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Universidad “Fermín ToroDerecho Agrario Autora: Roldan Carmen Prof: Abg Emily Ramírez Mayo 2016

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Page 1: Carmen roldan pdf

Universidad “Fermín Toro”

 Derecho Agrario

Autora:Roldan Carmen

Prof: Abg Emily Ramírez

Mayo 2016

Page 2: Carmen roldan pdf

Derecho Agrario

Promulgación de la Ley de Reforma Agraria (1960)

Asamblea Nacional Constituyente (1999)

Ley de Tierras y Desarrollo Agrario (2000)

Reforma Ley de Tierras y Desarrollo Agrario (2010)

Page 3: Carmen roldan pdf

Derecho de Propiedad Agraria

Es la producción de la tierra con fines agroalimentarios, siendo esta sometida a un título que cumpla con los requisitos de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y no con la Ley de Registro Público y Notariado.

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En todo país debe organizarse y centralizarse la información de las causas que se ventilan por ante los Tribunales Agrarios, que se refieren a las diversas acciones y procedimientos interpuestos por personas que de una u otra manera acuden ante la jurisdicción en busca de la Justicia Agraria

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Organización de los Tribunales Agrarios

Conocen a través del procedimiento ordinario agrario, los conflictos entre particulares con motivo a las actividades agrarias, sus competencias se encuentran establecidas en el art 197 de la LTDA

Los Recursos de CasaciónAsuntos Contenciosos Administrativos

Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de JusticiaTribunales de Segunda

Instancia Agraria o Tribunales Superiores Agrarios con competencia por la ubicación del inmueble o predio rústico o rural

Tribunales de Primera Instancia Agraria

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Organización de los Tribunales Agrarios

Acciones declarativas, petitorias, reivindicatorias y posesorias en materia agraria. Deslinde judicial de predios rurales.. Acciones relativas al uso, aprovechamiento, constitución de servidumbres y demás

derechos reales, para fines agrarios. Acciones sucesorales sobre bienes afectos a la actividad agraria. Acciones derivadas del derecho de permanencia.

Tribunales de Primera Instancia Agraria

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Organización de los Tribunales Agrarios

Procedimientos de desocupación o desalojos de fundos. Acciones derivadas de perturbaciones o dañes a La propiedad o posesión agraria.

Acciones derivadas de contratos agrarios Acciones de indemnización de daños y perjuicios derivados de la actividad agraria Acciones originadas con ocasión a la constitución del patrimonio familiar agrario.

Acciones derivadas de conflictos suscitados entre sociedades de usuarios, uniones de prestatarios, cooperativas y demás organizaciones de índole agraria.

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los jueces y juezas que conocen de las instancias agrarias velaran por: La continuidad de la producción agroalimentaria.

La protección del principio socialista según el cual la tierra es para quien la trabaja. La continuidad en el entorno agrario de los servicios públicos. La conservación de los recursos naturales y el medio ambiente.

El mantenimiento de la biodiversidad. La conservación de la infraestructura productiva del Estado.

La cesación de actos y hechos que puedan perjudicar el interés social y colectivo. El establecimiento de condiciones favorables al entorno social e intereses colectivos

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Organización de los Tribunales Agrarios

De los recursos de interpretación que sean interpuestos sobre normas contenidas en la presente Ley.

De los recursos de casación en materia agraria. De las apelaciones o consultas de las sentencias dictadas por los tribunales superiores

contencioso administrativos agrarios y demás asuntos contenciosos administrativos relacionados con la materia regulada en la presente Ley.

Cualquier otra competencia que las leyes le atribuyan.

Tribunales de Segunda Instancia Agraria o Tribunales Superiores Agrarios con competencia por la ubicación del inmueble o predio

rústico o rural

Page 9: Carmen roldan pdf

Organización de los Tribunales Agrarios

Estará integrada por:·         Dos Magistrados o Magistradas de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, y·          Un conjuez o conjueza de la citada Sala, que fungirá como ponente permanente para el conocimiento de las causas, designado o designada mediante el voto favorable de los miembros de la Sala de Casación Social.

Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia

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Principios del Proceso Agrario

El procedimiento agrario constituye un instrumento fundamental para la realización de la justicia. La omisión de formalidades no esenciales no dará lugar a la reposición de la causa. Articulo 154, de la LTDA

Los procedimientos previstos se regirán por los principios de:

·         Inmediación·         Concentración·         Brevedad·         Oralidad·         Publicidad y ·         Carácter social del proceso agrario.  (Artículo 155. LTDA – Art. 257 CRVB):

Page 11: Carmen roldan pdf

Supone la sustitución progresiva de las formas escritas que tradicionalmente rigen en nuestro derecho procesal. · La LTDA, prevé para el procedimiento ordinario, la posibilidad de presentar en forma oral la demanda y su contestación, en cuyo caso se debe reducir a un acta. ·         Es oral la audiencia preliminar y probatoria, también el acto de Informes, incluso hasta la Sala Social.

El juez tomar decisiones que privilegian o que resuelven problemas de un grupo social, por encima de los intereses bajo litigio de las partes.

Es la obligación de permitir el acceso de público a los actos que se ejecuten, para evitar las componendas que pudieran surgir de un acto secreto. ·         Permite el cumplimiento de la garantía de una justicia transparente.

Oralidad

Principios del Proceso Agrario

Publicidad El carácter social del proceso

Page 12: Carmen roldan pdf

Supone la sustitución progresiva de las formas escritas que tradicionalmente rigen en nuestro derecho procesal. · La LTDA, prevé para el procedimiento ordinario, la posibilidad de presentar en forma oral la demanda y su contestación, en cuyo caso se debe reducir a un acta. ·         Es oral la audiencia preliminar y probatoria, también el acto de Informes, incluso hasta la Sala Social.

El juez tomar decisiones que privilegian o que resuelven problemas de un grupo social, por encima de los intereses bajo litigio de las partes.

Es la obligación de permitir el acceso de público a los actos que se ejecuten, para evitar las componendas que pudieran surgir de un acto secreto. ·         Permite el cumplimiento de la garantía de una justicia transparente.

Oralidad

Principios del Proceso Agrario

Publicidad El carácter social del proceso

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Principios del Proceso Agrario

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Fundamento Legal

• Jiménez Peraza J. Comentarios a la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Librería J. Rincón. Venezuela. Septiembre (2008).

• Ley de Tierras y Desarrollo Agrario• Zambrano F. El Procedimiento Oral Agrario. Editorial

Atenea. Caracas. 2005.