comisión de derechos humanos del distrito federal el derecho a la no discriminaciÓn
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Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal
EL DERECHO A LA
NO DISCRIMINACIÓN
¿Qué entiendes por discriminación?¿Crees que te
han discriminado o tú haz discriminado?
“Queda prohibida cualquier forma de discriminación, entendiéndose por ésta la negación, exclusión, distinción, menoscabo, impedimento o restricción de alguno o algunos de los derechos humanos de las personas, grupos y comunidades en situación de discriminación imputables a personas físicas o morales o entes públicos con intención o sin ella, dolosa o culpable, por acción u omisión, por razón de su origen étnico, nacional, lengua, sexo, género, identidad indígena, de género, expresión de rol de género, edad, discapacidad, condición jurídica, social o económica, apariencia física, condiciones de salud, características genéticas, embarazo, religión, opiniones políticas, académicas o filosóficas, identidad o filiación política, orientación o preferencia sexual, estado civil, por su forma de pensar, vestir, actuar, gesticular, por tener tatuajes o perforaciones corporales o cualquier otra que tenga por efecto anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, de los derechos y libertades fundamentales, así como la igualdad de las personas”.
Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del DF
PR
EJU
ICIO
El prejuicio se aprende
cuando se observa y se
vive en una sociedad que
lo alimenta. El aprendizaje del prejuicio
surge desde la infancia. Se
observa y se imita lo que
se vive a su alrededor.
Los prejuicios involucran
sentimientos muy fuertes
que son difíciles de
cambiar y por lo tanto su
arraigo es mayor.
PR
EJU
ICIO
Los prejuicios pueden
convertir a personas
inocentes en “chivos
expiatorios”. Los prejuicios son el
principio de un proceso
devaluatorio de “los
otros”, los diversos, que
culmina con
la
ejecución de actos
discriminatorios.
El mensaje que se propaga aquí en primer lugar daña la imagen de la mujer al reforzar el estereotipo de que su valor como persona radica en su apariencia física y edad, de tal manera que refuerza el rechazo y la exclusión que viven las mujeres adultas mayores a las cuales esta imagen ridiculiza.
ESTER
EO
TIP
O
Es una clasificación social
particularizada de
personas y grupos por
medio de signos y
símbolos a menudo muy
simplificados
y
generalizados que
implícita o explícitamente
representan un conjunto
de valores, juicios y
suposiciones acerca de su
conducta,
sus
características o su
historia.
Nada tan claro como esta campaña publicitaria en la que se empodera al hombre para ejercer actos de “dominación” sobre el género femenino. En este panorama la mujer es el objeto de deseo y diversión, la mercancía que se ofrece y se toma como premio en un concurso.
ESTER
EO
TIP
O
Los
estereotipos
identifican categorías
generales de poblaciones
nacionales, clases
sociales, etnias, razas.
Los estereotipos pueden
variar en su raíz emocional
y en su intensidad, pero
generalmente representan
relaciones, tensiones o
conflictos de
poder
subyacentes.
Es un reflejo de abierta discriminación hacia la mujer al referirse a ella con adjetivos que lastiman su dignidad, por el solo hecho de usar una prenda de ropa determinada.
ESTIG
MA
Atributos o desventajas
que desprestigian considerablemente a
una persona o grupo de
personas, subvalorizándolas y dañando ostensiblemente su
identidad al convertirlas
en personas indeseables,
indignas y deshonrosas.
Esta noticia es discriminatoria hacia los jóvenes debido a que prejuzga injustificadamente relacionándoles de manera directa con vicios, delincuencia, improductividad, etc. Estos estereotipos acompañan la vida cotidiana de la niñez y adolescentes, convirtiéndolos en presa de la exclusión y la violencia.
ESTIG
MA
(C
ARA
CTER
ÍSTIC
AS)
Un atributo
que
estigmatiza a un individuo
puede confirmar
la
normalidad de otro, por lo
tanto no tiene valor por lo
que es como persona sino
por la imagen que la
cultura crea de él. No todos los atributos
indeseables son tema de
estigma, sólo aquéllos que
son incongruentes con
nuestro estereotipo de
cómo creemos deben ser
las demás personas.
El lema de la campaña está orientado a referir que los valores de las personas deben identificarse con las mercancías que se compran. La persona deja de valer por sí misma y sólo se aprecia a través de lo que consume, usa, compra, adquiere, etc. Además refuerza estereotipos al limitar el uso de un vehículo a una mujer cuya vestimenta refiere al género masculino.
DESD
E L
A P
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AD
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HO
S
HU
MA
NO
S
Hoy la igualdad sólo puede
entenderse como igualdad
en derechos para todas las
personas. Como principio
requiere que todas las
personas tengan los mismos
derechos y las mismas
oportunidades de acción y
desarrollo; requiere también
del respeto a la diferencia.
El principio de igualdad es el
que hace posible el goce de
todos los derechos humanos
en igualdad de condiciones.
CO
NC
EPT
O
MO
DER
NO
DE
IGU
ALD
AD
DECLARACIÓN UNIVERSAL
DE DERECHOS HUMANOS
(1948): determina
el
principio de igualdad como
norma jurídica: la igualdad
no es un hecho sino un
valor establecido ante el
reconocimiento de la
diversidad que
nos
constituye como familia
humana. Es una relación
que unifica a una clase de
sujetos en la titularidad de
aquellos derechos que
reconocidos y garantizados
a todos en igualdad son
llamados universales o
fundamentales.
DIV
ER
SID
AD
Término para identificar
todo aquel elemento,
característica o rasgo
específico que individualiza
a las personas, a los grupos
y a las comunidades.
Exige solidaridad y el
reconocimiento de la
“otredad” como cualidades
indispensables para
garantizar una interacción
armoniosa, incluyente y
respetuosa de los derechos
y de la unidad del género
humano.
DIV
ER
SID
AD
ES
Genética
Intelectual
Emocional
Cultural
Religiosa
Étnica
Lingüística
Sexual
Política
Ética
Moral
Jurídica
Racial
Ideológica
“Justifica
ciones”
del re
chazo
a la
dive
rsidad
Miedo a lo
desconocido
Tradiciones
y costumbres
Mitos y
tabúes
Ignorancia
Temor a la
crítica
Retroalimenta-
ción de
prejuicios
Fortalecimiento
de información
infundada
TO
LERA
NC
IA
El concepto procede del sustantivo latino tolerantia-ae que puede traducirse como “sufrimiento” y “acción de sobrellevar, soportar o resistir”.
Otra acepción se deriva de tollere, la cual se refiere a “aceptar y respetar” reconociendo al conjunto de posturas que no se comparte.
Desde la perspectiva de los derechos humanos es un valor cívico y ético que evita la discriminación y permite el ejercicio de los derechos humanos.
DIS
CR
IMIN
AC
IÓN
Prejuicios, convicciones ,
restricciones u omisiones
relacionadas con:Sexo RazaGéneroPertenencia étnica
Color de pielEdad (niñas y niños, “adolescentes”,
jóvenes , personas adultas mayores)
NacionalidadCreenciasReligión Ideología Situación económica o posición social
DIS
CR
IMIN
AC
IÓN
Apariencia física Estado de salud (vih/sida,
enfermedades de transmisión
sexual y terminales)
Discapacidad física, intelectual,
psicosocial Orientación o preferencia sexual
e identidad o expresión de
género Profesión u ocupación
Combinación de estos u otros
atributos Que tienen por objeto restringir,
negar o menoscabar el ejercicio
pleno de los derechos humanos.
Conse
cuenci
as
de la
dis
crim
inaci
ón
La discriminación priva de un
bien o un derecho a una
persona o grupo de personas.
La discriminación excluye a
una persona o grupo de
personas de participar en
una situación u orden de
cosas en las que otras
personas toman parte.
La discriminación impide u
obstaculiza a una persona o
grupo de personas la
realización de una actividad
determinada que otros sí
pueden llevar a cabo.
¿Quié
n e
jerc
e u
n
act
o d
e
dis
crim
inaci
ón?
Toda aquella institución,
persona o grupo de
personas que distinga,
restrinja o excluya a
otras personas del pleno
ejercicio y goce de sus
derechos y libertades; y
propague ideas, teorías o
símbolos de superioridad
de algún grupo o
comunidad que alienten
e inciten al desprecio, la
persecución, el odio y
hasta el asesinato.
¿Quié
n e
jerc
e u
n
act
o d
e
dis
crim
inaci
ón?
Los actos discriminatorios
pueden provenir de cualquier
persona. Todos en algún
momento dado, de manera
consciente o inconsciente,
podemos ser actores de actos
discriminatorios, o sufrirlos
sin ser conscientes de ello, y
por tal razón aprender a
verlos y vivirlos como hechos
naturales y cotidianos que
deben aceptarse
y
propagarse
como
acontecimientos normales.
La gran responsabilidad que tienen los líderes de opinión, es tener siempre presente que sus observaciones y juicios de valor, influyen en cientos de miles de personas, de tal manera que un comentario puede originar una cadena de actos de discriminación hacia el objeto de dicho mensaje e incluso culminar en actos de violencia, sobretodo ligados a la pasión del deporte.
LA A
PAR
IEN
CIA
FÍS
ICA
Y LA
S Y L
OS JÓ
VEN
ES
Afecta directamente la
dignidad de las personas que la sufren
Agrede la autoestima Sitúa a las personas
que la sufren en una
posición de vulnerabilidad Deriva en una exclusión
que se interioriza
CA
RA
CTER
ÍSTIC
AS
Características genéticas
Complexión corpóral
(delgadez/obesidad) Forma o estilo del cabello
Identidades juveniles
estigmatizadas
CA
RA
CTER
ÍSTIC
AS
Color de piel Estatura Rasgos físicos Discapacidad Características raciales
Forma de vestir y/o estilo
Apariencia de la piel
(cicatrices, estrías, celulitis, arrugas, etc.)
Perforaciones y tatuajes
RESPETO A LA DIVERSIDAD
Valoración de
otrasidentidade
s
Respeto y goce de
los derechos humanos
¿Qué es el Observatorio Rostros de la Discriminación?
El Observatorio Rostros de la Discriminación, es un espacio para denunciar, monitorear y visibilizar
aquellos mensajes o contenidos que promuevan la discriminación, prejuicios o estereotipos, en
detrimento de la dignidad de las personas, con el fin de contribuir a la promoción del respeto a la
diversidad y el ejercicio de la tolerancia, respecto de las opiniones y la erradicación de la violencia en
los medios.
Toda persona podrá enviar a las instancias convocantes o subir a las páginas del Observatorio –en las redes sociales y/o micrositio– los mensajes o contenidos que considere discriminatorios y que se hayan transmitido o publicado en el periodo comprendido entre agosto de 2011 a julio de 2012.
Podrán realizarse acciones de monitoreo y evidencia; comentarios y reportes de cualquier expresión transmitida por los medios de comunicación masiva y publicitaria, por ejemplo: noticias, reportajes, campañas publicitarias, declaraciones de figuras públicas, programas de radio, televisión, canciones o cualquier otra expresión o comunicación que tenga difusión pública o acceso a la población abierta.
Cada contenido propuesto deberá acompañarse de una breve opinión, crítica, o comentario respecto a la visibilización de la discriminación en el mensaje y de ser posible una propuesta de la forma en que se podría comunicar lo mismo, sin caer en la discriminación.
Es importante señalar que los comentarios ofensivos serán eliminados de las publicaciones del Observatorio.
Los mensajes o contenidos propuestos deberán subirse a las siguientes páginas del Observatorio:
Facebook: Observatorio Rostros de la Discriminación
Twitter: Observatorio Rostros @ObservatorioRD
Micrositio: http://www.hchr.org.mx/observatoriorostros Observatorio Rostros de la Discriminación
Correo electrónico: [email protected]
Las propuestas también podrán recibirse físicamente, o por escrito, en la sede de la CDHDF en Av. Universidad 1449, Col. Florida. Deleg. Álvaro Obregón. C.P. 01030, México, D.F., Tel. 52 29 56 00 Ext. 1607 (Subdirección de Promoción por la no discriminación).
Gru
pos
de
Pobla
ción
Es convocado por:
Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF)
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México (OACNUDH)
Instituto Mexicano de la Radio (IMER)
Universidad Iberoamericana (UIA)
Fundación Manuel Buendía (FMB)
Publivíboras, Organización No Gubernamental
• A fin de propiciar mayor participación y promoción a favor de la no discriminación, las publicaciones del Observatorio en las redes sociales se encontrarán vinculadas y se les dará seguimiento desde la plataforma TweetDeck.
¡Gracias por su atención!