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CONTROL ADUANERO

CONTROL ADUANERO

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Secretara General de la Comunidad Andina Proyecto de Cooperacin UE-CAN Asistencia Relativa al Comercio I Paseo de la Repblica 3895, Lima 27 - Per Telf.: (51-1) 411-1400 Casilla Postal 18-1177, Lima 18 - Per. Primera edicin Julio 2007 AUTOR: Jos Armando Garavito [email protected]

CORRECTORES ACADMICOS: Luis Sandoval [email protected]

Jacqueline Lecca [email protected]

Hecho el Depsito Legal en la Biblioteca Nacional del Per N 2007-10094 I.S.B.N.: 978-9972-787-36-2 Impresin: Bellido Ediciones E.I.R.L.

AgradecimientoA la Secretara General de la Comunidad Andina y a la Delegacin de la Comisin Europea en el Per

UNIVERSIDAD ANDINA SIMON BOLIVAR

PRESENTACIN

rgano acadmico del Sistema Andino de Integracin, la Universidad Andina Simn Bolvar durante las gestiones acadmicas del 2005 a 2007, ha rea- lizado un amplio trabajo de cooperacin con el Proyecto ATR Comercio I UE/CAN, con la satisfaccin de cumplir as varios de los objetivos medulares de la institucin:l

El tema de estudio: La actividad ENSEANZA VIRTUAL ADUANERA es de gran pertinencia, al satisfacer la necesidad de estudiar, conocer, investigar y aplicar las prcticas, leyes y mecanismos referidos al trn- sito de mercancas entre los pases andinos. Pocos temas, como ste, contribuyen a una efectiva prctica de la integracin. La formacin y capacitacin de recursos humanos: El alumnado de los 9 primeros mdulos, as como de los 4 mdulos replicados, estuvo constituido cada mdulo por 20 alumnos de cada pas andino, entre funcionarios de las Aduanas nacionales y representantes de empresas privadas relacionadas con el rubro (ms de 720 participantes). Fue un reto de envergadura para el Centro de Educacin a Distancia de la Uni- versidad atender los requerimientos de formacin de un nmero tan elevado de alumnos y, ms an, facilitar a travs de la plataforma de educacin virtual los conocimientos que ellos necesitaban actualizar para mejorar su prctica profesional, tanto internamente como en rela- cin con sus colegas de los dems pases. La educacin virtual: Pionera en el uso de las nuevas tecnologas de la informacin y la comunicacin aplicadas a la educacin superior, la UASB a travs de su Centro de Educacin a Distancia y de la plataforma educativa WebCT, rompe las barreras de fronteras y difunde el conocimiento a toda la regin andina; potenciando el estudio independien- te, el trabajo colaborativo y el dilogo mediado por la computadora. Esta modalidad permite recurrir a la docencia ms calificada en cada tema para ofrecer cursos de calidad acadmica incuestionable, con el apoyo de herramientas diseadas para este tipo de educacin y de personal especializado en el encuadre acadmico y humano necesario.7

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CONTROL ADUANERO

El esfuerzo de organizacin desplegado por la entidad gestora del Proyec- to ATR Comercio I, el permanente contacto entre las dos instituciones y la coordinacin conjunta de la actividad programada, han sido la mejor ga- ranta de xito del curso ENSEANZA VIRTUAL ADUANERA. Los conteni- dos impartidos, seleccionados entre la suma de conocimientos bsicos en materia aduanera (Lucha contra el Fraude, Trnsito Aduanero, No- menclatura Comn Andina, Valoracin en Aduanas, Regmenes Aduane- ros, Documento nico Aduanero, Normas de Origen de las Mercancas, Control Aduanero y Medidas en Frontera), representan un fuerte ncleo temtico que podr ser repetido total o parcialmente en otras activida- des similares. Finalmente, la publicacin de los contenidos de cada uno de estos mdulos como material de estudio y de referencia, es una iniciativa que pone a disposicin de funcionarios de las Aduanas como de estudiosos e investigadores, que permiten entender a cabalidad la dimensin integradora de los procedimientos aduaneros. A tiempo de felicitar a la entidad gestora del Proyecto ATR Comercio I UE/ CAN, liderado por su Directora Nilsa Mujica Girado por el trabajo realizado, la Universidad Andina Simn Bolvar se enorgullece de haber participado en la actividad ENSEANZA VIRTUAL ADUANERA, cumpliendo con sus objetivos tanto acadmicos como de apoyo a la integracin subregional andina. Se demuestra as, una vez ms, el poder de la educacin y de la cooperacin para lograr metas de inters comn.

Julio Garrett Ailln RECTOR UNIVERSIDAD ANDINA SIMN BOLVAR Sucre, julio de 2007

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CONTROL ADUANERO

ndice

Introduccin ............................................................................................ 11 Tema 1: CONCEPTO Y ALCANCES DEL CONTROL ADUANERO 1. Principales conceptos .................................................................. 15 1.1 El Control Aduanero ................................................................ 15 1.2 Control Aduanero segn momento de ejecucin .................... 16 1.3 Fraude Aduanero ..................................................................... 19 Convenio de Kyoto Directivas del Anexo General Captulo 6 Control Aduanero Recomendaciones y conceptos sobre control aduanero ............................................. 20 Orientaciones bibliogrficas .......................................................... 24 Tema 2: LA GESTIN DE RIESGOS EN EL CONTROL ADUANERO 1. 2. Conceptos generales .................................................................... 27 Convenio de Kyoto Directivas del Anexo General Captulo 6 Control Aduanero Recomendaciones y conceptos sobre gestin de riesgo ............................................ 30 Marco Normativo para asegurar y facilitar el comercio global aprobado en junio de 2005 por la Organizacin Mundial de Aduanas. ..................................................................... 41 Orientaciones Bibliogrficas ......................................................... 49

2.

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Tema 3: DISPOSICIONES COMUNITARIAS SOBRE CONTROL ADUANERO 1. La Decisin 478 - Asistencia mutua y cooperacin entre las administraciones aduaneras de los pases miembros de la Comunidad Andina. .............................................................. 53 Decisin 574 sobre Control Aduanero .......................................... 559

2.

CONTROL ADUANERO

3.

Lucha contra el fraude aduanero a nivel internacional .................. 68 3.1 Convenios internacionales sobre lucha contra el Fraude ....... 68 3.2 Disposiciones sobre Control Aduanero en Unin Europea ..... 70 Orientaciones Bibliogrficas ......................................................... 78

Anexo PROYECTO DE DECISIN DE LUCHA CONTRA EL ILCITO ADUANERO ............................................................... 81

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Introduccin

Si tomamos en cuenta la Balanza Comercial desde el ao 2000 al 2005, se puede apreciar que tanto las importaciones como las exportaciones intracomunitarias han crecido en los ltimos aos. Ante la perspectiva de continuar con un mayor intercambio comercial, se hace necesario por un lado dar mayores facilidades a los operadores de comercio exterior (importadores y exportadores) a fin que realicen sus operaciones en el menor tiempo posible. Por otro lado, tam- bin es cierto que la autoridad aduanera nunca debe dejar de tener pre- sencia y realizar su labor de control. Por lo tanto, en el mbito aduanero, la tendencia moderna consiste en control aduanero con facilitacin, o control aduanero, pero aplicando tcnicas de gestin de riesgos. En el presente documento por ello, en el primer tema se abordan los principales conceptos sobre control aduanero, para luego en el segundo tema explicar las principales disposiciones sobre gestin de ries- gos. En el marco de un proceso de integracin es importante la armonizacin de procedimientos aduaneros, dentro de los cuales un tema importante es el control aduanero. Por este motivo, en el tema 3, se presenta la Decisin 574 Control Aduanero, que armoniza los principales conceptos y medidas de control aduanero. Esta disposicin complemen- ta la Decisin 478, que plantea la necesidad de poder intercambiar infor- macin y cooperacin entre los pases miembros de la CAN. Asimismo se presentar las experiencias de la Unin Europea respecto al trata- miento normativo en el control aduanero y lucha contra el fraude. Al abordar las tres unidades mencionadas, el presente texto pretende contribuir al conocimiento de los principales conceptos y lineamientos del control aduanero, en el marco de un proceso de integracin aduanera.

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Tema 1 CONCEPTO Y ALCANCE DEL CONTROL ADUANERO

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1. 1.1

PRINCIPALES CONCEPTOS

El Control Aduanero: La expresin control aduanero ha sido definida en el Glosario de Trminos Aduaneros de la Organizacin Mundial de Aduanas-OMA como medidas aplicadas a los efectos de asegurar el cumplimiento de las leyes y reglamentos de cuya aplicacin es responsable la Aduana. En Decisin 574 de Comunidad Andina de Naciones CAN se define la expresin con- trol aduanero como "el conjunto de medidas adoptadas por la administra- cin aduanera con el objeto de asegurar el cumplimiento de la legislacin aduanera o de cualesquiera otras disposiciones cuya aplicacin o ejecu- cin es de competencia o responsabilidad de las aduanas". Es importante anotar que la OMA y CAN no slo hacen referencia al control de las obligaciones emitidas por la administracin aduanera, sino de cualesquiera que sea responsabilidad de aduanas, tales como disposi- ciones de mercancas prohibidas o sanitarias que son emitidas por otras autoridades, pero cuyo control es competencia de las aduanas. El control aduanero, puede clasificarse en las siguientes categoras: a) Segn momento del control: Las fases segn el momento en que se ejercita el control aduanero, son explicadas acertadamente en la Decisin 574 de la Comunidad Andina segn la siguiente clasificacin: Control anterior, aquel que es ejercido por la administracin adua- nera antes de la admisin de la declaracin aduanera de mercan- cas.

Control durante el despacho, aquel que es ejercido desde el momento de la admisin de la declaracin por la aduana y hasta momento del levante o embarque de las mercancas. Control posterior, aquel que es ejercido a partir del levante o del embarque de las mercancas despachadas para un determinado rgimen aduanero.CONTROL ADUANERO 15

Esta clasificacin toma como medida de referencia la declaracin aduanera, documento mediante el cual los operadores de comercio exterior solicitan la destinacin aduanera para obtener autorizacin del levante (retiro) o embarque de mercancas. b) Segn rgimen aduanero

Los regmenes aduaneros son las disposiciones establecidas en la legislacin aduanera de cada pas, respecto al tratamiento legal que corresponde a las mercancas. El convenio de Kyoto sobre simplificacin y armonizacin de procedimientos aduaneros constituye un documento importante y de usual consideracin para la definicin de los regmenes adua- neros de los pases ya sea por ser miembros partes o por aplicarlo de facto. El control aduanero puede ser clasificado segn el rgimen aduane- ro sujeto a control, tales como control de importaciones, exportaciones, entre otros. c) en: Control de obligaciones tributarias, referidas al control del correc- to pago de tributos en importaciones. Este control es de vital im- portancia en pases donde impuestos a importaciones tienen alta participacin en relacin al total de ingresos fiscales. Segn tipo de obligacin Se puede clasificar atendiendo al tipo de obligacin sujeta a control,

Control de obligaciones para tributarias, referidas al control de la administracin aduanera sobre obligaciones no tributarias, tales como verificar la obligacin de presentacin de certificados o registros sanitarios, CITES, licencias u otros que se requieran en despacho aduanero. Las clasificaciones de control indicadas no son excluyentes, pues son diferentes enfoques que se pueden juntar. As puede existir el control concurrente del rgimen de importacin, respecto a las obligaciones tributarias. 1.2 Control Aduanero segn momento de ejecucin

A continuacin explicaremos ms sobre el control segn momento de ejecucin, que es como se explica principalmente en la Decisin 574 de la CAN.16 CONTROL ADUANERO

a) Control anterior Control anterior es el ejercido por la administracin aduanera antes de la admisin de la declaracin aduanera de mercancas. Basndonos en la propia definicin de la CAN, podemos indicar que el control se puede iniciar cuando los operadores de comercio exterior envan algn documento ya sea fsico o magntico (p. Ej. Manifiesto de Carga) que implique que las mercancas manifestadas sern destinadas a algn rgimen u operacin aduanera. Es a partir de este momento cuan- do las administraciones aduaneras deben iniciar su labor, tomando como base la informacin proporcionada por los operadores de Comercio Exte- rior. Esto permite desarrollar anlisis de riesgos a priori utilizando herra- mientas informticas que seleccionen de manera automtica a travs de filtros, indicios de algn posible fraude. Se debe tener presente que a fin de obtener buenos resultados en la seleccin de posibles fraudes, es necesario que las administraciones adua- neras previamente hayan realizado un estudio que les permita identificar y segmentar a los importadores y exportadores. Esto es indispensable para que el control a realizar se haga de la manera mas eficiente. En los pases de la regin, la gran concentracin de las operaciones aduaneras la realiza un grupo pequeo de empresas pero que mueven una gran cantidad en cuanto a valor FOB y por lo mismo su aporte en cuanto a impuestos representa cerca del 75-80% del total de lo que se recauda. Por otro lado existen medianas empresas, que en nmero son ms que las anteriores, que realizan operaciones que en conjunto mue- ven cerca del 15% del total del valor FOB. Finalmente existen operadores que por su magnitud en cuanto a nmero son los de mayor cantidad pero en cuanto a su aporte al fisco son poco significativos, por que el total de sus operaciones una suma mnima. En tal sentido se hace necesario poder distinguir un operador de otro de acuerdo a un rango de movimiento FOB a fin de poder establecer en qu segmento se puede ubicar. Si podemos distinguir a un operador de otro, significa que ya hemos empezado con un primer filtro que nos puede servir para seleccionar De- claraciones nicas de Aduanas-DUAs. Dentro de la segmentacin planteada se puede incluso dividir a los operadores tomando en cuenta muchas otras variables como por ejemplo: el pas de origen (o destino ) de las mercancas, el tipo de mercancaCONTROL ADUANERO 17

a importar (o exportar), el puerto de embarque desde donde se despachan las mercancas (o hacia donde van las mercancas). Slo tomando en cuenta estas variables se puede establecer filtros que permitan una correcta seleccin de aquellas DUAs que pueden ser seleccionadas a reconocimiento fsico. Naturalmente para poder identificar el pas (origen / destino), tipo de mercanca y puerto de embarque que se presuma pueda devenir en una operacin fraudulenta, juega un rol importante los antecedentes que obren en poder de la administracin aduanera sobre los operadores de comer- cio exterior. Por otro lado, tambin se debe indicar que las acciones de Control Anterior tambin deben incluir acciones de vigilancia y control de los medios de transporte y de las unidades de carga, de las mercancas, mientras stas se encuentren a bordo del medio de transporte y durante su traslado y permanencia en almacn temporal o en depsitos autorizados. b) Control durante el despacho

El control durante el despacho es el ejercido desde el momento de la admisin de la declaracin por la aduana hasta el momento del levante o embarque de las mercancas. Tomando en cuenta que en esta etapa no se dispone de mucho tiem- po, las administraciones aduaneras deben aplicar a los Documentos ni- cos Aduaneros un control selectivo basado en criterios de gestin de ries- go que les permita slo seleccionar a un grupo de DUAs que sern reco- nocidas fsicamente, otras por reconocimiento documentario e incluso la mayora a ningn tipo de control. En el control durante el despacho se puede someter la mercanca a inspeccin fsica (denominada comnmente canal rojo) o a verificacin documentaria (denominado por lo general canal naranja). c) Control Posterior Es el control ejercido posterior al levante o embarque de las mercancas despachadas para un determinado rgimen aduanero. El Control Posterior, como su definicin lo indica, es el que realiza la admi- nistracin aduanera una vez que las mercancas ya se encuentran en pro- piedad del dueo o consignatario; pero, por el poder que tiene la adminis- tracin para verificar las operaciones realizadas por los consignatarios,18 CONTROL ADUANERO

dentro de un periodo posterior al levante de las mercancas, es que se pueden realizar los controles mencionados. La actuacin de las unidades de control posterior aduanero, debe estar guiada por el Plan Anual o peridico de control, donde se establezcan los principales lineamientos a considerar en la seleccin de empresas a ser sujetas a control. Las acciones a realizar en actividades de control posterior aduanero, pueden ser de dos tipos: control documentario diferido y auditoras, adicionales a las inspecciones a usuarios de comercio exterior. El control documental diferido comprende la revisin de declaraciones aduaneras presentadas en el despacho aduanero de las mercancas, pero posterior al levante o retiro de las mismas. Las auditoras son las revisiones documentarias y comerciales de las transacciones efectuadas por el operador de comercio, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras. Las inspecciones a usuarios de comercio exterior, se refieren al con- trol que debe realizarse a los operadores de comercio exterior autoriza- dos por la Administracin Aduanera, (tales como los recintos y depsitos aduaneros, despachantes de aduana, entre otros), con la finalidad de veri- ficar el cumplimiento de sus obligaciones tributariasaduaneras, as como realizar inventarios de las mercaderas, verificar cumplimiento de requisi- tos y otras medidas de control. En relacin con el control posterior, un aspecto importante a considerar son las facultades que deben tener las Administraciones Aduaneras para el ejercicio de sus funciones en las actuaciones por auditoras a empresas, las cuales deben ser contempladas en los cdigos tributarios nacionales y legislaciones aduaneras. 1.3 Fraude Aduanero

En una acepcin amplia, se entiende por fraude aduanero toda viola- cin, o tentativa de violacin, de la legislacin aduanera o de cualesquiera otras disposiciones cuya aplicacin o ejecucin es competencia o res- ponsabilidad de las aduanas. El fraude comercial aduanero comprende todo fraude en este rubro excluyendo aquellos supuestos de ingreso y salida de mercancas del territorio aduanero en los que no se realiza la presentacin de la mercanca ante la autoridad aduanera.CONTROL ADUANERO 19

En relacin a este ltimo centraremos nuestro anlisis, debiendo tener en cuenta que el fraude como tal puede ser llevado a cabo en cualesquiera de las etapas de la transaccin comercial; vale decir, pueden realizarlo antes del despacho, durante el despacho y posterior al despacho. En tal sentido corresponde a las Administraciones Aduaneras prever el Control Aduanero en las mismas instancias en que la transaccin se pueda cometer. Existen diversas modalidades de fraude, pudiendo citarse como las principales; casos referidos a incorrecta declaracin del valor, la cantidad, traspaso de mercancas, origen de las mercancas, cambio de subpartida arancelaria, acogimiento a un beneficio indebido de devolucin de impues- tos, doble registros en libros contables, entre otros. 2. CONVENIO DE KYOTO DIRECTIVAS DEL ANEXO GENERAL - CAPTULO 6 CONTROL ADUANERO RECOMENDACIONE S Y CONCEPTO S SOBRE CONTROL ADUA - NERO

El capitulo 6 denominado Control Aduanero de las Directivas del Anexo General del Convenio de Kyoto contiene varias recomendaciones y conceptos importantes sobre control aduanero, motivo por el cual citare- mos los principales textos de este documento. 2.. Resumen sumario Las Directivas sobre Control Aduanero del Convenio de Kyoto presentan detalladamente las mejores prcticas y otros asuntos que toda administracin aduanera moderna que implemente un programa de control aduanero, debera tener en cuenta. La aplicacin de estas Directivas es altamente recomendable a los efectos de lograr la simplificacin y la eficiencia a las cuales apunta el Convenio de Kyoto. Las directivas enuncian los siguientes principios: 1. Las administraciones aduaneras no deberan centrarse exclusivamente en controles de movimientos sino comenzar a implementar controles basados en auditoras, por ejemplo, desde la introduccin de simplificaciones a los procedimientos hasta autorizar al comerciante a que l mismo realice su propia liquidacin. Estas modificaciones permitiran a la Aduana manejar adecuadamente el crecimiento del comercio internacional, as como la creciente demanda respec- to a la reduccin de recursos, y la necesidad de ofrecer mayores facilidades al comercio.CONTROL ADUANERO

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2.

La gestin de riesgo es el elemento clave para alcanzar este objetivo y, por lo tanto, debera ser parte integrante del programa de control de una administracin aduanera moderna. Las administraciones aduaneras deberan implementar medidas a los efectos de evaluar el cumplimiento y la ejecucin de sus programas de control a fin de que stos sean eficaces y rentables. La cooperacin entre la Aduana y el sector comercial es fundamental. Permite acompasar los cambios que ocurren en las prcticas comerciales, as como recabar datos para ser empleados por el mecanismo de evaluacin y de revisin dentro de la Aduana y proporciona indicios para evaluar el potencial de cumplimiento voluntario de las empresas.

3.

4.

5.

Un programa de control aduanero moderno requiere de un permanente respaldo por parte de la gerencia ejecutiva de las empresas, as como de un personal debidamente entrenado, motivado y remunerado y tambin de una legislacin, organizacin y procedimientos adecuados. La asistencia mutua entre las administraciones aduaneras debera aumentar progresivamente y, de este modo, podran manejar mejor hechos como la globalizacin del comercio, mercados y fraudes, y tambin formar la base para constituir un flujo de informacin permanente en el marco del comercio internacional. Las administraciones aduaneras deberan hacer extensivo el uso de la tecnologa de la informacin y del comercio electrnico, especial- mente en los procedimientos de desaduanamiento. Estas tcnicas son indispensables para que el control aduanero sea eficaz y renta- ble, y contribuyen adems a facilitar el intercambio comercial. Principio del control aduanero (Normas 3.31, 6.2 y 6.3)

6.

7.

5.

El principio del control aduanero apunta a la aplicacin adecuada de las leyes aduaneras y al cumplimiento con cualquier otro requisito legal y regulatorio, facilitando el comercio y los viajes internacionales tanto como sea posible. Los controles aduaneros deberan, por lo tanto, ser los mnimos indispensables para alcanzar los principales objetivos y deberan llevarse a cabo selectivamente, empleando tcnicas de gestin de riesgo en la medida en que sea posible.CONTROL ADUANERO 21

La aplicacin del principio de los controles aduaneros permitir a la Aduana:n

Concentrarse en las reas de alto riesgo, y por lo tanto, mejorar la rentabilidad de los recursos disponibles, Detectar con mayor facilidad las infracciones y la situacin irregular de comerciantes y viajeros, Ofrecer mayores facilidades a los comerciantes y viajeros que cumplen con la ley Acelerar la circulacin de mercancas y personas.

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.7.1.1.4. Procedimientos simplificados Los procedimientos simplificados pueden ser concedidos a operadores econmicos. Estos procedimientos incluyen la presentacin de una declaracin incompleta ya sea en un documento comercial o administrativo, o una declaracin de mercancas con informacin mnima y acompaada solamente por aquellos documentos que sean indispensables para el desaduanamiento. Las mercancas pueden ir directamente a o desde las instalaciones de los operadores econmicos, a condicin que sean consignadas en los registros de la empresa. En todos estos procedi- mientos se deber presentar una declaracin suplementaria que puede ser de naturaleza general, peridica o resumida. Los controles deben ser aplicados cuando se presenta la declaracin simplificada o cuando se pro- duce la llegada o la partida de las mercancas con el fin de permitir a los funcionarios decidir si es necesario un reconocimiento de mercancas. Se pueden realizar verificaciones retrospectivas cuando se presenta la de- claracin suplementaria en la oficina aduanera. 7.1.2. Reconocimiento de mercancas / inspeccin (Normas 3.33, 3.34, 3.36, 3.37 y 3.38) El reconocimiento de las mercancas y la inspeccin de los medios de transporte con fines comerciales, se lleva a cabo a los efectos de verificar la naturaleza y/o la relacin entre mercancas / medios de transporte y los documentos presentados. Adicionalmente, las administraciones adua- neras pueden llevar a cabo verificaciones para asegurarse que stos me- dios de transporte cumplan con las condiciones tcnicas establecidas por algunos convenios internacionales con respecto al transporte internacio- nal de mercancas.22 CONTROL ADUANERO

Cuando los reconocimientos de mercancas sean llevados a cabo, se proceder tan rpido como sea posible. Si el control documentario indica que el movimiento es satisfactorio y que aparentemente no habra riesgos, entonces no es necesario un reconocimiento de las mercancas por lo general. No obstante, si de los documentos surgiera que es necesario realizar un reconocimiento de las mercancas, el alcance de este reconocimiento depender de la clase de mercancas y de la infraccin que presuma la Aduana. Hay dos niveles de reconocimiento de mercancas. El primero, una verificacin sumaria, que incluye examinar los contenedores y paquetes por fuera para controlar las marcas y los nmeros, verificar que los sellos se encuentren intactos y constatar otros detalles de la declaracin de mer- cancas, todo esto sin abrir los contenedores y los paquetes en la medida de lo posible. El segundo se refiere a llevar a cabo una segunda verifica- cin detallada. Ella implica la apertura del contenedor o de los paquetes y la verificacin de las mercancas mismas para as certificar su descrip- cin con respecto a la consignada en la declaracin, ya sea en lo concer- niente al valor, origen, clasificacin y tasa de derechos. Como se indica anteriormente, el nivel y la naturaleza del reconocimiento de las mercancas deberan ser determinados por la informacin disponible en el envo, el rgimen aduanero bajo el cual se declara las mercancas y las disposiciones de convenios internacionales y de la naturaleza especial de las mercancas (por ejemplo, carga perecedera, animales vivos, mercancas peligrosas, alhajas, joyas, antigedades, obras de arte, etc.). Otros factores que entran en juego pueden ser la urgencia y la ubicacin, as como los recursos disponibles para llevar a cabo el reco- nocimiento. Con respecto a los medios de transporte con fines comercia- les, la Aduana debera considerar el tipo de medio de transporte y el prop- sito de su estada en territorio aduanero. Si no fuera posible durante el reconocimiento de mercancas determinar la partida arancelaria de las mismas, se podra tomar muestras a los efectos de acelerar su despacho. . 7.2. Controles por auditora (Norma 6.6) Con el objetivo de manejar el creciente aumento del comercio mundial, y para proporcionar mayores facilidades a los comerciantes, la Adua- na confa cada vez ms en controles por auditora, empleando los sisteCONTROL ADUANERO 23

mas comerciales de los comerciantes. Estos controles pueden variar desde una simple auditora posterior al desaduanamiento hasta la autoevaluacin por parte del comerciante. Los controles por auditora no impiden la realizacin de un reconocimiento de mercancas. Para asegurar la confiabilidad de los sistemas comerciales de los comerciantes, stos deben ser acordes a los principios de contabilidad generalmente aceptados (GAAP) dentro del pas. Estos principios determinan: los recursos econmicos y obligaciones que deberan ser registradas como activo y pasivo, los cambios en el activo y en el pasivo que deberan ser registrados, cmo se debera medir dichos cambios , la infor- macin que debera ser develada, cmo debera serlo y los estados finan- cieros que se deberan preparar. 7.2.1.4. Planificacin anual de controles auditados La planificacin de auditoras debera ser realizada todos los aos, tomando en cuenta la disponibilidad del auditor o del equipo auditor con relacin al trabajo en curso y al comienzo de nuevas auditoras. Se podra asignar a cada rea auditada un cierto nmero de horas estndar para su realizacin y cada hora de auditor o del equipo de auditores disponible podra ser calculada para determinar cuntas auditoras podran ser lleva- das a cabo en un ao determinado. A su vez, cada etapa de la actividad auditada podra ser subdividida en bloques de tiempo a los efectos de medir la productividad con relacin al tiempo dispensado. Ambos mtodos per- miten a la Aduana asignar los recursos eficazmente. ORIENTACIONES BIBLIOGRFICAS Bibliografa obligatoria Convenio de Kyoto Directivas del Anexo General. Captulo 7. Aplicacin de la Tecnologa de la Informacin Marco Normativo para Asegurar y Facilitar el Comercio Global aprobado en junio de 2005 por Organizacin Mundial de Aduanas. Bibliografa de referencia Proyecto Granadua: Memoria Mayo 2000 Mayo 2003

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CONTROL ADUANERO

Tema 2 LA GESTIN DE RIESGO EN EL CONTROL ADUANERO

I

1. a)

CONCEPTOS GENERALES Gestin de Riesgo en aplicacin del control aduanero

Tomando en cuenta el incremento constante de las operaciones de Comercio intracomunitario, sin mencionar el incremento extracomunitario, se puede afirmar que cada da se cuenta con mayor informacin para realizar una buena gestin de riesgo, dado que con el anlisis de la informacin en forma competente se podrn tomar decisiones acertadas. El uso de tecnologas de informacin es algo que ya es comn desde hace muchos aos en entidades financieras, lo que les ha permitido obtener informacin relevante de sus clientes y determinar quines pueden ser sujetos de crdito. Aos atrs, las administraciones aduaneras exigan a los operadores que presenten de manera obligatoria originales y copias de todos los documentos relacionados con la operacin aduanera, con lo que supuestamente la administracin se aseguraba de contar con el respaldo de la transaccin realizada. Esto ocasionaba no slo mayor costo en perjuicio del operador, sino tambin un atraso en el despacho aduanero porque los encargados del control detenan el despacho si no se les presentaba los documentos en originales y con las copias exigidas. Con el paso del tiempo algunos casos en el sector privado y en las administraciones aduaneras, comenzaron a contar con tecnologas que les permitan poder brindar u obtener segn se requera la informacin aduanera, a travs de medios magnticos, con lo que, por ejemplo, la administracin aduanera reciba informacin de las mercancas antes de la llegada de las mismas. Hoy en da, las administraciones tributarias, visto un entorno donde cada vez se cuentan con ms avances tecnolgicos que pueden permitir a los usuarios cometer algn tipo de fraude, es que deben estar a la vanguardia y disponer a su vez de las mejores herramientas que les permitanCONTROL ADUANERO 27

detectar los mencionados fraudes, hecho en el cual la Gestin de Riesgo juega un papel fundamental. Lo que una buena Gestin de Riesgo debe hacer, es permitir a las administraciones aduaneras aumentar la calidad del control de sus opera- ciones y, paralelamente, brindar facilidades al operador al momento del despacho. Es decir, la ventaja de utilizar Gestin de Riesgo para fines de control aduanero es permitir a los funcionarios de las administraciones aplicar criterios de seleccin que les posibiliten obtener informacin de manera confiable y oportuna para as tomar una accin inmediata frente a una circunstancia determinada. Todo sistema de Gestin de Riesgo debe contar con una buena informacin, fiable y oportuna. Fiable, porque para poder predecir algn suceso debemos tener la certeza de que la informacin ingresada es la correcta, caso contrario se realizar un anlisis de informacin inexacto y por lo mismo la toma de decisiones que se base en dicho anlisis no ser la adecuada. Oportuna, porque es necesario para realizar anlisis de riesgos tener informacin del momento y no de hechos muy lejanos o de casos no similares, ya que esto tambin afecta la toma final de decisio- nes. b) Identificacin de Riesgos La identificacin del riesgo puede darse en dos momentos. La primera es que se logre identificar el riesgo, pero de manera pos- terior, es decir cuando ste ya se haya consumado, por lo que slo nos queda evaluar las consecuencias de dicho riesgo y que nos sirva la expe- riencia para el futuro. La segunda opcin es que se logre identificar el riesgo antes que ste se produzca, es decir que la estrategia utilizada en la gestin de ries- go sea proactiva, lo que nos permite evaluar sus consecuencias y poder establecer un plan de contingencias para evitar o en el mejor de los casos para minimizar sus consecuencias. Cuanto ms eficiente sea la gestin de riesgo que se realice, ms eficiente ser la identificacin de los riesgos y por lo tanto ser mas factible que nos encontremos en la segunda opcin, que es lo ideal. Es importante poder identificar con precisin cules son los riesgos posibles que se pueden presentar, el porqu se presentan y la manera28 CONTROL ADUANERO

cmo pueden presentarse de modo que sirva de base para un anlisis posterior. Para esto es necesario tener informacin de los operadores que nos permitan identificar los posibles riesgos a ocurrir. Los problemas de riesgo pueden ser mltiples. Entre los que podemos mencionar estn valor, contrabando, cobro indebido de beneficios posteriores a la exportacin, etc. Los dos primeros casos se presentan porque el importador espera no ser detectado por la administracin aduanera, y declara cantidades o valores por debajo del real a fin de no pagar impuestos. En el ltimo caso de cobro indebido de beneficio, su mismo nombre lo indica, se presenta por que en este caso, el exportador se va a beneficiar con una devolucin de impuestos que no le corresponde. c) Anlisis de Riesgos

Una vez identificados los riesgos, lo que sigue es el anlisis de sta informacin que permita determinar la probabilidad de que un hecho ocurra, las consecuencias del mismo y la magnitud. Combinando las tres variables podremos obtener una estimacin del nivel de riesgo. A manera de ejemplo, diremos lo siguiente: si una vez identificados los riesgos: valor, contrabando o cobro indebido de un beneficio, empeza- mos a hacer el anlisis respectivo veremos que no slo es necesaria la identificacin de la mercadera, porque si slo nos basamos en una varia- ble, nos encontramos con el problema que las DUAs a seleccionar son tantas que rebasan la capacidad operativa de la administracin aduanera. Por eso es necesario poder identificar otras variables que hagan que la identificacin de las DUAs con riesgo sea ms precisa; por ejemplo, pode- mos identificar los pases de los que normalmente se exportan mercan- cas sensibles al fraude o que vengan con precios dumping. Por ltimo, con la identificacin del Importador se puede saber especficamente qu DUAs pueden ser seleccionadas a verificacin fsica, con lo cual podramos identificar el riesgo antes que ste ocurra. d) Evaluacin de Riesgos

En esta etapa, se evalan los niveles de riesgo de ocurrencia de un determinado hecho, con lo que podremos decidir si se toma o no una accin.CONTROL ADUANERO 29

Si la estimacin del nivel de riesgo es alta, entonces se ingresa a una categora de Muy Probable que ocurra en cuyo caso se tiene que tomar una accin inmediata. De lo contrario, si el nivel de riesgo es bajo podra entrar a una categora de aceptable o nula, con lo cual no sera necesario ejecutar accin alguna. e) Manejo de Riesgos

En base a la evaluacin de riesgos se deciden las acciones a realizar por la administracin aduanera, las cuales van a depender del riesgo detectado. Si ste es nulo o bajo, se dejarn de hacer acciones sobre ello para priorizar las acciones en los casos de mayor nivel de riesgo. 2. CONVENIO DE KYOTO DIRECTIVAS DEL ANEXO GENERAL - CAPTULO 6 CONTROL ADUANERO RECOMENDACIONE S Y CONCEPTO S SOBRE GESTIN DERIESGO

El capitulo 7 denominado Control Aduanero de las Directivas del Anexo General del Convenio de Kyoto tiene varias recomendaciones importantes sobre gestin de riesgo, algunas de las cuales transcribimos a continuacin: 6. Gestin de riesgos en el contexto aduanero (Normas 6.3, 6.4 y 6.5) Para las administraciones aduaneras, facilitar la circulacin de mercancas y personas siempre constituye un elemento de riesgo. El alcance de los controles que aseguran el cumplimiento con las leyes y reglamentos de cuya aplicacin es responsable la Aduana, debera ser proporcional al nivel de riesgo evaluado. Hoy en da se exige a las administraciones aduaneras que proporcionen mayores facilidades y que al mismo tiempo mantengan el control sobre el movimiento internacional de mercancas, medios de transporte y personas. El nivel de riesgo se determina en el contexto de prioridades de las administraciones aduaneras, por ejemplo, la prioridad puede ser la re- caudacin de derechos e impuestos o la verificacin de la aplicacin de prohibiciones y restricciones u otra rea especfica que hubiera sido defi- nida. Esta seccin contiene informacin con respecto a la implementacin de la gestin de riesgo, base de las tcnicas del control aduanero moder- no.30 CONTROL ADUANERO

6.1

Gestin de riesgo. Principios bsicos de control.

La gestin de riesgo se aplica exitosamente en el sector privado, cuando las compaas de seguros, los bancos, el comercio y la industria consideran que la misma contribuye a superar los resultados comerciales. El empleo de la gestin de riesgo tambin puede ayudar al sector pblico a determinar dnde se encuentran las reas mayormente expuestas al riesgo, y puede brindar un apoyo a la gerencia a la hora de decidir cmo repartir eficazmente los limitados recursos. En la gestin de riesgo se debe obtener un equilibrio entre costos y beneficios (estudio de rentabilidad) ya que no resultara econmico tratar a todos los riesgos de igual manera. Es preciso definir criterios a los efectos de decidir en qu consiste un nivel aceptable o inaceptable de riesgo. 6.1.1. Panorama general El proceso de gestin de riesgo comprende: la definicin del contex- to de la gestin de riesgo; la identificacin, anlisis y evaluacin de ries- gos, manejo de los riesgos y la supervisin y verificacin de los procesos a travs de la medicin del grado de cumplimiento con la ley.

Definicin del contexto Identificacin de riesgos Anlisis de riesgos Evaluacin y priorizacin de riesgos Manejo de riesgos Medicin del grado de cumplimiento con la ley Supervisin y Verificacin

PANORAMA GENERAL DE LA GESTION DE RIESGO 6.1.2. Proceso de la gestin de riesgo (a) Definicin del contexto Esta etapa se refiere a la definicin del contexto estratgico y organizacional dentro del cual se desarrollar la gestin de riesgo. Los sectores de riesgo deben ser identificados. Se deber definirCONTROL ADUANERO 31

tanto los criterios en funcin de los cuales sern evaluados como la estructura de anlisis. (b) Identificacin de riesgos Identificar cules son los riesgos que probablemente se puedan pre- sentar, por qu y cmo pueden surgir los riesgos sirve como base para un anlisis posterior. Este paso requiere una detallada descripcin del proceso de control actual, el cual deber incluir:n n n

Participantes/clientes/partes interesadas; Fortalezas y debilidades; Dnde, cundo y cmo es probable que ocurra un riesgo y a cau- sa de quin; Cules son las amenazas y su impacto en el caso de infraccin Por qu surgen oportunidades para cometer fraude.

n n

(c)

Anlisis de riesgo Determinar los controles y analizar los riesgos con respecto a su probabilidad y consecuencia. El anlisis debera considerar:n

La probabilidad de que un hecho ocurra; y Sus probables consecuencias y la magnitud de las mismas.

n

Es necesario combinar estos elementos con la finalidad de obtener una estimacin del nivel de riesgo. Si los niveles estimados son bajos, entonces los riesgos entraran en una categora "aceptable" y no es necesario llevar a cabo ninguna intervencin. (d) Evaluacin y priorizacin de riesgos Consiste en comparar los niveles de riesgo estimados en funcin de los criterios preestablecidos. Los riesgos se clasifican a los efectos de identificar las prioridades de la gestin. Existen distintos siste- mas de clasificacin. La clasificacin ALTO, MEDIO y BAJO es am- pliamente utilizada. En ambientes complejos puede ser necesario un sistema ms detallado, como por ejemplo un puntaje de 1 a 100. Este sistema requiere asimismo la determinacin de alto y bajo ries- go pero tambin es ms exacto.32 CONTROL ADUANERO

La evolucin de los riesgos debe ser continuamente revisada por cualquier cambio que surgiera en la naturaleza, nivel o importancia de los mismos. (e) Manejo de riesgos Aceptar y seguir la evolucin de los riesgos de baja prioridad. Con respecto a otros riesgos, desarrollar e implementar un plan de gestin que incluya la consideracin de recursos (humanos, financieros y tecnolgicos). (f) Supervisin y revisin Medicin del cumplimiento de la ley. Supervisar y revisar el funcionamiento, la eficacia y la rentabilidad del sistema de gestin de riesgo as como los cambios que pudieran afectarlo. Documentacin Debera existir un registro de riesgos que respalde el criterio de seleccin de los mismos, y que registre las razones en base a las cuales se efectu la evaluacin a los efectos de crear un historial de auditorias para que la informacin importante no se pierda. 6.2. Gestin de riesgo dentro de la Aduana 6.2.1. El contexto La gestin de riesgo dentro de la Aduana puede ser estratgica, ope- racional o tctica. Se debera tener presente que el proceso de gestin de riesgo se puede aplicar transversalmente a todos estos niveles. Gestin de riesgo estratgica. Mediante el estudio exhaustivo de la informacin, las administraciones aduaneras pueden identificar sectores de riesgo, descartar aquellos de menor importancia e intervenir solamente cuando sea necesario de acuerdo con la experiencia y el criterio prctico. Los sectores de riesgo en el contexto aduanero pueden incluir temas so- ciales (exclusin de drogas, pornografa, etc.), prohibiciones y restriccio- nes respecto a las importaciones / exportaciones (por ejemplo CITES), salud pblica, medio ambiente, medidas sobre polticas comerciales (por ejemplo: IPR, GSP), cuotas y asuntos relativos a derechos e impuestos. Gestin de riesgo operacional. Consiste en la determinacin del nivel de control necesario para manejar eficazmente el riesgo evaluado. Un ejemplo de ello es determinar la aplicacin de controles por auditora a un importador, o cmo disponer de personal y equipamientos limitados eficazmente.CONTROL ADUANERO 33

(g)

De este modo, la Aduana deja de ser un guardin que verifica cada movimiento, sino que se encarga solamente de los movimientos seleccio- nados que presentan mayores riesgos. Gestin de riesgo tctica. Es empleada por los funcionarios en su lugar de trabajo para manejar situaciones inmediatas. Utilizando procedimientos preestablecidos combinados con inteligencia, experiencia y destreza, ellos deciden qu movimientos requieren mayores controles. 6.2.2 Seleccin, definicin de perfiles y deteccin de infracciones. La seleccin, definicin de perfiles y la deteccin de infracciones son partes integrantes de la gestin de riesgo. Los criterios de seleccin de las mercancas imponibles incluyen los antecedentes del importador, exportador, del transportista, del despachante, etc., el origen y la ruta de las mercancas y las prohibiciones o restricciones. Ejemplos adicionales se pueden encontrar en el Manual de Evaluacin de Riesgo de la OMA, Definicin de Perfiles y Deteccin de Infracciones y el Manual de Control de Contenedores de la OMA. Los indicadores de riesgo son criterios de seleccin especfica como por ejemplo: cdigo especfico de mercancas, pas de origen especfico, pas de expedicin especfico, indicador de licencia especfico, valor espe- cfico, operador econmico especfico, nivel de cumplimiento especfico, tipo del medio de transporte especfico, propsito de su estada en el terri- torio aduanero, consecuencias financieras o situacin financiera del co- merciante u operador econmico. La definicin de perfiles de riesgo es el medio mediante el cual la Aduana pone en prctica la gestin de riesgo. Sustituye a los controles aleatorios de documentos y mercancas por un mtodo de trabajo planificado y con un objetivo definido, utilizando al mximo los recursos aduane- ros. El perfil de riesgos es un documento que se puede estructurar de varias maneras, pero debera ser detallado y adaptarse al trfico de la oficina aduanera. El perfil de riesgo debera incluir una descripcin del sector de riesgo, una evaluacin del riesgo, las medidas a tomar, la fecha de la accin, los resultados y una evaluacin de la eficacia de la accin tomada. Un perfil de riesgo se puede guardar en una carpeta o en una computadora local y debera ser accesible a los funcionarios aduaneros. Una vez definidos, los perfiles junto con otros datos e informaciones, proporcionarn las bases para detectar movimientos de envos, medios de transporte o viajeros que probablemente representen un alto riesgo.34 CONTROL ADUANERO

Sector de riesgo

Criterios de seleccin Eleccin de informacin general

Indicadores de riesgo Detalles especficos del riesgo

PERFIL DE RIESGO Combinacin de indicadores de riesgo

- Cuota - SGP - CITES - Empresa Etc.

- Tipo de mercancas - Pas de origen - Ruta de transporte - Administrador Etc.

Textiles bajo cuota - Pas de origen especfico - Ruta de transporte no habitual - Administrador especfico Etc.

Textiles bajo cuota Y/O Pas de origen especfico Y/O - Ruta de transporte no habitual Y/O - Administrador especfico

6.2.3. Evaluacin y revisin Para mantener su eficacia, todo sistema de gestin de riesgo debe verificar la evaluacin de riesgos previamente identificados y ser lo suficientemente flexible como para reflejar nuevos riesgos identificados. La evaluacin de la eficacia de la gestin de riesgo debera ser implementada regularmente en todas las etapas, siendo la tasa de xito un criterio im- portante para dicho anlisis. La Aduana debera llevar regularmente a cabo tareas de evaluacin y revisin mediante un proceso de medicin de cumplimiento de la ley. Tambin se pueden realizar a travs de auditoras de gobierno externas, mediante autoridades auditoras del Estado como el Revisor de Cuentas o el Auditor General. Aunque el alcance y las metodologas de estas revisio- nes difieren, su objetivo es identificar las debilidades presentes en el pro- grama de control y realizar las recomendaciones pertinentes para su me- joramiento. Constantemente surgen indicadores de riesgo. La Aduana debera mantenerse al da consultando varias fuentes de informacin como el Boletn de la OMA sobre la lucha contra el fraude, bases de datos internacio- nales sobre informacin de comerciantes (por ejemplo, Jun & Bradstreet, Lloyds Shipping register), etc. Los perfiles de riesgo deberan ser revisados a intervalos regulares para corroborar que se encuentren siempre al da y para eliminar del siste- ma toda informacin superflua. Asimismo, es importante retener un ele- mento sorpresa llevando a cabo verificaciones aleatorias, porque las em- presas que se encuentran en contacto regularmente con la Aduana estaCONTROL ADUANERO 35

rn al tanto de los mtodos empleados para definir perfiles de riesgo, o a veces de los propios perfiles. Estas verificaciones aleatorias tambin pueden proporcionar un medio econmico para identificar otros tipos de riesgos y para controlar o estimar tanto su importancia, como posibles cambios que hubieran ocurrido en el patrn de riesgo. La revisin y la evaluacin dentro del proceso de gestin de riesgo deberan ser incorporadas a un mecanismo de control regular, para medir, estimar y evaluar la eficacia del programa general de control aduanero y debera adems tomar en cuenta los resultados de las auditoras externas del gobierno. 6.2.4. Medicin del cumplimiento de la ley (Norma 6.4) Varias administraciones aduaneras han instituido un enfoque moderno y filosfico de su misin que especifica que su ltima finalidad es lograr el cumplimiento de la ley. El xito se mide con respecto al total cum- plimiento de las leyes comerciales por parte de los comerciantes y de las referidas a las mercancas importadas y exportadas. Varias Aduanas han instituido tambin un programa de informacin sobre el concepto de cum- plimiento de la ley; en el cual, los funcionarios brindan asistencia a los comerciantes y a la industria con respecto a la comprensin y aplicacin de reglamentos comerciales y a la superacin de los procesos internos de sus empresas a los efectos de cumplir con los requisitos de importacin y de exportacin. La medicin del cumplimiento de la ley es una frase que se emplea cuando se implementan tcnicas estadsticas vlidas de muestras aleatorias para determinar en qu medida los comerciantes, transportis- tas, mercancas importadas, etc., cumplen con los reglamentos y proce- dimientos aduaneros. Cuando se disea metodologas de medicin del cumplimiento de la ley sistemticas y apropiadas, ellas proporcionan resultados objetivos y estadsticamente vlidos. La medicin del cumplimiento de la ley puede ser utilizada como una herramienta de diagnstico para identificar reas de incumplimiento. La medicin del cumplimiento de la ley como herramienta de diagnstico debera ser empleada por las administraciones aduaneras junto con la evaluacin de riesgo, los procesos de definicin de perfiles de riesgo y de deteccin de infracciones. Utilizada estratgicamente, la medicin36 CONTROL ADUANERO

del cumplimiento de la ley y la deteccin de objetivos pueden proporcionar el equilibrio necesario para asignar los recursos eficazmente a aquellas reas que presentan problemas a la Aduana. Asimismo, los resultados de las mediciones de cumplimiento de la ley iniciales pueden aportar informacin importante con la finalidad de me- jorar las metodologas de evaluacin de riesgo, proteger la recaudacin, mejorar su rentabilidad y eficiencia, as como desarrollar estrategias para mejorar el cumplimiento de la ley. 6.2.4.1. reas sobre las cuales se aplica la medicin de cumplimiento Mediante el empleo del programa de gestin de riesgo, la Aduana debera identificar reas de prioridad para la asignacin de sus recursos. Un enfo- que consiste en considerar que en algunos pases o uniones econmicas, el 80% o menos de sus importaciones y exportaciones son realizadas por el 10% de sus comerciantes. Si se concentra en la fraccin superior que representa entre el 5 y el 10% de estos fabricantes, importadores, exportadores y mercancas, la Aduana podra asegurar que aquellos que presenten un mayor impacto sobre la economa nacional sern sometidos a controles realmente eficaces. Las reas pueden incluir: Documentos:z z z

Clasificacin arancelaria declarada por los comerciantes Valor en aduana declarado por los comerciantes Pas de origen

Procedimientos:z

Importacin y exportacin (desde la declaracin de mercancas hasta la recaudacin de derechos e impuestos) Operaciones de trnsito Depsito, zonas francas, perfeccionamiento

z z

Fisco:z z z

Recaudacin del monto exacto a su debido tiempo Adecuada constitucin de garantas Transporte37

CONTROL ADUANERO

z z

Exactitud de los datos relativos a la cantidad de mercancas Exactitud en la descripcin de las mercancas en el manifiesto y/o documento de transporte Exactitud en las cantidades y nmeros de identificacin de los contenedores Cumplimiento de la ley por parte del transportista Cumplimiento conforme al cdigo arancelario o al conjunto de cdi- gos arancelarios Asuntos de salud y de seguridad pblica Derechos de propiedad intelectual y derechos de reproduccin Cumplimiento de acuerdos comerciales Indicacin exacta del pas de origen en las mercancas Mercancas generadoras de recaudacin elevada Comerciantes seleccionados

z

z

Problemas especficos:z

z z z z z z

6.2.4.2. Modalidades de medicin La Aduana recaba datos desde diversas fuentes, tanto internas como externas y a travs de medios manuales y automatizados. Con los datos (registros de importacin y exportacin), las herramientas (anlisis estadstico) y la metodologa (anlisis sistemtico de grandes comerciantes o grandes volmenes de mercancas/commodities), la Aduana puede llegar a conclusiones razonables y bien fundamentadas respecto a los ndices de cumplimiento de varias entidades. Se puede determinar estos ndices para cada etapa del proceso de la transaccin, por ejemplo en el caso de las importaciones desde el manifiesto a la presentacin de la declara- cin de mercancas hasta la recaudacin de derechos e impuestos. Los sistemas automatizados que la Aduana emplea para evaluar los envos de alto riesgo permiten respaldar el control del cumplimiento de la ley a los efectos de un enfoque cientfico con respecto a la recoleccin de datos, anlisis y proyecciones, aunque los ndices de cumplimiento tambin se pueden medir eficazmente sin automatizacin. La Aduana debera definir un conjunto de transacciones y, mediante el empleo de una metodologa de muestreo estadsticamente vlida, se- leccionar las entidades especficas de este conjunto a ser revisadas o verificadas. Segn los resultados, el conjunto podr ser modificado de di- ferentes maneras.38 CONTROL ADUANERO

La Aduana, debe, asimismo, determinar el nivel de cumplimiento aceptable. Por ejemplo, un ndice de cumplimiento del 95% para las transaccio- nes o entidades revisadas en un rea determinada puede ser el nivel acep- table para una administracin. Este nivel tambin se puede llamar el nivel de tolerancia. En el marco de las transacciones, la Aduana podr implementar los siguientes procesos para el control del cumplimiento de la ley:z z z z

Cumplimiento con respecto a la declaracin de mercancas; Cumplimiento del comerciante; Cumplimiento de las reglamentaciones de trnsito; Cumplimiento de las reglamentaciones que rigen a zonas francas o a depsitos; Cumplimiento con el manifiesto y el documento de transporte; Cumplimiento del transportista.

z z

A continuacin se detalla algunos factores que deberan ser considerados durante una revisin de verificacin con respecto a un elemento tomado como ejemplo de estos procesos. Cumplimiento de la declaracin de mercancas: a) b) c) d) Existe prueba documental que respalde la exactitud de una declaracin de mercancas? Las cantidades declaradas corresponden al contenido del envo? El pas de origen corresponde al marcado en las mercancas? La descripcin declarada de las mercancas corresponde a las mer- cancas en los hechos?

De este modo, una tpica revisin de medicin de cumplimiento de la ley con respecto a los Derechos de Propiedad Intelectual por una mercan- ca seleccionada, con un nivel de tolerancia del 95%, se llevara a cabo de la siguiente manera: a) b) Realizar un muestreo estadsticamente vlido de declaraciones de mercancas conforme al cdigo del S.A seleccionado. Si el ndice de cumplimiento resultante fuera menor al 95%, realizar otra medicin del mismo cdigo del S.A, pero estratificado conforme a los pases de origen seleccionados.39

CONTROL ADUANERO

c)

Con respecto a los pases de origen cuyo cumplimiento sea inferior al 95%, realizar una medicin de cada uno de los importadores ms importantes. Con respecto a los importadores cuyo ndice de cumplimiento sea inferior al 95%, la Aduana debera afanarse por:n

d)

Informar al importador (Programa de informacin sobre el concepto de cumplimiento de la ley) Definir perfiles / objetivos con respecto a reas de incumplimiento identificadas Realizar mediciones posteriores para asegurarse que el importador ha corregido el problema Realizar ms controles y/o verificaciones Infligir multas o amonestaciones, si fuera necesario, en los casos de reiterado incumplimiento.

n

n

n n

6.2.5. Utilizacin de la tecnologa de la informacin para implementar una gestin de riesgo eficaz (Norma Transitoria 6.9 y Captulo 7) El uso de la tecnologa de la informacin es una herramienta eficaz para la gestin de riesgo. Permite realizar ms rpidamente un anlisis de los criterios de seleccin que si fuera realizado manualmente. La automatizacin permite a las administraciones aduaneras establecer una base de datos nacional con respecto a todas las transacciones y movi- mientos, pasible de ser actualizada y empleada para intercambios rpidos de informacin y para identificar sectores de riesgo en cambio. Asimismo, puede proporcionar una base de datos relativa a todos los perfiles de ries- go que formara la base de un mdulo de seleccin dentro de un sistema de desaduanamiento automatizado. Un sistema automatizado permite a las administraciones aduaneras someter las declaraciones a una serie de filtros de seleccin con el fin de determinar cules requieren un estudio ms profundo. Un sistema as puede orientar las demandas en diferentes direcciones. Se encuentran disponibles las Directivas sobre Tecnologa de la In- formacin para obtener una informacin ms detallada respecto a la apli- cacin de la tecnologa de la informacin en la gestin de riesgo.40 CONTROL ADUANERO

3.

MARCO NORMATIVO PARA ASEGURAR Y FACILITAR EL COMERCIO GLOBAL APROBADO EN JUNIO DE 2005 POR ORGANIZACIN MUNDIAL DE ADUANAS.

El documento denominado como Marco Normativo de la OMA, si bien es un documento cuya finalidad es buscar la seguridad de la carga, tambin est referido a la facilitacin de la misma y es por ello que contie- ne disposiciones relacionadas a la gestin de riesgos, que transcribimos a continuacin: 1.1. Introduccin El comercio internacional es un motor fundamental de la prosperidad econmica. El sistema de comercio global es susceptible de ser utilizado con fines terroristas, lo que podra ocasionar graves trastornos al conjunto de la economa mundial. Las Administraciones de Aduanas, en tanto que son organismos gu- bernamentales encargados de controlar y gestionar la circulacin de mer- cancas, se encuentran en una posicin privilegiada para ofrecer una ma- yor seguridad a la cadena logstica global y para fomentar el desarrollo socio-econmico mediante la recaudacin de ingresos fiscales y la facilitacin del comercio. Es necesario contar con una estrategia respaldada por la Organizacin Mundial de Aduanas (OMA), a fin de garantizar la fluidez del comercio global de modo que no impida; sino que por el contrario, facilite la circula- cin de las mercancas. Garantizar la seguridad de la cadena logstica internacional es slo un paso en el proceso ms amplio de fortalecer y preparar a las Administraciones de Aduanas para los desafos del siglo XXI. As pues, con vistas a fortalecer y mejorar los programas y prcticas existentes, los Miembros de la OMA han elaborado un sistema que incrementar la seguridad y la facilitacin del comercio internacional. Se trata del "Marco Normativo de la OMA para asegurar y facilitar el comercio global" (denominado en adelante Marco Normativo de la OMA o Marco). El "Marco Normativo de la OMA para asegurar y facilitar el comercio glo- bal" establece los principios y las normas y los presenta para su adopcin a modo de pautas mnimas de actuacin para los Miembros de la OMA. Es evidente que la OMA es la plataforma apropiada para desarrollar esta iniciativa ya que cuenta con la participacin de 166 Administraciones Miembros, que representan a su vez el 99 por ciento del comercio global. Las Administraciones de Aduanas tienen competencias de gran importan- cia que no se han conferido a ningn otro organismo gubernamental a saber, como dar la autorizacin para inspeccionar la carga y las mercanCONTROL ADUANERO 41

cas que entran y salen del pas o que circulan dentro del mismo. Asimismo, las Aduanas pueden impedir la entrada o la salida de mercancas, como facilitar la entrada de las mismas. Las Administraciones de Aduanas pueden pedir informacin sobre las mercancas objeto de importacin y a menudo la piden tambin sobre las mercancas objeto de exportacin. Con una legislacin apropiada, pue- den exigir que esa informacin se suministre anticipada y electrnicamente. Por la singularidad de sus competencias y de sus conocimientos tcnicos, las Aduanas pueden y deben desempear un papel central en la seguridad y la facilitacin del comercio global. Ahora bien, es indispensa- ble aplicar un enfoque holstico a fin de optimizar la seguridad de la cadena logstica internacional a la vez que se toman medidas para seguir mejo- rando la facilitacin del comercio. Por ello deber instarse a las Aduanas para que establezcan acuerdos de cooperacin con otros organismos del gobierno. Inspeccionar cada envo es una tarea inaceptable e innecesaria. Hacerlo conducira de hecho al estancamiento del comercio global. Por tal motivo, las modernas Administraciones de Aduanas utilizan sistemas informatizados de anlisis de riesgos para una gama variada de materias. En un entorno como ste, las Administraciones de Aduanas no debern imponer a los agentes comerciales internacionales una multiplicidad de sistemas normativos para asegurar y facilitar el comercio; por el contrario, procurarn que se reconozcan otras normas internacionales. La OMA ela- borar un conjunto de normas aduaneras internacionales que no dupli- quen ni contradigan otros requisitos de ndole intergubernamental. El Marco Normativo de la OMA tambin tiene en cuenta dos elemen- tos cruciales, la capacitacin y las competencias legales pertinentes. Aun- que ciertos aspectos del Marco pueden aplicarse sin la capacitacin, mu- chas Administraciones necesitarn asistencia para aplicar las normas. El Marco Normativo de la OMA incluye programas de asistencia y de capaci- tacin apropiados para aquellas Administraciones de Aduanas que lo adop- ten. El Marco tiene por finalidad:l

Establecer normas que garanticen la seguridad de la cadena logsti- ca y que faciliten el comercio a escala mundial con el objeto de au- mentar la certidumbre y la predictibilidad. Permitir una gestin integral de la cadena logstica en todos los medios de transporte.CONTROL ADUANERO

l

42

l

Ampliar el papel, las funciones y las capacidades de las Aduanas, de modo que puedan hacer frente a los desafos y aprovechar las oportunidades del siglo XXI. Reforzar la cooperacin entre las Administraciones de Aduanas a fin de mejorar sus capacidades para la deteccin de los envos de alto riesgo. Reforzar la cooperacin entre las Aduanas y las empresas. Fomentar la circulacin fluida de las mercancas a travs de cadenas logsticas internacionales seguras.

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l

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1.2. Objetivos y principios del Marco El Marco Normativo de la OMA consta de cuatro elementos bsicos: 1) El Marco armoniza los requisitos relativos a la informacin electrnica previa sobre los envos destinados al interior y al exterior o que estn en trnsito Cada pas que adopte el Marco se compromete a utilizar un enfoque coherente de anlisis de riesgos para abordar las cuestiones rela- cionadas con la seguridad El Marco estipula que, ante una peticin razonable del pas de desti- no basada en una metodologa comparable de deteccin de riesgos, la Administracin de Aduanas del pas de despacho llevar a cabo una inspeccin de los contenedores y de la carga de alto riesgo des- tinados al exterior, de preferencia utilizando equipos de deteccin no invasivos tales como mquinas de rayos X de gran potencia y detec- tores de radiacin El Marco define las ventajas que obtendrn de las Aduanas los medios comerciales que cumplan las normas mnimas relativas a la seguridad de la cadena logstica y que apliquen las mejores prcticas.

2)

3)

4)

1.3. Los dos pilares del Marco El Marco Normativo de la OMA, que se basa en los cuatro elementos bsicos descritos en el punto anterior, descansa en los dos pilares de colaboracin Aduanas Aduanas y Aduanas - Empresas. Esta estrategia de los dos pilares presenta muchas ventajas.CONTROL ADUANERO 43

Ambos pilares suponen un conjunto de normas que se combinan para garantizar una comprensin sin problemas y una rpida aplicacin a escala internacional. Adems, el Marco se inspira directamente en medidas y programas existentes sobre seguridad y facilitacin de la OMA que han sido desarrollados por Administraciones miembros. . 2. VENTAJAS

La adopcin del Marco Normativo se traducir en ventajas para los pases/gobiernos, las Administraciones de Aduanas y los medios comerciales. 2.1 Pases / Gobierno

Uno de los principales objetivos del Marco es asegurar y facilitar el comercio global. Esto permitir que el comercio internacional contribuya al crecimiento y al desarrollo econmico. Asimismo, ayudar a proteger el comercio de la amenaza del terrorismo global y, al mismo tiempo, permitir que las Administraciones de Aduanas faciliten la circulacin del comercio legtimo y que mejoren o modernicen los regmenes aduaneros. A su vez, todo esto resultar en una mejora en la recaudacin de ingresos fiscales, as como en una mejor aplicacin de la legislacin y de las normativas nacionales. As pues, el Marco promueve la proteccin social y econmica y har posible la inversin extranjera directa. Por otra parte, el Marco fomenta la conclusin de acuerdos de cooperacin entre las Aduanas y otros organismos del gobierno. Debern reconocerse otras normas internacionales en vigor (vase punto 1.1.). Esto ayudar a los gobiernos a garantizar una gestin y un control integrados de las fronteras. El Marco, al poner en va de ejecucin las medidas nece- sarias, tambin faculta a los gobiernos para ampliar la autoridad y las res- ponsabilidades de las Administraciones de Aduanas en este mbito. 2.2 Aduanas

Uno de los principales objetivos del Marco es establecer unas dispo- siciones relativas a la red de Aduanas a fin de promover la circulacin libre de las mercancas a travs de cadenas logsticas internacionales que sean seguras. Tales disposiciones se traducirn entre otras cosas en el intercambio de informacin oportuna y precisa, lo que permitir a las Ad44 CONTROL ADUANERO

ministraciones de Aduanas analizar los riesgos sobre bases ms eficaces. De este modo, no slo aumentar la capacidad de las Aduanas para detectar envos de alto riesgo, sino que las Administraciones de Aduanas mejorarn sus controles a lo largo de la cadena logstica internacional, logrando al mismo tiempo una mejor y ms rentable asignacin de los recursos aduaneros. Las disposiciones relativas a la red de Aduanas fortalecern la colaboracin entre las Administraciones aduaneras y les permitirn tambin anticipar los controles en la cadena logstica, (por ejemplo, cuando la Administracin del pas de importacin pide a la Administra- cin del pas de exportacin que realice una inspeccin en su nombre). El Marco prev, igualmente, el reconocimiento mutuo de controles en deter- minadas circunstancias. La aplicacin del Marco permitir a las Aduanas tener un enfoque ms amplio y completo de la cadena logstica global y servir para eliminar la duplicacin y los mltiples requisitos para la pre- sentacin de informes. Como ya se seal, el Marco permite a las Aduanas hacer frente a los desafos del nuevo entorno comercial internacional, ya que sienta las bases para emprender la reforma y modernizacin de las mismas. El Marco ha sido estructurado de forma flexible de modo que las Administraciones de Aduanas puedan avanzar a diferentes velocidades. Esto permitir a las Administraciones de Aduanas aplicar el Marco de acuerdo a sus propios niveles de desarrollo, a sus condiciones y requi- sitos particulares. 2.3 Empresas El Marco, que entre otras cosas crea las condiciones para asegurar el comercio internacional, tambin facilita y fomenta dicho comercio. Esto sirve de estmulo a los vendedores y compradores pues les facilita el envo de productos de un pas a otro. El Marco tiene en cuenta, los modernos modelos de produccin y distribucin internacionales. Los Operadores Econmicos Autorizados son definidos como una parte involucrada en el movimiento internacional de mercancas, cualquie- ra que sea la funcin que haya asumido o en nombre de una Administra- cin de Aduanas nacional y que cumpla las normas de la OMA o normas equivalentes de seguridad de la cadena logstica. stos Operadores inclu- yen entre otros a fabricantes, importadores, exportadores, corredo- res de comercio, transportistas, agrupadores, intermediarios, puertos, ae- ropuertos, operadores de terminales, operadores integrados, almacenistas y distribuidores. Tambin obtendrn ventajas tales como una tramitacinCONTROL ADUANERO 45

ms rpida de los productos por parte de las Aduanas, (por ejemplo mediante la reduccin del nmero de controles, lo que a su vez se traducir en un ahorro de tiempo y de costos). Uno de los principales objetivos del Marco es establecer un conjunto de normas internacionales con vistas a promover la uniformidad y la predictibilidad. De este modo tambin se reducen los mltiples y complejos requisi- tos para la presentacin de informes. Estos mecanismos servirn para garantizar que las empresas constaten que su inversin en sistemas de seguridad y prcticas eficaces se traduce en beneficios, tales como una reduccin de las evaluaciones y de las inspecciones de control de riesgos y una agilizacin de la tramitacin de sus mercancas. . 3.1. El Pilar Aduanas - Aduanas Las Administraciones de Aduanas deben trabajar conjuntamente uti- lizando normas comunes aceptadas por todos, a fin de optimizar la segu- ridad y la facilitacin de la cadena logstica internacional cuando la carga y los contenedores circulan por los nudos del sistema comercial global. El pilar Aduanas Aduanas realiza este objetivo. En efecto, este pilar establece un mecanismo eficaz de proteccin de la cadena logstica internacional contra los estragos del terrorismo y de otras formas de delincuencia transnacional. En el pasado, las Aduanas inspeccionaban la carga una vez llegada a sus puertos nacionales. En la actualidad resulta necesario poder ins- peccionar y evaluar un contenedor o una carga antes de su llegada a puer- to. Debido a sus competencias y conocimientos tcnicos especficos, las Administraciones de Aduanas contribuyen tanto a la seguridad como a la facilitacin del comercio global. El principio bsico de este pilar es la transmisin previa de informacin por medios electrnicos a fin de identificar contenedores o carga de alto riesgo. Mediante la utilizacin de herramientas de seleccin informatizadas, las Administraciones de Aduanas identifican en la cadena logstica los envos de alto riesgo tan pronto como sea posible, ya sea en el puerto de partida o incluso antes.46 CONTROL ADUANERO

Deber preverse el intercambio electrnico de informacin y, por con- siguiente, los sistemas debern basarse en mensajes armonizados que sean interoperables. Para que sea efectivo y garantizar que el proceso no obstaculice la circulacin fluida de las mercancas, las Administraciones de Aduanas debern emplear tecnologas modernas, en la inspeccin de envos de alto riesgo que comprenden, entre otras, las mquinas de rayos X, de rayos gamma de gran potencia y los dispositivos para detectar radiacin. La utilizacin de tecnologas modernas a fin de preservar la integridad de la carga y de los contenedores constituye otro punto fundamental de este pilar. Puesto que el Marco Normativo de la OMA se inspira, entre otras fuentes, del Convenio de Kyoto Revisado (CKR), las Directrices para la gestin integrada de la cadena logstica y los programas nacionales, las Administraciones de Aduanas que lo adopten contribuirn a la normalizacin de este pilar. 3.3 El Pilar Aduanas - Empresas Cada Administracin de Aduanas se asociar con el sector privado a fin de que este sector participe en la tarea de garantizar la seguridad y la fiabilidad de la cadena logstica internacional. El principal objetivo de este pilar, es la creacin de un sistema internacional para la identificacin de empresas privadas que ofrezcan un nivel elevado de garantas de seguri- dad en la posicin que ocupan en la cadena logstica. Este tipo de asocia- cin reportar ventajas concretas a las empresas, tales como una trami- tacin ms rpida y otras medidas. La siguiente afirmacin extrada de las Directrices de alto nivel para los acuerdos de cooperacin entre los Miembros de la OMA y el sector privado con vistas a reforzar la seguridad de la cadena logstica y a facilitar la circulacin del comercio internacional", resume la decisiva relacin en- tre las Aduanas y las empresas para aadir otro nivel de proteccin al comercio internacional: Los riesgos que deben afrontar las Aduanas disminuyen en la medida en que stas puedan contar con sus socios de los medios comerciales para evaluar y abordar las amenazas a su propia cadena logstica. As pues, se vern beneficiadas las empresas que demuestren tener una in- discutible voluntad de fortalecer la seguridad de la cadena logstica. MiniCONTROL ADUANERO 47

mizar los riesgos de este modo contribuir a que las Aduanas puedan cumplir con sus funciones relativas a la seguridad y a la facilitacin del comercio legtimo. Gracias a estos programas, las medidas de seguridad de la carga y de los contenedores se aplican mucho antes en la cadena logstica, pues- to que involucran al sector privado y exigen una mayor seguridad en el lugar de origen (por ejemplo, el lugar donde se llenan los contenedores en el puerto de carga del fabricante extranjero) y en el recorrido que realizan los contenedores de un lugar a otro de la cadena logstica. Este Marco establece los criterios mediante los cuales se concede a las empresas de la cadena logstica un estatuto oficial como colaboradores asociados en las tareas relacionadas con la seguridad. Estos criterios se refieren a cuestiones tales como el anlisis de riesgos, planes de seguridad ajustados a los riesgos objeto de evaluacin, planes de comuni- cacin, medidas para prevenir que mercancas irregulares o que carez- can de la debida documentacin entren en la cadena logstica internacio- nal, seguridad fsica de los edificios y locales utilizados como lugar para realizar el cargamento o para el almacenamiento, seguridad de la carga y de los contenedores, medios de transporte, control del personal y protec- cin de los sistemas de informacin. Las prioridades para autorizar o validar a una empresa participante se determinarn con arreglo a una serie de factores; entre los que se incluyen el volumen de importacin, las anomalas relacionadas con la seguridad, la amenaza estratgica representada por determinadas regiones geogrficas u otra informacin relacionada con los riesgos. El nfasis en cada uno de estos factores variar inevitablemente segn vayan cambiando las circunstancias. Asimismo, es de suma importancia contar con un acuerdo general sobre las ventajas mnimas que podrn derivarse para las empresas de su estatuto de operadores autorizados. Estas ventajas incluyen una circulacin ms rpida por las Aduanas de la carga de bajo riesgo, mayores niveles de seguridad, una optimizacin de los costos de la cadena logstica gracias a una mayor eficiencia de la seguridad, una buena reputacin para la organizacin, mayores oportuni- dades comerciales, un mejor conocimiento de los requisitos aduaneros y una mejor comunicacin entre los operadores econmicos autorizados y la Administracin de Aduanas.48 CONTROL ADUANERO

Muchas empresas que operan en los nudos de la cadena logstica internacional ya cumplen los requisitos de seguridad internacionales en vigor o cuentan con programas internos de seguridad que se ajustan a las necesidades de las Administraciones de Aduanas. Los sistemas del pilar Aduanas Empresas del Marco deben basarse en la acreditacin de la calidad de las rutinas aduaneras en las que se utilizan las tecnologas de la informacin a fin de agilizar los procedimientos que normalmente van asociados al comercio transfronterizo y que reportan ventajas especiales a los importadores, exportadores, intermediarios, transitarios, transportis- tas y dems proveedores de servicios que cumplen con los requisitos. Puesto que el Marco Normativo de la OMA se inspira en varios programas innovadores, las Administraciones de Aduanas y las empresas comerciales internacionales que lo adopten contribuirn a la normalizacin de este pilar. Estos programas incluyen, por ejemplo, el RKC, el programa sueco StairSec, el programa canadiense Partners in Protection (PIP), los progra- mas australianos Frontline y Accredited Client, el U.S. C-TPAT, los progra- mas de Nueva Zelanda SEP y FrontLine, el Grupo sobre colaboracin co- mercial de la OMA y las Directrices de la OMA relativas a la gestin inte- grada de la cadena logstica.

ORIENTACIONES BIBLIOGRFICAS Bibliografa obligatoria Convenio de Kyoto Directivas del Anexo General. Captulo 7. Aplicacin de la Tecnologa de la Informacin Marco Normativo para Asegurar y Facilitar el Comercio Global aprobado en junio de 2005 por Organizacin Mundial de Aduanas. Bibliografa de referencia Convenio relativo a la utilizacin de la tecnologa de la informacin a efectos aduaneros (SIA): http://europa.eu/scadplus/leg/es/lvb/ l33046.htm Sistema SIA: http://europa.eu/scadplus/leg/es/lvb/l11037.htm

CONTROL ADUANERO

49

Tema 3 DISPOSICIONES COMUNITARIAS SOBRE CONTROL ADUANERO

I

1.

LA DECISIN 478- ASISTENCIA MUTUA Y COOPERACIN ENTRE LAS ADMINIS TRACIONES ADUANERAS DE LOS PASES MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ANDINA Esta decisin tiene como objetivo la cooperacin, la asistencia mutua e intercambio de informacin entre las administraciones aduaneras nacionales para prevenir, investigar y combatir los ilcitos aduaneros. Entre sus principales disposiciones mencionaremos: a) Materias de cooperacin

La asistencia se utilizar en todos los procedimientos sobre clasificacin arancelaria, valor en aduana, origen, rgimen aduanero y otros asun- tos relevantes para la aplicacin de la legislacin aduanera. Igualmente, esta asistencia podr ser utilizada en aquellos procedimientos administra- tivos de investigacin o procesos judiciales relativos a multas, comisos, decomisos o cualquier tipo de sancin. Las Administraciones Aduaneras tambin cooperarn en las siguien- tes reas: En el establecimiento y mantenimiento de canales expeditos de comunicacin entre sus Administraciones Aduaneras a fin de facilitar el intercambio rpido y seguro de la informacin, propiciando la implementacin de un sistema informtico interconectado en lnea que agilice el intercambio de datos; En el inicio, desarrollo y mejoramiento de programas de capacitacin para el personal de las Administraciones Aduaneras, y el intercambio de personal a travs de pasantas en los pases miembros En el intercambio de personal y expertos en materias o tareas especficas En el intercambio de informacin y criterios sobre la conveniencia de utilizar nuevos equipos o aplicar procedimientos simplificados para el cumplimiento de los objetivos de esta Decisin.CONTROL ADUANERO 53

Cualquier otro asunto de carcter administrativo que, de comn acuerdo entre las administraciones aduaneras involucradas, se considere necesario para el logro de los fines perseguidos por esta Decisin. b) Comunicacin de requerimientos

Los requerimientos de asistencia, de conformidad con esta Decisin, se formularn por escrito y directamente entre los funcionarios designados por las respectivas Administraciones Aduaneras. La informacin til para la ejecucin de los requerimientos de asistencia, acompaar dicha solicitud. En situaciones urgentes, tendientes a prevenir o reprimir ilcitos aduaneros, podrn hacerse y aceptarse requerimientos de asistencia verbales, los cuales se confirmarn por escrito dentro de los dos (2) das hbiles siguientes al requerimiento inicial. Las solicitudes de requerimientos incluirn:z z z z

Nombre de la autoridad requerida Motivo u objeto de la solicitud La naturaleza del asunto o procedimiento Una breve descripcin de los hechos e ilcitos aduaneros materia de investigacin, de ser el caso Los nombres y direcciones de las partes involucradas en el presunto ilcito aduanero, en caso de conocerse Nombre, cargo y firma de la autoridad requirente.

z

z

c)

Comit de Lucha contra el Fraude

Se crea el Comit de Lucha contra el Fraude, que tendr como fina- lidad realizar los estudios tcnicos que le sean encomendados en la ma- teria por el Comit Andino de Asuntos Aduaneros, la Comisin o la Secre- tara General de la Comunidad Andina. As vemos que la Comunidad Andina tiene una normativa que permi- te fortalecer la cooperacin y el intercambio de informacin entre los pa- ses miembros, estando pendiente la tarea de impulsar la lucha contra el fraude a travs de la implementacin del Comit de Lucha contra el Frau- de.

54

CONTROL ADUANERO

2.

DECISIN 574 SOBRE CONTROL ADUANERO

El objetivo de contar con una disposicin sobre control aduanero en la Comunidad Andina fue sentar conceptos uniformes y definir competencias comunes a todos los rganos de las administraciones de los pases miembros. Estas debern asumir las necesarias responsabilidades para ejercer las acciones de control aduanero con absoluta independencia, en el marco de normas nacionales delimitadas en disposiciones comunitarias aplicables en todos los pases miembros. Es as que se aprob la normativa sobre control aduanero Decisin 574 y se viene trabajando en la aprobacin de una Decisin sobre lucha contra el ilcito aduanero, cuyo texto se presenta en anexo adjunto, debiendo anotar que de acuer- do a las observaciones que se plantee al citado documento puede tener variantes respecto a su contenido. Dada su importancia, transcribimos las disposiciones contenidas en la Decisin 574 sobre control aduanero: Artculo 1 Definiciones : Administracin Aduanera: rgano de la Administracin Pblica com- petente para aplicar la legislacin aduanera, recaudar los tributos aduane- ros, aplicar otras leyes y reglamentos relativos a los destinos y operacio- nes aduaneras y ejercer los privilegios fiscales, el control y la potestad aduanera. Aforo de las mercancas: Facultad de la autoridad aduanera que con- siste en efectuar una o varias de las siguientes tareas: Comprobacin del Documento nico Aduanero (DUA), reconocimiento fsico de las mercan- cas, revisin de toda la documentacin exigible en aplicacin de las leyes y reglamentos relativos a la importacin o exportacin de las mercancas. Esta permite constatar el cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos por el rgimen aduanero solicitado y de la determinacin de los tributos aduaneros correspondientes. Autoridad(es) Aduanera(s): Funcionario(s) de la Administracin Adua- nera que de acuerdo con sus competencias, ejerce(n) la potestad adua- nera. Comprobacin documental: Examen y/o verificacin del Documento nico Aduanero (DUA), de la Declaracin Andina del Valor (DAV) y de su documentacin adjunta, as como de cualquier otra documentacin re- querida por las autoridades aduaneras en relacin con el rgimen aduaneCONTROL ADUANERO 55

ro solicitado, con el objeto de determinar el cumplimiento de las disposiciones aduaneras comunitarias o nacionales. Despacho: Cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para que las mercancas puedan ser importadas a consumo, exporta- das o colocadas al amparo de otro rgimen aduanero. Destino Aduanero: Destino que, autorizado por las normas aduaneras comunitarias y nacionales, pueda darse a las mercancas que se encuentran bajo control aduanero. El destino aduanero de una mercanca ha de entenderse como: - La inclusin de las mercancas en un rgimen aduanero - Su introduccin en una zona franca o en un depsito franco - Su reexportacin fuera del territorio aduanero nacional - Su destruccin - Su abandono. Deuda Aduanera: Monto total de los tributos aduaneros y dems gravmenes exigidos; incluidos los importes de las multas y recargos, as como los intereses moratorios y compensatorios aplicables a una determinada mercanca, con arreglo a las disposiciones contenidas en esta Decisin y las sealadas en la legislacin nacional de cada pas miembro. Documento nico Aduanero (DUA): Documento nico que deber ser utilizado como declaracin aduanera de mercancas por las aduanas de los Pases Miembros y para todos los regmenes aduaneros. Levante de las Mercancas: El acto por el cual la autoridad aduanera permite a los interesados la disposicin de las mercancas para los fines previstos en el rgimen aduanero autorizado, previo cumplimiento de re- quisitos y formalidades aduaneras exigibles. Manifiesto de Carga: Documento que contiene informacin respecto del medio de transporte, nmero de bultos, peso e identificacin genri- ca de la mercanca que comprende la carga (incluida la mercanca a gra- nel, transportada en un medio determinado), que debe presentar todo trans- portista internacional a la aduana de un pas miembro en forma previa o al momento del arribo o salida del territorio aduanero de dicho pas miembro, segn corresponda al rgimen de importacin o exportacin. Mercancas Sensibles: Las mercancas con alto perfil de riesgo de fraude aduanero.56 CONTROL ADUANERO

Operacin Aduanera: Toda actividad de embarque, desembarque, entrada, salida, traslado, circulacin, almacenamiento y levante de las mercancas objeto de comercio internacional sujeta al control aduanero. Perfil de riesgo: Combinacin predeterminada de indicadores de riesgo, basada en la informacin que ha sido recabada, analizada y jerarquizada. Potestad Aduanera: Conjunto de facultades y atribuciones que tiene la autoridad aduanera para controlar el ingreso, permanencia, traslado y salida de mercancas, unidades de carga y medios de transporte hacia y desde el territorio aduanero nacional y para hacer cumplir las disposi- ciones legales y reglamentarias que regulan el ordenamiento jurdico adua- nero. Reconocimiento fsico: Examen de las mercancas realizado por las autoridades aduaneras para comprobar que la naturaleza, origen, estado, cantidad, calidad, valor en aduana y clasificacin arancelaria de las mismas concuerdan con los datos contenidos en el Documento nico Aduanero (DUA) y con los documentos soportes. Rgimen Aduanero: Tratamiento aplicable a las mercancas que se encuentran bajo potestad aduanera, solicitado por el declarante de acuerdo a lo siguiente: - Importacin definitiva a consumo - Importacin temporal para reexportacin en el mismo estado - Exportacin definitiva - Exportacin temporal para reimportacin en el mismo estado - Perfeccionamiento activo - Perfeccionamiento pasivo - Trnsito aduanero - Depsito aduanero. Territorio Aduanero Nacional: La demarcacin territorial en donde se aplica la legislacin aduanera comprende todo el territorio nacional donde acta cada pas miembro de la Comunidad Andina y las reas geogrficas de territorios extranjeros donde rija la potestad aduanera de un pas miem- bro, en virtud a Tratados Internacionales suscritos con otros estados. Territorio Aduanero Comunitario: Territorio aduanero que comprende los territorios aduaneros nacionales de los Pases Miembros de la Comunidad Andina.CONTROL ADUANERO 57

Tributos Aduaneros: Todos los impuestos, contribuciones y tasas de carcter aduanero. Asimismo, comprende los derechos antidumping o compensatorios, el impuesto sobre las ventas al valor agregado o simila- res que sean cobrados con ocasin de las operaciones de comercio exte- rior. Artculo 2.- La presente Decisin tiene por objeto establecer las nor- mas que las Administraciones Aduaneras de los Pases Miembros de la Comunidad Andina debern aplicar para el control de las operaciones de comercio exterior. En tal sentido, se entender por control aduanero, el conjunto de medidas adoptadas por la administracin aduanera con el objeto de asegurar el cumplimiento de la legislacin aduanera o de cualesquiera otras disposiciones cuya aplicacin o ejecucin es de competencia o responsabilidad de las aduanas. Artculo 3.- El control aduanero se aplicar al ingreso, permanencia, traslado, circulacin, almacenamiento y salida de mercancas, unidades de carga y medios de transporte; desde y hacia el territorio aduanero comunitario. Asimismo, el control aduanero se ejercer sobre las personas que intervienen en las operaciones de comercio exterior y sobre las que entren o salgan del territorio aduanero. Artculo 4.- El control aduanero podr realizarse en las fases siguientes: a) b) Control anterior, el ejercido por la administracin aduanera antes de la admisin de la declaracin aduanera de mercancas. Control durante el despacho, el ejercido desde el momento de la admisin de la declaracin por la aduana y hasta el momento del levante o embarque de las mercancas. Control posterior, el ejercido a partir del levante o del embarque de las mercancas despachadas para un determinado rgimen aduanero. Artculo 5.- El control anterior se efectuar mediante: a) Acciones de investigacin de carcter general sobre: i. Determinados grupos de riesgo y sectores econmicos sensibles ii. Determinados operadores del comercio58 CONTROL ADUANERO

c)