codigo de etica para la proteccion del patrimonio (1)

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CÓDIGO DE ÉTICA PARA LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO ORAL E INMATERIAL DE SAN BASILIO DE PALENQUE Presentado a Ministerio de Cultura de Colombia Luís Gerardo Martínez Investigador Jesús Pérez Palomino Investigador Josefa Hernández Cabarcas Asistente de investigación Cristina Daza Rodríguez Coordinadora Cartagena de Indias, Marzo de 2009.

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Un tratado para la conservación adecuada del patrimonio desde la mirada ética

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Page 1: Codigo de Etica Para La Proteccion Del Patrimonio (1)

CÓDIGO DE ÉTICA PARA LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO

ORAL E INMATERIAL DE SAN BASILIO DE PALENQUE

Presentado a

Ministerio de Cultura de Colombia

Luís Gerardo Martínez Investigador

Jesús Pérez Palomino Investigador

Josefa Hernández Cabarcas Asistente de investigación

Cristina Daza Rodríguez Coordinadora

Cartagena de Indias, Marzo de 2009.

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2

CÓDIGO DE ÉTICA PARA LA PROTECCIÓN DEL

PATRIMONIO ORAL E INMATERIAL DE SAN

BASILIO DE PALENQUE

FUNDAMENTOS

La comunidad palenquera posee derechos sobre sus recursos biológicos,

conocimientos ancestrales1 y tecnologías tradicionales, en las cuales se soportan los

sistemas de supervivencia, que han jugado un papel importante en la evolución

histórica de San Basilio de Palenque como Espacio Cultural, estos derechos son de

carácter colectivo y, por tanto, prevalentes sobre los derechos basados en intereses

individuales. Surge entonces la necesidad de proteger y estimular la diversidad

cultural, salvaguardando el conocimiento ancestral palenquero a través de la

regulación en su acceso. De ahí la importancia del CÓDIGO DE ÉTICA PARA LA PROTECCIÓN DEL

PATRIMONIO ORAL E INMATERIAL DE SAN BASILIO DE PALENQUE,

que al ser un documento construido mediante la participación y el consenso de la

comunidad palenquera alrededor de los valores propios de su cultura, permite

definir el papel del colectivo, los aportes y compromisos que este debe asumir y las

políticas de acción que hacen viable su papel como guardián de su propio

conocimiento.

Mediante el proceso de construcción del código de ética, la comunidad de San

Basilio de Palenque establece un serio compromiso ético, al definir las pautas de

comportamiento por las que se deben regir investigadores, funcionarios, visitantes,

1 El conocimiento Ancestral se define como cualquier conocimiento sobre la conservación, uso y manejo de un recurso genético o parte de este, se transmite en forma oral o escrita de generación en generación, es de tipo colectivo y acumulativo a través del tiempo.

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3

turistas y los miembros de la comunidad al momento de acceder al conocimiento

ancestral, garantizando los derechos a la propiedad intelectual que tienen los

palenqueros y palenqueras.2

Los códigos de ética son documentos que contienen los criterios que orientan la

gestión y la toma de decisiones frente a los miembros de una comunidad, y regula

sus relaciones con otras personas e instituciones. Así, son un instrumento de

gestión, un marco de referencia para la interacción armónica con los diferentes

actores con los que interactúa.

El Ministerio de Cultura, el Observatorio del Caribe Colombiano y el Consejo

Comunitario de comunidades negras Ma kankamaná ri palenge, presentan este

documento con el fin de aportar elementos que contribuyan a la difícil tarea de

avanzar en una estrategia que permita salvaguardar, fortalecer y proteger el

conocimiento ancestral de la población de San Basilio de Palenque. Dicho material

va dirigido principalmente a la comunidad palenquera, pero también a las

organizaciones sociales, lideres y lideresas de las Comunidades Negras que tienen

la responsabilidad de salvaguardar el patrimonio cultural inmaterial de sus

comunidades, así como aquellas instituciones (públicas y privadas) e individuos

que tienen como misión o interés en contribuir a la producción de conocimiento y

obras a partir de la cultura y los recursos comunitarios

Los resultados que aquí se enuncian son el producto de estudios realizados por el

equipo de investigación acerca del manejo, apropiación y divulgación del

conocimiento ancestral palenquero en el marco de los proyectos “Proceso de

Identificación y Recomendaciones de Salvaguardia de las Manifestaciones

Asociadas al Espacio Cultural de San Basilio de Palenque”3, y “Socialización del

2 Durante los días 04 y 05 de diciembre de 2008, se realizaron dos talleres de jornada completa con palenqueros en Cartagena y Palenque respectivamente, en ellos se generaron los insumos y criterios para la construcción de l documento preliminar de código de ética para el acceso y manejo del conocimiento ancestral del Espacio cultural de San Basilio de Palenque. 3 El proyecto se realizó a través de un convenio establecido entre el Observatorio del Caribe y la Universidad de Antioquia con la comunidad de San Basilio de Palenque. 2007

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Proceso de Identificación y Recomendaciones de Salvaguardia (PIRS) de las

Manifestaciones asociadas al Espacio Cultural de San Basilio de Palenque”.

La pretensión del presente código, es establecer las bases de respeto a la

comunidad de San Basilio de Palenque por parte del personal foráneo

(investigadores, turistas, docentes, visitantes, etc.) acerca del reconocimiento y la

protección de los conocimientos ancestrales relacionados con el patrimonio

inmaterial. Esperando aportar elementos sustanciales para el fortalecimiento del

pueblo palenquero en el conocimiento, accionar y réplica del conocimiento

ancestral.

Page 5: Codigo de Etica Para La Proteccion Del Patrimonio (1)

5

ANTECEDENTES

El 2 de Noviembre del 2004 el Ministerio de Cultura expidió la resolución 1472,

para la declaratoria de Palenque como bien de interés cultural nacional, previo a

su reconocimiento, como una manera de proteger y preservar esta importante

riqueza cultural e histórica del país.

El 25 de noviembre de 2005 el Espacio cultural de San Basilio de Palenque fue

declarado Obra Maestra del Patrimonio Oral e Inmaterial de la Humanidad por la

Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura

(Unesco); por ser considerado un lugar de memoria tanto como para las

comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, así como también

para la diáspora africana en el mundo. Los palenqueros han conservado un

conjunto de prácticas culturales que los diferencian como un grupo étnico, con sus

rasgos propios de identidad, organización social, estructura de parentesco, modos y

prácticas tradicionales de producción, además de una espiritualidad y pensamiento

propios que determinan la compleja cosmovisión palenquera.

El conocimiento ancestral es uno de los activos más valiosos que posee la

comunidad palenquera. Sin embargo, un factor externo a la comunidad como es el

uso indebido del patrimonio cultural por parte de terceros ha venido deteriorando

la dinámica tradicional de transmisión generacional de este conocimiento. Como

consecuencia, muchos de ellos han sido usurpados por personas ajenas a la

comunidad, desconociendo el derecho colectivo de los palenqueros y palenqueras a

la propiedad intelectual.

Los resultados que aquí se enuncian son el producto de estudios realizados por un

equipo de investigación acerca del manejo, apropiación y divulgación del

conocimiento ancestral palenquero en el marco de los proyectos “Proceso de

Identificación y Recomendaciones de Salvaguardia de las Manifestaciones

Page 6: Codigo de Etica Para La Proteccion Del Patrimonio (1)

6

Asociadas al Espacio Cultural de San Basilio de Palenque”4, y “Socialización del

Proceso de Identificación y Recomendaciones de Salvaguardia (PIRS) de las

Manifestaciones asociadas al Espacio Cultural de San Basilio de Palenque”,

realizados con el apoyo del Ministerio de Cultura y el Observatorio del Caribe

Colombiano

El CÓDIGO DE ÉTICA PARA LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO

ORAL E INMATERIAL DE SAN BASILIO DE PALENQUE, es un

documento de trabajo para ser discutido en el seno del Consejo comunitario de

comunidades negras Ma kankamaná ri palenge y con los palenqueros y

palenqueras radicados en los centros urbanos de Cartagena (Bolívar), Barranquilla

(Atlántico), Caracas y Maracaibo (Venezuela).

1. DESCRIPCION DEL ESPACIO CULTURAL DE

SAN BASILIO DE PALENQUE San Basilio de Palenque se encuentra ubicado a sesenta kilómetros de la ciudad de

Cartagena de Indias, capital del Departamento de Bolívar. Es un corregimiento

adscrito al municipio de Mahates. Limita con los corregimientos de Malagana, San

Cayetano, Palenquito y San Pablo. Cuenta con 3.7635 habitantes aproximadamente,

agrupados en 435 familias repartidas en 421 viviendas. El poblado se encuentra

ubicado al pie de los Montes de María a unos 100 metros sobre el nivel del mar. La

temperatura promedio es de 30 o C.6

Los palenques son el resultado de la acción cimarrona de los esclavizados, que se

convirtieron en verdaderas sociedades de hombres libres, con una economía

propia, formas de organización y técnicas militares de defensa acordes a las 4 El proyecto se realizó a través de un convenio establecido entre el Observatorio del Caribe y la Universidad de Antioquia con la comunidad de San Basilio de Palenque. 2007 5 Encuesta actualizada de SISBEN, 2008. 6 Dossier Palenque de San Basilio: Obra Maestra del Patrimonio Intangible de la Humanidad, Presidencia de la REPÚBLICA DE COLOMBIA, MINISTERIO DE CULTURA / INSTITUTO COLOMBIANO DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA, Consejo Comunitario Kankamaná de Palenque de San Basilio, Corporación Festival de Tambores y Expresiones Culturales de Palenque de San Basilio, Institución Educativa Técnica Agropecuaria Benkos Bioho, Bogotá D.C., Colombia, 2004, pág 8.

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7

circunstancias, y prácticas culturales que articulaban elementos de las diversas

naciones africanas venidas a América con rasgos culturales de los grupos locales.

Del conjunto de palenques que tuvieron lugar en el continente americano y el

territorio de la Nueva Granada, producto de la diáspora africana, surge el Palenque

de San Basilio, una población poseedora de peculiaridades culturales específicas

con raíces profundas en el continente africano.7

La comunidad palenquera, ha conservado a través del tiempo gran parte de sus

particularidades culturales entre las que se destacan: el palenquero, un habla

perteneciente a la familia lingüística Bantú hablada en algunas regiones de la

República Democrática del Congo, constituida por elementos hispánicos y aportes

africanos en mayor porcentaje, derivados de la lengua del África Central, entre ellos

el Ki-kongo y el Ki-mbundu8; el kuagro u organización social palenquera que se

caracteriza por su estructuración según la edad de sus integrantes, la medicina

tradicional, los rituales fúnebres (preanunciación de la muerte, velorio y

creencias), la tradición oral de la cual hacen parte los mitos, leyendas y cuentos, la

gastronomía donde sobresalen comidas tradicionales como el mblelo y los

productos resultantes de la manipulación del koró, entre otras.

También se destacan las expresiones musicales entre las que se encuentran: el

lumbalú, los cantos de trabajo, los juegos y cantos de velorio, las décimas

palenqueras, la música de sexteto y el bullerengue asentao.

El CÓDIGO DE ÉTICA PARA LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO

ORAL E INMATERIAL DE SAN BASILIO DE PALENQUE contiene un

conjunto de normas y procedimientos construidos por los palenqueros y

palenqueras desde su cosmovisión y lógica cultural, para ejercer control social en

función de la salvaguarda del conocimiento ancestral en el Espacio Cultural de San 7Proceso de Identificación Registro y Salvaguardia de las manifestaciones asociadas al espacio cultural de San Basilio de Palenque, Observatorio del Caribe Colombiano, Universidad de Antioquia y Ministerio de Cultura, Cartagena de Indias, diciembre, 2007, pág. 6 8 DE FRIEDEMANN, NINA S. Ma ngombe: Guerreros y Ganaderos en Palenque, Carlos Valencia Editores, Bogotá, 1987, Pág. 59-60.

Page 8: Codigo de Etica Para La Proteccion Del Patrimonio (1)

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Basilio de Palenque, contribuyendo así a convivencia armónica entre los nativos

“jende ri palenge” y el personal foráneo “jend´i la juela”.

Con el código de ética se busca concientizar a la comunidad palenquera, las

instituciones e investigadores que se acercan a este espacio cultural sobre la

importancia de incluir la salvaguarda y el fomento del conocimiento ancestral en el

plan global de vida de Palenque, el reglamento interno del consejo comunitario, los

procedimientos investigativos y otros instrumentos que a diario son utilizados por

la comunidad y quienes por ella se interesan.

2. MARCO LEGAL

En Colombia existe un marco normativo en materia de protección del patrimonio

inmaterial y por consiguiente el conocimiento ancestral de las comunidades

afrocolombianas, dentro de este se destacan las siguientes normas:

La Constitución política de 1991 en el articulo 7 establece “El Estado reconoce y

protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana, el artículo 8 dice

que “Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y

naturales de la Nación. En los artículos 70, 71 y 72, reitera que es “obligación del

Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la nación”;

que “la cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad”;

y que “el patrimonio cultural de la nación está bajo la protección del Estado”.

La Ley General de Cultura (397 de 1997), En el artículo 1º, numeral 5°, se

determina que es obligación del Estado y de las personas valorar, proteger y

difundir el patrimonio cultural de la nación. Además, el artículo 2° dice que el

Estado “tendrá en cuenta tanto al creador, al gestor, como al receptor de la cultura

y garantizará el acceso de los colombianos a las manifestaciones, bienes y servicios

Page 9: Codigo de Etica Para La Proteccion Del Patrimonio (1)

9

culturales en igualdad de oportunidades”, luego la ley 1185 de 2008, modifica y

adiciona la Ley General de Cultura y se dictan otras disposiciones.

El Ministerio de Cultura en su Plan Decenal de Cultura 2001-2010 a firma que “Es

imprescindible que el Estado reconozca el derecho que cada grupo humano posee

de valorar y conservar su patrimonio cultural de forma integral y que fomente

todas aquellas formas de preservación, conservación, documentación,

investigaciones y proyección social que sean necesarias para garantizar la

actualización, creación y puesta en escena de nuevas memorias colectivas”9.

La ley de comunidades negras (Ley 70 de 1993) en el capitulo 4 Reconoce la

importancia del conocimiento y las prácticas de las comunidades negras y sus

aportes a la nación colombiana, al mismo tiempo establece que los programas y

proyectos de nivel nacional deberán propender proteger el conocimiento ancestral

de las comunidades negras. Del mismo modo se refiere a la importancia de la

protección del conocimiento ancestral cuando en el artículo 54 expresa que “El

Gobierno Nacional diseñará mecanismos adecuados para las comunidades negras o

integrantes de ellas que hayan desarrollado variedades vegetales o conocimientos

con respecto al uso medicinal, alimenticio, artesanal o industrial de animales o

plantas de su medio natural, sean reconocidas como obtentores, en el primer caso,

y obtengan, en el segundo, beneficios económicos, en cuanto otras personas

naturales o jurídicas desarrollen productos para el mercado nacional o

internacional”.

1. NORMATIVA INTERNACIONAL

A nivel internacional, se han desarrollado diversos esfuerzos desde instituciones

(públicas y privadas), destinados a instituir instrumentos que propenden por la

protección, recuperación, fortalecimiento y precauciones que hay que tener en 9 Plan decenal 2001-2010, pág. 46

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10

cuenta al momento de divulgar el conocimiento tradicional. Entre estas iniciativas

se destaca el Grupo de Trabajo sobre Conocimiento Tradicional del Convenio sobre

la Diversidad Biológica10 (CDB) y la Declaración de Doha (2001), esta última ha

instruido al Consejo de los Aspectos De Propiedad Intelectual en el Comercio11

(ADPIC) a estudiar la relación entre el Tratado de los ADPIC y el Convenio sobre

Diversidad Biológica (CDB) en lo que tiene que ver con la protección del

conocimiento tradicional, el acceso a los recursos genéticos y el folclor.

El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ratificado por

Colombia a través de la ley 22 de 1991, en su artículo 5º al aplicar sus disposiciones

establece que “deberán reconocerse y protegerse los valores y prácticas sociales,

culturales, religiosos y espirituales propios de dichos pueblos (indígenas y

afroamericanos) y deberá tomarse debidamente en consideración la índole de los

problemas que se les plantean tanto colectiva como individualmente”12.

La Decisión Andina 391 de 1996, es un instrumento legal a través del cual se ha

busca promover la conservación, el conocimiento y el uso sostenible de la

biodiversidad. El objetivo de esta decisión es regular el acceso a los recursos

genéticos y asegurar la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados

del acceso y la promoción de la conservación de la diversidad biológica. El capitulo

II reconoce los conocimientos ancestrales, innovaciones y prácticas tradicionales, el

numeral 7 establece que “Los Países Miembros, de conformidad con esta Decisión y

su legislación nacional complementaria, reconocen y valoran los derechos y la

facultad para decidir de las comunidades indígenas, afroamericanas y locales, sobre

10 El CDB (1993) es el intento más responsable y respetado en el empeño de que se pongan a disposición de la humanidad los recursos genéticos de la biodiversidad de todos los países sobre bases comunes y con las garantías necesarias. Es el primer acuerdo mundial integral que aborda todos los aspectos de la diversidad biológica. Reconoce los derechos soberanos de los estados sobre sus recursos naturales, otorgándoles la facultad de regular el acceso a dichos recursos genéticos, pues hasta ese momento el acceso a ellos se consideraba libre, al formar parte del patrimonio de la humanidad. 11 El Consejo de los ADPIC, integrado por todos los Miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC), está encargado de velar por la aplicación del Acuerdo sobre los ADPIC y puede elevar a la Conferencia Ministerial propuestas de modificación del Acuerdo. Dentro de la OMC el Consejo de los ADPIC se ha convertido en el principal Foro de discusión de los temas de Propiedad Intelectual, biodiversidad y Protección de los Conocimientos Tradicionales. 12 El reconocimiento de los pueblos indígenas y afrocolombianos como sujetos de derechos colectivos y como entidades de derecho publico, implica todo un proceso de reconocimiento de la diversidad cultural de la nación colombiana. Lo anterior debe llevar a la generación de políticas de Estado a favor de dichas comunidades, algo que inevitablemente nos tiene que llevar a transformar el país sobre todo en la relación del Estado colombiano con sus pueblos afrocolombianos e indígenas.

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11

sus conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales asociados a los recursos

genéticos y sus productos derivados”.

2. PROTECCIÓN DEL CONOCIMIENTO

ANCESTRAL

La protección del conocimiento ancestral responde a la necesidad de otorgar

garantías al productor del mismo mediante el reconocimiento de los derechos de

propiedad sobre la creación y producción intelectuales, con el fin de estimular y

retribuir su producción. Así mismo, comprende el adecuado funcionamiento del

sistema que garantiza el cumplimiento efectivo de estos derechos.13

Durante siglos, las comunidades han acumulado conocimientos relacionados con

su hábitat, y han llevado a la práctica decisiones relacionadas con su gestión

mediante un proceso colectivo. Estos conocimientos incluyen diversos aspectos: a)

el uso real o potencial de plantas, animales, suelos o minerales; b) preparación y

procesamiento de especies; c) formulaciones magistrales con diversos ingredientes;

d) métodos de cultivo, selección de plantas; e) protección del ecosistema, mediante

la protección de los recursos y métodos de conservación.14

Las comunidades negras han establecido alternativas de protección de su

conocimiento ancestral, tratando principalmente de fortalecerse internamente,

fortaleciendo sus saber ancestral y, a la vez, estableciendo reglas para la relación

entre las personas y las comunidades que deseen acceder al conocimiento

ancestral. Algunas de las alternativas que han sido propuestas son la protección del

13 Documento Conpes 3533, bases de un Plan de Acción para la adecuación del sistema de propiedad intelectual a la competitividad y productividad nacional 2008 -2010. 14 BRAVO, E., (ed) 1996. Acción Ecológica , Biodiversidad y derechos de los pueblos, Amazonía por la Vida, Quito, Ecuador.

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12

conocimiento ancestral mediante el derecho propio, los protocolos o reglamentos

internos y los planes de vida.15

En San Basilio de Palenque el conocimiento ancestral es parte esencial de la vida y

la cultura de la comunidad. Por tal razón son los propios palenqueros quienes

deben procurar por la protección y conservación de su conocimiento con el fin de

garantizar el saber ancestral a las generaciones venideras. En consecuencia se hace

necesaria la organización y participación de la comunidad palenquera en la

construcción de instrumentos para la salvaguardia del conocimiento ancestral.

3. DEL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO

COMUNITARIO KANKAMANÁ RI PALENGE

El Consejo Comunitario de comunidades negras de San Basilio de Palenque Ma

kankamaná ri palenge es la persona jurídica representativa de la población

palenquera, que ejerce la máxima autoridad de administración interna; por ello las

personas y demás expresiones organizativas deberán acogerse a las orientaciones

del consejo comunitario como máxima autoridad interna.

El consejo comunitario es el encargado de la interlocución entre la comunidad

asentada en el territorio y el gobierno local, departamental, nacional e

internacional; así como de la resolución de dificultades sociales, políticas o

ambientales que puedan presentarse al interior del territorio.

Nota

Es necesario avanzar en la inclusión (a través de la asamblea general

del consejo) del protocolo para la protección del Patrimonio Oral e

Inmaterial de San Basilio de Palenque y el conocimiento ancestral, en 15SANCHEZ, ENRRIQUE, et al, Conocimiento ancestral y biodiversidad, como se protege el conocimiento ancestral, materiales de trabajo para organizaciones y comunidades negras, cuaderno 3, Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander Von Humboldt, WWF Colombia y Palenque Regional el Congal, 2006, pág 8.

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13

el reglamento interno del consejo comunitario Ma kankamaná ri

palenge y la creación dentro de él de un órgano con funciones

especificas sobre el tema.

4. PROTOCOLO PARA LA PROTECCIÓN DEL

PATRIMONIO ORAL E INMATERIAL DE LA

COMUNIDAD DE SAN BASILIO DE PALENQUE

1) La comunidad de San Basilio de Palenque ha optado como alternativa para

salvaguardar y conservar sus conocimientos ancestrales, por la elaboración

del presente código de ética el cual regulará en adelante el acceso al

conocimiento tradicional por parte de personas ajenas y pertenecientes a la

comunidad. El código se soporta en cinco principios; 1) el derecho a

conocer y decidir (consulta previa), 2) Criterios para evaluar y

decidir sobre las investigaciones que sobre Palenque se realizan

(participación), 3) el respeto del investigador por las

costumbres de la comunidad, 4) la generación de beneficios y 5)

derecho a la propiedad colectiva.

1) Principio: derecho a conocer y decidir (consulta previa)

Este principio reconoce que es necesario el consentimiento previo del consejo

comunitario de comunidades negras Ma kankamaná ri palenge, este concepto

debe ser tenido en cuenta antes de realizar cualquier investigación. Los

palenqueros y palenqueras tienen el derecho de vetar cualquier programa,

proyecto, o estudio que los afecte o que atente contra los principios y costumbres

de la comunidad.

Page 14: Codigo de Etica Para La Proteccion Del Patrimonio (1)

14

Dicho consentimiento garantiza que la comunidad palenquera reciba información

acertada sobre el propósito y la naturaleza de la investigación, los posibles

resultados, los beneficios y los riesgos (tangibles o intangibles) para la comunidad.

La Consulta Previa tiene carácter de derecho fundamental y se constituye en

instrumento básico para preservar la integridad étnica, social, económica y cultural

de la comunidad palenquera; lo que asegura su subsistencia como grupo social

diferenciado. A través de ella, se reconoce y se garantiza que el derecho a la

autonomía que tienen estos pueblos sea efectivo y no se impongan decisiones que

puedan ir en contra de su identidad cultural y demás derechos, todas las políticas y

programas que los puedan afectar directamente deben ser previamente consultados

con ellos, en este sentido es necesario saber al momento de realizar acciones en las

que se accede al conocimiento ancestral:

¿A quién se acude?: A la Junta del Consejo comunitario

¿A quién se consulta? A la Junta del Consejo en primera instancia y de ser

necesario a toda la comunidad en asamblea.

El decreto 1320 de 1998 por el cual se reglamenta la consulta previa con las

comunidades indígenas y negras para la explotación de los recursos naturales

dentro de su territorio, crea un antecedente importante frente a la protección del

conocimiento ancestral de la comunidad palenquera, establece en el artículo 1° que:

“La consulta previa tiene por objeto analizar el impacto económico, ambiental,

social y cultural que puede ocasionarse a una comunidad indígena o negra por la

explotación de recursos naturales dentro de su territorio, conforme a la definición

del artículo 2º del presente decreto, y las medidas propuestas para proteger su

integridad”.

El artículo 2º, establece que “La consulta previa se realizará cuando el proyecto,

obra o actividad se pretenda desarrollar en zonas de resguardo o reservas

indígenas o en zonas adjudicadas en propiedad colectiva a comunidades negras.

Page 15: Codigo de Etica Para La Proteccion Del Patrimonio (1)

15

Igualmente, se realizará consulta previa cuando el proyecto, obra o actividad se

pretenda desarrollar en zonas no tituladas y habitadas en forma regular y

permanente por dichas comunidades indígenas o negras, de conformidad con lo

establecido en el siguiente artículo”.

El artículo 3º dice que “Cuando el proyecto, obra o actividad se pretenda realizar

en zonas no tituladas y habitadas en forma regular y permanente por

comunidades indígenas o negras susceptibles de ser afectadas con el proyecto, le

corresponde al Ministerio del Interior certificar la presencia de dichas

comunidades, el pueblo al que pertenecen, su representación y ubicación

geográfica. El Instituto Colombiano para la Reforma Agraria - Incora, certificará

sobre la existencia de territorio legalmente constituido”.

Toda investigación que se realice acerca del espacio cultural de San Basilio de

Palenque, debe ser consultada a la comunidad palenquera a través de la junta del

Consejo Comunitario, pues esta es la instancia que representa la totalidad de la

comunidad (Consejo Comunitario de comunidades negras de San Basilio de

Palenque Ma kankamaná ri palenge) y por ende es el ente encargado de

determinar la aprobación o desaprobación de las investigaciones que se

desarrollarán en espacio cultural.

En este orden de ideas, la junta del Consejo Comunitario de comunidades negras

de San Basilio de Palenque Ma kankamaná ri palenge16:

1. Debe informar de manera previa a la comunidad, sobre cualquier

investigación a realizarse, con el fin de tener elementos de juicio para

tomar la decisión de aceptar o rechazar una investigación.

2. El consejo Comunitario en cabeza del consejero de cultura (pertinente

al tema de la investigación o el consejero de Patrimonio inmaterial) 16 Con el nombre de Consejo comunitario de comunidades negras de San Basilio de Palenque Ma Kankamaná, se designa a la entidad territorial, sin animo de lucro, que asume la forma de división territorial de acuerdo con el Artículo 285 de la constitución política, encargada de la administración interna del territorio ancestral palenquero.

Page 16: Codigo de Etica Para La Proteccion Del Patrimonio (1)

16

tomará la decisión que mejor le convenga a la comunidad palenquera,

después de escuchar las deliberaciones de la asamblea.

Los derechos colectivos deben ser reconocidos, partiendo de los palenqueros,

quienes son los verdaderos portadores de estos derechos. Esto fortalece el sistema

de protección del conocimiento ancestral; convirtiéndose en una alternativa que la

comunidad palenquera sea quien desarrolle su propia estrategia en lo que tiene que

ver con el aprovechamiento del saber ancestral en su propio territorio.

2) Principio: Criterios para evaluar y decidir sobre las

investigaciones que sobre Palenque se realizan (participación)

Este principio reconoce la importancia trascendental de los palenqueros y

palenqueras de participar activamente en el proyecto desde el comienzo hasta la

finalización, así como también en la aplicación de los resultados de la investigación.

La comunidad de San Basilio de Palenque se constituyó en Consejo Comunitario de

comunidades negras de San Basilio de Palenque Ma kankamaná ri palenge, que

como persona jurídica ejerce la máxima autoridad de administración interna

dentro de las tierras de las comunidades negras, de acuerdo con los mandatos

constitucionales y legales que lo rigen y los demás que le asigne el sistema de

derecho propio de cada comunidad. De acuerdo con lo contemplado en la ley 70 de

1993 y el decreto 1745 de 1995, e igualmente la ordenanza 07 de 2002 de Bolívar.

Por lo anterior el consejo comunitario es la instancia de representación de la

población palenquera en cuanto a la aprobación o desaprobación para la

realización de investigaciones en el espacio cultural de San Basilio de Palenque, en

este sentido son requisitos obligatorios de los investigadores:

1. La presentación previa del investigador y su equipo (quien es, de

donde viene y que pretende).

Page 17: Codigo de Etica Para La Proteccion Del Patrimonio (1)

17

2. La metodología, cronograma y guiones de la investigación deben

reconocer y respetar las costumbres de la comunidad.

3. Aceptar que la comunidad puede establecer limitaciones a la

investigación por razones culturales o sociales. (protección del

conocimiento ancestral y de los valores, costumbres e intimidad de

las personas, etc.)

4. La vinculación calificada de estudiantes o en proceso de formación y

de ser posible profesionales palenqueros en el desarrollo de la

investigación.

5. Que el trabajo del investigador tenga en cuenta la participación

comunitaria.

6. Evaluar que los procedimientos utilizados en la investigación de tal

manera que estos sean respetuosos de la cultura y la forma de vida de

la comunidad palenquera.

7. Debe haber claridad sobre como va a ser el uso de los resultados de la

investigación y sobre los derechos del investigador y los de la

comunidad palenquera en dicha investigación.

8. La investigación no debe ir en detrimento de la cultura y los espacios

culturales, sino que debe tender a fortalecerlos.

La participación comunitaria en los procesos de evaluación y decisión sobre la

realización de investigaciones en el espacio cultural de San Basilio de Palenque, es

un componente indispensable para la protección del conocimiento ancestral; por

ello es responsabilidad de la junta del consejo comunitario abrir espacios de

comunicación, discusión y análisis en los que se debe tener un especial respeto por

Page 18: Codigo de Etica Para La Proteccion Del Patrimonio (1)

18

las opiniones de cada miembro de la comunidad palenquera y tener siempre en

cuenta los consejos de los abuelos y abuelas (mayores) de la comunidad.

Un elemento primordial para lograr una real participación es la concertación,

entendida esta como el dialogo y acuerdo que permite la discusión y el intercambio

entre el conocimiento ancestral y los distintos campos de estudios o de

investigación. Este acercamiento ayuda a que los palenqueros y palenqueras eleven

su capacidad de interlocución frente a cualquier instancia, al momento de tomar

decisiones sobre la protección del saber ancestral al interior del espacio cultural.

3) Principio: el respeto del investigador por las costumbres de la

comunidad.

Este principio reconoce la responsabilidad que tienen los investigadores de

respetar la integridad moral, espiritual y cultural palenqueras, las tradiciones y

relaciones ancestrales, lo que contribuye a evitar la imposición arbitraria de

concepciones y patrones externos. La importancia del presente principio radica en

que a través de él los palenqueros y palenqueras deben participar activamente en

los proyectos e iniciativas desde el comienzo hasta la finalización, así como también

en el conocimiento de los alcances y la aplicación de los resultados de la acción

realizada.

La comunidad de San Basilio de Palenque se ha regido por una serie de normas

ancestrales particulares que se enmarcan en el derecho propio o consuetudinario,

estas le han permitido regular las relaciones al interior y exterior de la comunidad,

este derecho ha sido fundamental en la protección y conservación del conocimiento

ancestral.

En el presente, se busca que esta misma forma de derecho regule la manera en que

los palenqueros y palenqueras direccionarán las relaciones con las personas ajenas

a la comunidad “jend’ i la juela” y nativos “jende ri palenge” en lo que tiene

que ver con el manejo del conocimiento ancestral palenquero.

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19

De acuerdo con lo anterior el investigador y el consejo comunitario deben cumplir

con las siguientes obligaciones:

1. Solicitar y consultar de forma escrita la autorización para realización

de la investigación a la junta del consejo comunitario (la información

solicitada al investigador debe ser suministrada de manera veraz y de

buena fe).

2. Brindar información completa sobre el proceso e informar sobre los

posibles impactos de la investigación.

3. El consejo comunitario debe designar un acompañamiento, es decir,

una persona que le ayude y sirva de intermediario entre la comunidad

y el investigador, para el desarrollo de la investigación en la

comunidad.

4. La junta del consejo debe informar al investigador sobre las pautas de

comportamientos (locomoción, lenguajes, códigos, etc.) y

restricciones durante la realización de la investigación.

5. La retribución y/o compensaciones por trabajos o servicios que el

investigador, turista, visitante u otro, considere o establezca deben

ser distribuidos de manera equitativa entre los palenqueros y

palenqueras que acompañan la actividad y la comunidad.

6. Los conflictos se resolverán a partir del principio de buena fe en

reunión de la junta del consejo comunitario, para lo cual se

consultará a los abuelos y abuelas de Palenque (ma gende ngande/

centro de vida).

Page 20: Codigo de Etica Para La Proteccion Del Patrimonio (1)

20

4) Principio: la generación de beneficios

Este principio reconoce que la comunidad palenquera debe ser respetada en sus

derechos colectivos, y compensada de forma justa y equitativa por su contribución

a las actividades de investigación y los resultados que implican su conocimiento.

Los recursos intelectuales y simbólicos comprenden todos los conocimientos sobre

el monte, los suelos, los animales y el saber en elaboración de instrumentos

necesarios para mantener la vida en la comunidad palenquera. Entre éstos se

destacan los conocimientos sobre medicina tradicional, el conocimiento

especializado de canciones, oraciones y bailes, e incluso se incluyen los

conocimientos particulares como la crianza de ma monasito ku ma monasita o

niños y niñas, la agricultura, las expresiones artísticas, la culinaria y relaciones

sociales; estos recursos son importantes para que el pueblo palenquero pueda

mantener su cohesión cultural.

Para garantizar la distribución equitativa de los beneficios generados por las

investigaciones realizadas en el espacio cultural de San Basilio de Palenque se

deben tener en cuenta los siguientes aspectos:

- Los productos resultantes de cualquier investigación serán devueltos y

socializados (verbalmente), teniendo en cuenta la cultura, forma de vida y la

lógica comunitaria, la idea con esto es que los documentos devueltos al

pueblo no solo lleguen a la comunidad como elemento para dotar la

Biblioteca, sino que puedan ser socializados, para que la comunidad pueda

tener claro cual es la utilidad del mismo, puesto que se darán casos de temas

de investigación con los que la comunidad no tiene familiaridad y por ende

no podrá comprender dichos temas, por lo que se requiere de la

socialización, en aras de que los documentos devueltos puedan tener una

utilidad para la comunidad.

Page 21: Codigo de Etica Para La Proteccion Del Patrimonio (1)

21

- En la publicación y divulgación de la investigación, el autor debe reconocer

y respetar la denominación de origen del espacio cultural de San Basilio de

Palenque. Ya que se ha estado comercializando con el nombre Palenque.

- En razón de que se ha estado comercializando con su patrimonio cultural, el

nombre “Palenque de San Basilio” sólo puede ser utilizado con fines

comerciales por las personas de la comunidad o por acuerdo previo con el

Consejo Comunitario.

- El investigador debe reconocer de forma expresa el aporte de las personas

que participen en la investigación y la comunidad.

Estas normas reivindican el derecho que posee la comunidad palenquera a

participar de manera justa y equitativa de los beneficios derivados de la utilización

del conocimiento ancestral, en este orden de ideas, los derechos patrimoniales,

morales, individuales y colectivos, deben ser reconocidos teniendo en cuenta que lo

derechos morales, son perpetuos y que no se pueden renunciar a ellos.

5) Principio: derecho a la propiedad colectiva

Este principio reconoce que la comunidad palenquera, tienen de antemano,

derechos de propiedad y beneficios sobre los conocimientos tradicionales, los

palenqueros y palenqueras han convivido y manejado tradicionalmente su medio

natural y su cultura. Las manifestaciones y prácticas de su cultura son propiedad

colectiva sin desconocer que hay derechos de las personas en los usos de recursos

asociados con tales conocimientos. El principio también reconoce los derechos

inalienables de esta comunidad en relación con sus territorios ancestrales, los

recursos naturales dentro de estos, sus prácticas culturales, y su conocimiento

ancestral.

Page 22: Codigo de Etica Para La Proteccion Del Patrimonio (1)

22

Al indagar por alguna protección legal para el conocimiento tradicional en las

comunidades afrocolombianas, no existe un instrumento concreto que pueda

proteger estos conocimientos y tecnologías milenarias, por el contrario parecieran

destinadas a desaparecer o ser apropiadas por actores distintos a los afros y que su

interés primordial radica en el lucro individual sin tener en cuenta que parte de

esos beneficios lleguen a las comunidades dueñas de dichos conocimientos.

El sistema actual de leyes de patentes, marcas registradas, diseños y derechos de

autor no protege los derechos a la propiedad intelectual de los afrocolombianos, lo

cual significa que las comunidades negras, siempre acatan en contra de sus

voluntades ciertos sistemas de protección de la propiedad intelectual con los que no

se identifican. Por lo tanto, es imperativo formular estrategias que respondan a las

necesidades y protejan los intereses de la comunidad palenquera, entre las que

deben figurar nuevas formas de protección del conocimiento ancestral.

La retribución (económica o no) producto de una investigación deberá ser acorde a

las necesidades de la comunidad palenquera y a su vez proporcional al proyecto en

cuestión. Teniendo en cuenta que las investigaciones realizadas por estudiantes en

aras de graduarse no pueden ser retribuidas de igual forma que una investigación

lucrativa, el investigador puede considerar que una forma de retribución es

devolver una copia de su trabajo para que sea utilizado con fines pedagógicos al

interior de la comunidad.

5. DE LAS FIESTAS PALENQUERAS

La comunidad de San Basilio de Palenque se encuentra en un constante proceso de

reafirmación y reconstrucción de la memoria histórica – narrativa y de los espacios

físicos donde se ha creado y recreado la espiritualidad que caracteriza y aviva la

identidad palenquera.

Page 23: Codigo de Etica Para La Proteccion Del Patrimonio (1)

23

El calendario festivo palenquero es expresión de vida, agradecimiento, arraigo y

permanencia territorial, hacen parte de él las fiestas de:

San Sebastián, el 20 de enero, Semana Santa, el día de San Basilio, (14 de junio). el

24 de junio, día de San Juan, 16 de julio, El Festival de Tambores y Expresiones

Culturales (12 de octubre). El Festival es el escenario para la muestra de diferentes

expresiones culturales como los peinados, la comida y la música, entre otros. 7 y 8

de diciembre, el 24 y 25 (pakua) y 31 de diciembre.

6. DE LOS MUERTOS

En Palenque existe una simbología particular que evidencia la presencia de la

muerte entre los palenqueros, estas manifestaciones son: la preanunciación, la

agonía, el fallecimiento y preparación del cadáver, el Chakero, el entierro, el

velorio, La novena, lo culinario, los rezos, juegos y rondas, el lumbalú, etc. Para

los palenqueros hay un vinculo entre este mundo y el más allá, por lo que los ritos

fúnebres permiten establecer conexiones entre estos dos mundos.

El cementerio es para los palenqueros y palenqueras un bien patrimonial ancestral,

es el lugar de descansó de todas las generaciones (presentes y futuras), es un

espacio sagrado de vida y espiritualidad.

En el presente del código de ética se reafirma la responsabilidad del consejo

comunitario en la protección de las fiestas y los espacios simbólicos dentro del

territorio.

Fecha:

Por la junta del consejo Comunitario:

Miembros de la comunidad palenquera:

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Anexo 1

PRIMER TALLER PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CÓDIGO DE ÉTICA

DEL ESPACIO CULTURAL DE SAN BASILIO DE PALENQUE.

Lugar: San Basilio De Palenque, Diciembre 04 De 2008.

El taller en cuestión estaba programado para las 8:30 a.m. del día en curso lo cual

no fue posible, debido a que el señor Enrique Sánchez, no pudo llegar temprano

por razones de traslado y el otro motivo fue que precisamente ese día hubo un

sepelio en la comunidad, evento al cual los palenqueros acuden masivamente.

Por tal razón siendo las 11: a.m. se dio inicio al taller, para lo cual se reunieron en

las instalaciones de la Institución Educativa Técnica Agropecuaria Benkos Bioho de

Palenque, un numero de 40 palenqueros quienes acudieron a este, debido a una

convocatoria realizada por el equipo de investigación, con el apoyo del

Observatorio del Caribe Colombiano, convocatoria que fue dirigida a Kuagros,

juntas, concejales, inspector de policía, institución educativa, docentes estudiantes

y personas independientes propias de la comunidad palenquera.

Para dar inicio al taller Josefa María Hernández (asistente del equipo) les ofrece

disculpa a los asistentes por aplazar el mismo, ya que en días anteriores se había

postergado la realización de evento, puesto que estaba programado para el día 30

de noviembre y también ofreció disculpa por el retraso en el horario de iniciación,

de igual forma les agradeció su asistencia y colaboración, por otro lado les explica

de una manera breve, cual es el objetivo del presente taller e inmediatamente le

cede la palabra a Jesús Pérez Palomino ( investigador del equipo) este a su vez

realiza una breve explicación sobre lo que es un código de ética diciendo“ mas que

explicar, que es un código de ética considero importante que los palenqueros

debemos saber para que nos sirve, además comenta que es una herramienta para

proteger nuestras manifestaciones, las cuales no deben ser solo protegidas sino

también fortalecidas”

Page 25: Codigo de Etica Para La Proteccion Del Patrimonio (1)

25

Luego para contextualizar un poco lo que es un código de ética realiza una

comparación de este con las reglas internas de los kuagros, acude a dicha

comparación, ya que todos los palenqueros hacen o han hecho parte de un kuagro y

por ende tienen pleno conocimiento de dichas normas, razón por la cual Jesús

acude a esta figura para explicar desde allí, lo que es un código de ética, puesto que

los kuagros están regidos por una serie de normas que los dinamiza y permite su

correcto funcionamiento.

Luego Josefa María, interviene diciendo que una de las preocupaciones de los

palenqueros es ¿qué se divulga?, es decir que los investigadores no pueden

divulgar información de carácter confidencial y por otro lado apunta a que los

palenqueros se deben preguntar como partir del código de ética, para que las

investigaciones que se lleven a cabo en Palenque no atenten contra la intimidad de

la comunidad, ya que hay ciertos elementos que no puede ser divulgados porque

hacen parte del ser y de la cotidianidad de la comunidad Palenquera.

En ese mismo sentido Jesús señala que es importante saber, que plantea la

comunidad en cuanto al código de ética y que los palenqueros debemos

preguntarnos ¿Qué queremos que nos dejen los turista e investigadores cuando

lleguen aquí?

Por su parte John Jairo Salgado, pregunta que si no es posible consignar toda la

tradición oral de la comunidad palenquera en textos escritos, para que no se pierda.

A lo cual Encarnación Padilla (caná) responde que en la cotidianidad de la

comunidad palenquera algunos rezos y oraciones son llamados secretos y por ende

como su nombre lo indica no pueden ser divulgados, en ese mismo orden de ideas

algunos de los asistentes señalan que incluso los rezos son realizados en voz baja y

que no se enseñan a todo el mundo precisamente por que son secretos.

Concepción Hernández por su parte señala que en Cartagena o Bogotá debe haber

una oficina que regule el ingreso de los turistas e investigadores a la comunidad de

Palenque, para que estos no vengan aquí por su propia cuenta, sino que la

comunidad sea informada de la llegada de ellos aquí.

Luego Cristina Daza, coordinadora del proyecto quien llegaba en esos momentos de

Cartagena con el señor Enrique Sánchez, representante del grupo de patrimonio

Page 26: Codigo de Etica Para La Proteccion Del Patrimonio (1)

26

del Ministerio de Cultura. Dice que todos esos elementos que se estaban trabajando

podrían servir como insumos para el código de ética y que sería bueno aportarlo

mas adelante.

Luego Josefa María comenta que seria bueno suspender la tertulia un momento

por que ya es la hora de almorzar y que luego de almuerzo empezaremos a trabajar

con Enrique Sánchez, quien es la persona que nos va a brindar las herramientas

metodológicas para la construcción del código de ética, siendo las 12:30 p.m. se

inicia el almuerzo.

Después de tomar el almuerzo y siendo las 2:00pm Jesús realiza una breve

introducción a Enrique Sánchez e inmediatamente le cede la palabra al mismo.

Por su parte este inicia haciendo una pequeña socialización de lo que es un código

de ética y de los trabajos en los que ha participado en la construcción de códigos de

ética en otras comunidades, como Palenque del Congal, también socializa un

manual sobre ética en la investigación local y luego le comenta a los asistentes la

necesidad de trabajar en grupos en los cuales se trataran 4 temáticas por lo cual se

deben conformar 4 grupos, el primer grupo trabajará criterios para aceptar una

investigación y estará coordinado por Luís Gerardo Martínez ( Investigador del

equipo), el segundo el trabajo del investigador o turista dentro de la comunidad, el

cual estará coordinado por Jesús Pérez , el tercero es el grupo de derechos y

obligaciones coordinado por Cristina Daza y el cuarto y ultimo grupo que trabajaría

sobre derechos a la propiedad colectiva, este grupo estaría coordinado por Rodrigo

Miranda Márquez.

Luego de aclarar quienes coordinarían los grupos los asistentes decidieron en cual

grupo les gustaría trabajar y se dispusieron a organizarse para lo cual se

desplazaron a diferentes salones y comenzaron a trabajar, cada uno sobre su tema

en particular.

Siendo las 2:30 p.m. inicia el trabajo en los grupos, luego de 1 hora de trabajo, los

grupos de reúnen nuevamente en el salón para dar inicio a la plenaria, para lo cual

Page 27: Codigo de Etica Para La Proteccion Del Patrimonio (1)

27

contaban con unos pliegos de papel periódico en los cuales consignaron su informe

para ser presentado a los demás.

El señor Enrique Sánchez, comenta que es preciso que el relator de cada grupo le

comente al resto de los asistentes las conclusiones a las cuáles llegaron en su grupo

y siendo las 3:40 p.m. empezó la plenaria.

El primer grupo en presentar su informe, fue el coordinado por Luís Gerardo y es,

el mismo, el encargado en rendir el informe

Grupo 1: Criterios para Aceptar Una Investigación

Integrantes:

Gleidis Salgado Reyes

Andreus Valdez Torres

Auber Hernández S

Marlon Salas C

Andrés Cassiani H

Ronald Miranda M

Arturo Hernández N

Juan David Cañate M

Luís Gerardo Martínez

Luís Gerardo inicia diciendo que después de discutir el tema al interior de su grupo

llegaron a las siguientes conclusiones:

1. Para realizar una investigación al interior de la comunidad es primordial que

se haga una consulta previa con la misma.

2. Debe haber una identificación del investigador, es decir que este no llegue a

la comunidad sin que nadie tenga conocimiento de quién es el, y que

también se presente ante la comunidad y sus lideres.

Page 28: Codigo de Etica Para La Proteccion Del Patrimonio (1)

28

3. Que se realice también, una presentación de la investigación, que incluya

presupuesto y cronograma, para que la comunidad conozca que se va a

hacer.

4. La investigación debe ser avalada por la comunidad.

5. La comunidad es la que debe determinar los límites de la investigación, no

el investigador, es decir esta decide hasta donde puede llegar el investigador,

teniendo en cuenta la intimidad de la misma.

6. Es importante que la investigación garantice el reconocimiento de los

sujetos de la comunidad, que participaron en ella, es decir que haya un

reconocimiento en los textos o cualquier producto que dicha investigación

haya arrojado.

7. La información recopilada en la investigación, debe ser brindada por la

comunidad y ser coherente con la realidad de la misma.

8. El investigador debe suministrar una copia de la investigación preliminar en

físico (fotos, videos, anexos) y también deben contribuir a la dotación de la

biblioteca y el centro de documentación con los documentos publicados de la

misma.

Luego de terminada la exposición de Luís Gerardo, este apunta a que en su grupo

se dio una discusión sobre los recursos que deja una investigación, pero que no

quisieron abordar ese tema en las carteleras. En consonancia con esto Andreus,

uno de los asistentes al taller comenta que la discusión se centro en el dilema de

que los beneficios sean entregados en dinero o de alguna otra forma Andreus

termina diciendo “yo no estoy de acuerdo que los beneficios se entreguen en

efectivo sino que se haga alguna obra para la comunidad”.

Por otro lado Manuel Hernández, considera que esos recursos pueden ser

recopilados durante un tiempo determinado para luego arreglar las vías de acceso a

unos de los barrios y más tradicionales de Palenque como lo es chopacho, y el

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29

sector de bajo loma y además propone analizar el tema del arroyo que se esta

secando, debido a la tala indiscriminada de árboles.

Por su parte Jesús Pérez comenta que es necesario plantear que las investigaciones,

apunten a fortalecer el proceso etnoeducativo en Palenque, es decir que contribuya

a generar capacidad en la comunidad.

Luego de estas intervenciones el segundo grupo inicia su presentación.

Grupo 2: El Trabajo De Los Investigadores Y Turistas Dentro De La

Comunidad.

Integrantes:

Yenilia Miranda M

Maysuris Cañate

Tayler Miranda M

María Belén Salgado T

Yadelsi Cañate D

Lisandro Casseres H

Diover Cassiani C

Charlie BUffei

Jesús N. Pérez P

Sinforiano Reyes C

El encargado en realizar la presentación de este grupo fue Jesús Pérez, quien inicia

contextualizando un poco como fue el trabajo en su grupo, comenta que hubo una

lluvia de ideas y partieron de allí para trabajar sobre seis puntos clave que son los

siguientes:

1. Fotografías: espacios íntimos colectivos (arrollo y velorio) las fotografías en los

espacios íntimos no deben ser tomadas sin previo aviso de las personas

implicadas. para tomar fotografías a niños se le debe pedir permiso a los padres

y es necesario que haya una persona acompañando a los investigadores en todo

momento, ya que los palenqueros conocen los códigos interno de la comunidad

Page 30: Codigo de Etica Para La Proteccion Del Patrimonio (1)

30

y por ejemplo cuando un hombre va ingresar o pasar por el arrollo de las

mujeres sabe que tiene que avisar para que esta se cubran.

1. No publicar: Rezos, oraciones.

2. La información confidencial suministrada al investigador no debe ser

publicada de manera detallada.

3. Un guía permanente al cual se le podrá pagar un sueldo, si la investigación

es lucrativa, para lo cual es pertinente realizar capacitaciones a los guías en

aras deformarlos.

4. No caminar semidesnudo por las calles, ya que en los últimos meses se han

vistos investigadores y turista que caminan con poca ropa por la calle, lo cual

atenta contra la integridad de la comunidad ya que esta conductas no son

propia de la misma.

5. Cobrar si la investigación es lucrativa, ya que todas las investigaciones no se

pueden cobrar puesto que hay estudiantes universitarios que solo realizan

una investigación para graduarse o por algún trabajo de tipo académico, en

este sentido hay que tener en cuenta que todas las investigaciones, no son

lucrativas.

6. La Grabación de videos en los velorios debe ser con autorización de los

familiares, pero estos no podrán tener un uso comercial. En el marco de la

grabación de velorios, el ritual del lumbalú no de puede grabar, se podrán

hacer videos siempre y cuando no sean utilizados con fines comerciales.

Por otro lado Jesús señala que los integrantes de su grupo expresaron que

necesitan tener más herramientas conceptuales para aportar más a la construcción

del código de ética.

En cuanto a los estudiantes universitarios, Jesús dijo: que es necesario enviar

cartas a las universidades para que estas avisen anticipadamente cuando venga una

excursión.

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31

Sinforiano Reyes, comenta que algunas personas por ignorancia graban cantos

fúnebres como canciones para comercializarla, por lo cual pensamos que se puede

dar el caso con Palenque y nosotros lo consideramos como una violación.

Inmediatamente después de esta intervención se le cede la palabra tercer grupo:

Grupo 3: Derecho Y Obligaciones De Los Palenqueros E Investigadores.

Integrantes:

Jose Manuel Hernández C

Dayris B Salgado M

Antonia Márquez G

Jhon Jairo Salgado P

Ylbre Miranda M

Encarnación Padilla

Concepción Hernández N

Ada Carolina Torres

Bernardino Reyes M

Cristina Daza Rodríguez

Este grupo es coordinado por Cristina Daza y el encargado de realizar la

presentación es Manuel Hernández, el cual inicia diciendo: que luego de la

discusión en su grupo decidieron trabajar algunos apartes que se exponen a

continuación.

1. Se deben colocar carteleras para informar a la comunidad la llegada de

excursiones, para que así esta pueda estar preparada para recibir a los

turistas a investigadores.

2. La comunidad debe saber que pasa con los dividendos que dejan dichas

excursiones. Otro de los apartes que se trataron en este grupo fue:

3. Debe existir una oficina en Bogotá de Palenque para que regule el ingreso

de los turistas e investigadores a la comunidad.

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4. Se debe respetar la vida cotidiana de las personas y no irrumpir en la

cotidianidad de la comunidad sin previo aviso.

5. Se debe pedir concepto a los ancianos, para realizar cualquier

procedimiento a interior de la comunidad, ya que están un tanto marginado

de todos los procesos.

Otros de los aspectos que toco este grupo fue los derechos, dentro de los cuales

Manuel señala que:

1. La comunidad debe conocer que es lo que se va indagar

2. La comunidad, debe contar con un pliego de preguntas que sean

permitidas, para que los investigadores las conozcan y no pregunten

cosas que importunan a los pobladores.

3. Con los recursos se deben hacer obras para la comunidad

De igual forma Manuel señala cuales son las obligaciones de los investigadores y

entre estas encontramos:

1. Contar a la comunidad lo que se esta haciendo.

2. Cuidar el espacio, realizar su investigación sin alterar o dañar el

medio.

3. De igual forma la comunidad tiene la responsabilidad de cuidar al

investigador, es decir su seguridad esta en manos de la comunidad.

Por otro lado Manuel apunta también a la Ética y valores de comunidad

Ya que debe haber un respeto reciproco, por parte y parte además los visitante

deben preguntar con cautela, ya que hay ciertas cosas que no se pueden preguntar,

por que hacen parte de la intimidad de la comunidad.

Otros de los elementos resaltados por Manuel, fue no robar, que los recursos que

llegan a la comunidad no se pierdan, sino que se inviertan en algún tipo de obra.

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33

Luego de presentación de este grupo Enrique Sánchez apunta a que no se debe

hacer referencia a no robar puesto que no es un deber, si no referirse a que los

dineros se manejen con total transparencia.

Terminada la intervención de este grupo continúa el cuarto y ultimo.

Grupo 4: Derecho A La Propiedad Colectiva:

Integrantes:

Rodrigo Miranda M

Enrique Sánchez

Enrique Márquez S

Lisandro Miranda

Ricardo Hernández N

Francisco Cañate

Josefa María Hernández C

La persona encargada en hacer la presentación es Rodrigo miranda quien apunta a

que el grupo realizo el trabajo partiendo de dos puntos que son: los pasos para una

investigación y los derechos de la comunidad.

Rodrigo explica los pasos de una investigación que son:

1. La consulta, antes de toda investigación se debe hacer una consulta

previa con la comunidad.

2. Proceso de investigación, es toda la puesta en marcha de la investigación.

3. Productos, toda la información recopilada, durante el proceso de

investigación.

4. Devolución y socialización de la información usos de la investigación.

Que los productos no solo sean devueltos, sino socializados para

contextualizar la información al interior de la comunidad.

5. Materiales pedagógicos, también se busca que dichos productos puedan

ser utilizados con fines pedagógicos.

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34

Luego Rodrigo señala cuales son los derechos de la comunidad frente a una

investigación:

1. Conocer dicha investigación y luego decidir si la acepta o no, pero además de

esto Rodrigo plantea el interrogante de quien decide, a los cual la respuesta

brindada por el, es el consejo comunitario de Palenque.

2. Otros de los derechos es la participación comunitaria, la comunidad tiene

derecho a participar en la investigación.

3. La comunidad tiene derecho a realizar una veeduría a la investigación, una

especie de seguimiento continúo a la misma.

4. Que la información sea devuelta a la comunidad. Que se reconozcan los

derechos morales y patrimoniales individuales y colectivos.

5 Que se respete la denominación de origen de San Basilio de Palenque, ya que

algunos investigadores y comerciantes utilizan el nombre de Palenque para

comercializar sus productos.

6. También la comunidad tiene derecho a que se respete la confidencialidad de

la información, puesto que el informante puede dar al investigador algún tipo

de información confidencial, para que este logre comprender mejor una

realidad determinada, pero no para que sea divulgada y por ende el investigador

debe respetar esa confidencialidad.

De igual modo este grupo también trabajó otros elementos para el código los cuales

Rodrigo expuso en el siguiente orden:

1. Cualquier uso comercial de la investigación debe ser consultado y

aprobado por el consejo.

2. El beneficio colectivo debe primar sobre el individual.

3. El código que se logre construir no solo será para extraños, sino para

los propios palenqueros también.

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Siendo las 4:38 Terminada la presentación de este grupo, el equipo agradece una

vez más a los asistentes por su presencia y da por terminado el taller.

Anexo 2:

Fotografías del Taller en San Basilio de Palenque jueves 04 de

diciembre de 2008.

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Anexo 3:

PRIMER TALLER PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CÓDIGO DE ÉTICA

DEL ESPACIO CULTURAL DE SAN BASILIO DE PALENQUE.

Lugar: Cartagena de Indias, diciembre 05 de 2008.

El taller previsto para el día en curso no se pudo realizar como estaba programado

puesto que las persona que fueron sujeto de la convocatoria al taller no asistieron,

el equipo llego a la conclusión de que tal vez, se dio esta situación debido a que era

un viernes y ese día las personas trabajan, además la gran mayoría de convocados

son trabajadores en las playas de Cartagena y es época de temporada por lo cual la

asistencia fue nula.

No obstante siendo las 8:30 am se reunieron en las instalaciones de la Biblioteca

Distrital Jorge Artel, Luis Gerardo Martínez ( investigador del equipo), Cristina

Daza(investigadora del Observatorio del Caribe Colombiano), Enrique Sánchez (

delegado del ministerio de Cultura)y Josefa María Hernández (asistente del

equipo), luego de esperar un tiempo prudencial, los arriba mencionado decidieron

que lo mejor era trabajar sobre los insumos que salieron, como resultado del taller

realizado en Palenque el día anterior.

En consonancia con esto siendo las 10:oo am se inicio el trabajo.

El señor Enrique Sánchez propuso que partiéramos del trabajo realizado en los

grupos en Palenque y partir de allí para ubicar algunos elementos que pueden ser

utilizados como base en la construcción de l código de ética.

La metodología del trabajo se centraba en los puntos fundamentales de cada grupo

del día anterior y sobre todo aquellos temas que eran comunes a todos los grupos.

Para iniciar el trabajo fue necesario utilizar un papelografo en el cual, Josefa María

consignaría todas las conclusiones a las cuales llegara el grupo.

El primer ítem a abordar fue:

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CONSULTA PREVIA A LA COMUNIDAD,

Puesto que todos los trabajos del día anterior coincidieron, que antes de realizar

cualquier investigación en Palenque lo primero es consultar a la comunidad, para

que así, sea ella quien decida si acepta o no, que la investigación sea llevada a cabo.

En este sentido el grupo llego a la conclusión que luego de la consulta, el primer

principio al que se debe someter toda investigación es:

6) Principio: derecho a conocer y decidir:

En cuanto al hecho de consultar la investigación con la comunidad surge el

interrogante de:

¿A quién se consulta?: en cuanto a este interrogante el grupo llego a la conclusión

de que la consulta se debe hacer a la junta del Consejo Comunitario, porque se llego

a la conclusión de que el Consejo Comunitario es toda la comunidad de Palenque,

por ende debe haber un ente encargado para la consulta, por lo cual se definió lo

siguiente:

- La junta debe informar de manera previa a la comunidad, sobre cualquier

investigación a realizarse, para escuchar y tener en cuenta a la misma en el

momento de tomar la decisión de aceptar o rechazar una investigación.

- La junta (con participación del consejero de cultura) tomará las decisiones,

después de escuchar a la comunidad.

Otro de los elementos tratados por el grupo fue:

7) Los criterios para evaluar y decidir sobre las investigaciones

que sobre Palenque se realizan.

Luego de analizar los trabajos realizados, el día anterior en Palenque y contando

con la presencia de Johana Mantilla (arqueóloga), el equipo considero que los

siguientes criterios deben ser tomados en cuenta en la construcción del código de

ética:

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40

- La presentación del investigador y su equipo (quien es, de donde viene y que

pretende).

- La presentación de la investigación (beneficios), es necesario avanzar en los

métodos de multiplicación de los resultados de la investigación.

- La vinculación calificada de estudiantes o en proceso de formación y

profesionales palenqueros en el desarrollo de la investigación.

- La información de la investigación debe ser el resultado de la participación

comunitaria.

- Tener información completa sobre el proceso y los impactos de la

investigación.

- Los límites de la investigación, los designa la comunidad (protección del

conocimiento ancestral, la intimidad, etc.).

- Los procedimientos utilizados en la investigación deben ser respetuosos de

la cultura y la forma de vida de la comunidad palenquera.

- Debe haber claridad sobre como va a ser el uso de los resultados de la

investigación y sobre los derechos del investigador y de la comunidad

palenquera en dicha investigación.

- La investigación no debe ir en detrimento de la cultura y los espacios

culturales, sino que debe tender a fortalecerlos.

Luego de llegar a los anteriores acuerdos el equipo (bajo la asesoría y tutoría de

Enrique Sánchez) consideró que era importante abordar:

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41

8) Los procedimientos para la realización de las investigaciones

Tomando como punto de partida los resultados del trabajo realizado el día

anterior en Palenque, y sentando sus posiciones frente a cada una de las

apreciaciones de los grupos de trabajo, Enrique Sánchez, Cristina Daza, Luis

Gerardo Martínez, Johana Mantilla y Josefa María Hernández, llegaron a las

siguientes conclusiones en cuanto a los criterios:

- Los investigadores deben realizar una solicitud y consulta por escrito

dirigida a la junta del consejo comunitario (que sea veraz y de buena fe).

- Designación de un acompañamiento (intermediario entre la comunidad y el

investigador) para el desarrollo de la investigación en la comunidad.

- La junta del consejo debe informar al investigador sobre las pautas de

comportamientos (locomoción, lenguajes, códigos, etc.) y restricciones

durante la realización de la investigación.

- La retribución y/o compensaciones por trabajos o servicios que el

investigador necesite, deben ser distribuidos de manera equitativa entre las

personas que realizaron los trabajos y la comunidad.

- Los conflictos se resolverán a partir del principio de buena fe y la junta del

consejo comunitario actuará como amigable componedor, para lo cual se

consultará a los abuelos y abuelas de palenque (ma gende ngande)

Inmediatamente después de considerar abordado en gran parte el ítem

anterior se decidió pasar al próximo que es:

9) Devolución de los resultados

En cuanto a este tema, los grupos en Palenque y el equipo de investigacion

consideraron que es de vital importancia, ya que es una forma de retribución de

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los productos de las investigaciones a la comunidad, por lo cual se llego a las

siguientes conclusiones:

Los productos resultante de cualquier investigación serán devueltos y

socializados (verbalmente), teniendo en cuenta la cultura, forma de vida y la

lógica comunitaria, la idea con esto es que los documentos devueltos al

pueblo no solo lleguen a la comunidad, como elemento para dotar la

Biblioteca, sino que puedan ser socializados, para que la comunidad pueda

tener claro cual es la utilidad del mismo, puesto que se darán casos de temas

de investigación con los que la comunidad no tiene familiaridad y por ende

no podrá comprender dichos temas, por lo que se requiere de la

socialización, en aras de que los documentos devueltos puedan tener una

utilidad para la comunidad.

- En la publicación y divulgación de la investigación, el autor debe reconocer y

respetar la denominación de origen del espacio cultural de San Basilio de

Palenque. Ya que se ha estado comercializando con el nombre Palenque.

- El investigador debe reconocer de forma expresa el aporte de las personas

que participen en la investigación y la comunidad.

- Se deben Reconocer los derechos patrimoniales, morales, individuales y

colectivos “teniendo en cuenta que lo derechos morales, son perpetuo y que

no se pueden renunciar a ellos” Enrique Sánchez.

10) Beneficios

En torno a este tema se han generado fuertes controversias, no solo en el taller

realizado en Palenque, sino también en esta sesión de trabajo, puesto que se

necesitó de un tiempo prudencial y de varias discusiones en torno al tema para

llegar a los siguientes acuerdos

- La retribución (económica o no) producto de una investigación deberá ser

acorde a las necesidades de la comunidad y a su vez proporcional al

proyecto en cuestión, teniendo en cuenta que las investigaciones realizadas

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por estudiantes en aras de graduarse no pueden ser retribuidas de igual

forma que una investigación lucrativa, por ende el estudiante puede

considerar que una forma de retribución, es devolver una copia de su trabajo

para que sea utilizado con fines pedagógicos al interior de la comunidad.

- Siendo las 4:30 pm se da por terminada la sesión de trabajo, dejando claro

que todos los elementos aquí recopilados solo son propuestas que se

utilizaran en la construcción del código de ética.

ANEXO 4:

Fotografías del Taller en Cartagena de Indias viernes 05 de diciembre

de 2008.

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