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IIBOLSA DE PRODUCTOS Y SERVICIOS DE EL SALVADOR BOLPROS CODIGO DE ÉTICA n 1

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IIBOLSA DE PRODUCTOS Y SERVICIOS DE EL SALVADOR BOLPROS

CODIGO DE ÉTICA

n 1

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4BOLPROS S.A. de C.V. Vigencia 15/02/2018

Código de Ética Código MN-OR-03-2018

Revisión 1D

Control de Aprobaciones

Los funcionarios suscritos certifican que el contenido de este documento refleja con total

fidelidad los acuerdos establecidos durante las sesiones de trabajo correspondientes, así como

las observaciones que aportaron durante el proceso de revisión del material.

Nombre /Funcionario Firma Fecha

Aprobación

15/02/2018 é

.09 • :I, + sWil

' al- *. -..• - PlIttilOtliCIA .4, a

Caños Eduardo Oñate Muyshondt Presidente Ejecutivo 19 deD

Revisión Técnica Administrativa

Mauricio Campos Huezo Gerente General

15/02/2018

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ogalzo S

GIREP4e/ Gerk e ¡bu e -t.

deCV.

Modificación

Jaime David Rojas Rivas Oficial de Cumplimiento

15/02/2018

Modificación

lveth Dinora Tejada Molina Jefe de Riesgos

5/02/2018

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De

OBOLPROS _ S.A. de C.V. Vigencia 15/02/2018

Código de Ética Código MN-OR-03-2010

Revisión 1.0

Historial del Revisión

Feche Versión Descripción Naturaie

Junio / 2014 1.0 Código de Etica de la Bolsa de Productos y Servidos de El Salvador Elaboración

Junio / 2016 2.0 Código de Etica de la Bolsa de Productos y Servicios de El Salvador Reformas

Febrero/2018 3.0 Código de Etica de la Bolsa de Productos y Servicios de El Salvador Modificación

Distribución de copias

Fecha Versión Área/Dirección/Entidad

Externa Formato Persona

Junio / 2014 1,0 BOLPROES, S.A. de CV. Digital/Impreso Disponible para el Personal

Junio / 2016 2.0 BOLPROES, S.A. de C.V. Digital/Impreso Disponible para el Personal

Febrero/2018 3.0 BOLPROS, S.A. de CV. Digital/Impreso Disponible para el Personal

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De

:). BOLPROS S.A. de C.V. Vigencia 15/02/2018

Código de Ética Código MNI-OR-03-2018

Revisión 3.0

I. MISION Y VISION DE LA BOLSA DE PRODUCTOS DE EL SALVADOR

MISION

Ofrecer un mecanismo bursátil para la intermediación de productos y servidos, en forma transparente,

eficiente y confiable.

VIS ION

Ser la mejor opción regional para las negociaciones de productos y servidos en el mercado bursátil, para

contribuir al desarrollo económico y social del país.

CONTENIDO

El presente Código de Ética contiene los principios y lineamientos que deben guiar el actuar ético

profesional de los sujetos integrantes del mercado bursátil de productos y servicios, por medio de la Bolsa

de Productos de El Salvador, en adelante, la Bolsa. El Código de Ética establece normas que son

obligatorias para todos los involucrados.

OBJETIVO

El objetivo de este Código de Ética y Conducta es proporcionar a los sujetos que forman parte o

intervienen en la Bolsa de Productos y Servicios de El Salvador, los principios que guíen su conducta y

que deben seguir en el desempeño de sus labores, especialmente con los clientes, proveedores,

accionistas, entidades gubernamentales, frente a la sociedad, el medio ambiente y con ellos mismos, así

como en la operación del negocio, para evitar acciones inapropiadas o contrarias a la consecución de la

misión y los objetivos de la Bolsa, así como también evitar acciones de cualquier índole que afecten la

sana convivencia entre la alta administración, los empleados de la Bolsa o los Puestos de Bolsa.

IV.ALCANCE

El presente Código de Ética y Conducta debe ser observado por los directores, gerentes, jefes de

unidades, personal administrativo, Puestos de Bolsa, Agentes de Bolsa y, en general, toda aquella

persona que tenga una relación comercial o contractual directa o indirectamente en la Bolsa o Puestos

de Bolsa.

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BOLSA DE PRODUCTOS DE EL SALVADOR,

BOLPROS S.A. de C.V. Vigencia 15/02/2018

Código MN-OR-03-2018 Código de Ética

Revtsión 3.0

Serán sujetos al cumplimiento del presente Código de Ética:

i. Los directores de la Bolsa,

Los directores de los Puestos de Bolsa y de los Licenciatarios,

La alta administración y empleados de la Bolsa, de los Puestos de Bolsa y de los Licenciatarios,

así como los representantes de todos estos; y

Los Agentes de Bolsa.

En el desarrollo del presente código se entenderá por sujetos, a las personas arriba relacionadas.

V. PRINCIPIOS Y VALORES

El propósito de la Bolsa es promover y resguardar el respeto de valores fundamentales contenidos en

los siguientes principios que guían nuestra conducta:

TRANSPARENCIA

Actuar de manera accesible para que toda persona natural o jurídica, que tenga interés legitimo, pueda

conocer si las actuaciones de los sujetos son conformes a la normativa bursátil aplicables a la bolsa, que

los oferentes y demandantes en el mercado bursátil de productos y servicios tengan la misma información

en la cual fundamentan sus decisiones con el pleno conocimiento de las condiciones del mercado e

información que ellas mismas proporcionan, debiendo los sujetos ser facilitadores y propiciar la difusión

de la información.

HONESTIDAD

La honestidad consiste en comportarse y expresarse con coherencia y sinceridad por lo que los "sujetos"

deberán actuar en forma correcta, no juzgando con ligereza y aplicando la justicia e imparcialidad

debiendo actuar todos los "sujetos" en todo momento con rectitud.

IMPARCIALIDAD

Actuar con objetividad y sin designio anticipado en favor o en contra de alguno de los sujetos, con la

finalidad de juzgar o proceder con rectitud.

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De

›BOLPROS S.A. de C.V. Vigencia 15/02/2018

Código MN-OR-03-2018 Código de Ética

Revisión 3.0

EQUIDAD

Los "sujetos" trabajarán apegados a los mecanismos de información y negociación que garanticen que

todos los participantes del mercado cuenten con igualdad de condiciones.

CONFIDENCIALIDAD

Guardar reserva sobre hechos o información lícita, de los que conozca con motivo o en ocasión del

ejercicio de sus funciones y no utilizarla para fines privados. Cuando los "sujetos" posean información

confidencial y/o privilegiada, estarán obligados a salvaguardarla; así también, estarán obligados a

utilizarla única y exclusivamente en lo que resulte necesario para el desarrollo de sus actividades

laborales.

RESPONSABILIDAD

Disposición y diligencia en el cumplimiento de los actos, función o tareas encomendadas a la posición o

puesto que se ocupa y disposición para rendir cuentas y asumir las consecuencias de la conducta

Inadecuada o del incumplimiento de sus obligaciones.

DISCIPLINA

Observar estrictamente el cumplimiento de las normas aplicables a la Bolsa de Productos y Servicios de

El Salvador, respecto a funciones, reglas de actuación, procesos, procedimientos, asistencia, horarios,

atendiendo con responsabilidad y cortesía las peticiones, demandas, quejas, reclamos y denuncias de

los usuarios del sistema bursátil de Productos y Servicios o compañeros de trabajo y superiores así como

contestarlas en forma pronta y oportuna.

DECORO

Actuar con honor, respeto y debida atención para los usuarios o compañeros que demanden de algún

servicio u orientación que esté bajo su responsabilidad, manteniendo, en todo momento, la compostura

y respetando las reglas de urbanidad y buena educación.

INDEPENDENCIA

Los "sujetos" actuarán de manera profesional, manteniendo estricta independencia entre las actuaciones

personales y las laborales.

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De

4BOLPROS S.A. de CM. Vigencia 15/0212018

Código de Ética Código MN-OR-03-2018

Revisión 3.0

J. SEGURIDAD JURÍDICA

Los "sujetos" contarán con un marco jurídico que regulará sus roles, por lo que deberán cumplir con lo

exigido por las normas, garantizando la eficiente y eficaz operación del mercado de productos y servicios.

B. SERVICIO Y TRATO A CLIENTES

Los "sujetos" deberán ofrecer un trato honesto, transparente y confiable a sus clientes y deberán velar

por los intereses de estos.

AGILIDAD

Los "sujetos" realizarán sus labores con la mayor agilidad, logrando el mejor trabajo en el menor tiempo

posible, sin desatender en el proceso a los demás valores que integran el mercado bursátil y que están

contemplados en el presente código.}

RESGUARDO DE LA INFORMACION

Los "sujetos" deberán velar por que la información de carácter estrictamente confidencial relativa a las

operaciones efectuadas por clientes se mantenga bajo dicha condición. Asimismo, estos deberán evitar

que dicha información sea utilizada por terceros en beneficio propio o ajeno.

LEGITIMIDAD EN LOS NEGOCIOS

Los "sujetos" participarán exclusivamente en negocios legitimes de acuerdo con la normativa vigente,

debiendo denunciar las conductas de terceros que puedan transgredir la normativa, así como la

participación en transacciones en la Bolsa de personas cuyos antecedentes permitan sospechar del

origen de los recursos con que cuentan, conforme a lo establecido en la Ley contra el Lavado de Dinero

y Activos.

RELACIONES ENTRE AGENTES DE BOLSA

Las relaciones entre Agentes de Bolsa deberán estar basadas en principios de respeto y colaboración,

buscando el interés común, el fortalecimiento del mercado bursátil de productos y servicios y de la Bolsa.

Los "sujetos", deberán en todo momento mantener un vocabulario de respeto entre ellos como respecto

de sus clientes externos y demás representantes de los distintos grupos de interés.

Los principios antedichos permitirán a los "sujetos" y participantes del mercado bursátil de productos y

collet03i icios, crear condiciones favorables para la transparencia, eficiencia y ahorro.

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BOLSA DE PRODUCTOS DE EL SALVADOR Página 8 12

De

OBOLPROS S.A. de CM. Vigencia 15/02/2018

Código MN-OR-03-2018 Código de Ética

Revisión 3.0

La eficiencia permite propiciar la maximización de los recursos financieros de los que una persona natural

o jurídica disponga para la obtención de bienes y servicios que permitan una pronta satisfacción de sus

necesidades, propiciando una buena gestión de su quehacer empresarial.

La transparencia y la eficiencia se traducen en un beneficio en los participantes del mercado bursátil en

el aumento del volumen de operaciones y la reducción de los costos de transacción, implicando ahorros

en las gestiones operativas y mercantiles de su negocio.

VI. APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS ÉTICOS CON LOS ACCIONISTAS

Una de las principales obligaciones frente a nuestros accionistas es tomar decisiones de negocio sólidas y bien fundamentadas, que se encuentren dentro de los mejores intereses de la Bolsa y que no se vean influenciadas por intereses personales, buscando siempre proteger e incrementar el valor de su inversión.

En atención a lo anterior, tenemos como propósito materializar las expectativas de rentabilidad de nuestros accionistas de manera sostenida, a través del incremento y diversificación de los ingresos, así como una adecuada administración de los recursos, entre otras medidas. De igual manera, procuramos asegurar la permanencia del negocio, buscando oportunidades que permiten maximizar el potencial del mismo en el mediano y largo plazo.

Tenemos el compromiso de proporcionar a los accionistas, de manera oportuna y de conformidad con el marco regulatorio, toda la información necesaria sobre el negocio, para que puedan tomar decisiones con bases confiables y seguras.

1. APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS ÉTICOS CON LOS EMPLEADOS DE LA BOLSA.

Todos los empleados debemos contribuir a la adecuada consecución de la misión y visión de la Bolsa, a través de un comportamiento que refleje los valores y principios que se encuentran plasmados en el presente Código de Ética y Conducta.

NI. Reconocemos y respetamos la dignidad e individualidad de las personas. 4- Nos conducimos de manera respetuosa entre todos los integrantes de la Bolsa. 4- No toleramos ninguna forma de discriminación, ya sea por razones de género,

estado civil, edad, religión, raza, apariencia física, diferencias de opinión,

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De

'1") BOLPROS S.A. de C.V. Vigencia 15/02/2018

Código de Ética Código MN-OR-03-20.18

Revlsián 3.0

opinión política, condición social, idioma, nacionalidad, orientación sexual, embarazo o discapacidad física.

"I- Se prohibe y se condena la violencia de género, la cual debe ser inmediatamente denunciada a través de los medios correspondientes.

-4- Se prohibe y se condena el acoso sexual, el cual debe ser inmediatamente denunciado a través de los medios correspondientes.

4- Estamos comprometidos con los objetivos de la Bolsa y procuramos actuar de manera diligente y responsable, aportando nuestro talento, conocimiento y experiencia, siempre realizando nuestro mejor esfuerzo en el desarrollo de nuestras funciones y actividades.

APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS ÉTICOS CON LOS PUESTOS DE BOLSA.

Tenemos el compromiso de exigir y ofrecer a nuestros proveedores un trato honesto, justo y equitativo en las negociaciones para la adquisición de productos y servicios, buscando el mejor interés para las partes y una relación reciproca "ganar - ganar" entre las instituciones que compran y venden. Fomentamos una competencia justa y utilizamos procesos equitativos y transparentes, sustentados en criterios de precio, calidad, ahorro. Pretendemos de los proveedores únicamente los beneficios correspondientes a la negociación de que se trate, sin prácticas indebidas ni ventajas personales o de cualquier otro tipo en las negociaciones de productos o servicios. En atención a nuestro compromiso de exigir y ofrecer un trato honesto y justo, respetamos los acuerdos y compromisos establecidos en las ofertas y los contratos y nos sujetamos a los medios que en los mismos y en la normativa de la Bolsa se prevén para solucionar cualquier diferencia o controversia. En la Bolsa nos esforzamos por promover la práctica de los valores y principios contenidos en este Código de Ética y Conducta, por lo que incentivamos a los Puestos de Bolsa su estricto cumplimiento.

Conflictos de intereses

Cualquier situación en la que se pueda percibir que un beneficio o interés personal o

un tercero que pueda influir en el juicio o decisión profesional de un miembro de la

entidad relativo al cumplimiento de sus obligaciones.

Los conflictos de interés pueden surgir cuando no se actúa de forma imparcial al prestar

servicios.

Se trata de proporcionar criterios que ayuden a identificar y evitar conflictos de interés

manera que se garantice un adecuado manejo y comportamiento de los empleados

-4 C

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BOLSA DE PRODUCTOS DE EL SALVADOR Página 10 12 De

*BOLPROS S.A. de C.V. ' Agenda 15/02/2018

Código de Ética Código MN-OR-03-2018

Revisión 3.0

de BOLPROS con sus clientes, siguiendo los principios presentes en este código de

ética que deben guiar la conducta de los empleados sus relaciones interpersonales e

interinstitucionales.

4. Conflicto de interés inherentes a BOLPROS.

De conformidad a la definición establecida de conflicto de interés en la bolsa de

Productos de El Salvador, se han identificado los siguientes:

Los funcionarios debidamente nombrados con alto nivel jerárquico de las entidades, instituciones públicas, autónomas y semiautónomas y que ostenten la calidad de accionistas, gerentes, representantes legales o directivos en la bolsa de Productos de El salvador o sean funcionarios de la Unidad de Servicios Institucionales (USI)

Los funcionarios de la Unidad de Servicios Institucionales que tengan vinculo de parentesco hasta el segundo grado de afinidad y cuarto de consanguinidad con funcionarios públicos.

Los empleados de la bolsa que tengan un interés personal, financiero o un interés particular en el resultado de un servicio prestado con sus clientes.

Que Gerencia General tenga relación directa en la toma de decisiones en la Unidad de Servicios Institucionales que pueda influir en el resultado de un interés personal o beneficiar a determinada entidad en especifico.

5. Control y mitigación

Anualmente cada director, asesor y empleado de Boleros deberán llenar y firmar un formulario de NO

CONFLICTO DE INTERESES BOLPROS con la finalidad de conocer si existen relaciones entre los

funcionarios de la institución pública y los empleados de Bolpros que puedan propiciar un conflicto de

interés. (ANEXO 1 y 2)

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De

4 BOLPROS S.A. de C.V. Vigencia 15/02/2018

Código de Ética Código MN-OR-03-2018

Revisión 3.0

En el caso de que se ide tifique un conflicto de interés entre un puesto de bolsa la Unidad de Servicios

Institucionales derivado del proceso de oferta, subasta, ejecución de contrato y liquidación de los mismo

deberá de conocerlo la p esidencia.

En el caso de que se identifique un conflicto de interés entre la Unidad de Servicios Institucionales y un

área funcional de la bolsa derivado del proceso de oferta, subasta, ejecución de contrato y liquidación de

los mismo deberá de conocerlo la presidencia

POLITICA DE MANEJO DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL.

El objetivo de la política de información confidencial es mantener un correcto y eficiente funcionamiento

del mercado bursátil, mediante la clasificación de la información divulgable al público y la restricción de

toda la información que por su sensibilidad y exclusividad deba ser restringida.

Se entenderá por información confidencial aquella considerada como activo empresarial y propio del que

hacer del negocio, por tanto, no accesible al público, de la cual disponen cierto grupo de personas en

razón de su alto cargo dentro de la sociedad.

El manejo de la información confidencial estará a cargo del Gerente General, asl como otros empleados

que, a criterio de este, en razón de su función dentro de la sociedad deban manejar dicha información.

Los empleados de la Bolsa firmarán un contrato de confidencialidad por toda aquella información de

carácter confidencial a la cual tuvieren acceso en virtud de sus funciones. Asimismo, estos deberán

suscribir una declaración donde manifiesten tener conocimiento de las disposiciones establecidas en el

presente código.

Los "sujetos" deberán mantener estricta confidencialidad de los documentos que reciban de sus clientes,

no pudiendo por lo tanto compartir dicha información con terceros. La información confidencial podrá ser

revelada, cuando la Junta Directiva asi lo determine en sesión o cuando se presenten requisitos de

revelación de inforrnación confidencial por parte de autoridad competente; dentro del marco de su

competencia.

POLITICA DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA

El objetivo de la política de información privilegiada será generar confianza y sigilo en el manejo de la

información privilegiada al mantener una debida utilización de toda la información y que esta no sea

utilizada por su portador para beneficiarse a si mismo, a un tercero a través de su transmisión o en 0'0841

ce de la sociedad.

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BOLSA DE PRODUCTOS DE EL SALVADOR Página 12 12

De

' 1). BOL PROS S.A. de C.V. vigencia 15/02/201B

Código de Ética Código MN-OR-03-2018

Revisión 3.0

Se entenderá por información privilegiada aquella información vinculada con el giro del negocio, que

siendo de posesión exclusiva, es transmitida a personas en atención a su función dentro de la Bolsa y

sobre la cual estas últimas al utilizada pueden generarse un beneficio propio y/o pueden causar un daño

o perjuicio a la sociedad.

Se encontrará prohibido para todos los empleados, retirar de su lugar de trabajo, documentos que

contengan información que pudiera considerarse privilegiada. Asimismo, estará prohibido ingresar a

terceras personas a su lugar de trabajo, o comunicar a terceras personas, aún de forma verbal asuntos

de información privilegiada correspondientes a su cargo.

Los empleados y demás personas sujetas al cumplimiento de la presente Política, solamente podrán

transmitir o revelar información cuando sean autorizados por la Junta Directiva para ello, o cuando así

se los exijan las autoridades competentes, para lo cual deberán dejar constancia escrita.

Los empleados deberán mantener todos los documentos que contengan información privilegiada en

resguardo, velando porque los mismos no estén al alcance de ninguna persona ajena al área encargada

de utilizar dicha información.

Dentro de los casos de información privilegiada se podrán encontrar, por ejemplo:

Información respecto a las ofertas presentadas a la Bolsa, previo a su publicación.

Información respecto a la identidad de las personas oferentes en los procesos de compra y venta

en Bolsa.

La información relativa a los precios máximos y mínimos de puja.

Sobre el régimen sancionatorio por revelación de información privilegiada se estará respecto de los

empleados lo dispuesto por el Reglamento Interno de Trabajo y para los Puestos de Bolsa y Agentes de

Bolsa por lo dispuesto en el Reglamento General de la Bolsa de Productos de El Salvador.