charla resp leg

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¿Quiénes podrían responder penalmente en el organigrama de la empresa en caso de un accidente? Todos los que hubiesen incurrido al interior de la empresa en infracción del deber de dirección, supervisión y vigilancia del riesgo respecto de esta operación. Todos aquellos que incurrieron en infracción de sus deberes de cuidado, que aun cuando desconocieran las condiciones de desempeño, no adoptaron medidas de vigilancia y control exigibles y efectivas asociadas con el riesgo y desempeño de esta operación. Todos los que sabían de esta operación. Todos los que debían saber de esta operación. Todos aquellos que no obstante haber delegado sus funciones, no aplicaron las medidas de vigilancia y control exigibles sobre el delegado para esta operación en particular. Todos aquellos que procedieron con falta de cuidado grosero en esta operación. ¿Cuándo un supervisor de línea podría ser penalmente responsable ante un accidente de competencia del ministerio público? Cuando dentro del Organigrama Empresarial, permitió una operación de riesgo subestándar de seguridad, que ponía en peligro la vida y/o salud de los trabajadores, sea por acción u omisión, de manera negligente con infracción de reglamentos, o bien, por imprudencia temeraria o negligencia grosera de sus obligaciones de acuerdo a protocolos, rol, cargo y facultades que desempeñaba.

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Page 1: Charla Resp Leg

¿Quiénes podrían responder penalmente en el organigrama de la empresa en caso de un accidente?

Todos los que hubiesen incurrido al interior de la empresa en infracción del deber de dirección, supervisión y vigilancia del riesgo respecto de esta operación.

Todos aquellos que incurrieron en infracción de sus deberes de cuidado, que aun cuando desconocieran las condiciones de desempeño, no adoptaron medidas de vigilancia y control exigibles y efectivas asociadas con el riesgo y desempeño de esta operación.

Todos los que sabían de esta operación.

Todos los que debían saber de esta operación.

Todos aquellos que no obstante haber delegado sus funciones, no aplicaron las medidas de vigilancia y control exigibles sobre el delegado para esta operación en particular.

Todos aquellos que procedieron con falta de cuidado grosero en esta operación.

¿Cuándo un supervisor de línea podría ser penalmente responsable ante un accidente de competencia del ministerio público?

Cuando dentro del Organigrama Empresarial, permitió una operación de riesgo subestándar de seguridad, que ponía en peligro la vida y/o salud de los trabajadores, sea por acción u omisión, de manera negligente con infracción de reglamentos, o bien, por imprudencia temeraria o negligencia grosera de sus obligaciones de acuerdo a protocolos, rol, cargo y facultades que desempeñaba.

Fuente: www.lmoabogados.cl Minera esperanza.