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CAPíTULO V LOS RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES l. INTRODUCCiÓN 87 2. EL PROFESORADO 87 2.1. La Formación del Profesorado 89 2.2. Los Centros de Profesorado 90 2.3. Oposiciones 94 2.4. Concurso de traslados 94 2.4.1. Cuerpo de Maestros 94 2.4.2. Cuerpo de Profesores de Ed. Secundaria y Enseñanzas Artísticas e Idiomas 96 2.5. Condición de Catedrático 98 3. EL PERSONAL DE ADMINISTRACiÓN Y SERVICiOS 98 4. LOS RECURSOS FINANCIEROS: EL GASTO EN EDUCACiÓN 105 5. ACTUACIONES EN EQUIPAMIENTOS 107

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CAPíTULO V

LOS RECURSOS HUMANOS Y MATERIALESl. INTRODUCCiÓN 87

2. EL PROFESORADO 87

2.1. La Formación del Profesorado 89

2.2. Los Centros de Profesorado 90

2.3. Oposiciones 94

2.4. Concurso de traslados 94

2.4.1. Cuerpo de Maestros 94

2.4.2. Cuerpo de Profesores de Ed. Secundaria y

Enseñanzas Artísticas e Idiomas 96

2.5. Condición de Catedrático 98

3. EL PERSONAL DE ADMINISTRACiÓN Y SERVICiOS 98

4. LOS RECURSOS FINANCIEROS: EL GASTO EN EDUCACiÓN 105

5. ACTUACIONES EN EQUIPAMIENTOS 107

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LOS RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES

1. INTRODUCCiÓN

Los recursos humanos son el elemento fundamental para la consecución de los objetivosprevistos en el proyecto educativo del centro. Familias, alumnado, profesorado, personal deadministración y servicios, todos, con imereses y proyectos comunes detenninan un impor­tante factor en la mejora de la calidad de la enseñanza. Los recursos materiales, incluso laspropuestas legislativas, pueden contribuir a esta mejora, siempre con la premisa de que losrecursos humanos tengan claros sus objetivos.

2. EL PROFESORADO

En la siguiente tabla se pueden ver los datos referentes al profesorado en Andalucía duran­te los cursos 1995196, 1996/97 Y 1997/98.

PROFESORADO EN ANDALUcíA

PÚBLICO PRIVADOS

95/96 96/97 97198 95196 96/97 97/98

lnt~lIltiIlPrimaria 40.398 35.514 35.210 9.611 7.282 7.613

Secundaria 25.943 35.109 37.404 5.447 8.092 8.668

E.R.E 1.863 2.073 2.126 - - -

Total 68.204 72.696 74.740 15.058 15.374 16.281

Desde la promulgación de la LOGSE la labor de lodo prolesor de enseñanza reglada se pro­yecta en tres vertientes. La primera, que incorpora su función docente como guía yorienta­dor en la formación de los alumnos en un área o materia determinada, considerando el nivel,desarrollo evolulivo y características individuales del alumnado.

En segundo lugar, el profesor tiene una actividad como tutor de los estudiantes del centro encolaboración con la familia.

Y, en tercer lugar. tiene una actividad de colaborador en la gestión del centro educativo enel que se encuentra.

El Consejo Escolar de Andalucía es consciente de que la adecuada conjugación de esadiversidad de funciones requiere que el perfil del profesorado sea objeto de ulla definición

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Consejo Escolar de Andalucía rNFORME ANUAL

que integre necesariamente las acciones docentes individuales con el trabajo colectivo, sinlos cuáles difícilmente podrían alcanzarse los objetivos formativos previstos en el nuevoSistema Educativo.

Al profesor como docente se le exigen conocimientos y capacidades muy variadas que se

podrían resumir en:

Conocimientos:

De área o materia

De carácter pedagógico yPsicológico

Capacidades:

Conocimientos actualizados de la materiaConocimientos interdisciplinares básicosConocimientos de la realidad social y laboralConocimientos éticos básicos asociados a la materia

Conocimiento de las finalidades de la etapaConocimientos de planificación y programaciónConocimientos de estrategias de motivación e interésEstrategias de enseñanza-aprendizajeModelos de comunicación didácticaTécnicas de evaluación formativa y sumativaConocimientos de psicología evolutivaElementos de psicología del aprendizaje

Descubrir las características del alumnadoEstimular y dirigir los nuevos aprendizajesOrganizar grupos y proyectar los principios de la dinámica degrupo para el aprendizajeAtender a la diversidad

Crear un clima positivo y participativo en el aulaConectar la realidad escolar y la realidad socialDesalTollar en los alumnos capacidades, actitudes y valores.

Por otro lado, la acción tutorial pasa a considerarse parte de la función docente, tras serintroducida por la LOaSE en su Título IV como uno de los factores que favorecen la cali­dad de la enseñanza, requiriendo del profesorado la preparación necesaria para:

• Manejar técnicas de orientación.• Relacionar la acción tutorial con el curriculum.• Trabajar en equipo con el resto de profesores y el orientador.

• Conocer técnicas de solución de conflictos.• Conocer el clima social de las familias y saber relacionarse con ellas.

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y por último, la tarea educativa requiere el trabajo en equipo dentro de una organización.Por ello, el profesor deberá asimismo:

• Conocer la estructura general del sistema educativo y su funcionamiento.• Conocer la organización de los centros educativos.• Conocer los documentos básicos de esta organización (Proyecto de Centro, Proyecto

Curricular, Reglamento de Organización y Funcionamiento, Plan Anual, Memoria Final,Programaciones didácticas).

• Sentirse participante activo y corresponsable de la institución educativa en su conjunto.

Estos avances en el perfil profesional y funciones de los docentes, encuentran sus principa­les dificultades en la necesidad de adecuarse a un sistema educativo diferente, lo que gene­ra, en el profesorado, inseguridades de tipo pedagógico, causadas por la diversa formacióninicial y profesional.

El Consejo Escolar de Andaluda consciente del importante papel que juega el profesoradoen el proceso educativo y de las múltiples funciones que debe desarrollar insta a laAdministración Educativa a que siga potenciando la formación de los docentes para ade~

cuar sus conocimientos a las exigencias de la normativa actual.

2.1 . La Formación del Profesorado

Durante el período al que se refiere el presente informe, cabe destacar, como hecho de espe­cial relevancia, la publicación del Decreto /94//997 (SOJA de 9-8-1997), por e/ que seregula el Sistema Andaluz de Formación del Profesorado. El mencionado Decreto tienecomo objetivo acercar la formación a las demandas del profesorado, apoyando y fomentan­do la elaboración en los propios centros docentes del Plan de Formación del Profesorado,incluido en el Proyecto Curricular, que exige la adecuada reflexión de los docentes sobre susnecesidades formati vas.

Esta nueva normativa establece que el centro educativo debe ser considerado como unidadde referencia para proponer y desarrollar un conjunto de acciones formativas que ayuden aconstruir un proyecto de centro, común al conjunto de personas que lo componen.

La entrada en vigor de este Decreto supone también una nueva etapa para los antiguosCentros de Profesores, que pasan a denominarse Centros de Profesorado, en la que deberánadecuar su actividad a las necesidades formativas que demanda la actual situación delSistema Educati vo, integrando las propuestas de los centros en el Plan de Acción. Todas lasacciones de los Centros de Profesorado conformarán las Programas Provinciales deFormación del Profesorado.

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Consejo Escolar de Andalucía INFORME ANUAL

Asimismo este Decreto establece las normas de organjzación y funcionamiento de losCentros de Profesorado.

El Consejo Escolar de Andalucía valoró positivamente el correspondiente Proyecto deDecreto teniendo en cuenta que, habiendo transcurrido diez arios desde la puesta en mar­cha y creación de los Centros de Profesores en nuestra Comunidad Autónoma, era elmomento de hacer una revisión y actualización del programa, considerando el CentroEducativo como el foco de referellcia para proponer y desarrollar acciones formativas.

Asimismo el Consejo Escolar de Andalucía consideró oportuno realizar a la Consejería deEducación y Ciencia las sugerencias que se indican a continuación:

• Que esta norma, u otra posterior de desarrollo del presente Decreto, contemple la posi­bilidad de que Municipios o Localidades que se incluyen en el dmbito de actuación deun Centro de Profesorado puedan adscribirse al de otro si cambian las circunstanciasque motivaron su adscripción inicial.

• Asegurar que el Sistema Andaluz de Fonnación, que debe garantizar la formación yapoyo del profesorado de nuestra Comunidad, contemple con mayor precisión, si cabe,medidas que lo hagan posible en zonas rurales o que requieran una especial atención.

• Que la normativa posterior de desanvllo del presente Decreto permita la extensión delas actividades formativas al resto de la comunidad educativa.

• Que a los puestos de cardcter singular que se vean afectados por la aplicación. del pre­sente Decreto se les de el tratamiento de suprimidos docelltes, permitiéndoles en todocaso optar como zona preferente a la correspondiente al Centro de Profesorado en elque se suprime el puesto, o bien a la correspondiente al Centro de destino anterior a suadscripción al CEP

• Que se incentive la participación del profesorado en el Consejo de Centro, para lo quedeberá diseiiarse un proceso de elección. que favorezca dicha participación.

Como normativa de desarrollo del DecretoJ94/1997, anteriormeJlte citado, la Consejería deEducación publicó la Orden de 11 de agosto de 1997 (BOJA de 12-8-97) que regula la orga­nización y elfilllcionamiento del Sistema Andaluz de Formación del Profesorado y la Ordende 18 de mayo de 1998 (BOJA de 25-7-98), por la que se establece el marco general deregulación de los grupos de trabajo.

2.2. Los Cenlros de Prolesorodo

Quedan definidos en el Decreto 194/1997, que regula el Plan Andaluz de Formación delProfesorado, como las unidades de la Consejería de Educación y Ciencia encargadas de la

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Los recursos humanos y materiales Capítulo V

planificación, desarrollo y aplicación de las acciones formativas en un ámbito geográfico deactuación.

La nueva red de Centros de Profesorado de Andalucía ha quedado configurada según seobserva en la siguiente tabla:

NUEVA RED DE CENTROS DE PROFESORADO

PROVINCIA Centros de Profesorado ASESORES

ALMERÍA 3 24

CÁDIZ 4 38

CÓRDOBA 3 29

GRANADA 4 34

HUELVA 3 24

JAÉN 4 27

MÁLAGA 5 42

SEVILLA 6 55

Los Centros de Profesorado tendrán órganos de gobierno unjpersonales y colegiados.

Órganos unipersonales:

- DirectorIa- Subdirector/a

Las funciones del DirectorIa pueden quedar resumidas en los siguientes puntos

Representar oficialmente al centro y a la Administración Educativa en el mismo.Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes, así como los acuer­dos de los órganos colegiados en el ámbito de su competencia.Promover el desarrollo de acciones formativas y fomentar cauces de intercambio, comu­nicación y difusión de experiencias entre el profesorado del ámbito del Centro delProfesorado.Dirigir y coordinar el Plan de Acción, así como el funcionamiento general del Centro deProfesorado.Ejercer la jefatura de todo el personal del centro.Presidir las reuniones de los órganos colegiados del centro, así como ejecutar, en elámbito de sus competencias. los acuerdos de los mjsmos.

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Consejo Escolar de Andalucía INFORME ANUAL

Visar las certificaciones y documentos oficiales del centro.Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos.Proponer el nombramiento y cese del Subdirector o Subdirectora.Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la normativa vigente o el Reglamento de

Régimen Interno.

Órganos Colegiados:

- Consejo de Centro- Equipo Asesor de Formación.

El Consejo de Centro

Tendrá la composición que a continuación se indica:

2 ó 3 Jefes y/o Jefas de Estudio de los centros educativos del ámbito del Centro de

Profesorado, según se determine por el Consejero de Educación y Ciencia.Entre 3 y 7 Profesores y/o Profesoras elegidos por los claustros de los centros educati­vos del ámbito del Centro de Profesorado, según se determine por el Consejero de

Educación y Ciencia.2 miembros de grupos de trabajo del ámbito del Centro de Profesorado.Entre 1 y 3 Asesores y/o Asesoras del Centro de Profesorado, elegidos por el EquipoAsesor de Formación del mismo, según se determine por el Consejero de Educación yCiencia.I miembro del Servicio de Inspección que desanolle su actividad en la zona del Centrode Profesorado, designado por la Delegación Provincial de la Consejería de Educacióny Ciencia.

I miembro de los Equipos de Orientación Educativa que desarrollen su actividad en lazona del Centro de Profesorado, designado por la Delegación Provincial de la Consejería

de Educación y Ciencia.El subdirector o subdirectora.En el caso de existir convenio con Entidades locales, podrá ser miembro del Consejo unrepresentante de cada una de éstas.

Los miembros del Consejo de Centro se renovarán cada cuatro años, sin peljuicio de que secubran hasta dicho término las vacantes que se produzcan.

Con la Resolución de 25 de marzo de 1998 (BOJA de 2/-4-98), se reguló el proceso de elec­ción y constitución de los Consejos de Centro.

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Los recursos humanos y materiales

Son funciones del Consejo de Centro:

Capítulo V

Informar la propuesta de Plan de Acción de Formación, de acuerdo con las líneas priori­tarias que establezca la Consejería de Educación y Ciencia, y elevando a la ComisiónProvincial de Formación.

Orientar los criterios y procesos de elaboración del Plan de Acción de Formación delCentro de Profesorado.

Participar en el control de la gestión económica del centro y aprobar las cuentas delmismo.Valorar e informar sobre el desarrollo de las acciones realizadas por la plantilla docentedel Centro de Profesorado en cumplimiento del Plan de Acción de Formación.

Aprobar la propuesta de memoria final del Plan de Acción del Centro de Profesorado y

elevarla a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia.

Informar la propuesta de Reglamento de Régimen Interno.Cualquier otra que le atribuya la normativa vigente y el Reglamento de Régimen Interno.

El Equipo Asesor

Está integrado por los asesores y asesoras, que son los encargados de atender las activida­des de formación del profesorado de las diferentes etapas de Educación Infantil, Educación

Primaria, Educación Secundaria y Formación Profesional de los centros del ámbito deinfluencia de los Centros de Profesorado.

Con las 6rdenes de JI de agosto de 1997 (BOJA de 21·8·97) y de 7 de abril de 1998 (BOJA

de 14-5-98) se convocaron concursos para la provisión de plazas de Asesores de formaciónpermanente del profesorado no universitario.

Son funciones del Equipo Asesor:

Elaborar la propuesta del Plan de Acción de Formación del Centro de Profesorado.Organizar y desarrollar las acciones formativas para su ámbito de actuación incluidas enel Programa de Formación del Profesorado aprobado, así como realizar el seguimiento

y evaluación de las mismas.Elegir a sus representantes en el Consejo de Centro.Fijar y coordinar orientaciones y criterios metodológicos para las acciones formativas.Elaborar y llevar a cabo la fase de detección de necesidades en los centros educativos.Colaborar en el seguimiento y evaluación de las actividades de formación que se reali­cen en el ámbito del Centro de Profesorado.Elaborar la propuesta de memoria final del Plan de Acción del centro.

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Consejo Escolar de Andalucía

2.3. Oposiciones

INFORME ANUAL

En el curso 1996/97 mediante la Orden de 21 de marzo de 1997 (BOJA de 3-4-97) se efec­tuó convocatoria pública para el acceso al Cuerpo de Maestros.

Se ofertaron un lotal de L300 plazas a las que concurrieron 24.686 aspirantes de las espe­cialidades de Pedagogía Terapéutica. Audición y Lenguaje, Educación Infantil, Inglés,

Francés y Educación Musical. Se cubrieron todas las plazas.

En el curso 97/98 mediante la Orden de 12 de Marzo de 1998 (BOJA de 24-3-98) se efec­tuó convocatoria pública para el acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria

en sus distintas especialidades.

Se ofertaron 1.000 plazas a las que concurrieron 29.965 aspirantes. Se cubrieron 97 I pla­zas.

2.4. Concurso de traslados

Durante los cursos a los que se refiere el presente informe se han llevado a cabo los con­cursos de traslados correspondientes para el Cuerpo de Maestros y para el Cuerpo deProfesores de Educación Secundaria y de Enseñanzas Artísticas e Idiomas.

2.4. 1. Cuerpo de Maestros

En el curso 1996/97 el concurso de traslados, de carácter nacional, se desarrolló según lodispuesto en la normativa que se indica a continuación:

Orden de 14 de octubre de 1996, del Ministerio de Educación y Cultura (BOE del 22),por la que se establecían normas procedimentales aplicables a los concursos de trasladosde ámbito nacional que habrían de convocarse durante el mencionado curso escolar paralos funcionarios de los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica de Ordenacióndel Sistema Educativo.

Orden de 17 de octubre de 1996, de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta deAndalucía (BOJA del 3 1), por la que se convocaba el concurso de traslados del Cuerpode Maestros para la provisión de puestos vacantes de Educación Infantil, EducaciónPrimaria y primer Ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria en centros públicos dela comunidad Autónoma de Andalucía.

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Los recursos humanos y materiales Capítulo V

Orden de 11 de febrero de 1997, de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta deAndalucía (BOJA del 18 de abril), por la que se publicaron las Plantillas de los centrospúblicos de Educación Infantil, Educación Primaria y del primer Ciclo de la EducaciónSecundaria Obligatoria, en cuyo Anexo II se relacionaban las vacantes objeto de provi­sión en el concurso de traslados.

• Orden de 13 dejunio de 1997, de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta deAndalucía (BOJA del 26), por la que se actualizaron las Plantillas de los centros públi­cos de Educación Infantil, Educación Primaria y del primer Ciclo de la EducaciónSecundaria Obligatoria, en cuyo Anexo II se relacionaban las vacantes para la resolucióndefinitiva del concurso de traslados.

Las resoluciones provisionales definitivas del referido concurso se llevaron a cabo median­

te las siguientes disposiciones:

Resolución de 23 de abril de 1997, de la Dirección General de Gestión de RecursosHumanos de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía (BOJA del29), por la que se publicaron los listados de adjudicatarios provisionales de los destinos

objeto del concurso de traslados.

Orden de 2 de julio de 1997, de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta deAndalucía (BOJA del 15), por la que se hicieron públicos los listados definitivos de adju­dicatarios del proceso concursa!.

Durante el curso 1997/98 el concurso de traslados, de carácter autonómico, se desarrollóatendiendo a lo establecido en la siguiente normativa:

• Orden de 26 de noviembre de 1997, por la que se convoca procedimiento de provisiónde vacantes entre funcionarios docentes pertenecientes al Cuerpo de Maestros (BOJ A141 de 4 de diciembre)

Orden de 25 de marzo de 1998, dictada en cumplimiento de lo dispuesto en la de 26 denoviembre de 1997 por la que se convoca el procedimiento de provisión de vacantes en

el Cuerpo de Maestros (BOJA 42 de 16 de abril)

Las resoluciones provisionales y definitivas del referido concurso se llevaron a cabomediante las siguientes disposiciones:

Resolución de 3 de abril de 1998 de la Dirección General de Gestión de RecursosHumanos, por la que se hace pública la adjudicación provisional de destinos del proce­dimiento de provisión de vacantes en el Cuerpo de Maestros (BOJA de 25 de abril)

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Consejo Escolar de Andalucía INFORME ANUAL

Orden de 2 de junio de 1998, por la que se hace pública la adjudicación definitiva delprocedimiento de provisión de vacantes en el Cuerpo de Maestros (BOJA de 18 de junio)

En la siguiente tabla se indican los datos referentes al proceso de provisión de vacantes

Curso 1996/97 Curso 1997/98

Titulares que concursan 13.800 7.795

Vacantes ofertadas 3.1 t5 1.392

2.4.2. Cuerpo de Profesores de Ed. Secundaria y Enseñanzas Artísticas eIdiomas

En el curso 1996/97 el concurso de traslados, de carácter nacional, se desarrolló según lodispuesto en la normativa que se indica a continuación:

Orden de 14 de octubre de 1996, del Ministerio de Educación y Cultura (BOE del 22),

por la que se establecían normas procedimentales aplicables a los concursos de trasladosde ámbito nacional que habrían de convocarse durante el mencionado curso escolar paralos funcionarios de los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica de Ordenacióndel Sistema Educativo.

Orden de 16 de octubre de 1996, de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de

Andalucía (BOJA del 26), por la que se convocaban concursos de traslados de funcio­narios docentes pertenecientes a los Cuerpos de Profesores de Educación Secundaria, deProfesores Técnicos de Formación Profesional y de Profesores de Enseñanzas Artísticase Idiomas.

• Orden de 24 de enero de 1997, de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta deAndalucía (BOJA del 6 de febrero), por la que se publicaron las Plantillas de los centrospúblicos de Enseñanzas medias, Enseñanza Secundaria, Enseñanzas Artísticas e Idiomasde Andalucía, en cuyo Anexo II se relacionaban las vacantes objeto de provisión en losconcursos de traslados.

Orden de 28 de abril de 1997, de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junla deAndalucía (BOJA del 5 de junio), por la que se actuaLizaron las Plantillas de los centrospúblicos de Enseñanzas medias, Enseñanza Secundaria, Enseñanzas Artísticas e Idiomasdependientes de la Consejería de Educación y Ciencia.

Las resoluciones provisionales y definitivas del referido concurso se llevaron a cabomediante las siguientes disposiciones:

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Los recursos humanos y materiales Capítulo V

Resolución de 17 de marzo de 1997, de la Dirección General de Gestión de RecursosHumanos de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, por la quese resolvieron con carácter provisional los concursos de traslados convocados por Orden

de 16 de octubre de 1996.

• Orden de 26 de mayo de 1997, de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta deAndalucía (BOJA del 21 de junio), por la que se resolvieron definitivamente los con­cursos de traslados de los Cuerpos de Profesores de referencia.

Durante el curso 1997/98 el concurso de traslados, de carácter autonómico, se desarrolló

atendiendo a lo establecido en la siguiente normativa:

Orden de 25 de noviembre de 1997, de la Consejería de Educación y Ciencia de la Juntade Andalucía (BOJA del 29), por la que se convocan procedimientos de provisión devacantes entre funcionarios docentes pertenecientes a los Cuerpos de Enseñanza

Secundaria, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas e Idiomas.

Orden de 7 de abril de 1998 dictada en cumplimiento de lo dispuesto en la de 25 denoviembre de 1997, por la que se convocan procedimientos de provisión de vacantesentre funcionarios docentes pertenecientes a los Cuerpos de Enseñanza Secundaria,Fonnación Profesional, Enseñanzas Artísticas e Idiomas.

Asimismo, en la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 22 de junio de 1998(BOJA de 2 de julio) se actualizaron las Plantillas de los Centros Públicos de Enseñanzas

Medias, Enseñanza Secundaria, Enseñanzas Artísticas e Idiomas dependientes de la

Consejería de Educación y Ciencia.

Las resoluciones provisionales y definitivas del referido concurso se llevaron a cabo

mediante las siguientes disposiciones:

Resolución de 23 de abril de 1998, de la Dirección General de Gestión de Recursos

Humanos de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía (BOJA de 7de mayo), por la que se hace pública la adjudicación provisional de los destinos en losprocedimientos de provisión de vacantes entre funcionarios docentes pertenecientes a losCuerpos de Enseñanza Secundaria, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas e

Idiomas, convocados por la Orden que se cita.

En la siguiente tabla se indican los datos referentes al proceso

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Consejo Escolar de Andalucía INFORME ANUAL

Curso 1996/97 Curso 1997/98

Titulares que concursan 7.015 5.686

Vacantes ofertadas 1.670 1.575

2.5. Condición de Catedrático

La LOGSE, en su disposición final cuarta, deroga la Ley 911976, de 8 de abril, de fijaciónde Plantillas de los Cuerpos de Catedráticos Numerarios y Profesores Agregados deBachillerato.

Asimismo en el punto 3 de la disposición adicional décimosexta crea la condición deCatedrático y establece los requisitos necesarios para adquirir tal condición. En desarrollo

de las previsiones contenidas en esta Ley, el Real Decreto 575/1991, de 22 de Abril, por elque se regula la movilidad entre los Cuerpos Docentes y la adquisición de la condición deCatedrático, establece, en su capítulo cuarto, los requisitos, el sistema de selección, laspruebas que deben realizarse y los méritos que se valorarán al respecto.

En virtud de las disposiciones citadas la Consejería de Educación convocó a través de laOrden de 2 de Abril de 1998,(BOiA de 14-4-98), el procedimiento selectivo para la adqui­sición de la condición de Catedrático en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

En la Resolución de 19 de junio de 1998, (BOJA de 27-7-98), se declaró aprobada la listaprovisional de admitidos y excluidos para participar en el procedimiento selectivo anterior.

3. EL PERSONAL DE ADMINISTRACiÓN Y SERVICIOS

La aplicación del Sistema Educativo requiere una concepción de la tarea y los centros edu­cativos en la que debe cobrar especial relevancia las funciones del personal de administra­

ción y servicios, que realizan su trabajo en tales centros. La colaboración y coordinaciónentre el profesorado y el PAS resulta necesaria para el éxito de cualquier medida que se tomeen educación.

El Consejo Escolar de Andalucfa es consciente de que la adecuada conjugación de la diver­sidad de funciones requiere que el perfil del personal de atención educativa sea objeto deuna definición que integre necesariamente las acciones educativas individuales con el tra­bajo colectivo, sin los cuales difícilmente podrían alcanzarse los objetivos formativos pre­vistos en el nuevo sistema educativo.

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Los recursos humanos y materiales Capítulo V

CUADRO RESUMEN DE LAS CATEGORÍAS PROFESIONALES DEL PERSONAL LABORAL

AL SERVICIO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA.

GRUPO PROFESIONAL 1: - MÉDICO

-PEDAGOGO

- PSICÓLOGO

- TITULADO SUPERIOR

GRUPO PROFESIONAL H: - DIPLOMADO ENFERMERÍA

- FISIOTERAPEUTA

- PSICOMOTRICISTA

- TITULADO GRADO MEDIO

- EDUCADOR DE DISMINUÍDOS

GRUPO PROFESIONAL 1II: CATEGORÍA ECONÓMICA 2:

- MONITOR ESCOLAR

- MONITOR DE RESIDENCIAS ESCOLARES

CATEGORÍA ECONÓMICA 1:

- ADMINISTRATIVO

GRUPO PROFESIONAL IV: CATEGORÍA ECONÓMICA 2:- AUXILIAR ADMINISTRATIVO

-COCINERO

GRUPO PROFESIONAL V: CATEGORÍA ECONÓMICA 2:-AYUDANTE DE COCINA

- CONSERJE

- TELEFONISTA

- CONDUCTOR

CATEGORÍA ECONÓMICA 1:

- PINCHE COCINA

-ORDENANZA

- LIMPIADORAS

- VIGILANTE

Las funciones de estos grupos profesionales se recogen en los BOJAs que se indican a con­

tinuación:

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Consejo Escolar de Andalucía

Grupo 1. BOJA n' 80/91.Grupo ll. BOJAS n' 5/85 y 80/91.Grupo ill. BOJAS n' 61/86,23/88 Y7190.Grupo IV. BOJA n' 61/86.Grupo V. BOJA n' 61186.

CUADRO ESTADÍSTICO (años 1997 y 1998).

ESTADÍSTICA R.P.T (ADSC =F; SERV =1)

INFORME ANUAL

GRUPO TOTAL TOTAL GRUPO

96/97 97/98 96/97 97198

A 56 55 115 115

AB 59 60

B 1 1 39 39

BC 38 38

C 2 2 135 139

CD 133 137

D 100 99 100 99

DE O O

E 2 2 2 2

T.PR 391 394

ESTADÍSTICA R.P.T (ADSC = L; SERV = 1)

GRUPO TOTAL TOTAL GRUPO

96197 97198 96197 97198

I 2 2 2 2

- O O

Il O O O O

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IVI O O O O

IV2 O O

VI 17 17 19 19

V2 2 2

T.PR 21 21

100

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ESTADÍSTICA R.P.T (ADSC = F; SERV = 2)

GRUPO ALMERíA eÁDIZ eÓRDOIlA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA TOTAL T.GRUPO

96197 97198 96197 97198 96197 97/98 96/97 97/98 96197 97198 96197 97/98 96197 97198 96197 97/98 96/97 97/98 96197 97/98

A 5 5 9 9 4 4 8 6 2 2 8 6 9 9 12 12 53 53 89 89

AB 3 4 5 5 5 6 5 5 5 4 6 6 2 3 4 3 36 36

B 3 3 4 4 2 2 5 4 4 4 4 4 5 5 6 6 33 32 83 89

Be 7 8 6 6 7 7 5 8 6 7 6 6 7 9 6 6 50 57

e 2 2 3 3 4 4 4 4 1 1 4 4 2 2 2 1 22 21 159 172

eD 20 20 17 18 20 20 19 19 13 16 18 20 16 20 14 18 137 151

D 39 39 63 62 54 58 58 81 36 34 37 38 64 63 69 67 420 420 420 420

DE o o o o o o o o o o o o o o o o o o

E o o 2 2 o o 1 1 o o 1 1 1 1 o o 5 5 5 5

T.PR 79 81 109 109 97 99 103 108 67 68 82 85 106 112 113 113 756 775

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ESTADÍSTICA R.P.T. (ADSC = F; SERV =3)

GRUPO ALMERíA eÁDlz eÓRDOIlA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA TOTAL T. GRUPO

96/97 97/98 96197 97/98 96/97 97/98 96/97 97/98 96/97 97/98 96/97 97/98 96197 97/98 96/97 97/98 96197 97/98 96/97 97/98

A O O O O I I O O O O O O O O O O I I 2 2

AB I I O O O O O O O O O O O O O O I I

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Be O O O O O O O O O O O O O O O O O O

e 4 3 12 12 5 5 6 6 I I 7 7 6 5 7 6 48 45 52 49

eD 2 2 O O O O O O I 1 O O O O I I 4 4

D 69 69 123 123 100 102 105 109 57 56 94 97 160 185 212 235 920 956 925 961

m; O O O O O O O O O O O O 3 3 2 2 5 5

E 10 10 12 II 29 29 12 10 3 2 8 8 20 19 56 56 150 145 150 145

T.PR 86 85 147 148 135 137 123 125 62 60 109 112 189 192 278 300 1129 1157

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I 1 1 2 2 1 1 4 4 2 2 O O 1 1 2 2 13 13 13 13

- O O O O O O O O O O O O O O O O O O

11 O O O O O O O O O O O O O O 1 1 1 1 1 1

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IV2 O O 1 1 O O O O O O O O 1 1 O O 2 2

VI 14 14 23 23 12 12 18 18 9 9 9 9 16 15 21 21 122 121 138 137

V2 1 1 2 2 3 3 1 1 3 3 2 2 2 2 2 2 16 16

T. PR. 16 16 28 28 17 17 25 25 14 14 11 11 20 19 28 28 159 158

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GRUPO ALMERfA CÁDlZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA TOTAL T. GRUPO

96/97 97/98 96/97 97/98 96/97 97198 96197 97/98 96/97 97/98 96/97 97/98 96/97 97/98 96/97 97198 96197 97/98 96197 97/98

I 27 27 33 33 32 32 39 39 24 24 27 27 55 56 64 64 301 302 301 302

- O O O O O O O O O O O O O O O O O O

U 38 38 35 35 33 33 45 45 20 20 15 14 65 65 95 95 346 345 346 345

- O O O O O O O O O O O O O O O O O O

IIII 9 5 25 25 8 8 15 15 15 15 27 28 20 20 13 13 133 132 1287 1309

IU2 84 84 179 181 124 127 134 134 76 84 96 96 192 202 269 267 1154 1177

IVI I I 3 3 I I 13 13 O O 2 2 I 1 I I 22 22 632 625

IV2 86 84 83 84 73 72 65 64 52 52 57 57 82 81 112 109 610 603

VI 302 299 530 528 398 398 418 416 283 282 339 336 570 569 861 857 3681 3665 4319 4303

V2 91 90 106 105 94 93 92 92 30 30 47 48 83 83 95 97 638 638

T. PRo 638 631 994 994 764 764 821 816 480 487 610 610 1066 1077 1510 1503 6885 6884 -

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Los recursos humanos y materiales

ADSC = F = Personal Funcionario.ADSC = L = Personal Laboral.SERV ;;; 1 ;;; Prestan servicio en los Servicios CentralesSERV ;;; 2 ;;; Prestan servicio en las Delegaciones ProvincialesSERV ;;; 3 ;;; Prestan servicio en los Servicios Periféricos.

Capítulo V

El Consejo Escolar de Andalucía recomienda a la Consejería de Educación que, a la mayorbrevedad posible y ante el órgano competente, realice las gestiones oportunas para la regu­larización y sistematización de los procesos de provisión de puestos del Personal Laboral,

es decir, los concursos de traslados, promoción y acceso.

4. LOS RECURSOS FINANCIEROS: EL GASTO EN EDUCACiÓN

La aplicación de la LOaSE ha exigido un incremento de los recursos económicos paraimplantar de forma adecuada el nuevo sistema educativo.

Atendiendo al principio de mejora de la calidad de la enseñanza, las acciones desarrolladasse han enfocado en las líneas más urgentes de actuación que requería la transformación del

Sistema Educativo y que se pueden resumir en:

• Adecuar la ratio a lo establecido en la LOaSE.• Escolarizar a los alumnos de 12 a16 años en Institutos de Enseñanza Secundaria.• Desarrollar programas de compensación de desigualdades y de atención a la diversidad.• Adecuar las dotaciones humanas y materiales a los requerimientos del nuevo Sistema

Educativo.• Desarrollar acciones formativas que adecuen el perfil docente a las nuevas exigencias.

El presupuesto destinado a educación en este período es el que queda reflejado en la siguien­

te tabla

105

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Consejo Escolar de Andalucía

DISTRIBUCIÓN DEL PRESUPUESTO POR PROGRAMAS

INFORME ANUAL

1996 1997 1998

Dirección y Servicios Generales 7.033.793 7.340.034 7.564.804

Infantil y Primaria 201.782.175 202.451.327 214.140.322

Secundaria y Media 152.889.700 157.176.121 166.770.590

Educación Especial 13.0193.938 13.268.181 13.802.699

Enseñanzas de Régimen Especial 7.841.750 8.998.841 9.880.139

Educación Compensatoria 15.764.988 15.864.381 17.148.050

Educación de Adultos 9.194.168 8.516.704 8.524.530

Promoción, Evaluación, Investigación

Educativa, Formación del Profesorado 1.854.679 1.857.182 1.983.400

TOTAL 409.555.191 415.472.771 439.814.534

A los presupuestos anteriores habría que adicionarles los gastos efectuados enInvestigaciones Científicas y en Enseñanzas Universitarias que abajo se indican.

Investigación Científica 3.454.505 2.103.566 2.268.166

Enseñanzas Universilarias 74.653.809 75.194.036 79.268.625

El Programa Aula 2000

Este programa de construcciones escolares contempla la adecuación de los centros educati­vos a las directrices emanadas de la LOaSE.

Consiste en el acuerdo de la Consejería de Educación con municipios. diputaciones y patro­nal de la construcción. que pennite el adelanto de un importante volumen de construccionesal corresponsabilizarse los ayuntamientos y diputaciones en la gestión de las obras.

Su objetivo es que los ayuntamientos que se acojan al mismo actúen como intermediariosentre la Administración Educativa y las empresas constructoras. Las entidades locales ade­lantan las contrataciones y son compensadas por la Consejería de Educación y Ciencia enlos presupuestos previstos para el año 1999-2000.

La inversión y actuaciones realizadas en el período al que se refiere el presente informe den­tro del programa Aula 2000 se puede ver en la tabla siguiente:

106

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Los recursos humanos y materiales Capítulo V

1996/97 1997/98

Centros Centros Millones Centros Centros Millones

Infantil Secundaria Infantil Secundaria

Primaria Primaria

75 98 9.518 102 113 19.829,1

Cabe señalar que está prevista la construcción de 210 nuevos centros docentes de los cuales¡74 serán lES y 36 Colegios de Infantil y Primaria.

Asimismo es preciso adaptar 79 centros educativos ya existentes, 74 de ellos para dedicar­los a lES y los 5 restantes para Colegios de Infantil y Primaria.

5. ACTUACIONES EN EQUIPAMIENTOS

Otra de las actuaciones urgentes que ha acometido la Consejería de Educación ha sido dotarde equipamientos a los nuevos centros así como a los centros adaptados o remodelados.

ACTUACIONES DE EQUIPAMIENTO EN CENTROS ESCOLARES

(MILLONES DE PESETAS)

ACTUACIÓN IMPORTE

96/97 97198

Equipamiento para centros que anticipan la LOGSE 1.091,3 2.111.125.827

Equipamiento de centros mixtos (Primaria y primer ciclo

de ESO) 735,7 5.183.860

Equipamiento de Bachilleratos 397,9 74.576.562

Equipamiento de Ciclos Formativos 1.726,2 846.846.214

Otros equipamientos realizados por Convenios 426,3 390.799.278

Equipamiento para nuevos centros de E. Infantil y E. Primaria 546,6 982.355.907

Obras centralizadas de Secundaria 268,5 157.467.453

Equipamiento para la habilitación de aulas de Educación

Primaria 164,5 100.884.646

Equipamiento para la habilitación de aulas de Educación

Secundaria 119,3 165.292.451

Plan de Choque de Educación Primaria 129,9 10.187.888

107

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Consejo Escolar de Andalucía INFORME ANUAL

ACTUACIÓN IMPORTE

96197 97198

Plan de Choque de Educación Secundaria 185

Red Averroes --- 15.279.865

Material de Nuevas tecnologías --- 147.226.600

Equipamiento para centros de Educación de Adultos ---- 7.276.469

Material general de centros transformados 311,5 709.510.878

Equipamiento para Aulas de Música en

Educación Primaria 139,9

Total 5.976,5 5.724.013.898

108