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CAPITULO IV RESULTADOS

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CAPITULO IV

RESULTADOS

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CAPITULO IV

RESULTADOS

A continuación se procede a exponer los resultados que han sido

obtenidos mediante el desarrollo del proceso de investigación, previo estudio,

análisis y confrontación, en forma de cuadros para su mejor entendimiento.

1.- PRESENTACIÓN DE LOS RESULTADOS

Ésta constituye la descripción sintetizada de la información recabada, en

aras de dar respuesta a cada una de las interrogantes planteadas entorno a

cada unidad de análisis, para lo cual se emplean una serie de cuadros, en los

que se plasman los objetivos específicos, la categoría, subcategorías y

unidades de análisis propuestas por los investigadores.

1.1.- ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Dentro de cada uno de los cuadros que a continuación se presentan, se

plasman las respuestas que se han obtenido a través del desarrollo del

proceso de investigación, sobre las interrogantes planteadas en la guía de

observaciones, previa y debidamente aprobada en toda su extensión.

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Page 3: CAPITULO IV RESULTADOS - virtual.urbe.edu

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CUADRO 2 IMPACTO DEL POSITIVISMO EN EL MOVIMIENTO COOPERATIVO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar los antecedentes socio-políticos que dan lugar al cooperativismo.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Antecedentes socio-políticos

del cooperativismo.

Distintas corrientes que influyen en los

inicios del cooperativismo.

Él positivismo alude a la estructura o sistema filosófico, basado en el método experimental, caracterizado por rechazar las creencias universales y las nociones a priori, siendo la única clase de conocimientos válida es la de carácter científico. Ahora bien, su influencia sobre el cooperativismo se manifiesta en la imposición del método científico sobre los hechos sociales; ello da lugar a la afirmación de que la lucha o conflictos que se presentan dentro de una sociedad, se originan por y desde el poder, desconociendo así las distintas y comunes transformaciones que se producen entre los individuos que pertenecen a distintas clases sociales, concibiendo el desarrollo de la sociedad como un proceso propio y exclusivo de la élites predominantes, dejando de lado las clases más desfavorecidas o menos pudientes.

Positivismo.

Impacto del positivismo en el movimiento cooperativo.

Page 4: CAPITULO IV RESULTADOS - virtual.urbe.edu

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CUADRO 3 CONSECUENCIAS DEL LIBERALISMO EN EL MOVIMIENTO COOPERATIVO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar los antecedentes socio-políticos que dan lugar al cooperativismo.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas y su evolución.

Antecedentes socio-políticos

del cooperativismo.

Distintas corrientes que influyen en los

inicios del cooperativismo.

El liberalismo constituye un cúmulo de ideas que exalta el concepto de libertad individual y social, en base a un orden natural armónico y libre de todas las cosas. Ahora bien, es notoria la influencia de este movimiento en diversos campos del Estado, (Político, social y económico), lo cual lo posicionan como un sistema filosófico y político, con gran inherencia en el plano económico, en vista de que promueve las libertades civiles, oponiéndose al despotismo, dando inicio a la democracia representativa y los principios republicanos. En este orden de ideas, el liberalismo, por medio de la Revolución francesa, conlleva a los derechos del hombre y del ciudadano, la libertad individual y de convenios, y las ideas de igualdad y fraternidad entre los ciudadanos, siendo las bases sobre las que se sostiene el cooperativismo, especialmente en cuanto al principio de no intervención del Estado, lo cual garantiza la igualdad de condiciones y un mercado de competencia perfecta.

Liberalismo.

Consecuencias del liberalismo en el movimiento cooperativo.

Page 5: CAPITULO IV RESULTADOS - virtual.urbe.edu

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CUADRO 4 CONSECUENCIAS DEL SOCIALISMO EN EL MOVIMIENTO COOPERATIVO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar los antecedentes socio-políticos que dan lugar al cooperativismo.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas y su evolución.

Antecedentes socio-políticos

del cooperativismo.

Distintas corrientes que influyen en los

inicios del cooperativismo.

El socialismo constituye un sistema de gobierno en el cual la economía y el orden social están basados en la gestión del Estado, en acción conjunta con los medios de producción colectivos; este término es empleado por primera vez por Robert Owen, conocido como el padre del Cooperativismo. Por otro lado, su influencia sobre el movimiento cooperativo, especialmente en cuanto respecta al socialismo utópico, se materializa en la imposición de los principios de organización colectiva de la producción y el consumo; abolición de la diferenciación entre trabajo manual e intelectual; igualdad de derechos entre hombres y mujeres; sustitución de la empresa privada competitiva por organizaciones cooperativas; leyes sociales y seguros y la promoción de la educación. En igualdad de condiciones, el liberalismo científico afirma que la libertad no es más que la posibilidad de transformar el Estado en un ente subordinado a la sociedad, y no por encima de ella, en base a la idea de que las clases sociales surgen como consecuencia de las relaciones de producción y de la estructura económica existente, incluso de la ideología y la cultura. En síntesis, las consecuencias del socialismo en el cooperativismo se circunscriben a que la esencia del socialismo se encuentra en las amplias facultades del Estado para tomar decisiones referentes a la economía y a la distribución de los bienes; y que, en última instancia, son los trabajadores y productores quienes deben administrar los bienes, mientras que las instituciones políticas deben ser sometidas al control de los ciudadanos a través de mecanismos democráticos.

Socialismo.

Consecuencias del socialismo en el movimiento cooperativo.

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CUADRO 5 APORTE DEL HUMANISMO AL MOVIMIENTO COOPERATIVO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar los antecedentes socio-políticos que dan lugar al cooperativismo.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Antecedentes socio-políticos

del cooperativismo.

Distintas corrientes que influyen en los

inicios del cooperativismo.

El término humanismo tiene varios usos, por un lado se refiere a la doctrina basada en la integración de los valores humanos, y por otro, el movimiento renacentista que se propuso retornar a la cultura grecolatina para restaurar los valores humanos. En este sentido, el humanismo persigue la trascendencia del ser humano, lo cual lo impone como la medida de todas las cosas, con especial relevancia en una organización social basada en el bienestar humano. Asimismo, el consecuente desarrollo del humanismo, impone un conjunto de caracteres, con plena relevancia respecto a las asociaciones cooperativas, tales como: La sociedad se concibe como un articulación orgánica y ascendente de grupos organizados de forma voluntaria y autónoma, con base en la participación social; el trabajo es enfocado desde el punto de vista de la cooperación, como una realización colectiva y comunitaria, rescatando la dignidad de la opresión ejercida por el capital; y la economía, con una función predominantemente social, debe propender a generar bienestar social de todos los individuos, subordinada siempre al bien común y desarrollo social.

Humanismo.

Aporte del humanismo al movimiento cooperativo.

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CUADRO 6 MANIFESTACIONES COOPERATIVAS MÁS ANTIGUAS

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar los antecedentes socio-políticos que dan lugar al cooperativismo.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas y su evolución.

Antecedentes socio-políticos

del cooperativismo.

Antiguas instituciones cooperativas.

La generalidad de autores sostiene que la primera manifestación formal y más exitosa del cooperativismo esta representada en al Sociedad de los equitativos pioneros de Rochdale, cuyos principios se mantienen en la actualidad, como la base de las asociaciones cooperativas. Ahora bien, anteriormente se observan intentos como la Sociedad de las Hilanderas de Fenwick, aunque con menor éxito y permanencia que la anterior. Aún más allá, el cooperativismo tiene su inicio más remoto en el Egipto ancestral de los faraones, manifestado en asociaciones de artesanos para resguardar los bienes comunes; asimismo los mercaderes fenicios aseguraban entre sí las mercancías que transportaban, dando el inicio al seguro cooperativo. En este orden de ideas, las cooperativas de ahorro aparecen en China, alrededor del siglo XII A.C.; y en Babilonia alrededor del 550 A.C., las cooperativas de intercambio y comercialización de productos agrícolas y sociedades de crédito; en Roma, para el año 300 A.C., se manifiestan los collegia, entendidos como asociaciones religiosas comerciales; ya en América se observa que los nativos, al no concebir la propiedad privada de la tierra, se asociaban para usarla de forma comunitaria, especialmente las civilizaciones mayas, incas y aztecas, quienes instituyeron la propiedad y trabajo colectivo, combinados con medidas de previsión social basadas en la solidaridad.

Manifestaciones cooperativas más antiguas.

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CUADRO 7 APORTE DE SAINT SIMÓN AL COOPERATIVISMO MODERNO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar los antecedentes socio-políticos que dan lugar al cooperativismo.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas y su evolución.

Antecedentes socio-políticos

del cooperativismo.

Precursores del Cooperativismo

moderno.

Saint-Simón fue uno de los precursores de la aplicación del método científico a hechos sociales, siendo partidario de la revolución social pacífica, en tanto ésta fomentaba mejores condiciones morales y materiales para los trabajadores. En este sentido, éste se posiciona como un precursor del cooperativismo al oponerse a la escuela liberal y su énfasis en los consumidores; éste, como medio para establecer la supremacía de los productores, afirmó que “la clase industrial es la clase nutricia de la sociedad”, en este sentido la economía debe organizarse, atendiendo a su valor supremo, incluso sobre las instituciones políticas.

Saint-Simón.

Aporte de Saint Simón al cooperativismo moderno.

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CUADRO 8 APORTE DE PIERRE JOSEPH PROUDHON AL COOPERATIVISMO MODERNO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar los antecedentes socio-políticos que dan lugar al cooperativismo.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas y su evolución.

Antecedentes socio-políticos

del cooperativismo.

Precursores del Cooperativismo

moderno.

Reconocido como uno de los padres fundadores de la sociología, entre sus contribuciones más resaltantes se cuentan el rechazo a la propiedad privada de los medios de producción y al Estado como ente de formación y control de la sociedad. Éste se opuso celosamente a la propiedad privada, en tanto la consideraba injusta y perjudicial; ello lo instituía en que la ocupación de un bien territorial no debía emplearse como fundamento para el derecho de propiedad, lo cual extiende al trabajo, el cual sólo justifica la posesión y nunca la propiedad de los bienes. Asimismo, sobre Proudhon es propio manifestar su extensa obra, en la cual se denotan cambios importantes de parámetros; no obstante, en este relación a los principios fundamentales que lo erigen como precursor del cooperativismo se enumeran: Defensa de las cooperativas de producción, siendo un cambio en su ideología inicial en el tema; creó el crédito mutuo; y, por último, permite aclarar la naturaleza de la regla del pago del interés capital, presente inclusive en los estatutos de Rochdale.

Pierre Joseph Proudhon.

Aporte de Pierre Joseph Proudhon al cooperativismo moderno.

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CUADRO 9 APORTE DE ROBERT OWEN AL COOPERATIVISMO MODERNO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar los antecedentes socio-políticos que dan lugar al cooperativismo.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas y su evolución.

Antecedentes socio-políticos

del cooperativismo.

Precursores del Cooperativismo

moderno.

Owen se caracteriza por su vigor intelectual y la profunda convicción de que las soluciones que aporta son las mejores para la humanidad, con una suerte de sentimiento profético; en un criterio más objetivo, a éste se le conoce por su influencia en el movimiento cooperativo, en tanto contribuye a generalizar el término cooperación, conjuntamente con consagrar sus leyes y/o principios fundamentales. En este orden de ideas, Owen destaca la necesidad de abolir la ganancia inmerecida, y fomentar los principios cooperativos de asociación voluntaria y democrática, la retribución del capital mediante un interés limitado, la neutralidad política y religiosa, y, finalmente, el comúnmente denominado principio de oro del cooperativismo, la promoción de la educación.

Robert Owen.

Aporte de Robert Owen al cooperativismo moderno.

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CUADRO 10 APORTE DE CHARLES FOURIER AL COOPERATIVISMO MODERNO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar los antecedentes socio-políticos que dan lugar al cooperativismo.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas y su evolución.

Antecedentes socio-políticos

del cooperativismo.

Precursores del Cooperativismo

moderno.

A Fourier se le reconoce un carácter fundamentalmente ideológico, siendo reconocido por ser uno de los pensadores más ricos y avanzados de su época. Ahora bien, respecto a las asociaciones cooperativas, éste ostenta una novedosa concepción sobre dichas formas asociativas, a las que éste denomina falanges, en aras de resolver la diatriba sobre la producción; asimismo, su método de distribución de la riqueza de forma justa y social, siendo una asociación voluntaria, libre de cualquier medio de coacción, cuyo objeto es el bien común y no la obtención de lucro. Su labor se centra en la defensa de la lucha contra la pobreza, en base al crecimiento de la producción y un mejor reparto de la riqueza de forma proporcional al crecimiento de la renta , sentando la base para el nacimiento del derecho del trabajo.

Charles Fourier.

Aporte de Charles Fourier al cooperativismo moderno.

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CUADRO 11 APORTE DE WILLIAM KING AL COOPERATIVISMO MODERNO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar los antecedentes socio-políticos que dan lugar al cooperativismo.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas y su evolución.

Antecedentes socio-políticos

del cooperativismo.

Precursores del Cooperativismo

moderno.

King se conoce por destacar la importancia de las cooperativas de consumo, extendiéndose más allá de una labor doctrinaria, posicionándose incluso como promotor de éstas, dando lugar a la creación de más de trescientas (300) sociedades de esta clase; sin embargo, se debe acotar que éstas no tuvieron larga vida útil, en vista de las exigencias, la rigurosa selección de los socios, la venta de productos a precios de mercado y la reinversión de los excedentes sin tomar en cuenta los socios y sin retribuir interés alguno al capital de los asociados. Asimismo, su planteamiento cooperativo denota un aspecto plenamente complejo, caracterizado por la organización del trabajo en interés de los trabajadores, y de liberar a éstos de su dependencia al capital. En síntesis, la visión de King se centra en la fe de imponer los principios morales y cristianos, tal como están incluidos en la verdadera cooperación, siendo el fundamento de la vida familiar y de la vida cooperativa misma.

William King.

Aporte de William King al cooperativismo moderno.

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CUADRO 12 APORTE DE MICHEL DERRION AL COOPERATIVISMO MODERNO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar los antecedentes socio-políticos que dan lugar al cooperativismo.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas y su evolución.

Antecedentes socio-políticos

del cooperativismo.

Precursores del Cooperativismo

moderno.

Derrion fue un gran analista y pensador de su época; discípulo de Owen y King al mismo tiempo, seguidor de Saint-Simón y posteriormente de Fourier, denotando su cambio de opinión. Su obra se basa en el poder potencial del consumidor, al cual denominaba la palanca de consumo de Arquímedes. Éste crea el “Comerse Véridique et Social: Derrion et Compagnie”, sociedad ésta que llega a contar con ocho (8) sucursales, aunque con una vida bastante corta, todas se extinguen en el plazo de tres (3) años después de su fundación. En síntesis, la influencia de éste se centra en el establecimiento del principio cooperativo de distribución de los excedentes en proporción a las transacciones, aunque sólo en base al veinticinco por ciento (25%) de lo obtenido; el resto se distribuiría entre los capitalistas, empleados (Gerentes, obreros y funcionarios) y para obras benéficas; siendo su gran debilidad adoptar la tesis caduca de Fourier, sobre la remuneración variable del capital de la empresa, sin fijar un interés limitado.

Michel Derrion.

Aporte de Michel Derrion al cooperativismo moderno.

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CUADRO 13 APORTE DE PHILIPPE BOUCHEZ AL COOPERATIVISMO MODERNO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar los antecedentes socio-políticos que dan lugar al cooperativismo.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas y su evolución.

Antecedentes socio-políticos

del cooperativismo.

Precursores del Cooperativismo

moderno.

Inicialmente fue discípulo de Saint-Simón, dando un cambio drástico al convertirse al cristianismo, adoptando la inspiración reformadora de King, en lo cual se sienta su fama como revolucionario social-cristiano, con una amplia y relevante actividad dentro del campo cooperativista. Ahora bien, su obra se resume en cuatro (4) principios básicos y fundamentales, a saber: Los asociados se constituirán en empresarios, para ello elegirán de entre todos, uno o dos representantes que tendrán la firma social; cada uno de ellos continuará cobrando su sueldo como de costumbre; el capital social debe aumentar cada año en un quinto de los beneficios, éste es inalienable y pertenece a la asociación, la cual es indisoluble; y, la asociación no puede hacer trabajar por su cuenta obreros extraños durante más de un (1) año, ya que se convertiría en socio de aquella. En este sentido, a Bouchez se le reconoce como el pionero en cuanto a las asociaciones de trabajadores basadas en el retorno en proporción al trabajo realizado y en la creación de un fondo social indivisible, indisoluble e inalienable. Por otro lado, propone la asociación de personas por su trabajo y no por sus capitales, sosteniendo que los trabajadores debían recibir un salario suficiente de acuerdo a los niveles del país y la obligación de admitir como asociados a trabajadores que llevaran un cierto tiempo en la empresa, siendo principios relevantes y aplicados en las cooperativas de hoy en día.

Philippe Bouchez.

Aporte de Philippe Bouchez al cooperativismo moderno.

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CUADRO 14 APORTE DE LUIS BLANC AL COOPERATIVISMO MODERNO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar los antecedentes socio-políticos que dan lugar al cooperativismo.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas y su evolución.

Antecedentes socio-políticos

del cooperativismo.

Precursores del Cooperativismo

moderno.

Éste se reconoce por ser un socialista plenamente convencido de la necesidad de la participación del Estado como ente regulador de la producción; asimismo Introduce el concepto de la planificación estatal basado en un sistema socialista integral, limitando al Estado como coordinador de las actividades económicas, dejando de lado su dirección gubernamental. En este orden de ideas, Blanc afirmaba que el gobierno debía vigilar el mantenimiento de las relaciones entre todos los centros de producción, y ayudar a cualquier industria, que por circunstancias extraordinarias, se encontrara en crisis. Atendiendo a los anteriores postulados, se reconoce que el objetivo de Blanc no era otro que imponer una sociedad con una completa, y utópica, igualdad, especialmente desde el ámbito económico y social; aunado a ello, concibe la necesidad de establecer una independencia absoluta de la acción cooperativa del gobierno, ya que éstas deben ser fundamentalmente autónomas, incluyendo lo relativo a la previsión y servicios sociales de los trabajadores. De forma general, su aporte al cooperativismo se evidencia en reconocer la necesidad del derecho al trabajo digno, la organización del trabajo, mediante la creación de asociaciones de producción, inicialmente con medios del Estado; su modelo de cooperativa obrera implica un nuevo sistema económico nacional, en el cual se eliminaría la competencia entre los asociados y entre las asociaciones de la misma categoría; asentándose los valores de solidaridad.

Luís Blanc.

Aporte de Luis Blanc al cooperativismo moderno .

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CUADRO 15 ALCANCES DEL MOVIMIENTO COOPERATIVO EN LA ACTUALIDAD

VENEZOLANA

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar los antecedentes socio-políticos que dan lugar al cooperativismo.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas y su evolución.

Antecedentes socio-políticos

del cooperativismo.

Movimiento cooperativo en

Venezuela.

En Venezuela el cooperativismo surge alrededor de 1842, con el reconocimiento de las cooperativas y experiencias de autoayuda de las comunidades indígenas y campesinas como la Cayapa, la Mano Vuelta y las cajas de ahorro. En el año de 1896, se lleva a cabo en la ciudad de Caracas el primer Congreso de Trabajadores de Venezuela, en donde se propone estudiar la necesidad de constituir sociedades cooperativas. Ahora bien, atendiendo al aspecto legal, la primera Ley de Sociedades Cooperativas de Venezuela fue, literalmente, una copia de la Ley francesa de 1867; ahora bien, en 1966 se promulga la nueva Ley general de Asociaciones Cooperativas, modificada en 1975. Atendiendo a la Superintendencia de la materia, hoy en día denominada Superintendencia Nacional de Asociaciones Cooperativas, por sus siglas SUNACOOP, ésta nace en 1967, con la orden de que todas las asociaciones de esta clase debían registrarse, dotándola de la facultad de fiscalización y/o vigilancia sobre aquellas. Por último, en épocas más recientes, es notable la promoción, incluso de rango constitucional, de las asociaciones cooperativas, asimismo se denota la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), como la norma que regula la actividad cooperativista, implementando facilidades significativas para su constitución, un generoso financiamiento, y, en suma, el apoyo jurídico-legal.

Alcances del movimiento cooperativo en la actualidad venezolana.

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CUADRO 16 CARÁCTER ESPECIAL DE LA CONSTITUCIÓN DE LAS ASOCIACIONES

COOPERATIVAS SEGÚN EL DERECHO VENEZOLANO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar la organización de las asociaciones cooperativas en Venezuela.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas y su evolución.

Organización de las

asociaciones cooperativas.

Formalidades y trámites de

constitución.

El carácter especial al que se hace mención está referido a la exención del pago, tal como se instituye en el artículo 12 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), norma ésta que ordena que la inscripción en el Registro Público del acta constitutiva y estatuto de las cooperativas, así como el registro y expedición de copias de cualesquiera otro documento otorgado por las mismas, esta exento del pago de derechos de registro y cualquier otra tasa o arancel que dicho servicio genere. En esta perspectiva, las asociaciones cooperativas gozan de exención en el pago de cualesquiera trámites registrales, relativos a su protocolización o certificación, extendido al resto de actas y la generalidad de documentos otorgados por las mismas

Carácter Especial.

Carácter especial de la constitución de las asociaciones cooperativas según el derecho venezolano.

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CUADRO 17 EXTREMOS LEGALES QUE REGULAN LO RELATIVO A LOS ESTATUTOS DE LAS

ASOCIACIONES COOPERATIVAS

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar la organización de las asociaciones cooperativas en Venezuela.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas y su evolución.

Organización de las

asociaciones cooperativas.

Formalidades y trámites de

constitución.

El artículo 13 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), establece que el estatuto de las cooperativas debe cumplir con los requisitos básicos, tales como: Denominación, duración y domicilio; determinación del objeto social, régimen de responsabilidad y sus alcances; condiciones de ingreso, derechos, obligaciones, pérdida del carácter, suspensión y exclusión de los asociados; formas de organización y normas para su funcionamiento, coordinación y control, atribuciones de la asamblea, reglamentos internos y competencia para dictarlos; normas para establecer la representación legal, judicial y extrajudicial; modalidades de toma de decisiones; formas de organización y normas con relación al trabajo en la cooperativa ; formas de desarrollo de la actividad educativa e instancias; régimen económico; normas sobre la integración; procedimientos para la reforma del estatuto; procedimiento para la transformación, fusión, escisión, segregación, disolución y liquidación y las normas sobre el régimen disciplinario, entre otros. En este sentido, vista la complejidad del estatuto, la SUNACOOP facilita un modelo de estatuto y acta constitutiva que sirven de guía, aunque deben tomarse en cuenta las características propias de cada asociación.

El Estatuto.

Extremos legales que regulan lo relativo a los estatutos de las asociaciones cooperativas.

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CUADRO 18 ASPECTOS RELEVANTES DE LA DENOMINACIÓN DE LAS ASOCIACIONES

COOPERATIVAS

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar la organización de las asociaciones cooperativas en Venezuela.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas y su evolución.

Organización de las

asociaciones cooperativas.

Formalidades y trámites de

constitución.

El artículo 14 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), impone la orden de que la denominación social de estas asociaciones incluya el vocablo cooperativa adicional a la palabra que corresponda a su responsabilidad; ello determina la prohibición del uso de la denominación cooperativa y abreviaturas de esa palabra, a entidades no constituidas conforme a la presente Ley. En atención a la citada norma, se manifiesta que las asociaciones cooperativas deben incorporar, expresa e inexcusablemente, el término o vocablo “cooperativa” más el complemento de la palabra que corresponda a su responsabilidad; así como la prohibición de cualquier abreviación, o bien, el uso de éste a sociedades que no se constituyan siguiendo los valores y principios que establece la citada norma; asimismo,

Denominación.

Aspectos relevantes de la denominación de las asociaciones cooperativas.

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CUADRO 19 EXTREMOS LEGALES QUE REGULAN A LOS ASOCIADOS DE LAS

COOPERATIVAS

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar la organización de las asociaciones cooperativas en Venezuela.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas y su evolución.

Organización de las

asociaciones cooperativas.

Los asociados.

El artículo 14 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), determina que pueden ser asociados: Las personas naturales, que sean trabajadores, productores primarios de bienes o servicios, o consumidores o usuarios primarios; las personas jurídicas de carácter civil, sin fines de lucro, siempre que reúnan los requisitos establecidos en el estatuto; cuando las cooperativas utilicen trabajadores asalariados, según el artículo 36 eiusdem, estos pueden gozar de los beneficios de la cooperativa de conformidad con sus estatutos y los adolescentes con autorización de sus representantes, en los términos que establezca el estatuto y de conformidad con las Leyes que regulan la materia. Asimismo, se prohíbe exigir algún otro requisito distinto a los antes enunciados y dificultar la incorporación a la asociación de los trabajadores de las cooperativas, que por excepción, no sean asociados.

Quienes Pueden Ser Asociados

Extremos legales que regulan a los asociados de las cooperativas.

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CUADRO 20 INGRESO DE LOS ASOCIADOS A LA COOPERATIVA

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar la organización de las asociaciones cooperativas en Venezuela.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas y su evolución.

Organización de las

asociaciones cooperativas.

Los asociados.

El artículo 20 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), establece que el carácter de asociado se adquiere a través de la participación y manifestación del deseo de adherirse a la asociación, manifestado en la asamblea constitutiva o ante la instancia que prevea el estatuto para tal fin. Aunado a ello, la norma establece que ante la negativa de ingreso a la asociación, el solicitante puede acudir ante la asamblea, debiendo dicho entre considerar dicha situación en su próxima sesión.

Ingreso.

Ingreso de los asociados a la cooperativa.

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CUADRO 21 DEBERES QUE LA LEY DE LA MATERIA LES IMPONE A LOS ASOCIADOS

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar la organización de las asociaciones cooperativas en Venezuela.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas y su evolución.

Organización de las

asociaciones cooperativas.

Los asociados. Sobre los deberes de los asociados se pronuncia el artículo 21 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), donde se enumeran: - Concurrir y participar en todas las decisiones que se tomen en las asambleas y demás instancias, en el trabajo y otras actividades, sobre bases de igualdad. - Cumplir y hacer cumplir las obligaciones sociales y económicas de la cooperativa, resoluciones de la asamblea y las instancias de coordinación y control. - Ser elegidos y desempeñar cargos en todas las instancias y asumir las responsabilidades que se les encomienden, dentro de los objetivos de la cooperativa. - Utilizar los servicios en las condiciones establecidas. - Solicitar y obtener información de las instancias de coordinación y control, sobre la marcha de la cooperativa. - Participar en las decisiones sobre el destino de los excedentes. - Velar y exigir el cumplimiento de los derechos humanos en general y en especial los derivados de la Seguridad Social, y el establecimiento de condiciones humanas para el desarrollo del trabajo. Entre otros.

Deberes.

Deberes que la Ley de la materia les impone a los asociados.

Page 23: CAPITULO IV RESULTADOS - virtual.urbe.edu

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CUADRO 22 DERECHOS QUE LA LEY DE LA MATERIA LES OTORGA A LOS ASOCIADOS

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar la organización de las asociaciones cooperativas en Venezuela.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas y su evolución.

Organización de las

asociaciones cooperativas.

Los asociados.

De inicio, sobre los derechos que ostentan los asociados se pronuncia el artículo 21 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), referido a los deberes, norma ésta que incorpora una especie de dualidad entre los deberes y derechos. Ahora bien, los derechos de los asociados constituyen su facultad de acudir y participar a las distintas asambleas; cumplir y velar por el cumplimiento de las obligaciones de la asociación; optar a la elección de cargos dentro de cada instancia; realizar las actividades propias de los cargos para los que fueron elegidos; solicitar y recibir la información sobre las distintas actuaciones de la asociación; participar activamente en las decisiones sobre el uso de los excedentes; exigir el respeto de los derechos inherentes al ser humano, especialmente en cuanto atañen a la seguridad social, entre otros. Asimismo, en vista a las potestades de cada cooperativa, cada asociación puede, conjuntamente con los derechos establecidos en la norma, extender el marco de facultades, siempre que no contravenga la norma o los principios cooperativos.

Derechos.

Derechos que la Ley de la materia les otorga a los asociados.

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104

CUADRO 23 PÉRDIDA DEL CARÁCTER DE ASOCIADO SEGÚN EL DERECHO POSITIVO

VENEZOLANO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar la organización de las asociaciones cooperativas en Venezuela.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas y su evolución.

Organización de las

asociaciones cooperativas.

Los asociados. La pérdida del carácter de asociado conlleva al cese del ejercicio de los deberes conjuntamente con el fin del goce de los derechos que por tal condición ostenta; una vez verificada ésta, se origina el derecho de exigir la devolución de los aportes económicos a que hubiere lugar, así como la deducción de las obligaciones pendientes de tales montos. Ahora bien, el carácter de asociado se pierde y/o extingue, según el artículo 21 de la ley Especial de Asociaciones Cooperativas, por las siguientes causales: - Extinción de la persona física (Asociado) o jurídica (Sociedad). - Renuncia. - Pérdida de las condiciones para ser asociado, bien las establecidas en la Ley o en el estatuto, salvo la continuidad de socio trabajador. - Exclusión acordada en la asamblea general de los asociados en vista de las causas establecidas en el estatuto. - Extinción de la cooperativa.

Pérdida Del Carácter De Asociado.

Pérdida del carácter de asociado según el derecho positivo venezolano.

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105

CUADRO 24 ALCANCE DEL CONTROL QUE LA LEY DE LA MATERIA LE OTORGA A LA

SUNACOOP SOBRE LAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar la organización de las asociaciones cooperativas en Venezuela.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Organización de las

asociaciones cooperativas.

Control del Estado a través

de la Superintendencia

Nacional de Cooperativas.

Sobre la Superintendencia Nacional de Asociaciones Cooperativas, por sus siglas SUNACOOP, según la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), tiene como objetivo fundamental llevar a cabo la tarea de control y fiscalización de las asociaciones cooperativas a nivel nacional, lo cual supone la distribución de las oficinas que considere necesarias, en aras de su óptima labor. En este orden de ideas, dicho ente se integra de forma colegiada, contando con diez (10) miembros, de los cuales cinco (5) deben ser electos por parte de los diversos factores de integración del sector cooperativo, y el resto, será designado por el Ejecutivo Nacional.

Alcance del control que la Ley de la materia le otorga a la SUNACOOP sobre las asociaciones cooperativas.

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106

CUADRO 25 EL VALOR COOPERATIVO DE AYUDA MUTUA

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Valores cooperativos.

La ayuda mutua es uno de los valores fundamentales y sobresalientes del cooperativismo, siendo una labor de tales asociaciones despertar y/o generar confianza en la sociedad en general, posicionándose así como un factor determinante en el fomento del bienestar social, el desarrollo colectivo y personal de la sociedad y cada uno de sus asociados. Asimismo, la ayuda mutua se establece en virtud del precepto de que “en la unión está la fuerza”; siempre en pro del bien común.

Ayuda Mutua.

El valor cooperativo de ayuda mutua.

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107

CUADRO 26 MANIFESTACIONES DEL VALOR COOPERATIVO DE ESFUERZO PROPIO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Valores cooperativos.

El esfuerzo propio atañe al esfuerzo individual que se exige y/o espera de cada uno de los asociados, en aras de alcanzar las metas que se la sociedad, como colectivo, se ha trazado. En esta perspectiva, el esfuerzo propio se relaciona con las capacidades propias de cada individuo, las cuales le permiten hacer frente a las adversidades y seguir adelante haciendo uso del potencial que éste ostenta, siendo un factor determinante en el éxito de la asociación.

Esfuerzo Propio.

Manifestaciones del valor cooperativo de esfuerzo propio.

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108

CUADRO 27 EL VALOR COOPERATIVO DE RESPONSABILIDAD

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Valores cooperativos.

En vista a los principios cooperativos, se denota que cada uno de éstos es responsable en el cumplimiento de los deberes que adquiere una vez que asume y/o adquiere tal estatus. Ahora bien, la doctrina sostiene la responsabilidad de cada socio, como parte integral de la economía comunitaria, base de las cooperativas, lo cual impone que cada asociado debe cumplir, y hacer cumplir, las normas legales y las contenidas en el estatuto, en atención al cumplimiento de las metas de la asociación; ello sugiere que los asociados no deben considerarse simples trabajadores o asalariados, en tanto realizan su labor con mayor ahínco, ya que siente como propia la sociedad.

Responsabilidad.

El valor cooperativo de responsabilidad.

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109

CUADRO 28 LA DEMOCRACIA COMO VALOR COOPERATIVO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Valores cooperativos.

Las asociaciones cooperativas son, por excelencia, democráticas, en vista a que sus asociados tienen inherencia en su creación, administración, disolución, y, de forma general, en todos los asuntos y decisiones de interés de la asociación. En este sentido, en vista del valor de la opinión de cada uno de los asociados, sin que puedan prevalecer unos sobre otros, en base a la tolerancia y respeto hacia los demás, se manifiesta que no existe una empresa o sociedad con mayor grado de democracia que las cooperativas.

Democracia.

La democracia como valor cooperativo.

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CUADRO 29 ALCANCES DE LA IGUALDAD EN EL ÁMBITO COOPERATIVO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Valores cooperativos.

Dentro de cada asociación cooperativa todos y cada uno de los asociados tienen iguales derechos y deberes, sin que puedan otorgarse privilegios o supremacía de unos sobre otros; ello se extiende a la forma de la votación, teniendo cada uno de éstos un solo voto, sin importar su aporte a la sociedad, imponiéndose la igualdad en la organización, desarrollo y el proceso de votación en las asambleas.

Igualdad.

Alcances de la igualdad en el ámbito cooperativo.

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CUADRO 30 EL VALOR DE EQUIDAD REFERIDO AL DERECHO COOPERATIVO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Valores cooperativos.

El valor de la equidad, dentro del plano de las asociaciones cooperativas, determina que cada quien debe recibir lo que le corresponde, según el valor supremo de la justicia; ello prohíbe que un grupo selecto de asociados sean beneficiados o perjudicados, tanto en el reparto de ganancias como de trabajo, en comparación con otro miembro.

Equidad.

El valor de equidad referido al derecho cooperativo .

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CUADRO 31 LA SOLIDARIDAD COMO VALOR COOPERATIVO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Valores cooperativos.

La solidaridad se encuentra tan íntimamente relacionada con las bases de las cooperativas, que es posible, sin lugar a dudas, manifestar que no puede hablarse de cooperativismo sin que esté implícita la solidaridad. Ahora bien, la solidaridad alude a la cooperación mancomunada y/o conjunta, contrapuesta al individualismo; ésta constituye un principio supremo fomentado por regímenes políticos de índole social, en cuales rige el bienestar social e integral sobre los intereses económicos, extendiéndose a la sociedad en general, fomentando la paz social, la igualdad entre los hombres, la lucha mancomunada por materializar las metas y/o proyectos propios de cada Estado.

Solidaridad.

La solidaridad como valor cooperativo.

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113

CUADRO 32 IMPLICACIONES DE LA HONESTIDAD COMO VALOR ÉTICO COOPERATIVO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Valores éticos. La honestidad, como valor ético del cooperativismo, se aplica especialmente en lo relativo al manejo de los fondos de la asociación, a cargo de los directivos de ésta; asimismo, se refleja en la administración y el establecimiento de relaciones o vínculos jurídicos de la cooperativa y empresas del sector público o privado.

Honestidad.

Implicaciones de la honestidad como valor ético cooperativo.

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CUADRO 33 ALCANCES DE LA TRANSPARENCIA COMO VALOR ÉTICO COOPERATIVO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Valores éticos. Ésta, por orden expresa de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), se instituye como un valor ético, el cual debe aplicarse en todos y cada uno de los actos que desarrolla la asociación, teniendo como norte la sinceridad, veracidad y franqueza.

Transparencia.

Alcances de la transparencia como valor ético cooperativo.

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CUADRO 34 RESPONSABILIDAD SOCIAL Y COMPROMISO CON LOS DEMÁS EN EL ÁMBITO

DEL COOPERATIVISMO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Valores éticos. La responsabilidad social y compromiso por los demás se manifiesta en la obligación, asumida por cada uno de los asociados de la asociación, de interesarse en los problemas de la comunidad en la cual se desenvuelven. Asimismo, el citado valor establece que todo asociado, como ciudadano responsable, siendo parte activa del proceso formador de valores éticos que fomentan una sociedad igualitaria, de trabajo y esfuerzo mancomunado, debe aportar a la creación de proyectos y planes sociales que resuelvan los problemas dentro de la comunidad, bien de forma individual, familiar o de la propia sociedad, sentando así, en la sociedad en general, las bases sobre las cuales se erige este tipo de forma asociativa.

Responsabilidad social y

compromiso por los demás.

Responsabilidad social y compromiso con los demás en el ámbito del cooperativismo.

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116

CUADRO 35 ASOCIACIÓN ABIERTA Y VOLUNTARIA DENTRO DEL DERECHO COOPERATIVO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Principios cooperativos.

El carácter de asociación abierta y voluntaria alude y/o implica la imposibilidad de obligar a una persona a formar parte de una cooperativa ; ello en tanto la Ley aplicable impone que para hacerse socio basta expresar su voluntad, cumpliendo los requisitos impuestos. Asimismo, las cooperativas se consideran asociaciones abiertas a la entrada de nuevos asociados, una vez manifestado su deseo y verificado el cumplimiento de los requisitos dispuestos; en igualdad de condiciones se refleja lo respectivo a la salida de un miembro cuando este exprese su deseo de desincorporarse de la sociedad, en vista del cese de su voluntad o deseo de ser parte de la misma.

Asociación abierta y

voluntaria.

Asociación abierta y voluntaria dentro del derecho cooperativo.

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CUADRO 36 ALCANCE DE LA GESTIÓN DEMOCRÁTICA COMO PRINCIPIO COOPERATIVO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Principios cooperativos.

Éste determina que cada asociado tiene o puede aportar un solo voto, independientemente de su aporte económico, del tiempo que tenga dentro de la cooperativa , o de su estatus como socio, directivo de instancia o cualquier otra circunstancia.

Gestión democrática de los asociados.

Alcance de la gestión democrática como principio cooperativo.

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118

CUADRO 37 PRINCIPIO DE PARTICIPACIÓN ECONÓMICA IGUALITARIA DE LOS ASOCIADOS

EN LAS COOPERATIVAS

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Principios cooperativos.

La participación económica igualitaria de los asociados se relaciona con la necesidad de que el capital social sea aportado por cada uno de los integrantes de la cooperativa, prohibiendo que éste sea aportado por algún ente estatal, en tanto se desvirtuaría la naturaleza de la asociación. En esta perspectiva, cada uno de los asociados de la cooperativa debe hacer algún aporte económico en la medida de sus capacidades; asimismo, ello no impide que la asociación sea beneficiada con préstamos por parte de entes públicos o privados y que los asociados den como aporte su trabajo, bienes o derechos, es decir, en especie; en todo caso, la forma para regular los aportes, que no sean en dinero, debe estar indicada detalladamente en el estatuto.

Participación económica

igualitaria de los asociados.

Principio de participación económica igualitaria de los asociados en las cooperativas.

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CUADRO 38 IMPACTO DEL PRINCIPIO COOPERATIVO DE AUTONOMÍA E INDEPENDENCIA

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Principios cooperativos.

La autonomía e independencia determinan la prohibición de que, bajo ninguna circunstancia, la asociación cooperativa sea dependiente de algún organismo o ente del Estado bajo ninguna razón; o bien, de organismos privados, tanto de carácter nacional o internacional. Aunado a ello, se sostiene que las cooperativas son autónomas e independientes, ya que constituyen organizaciones que se ayudan a sí mismas y son controladas por sus miembros; esto los faculta para realizar acuerdos con entes gubernamentales y/o organizaciones privadas, guardando siempre el control democrático de sus miembros y manteniendo su independencia cooperativa, en vista de su desarrollo económico.

Autonomía e independencia.

Impacto del principio cooperativo de autonomía e independencia.

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CUADRO 39 EDUCACIÓN, ENTRENAMIENTO E INFORMACIÓN COMO PRINCIPIO

COOPERATIVO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Principios cooperativos.

El régimen cooperativo sostiene la necesidad de que las personas que pretendan ser parte, o bien formen parte de una asociación cooperativa, previamente a la adquisición de dicho carácter, reciban la preparación necesaria que los informe suficientemente sobre los aspectos filosóficos y doctrinales propios de esta forma asociativa; asimismo, deben contar con las información referida a los derechos y deberes que la norma les atribuye, así como la estructura organiza tiva y los principios intrínsecos a su carácter de socios. De forma general, la educación, entrenamiento e información determina que toda cooperativa debe proporcionar la educación y entrenamiento necesario a sus miembros, representantes electos, dirigentes y empleados, en aras de que cada uno de éstos pueda contribuir en el desarrollo de la sociedad; ello se extiende al deber de informar al público en general, con especial atención a la gente joven y a los líderes de opinión, sobre la naturaleza y los beneficios de la cooperación.

Educación, entrenamiento e

información.

Educación, entrenamiento e información como principio cooperativo.

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CUADRO 40 ALCANCE DEL COMPROMISO CON LA COMUNIDAD COMO VALOR

COOPERATIVO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Principios cooperativos.

El compromiso con la comunidad, como principio cooperativo impone que éstas deben desarrollarse dentro del marco del trabajo comunitario, lo cual supone la prohibición de trabajar de manera aislada o independiente de las demás, en tanto no sólo violentaría su naturaleza sino que fomentaría la posibilidad de su disolución o terminación. Asimismo, el citado principio supone la labor conjunta de la cooperativa y la sociedad organizada para solucionar los problemas de su comunidad, extendiéndose más allá de la labor dentro de la asociación.

Compromiso con la comunidad.

Alcance del compromiso con la comunidad como valor cooperativo.

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CUADRO 41 FLEXIBILIDAD ORGANIZATIVA DE LAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Organización y coordinación.

La estructura interna de las cooperativas debe ser flexible y adaptable a los valores y necesidades de los asociados, fomentando su participación y responsabilidad; sin embargo, de forma general las asociaciones cooperativas en Venezuela establecen: La asamblea, las instancias de administración, control y educación, entre otras. Ahora bien, la flexibilidad organizativa, siendo un carácter propio de este tipo de sociedades, implica una organización con estructuras de coordinación abiertas ante los distintos procesos de cambios, adaptables a los valores y necesidades de los asociados y la comunidad en general, fomentando la participación activa de éstos de forma responsable.

Flexibilidad organizativa.

Flexibilidad organizativa de las asociaciones cooperativas.

Page 43: CAPITULO IV RESULTADOS - virtual.urbe.edu

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CUADRO 42 INSTANCIAS QUE INTEGRAN UNA ASOCIACIÓN COOPERATIVA

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Organización y coordinación.

Las instancias de las cooperativas, según el artículo 25 de la ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), aluden a la estructura organizativa de éstas, las cuales de deben reflejarse en los estatutos; entre éstas se cuentan las asambleas o reuniones generales de asociados, encargadas de coordinar los procesos de carácter administrativo, materializando la evaluación constante y el control de las actividades, entre otras. Asimismo, las cooperativas puede, de considerarlo necesario y/o prudente, acorde a sus fines, establecen en sus estatutos, las diversas instancias, cuidando de no contravenir los principios y valores propias de esta clase de sociedad. Por otro lado, según el artículo 26 eiusdem , las instancias están facultadas para: Aprobar y modificar el estatuto y los reglamentos que le correspondan; fijar las políticas y aprobar los planes y presupuestos; decidir sobre los integrantes de las instancias que deban elegirse y removerse; analizar y tomar las decisiones sobre los balances económicos y sociales; decidir sobre los excedentes; decidir sobre la afiliación o desafiliación a organismos de Integración; decidir sobre las políticas para la asociación con personas jurídicas de carácter asociativo y sobre la contratación con personas jurídicas públicas o privadas; resolver sobre fusión, incorporación, escisión, segregación, transformación o disolución; decidir sobre la exclusión de asociados, de conformidad con la Ley y el estatuto correspondiente, entre otras.

Instancias.

Instancias que integran una asociación cooperativa.

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CUADRO 43 FORMAS ORGANIZATIVAS QUE LA LEY DE LA MATERIA ESTABLECE

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Organización y coordinación.

Las formas de organización de las asociaciones cooperativas, según el artículo 28 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), se refiere a las modalidades de realización de las asambleas y otras reuniones, la organización de las diferentes instancias, las convocatorias, el quórum, la composición y duración de los integrantes de las instancias, se establecerán en el estatuto y los reglamentos internos. En este sentido, los estatutos deben establecer, tanto para las asambleas como para las reuniones y demás instancias, lo referente a su convocatoria, quórum necesario, la composición y duración de los integrantes de cada una de ellas; asimismo, deben pronunciarse sobre el mínimo porcentaje de asociados facultado para convocar, tanto la asamblea como a cualquier reunión general, sin necesidad previa convocatoria, y obviando los plazos previstos en los estatutos.

Formas organizativas.

Formas organizativas que la Ley de la materia establece.

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CUADRO 44 ACTAS QUE GENERAN LAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Organización y coordinación.

En este sentido se pronuncia el artículo 25 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), norma ésta que ordena que de las asambleas y reuniones de las diferentes instancias de coordinación, evaluación, control y educación, de debe levantar un acta, la cual debe ser firmada por las personas designadas para tal fin, dejando constancia de los presentes en la reunión, de los puntos tratados y de las decisiones tomadas, siendo posteriormente archivadas y registradas.

Actas.

Actas que generan las asociaciones cooperativas.

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CUADRO 45 CAUSAS DE DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Disolución. Las causas que determinan la disolución de las asociaciones cooperativas se enumeran en el artículo 71 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), a saber: - Decisión de por lo menos el setenta y cinco por ciento (75%) de los presentes en la asamblea, realizada de conformidad con el quórum que se establezca en el estatuto, convocada para tal fin. - Imposibilidad manifiesta de realizar el objeto social de la cooperativa o conclusión del mismo. - Reducción del número de asociados por debajo del mínimo legal establecido en la Ley (5), durante un período superior a un año. - Transformación, fusión, segregación o incorporación. - Reducción del capital por debajo del mínimo establecido por el estatuto por un período superior a un año. - A falta de actividad económica o social por más de dos años. - Cuando el pasivo supere al activo y no pueda recuperarse la cooperativa después de establecido el régimen excepcional previsto en la Ley.

Causas.

Causas de disolución de la asociación cooperativa.

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CUADRO 46 EFECTOS QUE PRODUCE LA DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Disolución. Los efectos que genera la disolución de la asociación cooperativa se enmarcan en el artículo 72 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), a saber: - Se procede a la liquidación de asociación, a menos que se trate de los casos de fusión, segregación, escisión o incorporación de la misma. - Se conserva la personalidad jurídica, sólo para los efectos de trámite. - Los liquidadores, nombrados en la asamblea convocada a tal efecto, se obligan a realizar los trámites relativos a aquella, así como a comunicar la decisión de disolver la asociación a la Superintendencia Nacional de Asociaciones Cooperativas.

Efectos.

Efectos que produce la disolución de la asociación cooperativa.

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128

CUADRO 47 MOMENTO EN EL QUE SE CONSIDERA EXTINGUIDA LA PERSONALIDAD

JURÍDICA DE LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DISUELTA

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el funcionamiento de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Funcionamiento de las

asociaciones cooperativas en

Venezuela.

Disolución. De inicio, se manifiesta que el efecto fundamental de la disolución de la sociedad es, según el artículo 72 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), considerar finalizada la personalidad jurídica de ésta, sin embargo, ésta subsiste, única y exclusivamente para los trámites relativos al proceso de disolución y/o liquidación. En este sentido, según el artículo 76 eiusdem , culminada la liquidación de la asociación, la comisión encargada de realizar tal labor o el Juez, según el caso, deben emitir el certificado de liquidación, el cual de ser debidamente protocolizado ante la oficina de Registro en la cual haya sido inscrita dicha asociación, dejando constancia de su extinción, remitiendo copia de ésta a la Superintendencia Nacional de Cooperativas, lo cual implica en el fin definitivo de la personalidad jurídica que aquella ostentaba.

Extinción de la persona jurídica.

Momento en el que se considera extinguida la personalidad jurídica de la asociación cooperativa disuelta .

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129

CUADRO 48 PROCESOS ECONÓMICOS DE LAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el régimen económico de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Régimen económico de

las asociaciones

cooperativas en Venezuela.

Procesos económicos.

En este sentido se pronuncia el artículo 44 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), donde el legislador patrio ordena que los servicios que requieran las cooperativas se contratarán de forma preferente con otras empresas de la Economía Social y Participativa, especialmente con otras cooperativas; asimismo, en cuanto respecta al proceso de ofrecer sus bienes y servicios. La citada norma supone el resguardo del Estado sobre las asociaciones cooperativas, para ello, y en aras de su promoción y asentamiento, ordena su contratación preferente con asociaciones de índole similar, aunado a lo cual le otorga la facultad de realizar las labores económicas de forma mancomunada con sociedades similares, propias de la economía social y participativa.

Procesos económicos de las asociaciones cooperativas.

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CUADRO 49 FORMA DE MANEJAR LOS RECURSOS PATRIMONIALES SEGÚN EL DERECHO

COOPERATIVO

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el régimen económico de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Régimen económico de

las asociaciones

cooperativas en Venezuela.

Recursos patrimoniales.

Los recursos patrimoniales, en vista de la facultad de los asociados, otorgada por la norma de la materia, pueden ser aportados por los asociados de forma económica, en especie o trabajo y/o mediante la prestación o cumplimiento de las labores que se le asignen. Ahora bien, el artículo 45 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), establece que los recursos de carácter patrimonial, se constituyen por: - Las aportaciones de los asociados. - Los excedentes acumulados en las reservas y fondos permanentes. - Las donaciones, legados o cualquier otro aporte a título gratuito destinado a integrar el capital de la cooperativa. En todo caso, la creación y manejo de los recursos patrimoniales de las asociaciones cooperativas se realiza en apego a los principios y valores propios de esta forma asociativa, tales como la transparencia, honestidad, democracia, igualdad, equidad, solidaridad, entre otros.

Forma de manejar los recursos patrimoniales según el derecho cooperativo.

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CUADRO 50 APORTES DE LOS ASOCIADOS A LA COOPERATIVA

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el régimen económico de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Régimen económico de

las asociaciones

cooperativas en Venezuela.

Aportes de los asociados.

Entre las distintas aportaciones que pueden realizar los asociados, según se observa en el artículo 46 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), se cuentan: Aportes individuales y aportes en dinero; especie o trabajo, valuados en la forma prevista en los estatutos. En todo caso, éstos ostentan un carácter individual, pudiendo realizarlos en dinero, especie o trabajo, evaluado en la forma y plazo establecidos en los estatutos; asimismo de cada aporte se extiende el debido certificado.

Aportes de los asociados a la cooperativa .

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CUADRO 51 CAPITAL VARIABLE E ILIMITADO SEGÚN LA LEY DE LA MATERIA

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el régimen económico de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

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UNIDAD DE ANÁLISIS ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Régimen económico de

las asociaciones

cooperativas en Venezuela.

Capital variable e ilimitado.

El capital de las asociaciones cooperativas, según el artículo 47 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), ostenta caracteres propios, tales como ser único y exclusivo; comprende la suma de las distintas aportaciones de los asociados; es variable e ilimitado, ello supone su modificación constante a consideración de los asociados y aumentarse de forma ilimitada, según el desarrollo económico de la asociación. En todo caso, los caracteres del capital no impiden que los estatutos establezcan un límite mínimo para la constitución de la asociación y/o las inversiones que promuevan el incremento del capital, teniendo como norte la proporcionalidad, en cuanto al uso, trabajo realizado, producción real, potencial de los bienes, a los servicios y a los excedentes obtenidos.

Capital variable e ilimitado según la ley de la materia.

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CUADRO 52 RESERVAS ECONÓMICAS EN LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el régimen económico de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

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Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Régimen económico de

las asociaciones

cooperativas en Venezuela.

Reservas económicas.

El artículo 47 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), establece que el monto total del capital, constituido por las aportaciones de los asociados, es variable e ilimitado, sin que ellos implique la facultad de establecer en el estatuto una cantidad mínima y procedimientos para la formación e incremento de éste, en proporción al uso, trabajo y producción, real o potencial, de los bienes y servicios y de los excedentes obtenidos. Asimismo, la citada norma, reconoce la facultad de, cuando tengan excedentes que así lo permitan, crear e incrementar las reservas destinadas a resguardar y fortalecer su patrimonio, o bien emplearlas en las causas que así consideren.

Reservas económicas en la asociación cooperativa.

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CUADRO 53 LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA COMO SOCIEDAD INEMBARGABLE

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el régimen económico de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

CATEGORÍA SUB -CATEGORÍA

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Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Régimen económico de

las asociaciones

cooperativas en Venezuela.

Inembargabilidad.

La inembargabilidad de las cooperativas viene a sentar, de forma clara e indubitable, el marco protector que el legislador patrio establece a dichas sociedades, en aras de fomentar su creación y el desarrollo de una economía social y comunal. En esta perspectiva, el artículo 51 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), determina los recursos y/o aportes económicos que gozan del carácter de inembargabilidad, a saber: Las reservas de emergencia; el fondo de educación; los otros fondos permanentes y los de auxilios; y las donaciones o subvenciones de carácter patrimonial. Asimismo, éstos no pueden repartirse entre los asociados o emplearse para acrecentar las aportaciones de los mismos.

La asociación cooperativa como sociedad inembargable.

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CUADRO 54 DISTRIBUCIÓN DE LOS EXCEDENTES Y ANTICIPOS DE LAS ASOCIACIONES

COOPERATIVAS

Fuente: Briñez, Orlacchio, Paz, Soto (2013)

Objetivo específico: Analizar el régimen económico de las asociaciones cooperativas según la legislación venezolana.

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ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

Asociaciones cooperativas

y su evolución.

Régimen económico de

las asociaciones

cooperativas en Venezuela.

Excedentes y anticipos.

Los excedentes, según el artículo 56 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (2006), comprenden el producto de los ingresos totales obtenidos por la asociación durante un ejercicio económico, siendo deducidos los costos y gastos generales; por su parte, según la citada norma los anticipos constituyen excedentes entregados a los trabajadores asociados, y los apartados para aprovisionar las depreciaciones de los activos fijos y demás provisiones. Ahora bien, en cuanto a su distribución, la norma de la materia establece que de los excedentes, una vez deducidos los anticipos societarios y verificado su ajuste, se debe destinar, como mínimo, un treinta por ciento (30%), discriminado así: - Diez por ciento (10%) como mínimo, para el fondo de reserva de emergencia, destinado a cubrir situaciones imprevistas y pérdidas. - Diez por ciento (10%) como mínimo, para el fondo de protección social, destinado a atender las situaciones especiales de los asociados trabajadores y de los asociados en general. - Diez por ciento (10%) como mínimo, para el fondo de educación, utilizado en las actividades educativas y en el sistema de reconocimiento y acreditación.

Distribución de los excedentes y anticipos de las asociaciones cooperativas.