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REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR 2021 Decreto Exento 67 del 20/02/2018 “Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme” RBD 9282-7 La Florida, actualización agosto 2021

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Page 1: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

REGLAMENTO INTERNO

DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

ESCOLAR 2021 Decreto Exento 67 del 20/02/2018

“Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

RBD 9282-7

La Florida, actualización agosto 2021

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REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN 2021

Nombre del Establecimiento; Colegio “Guardiamarina Ernesto Riquelme”

Dirección: John Kennedy Nº 518

Comuna: La Florida Región: Metropolitana de Santiago

Teléfono de Contacto: 232385490 Mail de [email protected]

contacto

Nombre del Director:

Marta Zamorano Guerra

RUT Director: 10.340.281-6

Mail del Director: [email protected] Teléfono del Director: 232385491

Nombre Sostenedor: COMUDEF RUT Sostenedor:70.933.700-9

Dependencia Administrativa: Corporación Municipal de Educación Salud Cultura y Recreación de la

Florida.

Tipo de Establecimiento: Municipal – Laico – Mixto

Niveles que atiende: Educación Parvularia: NT1- NT2 y Educación Básica DE 1º a 8ºaño

Clasificación SIMCE: Medio – bajo

Año de Fundación: 1967

Clasificación SEP: Medio Bajo

Ingreso JECD: Marzo 2000 de 3º a 8º año Básico

Inicio CRA: 2011

Inicio Enlaces: 1998

Inicio Programa PIE: 01 -03- del 2007

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I. DE LA PRESENTACIÓN

❖ El establecimiento Guardiamarina Ernesto Riquelme, ha elaborado su Reglamento Interno

de Evaluación Calificación y Promoción escolar, a aplicar durante el año lectivo 2021

para la Educación Parvularia y Enseñanza Básica, en base al Decreto Ley N°67 que

aprueba normas mínimas nacionales sobre evaluación y que deroga los decretos

exentos N° 511 de 1997, N° 112 DE 1999 y N° 83 de 2001, teniendo en cuenta: Las

Bases Curriculares, Ley N° 20.370 (LGE), y los Decretos Nº 481 (Educación

Parvularia), 439 /2012, 433/2012 (de 1º a 6º Básico), 614/2013 y 369/2015 (de 7º y 8º

Año) y los Decretos de los programas de Estudio 2960 del 2012 (1º a 6º Básico), 628

del 2016 (7º y 8º básico).

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APARTADO Nro. 1

CON RELACIÓN A LA EDUCACIÓN PARVULARIA:

Se reconoce a la Educación Parvularia como el nivel más significativo dentro de

la formación de los niños y niñas, porque constituye la base mediante la cual,

comienza la formación como personas y futuros ciudadanos; periodo en el cual se

trabaja de manera articulada con la familia “favoreciendo en los niños y niñas,

aprendizajes oportunos y pertinentes a sus características, necesidades e intereses;

fortaleciendo sus potencialidades para un desarrollo pleno y armónico.”

Consecuentemente, es donde se brinda a los niños y niñas, procesos educativos

de calidad, pudiendo trabajar de manera conjunta con diversos agentes educativos,

para así favorecer la construcción de aprendizajes significativos de acuerdo a sus

talentos, características evolutivas, necesidades, intereses y contexto socio-cultural.

Por tanto, la Educación Parvularia tiene como propósito atender integralmente a niños

y niñas hasta su ingreso a la Educación Básica, todo lo cual tiene su sustento en las

Bases Curriculares de Educación Parvularia (BCEP), 2018 p-110.

COMPONENTES DE LA EDUCACIÓN PARVULARIA

Page 5: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

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En este sentido, la evaluación en Educación Parvularia es principalmente

formativa y formadora. Es decir, es una instancia para promover aprendizajes de

manera individual y colectiva, permitiendo a los equipos pedagógicos reflexionar,

construir y reconstruir experiencias de aprendizaje, dando mayor sentido y pertinencia

a los procesos educativos que se desarrollan, pudiendo incorporar aspectos de

evaluación que posibiliten la flexibilización de este elemento del proceso de

enseñanza y aprendizaje frente a las características socio-histórico-culturales del

establecimiento.

1.- DE LA EVALUACION

De acuerdo a las disposiciones de las BCEP, que establecen desde el 2018 los

nuevos lineamientos curriculares del nivel de Educación Parvularia, se especifican en

el presente Reglamento de Evaluación y Promoción, las disposiciones emanadas del

Ministerio de Educación, para evaluar el desarrollo de conocimientos, habilidades y

actitudes en los niños(as), sobre los objetivos de aprendizaje en los diversos ámbitos

y núcleos, para generar un mecanismo adecuado de promoción.

Artículo N°1:

La evaluación se entenderá como el proceso que involucra recoger información

relevante, por medio del cual, la Educadora logra determinar el grado de

internalización de los aprendizajes por parte de los niños(as) para delimitar las

acciones que apunten al desarrollo de los mismos. De esta forma, el desarrollo

curricular se lleva a cabo a través de los procesos organizados de planificación,

implementación y evaluación, con una estrecha coherencia e interrelación entre

estos procesos para una consecución más pertinente y eficiente de los aprendizajes

a favorecer.

En este contexto, la evaluación se concibe como un proceso permanente y

sistemático, mediante el cual se obtiene y analiza información relevante sobre la

enseñanza y aprendizaje que permita tomar decisiones adecuadas para

retroalimentar y mejorar el trabajo educativo en sus diferentes dimensiones.

Page 6: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

5

Por tanto, las formas, tipos y carácter de los procedimientos que se aplicarán para

evaluar los aprendizajes de los niños y niñas para el logro de los objetivos de

aprendizaje, de acuerdo al Proyecto Educativo Institucional y Reglamento de

Convivencia Escolar son las siguientes:

Se entenderán por instancias de evaluación:

a) Evaluación Diagnóstica

b) Evaluación Formativa o de proceso

c) Evaluación Sumativa o Final

Artículo N° 2.-

La evaluación diagnóstica o inicial debe proporcionar la información más

completa posible sobre el crecimiento, desarrollo, capacidades, necesidades,

fortalezas de ellos y ellas, en relación con los objetivos de aprendizaje, cómo han

desarrollado un conjunto de conocimientos, habilidades y actitudes referidas a

capacidades motrices, al equilibrio personal y emocional, a su inserción social, a las

relaciones interpersonales; con el fin de que la Educadora tenga la información

suficiente para diseñar las mejores alternativas de acción para promover estos

aprendizajes.

Esta instancia evaluativa preliminar permitirá detectar las necesidades, intereses,

características del desarrollo evolutivo y socio-cultural de cada niño y niña, a través

de la evaluación de los objetivos de aprendizaje de las Bases Curriculares de la

Educación Parvularia, mediante experiencias de aprendizaje, o situaciones

visualizadas dentro de los periodos variables y permanentes de la jornada.

La planificación y el instrumento a aplicar serán gestionados por la Educadora de

Párvulos, lo que permitirá decidir acerca de:

1.- La Planificación de proceso Enseñanza-Aprendizaje

2.- El Diseño de Estrategias Metodológicas y alternativas

3.- El Plan de Estrategias Evaluativas

4.- Actividades Remediales y/o Complementarias

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Artículo N°3.-

La evaluación formativa o de proceso se realiza de manera continua a lo largo de

toda la práctica pedagógica, aportando nuevos antecedentes en relación a los

aprendizajes de los niños y niñas; y también, respecto del cómo se realiza el trabajo

educativo en las distintas situaciones de enseñanza- aprendizaje, para ajustar o

cambiar la acción educativa.

Bajo esta mirada, el reglamento de Evaluación y Promoción de educación

Parvularia entrega información fundamental para establecer de qué manera el trabajo

pedagógico ha propiciado el desarrollo de los objetivos de aprendizaje emanados de

las BCEP y su nivel de consecución, para una toma de decisiones informada frente al

proceso de enseñanza y aprendizaje de niños(as).

Basado en lo anterior, es plausible realizar las siguientes acciones técnico-

pedagógicas (fuente BCEP, 2018):

➢ Analizar el nivel y grado de logro obtenido por cada niño(a) durante todo su

proceso de enseñanza y aprendizaje.

➢ Detectar aspectos específicos en que no se han construido aprendizajes,

posibilitando el análisis de las estrategias metodológicas y técnicas educativas.

➢ Modificar la metodología de aprendizaje y buscar las acciones remediales

complementarias.

➢ Focalizar las acciones de la evaluación formativa en los: conocimientos,

capacidades, destrezas, habilidades, valores y actitudes.

➢ Utilizar como instrumentos de evaluación formativa: registros de

observaciones, pauta de valoración, entrevistas, listas de cotejo y/o escalas de

apreciación.

➢ Decidir su aplicación de carácter individual o colectivo, oral, gráfica, kinestésica

y/o ecléctica.

Artículo N°4.-

La evaluación sumativa, acumulativa o final, tiene como finalidad determinar el

grado en que niños y niñas han alcanzado los objetivos de aprendizaje en los ámbitos

Page 8: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

7

de experiencias de aprendizaje. Debe ofrecer además información que permita

retroalimentar y evaluar la planificación, la metodología, los recursos, el espacio

educativo, la organización del tiempo y el trabajo de la comunidad educativa. También

pueden existir evaluaciones del impacto de los aprendizajes sobre el desarrollo infantil

y del programa en su conjunto.

Esta evaluación final posibilita, observar los avances alcanzados durante el año

escolar y en particular, del segundo y tercer trimestre, fundamentando así las

conclusiones sobre todo el año escolar, al comparar los resultados de la evaluación

diagnóstica con la información aportada por la evaluación acumulativa. Además,

constituye un insumo para informar y orientar de manera pertinente a las familias, en

reuniones de apoderados, entrevistas personales, mediante informes y otros.

II.- DISPOSICIONES GENERALES

Artículo N°5.- Las edades de ingreso para la Educación Parvularia en los niveles que a

continuación se señalan son las siguientes (Decreto Exento Nº1126 de 2017):

➢ Transición 1 (Prekinder): 4 años cumplidos al 31 de marzo

➢ Transición 2: (kínder): 5 años cumplidos al 31 de marzo.

Artículo N°6.-

Los niños y niñas de Transición 1 y 2 (Prekinder y Kínder), serán evaluados en

mediante una selección de Objetivos del plan de estudios original, organizados por

áreas, en una Pauta ajustada por emergencia sanitaria COVID-19, utilizando los

siguientes conceptos:

Simbología utilizada para evaluar (estudiante)

L Logrado, el niño o niña posee un completo dominio de la habilidad.

M/ L Medianamente logrado, considera algunos

aspectos de la habilidad.

P/L Por lograr, el niño o niña se encuentra en la fase inicial de la habilidad.

N/O No se observa la habilidad a evaluar.

Page 9: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

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Artículo N°7.-

Tanto el nivel de Transición 1 y 2 de Educación Parvularia, registrarán

permanentemente sus evaluaciones, utilizando como instrumentos los siguientes:

➢ Pauta de Observación Directa

➢ Escala de Apreciación

➢ Pauta de Evaluación de los objetivos de aprendizajes de las BCEP

➢ Rúbrica Analítica de Desempeño

➢ Listas de cotejo

➢ Evaluación Auténtica

➢ Registros Anecdóticos, entre otros.

Artículo N°8.-

La Pauta de Evaluación en donde se registran los resultados de las evaluaciones

de los objetivos de aprendizajes han sido elaboradas y extraídas de las BCEP, con el

fin de apoyar a las Educadoras de párvulos y profesores en el proceso de evaluación

de los objetivos de aprendizajes de los niños y niñas.

Artículo N°9.-

Tanto el nivel de Transición 1 y 2 contemplan el “Informe al hogar”, el cual se

entregará al término del 2do Trimestres y al finalizar el año escolar, a las madres,

padres y apoderados de los niños y niñas.

Artículo N°10.-

Al término de cada año escolar, se realizará un resumen anual de los resultados

derivados de la Pauta de Evaluación para los objetivos de aprendizajes seleccionados,

el cual contempla el panorama grupal de la 1° o inicial, 2° evaluación trimestral

correspondiente al término del segundo trimestre y la 3° evaluación o final; cuyos

resultados compondrán un sólido conjunto de antecedentes para la formulación de

objetivos y estrategias de articulación entre la educación parvularia y el primer año de

enseñanza básica.

Page 10: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

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Artículo N°11.-

La Planificación, Coordinación y Supervisión del proceso evaluativo estará a cargo

de cada educadora del Nivel, en un trabajo colaborativo con docentes y profesionales

especialistas si así se amerita; comunicando estas instancias a la Jefatura Técnica

Pedagógica y a la Dirección del establecimiento si así corresponde.

DE LA PROMOCIÓN DEL NIVEL:

Artículo N°12.-

Los niveles de Transición 1 Pre-Kinder y de Transición 2 correspondiente a Kínder,

tienen promoción automática, siendo deseable una buena asistencia a clases, que

colabore al que los niños y niñas alcancen los niveles de aprendizajes esperados;

teniendo presente además, que no es requisito cumplir con cada uno en orden

consecutivo sino que, prima su edad de ingreso al sistema educacional:

- Pre-Kinder: 4 años cumplidos al 31 de marzo del año escolar correspondiente.

- Kinder: 5 años cumplidos al 31 de marzo del año escolar correspondiente.

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ANEXO: REGLAMENTO DE EVALUACION EDUCACIÓN

PARVULARIAEN TIEMPOS DE COVID-19

Debido a las condiciones sanitarias, se incorpora el siguiente anexo al reglamento

de evaluación en tiempos de pandemia, realizando una modificación a su contenido

con relación al contexto habitual.

➢ Durante el período de trabajo virtual, la evaluación será preferentemente

formativa, integrándose al proceso de enseñanza-aprendizaje mediante

monitoreo y acompañamiento por parte de educadoras y docentes de forma

virtual, cada educadora realiza a través de guías, videos, llamadas virtuales,

registrando los desempeños en diferentes tipos de instrumentos.

➢ Se incorpora además la retroalimentación al trabajo remoto, a través de

conversaciones con los niños(as) y apoderados.

➢ Los estudiantes y las educadoras registran avances y logros a través de

variadas formas: mediante el envío de fotos y videos por parte de los

apoderados, del desempeño de los estudiantes frente a los diferentes desafíos

planificados e informados por las educadoras, de manera semanal y mensual

a las familias.

➢ Se presentan propuestas de adecuación curricular, de acuerdo a objetivos

priorizados del ministerio de educación, que contribuyan a los procesos de

planificación y gestión del currículum desde una perspectiva que fomente la

innovación pedagógica y el trabajo colaborativo entre docentes.

➢ Se Implementa un trabajo colaborativo virtual con equipo PIE, que promueva

actividades inclusivas, que respondan a las necesidades educativas

transitorias y/o permanentes, y a la diversidad presente en el aula de cada

nivel.

➢ Se diseñan y socializan material para apoderados principales en su rol de educadores

en casa, con indicadores claros y específicos en cada actividad y que permitan

establecer las brechas y niveles de desempeño.

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➢ Se adecúan los Informes al Hogar de cada nivel de educación Parvularia,

considerando aquellos indicadores plausibles de observar y promover con la

mediación de un familiar o adulto tutor en el hogar, el cual se socializa con las

familias en reuniones y talleres virtuales con padres, a fin de que estos sean

agentes pedagógicos activos, efectivos y objetivos, con relación al desempeño

de los estudiantes (Anexos: Informes educación parvularia).

➢ La promoción de los niños(as) de un nivel a otro y en el ingreso a la Educación

Parvularia, continuará siendo sólo por requisito de edad.

➢ Edades para ingresar a Educación Parvularia: (Decreto Exento Nº 1126 de 2017):

- Transición 1 (Pre-Kinder): 4 años cumplidos al 31 de marzo del año

escolar correspondiente.

- Transición2 (Kinder): 5 años cumplidos al 31 de marzo del año escolar

correspondiente.

(Ver Anexos Informes Educación Parvularia)

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APARTADO N° 2

CON RELACIÓN A LA EDUCACIÓN BÁSICA,

COLEGIO GUARDIAMARINA ERNESTO RIQUELME

DEL DECRETO 67 del 20 de febrero del 2018

“Considerando:

Que, la ley N° 20.370, General de Educación, cuyo texto refundido, coordinado y

sistematizado con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1 de

2005,fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 2 de 2009, del Ministerio de

Educación, en adelante "la ley", regula en el párrafo 2°, del Título II la "Calificación,

Validación y Certificación de estudios y licencias de educación básica y media".

Que, el artículo 39 de la ley en su inciso primero prescribe que "Los

establecimientos de los niveles de educación básica y media deberán evaluar

periódicamente los logros y aprendizajes de los alumnos de acuerdo con un

procedimiento de carácter objetivo y transparente, basado en normas

mínimas nacionales sobre calificación y promoción”.

Que dichas normas deberán propender a elevar la calidad de la educación y

serán establecidas mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio de

Educación, el que deberá ser aprobado por el Consejo Nacional de Educación de

acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 86”.

Que, por su parte, la letra g) del artículo 86 de la ley señala que, dentro de las

funciones del Consejo Nacional de Educación, se encuentra la de informar

favorablemente o con observaciones las normas sobre calificación y promoción,

dictadas por el Ministerio de Educación.

Que, el Consejo Nacional de Educación, mediante Acuerdo N° 66/2017 de 25

de octubre de 2017, ejecutado mediante resolución exenta N° 298, de 2017, resolvió

por unanimidad de los miembros presentes, informar con observaciones el

documento "Criterios y normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y

promoción escolar de estudiantes de educación regular en sus niveles básico y

medio formación general y diferenciada" señalando en síntesis que:

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i) Se valora la propuesta presentada por tratarse de una actualización necesaria

y bien fundamentada, que se ajusta a la LGE, a la ley N° 20.845 y en general, a la

normativa educacional vigente..." (considerando 8°).

ii) Sin perjuicio de lo anterior, (...) dicho documento no es un cuerpo unificado de

normas sobre las que este organismo pueda pronunciarse en los términos de la ley,

sino que combina, no expresados como reglas de conducta prescriptivas para los

establecimientos y normas propiamente tales, lo que dificulta un pronunciamiento

uniforme acerca del documento, [como tampoco] el documento revisado es un

"Decreto Supremo expedido a través del Ministerio de Educación..."

(considerando10°).

Que, posteriormente, y en conformidad al Acuerdo Nº 017/2018 de 24 de enero de

2018,ejecutado mediante resolución exenta N° 38, de 2018, el Consejo Nacional de

Educación, informó favorablemente el documento "Aprueba normas mínimas

nacionales sobre evaluación, calificación y promoción y deroga los decretos exentos

Nº 511 de 1997, Nº 112 de 1999 y Nº 83 de 2001, todos del Ministerio de Educación,

"se ha procedido a elaborar el decreto supremo correspondiente a las normas

mínimas sobre Calificación y Promoción a que se refiere el artículo 39 de la ley, para

los efectos de ser aprobado por el Consejo Nacional de Educación".

DECRETO 67: Apruébense las normas mínimas nacionales sobre Evaluación, Calificación y

Promoción Escolar con fecha 20 de febrero 2018.

Artículo 1º.-

Normas Generales

El presente decreto establece las normas mínimas nacionales sobre evaluación,

calificación y promoción para los estudiantes que cursen la modalidad tradicional de la

enseñanza formal en los niveles de educación básica y media, en todas sus formaciones

diferenciadas, en establecimientos educacionales reconocidos oficialmente por el

Estado de Chile.

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INTRODUCCIÓN:

1. Principios generales de la educación 2021:

➢ Escuela como espacio protector

➢ Bienestar socioemocional de la comunidad escolar

➢ Potenciar la recuperación de aprendizajes:

➢ Promover la seguridad:

➢ Adaptación ágil a los cambios:

Para el presente año 2021, la Unidad de Curriculum y Evaluación de Mineduc, ha

establecido Un PLAN DE ESTUDIO AJUSTADO POR EMERGENCIA SANITARIA, el

cual tiene como principales características:

❖ Presencia de todas las asignaturas del plan vigente. Las horas

destinadas a cada asignatura pueden ser redistribuidas considerando el

contexto de aprendizaje de este año y el diagnóstico integral que realice

cada establecimiento.

❖ El plan de estudio debe dar prioridad al desarrollo socioemocional de los

estudiantes y, a las asignaturas de Lenguaje y Matemática, ya que actúan

como prerrequisito e impactan en el desarrollo de otros aprendizajes. Se

sugiere, además, priorizar Arte y Educación Física como apoyo a la

educación integral y socioemocional de los estudiantes.

❖ Para combatir el aumento en las brechas de lectura y matemática: desde

1° a 4° básico, se sugiere destinar las horas necesarias para asegurar la

lectura comprensiva en todos los estudiantes y las capacidades

Matemáticas de los objetivos priorizados

❖ Se debe considerar un plan que pueda ser implementado en modo remoto

en periodos de educación a distancia que determine la autoridad de tal

manera que mantenga vinculado al estudiante y de continuidad al proceso

formativo. Los textos de estudio son la herramienta clave que ofrece

calidad, equidad y permite dar continuidad al aprendizaje.

Page 16: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

2. De la organización del Plan de estudio:

A fin de dar cumplimiento al Plan de estudio 2021, las asignaturas se han organizado

de la siguiente manera, tributando a aquellas disciplinas de origen, para efectos de la

promoción escolar como se especifica a continuación:

Además, se instruye la continuidad de la aplicación de la Priorización Curricular

que establece Objetivos de Aprendizaje de 1er y 2do Nivel, que corresponden sólo a

los aprendizajes más elementales del curriculum establecidos para cada

asignatura. Por tanto, se deben hacer importantes esfuerzos por parte de toda la

comunidad, a fin de dar cumplimiento al menos a la adquisición y desarrollo de estos

saberes mínimos, por parte de todos los estudiantes.

ACERCA DE LOS PROYECTOS INTERDISCIPLINARIOS:

Constituyen una estrategia para optimizar los tiempos de aprendizaje de los

estudiantes en la educación virtual, hibrida y/o presencial, considerando las

condiciones de emergencia sanitaria, y su propósito es abarcar de manera integrada

los aprendizajes de las áreas artísticas principalmente, tributando sus calificaciones a

cada una de las asignaturas que los componen.

Page 17: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

16

Artículo N° 2.-

Para efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

a) Reglamento: Instrumento mediante el cual, los establecimientos educacionales

reconocidos oficialmente establecen los procedimientos de carácter objetivo y

transparente para la evaluación periódica de los logros y aprendizajes de los alumnos,

basados en las normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción

reguladas por este decreto.

b) Evaluación: Conjunto de acciones lideradas por los profesionales de la educación

para que tanto ellos como los alumnos puedan obtener e interpretar la información

sobre el aprendizaje, con el objeto de adoptar decisiones que permitan promover el

progreso del aprendizaje y retroalimentar los procesos de enseñanza.

c) Calificación: Representación del logro en el aprendizaje a través de un proceso

de evaluación, que permite transmitir un significado compartido respecto a dicho

aprendizaje mediante un número, símbolo o concepto.

d) Curso: Etapa de un ciclo que compone un nivel, modalidad, formación general

común o diferenciada y especialidad si corresponde, del proceso de enseñanza y

aprendizaje que se desarrolla durante una jornada en un año escolar determinado,

mediante los Planes y Programas previamente aprobados por el Ministerio de

Educación.

e) Promoción: Acción mediante la cual el alumno culmina favorablemente un curso,

transitando al curso inmediatamente superior o egresando del nivel de educación

media.

Artículo N° 3.-

Los estudiantes de la Escuela Guardiamarina Ernesto Riquelme, tienen derecho a

ser informados de los criterios de evaluación, y a ser evaluados y promovidos de

acuerdo a un sistema objetivo y transparente, de acuerdo a las siguientes

disposiciones:

Page 18: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

1

CAPÍTULO I

ACERCA DE LA EVALUACIÓN

Artículo N° 4.- Del Concepto de Evaluación:

• Será considerada como un proceso sistemático y permanente, que permite

conocer los niveles de desempeño, que los estudiantes logran frente a las

actividades de aprendizaje planteadas, conforme a los objetivos de aprendizaje

del plan de estudio de cada asignatura.

• El proceso de evaluación, como parte intrínseca de la enseñanza, podrá usarse

formativa y/o sumativamente.

• Tendrá un uso formativo en la medida que se integre a la enseñanza, para

monitorear y acompañar el aprendizaje de los niños. Es decir, cuando la

evidencia del desempeño de éstos se obtiene, interpreta y usa por profesionales

de la educación y por los propios estudiantes, para tomar decisiones acerca de

los siguientes pasos en el proceso de enseñanza- aprendizaje.

• La evaluación Sumativa, tiene por objeto certificar mediante una calificación, los

aprendizajes logrados por las y los estudiantes.

CUADRO COMPARATIVO CALIFICACIONES, NIVELES DE LOGRO Y

DESEMPEÑOS DE LOS Y LAS ESTUDIANTES

CALIFICACIONES

PORCENTAJE DE LOGRO ESTIMADO

NIVEL DE

DESEMPEÑO

NIVEL DE LOGRO

NOMENCLATURA

CATEGORÍA

POR ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE

7,0 - 6,5

Entre 100 y 92%

MUY ALTO

LOGRADO

L

ADECUADO

6,4 – 6,1 91% y 87% ALTO

MEDIANAMENTE LOGRADO

M/L

6,0 - 5,6 86% y 80% MEDIO ALTO

5,5 - 5,0

79% y 71% MEDIO POR

LOGRAR P/L

ELEMENTAL

4,9 - 4,6 70% y 65% MEDIO BAJO

EN PROCESO

E/P

4,5- 4,0

64% y 60% BAJO

NO

7 LOGRADO

N/L

INSUFICIENTE

3,9 y menos

59% y menos

INSATISFACTORIO

NO OBSERVADO

N/O

SIN INFORMACIÓN

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Artículo N° 5.-

SOBRE EL ACCESO DE LOS ESTUDIANTES AL CURRICULUM:

5.1.- Los estudiantes no podrán ser eximidos de ninguna asignatura o

módulo del Plan de estudio, debiendo ser evaluados en todas las asignaturas o

módulos correspondientes a su curso o nivel. No obstante, la escuela

Guardiamarina Riquelme realizará las diversificaciones pertinentes, a fin de

eliminar las barreras para el aprendizaje, ya sean por factores endógenos

(cognitivas, perceptivas y/o motoras) y/o exógenos (variables psicoemocionales,

de salud, u otras) del estudiante, mediante actividades enriquecedoras,

innovadoras y desafiantes; que potencien el aprendizaje a través del desarrollo

de las habilidades del pensamiento, elaboradas mediante un trabajo colaborativo

docente.

5.2.- Debido a la emergencia sanitaria por Covid-19 y sus efectos en el

aprendizaje, la escuela Guardiamarina asume el desafío de favorecer la

educación continua, de calidad, inclusiva, justa y con equidad para todos

los estudiantes sin distinción, adaptándose rápidamente a los cambios y a la

instalación de sistemas de educación remota, hibrida y/o presencial. Tomando

para ello, todos los resguardos de seguridad necesarios, realizando los

esfuerzos que sean necesarios para eliminar las barreras de conectividad y de

acceso a dispositivos tecnológicos por parte de los educandos.

5.3.- Desde el año 2020, el establecimiento Guardiamarina ha

implementado la educación remota y cuenta con el dominio @comudefeduca.cl

de la plataforma virtual Gsuite de GOOGLE, para impartir clases remotas de

manera segura a menores de edad. Por tal motivo, todos los estudiantes y

comunidad de docentes y profesionales no docentes, cuentan con una cuenta

institucional para generar clases a distancia, utilizando la aplicación de educación

para este fin, siendo esta la única plataforma on-line permitida para realizar el

proceso de enseñanza-aprendizaje del establecimiento.

Page 20: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

19

19

5.4.- Mediante esta aplicación, los docentes de todos los niveles y

asignaturas, deben impartir sus clases y env iar los requerimientos de evaluación

formativa y sumativa a los estudiantes, durante el tiempo que dure la emergencia

sanitaria y hasta que las condiciones de seguridad permitan volver a la presencialidad,

según así lo estipulen las autoridades sanitarias.

5.6.- De acuerdo a lo anterior y según sea el tipo de educación que esté

impartiendo el establecimiento (virtual, hibrida y/o remota), las evaluaciones

deben consideran: pruebas virtuales (formularios), ticket de salida, trabajos

de investigación, infografías, afiches, expresión, escrita, presentaciones

(ppt), videos y otros. Asimismo, se realizarán las adecuaciones o

adaptaciones curriculares necesarias, según lo dispuesto en los decretos

exentos Nos 83 de 2015 y 170 de 2009, ambos del Ministerio de Educación.

5.7.- Las adecuaciones o adaptaciones curriculares consistirán en

modificaciones o intervenciones al temario o método de enseñanza, a fin de

facilitar la adquisición de los Objetivos de Aprendizaje en desarrollo,

principalmente de los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales. No

obstante, también se entenderán como una estrategia facilitadora para la

diversidad presente en el aula y sus diferentes estilos de aprendizaje, y que

también considera aquellos estudiantes con habilidades superiores,

contemplando la incorporación de desafíos mayores que promuevan la

motivación y el desarrollo de las potencialidades observadas.

5.7.1.- TIPOS DE ADECUACIONES CURRICULARES:

Si bien estas intervenciones al curriculum dependerán de las necesidades

observadas en los estudiantes, se considerarán aquellas de Acceso al

Curriculum, Individuales y para estudiantes con altas capacidades:

1. Adecuaciones curriculares de acceso al currículo: consiste en

modificar ciertos aspectos del método de enseñanza, de forma que

los alumnos con alguna particularidad física o cognitiva, puedan

acceder al currículo educativo normal, haciendo más posible la

enseñanza a estudiantes con barreras idiomáticas (estudiantes que

no hablan español) sensoriales (visuales y/o auditivas) y/o motoras,

las que pueden dividirse en adaptaciones de acceso físico y/o de

acceso a la comunicación.

Page 21: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

20

1.1.-Adaptaciones de acceso físico: todas aquellas que modifican

en algún aspecto material del entorno educativo para permitir el

acceso al mismo de personas con necesidades especiales en este

sentido, como la inclusión de rampas o ascensores para las

personas en silla de ruedas, mobiliario adaptado o

incorporación de personal de apoyo dentro de las aulas

presenciales para ayudar a los estudiantes con problemas

motores graves.

1.2.- Adaptaciones de acceso a la comunicación: se refiere a aquellas

adecuaciones relacionadas con distintos materiales de enseñanza,

modificados para adaptarse a un determinado grupo de educandos como

libros escritos en braille para las personas invidentes o la grabación en audio

de los materiales escolares para aquellos con dislexia.

2. Adecuaciones curriculares individuales: destinada principalmente a

estudiantes con N.E.E. y, dependiendo de la profundidad y cambios, se

clasifican en Adaptaciones no significativas (ACNS) y Adecuaciones

significativas (ACS).

2.1.- Adaptaciones no significativas (ACNS): considera cambios

en algunos elementos de la educación, no relacionados con una

modificación profunda de los contenidos a estudiar. Por ejemplo,

otorgar más tiempo a un estudiante para realizar un examen, el tipo

de ejercicios que debe realizar o la manera de impartir una lección

concreta.

Asimismo, puede implicar como decisión pedagógica, un desfase

no superior a dos años con relación a los Objetivos de aprendizaje

a impartir a un estudiante.

2.2.- Adecuaciones significativas (ACS): Implica un cambio

profundo de los contenidos a estudiar por parte de un estudiante.

Para implementarse requiere de una evaluación psicopedagógica

previa del estudiante para determinar los OA a impartir y el nivel de

desempeño que se puede establecer como logro esperado.

Page 22: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

21

Artículo N° 6.-

De los procesos de verificación del aprendizaje y la retroalimentación

6.1.- Respecto de las actividades de evaluación formativa del Colegio Guardiamarina

Ernesto Riquelme realizará trabajos de ejecución dentro del aula virtual y/o presencial

(mediante aplicaciones on-line), guías de aprendizaje, trabajos de investigación y

producción (maquetas y otros), dependiendo del objetivo de aprendizaje que está en

desarrollo y, prioritariamente durante la realización sincrónica de cada clase, o de manera

asincrónica, según lo defina cada docente, el cual además informará explícitamente del

plazo otorgado para su cumplimiento por parte de los estudiantes.

Estas instancias de trabajo permitirán conocer qué y cómo los estudiantes están

aprendiendo. Es decir, qué conocimientos, habilidades y actitudes están adquiriendo, con

mayor precisión y objetividad.

6.2.- Posterior a las diferentes experiencias de aprendizaje, el docente que imparte

la asignatura podrá asignarle una calificación como representación de lo que

efectivamente han podido aprender, estableciendo y comunicando claramente los

indicadores de logro del Objetivo de Aprendizaje en desarrollo (Priorización Curricular 2020-

21, Diciembre 2020 Mineduc), lo cual será informado oportuna y explícitamente a los

estudiantes y/o apoderados.

6.3.- Esta calificación será en escala de 1 a 7, con hasta 1 decimal de coeficiente 1

y considerando los distintos niveles de aprendizaje.

ARTÍCULO N° 7.-

SOBRE LOS LINEAMIENTOS PARA CAUTELAR QUE EXISTA

RETROALIMENTACIÓN:

7.1.- El establecimiento ha definido como lineamiento para cautelar que existe la

retroalimentación a los estudiantes: las reuniones mensuales de docentes con la jefatura

técnica, monitoreo de jefaturas y asignaturas por equipo técnico GER, reuniones

trimestrales de ciclo y reuniones mensuales de equipos de aula, -que comprende a otros

profesionales de apoyo que intervienen en los procesos de los estudiantes-, en instancias

Page 23: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

22

de consejos de evaluación integral trimestral y la observación en los registros de los

diferentes Classroom creados para cada asignatura.

7.2.- En relación a la retroalimentación, los docentes socializarán las respuestas

correctas ante los desafíos planteados, reflexionarán sobre los resultados de la evaluación,

cualquiera que esta sea, durante la clase siguiente y mantendrán las evidencias necesarias

para que los estudiantes realicen procesos de autocorrección.

7.3.- Muy Importante: Siendo la Retroalimentación uno de los aspectos fundamentales

de la Evaluación Formativa, es deber de los estudiantes, responder a tiempo con los

requerimientos evaluativos que forman parte del proceso pedagógico planificado por

los docentes, tanto en la modalidad presencial, hibrida o remota.

Page 24: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

23

Capítulo II.-

ACERCA DE LOS PROCESOS DE CALIFICACIÓN:

Del concepto de calificación:

Corresponde a la representación del logro del aprendizaje del estudiante conformea la

planificación de cada asignatura sustentada en criterios pedagógicos.

Artículo N° 8.-

8.1.- Las calificaciones obtenidas por los estudiantes se expresarán en una escala de 1 a 7,

con hasta un decimal, siendo la nota mínima 4.0 para su aprobación.

8.2.- Los docentes, confeccionarán la programación trimestral y anual de las unidades,

considerando la Priorización Curricular 2020-21 que se ha estipulado por MINEDUC, como

una forma de hacer frente a las dificultades de la educación a distancia, hibrida y/o presencial

que ha ocasionado la Pandemia por Covid-19.

8.3.- Muy Importante:

Debido a la situación de emergencia sanitaria y mientras se encuentren vigentes las

normas y protocolos de seguridad, se privilegiará la evaluación on-line en todas las

modalidades de educación que estén en aplicación: Remota, Híbrida y /o presencial,

evitando la manipulación de material impreso.

Por tanto, aun cuando el estudiante se encuentre en modalidad presencial, recibirá vía

on-line, las diferentes evaluaciones fijadas por los docentes, con información explícita del

tiempo otorgado para su cumplimiento.

8.4.- Sólo aquellos estudiantes que, por razones de fuerza mayor no pueden

vincularse al trabajo on-line, serán evaluados excepcionalmente mediante módulos

impresos, los cuales deberán cumplir el protocolo de seguridad tanto en su entrega

como recepción para la corrección de los docentes que corresponda.

Page 25: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

24

Artículo N° 9.-

Disposiciones sobre las instancias de calificación y su registro:

a) Para el año 2021, la escuela Guardiamarina Ernesto Riquelme establece un

régimen trimestral para el tratamiento del curriculum y promedios por asignatura.

b) El establecimiento realizará evaluaciones sumativas durante las unidades

programadas para cada asignatura.

c) En cada asignatura se contará con al menos dos evaluaciones trimestrales.

d) El registro de calificaciones se realizará en plataforma digital Nápsis.

e) Se comunicará a los estudiantes y sus apoderados, el cierre de trimestre con la

antelación debida, procurando que no existan situaciones de evaluaciones

pendientes.

f) Cumplido el término de cada trimestre, se procederá al cierre de promedios en

cada asignatura del plan de estudio, pudiendo aplicarse la medida de Nota

Insuficiente en los casos que no cumplan con las evaluaciones consignadas para

el periodo, aspecto que será debidamente informado a los apoderados en las

reuniones de apoderados y mediante correo electrónico de los estudiantes.

g) Sólo se otorgará un nuevo plazo, en el caso de que se informe de una situación

de fuerza mayor (motivos de salud, psicosociales y/o familiares, falta de

conectividad, debidamente justificados ante el docente y/o Jefatura Técnica) que

impidió el cumplimiento por parte del estudiante, en el plazo otorgado por el

profesor.

Artículo N° 10.-

Nuestro proyecto educativo institucional promueve los valores de

RESPONSABILIDAD, RESPETO y SOLIDARIDAD, los cuales también se deben reflejar

en el proceso evaluativo. Por tanto, la no ejecución de una actividad programada o

el incumplimiento con una evaluación informada con la debida antelación por los

docentes, por parte de los estudiantes, dará origen a la consignación de la observación

en libro de clases (físico o virtual) y en los registros de cada docente, comunicando lo

anterior mediante correo electrónico al apoderado y, dependiendo del caso- consignando

una calificación Insuficiente si correspondiese.

Page 26: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

25

Artículo N° 11.-

De la ausencia a una evaluación calendarizada e informada

11.1.- Los estudiantes que, por razones de salud o de fuerza mayor, debidamente

justificadas con licencia médica u otro que corresponda, no se presenten a las

evaluaciones calendarizadas e informadas, se procederá a citar a la realización de

evaluaciones virtuales y/o presenciales, previa recalendarización del profesor de

asignatura, con aviso a jefatura técnica.

11.2.- En el caso que el estudiante no realice una evaluación (virtual o presencial) sin

justificativo, se procederá a reagendar la evaluación e informando a su apoderado

mediante correo electrónico.

11.3.- Asimismo, los estudiantes con necesidades educativas especiales, considerando

las adecuaciones curriculares realizadas en cada caso, estarán sujetos a las mismas

normas antes señaladas.

11.4.- Cabe señalar también que, dada la emergencia sanitaria en que aún nos

encontramos, producto de la Pandemia, los docentes aplicarán los criterios de

flexibilidad frente a las diversas situaciones de aprendizaje cuando un estudiante

justificadamente, no rinda a tiempo sus evaluaciones.

11.5.- Estos criterios de flexibilidad pueden contemplar:

11.5.1.- Otorgar una segunda fecha para la evaluación fijada, asignando

un tiempo prudente que no exceda los 15 días para que cumpla lo

requerido.

11.5.2.- Si ha sido reprobado por excederse en el plazo estipulado, el

docente puede fijar una prueba recuperativa que se promediará

con la evaluación reprobada, previa solicitud formal del

apoderado (vía correo electrónico).

11.5.3,- Una prueba adicional optativa posterior a la evaluación no

rendida, que pueda incrementar la cantidad de notas del

trimestre, a fin de que el o la estudiante pueda contar con más

oportunidades para mejorar su desempeño académico.

Page 27: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

26

11.5.4.- Para que se dé cumplimiento a lo anterior, el apoderado deberá

elevar una solicitud por escrito al docente que corresponda,

quien informará la Unidad Técnica pedagógica para que se

autorice la aplicación de una prueba recuperativa.

11.5.5.- Aplicar una prueba de Rescate final, cuando no exista evidencia

de trabajo durante el año, en cada uno de los trimestres, cuya nota

máxima será 4,0, dando cumplimiento a ORD. UCE N°36/2021.

Artículo N° 12.-

Medidas especiales para estudiantes con bajo o ausente desempeño académico:

1. Considerando que un significativo número de estudiantes han sufrido una

importante pérdida de Aprendizajes, la escuela realizará esfuerzos significativos

para nivelar y/o reforzar el desempeño Académico, implementando estrategias

para atender con calidad, equidad y justicia, la diversidad y necesidades

psicosociales que ofrecen barreras, muchas veces muy complejas para

enfrentar el nuevo conocimiento y recuperar los saberes, evitando el fracaso

escolar (UNESCO marzo 2021, Desarrollo Sostenible N°4: Educación de calidad, justa

y con equidad para todos).

2. En esta tarea, la escuela ha definido HORARIOS DE TUTORIAS de Lenguaje

y Matemáticas de1ro a 8vo Año, para todos los estudiantes sin distinción y

más focalizadas, en grupos pequeños, para aquellos estudiantes con

desempeño más descendido.

Estas instancias tienen carácter de asistencia obligatoria para los estudiantes

identificados por los docentes y que requieren un trabajo más personalizado. La

conexión a estas actividades académicas será considerada como un factor muy

importante ante la toma de decisiones frente a un riesgo de repitencia escolar.

3. ACCESO A DISPOSITIVOS TECNOLÓGICOS Y DE CONECTIVIDAD: a fin

de cumplir con los principios de equidad y justicia, de acuerdo al Dictamen N°

54 de la Superintendencia de educación de 2020, se proveerá de Tablets y

Modem en comodato, para estudiantes que así lo requieren, disminuyendo con

Page 28: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

27

ello las brechas de conectividad que la educación virtual ha manifestado. De

esta forma, se cautela que todos los estudiantes tengan acceso al curriculum,

sin distinción.

4. GRUPOS DE REFORZAMIENTO ESCOLAR: como parte del

compromiso con los aprendizajes de los y las estudiantes, previa consulta

con los profesores jefes y de asignaturas de Lenguaje y Matemáticas

principalmente, se identificarán aquellos estudiantes que, en presencia o

ausencia de conexión virtual, registren un desempeño descendido y

evidencias significativas de rezago escolar al término del primer trimestre

2021, serán atendidos de manera individual y en grupos reducidos de

hasta 4 estudiantes, en forma virtual hasta que las condiciones

sanitarias así lo sugieran, al menos una vez a la semana por educadores

contratados para este fin, como parte de las acciones del Plan de

Mejoramiento Escolar.

La asistencia a estos grupos de reforzamiento también tiene carácter

obligatorio.

5. ENTREGA DE MÓDULOS FÍSICOS: SÍ, a pesar de los esfuerzos

desplegados por la escuela, el o la estudiante por razones de fuerza mayor,

expresadas formal y justificadamente por su apoderado, no puede conectarse

diariamente a sus clases virtuales, recibirá al menos dos módulos impresos

de cada asignatura del Plan de estudio Priorizado, de Lenguaje,

Matemáticas, Ciencias Naturales, Historia, Inglés y Educación Física, con

los cuales se evaluará el trimestre, certificándose así su desempeño

académico.

Las calificaciones de las asignaturas que comprendan los

Proyectos Interdisciplinarios en ejecución, serán reemplazadas por el

promedio general que se obtenga de los módulos evaluados en el

periodo.

Esta medida es transitoria y se evaluará de manera permanente y caso a

caso, por el equipo técnico, docentes respectivos y de Convivencia Escolar del

establecimiento.

Page 29: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

28

Artículo N° 13.- Disposición sobre situaciones de plagio o

copia.

En el caso que un estudiante sea sorprendido en una situación de plagio de

alguna actividad académica en la educación remota, hibrida y/o presencial, será

derivado a UTP por el docente que corresponda a la asignatura donde ocurrió el

hecho, a fin de tomar conocimiento acerca del mismo y establecer juntos una

medida formativa al respecto.

Este procedimiento será informado al apoderado mediante citación (virtual o

presencial, dependiendo de las circunstancias sanitarias), sin perjuicio de lo

mencionado en el reglamento interno.

Artículo N° 14.-

Disposición sobre asignaturas a considerar en el promedio final anual:

Las calificaciones de las asignaturas de Religión, Consejo de Curso y

Orientación no incidirán en el promedio final anual ni en la promoción escolar de

los estudiantes.

Artículo N° 15.-

Sobre las formas de comunicar las calificaciones y el proceso de aprendizaje:

El establecimiento informará a los padres y apoderados los avances de los

estudiantes y sus calificaciones a través de, al menos 1 entrevista personal a

partir del segundo trimestre por parte del docente (de manera virtual) y 1 informe

de notas hacia el final de cada periodo, enviado mediante correo electrónico a la

cuenta institucional de cada estudiante y de manera impresa si las condiciones

sanitarias a si lo permiten.

A su vez, se entregarán impresos los Informes de Notas Parciales y el

Certificado Anual de estudio, a solicitud del apoderado con la antelación debida.

Page 30: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

29

CAPÍTULO III

ACERCA DE LA PROMOCIÓN ESCOLAR

Artículo N° 16.-

16.1.- En la promoción de los estudiantes se considerará conjuntamente el logro

de los objetivos de aprendizaje de las asignaturas, contemplándose el indicador

de la asistencia, por el presente año 2021, sólo como una referencia para

detectar a tiempo los riesgos de deserción escolar, diseñando estrategias

remediales para prevenirla y evitarla.

16.2.- Respecto del logro de los objetivos, serán promovidos los alumnos

que:

a) Hubieren aprobado todas las asignaturas de sus respectivos planes de

estudio.

b) Habiendo reprobado una asignatura, su promedio final anual sea como mínimo un 4.5, incluyendo la asignatura o el módulo no aprobado.

c) Habiendo reprobado dos asignaturas, su promedio final anual sea como

mínimo un 5.0, incluidas las asignaturas no aprobadas.

Artículo N° 17.-

Procedimientos que aplicará el establecimiento para determinar la situación final de los educandos:

17.1.- Para establecer, la situación final de los estudiantes, se procederá a

promediar las calificaciones obtenidas en cada trimestre.

17.2.- Si la situación final del estudiante es Insatisfactorio en el logro de los

objetivos, se realizará una revisión del proceso anual del estudiante,

considerando los siguientes aspectos y recopilando las evidencias pertinentes

tales como:

Page 31: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

a) Situación y grado de conectividad a clases: acceso a dispositivos e internet para clases virtuales.

b) Informe de asistencia a clases virtuales, hibridas y/o presenciales,

tanto de aquellas regulares en sus diferentes asignaturas del Plan

Ajustado por Covid-19, como las Tutorías y Grupos de

Reforzamiento a los que ha sido citado.

c) Progreso del aprendizaje que ha presentado el estudiante.

d) Nivel de aprendizaje del estudiante en relación a su grupo curso.

e) Informe socio emocional del estudiante (externo o interno).

f) Evidencias del Seguimiento por UTP, Orientación, Inspectoría y

Convivencia escolar, dependiendo del caso.

g) Evidencias de evaluación formativa

h) Evidencia de retroalimentación por parte de los docentes

d) Plan de trabajo con las medidas de acompañamiento

e) Entrevistas a apoderados e informes académicos entregados.

f) Todos los antecedentes anteriores serán resumidos en un informe

final a cargo del Jefe de Unidad Técnica Pedagógica.

Artículo N° 18.-

DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN:

Está instancia técnico pedagógica estará conformada por docentes

representantes de primer y segundo ciclo, Coordinador PIE, Encargada de

Convivencia, Orientadora escolar y Jefe Técnico que, analizarán los

antecedentes reunidos acerca de los estudiantes con riesgo de repitencia,

sesionando la última semana de noviembre.

18.1.- A partir de la revisión de los antecedentes de los estudiantes con

rendimiento Insatisfactorio, el jefe de la unidad técnico pedagógico realizará un

informe individual que se analizará en el COMITÉ DE EVALUACIÓN Y

PROMOCIÓN, conformado por docentes representantes de ambos ciclos,

quienes a la luz de estos antecedentes, revisarán y decidirán sobre la repitencia

Page 32: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

31

y/o promoción con acompañamiento, de los estudiantes con rendimiento

Insatisfactorio, relevando en todo momento, el bienestar del o la estudiante y su

mejor desarrollo integral el año próximo.

18.2.- La decisión final sobre la situación final de los estudiantes que fueron

analizados en el Comité de Evaluación y Promoción, será informada al

apoderado por el Jefe de Unidad Técnica, antes del término del año lectivo.

Artículo N° 19.-

Respecto de evaluación de estudiantes pertenecientes al Programa de Integración PIE, se dispone lo siguiente:

De los alumnos que presentan Necesidades Educativas Especiales: una

vez detectados a nivel de aula, los estudiantes serán remitidos al especialista de

Integración, el cual deberá realizar un diagnóstico y emitir un informe con las

sugerencias de intervención educativa (PACI o PAI), realizando junto al docente

de aula regular, las adecuaciones curriculares pertinentes a la Necesidad

Educativa Transitoria o Permanente, según corresponda.

19.1.- Ambos instrumentos para la determinación de apoyos

psicopedagógicos, deberán regirse por la PRIORIZACIÓN CURRICULAR 2020-

21, establecida por MINEDUC, definiendo los objetivos de aprendizaje (OA)

pertinentes a su nivel de desempeño y competencias definidas en el Diagnóstico.

19.2.- Con el objeto de favorecer el acceso al currículo de todos los estudiantes

con NEE, se establecen los siguientes criterios de evaluación:

19.2.1.- Estudiantes con necesidades educativas permanentes (NEEP):

➢ El Equipo de Aula, diseñará un Plan de Adecuación Curricular

Individual (PACI), a todos los niños y niñas con NEEP que lo

requieran, estableciendo como criterio:

Page 33: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

32

➢ Graduación del nivel de complejidad de los contenidos

➢ Priorización de Objetivos y contenidos, jerarquizando los objetivos

de Aprendizaje básicos e imprescindibles para el desarrollo en la

adquisición de los aprendizajes posteriores, según la naturaleza

y/o severidad de la N.E.E.

➢ Temporalización, es decir, flexibilizar en los tiempos establecidos

para la consolidación de los aprendizajes.

➢ Enriquecimiento del currículo sólo si es pertinente para el alumno.

El PACI debe considerar la Visión Global del docente de aula regular y el

Diagnóstico integral del o los especialistas del Programa de Integración Escolar,

permitiendo el desarrollo personal y social del estudiante, a partir de la

competencia curricular que el estudiante con NEEP presenta.

19.2.2.-En el caso de estudiantes con Necesidades Educativas

Transitorias: el equipo de aula debe elaborar un Plan de Apoyo

Individual (PAI) que guiará la intervención de los distintos profesionales

para responder a las NEE que presenta un estudiante, luego del proceso

de evaluación integral e interdisciplinario de sus necesidades de apoyo y

que además tiene la finalidad de promover adecuaciones curriculares de

acceso en la sala de clases, dando énfasis:

➢ A la presentación de la información.

➢ A las formas de respuestas.

➢ Al entorno

➢ A la organización del tiempo y del horario.

19.3.- Para aplicar la evaluación, se procederá de acuerdo a los siguientes

criterios:

La Evaluación de los estudiantes con NEEP, deberán ser establecidos

entre profesor de aula y profesor de Educación Diferencial en las reuniones de

codocencia.

Los instrumentos de evaluación pueden ser flexibles para los estudiantes con NEEP.

Page 34: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

33

a) Con relación a la forma. Teniendo presente que en la educación es

tan importante el esfuerzo realizado por el alumno durante el proceso,

como el resultado obtenido; se evaluará en forma oral, escrita y/o

mediante la ejecución de trabajos o actividades prácticas y de

acuerdo a los objetivos planteados en la respectiva PACI.

b) Con relación a la situación: Podrá ser individual, personalizada o

en forma simultánea con su grupo curso, cuidando que los niños y

niñas tengan el tiempo necesario. Los estudiantes con necesidades

educativas permanentes serán evaluados en el aula de recursos solo

si es necesario, según los criterios que establecerán los co-

enseñantes, es decir, entre profesor de aula regular y educador

diferencial.

19.4.- Los instrumentos de evaluación que serán aplicados a los estudiantes con

Necesidades Educativas Transitorias son los que determinará el docente de aula

regular de acuerdo el currículum según las Bases Curriculares.

19.5.- Las aplicaciones de los instrumentos de evaluación se realizarán en el aula

regular virtual, hibrida y/o presencial, en modalidad sincrónica y asincrónica,

según sea el caso.

19.6.- De forma excepcional, los co-enseñantes pueden aplicar criterios de

evaluación alternativos para los estudiantes con Necesidades Educativas

diversas y/o transitorias, tales como, la ejecución de trabajos o actividades

prácticas. La aplicación de estos criterios será consensuada por los co-

enseñantes, manteniendo las respectivas evidencias como parte del proceso

educativo del o la estudiante.

Artículo N° 20.-

Los alumnos deberán ser evaluados en todas las asignaturas o actividades de

aprendizaje del plan de estudio en períodos Trimestrales:

Page 35: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

34

Artículo N° 21.-

Durante cada Trimestre, los alumnos obtendrán las siguientes calificaciones:

a) PARCIALES: Corresponderán a las calificaciones que el alumno obtenga al

Término de cada unidad de aprendizaje, mediante diversos procedimientos,

pertinentes a las unidades tratadas tales como: Ejecución de trabajos escritos,

virtuales, orales, prácticos, grupales o individuales de investigación etc.;

eventos especiales, coevaluaciones, autoevaluaciones, etc., realizadas durante

cada trimestre y tendrán coeficiente (1).

b) TRIMESTRALES: Corresponderán al promedio aritmético de las

calificaciones parciales obtenidas en cada asignatura durante cada Trimestre.

Estas calificaciones se expresarán con un decimal, con aproximación y se

informarán por escrito, mediante correo electrónico a los Sres. Apoderados.

c) FINALES: Corresponderán al promedio aritmético de las calificaciones

Trimestrales. Estas calificaciones se expresarán con un decimal con

aproximación.

d) PROMEDIO DE CALIFICACIONES FINALES: Corresponderán al promedio

aritmético de calificaciones finales, obtenidas por el alumno en cada asignatura

del plan de estudio.

PRIMER TRIMESTRE: Del 01 de Marzo al 28 de Mayo.

SEGUNDOTRIMESTRE: Del 31 de Mayo al 17 de Septiembre.

TERCER TRIMESTRE: Del 20 de septiembre al 10 de diciembre

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35

Artículo N° 22.-

Sobre el traslado de estudiantes durante el año escolar:

22.1.- Los alumnos que ingresen al Establecimiento por traslado, deberán

presentar al momento de la matrícula, un certificado extendido por el Director del

Establecimiento de origen, que contenga el porcentaje de asistencia y las

calificaciones obtenidas lo que se considerará para la continuidad del proceso,

no siendo necesario un informe de personalidad dadas las situación de

contingencia sanitaria que aún persiste.

22.2.- Para los alumnos que en el primer Trimestre ingresen por traslado y

presenten asignaturas del plan de estudio sin calificar, se procederá como sigue:

El profesor jefe previo análisis y acuerdo con el jefe de U.T.P., comunicará

mediante correo electrónico al alumno y apoderado de las evaluaciones que se

realizarán y en qué forma. El período para calificar no podrá exceder de un mes

de incorporado al establecimiento.

Artículo N° 23.-

El Director del establecimiento educacional con él (o los) profesor(es)

respectivo(s), y el Jefe de UTP, deberán resolver las situaciones especiales de

evaluación y promoción de los alumnos de 1º a 8º año de enseñanza básica,

decisión refrendada por el consejo de Profesores. Entre otros, resolverán los

casos de alumnos que por motivos justificados requieran ausentarse por un

período determinado, finalizar el año escolar anticipadamente u otros

semejantes.

Todas las situaciones de evaluación de los alumnos de 1º a 8º año básico

deberán quedar resueltas dentro del período escolar correspondiente.

Artículo N° 24.-

El establecimiento Escuela Guardiamarina Ernesto Riquelme, define medidas

de acompañamiento para aquellos estudiantes que hayan o no sido promovidos

pero, que presenten problemas evidentes para cumplir con las exigencias de

evaluación de su nivel.

Page 37: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

36

24.1.- Para este efecto, se podrán aplicar las siguientes medidas:

a) Tutorías de una o varias asignaturas dependiendo el caso.

b) Apoyo individual

c) Diversificaciones de actividades de aprendizaje y/o evaluaciones.

d) Derivación o apoyo psicosocial externo o interno.

e) Planificaciones ajustadas (adecuaciones)

24.2.- Del mismo modo se designará por parte del equipo técnico, a un profesional

(Jefe UTP, Orientador, Psicólogo, educador diferencial o un docente de aula) para

coordinar y monitorear el plan de acompañamiento y resguardar las evidencias del

mismo.

24.3.- Sobre la aplicación de estas medidas:

Las medidas de acompañamiento pedagógico deberán ser informadas

debidamente al apoderado en forma presencial y/o virtual, registrando la misma

mediante acta.

El apoderado, padre o madre deberá tomar conocimiento y autorizar la

aplicación de estas medidas, dejando constancia virtual y/o presencial en

entrevista con Jefatura Técnica.

Artículo N° 25.-

La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta al

término del año lectivo. Una vez finalizado el proceso, el establecimiento

educacional entregará a todos los alumnos un certificado anual de estudios que

indique las asignaturas o actividades de aprendizaje, con la calificación obtenida

y la situación final correspondiente.

Page 38: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

37

Artículo N° 26.-

El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por ningún motivo.

Artículo N° 27.-

Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán en cada

curso; las calificaciones finales en cada asignatura o actividad de aprendizaje, la

situación final de los alumnos y cédula nacional de identificación de cada uno de ellos.

Las Actas se confeccionarán de manera virtual en Plataforma SIGE, durante los

plazos estipulados por la autoridad.

CAPÍTULO IV.- CONSIDERACIONES FINALES

Artículo N° 28.-

La actualización del presente Reglamento se difundirá a toda la comunidad

escolar del establecimiento a través de página web de la escuela, en reuniones de

apoderados y otros medios de difusión presencial y/o virtual.

Artículo N° 29.-

Según las necesidades del Establecimiento y la permanente consideración a los

principios de flexibilidad, se hará la revisión y actualización de este reglamento, al

menos una vez al año.

Artículo N° 30.-

Las situaciones no previstas en este Reglamento serán resueltas por la Dirección

del establecimiento, la que consultará y se asesorará para su mejor resolver, por

Jefatura Técnico Pedagógica, Educadoras de Párvulos, profesores, Consejo de

Profesores, si la situación así lo amerita.

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38

Artículo N° 31.-

Para todos los efectos, la decisión final sobre situaciones no previstas en el

presente Reglamento, será de competencia de la autoridad representada en el Jefe de

Educación del Departamento Provincial de Educación Cordillera.

Para la toma de conocimiento,

MARTA ISABEL ZAMORANO GUERRA

DIRECTORA GUARDIAMARINA

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39

Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme

INFORME PEDAGÓGICO PRIORIZADO

Estudiante:

Educadora:

Tipo de enseñanza: Educación Parvularia

Curso: NT2 Año: 2021

I.- ÁMBITO: DESARROLLO PERSONAL Y SOCIAL

NÚCLEO: IDENTIDAD Y AUTONOMÍA

Indicadores L M

/

L

P

/

L

N

/

O

Expresa sus emociones y sentimientos autorregulándose en

función de sus necesidades.

Comunica sus emociones y sentimientos tales como: amor, miedo,alegría, ira, que le provocan diversas narraciones.

NÚCLEO: CONVIVENCIA Y CIUDADANÍA

Manifiesta empatía y solidaridad frente a situaciones que vivencia en su entorno.

Verbaliza estrategias frente a la resolución de problemáticas encontingencia. (pandemia)

Identifica objetos, comportamiento y situaciones de riesgo que atenta contra su bienestar.

Escucha y respeta turnos en clases virtuales.

NÚCLEO: CORPORALIDAD Y MOVIMIENTO

Coordina con habilidad y precisión sus habilidades psicomotoras finas en función de sus intereses.

Coordina sus habilidades psicomotoras gruesas en equilibrio estático y dinámico.

Coordina sus habilidades psicomotoras gruesas en

desplazamientos al lanzar y recibir el balón.

Coordina sus habilidades psicomotoras gruesas para seguir

ritmos.

Page 41: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

40

I. ÁMBITO: COMUNICACIÓN INTEGRAL

NÚCLEO: LENGUAJE VERBAL

Indicadores L M

/

L

P

/

L

N

/

O

Escribe o dice el número de sílabas de una palabra.

Nombra palabras o junta objetos que comienzan con la misma sílaba.

Nombra palabras o junta objetos que terminan con la misma sílaba.

Utiliza nuevas palabras al presentar temas de su interés, en distintas situaciones comunicativas.

Realiza presentaciones sencillas sobre un tema de su

interés.

Responde preguntas que hacen referencia al contenido explícito de un texto escuchado.

Escribe letras asociadas al fonema que quiere representar, en situaciones auténticas (vocales y consonantes M-P-L).

Representa gráficamente, trazos, letras y palabras significativas.

NÚCLEO: LENGUAJE ARTÍSTICO

Expresa corporalmente sensaciones e ideas y emociones a partir de diversos recursos; cuentos y canciones.

Representa a través del dibujo sus ideas, intereses y experiencias, incorporando detalles a la figura humana y elementos de suentorno.

Aprecia producciones artísticas de diversos contextos, visuales y musicales.

III.-ÁMBITO INTERACCIÓN Y COMPRENSIÓN DEL ENTORNO

NÚCLEO: EXPLORACIÓN DEL ENTORNO NATURAL

Indicadores L M /

L

P /

L

N /

O

Formula predicciones a causa de las causas y consecuencias defenómenos naturales.

Describe que ocurre en el proceso de crecimiento de los seresvivos.

Comunica sus observaciones y experiencia de indagación en su entorno natural.

Page 42: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

Comenta la importancia de la alimentación saludable.

Nombra como puede contribuir al cuidado del medio

ambiente.

NÚCLEO: COMPRENSIÓN DEL ENTORNO SOCIO CULTURAL

Menciona algunas tradiciones de su país.

Comunica hechos y/o personajes históricos relevantes.

Compara funcionamiento, diseño y utilidad de objetos

tecnológicos.

NÚCLEO: PENSAMIENTO MATEMÁTICO

Crea patrones sonoros, visuales, corporales de dos o tres elementos.

Clasifica objetos por dos o tres atributos a la vez (forma, colortamaño).

Seria cinco elementos por; altura, longitud o capacidad de contener.

Cuenta 20 objetos separándolos uno a uno.

Representar número y cantidades hasta el 20.

Resuelve problemas simples de manera concreta y pictórica,agregando o quitando hasta 10 elementos.

Comunica como resuelve problemas concretos y las posiblessoluciones.

Simbología utilizada para evaluar

L Logrado, el niño o niña posee un completo dominio de la habilidad.

M/L Medianamente logrado, considera algunos aspectos

de la habilidad.

P/L Por lograr, el niño o niña se encuentra en la fase

inicial de la habilidad.

N/O No se observa la habilidad a evaluar.

Participación de la familia

Page 43: Colegio Guardiamarina Ernesto Riquelme”

Indicadores S F R

/

V

N

/

O

Cumple con trabajos y tareas asignadas al hogar.

Mantiene buena comunicación con la educadora mediante correoelectrónico y plataforma classroom.

Asiste a reunión y entrevistas personales de apoderados/as, según seindique la modalidad.

Simbología utilizada S Siempre.

F Frecuentem ente.

R/V Rara vez.

N/O No observado.

Observaciones:

Marta Rojas Vallejos Apoderado Marta Zamorano Guerra Educadora de párvulos Directora

La Florida, 2021