constitucion cap 3
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CAPITULO TERCERO DE LA CARTILLA DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES PARA CUMPLIR CON LAS 50 HORAS DE SERVICIO PARA OPTAR AL TITULO DE BACHILLERTRANSCRIPT
EL DERECHO DE CUMPLIR LOS DEBERES
Y EL DEBER DE DEFENDER LOS DERECHOS
LEÓN ALBERTO ATEHORTÚA BETANCUR
KARAGABÍ EDICIONES
ESTUDIOS
CONSTITUCIONALES
MÓDULO DE ESTUDIO MEDIA ACADÉMICA
ESTUDIOS CONSTITUCIONALES
MÓDULO DE ESTUDIO PARA EL GRADO ONCE
LEÓN ALBERTO ATEHORTÚA BETANCUR
DERECHOS RESERVADOS DE AUTOR
KARAGABÍ EDICIONES
CORPORACIÓN CULTURAL KARAGABÍ
2015
Diseño de carátula : El autor
Imágenes: Tomadas de Google
Plantilla: Tomada de Publisher-
Modificada por el autor
Textos: Redacción del Autor
EDITORIAL KARAGABÍ EDICIONES
ESTUDIOS
CONSTITUCIONALES
LEÓN ALBERTO ATEHORTÚA BETANCUR
PEDAGOGO
MÓDULO DE ESTUDIO PARA OPTAR
AL TÍTULO DE BACHILLER
EN EL GRADO ONCE
ESTUDIOS CONSTITUCIONALES
EL AUTOR
LEÓN ALBERTO ATEHORTÚA BETANCUR
hijo de Ángel y Martina.
Educado en la Escuela de Varones y en la
Normal “Victoriano Toro Echeverri” de
Amagá.
Licenciado de la U. de A. en Ciencias de
la Educación: Geografía Historia.
Especialista de la UNAD en Pedagogía
del Aprendizaje Autónomo
Especialista de la UDES en Administra-
ción de la Informática Educativa.
Magíster en Andragogía, de la American
International University-AIU
Maestrando en Administración de la In-
formática Educativa de la UDES
Practicante del Modelo Pedagógico Críti-
co Social, potenciador del aprendizaje
autónomo y del empleo pedagógico de
las TIC y las TAC.
PRESENTACIÓN
El presente módulo de estudios sobre la Constitución Política de
Colombia, pretende ser solo una guía para los estudiantes del
grado once que deben cursar 50 horas de estudios sobre la Carta
Magna. Esta obligatoriedad emana de la Ley 107 de 1994 surgi-
da en el mandato de César Gaviria.
No se trata de aprenderse la Constitución, el enfoque gira mas
bien en torno a tomar conciencia de lo que dice ella, de analizar
la viabilidad de su aplicación y sobre todo de la realidad de su
contextualización, de su validez en los tiempos del siglo 21, en
una nación que aun se debate en guerras internas, en altos índi-
ces de corrupción en todas y cada una de las ramas del poder
administrativo, desde los altos mandos hasta los mandos medios
y los de la base.
Los textos redactados de manera directa, simple, sencilla, pre-
tenden abarcar todos los conceptos de una temática bien com-
pleja como lo es la Constitución Nacional. Para ello surgen talle-
res donde los estudiantes aplicarán la estrategia EPLHE( Escu-
char-Pensar-Leer-Hablar-Escribir) .
La presentación de los talleres mediante el uso de las TIC inclui-
rán aplicaciones de la Web 2.0 como carteleras digitales( glogs-
ter), videos (movie maker-goanimate, flixpress), textos digitales
(issuu, calameo) exposiciones ( power point,prezi), diseño de co-
mics (pixton) . Estas permitirán a cada uno de ellos la posibilidad
de formarse como un ciudadano crítico, proactivo, propositivo,
asertivo, con fundamentos en el ser, en el hacer y en el convivir,
permitiendo aprender a aprender mediante des-aprendizajes de
esquemas o barreras que le han impedido asumir su papel activo
como estudiante.
Bienvenidos a esta etapa de aprendizaje autónomo.
El autor
ESTUDIOS CONSTITUCIONALES
Del por qué del proyecto
derechos y luchando por su
cumplimiento por parte del
Estado”
La cívica es la acción de
formar nuevos y mejores
ciudadanos; que sepan con-
vivir es decir, vivir con el
congénere, ese otro ciuda-
dano que también reclama
sus derechos y tiene sus
obligaciones.
El estudio de la constitu-
ción , como se ha visto, va
ligado de manera estrecha
con el civismo, llamado por
algunos educación para la
ciudadanía o educación
cívica, esa que hace mu-
chos años dictara el profe-
sor Carreño en su manual
de urbanidad.
Desde 1991 , año en que la
nación decretó una nueva
Carta Magna, los estudian-
tes del grado once de bachi-
llerato, para poder aspirar
a su grado como bachille-
res, deberán cumplir con
un servicio académico de
estudiar la Constitución
Política del país durante
un período de 50 horas.
De manera efectiva el ar-
tículo 41 de la Constitu-
ción lo plantea ratificando
incluso la instrucción cívi-
ca como elemento de es-
tudio. Es así como el Con-
greso edita su ley 107 de
1994 para darle fuerza a
este proyecto. Proyecto loa-
ble si se le mira como alter-
nativa de formación de nue-
vos y mejores ciudadanos
que se desenvuelvan dentro
de la comunidad como líderes
proactivos, es decir a favor de
las buenas prácticas participati-
vas.
Según Enrique Arboleda(1907)
la instrucción cívica tiene como
objeto “enseñar a amar el cum-
plimiento de los deberes del
ciudadano. Bien podríamos
complementar esta expresión
añadiendo “reconociendo los
Del como cumplirlo
El proyecto de las 50 horas
de estudios constitucionales
precederá de manera sim-
ple. Bástese con leer cada
uno de los artículos en ca-
da volumen editado, cumplir
con los ejercicios propues-
tos y desarrollarlos ya sea
en medio electrónico para
colgar en el blog personal ,
ya sea en medio físico para
presentar en el portafolio
destinado para tal fin.
Los talleres buscarán desa-
rrollar el sistema EPLHE
que es la esencia del apren-
dizaje autónomo, base fun-
damental del Modelo Peda-
gógico Critico Social. Este
sistema pretende desarro-
llar en usted, apreciado es-
tudiante, la capacidad de
Escuchar, Pensar, Leer, Ha-
blar y Escribir sobre el tema
abordado
Las evidencias serán entre-
gadas en las fechas estipu-
ladas y con la calidad deter-
minada por la matriz de
evaluación para cada taller.
Cada ejercicio determina un
número de horas que suma-
das, darán el total de 50 y
con ello el certificado que
dará la autorización de
grado.
Historia de las constituciones pág. 7-13
Estructura de la Carta Magna Pág. 15-25
Parte dogmática: Los derechos Pág. 27-39
Estructura del Gobierno Pág. 41-61
Organismos de Control pág. 63-67
CONTENIDO
De la autonomía territorial y
otros aspectos pág. . 69-73
Página 8 ESTUDIOS CONSTITUCIONALES
UNIDAD 3
PARTE DOGMÁTICA
SOBRE LOS DERECHOS
Página 9
Ya en el enfoque grupal hay
derecho de libre asociación,
al asilo, al debido proceso,
declarar, a la enseñanza. Se
incluyen además
la agremiación
de los sindica-
tos, la no extra-
dición, la doble
instancia, unos
derechos políti-
cos, y recibir una pedagogía
constitucional, el habeas cor-
pus entre otros mas
En cuanto a los derechos
sociales, económicos y cultu-
rales se podrían mencionar
la propiedad privada, a la
huelga, al trabajo, a la forma-
ción laboral, a la vivienda, al
ocio, a una familia,
al uso debido del espectro elec-
tromagnético, a la propiedad
intelectual y muchos otros mas.
Estos elementos son nece-
sario para entender que se
debe estudiar mucho mas
el articulado sobre dere-
chos para poderlos defen-
der.
En cuanto a los denomi-
nados fundamentales po-
demos mencionar la vi-
da, la libertad, la intimi-
dad, libre desarrollo de la
personalidad, la igualdad,
la honra, el buen trato, al
trabajo, a la paz. Se con-
sideran además el acce-
so a los medios de comu-
nicación, a tener una per-
sonería jurídica, a profe-
sar con libertad un culto,
a la libre conciencia y a la
libertad de elegir oficio o
profesión. A circular de
manera abierta por todo
el país, al derecho de pe-
tición ante el Estado.
Estos en cuanto al enfo-
que de la individualidad.
DE LOS DERECHOS
Corporación Cultural Karagabí
Página 10 ESTUDIOS CONSTITUCIONALES
Se tiene derecho a una
familia, a una vivienda
digna, a los servicios de
salud, prevalencia de los
neonatos, niños, protec-
ción de la adolescencia,
favorecimiento de la ter-
cera edad, a ser tratados
como hombre o mujer y al
espacio de ocio formati-
vo.
En un rango económico
se deben garantizar los
derechos a una forma-
ción laboral, al acceso al
trabajo digno, a la huelga,
a tener propiedad priva-
da, participar en negocios
colectivos, democratiza-
ción de la propiedad eli-
minando los monopolios.
a un ambiente sano, dis-
frutar de un espacio pú-
blico y gozar de los recur-
sos naturales. De igual
manera a ser protegi-
do como consumidor.
En los culturales a go-
zar de un periodismo serio éti-
co. Recibir o dar donaciones. A
ser protegido en la propiedad
intelectual, a tener una
conciencia cultural, y por
ende a una educación
abierta en la que se de una
autonomía universitaria,
donde cada una de ellas
enseñen lo que a bien con-
sidere.
Se tiene de igual manera
derecho al uso del espectro
electromagnético, a la pu-
blicación reservada, a ser
protegidos por la Comisión
Nacional de Televisión (CNT)
DE LOS DERECHOS SOCIALES ECONÓMICOS CULTURALES
Página 11
MECANISMOS DE PROTECCIÓN
Por mucho tiempo las colom-bianos se han quedado a la espera de la solución de sus conflictos por parte de terce-ras personas. A partir de esta Constitución del 91, han sur-gido varias estrategias o me-canismo para que sea el pue-blo el que asuma el control y la veeduría para que sus de-rechos sean defendidos. Son 4 los mecanismo mas sobresalientes. Son lugar a dudas, uno de ellos asume el protagonismo. La Acción de Tutela, la Acción de Cumplimiento, las Accio-nes Populares y las Acciones de Clase o de grupo son las que se han determinado.
La acción de tutela alcanza su poder mediante el Decreto Extraordinario 2591 de 1991 Toda acción de tutela se hace para garantizar los derechos fundamenta-les cuando son amenazados de violación o esta no esté consumada en definitiva. La debe hacer la persona que esté involucrada o si la hace el Personero debe ser por solicitud del afectado o por alguna condición de amparo o defección. Un elemento importante de la Acción de Tutela es que no debe pasar mas de 10 días entre la puesta de la solicitud y la solución de ésta. La tutela debe incluir la acción que viola el derecho fundamental, el de-recho que se considera violado, nombre de la autoridad publica , nombre y residencia del solicitante, no es primordial citar la norma constitucio-nal , se puede presentar de manera informal, no requiere presencia de abogado y puede incluso hacerse se manera oral
LA ACCIÓN DE TUTELA
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Página 12 ESTUDIOS CONSTITUCIONALES
Cuando una ley o acto administrativo
no se cumple por parte
de la autoridad compe-
tente, cualquier ciuda-
dano que se vea perjudi-
cado por dicha omisión
puede entablar una ac-
ción de cumplimiento.
La ley 393 de 1997 regla-
mento su uso.
Aunque no es un mecanismo directo
de protección de derecho es un prin-
cipio de legalidad y eficacia del orde-
namiento jurídico sin incluir las nor-
mas constitucionales. Una norma es
de obligatorio cumplimiento. Cual-
quier persona está en condiciones de
entablar una acción
de cumplimiento
contra el Estado o
contra un particular
con funciones pú-
blicas en cualquier
momento y debe
hacerla ante jueces
de la jurisdicción
contencioso administrativo y es ne-
cesario hacer un requerimiento pre-
vio a quien incumple la norma.
ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO ACCIÓNES POPULARES
Los derechos colectivos son defendidos
por medio de las accio-
nes populares. Se inclu-
yen los denominados
derechos difusos como
ambiente sano, patri-
monio cultural, espacio
público, servicios públi-
cos. Se realiza este me-
canismo para prevenir
o restaurar alguna vulnerabilidad de los
derechos.
Toda persona natural , jurídica, ONG, or-
ganizaciones populares, cívicas, entida-
des públicas de control, La procuraduría,
la Defensoría, los personeros, alcaldes
pueden entablarlas. No se requiere in-
tervención de abogado. Se hace
contra persona natural, jurídica o es-
tatal
Debe incluir el derecho colectivo
amenazado, indicando los hechos,,
enunciando lo que se pretende,
nombrando la entidad responsable,
anteponiendo pruebas, nombre y
direcciones de quien la entabla.
El artículo 88 de la Carta Magna y la Ley
472 la sustentan.
Página 13
Aunque va muy de la mano de la
anterior acción popular, las accio-
nes de grupo o de clase hacen refe-
rencia a la defensa por daños oca-
sionados a un número plural de
personas por parte de una persona
natural, jurídica o del Estado.
Esta defensa se consagra en el ar-
ticulo 88 de la Carta Magna.
El daño debe abarcar a más de 20
personas a quienes se les debe
reparar o indemnizar por el daño
sufrido.
Cualquier persona que pertenezca
al grupo afectado puede entablar la
demanda mediante poder otorgado
a un abogado. Si la demanda es
contra el Estado se hace ante un
juez de lo contencioso administrati-
vo y si es contra persona natural o
jurídica ante un juez civil del circui-
to.
El daño demandado no debe sobre-
pasar los 2 años de vigencia.
ACCIONES DE CLASE O DE GRUPO
Los derechos de primera
generación son aquellos
que aparecieron a partir
de la Revolución Francesa
a partir de 1789.Son de-
rechos civiles y políticos
de ordenamiento jurídico
nacional e internacional.
Los que son de segunda
generación pertenecen al
periodo del siglo XIX de-
nominados derechos so-
ciales, económicos y cul-
turales asegurando el
desarrollo de los pueblos.
Los derechos de tercera
generación son conocidos
como derechos de solida-
ridad o de los pueblos.
Son de carácter suprana-
cional . Un caso claro son
el derecho a un medio
ambiente sano o el de la
paz
DATO DE INTERÉS
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Página 14 ESTUDIOS CONSTITUCIONALES
HABEAS CORPUS se utiliza para garan-
tizar el derecho a la libertad. Cuando
esta se pierde violando las garantías
constitucionales y legales o es prolon-
gado su cautiverio mas del tiempo ade-
cuado
HABEAS DATA protege el derecho a la
autodeterminación informativa, para
dejar de aparecer en las bases de datos
protegiendo el buen nombre de las
personas
DERECHO DE PETICIÓN empleado para
solicitar información sobre asuntos es-
tatales, gubernamentales. Hay 10 días
de plazo para su respuesta. Es el art. 23
Se hace una QUEJA cuando hay irregu-
laridad en la conducta de funcionarios
públicos o particulares en torno a la
prestación de un servicio público. Se
requieren 15 días hábiles para su solu-
ción.
Se hace un RECLAMO cuando hay una
suspensión o una deficiencia en la pres-
tación de un servicio público. 15 días
hábiles hay para su solución.
La MANIFESTACIÓN es la opinión de un
peticionario sobre una acción adminis-
trativa, en tanto la CONSULTA se hace
para conocer el parecer de un funcio-
nario sobre sus competencias demos-
tradas.
OTROS MÁS
Página 15
TALLERES
8. Redacte una acción de tutela so-
bre algún derecho que como estu-
diante usted sienta que amerita ser
protegido.
7. Elabore un taller sobre completar
oraciones. Deben ser 10 mínimo, so-
bre la unidad 3. Recuerde que se ha-
ce la frase con espacios vacíos. Mas
abajo se ponen las palabras que de-
ben ser ubicadas. Estas van en desor-
den y se añade una mas para des-
pistar.
9 Manifieste por medio de un collage,
la realidad que usted conoce en torno a
los mecanismos de protección en Co-
lombia
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10. Redacte un memorial de agravios
( una carta con quejas sustentadas)
sobre los derechos ubicados en la pág.
32
MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN
Página 16 ESTUDIOS CONSTITUCIONALES
ción de los jóvenes, orga-nismos de salud, organiza-ciones de consumidores y usuarios, proyectos admi-nistrativos ambientales Se participa en el primer caso cuando se hace uso del voto, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, el plebiscito.
Para cumplir con el principio de ser un buen ciudadano y exigir justicia, es necesario asumir la legalidad con parti-cipación y responsabilidad. No podemos infringir la ley, porque seremos castigados, pero tampoco podemos per-mitir que los demás irrespe-ten nuestros derechos. Un buen ciudadano reclama lo justo y da lo que debe dar. La ley misma ha prodigado una serie de instrumentos con los cuales podemos exi-gir justicia y mediante los cuales nos exigirán ser jus-tos. Los derechos catalogados en individuales y colectivos, son los elementos que sopor-tan el peso de la sociedad. En la medida que ellos sean respetados la estructura se mantendrá erguida. Para ello sea hace necesario cultivar una mentalidad participativa en todos los grupos de los que se haga parte. Un ciudadano debe conocer los derechos que le permitan asegurar su bienestar en tan-to viva en el país, también debe conocer sus deberes para evitarse cualquier canti-dad de inconvenientes. Es importante resaltar que se participar para decidir, pre-sentar iniciativas, concertar, negociar, gestionar, fiscalizar y controlar. Entre los mecanismos de participación se pueden con-siderar dos tendencias: Una
es la participación ciuda-dana y la otra es la parti-cipación comunitaria.
En esta última se visuali-za cuando se hace parte de las Juntas Administra-doras Locales (JAL), o de las Juntas Directivas de empresas de servicios públicos, en los Planes de Desarrollo local, organis-mos públicos que velan por la protección y educa-
¿Estás informados de lo que pasa
en tu región?
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Conocido como voto, este se ha consti-
tuido como un deber y un derecho, mas
no es una acción de obligatorio cumpli-
miento.
Se vota para elegir cargos públicos de
presidente y vicepresidente de la repú-
blica; gobernadores y alcaldes, congre-
sistas( senadores y representantes)
diputados y concejales, municipales y
distritales, miembros de la JAL y cuando
se amerite de la Asamblea Nacional
Constituyente.
Siempre el voto tendrá la salvaguardia
de ser secreto y por tarjetón
EL SUFRAGIO
Se habla de voto válido cuando se señala en cada
tarjetón un solo candidato ya sea en su imagen o
en su nombre sin sobrepasar el marco que le deli-
mita.
Se habla de voto nulo cuando se señalan mas de
un candidato en cada tarjetón o cuando en lugar
de señalar con X se escribe alguna palabra.
El voto puede ser también en BLANCO cuando el
ciudadano decide que ninguno de los candidatos
satisface sus expectativas. Este voto es válido pa-
ra determinar el cuociente electoral. No se le su-
ma por ningún motivo al candidato de mayo vo-
tación. Si el voto en blanco llega a ser mayoría las
elecciones se vuelven a repetir excluyendo a los
candidatos participantes. Solo se repetirá por una
vez
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REFERENDO
Cuando se quiere apro-
bar un proyecto de nor-
ma o se quiere derogar
o no una norma exis-
tente, se apela a la figu-
ra del referendo, donde
el pueblo toma la deci-
sión de aprobar o re-
chazar.
Esta figura es de orden
nacional, departamen-
tal municipal, distrital,
local. Puede a su vez
ser constitucional, legal
o infra legal, en ese ca-
so si se trata de acuer-
dos , ordenanza, resolu-
ciones. No se pueden
Página 18
.
tomar decisiones sobre tratados in-
ternacionales, presupuesto y tributa-
rias.
La solicitud debe ser registrado por
sus promotores en la Registraduría
del Estado Civil, Deben recogerse en
6 meses máximo, un 10% de apoyo,
del censo electoral respectivo. Lo-
grado esto se invita a votación me-
diante Decreto y se debe obtener
mitad mas uno de los votos partici-
pantes. El tope de los participantes
no debe
ser inferior
a una cuar-
ta (1/4)
parte del
censo elec-
toral en mención
Si es un referendo constitu-
cional el apoyo de las firmas
baja a un 5%, se cita median-
te ley del congreso. El resto
del proceso es igual al ante-
rior caso.
Para la reforma constitucio-
nal siempre se debe contar
con que el Congreso tenga
interés de su reforma. Para
ello se apela fuera del Refe-
rendo Constitucional, con la
Asamblea Nacional Constitu-
yente y con Acto Legislativo.
El referendo derogatorio ver-
sa sobre el capítulo 2 del Ti-
tulo II y sus garantías y a los
procedimientos de participa-
ción popular o al congreso.
ESTUDIOS CONSTITUCIONALES
EL PLEBISCITO
Cuando el Presidente de la República, como líder
del poder ejecutivo requiere del rechazo o apro-
bación por parte del pueblo sobre uno de sus ac-
tos convoca a la figura del plebiscito. No se con-
templan acciones sobre reforma constitucional,
solo sobre las que el Congreso no tenga compe-
tencia, es decir, sobre las que determinan el des-
tino del pueblo.
Esta figura debe llevar las firmas de todos los mi-
nistros y presentarse ante el Congreso para su
visto bueno.
El problema que pueda surgir es que el pueblo no
tenga suficiente información de la pretensión del
gobierno y que las maquinarias partidistas influ-
yan para un voto manipulado
Página 19
Como el pueblo es donde reside el poder, es el
mismo pueblo quien puede presentar proyectos
de ley y de reforma constitucional. La condición
sin equa non es que la iniciativa debe ser avala-
da por no menos del 5X1000 del censo electoral
nacional. Puede promoverla organizaciones cívi-
cas, sindicales, gremiales, indígena, comunal del
orden municipal, departamental, nacional.
La Iniciativa también la pueden tener los dife-
rentes órganos del Estado, en este caso el 30%
de los diputados o concejales deben apoyar la
iniciativa para aprobar , modifica o derogar una
norma.
No se pueden tratar temáticas fiscales, presu-
puestales, de tratados internacionales, propias
de los gobernantes
REVOCATORIA DE MANDATO
INICIATIVA LEGISLATIVA
La revocatoria del mandato es el poder político
del pueblo para exigir a sus mandatarios elegidos
por voto popular que cumpla lo prometido en su
campaña electoral, si al año de posesionarse no
se ven los resultados. La acción rige para los al-
caldes y gobernadores. Del total de votos obteni-
dos por el funcionario en el proceso de su elec-
ción, un 40% debe solicitar la revocatoria. En la
votación que se de, a los 2 meses siguientes, si
vota el 60% de ellos se considera válido la revo-
catoria. Pero este porcentaje debe ser superior al
60% de los votos con los cuales fue elegido el
mandatario a revocar.
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CABILDO ABIERTO
Cuando hay un tema de
interés comunitario, la
comunidad, en un por-
centaje de 5 por mil de
le censo electoral muni-
cipal, convoca a una
reunión pública donde
pueden aportar y solici-
tar acciones en torno a
al tema propuesto. Hay
un mes para convocar
al cabildo abierto, que
debe ser anunciado por
varios medios de comu-
nicación local. Las deci-
Página 20
mediante ley aprobada por
el Congreso.
El mandatario respectivo
debe redactar el texto, fir-
mado por todos los miem-
bros de su equipo adminis-
trativo, previo visto bueno
del ente legislativo según el
caso. La Corte Constitucio-
nal y los Tribunales Adminis-
trativos deben velar por la
constitucionalidad del texto.
Se requiere la mitad mas
uno de los votos participan-
tes..
Si el caso es para convocar
la Asamblea Nacional Cons-
El SI o el NO es la res-
puesta formal que deter-
mina el pueblo ante una
pregunta que el presi-
dente , el gobernador o
el alcalde hacen sobre
temas de trascendencia
nacional, departamental
o municipal. La respues-
ta que determine el pue-
blo es de cumplimiento
obligatorio.
Si el asunto a tratar es la
convocatoria de una
Asamblea Nacional Cons-
tituyente para reformar
la Constitución, , la con-
sulta popular debe ser
tituyente, debe convocarse a consul-
ta popular mediante ley del congreso
y obtenerse runa votación de al me-
nos 1/3 del Censo Electoral
Esta votación debe especificar si es
obligatorio o facultativa.
CONSULTA POPULAR
siones o conclusiones no son
de obligatoriedad legal para el
mandatario local.
Puede participar cualquier per-
sona de la con unidad, pero so-
lo tendrán voz los que se inscri-
ban con a menos 3 días de an-
terioridad.
Estos cabildos deben realizarse
al menos quince días antes de
inicio de sesiones del a corpora-
ción respectiva ( JAL, Concejo,
Asamblea)
ESTUDIOS CONSTITUCIONALES
Página 21
Las VEEDURIAS CIUDA-
DANAS se podrían con-
siderar como otra al-
ternativa que tiene al
comunidad para parti-
cipar del control admi-
nistrativo de su Estado.
Por medio de la Ley
850/03 se considera
mecanismo democráti-
co de los ciudadanos
para VIGILAR la gestión
pública de entidades
estatales o privadas o
de las ONGs.
Su acción tiene
que ver con
proyectos, pro-
gramas, contra-
tos o prestación
de un servicio en los
cuales se invierta de
manera total o parcial
dineros públicos. Esta
acción se apoya en el
articulo 270 de la CP
TALLERES
12. Teniendo en cuenta el plan de
gobierno del actual Presidente de la
República, justifique por escrito por-
que razón se le debe o no realizar
una REVOCATORIA DE MANDATO
11. Diseñe una sopa de letras
donde incluya los términos bá-
sicos de los mecanismos de
protección y de participación
13. Componga una PARODIA sobre el
tema de la unidad 3.Para ello elija una
canción de su gusto y cambie la letra
teniendo en cuenta el tema solicitado
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