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Colegio Monte Carmelo Reglamento de Evaluación Año 2018

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Reglamento de Evaluación Año 2018

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Colegio Monte Carmelo

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INTRODUCCIÓN

PRESENTACIÓN COLEGIO MONTE CARMELO DE LA FORMACIÓN DEL COLEGIO E IDENTIFICACIÓN:

El Colegio Monte Carmelo nace en la comuna de Alto Hospicio, en un sector periférico

de la localidad en donde su población acusa un alto índice de crecimiento

demográfico.

Nuestro proyecto educativo está enfocado en la Enseñanza Parvularia y Básica

conforme a la Resolución Exenta Nº 704 de fecha 29 de Abril del 2005 del Ministerio

de Educación que lo declara cooperador de la función EDUCACIONAL del Estado, con

Proyecto de Integración, enmarcado en una educación cristiana de confesionalidad

católica; en la calidad de enseñanza, tomando en cuenta la diversidad de aprendizaje

de alumnos y alumnas; y en una educación de calidad y equidad, siendo su directora la

Sra. Marjorie Cortés Rojas.

DE LOS PRINCIPIOS QUE ORIENTAN LOS OBJETIVOS:

La concepción antropológica y valórica que orienta la propuesta se basan en los

principios de la Constitución Política, en la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza y

en el ordenamiento jurídico de la Nación, así como en la Declaración Universal de los

Derechos Humanos y en las grandes tradiciones espirituales del país, de raíz cristiana

católica.

En consecuencia, se parte de la convicción fundamental de que los seres humanos

nacen libres e iguales en dignidad y derecho. La perfectibilidad inherente a la

naturaleza humana se pone de manifiesto cómo una fuerza de autoafirmación

personal y de búsqueda permanente de trascendencia que permite otorgar sentido a

la existencia personal y colectiva. La libertad que hace de cada individuo persona y

sujeto de derechos y deberes, conlleva también la capacidad de razonar, discernir y

valorar, y hace posible la conducta moral y responsable.

La Comisión Nacional para la Modernización ha coincidido en la necesidad que la

formación general recoja un conjunto de principios de carácter ético. Estos principios

deben abrir a todos los niños y jóvenes de ambos sexos, la posibilidad de desarrollarse

como personas libres, con conciencia de su propia dignidad y como sujetos de

derechos. Asimismo, deben contribuir a forjar en ellos el carácter moral regido por el

amor, la solidaridad, la tolerancia, la verdad, la justicia, la belleza, el sentido de

nacionalidad y el afán de trascendencia personal.

El reconocimiento de la libertad, igualdad y dignidad de las personas, impone al Estado

el deber de garantizar una enseñanza de calidad para todos sin excepciones y que

contribuya a que cada hombre y cada mujer se desarrollen como personas libres y

socialmente responsables.

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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN INTERNO COLEGIO MONTE CARMELO

I. CONSIDERACIONES GENERALES:

1. El presente Reglamento de Evaluación y Promoción fue elaborado considerando

como base los siguientes documentos:

Decreto Exento Nº 511/97

Decreto Exento Nº 158/99

Decreto Exento Nº 157/2000

Decreto Exento Nº 83/2001

Decreto 439/12

Decreto 1548/12

Decreto 232/02

Decreto 625/03

Decreto 220/99

Decreto 128/01

Decreto 344/02

Decreto 626/03

DEcreto 170/10

El Proyecto Educativo Institucional

El Proyecto Técnico Pedagógico de Jornada Escolar Completa

2. Este Reglamento complementa y, en ningún caso contradice, los Decretos Exentos

mencionados en el Artículo anterior y suple todas aquellas situaciones no

expresamente previstas en ellos

3. Las situaciones no previstas en el presente Reglamento Interno serán resueltas por el

Rector(a) del Establecimiento, con la asesoría de las Directoras de Ciclo y la consulta

al Consejo de Profesores cuando sea necesario. Los casos que se presenten y que

estén fuera de las atribuciones del Rector (a) del Establecimiento, serán remitidos a la

Dirección Provincial de Educación.

4. Los estudiantes serán evaluados bajo régimen Semestral en cada uno de sus

Asignaturas del Plan de Estudio y en todas las áreas del Desarrollo Personal.

Semestralmente se elaborará un informe de Conducta y Desarrollo de los estudiantes.

5. Este Reglamento es establecido por la Dirección, se difunde e informa a todos los

apoderados que el presente Reglamento se encuentra para su conocimiento en la

página web del colegio (www.colegio-montecarmelo.cl), en la página web del

Ministerio de Educación (www.mime.cl). De igual manera se informa de su contenido

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a los estudiantes en Consejo de Curso y a todos los apoderados en extenso se publica

en forma tangible con el fin de toda la comunidad pueda tener acceso a su consulta.

II. DE LA EVALUACIÓN

1. La evaluación escolar es considerada cómo un proceso integrado a la enseñanza y al aprendizaje consistiendo esencialmente en la obtención permanente de información sobre la acción educativa de todos sus ámbitos.

2. La función básica de la evaluación educacional es la de mejorar el proceso de

enseñanza-aprendizaje y puede ser definida como un proceso de recopilación de

información a través de medios formales, con el fin de emitir juicios valorativos que

sirvan de base para la toma de decisiones. Por lo tanto entendemos la evaluación

como un proceso permanente que persigue optimizar el proceso de

enseñanza-aprendizaje, entregando información respecto al avance de los alumnos

(as) y descubriendo las falencias que presentan para poder brindarles el apoyo

necesario. De igual forma, permite la retroalimentación para regular la acción

pedagógica, posibilitando el buscar las estrategias adecuadas, tanto por parte de

alumnos (as), como de padres y profesores. Finalmente, tal proceso permite comparar

y evaluar los niveles de logro y, por lo tanto, conducir al alumno (a) a mejorar sus

actitudes afectivas y académicas para adquirir su madurez plena como opción

personal, enfocándonos en tres pilares:

• Integrador: Que aporte información en torno a los dominios cognitivos, afectivo

y activo del aprendizaje.

• Liberador: Generador de información que posibilite al educando un análisis

crítico de su propio desarrollo, para apuntar al cambio personal.

• Actitudinal: Que entregue información sobre el desarrollo de actitudes del

educando en los diferentes dominios.

3. La evaluación se concibe como integrante esencial del proceso de

enseñanza-aprendizaje, no debe limitarse sólo a constatar su producto en la fase final.

Debe considerar las cuatro etapas: diagnóstica, de proceso, de producto y

retroalimentación.

4. De acuerdo al momento en que se realiza, la evaluación cumplirá diferentes funciones:

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Tipo de Evaluación Funciones

Evaluación Diagnostica

Tiene como fin determinar las habilidades y conocimientos con que los niños (as) y jovenes inician el proceso de aprendizaje. Con dicha información el professor (a) planificará las actividades pedagógicas en función de las necesidades de los alumnos y su estado respecto de los aprendizajes previos.

Estilos de Aprendizaje

Medición a cargo del Equipo de Inclusión del colegio Monte Carmelo, cuyo objetivo es detectar el estilo de aprendizaje de cada uno de los alumnos de nuestra unidad educativa y proyectar los resultados al diseño de clases/DUA.

Evaluación Formativa

Es la medición realizada durante el proceso que ofrece la información y oportunidad para que el professor (a) ajuste las estrategias de enseñanza y permita al alumno (a) orientar sus esfuerzos en la dirección correcta hacia el logro de los aprendizajes.

Lecturas formales Evaluación de lecciones método Matte en los primeros básicos de nuestra unidad.

Velocidad lectora La velocidad lectora se refiere a la cantidad de palabras que un estudiante consigue leer por minuto durante una lectura natural, es decir, en silencio y con la intención de comprender el contenido de un texto.

Evaluación Sumativa

Consiste en aquellos procedimientos orientados a proveer oportunidades para que los alumnus (as) desarrollen la conciencia de totalidad respecto a su proceso formativo y puede asignar significado a los aprendizajes por la integración del conocimiento. Se desarrolla principalmente referida a los procesos cuando se ha cubierto una etapa, una o varias unidades didácticas o al finalizar periodos escolares.

Evaluación Diferenciada

Se considera aquel instrumento de evaluación que presenta las modificaciones y/o adecuaciones curriculares significativas o de acceso, pertinente a la Necesidad Educativa Especial PERMANENTE del alumno (a) en particular.

Evaluación Proceso Institucional

Evaluaciones generadas desde la Dirección de Ciclo con el fin es medir el avance curricular y calidad del aprendizaje en que el comité de gestión considere necesario.

Evualuaciones Externa

Evaluaciones generadas por organismos externos con el fin de medir el avance curricular y calidad de los aprendizajes.

Evaluaciones Integrales

Instrumentos de evaluación aplicados al finalizar cada semestre que mide el avance de las habilidades adquiridas durante el semester

La evaluación dará tanta importancia al proceso como a los resultados, sobre la base

de un concepto integral; de ese modo, podrá ser diseñado para observar formas de

trabajo; cumplimiento de tareas intermedias, participación en proyectos, trabajo

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grupal; otros rasgos relacionados con objetivos de aprendizaje fundamentales.

Destacamos importante señalar que nuestra concepción de evaluación considera todo lo que sea necesario para mejorar la calidad de la educación, siendo susceptibles de ser evaluado, si bien no necesariamente calificado.

III. PERIODO DEL AÑO ESCOLAR

1. El año escolar está dividido en 2 periodos, un primer semestre entre los meses de

Marzo y Julio, y un segundo semestre de Julio a Diciembre.

IV. PLANIFICACIÓN DEL TRABAJO ESCOLAR

1. El proceso de cada asignatura en cada uno de los niveles escolares incluyendo el

Nivel Parvulario, se desarrollará en Unidades de Enseñanza-Aprendizaje o Unidades

Didácticas, previamente planificadas por el profesor/educadora, las que deberán

ser entregadas en los períodos estipulados por el Equipo de Gestión de la Unidad

Educativa.

2. Las Unidades serán planificadas considerando la Propuesta Educativa Curricular del

Ministerio de Educación y del colegio.

3. La cantidad mínima de notas semestrales será de acuerdo con la siguiente tabla:

Asignaturas con un n° de 3 a 8 horas semanales

Fórmula de cálculo: Cantidad de horas semanales + 1= cantidad nota por semestre

Asignaturas con menos de 2 horas semanales

Deben presentar un mínimo de 4 notas semestrales

Talleres JEC

Los talleres jec serán evaluados durante el proceso de ejecución cada semestre, siendo el promedio de este incluido como una nota en la siguiente proporción: Literatura Viva = Lenguaje Y Comunicación Academia De Las Letras= Lenguaje Y Comunicación

Formación Ciudadana: Historia.

Taller de Habilidades: Lenguaje y Comunicación y/o Lengua y Literatura

Taller de ciencias: Ciencias Naturales

Speaking: Inglés

Asignatura Religión Será evaluada por conceptos

MB = Muy Bueno

B = Bueno

S = Suficiente

I = Insuficiente * Promedio no influye en la promoción de curso.

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Evaluación Diagnóstica y

Evaluación de

Procesos Institucionales

Será aplicada en cada asignatura y su evaluación será de

acuerdo al nivel de desempeño de las habilidades y/ ejes,

según corresponda

A = Alto, sobre 80% de logro

Ma = Medio alto, menos del 80% de logro

Mb = Medio Bajo, menos del 60% de logro B = Bajo, menos 40% de logro

4. Para facilitar el proceso de evaluación y la participación activa en el aprendizaje de

los alumnos, se enviará mensualmente un calendario con las fechas de evaluación ya

sea: trabajos de investigaciones, exposiciones orales, evaluaciones de proceso y

formativas, proyectos, ensayos, salidas a terreno, entre otros. Dicho calendario

contenplará la fecha en que se aplicará la evaluación y los contenidos; se entregará

finalizando el mes anterior de manera impreso a los alumnos (as) y se publica en la

página Web del Colegio en caso de extravío.

V. DE LAS EVALUACIONES

1. Toda evaluación acumulativa deberá ser concordante con las evaluaciones formativas,

donde se aprecie el grado de logro de los objetivos alcanzados por alumnos (as),

expresándose el resultado del o los instrumentos de medición en escala de notas de

2,0 a 7,0 para reflejar su calificación y posterior registro en el libro de clases.

2. El nivel de exigencia para las evaluaciones sumativas, cualquiera sea su modalidad

será de un 60%.

3. Las evaluaciones de Lecturas Domiciliarias no serán recalendarizadas, debido a que

corresponde a una actividad que sólo requiere de lectura en el hogar y que es

informada en la lista de materiales entregada al momento de la matrícula.

4. El profesor de asignatura debe proporcionar información permanente de los logros

de aprendizajes, tanto a los estudiantes y apoderados como a las instancias

académicas internas que correspondaa través de pauta de análisis de pruebas.

5. El profesor de asignatura de aprendizaje una vez aplicado el instrumento evaluativo y

conocidos los resultados y como una instancia de reforzamiento de aquellos

aprendizajes no logrados, debe realizar en conjunto con sus alumnos un análisis y

corrección de la prueba, dentro del horario normal de clases, con el propósito que el

alumno (a) puede identificar y superar sus falencias.

6. Sobre las Normas 70/30. El Dirección establece: Desde 1º a 8° Año Básico, si el 30%

del curso obtiene nota deficiente (bajo 4,0), el profesor deberá reevaluar dicho

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contenido, y aplicar un nuevo instrumento evaluativo, con el cual se tomará la

decision de promediar con la calificación anterior, dejar la mejor, etc. Por el contrario,

si el 70% o más del curso obtiene nota superior a 4,0 el profesor debe avanzar con la

materia siguiente y deberá citar de manera obligatoria a aquellos alumnos a

nivelación.

7. Cuando en un curso se toman acuerdos de manera intencionada para obtener

resultados insuficientes, todas las calificaciones obtenidas serán registradas en el

Libro de Clase e informadas mediante comunicación a los Apoderados.

VI. DE LA AUSENCIA A EVALUACIONES

1. La asistencia de los alumnos (a) a todo procedimiento de evaluación previamente

fijado es obligatoria. La inasistencia, deberá ser justificada personalmente por el

apoderado en recepción, el cual dejará constancia de la ausencia justificada y

comunicará al Director de Ciclo responsable.

2. Si un alumno no se presenta a una evaluación y no presenta cerificado medico la

exigencia de la evaluación corresponderá a un 80%

3. Las pruebas atrasadas se aplican el día en que el alumno se reintegre, por personal

autorizado, privilegiando las asignaturas complementarias.

4. Los alumnos que presente certificado médico las evaluaciones serán tomadas según

la reprogramación.

5. Si el alumno no se queda o no se presenta a rendir la evaluación programada en el

horario señalado, será evaluado con la nota minima (2,0)

6. Las ausencias a evaluaciones deben ser acreditados con el respectivo certificado

medico, fallecimiento o catastrofe, que deberá ser entregado en inspectoria a la

08:00 hrs. el día de su reingreso. No se entregan certificados en forma retroactiva.

7. Si un alumno (a) es retirado antes de rendir una evaluación esta se le aplicará con un

nivel de exigencia del 80%.

8. Los alumnos que presentan una justificación también rinden la prueba en el horario

establecido por la coordinación y el porcentaje de exigencia será de un 60%. Los

certificados médicos que justifican la inasistencia deben ser presentados el día en

que se reincorpora a clases, estos serán archivados en los kardex personales de cada

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alumno (a). Si se comprueba alguna irregularidad en los certificados médicos

emitidos, el alumno será calificado con la nota mínima registrando una observación

en el Libro de Clase.

9. Los tratamientos dentales o atenciones médicas no se consideran como certificados

médicos para justificar una evaluación.

10. En caso de enfermedad prolongada, la Coordinadora de Ciclo respectiva, programará

un calendario de evaluaciones. De igual manera la Directora de ciclo podrá sugerir al

equipo docente y directivo la obtención de un promedio con menor cantidad de

notas que el resto del curso. En el caso de que el alumno o alumna presente

certificado médico al término del 1º semestre, su proceso quedará pendiente hasta

su reincorporación. Si ésta situación se presenta durante el 2º semestre, el alumno o

alumna deberá rendir evaluaciones globales hasta antes del cierre de Acta,

asegurando que no existan situaciones pendientes al cierre del año escolar, como lo

dicta el Ministerio de Educación.

VII. DE LAS CALIFICACIONES:

1. Los resultados de aprendizaje de los estudiantes, se comunican en notas, utilizando

una escala de 2,0 a 7,0. Para asignar las calificaciones se considerarán los

aprendizajes establecidos en los libros de trabajo entregados por el ministerios y que

presentan concordancia con los Programas de Estudio de las diferentes asignaturas y

niveles.

2. La calificación mínima de aprobación en todos los subsectores de la Enseñanza

Básica será 4,0 (cuatro coma cero)

3. Todas las evaluaciones con calificación 7.0 corresponderán a un rendimiento del

100%; cuando el número de respuestas correctas sea inferior a lo esperado se

deberá considerer promedio entre puntaje ideal – puntaje real. La calificación

individual no podrá acomodarse al rendimiento del grupo curso, exceptuando

aquellas situaciones en las que se aplique un procedimiento criterio de evaluación

diferenciada necesaria para un alumno con NEE.

4. La calificación semestral se obtendrá sumando los resultados de las evaluaciones

sumativas y obteniendo el promedio aritmético del total de notas. En tanto el

resultado de notas parciales, sé aproximan a la décima (Ejemplo 5,16 = 5,2) A

excepción de las notas limítrofes 3,9 - 4,9 -. 5,9 -. 6,9.

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5. Las calificaciones del subsector de Religión, se expresarán como notas parciales en

numerales y conceptos, al término del semestre y al finalizar el año escolar, se

expresarán con el concepto equivalente. (Decreto supremo Nº 924 de 1983). La

calificación del subsector de Religión no incidirá en la promoción. Sin embargo, se

considerará como un antecedente relevante en el proceso de formación de cada

alumno (a), en su informe de personalidad.

6. En el subsector de Religión, el nivel de logro se expresará en términos de la siguiente

escala conceptual.

Muy Bueno: MB

Bueno: B

Suficiente: S

Insuficiente: I

7. En la asignatura de Orientación será evaluado en el informe de personalidad, con

conceptos de acuerdo a los Objetivos Fundamentales Transversales propuestos por

el Ministerio de Educación que se entregará al término de cada semestre.

Y se expresa de la siguiente manera:

SIEMPRE La conducta se manifiesta en todas las actividades.

A VECES La conducta se manifiesta de modo regular.

NUNCA La conducta no se manifiesta.

VIII. DE LA ENTREGA DE CALIFICACIONES:

El profesor debe proporcionar la información al estudiante sobre sus logros de aprendizaje

durante todo el proceso y, en particular, la evaluación de resultados deberá ajustarse a los

siguientes requerimientos:

1. Entregar los resultados al curso, en un plazo máximo de 7 días hábiles, después de

efectuada su aplicación. Excepto Informes, Ensayos, Trabajos Escritos y Pruebas de

Desarrollo que tendrán un plazo máximo de 2 semanas.

2. Los resultados de las evaluaciones (notas) nunca han de consignarse con lápiz grafito

y el nombre del alumno (a) debe escribirse obligatoriamente con lápiz pasta, sin uso

de corrector.

3. El profesor jefe y/o de asignatura citará para informar, mediante entrevistas a los

apoderados cuando el alumno (a) presente dificultades reiteradas en determinadas

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asignaturas, dando la oportunidad al apoderado de realizar las consultas y solicitar las

ayudas necesarias.

4. Luego de entregadas las evaluaciones los apoderados o alumnos (as) tienen un plazo

de 48 horas para realizar las consultas o reclamos respectivos, que puedan llevar a

modificar la calificación. Estas calificaciones podrán ser modificadas, solo que cuente

con la autorización de la Directora de Ciclo respectiva.

5. Los apoderados serán informados de las evaluaciones de sus pupilos a través de un

documento oficial del colegio en tres oportunidades durante el semestre, esto a

través de dos informes parciales de notas y un informe de notas semestrales y un

informe de notas final. Estos irán acompañados de comentarios cualitativos sobre los

aprendizajes alcanzados.

IX. UN ALUMNO PODRÁ SER EVALUADO CON LA NOTA MÍNIMA:

1. Se considera como nota mínima 2,0 (dos coma cero).

2. Si un alumno es sometido a una evaluación sumativa y se niega a rendirla, se citará

al apoderado para que tome conocimiento de la situación, se consignará la nota

deficiente y se dejará constancia escrita a la Directora de Ciclo y Rectoría del

colegio.

3. Si un alumno (a) es sorprendido (a) o hay sospecha de falta a la honradez frente a

un procedimiento evaluativo (con torpedo, libro o cuaderno abierto, manos, brazos

o piernas rayadas con contenidos de la evaluación, solicitando las alternativas y/o

entregando las alternativa, con imágenes en celular o fotos, o realizando consultas

vía whatsapp) el profesor está facultado para colocar la nota mínima. La falta,

deberá ser comunicada al profesor Jefe, Directora de Ciclo, Rectoría y Apoderado.

Será registrada en el libro de clases, indicando la falta en que se incurrió, según lo

establece el Manual de Convivencia Escolar.

4. Si un alumno es reincidente faltando a la honradez, además de aplicarse lo

señalado en el punto 3, su situación sera vista en el consejo disciplinario.

5. Si un alumno (a) o el grupo curso entrega una evaluación en blanco, el profesor está

facultado para fijar una nueva evaluación con los mismos contenidos de la prueba

anterior, pero con una exigencia del 75%, la cual se promediará con la nota mínima.

Se deberá informar a Directora de Ciclo correspondiente quien aplicará la sanción

correspondiente.

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X. DE LA APLICACIÓN DE TRABAJOS EN LOS ASIGNATURAS TÉCNICOS- ARTÍSTICOS Y

FUNDAMENTALES

1. La evaluación deberá aplicarse sobre el trabajo realizado durante el período de

clases, esta evaluación al ser de proceso se registrará de acuerdo a la pauta

entregada previamente a la Directora de ciclo respectiva

2. Todos aquellos alumnos (as) que se presenten sin sus materiales, serán dotados de

material alternativo para el desarrollo de las actividades, se informará del hecho al

profesor jefe dejando constancia de la situación en la hoja de vida del alumno (a) y

se aplicará un nivel de exigencia de un 70%, además de hacer el respectivo

descuento de puntaje en el criterio donde señala si se presenta con sus materiales

3. Todos los alumnos (as) que no presenten los trabajos (escritos o concretos) ya sean

en asignaturas artísticos o fundamentales en la fecha señalada, tendrá el respectivo

descuento de puntaje en la pauta de evaluación y además serán evaluados con un

nivel de exigencia de 70%. 4. Para evaluar trabajos y cuadernos (escritos, artísticos o de investigación.) se

utilizará una lista de cotejo o escala de apreciación que contenga entre otros,

aspectos como: limpieza, presentación, trabajo terminado, calidad de contenido,

dedicación y aprovechamiento del tiempo.

5. Evaluaciones de Tareas y Trabajos: Con el fin de privilegiar el trabajo en el aula y

fortalecer la vida familiar, se cautelará el envío de “tareas al hogar”. Se eximen

aquellos trabajos que requieren de esa modalidad (por ejemplo trabajos con la

familia, lectura Domiciliarias, trabajos de investigación, ejercitación).

6. En caso de trabajos y tareas en el aula, éstas podrían ser consideradas como una

instancia evaluativa y deberán presentarse con pautas de evaluación conocidas por

los estudiantes.

XI. DE LOS INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN:

1. Según los postulados de la Reforma Educacional en el semestre los alumnos (as)

serán evaluados de diversas formas, tales como: evaluación oral, escrita, de

aplicación de los conocimientos adquiridos, de intercambio de experiencias,

solución de problemas, trabajos prácticos, experiencias de laboratorio, salidas a

terreno, evaluaciones externas, etc. Las evaluaciones deberán medir el desarrollo

de capacidades y habilidades cognitivas.

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XII. DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA APLICAR UNA EVALUACIÓN:

1. Los alumnos deberán formarse afuera de la sala de clases.

2. Sobre su mesa sólo deben estar: lapicera, lápiz grafito, goma y corrector.

3. Todos los libros en sus casilleros o en mochilas

XIII. DE LAS SALIDAS A TERRENO:

1. Se entenderán como salidas a terreno a todas aquellas actividades curriculares

conducentes a lograr un objetivo específico, que se realizan en otro lugar

distinto al colegio

2. En el caso de aquellos asignaturas que contemplen efectuar dicha actividad

deberá ser informada a Dirección de Ciclo en planificación Semestral, señalando

lugar y Asignaturas a participar

3. En el caso que el alumno (a) por razones de salud o por fuerza mayor y previa

notificación por parte del apoderado junto con la presentación de la

documentación que acredita dicha situación, no pueda participar de dicha

actividad evaluada, el Director de Ciclo respectivo, dará el plazo de una semana

para la realización de la guía evaluada que se aplicó en la salida a terreno, desde

la fecha en que se realizó la salida del curso al cual pertenece el alumno (a).

4. El Si el alumno (a) no se presentase con la actividad realizada en la fecha

indicada por la Dirección se evaluará con la nota mínima.

5. Los lugares a visitar se conocerán en el calendario del mes respectivo y se

realizan en el segundo semestre del año en curso, considerando asignaturas que

sea beneficiosas al curso y según el contexto del lugar a visitar.

XIV. DE LOS REEMPLAZOS:

1. Dependiendo de la disponibilidad de planta docente, se priorizará por que el

reemplazo sea efectuado por un docente de la misma área que el docente

ausentado.

2. De no contar con un docente de aquella especialidad se efectuará clases del

docente disponible realizando su especialidad.

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3. Los alumnos deberán tener la disposición de trabajar acorde a los artículos

señalados en el reglamento de convivencia donde señala los deberes escolares.

XV. DEL CIERRE ANTICIPADO DEL AÑO ESCOLAR:

1.- El Director de Ciclo, consultado al Rector del establecimiento, quedan facultado

para resolver situaciones especiales de evaluación y promoción dentro del año escolar,

tales como: ingreso tardío a clases, ausencias a clases por situación médica grave

respaldada por informe médico competente, finalización anticipada del año escolar,

Servicio Militar, certámenes nacionales o internacionales en el área del deporte, la

literatura, las ciencias y las artes, becas u otras razones semejantes.

2.- Para acceder a finalización anticipada del año escolar, el alumno debe cumplir con

los siguientes requisitos:

a) Tener registrado en el libro de clases los promedios del primer semestre en todos los

subsectores del plan estudio.

b) Registro de las notas parciales del segundo semestre hasta la fecha de presentación

de la solicitud.

c) Tener como promedio general mínimo 5,0 (cinco coma cero)

d) Tener el porcentaje mínimo de aprobación del año escolar.

e) El apoderado debe entregar carta de solicitud a la Directora de Ciclo que deberá

estar respaldada por la siguiente documentación, según corresponda:

• Enfermedad: Certificado (original) de él o los médicos especialistas, señalando

claramente diagnóstico y tratamiento del alumno (a).

• Otra situación: Documentación original que acredite y respalde la causa por la que

realiza la solicitud de situación especial de evaluación y promoción.

3.- El período para presentar dicha solicitud será sólo hasta la primera semana de

noviembre, teniendo la Directora del colegio 03 días hábiles para entregar respuesta a

la solicitud.

4.- El alumno (a) tiene derecho hacer uso de este beneficio por sólo una vez en el

transcurso de su etapa estudiantil.

5.- Quedan exentos de este beneficio los alumnos que estén repitiendo por

rendimiento o asistencia.

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XVI. DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS ESTUDIANTES REPRESENTANDO AL COLEGIO

1.- Los alumnos (as) que participen en eventos relativos a diferentes áreas del currículo,

en representación del Establecimiento y patrocinados por el Ministerio de Educación u

otra entidad externa reconocida, y esto signifique que se ausentará a evaluaciones,

éstas serán recalendarizados de común acuerdo entre el alumno (a) y/o su apoderado

con la coordinadora del ciclo respectivo.

XVII. INGRESO DE ALUMNOS A MEDIADOS DE AÑO

1.- Régimen Semestral: a los estudiantes que ingresen al Colegio durante el transcurso

del año escolar, se le validarán las calificaciones obtenidas en el establecimiento de

origen, siempre y cuando estén debidamente acreditadas informe semestral del

colegio de procedencia con todos los timbres respectivos. Las calificaciones

acreditadas serán registradas por la en el Libro de Clases en los subsectores que

corresponda.

2.- Régimen Trimestral: A los alumnos (as) que ingresen al Colegio durante el

transcurso del año escolar, se sacará un promedio aritmético de las notas parciales que

presentan en el informe de las diferentes asignaturas que estén debidamente

acreditados en el informe de notas del establecimiento de origen. Las calificaciones

acreditadas serán registradas por la Coordinación en el Libro de Clases en las

asignaturas que corresponda. (Para el promedio aritmético no se considerará el

promedio trimestral).

3.- Si los alumnos (as) que ingresan al colegio son o tienen estudios extranjeros,

deberán presentarse a la Dirección Provincial de Educación a solicitar matrícula

provisoria mientras se realiza la tramitación en la Secretaría Regional Ministerial de

Educación para validación de estudios. Los alumnos (as) extranjeros serán evaluados

de acuerdo a planes y programas oficiales y/o del establecimiento y sugerencia de la

Dirección y autorizado por la Rectora.

XVIII. OTORGAMIENTO DE DÉCIMAS

1.- Cada profesor tendrá la facultad de asignar decimas como bonificación al trabajo de

aula, según lo acordado por la Dirección de ciclo sin exceder el punto como máximo.

2.- Estas décimas sólo podrán ser sumadas a la calificación correspondiente a la unidad

tratada no pudiendo ser usadas en otra evaluación de unidades diferentes.

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3.- Las décimas deberán presentarse a más tardar al momento de registrar la

calificación en el Libro de Clases pasado este tiempo las décimas quedan sin validez.

XIX. CALIFICACIONES SEMESTRALES, PROMEDIOS ANUALES, PROCEDIMIENTOS Y

EVALUACIÓN FINAL.

1. Las calificaciones parciales y los promedios semestrales, serán expresados en

números enteros con un decimal, con aproximación.

2. El promedio anual de cada asignatura corresponderá al promedio

aritmético de las 2 calificaciones semestrales, el cálculo se efectuará con 2

decimales, con aproximación, en todos los niveles.

3. Los alumnos (as) deberán conocer regularmente todas sus calificaciones

parciales y promedios semestrales, en cada una de las asignaturas.

4. Atención a las necesidades educativas especiales: Enseñanza y Adecuaciones

curriculares.

5. En todos los niveles escolares y asignaturas, si así correspondiese, se aplicarán

procedimientos de atención y adecuaciones curriculares para todos aquellos

alumnos(as) que presenten Necesidades Educativas Especiales derivadas de

discapacidades permanents o transitorias que participen del Proyecto de

Integración según Decreto 170/2009 y Decreto 83/2015 de MINEDUC.

SE ESTABLECE QUE SEGÚN LA VISIÓN CURRICULAR DEL COLEGIO:

Los alumnos que pertenezcan al proyecto de integración Decreto 170/ 2009- Decreto

83/2015, podrán tener adecuaciones curriculares significativas y de acceso.

Los alumnos(as) con NEE transitorias (diagnosticados por especialistas)

pueden acceder a adecuaciones curriculares de acceso y evaluaciones diferenciadas

como la mediación (antes – durante y después de la aplicación del instrumento) o la

adecuación de la evaluación en cuanto a procedimiento o instrumento; cuando las

discapacidades alteren el normal proceso de aprendizaje y bajo autorización del

equipo académico del colegio.

Para el apoyo de los alumnos que presentan Necesidades Educativas Especiales que

afectan su proceso y rendimiento escolar, se establece la siguiente secuencia de

acciones que permiten ordenar y formalizar remediales y procedimientos de atención

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diferenciada.

1º Observaciones del probable problema por parte del profesor de asignatura y/o del

profesor jefe, según el caso, y desarrollo de las primeras estrategias de atención

(metodologías de enseñanza y sociales), para lograr los procesos del alumno y la

superación de las dificultades.

2º Seguido el paso uno el profesor de asignatura o professor jefe puede recurrir al

apoyo de la Educadora Diferencial quien le colabora en la programación y desarrollo de

estrategias pedagógicas, procedimientos metodológicos, recursos didácticos y apoyo

psico-afectivo.

3º Toda derivación de casos a departamentos o especialistas internos, deberán ser

informadas al alumno por parte del profesor jefe y Educadora Diferencial

4º Si la situación del alumno persiste y sobre pasa la dinámica del aula, en una o varias

asignaturas o no puede ser abordado con los recursos pedagógicos habituales por

parte del profesor de asignatura y/o profesor jefe y Educadora Diferencial, se

informará obligatoriamente al coordinador de Ciclo, quien evaluará la situación y

definirá el tipo de apoyo que el caso requiere (Psicopedagogía, Orientación,

departamento de Asignaturas, Profesores Jefes, etc.) y realizará reuniones técnicas con

el fin de orientar las estrategias a seguir, iniciando un proceso de seguimiento y

acompañamiento.

XX. MODALIDAD DE INFORMACIÓN PEDAGÓGICA A PADRES, APODERADOS Y

ALUMNOS.

El establecimiento entregará al alumno y al apoderado los siguientes informes de

calificaciones escolares:

a) Informe al término de cada semestre con las notas parciales y promedio semestral

en todos los niveles.

b) Informe Anual al término de cada año, con promedios semestrales y calificación

final. El informe anual del nivel inicial, corresponderá a las conductas terminales del

año.

c) Certificado Anual de estudios. (En el caso de alumnos retirados, en cualquiera de los

niveles).

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d) Al menos 2 informes de calificaciones parciales durante cada semestre. En el nivel

inicial se entregará un informe de proceso en cada uno de los semestres, aparte del

informe final.

XXI. PROCEDIMIENTOS PARA RESOLVER SITUACIONES ESPECIALES.

En casos muy justificados de inasistencias o impedimentos por enfermedades

prolongadas, participación en eventos especiales o por la aplicación de procedimientos

de evaluación diferenciada u otros, la Dirección de Ciclo, con consulta a los profesores

y Dirección, podrán considerar las siguientes situaciones para un alumno en particular,

sin que ello afecte sus resultados de aprendizaje.

XXII. PROMOCIÓN

La promoción de un alumno al curso siguiente será resuelta íntegramente según las

disposiciones de los decretos exentos en los que se funda este Reglamento.

Según las normas vigentes y la flexibilización del decreto 511/97, se ha decidido

autorizar a contar del año 2003 la reprobación en primero y tercero básico, en

situaciones excepcionales, de alumnos con un retraso muy significativo en lectura,

escritura y /o cálculo. Que puede afectar la continuidad del aprendizaje en el curso

siguiente.

Criterios para reprobar a un alumno de 1º y 3º básico:

1. El profesor jefe deberá presentar variadas evidencias que muestren la dificultad del

niño en lectura, escritura y cálculo.

El Director deberá:

2. Tener un registro de las actividades de reforzamiento o remediales realizadas con el

niño y Haber informado oportunamente a los Padres o Apoderados para posibilitar

un trabajo en conjunto con ellos.

3. Podrá considerarse como antecedente de repitencia un porcentaje de asistencia

inferior a 85% cuando éste haya influido determinantemente en un bajo rendimiento

escolar respecto al logro de los objetivos fundamentales y contenidos mínimos. Esta

situación evaluada y resuelta por la Dirección del establecimiento, vista la opinión

del profesor correspondiente y de los Departamentos de apoyo técnico pedagógico,

considerando siempre la visión global de la situación pedagógica del alumno.

4. Para la promoción de los alumnos en todos los niveles se considerarán conjuntamente

el logro de los aprendizajes esperados, objetivos de las asignaturas o actividades de

aprendizaje del Plan de Estudios, y la asistencia a clases.

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Condiciones de promoción

1. Respecto al logro de objetivos:

a) Serán promovidos los alumnos que hubieran aprobado todos las asignaturas o

actividades de aprendizaje de sus respectivos Planes de Estudio, considerando la

nota 4,0 como APROBADO.

b) Serán promovidos los alumnos de los cursos 1º a 8º Básico que no hubieren

aprobado

una asignatura, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4.5

o superior, incluido el no aprobado.

c) Igualmente serán promovidos los alumnos de los cursos de 1º a 8º Básico que no

hubieran aprobado dos asignaturas, siempre que su nivel general de logro

corresponda a un promedio 5.0 o superior, incluidos los no aprobados.

d) La nota mínima de aprobación final de una asignatura, será de 4.0 (cuatro coma

cero).

No obstante, las calificaciones finales entre 3.95 y 3.99, por considerarse cifras límite,

se convertirán automáticamente en 4.0. Las notas entre 3.90 y 3.94, solo para efectos

de promoción y siempre que sean causal de repitencia, podrán ser aproximadas a 4.0 a

través de la aplicación de una “Entrevista de Aprendizaje” que incluya los contenidos y

habilidades relevantes del año.

e) La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta a más tardar

al término del año escolar correspondiente.

XXIII. RESPECTO A LA ASISTENCIA:

a) Para ser promovidos los alumnos deberán asistir a lo menos el 85% de las clases

establecidas en el calendario escolar anual. No obstante, por razones de salud u otras

causas debidamente justificadas, la Dirección del establecimiento y el professor

jefe/educadora podrán autorizar la promoción de los alumnos que tengan un

porcentaje menor de asistencia.

b) Los alumnos que no cumplan con los requisitos de promoción indicados en los

puntos anteriores, según corresponda, deberán repetir curso.

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XXIV. DISPOSICIONES FINALES

a) Las disposiciones contenidas en este Reglamento serán aplicadas durante todo el

año escolar y revisadas antes del inicio del año escolar siguiente, pudiendo modificarse

en parte o íntegramente con la resolución de la Dirección, previa consulta al Consejo

de Profesores y Directoras de Ciclo.

b) Las situaciones no contempladas en este Reglamento de Evaluación, ni contenidas

en los Decretos Exentos Ministeriales, serán resueltas por la Dirección del

establecimiento.