cambio de bases cotizacion autonomos 2015
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CAMBIO BASES COTIZACIÓN AUTÓMOS
Hasta 30/04/2015
• Para solicitar voluntariamente cambio de bases de cotización
EFECTOS DEL CAMBIO
• 01/07/2015
SI ES MENOR DE 47 AÑOS A FECHA
1 DE ENERO DE 2015
Puede optar por cualquiera de las bases
contempladas en las normas de cotización a la
Seguridad Social para el año 2015, siendo los
márgenes de elección y las cuotas resultantes
las que a continuación se indican:
CUOTA A INGRESAR
BASE MÍNIMA: 884,40 € 264,44 €
BASE MÁXIMA: 3606,00 € 1078,19 €
TRABAJADORES DE 47 AÑOS DE EDAD
Igual elección podrán efectuar los trabajadores autónomos que,
a 1 de enero de 2015, tengan una edad de 47 años y su base de cotización en el mes de diciembre de 2014 haya sido igual o superior a 1926,60 € mensuales, o causen alta en este Régimen Especial.
Los trabajadores autónomos que en esa fecha, tengan 47 años de edad, si su base de cotización fuera inferior a 1926,60 €mensuales no podrán elegir una base de cuantía superior a 1945,80 € mensuales. Salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30.06.2015 con efectos a partir del 01.07.2015.
TRABAJADORES CON 48 o MÁS AÑOS DE EDAD
1.945,80 €
Y
953,70 €
LA BASE DE COTIZACIÓN ESTARÁ COMPRENDIDA ENTRE
TRABAJADORES CON 48 Ó 49 AÑOS DE EDAD
Los trabajadores autónomos que, a 1 de enero de 2011 tenían48 ó 49 años de edad, y antes del 30 de junio de 2011, y conefectos de 1 de julio de 2011, hubieran optado por una basede cotización superior a 1926,60 euros mensuales, podráncotizar por una base comprendida entre 884,40 eurosmensuales y el importe de aquélla incrementada en un 0,25por 100, pudiendo optar, en caso de no alcanzarse, por unabase de hasta 1945,80 euros mensuales.
SI ANTES DE LOS 50 AÑOS HAN COTIZADO 5 o MÁS AÑOS EN CUALQUIERA DE LOS REGÍMENES DE LA
SEGURIDAD SOCIAL
Si su última cotización acreditada hubiera sido igual o inferiora 1926,60 €, deben cotizar por una base entre 884,40 € y1945,80 € mensuales.
Si su última cotización acreditada hubiera sido superior a1926,60 €, deben cotizar por una base comprendida entre884,40 € y el importe de aquélla, incrementado en un 0,25%,pudiendo optar, en caso de no alcanzarse, por una base dehasta 1945,80 €/mensuales.
AUTÓNOMOS SOCIETARIOS O CON MÁS DE 10 TRABAJADORES DURANTE 2014.
Los trabajadores autónomos que en algún momento del año2014 y de manera simultánea hayan tenido contratado a suservicio un número de trabajadores por cuenta ajena igual osuperior a diez, la base mínima de cotización tendrá unacuantía igual a la prevista como base mínima para lostrabajadores encuadrados en el grupo 1 de cotización delRégimen General que, para el año 2015, está fijada en1056,90 euros mensuales.
Dicha base mínima de cotización será también aplicable encada ejercicio económico a los trabajadores autónomosincluidos en este régimen especial por su condición de socioso familiares de socios de sociedades mercantiles.
a
TRABAJADORES DEDICADOS A LA VENTA AMBULANTE O A DOMICILIO (CNAE 4781, 4782, 4789 y 4799)
Base General
884,40 €
Ó Reducirla a 756,60 €
mensuales.
TRABAJADORES AUTÓNOMOS DEDICADOS A LA VENTA A DOMICILIO (CNAE 4799, comercio al por
menor a domicilio)
Base Mínima General
884,40 €
Ó una base de cotización de 486,30 €
mensuales.
SI ESTÁN INTERESADOS EN EL AUMENTO
DE SUS COTIZACIONES A LA SEGURIDAD
SOCIAL, CON EL FIN DE INCREMENTAR
SUS FUTURAS PENSIONES DE
JUBILACIÓN O POSIBLES PRESTACIONES,
LES ROGAMOS CONTACTEN CON ESTE
DESPACHO ANTES DEL 30/04/2015.