comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

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Miguel González Marregot Caracas, Diciembre de 2009

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Page 1: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

Miguel González Marregot

Caracas, Diciembre de 2009

Page 2: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

La participación ciudadana, nuestro pan de cada día.

La visión oficial de la participación ciudadana y los consejos comunales.

La nueva Ley Orgánica de los Consejos Comunales.

Participación y consejos comunales, un asunto estratégico a resolver.

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Un concepto y las bases institucionales mínimas para

su desarrollo

Page 4: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

Proceso social, dinámico, autónomo, consciente y crítico, plural y diverso que se propone la democratización del poder. Se motiva por

intereses y/o valores que se pueden desarrollar individualmente o

colectivamente, en la sociedad y con respecto al Estado, dentro de un contexto

histórico determinado y bajo unas condiciones expresamente establecidas.

Centro de Derechos Humanos de la UCAB

Page 5: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

• Un marco legal claro y preciso que sustente, promueva y apoye su ejercicio.

• Ética basada en la inclusión, la honestidad, la rendición de cuentas, la tolerancia y en la crítica libre y

responsable.

• Programas formativos para elevar las capacidades cívicas; tanto de los actores civiles como de los

oficiales.

• Los recursos organizativos, técnicos, informativos e informáticos, financieros y los espacios físicos para su

ejercicio eficaz y eficiente.

• Compromiso entre el Estado y la sociedad para el desarrollo y ejercicio corresponsable de la participación

ciudadana en la gestión pública.

Page 6: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

Venezuela: un 37% de la Constitución

Bolivariana considera

la “participación popular”

La elección directa, universal y secreta de las autoridades en los Poderes Ejecutivo y Legislativo; de los tres niveles político-territoriales (Nacional, Estadal y Municipal).

La elección directa, universal y secreta de los Jueces de Paz.

La designación indirecta de ciertas autoridades nacionales como el Tribunal Supremo de Justicia, del Poder Ciudadano y la Junta Directiva del Consejo Nacional Electoral.

En la formación, ejecución y control de políticas públicas enlos niveles nacional, estadal y municipal.

En los procesos de formación de leyes, de enmienda, de reforma constitucional y del proceso constituyente.

Y por último, debemos citar la cogestión ciudadana en los procesos electorales.

Page 7: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

Las propuestas de organización popular, el proyecto nacional

“Simón Bolívar” y el desarrollo legislativo comunal…

Page 8: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

• 2002: los consejos comunales se crean dentro de los Consejos Locales de Planificación Pública.

• 2004: el “Mapa de los 10 objetivos estratégicos”. Se reitera su importancia dentro de los CLPP.

• 2006: las dificultades de los CLPP determinan una nueva ruta: los consejos comunales. Ley de los

Consejos Comunales.

• 2007: la Explosión del Poder Comunal, la Reforma Constitucional y la Ley Habilitante.

• 2008: creación del Ministerio de Las Comunas. Lanzamiento de la “Misión 13 de Abril”.

• 2009: Reforma de la Ley de los Consejos Comunales.

Page 9: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

La Nueva Ética Socialista

La Suprema Felicidad Social

La Democracia Protagónica Revolucionaria

El Modelo de Producción Socialista

La Nueva Geopolítica Nacional

Venezuela: Potencia Energética Mundial

Nueva Geopolítica Internacional

Page 10: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

Fomentar la participación organizada del pueblo, en la planificación de la producción y la socialización equitativa de los excedentes:

Incremento de la participación de los consejos comunales en la planificación y control de la economía y,

Vinculación de los consejos comunales a los procesos de producción local.

Page 11: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

La participación ciudadana es parte de la educación moral.

La participación ciudadana es para el ejercicio de la soberanía.

Se trata de ampliar los espacios de participación ciudadana:Mejorar y fortalecer los mecanismos de

participación institucionales y legales, existentes.

Diseñar nuevos mecanismos de participación institucional y legal.

Page 12: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

Ley Orgánica de la Administración Pública

Ley Orgánica de la Fuerza Armada Bolivariana

Ley de SoberaníaAlimentaria

Ley de Simplificación deProcedimientosAdministrativos

Ley de EconomíaPopular

Ley de TierrasUrbanas

Ley Orgánica de Turismo

Ley de Contrataciones

Públicas

Los consejos comunales han ganado un

espacio dentro del desarrollo legislativo

Page 13: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

Seis observaciones sencillas; pero fundamentales de forma y fondo …

Page 14: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

Los consejos comunales no forman parte del texto de la Constitución Bolivariana…

Otras órganos de participación ciudadana como los Consejos Locales de Planificación Pública (CLPP) y los Consejos Estadales de Coordinación y Planificación de Políticas Públicas (CEPLACOP) no poseen leyes de rango orgánico…

El carácter orgánico de la ley, “sobrepone” una instancia de menor alcance; ante otras de mayor jerarquía y alcance territorial…

Page 15: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

El consejo comunal adopta elementos de carácter ideológico, al incorporar “la construcción del socialismo” como finalidad de estas instancias de organización vecinal.

Artículo 2: instancias de participación … en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista.

Artículo 3: establecer la base socio-política del socialismo.

Artículo 54: incentivar el ahorro en las comunidades, con una visión socialista.

Page 16: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

Conjunto de relaciones sociales de producción, distribución, intercambio y consumo de bienes, servicios y saberes

desarrolladas por las comunidades; bajo forma de propiedad social, de acuerdo a lo establecido en el “Sistema Centralizado de

Planificación y el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación”.

Page 17: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

Artículo 18: El ministerio del poder popular con competencia en participación ciudadana, únicamente podrá abstenerse del registro en los siguientes casos:

Cuando tenga por objeto, finalidades distintas a las previstas en la presente ley.

Si no ha determinado con exactitud su ámbito geográfico o si ya existiera registrado un consejo

comunal. Si no se acompañan los documentos exigidos en

la presente ley.

Page 18: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

Artículo 56: El ministerio del Poder Popular con competencia en materia de

participación ciudadana dictará las políticas estratégicas, planes generales, programas y proyectos para la participación comunitaria en los asuntos públicos y, acompañará a los Consejos Comunales en el cumplimiento de

sus fines y propósitos, y facilitará la articulación entre estos y los órganos y

entes del Poder Público.

Page 19: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

Además de su nuevo carácter “ideológico”, los Consejos Comunales podrían convertirse en instancias para-militares al estar obligadas a coordinar acciones con la Milicia Bolivariana en los denominados “asuntos concernientes a la defensa integral de la Nación”.

Page 20: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

En los gobiernos locales, el movimiento ciudadano, el tema

de los consejos comunales es una preocupación de todos..!

Page 21: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

Necesitamos consejos comunales sin discriminación…

Establecer con precisión y claridad la naturaleza estrictamente

comunitaria, social y vecinal de los consejos comunales como instancias ciudadanas de

participación; sin prevalencia de sesgo ideológico alguno que propicie la

discriminación y, con estricto apego a los principios y valores contenidos en el marco

constitucional.

Page 22: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

Queremos unos consejos comunales constitucionales

• Los consejos comunales deben responder al modelo de Estado

democrático, federal, descentralizado y participativo contenido en la Constitución

Bolivariana (artículos 4 y 6). Se debe rescatar la vinculación de los consejos

comunales con el consejo local de planificación pública y demás entidades del poder público municipal como la alcaldía, el concejo municipal y las juntas parroquiales.

Page 23: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

Requerimos de unos consejos comunales transparentes y sin burocracia

• Simplificar y flexibilizar la estructura organizativa de los consejos comunales;

evitando las estructuras pesadas y excesivamente burocráticas

y, estableciendo claros mecanismos de rendición de cuentas, ante las autoridades públicas y su correspondiente asamblea de

ciudadanos.

Page 24: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

Necesitamos unos consejos comunales autónomos, horizontales y cercanos

Sin una adscripción jerárquica, operativa o funcional a entidades gubernamentales de

carácter nacional central, estadalo local desconcentrada o

descentralizada funcionalmente.

Page 25: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

Una propuesta repetida varias veces, puede ser emprendida por alguien que le presta atención…

Page 26: Comentarios a nueva ley organica de los consejos comunales

Notas para elaborar unas líneas de acción

a partir de enero de 2010

La redefinición de las relaciones entre el poder público municipal y las organizaciones de la

sociedad civil, en los espacios de participación local y sectorial.

El establecimiento de un nuevo patrón de alianzas de los gobiernos locales con

organizaciones políticas y sociales alternativas al autoritarismo y al centralismo.

La definición de una agenda de temas para el tratamiento conjunto entre distintas

organizaciones de la sociedad civil y los gobiernos municipales.