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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Órgano del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 26 DE FEBRERO DE 2010 No. 788 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Jefatura de Gobierno Reglamento que establece el procedimiento para la conclusión de la carrera policial de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal 4 Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo expediente: D-AO-01-2009-74 11 Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo expediente: D-AO-06-2008-74 13 Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo expediente: D-AZ-001-2008-74 15 Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo expediente: DBJ-005-09-74 17 Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo expediente: DBJ-008-09-74 19 Resolución por la que se aprueba el Sistema de Transferencia de Potencialidades para el predio ubicado en la Avenida Marina Nacional No. 385, Col. Verónica Anzures, Delegación Miguel Hidalgo 21 Secretaría de Obras y Servicios Lineamientos Generales para la Instrumentación del Programa de Mejoramiento Urbano y Accesibilidad para el ejercicio 2010 28 Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal Acuerdo por el que el titular de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, delega en el titular de la Dirección General de Recursos Humanos, adscrita a la Oficialía Mayor de la misma Dependencia, la facultad que se indica 33 Continúa en la Pág. 2 “2008-2010. Bicentenario de la Independencia y Centenario de la Revolución, en la Ciudad de México”

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  • GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

    rgano del Gobierno del Distrito Federal

    DCIMA SPTIMA POCA 26 DE FEBRERO DE 2010 No. 788

    N D I C E

    ADMINISTRACIN PBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Jefatura de Gobierno

    Reglamento que establece el procedimiento para la conclusin de la carrera policial de la Secretara de Seguridad Pblica del Distrito Federal 4

    Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda

    Resolucin definitiva para el cambio de uso del suelo expediente: D-AO-01-2009-74 11 Resolucin definitiva para el cambio de uso del suelo expediente: D-AO-06-2008-74 13 Resolucin definitiva para el cambio de uso del suelo expediente: D-AZ-001-2008-74 15 Resolucin definitiva para el cambio de uso del suelo expediente: DBJ-005-09-74 17 Resolucin definitiva para el cambio de uso del suelo expediente: DBJ-008-09-74 19 Resolucin por la que se aprueba el Sistema de Transferencia de Potencialidades para el predio ubicado en la

    Avenida Marina Nacional No. 385, Col. Vernica Anzures, Delegacin Miguel Hidalgo 21

    Secretara de Obras y Servicios

    Lineamientos Generales para la Instrumentacin del Programa de Mejoramiento Urbano y Accesibilidad para el ejercicio 2010 28

    Secretara de Seguridad Pblica del Distrito Federal

    Acuerdo por el que el titular de la Secretara de Seguridad Pblica del Distrito Federal, delega en el titular de la Direccin General de Recursos Humanos, adscrita a la Oficiala Mayor de la misma Dependencia, la facultad que se indica 33

    Contina en la Pg. 2

    2008-2010. Bicentenario de la Independencia y Centenario de la Revolucin, en la Ciudad de Mxico

  • 2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de febrero de 2010

    ndice Viene de la Pg. 1

    Consejera Jurdica y de Servicios Legales Aviso por el que se da a conocer el convenio de suplencia que celebran los Licenciados Andrs Jimnez Cruz y

    Mario Garciadiego Gonzlez Cos, titulares de las Notaras 178 y 184 del Distrito Federal, respectivamente 35 Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestacin de Servicios Ao 2010

    Corporacin Mexicana de Impresin, S. A. de C. V. 36 Acuerdo mediante el cual se dan a conocer los das inhbiles de la Oficina de Informacin Pblica de

    Corporacin Mexicana de Impresin, S.A. de C.V., correspondientes al ao 2010 y enero de 2011 37 Delegacin Cuauhtmoc

    Aviso por el cual se da a conocer la ubicacin de la Oficina de Informacin Pblica de la Delegacin Cuauhtmoc, das y horario de atencin, as como el nombre del encargado de la misma 39

    Delegacin Tlahuac Programa Anual de Obra Pblica 2010 40

    Delegacin Xochimilco Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestacin de Servicios para el ejercicio fiscal 2010 41

    Sistema de Aguas de la Ciudad de Mxico Manual Administrativo en su parte correspondiente a organizacin 42

    Fideicomiso de Recuperacin Crediticia del Distrito Federal Acuerdo por el que se hacen del conocimiento pblico los das inhbiles de la Oficina de Informacin Pblica del

    Fideicomiso de Recuperacin Crediticia del Distrito Federal FIDERE III, correspondientes al ejercicio 2010 y enero 2011 86

    Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestacin de Servicios ao 2010 89 SECCIN DE AVISOS

    GPAEF, S.A. de C.V. 90 Grupo Tabasqueo en Apoyo a la Economa Familiar, S.A. de C.V. 90 Grupo Tlaxcalteca en Apoyo a la Economa Familiar, S.A. de C.V. 91 PF Acapulco del Sur, S.A. de C.V. 91 Brunelway S.A. de C.V. 92 Gratcomer S. de R.L. de C.V. 94 Promotora Clie S.A. de C.V. 96 Skipinto de Mxico S.A. de C.V. 98 Constructora Calgara, S.A. de C.V. 100 Uniformes La Providencia S.A. de C.V. 100 Fianzas Montrerrey Aetna, S. A. 101 Globalcard, S.A. de C.V. 111 Biotecnologa y Nutricin, S.A. de C.V. 117 Unin Nacional de Productores Artesanales Coyolxauhqui, S. A. de C. V. 118 Edictos 119 Aviso 126

  • 26 de Febrero de 2010 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3

  • 4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de febrero de 2010

    ADMINISTRACIN PBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

    JEFATURA DE GOBIERNO REGLAMENTO QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA CONCLUSIN DE LA CARRERA POLICIAL DE LA SECRETARA DE SEGURIDAD PBLICA DEL DISTRITO FEDERAL (Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de Mxico.- Capital en Movimiento)

    MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artculos 122, Apartado C, Base Segunda, fraccin II, inciso b), de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos; 8, fraccin II, 67, fraccin II, y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 14, 15, fraccin I, y 23 de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica del Distrito Federal, 1,3, fracciones XXVIII, y XXX, 49, 50, 50 Bis, 51, 51 Bis, 54, 55, 58 y 59 de la Ley Orgnica de la Secretara de Seguridad Pblica del Distrito Federal; he tenido a bien expedir el siguiente: REGLAMENTO QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA CONCLUSIN DE LA CARRERA POLICIAL DE LA SECRETARA DE SEGURIDAD PBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.

    CAPTULO PRIMERO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

    Artculo 1. El presente Reglamento es de orden pblico y observancia general en el Distrito Federal y tiene por objeto reglamentar el procedimiento de conclusin de la carrera policial por incumplimiento de los requisitos de ingreso y permanencia en la Polica del Distrito Federal y la Polica Complementaria, a que se refieren los artculos 49, 50, 50 Bis, 51, 51 Bis, 54, 55, 58 y 59 de la Ley Orgnica de la Secretara de Seguridad Pblica. Artculo 2. Para los efectos de este Reglamento, adems de las definiciones previstas en la Ley Orgnica de la Secretara de Seguridad Pblica del Distrito Federal, se entender por: I. Centro de Control de Confianza: Al Centro de Control de Confianza de la Secretara de Seguridad Pblica del

    Distrito Federal en los trminos de la Ley;

    II. Consejo: Al Consejo de Honor y Justicia de la Secretara de Seguridad Pblica del Distrito Federal;

    III. Corporacin: La Polica Preventiva del Distrito Federal, la Polica Bancaria e Industrial del Distrito Federal, y la Polica Auxiliar segn el caso, a la que pertenezca el elemento policial;

    IV. Elemento Policial: Al personal que ha recibido y aprobado el curso bsico de formacin policial y ocupa una plaza de

    polica en la Secretara, en la Polica Bancaria e Industrial o en la Polica Auxiliar del Distrito Federal; tambin se considera al personal que hubiere acreditado el curso bsico de formacin policial y ocupe cargo de administracin o de estructura en la Secretara o en la Polica Complementaria;

    V. ISSSTE: El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado;

    VI. Institucin Oficial: Institucin de Salud del Gobierno Federal, incluyendo Institutos Nacionales de Investigacin, e

    Instituciones de Salud del Gobierno del Distrito Federal;

    VII. Ley: La Ley Orgnica de la Secretara de Seguridad Pblica del Distrito Federal;

    VIII. Principios de Actuacin Policial: Los que se encuentran contenidos en los artculos 16 y 17 de la Ley de Seguridad Pblica del Distrito Federal;

    IX. Reglamento: El presente Reglamento;

  • 26 de Febrero de 2010 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5

    X. Reglamento Interior. Reglamento Interior de la Secretara de Seguridad Pblica del Distrito Federal;

    XI. Secretara: La Secretara de Seguridad Pblica del Distrito Federal; y

    XII. Secretario: El Secretario de Seguridad Pblica del Distrito Federal. Artculo 3. El Secretario resolver las controversias que se susciten sobre la competencia de las unidades administrativas de la Secretara con motivo de la aplicacin del presente reglamento, y sobre las situaciones no previstas en el mismo, as como establecer los lineamientos y procedimientos conforme a los cuales deban actuar. La Secretara contar en todo momento con la facultad de verificar el cumplimiento de los requisitos de ingreso o permanencia a que se refieren los artculos 21, prrafo dcimo, inciso a), y 123 apartado B, fraccin XIII, segundo prrafo, de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, iniciando en su caso, el procedimiento respectivo de conclusin de la Carrera Policial.

    CAPTULO SEGUNDO.

    DEL INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE INGRESO AL SERVICIO POLICIAL.

    Artculo 4. El aspirante que ostente doble nacionalidad y desee ingresar en la carrera policial, en trminos de lo dispuesto por la fraccin I, del artculo 50 de la Ley, deber reportar esta circunstancia en su solicitud de ingreso y presentar el certificado de nacionalidad mexicana expedido por la Secretara de Relaciones Exteriores.

    Artculo 5. Incumple el requisito de notoria buena conducta y reconocida solvencia moral, en trminos de lo sealado por la fraccin II, del artculo 50 de la Ley, el aspirante que desee ingresar en la Carrera Policial y hubiere incurrido en alguno de los supuestos siguientes: I. Haber sido sujeto a proceso por el Consejo Tutelar para Menores Infractores del Distrito Federal, los Juzgados de

    Justicia para Adolescentes del Distrito Federal o su equivalente en cualquier entidad Federativa, por la comisin de conductas que tratndose de adultos estn tipificadas como delito grave o culposo agravado, an cuando haya sido exonerado de los cargos;

    II. Haber sido sujeto a proceso por la comisin de delito doloso grave o culposo agravado, aun y cuando haya sido exonerado de los cargos;

    III. Estar identificado como desertor del servicio por el Ejercito Mexicano o la Armada de Mxico; IV. Haya sido destituido como servidor pblico de alguna Institucin de Seguridad Pblica por el incumplimiento de los

    requisitos de permanencia o falta a los principios de la actuacin policial; V. Presentar documentacin falsa; o VI. Las dems que establezcan las disposiciones legales aplicables. Artculo 6. El aspirante a ingresar a la Carrera Policial deber acreditar, mediante la exhibicin de la cartilla liberada, haber cumplido el servicio militar en el Ejrcito, activo o en disponibilidad, conforme a lo dispuesto por la Ley del Servicio Militar. Cuando el aspirante no cuente con la liberacin de la cartilla, por estar en proceso el cumplimiento del servicio en el Ejrcito activo, podr participar en el curso de formacin y ser considerado para su ingreso al servicio en la Secretara o Polica Complementaria, por un primer perodo de dos aos, en trminos de lo dispuesto en el artculo 48 de la Ley, plazo en el que deber presentar el documento que acredita la liberacin por el primer ao del Servicio Militar Nacional.

  • 6 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de febrero de 2010

    CAPITULO TERCERO

    DEL INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE PERMANENCIA EN EL SERVICIO POLICIAL Artculo 7. Para efectos de lo dispuesto en la fraccin I, del artculo 51 de la Ley, se entender que el personal policial incumple el requisito de conservar la nacionalidad mexicana cuando, contando con doble nacionalidad, no lo haya reportado a la Secretara y solicite, tramite o posea pasaporte vigente expedido a su nombre por otro pas; en cuyo caso, el elemento cesar inmediatamente en sus funciones y causar baja de la corporacin policial. Artculo 8. Incumple los requisitos de notoria buena conducta y reconocida solvencia moral, a que hace referencia la fraccin II, del artculo 51 de la Ley, el elemento policial que incurra en alguno de los supuestos siguientes: I. Acumular cinco o ms correctivos disciplinarios de arresto, por veinticuatro horas o ms, cada uno, en un plazo de doce

    meses; II. Acumular tres o ms medidas de apremio consistentes en amonestacin, multa o arresto por no comparecer, sin causa

    justificada, a la audiencia a la que hubiere sido citado legalmente, por autoridad jurisdiccional competente, en un plazo de veinticuatro meses;

    III. Hacer uso o aprovechar en su beneficio documentos falsos, con el objeto de obtener un servicio o beneficio en la Secretara

    o de los programas y servicios que otorga el Gobierno del Distrito Federal o Federal, o para evitar la aplicacin de las consecuencias previstas en la normatividad;

    IV. Suplantar a otro elemento policial en el ejercicio de sus funciones; V. Realizar actividades de prestacin de servicios personales, de carcter remunerativo, estando incapacitado totalmente o

    parcialmente para brindar el servicio policial, conforme a documento expedido por autoridad competente; VI. Portar el uniforme o parte de l y llevar a cabo actos o actividades reservadas a policas en servicio activo, estando fuera del

    servicio; VII. Asentar datos falsos, modificar o alterar documentos oficiales de la Secretara o registros de sta, documentos oficiales o

    partes policiales, una vez expedidos, aun cuando se realice bajo orden o instruccin de un superior jerrquico, sin perjuicio de la responsabilidad penal que surja;

    VIII. Declarar falsamente o cambiar su declaracin sobre hechos que le consten en el ejercicio de su encargo y hayan sido

    manifestados ante autoridad administrativa, ministerial o judicial, sin perjuicio de la responsabilidad penal que surja; IX. Abstenerse de presentar la justificacin legal a la inasistencia incurrida dentro de las setenta y dos horas siguientes a la

    comisin de la falta; X. Prestar sus servicios en otra institucin de seguridad pblica en cualquier entidad federativa, municipal, nacional, o

    institucin de seguridad privada, siendo personal al servicio de la Secretara; o XI. Realizar cualquier acto u omisin en contravencin de la Ley y la normatividad aplicable a los elementos de polica del

    Distrito Federal, en incumplimiento de los principios de actuacin policial a juicio del Consejo de Honor y Justicia.

    Artculo 9. La edad lmite para la prestacin del servicio policial a que se refieren los artculos 50, fraccin V, 50 Bis, 51, fraccin IV, y 51 Bis de la Ley, es de 60 aos. Artculo 10. El personal reasignado en funciones administrativas, en trminos de lo previsto en el artculo 44 de la Ley, continuar sujeto a la carrera policial mientras se encuentre comisionado para ocupar un puesto administrativo o de estructura, hasta alcanzar las edades siguientes:

  • 26 de Febrero de 2010 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7

    Nivel Jerrquico Edad alcanzada

    I.

    Polica, Polica Segundo y Polica Primero, Suboficial, Oficial Segundo, Oficial Primero.

    60 aos

    II. Subinspector, Segundo inspector, Primer Inspector.

    65 aos

    III. Segundo Superintendente, Primer Superintendente 65 aos Artculo 11. El elemento policial que haya rebasado la edad lmite para permanecer en el servicio activo y le sea revocada la comisin o funcin de carcter administrativo, actualiza el supuesto de incumplimiento del requisito de permanencia a que se refiere la fraccin IV, del artculo 51 de la Ley. Lo anterior, sin perjuicio de la atribucin que le otorga la normativa al Secretario para designar y remover libremente a personal de estructura de la Secretara o de la polica complementaria y proponer la designacin, y en su caso, la remocin al Jefe de Gobierno de servidores pblicos de jerarqua inmediata inferior. Artculo 12. Incumple el requisito de permanencia por razones de salud o mdicos, a que se refieren las fracciones IV y IX, del artculo 51 de la Ley, el elemento policial que: I. Sea declarado incapacitado temporalmente para trabajar por lesin o enfermedad, con goce de licencia mdica emitida por

    el ISSSTE, por una o varias causas relacionadas entre s o sin relacin entre ellas, y que en su conjunto acumulen ciento ochenta o ms das de incapacidad en un plazo de veinticuatro meses. No sern consideradas para estos efectos, las licencia mdicas que con motivo de embarazo y posparto sean otorgadas en los trminos de la Ley y la legislacin aplicable;

    II. Sea declarado incapacitado total y permanentemente para trabajar, por parte del ISSSTE; III. Sea declarado parcial y permanentemente incapacitado para trabajar, por parte del ISSSTE; o IV. Sea declarado total permanente o parcialmente permanente incapacitado para brindar el servicio policial por institucin

    oficial de salud. Artculo 13. Incumple el requisito de permanencia por razones psicolgicas o de salud mental, a que se refiere las fracciones IV y IX, del artculo 51 de la ley, el elemento policial que conforme a la evaluacin practicada por el Centro de Control de Confianza de la Secretara, sea diagnosticado con trastornos de la personalidad o problemas de conducta que le impidan la realizacin de las funciones policiales. Artculo 14. Incumple el requisito de permanencia por razones ticas y de entorno social, a que se refieren las fracciones IV, VIII y IX, del artculo 51 de la Ley, el elemento policial que, conforme a las evaluaciones practicadas por el Centro de Control de Confianza de la Secretara, se ubique dentro de alguna de las hiptesis siguientes: I. No acredite la evaluacin poligrfica; II. No acredite fuentes de ingresos para mantener su nivel de vida;

    III. No acredite fuentes de ingresos adicionales para mantener su nivel de vida y el de su familia, cuando el importe neto de los

    ingresos que percibe por su servicio policial, descontados los cargos legales, administrativos, judiciales, convencionales o de cualquier otra naturaleza, sea neto igual o inferior a mil pesos mensuales; o

    IV. Cualquier otra causa identificada y acreditada que genere la presuncin de un comportamiento contrario a la tica y los

    principios de la actuacin policial. Artculo 15. Incumple el requisito de permanencia por no participar o aprobar los programas de formacin, capacitacin o actualizacin profesional, a que hace referencia la fraccin V, del artculo 51 de la Ley, el elemento policial que: I. Se abstenga de acudir y desarrollar los cursos de formacin, capacitacin o actualizacin al que sea convocado;

  • 8 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de febrero de 2010

    II. Abandone sin causa justificada el curso al que haya sido convocado; o III. No acredite, en dos ocasiones consecutivas, el curso de formacin, capacitacin o actualizacin profesional al que haya

    sido convocado.

    El elemento policial estar obligado a justificar su inasistencia o abandono al curso al que sea convocado, dentro de las setenta horas siguientes a la falta.

    Artculo 16. Incumple el requisito de permanencia por no aprobar el proceso de promocin, a que se refiere la fraccin VI, del artculo 51, en relacin con lo dispuesto por los artculos 54 y 55 de la Ley, el elemento policial con nivel jerrquico de polica, polica segundo, polica primero, suboficial, segundo oficial y primer oficial que, siendo convocado en tres ocasiones consecutivas a la promocin, se abstenga de participar o no la apruebe para el grado inmediato superior que le corresponda, por causas imputables al elemento. Artculo 17. Incumple el requisito de permanencia por no aprobar el proceso de evaluacin del desempeo, a que se refiere la fraccin VII, del articulo 51 de la Ley, el elemento policial que no hubiese aprobado en tres ocasiones consecutivas en un plazo de veinticuatro meses, la evaluacin del desempeo que se realice conforme a los lineamientos que emita la Secretaria. Artculo 18. Incumple el requisito de permanencia por no aprobar el proceso de evaluacin toxicolgica a que se refiere las fracciones IX y X, del artculo 51 de la Ley, el elemento policial que obtenga resultado positivo a consumo de substancias psicotrpicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos semejantes, conforme al dictamen practicado institucin oficial o por laboratorio Mdico autorizado para operar en Mxico, designado por la Secretara. Artculo 19. Incumple el requisito de permanencia por no aprobar el proceso de evaluacin, en la modalidad de deteccin de alcoholismo, a que se refiere la fraccin XI, del artculo 51 de la Ley, el elemento policial que sea diagnosticado como alcohlico por los servicios mdicos de la Secretara o con motivo de la prctica del examen que para el efecto sea convocado por el Centro de Control de Confianza de la Secretara. Artculo 20. Incumple con los requisitos de permanencia, a que se refieren las fracciones V, VI, VII, VIII y IX, del artculo 51 de la Ley, el elemento policial que se abstenga o se niegue, en forma expresa o tcita, a recibir la notificacin correspondiente para participar, o se abstenga de presentarse, o habiendo iniciado abandone: I. Los cursos de formacin, capacitacin y actualizacin profesional a los que sea convocado; II. Las convocatorias para ascenso; III. Las evaluaciones del desempeo policial; IV. Las evaluaciones mdicas por parte de los servicios mdicos de la Secretara; y V. Las evaluaciones del Centro de Control de Confianza de la Secretara. En los casos referidos en las fracciones I a IV, el elemento policial deber presentar, ante la Direccin General de Carrera Policial, la justificacin legal que acredite su negativa de recibir la notificacin para presentarse a curso, convocatoria o evaluacin, o de su inasistencia o del abandono antes de la conclusin del evento, dentro de las setenta y dos horas siguientes al hecho. En el caso referido en la fraccin V, el elemento policial deber presentar la justificacin legal que acredite su negativa dentro de las setenta y dos horas siguientes al hecho, ante la Direccin General del Centro de Control de Confianza. La ausencia al evento, la falta de participacin o el abandono del mismo antes de su conclusin y la no justificacin debida dentro de las 72 horas siguientes ante las autoridades sealadas en el prrafo anterior, segn el caso, tiene como consecuencia, que se tenga por no acreditado o no aprobado, segn sea el caso, el curso, promocin o evaluacin objetivo del evento y, en consecuencia, por acreditado el incumplimiento del requisito de permanencia en la Corporacin.

  • 26 de Febrero de 2010 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 9

    CAPTULO CUARTO DE LA CONCLUSIN DE LA CARRERA POLICIAL

    Artculo 21. La conclusin del servicio de un integrante de la Polica del Distrito Federal es la terminacin de su nombramiento o la cesacin de sus efectos legales por separacin, destitucin o baja. La separacin, destitucin o baja proceder por las causas siguientes:

    I. Separacin:

    a) Por incumplimiento de los requisitos de permanencia por razones de edad a que se refieren los artculos 9, 10 y 11 del presente Reglamento; o

    b) Por incumplimiento de los requisitos de permanencia a que se refieren los artculos 12, 13, 16, 17 y 19 del

    presente Reglamento;

    II. Destitucin:

    a) Por incurrir en responsabilidad en el desempeo de sus funciones o por incumplimiento de sus deberes policiales, de conformidad con las disposiciones relativas al rgimen disciplinario y los principios de actuacin policial, a que se refieren los artculos 16 y 17 de la Ley de Seguridad Pblica del Distrito Federal, o por incumplir los requisitos de ingreso, a que se refieren los artculos 4 y 5 del presente Reglamento;

    b) Por incumplir alguno de los requisitos de permanencia a que se refieren los artculos 6, 7, 8, 14, 15, 18 y 20

    del presente Reglamento; o c) Por cualquiera de las causas a que hace referencia el artculo 52, de la Ley de Seguridad Pblica del Distrito

    Federal, y III. Baja, por:

    a) Renuncia; b) Muerte; c) Incapacidad permanente, sea parcial o total; o d) Jubilacin o Retiro.

    Artculo 22. El elemento policial que sea separado de su encargo conforme a lo dispuesto por el artculo 21 del presente Reglamento, conservar los derechos que la normatividad le otorgan para recibir pensin, jubilacin o indemnizacin por retiro, conforme a edad alcanzada y aos de servicio en la corporacin, en los trminos y bajo las condiciones que al efecto sealen la normatividad aplicable en materia de Seguridad Social para la Institucin Policial del Distrito Federal.

    CAPTULO QUINTO DEL PROCEDIMIENTO DE CONCLUSIN DE LA CARRERA POLICIAL.

    Artculo 23. El elemento policial que haya sido declarado con invalidez total y permanente o parcial permanente para trabajar, mediante dictamen del ISSSTE, causar baja por incapacidad permanente, conforme a los procedimientos que al efecto establecer la Secretara. Artculo 24. El elemento policial que alcance la edad lmite para el servicio en trminos de lo dispuesto en los artculos 8, 9 y 10 del presente Reglamento, a la fecha en que se actualice el supuesto, causar baja de la Corporacin, por lo que deber tramitar su retiro conforme a la normatividad que al efecto establezca la Secretara.

  • 10 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de febrero de 2010

    Artculo 25. Al personal que rebase la edad mxima establecida para pertenecer a la corporacin no se le podr asignar servicio. En todo caso, los efectos de nombramiento, designacin comisin o cualquier otra forma con la que cual se le considere personal policial en activo o en actividades administrativas de la Dependencia, o en la Polica Complementaria a la que pertenezca, concluye el 31 de diciembre del ao en que el elemento policial alcanza la edad sealada en el referido artculo 9 del presente Reglamento. En su caso, conforme a la disponibilidad presupuestal, los elementos que se encuentren en este supuesto sern considerados preferentemente para su incorporacin al Programa de Retiro Voluntario que se autorice en la Secretara. Sin perjuicio de lo anterior, el elemento policial al alcanzar la edad de retiro se encuentra en aptitud y deber realizar los trmites para la asignacin de pensin por jubilacin que le corresponda conforme al Programa de Seguridad Social que se tenga establecido para la Dependencia o corporacin a la que pertenezca. Artculo 26. La separacin de los elementos policiales por incumplimiento de los requisitos de ingreso y permanencia, a que se refiere la fraccin I, del artculo 21 del presente Reglamento, ser conocida y resuelta por el Consejo de Honor y Justicia en los trminos del procedimiento establecido en la normatividad aplicable. El Consejo de Honor y Justicia en los casos previstos en la fraccin I, del artculo 21 del presente Reglamento, con base en los elementos aportados al expediente, tomando en consideracin la hoja de servicios del elemento y escuchando sus argumentos, en caso de que se encuentre acreditada la causa de separacin, emitir resolucin correspondiente, ordenando cubrir al elemento una indemnizacin que ser equivalente al monto que la Secretara entrega a los elementos policiales que optan por acogerse al Programa de Retiro Voluntario en la Secretara. En caso de no estar vigente dicho Programa para el ejercicio en que el Consejo de Honor y Justicia resuelva la separacin del Elemento Policial, se tomarn como base para el pago de la indemnizacin los montos sealados en el ltimo programa que al efecto estuvo vigente. Artculo 27. El Consejo de Honor y Justicia de la Secretara conocer y resolver, en trminos de la normatividad aplicable, los casos de destitucin de los elementos policiales que se generen por incumplir los requisitos de permanencia a que se refiere la fraccin II, del artculo 21 del presente Reglamento. Desahogado el proceso, y en caso de acreditarse la causal, se decretar la destitucin, sin que en esos casos resulte procedente la indemnizacin a que se refiere el artculo anterior.

    TRANSITORIOS

    PRIMERO. Publquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO. El presente Reglamento entrar en vigor el da siguiente de su publicacin. TERCERO. Se abroga toda disposicin normativa que contravenga lo establecido en el presente instrumento. Dado en la Residencia Oficial del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de Mxico, a los veintids das del mes de febrero del ao dos mil diez.-EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PBLICA, MANUEL MONDRAGN Y KALB.- FIRMA.

  • 26 de Febrero de 2010 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 11

    ADMINISTRACIN PBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

    Expediente: D-AO-01-2009-74 Ubicacin: Rosa Violeta No. 179,

    Colonia Molino de Rosas, Delegacin lvaro Obregn

    En la Ciudad de Mxico, Distrito Federal, a los nueve das del mes de noviembre del ao dos mil nueve.------------------------ EL ARQ. FELIPE LEAL FERNNDEZ, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en el Artculo 15 fraccin II, Artculo 16 fraccin IV, Artculo 24 fracciones I y IV de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica del Distrito Federal; adems del Artculo 11 fracciones XIII, XXII y XLI; y Artculo 74 fraccin II incisos g) y h) de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; emite la siguiente: ------------------------------------------

    RESOLUCIN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO CONFORME A LO DISPUESTO EN

    EL ARTCULO 74 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL --------------------------------------------------------------------ANTECEDENTES----------------------------------------------------- I.- Con fecha 4 de marzo del ao 2009, la ciudadana Felicitas Carlota Vega Reyes como copropietaria acreditada mediante escritura pblica No. 5,940 inscrita en el Registro Pblico de la Propiedad y de Comercio, inscrito con folio real No. 9325783, solicit el cambio de uso del suelo para el predio ubicado en la calle Rosa Violeta No. 179, colonia Molino de Rosas, Delegacin lvaro Obregn, Distrito Federal, registrada con el nmero de expediente D-AO-01-2009-74, con una superficie de terreno de 320.00 m2, para el uso de Lavandera en una superficie de 24.00 m2.------------------------------------ II.- La Direccin de Instrumentos para el Desarrollo Urbano dependiente de la Direccin General de Desarrollo Urbano de la Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda, verific que la solicitud reuniera los requisitos sealados y cumpliera con el procedimiento establecido en la normatividad vigente.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------CONSIDERANDO----------------------------------------------------- I.- Que de conformidad y con fundamento en lo dispuesto en los Artculos 8 y 14 prrafo primero de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos; 24 fracciones X y XX de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica del Distrito Federal; Artculo 49 fraccin XV del Reglamento Interior de la Administracin Pblica del Distrito Federal; Artculo 6 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VIII, IX y X; 7 fracciones I, II, III y IV; 11, 30, 31, 32, 52, 54 y 55 de la Ley del Procedimiento Administrativo; 8 fraccin III y del Artculo 11 fraccin XXXVIII; 74 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 14, 15 y 16 fraccin VI del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, el Titular de la Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, es competente para resolver la solicitud de autorizacin de cambio de uso del suelo para el predio sealado.------------------------------------------------------------------------ II.- Que mediante Comit Tcnico sesin nmero 28 (2009) de fecha 31 de agosto del ao 2009, las dependencias que lo conforman como son: Secretara de Desarrollo Econmico, Secretara de Proteccin Civil del Distrito Federal, Secretara de Medio Ambiente y Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal, de conformidad con lo previsto por el artculo 74 fraccin II inciso b) de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, que intervinieron en el procedimiento administrativo que nos ocupa en el mbito de sus respectivas competencias, emitieron sus opiniones tcnicas pronuncindose a favor de la solicitud presentada por la C. Felicitas Carlota Vega Reyes en su calidad de copropietaria, para permitir el uso de Lavandera en una superficie de 24.00 m, quedando asentadas en la Cdula de Dictamen correspondiente, por lo que respecta a la Secretara de Transportes y Vialidad, se convoc a la sesin de Comit Tcnico a la cual no se present, sin embargo, mediante oficio nmero DGPV-DV-SE-1431/09 de fecha 28 de julio del 2009, emiti opinin positiva; de igual forma el rgano Poltico Administrativo en lvaro Obregn no asisti a dicha sesin, no obstante, a travs de la Direccin de Desarrollo Urbano y con oficio nmero DGODU/DDU/0277/2009 de fecha 19 de junio del 2009, emiti opinin favorable y solicit al Comit Vecinal 10-097-1 de la colonia Molino de Rosas, su opinin mediante oficio DGODU/DDU/CLC/0717/2009 de fecha 12 de mayo de 2009, el cual fue imposible de entregar, por lo que la Delegacin lvaro Obregn, elabor una Acta Circunstanciada con fecha 23 de mayo de 2009; cabe sealar que aunado a lo anterior la Direccin de Instrumentos para el Desarrollo Urbano de esta Secretara convoc a la sesin de Comit Tcnico tanto al Comit Vecinal, a travs de los oficios No. DIDU/1416/09 de fecha 17 julio de 2009 y DIDU/1639/09 de fecha 21 agosto de 2009, como al Representante de la Comisin de Desarrollo e Infraestructura Urbana de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, mediante oficios No. DGDU/0842/09 de fecha 17 de julio de 2009, de la Direccin General de Desarrollo Urbano y DIDU/1633/09, siendo imposible notificar este ltimo, como consta en la notificacin de fecha 24 de agosto de 2009, de tal forma que ninguna de dichas instancias asisti, ni emitieron opinin por escrito, aplicando lo establecido en el artculo 55 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y se entiende que no tienen objecin alguna a la solicitud planteada; el Sistema de Aguas de la Ciudad de Mxico, solicit en la sesin de Comit, 7

  • 12 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de febrero de 2010

    das para emitir opinin, y a travs del oficio No. GDF-SMA-SACM-DESU-DVDC-SFS-UDIF-09 emiti opinin positiva.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- III.-En mrito a lo expuesto, atendiendo a las constancias que integran el expediente en que se acta, mismas que han quedado precisadas en el considerando que antecede y toda vez que la peticin formulada por la particular para autorizar el cambio de uso de suelo en el predio ubicado en calle Rosa Violeta No. 179, colonia Molino de Rosas, Delegacin lvaro Obregn, para Comercio/Tiendas de Servicio/ Lavandera en una superficie de 24.00 m en planta baja, es congruente con los objetivos contenidos en el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para lvaro Obregn versin 1997, de ofrecer las condiciones fsicas para la realizacin de actividades productivas y de fomento a la creacin de empleos, procurando que su distribucin en el rea urbana sea ms equilibrada e induciendo la diversificacin del uso del suelo, as como son el reforzamiento de la elementos de la estructura urbana y sus nuevas reas a travs de comercios y oficinas as como proveer fuentes de empleo y dotar de servicios a sus habitantes, adems de integrarse al contexto urbano de la zona, se considera procedente autorizar el cambio de uso del suelo solicitado en razn que en el presente caso encuadra en el supuesto previsto en el artculo 74 fraccin I inciso a), por lo que es de resolverse y se-------------------------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------RESUELVE ----------------------------------------------------------- Primero.- Que se autoriza y se permite el cambio de uso del suelo para Comercio / Tiendas de Servicios / Lavandera en 24.00 m2, nica y exclusivamente en planta baja con acceso directo a la va pblica, adems de los usos permitidos por la zonificacin vigente, para el predio ubicado en la calle Rosa Violeta No. 179, colonia Molino de Rosas, Delegacin lvaro Obregn, Mxico, Distrito Federal; solicitado por la ciudadana Felicitas Carlota Vega Reyes como copropietaria acreditada con escritura pblica No. 5940 con folio real No. 9325783, mediante la solicitud registrada con el nmero de expediente D-AO-01-2009-74, con una superficie de terreno de 320.00 m2; condicionado a cumplir con el nmero de cajones de estacionamiento requeridos por la normatividad; a contar con una toma de agua potable de 13 mm de dimetro, a no obstruir la va pblica, no provocar congestionamiento vial, no arrojar al drenaje sustancias o desechos txicos ni utilizar materiales peligrosos, o emitir humos ni ruidos perceptibles por los vecinos; y a lo dispuesto por el Reglamento de Construcciones del Distrito Federal; la Ley de Establecimientos Mercantiles, y con las dems Leyes y Reglamentos en la materia.----------------- Segundo.- La presente Resolucin no exime del cumplimiento de las dems disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia; por lo que, el incumplimiento de las mismas se considera violaciones a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, a su Reglamento y a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, hacindose acreedores, en su caso, a las sanciones que las autoridades competentes impongan al propietario del predio motivo del cambio de uso del suelo, por el funcionamiento y/o ejercicio de una actividad comercial y/o de servicios en el mismo, anterior a la vigencia de la presente Resolucin. Por ello, en caso que actualmente se est violentando cualquiera de las disposiciones legales citadas, corresponder al rgano Poltico-Administrativo, imponer las sanciones correspondientes al propietario del predio motivo del cambio de uso del suelo.------------------------------------------------------------------------------- Tercero.- Notifquese personalmente al propietario mediante copia certificada de la presente Resolucin.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Cuarto.- Publquese la presente Resolucin en la Gaceta Oficial del Distrito Federal e inscrbase en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano y en el Registro Pblico de la Propiedad y de Comercio, previo pago de derechos a que se refieren los Artculos 217 y 264 del Cdigo Financiero del Distrito Federal. Si el interesado no acredita dichos pagos en un trmino de tres meses contados a partir de la notificacin sealada en el numeral anterior, quedar sin efectos esta Resolucin.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Quinto.- Una vez inscrita la presente Resolucin y pagados los derechos correspondientes, el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano expedir a peticin del interesado, el Certificado de Zonificacin para Usos del Suelo Especfico, de acuerdo a lo estipulado en el Artculo 257 fraccin I del Cdigo Financiero para el Distrito Federal.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Sexto.- Notifquese mediante oficio al rgano Poltico-Administrativo de esta Resolucin y en consecuencia, una vez cumplidos los numerales Tercero, Cuarto y Quinto, archvese el expediente como asunto totalmente concluido.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- C M P L A S E AS LO PROVEY Y FIRMA EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA (Firma) ARQ. FELIPE LEAL FERNNDEZ

  • 26 de Febrero de 2010 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 13

    Expediente: D-AO-06-2008-74 Ubicacin: Chihuahua No. 3,

    Colonia Progreso Tizapan, Delegacin lvaro Obregn

    En la Ciudad de Mxico, Distrito Federal, a los ocho das del mes de junio del ao dos mil nueve.-------------------------------- EL ARQ. J. ARTURO AISPURO CORONEL, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en el Artculo 15 fraccin II, Artculo 16 fraccin IV, Artculo 24 fracciones I y IV de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica del Distrito Federal; adems del Artculo 11 fracciones XIII, XXII y XLI; y Artculo 74 fraccin II incisos g) y h) de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; emite la siguiente: ----------------------------

    RESOLUCIN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO CONFORME A LO DISPUESTO EN

    EL ARTCULO 74 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL -------------------------------------------------------------------ANTECEDENTES---------------------------------------------------------- I.- Con fecha 29 de septiembre del ao 2008, la ciudadana Mara Josefina Salazar como propietaria acreditada mediante Documentacin del Juicio de Prescripcin positiva con folio real No. 9296440 y Claudia Arriaga Veloz en calidad de promovente, solicitaron el cambio de uso del suelo para el predio ubicado en la calle Chihuahua No. 3, Mz. 47, Lt. 13, colonia Progreso Tizapan, Delegacin lvaro Obregn, Distrito Federal, registrada con el nmero de expediente D-AO-06-2008-74, con una superficie de terreno de 718.71 m2, para el uso de Restaurante en una superficie de 62.00 m2 en planta baja y Servicios complementarios en 60 m, proporcionando 6 cajones de estacionamiento.-------------------------------------- II.- La Direccin de Instrumentos para el Desarrollo Urbano dependiente de la Direccin General de Desarrollo Urbano de la Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda, verific que la solicitud reuniera los requisitos sealados y cumpliera con el procedimiento establecido en la normatividad vigente.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------CONSIDERANDO-------------------------------------------------------------- I.- Que de conformidad y con fundamento en lo dispuesto en los Artculos 8 y 14 prrafo primero de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos; 24 fracciones X y XX de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica del Distrito Federal; Artculo 49 fraccin XV del Reglamento Interior de la Administracin Pblica del Distrito Federal; Artculo 6 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VIII, IX y X; 7 fracciones I, II, III y IV; 11, 30, 31, 32, 52, 54 y 55 de la Ley del Procedimiento Administrativo; 8 fraccin III y del Artculo 11 fraccin XXXVIII; 74 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 14, 15 y 16 fraccin VI del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, el Titular de la Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, es competente para resolver la solicitud de autorizacin de cambio de uso del suelo para el predio sealado .----------------------------------------------------------------------- II.- Que mediante Comit Tcnico sesin nmero 27 (2009) de fecha 18 de mayo del ao 2009, las dependencias que lo conforman como son: el rgano Poltico Administrativo en lvaro Obregn, Secretara de Desarrollo Econmico, Secretara de Transportes y Vialidad, Secretara de Proteccin Civil, Sistema de Aguas de la Ciudad de Mxico, Secretara de Medio Ambiente, Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal y la Direccin de Sitios Patrimoniales y Monumentos de esta Secretara, de conformidad con lo previsto por el artculo 74 fraccin II inciso b) de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, intervinieron en el procedimiento administrativo que nos ocupa en el mbito de sus respectivas competencias, emitieron sus opiniones tcnicas pronuncindose a favor de la solicitud presentada por la C. Mara Josefina Salazar en su calidad de propietaria y Claudia Arriaga Veloz como promovente, para permitir el uso de Restaurante en una superficie de 62.00 m, en planta baja y servicios complementarios en 60.00 m, quedando asentadas en la Cdula de Dictamen correspondiente; por lo que respecta a la instancia de Representacin Vecinal la Delegacin lvaro Obregn a travs de la Direccin General de Obras y Desarrollo Urbano, solicit su opinin mediante oficio DGODU/DDU/CLC/744/2008 sin haber recibido respuesta por escrito, por lo que, se actualiz la hiptesis prevista en el artculo 55 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y se entendi que no tienen objecin alguna a la solicitud planteada, sin embargo, en la sesin del Comit Tcnico dicha Instancia emiti opinin negativa, sealando que existen otras construcciones o comercios que estn trabajando en la ilegalidad, en cuanto a la vialidad que es una zona conflictiva por encontrarse ah el ITAM y respecto del agua que se tienen problemas graves por que las tuberas son muy antiguas y existen fugas por falta de mantenimiento; por otra parte, a travs del oficio DGDU/414/09 de la Direccin General de Desarrollo Urbano adscrita a esta Dependencia, se convoc a la sesin de Comit Tcnico a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal dicha sesin fue pospuesta, por lo que se cit con una nueva fecha a travs del oficio DIDU/897/09, mismo que fue imposible notificar, hecho que fue registrado en la cdula de notificacin de fecha 14 de mayo, de tal forma que no asisti a la misma y tampoco se emiti opinin por escrito, aplicando de igual manera, lo establecido en el artculo 55 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y se entiende que no tienen objecin alguna a la solicitud planteada.-----------------------------------------------------------------------------------------------------

  • 14 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de febrero de 2010

    III.-En mrito a lo expuesto, atendiendo a las constancias que integran el expediente en que se acta, mismas que han quedado precisadas en el considerando que antecede, tomando en cuenta que la opinin del Comit Vecinal se basa en aspectos referentes a la vialidad y al servicio de agua potable, cuyo anlisis y atribucin corresponde a Instancias antes mencionadas y que opinaron en sentido favorable, careciendo de fundamento y toda vez que la peticin formulada por el particular para autorizar el cambio de uso de suelo en el predio ubicado en calle Chihuahua No. 3, colonia Progreso Tizapan, Delegacin lvaro Obregn, para el uso de Restaurante en una superficie de 62.00 m, en planta baja y servicios complementarios en 60.00 m, es congruente con los objetivos contenidos en el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para lvaro Obregn versin 1997, de ofrecer las condiciones fsicas para la realizacin de actividades productivas y de fomento a la creacin de empleos, procurando que su distribucin en el rea urbana sea ms equilibrada e induciendo la diversificacin del uso del suelo, as como son el reforzamiento de la elementos de la estructura urbana y sus nuevas reas a travs de comercios y oficinas as como proveer fuentes de empleo y dotar de servicios a sus habitantes, adems de integrarse al contexto urbano de la zona, se considera procedente autorizar el cambio de uso del suelo solicitado, en razn que en el presente caso encuadra en el supuesto previsto en el artculo 74 fraccin I inciso a), por lo que es de resolverse y se-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------------------------RESUELVE -------------------------------------------------------- Primero.- Que se autoriza y se permite el cambio de uso del suelo para Servicios / Alimentos y Bebidas / Restaurante con una superficie a ocupar de 62.00 m2 en planta baja y servicios complementarios en 60.00 m, adems de los usos permitidos por la zonificacin vigente, para el predio ubicado en la calle Chihuahua No. 3, colonia Progreso Tizapan, Delegacin lvaro Obregn, Mxico, Distrito Federal; solicitado por la ciudadana Mara Josefina Salazar en su calidad de propietaria y Claudia Arriaga Veloz en calidad de promovente, mediante la solicitud registrada con el nmero de expediente D-AO-06-2008-74, con una superficie de terreno de 719.00 m2; condicionado a cumplir con el nmero de cajones de estacionamiento requeridos por la normatividad; a contar con una toma de agua potable de 13.00 mm de dimetro, a no obstruir la va pblica, no provocar congestionamiento vial, no arrojar al drenaje sustancias o desechos txicos ni utilizar materiales peligrosos, o emitir humos ni ruidos perceptibles por los vecinos, en el caso de cualquier intervencin en el inmueble deber contar con dictamen tcnico o registro de Aviso de Intervenciones Menores en Predios o Inmuebles Localizados en reas de Conservacin Patrimonial de la Direccin de Sitios Patrimoniales y Monumentos; y a lo dispuesto por el Reglamento de Construcciones del Distrito Federal; la Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles, y con las dems Leyes y Reglamentos en la materia.--------------------------------------------------------------------------------------- Segundo.- La presente Resolucin no exime del cumplimiento de las dems disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia; por lo que, el incumplimiento de las mismas se considera violaciones a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, a su Reglamento y a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, hacindose acreedores, en su caso, a las sanciones que las autoridades competentes impongan al propietario del predio motivo del cambio de uso del suelo, por el funcionamiento y/o ejercicio de una actividad comercial y/o de servicios en el mismo, anterior a la vigencia de la presente Resolucin. Por ello, en caso que actualmente se est violentando cualquiera de las disposiciones legales citadas, corresponder al rgano Poltico-Administrativo, imponer las sanciones correspondientes al propietario del predio motivo del cambio de uso del suelo.------------------------------------------------------------------------------- Tercero.- Notifquese personalmente o por correo certificado al propietario mediante copia certificada de la presente Resolucin.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Cuarto.- Publquese la presente Resolucin en la Gaceta Oficial del Distrito Federal e inscrbase en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano y en el Registro Pblico de la Propiedad y de Comercio, previo pago de derechos a que se refieren los Artculos 217 y 264 del Cdigo Financiero del Distrito Federal respectivamente. Si el interesado no acredita dichos pagos en un trmino de tres meses contados a partir de la notificacin sealada en el numeral anterior, quedar sin efectos esta Resolucin. --------------------------------------------------------------------------------------------------------- Quinto.- Una vez inscrita la presente Resolucin y pagados los derechos correspondientes, el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano expedir a peticin del interesado, el Certificado de Zonificacin para Usos del Suelo Especfico, de acuerdo a lo estipulado en el Artculo 257 fraccin I del Cdigo Financiero para el Distrito Federal.------------ Sexto.- Notifquese mediante oficio al rgano Poltico-Administrativo de esta Resolucin y en consecuencia, una vez cumplidos los numerales Tercero, Cuarto y Quinto, archvese el expediente como asunto totalmente concluido.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- C M P L A S E AS LO PROVEY Y FIRMA EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA (Firma) ARQ. J. ARTURO AISPURO CORONEL

  • 26 de Febrero de 2010 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15

    Expediente: D-AZ-001-2008-74 Ubicacin: Atenas No. 1, Casa Dos,

    Colonia San lvaro, Delegacin Azcapotzalco

    En la Ciudad de Mxico, Distrito Federal, a los veintisiete das del mes de mayo del ao dos mil nueve.------------------------- EL ARQ. J. ARTURO AISPURO CORONEL, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en el Artculo 15 fraccin II, Artculo 16 fraccin IV, Artculo 2 fracciones I y IV de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica del Distrito Federal; adems del Artculo 11 fracciones XIII, XXII y XLI; y Artculo 74 fraccin II incisos g) y h) de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; emite la siguiente: ---------------------------- RESOLUCIN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTCULO 74 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL ------------------------------------------------------------------ANTECEDENTES--------------------------------------------------------- I.- Con fecha 26 de mayo del ao 2008, la ciudadana Adriana Correa Garduo como propietaria acreditada mediante escritura pblica No. 40767 con folio real No. 1208959, solicit el cambio de uso del suelo para el predio ubicado en la calle Atenas No. 1, Casa Dos, Mz. 218, Lt. 22, colonia San lvaro, Delegacin Azcapotzalco, Distrito Federal, registrada con el nmero de expediente D-AZ-001-2008-74, con una superficie de terreno de 110.00 m2, para el uso de Caf Internet en 20.00 m2 y Spa con oficinas en 35.00 m2 para un total de 55.00 m2 en planta baja, proporcionando 1 cajn de estacionamiento.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- II.- La Direccin de Instrumentos para el Desarrollo Urbano dependiente de la Direccin General de Desarrollo Urbano de la Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda, verific que la solicitud reuniera los requisitos sealados y cumpliera con el procedimiento establecido en la normatividad vigente. ----------------------------------------------------------------------------------- ---------------------------------------------------------------------CONSIDERANDO-------------------------------------------------------- I.- Que de conformidad y con fundamento en lo dispuesto en los Artculos 8 y 14 prrafo primero de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos; 24 fracciones X y XX de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica del Distrito Federal; Artculo 49 fraccin XV del Reglamento Interior de la Administracin Pblica del Distrito Federal; Artculo 6 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VIII, IX y X; 7 fracciones I, II, III y IV; 11, 30, 31, 32, 52, 54 y 55 de la Ley del Procedimiento Administrativo; 8 fraccin III y del Artculo 11 fraccin XXXVIII; 74 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 14, 15 y 16 fraccin VI del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, el Titular de la Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, es competente para resolver la solicitud de autorizacin de cambio de uso del suelo para el predio sealado.------------------------------------------------------------------------ II.- Que mediante Comit Tcnico sesin nmero 24 (2008) de fecha 6 de agosto del ao en curso, las dependencias que lo conforman como son: el rgano Poltico Administrativo en Azcapotzalco, Asamblea Legislativa del Distrito Federal, Secretara de Desarrollo Econmico, Secretara de Transportes y Vialidad, Sistema de Aguas de la Ciudad de Mxico, Secretara de Medio Ambiente y la Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal y la Direccin de Sitios Patrimoniales y Monumentos de esta Secretara, de conformidad con lo previsto por el artculo 74 fraccin II inciso b) de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, intervinieron en el procedimiento administrativo que nos ocupa en el mbito de sus respectivas competencias, emitieron sus opiniones tcnicas pronuncindose a favor de la solicitud presentada por la C. Adriana Correa Garduo como propietaria, para permitir el uso de Internet en 20.00 m2 y Spa con oficinas en 35.00 m, para un total de 55.00 m en planta baja, quedando asentadas en la Cdula de Dictamen correspondiente; por otra parte la Secretara de Proteccin Civil solicit 7 das para emitir opinin, sin que a la fecha se haya recibido respuesta, de igual forma la instancia de Representacin Vecinal, no emiti la opinin solicitada mediante el oficio No. DDU/UDUSA/1592/2008 de la Direccin de Desarrollo Urbano perteneciente a la Delegacin Azcapotzalco, esta Secretara a travs del oficio DIDU/1696/08 de la Direccin de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, convoc a dicho Comit Vecinal a la sesin de Comit Tcnico, a la cual no se present y tampoco emiti opinin por escrito, por lo que para ambos casos, se actualiza la hiptesis prevista en el artculo 55 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y se entiende que no tienen objecin alguna a la solicitud planteada.-------------------------------------------------------------------- III.-En mrito a lo expuesto, atendiendo a las constancias que integran el expediente en que se acta, mismas que han quedado precisadas en el considerando que antecede y toda vez que la peticin formulada por el particular para autorizar el cambio de uso de suelo en el predio ubicado en calle Atenas No. 1, Casa Dos, colonia San lvaro, Delegacin Azcapotzalco, para el uso de Caf Internet en 20.00 m2 y Spa con oficinas en 35.00 m2, en planta baja, es congruente con los objetivos contenidos en el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para Azcapotzalco versin 2008, que plantean la consolidacin de la diversidad de usos del suelo, as como el mantener y mejorar los niveles de actividad en los sectores comercial y de servicios, adems de integrarse al contexto urbano de la zona, se considera procedente autorizar el cambio de uso del suelo solicitado en razn que en el presente caso encuadra en el supuesto previsto en el artculo 74

  • 16 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de febrero de 2010

    fraccin I inciso a), por lo que es de resolverse y se--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ---------------------------------------------------------------------------RESUELVE --------------------------------------------------------- Primero.- Que se autoriza y se permite el cambio de uso del suelo para Servicios / Alimentos y Bebidas / (Caf); y Comercio / Tiendas de Servicios / Servicios de Alquiler de Artculos en General (Internet) en 20.00 m2; Comercio / Tiendas de Servicios / Sala de Belleza (Spa con oficinas) en 35.00 m2, para un total de 55.00 m2, nica y exclusivamente en planta baja con acceso directo a la va pblica, adems de los usos permitidos por la zonificacin vigente, para el predio ubicado en la calle Atenas No. 1, Casa Dos, colonia San lvaro, Delegacin Azcapotzalco, Mxico, Distrito Federal; solicitado por la ciudadana Andrea Correa Garduo como propietaria acreditada con escritura pblica No. 40767 con folio real 1208959, mediante la solicitud registrada con el nmero de expediente D-AZ-001-2008-74, con una superficie de terreno de 110.00 m2; condicionado a cumplir con el nmero de cajones de estacionamiento requeridos por la normatividad; no obstruir la va pblica, no provocar congestionamiento vial, no arrojar al drenaje sustancias o desechos txicos ni utilizar materiales peligrosos, o emitir humos ni ruidos perceptibles por los vecinos, a contar con dictamen tcnico de la Direccin de Sitios Patrimoniales y Monumentos y a lo dispuesto por el Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal, el Reglamento de Construcciones del Distrito Federal, la Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles y con las dems Leyes y Reglamentos en la materia.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Segundo.- La presente Resolucin no exime del cumplimiento de las dems disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia; por lo que, el incumplimiento de las mismas se considera violaciones a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, a su Reglamento y a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, hacindose acreedores, en su caso, a las sanciones que las autoridades competentes impongan al propietario del predio motivo del cambio de uso del suelo, por el funcionamiento y/o ejercicio de una actividad comercial y/o de servicios en el mismo, anterior a la vigencia de la presente Resolucin. Por ello, en caso de que actualmente se est violentando cualquiera de las disposiciones legales citadas, corresponder al rgano Poltico-Administrativo, imponer las sanciones correspondientes al propietario del predio motivo del cambio de uso del suelo. ------------------------------------------------------------------------------ Tercero.- Notifquese personalmente o por correo certificado al propietario mediante copia certificada de la presente Resolucin.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Cuarto.- Publquese la presente Resolucin en la Gaceta Oficial del Distrito Federal e inscrbase en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano y en el Registro Pblico de la Propiedad y de Comercio, previo pago de derechos a que se refieren los Artculos 264 y 217 del Cdigo Financiero del Distrito Federal respectivamente. Si el interesado no acredita dichos pagos en un trmino de tres meses contados a partir de la notificacin sealada en el numeral anterior, quedar sin efectos esta Resolucin. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Quinto.- Una vez inscrita la presente Resolucin y pagados los derechos correspondientes, el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano expedir a peticin del interesado, el Certificado de Zonificacin para Usos del Suelo Especfico, de acuerdo a lo estipulado en el Artculo 257 fraccin I del Cdigo Financiero para el Distrito Federal. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Sexto.- Notifquese mediante oficio al rgano Poltico-Administrativo de esta Resolucin y en consecuencia, una vez cumplidos los numerales Tercero, Cuarto y Quinto, archvese el expediente como asunto totalmente concluido. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- C M P L A S E AS LO PROVEY Y FIRMA EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA (Firma) ARQ. J. ARTURO AISPURO CORONEL

  • 26 de Febrero de 2010 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 17

    Expediente: DBJ-005-09-74

    Ubicacin: Julio Ruelas No. 22, Colonia San Jos Insurgentes, Delegacin Benito Jurez

    En la Ciudad de Mxico, Distrito Federal, a los dieciocho das del mes de noviembre del ao dos mil nueve.------------------- EL ARQ. FELIPE LEAL FERNNDEZ, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en el Artculo 15 fraccin II, Artculo 16 fraccin IV, Artculo 24 fracciones I y IV de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica del Distrito Federal; adems del Artculo 11 fracciones XIII, XXII y XLI; y Artculo 74 fraccin II incisos g) y h) de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; emite la siguiente:------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

    RESOLUCIN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO CONFORME A LO DISPUESTO EN

    EL ARTCULO 74 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL ------------------------------------------------------------------ANTECEDENTES----------------------------------------------------------- I.- Con fecha 02 de junio del ao 2009, el ciudadano Hctor Mendoza Heinze como propietario acreditado mediante escritura pblica No. 34,872 inscrita en el Registro Pblico de la Propiedad y de Comercio con folio real No. 9530525, solicit el cambio de uso del suelo para el predio ubicado en la calle Julio Ruelas No. 22, colonia San Jos Insurgentes, Delegacin Benito Jurez, Distrito Federal, registrada con el nmero de expediente DBJ-005-09-74, con una superficie de terreno de 208.00 m2, para el uso de Centro Cultural en una superficie de 96.00 m2.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- II.- La Direccin de Instrumentos para el Desarrollo Urbano dependiente de la Direccin General de Desarrollo Urbano de la Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda, verific que la solicitud reuniera los requisitos sealados y cumpliera con el procedimiento establecido en la normatividad vigente.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------CONSIDERANDO-------------------------------------------------------- I.- Que de conformidad y con fundamento en lo dispuesto en los Artculos 8 y 14 prrafo primero de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos; 24 fracciones X y XX de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica del Distrito Federal; Artculo 49 fraccin XV del Reglamento Interior de la Administracin Pblica del Distrito Federal; Artculo 6 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VIII, IX y X; 7 fracciones I, II, III y IV; 11, 30, 31, 32, 52, 54 y 55 de la Ley del Procedimiento Administrativo; 8 fraccin III y del Artculo 11 fraccin XXXVIII; 74 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 14, 15 y 16 fraccin VI del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, el Titular de la Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, es competente para resolver la solicitud de autorizacin de cambio de uso del suelo para el predio sealado. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- II.- Que mediante Comit Tcnico sesin nmero 29 (2009) de fecha 27 de octubre del ao en curso, las dependencias que lo conforman como son: la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el Sistema de Aguas de la Ciudad de Mxico, la Secretara de Transportes y Vialidad, el rgano Poltico Administrativo en Benito Jurez, la Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal, as como su Direccin de Sitios Patrimoniales y Monumentos y la Secretara de Medio Ambiente, de conformidad con lo previsto por el artculo 74 fraccin II inciso b) de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, que intervinieron en el procedimiento administrativo que nos ocupa en el mbito de sus respectivas competencias, emitieron sus opiniones tcnicas pronuncindose de manera positiva, respecto de la solicitud presentada por el ciudadano Hctor Mendoza Heinze, propietario del predio, para permitir el uso de Centro Cultural en 96.00 m en planta baja, quedando asentadas en la Cdula de Dictamen correspondiente; por lo que respecta a la Secretara de Desarrollo Econmico, se convoc a la sesin correspondiente mediante oficio No. DGDU/1261/09 de fecha 9 de octubre de 2009, a la cual no se present, sin embargo con oficio No. DRI/RAKAT/272/09 de fecha 28 de octubre de 2009, emiti opinin positiva; as mismo, se cit a dicha sesin con oficio No. DGDU/1263/09 de fecha 9 de octubre de 2009 a la Secretara de Proteccin Civil del Distrito Federal, a la cual no asisti y tampoco emiti opinin por escrito, aplicando lo establecido en el artculo 55 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y se entiende que no se tiene objecin alguna a la solicitud planteada; por otra parte, la Delegacin Benito Jurez a travs de su Direccin de Desarrollo Urbano, solicit opinin a la instancia de Representacin Vecinal mediante oficio DDU/0354/09 de fecha 26 de junio de 2009, sin haber recibido respuesta por parte del dicho Comit Vecinal por lo que mediante Acuerdo Administrativo de fecha 23 de julio de 2009, dicha demarcacin declar como favorable la opinin solicitada; por otra parte, la Direccin de Instrumentos para el Desarrollo Urbano de esta Secretara, cit a la multicitada sesin a la Instancia de Representacin Vecinal a travs del oficio No. DIDU/1937/09 de fecha 9 de octubre de 2009, a la cual no se presento persona alguna, aplicando de igual manera, lo establecido en el artculo 55 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y se entiende que no se tiene objecin alguna a la solicitud planteada.--------------------------------------------------------------------

  • 18 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de febrero de 2010

    III.- En mrito a lo expuesto, atendiendo a las constancias que integran el expediente en que se acta, mismas que han quedado precisadas en el considerando que antecede y toda vez que la peticin formulada por el particular para autorizar el cambio de uso de suelo en el predio ubicado en la calle Julio Ruelas No. 22, colonia San Jos Insurgentes, Delegacin Benito Jurez, para el uso de Centro Cultural en 96.00 m2, en planta baja, es congruente con los objetivos contenidos en el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para Benito Jurez, versin 2005, que plantean la consolidacin de la diversidad de usos del suelo, as como el mantener y mejorar los niveles de actividad en los sectores comercial y de servicios, adems de integrarse al contexto urbano de la zona, se considera procedente autorizar el cambio de uso del suelo solicitado en razn que en el presente caso encuadra en el supuesto previsto en el artculo 74 fraccin I inciso a), por lo que es de resolverse y se----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------------RESUELVE -------------------------------------------------------------------- Primero.- Que se autoriza y se permite el cambio de uso del suelo para Servicios / Servicios tcnicos profesionales y sociales / Servicios de capacitacin, deportivos, culturales y recreativos a escala vecinal / Centro Cultural en una superficie de 96.00 m, nica y exclusivamente en planta baja con acceso directo a la va pblica, adems de los usos permitidos por la zonificacin vigente, para el predio ubicado en la calle Julio Ruelas No. 22, colonia San Jos Insurgentes, Delegacin Benito Jurez, Mxico Distrito Federal; solicitado por el ciudadano Hctor Mendoza Heinze como propietario, mediante la solicitud registrada con el nmero de expediente DBJ-005-09-74, con una superficie de terreno de 208.00 m2; condicionado a cumplir con los cajones de estacionamiento requerido por la normatividad vigente; contar con una toma de agua potable de 13 mm. de dimetro; en caso de cualquier intervencin en el inmueble se obtenga el dictamen tcnico por parte de la Direccin de Sitios Patrimoniales y Monumentos de esta Secretara; no obstruir la va pblica; no provocar congestionamiento vial; no arrojar al drenaje sustancias o desechos txicos ni utilizar materiales peligrosos; no emitir humos ni ruidos perceptibles por los vecinos; y a lo dispuesto por el Reglamento de Construcciones del Distrito Federal, la Ley de Establecimientos Mercantiles, y con las dems Leyes y Reglamentos en la materia.----------------------------------------- Segundo.- La presente Resolucin no exime del cumplimiento de las dems disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia; por lo que, el incumplimiento de las mismas se considera violaciones a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, a su Reglamento y a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, hacindose acreedores, en su caso, a las sanciones que las autoridades competentes impongan al propietario del predio motivo del cambio de uso del suelo, por el funcionamiento y/o ejercicio de una actividad comercial y/o de servicios en el mismo, anterior a la vigencia de la presente Resolucin. Por ello, en caso que actualmente se est violentando cualquiera de las disposiciones legales citadas, corresponder al rgano Poltico-Administrativo, imponer las sanciones correspondientes al propietario del predio motivo del cambio de uso del suelo.------------------------------------------------------------------------------- Tercero.- Notifquese personalmente al propietario mediante copia certificada de la presente Resolucin.----------------------- Cuarto.- Publquese la presente Resolucin en la Gaceta Oficial del Distrito Federal e inscrbase en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano y en el Registro Pblico de la Propiedad y de Comercio, previo pago de derechos a que se refieren los Artculos 264 y 217 del Cdigo Financiero del Distrito Federal respectivamente. Si el interesado no acredita dichos pagos en un trmino de tres meses contados a partir de la notificacin sealada en el numeral anterior, quedar sin efectos esta Resolucin.---------------------------------------------------------------------------------------------------------- Quinto.- Una vez inscrita la presente Resolucin y pagados los derechos correspondientes, el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano expedir a peticin del interesado, el Certificado de Zonificacin para Usos del Suelo Especfico, de acuerdo a lo estipulado en el Artculo 257 fraccin I del Cdigo Financiero para el Distrito Federal.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Sexto.- Notifquese mediante oficio al rgano Poltico-Administrativo de esta Resolucin y en consecuencia, una vez cumplidos los numerales Tercero, Cuarto y Quinto, archvese el expediente como asunto totalmente concluido.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

    C M P L A S E AS LO PROVEY Y FIRMA EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA (Firma) ARQ. FELIPE LEAL FERNNDEZ

  • 26 de Febrero de 2010 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19

    Expediente: DBJ-008-09-74 Ubicacin: Magdalena No. 421,

    Colonia Del Valle Centro, Delegacin Benito Jurez

    En la Ciudad de Mxico, Distrito Federal, a los veintitrs das del mes de noviembre del ao dos mil nueve.------- EL ARQ. FELIPE LEAL FERNNDEZ, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en el Artculo 15 fraccin II, Artculo 16 fraccin IV, Artculo 24 fracciones I y IV de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica del Distrito Federal; adems del Artculo 11 fracciones XIII, XXII y XLI; y Artculo 74 fraccin II incisos g) y h) de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; emite la siguiente:------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

    RESOLUCIN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO CONFORME A LO DISPUESTO EN

    EL ARTCULO 74 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL --------------------------------------------------------------------ANTECEDENTES--------------------------------------------------------- I.- Con fecha 7 de septiembre del ao 2009, el ciudadano Fernando Enrique Palafox Prez como propietario acreditado mediante escritura pblica No. 128,267, libro No. 4,116, inscrita en el Registro Pblico de la Propiedad y de Comercio con folio real No. 9135492, solicit el cambio de uso del suelo para el predio ubicado en la calle Magdalena No. 421, colonia Del Valle Centro, Delegacin Benito Jurez, Distrito Federal, registrada con el nmero de expediente DBJ-008-09-74, con una superficie de terreno de 137.60 m, para el uso de Esttica en 91.72 m, proporcionando 2 cajones de estacionamiento.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- II.- La Direccin de Instrumentos para el Desarrollo Urbano dependiente de la Direccin General de Desarrollo Urbano de la Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda, verific que la solicitud reuniera los requisitos sealados y cumpliera con el procedimiento establecido en la normatividad vigente.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------CONSIDERANDO--------------------------------------------------------- I.- Que de conformidad y con fundamento en lo dispuesto en los Artculos 8 y 14 prrafo primero de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos; 24 fracciones X y XX de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica del Distrito Federal; Artculo 49 fraccin XV del Reglamento Interior de la Administracin Pblica del Distrito Federal; Artculo 6 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VIII, IX y X; 7 fracciones I, II, III y IV; 11, 30, 31, 32, 52, 54 y 55 de la Ley del Procedimiento Administrativo; 8 fraccin III y del Artculo 11 fraccin XXXVIII; 74 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 14, 15 y 16 fraccin VI del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, el Titular de la Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, es competente para resolver la solicitud de autorizacin de cambio de uso del suelo para el predio sealado. ----------------------------------------------------------------------- II.- Que mediante Comit Tcnico sesin nmero 29 (2009) de fecha 27 de octubre del ao en curso, las dependencias que lo conforman como son: la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el Sistema de Aguas de la Ciudad de Mxico, Secretara de Transportes y Vialidad, Secretara de Medio Ambiente, el rgano Poltico Administrativo en Benito Jurez y la Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal, de conformidad con lo previsto por el artculo 74 fraccin II inciso b) de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, que intervinieron en el procedimiento administrativo que nos ocupa en el mbito de sus respectivas competencias, emitieron sus opiniones tcnicas pronuncindose de manera positiva, respecto de la solicitud presentada por el ciudadano Fernando Enrique Palafox Prez como propietario, para permitir el uso de Esttica en 91.72 m en planta baja, quedando asentadas en la Cdula de Dictamen correspondiente; en lo referente a la Secretara de Desarrollo Econmico, se convoc a la sesin correspondiente mediante oficio No. DGDU/1261/09 de fecha 9 de octubre de 2009, a la cual no se present, sin embargo con oficio No. DRI/RAKAT/272/09 de fecha 28 de octubre de 2009, emiti opinin positiva; as mismo, se cit a dicha sesin con oficio No. DGDU/1263/09 de fecha 9 de octubre de 2009 a la Secretara de Proteccin Civil del Distrito Federal, a la cual no asisti y tampoco emiti opinin por escrito, aplicando lo establecido en el artculo 55 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y se entiende que no se tiene objecin alguna a la solicitud planteada; por otra parte, por lo que toca a la Instancia de Representacin Vecinal, la Direccin de Instrumentos para el Desarrollo Urbano de esta Secretara, invito a la sesin correspondiente a dicha instancia a travs del oficio No. DIDU/1939/09 de fecha 9 de octubre de 2009, mismo que fue imposible notificar como consta en la Razn de la Diligencia de Notificacin de fecha 21 de octubre de 2009, sin embargo, la Delegacin Benito Jurez a travs de su Direccin de Desarrollo Urbano, le solicit opinin mediante oficio DDU/0650/2009 de fecha 9 de septiembre de 2009, emitiendo su opinin mediante escrito de fecha 11 de septiembre de 2009 en sentido positivo condicionando a que se cumpla con la demanda de cajones de estacionamiento para los usuarios de dicha esttica y no obstaculicen los accesos vehiculares.---------------------------------------------------------

  • 20 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de febrero de 2010

    III.- En mrito a lo expuesto, atendiendo a las constancias que integran el expediente en que se acta, mismas que han quedado precisadas en el considerando que antecede, y toda vez que la peticin formulada por el particular para autorizar el cambio de uso de suelo en el predio ubicado en la calle Magdalena No. 421, colonia Del Valle Centro, Delegacin Benito Jurez, Mxico, Distrito Federal, para el uso de Esttica en una superficie de 91.72 m en planta baja, es congruente con los objetivos contenidos en el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para Benito Jurez, versin 2005, que plantean la consolidacin de la diversidad de usos del suelo, as como el mantener y mejorar los niveles de actividad en los sectores comercial y de servicios, adems de integrarse al contexto urbano de la zona, se considera procedente autorizar el cambio de uso del suelo solicitado en razn que en el presente caso encuadra en el supuesto previsto en el artculo 74 fraccin I inciso a), por lo que es de resolverse y se----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- -----------------------------------------------------------------------RESUELVE ------------------------------------------------------------- Primero.- Que se autoriza y se permite el cambio de uso del suelo para Servicios / Servicios tcnicos profesionales financieros de transporte y telecomunicaciones / Servicios, reparacin y mantenimiento a escala vecinal/ Sala de Belleza (Esttica) en una superficie de 91.72 m en planta baja con acceso directo a la va pblica, adems de los usos permitidos por la zonificacin vigente, para el predio ubicado en la calle Magdalena No. 421, colonia Del Valle Centro, Delegacin Benito Jurez, Mxico, Distrito Federal; solicitado por el ciudadano Fernando Enrique Palafox Prez como propietario, mediante la solicitud registrada con el nmero de expediente DBJ-008-09-74, con una superficie de terreno de 137.60 m; condicionado a cumplir con los cajones de estacionamiento requerido por la normatividad vigente; contar con una toma de agua potable de 13 mm. de dimetro; no obstruir la va pblica; no provocar congestionamiento vial; no arrojar al drenaje sustancias o desechos txicos ni utilizar materiales peligrosos; no emitir humos ni ruidos perceptibles por los vecinos; y a lo dispuesto por el Reglamento de Construcciones del Distrito Federal, la Ley de Establecimientos Mercantiles, y con las dems Leyes y Reglamentos en la materia.--------------------------------------------------------------------------------------- Segundo.- La presente Resolucin no exime del cumplimiento de las dems disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia; por lo que, el incumplimiento de las mismas se considera violaciones a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, a su Reglamento y a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, hacindose acreedores, en su caso, a las sanciones que las autoridades competentes impongan al propietario del predio motivo del cambio de uso del suelo, por el funcionamiento y/o ejercicio de una actividad comercial y/o de servicios en el mismo, anterior a la vigencia de la presente Resolucin. Por ello, en caso que actualmente se est violentando cualquiera de las disposiciones legales citadas, corresponder al rgano Poltico-Administrativo, imponer las sanciones correspondientes al propietario del predio motivo del cambio de uso del suelo.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Tercero.- Notifquese personalmente al propietario mediante copia certificada de la presente Resolucin.----------------------- Cuarto.- Publquese la presente Resolucin en la Gaceta Oficial del Distrito Federal e inscrbase en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano y en el Registro Pblico de la Propiedad y de Comercio, previo pago de derechos a que se refieren los Artculos 264 y 217 del Cdigo Financiero del Distrito Federal respectivamente. Si el interesado no acredita dichos pagos en un trmino de tres meses contados a partir de la notificacin sealada en el numeral anterior, quedar sin efectos esta Resolucin.---------------------------------------------------------------------------------------------------------- Quinto.- Una vez inscrita la presente Resolucin y pagados los derechos correspondientes, el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano expedir a peticin del interesado, el Certificado de Zonificacin para Usos del Suelo Especfico, de acuerdo a lo estipulado en el Artculo 257 fraccin I del Cdigo Financiero para el Distrito Federal.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Sexto.- Notifquese mediante oficio al rgano Poltico-Administrativo de esta Resolucin y en consecuencia, una vez cumplidos los numerales Tercero, Cuarto y Quinto, archvese el expediente como asunto totalmente concluido.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

    C M P L A S E AS LO PROVEY Y FIRMA EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA (Firma) ARQ. FELIPE LEAL FERNNDEZ

  • 26 de Febrero de 2010 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21

    RESOLUCIN POR LA QUE SE APRUEBA EL SISTEMA DE TRANSFERENCIA DE POTENCIALIDADES PARA EL PREDIO UBICADO EN LA AVENIDA MARINA NACIONAL NO. 385, COL. VERNICA ANZURES, DELEGACIN MIGUEL HIDALGO Mxico, Distrito Federal, a 26 de octubre del 2009.

    VISTO.- Para resolver la solicitud de aplicacin del Sistema de Transferencia de Potencialidades de Desarrollo Urbano, solicitada por VIVEICA S.A. de C.V., representada por el Arq. Eduardo de la Isla Corry, sustentado por el C. Abel Hernndez Lovera, Diseador en Asentamientos Humanos Perito en Desarrollo Urbano PDU-0347, Cedula Profesional nmero 1076677.

    ANTECEDENTES PRIMERO.- Mediante escritura nmero 27,279, libro 565, de fecha 14 de noviembre de 1994, el Licenciado Vctor Hugo Gmez Arnaiz, Titular de la Notaria nmero 84 del Distrito Federal, hace constar el contrato constitutivo de Inmobiliaria PRODEVI, Sociedad Annima de Capital Variable., que otorgan los seores arquitectos don Jos Manuel Gmez Vzquez Aldana y don Jaime Gmez Aldana; cuyo objeto ser desarrollar entre otros, proyectos inmobiliarios para la hotelera comercio y vivienda, compraventa administracin construccin reparacin y mantenimiento tanto preventivo como correctivo de toda clase de bienes inmuebles, maquinaria y todos los bienes relacionados con la construccin, compraventa y el comercio en general del equipo y maquinaria el componente y materias primas de cualquiera y todos los tipos que se relacionan en forma con los productos y artculos que sean necesarios, la construccin y adquisicin por cualquier tipo de bienes muebles o inmuebles que sean convenientes para el desarrollo del objeto social y en ltimo de los casos, sujeto a los permisos de la Secretaria de Relaciones Exteriores que sean requeridos o necesarios por la Ley. Inscrita en el Registro Pblico de Comercio, folio mercantil 213506, registro en caja 207081, con fecha 31 de octubre de 1996, en Mxico D.F. a 11 de noviembre de 1996. SEGUNDO.- Mediante escritura nmero 65,238, libro 1,292, folio 55,449, de fecha 13 de julio de 2001,otorgada ante la fe del Licenciado Jorge Alfredo Domnguez Martnez, Titular de la Notaria nmero 140 del Distrito Federal, hace constar la Protocolizacin del Acta de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Inmobiliaria PRODEVI, Sociedad Annima de Capital Variable, celebrada el da 30 de Abril de 2001, que acord el cambio de denominacin por la de VIVEICA, Sociedad Annima de Capital Variable., cuyo objeto ser desarrollar proyectos inmobiliarios para la hotelera comercio y vivienda, compraventa administracin de toda clase de bienes inmuebles, participar toda clase de concursos pblicos y privados, convocados para la realizacin de cualquier tipo de obra pblica y privada, compraventa de maquinaria o infraestructura relacionada con el objeto social de la empresa, elaboracin de planos y proyectos arquitectnicos, estructurales y distribucin de cualquier tipo de producto o bien requerido para el debido cumplimiento del objeto social, la compraventa