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MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
“¡Orientando, Fiscalizando, …, Siempre Trabajando!”Dra. FANNY VILMA RUIZ ROJAS
Sub Directora de Inspección Laboral15/08/06
DEFINICIONES
AMBITO: Todos los sujetos obligados o responsables del cumplimiento de las normas socio laborales (Publicas o Privadas): empresas, centros de trabajo, lugares en que se ejecuten la prestación laboral, sujetos al régimen laboral de la actividad privada. (Art. 1-A del Reglamento) agregando los lugares donde se preste trabajo infantil
AMBITO: Comprende a Jóvenes en formación, trabajadores, ex trabajadores, organizaciones sindicales y empleadores (Público o Privado) sujetos al régimen laboral de la actividad privada. Se extiende a las Cooperativas de trabajadores y a sus socios trabajadores, agencias de empleo y trabajadoras del hogar
OBJETO: Regular el Sistema de Inspección del Trabajo, su composición, estructura orgánica, facultades y competencias.
OBJETO: Establecer la competencia, facultades, principios organizativos y procedimientos sobre Inspección del Trabajo y Defensa Legal Gratuita y Asesoría del Trabajador
Ley Gen. de Inspección del Trabajo
Decreto Legislativo Nº 910
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1. Legalidad2. Primacía de la Realidad3. Imparcialidad y
Objetividad4. Equidad5. Autonomía Técnica y
Funcional6. Jerarquía7. Eficacia 8. Unidad de Función y de
actuación9. Confidencialidad10. Lealtad11. Probidad12. Sigilo profesional13. Honestidad14. Celeridad
1. Legalidad2. Primacía de la
Realidad3. Carácter
Irrenunciable de los derechos laborales
4. Buena Fe5. Razonabilidad6. Proporcionalidad en
la sanción
Ley Gen. de Insp. del TrabajoDecreto Legislativo Nº 910
PRINCIPIOS (Generales / Ordenadores)
Facultades del Inspector Dec. Leg. Nº 910
1. Ingresar libremente a los centros de trabajo, sin previo aviso y a cualquier hora del día o de la noche
2. Requerir apoyo de la fuerza pública y descerraje del centro de trabajo
3. Interrogar a los trabajadores de la empresa y al empleador
4. En el caso de accidentes o enfermedades efectuar investigaciones, prueba o exámenes
5. Requerir la colocación de avisos
6. Exigir la exhibición de documentos
7. Obtener muestras de sustancia y materiales
8. Disponer medidas que corrijan una violación a la norma vigente
9. Disponer la adopción de medidas de seguridad e higiene
10. Proponer de oficio el cierre o clausura de locales
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Facultades Inspectivas en la Ley General de Inspección del Trabajo
1. Entrar libremente a cualquier hora del día o de la noche, sin previo aviso, en todo centro de trabajo.
2. Hacerse acompañar en las visitas de inspección por los trabajadores, representantes, peritos, técnicos o aquellos designados oficialmente.
3. Proceder a practicar cualquier diligencia de investigación, examen o prueba que considere necesario para:
3.1. Requerir información3.2. Exigir la presencia del empresario o sus representantes y
encargados3.3. Examinar en el Centro de Trabajo la documentación de la
empresa3.4. Tomar muestras de sustancias y materiales utilizados o
manipulados
4. Recabar u obtener información, datos o antecedentes para la función inspectiva
Facultades Inspectivas en la Ley General de Inspección del Trabajo
5. Adoptar una vez finalizada las diligencias inspectivas, las siguientes medidas:
5.1. Aconsejar y recomendar la adopción de medidas para el mejor cumplimiento de las normas socio-laborales
5.2. Dar una advertencia al sujeto responsable5.3. Requerir al sujeto responsable, adopte medidas de cumplimiento a
la normativa de orden socio-laboral5.4. Requerir al sujeto inspeccionado, en un plazo determinado, efectué
modificaciones en las instalaciones en salvaguarda de la salud oseguridad de los trabajadores.
5.5. Iniciar procedimiento sancionador mediante el acta de infracción o de infracción por obstrucción.
5.6. Ordenar la paralización o prohibición inmediata de trabajos o tareaspara la prevención de riesgos laborales.
5.7. Proponer el seguro complementario de trabajo de riesgo5.8. Comunicar a los organismos competentes en materia de seguridad
social los hechos verificados que constituyen infracción.5.9. Otras medidas se deriven e la legislación vigente.
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MEDIDAS DEL INSPECTOR DEL TRABAJO
ACTUACION INSPECTIVA
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ORGANIGRAMA ACTUAL
* DOBLE INSTANCIA
INSPECCION PROGRAMADA ACTUAL – D. LEG. 910
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DIRECCION NACIONAL DE INPECCION DEL TRABAJO
* DOBLE INSTANCIA
DIRECCION NACIONAL DE INSPECCION DEL TRABAJO
La Dirección Nacional de Inspección del Trabajo es la Autoridad Central del Sistema de Inspección, y tendrácomo funciones:
Dirección,
Organización,
Coordinación,
Planificación,
Seguimiento y
Control de la Actuación y el funcionamiento del Sistemade inspección.
En cada una de las Regiones existirá una Inspección Regional de Trabajo
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SISTEMA INSPECTIVO – LEY GENERAL DE INSPECCION DEL TRABAJO
SISTEMA INSPECTIVO – LEY GENERAL DE INSPECCION DEL TRABAJO
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SISTEMA INSPECTIVO – LEY GENERAL DE INSPECCION DEL TRABAJO
INFRACCIONES LABORALES
Decreto Legislativo Nº 910A) Primer Grado
Incumplir obligaciones formales
B) Segundo GradoIncumplir las normas de Seguridad y Salud en el TrabajoObstrucción; Inasistencia y Abandono
C) Tercer GradoNo pagar beneficios y derechos laborales de carácter irrenunciableNo registrar en planilla al trabajador ; adolescente sin autorización
Ley Gen. de Inspección del Trabajo
1) LevesLos Incumplimientos afecten obligaciones meramente formales
2) GravesLoa actos u omisiones sean contrarios a los derechos de los trabajadores
3) Muy GravesAfecten derechos , especial transcendencia por el deber infringido
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CUANTIA DE LAS SANCIONES
Decreto Legislativo Nº 910A) Primer Grado
Max. 5 UIT
B) Segundo Grado
Max. 10 UIT
C) Tercer Grado
Max. 20 UIT
(D.S. Nº 002-2006-TR; derogaD.S. Nº 006-99-TR)MYPE: Se reducirá un 50%
Ley Gen. de Inspección del Trabajo
1) LevesMax. 5 UIT
2) GravesMax. 10 UIT
3) Muy GravesMax. 20 UIT
La Multa Máxima por el total de infracciones detectadas, no podrásuperar 30 UIT
MYPE : Se reducirá un 50%
S/.3,400UIT:
100%80%50%30%20%10%5%10UIT
3400027200170001020068003400170034000
3º
100%80%50%30%20%10%5%5 UIT
1700013600850051003400170085017000
2º
100%80%50%30%20%10%5%2.5 UIT
8500.006800.004250.002550.001700.00850.00425.008500
1º
201-a+100-20041-10021-4011-206-101-5
numero de trabajadores afectadosBase deCálculo
Gravedad
TABLA DE INFRACCIONES
10
S/. 3,400.00UIT:
50%30%20%10%5%5UIT
850051003400170085017000
3º
50%30%20%10%5%2,5 UIT
4250255017008504258500
2º
50%30%20%10%5%1,25 UIT
2125.01275850425212.54250
1º
41-5021-4011-206-101-5
numero de trabajadores afectadosBase de CálculoGravedad de la Infracciò
n
ESCALA ESPECIAL MYPE
TABLA DE INFRACCIONES
17000-34000
5-10 UIT
OBSTRUCCIONINASISTENCIA,
ABANDONO
TABLA DE INFRACCIONES
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REDUCCION DE LA MULTA IMPUESTA
Decreto Legislativo Nº 910
a) 50 % de la Multa originalmente impuesta cuando el empleador acredita la subsanación dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que quedo consentida la Resolución de Primera Instancia
b) Al 75 % de la Suma impuesta cuando resuelto el Recurso de la Apelación, acredita la subsanación de las infracciones detectadas dentro de los 10 días hábiles siguientes.
REITERACION: DUPLICA la Multa
Ley Gen. de Inspección del Trabajo
a) 30 % de la Multa originalmente impuesta cuando el empleador acredita la subsanación dentro de los tres días de plazo para apelar
b) 50 % de la Suma impuesta cuando resuelto el Recurso de la Apelación, acredita la subsanación de las infracciones detectadas dentro de los 10 días hábiles siguientes.
REITERACION: Se incrementa en un 100%
RECURSOS DE IMPUGNACION
1. Recurso de Apelación
2. Recurso deQueja
1. Impugnación del Acta de Inspección
2. Recurso de Reposición
3. Recurso de Apelación
4. Recurso de Queja
5. Nulidad
Ley Gen. de Insp. del TrabajoDecreto Legislativo Nº 910
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BENEFICIOS DE LA NUEVA NORMA
1. El nuevo procedimiento es menos sancionador, y otorga un plazo de 30 día hábiles ( o mayor según las circunstancias) para subsanar infracciones detectadas.
2. La Dirección Nacional permitirá uniformizar criterios y aplicaciones de las disposiciones legales inspectivas a nivel nacional, y podráhacer supervisiones
3. El procedimiento será más expeditivo con mayor celeridad, se evitarán trabas procedimentales
4. Multa, se pone un límite máximo (30 UIT)
5. Inspectores: De los 94 Inspectores y 16 Supervisores; se va a incrementar en número y se va a contratar a inspectores Auxiliares
6. Se le da mayores Facultades al Inspector del Trabajo, juega un rol fundamental
7. Se mejora el Derecho de Defensa del empleador (oportunidad de evitar sanciones económicas que perjudiquen a la empresa y su funcionamiento.
INSPECCION LABORAL
• ¡¡MUCHAS GRACIAS !!