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CÓDIGO DE CONDUCTA PARA ONGS DE DDHH EN VENEZUELA PROPUESTA DE PRINCIPIOS SOBRE TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS

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Este código contiene algunos principios generales o enunciados básicos de actuación (sin que se pretenda realizar un reglamento), que permitirán iniciar un debate constructivo para el desarrollo de un Código de Conducta que resulte común para el desenvolvimiento de las ONGs en Venezuela, que reafirme el rol y compromiso con los principios de transparencia y rendición de cuentas.

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CÓDIGO DE CONDUCTA PARA

ONGS DE DDHH EN VENEZUELA

PROPUESTA DE PRINCIPIOS SOBRE TRANSPARENCIA

Y RENDICIÓN DE CUENTAS

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CÓDIGO DE CONDUCTA

PARA ONGS DE DERECHOS HUMANOS

EN VENEZUELA

Principios generales de funcionamiento para lograr un consenso en materia

de transparencia y rendición de cuentas

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COFAVIC, 2013

RIF: J-30372234-2

Dirección General de la Investigación y Publicación: Liliana Ortega Mendoza

Redacción: Liliana Ortega Mendoza Claudia Carrillo

Edición: COFAVIC

Producción editorial: Caligraphy Editores C.A. / Chávez & López Diseño Gráfico

Impresión: Corporación Franquet C.A.

Depósito legal: If72920133001206

ISBN Obra Independiente: 978-980-6703-27-8

Este material fue producido por COFAVIC con fines informativos. Los puntos de vis-ta que en él se exponen reflejan exclusi-vamente la opinión de COFAVIC y, por lo tanto, no expresan en ningún caso el punto de vista oficial del donante. Prohi-bida su venta y su reproducción sin auto-rización de la organización.

Esta publicación ha sido realizada gracias al apoyo de la Unión Europea.

COFAVIC: Avenida Urdaneta, esquina Candilito, edificio El Candil, piso 1, oficina 1A, La Candelaria. Caracas, Venezuela.

Teléfono: (0058) 2125729912 / (0058) 2125729631. Página web: www.cofavic.orgDirección de correo electrónico: [email protected]

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PRESENTACIÓN

Las organizaciones no gubernamentales (en adelante ONGs) desempeñan un rol medular en la construcción de una democracia más participativa y abierta, a través de la articulación y canalización de una pluralidad de intereses, opiniones y posiciones de diversos sectores de la sociedad.

En la última década se han producido importantes cambios en el ámbito de la cooperación al desarrollo, se han intensificado los esfuerzos por procurar ali-near prioridades, promover la interlocución, la inclusión, la cohesión social y el desarrollo sustentable como ejes transversales de todas las acciones emprendi-das, el respeto y la garantía de los derechos humanos y la perspectiva de género.

La labor desarrollada por las ONGs ha contribuido significativamente al afian-zamiento de un sistema de principios de aceptación universal, basado en la con-vivencia civilizada y en el respeto a la persona humana. La mayoría de los ins-trumentos de protección internacional que han sido suscritos y ratificados por los Estados contemplan propuestas concretas de redacción formuladas por las ONGs y la difusión de estos instrumentos; en buena medida, se debe mayorita-riamente al trabajo desplegado con enorme dedicación y creatividad por parte de estas organizaciones.

Luego de años de lucha, el movimiento de derechos humanos en Venezuela está integrado por una variedad de organizaciones, asociaciones y formas de acción colectiva que poseen objetivos, proyectos y estilos diversos.

También es de resaltar que, a pesar de los cambios políticos suscitados en las Américas y de los espacios conquistados, así como los avances en la protección y promoción de derechos humanos, lamentablemente en la actualidad, se pre-sentan nuevas modalidades de restricciones al trabajo de las ONGs debilitán-dose de manera progresiva las garantías de trabajo para los y las defensoras de derechos humanos.

Ante estos desafíos, resulta prioritario consensuar algunos principios y formas de funcionamiento que, sin interferir en la autonomía y pluralidad de las organi-zaciones, impulsen una mayor transparencia y una eficaz rendición de cuentas de su accionar. En este sentido se presentan algunos principios generales o enun-ciados básicos de actuación (sin que se pretenda realizar un reglamento), que permitirán iniciar un debate constructivo para el desarrollo de un Código de Conducta que resulte común para el desenvolvimiento de las ONGs en Vene-zuela, que reafirme el rol y compromiso con los principios de transparencia y rendición de cuentas.

A continuación presentamos 90 principios claves, agrupados en apartados temá-ticos: I) Identidad y legalidad; II) Transparencia; III) Modos de relacionamiento; IV) Activación del Código.

Para la preparación de este grupo de principios generales, COFAVIC realizó una rigurosa revisión de instrumentos similares de redes y plataformas de ONGs

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en Europa y Latinoamérica. También se realizaron diez reuniones de trabajo con líderes de ONGs venezolanas y se realizó una consulta online, la cual permitió la definición de estos principios.

Esta iniciativa forma parte del proyecto desarrollado por COFAVIC durante el lapso 2011-2013, apoyado por la Unión Europea, y titulado: “Fortalecimiento y desarrollo de la labor de las organizaciones de derechos humanos para afianzar el tejido social en Venezuela”, destinado a fortalecer a las organizaciones de dere-chos humanos de la sociedad civil venezolana para afianzar su sostenibilidad, su incidencia pública en la defensa por la lucha de los derechos humanos y, por ende, la democracia.

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1. IDENTIDAD Y LEGALIDAD

1. Concepto y Características de las ONG’s:De conformidad con el artículo 132 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV): “Toda persona tiene el deber de cumplir sus responsabilida-des sociales y participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social”. Es decir, las ONGs no sólo exigen su derecho a la libre asociación, sino además quieren ejercer libremente el deber de contribuir con el desarrollo del país, y en particular con el bienestar de los excluidos. El cumplimiento de ese deber constitucional debe ser estimulado por el Estado, de tal manera que cada día haya más y mejores personas y organizaciones promoviendo los derechos humanos.

Las ONGs se configuran y actúan en ejercicio del derecho de toda persona a asociarse libremente con fines lícitos, en los términos no sólo consagrados en la Constitución, sino en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos, suscritos y ratificados por la República (Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos).

La promoción y protección de los derechos humanos configuran el ejercicio no sólo de un fin legítimo sino, además, de un derecho constitucional y humano de toda persona, individual o colectivamente en los planos nacional e internacional (CRBV. Art.31). Este derecho a la promoción y protección de los derechos huma-nos es reconocido por instrumentos internacionales sobre la materia tanto de la ONU como de la OEA (Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos, contenida en la Resolución 53/144 aprobada por la Asamblea General de la ONU, el 8 de marzo de 1998), que establecen, además, el deber del Estado de garantizar dichas actividades de promo-ción y protección de derechos humanos (Declaración ONU, art. 12.2).

Principios asociados a la Identidad de las ONGs

Principio 1: La pluralidad y diversidad son elementos esenciales para el accionar de las ONGs de DDHH.

Principio 2: Las ONGs que acogen el presente Código, promueven y defienden los derechos humanos, como una forma de participar de manera solidaria en la vida política, civil y comunitaria del país.

Principio 3: Ejercen libremente el deber de contribuir con el desarrollo del país y, en particular, con el bienestar de los excluidos.

Principio 4: Cumplen con el ordenamiento jurídico nacional y monitorean estándares internacionales en materia de derechos humanos.

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Principio 5: Coadyuvan al Estado en el cumplimiento de los estándares de derechos humanos a favor del bienestar de las personas y en especial de grupos vulnerables.

Principio 6: Ejercen su legítimo derecho constitucional de libre asociación en Venezuela.

Principio 7: Estabilidad: cuentan con un grado mínimo de estructura esta-ble, con procedimientos y estatutos descritos como personalidad jurídica y capacidad legal, de acuerdo a la normativa nacional vigente.

Principio 8: Son organizaciones sin fines de lucro: sus ingresos están dirigi-dos al beneficio de los sectores más excluidos y vulnerables, al fortalecimien-to de las capacidades institucionales propias y de sus pares.

Principio 9: Se desempeñan como organizaciones en el campo de la coo-peración para el desarrollo, de la solidaridad y de las acciones de carácter humanitario.

Principio 10: Promueven la voluntad de cambio y de transformación social, centradas en un sujeto activo con capacidades para transformar su entorno (empoderamiento de las y los beneficiarios).

Principio 11: Los derechos humanos, la perspectiva de género y la justicia social, como parte indispensable del proceso de desarrollo, están incorpora-das en cada uno de sus proyectos.

Principio 12: Su activismo social se manifiesta de diversas formas: volun-tariado, actividades desplegadas, apoyo a beneficiarios, participación en redes nacionales, locales e internacionales.

Principio 13: Poseen plena autonomía institucional y decisoria respecto a cualquier instancia gubernamental, intergubernamental (esto implica que las ONGs no deben estar sujetas a ningún control o dependencia orgánica u organizativa de entidades públicas o grupos empresariales, deben fijar libre-mente sus objetivos y planes estratégicos, así como la selección de sus con-trapartes y beneficiarios). Las organizaciones que tengan algún tipo de depen-dencia religiosa, sindical o académica deben hacer pública dicha relación.

Principio 14: Disponen de recursos, tanto humanos como económicos, que son producto de la solidaridad, donaciones, cooperación internacional, responsabilidad social o del trabajo voluntario.

Principio 15: Estas organizaciones están dirigidas por representantes ele-gidos mediante mecanismos transparentes y participativos de elección de sus miembros, promoviendo la igualdad de género.

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Principio 16: Son transparentes en sus políticas, prácticas y presupuestos.

Principio 17: Son coherentes y consecuentes con la lucha contra la des-igualdad, la impunidad, la violencia de género y la pobreza, el respeto al medio ambiente y la promoción y protección de los derechos humanos.

Principio 18: A través de sus acciones, estas ONGs ratifican la interde-pendencia, la indivisibilidad y la universalidad de los derechos humanos.

Principio 19: Reivindican la plena independencia frente al Estado y ante partidos y grupos políticos.

2. Campo de trabajo de las ONGs

Las ONGs, por su propia naturaleza, se desempeñan en una amplia diversidad de campos, beneficiarios, objetivos y ámbitos.

Esta heterogeneidad se manifiesta a través de diferentes tipos de tareas y roles, distintos niveles de complejidad institucional y de conocimiento técnico, de moda-lidades y estilos de acción, etc., todos presentes en el universo de las ONGs. Elementos que no deben ser excluyentes para avanzar en un proceso de con-solidación y articulación más definido, resaltando las coincidencias y tomando la pluralidad como parte de la riqueza organizativa.

El campo de trabajo de las ONGs es amplio y diverso. En general, sin que esto configure una lista exhaustiva, este trabajo se realiza bajo varias modalidades:

• Educación y sensibilización.

• Procesos de exigibilidad de derechos humanos.

• Protección a grupos vulnerables (Ejemplo: indígenas, infancia, personas con discapacidad, entre otros).

• Ayuda humanitaria y en situaciones de emergencia.

• Incidencia política y cabildeo.

• Fortalecimiento institucional.

• Litigio y asesoría jurídica, en general.

• Apoyo psicosocial y en otras ramas de la salud.

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Principios asociados a la Identidad de las ONGs

Principio 20: En el conjunto plural que representan, concentran sus esfuer-zos en la dignidad de la persona, sus derechos humanos y promueven accio-nes concretas para atender las causas estructurales de la pobreza y propiciar el desarrollo social.

Principio 21: Para la realización de estas tareas tienen como eje central la interlocución y la participación de sus beneficiarios, siendo las necesidades de éstos un elemento decisorio de sus actividades, priorizando en los grupos más vulnerables y actuando frente a la desigualdad de género y cualquier forma de discriminación.

Principio 22: Se articulan para complementar su trabajo y brindar servi-cios de calidad a todos sus beneficiarios. Conocen y colaboran con el trabajo de otras ONGs.

2. TRANSPARENCIA

3. Rendición de Cuentas y Gestión en GeneralLa transparencia y la rendición de cuentas están asociadas a la responsabilidad de responder por un desempeño particular ante las expectativas de distintas partes interesadas. Tiene que ver con la rendición de informes financieros sobre servicios que la organización brinda, sobre los procedimientos empleados o metodologías utilizadas para lograr sus objetivos, guiadas por sus valores, su misión y visión.

Las ONGs no poseen un grupo definido frente a quien rendir, a diferencia de las empresas privadas o instituciones del Estado, por el contrario, lo tienen que hacer ante múltiples instancias: los donantes, beneficiarios, órganos de regulación fiscal y laboral, entre otros. Por lo tanto, la rendición de cuentas para las ONGs presen-ta mayores desafíos, por un lado, se rinden cuentas a donantes quienes entregan recursos y regulan la gestión de los mismos, también frente a quienes les dan su entidad jurídica y fiscal, pero, por otro lado, también están los beneficiarios o grupos con los que existen alianzas para desarrollar la labor, así como con quienes integran la ONG, ya que éstos esperan que se les represente adecuadamente.

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Principios asociados al criterio de rendición de cuentas:Principio 23: Las ONGs que se apegan al presente Código rinden cuentas ante los entes administrativos tributarios y bancarios pertinentes, según la legislación nacional vigente.

Principio 24: Facilitan de manera pública y periódica información sobre sus líneas de actuación, programas, objetivos, formas de obtención de recur-sos, cantidad de los mismos y distribución, composición de sus órganos de gobierno y gestión.

Principio 25: Publican anualmente una memoria con información sobre sus actividades, programas, recursos, estados y balances económicos, órganos de gobierno y gestión.

Principio 26: Se someten anualmente a rigurosos procesos contables y de auditorías periódicas.

Principio 27: Propician la elaboración de planes estratégicos de acción de sus organizaciones mediante procesos participativos.

Principio 28: Realizan la planificación económica y financiera bajo estrictos procedimientos internos.

Principio 29: Respetan la estructura de recursos humanos que se ha defi-nido en los programas y proyectos para una eficaz ejecución de las activi-dades previstas con los beneficiarios individuales y grupales a quienes van dirigidas las acciones de la ONG.

Principio 30: Garantizan la plena participación de los beneficiarios en la evaluación y registro de las actividades ejecutadas.

4. Gestión de recursos humanos y materiales

Las ONGs basan su funcionamiento en planes estratégicos anuales, plurianuales o proyectos específicos dependiendo de sus características, ubicación geográfica y alcance de su trabajo. En estos se definen las metas a cumplir, las poblaciones o grupos con los que se trabajarán y sus necesidades, el emplazamiento o región donde se ejecutarán las actividades, su duración y metodología, pero también se identifican los recursos necesarios, tanto humanos como materiales, para una ges-tión efectiva y eficiente de los mismos.

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Principios asociados a gestión de recursos humanos:

Principio 31: Las ONGs que se apegan al presente Código, respetan la legalidad laboral vigente cuando la relación entre ellas y las personas que aportan su trabajo se da por medio de una vía contractual y remunerada.

Principio 32: Visibilizan el apoyo del voluntariado que se recibe, centrados en su compromiso con la transformación social.

Principio 33: Adoptan en toda circunstancia las medidas necesarias para evitar que se produzca cualquier discriminación o exclusión de participación, por razón de raza, sexo, nacionalidad o religión. Así mismo, se desarrollan políticas internas que garantizan la efectiva igualdad de género y que favore-cen la participación de las minorías en la institución.

Principio 34: Definen claramente las relaciones con el voluntariado, respe-tándose sus derechos y los mecanismos de actuación previamente acordados.

Principio 35: Es información pública y accesible aquella referida a las redes o federaciones a las que pertenecen las ONGs que apoyan el presente Código.

Principios asociados a gestión de recursos financieros:

Principio 36: Para este grupo de ONGs el presupuesto constituye una herramienta esencial de control de la gestión de la organización.

Principio 37: Los presupuestos son elaborados de manera realista y con-forme a las necesidades de financiamiento que poseen las acciones previstas a ejecutar.

Principio 38: El personal directivo de la organización apoya las funciones de las áreas de administración y contabilidad en la formulación y ejecución del presupuesto, de acuerdo a las prioridades, metas y objetivos establecidos.

Principio 39: Cuentan con políticas claras para normar el uso de los recursos provenientes de las distintas subvenciones y/o donaciones de cara al logro de los objetivos planteados. Emplean criterios de optimización y uso racional de los recursos humanos, físicos y financieros disponibles.

Principio 40: Poseen un manual interno de procedimientos administrati-vos. Los responsables directos de la ejecución financiera y técnica de las acti-vidades rinden cuentas oportunamente por el cumplimiento de las normas y regulaciones aplicables en su respectivo ámbito de trabajo.

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Principio 41: Las necesidades de recursos humanos (voluntariado y per-sonal remunerado) están definidas de acuerdo con las necesidades reales de la acción y están relacionadas con el logro de los objetivos estratégicos de las ONGs.

Principio 42: Diseñan y aplican regulaciones internas destinadas a la pre-servación del medio ambiente (Ejemplo: metodologías, ahorro de energía, equipos, uso racional del papel, entre otros).

Principio 43: Realizan anualmente, como mínimo, informes de seguimiento y evaluación de las actividades realizadas en cada uno de los proyectos y actividades ejecutadas.

Principio 44: Poseen personal administrativo y contable dentro de las ONGs, responsables de la ejecución de los procesos, con los conocimientos y experiencias suficientes sobre las funciones y responsabilidades que con-lleva la administración financiera, muy particularmente de las organizaciones sociales sin fines de lucro para un mejor desempeño y rendición de cuentas.

Principio 45: Procuran la relación costo-calidad, antes de tomar una deci-sión de compra.

5. Formas de gobierno y mecanismos de participación en las ONGs

Este apartado implica los criterios de gobernanza y estatutarios que hayan definido las ONGs al momento de su constitución como asociaciones civiles sin fines de lucro. Hace referencia a aquellos mecanismos de participación y toma de decisio-nes respecto a quienes componen la junta directiva, miembros consultivos o la frecuencia de asambleas, por ejemplo.

Principios asociados a gobernanza:

Principio 46: Los órganos de gobierno y gestión de las ONGs se eligen regularmente y respondiendo a las especificaciones estatutarias establecidas por cada ONG.

Principio 47: Las ONGs que se apegan al presente Código, garantizan la igualdad de género en la participación de los órganos de gobierno y gestión. La proporción de hombres y mujeres no es superior al 60% ni inferior al 40%.

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Principio 48: La proporción máxima de miembros del órgano de gobierno que mantienen relación de parentesco hasta segundo grado, cónyuge o rela-ción estable de hecho no debe representar más del 20%.

Principio 49: El 80% de los miembros del órgano de gobierno asiste como mínimo al 50% de reuniones celebradas al año.

Principio 50: La composición del órgano de gobierno es accesible y está a disposición pública (nombre, cargo, funciones y breve descripción de su trayectoria).

Principio 51: La opinión de beneficiarios, voluntariado, personal de planta y miembros de las ONGs cuenta al momento de la elaboración de sus corres-pondientes planes estratégicos.

Principio 52: Los estatutos de las ONGs son accesibles y están a disposi-ción pública.

6. Visibilidad, pautas comunicacionales y uso de imágenes:

La visibilidad es un instrumento de sensibilización, concienciación y educación. Las pautas comunicacionales comunes permiten mantener una línea de información a favor del respeto por la dignidad, los derechos humanos, superación de la pobreza, por la igualdad y la no discriminación, a favor de la paz.

Principios asociados a visibilidad y comunicaciones:

Principio 53: Las ONGs que se apegan al presente Código promueven el conocimiento objetivo de las realidades con las que trabajan.

Principio 54: Sitúan como protagonistas de la comunicación a las personas, las situaciones y los pueblos.

Principio 55: Mantienen un pleno respeto por la dignidad de las personas y de los principios de los derechos humanos, la igualdad de género y la no discriminación por cualquier causa.

Principio 56: Son frontales en la exposición de valores intrínsecos a la labor de las ONGs: la defensa de los derechos humanos, la solidaridad, la independencia, la responsabilidad y la equidad de género.

Principio 57: Promueven la participación activa de las personas en la comunicación.

Principio 58: Ejercen el derecho humano y constitucional de libertad de expresión.

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Principio 59: Promueven y ejercen el derecho constitucional de acceso a la información pública.

Principio 60: Articulan esfuerzos con periodistas y medios de comunica-ción para la difusión y reafirmación de los principios de derechos humanos.

Principio 61: Evitan la confusión y la generalización, así como el uso de imágenes que vayan en contra de la dignidad de las personas y grupos.

Principio 62: Respetan la presunción de inocencia y el derecho a la intimi-dad de todas las personas, sin distinciones.

Principio 63: Facilitan el acceso a los medios de comunicación de los bene-ficiarios y ONGs emergentes, así como de los grupos de base.

3. MODOS DE RELACIONAMIENTO

7. Relaciones entre las ONGs

Se refiere a aquellas pautas necesarias para el trabajo coordinado y articulado entre ONGs, evitando la duplicación de esfuerzos, el trabajo aislado y la compe-tencia.

Principios asociados a relaciones entre ONGs:

Principio 64: Las ONGs que se apegan al presente Código, respetan la autonomía de objetivos, medios humanos y financieros, y filosofía de cada organización.

Principio 65: Fomentan y facilitan la comunicación entre las organizaciones e informan sobre los temas comunes de interés para las mismas.

Principio 66: Favorecen la articulación y la realización de acciones conjun-tas entre las organizaciones.

Principio 67: Promueven y fortalecen la participación en formas coordi-nadas de actuación, como redes y plataformas nacionales e internacionales.

Principio 68: Dan seguimiento y emiten pronunciamientos oportunos ante eventuales restricciones legislativas, administrativas, penales o de otro carác-ter que limiten la labor de las ONGs, la cooperación nacional e internacional.

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8. Relaciones con los beneficiarios:

Las ONGs, como canales de participación ciudadana, basan su labor en la relación con beneficiarios o grupos identificados como destinatarios, junto a los cuales se diseñan un conjunto de acciones para atender las problemáticas que les afectan y que son objeto de su estudio o interés.

Principios asociados a la relación con los beneficiarios:

Principio 69: Las ONGs, como canales de participación ciudadana, asumen la promoción de la libertad, la justicia y la solidaridad, así como, constituyen una referencia creíble y coherente en la sociedad, por lo que afianzan y pro-mueven el protagonismo ciudadano.

Principio 70: Promueven la relación con los poderes públicos, con el sec-tor privado y con otros agentes sociales, con el fin de influir positivamente en sus políticas. Todo ello dentro de un marco estratégico y basándose en los principios éticos definidos en este Código.

Principio 71: Informan a los beneficiarios el origen de los fondos utilizados en cada una de las actividades que realizan.

Principio 72: Comunican periódicamente a los beneficiarios sobre los resultados e impacto de los proyectos en los que han participado.

9. Relación con los donantes:

En este apartado se describen algunas pautas mínimas orientadas a mejorar la rela-ción con los donantes y aquellas entidades financiadoras que respaldan la labor que hacen las ONGs. Es importante destacar que los donantes también son diversos, por tanto, la relación con ellos amerita de pautas básicas que van desde el respe-to, la constancia, cumplimiento de plazos y acuerdos, honestidad en la relación, comunicación, hasta la rendición de cuentas. Existen donantes pequeños, grandes agencias de cooperación internacional, organismos multilaterales, entre otros, por lo que las ONGs requieren de unos procedimientos compartidos que favorezcan y mejoren la relación con estos y aseguren nuevas experiencias de apoyo y coo-peración.

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Principios asociados a la relación con los donantes:

Principio 73: Las ONGs que se apegan al presente Código garantizan que la procedencia de las donaciones no afecta su libre actuación y autonomía política.

Principio 74: Respetan los procedimientos administrativos, de ejecución y de destino de los fondos convenidos con los donantes.

Principio 75: Velan porque se cumplan los ocho Convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), referidos al trabajo forzoso, al trabajo infantil y al derecho a formar parte de un sindicato.

Principio 76: Las ONGs no establecen relaciones con empresas que fabri-quen armas o trafiquen con ellas.

Principio 77: Las ONGs no se asocian con ninguna campaña publicitaria que potencie y promueva el consumo de productos dañinos para la salud como el tabaco o el alcohol destilado, la discriminación de género o de cualquier otra índole.

Principio 78: Cumplen pautas comunicacionales y de visibilidad del donante, de acuerdo a sus requerimientos en convenios establecidos y suscritos.

4. ACTIVACIÓN DEL CÓDIGO

10. Aprobación y Aplicación

Las ONGs deberán suscribir formalmente el precedente Código aceptando el con-tenido de los principios generales expuestos.

Principios asociados a la difusión:

Principio 79: La difusión del Código se realizará con colaboración de las ONGs participantes y suscribientes para clarificar el concepto, los objetivos y las actuaciones (prácticas) de las ONGs.

Principio 80: Las ONGs que se apegan al presente Código garantizarán la difusión de estos principios de transparencia, democracia interna y austeridad en la actuación de las ONGs.

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Principio 81: Darán a conocer a la sociedad venezolana los criterios de actuación aceptados mediante consenso por las ONGs para el presente Código.

Principio 82: El Código de Conducta de las ONGs deberá ser conocido por: a) Las organizaciones firmantes del mismo, b) Los socios y colaborado-res (de cualquier tipo) que deseen conocerlo, c) Los donantes y agentes de la cooperación internacional y nacional que colaboran con las ONGs, d) Las contrapartes, e) Los donantes y agentes de la cooperación internacional y nacional que colaboran con las ONGs, f) Las redes y otras formas de articu-lación nacional e internacional, g) los beneficiarios.

11. Cumplimiento del Código

Incluye los mecanismos de seguimiento al cumplimiento de los principios aproba-dos por las ONGs que suscriben el presente Código:

Principio 83: Para la verificación del cumplimiento del Código se creará una Comisión de verificación que se elegirá entre las ONGs firmantes del instrumento.

Principio 84: La Comisión de verificación tendrá dentro de sus atribucio-nes principales: a) Fomentar la difusión y aplicación del Código, b) Promover el seguimiento entre las ONGs firmantes, c) Interpretar el Código y asesorar en su aplicación efectiva, d) Informar a las ONGs que han suscrito el Código de nuevas ratificaciones.

Principio 85: La Comisión de Verificación estará integrada por cuatro miembros de las ONGs que hayan suscrito el Código debidamente elegidas por ellas y por cuatro personas externas a las ONGs de reconocida honora-bilidad y competencia profesional que sean invitadas por las ONGs que han suscrito el instrumento.

Principio 86: La Comisión de Verificación se reunirá trimestralmente de manera ordinaria y las veces que requiera de manera extraordinaria por la convocatoria de la mitad más uno de sus integrantes.

Principio 87: La Comisión de Verificación contará con personas exper-tas aliadas pro bono en diversos temas (tecnología, administración, recur-sos humanos, abogados, etc.) para brindar orientación a la Comisión y a las ONGs que demanden asesoría especializada.

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Principio 88: Cuando se actúe individualmente con una ONG en la apli-cabilidad y seguimiento del Código, la Comisión de Verificación deberá pro-mover un diálogo directo con la ONG atendiendo las razones expuestas por esta. Como producto de este intercambio, la Comisión formulará recomen-daciones específicas a la ONG para que adecúe en un plazo no mayor de seis meses sus actuaciones al Código.

Principio 89: La Comisión de Verificación remitirá sus observaciones al pleno de los firmantes del Código, de no ser atendidas en el plazo establecido por la ONG sus recomendaciones, a modo informativo y para que se explo-ren otros mecanismos de apoyo a la ONG para que se apegue al contenido del Código.

Principio 90: La Comisión de Verificación elaborará un cuestionario de autoevaluación que debe ser respondido y fundamentado anualmente por las ONGs firmantes. Este mecanismo de evaluación facilitará los procesos de adecuación del conjunto de ONGs firmantes a los principios que integran el presente Código de Conducta.

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5. CONSIDERACIONES FINALESEl diseño compartido de un Código de Conducta para ONGs de Derechos Huma-nos en Venezuela requiere del compromiso del colectivo de organizaciones del país alrededor de principios generales de funcionamiento que permitan lograr un con-senso en materia de transparencia y rendición de cuentas, que mejore la capacidad de funcionamiento y por ende incremente el nivel de confianza de los beneficiarios y por parte de las instituciones del Estado, con quienes las organizaciones ejercen el derecho constitucional de la contraloría social.

En este sentido, este documento representa un paso inicial para la promoción de espacios de debate y reflexión en torno a estos principios que forman parte de nuestra identidad como organizaciones no gubernamentales al servicio de las per-sonas, comunidades y grupos vulnerables.

Representa una herramienta que facilitará la construcción colectiva de estos prin-cipios y dependerá de cada organización involucrada en el proceso que los mismos surjan a partir de una evaluación profunda y honesta de nuestro accionar, de cara a los temas que atienden y de las dificultades que enfrentan las organizaciones en su campo de trabajo.

El seguimiento que se haga al proceso de adaptación de los principios que se lle-guen a consensuar, permitirá en la práctica también detectar aspectos internos y externos a las organizaciones, que pudieran limitar las garantías de trabajo para los defensores de derechos humanos en el país. Por lo tanto, es un valioso recurso que, al ser difundido, permite mejorar las percepciones que se tienen sobre el legítimo funcionamiento y labor de las organizaciones.

El Código de Conducta para ONGs de Derechos Humanos en Venezuela busca desde la diversidad que existe en las organizaciones condensar las aspiraciones asociadas a la visión de un mundo más equitativo, igualitario, participativo y de paz.

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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

• Asociación Chilena de ONG- ACCIÓN (2008). Ética para la Acción: un apor-te a la transparencia y a la democracia. Código de Conducta Ética, Carta de Prin-cipios, Guía de PNG asociadas a ACCIÓN. Chile. http://accionag.cl/wp-content/uploads/2009/10/8.pdf

• Asociación Mundial de Organizaciones No Gubernamentales-WANGO (2005). Código de Ética y Conducta para las ONG. WANGO. Nueva York. http://www.wango.org/codeofethics/COESpanish.pdf

• Brown, D y Jagadananda (2007). Legitimidad y rendición de cuentas de la Sociedad Civil: Temas y Desafíos. The Hauser Center for Nonprofit Organizations y CIVI-CUS.

• Christian Relief & Development Association CRDA. Ethiopia http://www.crdaethiopia.org/Code%20of%20Conduct/CoC.Final.pdf

• COFAVIC (2013). Manual Básico de Gestión Financiera para ONG’s de DDHH. COFAVIC. Caracas-Venezuela.

• Comisión Europea (2010). Guía Básica de Gestión Financiera para los Beneficiarios de los Fondos de la UE en el marco de las acciones exteriores.

• Coordinadora de ONG de Desarrollo para el Desarrollo-España (2008). Códi-go de Conducta de las ONG de Desarrollo. España. http://accionag.cl/wp-content/uploads/2009/10/8.pdf

• The NGO HIV/SIDA (2004); Code of Conduct of Practice Projet. Suiza. http://www.satregional.org/sites/default/files/publications/NGO_code_of_conduct.pdf