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Concejo Municipal de ''La Guardia" LEY AUTONÓMICA MUNICIPAL No. 154/2019 Abg. Jorge Morales Encinas HONORABLE ALCALDE MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE LA GUARDIA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En atención a la solicitud efectuada mediante Oficio Externo GAML - SMAJ - DESP. N° 1056/2019, en fecha 22 de julio de 2019, por el Alcalde Municipal de La Guardia, a través del cual remite al Concejo Municipal de La Guardia, para su consideración y aprobación, la solicitud de Modificación del Art. 3 de la Ley Autonómica Municipal N" 133/2019 de Declaratoria de Necesidad y Utilidad Pública para la Expropiación de Terreno de Acceso al Sitio de Disposición Final, mediante Informe Técnico de Necesidad del Art. 3 de la Ley Autonómica Municipal N" 133 de 07 de febrero de 2019 GAMLG - SMMA - DMGAyC - UGAyRS - N° 728, de fecha 4 de julio de 2019, emitido por el Responsable de Gestión Integral de Residuos Sólidos y el Informe Legal GAMLG - SMAJ N'' 204, de 22 de julio de 2019, emitido por el Director de Procesos Administrativos; documentación recepcionada por el Concejo Municipal con el Código 638 en fecha 25 de julio de 2019. Que, (a Constifución Política deí Estado, en su artículo 272, establece que ía autonomía implica el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus órganos del gobierno autónomo, en el ámbito de su Jurisdicción, competencias y atribuciones. Que, por su parte, el artículo 283, establece que el gobierno autónomo municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias; y un órgano ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde. Que, el artículo 302 parágrafo I, de la mencionada nornia suprema, en su numeral 27, establece como competencias exclusivas de los gobiernos autónomos municipales: "Preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente, fauna silvestre y animales domésticos" y "Aseo Urbano, manejo y tratamiento de Residuos Sólidos en el Marco de la Política de Estado". Que, Ley N** 755 de 28 de octubre de 2015, de Gestión Integral de Residuos, en su art. 26 (Gestión Integral de Residuos Sólidos) describe a la Disposición Final de Residuos Sólidos como una etapa de la gestión operativa, estableciendo a su vez en su Disposición Transitoria Segunda que, Tos botaderos y áreas contaminadas por residuos deben ingresar a procesos de clausura, cierre técnico y saneamiento ambienta!, en cumplimiento con la nonvativa ambiental vigente y protección a la salud, en un plazo máximo de cinco años". Que, la Ley N** 482 de Gobiernos Autónomos Municipales de fecha 9 de enero de 2014, establece en su artículo 16 (Atribuciones Del Concejo Municipal) numeral 4 "En el ámbito de sus facultades y competencias, dictar Leyes Municipales y Resoluciones, interpretadas, derogarías, abrogarias y modificarlas". Asimismo en su artículo 26 (Atribuciones de la Alcaldesa o el Alcalde Municipal) estableciendo en sus lAGUAROAfiS SI/S£A/rt La Guardia 3era. Sección Municipal de la Prov. Andrés Ibañez • Km. 20 carretera a Cbba. Telf/Fax: 384 0200 - 384 0202 - 384 1991 • www.concejolaguardia.gob.bo/concejo/ • [email protected]

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Page 1: Concejo Municipal de ''La GuardiaQue, la Ley N** 482 de Gobiernos Autónomos Municipales de fecha 9 de enero de 2014, establece en su artículo 16 (Atribuciones Del Concejo Municipal)

Concejo Municipal de ''La Guardia"

L E Y AUTONÓMICA MUNICIPAL No. 154/2019

Abg. Jorge Morales Encinas HONORABLE ALCALDE MUNICIPAL D E L GOBIERNO AUTÓNOMO

MUNICIPAL DE LA GUARDIA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En atención a la solicitud efectuada mediante Oficio Externo GAML - SMAJ - DESP. N° 1056/2019, en fecha 22 de julio de 2019, por el Alcalde Municipal de La Guardia, a través del cual remite al Concejo Municipal de La Guardia, para su consideración y aprobación, la solicitud de Modificación del Art. 3 de la Ley Autonómica Municipal N" 133/2019 de Declaratoria de Necesidad y Utilidad Pública para la Expropiación de Terreno de Acceso al Sitio de Disposición Final, mediante Informe Técnico de Necesidad del Art. 3 de la Ley Autonómica Municipal N" 133 de 07 de febrero de 2019 GAMLG - SMMA - DMGAyC - UGAyRS - N° 728, de fecha 4 de julio de 2019, emitido por el Responsable de Gestión Integral de Residuos Sólidos y el Informe Legal GAMLG - SMAJ N'' 204, de 22 de julio de 2019, emitido por el Director de Procesos Administrativos; documentación recepcionada por el Concejo Municipal con el Código 638 en fecha 25 de julio de 2019.

Que, (a Constifución Política deí Estado, en su artículo 272, establece que ía autonomía implica el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus órganos del gobierno autónomo, en el ámbito de su Jurisdicción, competencias y atribuciones. Que, por su parte, el artículo 283, establece que el gobierno autónomo municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias; y un órgano ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde.

Que, el artículo 302 parágrafo I, de la mencionada nornia suprema, en su numeral 27, establece como competencias exclusivas de los gobiernos autónomos municipales: "Preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente, fauna silvestre y animales domésticos" y "Aseo Urbano, manejo y tratamiento de Residuos Sólidos en el Marco de la Política de Estado".

Que, Ley N** 755 de 28 de octubre de 2015, de Gestión Integral de Residuos, en su art. 26 (Gestión Integral de Residuos Sólidos) describe a la Disposición Final de Residuos Sólidos como una etapa de la gestión operativa, estableciendo a su vez en su Disposición Transitoria Segunda que, Tos botaderos y áreas contaminadas por residuos deben ingresar a procesos de clausura, cierre técnico y saneamiento ambienta!, en cumplimiento con la nonvativa ambiental vigente y protección a la salud, en un plazo máximo de cinco años".

Que, la Ley N** 482 de Gobiernos Autónomos Municipales de fecha 9 de enero de 2014, establece en su artículo 16 (Atribuciones Del Concejo Municipal) numeral 4 "En el ámbito de sus facultades y competencias, dictar Leyes Municipales y Resoluciones, interpretadas, derogarías, abrogarias y modificarlas". Asimismo en su artículo 26 (Atribuciones de la Alcaldesa o el Alcalde Municipal) estableciendo en sus

lAGUAROAfiS SI/S£A/rt La Guardia 3era. Sección Municipal de la Prov. Andrés Ibañez • Km. 20 carretera a Cbba.

Telf/Fax: 384 0200 - 384 0202 - 384 1991 • www.concejolaguardia.gob.bo/concejo/ • [email protected]

Page 2: Concejo Municipal de ''La GuardiaQue, la Ley N** 482 de Gobiernos Autónomos Municipales de fecha 9 de enero de 2014, establece en su artículo 16 (Atribuciones Del Concejo Municipal)

CONCEJO MUNICIPAL.

Concejo Municipal de ^̂ La Guardia"

numerales 1, 2 y 3 las siguientes atribuciones: "Representar al Gobierno Autónomo Municipal", "Presentar Proyectos de Ley Municipal al Concejo Municipal" y "Promulgar ias Leyes Municipales u observarlas cuando corresponda".

Que, en el marco de la normativa anteriormente descrita, y en el ejercicio de la facultades y competencias en la materia, el Ejecutivo Municipal a través de ía Secretaría Municipal de Medio Ambiente ha presentado el proyecto de Ley Autonómica Municipal Modificatoria al Art. 3 de la Ley Autonómica Municipal No. 133/2019 de Declaratoria de Necesidad y Utilidad Pública para la Expropiación de Terreno de Acceso al Nuevo Sitio de Disposición, de conformidad a lo establecido en el artículo 22 (iniciativa legislativa) parágrafo I, inciso a) de la Ley Municipal 02/2015, proyecto que ha sido elaborado acorde a las normativas vigentes; conforme lo establece el Informe Técnico de necesidad de modificación contenido en el cite GAMLG-SMMA-DMGAyC-UGAyRS-INF N° 728/2019.

Que, en ejercicio de la competencia exclusiva establecida en el numeral 27 del art. 302 de la CPE y de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nacional N° 755 de Gestión de Residuos Sólidos, el Gobierno Autónomo Municipal de La Guardia procede a realizar las operaciones correspondientes para el cierre técnico del actual botadero municipal y para ello procede a realizar las gestiones para la adquisición de un nuevo sitio de disposición final que cumpla con las normativas técnicas y ambientales vigentes.

Que. en fecha 21/12/2017 se aprueba la Ley Autonómica Municipal H° 092/2017 de Declaratoria de Necesidad y Utilidad Pública de Expropiación de Terreno para la Consolidación del sitio de disposición final de residuos sólidos de la Jurisdicción de La Guardia, consolidándose la expropiación de una superficie 200 HECTÁREAS de propiedad de los Sres. Luisa teresa de Suarez, Rafael Suarez Lorente, Hernán Suarez Lorente, Tomas Antonio Suarez Lorente, María Lourdes Joaquina Suarez de Coímbra, Mana Gloria Suarez Lorente y Pablo Mauricio Suarez Lorente, UBICADOS EN EL PREDIO DENOMINADO "LOS PUQUIOS" Cantón Ayacucho registrado en oficinas de Derechos Reales, bajo la matricula computarizada N° 7.01.3.01.0000514.

Que, de manera posterior a fin de habilitar el acceso a dicho predio destinado para el nuevo sitio de disposición final de residuos sólidos, a través de la Ley Autonómica Municipal N" 133/2019 de Declaratoria de Necesidad y Utilidad Pública de Expropiación de Terreno de Acceso al Nuevo Sitio de Disposición Final de Residuos Sólidos de fecha 07/02/2019, se declara de necesidad y utilidad pública la expropiación de una fracción del total de la PARCELA CON LA SUPERFICIE DE 5183.45 MTS2, expropiación que será destinada como acceso al nuevo sitio de disposición final de residuos sólidos, la misma que se desprende de la superficie total de 1104.5683 hectáreas, de propiedad de los Sres. Luisa teresa de Suarez, Rafael Suarez Lorente, Hernán Suarez Lorente, Tomas Antonio Suarez Lorente. Mana Lourdes Joaquina Suarez (antes de Coímbra), María Gloria Suarez Lorente y Pablo Mauricio Suarez Lorente, UBICADOS EN EL PREDIO DENOMINADO "LOS PUQUIOS" Cantón Ayacucho registrado en oficinas de Derechos Reales, bajo la matricula computarizada N" 7.01.0.40.0000908, de fecha 16 de enero de 2019.

lAGUARDIA ̂ S I / < S f ^ La Guardia 3era. Sección Municipal de la Prov. Andrés Ibañez • Km. 20 carretera a Cbba.

Telf/Fax: 384 0200 - 384 0202 - 384 1991 • www.concejolaguardia.gob.bo/concejo/ • [email protected]

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Concejo Municipal de ^̂ La Guardia"

Que, verificadas ambas Leyes de Expropiación, evidentemente se ha podido identificar la existencia de un error en cuanto al predio descrito en la Ley N° 133/2019, pues esta, establece en su art. 3 al predio LOS PUQUIOS DE GUAYABA el cual corresponde al descrito en la Ley N° 092/2017 como nuevo sitio de Disposición Final.

De la verificación del error en gabinete y en consideración a los vértices establecidos en el artículo 3, así como el Titulo Ejecutorial con cite N° MPE-NAL-003701, con número de expediente 6430 y 1-32127 y Matricula N° 7010400000365 así como el plano catastral adjuntos, se observó que el polígono establecido a expropiarse corresponde a una fracción del total del Predio denominado "LOS ALMENDROS", mismo predio que tiene como nómina de beneficiarios a los mismos ciudadanos descritos en el artículo de referencia. ,

Que, verificados los datos mencionados anteriormente, y en pleno uso de las atribuciones conferidas por el art. 16 numeral 4 de la ley 482 concordando con la Ley Municipal N° 001/2015, se hace necesario realizar la modificación del art. 3, a fin de poder subsanar el error existente en cuanto al nombre del predio a expropiar y de esta manera se pueda concluir con el proceso de expropiación confonne a la normativa vigente.

Que, en Sesión Ordinaria No. 59/2019 llevada a cabo el día Jueves 8 de agosto deí 2019, se procedió a poner en consideración ante el Pleno del Concejo Municipal, la iniciativa presentada por el Órgano Ejecutivo Municipal de " L E Y AUTONÓMICA MUNICIPAL MODIFICATORIA AL ART. 3 DE LA L E Y AUTONÓMICA MUNICIPAL No. 133/2019 DE DECLARATORIA DE NECESIDAD Y UTILIDAD PUBLICA PARA LA EXPROPIACIÓN DE TERRENO DE A C C E S O AL NUEVO SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL", la misma que se aprobó en grande y en detalle; por lo que se tiene ocho (9) votos de aprobación y dos (2) votos de abstención de los 11 concejales presentes.

POR TANTO:

El Concejo Municipal de La Guardia, en el ámbito de sus competencias, de conformidad a las facultades y atribuciones que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, la Ley de Gobierno Autónomos Municipales, dicta la presente.

La Guardia 3era. Sección Municipal de la Prov. Andrés Ibañez • Km. 20 carretera a Cbba. Telf/Fax: 384 0200 - 384 0202 - 384 1991 • www.concejolaguardia.gob.bo/concejo/ • concejolaguardia@gmaiLcom

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Concejo Municipal de ^'La Guardia"

L E Y AUTONÓMICA MUNICIPAL N° 154

DE 8 DE AGOSTO DE 2019

Abg. Jorge Morales Encinas A L C A L D E DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE LA GUARDIA

Por cuanto, el Concejo Municipal de La Guardia, ha sancionado la siguiente ley:

E L CONCEJO MUNICIPAL

DECRETA:

" L E Y AUTONÓMICA MUNICIPAL MODIFICATORIA AL ART. 3 DE LA L E Y AUTONÓMICA MUNICIPAL No. 133/2019 DE DECLARATORIA DE

NECESIDAD Y UTILIDAD PÚBLICA PARA EXPROPIACIÓN DE TERRENO DE A C C E S O AL NUEVO SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS

SÓLIDOS"

ARTICULO 1 (OBJETO).- La presente Ley tiene por objeto modificar el art. 3 de la Ley N° 133/2019 " L E Y AUTONÓMICA MUNICIPAL DE DECLARATORIA DE NECESIDAD Y UTILIDAD PÚBLICA PARA EXPROPIACIÓN DE TERRENO DE A C C E S O AL NUEVO SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS".

ARTICULO 2 (MODIFICACIÓN AL ART. 3 A LA L E Y AUTONÓMICA MUNICIPAL N° 133/2019).- Se modifica el artículo 3 de la Ley Autonómica Municipal N° 133 del 07 de febrero de 2019 "LEY AUTONÓMICA MUNICIPAL DE DECLARATORIA DE NECESIDAD Y UTILIDAD PÚBLICA PARA EXPROPIACIÓN DE TERRENO DE A C C E S O AL NUEVO SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS", con el siguiente texto:

ARTICULO 3.- (DECLARACIÓN DE NECESIDAD Y UTILIDAD . ' PUBLICA).-Se declara de necesidad y utilidad pública, una fracción

del terreno correspondiente a la superficie de 5183.45 Mts2, expropiación que será destinada como acceso al nuevo sitio de

I disposición final de residuo sólidos, la misma que desprende de la ¡ superficie total de 668.1746 hectáreas, de propiedad de los señores [Lorente Parada de Suarez Luisa Teresa, Suarez Lorente María ; Lourdes Joaquina, Suarez Lorente Gloria marta, Suarez Lorente

Rafael, Suarez Lorente Hernán, Suarez Lorente tomas Antonio, ; . Suarez Lorente Pablo Mauricio ubicado en el predio denominado "LOS ¡. ALMENDROS" cantón/municipio La Guardia, registrado en las oficinas ; de derechos reales, bajo la matricula computarizada n° ; : ^ 7010400000365 de fecha 21 de agosto de 2017, de acuerdo a las

lASUAROAfó St/¿S^A/rt La Guardia 3era. Sección Municipal de la Prov. Andrés Ibañez • Km. 20 carretera a Cbba.

Telf/Fax: 384 0200 - 384 0202 - 384 1991 • www.concejolaguardia.gob.bo/concejo/ • [email protected]

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Concejo Municipal de ''La Guardia"

COORDENADAS U.T.M. N** X COORD Y COORD 1 479541.515 8004705.195 2 479544.251 8004730.098 3 479337.706 8004746.710 4 479335.336 8004721.787

DISPOSICIONES DEROGATORIAS ÚNICA." Se deroga el artículo 3 de la Ley Autonómica Municipal 133 de 07 de febrero de 2119 "LEY AUTONÓMICA MUNICIPAL DE DECLARATORIA DE NECESIDAD Y UTILIDAD PÚBLICA PARA EXPROPIACIÓN DE TERRENO DE ACCESO AL NUEVO SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS".

Es dada en el Salón del Concejo Municipal de La Guardia a los ocho días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.

Por tanto, la promulgo para que se Municipal, a los ./cZ-- del mes de ...

iTÓlíOMO MUNICIPAL

cumpla^ como Ley Autonómica del año dos mil diecinueve.

;^rnrn fti lUlnQIPO WPTTW

La Guardia J . ^ de ..LA<'<^^&:^f<^. De 2019. En atención a lo dispuesto^por el parágrafo I del Art. 135 de la Ley N° 031, Marco de Autonomías y Descentralización "Andrés I báñ^ " , se publica la presente Ley Municipal a los JXIT. días del mes de .¿Xfí^'^ívUrCí». del año 2019, por lo cual es de cumplimiento obligatorio.

- 3 z*=< íí6oíi lom94ora[es'Enci/d3

oabiaroe Autónomo MunicfpaL--/

La Guardia 3era. Sección Municipal de la Prov. Andrés Ibañez • Km. 20 carretera a Cbba. Telf/Fax: 384 0200 - 384 0202 - 384 1991 • wvAv.concejolaguardia.gob.bo/concejo/ • [email protected]