caso yesenia poma

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SOLICITO: COPIA CERTIFICADA DE HISTORIA CLINICA SEÑOR DIRECTOR DEL HOSPITAL CARLOS MONGE MEDRANO DE LA CIUDAD DE JULIACA.- YESENIA POMA CALLO, IDENTIFICADO CON DNI NRO.02036604, con domicilio en el Jr. Alejandro peralta Mz. B lote 15, de la ciudad de Juliaca; a Ud., en debida forma: Que, de conformidad a lo establecido en la ley General de Salud nro. 26842, vengo a solicitar copia certificada de la historia clínica de mi hermano CLEVER ARNOL CONDORI CALLO. - Anexo: Boucher de pago. POR LO EXPUESTO: Se sirva acceder conforme a lo solicitado. Juliaca, 04 de noviembre de 2015.

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Page 1: Caso Yesenia Poma

SOLICITO: COPIA CERTIFICADA DE HISTORIA CLINICA

SEÑOR DIRECTOR DEL HOSPITAL CARLOS MONGE MEDRANO DE LA CIUDAD DE JULIACA.-

YESENIA POMA CALLO, IDENTIFICADO CON DNI

NRO.02036604, con domicilio en el Jr.

Alejandro peralta Mz. B lote 15, de la

ciudad de Juliaca; a Ud., en debida

forma:

Que, de conformidad a lo establecido en

la ley General de Salud nro. 26842, vengo a solicitar copia

certificada de la historia clínica de mi hermano CLEVER ARNOL

CONDORI CALLO.

- Anexo:

Boucher de pago.

POR LO EXPUESTO: Se sirva acceder conforme a lo solicitado.

Juliaca, 04 de noviembre de 2015.

Page 2: Caso Yesenia Poma

DENUNCIA NRO. 15-2015.INVESTIGACION NRO. 30-2015.

FISCAL:

SUMILLA: 1. APERSONAMIENTO2. SE CURSE OFICIO

SEÑOR FISCAL DE LA SEGUNDA FISCALIA PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA – SAN ROMAN JULIACA.-

EMILIO CONDORI APAZA IDENTIFICADO CON DNI

NRO.02036604, en representación del menor

agraviado CLEVER ARNOL CONDORI CALLO, en la investigación sobre infracción a la

ley penal contra la vida, el cuerpo y la

salud en su modalidad de lesiones y en su

forma de lesiones graves, seguida con el

infractor Jhoel Ivan Larico Cayra, a ud.,

en debida forma digo:

Page 3: Caso Yesenia Poma

Sec. : Maria Lázaro L.

Expediente: 404 -2014Escrito: 01Sumilla: contesta la demanda y otros

SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE TURNO DE LA

PROVINCIA DE SAN ROMAN JULIACA

YESENIA POMA CALLO, en autos sobre

violencia familiar, seguido por Daniel

Meliton Condori Puma, a UD digo:

HECHOS EN QUE FUNDO MI DEFENSA

Que, a fin de poder defenderme de los hechos materia de

investigación en el presente proceso sobre violencia

familiar, y a fin de que su despacho tenga un conocimiento

real de los hechos y pueda resolver mejor, pongo de

conocimiento lo siguiente:

Primero.- Señor Fiscal, la recurrente cuando tenía tan solo 15 años de edad, me dedicaba a la venta de Jugo de

quinua actividad que la realizo hasta la fecha, donde el

supuesto agraviado era uno de los clientes, que en forma

constante en compañía de su amigo Carranza venían a consumir,

donde me sedujo con palabras bonitas siendo así que en dos

oportunidad me hizo beber trago, y estando ya mareada

inconsciente, es que se aprovechó para tener relaciones

sexuales con la recurrente, siendo así que en la segunda

oportunidad, Salí embarazada de la cual con el supuesto

Page 4: Caso Yesenia Poma

agraviado tenemos a nuestro menor hijo JAMES CONDORI POMA de

5 años de edad.

Segundo.- Como quiera que había salido embarazada del supuesto agraviado, la madre de este, FRANCISA PUMA RAMOS, se apersono a mi domicilio donde vivo con mis padres, en

compañía de su padrastro FORTUNATO COILA COAQUIRA, a

conversar sobre mi situación a fin de evitar que mis padres

puedan interponer denuncia penal por violación sexual, ya que

el supuesto agraviado estaba incurso en otro delito como es

de secuestro y violación sexual de menor de edad, y como

quiera que mis padres no contaban con recursos económicos

para seguir un proceso penal, es que aceptaron que la

recurrente y el supuesto agraviado convivamos, y que he

convivido con el supuesto agraviado hasta el 12 de febrero de

este año.

Tercero.- Señor Fiscal, durante el tiempo de convivencia con el supuesto agraviado, siempre me ha agredido física y

psicológicamente, argumentando que a quien quería era a la

persona de YURI FRISELDA ARCATA FIGUEROA, persona quien anteriormente le había denunciado por delito de secuestro y

violación sexual de menor de edad, asimismo refería que era

mi culpa que se haya separado de esta última persona, por

haber salido embarazada y que me haría pagar todo lo que le

había pasado, amenaza que ha cumplido hasta la fecha, ya que

mi vida a su lado ha sido un infierno y que he aguantado solo

por mis dos menores hijos y por miedo a que cumpla sus

amenazas de victimarme ya que esta persona ha estado

internado en el Centro penitenciario La capilla ya que me

decía que la cárcel era como su segundo hogar y que si le

denunciaba este ya sabía cómo salir y que me mataría y que

haría desaparecer a cada de uno de mis familiares.

Page 5: Caso Yesenia Poma

Cuarto.- Asimismo, señor Fiscal durante la convivencia y hasta la fecha, el supuesto agraviado siempre se ha dedicado a la ingesta de bebidas alcohólicas y cuando venía a la cada donde convivíamos, que es la casa de mis padres, siempre me golpeaba, me amenazaba de muerte, hasta me obligaba a tener relaciones sexuales, al extremo de cortarse con guillet en los miembros inferiores y superiores, y prueba de ello son las cicatrices que presenta en dichas partes de su cuerpo. Quinto.- De igual forma, el supuesto agraviado antes de que conviviéramos también presentaba cicatrices en otras partes del cuerpo, parte del abdomen y en uno de los brazos tiene marcado el nombre de la persona que le había denunciado anteriormente, esto es, FRISELDA.Sexto.- Señor Fiscal, la recurrente desde los 12 años de

edad, me he dedicado a la venta de jugo de quinua, esto por

la calle Moquegua con Mariano Nuñez, actividad que la vengo

realizando hasta la fecha, ya que el supuesto agraviado

durante la convivencia no aportaba económicamente y que solo

se quedaba en la casa donde convivíamos con el argumento de

cuidar a nuestro hijo mayor, ya que el menor, siempre lo he

dejado al cuidado con mi madre por su corta edad, y cuando yo

le obligaba a que fuera a trabajar el supuesto agraviado solo

salía a embriagarse y venía a la casa a hacer problemas.

Séptimo.- Señor fiscal, en el año de 2009, año en que hemos empezado a convivir, el supuesto agraviado me decía que

no tenía donde trabajar, en que trabajar, por lo que, la

recurrente le he comprado una moto cadena de segunda mano, ya

que la recurrente tenia mis ahorros pero, el supuesto

agraviado utilizo dicha moto taxi cadena, solo para

embriagarse al extremo de dejarlo inservible y a la fecha

dicha moto taxi se encuentra botado en mi casa. Durante el

año siguiente, como quiera que la moto taxi esta inservible,

Page 6: Caso Yesenia Poma

nuevamente le compre una nueva mototaxi torito, para lo cual,

su madre se ofreció a realizar préstamo dinero del banco

crediscotiabank por la cantidad de S/. 12,000.00 nuevos

soles, deuda que yo he terminado de pagar por completo y a la

fecha dicha moto taxi está desaparecido, y a la semana

siguiente, de los hechos materia de investigación, el

supuesto agraviado viene manejando otra moto taxi torito de

color azul, con la que me viene siguiendo acompañada de su

hermana MARIA ADELMA CONDORI PUMA.

Octavo.- De igual forma, debe tener conocimiento de que

en el año 2013, nuevamente se ha realizado un préstamo de

dinero del Banco crediscotiabank, por la cantidad de S/.

25,000.00 nuevos soles, deuda que está a nombre de la madre

del supuesto agraviado, y que dicho préstamo se ha realizado

con la finalidad de construir una vivienda, en el terreno de

los padres del supuesto agraviado, ya que estos no habían

dado como anticipa de legitima al supuesto agraviado, y como

quiera que solo la recurrente es quien trabaja y contribuye

económicamente con la economía familiar, por lo que, he

pagado dicha deuda durante un año, faltando solo medio año

para terminar de pagar.

Noveno.- Señor Fiscal, el supuesto agraviado es una persona que presenta trastornos psicológicos, como lo tengo manifestado, es persona que se auto lesiona con cortes en diferentes partes del cuerpo, con objeto de guillet y siempre lo hace en estado de ebriedad, e incluso en presencia de mis menores hijos. Asimismo, el supuesto agraviado siempre lleva consigo un desarmador y un cuchillo, objetos con los cuales

me hace temer por mi integridad física, y la de mis menores

hijos.

Page 7: Caso Yesenia Poma

PRIMER OTROSIDIGO.- Mediante disposición fiscal Nro. 30 -2014 de fecha 18 de febrero de 2014, su despacho ha dispuesto

aperturar el plazo de investigación por el término de diez

hábiles, y a fin de poder defenderme de los cargos formulados

por el supuesto agraviado SOLICITO SE AMPLIE EL PLAZO DE INVESTIGACION A FIN DE QUE SE PUEDA CUMPLIR CON LAS DILIGENCIAS SOLICITADAS POR LA RECURRENTE, DILIGENCIAS QUE PERMITIRAN DEMOSTRAR QUE LOS HECHOS DEMANDADOS SON FALSOS Y QUE MUY AL CONTRARIO LA RECURRENTE Y MIS DOS MENORES HIJOS, SOMOS LAS VICTIMAS DE LOS MALTRATOS FISICOS Y PSICOLOGICOS POR PARTE DEL SUPUESTO AGRAVIADO .

SEGUNDO OTROSIDIGO.- Señor Fiscal a fin de demostrar lo vertido en la presente y de demostrar lo declarado ante

despacho fiscal,SOLICITO SE REALIZE LAS SIGUIENTES DILIGENCIAS:

1.- Se recabe los antecedentes penales del supuesto

agraviado.

2.- Solicito se curse oficio al Instituto de Medicina legal,

a fin de que el supuesto agraviado sea revisado por el

médico de turno, con la finalidad de demostrar que el

supuesto agraviado presenta cicatrices en diferentes

partes del cuerpo, lesiones que este se ha ocasionado

conforme a los hechos manifestados en la presente, con

lo que se demostrara, que el supuesto agraviado presenta

trastornos psicológicos y que ahora interpone la

presente demanda solo por venganza por cuanto la

recurrente le he manifestado que me separaría de esta

persona, ya que estoy cansada de sus maltratos hacia la

recurrente y mis dos menores hijos.

Page 8: Caso Yesenia Poma

3.- Solicito se curse oficio al Instituto de medicina legal

a fin de que el supuesto agraviado sea evaluado por el

psicólogo de turno, diligencia que permitirá demostrar

que el supuesto agraviado presenta trastornos

psicológicos, ya que su comportamiento no es normal,

hecho que queda demostrado con las diferentes cicatrices

que presente en diferentes partes del cuerpo y que a su

vez porta desarmador, cúter, cuchillo a fin de

intimidarme para que no le denuncie por los maltratos

tanto físicos y psicológicos; asimismo dicha evaluación

psicológica permitirá demostrar que el supuesto

agraviado presenta problemas de alcoholismo.

Que en ejercicio de mi derecho de defensa, OFREZCO MEDIOS PROBATORIOS DE DESCARGO las documentales que a continuación indica, para desvirtuar toda responsabilidad que afecte mi honorabilidad y son las siguientes:

DOCUMENTALES

1. Un Cd con lo que demuestro que el supuesto agraviado afirma no tener conocimiento de la denuncia, refiriendo que dicha denuncia fue preparado por parte de su madre francisca puma ramos y del Abogado Jorge GutierrezIto, es mas en el audio se escucha al supuesto agraviado que anterior menta ya tenia un golpe en la parte de la nariz y que según el medico legista correspondia solo 13 dias de descanso y que el abogado que lo patrocina por tener amistas con el medico legista le aumentaron 20 dias mas

TESTIMONIALES

Page 9: Caso Yesenia Poma

2. RosmeryApazaCondori , de ocupacion comerciante , con domicilio en el jr.pumacahuanro 233 oficina 7 – a, quien declarara sobre los hechos materia de investigación en la presente para lo cual SOLICITO SE SEÑALE FECHA Y HORA PARA SU DECLARACIÓN.

3. NORMA VILCA BENAVENTE, de ocupación comerciante, con domicilio en el Jr. Pumacahua Nro. 233 – Oficina 7-A, quien declarar sobre los hechos materia de investigación en la presente para lo cual SOLICITO DE SEÑALE FECHA Y HORAPARA SU DECLARACIÓN TESTIMONIAL.

POR LO EXPUESTO:

A Ud. Se sirva tener por ofrecidos los medios de prueba documentales en su oportunidad se

OTROSI DIGO.- Por convenir a mis intereses a efectos de mi legítima defensa señalo domicilio procesal en el jirón Pumacahua 233 interior oficina 7-a para que se me notifique debidamente

Page 10: Caso Yesenia Poma

Caso: Nº 2014-365

Fiscal: DR. ZINDY M. ENRIQUEZ LEIVA

Esc. Nro. Correlativo

Sumilla: CONTROL DE CALIDAD DE HOMOLOGACION.

SEÑORA FISCAL DE LA SEGUNDA FISCALIA PENAL CORPORATIVO DE TURNO DE SAN ROMAN (NCPP).

YESENIA POMA CALLO, en autos sobre

delito de lesiones leves, seguido

con DANIEL MELITON CONDORI PUMA, a

usted en debida forma digo:

Que, se advierte del Certificado

Médico Legal Nro. 001069-VFL practicado a la persona

de DANIEL MELITON CONDORI PUMA, advirtiéndose que no

guarda coherencia entre el contenido, la data, la

descripción del examen médico, las conclusiones, con

la descripción de las lesiones por parte del

supuesto agraviado, POR LO QUE, SOLICITO SE RECABE

Page 11: Caso Yesenia Poma

INFORME PERICIAL DE HOMOLOGACION respecto al

Certificado Médico Legal Nro. 001069-VFL.

FINALIDAD: Determinar si el diagnostico,

conclusiones y prescripción facultativa a los cuales

arribo el médico legista que emitió el aludido

certificado médico legal, fueron correctos y en su

caso poder determinar la calificación que

corresponde realizar.

CON TAL FIN GIRESE OFICIO A LA OFICINA DE CONTROL DE

CALIDAD DEL INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL DEL

MINISTERIO PUBLICO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE LIMA, y

para lo cual, se debe remitir copia certificada del

certificado médico legal en mención y la denuncia

penal de parte del supuesto agraviado.

POR LO EXPUESTO:

A Ud., Señora Fiscal, pido acceder.

Juliaca, 08 de abril de 2014.

Page 12: Caso Yesenia Poma

Caso: Nº 2014-365

Fiscal: DR. ZINDY M. ENRIQUEZ LEIVA

Esc. Nro. Correlativo

Sumilla: NUEVA FECHA Y HORA Y OTRO.

SEÑORA FISCAL DE LA SEGUNDA FISCALIA PENAL

CORPORATIVO DE TURNO DE SAN ROMAN (NCPP).

YESENIA POMA CALLO, en autos sobre

delito de lesiones leves, seguido

con DANIEL MELITON CONDORI PUMA, a

usted en debida forma digo:

Que, recurro a su despacho a fin de

solicitarle SE FIJE NUEVA FECHA PARA LA DECLARACION

DE LA RECURRENTE, en vista que el día de la fecha

señalado por su despacho no pudo concurrir a dicha

declaración por problemas familiares.

Page 13: Caso Yesenia Poma

PRIMER OTROSIDIGO.- Que, en ejercicio de mi derecho

de defensa, OFREZCO MEDIOS PROBATORIOS DE DESCARGO

las documentales que a continuación indica, para

desvirtuar toda responsabilidad que afecte mi

honorabilidad y son las siguientes:

TESTIMONIALES

1. ROSMERY APAZA CONDORI, de ocupación comerciante,

con domicilio en el Jr. Pumacahua nro. 168, quien

declarara sobre los hechos materia de investigación

en la presente, para lo cual, SOLICITO SE SEÑALE

FECHA Y HORA PARA SU DECLARACIÓN.

JULIACA, 30 DE ABRIL DE 2014.

Page 14: Caso Yesenia Poma

1.- Se recabe los antecedentes penales del supuesto

agraviado.

2.- Solicito se curse oficio al Instituto de

Medicina legal, a fin de que el supuesto agraviado

sea revisado por el médico legista de turno, con la

finalidad de demostrar que el supuesto agraviado

presenta cicatrices en diferentes partes del cuerpo,

Page 15: Caso Yesenia Poma

lesiones que este se ha ocasionado conforme a los

hechos manifestados en la presente, con lo que se

demostrara, que el supuesto agraviado presenta

trastornos psicológicos y que ahora interpone la

presente demanda solo por venganza por cuanto la

recurrente le he manifestado que me separaría de

esta persona, ya que estoy cansada de sus maltratos

hacia la recurrente y mis dos menores hijos.

3.- Solicito se curse oficio al Instituto de

medicina legal a fin de que el supuesto agraviado

sea evaluado por el psicólogo de turno, diligencia

que permitirá demostrar que el supuesto agraviado

presenta trastornos psicológicos, ya que su

comportamiento no es normal, hecho que queda

demostrado con las diferentes cicatrices que

presente en diferentes partes del cuerpo y que a su

vez porta desarmador, cúter, cuchillo a fin de

intimidarme para que no le denuncie por los

maltratos tanto físicos y psicológicos; asimismo

dicha evaluación psicológica permitirá demostrar que

Page 16: Caso Yesenia Poma

el supuesto agraviado presenta problemas de

alcoholismo.

DOCUMENTALES

1. Un Cd con lo que demuestro que el supuesto

agraviado afirma no tener conocimiento de la

denuncia, refiriendo que dicha denuncia fue

preparado por parte de su madre francisca puma

ramos y del Abogado Jorge GutierrezIto, es mas en el

audio se escucha al supuesto agraviado que anterior

menta ya tenia un golpe en la parte de la nariz y

que según el medico legista correspondia solo 13

dias de descanso y que el abogado que lo patrocina

por tener amistas con el medico legista le

aumentaron 20 días mas

TESTIMONIALES

2. Rosmery Apaza Condori, de ocupación comerciante,

con domicilio en el jr. Pumacahua nro. 168, quien

declarara sobre los hechos materia de investigación

Page 17: Caso Yesenia Poma

en la presente para lo cual SOLICITO SE SEÑALE FECHA

Y HORA PARA SU DECLARACIÓN.

3. NORMA VILCA BENAVENTE, de ocupación comerciante,

con domicilio en el Jr. Pumacahua Nro. 168, quien

declarar sobre los hechos materia de investigación

en la presente, para lo cual, SOLICITO DE SEÑALE

FECHA Y HORA PARA SU DECLARACIÓN TESTIMONIAL.

Page 18: Caso Yesenia Poma

Fiscal : Dr. EDWIN E. CONDORI ONOFRE

Caso Nº : 2706124802-2014-47-0

Sumilla : Apersonamiento.

SEÑOR FISCAL DE LA SEGUNDA FISCALIA PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA DE SAN ROMAN-JULIACA.

YESENIA POMA CALLO, identificada con DNI Nro. 47184582, con domicilio en el Jr.

Alejandro Peralta Mz. B lote 15, Urb.

Tambopata, señalando mi domicilio procesal en el Jr. Pumacahua Nro. 233 Oficina 7-A, ambos de esta ciudad de

Juliaca, en autos injustamente

comprendido sobre VIOLENCIA FAMILIAR en

el supuesto agravio de DANIEL MELITON CONDORI PUMA,ante Ud., con el debido

respeto digo:

Que, a fin de ejercer mi derecho de defensa, ME APERSONO

por ante su Autoridad y señalo por mi domicilio procesal el

indicado en el exordio, lugar donde se me harán llegar las

futuras notificaciones de ley, y nombro como mi abogada

defensora ala LetradaBILMA SONIA CAHUAPAZA PORTILLO CON REG.

Nro. 3837, letrada que autoriza la presente.

POR LO EXPUESTO:

Pido a Ud. darme por apersonado y señalado mi domicilio

procesal.

Page 19: Caso Yesenia Poma

PRIMER OTROSIDIGO.- Que a fin de hacer los descargos de la demanda interpuesta por el supuesto agraviado, PRESENTO MEDIO PROBATORIO a fin de demostrar mi inocencia, consisten en:

TESTIMONIAL:

- NORMA VILCA BENAVENTE, de ocupación comerciante, con

domicilio en el Jr. Pumacahua Nro. 168 de esta ciudad de

Juliaca, quien declarara sobre los hechos materia de

investigación en la presente para lo cual SOLICITO DE SEÑALE FECHA Y HORAPARA SU DECLARACIÓN TESTIMONIAL.

POR LO EXPUESTO:

A Ud., Señor Fiscal se sirva acceder

conforme a lo solicitado.

Juliaca, 05 de marzo de 2014.

Page 20: Caso Yesenia Poma

Sec. Dr.Exp. Nº Cuad. PrincipalEsc. Nº 01Sumilla: INTERPONGO DEMANDA DE PRESTACIÓN DE ALIMENTOS

SEÑOR JUEZ DE TURNO DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN – JULIACA.

YESENIA POMA CALLO, identificada con

DNI Nro. 47184582, con domicilio en el

Jr. Alejandro Peralta Mz. B lote 15,

Urb. Tambopata, señalando mi domicilio

procesal en el Jr. Pumacahua Nro. 168,

ambos de esta ciudad de Juliaca, ante

Ud., con el debido respeto digo:

I.- NOMBRE Y DIRECCIÓN DEL DEMANDADO:

El demandado DANIEL MELITON CONDORI PUMA, identificado con DNI NRO. 43537043, tiene señalado como domicilio en el Jr. Abancay Nro. 224, Urbanización Jorge Chávez de esta ciudad de Juliaca, lugar donde se

demandara con la presente demanda y sus anexos.

II.- PETITORIO:

Invocando legitimidad e interés para obrar, y

demandando Tutela Jurisdiccional efectiva recurro a su

Magistratura a fin de INTERPONER DEMANDA DE PRESTACIÓN

DE ALIMENTOS EN REPRESENTACIÓN DE MIS MENORES JAMES

PIERRE DANIEL CONDORI PUMA, DE 04 AÑOS DE EDAD Y YOSTIN

ALEXANDER FELIPE, DE 02 AÑOS DE EDAD, la misma que la

Page 21: Caso Yesenia Poma

dirijo en contra del padre de mi menor hijo DANIEL

MELITON CONDORI PUMA, A FIN DE QUE ACUDA CON UNA

PENSIÓN ALIMENTICIA EN MONTO FIJO, MENSUAL Y ADELANTADA,

LA SUMA TOTAL DE S/. 600.00 (SEISCIENTOS NUEVOS SOLES),

PARA MIS DOS MENORES HIJOS, y que en su Resolución Final

su autoridad declare fundada en todos sus extremos la

presente demanda, pretensión que sustento en los

siguientes fundamentos que paso a exponer:

III.- FUNDAMENTOS FÁCTICOS:

Primero.- ANTECEDENTES.- Con el demandado hemos convivido por mas de seis años, en el que, procreamos a nuestros

dos hijos, JAMES PIERRE DANIEL CONDORI PUMA, DE 04 AÑOS

DE EDAD Y YOSTIN ALEXANDER FELIPE DE DOS AÑOS DE EDAD.

Segundo.- Señor Juez, desde que convivimos con el

demandado, no ha habido comprensión, por cuanto el

demandado se dedica a la ingesta de bebidas alcohólicas,

y cuando llegaba al hogar conyugal, tenia un

comportamiento agresivo al extremo de maltratarme física

y psicológicamente, y lo hacia en presencia de mis dos

menores hijos.

Tercero.-NECESIDAD DEL ALIMENTISTA.- Señor Juez, mis dos menores hijos, a la fecha se encuentran bajo mi tutela y

cuidado, y por la corta edad que tienen, aun necesitan

de mi cuidado y atención, por lo que, se hace imposible

que pueda trabajar a tiempo completo, empero, en algunas

oportunidades obligada por la necesidad, salgo a

trabajar, en la venta de jugo de quinua, y lo poco que

gano no es suficiente para poder cubrir mínimamente con

Page 22: Caso Yesenia Poma

los gastos de la alimentaciónde los dos menores

alimentistas.

Cuarto.- Señor Juez, mi hijo de cuatro años de edad, en el presente año, se hace

necesario que pueda estudiar en el jardín, lo cual, es

requisito para que mas adelante pueda matricularlos en

alguna institución educativa de nivel primario y debido

a los escasos recursos económicos,a la fecha, no he

podido matricularlo en alguna institución educativa de

nivel inicial, y que no solo es necesario poder pagar

por derecho de matricula sino también se hace necesario

comprar útiles escolares, y como es de saberse, la

compra de los útiles escolares para nivel inicial

conllevan a que se necesite mas dinero.

Quinto.- Con respecto a mi

hijo de 02 años de edad, el gasto es mucho mas fuerte,

por cuanto, se hace necesario, poder comprar leche para

complementar su alimentación que es básico para su

desarrollo, así como también, vengo gastando en los

pañales que aun lo necesita por su corta edad.

Sexto.- en consecuencia por la edad que ostentan mi hija resulta necesario se asigne

una pensión alimenticia ya que se encuentran en estado

de necesidad y requiere el apoyo por parte del obligado

para cubrir los gastos de alimentación, salud y

educación, ya que siendo obligación de ambos padres el

de prestar alimentos nuestra menor hija y no acudiendo

en la actualidad económicamente el demandado.

Page 23: Caso Yesenia Poma

Es por lo que solicito a su despacho se asigne una

pensión alimenticia en favor de la recurrente y menor

hija.

Séptimo.- CAPACIDAD ECONOMICA DEL DEMANDADO.- El demandado, se dedica a prestar

servicio de mototaxi, lo cual le genera muy buenos

ingresos económicos, y no tiene otra obligación con

persona alguna, por lo que, muy bien puede con la

pensión de alimentos solicitada por la recurrente en

favor de los dos menores alimentistas.

IV.- FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA:

Amparo la presente demanda de conformidad de lo que

dispone lo siguiente:

FUNDAMENTOS DE ORDEN SUSTANTIVO

Art. 06 de la Constitución Política del Estado.

Los padres están obligados a proveer el sostenimiento, educación y

Formación de sus menores hijos.

Art. 235 del C. C. Los padres están obligados a proveer al sostenimiento,

protección, educación y formación de sus hijos menores según su situación

y posibilidades.

Art. 474 del C.C. Los alimentos se deben recíprocamente:

1.- Los Cónyuges.

2.- Los Ascendientes y descendientes.

3.- Los hermanos.

Page 24: Caso Yesenia Poma

Art. 481 del C.C.- Los alimentos se regulan por el Juez en proporción a las

necesidades de quien los pide y de las posibilidades de que debe darlos,

atendiendo además a las circunstancias personales de ambos, especialmente

a las que se halle sujeto el deudor.

Art. 472 del C.C. Se entiende por alimentos lo que es indispensable para el

sustento, habitación, vestido y asistencia medica, según la situación y

posibilidades de la familia.

CODIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES:

Art. 92 Se considera alimentos lo necesario para el sustento, habitación,

Vestido, educación, instrucción y capacitación para el trabajo, asistencia

medica y recreación del menor.

Art. 93 ES OBLIGACIÓN DE LOS PADRES PRESTAR ALIMENTOS A SUS

HIJOS.

Normas que determinan la obligación legal a la que el demandado se

encuentra obligado, pues siendo padre del menor deben cumplir con acudir

con una pensión alimentista que sea suficiente para cubrir todas las

necesidades que engloba el concepto “alimentos”.

FUNDAMENTOS DE ORDEN PROCESAL Art. 130 424 y 561 inc. 2 del C.P.C.

V.- MONTO DEL PETITORIO:

El monto del petitorio alcanza por concepto de

alimentos a favor de mis dos menores hijos, POR LA SUMA

TOTAL DE TOTAL DE S/. 600.00 (SEISCIENTOS NUEVOS SOLES);

Page 25: Caso Yesenia Poma

la que deberá ser cubierta en forma mensual, y por

adelantado por el obligado.

VI.- VÍA PROCEDIMENTAL:

El presente proceso debe tramitarse por la VÍA DEL

PROCESO ÚNICO.

VII.- MEDIOS PROBATORIOS:Ofrezco los siguientes medios probatorios:

DOCUMENTALES QUE ACREDITAN EL ENTRONCAMIENTO FAMILIAR:

1. Acta de nacimiento de JAMES PIERRE DANIEL CONDORI

PUMA

2. Acta de nacimiento de YOSTIN ALEXANDER FELIPE

DOCUMENTALES QUE ACREDITAN EL ESTADO DE NECESIDAD DE LOS DOS MENORES ALIMENTISTAS:

3. Declaración jurada de gastos realizados por la

recurrente, en los alimentos de los dos menores

alimentistas.

4. 02 recibos originales por concepto de compra, con las

que se demuestras los gastos que vengo realizando la

recurrente.

5. LA DECLARACIÓN DE PARTE del demandado, en forma personal e indelegable, conforme al pliego

interrogatorio que se adjunta.

DOCUMENTALES QUE DEMUESTRAN LA CAPACIDAD ECONOMICA DEL DEMANDADO.

Page 26: Caso Yesenia Poma

6. LA DECLARACIÓN DE PARTE del demandado, en forma personal e indelegable, conforme al pliego

interrogatorio que se adjunta.

VIII.- ANEXOS:

Adjunto los siguientes.

1.A.- Acta de nacimiento de JAMES PIERRE DANIEL CONDORI PUMA, con la que se demuestra el entroncamiento

familiar en forma indubitable.

1.B.- Acta de nacimiento de YOSTIN ALEXANDER FELIPE, con la que se demuestra el entroncamiento familiar en

forma indubitable.

1.C.- Declaración jurada de gastos realizados por la recurrente, en los alimentos de los dos menores

alimentistas.

1.D.- 04 recibos originales por concepto de compra, con las que se demuestras los gastos que vengo

realizando la recurrente.

1.E.- Pliego interrogatorio. 1.F.- Croquis del domicilio del demandado.1.G.- Copia de la demanda y anexos.

POR LO EXPUESTO:

A Ud. Señor Juez, solicito se sirva admitir la

presente demanda, en su oportunidad declararlo fundada.

PRIMER OTROSI DIGO: Que de conformidad con el Art. 80 del Código Procesal Civil, nombro como mi abogada

Page 27: Caso Yesenia Poma

defensora a la letrada que autoriza el presente escrito,

otorgándole las facultades generales de representación

contenidas en el Art. 74 del Código acotado,

manifestando la recurrente de estar instruida de dicha

representación y de sus alcances.

Juliaca, de mayo de 2014.

Page 28: Caso Yesenia Poma

PLIEGO INTERROGATORIO CONFORME AL CUAL PRESTARA SU

DECLARACION DE PARTE, EL DEMANDADO: DANIEL MELITON CONDORI PUMA, EN EL PROCESO QUE SIGUE YESENIA POMA CALLO EN REPRESENTACIÓN DE MIS MENORES JAMES PIERRE DANIEL

CONDORI PUMA Y YOSTIN ALEXANDER FELIPE, SOBRE PRESTACIÓN

DE ALIMENTOS.

PREGUNTADO PARA QUE DIGA:

1. Como es verdad que sabe, que su preguntante no tiene

los suficientes medios económicos, para sufragar los

gastos de alimentación de sus menores hijos.

2. cómo es verdad que Ud., a la fecha no cumple con sus

obligaciones de proveer alimentos, a sus dos menores

hijos.

3. Cómo es verdad que Ud., es consiente que sus dos

menores hijos requieren contar con una pensión de

alimentos.

4. Como es verdad que Ud., tiene registrado a su nombre

en calidad de propietario, dos moto-taxis (moto

cadena y la otra una torito).

5. cómo es verdad que Ud., hace uso de la moto torito

que esta registrado a su nombre, para prestar

servicio de transporte a personas.

J

uliaca, 31 de marzo del 2014.

Page 29: Caso Yesenia Poma
Page 30: Caso Yesenia Poma

SOLICITO: GARANTIAS PERSONALES.

SEÑOR GOBERNADOR DEL DISTRITO DE JULIACA, PROVINCIA DE SAN ROMAN.-

EMILDA CALLO MAMANI con DNI. Nº 43169664,

con domicilio real en el jirón Alejandro

peralta Mz B lote 15, de esta ciudad de

Juliaca, ante Ud. con el debido respeto

me presento y digo:

Que, de conformidad con el D.S. 004 – 07 – IN del 1 de

febrero del 2007, así mismo como lo establece nuestra

Constitución Política del Estado, Art. 2 Inc. 1,11,15, 20, 24

- h, recurro a su digno Despacho con la finalidad de

SOLICITAR GARANTIAS PERSONALES, la misma que deberá otorgarme la persona de DANIEL MELITON CONDORI PUMA, MARIA ADELMA CONDORI PUMA Y ROSA CONDORI PUMA, todos con domicilio en al av. Abancay nro. 224, de esta ciudad de Juliaca; garantías

que también se harán extensivas a mis demás familiares; y por

los fundamentos siguientes:

PRIMERO.- Señor gobernador, al persona de DAMIEL MEITON CONDORI PUMA, desde que ha convivido con mi hija YESENAI POMA

CALLO, dicha persona empezó a agredirla física y

psicológicamente, cada vez que salía ya sea a trabajar o a

algún evento realizado por su asociación de moto-taxi, del

cual regresaba ebrio a la casa.

SEGUNDO.- La persona de DANIEL MELITON CONDORI PUMA, es una persona agresiva, ya que en forma constante agrede física y

psicológicamente a mi hija YESENIA POMA CALLO, en presencia

de mis menores nietos, ALEXANDER Y JAMES, quienes presencias

Page 31: Caso Yesenia Poma

las agresiones que sufre mi hija YESENIA, y que también somos

testigos de dichas agresiones la recurrente, mi esposo y mis

tres hijos menores.

TERCERO.- En el mes de mayo de 2013, en circunstancias que el conviviente de mi hija, DANIEL MELITON CONDORI PUMA, se

apersono al puesto de venta de jugo de mi hija YESENIA POMA

CALLO, ubicado en el mariano nuñez con huaynacapac, altura

centro comercial 2, solo para agredirla física y verbalmente,

y también la persona de MARIA ADELMA CONDORI PUMA, se

apersona con la finalidad de agredirla psicológicamente, con

amenazas de muerte, a mi hija YESENIA.

CUARTO.- En fecha 12 de febrero de 2014, a horas

aproximadamente 8.00 am, la persona de ROSA CONDORI PUMA,

llama por teléfono celular a mi hija YESENAI, par amenazarle

de muerte con palabras soeces tales como “perra, puta, no te

va a dejar así no mas, te vamos a hacer tiras”

QUINTO.- Señor gobernador, mi hija YESENIA POMA CALLO es mi hija, y conviviente de DANIEL MELITON CONDORI PUMA y las

personas de MRIA ADELMA CONDORI PUMA y ROSA CONDORI PUMA son

las cuñadas de mi hija, y como quiera que ha desmejorado la

relación entre mi hija y su conviviente, por los contantes

agresiones físicas y psicológicas, es que temo por la vida de

mi hija, y que al pretender proteger a mi hija, temo que los

denunciados en represalia atenten contra la recurrente y mis

familia, por cuanto en una fecha en que defendía a mi hija de

las agresiones físicas de su conviviente DANIEL MELITON

CONDORI PUMA, este sin temor alguno me empujo fuertemente sin

importante mi salud tanto mas que la recurrente había sido

operada de la cabeza.

Page 32: Caso Yesenia Poma

SEXTO.- En el mes de noviembre de 2003, en circunstancias que la recurrente me encontraba ya descansando por cuanto era

1.00 am, horas de madrugada, el denunciado Daniel Melitón

Condori puma, llega a mi domicilio, lugar donde también

convive con mi hija YESENIA POMA CALLO, estaba gritando con

palabras “mami, mami…” y preocupada salgo a ver que sucede y

al apersonarme a la habitación donde conviven veo a la

persona de DANIEL MELITON CONDORI PUMA que tenia el pantalón

roto, con la camisa abierta y portaba dos desarmadores entre

las mangas de la camisa, y un cuter en el cinturón del

pantalón, amenazando gritos de muerte, a mi hija YESENIA, y

por temor a que cumplir con sus amenazas, mi esposo, EMILIO

CONDORI Y MI HIJO TONY CONDORI CALLO, logramos quitar los

objetos que tenia, razón por la cual temo por mi seguridad y

la de mis familiares.

SEPTIMO.- Señor gobernador, tengo referencias por mi hija YESENIA POMA CALLO, que su conviviente DANIEL MELITON

CONDORI PUMA, es una persona con problemas de conducta, por

cuanto es una personas rebelde, agresiva , con problemas

psicológicos, ya que es una persona que se dedica a la

ingesta de bebidas alcohólicas, persona que se corta con

guillet en los miembros inferiores y superiores y prueba de

ello son las cicatrices que presenta en dichas partes de su

cuerpo, razones suficientes para temer que esta persona en un

arrebato pueda victimar a mi hija YESENIA o a algún familiar

mío.

OCTAVO.- Señor gobernador, los familiares de DANIEL MELITON CONDORI, como son MARIA ADELMA CONDORI PUMA Y ROSA CONDORI

PUMA, son personas agresivas y temo que logren agredir

físicamente mi hija YESENIA POMA CALLO y a mis familiares

solo por pretender defender a mi hija YESENIA.

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ANEXO.-

- COPIA LEGIBLE DE MI DNI.

POR LO EXPUESTO:

Pido a Ud. dar por interpuesta la denuncia y se dé el

trámite de ley, y se imponga una fuerte multa a los

denunciados.

OTROSI DIGO.- Declaro bajo juramento que con los denunciados no tenemos ningún proceso judicial, ni policial ni

administrativo en trámite, por lo que se tenga presente al

momento de admitir la presente denuncia.

Juliaca, 28 de marzo de 2014.

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Fiscal : Dr. EDWIN E. CONDORI ONOFRE

Caso Nº : 2706124802-2014-47-0

Sumilla : PONGO DE CONOCIMIENTO Y

OTROS.

SEÑOR FISCAL DE LA SEGUNDA FISCALIA PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA DE SAN ROMAN-JULIACA.

YESENIA POMA CALLO,en autos injustamente

comprendido sobre VIOLENCIA FAMILIAR en

el supuesto agravio de DANIEL MELITON

CONDORI PUMA,ante Ud., con el debido

respeto digo:

Que, a fin de poder defenderme de los hechos materia de

investigación en el presente proceso sobre violencia

familiar, y a fin de que su despacho tenga un conocimiento

real de los hechos y pueda resolver mejor, pongo de

conocimiento lo siguiente:

Décimo.- Señor Fiscal, la recurrente cuando tenía tan solo

15 años de edad, me dedicaba a la venta de Jugo de quinua

actividad que la realizo hasta la fecha, donde el supuesto

agraviado era uno de los clientes, que en forma constante en

compañía de su amigo Carranza venían a consumir, donde me

sedujo con palabras bonitas siendo así que en dos oportunidad

me hizo beber trago, y estando ya mareada inconsciente, es

que se aprovechó para tener relaciones sexuales con la

recurrente, siendo así que en la segunda oportunidad, Salí

Page 35: Caso Yesenia Poma

embarazada de la cual con el supuesto agraviado tenemos a

nuestro menor hijo JAMES CONDORI POMA de 5 años de edad.

Decimoprimero.- Como quiera que había salido embarazada del supuesto agraviado, la madre de este, FRANCISA PUMA RAMOS, se apersono a mi domicilio donde vivo con mis padres, en compañía de su padrastro FORTUNATO COILA COAQUIRA, a

conversar sobre mi situación a fin de evitar que mis padres

puedan interponer denuncia penal por violación sexual, ya que

el supuesto agraviado estaba incurso en otro delito como es

de secuestro y violación sexual de menor de edad, y como

quiera que mis padres no contaban con recursos económicos

para seguir un proceso penal, es que aceptaron que la

recurrente y el supuesto agraviado convivamos, y que he

convivido con el supuesto agraviado hasta el 12 de febrero de

este año.

Decimosegundo.- Señor Fiscal, durante el tiempo de

convivencia con el supuesto agraviado, siempre me ha agredido

física y psicológicamente, argumentando que a quien quería

era a la persona de YURI FRISELDA ARCATA FIGUEROA, persona quien anteriormente le había denunciado por delito de

secuestro y violación sexual de menor de edad, asimismo

refería que era mi culpa que se haya separado de esta última

persona, por haber salido embarazada y que me haría pagar

todo lo que le había pasado, amenaza que ha cumplido hasta la

fecha, ya que mi vida a su lado ha sido un infierno y que he

aguantado solo por mis dos menores hijos y por miedo a que

cumpla sus amenazas de victimarme ya que esta persona ha

estado internado en el Centro penitenciario La capilla ya que

me decía que la cárcel era como su segundo hogar y que si le

denunciaba este ya sabíacómo salir y que me mataría y que

haría desaparecer a cada de uno de mis familiares.

Page 36: Caso Yesenia Poma

Decimotercero.- Asimismo, señor Fiscal durante la convivencia y hasta la fecha, el supuesto agraviadosiempre se ha dedicado a la ingesta de bebidas alcohólicas y cuando venía a la cada donde convivíamos, que es la casa de mis padres, siempre me golpeaba, me amenazaba de muerte, hasta me obligaba a tener relaciones sexuales, al extremo de cortarse con guillet en los miembros inferiores y superiores, y prueba de ello son las cicatrices que presenta en dichas partes de su cuerpo.Decimocuarto.- De igual forma,el supuesto agraviado antes de que conviviéramos también presentaba cicatrices en otras partes del cuerpo, parte del abdomen y en uno de los brazos tiene marcado el nombre de la persona que le había denunciado anteriormente, esto es, FRISELDA.Decimoquinto.- Señor Fiscal, la recurrente desde los 12 años de edad, me he dedicado a la venta de jugo de quinua,

esto por la calle Moquegua con Mariano Nuñez, actividad que

la vengo realizando hasta la fecha, ya que el supuesto

agraviado durante la convivencia no aportaba económicamente y

que solo se quedaba en la casa donde convivíamos con el

argumento de cuidar a nuestro hijo mayor, ya que el menor,

siempre lo he dejado al cuidado con mi madre por su corta

edad, y cuando yo le obligaba a que fuera a trabajar el

supuesto agraviado solo salía a embriagarse y venía a la casa

a hacer problemas.

Decimosexto.- Señor fiscal, en el año de 2009, año en que

hemos empezado a convivir, el supuesto agraviado me decía que

no tenía donde trabajar, en que trabajar, por lo que, la

recurrente le he comprado una moto cadena de segunda mano, ya

que la recurrente tenia mis ahorros pero, el supuesto

agraviado utilizo dicha mototaxi cadena, solo para

embriagarse al extremo de dejarlo inservible y a la fecha

Page 37: Caso Yesenia Poma

dicha moto taxi se encuentra botado en mi casa. Durante el

año siguiente, como quiera que la moto taxi esta inservible,

nuevamente le compre una nueva mototaxi torito, para lo cual,

su madre se ofreció a realizar préstamo dinero del banco

crediscotiabank por la cantidad de S/. 12,000.00 nuevos

soles, deuda que yo he terminado de pagar por completo y a la

fecha dicha moto taxi está desaparecido, y a la semana

siguiente, de los hechos materia de investigación, el

supuesto agraviado viene manejando otra moto taxi torito de

color azul, con la que me viene siguiendo acompañada de su

hermana MARIA ADELMA CONDORI PUMA.

Decimoséptimo.- De igual forma, debe tener conocimiento de que en el año 2013, nuevamente se ha realizado un préstamo

de dinero del Banco crediscotiabank, por la cantidad de S/.

25,000.00 nuevos soles, deuda que está a nombre de la madre

del supuesto agraviado, y que dicho préstamo se ha realizado

con la finalidad de construir una vivienda, en el terreno de

los padres del supuesto agraviado, ya que estos no habían

dado como anticipa de legitima al supuesto agraviado, y como

quiera que solo la recurrente es quien trabaja y contribuye

económicamente con la economía familiar, por lo que, he

pagado dicha deuda durante un año, faltando solo medio año

para terminar de pagar.

Decimoctavo.- Señor Fiscal, el supuesto agraviado es una persona que presenta trastornos psicológicos, como lo tengo manifestado, es persona que se auto lesiona con cortes en diferentes partes del cuerpo, con objeto de guillet y siempre lo hace en estado de ebriedad, e incluso en presencia de mis menores hijos. Asimismo, el supuesto agraviado siempre lleva consigo un desarmador y un cuchillo, objetos con los cuales

me hace temer por mi integridad física, y la de mis menores

hijos.

Page 38: Caso Yesenia Poma

PRIMER OTROSIDIGO.-Mediante disposición fiscal Nro. 30 -2014 de fecha 18 de febrero de 2014, su despacho ha dispuesto

aperturar el plazo de investigación por el término de diez

hábiles, y a fin de poder defenderme de los cargos formulados

por el supuesto agraviado SOLICITO SE AMPLIE EL PLAZO DE INVESTIGACION A FIN DE QUE SE PUEDA CUMPLIR CON LAS DILIGENCIAS SOLICITADAS POR LA RECURRENTE, DILIGENCIAS QUE PERMITIRAN DEMOSTRAR QUE LOS HECHOS DEMANDADOS SON FALSOS Y QUE MUY AL CONTRARIO LA RECURRENTE Y MIS DOS MENORES HIJOS, SOMOS LAS VICTIMAS DE LOS MALTRATOS FISICOS Y PSICOLOGICOS POR PARTE DEL SUPUESTO AGRAVIADO .

SEGUNDO OTROSIDIGO.- Señor Fiscal a fin de demostrar lo vertido en la presente y de demostrar lo declarado ante

despacho fiscal,SOLICITO SE REALIZE LAS SIGUIENTES DILIGENCIAS:

4.- Se recabe los antecedentes penales del supuesto

agraviado.

5.- Solicito se curse oficio al Instituto de Medicina legal,

a fin de que el supuesto agraviado sea revisado por el

médico de turno, con la finalidad de demostrar que el

supuesto agraviado presenta cicatrices en diferentes

partes del cuerpo, lesiones que este se ha ocasionado

conforme a los hechos manifestados en la presente, con

lo que se demostrara, que el supuesto agraviado presenta

trastornos psicológicos y que ahora interpone la

presente demanda solo por venganza por cuanto la

recurrente le he manifestado que me separaría de esta

Page 39: Caso Yesenia Poma

persona, ya que estoy cansada de sus maltratos hacia la

recurrente y mis dos menores hijos.

6.- Solicito se curse oficio al Instituto de medicina legal

a fin de que el supuesto agraviado sea evaluado por el

psicólogo de turno, diligencia que permitirá demostrar

que el supuesto agraviado presenta trastornos

psicológicos, ya que su comportamiento no es normal,

hecho que queda demostrado con las diferentes cicatrices

que presente en diferentes partes del cuerpo y que a su

vez porta desarmador, cúter, cuchillo a fin de

intimidarme para que no le denuncie por los maltratos

tanto físicos y psicológicos; asimismo dicha evaluación

psicológica permitirá demostrar que el supuesto

agraviado presenta problemas de alcoholismo.

TERCER OTROSIDIGO . - Presento MEDIOS PROBATORIOS DE DESCARGO:

DOCUMENTALES:2.A.- Copia simple de recorte de Periódico de fecha 28 de

agosto de 2008, con la cual demuestro que el supuesto

agraviado es persona acostumbrada a estar inmerso en

procesos judiciales.

2.B.- Expediente Nro. 2008-185, cuarto Juzgado penal de

la provincia de San Román – Juliaca, a fin de acreditar

la preexistencia de dicho proceso penal, SOLICITO A SU DESPACHO SE SIRVA OFICIAR A FIN DE QUE SE INFORME SOBRE LA SITUACION PROCESAL DEL SUPUESTO AGRAVIADO EN CALIDAD DE IMPUTADO POR EL DELITO DE SECUESTRO Y VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, EXP. 2008-185, lo que demuestra que el supuesto agraviado es persona acostumbrada a estar inmerso en procesos judiciales.

Page 40: Caso Yesenia Poma

TESTIMONIALES:

- ROSMERY APAZA CONDORI, de ocupación comerciante, con

domicilio en el Jr. Pumacahua nro. 233 oficina 7-A,

quien declarar sobre los hechos materia de investigación

en la presente para lo cual SOLICITO DE SEÑALE FECHA Y HORAPARA SU DECLARACIÓN TESTIMONIAL.

- EMILIO CONDORI APAZA , de ocupación comerciante, con

domicilio en el Jr. Alejandro peralta S/n Mz. B lote 15-

Anexo Tambopata, quien declarar sobre los hechos materia

de investigación en la presente para lo cual SOLICITO DE SEÑALE FECHA Y HORAPARA SU DECLARACIÓN TESTIMONIAL.

- EMILDA CALLO MAMANI , de ocupación ama de casa, con

domicilio en el Jr. Alejandro peralta S/n Mz. B lote 15-

Anexo Tambopata, quien declarar sobre los hechos materia

de investigación en la presente para lo cual SOLICITO DE SEÑALE FECHA Y HORAPARA SU DECLARACIÓN TESTIMONIAL.

ANEXO:2.A.- Copia simple de recorte de periódico en fecha 28

de agosto del 2008.

2.B.- A fojas 02, copia simple de la resolución Nro. 03

de fecha 29 de junio de 2009.

POR LO EXPUESTO:

Señor Fiscal, tenga presente lo manifestado en la presente y

se sirva acceder conforme a lo solicitado.

Juliaca, 07 de marzo de 2014.

Page 41: Caso Yesenia Poma

Fiscal : Dr. EDWIN E. CONDORI ONOFRE

Caso Nº : 2706124802-2014-47-0

Sumilla : Apersonamiento.

SEÑOR FISCAL DE LA SEGUNDA FISCALIA PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA DE SAN ROMAN-JULIACA.

YESENIA POMA CALLO, identificada con DNI Nro. 47184582, con domicilio en el Jr.

Alejandro Peralta Mz. B lote 15, Urb.

Tambopata, señalando mi domicilio procesal en el Jr. Pumacahua Nro. 233 Oficina 7-A, ambos de esta ciudad de

Juliaca, en autos injustamente

comprendido sobre VIOLENCIA FAMILIAR en

el supuesto agravio de DANIEL MELITON CONDORI PUMA,ante Ud., con el debido

respeto digo:

Que, a fin de ejercer mi derecho de defensa, ME APERSONO

por ante su Autoridad y señalo por mi domicilio procesal el

indicado en el exordio, lugar donde se me harán llegar las

futuras notificaciones de ley, y nombro como mi abogada

defensora ala LetradaBILMA SONIA CAHUAPAZA PORTILLO CON REG.

Nro. 3837, letrada que autoriza la presente.

POR LO EXPUESTO:

Pido a Ud. darme por apersonado y señalado mi domicilio

procesal.

Page 42: Caso Yesenia Poma

PRIMER OTROSIDIGO.- Que a fin de hacer los descargos de la demanda interpuesta por el supuesto agraviado, PRESENTO MEDIO PROBATORIO a fin de demostrar mi inocencia, consisten en:

TESTIMONIAL:

- NORMA VILCA BENAVENTE, de ocupación comerciante, con

domicilio en el Jr. Pumacahua Nro. 233 – Oficina 7-A,

quien declarar sobre los hechos materia de investigación

en la presente para lo cual SOLICITO DE SEÑALE FECHA Y HORAPARA SU DECLARACIÓN TESTIMONIAL.

SEGUNDO OTROSIDIGO.- A fin de ejercer mi derecho de defensa, SOLICITO COPIAS SIMPLES DE LAS SIGUIENTES PIEZAS PROCESALES:

- Demanda de Violencia familiar.

- Declaración de Daniel Meliton Condori Puma.

- Declaración de MariaAdelma Condori Puma.

- Declaración de Fortunato Coila Coaquira.

- Protocolo de pericia Psicológica nro. 001348 – 2014-PSC-

UVF

- Declaración de la denunciada YESENIA POMA CALLO.

- Acta de denuncia verbal ante la PNP.

ANEXO:

1.A.- DNI de la recurrente.

1.B.- Boucher de pago por especie valorada.

POR LO EXPUESTO:

A Ud., Señor Fiscal se sirva acceder

conforme a lo solicitado.

Juliaca, 05 de marzo de 2014.

Page 43: Caso Yesenia Poma
Page 44: Caso Yesenia Poma

SOLICITO: COPIA DE VIDEO DE CAMARAS DE VIGILANCIA REGISTRADOS.

SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN – JULIACA

YESENIA POMA CALLO, identificada con DNI Nro. 47184582, con domicilio en el Jr.

Alejandro Peralta Mz. B lote 15, Urb.

Tambopata, señalando mi domicilio

procesal en el Jr. Pumacahua Nro. 233

Oficina 7-A, ambos de esta ciudad de

Juliaca, ante Ud., con el debido respeto

digo:

Que, la recurrente en fecha 14 de febrero de 2014, a horas 4.30 a 5.30 am, he sido objeto de agresión física, esto en la calle Mariano Núñez con HuaynaCapac, Centro Comercial

Nro. 02, por lo que, SOLICITO SE SIRVA PROVEER A QUEN CORRESPONDA PARA QUE SE ME OTORGUE UNA COPIA DE VIDEO REGISTRADO EN LAS CÁMARAS DE VIGILANCIA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMÁN, de la fecha, hora y lugar indicados en líneas arriba.

POR LO EXPUESTO:

A Ud., Señor Alcalde Solicito se sirva acceder conforme a lo

solicitado.

Juliaca, 04 de marzo de 2014.

Page 45: Caso Yesenia Poma

Sec. : Maria Lázaro L.Expediente: 404 -2014Escrito: 01Sumilla: contesta la demanda y otros

SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE TURNO

DE LA PROVINCIA DE SAN ROMAN JULIACA

YESENIA POMA CALLO, en autos

sobre violencia familiar,

seguido por Daniel Meliton

Condori Puma, a UD digo:

Dándome por notificado  con la

demanda, pese a que no se me ha notificado con

todo  los anexos en el plazo de ley y por convenir a

mis intereses, PROCEDO A CONTESTAR LA DEMANDA EN FORMA NEGATIVA, solicitando a su despacho se declare INFUNDADA en su oportunidad, basándose en los

siguientes fundamentos que paso a exponer:

I. PRONUNCIAMIENTO SOBRE  LOS HECHOS QUE APARECEN EN LA DEMANDA:

                      PRIMERO.-                      SEGUNDO.- Debo de manifestar que el día 17 de

noviembre  del 2013 a horas 10 y  cuarenta, el

recurrente me encontré circunstancialmente con la

Page 46: Caso Yesenia Poma

agraviada a quien solo  me atine a indicarle  que me

abone la deuda que me tiene pendiente, empero ella

respondió por el  contrario con frases ofensivas y

amenazantes contra el recurrente.

·        Es completamente falso  que el día en mención

el recurrente  he haya insultado  con frases

ofensivas y soeces,

·        Debo de indicar  que el recurrente por el

contrario fue insultado  no solo por la

parte  agraviada  sino también por parte del abuelo

de la agraviada DEMETRIO GUTIERREZ CCALLA, como  lo

reconoce la agraviada  no solo me indico fuera de

aca  vienes a cobrar a tu hija sino que me insulto

con palabras soeces.

·        De los hechos que consta la demanda se

menciona que el recurrente me he retirado a horas  6

y treinta de la mañana, lo cual es  incoherente, POR QUE  ELLO IMPLICA QUE HE ESTADO CASI TODO EL DIA  INSULTANDOLA, hecho que no tiene  consistencia con la  realidad.

·        Respecto del hecho indicado y sucedido  en fecha  21 de noviembre del 2013 a horas 11.30, ES COMPLETAMENTE FALSO LO QUE SE MENCIONA  EN NINGUN

Page 47: Caso Yesenia Poma

MOMENTO HE INSULTADO A MI HIJA POR EL CONTRARIO  MI

HIJA  ES QUIEN  HA PROCEDIDO A INSULTAR.

                      II.-  PRONUNCIAMIENTO SOBRE LOS MEDIOS PROBATORIOS PRESENTADOS EN LA DEMANDA:

 1. Se niega categóricamente el contenido de la investigación fiscal,  POR QUE   SOBRE LA BASE DE LO ACTUADO SE  EFECTUA LA PRESENTE  DEMANDA, HACIENDO  CONSTAR  QUE PARA ACREDITAR LOS ACTOS DE VIOLENCIA FAMILIAR  DEBE DE ACREDITARSE CON PRUEBA  IDONEA.

              III.- HECHOS EN LOS QUE FUNDO MI DEFENSA:

     Los hechos que fundo mi defensa son:

                     PRIMERO.- Los actos de

violencia familiar se traducen en un supuesto

maltrato PSICOLOGICO Y FISICO. De lo actuado en la

investigación preliminar solo aparece como medio de

prueba los certificados PSICOLOGICO Y FISICO, los

mismos que por sí solos no acreditan la

responsabilidad de la recurrente.                   

                      SEGUNDO.- Como consta de la

demanda   los actos de violencia familiar se

traducen en MALTRATOS FISICOS Y PSICOLOGICOS, EMPERO

Page 48: Caso Yesenia Poma

SE  DEBE DE ENFATIZAR  QUE POR EL CONTRARIO  LA

RECURRENTE ES  LA VICTIMA   POR QUE NO MERESCO EL

RESPETO  QUE DEBE DE EXISTIR  ENTRE CONVIVIENTES,

POR EL CONTRARIO  QUIEN OFENDE, HUMILLA INSULTA  ES

EL SUPUESTO AGRAVIADO.

                      TERCERO.- SOBRE  LOS ACTOS DE AGRESION  PSICOLOGICA.-

                         En primer lugar debo mencionar  que  LA RELACION   CON MI PAREJA no fue armoniosa, empero por la conducta  negativa de

este,  ha dado lugar a actos de

incomprensión    quien  en todo momento  ha mostrado

un carácter irascible  POR SUS CELOS ENFERMISOS Y EL

PROBLEMA CON EL ALCOHOL,  LO QUE  CONLLEVA A QUE LA

RELACION SE DETERIORE POR CULPA  IMPUTABLE DEL

SUPUESTO AGRAVIADO.

                          EL DIA 12 DE FEBRERO DE

2014, entre las 4.00 y 05.00 de la mañana, la

recurrente  en ningún momento he agredido

físicamente a mi conviviente,  por el

contrario  quien he sido  objeto de maltratos  ha

sido la recurrente, por cuanto mi conviviente vino

mareado a mi puesto de venta quien me pude mi

celular como él está acostumbrado a quitarme mi

celular y venderlo no se lo di, es justo en ese

Page 49: Caso Yesenia Poma

momento que se acerca un señor desconocido en una

moto lineal a comprarme un jugo de quinua para

llevar, ese señor fue atendido por mi ayudante,

mientras yo estaba forcejeando con mi conviviente

para que no me quite mi celular, es así que el

comensal paga con diez nuevos soles y mi ayudante me

pide el cambio, yo saque el monedero y mi

conviviente me lo quita y se lo lleva, yo le

perseguí, lo alcance y le agarre de su mano el me

agarro y me llevo hacia su moto yo empecé a gritar y

vino el caballero que me estaba comprando el jugo de

quinua minutos antes y le dijo “eres machito pegando

a una mujer” mi conviviente le respondió “tú sabes

mis problemas mis cosas, es mi mujer, tu vete” se

agarraron a golpes, yo solo miraba, por lo

tanto,   DEBO DE  INDICAR EN FORMA  CLARA  QUE LA RECURRENTE EN NINGUN MOMENTO HE AGREDIDO A MI CONVIVIENTE.

                     CUARTO.- En consecuencia los actos denunciados son falsos, y lo único que pretende la

denunciante es perjudicar a la recurrente máxime

QUE  EL SOLO CERTIFICADO O PROTOCOLO PSICOLOGICO NO ACREDITA  QUE LA RECURRENTE SEA EL CAUSANTE DE LOS  MISMOS

Page 50: Caso Yesenia Poma

HECHOS EN QUE FUNDO MI DEFENSA

Que, a fin de poder defenderme de los hechos materia de

investigación en el presente proceso sobre violencia

familiar, y a fin de que su despacho tenga un conocimiento

real de los hechos y pueda resolver mejor, pongo de

conocimiento lo siguiente:

Decimonoveno.- Señor Fiscal, la recurrente cuando tenía tan solo 15 años de edad, me dedicaba a la venta de Jugo de

quinua actividad que la realizo hasta la fecha, donde el

supuesto agraviado era uno de los clientes, que en forma

constante en compañía de su amigo Carranza venían a consumir,

donde me sedujo con palabras bonitas siendo así que en dos

oportunidad me hizo beber trago, y estando ya mareada

inconsciente, es que se aprovechó para tener relaciones

sexuales con la recurrente, siendo así que en la segunda

oportunidad, Salí embarazada de la cual con el supuesto

agraviado tenemos a nuestro menor hijo JAMES CONDORI POMA de

5 años de edad.

Vigésimo.- Como quiera que había salido embarazada del supuesto agraviado, la madre de este, FRANCISA PUMA RAMOS, se apersono a mi domicilio donde vivo con mis padres, en

compañía de su padrastro FORTUNATO COILA COAQUIRA, a

conversar sobre mi situación a fin de evitar que mis padres

puedan interponer denuncia penal por violación sexual, ya que

el supuesto agraviado estaba incurso en otro delito como es

de secuestro y violación sexual de menor de edad, y como

quiera que mis padres no contaban con recursos económicos

para seguir un proceso penal, es que aceptaron que la

recurrente y el supuesto agraviado convivamos, y que he

Page 51: Caso Yesenia Poma

convivido con el supuesto agraviado hasta el 12 de febrero de

este año.

Vigesimoprimero.- Señor Fiscal, durante el tiempo de

convivencia con el supuesto agraviado, siempre me ha agredido

física y psicológicamente, argumentando que a quien quería

era a la persona de YURI FRISELDA ARCATA FIGUEROA, persona quien anteriormente le había denunciado por delito de

secuestro y violación sexual de menor de edad, asimismo

refería que era mi culpa que se haya separado de esta última

persona, por haber salido embarazada y que me haría pagar

todo lo que le había pasado, amenaza que ha cumplido hasta la

fecha, ya que mi vida a su lado ha sido un infierno y que he

aguantado solo por mis dos menores hijos y por miedo a que

cumpla sus amenazas de victimarme ya que esta persona ha

estado internado en el Centro penitenciario La capilla ya que

me decía que la cárcel era como su segundo hogar y que si le

denunciaba este ya sabía cómo salir y que me mataría y que

haría desaparecer a cada de uno de mis familiares.

Vigesimosegundo.- Asimismo, señor Fiscal durante la convivencia y hasta la fecha, el supuesto agraviado siempre se ha dedicado a la ingesta de bebidas alcohólicas y cuando venía a la cada donde convivíamos, que es la casa de mis padres, siempre me golpeaba, me amenazaba de muerte, hasta me obligaba a tener relaciones sexuales, al extremo de cortarse con guillet en los miembros inferiores y superiores, y prueba de ello son las cicatrices que presenta en dichas partes de su cuerpo. Vigesimotercero.- De igual forma, el supuesto agraviado antes de que conviviéramos también presentaba cicatrices en otras partes del cuerpo, parte del abdomen y en uno de los brazos tiene marcado el nombre de la persona que le había denunciado anteriormente, esto es, FRISELDA.

Page 52: Caso Yesenia Poma

Vigesimocuarto.- Señor Fiscal, la recurrente desde los 12 años de edad, me he dedicado a la venta de jugo de quinua,

esto por la calle Moquegua con Mariano Nuñez, actividad que

la vengo realizando hasta la fecha, ya que el supuesto

agraviado durante la convivencia no aportaba económicamente y

que solo se quedaba en la casa donde convivíamos con el

argumento de cuidar a nuestro hijo mayor, ya que el menor,

siempre lo he dejado al cuidado con mi madre por su corta

edad, y cuando yo le obligaba a que fuera a trabajar el

supuesto agraviado solo salía a embriagarse y venía a la casa

a hacer problemas.

Vigesimoquinto.- Señor fiscal, en el año de 2009, año en que hemos empezado a convivir, el supuesto agraviado me decía

que no tenía donde trabajar, en que trabajar, por lo que, la

recurrente le he comprado una moto cadena de segunda mano, ya

que la recurrente tenia mis ahorros pero, el supuesto

agraviado utilizo dicha moto taxi cadena, solo para

embriagarse al extremo de dejarlo inservible y a la fecha

dicha moto taxi se encuentra botado en mi casa. Durante el

año siguiente, como quiera que la moto taxi esta inservible,

nuevamente le compre una nueva mototaxi torito, para lo cual,

su madre se ofreció a realizar préstamo dinero del banco

crediscotiabank por la cantidad de S/. 12,000.00 nuevos

soles, deuda que yo he terminado de pagar por completo y a la

fecha dicha moto taxi está desaparecido, y a la semana

siguiente, de los hechos materia de investigación, el

supuesto agraviado viene manejando otra moto taxi torito de

color azul, con la que me viene siguiendo acompañada de su

hermana MARIA ADELMA CONDORI PUMA.

Vigesimosexto.- De igual forma, debe tener

conocimiento de que en el año 2013, nuevamente se ha

realizado un préstamo de dinero del Banco crediscotiabank,

Page 53: Caso Yesenia Poma

por la cantidad de S/. 25,000.00 nuevos soles, deuda que está

a nombre de la madre del supuesto agraviado, y que dicho

préstamo se ha realizado con la finalidad de construir una

vivienda, en el terreno de los padres del supuesto agraviado,

ya que estos no habían dado como anticipa de legitima al

supuesto agraviado, y como quiera que solo la recurrente es

quien trabaja y contribuye económicamente con la economía

familiar, por lo que, he pagado dicha deuda durante un año,

faltando solo medio año para terminar de pagar.

Vigesimoséptimo.- Señor Fiscal, el supuesto agraviado es una persona que presenta trastornos psicológicos, como lo tengo manifestado, es persona que se auto lesiona con cortes en diferentes partes del cuerpo, con objeto de guillet y siempre lo hace en estado de ebriedad, e incluso en presencia de mis menores hijos. Asimismo, el supuesto agraviado siempre lleva consigo un desarmador y un cuchillo, objetos con los

cuales me hace temer por mi integridad física, y la de mis

menores hijos.

PRIMER OTROSIDIGO.- Mediante disposición fiscal Nro. 30 -2014 de fecha 18 de febrero de 2014, su despacho ha dispuesto

aperturar el plazo de investigación por el término de diez

hábiles, y a fin de poder defenderme de los cargos formulados

por el supuesto agraviado SOLICITO SE AMPLIE EL PLAZO DE INVESTIGACION A FIN DE QUE SE PUEDA CUMPLIR CON LAS DILIGENCIAS SOLICITADAS POR LA RECURRENTE, DILIGENCIAS QUE PERMITIRAN DEMOSTRAR QUE LOS HECHOS DEMANDADOS SON FALSOS Y QUE MUY AL CONTRARIO LA RECURRENTE Y MIS DOS MENORES HIJOS, SOMOS LAS VICTIMAS DE LOS MALTRATOS FISICOS Y PSICOLOGICOS POR PARTE DEL SUPUESTO AGRAVIADO .

Page 54: Caso Yesenia Poma

SEGUNDO OTROSIDIGO.- Señor Fiscal a fin de demostrar lo vertido en la presente y de demostrar lo declarado ante

despacho fiscal,SOLICITO SE REALIZE LAS SIGUIENTES DILIGENCIAS:

7.- Se recabe los antecedentes penales del supuesto

agraviado.

8.- Solicito se curse oficio al Instituto de Medicina legal,

a fin de que el supuesto agraviado sea revisado por el

médico de turno, con la finalidad de demostrar que el

supuesto agraviado presenta cicatrices en diferentes

partes del cuerpo, lesiones que este se ha ocasionado

conforme a los hechos manifestados en la presente, con

lo que se demostrara, que el supuesto agraviado presenta

trastornos psicológicos y que ahora interpone la

presente demanda solo por venganza por cuanto la

recurrente le he manifestado que me separaría de esta

persona, ya que estoy cansada de sus maltratos hacia la

recurrente y mis dos menores hijos.

9.- Solicito se curse oficio al Instituto de medicina legal

a fin de que el supuesto agraviado sea evaluado por el

psicólogo de turno, diligencia que permitirá demostrar

que el supuesto agraviado presenta trastornos

psicológicos, ya que su comportamiento no es normal,

hecho que queda demostrado con las diferentes cicatrices

que presente en diferentes partes del cuerpo y que a su

vez porta desarmador, cúter, cuchillo a fin de

intimidarme para que no le denuncie por los maltratos

tanto físicos y psicológicos; asimismo dicha evaluación

psicológica permitirá demostrar que el supuesto

agraviado presenta problemas de alcoholismo.

Page 55: Caso Yesenia Poma

         

    IV.- FUNDAMENTO  JURÍDICO:

Se ampara en lo dispuesto por:

ART. 2 DE LA LEY 26260.- “A los efectos de la presente Ley, se entenderá por violencia familiar

cualquier acción u omisión  que cause daño físico o

psicológico, maltrato sin lesión, inclusive la

amenaza o coacción graves”

 Art. 7 de la  ley 26260.- “El Fiscal Provincial de Familia que corresponda, dará trámite a las

peticiones que se formulen verbalmente o por escrito

en forma directa por la victima de la violencia, sus

familiares, cualquiera de los mencionados en el

Articulo 2 de esta ley o tratándose de menores

cualquier persona que  conozca los hechos, o por

remisión del atestado de las delegaciones

Policiales. También podrá actuar de oficio ante el

conocimiento directo de los hechos”

FUNDAMENTACION PROCESAL.

ART.  130 Y 442 DEL C.P.C.

Page 56: Caso Yesenia Poma

.-  MEDIOS PROBATORIOS.

                     En calidad de medios

probatorios se ofrece lo siguiente:

1. La declaración de parte de DANIEL MELITON CONDORI PUMA, en forma personal e indelegable conforme al pliego interrogatorio.

TESTIMONIALES:

La declaración testimonial de las siguientes

personas:

2. La declaración testimonial de ROSMERY APAZA CONDORI, de ocupación comerciante, con domicilio en el Jr. Pumacahua nro. 168, en forma personal

e indelegable conforme al pliego interrogatorio.

3. La declaración testimonial de NORMA VILCA BENAVENTE, de ocupación comerciante, con

domicilio en el Jr. Pumacahua Nro. 168, en forma

personal e indelegable conforme al pliego

interrogatorio.

QUIENES DECLARARAN SOBRE LA INEXISTENCIA DE ACTOS DE VIOLENCIA FAMILIAR EN  AGRAVIO DE LA VICTIMA.

4. Se designe un perito psicólogo, para  que EXAMINE A LA VICTIMA;

Page 57: Caso Yesenia Poma

FINALIDAD.- ACREDITAR  LOS RAGOS DE PERSONALIDAD DE LA VICTIMA  Y SI ESTA SE ENCUENTRA

AFECTADA PSICOLOGICAMENTE. CAUSAS.

PUNTOS  SOBRE EL  CUAL VERSARA LA PERICIA.-

-   Establecer  los rasgos de personalidad de la

VICTIMA.

-   DETERMINAR  LAS CAUSAS  POR LA QUE SE

ENCUENTRA  AFECTADA LA VICTIMA PSICOLOGICAMENTE.

5. Se curse oficio al Instituto de Medicina Legal

para que un médico legista de turno, para  que

EXAMINE A LA VICTIMA;

FINALIDAD.- ACREDITAR   QUE EL AGRAVIADO PRESENTA

CICATRICES LOS RAGOS DE PERSONALIDAD DE LA

VICTIMA  Y SI ESTA SE ENCUENTRA

AFECTADA PSICOLOGICAMENTE. CAUSAS.

PUNTOS  SOBRE EL  CUAL VERSARA LA PERICIA.-

-   Establecer  los rasgos de personalidad de la

VICTIMA.

-   DETERMINAR  LAS CAUSAS  POR LA QUE SE

ENCUENTRA  AFECTADA LA VICTIMA PSICOLOGICAMENTE.

Page 58: Caso Yesenia Poma

                    ANEXOS:

1.A.- Copia del documento de identidad de los

recurrentes.

1.b.- Pliego Interrogatorio para la declaración de

parte.

1.c.- Se adjunta DOS pliegos interrogatorios para la

declaración testimonial.

1.D.- Copia simple de la demanda.

                          POR LO EXPUESTO:

A Ud., ruego dar por Contestada la demanda.

Juliaca, 10 de  febrero del 2014.

 

 

 PLIEGO INTERROGATORIO PRESENTADO POR EL DEMANDADO  PARA LA DECLARACION DE  PARTE DE REINA MIRARDA GUTIERREZ CHAMBI,

Preguntada para que diga:

1.- Como es verdad que  USTED  NO MANTIENE NINGUNA

RELACION DE CONVIVENCIA  CON SU PREGUNTANTE.

Page 59: Caso Yesenia Poma

2.- Como es verdad que USTED TIENE UN CARÁCTER

TEMPERAMENTAL Y PÒR ELLO SE HA TORNADO COMO ENEMIGO

DE SUS PREGUNTANTE.

3.- Como es verdad, que SU PREGUNTANTE NO LE HAN

AGREDIDO VERBALMENTE  A USTED.

4.- Como Es verdad que  USTED NO RESPETA A SU  PADRE

QUE RESULTA SER  SU PREGUNTANTE.

5.- Como ES VERDAD QUE USTED ADEUDA  CIEN SOLES A SU

PREGUNTANTE.

6.- Como es verdad que  usted POR EL

CONTRARIO  AGREDE  FISICAMENTE A SU PREGUNTANTE:

JULIACA, 10 de febrero del 2014.

 

 

INTERROGATORIO  PRESENTADO  POR EL DEMANDADO PARA  LA DECLARACIÓN TESTIMONIAL DE MARLON MARIANO AGUILAR GORDILLO.

PREGUNTADO PARA QUE DIGA.

1.- Que, conoce a su preguntante SIN RELACION DE

AMISTAD O ENEMISTAS.

Page 60: Caso Yesenia Poma

2.- Que, sabe y le consta que sus preguntantes es

persona pacífica.

3.- Como es verdad que sabe y le consta que el día

17 DE NOVIEMBRE del pasado  año, su preguntante  no

le ha agredido  verbalmente a  la agraviada

4.- Como es verdad que sabe y le consta que

la  agraviada es quien insulta a su padre.

5.- Como es verdad que usted sabe el día 21 de

noviembre  del pasado  año  en ningún momento su

preguntante agredió  verbalmente a la agraviada

JULIACA, 10  de febrero del 2014.

 

 

INTERROGATORIO  PRESENTADO  POR EL DEMANDADO PARA  LA DECLARACIÓN TESTIMONIAL DE BENIGNA GUTIÉRREZ ABADO.

PREGUNTADO PARA QUE DIGA.

1.- Que, conoce a su preguntante SIN RELACION DE

AMISTAD O ENEMISTAS.

2.- Que, sabe y le consta que sus preguntantes es

persona pacífica.

Page 61: Caso Yesenia Poma

3.- Como es verdad que sabe y le consta que el día

17 DE NOVIEMBRE del pasado  año, su preguntante  no

le ha agredido  verbalmente a  la agraviada

4.- Como es verdad que sabe y le consta que

la  agraviada es quien insulta a su padre.

5.- Como es verdad que usted sabe el día 21 de

noviembre  del pasado  año  en ningún momento su

preguntante agredió  verbalmente a la agraviada

JULIACA, 10  de febrero del 2014.

Page 62: Caso Yesenia Poma

Que en ejercicio de mi derecho de defensa, OFREZCO MEDIOS PROBATORIOS DE DESCARGO las documentales que a continuación indica, para desvirtuar toda responsabilidad que afecte mi honorabilidad y son las siguientes:

DOCUMENTALES

POR LO EXPUESTO:

A Ud. Se sirva tener por ofrecidos los medios de prueba documentales en su oportunidad se

OTROSI DIGO.- Por convenir a mis intereses a efectos de mi legítima defensa señalo domicilio procesal en el jirón Pumacahua 233 interior oficina 7-a para que se me notifique debidamente

Page 63: Caso Yesenia Poma

Caso: Nº 2014-365

Fiscal: DR. ZINDY M. ENRIQUEZ LEIVA

Esc. Nro. Correlativo

Sumilla: CONTROL DE CALIDAD DE HOMOLOGACION.

SEÑORA FISCAL DE LA SEGUNDA FISCALIA PENAL CORPORATIVO DE TURNO DE SAN ROMAN (NCPP).

YESENIA POMA CALLO, en autos sobre

delito de lesiones leves, seguido

con DANIEL MELITON CONDORI PUMA, a

usted en debida forma digo:

Que, se advierte del Certificado

Médico Legal Nro. 001069-VFL practicado a la persona

de DANIEL MELITON CONDORI PUMA, advirtiéndose que no

guarda coherencia entre el contenido, la data, la

descripción del examen médico, las conclusiones, con

la descripción de las lesiones por parte del

supuesto agraviado, POR LO QUE, SOLICITO SE RECABE

Page 64: Caso Yesenia Poma

INFORME PERICIAL DE HOMOLOGACION respecto al

Certificado Médico Legal Nro. 001069-VFL.

FINALIDAD: Determinar si el diagnostico,

conclusiones y prescripción facultativa a los cuales

arribo el médico legista que emitió el aludido

certificado médico legal, fueron correctos y en su

caso poder determinar la calificación que

corresponde realizar.

CON TAL FIN GIRESE OFICIO A LA OFICINA DE CONTROL DE

CALIDAD DEL INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL DEL

MINISTERIO PUBLICO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE LIMA, y

para lo cual, se debe remitir copia certificada del

certificado médico legal en mención y la denuncia

penal de parte del supuesto agraviado.

POR LO EXPUESTO:

A Ud., Señora Fiscal, pido acceder.

Juliaca, 08 de abril de 2014.

Page 65: Caso Yesenia Poma

Caso: Nº 2014-365

Fiscal: DR. ZINDY M. ENRIQUEZ LEIVA

Esc. Nro. Correlativo

Sumilla: NUEVA FECHA Y HORA Y OTRO.

SEÑORA FISCAL DE LA SEGUNDA FISCALIA PENAL

CORPORATIVO DE TURNO DE SAN ROMAN (NCPP).

YESENIA POMA CALLO, en autos sobre

delito de lesiones leves, seguido

con DANIEL MELITON CONDORI PUMA, a

usted en debida forma digo:

Que, recurro a su despacho a fin de

solicitarle SE FIJE NUEVA FECHA PARA LA DECLARACION

DE LA RECURRENTE, en vista que el día de la fecha

señalado por su despacho no pudo concurrir a dicha

declaración por problemas familiares.

Page 66: Caso Yesenia Poma

PRIMER OTROSIDIGO.- Que, en ejercicio de mi derecho

de defensa, OFREZCO MEDIOS PROBATORIOS DE DESCARGO

las documentales que a continuación indica, para

desvirtuar toda responsabilidad que afecte mi

honorabilidad y son las siguientes:

TESTIMONIALES

1. ROSMERY APAZA CONDORI, de ocupación comerciante,

con domicilio en el Jr. Pumacahua nro. 168, quien

declarara sobre los hechos materia de investigación

en la presente, para lo cual, SOLICITO SE SEÑALE

FECHA Y HORA PARA SU DECLARACIÓN.

JULIACA, 30 DE ABRIL DE 2014.

Page 67: Caso Yesenia Poma

1.- Se recabe los antecedentes penales del supuesto

agraviado.

2.- Solicito se curse oficio al Instituto de

Medicina legal, a fin de que el supuesto agraviado

sea revisado por el médico legista de turno, con la

finalidad de demostrar que el supuesto agraviado

presenta cicatrices en diferentes partes del cuerpo,

Page 68: Caso Yesenia Poma

lesiones que este se ha ocasionado conforme a los

hechos manifestados en la presente, con lo que se

demostrara, que el supuesto agraviado presenta

trastornos psicológicos y que ahora interpone la

presente demanda solo por venganza por cuanto la

recurrente le he manifestado que me separaría de

esta persona, ya que estoy cansada de sus maltratos

hacia la recurrente y mis dos menores hijos.

3.- Solicito se curse oficio al Instituto de

medicina legal a fin de que el supuesto agraviado

sea evaluado por el psicólogo de turno, diligencia

que permitirá demostrar que el supuesto agraviado

presenta trastornos psicológicos, ya que su

comportamiento no es normal, hecho que queda

demostrado con las diferentes cicatrices que

presente en diferentes partes del cuerpo y que a su

vez porta desarmador, cúter, cuchillo a fin de

intimidarme para que no le denuncie por los

maltratos tanto físicos y psicológicos; asimismo

dicha evaluación psicológica permitirá demostrar que

Page 69: Caso Yesenia Poma

el supuesto agraviado presenta problemas de

alcoholismo.

DOCUMENTALES

1. Un Cd con lo que demuestro que el supuesto

agraviado afirma no tener conocimiento de la

denuncia, refiriendo que dicha denuncia fue

preparado por parte de su madre francisca puma

ramos y del Abogado Jorge Gutierrez Ito, es mas en

el audio se escucha al supuesto agraviado que

anterior menta ya tenia un golpe en la parte de la

nariz y que según el medico legista correspondia

solo 13 dias de descanso y que el abogado que lo

patrocina por tener amistas con el medico legista

le aumentaron 20 días mas

TESTIMONIALES

2. Rosmery Apaza Condori, de ocupación comerciante,

con domicilio en el jr. Pumacahua nro. 168, quien

declarara sobre los hechos materia de investigación

Page 70: Caso Yesenia Poma

en la presente para lo cual SOLICITO SE SEÑALE FECHA

Y HORA PARA SU DECLARACIÓN.

3. NORMA VILCA BENAVENTE, de ocupación comerciante,

con domicilio en el Jr. Pumacahua Nro. 168, quien

declarar sobre los hechos materia de investigación

en la presente, para lo cual, SOLICITO DE SEÑALE

FECHA Y HORA PARA SU DECLARACIÓN TESTIMONIAL.

Page 71: Caso Yesenia Poma

Fiscal : Dr. EDWIN E. CONDORI ONOFRE

Caso Nº : 2706124802-2014-47-0

Sumilla : Apersonamiento.

SEÑOR FISCAL DE LA SEGUNDA FISCALIA PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA DE SAN ROMAN-JULIACA.

YESENIA POMA CALLO, identificada con DNI Nro. 47184582, con domicilio en el Jr.

Alejandro Peralta Mz. B lote 15, Urb.

Tambopata, señalando mi domicilio procesal en el Jr. Pumacahua Nro. 233 Oficina 7-A, ambos de esta ciudad de

Juliaca, en autos injustamente

comprendido sobre VIOLENCIA FAMILIAR en

el supuesto agravio de DANIEL MELITON CONDORI PUMA,ante Ud., con el debido

respeto digo:

Que, a fin de ejercer mi derecho de defensa, ME APERSONO

por ante su Autoridad y señalo por mi domicilio procesal el

indicado en el exordio, lugar donde se me harán llegar las

futuras notificaciones de ley, y nombro como mi abogada

defensora ala LetradaBILMA SONIA CAHUAPAZA PORTILLO CON REG.

Nro. 3837, letrada que autoriza la presente.

POR LO EXPUESTO:

Pido a Ud. darme por apersonado y señalado mi domicilio

procesal.

Page 72: Caso Yesenia Poma

PRIMER OTROSIDIGO.- Que a fin de hacer los descargos de la demanda interpuesta por el supuesto agraviado, PRESENTO MEDIO PROBATORIO a fin de demostrar mi inocencia, consisten en:

TESTIMONIAL:

- NORMA VILCA BENAVENTE, de ocupación comerciante, con

domicilio en el Jr. Pumacahua Nro. 168 de esta ciudad de

Juliaca, quien declarara sobre los hechos materia de

investigación en la presente para lo cual SOLICITO DE SEÑALE FECHA Y HORAPARA SU DECLARACIÓN TESTIMONIAL.

POR LO EXPUESTO:

A Ud., Señor Fiscal se sirva acceder

conforme a lo solicitado.

Juliaca, 05 de marzo de 2014.

Page 73: Caso Yesenia Poma

Sec. Dr.

Exp. Nº

Cuad. Principal

Esc. Nº 01

Sumilla: INTERPONGO DEMANDA DE PRESTACIÓN DE ALIMENTOS

SEÑOR JUEZ DE TURNO DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN – JULIACA.

YESENIA POMA CALLO, identificada con

DNI Nro. 47184582, con domicilio en el

Jr. Alejandro Peralta Mz. B lote 15,

Urb. Tambopata, señalando mi domicilio

procesal en el Jr. Pumacahua Nro. 168,

ambos de esta ciudad de Juliaca, ante

Ud., con el debido respeto digo:

I.- NOMBRE Y DIRECCIÓN DEL DEMANDADO:

El demandado DANIEL MELITON CONDORI PUMA, identificado con DNI NRO. 43537043, tiene señalado como domicilio en el Jr. Abancay Nro. 224, Urbanización Jorge Chávez de esta ciudad de Juliaca, lugar donde se

demandara con la presente demanda y sus anexos.

II.- PETITORIO:

Invocando legitimidad e interés para obrar, y

demandando Tutela Jurisdiccional efectiva recurro a su

Magistratura a fin de INTERPONER DEMANDA DE PRESTACIÓN

Page 74: Caso Yesenia Poma

DE ALIMENTOS EN REPRESENTACIÓN DE MIS MENORES JAMES

PIERRE DANIEL CONDORI PUMA, DE 04 AÑOS DE EDAD Y YOSTIN

ALEXANDER FELIPE, DE 02 AÑOS DE EDAD, la misma que la

dirijo en contra del padre de mi menor hijo DANIEL

MELITON CONDORI PUMA, A FIN DE QUE ACUDA CON UNA

PENSIÓN ALIMENTICIA EN MONTO FIJO, MENSUAL Y ADELANTADA,

LA SUMA TOTAL DE S/. 600.00 (SEISCIENTOS NUEVOS SOLES),

PARA MIS DOS MENORES HIJOS, y que en su Resolución Final

su autoridad declare fundada en todos sus extremos la

presente demanda, pretensión que sustento en los

siguientes fundamentos que paso a exponer:

III.- FUNDAMENTOS FÁCTICOS:

Octavo.- ANTECEDENTES.- Con el demandado hemos convivido por mas de seis años, en el que, procreamos a nuestros

dos hijos, JAMES PIERRE DANIEL CONDORI PUMA, DE 04 AÑOS

DE EDAD Y YOSTIN ALEXANDER FELIPE DE DOS AÑOS DE EDAD.

Noveno.-Señor Juez, desde que convivimos con el

demandado, no ha habido comprensión, por cuanto el

demandado se dedica a la ingesta de bebidas alcohólicas,

y cuando llegaba al hogar conyugal, tenia un

comportamiento agresivo al extremo de maltratarme física

y psicológicamente, y lo hacia en presencia de mis dos

menores hijos.

Décimo.-NECESIDAD DEL ALIMENTISTA.- Señor Juez, mis dos menores hijos, a la fecha se encuentran bajo mi tutela y

cuidado, y por la corta edad que tienen, aun necesitan

de mi cuidado y atención, por lo que, se hace imposible

que pueda trabajar a tiempo completo, empero, en algunas

Page 75: Caso Yesenia Poma

oportunidades obligada por la necesidad, salgo a

trabajar, en la venta de jugo de quinua, y lo poco que

gano no es suficiente para poder cubrir mínimamente con

los gastos de la alimentaciónde los dos menores

alimentistas.

Decimoprimero.- Señor Juez, mi hijo de cuatro años de edad, en el presente año, se hace

necesario que pueda estudiar en el jardín, lo cual, es

requisito para que mas adelante pueda matricularlos en

alguna institución educativa de nivel primario y debido

a los escasos recursos económicos,a la fecha, no he

podido matricularlo en alguna institución educativa de

nivel inicial, y que no solo es necesario poder pagar

por derecho de matricula sino también se hace necesario

comprar útiles escolares, y como es de saberse, la

compra de los útiles escolares para nivel inicial

conllevan a que se necesite mas dinero.

Decimosegundo.- Con respecto a mi hijo de 02 años de edad, el gasto es mucho mas

fuerte, por cuanto, se hace necesario, poder comprar

leche para complementar su alimentación que es básico

para su desarrollo, así como también, vengo gastando en

los pañales que aun lo necesita por su corta edad.

Decimotercero.- en consecuencia por la edad que ostentan mi hija resulta necesario se

asigne una pensión alimenticia ya que se encuentran en

estado de necesidad y requiere el apoyo por parte del

obligado para cubrir los gastos de alimentación, salud y

educación, ya que siendo obligación de ambos padres el

Page 76: Caso Yesenia Poma

de prestar alimentos nuestra menor hija y no acudiendo

en la actualidad económicamente el demandado.

Es por lo que solicito a su despacho se asigne una

pensión alimenticia en favor de la recurrente y menor

hija.

Decimocuarto.- CAPACIDAD ECONOMICA DEL DEMANDADO.- El demandado, se dedica a prestar servicio de mototaxi, lo cual le genera muy

buenos ingresos económicos, y no tiene otra obligación

con persona alguna, por lo que, muy bien puede con la

pensión de alimentos solicitada por la recurrente en

favor de los dos menores alimentistas.

IV.- FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA:

Amparo la presente demanda de conformidad de lo que

dispone lo siguiente:

FUNDAMENTOS DE ORDEN SUSTANTIVO

Art. 06 de la Constitución Política del Estado.

Los padres están obligados a proveer el sostenimiento, educación y

Formación de sus menores hijos.

Art. 235 del C. C. Los padres están obligados a proveer al sostenimiento,

protección, educación y formación de sus hijos menores según su situación

y posibilidades.

Art. 474 del C.C. Los alimentos se deben recíprocamente:

1.- Los Cónyuges.

2.- Los Ascendientes y descendientes.

Page 77: Caso Yesenia Poma

3.- Los hermanos.

Art. 481 del C.C.- Los alimentos se regulan por el Juez en proporción a las

necesidades de quien los pide y de las posibilidades de que debe darlos,

atendiendo además a las circunstancias personales de ambos, especialmente

a las que se halle sujeto el deudor.

Art. 472 del C.C. Se entiende por alimentos lo que es indispensable para el

sustento, habitación, vestido y asistencia medica, según la situación y

posibilidades de la familia.

CODIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES:

Art. 92 Se considera alimentos lo necesario para el sustento, habitación,

Vestido, educación, instrucción y capacitación para el trabajo, asistencia

medica y recreación del menor.

Art. 93 ES OBLIGACIÓN DE LOS PADRES PRESTAR ALIMENTOS A SUS

HIJOS.

Normas que determinan la obligación legal a la que el demandado se

encuentra obligado, pues siendo padre del menor deben cumplir con acudir

con una pensión alimentista que sea suficiente para cubrir todas las

necesidades que engloba el concepto “alimentos”.

FUNDAMENTOS DE ORDEN PROCESAL Art. 130 424 y 561 inc. 2 del C.P.C.

V.- MONTO DEL PETITORIO:

El monto del petitorio alcanza por concepto de

alimentos a favor de mis dos menores hijos, POR LA SUMA

Page 78: Caso Yesenia Poma

TOTAL DE TOTAL DE S/. 600.00 (SEISCIENTOS NUEVOS SOLES);

la que deberá ser cubierta en forma mensual, y por

adelantado por el obligado.

VI.- VÍA PROCEDIMENTAL:

El presente proceso debe tramitarse por la VÍA DEL

PROCESO ÚNICO.

VII.- MEDIOS PROBATORIOS:Ofrezco los siguientes medios probatorios:

DOCUMENTALES QUE ACREDITAN EL ENTRONCAMIENTO FAMILIAR:

7. Acta de nacimiento de JAMES PIERRE DANIEL CONDORI

PUMA

8. Acta de nacimiento de YOSTIN ALEXANDER FELIPE

DOCUMENTALES QUE ACREDITAN EL ESTADO DE NECESIDAD DE LOS DOS MENORES ALIMENTISTAS:

9. Declaración jurada de gastos realizados por la

recurrente, en los alimentos de los dos menores

alimentistas.

10. 02 recibos originales por concepto de compra, con las

que se demuestras los gastos que vengo realizando la

recurrente.

11. LA DECLARACIÓN DE PARTE del demandado, en forma personal e indelegable, conforme al pliego

interrogatorio que se adjunta.

Page 79: Caso Yesenia Poma

DOCUMENTALES QUE DEMUESTRAN LA CAPACIDAD ECONOMICA DEL DEMANDADO.

12. LA DECLARACIÓN DE PARTE del demandado, en forma personal e indelegable, conforme al pliego

interrogatorio que se adjunta.

VIII.- ANEXOS:

Adjunto los siguientes.

1.H.- Acta de nacimiento de JAMES PIERRE DANIEL CONDORI PUMA, con la que se demuestra el entroncamiento

familiar en forma indubitable.

1.I.- Acta de nacimiento de YOSTIN ALEXANDER FELIPE, con la que se demuestra el entroncamiento familiar en

forma indubitable.

1.J.- Declaración jurada de gastos realizados por la recurrente, en los alimentos de los dos menores

alimentistas.

1.K.- 04 recibos originales por concepto de compra, con las que se demuestras los gastos que vengo

realizando la recurrente.

1.L.- Pliego interrogatorio. 1.M.- Croquis del domicilio del demandado.1.N.- Copia de la demanda y anexos.

POR LO EXPUESTO:

Page 80: Caso Yesenia Poma

A Ud. Señor Juez, solicito se sirva admitir la

presente demanda, en su oportunidad declararlo fundada.

PRIMER OTROSI DIGO: Que de conformidad con el Art. 80 del Código Procesal Civil, nombro como mi abogada

defensora a la letrada que autoriza el presente escrito,

otorgándole las facultades generales de representación

contenidas en el Art. 74 del Código acotado,

manifestando la recurrente de estar instruida de dicha

representación y de sus alcances.

Juliaca, 31 de marzo de 2014.

Page 81: Caso Yesenia Poma

PLIEGO INTERROGATORIO CONFORME AL CUAL PRESTARA SU

DECLARACION DE PARTE, EL DEMANDADO: DANIEL MELITON CONDORI PUMA, EN EL PROCESO QUE SIGUE YESENIA POMA CALLO EN REPRESENTACIÓN DE MIS MENORES JAMES PIERRE DANIEL

CONDORI PUMA Y YOSTIN ALEXANDER FELIPE, SOBRE PRESTACIÓN

DE ALIMENTOS.

PREGUNTADO PARA QUE DIGA:

6. Como es verdad que sabe, que su preguntante no tiene

los suficientes medios económicos, para sufragar los

gastos de alimentación de sus menores hijos.

7. cómo es verdad que Ud., a la fecha no cumple con sus

obligaciones de proveer alimentos, a sus dos menores

hijos.

8. Cómo es verdad que Ud., es consiente que sus dos

menores hijos requieren contar con una pensión de

alimentos.

9. Como es verdad que Ud., tiene registrado a su nombre

en calidad de propietario, dos moto-taxis (moto

cadena y la otra una torito).

10. cómo es verdad que Ud., hace uso de la moto torito

que esta registrado a su nombre, para prestar

servicio de transporte a personas.

J

uliaca, 31 de marzo del 2014.

Page 82: Caso Yesenia Poma
Page 83: Caso Yesenia Poma

SOLICITO: GARANTIAS PERSONALES.

SEÑOR GOBERNADOR DEL DISTRITO DE JULIACA, PROVINCIA DE SAN ROMAN.-

EMILDA CALLO MAMANI con DNI. Nº 43169664,

con domicilio real en el jirón Alejandro

peralta Mz B lote 15, de esta ciudad de

Juliaca, ante Ud. con el debido respeto

me presento y digo:

Que, de conformidad con el D.S. 004 – 07 – IN del 1 de

febrero del 2007, así mismo como lo establece nuestra

Constitución Política del Estado, Art. 2 Inc. 1,11,15, 20, 24

- h, recurro a su digno Despacho con la finalidad de

SOLICITAR GARANTIAS PERSONALES, la misma que deberá otorgarme la persona de DANIEL MELITON CONDORI PUMA, MARIA ADELMA CONDORI PUMA Y ROSA CONDORI PUMA, todos con domicilio en al av. Abancay nro. 224, de esta ciudad de Juliaca; garantías

que también se harán extensivas a mis demás familiares; y por

los fundamentos siguientes:

PRIMERO.- Señor gobernador, al persona de DAMIEL MEITON CONDORI PUMA, desde que ha convivido con mi hija YESENAI POMA

CALLO, dicha persona empezó a agredirla física y

psicológicamente, cada vez que salía ya sea a trabajar o a

algún evento realizado por su asociación de moto-taxi, del

cual regresaba ebrio a la casa.

SEGUNDO.- La persona de DANIEL MELITON CONDORI PUMA, es una persona agresiva, ya que en forma constante agrede física y

psicológicamente a mi hija YESENIA POMA CALLO, en presencia

de mis menores nietos, ALEXANDER Y JAMES, quienes presencias

Page 84: Caso Yesenia Poma

las agresiones que sufre mi hija YESENIA, y que también somos

testigos de dichas agresiones la recurrente, mi esposo y mis

tres hijos menores.

TERCERO.- En el mes de mayo de 2013, en circunstancias que el conviviente de mi hija, DANIEL MELITON CONDORI PUMA, se

apersono al puesto de venta de jugo de mi hija YESENIA POMA

CALLO, ubicado en el mariano nuñez con huaynacapac, altura

centro comercial 2, solo para agredirla física y verbalmente,

y también la persona de MARIA ADELMA CONDORI PUMA, se

apersona con la finalidad de agredirla psicológicamente, con

amenazas de muerte, a mi hija YESENIA.

CUARTO.- En fecha 12 de febrero de 2014, a horas

aproximadamente 8.00 am, la persona de ROSA CONDORI PUMA,

llama por teléfono celular a mi hija YESENAI, par amenazarle

de muerte con palabras soeces tales como “perra, puta, no te

va a dejar así no mas, te vamos a hacer tiras”

QUINTO.- Señor gobernador, mi hija YESENIA POMA CALLO es mi hija, y conviviente de DANIEL MELITON CONDORI PUMA y las

personas de MRIA ADELMA CONDORI PUMA y ROSA CONDORI PUMA son

las cuñadas de mi hija, y como quiera que ha desmejorado la

relación entre mi hija y su conviviente, por los contantes

agresiones físicas y psicológicas, es que temo por la vida de

mi hija, y que al pretender proteger a mi hija, temo que los

denunciados en represalia atenten contra la recurrente y mis

familia, por cuanto en una fecha en que defendía a mi hija de

las agresiones físicas de su conviviente DANIEL MELITON

CONDORI PUMA, este sin temor alguno me empujo fuertemente sin

importante mi salud tanto mas que la recurrente había sido

operada de la cabeza.

Page 85: Caso Yesenia Poma

SEXTO.- En el mes de noviembre de 2003, en circunstancias que la recurrente me encontraba ya descansando por cuanto era

1.00 am, horas de madrugada, el denunciado Daniel Melitón

Condori puma, llega a mi domicilio, lugar donde también

convive con mi hija YESENIA POMA CALLO, estaba gritando con

palabras “mami, mami…” y preocupada salgo a ver que sucede y

al apersonarme a la habitación donde conviven veo a la

persona de DANIEL MELITON CONDORI PUMA que tenia el pantalón

roto, con la camisa abierta y portaba dos desarmadores entre

las mangas de la camisa, y un cuter en el cinturón del

pantalón, amenazando gritos de muerte, a mi hija YESENIA, y

por temor a que cumplir con sus amenazas, mi esposo, EMILIO

CONDORI Y MI HIJO TONY CONDORI CALLO, logramos quitar los

objetos que tenia, razón por la cual temo por mi seguridad y

la de mis familiares.

SEPTIMO.- Señor gobernador, tengo referencias por mi hija YESENIA POMA CALLO, que su conviviente DANIEL MELITON

CONDORI PUMA, es una persona con problemas de conducta, por

cuanto es una personas rebelde, agresiva , con problemas

psicológicos, ya que es una persona que se dedica a la

ingesta de bebidas alcohólicas, persona que se corta con

guillet en los miembros inferiores y superiores y prueba de

ello son las cicatrices que presenta en dichas partes de su

cuerpo, razones suficientes para temer que esta persona en un

arrebato pueda victimar a mi hija YESENIA o a algún familiar

mío.

OCTAVO.- Señor gobernador, los familiares de DANIEL MELITON CONDORI, como son MARIA ADELMA CONDORI PUMA Y ROSA CONDORI

PUMA, son personas agresivas y temo que logren agredir

físicamente mi hija YESENIA POMA CALLO y a mis familiares

solo por pretender defender a mi hija YESENIA.

Page 86: Caso Yesenia Poma

ANEXO.-

- COPIA LEGIBLE DE MI DNI.

POR LO EXPUESTO:

Pido a Ud. dar por interpuesta la denuncia y se dé el

trámite de ley, y se imponga una fuerte multa a los

denunciados.

OTROSI DIGO.- Declaro bajo juramento que con los denunciados no tenemos ningún proceso judicial, ni policial ni

administrativo en trámite, por lo que se tenga presente al

momento de admitir la presente denuncia.

Juliaca, 28 de marzo de 2014.

Page 87: Caso Yesenia Poma

Fiscal : Dr. EDWIN E. CONDORI ONOFRE

Caso Nº : 2706124802-2014-47-0

Sumilla : PONGO DE CONOCIMIENTO Y

OTROS.

SEÑOR FISCAL DE LA SEGUNDA FISCALIA PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA DE SAN ROMAN-JULIACA.

YESENIA POMA CALLO,en autos injustamente

comprendido sobre VIOLENCIA FAMILIAR en

el supuesto agravio de DANIEL MELITON

CONDORI PUMA,ante Ud., con el debido

respeto digo:

Que, a fin de poder defenderme de los hechos materia de

investigación en el presente proceso sobre violencia

familiar, y a fin de que su despacho tenga un conocimiento

real de los hechos y pueda resolver mejor, pongo de

conocimiento lo siguiente:

Vigesimooctavo.- Señor Fiscal, la recurrente cuando tenía tan solo 15 años de edad, me dedicaba a la venta de Jugo de

quinua actividad que la realizo hasta la fecha, donde el

supuesto agraviado era uno de los clientes, que en forma

constante en compañía de su amigo Carranza venían a consumir,

donde me sedujo con palabras bonitas siendo así que en dos

oportunidad me hizo beber trago, y estando ya mareada

inconsciente, es que se aprovechó para tener relaciones

sexuales con la recurrente, siendo así que en la segunda

Page 88: Caso Yesenia Poma

oportunidad, Salí embarazada de la cual con el supuesto

agraviado tenemos a nuestro menor hijo JAMES CONDORI POMA de

5 años de edad.

Vigesimonoveno.- Como quiera que había salido embarazada del supuesto agraviado, la madre de este, FRANCISA PUMA RAMOS, se apersono a mi domicilio donde vivo con mis padres, en compañía de su padrastro FORTUNATO COILA COAQUIRA, a

conversar sobre mi situación a fin de evitar que mis padres

puedan interponer denuncia penal por violación sexual, ya que

el supuesto agraviado estaba incurso en otro delito como es

de secuestro y violación sexual de menor de edad, y como

quiera que mis padres no contaban con recursos económicos

para seguir un proceso penal, es que aceptaron que la

recurrente y el supuesto agraviado convivamos, y que he

convivido con el supuesto agraviado hasta el 12 de febrero de

este año.

Trigésimo.- Señor Fiscal, durante el tiempo de convivencia con el supuesto agraviado, siempre me ha agredido física y

psicológicamente, argumentando que a quien quería era a la

persona de YURI FRISELDA ARCATA FIGUEROA, persona quien anteriormente le había denunciado por delito de secuestro y

violación sexual de menor de edad, asimismo refería que era

mi culpa que se haya separado de esta última persona, por

haber salido embarazada y que me haría pagar todo lo que le

había pasado, amenaza que ha cumplido hasta la fecha, ya que

mi vida a su lado ha sido un infierno y que he aguantado solo

por mis dos menores hijos y por miedo a que cumpla sus

amenazas de victimarme ya que esta persona ha estado

internado en el Centro penitenciario La capilla ya que me

decía que la cárcel era como su segundo hogar y que si le

denunciaba este ya sabíacómo salir y que me mataría y que

haría desaparecer a cada de uno de mis familiares.

Page 89: Caso Yesenia Poma

Trigésimo primero.- Asimismo, señor Fiscal durante la convivencia y hasta la fecha, el supuesto agraviadosiempre se ha dedicado a la ingesta de bebidas alcohólicas y cuando venía a la cada donde convivíamos, que es la casa de mis padres, siempre me golpeaba, me amenazaba de muerte, hasta me obligaba a tener relaciones sexuales, al extremo de cortarse con guillet en los miembros inferiores y superiores, y prueba de ello son las cicatrices que presenta en dichas partes de su cuerpo.Trigésimo segundo.- De igual forma,el supuesto agraviado antes de que conviviéramos también presentaba cicatrices en otras partes del cuerpo, parte del abdomen y en uno de los brazos tiene marcado el nombre de la persona que le había denunciado anteriormente, esto es, FRISELDA.Trigésimo tercero.- Señor Fiscal, la recurrente desde los 12 años de edad, me he dedicado a la venta de jugo de

quinua, esto por la calle Moquegua con Mariano Nuñez,

actividad que la vengo realizando hasta la fecha, ya que el

supuesto agraviado durante la convivencia no aportaba

económicamente y que solo se quedaba en la casa donde

convivíamos con el argumento de cuidar a nuestro hijo mayor,

ya que el menor, siempre lo he dejado al cuidado con mi madre

por su corta edad, y cuando yo le obligaba a que fuera a

trabajar el supuesto agraviado solo salía a embriagarse y

venía a la casa a hacer problemas.

Trigésimo cuarto.- Señor fiscal, en el año de 2009, año en

que hemos empezado a convivir, el supuesto agraviado me decía

que no tenía donde trabajar, en que trabajar, por lo que, la

recurrente le he comprado una moto cadena de segunda mano, ya

que la recurrente tenia mis ahorros pero, el supuesto

agraviado utilizo dicha mototaxi cadena, solo para

embriagarse al extremo de dejarlo inservible y a la fecha

Page 90: Caso Yesenia Poma

dicha moto taxi se encuentra botado en mi casa. Durante el

año siguiente, como quiera que la moto taxi esta inservible,

nuevamente le compre una nueva mototaxi torito, para lo cual,

su madre se ofreció a realizar préstamo dinero del banco

crediscotiabank por la cantidad de S/. 12,000.00 nuevos

soles, deuda que yo he terminado de pagar por completo y a la

fecha dicha moto taxi está desaparecido, y a la semana

siguiente, de los hechos materia de investigación, el

supuesto agraviado viene manejando otra moto taxi torito de

color azul, con la que me viene siguiendo acompañada de su

hermana MARIA ADELMA CONDORI PUMA.

Trigésimo quinto.- De igual forma, debe tener conocimiento

de que en el año 2013, nuevamente se ha realizado un préstamo

de dinero del Banco crediscotiabank, por la cantidad de S/.

25,000.00 nuevos soles, deuda que está a nombre de la madre

del supuesto agraviado, y que dicho préstamo se ha realizado

con la finalidad de construir una vivienda, en el terreno de

los padres del supuesto agraviado, ya que estos no habían

dado como anticipa de legitima al supuesto agraviado, y como

quiera que solo la recurrente es quien trabaja y contribuye

económicamente con la economía familiar, por lo que, he

pagado dicha deuda durante un año, faltando solo medio año

para terminar de pagar.

Trigésimo sexto.- Señor Fiscal, el supuesto agraviado es una persona que presenta trastornos psicológicos, como lo tengo manifestado, es persona que se auto lesiona con cortes en diferentes partes del cuerpo, con objeto de guillet y siempre lo hace en estado de ebriedad, e incluso en presencia de mis menores hijos. Asimismo, el supuesto agraviado siempre lleva consigo un desarmador y un cuchillo, objetos con los

cuales me hace temer por mi integridad física, y la de mis

menores hijos.

Page 91: Caso Yesenia Poma

PRIMER OTROSIDIGO.-Mediante disposición fiscal Nro. 30 -2014 de fecha 18 de febrero de 2014, su despacho ha dispuesto

aperturar el plazo de investigación por el término de diez

hábiles, y a fin de poder defenderme de los cargos formulados

por el supuesto agraviado SOLICITO SE AMPLIE EL PLAZO DE INVESTIGACION A FIN DE QUE SE PUEDA CUMPLIR CON LAS DILIGENCIAS SOLICITADAS POR LA RECURRENTE, DILIGENCIAS QUE PERMITIRAN DEMOSTRAR QUE LOS HECHOS DEMANDADOS SON FALSOS Y QUE MUY AL CONTRARIO LA RECURRENTE Y MIS DOS MENORES HIJOS, SOMOS LAS VICTIMAS DE LOS MALTRATOS FISICOS Y PSICOLOGICOS POR PARTE DEL SUPUESTO AGRAVIADO .

SEGUNDO OTROSIDIGO.- Señor Fiscal a fin de demostrar lo vertido en la presente y de demostrar lo declarado ante

despacho fiscal,SOLICITO SE REALIZE LAS SIGUIENTES DILIGENCIAS:

10.- Se recabe los antecedentes penales del supuesto

agraviado.

11.- Solicito se curse oficio al Instituto de Medicina

legal, a fin de que el supuesto agraviado sea revisado

por el médico de turno, con la finalidad de demostrar

que el supuesto agraviado presenta cicatrices en

diferentes partes del cuerpo, lesiones que este se ha

ocasionado conforme a los hechos manifestados en la

presente, con lo que se demostrara, que el supuesto

agraviado presenta trastornos psicológicos y que ahora

interpone la presente demanda solo por venganza por

cuanto la recurrente le he manifestado que me separaría

Page 92: Caso Yesenia Poma

de esta persona, ya que estoy cansada de sus maltratos

hacia la recurrente y mis dos menores hijos.

12.- Solicito se curse oficio al Instituto de medicina

legal a fin de que el supuesto agraviado sea evaluado

por el psicólogo de turno, diligencia que permitirá

demostrar que el supuesto agraviado presenta trastornos

psicológicos, ya que su comportamiento no es normal,

hecho que queda demostrado con las diferentes cicatrices

que presente en diferentes partes del cuerpo y que a su

vez porta desarmador, cúter, cuchillo a fin de

intimidarme para que no le denuncie por los maltratos

tanto físicos y psicológicos; asimismo dicha evaluación

psicológica permitirá demostrar que el supuesto

agraviado presenta problemas de alcoholismo.

TERCER OTROSIDIGO . - Presento MEDIOS PROBATORIOS DE DESCARGO:

DOCUMENTALES:2.C.- Copia simple de recorte de Periódico de fecha 28 de

agosto de 2008, con la cual demuestro que el supuesto

agraviado es persona acostumbrada a estar inmerso en

procesos judiciales.

2.D.- Expediente Nro. 2008-185, cuarto Juzgado penal de

la provincia de San Román – Juliaca, a fin de acreditar

la preexistencia de dicho proceso penal, SOLICITO A SU DESPACHO SE SIRVA OFICIAR A FIN DE QUE SE INFORME SOBRE LA SITUACION PROCESAL DEL SUPUESTO AGRAVIADO EN CALIDAD DE IMPUTADO POR EL DELITO DE SECUESTRO Y VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, EXP. 2008-185, lo que demuestra que el supuesto agraviado es persona acostumbrada a estar inmerso en procesos judiciales.

Page 93: Caso Yesenia Poma

TESTIMONIALES:

- ROSMERY APAZA CONDORI, de ocupación comerciante, con

domicilio en el Jr. Pumacahua nro. 233 oficina 7-A,

quien declarar sobre los hechos materia de investigación

en la presente para lo cual SOLICITO DE SEÑALE FECHA Y HORAPARA SU DECLARACIÓN TESTIMONIAL.

- EMILIO CONDORI APAZA , de ocupación comerciante, con

domicilio en el Jr. Alejandro peralta S/n Mz. B lote 15-

Anexo Tambopata, quien declarar sobre los hechos materia

de investigación en la presente para lo cual SOLICITO DE SEÑALE FECHA Y HORAPARA SU DECLARACIÓN TESTIMONIAL.

- EMILDA CALLO MAMANI , de ocupación ama de casa, con

domicilio en el Jr. Alejandro peralta S/n Mz. B lote 15-

Anexo Tambopata, quien declarar sobre los hechos materia

de investigación en la presente para lo cual SOLICITO DE SEÑALE FECHA Y HORAPARA SU DECLARACIÓN TESTIMONIAL.

ANEXO:2.C.- Copia simple de recorte de periódico en fecha 28

de agosto del 2008.

2.D.- A fojas 02, copia simple de la resolución Nro. 03

de fecha 29 de junio de 2009.

POR LO EXPUESTO:

Señor Fiscal, tenga presente lo manifestado en la presente y

se sirva acceder conforme a lo solicitado.

Juliaca, 07 de marzo de 2014.

Page 94: Caso Yesenia Poma

Fiscal : Dr. EDWIN E. CONDORI ONOFRE

Caso Nº : 2706124802-2014-47-0

Sumilla : Apersonamiento.

SEÑOR FISCAL DE LA SEGUNDA FISCALIA PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA DE SAN ROMAN-JULIACA.

YESENIA POMA CALLO, identificada con DNI Nro. 47184582, con domicilio en el Jr.

Alejandro Peralta Mz. B lote 15, Urb.

Tambopata, señalando mi domicilio procesal en el Jr. Pumacahua Nro. 233 Oficina 7-A, ambos de esta ciudad de

Juliaca, en autos injustamente

comprendido sobre VIOLENCIA FAMILIAR en

el supuesto agravio de DANIEL MELITON CONDORI PUMA,ante Ud., con el debido

respeto digo:

Que, a fin de ejercer mi derecho de defensa, ME APERSONO

por ante su Autoridad y señalo por mi domicilio procesal el

indicado en el exordio, lugar donde se me harán llegar las

futuras notificaciones de ley, y nombro como mi abogada

defensora ala LetradaBILMA SONIA CAHUAPAZA PORTILLO CON REG.

Nro. 3837, letrada que autoriza la presente.

POR LO EXPUESTO:

Pido a Ud. darme por apersonado y señalado mi domicilio

procesal.

Page 95: Caso Yesenia Poma

PRIMER OTROSIDIGO.- Que a fin de hacer los descargos de la demanda interpuesta por el supuesto agraviado, PRESENTO MEDIO PROBATORIO a fin de demostrar mi inocencia, consisten en:

TESTIMONIAL:

- NORMA VILCA BENAVENTE, de ocupación comerciante, con

domicilio en el Jr. Pumacahua Nro. 233 – Oficina 7-A,

quien declarar sobre los hechos materia de investigación

en la presente para lo cual SOLICITO DE SEÑALE FECHA Y HORAPARA SU DECLARACIÓN TESTIMONIAL.

SEGUNDO OTROSIDIGO.- A fin de ejercer mi derecho de defensa, SOLICITO COPIAS SIMPLES DE LAS SIGUIENTES PIEZAS PROCESALES:

- Demanda de Violencia familiar.

- Declaración de Daniel Meliton Condori Puma.

- Declaración de MariaAdelma Condori Puma.

- Declaración de Fortunato Coila Coaquira.

- Protocolo de pericia Psicológica nro. 001348 – 2014-PSC-

UVF

- Declaración de la denunciada YESENIA POMA CALLO.

- Acta de denuncia verbal ante la PNP.

ANEXO:

1.A.- DNI de la recurrente.

1.B.- Boucher de pago por especie valorada.

POR LO EXPUESTO:

A Ud., Señor Fiscal se sirva acceder

conforme a lo solicitado.

Juliaca, 05 de marzo de 2014.

Page 96: Caso Yesenia Poma
Page 97: Caso Yesenia Poma

SOLICITO: COPIA DE VIDEO DE CAMARAS DE VIGILANCIA REGISTRADOS.

SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN – JULIACA

YESENIA POMA CALLO, identificada con DNI Nro. 47184582, con domicilio en el Jr.

Alejandro Peralta Mz. B lote 15, Urb.

Tambopata, señalando mi domicilio

procesal en el Jr. Pumacahua Nro. 233

Oficina 7-A, ambos de esta ciudad de

Juliaca, ante Ud., con el debido respeto

digo:

Que, la recurrente en fecha 14 de febrero de 2014, a horas 4.30 a 5.30 am, he sido objeto de agresión física, esto en la calle Mariano Núñez con HuaynaCapac, Centro Comercial

Nro. 02, por lo que, SOLICITO SE SIRVA PROVEER A QUEN CORRESPONDA PARA QUE SE ME OTORGUE UNA COPIA DE VIDEO REGISTRADO EN LAS CÁMARAS DE VIGILANCIA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMÁN, de la fecha, hora y lugar indicados en líneas arriba.

POR LO EXPUESTO:

A Ud., Señor Alcalde Solicito se sirva acceder conforme a lo

solicitado.

Juliaca, 04 de marzo de 2014.