentro de los cinco días posterior a laimposición del comparendo, pierde la posibilidad dehacer parte de la audiencia pública, y dentro de losseis meses que la ley concede antes de declarar lacaducidad del comparendo, el despacho se constituyeen audiencia pública y emite el acto administrativo desanción, la cual igualmente notifica al SIMIT paraactualizar el estado del mismo.Finaliza

Auxiliar JurídicoInspector de TránsitoCuerpo operativo

Auxiliar JurídicoInspector de Tránsito

Auxiliar JurídicoAuxiliar SIMIT

Ciudadano

Auxiliar JurídicoInspector de tránsito

7- RegistrosCódigo

SIN

SIN

NOMBREDEL

REGISTROActa deaudienciapúblicaNotificaciones

LUGAR DEARCHIVO

Oficina deControl deTránsitoOficina deControl deTránsito

RESPONSABLE DESU ARCHIVO

Auxiliar Jurídico

Auxiliar Jurídico

TIEMPO DERETENCIÓN

2 años

2 años

DISPOSICIÓNFINAL

Archivo central

Archivo central

Página 4 de 5

Page 13: CONTENIDO - Tránsito Acacías · de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002. CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar

^JTTAINSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACIAS

PROCEDIMIENTO PARA AUDIENCIAS Y SANCIONES

PR-MOV-05-V2

Vigencia:01/10/2015

8- Control de revisión y cambios

FECHA Versión CAMBIOS EFECTUADOS Y SU JUSTIFICACIÓN

SIN Creación del documento PR-141-14 Audiencias

01/10/2015 El procedimiento se ajustó en el marco de la actualización del MECÍ,incorporando aspectos previstos en el PR-141-14 Audiencias de vigencia2013. Se suprimieron los flujogramas y se incluye una descripcióndetallada de los pasos para la realización de la audiencia pública. Sesuprime la obligatoriedad de notificar al agente de tránsito en todas lasaudiencias, dejándolo como una facultad del Inspector dentro de laspruebas solicitadas por parte interesada o de oficio.

Página 5 de 5

Page 14: CONTENIDO - Tránsito Acacías · de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002. CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar

ylTTA INSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACÍAS

PROCEDIMIENTO DE SEÑALIZACIÓN DE TRÁNSITO

PR-MOV-06-V2

Vigencia:24/09/2015

CONTENIDO

1- Objetivo

2- Alcance

3- Responsables

4- Definiciones

5- Generalidades y marco normativo

6- Procedimiento

7- Registros

8- Control de revisión y cambios

2

2

2

2

3

3

4

4

Elaborado Revisado

ir Yesid Garzón^Auxiliar Judicial

NelsonLíde

guezVal netaso Movilidad

swaw vitrales MéndezDirector

Página 1 de 4

Page 15: CONTENIDO - Tránsito Acacías · de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002. CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar

sJTTA^ .a1 • • **INSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACÍAS

PROCEDIMIENTO DE SEÑALIZACIÓN DE TRÁNSITO

PR-MOV-06-V2

24/09/2015

1- Objetivo

El presente procedimiento establece los pasos para la administración de la señalizaciónde tránsito en el municipio de Acacias, como parte de las medidas de control yprevención.

2- Alcance

Comprende desde la planificación de los requerimientos en cuanto a señalización detránsito en el municipio, hasta el control a su uso adecuado y mantenimiento.

3- Responsables

El Director del Instituto de Tránsito y Transporte de Acacias es el responsable de laejecución de las actividades previstas en este procedimiento.

El responsable de Almacén recibirá y llevará la trazabilidad sobre los medios deseñalización que sea pertinente controlar desde el punto de vista de su conservación ymantenimiento.

Los agentes de tránsito son responsables por hacer respetar las señales de tránsito yreportar a la Dirección cuando se requiera nueva señalización o se presente deterioro dela existente.

4- Definiciones

Señales reglamentarias: Tienen por objeto indicar a los usuarios de las vías laslimitaciones, prohibiciones o restricciones sobre su uso y cuya violación constituye faltaque se sancionará conforme a las normas del presente código.

Señales preventivas: Tienen por objeto advertir al usuario de la vía la existencia de unpeligro y la naturaleza de éste.

Señales informativas: Tienen por objeto identificar las vías y guiar al usuario,proporcionándole la información que pueda necesitar.

Señales transitorias: Pueden ser reglamentarias, preventivas o informativas y serán decolor naranja. Modifican transitoriamente e! régimen normal de utilización de la vía.

Las marcas sobre el pavimento constituyen señales de tránsito horizontales. Y susindicaciones deberán acatarse.

Semáforo. Dispositivo electromagnético o electrónico para regular el tránsito de vehículos,peatones mediante el uso de señales luminosas.

Página 2 de 4

Page 16: CONTENIDO - Tránsito Acacías · de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002. CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar

INSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACÍAS

PROCEDIMIENTO DE SEÑALIZACIÓN DE TRÁNSITO

PR-MOV-06-V2

Vigencia:24/09/2015

Señal de tránsito: Dispositivo físico o marca especial. Preventiva y reglamentaria einformativa, que indica la forma correcta como deben transitar los usuarios de las vías.

Señales luminosas de peligro: Señales visibles en la noche que emiten su propia luz, encolores visibles como el rojo, amarillo o blanco.

Marcas viales: Señales escritas adheridas o grabadas en la vía o con elementosadyacentes a ella, para indicar, advertir o guiar el tránsito.

5- Generalidades y marco normativo

La norma de referencia para el presente procedimiento es la Ley 769 de 2002 con susmodificaciones o adiciones y las normas que la reglamentan.

Cada organismo de tránsito responderá en su jurisdicción por la colocación y elmantenimiento de todas y cada una de las señales necesarias para un adecuado controlde tránsito que serán determinadas mediante estudio que contenga las necesidades y elinventario general de la señalización en cada jurisdicción.

6- Procedimiento

ACTIVIDAD RESPONSABLEInicia con la detección de las necesidades deseñalización, a través de cualquiera de lasmodalidades previstas como el plan de movilidad, lassolicitudes de la comunidad ya sea por personasnaturales o jurídicas, que se radican en la oficina dePQRLas solicitudes de señalización se evalúan desde elpunto de vista técnico y legal, en el marco del plan demovilidad y la reglamentación vigente, con el fin deemitir el concepto de viabilidad

Auxiliar de PQR

Director / ComitéTécnico

Una vez considerada la viabilidad, se tramita elcomponente contractual para la adquisición de lasseñales, dispositivos o servicios respectivos

Director / responsablede contratación

Cuando se trata de señales de tránsito o dispositivosque se almacenan antes de su instalación, elAlmacenista o quien haga sus veces procede a larecepción de los mismos y su ubicación en el almacénen condiciones que aseguren su adecuadaconservación

Almacenista

En el caso de señales horizontales o adheridas asuperficies, o cuando el proveedor las entregainstaladas, el responsable de Almacén deberá realizarla verificación de su adecuada entrega yfuncionamiento y dejar registro de esta verificación,anotando sus observaciones cuando sea pertinente

Almacenista

Página 3 de 4

Page 17: CONTENIDO - Tránsito Acacías · de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002. CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar

^jITTAINSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACÍAS

PROCEDIMIENTO DE SEÑALIZACIÓN DE TRÁNSITO

PR-MOV-06-V2

Vigencia:24/09/2015

De la señalización de tránsito instalada en el municipiose contará con un inventario, cuyo control está a cargodel responsable de Almacén

Almacenista

Cuando los agentes de tránsito o la comunidadreporten el deterioro de la señalización, se procederá asu revisión, emisión del concepto técnico respectivo ysí es el caso a la reposición respectiva

Director

Finaliza

7- Registros

Código

FR-ADM-05

NOMBREDEL

REGISTROInventario deseñalizaciónvial

LUGAR DEARCHIVO

Almacén

RESPONSABLE DESU ARCHIVO

Almacenista o quienhaga sus veces

TIEMPO DERETENCIÓN

2 años

DISPOSICIÓNFINAL

Archivo

8- Control de revisión y cambios

FECHA

SIN

24/09/2015

Versión

1

2

CAMBIOS EFECTUADOS Y SU JUSTIFICACIÓN

Creación del documento PR-141-07-V1 Señales deTránsitoSe ajusta el documento en el marco de la actualizacióndel MECÍ, incluyendo la descripción del marconormativo, los tipos de señalización y la metodologíapara su solicitud y control. Se crea el formato parainventario de señalización vial

Página 4 de 4

Page 18: CONTENIDO - Tránsito Acacías · de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002. CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar

^JTTAfc».

INSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACÍAS

PROCEDIMIENTO DE ENTREGA DE VEHÍCULOSINMOVILIZADOS

PR-MOV-07-V1

Vigencia:08/10/2015

CONTENIDO

1. Objetivo

2. Alcance

3. Responsables

4. Definiciones

5. Generalidades y marco normativo

6. Procedimiento

7. Registros

8. Control de revisión y cambios

2

2

2

2

3

3

4

4

AprobadoElaborado Revisado

lArvey Valenciatente Jurídico

NeisLíder prfoc

Vidales MendazDirector }

Página 1 de 4

Page 19: CONTENIDO - Tránsito Acacías · de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002. CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar

ITTAINSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACÍAS

PROCEDIMIENTO DE ENTREGA DE VEHÍCULOSINMOVILIZADOS

PR-MOV-07-V1

Vigencia:08/10/2015

1. Objetivo

Indicar las actividades necesarias para la autorización del retiro de vehículos retenidos porcausa de una contravención a las normas de tránsito.

2. Alcance

Este procedimiento comprende desde la solicitud de retiro por parte del ciudadano, hastala expedición de la autorización del retiro del vehículo retenido.

3. Responsables

El Inspector de Tránsito es el responsable general del cumplimiento de lo dispuesto en elpresente procedimiento.

Los colaboradores del Instituto son responsables de brindar atención e informaciónoportuna a los usuarios.

El auxiliar administrativo delegado para tal fin, realiza la liquidación de patios y grúas deacuerdo con lo dispuesto en el respectivo procedimiento, recauda el dinero respectivo yemite el recibo de cancelación.

La empresa concesionaria para prestar el servicio de patios y/o grúas es la responsablede la custodia de los vehículos retenidos, y de su entrega cuando se han cumplido lospasos dispuestos en este procedimiento.

4. Definiciones

Contravención. Acto mediante el cual un conductor o un ciudadano infringe una o variasnormas de tránsito.

Conductor. Es la persona habilitada y capacitada técnica y teóricamente para operar unvehículo.

Comparendo. Orden formal de notificación para que el presunto contraventor o implicadose presente ante la autoridad de tránsito por la comisión de una infracción.

Grúa. Automotor especialmente diseñado con sistema de enganche para levantar yremolcar otro vehículo.

Infracción. Transgresión o violación de una norma de tránsito. Habrá dos tipos deinfracciones: simple y compleja. Será simple cuando se trate de violación a la meranorma. Será compleja si se produce un daño material.

Inmovilización. Suspensión temporal de la circulación de un vehículo.

Página 2 de 4

Page 20: CONTENIDO - Tránsito Acacías · de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002. CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar

, ITTAINSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACÍAS

PROCEDIMIENTO DE ENTREGA DE VEHÍCULOSINMOVILIZADOS

PR-MOV-07-V1

Vigencia:08/10/2015

Matrícula. Procedimiento destinado a registro inicial de un vehículo automotor ante unorganismo de tránsito en ella se consignan las características, tanto internas comoexternas del vehículo, así como los datos e identificación del propietario.

Multa. Sanción pecuniaria. Para efectos del presente código y salvo disposición encontrario, la multa debe entenderse en salarios mínimos diarios legales vigentes.

5. Generalidades y marco normativo

El marco general de este procedimiento es el Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de2002, modificada por la ley 1383 de 2010) y sus decretos reglamentarios aplicables.

En términos generales, la entrega de un vehículo inmovilizado se realiza cuando lesubsana el motivo que la generó, así se haya cancelado o no la sanción económicarespectiva. Por ejemplo, si la inmovilización se generó por no contar con el SOAT, almomento de solicitar la entrega, el ciudadano debe presentar el SOAT vigente,independientemente de si ha cancelado o no la multa respectiva.

6. Procedimiento de entrega de vehículos inmovilizados

ACTIVIDAD

Los encargados de dar información reciben la solicitudverbal del usuario interesado en retirar un vehículo queha sido retenido por infringir una norma de tránsito.

RESPONSABLE

Auxiliar administrativo

El colaborador encargado dirige al usuario a la oficina decontrol de tránsito.

Auxiliar administrativo

El inspector de tránsito escucha el caso, y le informa alusuario acerca del trámite necesario para retirar elvehículo en cuestión y los documentos que debe allegar:

Licencia de tránsito del vehículo- SOAT- Licencia de conducción

En caso de que el vehículo vaya a ser retiradopor una persona diferente al propietario,autorización autenticada del mismo.Los demás documentos pertinentes, de acuerdocon el tipo de vehículo y la infracción cometida

Inspector de Tránsito

En el caso de motos que hayan sido inmovilizadas portransitar en contravía, no detenerse ante un semáforo oun pare, conducir sobre zonas prohibidas, adelantar a unvehículo en zona prohibida y realizar maniobraspeligrosas, el usuario deberá de cancelar el comparendopara poder realizar el retiro del vehículo. (CódigoNacional de Tránsito, Decreto 1660)

Inspector de Tránsito

Página 3 de 4

Page 21: CONTENIDO - Tránsito Acacías · de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aclarada mediante Resolución 0453 de 2002. CADENA DE CUSTODIA: Es el procedimiento que se aplica para garantizar

VJT™^ INSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACÍAS

PROCEDIMIENTO DE ENTREGA DE VEHÍCULOSINMOVILIZADOS

PR-MOV-07-V1Vigencia:

08/10/2015

5

6

7

Cuando el usuario presente los documentos solicitados,el inspector de tránsito revisa los registros de lascontravenciones causantes de la inmovilización delvehículo, acto seguido revisa que el infractor hayasubsanado la infracción respectiva. Si efectivamente sesubsanó la infracción, el Inspector de Tránsito registra lasalida del vehículo en el formato FR-MOV-10 Libro pararegistro de entrega de vehículos inmovilizados, luegofirma y sella la orden del retiro de vehículo de losparqueaderos autorizados en el formato donde está elinventario. Caso contrario el inspector notifica al infractorque pase a la actividad 3.Luego de cumplir cabalmente la actividad 5, el inspectorde tránsito deberá dirigir al usuario a tesorería, para queeste cancele el valor de los conceptos de trasporte degrúa y el tiempo del parqueadero (Patios), con cuyorecibo de pago y la firma del Inspector en el Inventariogenerado por e) operario de la grúa, se pueda adelantarla entrega del vehículo.El inspector de tránsito archiva los registros respectivos

Inspector de Tránsito

Inspector de TránsitoOperario de Patios yGrúas

Inspector de TránsitoFinaliza

7. Registros

Código

FR-MOV-10

Extemo

NOMBRE DELREGISTROLibro pararegistro deentrega devehículosinmovilizadosInventario delvehículo

LUGAR DEARCHIVOArchivo demovilidad

Archivo demovilidad

RESPONSABLEDE SU ARCHIVOInspector detransito

Inspector detránsito

TIEMPO DERETENCIÓN2 años

2 años

DISPOSICIÓNFINALArchivo centra)

Archivo central

8. Control de revisión y cambios

FECHA Versión CAMBIOS EFECTUADOS Y SU JUSTIFICACIÓN

08/10/2015 Creación del documento en el marco de laactualización del MECÍ. Se especifican lasresponsabilidades del Inspector de Tránsito en cuantoa verificación de documentos para la entrega delvehículo y la responsabilidad del ciudadano ensubsanar la situación que generó la inmovilización

Página 4 de 4