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Fecha de aprobación: 13 de julio de 2006
Fecha de última certificación: 23 de diciembre de 2017
Fecha de última evaluación: 19 de junio de 2018
Carta de Servicios de Bomberos
1. Introducción
El Ayuntamiento de Madrid contrae un compromiso de hacer una ciudad con calidad de vida
con un modelo de atención a las emergencias excelente y donde la ciudadanía se sienta
protegida. En una gran ciudad como Madrid, con más de tres millones de habitantes y un
número igualmente cuantioso de visitantes, se producen diariamente multitud de siniestros
que requieren la intervención de un cuerpo profesional, para hacer frente rápida y eficazmente
a los mismos y minimizar sus consecuencias. Tal es el objetivo del Cuerpo de Bomberos del
Ayuntamiento de Madrid, conocedor de que de la calidad de su trabajo dependen vidas y
bienes, estos muchas veces irrecuperables.
Con ese convencimiento los miembros del Cuerpo de Bomberos se enfrentan día a día a todo
tipo de situaciones imprevistas y muchas veces peligrosas, con una firme vocación de servicio
a la comunidad. Como un paso más en este decidido compromiso de mejora continua y
acercamiento a la ciudadanía, asumen el compromiso institucional de establecer y
desarrollar la presente Carta de Servicios, en la que se da a conocer los servicios que prestan
y el grado de eficiencia que se exige en su ejecución.
El objetivo estratégico correspondiente al Plan de Gobierno 2015-2019 en el que se enmarca
esta Carta es proporcionar una respuesta eficaz y coordinada y atender a las
situaciones de emergencia.
Dicho objetivo engloba a su vez dos estrategias: “Ciudadanía formada frente a la
emergencia” y “Cohesión, transparencia, modernidad y proyección profesional del
servicio de emergencias”. La primera, incluye la disposición de una información integrada y
de rápido despliegue ante situaciones de emergencia que dé garantías a la ciudadanía, así
como el desarrollo de campañas divulgativas, cursos, visitas y simulacros, a fin de fortalecer la
capacidad ciudadana frente a riesgos relacionados con las actuaciones de respuesta a las
emergencias del Cuerpo de Bomberos. La segunda, está encaminada a procurar un servicio
universal y de alta calidad en la atención de emergencias mediante la modernización de la
estructura del Cuerpo de Bomberos y la modificación del Reglamento de Bomberos; acercar
Bomberos a la ciudadanía a través del incremento del número de parques de bomberos y de la
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plantilla y la mejora de los parques de bomberos existentes para conseguir una respuesta más
rápida en caso de siniestro; garantizar la seguridad ciudadana con servicios de emergencia
más seguros por medio de planes operativos de renovación de vehículos y equipos y la mejora
de las condiciones en materia de prevención de riesgos laborales; la construcción de un parque
de Bomberos y sede de Samur en la Calle San Bernardo nº 68; y la construcción de un parque
de Bomberos y sede de Samur en la calle Transformador (Vicálvaro).
La Carta de Servicios de Bomberos se aprobó por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
el 13 de julio de 2006, se certificó por AENOR el 23 de diciembre de 2014 y renovó su
certificación el 23 de diciembre de 2017. Este texto corresponde a la evaluación realizada en
marzo de 2018, con ello el Ayuntamiento de Madrid manifiesta nuevamente su compromiso
con la calidad y la mejora continua de sus servicios.
2. Datos de carácter general
Datos del órgano directivo
El Cuerpo de Bomberos, a través del cual se presta el servicio de prevención y extinción de
incendios y salvamentos, depende de la Dirección General de Emergencias y Protección
Civil, encuadrada dentro de la Coordinación de Seguridad y Emergencias dependiente del Área
de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid.
La prevención y extinción de incendios y salvamentos, prestada por el Cuerpo de Bomberos del
Ayuntamiento de Madrid, se encuentra en el ámbito material de competencias previsto en el
Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de
organización y competencias del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias.
Por su importancia para la protección civil y la tranquilidad comunitaria, el servicio prestad por
el Cuerpo de Bomberos tiene carácter de servicio esencial, que adquiere su justificación en la
existencia de situaciones de siniestro o calamidad colectiva susceptibles de ocasionar riesgo
inminente para la integridad o la tranquilidad de las personas, o daños graves en los bienes de
dominio público o privado.
Sus principales cometidos son la lucha contra el fuego, en sus dos vertientes de intervención y
prevención, y el salvamento de bienes y personas en todos los siniestros que se produzcan
dentro del término municipal. No obstante, a través de convenios de colaboración o, a petición
urgente en caso de catástrofe o calamidad pública, la superior autoridad del Cuerpo de
Bomberos podrá ordenar el envío de efectivos o material a cualquier lugar del territorio
nacional o al extranjero, en el marco de las Unidades de Apoyo ante Desastres.
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Dentro de su faceta de prevención hay que distinguir entre la que realiza sobre los elementos
estructurales o arquitectónicos de la ciudad, a través de la supervisión del cumplimiento de la
normativa vigente en la materia o el oportuno asesoramiento especializado, y la que realiza
sobre la propia ciudadanía, fortaleciendo su capacidad de cautela y respuesta ante las
emergencias que se pudieran producir, a través de actividades formativas y divulgativas.
Unidades prestadoras del servicio
Para lograr un mejor servicio a la ciudadanía, consiguiendo una mayor eficacia en el
cumplimiento de los cometidos que tiene asignados, el Cuerpo de Bomberos se organiza en
dos estructuras, una encargada de las actividades de gestión, derivadas del propio
funcionamiento del servicio, y otra operativa, directamente enfocada a la intervención en los
siniestros.
A su vez, estas estructuras se organizan en distintitas unidades (Jefatura del Cuerpo,
Inspección Adjunta Operativa, Inspecciones, Subinspecciones, Unidades, Divisiones, Zonas,
Parques, etc.), cuyo funcionamiento coordinado hace posible la prestación del servicio.
3. Normativa
Además de la normativa general relativa al régimen local, procedimiento administrativo,
régimen jurídico de las Administraciones Públicas, atención a la ciudadanía, transparencia,
participación ciudadana, protección de datos, etc., la normativa específica relativa a los
servicios objeto de esta Carta es:
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en sus arts. 25 y
26.
Decreto legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de
Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid.
Acuerdo vigente de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, que regula la
organización, estructura y competencias del Área de Gobierno Salud, Seguridad y
Emergencias.
Reglamento del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, de 27 de julio de
1984, y cuantas órdenes e instrucciones complementarias hayan sido o sean dictadas por
la Jefatura del Cuerpo y la Dirección General de Emergencias y Protección Civil.
Normativa en materia de formación del Ayuntamiento de Madrid.
Normativa vigente en materia de Prevención de incendios y Autoprotección.
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Acuerdo de 22 de diciembre de 2011 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se
aprueba la imposición de la Tasa por el mantenimiento de los servicios de emergencia
que presta el Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, así como su Ordenanza
Fiscal reguladora.
4. Derechos y responsabilidades
Derechos
La ciudadanía tiene derecho a que el servicio se realice de acuerdo con los principios de
celeridad, oportunidad, proporcionalidad, cooperación y asistencia activa entre
administraciones, respeto a los derechos fundamentales y a las libertades públicas, y
sometimiento al ordenamiento jurídico en todo lo referente a su actividad.
Toda persona, incluso siendo menor de edad o incapacitada, tiene derecho a recabar la
actuación del Cuerpo de Bomberos en las situaciones de siniestro o de calamidad. En todo
caso, el Ayuntamiento de Madrid denunciará los avisos falsos, con el fin de exigir a sus autores
las responsabilidades pertinentes.
Por último, la ciudadanía tiene derecho a la información sobre sus responsabilidades públicas
en materia de prevención, extinción de incendios, salvamentos y autoprotección.
Responsabilidades
Dado su carácter de servicio esencial de respuesta a siniestros y emergencias, la colaboración
ciudadana no solo es básica sino exigible por la ley.
Por ello la recepción y uso del servicio debe considerarse de carácter obligatorio, aunque con
motivo u ocasión de tales intervenciones se puedan lesionar derechos individuales o se puedan
producir perjuicios patrimoniales.
Igualmente la ciudadanía está obligada a cumplir las medidas de prevención y protección para
personas y bienes establecidas por las leyes.
Por otra parte, en caso de grave riesgo y cuando la emergencia lo requiera, se podrán imponer
prestaciones personales y hacer requisas u ocupaciones temporales de todo tipo de bienes, de
acuerdo con lo establecido en la legislación del Estado en materia de protección civil, y con las
compensaciones que se establezcan en la legislación sobre responsabilidad de la
Administración.
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5. Mecanismos y modalidades de participación
El Ayuntamiento de Madrid realiza una apuesta fuerte por el desarrollo y puesta en marcha
de los procesos participativos, que garanticen el derecho de la ciudadanía a participar en la
toma de decisiones junto con los poderes públicos, de manera que el sentir de la totalidad de
la población se tenga en cuenta con carácter previo a la adopción de decisiones que puedan
afectar a un Distrito concreto o a la totalidad de la Ciudad.
De acuerdo a la normativa de aplicación establecida por el Ayuntamiento de Madrid en el
ámbito de la Participación Ciudadana, destacan los siguientes mecanismos, instrumentos y
órganos de participación:
Las propuestas ciudadanas: la ciudadanía realiza propuestas de actuación en asuntos
de competencia municipal o interés local. Cuando alcanzan los apoyos requeridos,
pueden someterse a debate y votación final, decidiendo entre todas y todos las que
se llevan a cabo (mayoría simple de los participantes).
Las audiencias públicas: el Ayuntamiento invita a la ciudadanía a participar en
cuestiones especialmente significativas de la acción municipal y lo que se decida
mayoritariamente, definirá las actuaciones a realizar.
Las iniciativas populares: iniciativas normativas e iniciativas ciudadanas para
promover actividades de interés público.
Las proposiciones al Pleno y a las Juntas de Distrito y los ruegos y preguntas en las
sesiones plenarias del Distrito correspondiente.
Las sugerencias y reclamaciones: la ciudadanía ejerce su derecho a presentar
sugerencias relativas a la creación, ampliación o mejora de los servicios prestados por
el Ayuntamiento de Madrid; reclamaciones por tardanzas, desatenciones, incidencias
o cualquier otra anomalía en su funcionamiento y felicitaciones, sobre los servicios
prestados por el Ayuntamiento.
El Consejo Director de la Ciudad, los Consejos Sectoriales y los Foros Locales.
Los sondeos de opinión, encuestas de satisfacción, consejos y foros temáticos, y
paneles ciudadanos. Entre ellos destaca la Encuesta de Calidad de Vida y Satisfacción
con los Servicios Públicos, encuesta presencial de carácter bienal que tiene por
objetivo analizar el grado de satisfacción de la ciudadanía madrileña con los servicios
públicos municipales, así como conocer su opinión ciudadana respecto a la calidad de
vida en la ciudad.
Para avanzar de un modo decidido hacia las fórmulas reales de participación de la ciudadanía
que profundicen y den sentido al compromiso de lograr un gobierno abierto, se ha puesto en
marcha la web de gobierno abierto del Ayuntamiento de Madrid, destinada a que la
ciudadanía pueda promover propuestas de actuación municipal de forma libre y
transparente. En ella, a través de la plataforma de participación decide.madrid se pueden
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presentar propuestas, someter a audiencia pública las cuestiones más relevantes del
gobierno de la Ciudad y participar en la elaboración de los Presupuestos del Ayuntamiento.
Además, el Cuerpo de Bomberos dispone de los siguientes sistemas específicos de
participación:
Campañas de formación ciudadana, con charlas divulgativas y difusión de material
impreso.
Web BOMBEROS (www.madrid.es/bomberos).
Jornadas Municipales sobre Prevención o Catástrofes.
Convenios de colaboración con otras instituciones, docentes y profesionales.
Sistemas de evaluación de la satisfacción de las personas usuarias, o que puedan serlo.
Visitas programadas a las instalaciones de los Parques.
6. Sistema de Sugerencias y Reclamaciones
El Ayuntamiento de Madrid cuenta con un Sistema de Sugerencias y Reclamaciones a través
del cual la ciudadanía e instituciones públicas o privadas pueden ejercer su derecho a
presentar sugerencias relativas a la creación, ampliación o mejora de los servicios prestados
por el Ayuntamiento de Madrid; reclamaciones por tardanzas, desatenciones, incidencias o
cualquier otra anomalía en su funcionamiento; y felicitaciones.
Se podrán presentar sugerencias, reclamaciones y felicitaciones a través de los
siguientes canales:
www.madrid.es/contactar.
El Teléfono 010 ó 915298210. Si llama desde fuera de Madrid, solo el último.
Las Oficinas de Atención a la Ciudadanía de Línea Madrid.
Las Oficinas de Registro.
El Registro electrónico del Ayuntamiento de Madrid.
El correo postal y electrónico de la Dirección General de Emergencias y Protección Civil,
cuyos datos de localización y contacto se recogen en el apartado 9 de esta Carta.
Las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones se contestarán de forma adecuada y con
la mayor celeridad posible, cumpliendo los compromisos asumidos en la Carta de Servicios
de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Madrid, aprobada el 10 de
mayo de 2012.
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Presencial Correo electrónico Correo postal Teléfono 010 Web madrid.es
7. Servicios prestados
A continuación se describen los servicios prestados por el Cuerpo de Bomberos del
Ayuntamiento de Madrid en relación con sus dos principales funciones: la extinción de
incendios y salvamentos y la prevención de incendios.
La actuación en estos servicios se extenderá a todo el territorio del término municipal de la
Ciudad de Madrid, sin perjuicio de lo convenido para la prestación de auxilio en los siniestros
que se produjeren fuera de dicho término.
7.1. Extinción de incendios y salvamentos
Para la prestación del servicio, se realizan las siguientes actividades:
Lucha contra el fuego y salvamento de personas y bienes en todos los siniestros que se
produzcan dentro del término municipal.
Habilitar los medios humanos y materiales necesarios para la actividad anteriormente
descrita.
Atender correctamente a víctimas y afectados.
Atender a la ciudadanía en todas aquellas intervenciones no urgentes que redunden en
beneficio de la tranquilidad comunitaria.
Recibir y tramitar las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones presentadas por la
ciudadanía relativa al servicio prestado.
7.2. Prevención de incendios
Para la prestación del servicio, se realizan las siguientes actividades:
Supervisar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de incendios en edificios y
actividades.
Asesorar, con base en su experiencia, especialización y conocimientos técnicos, a
entidades, empresas y particulares en aquellas situaciones que por su novedad o
especificidad no disponen de normativa de aplicación.
Formar a los profesionales de otros ámbitos o servicios que por razón de su cometido o
situación sean los primeros en hacer frente a este tipo de eventos.
Informar a la ciudadanía en general, sobre todo a colectivos especialmente sensibles,
tanto de técnicas de prevención como de primera actuación.
Llevar a cabo la campaña “Bomberos ¡te informa!”, de la siguiente manera:
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Estará encaminada a proporcionar tanto conocimientos preventivos como de técnicas
de autoprotección.
Se procurará llegar al mayor número de personas y colectivos, para lo que se
realizará en varios idiomas (castellano, francés, inglés, chino, árabe y rumano), y
adaptado a invidentes.
Se llevará a cabo mediante dos tipos de actuaciones:
Campaña de difusión a través de folletos, cuadrípticos, pósters, cuadernos
informativos destinados a riesgos específicos, carnet bombero infantil, agenda de
la prevención, etc.
Charlas divulgativas, con soportes audiovisuales (DVD y vídeo) y presentaciones.
Se dirigirá prioritariamente a colectivos de especial riesgo, llegando al menos a
colegios, centros de mayores, asociaciones vecinales, colectivos de inmigrantes y
asociaciones profesionales y comerciantes que lo soliciten.
Facilitar visitas de colegios a Parques de Bomberos.
Proporcionar visitas al Museo de Bomberos, con actividades divulgativas.
Mantener actualizada la información sobre el servicio y las campañas en la página Web
municipal.
Organizar el Día de la Prevención, con carácter anual.
8. Compromisos de calidad
Los compromisos que se asumen con la Carta de Servicios del Cuerpo de Bomberos del
Ayuntamiento de Madrid son:
8.1. Extinción de incendios y salvamentos
En primer lugar, para poder hacer frente con eficacia al servicio de extinción de incendios y
salvamentos, es preciso contar con los recursos humanos y materiales necesarios. Para
ello se establecen los siguientes compromisos:
Habilitar medios humanos:
Suficientes:
1. Mantendrá una plantilla diaria de 230 efectivos distribuidos en Parques y otras
dependencias para garantizar la atención a siniestros en el 80 % de los días, y al
menos de 210 efectivos el resto.
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Indicadores asociados:
1.1. Porcentaje de días en los que la plantilla del Servicio es igual o superior a 230
efectivos.
1.2. Porcentaje de días en los que la plantilla del Servicio es igual o superior a 210
efectivos.
Preparados:
2. Proporcionará cursos selectivos de formación especializada de al menos 600 horas a
todos los efectivos de nuevo ingreso y de un mínimo de 200 horas para los ascensos
por promoción interna.
Indicadores asociados:
2.1. Horas/año de formación impartida a los efectivos de nuevo ingreso.
2.2. Horas/año de formación impartida al personal por promoción interna y ascensos.
3. Sus efectivos recibirán veinticuatro horas al año para la escala operativa y cuarenta
y ocho para la escala técnica de formación de reciclaje y especialización, con un
mínimo de 30.000 y 2.000 horas anuales, respectivamente.
Indicadores asociados:
3.1. Horas/año de formación de reciclaje y especialización impartida al personal de la
escala operativa.
3.2. Horas/año de formaciones de reciclaje y especialización impartidas al personal de la
escala técnica.
4. Se realizará por el personal de intervención durante los periodos de guardia una
media mínima de 92.000 horas de preparación (maniobras, prácticas de planes de
intervención, revisión de callejero e hidrantes, entrenamiento físico, etc.).
Indicador asociado:
4.1. Horas/año de preparación realizadas por el personal de intervención durante los
periodos de guardia.
5. Realizará anualmente un mínimo de 30 maniobras de intervención y 6
macrosimulacros con otros servicios.
Indicadores asociados:
5.1. Maniobras de intervención realizadas al año.
5.2. Macrosimulacros realizados por Bomberos al año con otros servicios.
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Disponer de medios materiales:
Suficientes:
6. Contará con una capacidad operativa media diaria para intervenir simultáneamente
con al menos 45 vehículos, sobre un parque móvil total de más de 200 vehículos de
distintos tipos.
Indicador asociado:
6.1. Conductores de servicio al día en bomberos.
Adecuados:
7. Contará tanto con vehículos preparados para la lucha contra incendios como con
vehículos especializados en otro tipo de posibles incidencias, como Riesgo
Tecnológico, rescate en accidentes de tráfico, desescombro, consolidación
estructural, salvamento acuático, rescate en altura, etc., garantizando que al menos
el 100% de los días estarán operativos como mínimo 24 vehículos de primera
intervención (coches, bombas y cobos), 11 escalas y 37 vehículos especializados.
Indicadores asociados:
7.1. Porcentaje de días con 24 vehículos de primera intervención operativos.
7.2. Porcentaje de días con 11 escalas operativas.
7.3. Porcentaje de días con 37 vehículos especializados operativos.
En segundo lugar, es necesario que, en su caso, la intervención se realice con rapidez y
eficacia una vez que se haya producido el siniestro. Para ello se asumen los siguientes
compromisos:
Llegar con prontitud:
8. El tiempo medio de respuesta en intervenciones urgentes (incendios en edificación
y accidentes) será inferior a 8 minutos desde la recepción de la llamada en el
servicio hasta la llegada al lugar cuando se produzca en zona urbana.
Indicador asociado:
8.1. Tiempo medio de llegada del primer ataque de Bomberos.
Ser eficiente en su actuación:
9. El 82 % de las intervenciones se resolverán con el primer tren de ataque enviado,
sin que sea necesario habilitar posteriores recursos.
Indicador asociado:
9.1. Porcentaje de intervenciones resueltas con el primer ataque de Bomberos.
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10. Se mantendrá por debajo del 0,4 % el porcentaje de intervenciones en los que se
haya producido alguna queja o reclamación sobre el total de las mismas.
Indicador asociado:
10.1. Porcentaje de servicios realizados por Bomberos con reclamación presentada.
11. Se realizarán retenes preventivos en todos aquellos eventos o acontecimientos que
tras su análisis presenten un riesgo previsible grave o alto de incendio.
Indicador asociado:
11.1. Porcentaje de retenes preventivos realizados por Bomberos en eventos y
acontecimientos de riesgo grave y alto sobre el total de solicitados.
Atender correctamente a las víctimas y afectados:
12. Realizará una encuesta de satisfacción ciudadana con el servicio de los Bomberos,
en la que procurará obtener una valoración media de 7, en una escala de 0 sobre
10.
Indicador asociado:
12.1. Valoración media de satisfacción ciudadana con Bomberos.
13. Recibir y tramitar las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones presentadas por la
ciudadanía relativa a los servicios que se prestan, contestar de forma adecuada y
con la mayor celeridad posible y a partir de ellas, poner en marcha acciones de
mejora del servicio.
Se contestarán el 60% de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones en un
plazo inferior a 30 días naturales desde su presentación y, en ningún caso, en un
plazo superior a 3 meses. Se adoptarán las medidas oportunas para conseguir el
continuo aumento de las contestadas dentro de los 15 días naturales siguientes a
su presentación. El tiempo medio de contestación de las sugerencias, reclamaciones
y felicitaciones será de 30 días naturales desde su presentación.
Indicadores asociados:
13.1. Sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los servicios
prestados por el Cuerpo de Bomberos.
13.2. Porcentaje de sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los
servicios prestados por el Cuerpo de Bomberos contestadas en un plazo
menor o igual a 15 días naturales desde su presentación.
13.3. Porcentaje de sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los
servicios prestados por el Cuerpo de Bomberos contestadas en un plazo
menor o igual a 30 días naturales desde su presentación.
13.4. Porcentaje de sugerencias, reclamaciones y felicitaciones contestadas por el
Cuerpo de Bomberos en menos de 3 meses.
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13.5. Tiempo medio de contestación de las sugerencias, reclamaciones y
felicitaciones relativas al Cuerpo de Bomberos.
14. Atender a la ciudadanía en todas aquellas intervenciones no urgentes que redunden
en beneficio de la tranquilidad comunitaria, colaborando igualmente con otros
servicios públicos prestándoles la asistencia técnica necesaria, de acuerdo con la
disponibilidad y adecuación de los recursos, así como la urgencia y gravedad del
caso.
Indicadores asociados:
14.1. Porcentaje de intervenciones no prioritarias atendidas.
14.2. Porcentaje de solicitudes de colaboración (asistencias técnicas) atendidas.
8.2. Prevención de incendios
El gran objetivo en la lucha contra el fuego se encuentra en conseguir ser capaces de prever
las situaciones y localizaciones de mayor riesgo para evitar que pueda producirse, y, si esto no
fuera posible, en prevenir sus consecuencias con los medios adecuados, logrando una primera
respuesta por parte de la ciudadanía o profesionales de otros servicios capaz de minimizar o
controlar su propagación.
La prevención de incendios es la segunda gran función del Cuerpo de Bomberos, que centra su
actuación en dos ámbitos:
I. Las edificaciones, espacios públicos e infraestructuras de la ciudad, objeto de los
posibles incendios. En tal sentido se asumen los siguientes compromisos:
Supervisar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de incendios en
edificios y actividades:
15. Se informarán las licencias urbanísticas y declaraciones responsables oportunas, de
acuerdo con las competencias y normativa vigente en materia de prevención de
incendios, manteniendo una media anual por encima del 90 % de proyectos
informados sobre el total de solicitados e informando con carácter prioritario el año
siguiente los proyectos pendientes a final de año.
Indicador asociado:
15.1. Porcentaje de proyectos informados sobre el total de solicitados.
16. Se supervisará el cumplimiento de la normativa que sea de aplicación a los planes
de autoprotección de edificios y actividades, manteniendo una media anual por
encima del 80 % de planes de autoprotección informados sobre el total de
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solicitados e informando con carácter prioritario el año siguiente los planes de
autoprotección pendientes a final de año.
Indicador asociado:
16.1. Porcentaje de planes de autoprotección informados sobre el total de
solicitados.
17. Se asistirá a los simulacros de evacuación realizados por aquellas actividades
vinculadas al anexo 1 de la Norma Básica de Autoprotección y, excepcionalmente, a
otras que se consideren de riesgo singular, en el 70 % de los casos en que se
informe de su realización con 1 mes de antelación.
Indicador asociado:
17.1. Porcentaje de simulacros de evacuación con asistencia de Bomberos.
18. Se efectuarán actuaciones de inspección anuales a locales y edificios de oficio o
para informar licencias urbanísticas, manteniendo una media anual por encima del
90 % de inspecciones realizadas sobre el total de solicitadas y realizando con
carácter prioritario el año siguiente las inspecciones pendientes a final de año.
Indicador asociado:
18.1. Porcentaje de inspecciones realizadas sobre el total de solicitadas.
19. Dispondrá de un servicio de información y atención al público, donde la ciudadanía
y empresas puedan realizar consultas técnicas escritas y presenciales sobre la
materia.
Indicador asociado:
19.1. Porcentaje de consultas técnicas atendidas por Bomberos.
20. Asesorar, con base en su experiencia, especialización y conocimientos técnicos, a
entidades, empresas y particulares en aquellas situaciones que por su novedad o
especificidad no disponen de normativa de aplicación, en el 100% de los casos en
los que haya un interés social.
Indicador asociado:
20.1. Porcentaje de estudios de asesoramiento emitidos por Bomberos en los casos
que haya un interés social.
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II. La ciudadanía, fortaleciendo su capacidad de cautela y respuesta ante los mismos. Para
ello, el Cuerpo de Bomberos se compromete a:
21. Formar a profesionales de otros servicios de la administración pública en al menos
2 cursos de seguridad contra incendios, en función de la demanda producida y la
disponibilidad de medios.
Indicador asociado:
21.1. Cursos especializados en seguridad contra incendios impartidos por Bomberos
a profesionales de otros servicios de la administración pública.
Asimismo, el Cuerpo de Bomberos informará a la ciudadanía en general, sobre todo a
colectivos especialmente sensibles, tanto de técnicas de prevención como de primera
actuación, para lo cual:
22. Llevará a cabo la campaña ‘Bomberos ¡te informa!’, encaminada a proporcionar
tanto conocimientos preventivos como técnicas de autoprotección, garantizando
que se informará al menos a 31.000 personas.
Indicador asociado:
22.1. Personas informadas por la campaña Bomberos ¡te informa¡
23. Facilitará al menos 500 visitas de colegios a Parques de Bomberos para unos
18.000 niñas/os, en caso de producirse dicha demanda.
Indicador asociado:
23.1. Niñas/os en las visitas de colegios a los Parques de Bomberos.
24. Mantendrá actualizada la información sobre el servicio y las campañas en la página
Web municipal.
Indicador asociado:
24.1. Visitas a la página web municipal sobre el servicio y las campañas de
Bomberos.
25. Organizará el Día de la Prevención, con carácter anual.
Indicador asociado:
25.1. Jornadas de Prevención organizadas por Bomberos.
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Medidas de subsanación: Quienes consideren que se ha incumplido alguno de los
compromisos anteriormente recogidos, podrán comunicarlo a través del Sistema de
Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Madrid (apartado 6 de esta Carta de
Servicios). En caso de incumplimiento, se les enviará un escrito informando de las causas por
las que el compromiso no pudo cumplirse, así como, de las medidas adoptadas para corregir la
deficiencia detectada, si fuera posible.
Seguimiento y evaluación: Los resultados de los indicadores establecidos para medir el
cumplimiento de los compromisos de esta Carta de Servicios se pueden consultar en
www.madrid.es en Ayuntamiento /Observatorio de la Ciudad /Sistema de Cartas de Servicios.
Estos resultados son evaluados anualmente.
9. Datos de carácter complementario
9.1. Datos de localización
El órgano directivo responsable del servicio de prevención y extinción de incendios y
salvamentos es la Dirección General de Emergencias y Protección Civil:
Avda. Principal, 2 28011 Madrid
915.889.101/103
http://www.madrid.es/bomberos
La unidad responsable técnica del servicio de prevención y extinción de incendios y
salvamentos es el Cuerpo de Bomberos:
C/ Rufino Blanco, 2 28028 Madrid
915.889.104/105
http://www.madrid.es/bomberos
Sus efectivos se distribuyen por todo el término municipal, en base a la delimitación de 4
zonas territoriales (Este, Sur, Centro y Norte), cuyas direcciones son:
Parque 1 C/ Santa Engracia, 118
Parque 2 C/ Rufino Blanco, 4
Parque 3 Ronda de Toledo, 6
Parque 4 C/ Emilia, 36
Parque 5 Paseo de Santa María de la Cabeza, 95
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Parque 6 C/ San Bernardo,68
Parque 7 Av. de Hellín, s/n
Parque 8 C/ Pío Felipe, s/n (incluye oficinas y aulas de la Escuela de Bomberos y PC)
Parque 9 Av. Monforte de Lemos, s/n
Parque 10 C/ San Norberto c/v Avda. Real de Pinto (incluye el Taller y Almacén)
Parque 11 C/ Mesena c/v Avda. de San Luis
Parque 12 Av. de los Poblados s/n
CISEM C/ Rufino Blanco, 2 (incluye la Jefatura de Guardia y la Central de Comunicaciones)
CIFSE C/ Sepúlveda 153
Museo C/ Boada, 4 (junto al Parque 8)
9.2. Otros datos de interés
1. Acceso al servicio
El acceso principal al servicio de intervención en siniestros (emergencias) se realiza a
través del número europeo de emergencias 112, con horario 24 horas
ininterrumpidamente. En el caso de instituciones u otros servicios este se lleva a cabo a través
de sistemas de comunicación internos.
Para efectuar consultas técnicas en materia de prevención de incendios, la oficina de
atención se sitúa en la C/ Rufino Blanco 2, Planta 3ª, los miércoles de 10 a 13 horas (salvo cita
previa). Teléfonos de contacto:
915.889.217/8 (Información Inspecciones y Proyectos)
915.889.133/4 (Información Unidad de Planes de Emergencia)
915.889.115/6 (Jefatura de Departamento)
Para solicitar información sobre la participación en campañas, visitas a parques, Museo,
charlas, la ciudadanía podrá dirigirse a la C/ Rufino Blanco 2 (Departamento de Coordinación
y Servicios a la Comunidad), por las mañanas en horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes,
salvo festivos. El teléfono de contacto es 914 801 751. La solicitud se realizará en instancia
oficial a través del Registro General o en línea dentro del portal de trámites del Ayuntamiento
de Madrid.
El Museo de Bomberos está situado en el recinto del Parque 8, en la calle Felipe Pío s/n, con
entrada por la C/ Boada, y abre sus puertas todos los días del año de 09:30 a 14:00 excepto
25 de diciembre, 1 enero, 6 enero y 1 mayo.
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Se pueden realizar a través del Portal de trámites del Ayuntamiento de Madrid las
siguientes gestiones:
Denuncias por vulneración de las normas de seguridad contra incendios.
Solicitud de autorización para simulacros de evacuación.
Solicitud informe de actuaciones de Bomberos.
Además se puede acceder a información actualizada y exhaustiva acerca de la ubicación, forma
de contacto y otros servicios de la Subdirección General de Bomberos en la página Web
oficial del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es/bomberos o acudiendo directamente a sus
oficinas centrales.
2. Costes del Servicio
El servicio de atención a siniestros se realiza de modo gratuito. Por su parte, están
sujetos a la tasa establecida legalmente la expedición de certificados, la adquisición de
publicaciones, la realización de consultas técnicas en materia de prevención, y la impartición
de cursos a instituciones externas.
Asimismo, las actuaciones del Servicio de Extinción de Incendios son gratuitas. No
obstante, en los supuestos en los que, de conformidad con lo previsto en la legislación de
Régimen local, tales actuaciones beneficien especialmente a personas determinadas o sean
provocadas especialmente por estas, dichas personas quedarán obligadas a satisfacer los
derechos devengados según la tarifa de la Ordenanza fiscal aprobada por el Ayuntamiento de
Madrid.
Por otra parte, tal y como señala el apartado 3 de la presente Carta de Servicios, constituye
hecho imponible o motivo de tasa el mantenimiento de los servicios de emergencia que presta
el Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid. En este sentido, la Ordenanza Fiscal
reguladora de tal imposición establece que vendrán obligadas al pago de la tasa las
entidades o sociedades aseguradoras, bien por resultar beneficiadas o afectadas
directamente o bien por su condición de sujetos pasivos sustitutos de los demás
contribuyentes.