concilio de trento original

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o EL SACROSANTO Y ECUMÉNICO CONCILIO DE TRENTO, tzaDuctiDo af tiDíovna castefeatto POR , g gnado orz be j_lafa. CON EL TEXTO LATINO CORREGIDO SEGUN LA EDICION AUTÉN- TICA DE ROMA PUBLICADA EN 4564.. Nueva edicion aumentada con el Sumario de la historia del Condijo de Trent°, ESCRITO POR 2. e.awawa 2ahe, DOCTOR EN SAGRADA. TEOLOGÍA, CANÓNIGO DE LA. SANTA IGLESIA CATE- DRAL DE BARCELONA, INDIVIDUO DE LA REAL ACADEMIA DE LA. HIS- TORIA, ETC. ETC. CON LAS LICENCIAS NECESARIAS. BARCELONA : IMPRENTA DE D. RAMON MARTIN INDÁE, calle de la Platería, núm. 58 4847.

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Concilio de Trento Original

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  • oEL SACROSANTO Y ECUMNICO

    CONCILIO DE TRENTO,tzaDuctiDo af tiDovna castefeatto

    POR

    ,ggnado orz be j_lafa.CON EL TEXTO LATINO CORREGIDO SEGUN LA EDICION AUTN-

    TICA DE ROMA PUBLICADA EN 4564..Nueva edicion aumentada con el

    Sumario de la historia del Condijo de Trent,ESCRITO POR

    2. e.awawa 2ahe,DOCTOR EN SAGRADA. TEOLOGA, CANNIGO DE LA. SANTA IGLESIA CATE-

    DRAL DE BARCELONA, INDIVIDUO DE LA REAL ACADEMIA DE LA. HIS-TORIA, ETC. ETC.

    CON LAS LICENCIAS NECESARIAS.

    BARCELONA :IMPRENTA DE D. RAMON MARTIN INDE,

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    1 Concilio de Trento mandado guardary observar por D. Felipe II conforme es de ver enla ley 4 3, ttulo 4 , libro 4 de la Novsima Reco-pilacion forma una parte muy esencial integran-te de nuestra legislacion, asi en materia de ma-trimonios, como en algunos tros puntos que sibien de derecho cannico noilleben por ello serignorados por el jurisconsulto.

    Este documento, es por otra parte de la masalta importancia ya por las causas que motivaronsu reunion, ya tambien por las graves cuestionesreligiosas que en aquella poca se agitaron en Eu-ropa, y por la reforma que en muchsimos puntosintrodujo aquel concilio. El ser una obra quets-casca bastante, su poco volmen y el considerar

  • que su cualidad de religioso hacia difcil y quizspeligroso un estracto, nos han movido no solo publicarlo ntegro, si que tambien acompaarlodel texto latino, y de un sucinto sumario de lahistoria del mismo concilio que debemos la doctapluma del Dr. D. Mariano Latre.

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  • estar cercano el primero de Noviembre no fuese posible quellegara noticia de todos el dia asignado

    '

    hubo de diferir laabertura del Concilio , hasta el dia primero del siguiente mes deMayo. Para realizar ,estaresolucion, invit y suplic el santo Pa-dre Carlos emperador de Romanos , y Francisco rey deFrancia, que concurriesenia un coloquio entre s y su Santidadpara el bien comun del orbe cristiano. En l exort los prn-cipes que asistiesen personalmente al Concilio, pero habindoseescusado por tener necesidad de volver sus reinos, pidiendo alPapa otra prorroga, este si bien tubo dificultad en concederla, ac-cedi despues ella y prorrog el Concilio hasta la pascua de laresurreccion del Seor por su Bula de 28 de Junio de 1538 envista de que apenas habian acudido Prelados Vincencia.

    Pero siendo los Prncipes do opinion , que no covenia em-prender la celebracion del Concilio , sin asegurar antes la paz ,su Santidad la suspendi su arbitrio; cuyo fin despach nue-vamente sus letras cada uno de los prncipes en 40 de Juniode 1539.

    Por fin viendo el Papa que los negocios de la cristiandad ca-lan de un dia otro en estado mas deplorable , y frustradas to-das las esperanzas de paz , resolvi volver adoptar el re-medio del Concilio genera 1

    '

    sin aguardar el consentimiento deningun prncipe, y atendiendo nicamente l voluntad de Diosy la utilidad de la iglesia, eligi la ciudad de Trento para cele-brarle sealando al efecto el dia primero de Noviembre , y en suconsecuencia indic , anunci, convoc , estableci y decret ,que el santo ecumnico y general Concilio se principiara , pro-siguiera y finalizara en la ciudad de Trento , desde el dia pri-mero de Noviembre de 4512 , como resulta de la Bula dada enRoma en 22 de Mayo del mismo ao. Para presidirlo nombrLegados Mere los reverendsimos ilustrsimos seores car-denales, Juan Mara de Monte Obispo de Palestina, Marcelo Cer-vini Presbtero de Santa Cruz en Jerusalen , y Reginaldo Poloingles Dicono de Santa Mara de Cosmedin.

    Sesion I del 13 de Diciembre 4545.

    Los tres Legados acompaados de cuatro Arzobispos , y ve-inte y dos Obispos , que habian acudido Trento , celebraron laprimera Sesion. El Obispo de Bitonto pronunci un discurso , y

    hechas las oraciones acostumbradas , el cardenal Monte ley laBula de indiccion del Concilio, esponiendo Ios motivos que habian

  • lxobligado convocado, cuales eran la estirpacion de las heregias.el restablecimiento de la disciplina eclesistica, la reforma de'costumbres, y exort los padres que evitasen las disputas, yno perdieran de vista la gloria de Dios , cuyos ojos estabanabiertos y fijos sobre ,ellos , asi corno los de todos los ngeles , yde 'toda la iglesia. Indic luego la prxima Sesion para ,e1 dia7 de Enero de 4546.

    En el intrvalo de la primera sesion la segunda se tuvieronalgunas congregaciones: en la primera de 48 de Diciembre , elcardenal Monte propuso algunos reglamentos relativos al buenrden durante el Concilio , y arregl, el exmen de las materiasque habian de tratarse en las congregaciones y en las sesiones,y el modo de hacerlo.

    En la segunda congregacion de 19 de Diciembre el Arzobispode Aix y el Obispo de Agde, rogaron los legados , que denada esencial se tratase hasta la llegada ,de los embajadores delrey de Francia.

    En la tercera de 29 de Diciembre, se concedi voz delibera-tiva los abades y generales de las rdenes , y se di comision tres prelados para ver las procuraciones de los Obispos, y se-alarles el lugar que habian de ocupar. Los Legados escribieronal Papa acerca del modo de opinar en el Concilio ; es decir , sihabia de ser por naciones , conforme se habla practicado en elConcilio de Constancia y . de Basilea, si cada uno seria libre,verificndose las decisiones pluralida de votos, segun se habiapracticado en el ltimo Concilio de Letran : el Papa decidi quese siguiera este ltimo modo de opinar; aadiendo que era nece-sario tratar de los puntos de religion , condenando la mala doctri-na sin tocar en las personas; y no tratando la reforma ni antes delos dogmas, ni al propio tiempo que de ellos , porque no habiasido para estos el fin y causa principal de haberse congregado elConcilio; y que si se movian algunas disputas sobre lo concerniente la corte romana, menester oir los prelados, no parasatisfacerlos en el oncilio, sino para informar al soberano Pon-tfice , que aplicaria los remedios convenientes.

    En la congregacion de 5 de Enero de 15/6 , se trat en pri-mer lugar del modo como debian proponerse las cuestiones en elConcilio , se determin en conformidad al dictamen del Papaque los procuradores de los ausentes no tuviesen voto delibe-rativo , se decidi el modo 'la frmula bajo la cual debie-ran encabezarse los decretos, y ltimamente se resolvi que paradiscutir las materias que debian tratar se celebrasen congrega-

  • xciones, y que para la redaccion de los decretos se nombrase unacomision que la verificara con arreglo lo acordado en lasgenerales. De todas estas materias, la que se ajit con calor yeerga fue la tocante la frmula con que deban encabezarselos decretos del Concilio: el Papa por medio de sus legados pro-puso la siguiente: el santo y sacro Concilio de Trento , ecum;-nico y general , presidentes los legados de .la Silla apostlica,y pesar de que algunos queran se aadiesen las palabras,representante la iglesia universal, y otros que se quitase lapalabra presidentes,- que se atribuia los legados , se apro-b despues de muchos debates , la frmula propuesta- por elPapa.

    Sesion II del 7 de Enero 1546.

    Asistieron los tres Legados, el cardenal de Trento, cuatro Ar-zobispos veinte y ocho Obispos, tres Abades Benedictinos, cua-tro Generales de rdenes , y cerca de veinte telogos : leyse laBula , que prohibia la admision del voto de los procuradores delos ausentes , y un decreto que exortab los fieles que se halla-ban en Trento , vivir en el santo temor de Dios, y cumplirlos deberes de la religion. Recomendbase los Obispos y de,mas sacerdotes seculares y regulares una vida irreprehensible,ayunar los viernes , y tener una mesa frugal. El Concilio exort todos los que estaban versados en el estudio de las santasescrituras , que se aplicasen con la mas seria atencion examinar los medios de cumplir la santa intencion por la quese habia juntado : Recomendse todos sus miembros tenersiempre presentes los estatutos del Concilio de Toledo en la cer-lebracion de las sesiones, para no dejarse arrebatar del calorde las disputas con espresiones indiscretas

    '

    y contestacionestenaces, procurando cada uno usar de un lenguage dulce sinacrimonia, ni espresion alguna que pudiera ofender nadie.

    En la primera congregacion se renov la disputa sobre el ti-tulo del encabezamiento de los decretos , queriendo

    , muchos quese aadiesen la frmula remitida por el papa las palabras, re-presentante de la iglesia universal ; convinose en esperar queel Concilio fuera mas numeroso para emplear este ttulo lacabeza de los decretos de mayor importanciav que se aadiesen las palabras Santo y sacro Concilio las' de ecumnico y uni-versal. Propusironse los tres captulos , que eran el obgeto delconcilio ; esto es , la estirpacion de las here

    gias, la reforma deb

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  • xt )la disciplina eclesistica 7 y la paz y concordia de los prncipescristianos.

    La segunda fue para el exmen de las materias, y despues dealgunas contestaciones se convino en tratar juntamente de lasde f, y de la reforma.

    En la tercera se leyeron las cartas, que el Concilio habia es-crito los prncipes soberanos. Ademas se resolvi que los obis-pos se dividieran en tres clases, para acudir y reunirse en los alo-jamientos de los tres Legados , antes de llevar sus deliberacio-nes la congregacion general fin de que fuesen recibidas enella sin alteracion ; y que la eleccion de los padres, que habiande componer cada una de las tres clases, se hiciera desde lue-go . Decretse en fin que so leyera en la prcsima . sesion la pu-blicacion del Concilio constantmopolitano.

    Sesion III del 4 de Febrero de 1546.

    Leyse el decreto que ecsortaba los padres poner todassus fuerzas y confianza en ef Seor y en su virtud omnipotenteordenando que se diera principio al Concilio por /a profesion dela f. En seguida se examin el cnon de los libros de la san-ta Escritura, convinindose en aprobarlo, y nombrando seis co-misarios para examinar los lugares en que eI texto estuvieraalterado. Hubo largas disputas acerca de la autoridad del origi-nal y de las versiones , particularmente de la Vulgata ; perosiguiendo el dictamen del espaol Andres Vega fraile del rdende S. Francisco, se concluy que la Vulgata deba declararse porautentica , esto es, que ella nada contenia contrario la f ybuenas costumbres , aunque tuviera algunas expresiones que nofuesen conformes al texto original , pues que durante mil aoshabia sido siempre respetada por la Iglesia , y se habian servi-do de ella los Concilios antiguos como esenta de todo error en laf y en las costumbres. Leyse el smbolo de la f del ConcilioNiceno, y se seal la sesion siguiente.

    Hubo algunas congregaciones acerca de la tradicion , esto es,de la doctrina do Jesucristo y de los apstoles, que no se hallaen los libros sagrados cannicos , y que por sucesion ha llegadohasta nosotros, y se encuentra en las obras de los santos padres.En ellas se hizo tambien un examen detenido de los sentidos y delas interpretaciones de la santa Escritura.

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  • )Sesion IV del 8 de Abril 1546.

    Levronse dos decretos sobre los libros de la Escritura san-ta : En el primero, el santo Concilio recibe todos los libros de?antiguo y del nuevo testamento , as como las tradiciones quetocan la f- y las buenas costumbres , como dictadas porla boca misma de Jesucristo, por el Espritu santo, y conservadas en la iglesia catlica por una constante sucesion ; yel Concilio las abraza con todo su respeto. Sigue al decreto elcatlogo de los libros santos tal cual est en la vulgata y el Con-cilio anatematiza todos los que no los reciban por cannicos.'

    El segundo decreto declara autntica la version de la vulgata,como aprobada en la Iglesia despues de largos siglos ; ordenaque se imprima con todo el cuidado posible ; prohibe emplearlas palabras de la santa Escritura para . usos profanos; y quiereque sean castigados como profanadores de la palabra divina to-dos los que hicieren aplicaciones se sirvan de ella para cosas

    supersticiosas.Congregacion. En ella se trat de los abusos tocantes los

    lectores en teologa, y los predicadores; de la exencion de losRegulares ; de la residencia de los Obispos , y si esta era dederecho solamente de derecho eclesistico. Despues seexamin el dogma principiando por el del pecado original que se,dividi en cinco artculos : 1. de la naturaleza de este pecado:2.() del modo de transmitirse los descendientes de Adan

    ;

    'de los males que ha causado al linage humano 1. 0 de su remedio; y 5. cual sea la eficacia de este. Ultimamente se examinla cuestion de la concepcion de Mara SSma:

    Sesion V del 47 de Junio 4546.

    Se ley primero el decreto de la f tocante al pecado ori-ginal , que contiene cinco cnones con anatema. Luego de-clar el Concilio , que su intencion en este decret no era ,comprender en l la bienaventurada , immaculada virgenMara madre de Dios ; y que sobre esto se observasen lasconstituciones del papa Sixto IV. 2. Examinronse tambien lospuntos correspondientes las obras, y se distinguieron tres cla-ses de ellas; una de lasque

    . preceden, la f y toda gracia; otrasque se hacen despues de haber recibido la primera gracia; y latercera de las que se liacerv despues de haber sido justificado.

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    ( XIli )3. Nada se estatuy sobre el artculo de la residencia de derecho divino por cuanto el Papa habla mandado sus Legados,que no permitieren se agitase mas esta cuestion, y solamente setratase .de reformar los abusos, y que siendo uno de ellos la naresidencia , bastaba pensar solo en las penas , que el Conciliopodia imponer para cortar este abuso. 4. Hicironse algunasva-naciones en los decretos concernientes la f, y entre otras en elprimer captulo en que se habia dicho con ocasion del libre alve-dro , que no se habia estinguido en el hombre , pero si herido,se puso en lugar de esta palabra; disminuido en fuerza y en in-clinacion , viribus licet attenuatum etinclinatum. En la quintaen que se lee, que aunque Dios toque el como del hombre porla luz del Espritu santo , el hombre no est enteramente sinhacer nada al recibir esta inspiracion, pues la puede descchar;se habla puesto antes, que no estaba 2n su poder no recibirlas.A este tiempo llegaron al Concilio los tres Embajadores -delrey de Francia , Dunf , Lignieres , y Pedro Danez : estepronunci un discurso magnfico y sabio, en que espuso, que ely sus clegas estaban encargados de rogar al Concilio , no per-mitiera que se atacara ninguno de los privilegios de aquel reino,y que se confirmaran los derechos inmunidades d. la Igle-sia de Francia, de la que era el rey. tutor.

    Congregacion. Examinse en ella: 4 . la materia de la justifi-eacion: 2. la doctrina de Lutero sobre el libre alvedro, la pre-destinacion, el mrito de las buenas obras, etc. y se resolvi quese harian dos decretos, el uno para establecer la doctrina de laiglesia, bajo el ttulo de Decretos y el otro que contendria los ana-temas bajo el ttulo de Cnones; y luego se volvi entraren lamateria de la reforma, y en la cuestion de la residencia de losObispos en la que la mayor parte de los telogos y especialmentelos de la religion de S. Domingo, y los espaoles sostuvieron que,debia decidirse la residencia de derecho divino.

    Sesion VI del 43 de Enero 4547.

    Publicronse en ella dos decretos: el primero sobre la justifi-cacion que comprende diez y seis captulos y treinta y tres c-nones contra los herejes. Este decreto encierra una luz admira-ble y es lo mas bello y slido que se encuentra en los Conciliosde los siglos mas ilustrados. Los padres: esponen de que manerallegan los pecadores la justificacion.

    Los pecadores, dice el Concilio , estn dispuestos ser justi-

  • xiv )Picados , cuando excitados y ayudados por la , gracia , y cuandocreyendo en la palabra divina que oyen , se encaminan libremente hcia Dios, creyendo que todo lo que ha revelado y pro-metido es verdad

    '

    y sobre todo que el impo se justifica por lagracia que Dios le da por la redencion de Jesucristo , y cuandoreconocindose pecadores, y siendo heridos utilmente del temorde la divina justicia , acuden la eterna misericordia conci-ben la esperanza y tienen confianza de que Dios les ser propicio causa de Jesucristo, y comienzan amarle como fuente de to-da justicia , y por esto se convierten contra sus pecados porel odio que de ellos conciben , y por la detestacion , es decir,por la penitencia que de ellos 'debe hacerse antes del Bautismo,en fin cuando ellos se proponen recibirlo, comienzan una vidanueva, y observan los mandamientos de Dios.

    Luego pasa el Concilio esplicar la naturaleza y los efectosde la justificacion, diciendo, que no consiste solamente en la re-rnision de los pecados, sino tambien en la santificacion y reno-vacion interior del alma. S se buscan las causas de esta justi-ficacion ' dicen los padres , se ver que la final es la glora deDios y de Jesucristo y la vida eterna ; la eficiente el mismoDios , que misericordioso lava y santifica graciosamente con elsello y uncion del Espritu santo prometido en las escritu-ras , (Irle es la prenda de nuestra herencia ; la meritoriaconsiste en nuestro seor Jesucristo su querido y nico hijo, quepor la escesiva caridad con que nos am , nos ha merecido lajustificacion, y ha satisfecho por nosotros Dios su padre , porsu santsima pasion en la cruz , cuando eramos sus enemigos;por causa instrumental tenemos al sacramento del bautismosin el cual nadie puede justificarse. En "fin su nica causa for-mal es la justicia de Dios; no la misma justicia por la que l esjusto , sino la justicia por la cual nos justifica , es decir

    '

    con lacual siendo agraciados, somos renovados en lo interior de nues-tras almas , y no solo somos reputados justos sino que lo so-mos real y efectivamente, participando cada uno de la santidadsegun la medida que lo reparte el Espritu santo

    '

    conforme leplace , y segun la disposicion propia la cooperacion de cadauno ; de tal manera que el pecador por esta inefable gracia sehace verdaderamente justo , amigo de Dios y heredero de lavida eterna; que es el Espritu santo, quien obra en l esta ma-ravillosa mutacion formando en su corazon los hbitos santosde la f , de la esperanza y de la caridad, que lo unen ntima-mente Jesucristo, y hacen de l un miembro vivo de su cuer

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    xv )po. Pero ninguno por justificado' que est, debe creerse ecsentode la observancia de los mandamientos de Dios , ni 'debe haceruso de palabras temerarias, y condenadas por los santos padresbajo pena de anatema.

    En este decreto se dice tambien, 1. que ninguno en esta vida-mortal debe presumir en el misterio de la predestinacion de Dios,de manera que est ciertamente asegurado , que es del nmerode los predestinados, como si fuera verdad, que estando justifica-do, ya no puede pecar, que si pecare debe prometerse con segu-ridad levantarse del pecado, porque sn una revelacion particularde Dios no puede saberse quienes son los escogidos. Lo mis-mo debe decirse del don de la perseverancia , de la que estescrito, que se salvar el que hubiere perseverado hasta el fin ;lo cual no puede obtenerse de otro que del que es omnipotentepara sostener al que est en pi, y para levantar el que cae; perosobre esto, ninguno puede prometerse nada cierto con seguridadabsoluta ;

    aunque todos deben poner y establecer una confianzafirmsima en el socorro de Dios, que acabar y perfeccionar labuena obra que l ha comenzado, obrando en nosotros el que-rer y el efecto, no ser que faltemos su gracia.

    2. Los que por el pecado han caido de la gracia de la justifi-cacion que hablan recibido, podrn justificarse de nuevo, cuandoecsitndolos Dios por medio del sacramenta de la penitencia,recobren por los mritos de Jesucristo la gracia que perdieronesta es la reparacion propia para los que han caido , que lossantos padres llaman con tanta propiedad, la segunda tabla des-pues del naufragio de la gracia perdida. As es que Jesucristoestableci el sacramento de la penitencia para los que ,'despues de haber recibido el bautismo ,tienen la desgracia de caeren el pecado , cuando dijo : Recibid el-Espritu santo ; losque perdonareis los pecados les queden perdonadas y queden li-gados 19s de aquellos que dejeis sin perdonar .Y por esto es me-nester que se conozca bien; que la penitencia del cristiano despues de su caida , es muy diferente del bautismo ,,pues aque-lla exijo no solo la separacion del pecado y su detestacion , sinotambien la confesion sacramental de ellos , alomenos en deseode hacerlo la primera ocasion , y la absolucion del sacerdo-te juntamente con la satisfaccion por medio de ayunos , limos-nas , oraciones , y otros piadosos ejercicios de la vida espiri-tual.

    3. Que cada uno debe estar persuadido, que la justificacionse pierde no solamente por el crimen de' infidelidad, por el cual

  • (.xvi )perece tarabien la f , sino por cualquiera otro pecado mortal,.aunque la f se conserve , porque la doctrina de la ley divina e,scluye del reino de Dios , no solo los infieles, si no tam-bien los fieles manchados con el pecado de la fornicacion, deladulterio, de la lujuria, de la sodoma, 'del robo, de la avaricia,de la embriaguez , de la maledicencia; y del rapto de los bienesde otro, y todos los damas que , pecan mortalmente.

    El segundo decreto fue sobre la reforma, y contiene cinco cap-tulos que tienen por objeto la residencia. El Concilio , despuesde haber exortado los Obispos velar sobre el rebao que Je-sucristo les ha confiado

    '

    afiade que no pueden absolutamentecumplir esta obligacion de su ministerio , si como mercenariosabandonan su grey. Renueva contra los que 'no residen loscnones antiguos y ordena que si algun prelado de cnalquie-ra dignidad y preeminencia que fuere , permanece sin causarazonable seis meses consecuti lbs fuera de su obispado , seaprivado de la cuarta parte de su renta , si continua ausenteotros seis meses , pierda la otra cuarta parte ; y si la ausen

    .

    cia se prolonga mas el Metropolitano , so pena de entredichoen su Iglesia , est obligado denunciarle al Papa, quien po-dr. castigarle , dar su iglesia mejor pastor ; y si el metro-politano cayere en la misma falta , el- mas antiguo 'de sus sufra-ganeos estar obligado denunciarle. Muchos obispos queranque se declarara la residencia de derecho divino,; pero el decretopas tal cual est; pluralidad de votos. Se trat ademas: 4 .De la residencia de otros beneficiados , y se dispuso , que losordinarios pudiesen obligarles residir por las vas de derecho,sin valerles privilegio alguno. 2. De la correccion de los ecle-sisticos seculares y regulares. 3: 'De la visita de los captulospor los ordinarios ; y se decidiluelos obispos no deben hacerninguna funcion episcopal fuera ;de sus dicesis sin el permiso es-preso del ordinario del lugar.

    Congreg zaion para ecsaminar los artculos sobre los sacra-mentos. Se trat de su necesidad, de su escelencia , del modoque produce la gracia , cmo borran los pecados , del caracterque imprimen de la santidad del ministro de los sacramentos, que'personas deben administrarlos, de las alteraciones en la forma yde la intencion del ministr. Se arregl un decreto para que fue-se gratuita la administracion de los sacramentos. Se sigui eldictamen del Papa, que decidi se omitiesen los captulos rela-tivos la esplicacion de la doctrina sobre los sacramentos, con-tentndose de publicar los .cnones con el anatema.

  • foz

    Acel roa,retoma y e, eiamin entre otras cuestiones , siir

    la pluralidad de los beneficios que piden residencia est prohi-bida patt4py divina : los que' opinaban por la afirlativa ),,fe-,.. rian , ,que el Papa no pocha dspensar de estapluyalidadfcontra -el sentir dpe los.que pfetendian ,'qlessolo estaba prohpo , , r. lo pnones. '-L

    Se empez con la 'lectura de los treinta ..canon sobre losSacramentos, (,sreanse en el texto.)Despues 811 publick deere-to de reforma , que contiene quince capitulost.

    ai,oilecoii9 -de los Obispos : 2. 1

    de la prohibipion de tenpudo 3. de, la eleccion de los

    :de

    pati bi I idad de los, beneficios. 5, del .proeedimiebto corea l qt14tubieran beneficios incompatibles : t. de la:346m de loslattemtficios: I. de los Vicarios perpetties:..8. , dela visita repara,cien de las iglesias '9. de la cohsagilicion del: preldos: 40de la potestad de-los captulos_ sede . vacante - 44 de 'las faculta-'des para la proniocion rdenes :, 4g,de las dispensas parato: 4 3 del etmen-deslos hanefieiad

    & del conocimiento delas cansas civiles: de los CSOIMS. e- 41 jurisdiecion dolosOrdinarios en' los hospital s. =

    Congregaciones.' E4 una-de ellas se trat del sacramento-dela Eucarista. En, la . otra se resolvi trasladar el Concilio ,I3o-lonja consecuencia del rumor que corria de enfermedadestagiosas en Trento.

    -Sesion VIII del 43 de Marzo ole 4517.

    Se ley el decreto de. la_ traslacioi del- .Colcilio a Bolonia.,que solo fu Kobado por las del terceras partes de los concur-rentes , pues . lis espaoles y damas sbditos del Emperador seopusieron la traslacion, Esto- fue Oftuede Serias y, gravescontestaciones y de las quejas , qe, contra ella hizo dicho, res-rano,

    Sesion IX celebrada en,

    Ley620, un decreto para quezse , los i os auseMilsel tiempo necesario 'para acudIriliftileeiasy, y, se fijo el.dia4-21deJunio para la-siguiente.zeslon.

  • 1,

    XLIII )

    Sesion X del 2 de Junio.

    Cepo en Bolonia solo se reunieron seis Arzobispos treinta -yseis Obispos , un. Abad y los Generals de los franciscanos yservitas se haba prorrogado la sesion hasta el dio. 45 de Se-tiembre ; pero atendido , que las contestaciones del Papa conel Emperador se habian aumentado y agrabado mucho , pa-reci conveniente que se suspendiese el Concilio por cuatro aos,sin que hicieran fuerza las solcitas instancias ,de los Obisposde Alemania.

    Viendo el Emperador la inutilidad de sus reclamaciones parael restablecimiento del Concilio en. Trento , mand . hacer contrasu reunion en Bolonia ,,una protesta fundada en la resistenciaque oponan los Alemanes concurrir una ciudad situada enlos dominios del Papa. Y en .esta ocasion fu cuando dicho so-berano hizo arreglar por tres telogos aquel clebre formulariode la fe , conocido con el nombre del interim que comprendeveinte y seis artculos , que fueron aprobados por los prncipesElectores y enseguida dados al pblico , aunque en el fondoambos partidos le condenaban. Durante estas contestaciones mu-ri el Papa Julio III en el ao 4549 y le sucedi el CardenalMonte , que poco despues espidi su , Bula de 4 4 de-Marzo de1550 , para que el Concilio se trasladase Trento.

    Sesion XI del 1 de Mayo 4554 .

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    El . Cardenal Marcelo Crescencio Presidente del Concilio, hizoleer un decreto , declarando .

    que este comenzaba de nuevo , yseal el dia primero de Setiembre, para celebrar 'la sesion si-guiente.

    ,

    Seliori XII del 4 de Stienfihre de 4554 .Se comenz esta por' la lectura que 'se hizo en nombre de los

    Presidentes de1 Concilio de un discurso , en el cual se recomen-daba la autoridad de los concilios generales .y se exortaba lospadres , para que con sus oraciones y con una vida santa ir-reprensible imploraran los divinos ausilios. Se decret, que enla prxima Sesion se tratarla del sacramento de la santa Euca-rista. Luego el conde de Monfort , Embajador- del Emperadorpidi ser recivido en el Concilio, lo que le 'fu concedido.tobo Amyot embajador del rey de Francia: Enrique

    presentde parte de su soberano una carta , en la que se esponian las

  • xix )razones lque habia tenido para no embiar a Concilio ningunObispo de su reino. Despues hizo Amyot una protesta, de partedel. Rey, manifestando sus" quejas contra el Papa Julio II1 y

    9dej entender que esto podra ser causa de una nueva guerraque avivase la division entre los prncipes cristianos.

    Congregaciones. Tratse en la primera de la Eucarista , y 'se propso el examen de diez artculos sacados de la doctrina deZwinglio y de Lutero. Se previno ' los ,telogos que cuando die-

    . sen su parecer sobre cada artculo , lo, apoyasen en la autoridadde la escritura santa, de la tradicion apostlica , de los Concilios aprobados, de las constituciones de los soberanos pontfices,de los santos padres y del consentimiento de la iglesia universal;que se eligiesen y aplicasen 'las voces con tal exactitud y pro-piedad ,, que no se combatieran de ninguna manera los diversospareceres recibidos en las escuelas, para no chocar con ningilntelogo sin necesidad ; que se .procurase usar de frases y expre-siones , que no ofendiesen lose sentimientos de. unos , ni de otros,para reunir de esta manera todas las fuerzas catlicas contra lossectarios , y en fin que para formar y estender los decretos ,, seeligiesen nueve 'telogos de los mas sabios del Concilio.

    En la segunda congregacion se presentaron los cnones yaarreglados para poderlos examinar y reformar , si fuesecesario ; y se fijaron ocho captulos, que trataban de la pre-sencia real , de la nstitucion , de la escelenCia y del culto-de la Eucarista ; de la transubstanciaciQn ; de la preparacionpara recibir este Sacramento ; del uso del cliz , en la comunionde los legos; de la de los infantes ; y del nico ministro de esteSacramento , que es el sacerdote legtimamente ordenado.

    La tercera congregacion vers sobre la materia de la reforma.En ella se trat de la jurisdiccion episcopal ; hzose, un reglaMento sobre las apelaciones , y se convino que no se

    ,

    apelara delas sentencias de, los Obispos .y de sus oficialidades sino en lascausas criminales ;sin tocar en los juicios civiles; y que no sepermitiera , aun en aquellas el apelar de -las sentencias inter-/ocutorias , antes de pronunciada la definitiva. No se di lu-gar al restablecimiento de los juicios sindales , es decir , lospronunciados por los metropolitanos y sus cornprovinciales , aun-que, fuese este el derecho antiguo de los Obispos ; porque nin-guno-- est inclinado facilitar los juicios contra s mismo ; yporque es mas dificil formar un proceso contra los Obispos ,cuando es Menester ir Roma ,. r hacer venir un comisario ,lue cuando pueden, ser acusados .,31i donde residen , ante sus jue-

    .

  • ces naturales. Por ltimo se deterinin 'djar al Papa la facultadde juzgar por comisario/delegado partibus, y est es otra de.las razones, porque no se quiso en Francia recibir el Concilio.

    Sesion X111 del 41 de Octubre de 1554 .

    Se ley el decreto de la doctrina de la Eucarista , que en-cierra ocho captulos. El Concilio reconoce , que despues de laconsagracion del pan y del vino, Nuestro Seor Jesucristo vr-dadero Dios y verdadero hombre , esta contenido. verdadera,real y substancialmente bajo la especie de estas cosas sensibles:Que es un crimen y un atentado horrible atreverse convertiren un sentido metafrico las palabras con que Jesucristo insti-tuy este Sacramento : Que la iglesia ha creido siempre , qudespues de la consagracion , el verdadero cuerpo de nuestro Se-or y su verdadera sangre , con su alma y su divinidad, estanbajo las especies de pan y de vino : Que la una la otra especiecontiene tanto como todas las dos junta, porque Jesucristo esttodo entero bajo la especie de pan y bajo la menor parte deesta especie , como tambien bajo la 'especie de vino y bajo todassus partes :, Que por la consagracion del pan y del vino se haceuna conversion y mutacion de toda la substancia del pan , enla subctancia,del cuerpo de nuestro . Seor , y de toda la subs-tancia del vino en toda la de su sangre ; cuya mutacion ha sickillamada. muy apropsito y con toda propiedad transubstancia,-cion : Que cuanto mas santo es este sacramento , tanto mas debeprocurar todo buen cristiano no acercarse l , sino con unprofundo respeto v grande santidad , acordndose de aquellasterribles palabras 'del A postoi : cualquiera que lo come y, bebeindignamente , come y bebe su propia condenacion : Que el quequiera comulgar ha de considerar bien este precepto ; qu elhombre se pruebe si mismo ; esto es , que el que ha cometidoun pecado mortal , no debe acercarse la santa Eucarista ,qu antes haya precedido la confesion sacramental.

    El Concili aadi este decreto once 'cnones acompaadoscada uno de su anatema. (Vanse en el texto ).

    -

    Se, ley el decreto sobre la jurisdiccion de los Obispos. Paraescitarles , la residencia ; el Concilio les encarga entre 'otascosas , que consideren su oficio de pastores del rebao qu tie-nen a su cuidado , y que no degenerando 'jamas en doininacionsu prelacia , miren sus sbditos Corno hijos y hermanos.

    El decreto espresado contiene ocho capitulos. En el meropri

  • ;xxi )se dispone que velen ,

    los Obispos con prudencia en la reformade costumbres y que ,nadie apele de su correccion. El segundocapitulo trata de la apelcion de la sentencia de los Obispos.El . tercero previene que las piezas de la primera instancia debenser entregadas gratuitamente. El cuarto habla de la deposicionrdegradacion de los eclesisticos. El quinto dice , qu el Obispodebe conocer de las gracias concedidas para la absolucion delos pecados pblicos.. El sexto es sobre el conocimiento de lascausas criminales contra los Obispos: El-Concilio declara que elObispo no puede ser citado , ni obligado comparecer .

    personal-mente , sino cuando se trata de su deposicion. El sptimo hablade los testigos ; que pueden ncivirse contra los Obispos. El oc--tavo y ltimo determina , que el. Papa es'el nico que puede co-nocer en las causas graves contra los Obispos.

    ,Ntese que cuando' se di este decreto no habia venido aunal Concilio ningun Obispo de Franci l , causa de

    ,estar en guer-

    ra con el Papa Julio III el rey Enrique H.Con9regacion. Examinronse las materias de la sesion si-

    guiente , que todas versaban sobre doce artculos relativos alsacramento de la Penitencia , y de la Estrema-uncion , estraidosde los escritos de Linero y de sus discpulos. Psosesumo cui-dado en los artculos de la contricion en el sacramento de laPenitencia., en l de la absolucion en el de la institucion delsacramento y en el de los casos reservdoS.

    En la congregacion siguiente se relataron los decretos y cno-nes , que se habiaa formada. Sobre la materia de la refosma sehabia estendido un decreto que se componia ,de catorce artculos.

    Sesion XIV del 25 de Noviembre de 4554 .

    Hizose la lectura del decreto acerca de la Penitencia y de JaExtrema-uncion. En l se dice , que nuestro Seor Jesucristohabia instituido principalmente el sacramento de la Penitencia,cuando despues *de resucitado sopl sobre sus discpulos , dicin-doles : recibid el Espritu santo : los pecados de aquellos queperdonareis , seran perdonados y quedan ligados los de apee-llos que no perdonareis. El Concilio condena los queno quierren reconocer , que con estas palabras Jesucristo ha, comunica-do sus apstoles y . sus sucesores la potestad de remitir y dedetener los pecados cometidos despues del. Bautismo , y que lasquieren entender de la potestad de pubjicar la palabra divina ,y anunciar el-evangelio. Hace ver- 4 . Que en este sacramento

  • xxti )ej

    erce el sacerdote el oficio de juez , que la justicia divina pide'de nosotros muchas lgrimas y grandes tr abajos , para que poJdamos llegar la renovacion total . y perfecta , que se hace. ennosotros por el Bautismo , y que . con razon llaman los santospadres la penitencia una especie de bautismo laborioso. 2.0Que la forma del sacramento , en' la que consiste su fuerza yvirtud, se encierra en las palabras de la absolucion que pronun-cia el sacerdote : Ego te absolvo ect. ( sobre lo cual es aprop-sito advertir aqui , que esta forma Ego te absolvo , que, sema indicatiba , ha sido introducida en la Iglesia despues delsiglo doce , en lugar de la deprecatoria de que se usaba antes}y se usa aun entre los griegos). 3. 0 Que los actos del penitenteson la contricion , la confesion , y la satisfaccion , que son co-mo la materia de este sacramento , quasi materia dice el Con,cilio, para manifestar que estos actos estertores tienen lugar deuna materia sensible y permanente.

    El Concilio define la contricion , un dolor interno y una de-iestacion del pecado que se ha cometido , con la reslucion deyo volver it pecar mas , y ensea que la contricin encierratambien en si el odio de la vida pasada, y que , aunque hacin-dose perfecta por la caridad , reconcilie al hombre con Diosntes . que se reciba el sacramento de la penitencia, ha deatribuirse la reconciliacion la contricion misma soamente sinel deseo de recibir el sacramento, con que debe ir siempre acom-paada.

    Respecto de la contricion imperfecta , que se llama atricioncomo se concibe y forma solamente, por la verguenza y, fealdaddel pecado , por el temor de las penas

    '

    dice el Concilio , quesi va junta con la esperanza del 'perdn escluye la voluntad depecar y es un don de Dios y .un impulso del Espritu santo, queljos de hacer al hombre hipcrita mayor pecador le dispon

    e obtener la ,

    gracia en el sacramento de la r'Penitencia . Sobre lo

    cual es preciso observar; que el Concilio no ha dicho, que el. te=mor solo sin el amor sea una disposieion suficiente ; la sugtitu- -'cion de la palabra disponit en,

    lugar de la de surlicit,, que .se ha-bia usado cuando se comenz formar el decreto , lo pruebacon evidencia. Sin embargo si este mismo temor fuese acompa-ado de la esperanza del peralon y de la resolucion de n

    - vol-ver pecar , puede decirse qu entoncesya tndria al un gra-

    .do de amor.Pasa despues el Concilio establecer la obligacion de ,confe-

    sar todos los pecados mortales de que cada uno se encuentra

    rt

  • culpable 1espues de un , exmen serio , y esplicar las, circuns-

    tancias que mudan la especie del pecado. Con'respeto los , ve-

    niales , aade que si bien es bueno y til declararlos en la Con-fesion pueden omitirse sin ofensa , y espiarse por Otros muchosremedios. En cuanto .

    los casos reservados , declara el Concilioque dos santos padre' atendiendo la buena disciplina ,, hanmirado siempre CQ1110 punto de' mucha importancia , no conce-der todos los sacerdotes iffdiferenternente fa licencia de absol-ver sino los mas instruidos y de 'ntayot suficiencia. .

    En cuanto la satisfaccion ensea el Concilio que las peni-tencias impuestas para s cumplimiento deben servir de remedioy de preservativo del pecado para curar las enfermedades delalma ; que los confesores deben imponer 'sus penitentes satis-facciones proporcionadas la gravedad de sus pecados, no seaque, dndoles penitencias ligeras por pecados graves , y tratn-dolos, con demasiada indulgencia , se hagan culpables de los pe-cados de sus penitentes; que de la satisfaccion de Jesucristo saletodo nuestro merecimiento , y que podemos satisfacer Dios,no solo por las penas que nos imponemos por las que el confe-sor nos prescribe ; sino tambien por las aflicciones temporalesque Dios nos embia , cuando las llevamos 'con paciencia y conespritu de penitencia. .

    Despues de esto sgi ley el decreto del sacramento de la Es-trema-uncion. En el se declara; que los santos padres han mira-do este sacramento , como complemento no solo de la Peniten-cia sino de toda la vida cristiana que debe ser tina penitenciacontinuada ; que Jesucristo instituyo esta uncion sagrada comoun verdadero sacramento de la nueva ley; que Santiago lo reco-mienda a los fieles claramente , y san Marcos habla de . su uso;que la materia de este sacramento es el aceite bendecido porObispo : que su forma consiste en las palabras que se pronuncianhaciendo las unciones; que su efecto es limpiar las reliquias delpecado, y tamblen los pecados, si ha quedado alguno 'por espiar;asegurar y aliviar el alma del enfermo , escitando en l unagrande confianza en la misericordia de Dios , y procurar algunavez la salud del cuerpo cuando conviene para la salvacion delalma; y ltimamente que los Obispos y los kacerdotes, son losnicos ministros de este sacramento.

    El Concili pronunci luego quince cnones sobre el'sacra-mento de la penitencia , y cuatro sobre el de la Estrema-:uncion.( Vanse en el texto.).. El decreto, sobre la reforma contiene, catotce captulos, que

  • ( xxtv )tienen por objeto la jurisdicion episcopal. Entre otras cosas sedispone y manda en l , que los permisos pie la corte o curiaRomana conceda con perj uicio de la potestad de los Obispos los clrigos fuesen nulos en lo sucesivo. Se limit' la potestadde los Obispos in partibus. Y se dio los Obispos la potestadde corregir sus inferiores ? sin . admitir la apelacion , por losmales que estas causaban-.

    ,Este mismo decreto manda los clrigos que vistan hbitoeclesistico : proibe la union de dos beneficios de diferentes di-cesis;_ quiere que los beneficios' regulares se confieran, los re-gulares, y que todos los nombrados y presentados para un .bene-, bene-ficio sufran el exmen del ordinario , para. que no hallndolosaptos , pueda desecharlos.

    gesion XV. del 25, de Enero d e 1552.

    $e ley un decreto , haciendo saber, que la decision de lasmaterias sobre el sacrificio de la Misa y el sacramento del Orden,que debian tratarse en esta sesion, se dilataban hasta el 19 de Mar-zo

    '

    en favorde los Protestantes, que haban pedido esta prorroga.Leyse tambien un nuevo Salvo-conducto , que se les con-

    cedia , aunque con l no se ,dieron por contentos.Las disputas que sobrevinieron luego entre los embajadores

    del Emperador y los legados del Papa fueron causa de que 'seapoderase del Concilio otra nueva inaccion. Sin embargo losObispos espaoles ,

    los del reino de Npoles . y de Sicilia , y todoslos que eran sbditos del Emperador , queran solicitud de susministros ,- que se continuase el Concilio , al contrario los queestaban en las miras de , la corte romana, temiendo que losimperiales no intentaran tratar tambien de la reforma de esta,se valan de todos los medios para impedirlo , y no llevaban mal que se presentase algun motiva de suspender el Concilio.En fin habindose ~Vide rumores de guerra entre el Empera-dor y, Mauricio elector de Sajonia , los padres del Concilio to-maron el partido de retirarse de Trent , porque muchos prn-cipes y seores Protestantes , que se hablan ligado con el Elec-tor , no estaban los de esta ciudad.

    gesion XVI 41 28 de Mayo de 4552.

    Celebrse esta sesion con motivo de la retirada , que hicieronde 'frente el mayor nmero de los padres.

  • XXVSe ley el decreto que suspende el Concilio hasta que resta-

    blecida la paz haya seguridad.Esta suspensiou dur diez aos , es decir hasta el ao 1562,

    en el cual fue convocado de nuevo por el Papa Pio IV succesorde Julio 111. , que habia fallecido en 1555.

    El Papa nombr para primer Legado del Concilio Gonzagacardenal de Mantua.

    Sesion XVII del 18 de Enero de 1562.

    En esta sesion se reunieron ciento doce- prelados , y un gran-de nmero de telogos. Leyse primero la Bula de la convoca-cion , y luego el decreto para la continuacion del Concilio : laclusula proponentibus - legatis, que se habia insertado en l ,pas apesar de la oposicion de algunos Obispos espaoles , querepresentaron , que no era admisible , ya por ser nueva , ya porparecer poco propia de los Concilios ecumnicos.

    Sesion XVIII del 22 de Febrero de 1562.

    Leyronse diferentes cartas de su santidad , en las que dejabaal cuidado del Concilio el arreglo del catlogo de los libros pro-hibidos , y un breve en el cual se ordenaba y fijaba el rango delos Obispos segun el tiempo de su ordenacion , sin tener en cuen-ta los privilegios de primados.

    El dia 11 de Marzo se celebr una congregacion en la que sepropusieron doce artculos de reforma para ser examinados. Elclebre D. Bartolom de la Martille Arzobispo de Braga hablsobre esta materia con energa verdaderamente episcopal y apos-tlica , procedindose en seguida al exmen de aquellos doceartculos.

    Se comenz por el de la residencia , que di lugar empea-das discusiones atedida la division de pareceres , acerca de siera aquella oblgatoria de derecho divino , poniendo los lega-dos en un grave conflicto pr saber que su santidad, creaconveniente se declarase tal. El Arzobispo de Granaa apoyfuertemente la opinion de que se decidiese ser de.derecho divinola obligacion de residir , manifestando que con esto cesaran des-de luego por si mismos todos los impedimentos ; que los Obisposreconociendo sus obligaciones entraran en su deber , y no semiraran ya como mercenarios , y s como verdaderos pastores,que han de responder Dios de la grey que ha puesto su car-

    ,

  • izo, y que omitiran el recurrir ninguna dispensa pues sa-bria , que no podria servirles de legitima escusa ; apoy suparecer en muchos lugares de la escritura y en la autoridadde los santos padres , y concluy que esta er una verdad ca-tlica. Su discurso hizo impresion muy viva en todos los padres,del Concilio , pues recogidos los votos ,_se vio que la mayria dela congregacionlabia estado por el derecho divino.

    El segundo punto vers acerca los ttulos de los ordenandos,resolvindose que nadie se ordenra sin ttulo de Beneficio ,de patrimonio suficiente , inennenable.

    Los denlas artculos versaron ; 3. sobre la colacion gratuitade los rdenes , de que se trata en la ses. 21 , 4,. sobre la di-vision de las parroquias en otras muchas ; 5.o Sobre la union deestas y de las capillas; 6. sobre los curas ignorantes escanda-,losos, determinndose el modo de proceder contra ellos y espe-cialmente contra estos ltimos , con respecto los cuales se de-cret obrasen los Obispos cmo delegados de la santa sillaI. sobre las encomiendas , y se resolvi conceder los Obisposla facultad de visitar y restablecer los beneficios in commen-dam; y 8. sobre la supresion de los questores.

    ,Sesion XIX del 1 de. Mayo de 1562,

    Se comenz por la lectura de las credenciales de los Embaja-,dores de Francia. Merecen atencin las instrucciones que trlan,y as apuntarmos algunas de las ms importantes. Pidieron ,4 . que las resoluciones que hubieran de tomarse , no se re-servaran la voluntad del Papa , ni de sus' legados. 2. Quesiguiendo las disposiciones de los concilios antiguos , y aun lasde los de Constancia .y Basilea, se obligase al Papa someterse todas las resoluciones del sacro congreso. 3. Que se comenzasepor la reforma de la disciplina y de las costumbres , tanto en lacabeza , como en sus miembros , segun se prometi hacerlo enel Concilio Constanciense , y no se hizo asi r

    como tampoco en elde "Basilea , en que habindose empezado tan importante obra,fu interrumpida. 4. Que todas las espediciones del Papa se hi-ciesen gratuitamente , como est mandado por los Concilios. 5.Que fuesen abolidas las anatas. 6. Que_ todos los Arzobispos' yObispos estuviesen obligados residir en sus propias dicesis.Que el Concilio proveyese todo lo concerniente las dispensas demodo que no hubiese necesidad de

    ,acudir Roma por ellas. 8.Que se observara el sexto cnon del Concilio Calcedoniense, que

  • XXVIIdispone no ordenen los Obispos ningun clrigo , sino con lacondicion de destinarle cumplir las funciones de' su ministerio,para que de esta manera se disminuyese el nmero de los minis-tros intiles. Ni su santidad ni sus Legados quedaron muy satis-fechos de las esplicaciones y peticiones de los embajadores delrey cristiansimo.

    Sesion XX del 4 de Junio de 4562.

    El Promotor del Concilio respondi al discurso que en lacongregacion celebrada el 26 de Mayo , p ara el recibimiento de-los embajadores del rey de Francia , habia pronunciado confuerte energia y elocuencia Mr. Pibrac , en nombre de su sobe-rano Crlos IX. Entre otras cosas notables, dijo el Promotor quelos artificios de Satanas tan ingeniosamente descubiertos en aqueldiscurso , no prevaleceran nunca contra el santo Concilio , por-que Jesucristo que lo presidia , y en quien tena puesta toda suconfianza, sabra derrocar todos los esfuerzos del demonio. Lue-go se ley un decreto para prorogar la sesion., Congregacion. Despues 'de propuesto el examen de cinco ar-

    tculos relativos al sacramento de la Eucarista y la comunionbajo las dos especies ; psose sobre la mesa la cuestion de laresidencia, para que se declarase de derecho divino. El carde-nal de Mantua para eludirlo manifest la sorpresa que le causabael empeo de querer tratar de una materia enteramente estraala cuestion del dia , prometiendo que en su lugar se tratariade ella. Los Legados tenian rden de su santidad para obrar enesta conformidad , no porque de ventilar este punto y decidir laresidencia de derecho divino , pudiera recibir ningun perjuiciola silla apostlica , como lo pensaban algunos , sino porque lasdisputas demasiado vivas que ya se habian sucitado sobre estamateria, habian dado ocasion los rumores que habian corridoy se habian divulgado en las cortes de que la decision de la re-sidencia 'de derecho divino se dirigia contra la santa silla, y laautoridad del Papa. Algun tiempo ntes habla dicho este en unconsistorio que tuvo en Roma, que le riarecia estaban bien fun-dados los Obispos en sostener la residencia de derecho divino , yque en todo caso debia ser observada inviolablemente.

    Dados por los telogos sus dictmenes sobre los cinco artculos,se formaron cuatro cnones sobre. la comunion bajo de ambasespecies.

    En esta misma congregacion presentaron los embajadores de

  • .01111

    Francia un escrito en el cual exortabaii los padres que con-cedieran la comunica-, del cliz , fundados "en que en las cosas quecomo esta elan de derecho positivo , convenia no escandalizarmostrndose tan firmes en hacer .guardar los mandamientos delos hombres , y tan negligentes en observar los de Dios ; y con-

    'cluian rogando los padres, que dieran el decreto de maneraque no perjudicara al 'derecho , que tenian los reyes de Franciade comulgar bajo ambas especies el dia de su consagracion , nial uso que observaban algunos monasterios del rden Cistercien-se en el mismo reino. ,

    Tu vironse otras congregaciones en que se examinaron los si-guientes artculos de la reforma. 1. Se trat del grande nmero 10de clrigos , y aunque, algunos padres fueron de opinion que se 410,redujera nicamente los que disfrutaran rentas eclesisticas, 0/1

    2. Se deliber acerca la ordenacion gratuita. 3 . Discutise el

    :;1.

    2

    -y estuvieran adscriptos al servicio de alguna Iglesia , se resol- ;15(1vi sin embargo que este negocio se dejara al juicio de los Obis:-

    ,1111(

    pos que conferirian los rdenes sagrados titulo de patrimonio.

    111

    Illdestino de una parte de los fondos de las iglesias catedrales

    Bias pes , colocando una cruz en los , lugares que antesque las capillas hermitas arru, se trasaran las igle- 111cuales un solo cura no bastaba

    inadparaas el servic

    lioad. 5.0

    Se acordq

    pueblos de numeroso vecindario , de grande estensin en. los

    ',1,,,lu,')11110it,

    principales locan

    11ill

    colegiatas , para emplearlo en distribuciones cotidianas. El obis-po de las cinco iglesias represent la importancia de providenciar que los obispados grandes se dividieran en otros muchos.4. b Se decret el establecimiento de nuevas parroquias en los

    ocupaban. 6. Se hizo un,decreto para que los Obispos visitaran,los Beneficios in conmendam , mayormente aquellos que noconservaban en su %ligr la disciplina ', que estaban sujetos.

    Hubo otra con area' acion el dia 14 de Julio para examinarn n

    los cuatro artculos de la doctrina., En el primero se manifest

    que los lugares que se toman de la santa escritura favor de /acomunion bajo da ambas especies no prueban su necesidad,?sobre esto se alegaron muchos testimonios tomados de las palajbras de Jesucristo en el captulo 6 de san Juan donde el Sal-vador

    habla indistintamente , ya de la obligacin de comer sucarne y de beber su sangre ,- ya de la comida de su cuerpo sola-mente , lo qu prueba que basta esto ltimo.

    Ssion. XXI del 16 de Julio de. 1562.El Concilio declar : Primero, que los eclbsisticos cuando no

    ,'r.1111

  • xxixconsagran en el santo sacrificio de la Misa y Tos legos , no estanobligados por precepto divino recibir . bajo las . dos especies elsacramento de la Eucarista , y que no puede dudarse sin ofensade la fe , que no hay necesidad de comulgar bajo de ambas es-pecies , para la salvacion eterna. Segundo , que la iglesia ha ,tenido siempre la potestad de establecer y .aun la de mudar nla dispensacion de los sacramentos , sin tocar empero en el fondode su esencia , lo que ha juzgado mas _apropsito para el res-peto debido los mismos , para la utilidad de los que los re-ciben , segun la diversidad de los tiempos , de los lugares , y delas circunstancias. Tercero que si bien Jesucristo instituy ydi sus apstoles este sacramento bajo de ambas especies, serecibe Jesucristo todo entero bajo de la una solamente y porconsiguiente el verdadero sacramento; y en cuanto al , efecto no sequeda privado de ninguna de las gracias que son propias de l.Cuarto , que los prvulos que no han llegado al uso de la razon,no estan obligados por ninguna necesidad la comunion sacra-mental de la Eucarista , pues , habiendo sido regenerados y la-hados de - toda mancha por el bautismo incorporados con Je-sucristo , no pueden perder en esta edad la gracia que han ad-quirido.

    En seguida se ley el decreto de la reforma que se compo-na de nueve captulos. En el primero se decreta que los Obis-pos deben conferir los rdenes , dar las dimisorias , y testimonia-les gratuitamente, y que sus secretarios no pueden escederse delo que ordena el decreto , es decir , de la dcima parte de unescudo de oro. por cada una de las dimisorias. El segundo pre-viene que ninguno se admita los rdenes sagrados sin haberprobado antes el ttulo de beneficio eclesistico , de patrimo-nio , cuando mnos l de alguna pension segura y suficientepara vivir. En el tercero se dispone que en las iglesias catedra-les colegiatas , separen los Obispos de la masa comun la ter-cera parte de sus productos para emplearlo en distribucionescotidianas en las horas cannicas entre todos los poseedores delos beneficios ttulos de las iglesias. El cuarto manda que debencuidar los Obispos , que para el buen servicio de cada parro-quia haya un nmero suficiente de eclesisticos , y que puedanestablecer otras nuevas , cundo los' parroquianos por la distan-cia del lugar sitio en que habitan , no pueden-sin grande in-comodidad acudir su iglesia , asignando en este caso a lossacerdotes de la nueva parroquia' tina renta suficiente , de losfrutos y rentas pertenecientes la matriz. En el quinto se da

  • ( xxx ),

    permiso . los Obispos para hacer l'a union de beneficios dealgunas iglesias ,' cualesquiera, que sean , perpetuamente , y se-gun los casos determinados por el derecho comun. En el sexto seordena que los Obispos den vicarios los curas ignorantes , ycorrijan los escandalosos, privndolos de sis beneficios si.nose enmiendan. En el sptimo se faculta los Obispos para tras-ladar las capillas arruinadas las iglesias matrices , . otras dalos mismos lugares, y para hacer lo propio con las parroquiasque no pueden restablecerse. En el octavo ? se les prescribe la,obligacion de visitar anuaiinehte los monasterios in cornmendam,aunque sean Abadias y Prioratos exentos , en los cuales se hubie- ore relajado la observancia de la disciplina regular. En el noveno

    por fin , manda el Concilio que se quiten los Questores , y que Il,

    las dos especies

    '

    las indulgencias que ell os conceden se publiquen por los ordina- 1irios asistidos'de dos capitulares encargados de recojer'las limos- ,1nas.

    jli

    Algunos das despues de esta sesion , se remiti los Obispos 1

    italianos una respuesta del Papa , ,en que haciendo referencia da 1

    la cuestion de la residencia , les decia , que cada cual hablase !II

    sobre esta materia segun su conciencia', que su Santidad no lo iail7desaprobaria , pues quera que el Concilio usara de la mas 1

    completa libertad , discutindola pacfica - y moderadamente. 1(

    Congregaciones sobre el sacrificio de la Misa. En ta primera s 1

    estuvieron todos los legados , los embajadores del Emperador,'del rey de Francia y de la repblica de Venecia , ciento cin-cuenta y siete prelados , unos cien telogos , y cerca de dos milpersonas mas. Todos los telogos acordes convinieron en que laMisa debia reconocerse por' un sacrificio verdadero

    de l, en que Jesucristo se ofrece bajo

    ero e la nuevaalianza , as os especies sacra-mentales. Fundbanse en que Jesucristo es '

    sacerdote segun elorden de Melquisedec , que este ,ofreci el pan y el vino , y porconsiguiente, que 'el sacrificio de este hombre Dios encierra unsacrificio de pan y de vino.

    En la segunda congregacion se examin , si Jesucristo se. ole-ci en sacrificio su padre en la cena , si solo 'en la cruz

    , ysi era propiciatorio el sacrificio de la Misa. En esta misma con- ,gregacion, los embajadores del Jmperdr hicieron nueN as ins-tancias , para la concesion del uso del. caliz ; y-como

    .esta peti-=cion era muy delicada , y habia razones muy slidas en contrase celebr una congregacion especial' sobre ella , para' examinar1los diversos pareceres de los padres.

    l' .El.

    cardenal Madr,azo quiso probaque 'el Concilio podia y aun

  • xxxt )debia acceder la peticion que se le hacia , que habindolaotorgado el Concilio de Basilea los Bohemos para empearlos volver la iglesia , con mas razon deba concederla el Conci-lio. de Trento, pues no solo seria un medio de hacer volver loshereges de sus errores sino tambien impediria muchos catli-cos , que se separasen del gremio de la iglesia. El Obispo de lascinco iglesias ya habia espuesto entre otras razones para la con-cesion del cliz , que la caridad cristiana no permitia que , parahacer observar una costumbre con demasiado rigor , se malgra-se la ocasion de hacer entrar muchas almas en el seno de laiglesia catlica. Elio patriarca de Jeru-salen, opinando por la ne-gativa, aleg entre otras razones que si s concedia los Bohe-mos lo que pedian , podria temerse , que se aprovecharan de estaocasion , para confirmarse en su pernicioso error , y para creer,que bajo la especie de pan estaba contendo solamente el cuerpode Jesucristo . y su sangre sola sin el cuerpo, en el cliz , bajo laespecie del vino , y aadi que si se usaba de alguna indulgen-cia con ellos , las otras naciones no dejarian de pedir lo mismo,y que aun pasarian mas adelante , queriendo la abolicion de lasimgenes , como si .fueran ocasion de idolatria para el pueblo.Otros Obispos decian

    '

    que la iglesiiglesia.habia resuelto la supresiondel cliz por el temor de que el vino consagrado se derramase ose volviera agrio , habindose de trasportar de unas parroquias otras, y por malos caminos.

    Osio Obispo de Rieti habl contra de la concesion del clizcon mas vehemencia que ningun otro ; haciendo observar que

    o los concilios habian tomado siempre la idea opuesta 'la doctri-lana que enseaban los hereges ; que algunos judios convertidosqueriendo que se observaran las ceremonias de su ley antigua,

    los aptoles habian prohibido y abolido su uso , que Nestorio,1\ habindose arrojado decir, que Maria era la madre de Jesucris-

    to , y no la madre de Dios , el Concilio pronunci que Maria de-bia llamarse desde luego y siempre madre de Daos ; que los Bo-hemos habiendo pretendido ,.que el uso del cliz era de preceptodivino , el Concilio Constanciense prohibi absolutamente su uso;que no debia alegarse la autoridad del Concilio de Basilea , mies

    la iglesia ljos de sacar ninguna ventaja de la concesion del c-liz , solo habla obtenido hacer los hereges mas insolentes yque el Concilio de Trento debia oponerse al mismo error , ne-gndose conceder el cliz los alemanes , siguiendo la mximade los concilios precedentes. En fin otros gut estaban favor dela con-cesion decan que el uso del cliz prohibido por el Con-

  • ( mancilio de Constancia habia sido restablecido en parte por el Con-cilio de Basilea , que muchos prncipes adictos la religion loproponian corno nico remedio para atraer los pueblos ; yque era menester seguir el dietamen . de san Pablo , que quieresea recivido el que flaquea en la fe.

    Asi los sentimientos se dividieron en esta- cuestion de tal ma-nera , 'que ella ocup muchas congregaciones desde el 25 de 9Agosto hasta el 6 de Setiembre: y el resultado fu que de cientosesenta y seis prelados , estuvieron treinta y ocho por la negati-va veinte y nueve por la concesion-, veinte y cuatro por la re--miion del negocio su santidad 1 tre:Thta y nueve opinaron quedebia conedese pero sometiendo su ejecucion la voluntad del 1Papa ; diez fueron de dictamen , que se suplicase su, santidad

    --despachase delegados Alemania , y diez y nuev limitaron laconcesion la Alemania y Hungria solamente. ,

    Sesin XXII del 17 de setiembre de 1562.

    En esta sesion se public el decreto doctrinal sobre el sacrifi-cio de la Misa. *En, l se declara ; primero ; que aunque nuestro oseor *debi ofrecerse una vez Dios su padre al morir sobre elaltar de la cruz , para obrar en l la redencion eterna ; sin em-bargo , por cuanto su sacerdocio no deba estinguirse con sumuerte , para dejar la iglesia un sacrificio visible , cual lo re--queria la naturaleza de los hombres , y por el que estubiese re-presentadoel sacrificio sangriento de la cruz ; en la ltima cena,en la noche misma que fu entregado , declarndose sacerdote

    nestablecido- para la eternidad segun el orden de Melquisedecofreci Dios padre su cuerpo y su sangre bajo las dos especiesde pan y de vino , y bajo .los smbolos- de las mismas cosas, losdi tomar sus apstoles quienes en aquel acto estableciasacerdotes del nuevo testamento , y ,con estas palabras ; hacedesto In, memoria de m , les orden ellos y sus' suceesoreSofrecer este sacrosanto, sacrificio segun la iglesia catlica lo hasiempre entendido y enseado.

    -

    Seguhdo como el mismo Jesucristo , que se ha ofrecido una.vez sobre la cruz con la efusion de _su sangre est contenido inmolado sin efusion ,cle ella en 'ste divino sacrficio que se'realiza en la Misa : el santo Concilio declara que este sacrilidi-es verdaderamente propiciatorio , y que por -l 'obtenemos misa-ricordia y gracia y los asilios necesarios , si llegamos ' Dioscontritos y arrepentidos con un corazon sincero , una f' recta ;

  • xxxm

    y con el espritu de temor y de respeto ; pues el mismo Jesucris-to, que se ofreci sobre la cruz , es quien se ofrece ahora en laMisa por el ministerio dtlos sacerdotes sin otra diferencia queen el modo de ofrecerse.

    4 -

    Tercero : Que aunque la iglesia celebra algunas veces Misas,en honra y 'memoria de los santos , el sacrificio siempre se ofre-ce solo Dios que los ha coronado , implorando nicamente suproteccion.

    Cuarto : Que la Iglesia hace muchos siglos tiene estableci-do el cnon de la Misa tan puro y esento de todo error , quenada contiene que no sea muy santo y piadoso , estando com-puesto solamente de las palabras mismas de nuestro Seor , delas tradiciones apostlicas , y de las instituciones piadosas delos sumos pontfices.

    Quinto : Que }a iglesia para realzar mas la grande magestaddel sacrificio , ,ha establecido ciertos usos , cuales son , pronun-ciar en la Misa ciertas cosas en_voz baja , otras en tono mas al-to ; y ha introducido ceremonias , como son las bendiciones ms,ticas , las luces , las incensaciones , los ornamentos , siguiendoen esto las tradiciones de los Apstoles.

    Sexto Que , aunque seria de desear que en cada Misa co-mulgran todos los fieles , no solo espiritualmente sino Cambiensacramentalmente , no por esto condena al Concilio las Misasprivadas en que solo el sacerdote comulga ) , sino antes bien lasaprueba y autoriza , porque son celebradas por un ministro p-blico , y para l y para todos kis fieles.

    Sptimo : Que la iglesia !la ordenado los sacerdotes mez-clar el agua con el vino , porque es de creer que 'Jesucristo lohizo as en la ltima cena ; y porque en la cruz sali de sucostado el agua con la sangre , renovando con esta mezcla lamemoria de este nusterio.

    Octavo : Que la Misa no debe celebrarse en todas partes enlengua vulgar , y cada iglesia debe conservar el uso antiguo qneha seguido , y ha sido aprobado por la santa iglesia 'romana.

    Despues de esto se proclamaron los cnones que anatemati-zan los que impugnan esta doctrina. ( Vanse en el texto. )

    Leyse en seguida el decreto que trata de las cosas que hande observarse evitarse en la celebracion de la Misa. En else declara que los Obispos deben prohibir y abolir todo lo quese hubiere introducido , 'por avaricia que es una especie deidolatra , por irreverencia que es casi inseparable de la ini7-piedad , por supersticior_ , que es una falsa im itw., ^1 1 (10 la

  • queconfr

    xxxVpiedad. As les ordena el Concilio que prohiban toda especie depacto condicion de algunas recompensas y salarios cuales-quiera que sean , 'y 'todo lo que se da cuando se celebran lasprimeras eras Misas : que no permitan el decir Misa a ningun sacer-dote vagabundo y desconocido , ni ninguno que est acusadode algun crimen, que no toleren que este santo sacrificio se cele-bre en las asas particulares , y procuren desterrar del tem-plo del seor las msicas y cantares impuros y afeminados.

    Termin la sesion con la prorntilgadon,del decreto de reformaque contiene Once captulos. En el primero se dice , que siendollamados los, eclesisticos tener al Seor por herencia suya ,deben arreglar su vida y conducta toda , de forma que en sus.vestidos , modo de gobernarse y portarse , en su lenguage , dis-cursos conversaciones , y en todas sus acciones , no se advier-ta ni descubra cosa alguna que no parezca seria , circunspecta,y verdadera-mente nacida de un fondo religioso ; y que . procu-ren evitar aun las faltas mas leves , que en los eclesisticos se-rian grandes para que de este modo impriman con sus accio-nes en todos los que los Vean respeto y veneracion su' estado.Y asi ordena el Concilio que en adelante se guarden y observentodas las cosas establecidas por los soberanos pontfices , y porlos santos cnones, tocante la buena conducta de los clrigos

    ' la decencia en los vestidos , la ciencia necesaria , cornotambien todo lo que respeta al lujo, festines, bailes , juegosde suerte ; y toda clase de desrdenes, y aun las distraccionesde los negocios temporales , que deben evitar : todo lo cual seaobservado en adelante bajo las mismas penas , y aun mas fuer-tes si los-ordinarios ; las juzgan convenientes. El captulo se-gundo. dispone que el elegido para una iglesia catedral , hade tener todas las calidades que requieren los sagrados cno-nes , en punto al nacimiento , la edad , y las costumbres ;ha de estar ya promovido las rdenes sagradas seis meses a'n-tes ; ha de tener tal capacidad , que pueda Satisfacer las obli-gaciones de su cargo , y en fin es necesario que' haya 'obtenidoen alguna Universidad el grado de Doctor o' Licenciado en teologa en derecho 'cannico ; qu por testimonio autntico de al-guna Academia se le haya declarado capaz de instruir' otros.=El tercero , manda que los Obispos como delegados de.- lasanta silla tengan facultad para separar 'la tercera parte de 10frutos y rentas de todas' las dignidades y oficios de las iglesiascatedrales colegiatas , y de convertirla en distribuciones divi-didas como mejor les parezca en las horas cannicas 7 de l'ha-

  • xxxv )nora que los que no asistan ellas al servicio que estndestinadas pierdan la distribucion de aquel dia , sin perjuicio deproceder- contra ellos segun los cnones si continuaren estandoausentes. En el cuarto se declara que es menester ser alome-nos subdicono para tener voz en captulo , y que cada unohaga las funciones correspondientes sti puesto. =El quintopreviene que las dispensas despachadas fuera de la corte deRoma , no deben ser cometidas sino los ordinarios.= El sestotrata de la circunspeccion que, es precisa en el manejo de lasdisposiciones testamentarias. = El sptimo ordena que los Jue-ces superiores deben observar la constitucion romana , cuandose trata de recibir las apelaciones _, de dar defensor etc.=_.- Enel octavo se establece que los Obispos sean los ejecutores detoda clase de disposiciones pias imponindoles la obligacion devisitar los hospitales , con tal que no estn ba;o la proteccioninmediata de los reyes. = El noveno decreta que los adminis-tradores de cualquiera establecimiento piadoso deben dar cuen-tas al ordinario , si otra cosa no ordena la fundacion.= En eldcimo se faculta los Obispos para examinar , suspender ydestituir de sus puestos los Notarios en materias eclesisticas.= El onceno y ltimo captulo pronuncia penas contra - losque usurpan retienen los bienes de la iglesia , fulminandocontra ellos la escomunion.

    Respecto la cuestion de la comunion bajo de las dos espe-cies , se decret que por razones de mucha importancia , el Con-cilio juzgaba conveniente remitir este negocio su Santidad ,para que obrase segun su prudencia.

    Se tubo una congregacion , para proponer los artculos con-cernientes de la reforma de costumbres, y se encarg los telogos que examinasen las materias pertenecientes al sacramentodel rden , en cuyo objeto se ocuparon muchas congregaciones.

    En una de ellas pidi un grande nmero de prelados quese aadiera al cnon VII que habla de la institucion de losObispos, la clusula que espresara, que esta es de derecho di-vino. Se prob , que asi como el Papa es suscesor de S. Pe-dro , son tambien los Obispos sucesores de los Apstoles: queel Obispado es el primero de los tres rdenes gerarquicos:que siendo Jesucristo el autor de la gerarquia , es tambien elautor de las j arisdiccion que es inseparable de ella: que losObispos han sucedido los Apstoles en cuanto la potestadde rden , y en cuanto la de jurisdiccion , y que esta ver-dad debe considerarse como punto de fe.

  • xxxviEn otra congregacion el Cardenal de Lorena que acababa

    de llegar espuso que el rey de Francia peda que el Conciliotrabajara seriamente en la reforma de las costumbres y de ladisciplina eclesistica comnzndose.por la casa de Dios.

    En el intrvalo de la sesion 22 , la 23 , los Embajadoresde Francia presentaron los Legados los articulos de reformaque habiah formado , y,eran 32. Pedase en ellos principalmen-te ; que no se nombrase pingan Obispo sin ser virtuoso y _capazde, instruir su pueblo ; que se Aboliera la pluralidad de Be-neficios sin atender la distincion de compatibles incompati-bles; que los curas se les sealara una renta suficiente-paraMantener dos clrigos , y ejercer la hospitalidad ; que en lamisa se esplicra al pueblo el santo Evangelio , y la virtud delos sacramentos antes de administrarlos ;' que los beneficios nos dieran ni extranjeros , ni indignos ; que se abolieran co-mo contrarias los cnones las espectatibas , resignaciones , yencomiendas , que se reunieran los prioratos -simples los beneficios de cura de almas, de los Cuales se haban desmembrado;que los Obispos nada hicieran de importancia sin el consejo desu captulo ; que los canonigos residiesen 'continuamente en SusIglesias ; que ninguno se escomulgase sino despues de lastres moniciones, y solo por graves pecados ; que se ordeni .a los Obispos , que 'no confiriesen los beneficios los que los pre-tendan sino lis que se resisten aceptarlos , pues con solopedirlos se declaran indignos de ellos ; que las,Sinodos diocesanas se juntasen alomenos una vez cada ao : las provincia-les cada tres aos: y las generales cada diez.

    Sesion XXIII del dia 15 de Julio de-1565.

    En esta' sesion se compona el Concilio de los tres Legados,de los Cardenales de Lorena y de iTrento. , de los Embajadoresdel Emperador , de: los del rey de Espaa , `rancia , Portu-gal , Polonia , Repblica de Venecia , y del duque de Saboya:d doscientos ocho Obispos , de los' generales de las rdenes yde los abades y doctores en teologa. .

    Empez la sesion por la lectura del decreto solre el Sacra-mento del rden , en qe se declara que debla reconocerse en

    'la Iglesia un sacerdocio visible y esterior que . ha succedido

    antiguo ; que, la escritura y la tradicion nos' ensean que estefue instituido por nuestro Seor Jesucristo que di los Aps-toles y siis sucesores Ja potestad de consagrar de ofrecer

    .51,

  • ( xxxvifde admin istrar su cuerpo y su sangre , asi corno tambien la deremitir y retener los pecados ; que para el buen rden de laiglesia ha sido necesario que hubiese diversos rdenes de minis-tros que fueran consagrados al servicio de los altares ; que lassantas escrituras no solo hablan de los sacerdotes , sino tam-bien de los diconos, y que desde el principio de la iglesia hanestado en uso los nombres y las funciones de los otros rde-nes ; que el rden es uno de los siete sacramentos de la santaiglesia , porque por la ordenacion que se hace con palabras ysignos estertores se confiere la gracia ; que este sacramento im-prime un carcter indeleble ; que los Obispos que han succedi-do los Apstoles pertenecen principalmente al rden gerar-quico , que ellos han sido establecidos por el espritu Santopara gobernar la iglesia de Dios; que son superiores los pres-bteros , y ejercen funciones que estos no pueden desempear;que los que , habiendo sido solo escogidos y establecidos porel pueblo por alguna potestad secular , se ingieren ejercereste ministerio sin haber sido ordenados, deben ser' mirados co-mo ladrones , y no como verdaderos ministros de la iglesia. Enseguida se publicaron ocho canones sobre el sacramento delr den. ( Vanse en el testo).

    Ultimamente se ley el decreto sobre la reforma que contie-ne diez y ocho captulos , que pueden verse tambien en el testo.Los mas dignos de atencion son los que tratan de la residencia,y del establecimiento de escuelas y seminarios episcopales paraeducar en la piedad jvenes para el clero. Con respecto laresidencia de los Obispos la recomienda el Concilio del modomas eficaz , porque estando mandado por precepto divino to-dos los encargados de la cura de las almas , que conozcan susovejas , que ofrezcan por ellos el sacrificio , que las alimen-ten con el pan de la divina palabra , que les administren lossacramentos , que les den el ejemplo de todas las buenas obrasy que tengan un cuidado paternal de los pobres y de todas laspersonas afligidas ; mal pueden cumplir con tan sagradas obli-gaciones los que no estn cerca de su rebao : en consecuen-cia el Santo Concilio exortndoles que se acuerden de lo queles est mandado de parte de Dios , declara que todos los quese elijan y destinen para el gobierno , de las iglesias , aunquesean Cardenales de la santa iglesia romana est.an obligados laresidencia personal en sus iglesias y dicesis sin que puedanausentarse de ellas por tiempo considerable , sino es para cum-plir los deberes de la caridad cristiana , por alguna urjente

  • ( xxxviti )

    -

    necesidad ,-utilidad manifiesta de la iglesia del estado , y aunen estos casos solo mediante el permiso por escrito del metro-politano , del ObiTo sufraganeo mas antiguo ; y que si.algu-no se ausentara contra las disposiciones del presente decreto pe-caria mortalmente , y no podra con seguridad de concienciaretener los frutos de su renta rendidos durante su ausencia yquedaria obligado distribuirlos la fbrica de su iglesia los pobres de su dicesis. Por la naturaleza de este decreto esfcil ver que aunque la residencia no hayasido declarada de de-recho divino en trminos espresos el espritu del Concilio . eraconsiderarla como tal.

    El 9.2 de Setiembre se tuvo una congregacion y en la cine elembajador frances Ferrier pronunci un discurso muy enrgico,,quejndose de . la insuficiencia de los artculos que se habian da-do sobre la reforma.

    Selion XXIV. del dia 11 de Noviembre de 1565.

    Se public . en ella una esposicion de la doctrina catlicaconcerniente al matrimonio. El Concilio despues de establecer laindisolubilidad de'su vnculo con los textos formales del Genesisy del Evangelio', aade, que Jesucristo por su pasion ha me-recido la gracia necesaria para asegurar y santificar la uniondel esposo y de la esposa ; y que asi lo quisodar mas enten-der el Apstol cuando dijo maridos amad vuestras muge-res como Jesucristo am la Iglesia ; y. poco despues ; este

    _sacramento. , digo yo, es grande en Jesucristo y ,en la Iglesia.

    El matrimonio en la ley evangeliza , prosigue el Concilio, sien-do mucho mas escelente que los matrimonios antiguos por lagracia que confiere., los Santos Padres , los Concilios y la tra-dicion , nos han enleilado siempre, tenerlo por uno de lossacramentos de la ley nueva. El Concilio pronunci ,

    en conse-,cuencia veinte y dos canones con anatema.

    -(Vanse en el texto.)Despues se ley un decreto sobre este mismo sacramento, que,

    contiene diez captulos. En el 4 . el Concilio declara que la igle-sia siempre ha mirado con horror los matrimonios clandestinosy siempre los ha prohibido ; manda que en lo venidero el curapropio en tres dias de fiesta consecutivos y en la iglesia duran-te la misa parroquial solemne, debe anunciar y proclaniar losnombres de los que han de casarse : que despues de la pu-blicacion sino hay oposicion legitima se proceda la cele--bracion del matrimonio en presencia de dos tres testigos

  • ( xxxixdel cura de algun otro sacerdote , con el permiso del mismocura ' del ordinario, declarando nulos los celebrados -de otromodo.

    El segundo capitulo trata del parentesco espiritual quenace del bautismo , declarando que el, que lo administra , elpadrino y la madrina contraen parentesco con el bauti-zado y' con sus padres. El 3. 0

    Con respeto al impedimen-to - de pblica honestidad que nace de los esponsales cuan-do estos se invalidan, decide que no se estiende mas all quedel primer grado. El Restringe el impedimento que nacede la afinidad contraida por fornicacion los que se encuentranen el primero y segundo grado de esta afinidad. El 5. Disponeque los que contraigan matrimonio en los grados prohibidos,sean separados sin esperanza de obtener dispensa. El 6. Mandaque nunca rara vez se conceda esta sino por causa legtima,y gratuitamente. El 7. Previene que no se concede dispensa en se-gundo grado , sino es en favor de los grandes prncipes , poralgun bien pblico, El 8. Declara que no puede haber matrimo-

    lii entre el raptor y la persona arrebatada , mientras que esten poder de aquel , menos que separada y puesta en lu-gar seguro preste su consentimiento libre. El 9. Advierteque los vagabundos , no sean admitidos con facilidad al matri-monio. El 1 O. Dispone que los concubinarios, si amonestados tresveces por el ordinario , no .se separan de sus concubinas seanescomulgados , negndoseles la absolucion hasta haber obedeci-

    ji do , y que las mugeres que vivan en adulterio concubina-to pblico si advertidas tres veces no obedecen

    '

    sean castigadas rigurosamente por el ordinario del. lugar , y desterradas detoda su dicesis si lo juzga apropsito. El 11. Declara que na7die se fuerce casarse. El 12. Determina por ltimo que se guar-den y cumplan las prohibiciones antiguas de celebrar las nup-cias desde el Adviento hasta la Epifania , y desde el mircolesde ceniza hasta la octava de Pascua.

    Despues publicse el decreto de reforma del clero que con-tiene veinte y dos artculos. El primero hace referencia laeleccion de Obispos , Prelados y creacion de Cardenales. El se-gundo trata de la convocacion de los Concilios provinciales y.sindos dicesanas. El tercero dispone lo conveniente acerca lasvisitas que deben practicar los Arzobispos , Obispos , Arcedia-nos y visitadores capitulares. El cuarto impone los Obispos yPrrocos la obligacion de predicar por s por otros ministrosen caso de impedimento. Los- demas captulos de este decreto,

  • ( XL )

    .

    que omitimos por su mucha stension , pueden verse en eI testo'...Concluida la ,sesion 24. y ntes de la /5 y ltima hubo mu-

    chas Congregaciones. 'El Cardenal de Lorena haba esparcido'el rumor de que se quera cerrar el Concilio en otra sesion , y

    manifest que no le' seria posible hallarse en Trenzo por la , 1Natividad del Seor , y que l con todos los Obispos franceses .,(5

    partirian ntes de aquel tiempo. Los Embajadores del Csar de- Oclan tambien que el Emperador solicitaba la espedicion , y que 0(fuese para San Andres , principios del mes de Diciembre. Il. ' Sabido esto por la mayor parte de Jos padres , el Cardenal . ,.:1Moron determin celebrar una sesion el dia 42 de Noviembre ,en su casa , con asistencia de los Legados , dedos Cardenales y o/5 Obispos escogidos entre los mas principales de cada nacion.Propuso Moron que instando el Emperador y todos los prncipesque Se terminara el Concilio , dijesen su parecer sobre esto y ele'

    t

    modo de hacerlo; espusieron algunos su opinion y Lorena dijo que ,era necesario terminar el Concilio, y en cuanto al modo expuso,que se hiciera en una sesion en la que se tratra de lo que ha'bia quedado por resolver acerca de la reforma , y de otros pun-

    tos como el catecismo , el Indice de los libros prohibidos, Indui- il

    gencas Imgenes de los Santos y que los anatemas no se fulmi- 9

    Harn contra hereges particulares , sino en trminos generales.

    I

    Resuelto en esta conformidad el Cardenal Moron convoc los 1Embajadores eclesiasticos y seculares , comunicndoles la

    t

    propuesta y parecer de la Congregacion que se conformaron g

    todos, aunque el de Espaa dijo que esperaba las rdenes de su 1soberano. i

    En aquel mismo dia se tubo otra congregacion por la tarde,para comenzar tratar de la reforma *y se determino' tener dosCongregaciones cada dia.

    En la. Congregacion del dia 20 se propuso pedir su Santi

    ldad la confirmacion de todos los decretos del' Concilio. Hubo 'varios pareceres , unos'para qe se pidiera , otros para que no.Pero habiendo manifestado el Cardenal de Lorena

    '

    que l, conlos Obispos franceses tenan que partir luego, y que faltando' unanacion no podria llamarse general el Concilio , se deliber pediral Papa la confirmacion y conclusion del mismo.

    $En su consecuencia se di comision al Cardenal de Varmien-

    se con ocho prelados para formar el decreto del Purgatorio, in,vocacion ; veneracion, reliquias Imgenes de los Santos y sedeputaron algunos otros

    'para revisar la reforma de los frailesy monjas ademas de aquellos que la habian formado.

    1 1

  • 1?,

    95

    ( XLI )

    El dia 22 hubo otra Congregacion para tratar sobre las 1n--dulgencias , del indice de los libros prohibidos , del catesismo,

    ili del breviario y misal. , Mientras se ventilaban'todas estas materias, lleg el dia 30 de

    Noviembre por la noche un correo de Roma con la noticia de quesu Santidad habia caido gravemente enfermo , con cuyo motivoescribi el Cardenal Borromeo los Legados y al Cardenal de Lo-rena que acelerasen cuanto fuese dable la espedicion del Concilio

    Epara que se cerrra antes del fallecimiento de Su Santidad.

    A la maana siguiente dia primero de Diciembre se tubo con-gregacion en la que,

    se leyeron los decretos que el Varmiense consus ocho compaeros Obispos habian formado sobre el Purga-torio y los Santos con grande brevedad y sin contradiccion. Le-yse tambien el decreto de reforma del Clero, sobre el cual huboalgunos debates acerca la inversion de la renta de , los Obisposy Clero.

    Sesion, XXV del dia 2 de Diciembre de 1565.

    Llegado el viernes 3 de Diciembre se celebr la 25. a yltima sesion del Concilio con la acostumbrada solemnidad,se cant la misa y predic el sermon Geronimo de RagazzonoObispo de Nazianzo. Llam la atencion de su auditorio cele=brar y admirar aquel dia felicisimo en que se restauraba eltemplo de Dios y la nave se trahia al puerto , despues de lasgrandes tempestades que habia sufrido ; manifest que la ale-gra seria mas grande , si los Protestantes aceptando las gene-rosas invitaciones de los padres, hubiesen querido tomar parteen tan grande obra en que 'para el bien de las almas se ha-bia esplicado la f ctolica y restaurado la disciplina eclesias-tica ; y recapitulando todo lo que en el Concilio se habia tra-tado relativamente la f , concluy su oracin con alabanzas los Padres del mismo.

    Concluida la Misa se ley el decreto de la doctrina del Pur-gatorio. En el despues de ensear conforme lo admitido siem-pre por la iglesia catlica , que las almas detenidas en l sonayudadas con los sufragios de los fieles y con el sacrificio dela Misa , manda el Concilio- los Obispos que enseen y haganpredicar esta doctrina sin presentar al pueblo rudo y sencillocuestiones stiles, que ademas de no ser ciertas ni verosimiles

    '

    en

    nada aumentan la piedad de les fieles, y procuren que se celebrenlos sufragios de las Misas , y se ejecuten con sumo cuidado enfavor de los difuntos las disposiciones de los testamentos.

  • ( xin ).

    En punto , la invecacion', venerac on y reliquias de los san- II;1,

    tos y de las sagradas imgenes , manda el Concilio , que ense- /O/en tal, pueblo con grande diligencia , que , los ISantos en el cielo' 0ruegan por los hombres, y que es til invocarlos y recurrir

    .II

    sus oraciones.

    Despues condena el Concili en un periodo ocho proposicio- 15

    nes ; 4 .a que los ,santos del cielo no deben invocarse , 2. que , 140

    no ruegan Dios por los hombres ; 3.a que es una idolatria in- 01,

    vocarlos, para que ruegen por . nosotros aun singularmente ;. 4.a Illque esto gas contrario , la palabra de Dios y al honor de Cristo; '01

    5. a que es una demencia suplicarles con la boca y con el cora- 1Wzon ; 6. a qu los cuerpos de los Santos por los cuales nos con-

    .11cede Dios muchos beneficios , no deben ser venerados ; 7.a quey'

    las reliquias sepulturas de los Santos no deben ser honradas;, h

    8.a que en vanq se frecuentan sus memorias. para implorar los al-

    auxilios de Dios. disj

    En cuanto las imgenes manda el Concilio; que las de Cris , PI,'

    te, d la _Virgen y de los Santos deben tenerse en los altares de .101

    los templos , y tributarseles el honor debido, no porque en ellas 1

    le ha ros queconcedido , los

    ha obradosaludables ejemplos

    ellos.El Concilioonclosilio Santos y

    anatematiza

    :1

    los

    li111)ai

    '

    111est la divinidad alguna virtud , sino porque el honor redun- I

    Dios pormilagros

    da en la cosa que representan ; y encarga . los Obispos que ' ,enserien que por medio de las historias de nuestra redencion re-presentadas en pintura se instruye y confirma al pueblo re-.cordaudole los articules de la fe, los beneficios y dones que Dios .

    por consiguiente todos los que ensean lo contrario. Por lti-

    R1

    mo despues de ordenar que sea. desterrado todo abuso y supers-ticion, encarga eficazmente que no abusen los fieles de las fies-tas de lbs Santos, emplendolas en comilonas y embriagueces,y establece que ninguna imagen 6 reliquia de los Santos le pon-ga en los templos sin la aprobacion'de los Obispos.

    En seguida se pblic el decreto sobre la reforma de los regu-lares que contiene importantes disposiciones no solo sobre el r-imen de los monasterios v conventos y su de pendencia de ls

    Obispos y_ . otros superiores regulares , sino que tambin sobrelos deberes y obligaciones de los religiosos de ambos secsos, yotras ' notables particularidades que pueden verse en el texto.

    4 continuacion de la reforma de los regulares- se ley el de-

    creto de la general que' contiene 21 captulos ; en el 1. se man-da que todos .los Cardenales y prelados de las iglesias usen dmodesto , ajuar y mesa y no enriquezcan sus parientes v fami

    ..1

  • XLIII )las con los bienes eclesiasticos : en el 2. se determina quiendeba recibir solemnemente los decretos del Concilio y hacer pro-fesion de fe : en el 3. despues de encargrse la grande precau-cion con qu debe usarse el arma de la escomunion , se prohibe,su uso cuando puede practicarse ejecucion real personal : enl 4. se faculta los Obispos , abades y demas superiorespara dictar las providencias operan nas donde fuere escesivo elnmero de misas que ,

    debieren _celebrarse : el 5. ordena que seobserven las obligaciones y cargos impuestos los beneficios: el6. habla del modo como debe proce