sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle...

34
Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE-1-1958 Número 126 S u m a r i o Martes 3 de junio de 2014 DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ANDALUCÍA: Subdelegación del Gobierno en Sevilla: Notificaciones 3 DELEGACIÓN ESPECIAL DE ECONOMÍA Y HACIENDA EN ANDALUCÍA.— SEVILLA: Gerencia Regional del Catastro: Ponencias de valores totales 4 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: Juzgados de lo Social: Sevilla—Número 1: autos 873/12, 78/14, 368/12, 1280/11 y 702/06; número 2: autos 45/14, 781/11, 808/13 y 213/13; núme- ro 3: autos 558/11; número 4: autos 1071/12; número 6: autos 105/14, 229/13, 337/13, 18/12, 9/13, 748/13, 799/12, 183/13, 154/13, 754/05, 1120/12, 96/14 y 24/14; número 7: autos 1494/12, 171/13 y 234/11; número 10: autos 73/13; número 11: autos 608/12 5 AYUNTAMIENTOS: Sevilla: Modificaciones de la relación de puestos de trabajo 23 Gerencia de Urbanismo: Notificación 24 Alcalá de Guadaíra: Proyecto de actuación 26 Bollullos de la Mitación: Anuncio de licitación 26 Notificaciones 27 Expedientes de baja de oficio en el Padrón municipal de ha- bitantes 28 Carmona: Expedientes de baja de oficio en el Padrón municipal de habitantes 29 Dos Hermanas: Notificación 29 Écija: Corrección de errores 30 Guillena: Cese y nombramiento de personal 31 Lebrija: Notificación 32 Mairena del Alcor: Expedientes de baja de oficio en el Padrón municipal de habitantes 32 Los Palacios y Villafranca: Expedientes de baja de oficio en el Padrón municipal de habitantes 33 Peñaflor: Expediente de modificación de créditos 33

Upload: others

Post on 08-Aug-2020

4 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE-1-1958

Número 126

S u m a r i o

Martes 3 de junio de 2014

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ANDALUCÍA:— Subdelegación del Gobierno en Sevilla: Notificaciones 3

DELEGACIÓN ESPECIAL DE ECONOMÍA Y HACIENDA EN ANDALUCÍA.— SEVILLA:— Gerencia Regional del Catastro: Ponencias de valores totales 4

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:— Juzgados de lo Social: Sevilla —Número 1: autos 873/12, 78/14, 368/12, 1280/11 y

702/06; número 2: autos 45/14, 781/11, 808/13 y 213/13; núme-ro 3: autos 558/11; número 4: autos 1071/12; número 6: autos 105/14, 229/13, 337/13, 18/12, 9/13, 748/13, 799/12, 183/13, 154/13, 754/05, 1120/12, 96/14 y 24/14; número 7: autos 1494/12, 171/13 y 234/11; número 10: autos 73/13; número 11: autos 608/12 5

AYUNTAMIENTOS:— Sevilla: Modificaciones de la relación de puestos de trabajo 23 Gerencia de Urbanismo: Notificación 24— Alcalá de Guadaíra: Proyecto de actuación 26— Bollullos de la Mitación: Anuncio de licitación 26 Notificaciones 27 Expedientes de baja de oficio en el Padrón municipal de ha-

bitantes 28— Carmona: Expedientes de baja de oficio en el Padrón municipal

de habitantes 29— Dos Hermanas: Notificación 29— Écija: Corrección de errores 30— Guillena: Cese y nombramiento de personal 31— Lebrija: Notificación 32— Mairena del Alcor: Expedientes de baja de oficio en el Padrón

municipal de habitantes 32— Los Palacios y Villafranca: Expedientes de baja de oficio en el

Padrón municipal de habitantes 33— Peñaflor: Expediente de modificación de créditos 33

Page 2: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

— La Puebla de Cazalla: Notificaciones 33— La Rinconada: Modificación puntual 34 Convocatoria de subvenciones 34

Page 3: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

Martes 3 de junio de 2014 Número 126

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ANDALUCÍA————

Subdelegación del Gobierno en Sevilla

No habiéndose podido practicar la notificación de la comunicación que se cita, se hace público el presente anuncio, de confor-midad con lo prevenido en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a fin de que en el plazo de quince días, el interesado pueda comparecer en el Departamento de Sanciones de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla, en Plaza de España, Torre Sur, de esta capital, para tener conocimiento del expediente que se indica y, en su caso, formular las alegaciones o interponer los recursos procedentes:

N.º Expte.: Documento

Nombre y apellidos Domicilio Localidad

Fase: Acuerdo de iniciación.188/2014 JORGE SILVA SÁNCHEZ

CALLE LUIS ORTIZ MUÑOZ CJ 12, BQ 277 -- 1º A SEVILLA

382/2014MANUEL JESÚS AIDO DE ALBA

CALLE CIUDAD DEL ALJARAFE 25 P01 9 MAIRENA DEL ALJARAFE

21/2014ANTONIO MANUEL RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ

CALLE GUSTAVO ADOLFO BÉCQUER 16 OLIVARES

3/2014ANA HEREDIA RIVERA

CALLE LA NIÑA, 5 CANTILLANA

299/2014SERGIO PEREJÓN MORENO

CALLE VIRGEN DE LA PAZ, 2 SANLÚCAR LA MAYOR

329/2014ISMAEL SAN JULIÁN CASADO

CALLE CLARA CAMPOAMOR 5 P01 C CAMAS

417/2014MELCHOR BORJA SANTIAGO

CALLE LUIS ORTIZ MUÑOZ CONJUNTO 12, 294 3º B SEVILLA

470/2014DAVID LÓPEZ JIMÉNEZ

AVENIDA DE JEREZ 90 PUERTO DE SANTA MARÍA (EL)

526/2014JOSÉ LUIS TOVAR ORTIZ

CALLE MANZANILLA, 9, P92-B SEVILLA

528/2014JOSÉ IQUEÑO VÁZQUEZ

CALLE ANTONIO NAVARRO PÉREZ, 8 CASTILLEJA DE LA CUESTA

565/2014JOSÉ MANUEL GARCÍA MONCAYO

CALLE MAESTRO JIMÉNEZ, 1, 2ºB SEVILLA

62/2014ARAMIS FERNÁNDEZ MACÍA

CALLE LAS ALMENAS 9 9 7º C SEVILLA

238/2014RAÚL BETANZO CONTRERAS

CALLE ALBERTO JIMÉNEZ BECERRIL 27 P07 4B SEVILLA

240/2014IGNACIO COMBET DE LARENNE BATURRONE

CALLE ADOLFO CUÉLLAR 14 3º B SEVILLA

248/2014MANUEL MONCAYO ARRABAL

CALLE SOSA, 42 OSUNA

255/2014FRANCISCO BORREGO ROMERO

CALLE GUTIÉRREZ DE ALBA 8 1º D SEVILLA

269/2014JOSÉ DANIEL BARRERA TOLEDO

CALLE URB BRISA 1 CALLE TERRAL 5 MAIRENA DEL ALJARAFE

134/2014ISAAC PÉREZ MUÑIZ

PLAZA DE LOS DUENDES DE SEVILLA 11 BJ IZ SEVILLA

191/2014JOSÉ ÁNGEL BOLAÑO MADRID

CALLE QUINITA FLORES PORTAL 8, 2º 1 SEVILLA

298/2014JOSÉ ORTEGA GÓMEZ

CALLE CHIPIONA, 9, 4ºB SEVILLA

502/2014EZEQUIEL ANAYA TEXEIRA

CALLE GARDENIA 11 ALCALÁ DE GUADAÍRA

No habiéndose podido practicar la notificación de la comunicación que se cita, se hace público el presente anuncio, de confor-midad con lo prevenido en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a fin de que en el plazo de quince días, el interesado pueda comparecer en el Departamento de Sanciones de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla, en Plaza de España, Torre Sur, de esta capital, para tener conocimiento del expediente que se indica y, en su caso, formular las alegaciones o interponer los recursos procedentes:

Page 4: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

4 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 Martes 3 de junio de 2014

N.º Expte.: Documento

Nombre y apellidos Domicilio Localidad

Fase: Requerimiento mejora solicitud1544/2012 MANUEL HEREDIA AMAYA C/PERIODISTA EDUARDO CHINARRO, 5 BQ 3 6º C SEVILLA

No habiéndose podido practicar la notificación de la comunicación que se cita, se hace público el presente anuncio, de confor-midad con lo prevenido en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a fin de que en el plazo de quince días, el interesado pueda comparecer en el Departamento de Sanciones de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla, en Plaza de España, Torre Sur, de esta capital, para tener conocimiento del expediente que se indica y, en su caso, formular las alegaciones o interponer los recursos procedentes:

N.º Expte.: Documento

Nombre y apellidos Domicilio Localidad

Fase: Resolución remisión.1569/2012JAVIER SANZO CID C/ REAL DE UTRERA, 87, 2º C DOS HERMANAS

1041/2012JAVIER SANZO CID C/ REAL DE UTRERA, 87, 2º C DOS HERMANAS

No habiéndose podido practicar la notificación de la comunicación que se cita, se hace público el presente anuncio, de confor-midad con lo prevenido en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a fin de que en el plazo de quince días, el interesado pueda comparecer en el Departamento de Sanciones de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla, en Plaza de España, Torre Sur, de esta capital, para tener conocimiento del expediente que se indica y, en su caso, formular las alegaciones o interponer los recursos procedentes:

N.º Expte.: Documento

Nombre y apellidos Domicilio Localidad

Fase: Resolución.4449/2013 JESÚS RÍOS JIMÉNEZ

CALLE PAULO OROSIO, 31, BLQ 2, ESC D SEVILLA

4480/2013CARLOS BACETE TERRENO

CALLE SAGRADA FAMILIA, 8 ELIANA (L’)

4476/2013MIGUEL ALFONSO NECHES LÓPEZ

CALLE GÓNDOLA, 5, P01 CHIPIONA

4492/2013ANTONIO MANUEL PÉREZ CORDERO

AVENIDA 28 DE FEBRERO N º 25-P-05-B SEVILLA

4500/2013ANTONIO MARTÍNEZ ROMERO C/ CAÑO RONCO, 24, 3º CAMAS

4502/2013ANTONIO JOSÉ CUEVAS CAYUELA C/ FUENTEFRÍA 4 2 º B LORA DEL RÍO

Sevilla a 20 de febrero de 2014.—El Secretario General, (Resolución «Boletín Oficial» de la provincia 29-4-97), Francisco Javier Arroyo Navarro

2W-3305

DELEGACIÓN ESPECIAL DE ECONOMÍA Y HACIENDA EN ANDALUCÍA.—SEVILLA————

Gerencia Regional del Catastro

De conformidad con lo establecido en el artículo 26.2 del Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el presente anuncio se pone en conocimiento de todos los interesados la apertura del trámite de audiencia previa correspondiente al procedimiento de apro-bación de la ponencia de valores totales de los bienes inmuebles urbanos del término municipal de Tomares

El expediente de aprobación de la referida ponencia puede ser consultado, junto con el texto de la misma, durante el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, de lunes a viernes, de 9 a 14 horas, en la Gerencia Regional del Catastro de Andalucía, Avda. Innovación s/n Edificio Convención, de Sevilla, a fin de que, en ese mismo plazo, los inte-resados puedan formular las alegaciones y presentar las pruebas que se estimen pertinentes.

Sevilla, 22 de mayo de 2014 —La Gerente Regional, M ª José Pérez Pérez 25W-6406

Page 5: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

Martes 3 de junio de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 5

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA————

Juzgados de lo Social————

SEVILLA —JUZGADO NÚM 1

Don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número uno de esta capital y su provincia Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 873/2012, a instancia de la parte actora, doña Rosario

Rodríguez González, contra «Comunicaciones Guadalquivir», S.L., sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 10 de abril de 2013, del tenor literal siguiente:

Cédula de citaciónEn los autos referidos anteriormente, seguidos a instancia de doña Rosario Rodríguez González, contra «Comunicaciones Gua-

dalquivir», S.L., sobre social ordinario, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Decreto:Secretaria Judicial, doña Rosa María Rodríguez Rodríguez En Sevilla a 10 de abril de 2013

Antecedentes de hechoPrimero: Doña Rosario Rodríguez González presentó demanda de reclamación de cantidad frente a «Comunicaciones Gua-

dalquivir», S.L.Segundo: La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el número 873/2012.

Fundamentos de derechoPrimero: Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el art. 82.1 Ley 36/2011,

de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, procede su admisión a trámite y su señalamiento por el señor Secretario Judicial Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación

Parte dispositivaDispongo:

— Admitir la demanda presentada.— Señalar el día 16 de junio de 2014, a las 10.00, horas para la celebración del acto de juicio, en la Sala de Vistas de este

Juzgado, sito en avenida de La Buhaira, 26, edificio Noga, 1.ª planta, Sala de Vistas n.º 8.— Citar para conciliación a celebrar el mismo día, a las 9.30 horas, en la 5.ª planta, Secretaría, para acreditación de las partes

y de su representación procesal ante el Secretario Judicial, conforme a lo dispuesto en el art 89 7 de la Ley 36/2011, de RJS

«Artículo 83. 83. Suspensión de los actos de conciliación y juicio.2. Si el actor, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o del

juicio, el Secretario Judicial, en el primer caso, y el Juez o Tribunal, en el segundo, le tendrán por desistido de su demanda 3. La incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, conti-

nuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.»— El Secretario Judicial no está presente en el acto de la vista, conforme al artículo 89 de la Ley 36/2011, Reguladora de la

Jurisdicción Social — Dar traslado a S.S.ª de las actuaciones, a fin de que se pronuncie sobre la prueba propuesta por el actor en su escrito de demanda.— Dar cuenta a S.S.ª del señalamiento efectuado a los efectos del art. 182 LEC.— Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer a juicio asistida de Letrado.Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición, a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida

Providencia de la Magistrada Juez, doña Aurora Barrero Rodríguez

En Sevilla a 10 de abril de 2013 Dada cuenta; en relación a la prueba solicitada en la demanda presentada, se admite la misma, y se pone en conocimiento de la

demandada en el momento de su citación, que el actor ha solicitado prueba de su interrogatorio en la persona de su legal representante, y que en caso de admitirse ésta por el Magistrado-Juez en el acto del juicio, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales , y que en caso de que el interrogatorio no se refiera a hechos personales, se admitirá su respuesta por un tercero que conozca personalmente los hechos, si la parte así lo solicita y acepta la responsabilidad de la declaración

Poner en conocimiento de la demandada en el momento de su citación que el actor ha solicitado igualmente prueba documental, y que en caso de admitirse ésta por el Magistrado-Juez en el acto del juicio, si los mencionados documentos no se aportan en ese mo-mento sin mediar causa justificada, podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la parte contraria en relación con la prueba acordada

Notifíquese a las partes.

Page 6: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

6 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 Martes 3 de junio de 2014

Contra la presente resolución cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Lo mandó y firma S.S.ª. Ante mí. Doy fe.Y en cumplimiento de lo mandado, cito a Vd. para que en el día y horas expresadas comparezca ante este Juzgado para celebrar

el acto de conciliación y, en su caso, el juicio, con las advertencias que en la anterior resolución se expresan.En Sevilla a 10 de abril de 2013 —El Secretario Judicial Y para que sirva de notificación a la demandada, «Comunicaciones Guadalquivir», S.L., actualmente en paradero desconocido,

expido el presente, para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 23 de mayo de 2014 —El Secretario Judicial, Reynaldo Carlos Carmona Argüelles 7W-6490

SEVILLA —JUZGADO NÚM 1

Don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número uno de esta capital y su provincia Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución número 78/2014, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancia de

Fundación Laboral de la Construcción, contra Construcciones Boreal y Vázquez XXI SRLU, en la que con fecha 25-4-14 se ha dictado Decreto cuyo encabezamiento y parte dispositiva dicen lo siguiente:

Decreto

Secretario Judicial don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles En Sevilla a 25 de abril de 2014

Parte DisPositiva

Acuerdo:Declarar a la ejecutada, Construcciones Boreal y Vázquez XXI SRLU, en situación de insolvencia por importe de 277,24

euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.Hágase entrega de testimonio bastante a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fogasa.Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres (3) días hábiles

contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Santander, Sucursal de calle José Recuerda Rubio número 4, de Sevilla, cuenta número 4020-0000-64-0078-14, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «concepto» que se trata de un recurso seguido del código «31» y «Social–Revisión», de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 451, 452 y concordantes LEC y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banco de Santander con IBAN: ES5500493569920005001274 (en formato electrónico) o IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 (en formato papel), indicando el «beneficiario», Juzgado de lo Social número 1 de Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloque y éste separado por es-pacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos –antes expresados– de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «31» y «Social–Revisión».

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.La secretaria JuDiciaL

Y para que sirva de notificación en forma a Construcciones Boreal y Vázquez XXI SRLU, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla a 25 de abril de 2014 —El Secretario Judicial, Reynaldo Carlos Carmona Argüelles 8W-5245

SEVILLA —JUZGADO NÚM 1

N I G : 4109144S20120004064Procedimiento: 368/12Ejecución núm : 368/2012 Negociado: 8CDe: Don Josua Asencio Sánchez Contra: Indacruz, S L El/la Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Sevilla Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm 368/2012, sobre Social Ordinario, a instancia de Josua Asencio

Sánchez contra Indacruz, S.L., en la que con fecha 29/05/12, se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente:

Page 7: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

Martes 3 de junio de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 7

La Ilma Sra doña Aurora Barrero Rodríguez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número 1 de Sevilla, ha pronunciado la siguiente:

Sentencia número 212/2014En Sevilla a 23/4/2014, vistos en juicio oral y público los presentes autos, seguidos en este Juzgado bajo el número 368/2012,

promovidos por don Josua Asencio Sánchez contra Indacruz, S L , y Fogasa sobre cantidad Fallo:Estimo la demanda formulada por don Josua Asencio Sánchez contra Indacruz, S.L., y condeno a la demandada a que abone al

actor la suma 3193,97 € Sin efectuar pronunciamiento respecto del Fogasa, sin perjuicio del cumplimiento de sus obligaciones legales Se advierte a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de suplicacion ante la Sala de lo Social del Tribunal

Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación, debiendo ser anun-ciado por ante este Juzgado de lo Social en la forma establecida por la Ley

Caso de que el recurrente sea el demandado deberá ingresar conforme establecen los art. 229 y 230 LRJS la cantidad que se le condena en la cuenta-expediente abierta en la entidad Banco Español de Crédito, Banesto, entidad núm 0030, sucursal avda de la Buhaira (oficina núm. 4325), sita en calle José Recuerda Rubio núm. 4 de Sevilla cuenta núm. 4020 0000 65 (más número de autos, en cuatro cifras, añadiendo a la izquierda los ceros necesarios más número de año de los autos indicándose únicamente las dos últimas cifras; en total 16 dígitos), como asimismo, deberá depositar la suma de 300 € en la cuenta anteriormente reseñada

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo..Y para que sirva de notificación en forma a Indacruz, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente

edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla , con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla a 24 de abril de 2014 —El/la Secretario/a Judicial (Firma ilegible )253W-5395

SEVILLA —JUZGADO NÚM 1

NIG: 4109144S20110015315 Procedimiento: Social ordinario Ejecución n º: 1280/2011 Negociado: 1B De: Doña María Dolores Moreno Tenorio Contra: «Disatron», S.L., y Fondo de Garantía Salarial.

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número uno de esta capital y su provincia

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 1280/2011, sobre social ordinario, a instancia de doña María Dolores Moreno Tenorio, contra «Disatron», S.L., y Fondo de Garantía Salarial, en la que con fecha 26 de noviembre de 2013 se ha dictado sentencia que sustancialmente dice lo siguiente:

Sentencia n.º 537/2013En Sevilla a 26 de noviembre de 2013 Vistos en juicio oral y público los presentes autos, seguidos en este Juzgado bajo el

número 1280/2011, promovidos por doña María Dolores Moreno Tenorio, contra «Disatron», S.L., y Fogasa, sobre cantidad.Fallo: Estimo en parte la demanda formulada por doña María Dolores Moreno Tenorio contra «Disatron», S.L., y condeno

a la demandada a que abone a la actora la suma de 14.549,85 €. Sin efectuar pronunciamiento respecto del Fogasa, sin perjuicio del cumplimiento de sus obligaciones legales

Se advierte a las partes, que contra esta sentencia cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, dentro del plazo de cinco días, a contar desde la notificación, debiendo ser anun-ciado por ante este Juzgado de lo Social en la forma establecida por la Ley

Caso de que el recurrente sea la demandada, deberá ingresar, conforme establecen los artículos 229 y 230 LRJS, la cantidad que se le condena, en la cuenta-expediente abierta en la entidad Banco Español de Crédito, Banesto, entidad n.º 0030, sucursal avenida de La Buhaira (oficina n.º 4325), sita en calle José Recuerda Rubio n.º 4, de Sevilla, cuenta n.º 4020 0000 65 (más número de autos, en cuatro cifras, añadiendo a la izquierda los ceros necesarios, más número de año de los autos, indicándose únicamente las dos últimas cifras; en total 16 dígitos), como asimismo, deberá depositar la suma de 300 € en la cuenta anteriormente reseñada

Y para que sirva de notificación en forma a «Disatron», S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto, que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla a 22 de abril de 2014 —El Secretario Judicial (Firma ilegible )7W-5171

SEVILLA —JUZGADO NÚM 1

NIG: 4109144S20060007718 Procedimiento: 702/06 Ejecución n º: 702/2006 Negociado: 1B De: Don Francisco Javier Vega Medina Contra: Don Francisco Majón Herrera y «Utreseven», S.L.

Page 8: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

8 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 Martes 3 de junio de 2014

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número uno de esta capital y su provincia Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 702/2006, sobre cantidad, a instancia de don Francisco Javier

Vega Medina, contra don Francisco Majón Herrera y «Utreseven», S.L., en la que con esta fecha se ha dictado sentencia, que sustan-cialmente dice lo siguiente:

Sentencia núm. 1/2013En Sevilla a 2 de enero de 2013 Vistos en juicio oral y público los presentes autos, seguidos en este Juzgado bajo el número

702/2006, promovidos por don Francisco Javier Vega Medina, contra don Francisco Majón Herrera y «Utreseven», S.L., sobre cantidad.Fallo: Desestimo la demanda formulada por don Francisco Javier Vega Medina contra don Francisco Majón Herrera y «Utre-

seven», S.L., y absuelvo a los demandados de la acción contra ellos ejercitada.Se advierte a las partes, que contra esta sentencia cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal

Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, dentro del plazo de cinco días, a contar desde la notificación, debiendo ser anun-ciado por ante este Juzgado de lo Social en la forma establecida por la Ley

Y para que sirva de notificación en forma a «Utreseven», S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto, que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla a 22 de abril de 2014 —El Secretario Judicial (Firma ilegible )7W-5172

SEVILLA —JUZGADO NÚM 2

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 45/2014 Negociado: 7R N I G : 4109144S20110006804 De: Don Jorge Ruiz Maldonado Contra: Don José Manuel Cortés Mercado Doña M ª Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social numero dos de esta capital y su provincia Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 45/2014, a instancia de la parte actora don Jorge Ruiz

Maldonado, contra José Manuel Cortés Mercado, sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado auto de fecha 26/02/2014 del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

S.S.ª Ilma. dijo: Procédase a despachar ejecución frente a don José Manuel Cortés Mercado en cantidad suficiente a cubrir la suma de 1 019,19 euros en concepto de principal, más la de 203,84 euros calculados provisionalmente para intereses y costas sin per-juicio de posterior liquidación.

Una vez dictado por el Secretario Judicial el correspondiente Decreto, de conformidad con lo previsto en el art 551 3 L E C , notifíquese este auto a los ejecutados, junto con copia de la demanda ejecutiva y documentos con ella aportados, para que en cualquier momento pueda personarse en la ejecución, entendiéndose con él, en tal caso, las ulteriores actuaciones

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la presente resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá de-ducirse oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución (artículos 239 y concordantes de la LRJS)

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Ilmo. Sr. don Pablo Surroca Casas, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla Doy fe

El Magistrado-Juez La Secretaria Diligencia: Seguidamente se cumple lo mandado Doy fe Asimismo se ha dictado Decreto de fecha 26/02/2014, de tenor literal siguiente:Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada don

José Manuel Cortés Mercado, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 1.019,19 euros en concepto de principal, más la de 203,84 euros calculados provisionalmente para intereses y costas sin perjuicio de posterior liquidación.

Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado, de conformidad con lo establecido en el Convenio de Colaboración suscrito en 1998 por el Consejo General del Poder Judicial y los organismos públicos A E A T , I N S S , T G S S, Inem y Corpme, con el fin de obtener información contenida en los ficheros automatizados de acuerdo con lo dispuesto en el art. 250 de la L.R.J.S., y para satisfacción de la deuda objeto del procedimiento a cargo del deudor, recábese directamente por este Juzgado de la Base de datos de la Agencia Tributaria, Seguridad Social y D G T la información necesaria sobre el patrimonio del deudor y con su resultado se acordará

Requerir al ejecutado, a fin de que en el plazo de diez días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando me-nos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas

Page 9: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

Martes 3 de junio de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 9

Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otro producto bancario, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el ejecutado mantenga o pueda contratar con las entidades bancarias practicándose dicho embargo a través del enlace habilitado en el Punto Neutro Judicial, hasta cubrir el principal, intereses y costas

Se acuerda el embargo de las devoluciones que por IVA, rentas u otros conceptos en la A.E.A.T. que pudieran corresponder al ejecutado y que se realizará a través del correspondiente enlace de la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado.

Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que de-

berá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación. (Artículo 188 de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la entidad Banesto, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso «social-revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá realizarse en la cuenta de Banesto número, indicando en el concepto de la transferencia los 16 dígitos de la cuenta de expediente judicial antes relacionados Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos

La Secretario Judicial Y para que sirva de notificación al demandado don José Manuel Cortés Mercado actualmente en paradero desconocido, expido

el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 26 de febrero de 2014 —La Secretaria Judicial, M ª Fernanda Tuñón Lázaro 2W-2890

SEVILLA —JUZGADO NÚM 2

Doña M ª Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 781/2011, a instancia de la parte actora don Francisco

José Castillo Lucenilla y don Manuel Franco García, contra Mantenimiento Limpieza Seguridad Servicios Integrales, S L , sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 28 de octubre de 2013, del tenor literal siguiente:

En nombre de S M El Rey El Ilmo señor don Pablo Surroca Casas, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia,

ha pronunciado la siguiente: Sentencia número 496/2013 En Sevilla, a 28 de octubre de 2013, vistos en juicio oral y público los presentes autos, seguidos en este Juzgado bajo el número

781/2011, promovidos por don Francisco José Castillo Lucenilla y don Manuel Franco García, contra Mantenimiento Limpieza Segu-ridad Servicios Integrales, S L , sobre social ordinario

Fallo: Estimar la demanda interpuesta por don Manuel Franco García y don Francisco José Castillo Lucenilla, frente a la empre-sa Mantenimiento Limpieza Seguridad Servicios Integrales, S L y, en consecuencia, condenar a la misma a abonar a los trabajadores las cantidades siguientes:

Manuel Franco García: 503,94 € Francisco José Castillo Lucenilla: 503,94 €Las cantidades salariales se incrementarán con el 10% del interés moratorio en los términos fijados en el FD tercero.No procede hacer expreso pronunciamiento, por ahora, respecto del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabi-

lidad directa y/o subsidiaria en los casos en que fuera legalmente procedente.Notifíquese esta sentencia a las partes previniéndoles que contra la misma no cabe recurso de suplicación.Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Y para que sirva de notificación al demandado Mantenimiento Limpieza Seguridad Servicios Integrales, S.L., actualmente en

paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 4 de noviembre de 2013 —La Secretaria Judicial, M ª Fernanda Tuñón Lázaro 2W-15130

SEVILLA —JUZGADO NÚM 2

Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 808/2013, a instancia de la parte actora doña Ana María

Brenes Perea, contra RGF Suministros Cárnicos, S L , sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución de fecha 4 de septiem-bre de 2013 (decreto de admisión y señalamiento autos 808/13), 4 de septiembre de 2013 (decreto de admisión y señalamiento autos 886/13 y 22 de mayo de 2014 (auto de acumulación ambos) del tenor literal siguiente:

Decreto Secretaria Judicial señora doña María Fernanda Tuñón Lázaro En Sevilla a 4 de septiembre de 2013

Page 10: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

10 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 Martes 3 de junio de 2014

Antecedentes de hecho Primero —Doña Ana María Brenes Perea, presenta demanda contra RGF Suministros Cárnicos, S L Segundo.—Se ha requerido a doña Ana María Brenes Perea para que subsane los defectos advertidos en la demanda presentada,

en el plazo de 4 días Tercero —La parte demandante ha presentado escrito de subsanación de los defectos formales advertidos en la demanda el día

6 de agosto de 2013 Fundamentos de derecho Primero.—Subsanados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en los arts, 81,3 y 82,1 de la

L R J S procede su admisión a trámite y posterior señalamiento, por parte del Secretario Judicial —Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,Parte dispositiva Dispongo: —Admitir la demanda presentada —Señalar el próximo 1 de julio de 2014, a las 10 50 horas, para la celebración del acto de juicio en la Sala de Vistas de este

Juzgado, sito en Avda. de la Buhaira, 26, 5ª planta, Edificio Noga, Sala de Vistas 1º planta, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación y celebrar ante la Secretaria Judicial el mismo día, a las 10.40 horas, en la oficina este Juzgado sita en planta quinta del mencionado edificio.

—Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía

—Se tiene por hecha la manifestación de la parte actora de acudir al juicio asistida o representada por Letrado, lo que pone en conocimiento de la/s demandada/s a los efectos del art 21 3 de la LPL

—Dar cuenta a S S ª de los medios de prueba propuestos por la parte actora en su escrito de demanda (interrogatorio y docu-mental), a fin de que se pronuncie sobre los mismos.

—Dar cuenta a S S ª del señalamiento efectuado a los efectos del art 182 LEC Notifíquese la presente resolución a las partesModo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días

hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida

Decreto Secretaria Judicial señora doña María Fernanda Tuñón Lázaro En Sevilla a 4 de septiembre de 2013 Antecedentes de hecho Primero —Doña Ana María Brenes Perea, presenta demanda de despido frente a RGF Suministros Cárnicos, S L y Vidacarne

Servicios, S L Segundo —La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el número 886/2013 Fundamentos de derecho Primero.—Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el art. 82,1 de la LRJS

procede su admisión a trámite y su señalamiento por el/la Sr/a Secretario Judicial Vistos los preceptos legales citados y demás en general y pertinente aplicación,Parte dispositiva, dispongo:— Admitir la demanda presentada —Señalar el próximo 1 de julio de 2013, a las 10 50 horas, para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este

Juzgado sito en Avda. de la Buhaira, 26. 5ª planta, Edificio Noga, Sala de Vistas 1º planta, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación y celebrar ante el Secretaria Judicial el mismo día, a las 10:40 (10 minutos antes), en la oficina este juzgado sita en planta quinta del mencionado edificio.

—Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía

—Citar al Fogasa —Se tiene por hecha la manifestación de la parte actora de acudir al juicio asistida de Letrado lo que pone en conocimiento de

la/s demandada/s a los efectos del art 21 3 de la LPL —Dar cuenta a S S ª de los medios de prueba propuestos por la parte actora en su escrito de demanda (interrogatorio y docu-

mental) a fin de que se pronuncie sobre los mismos.—Dar cuenta a S S ª de la petición de acumulación interesada —Dar cuenta a S S ª del señalamiento efectuado a los efectos del art 182 LEC Notifíquese la presente resolución a las partesModo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días

hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida

Page 11: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

Martes 3 de junio de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 11

Auto Magistrado-Juez Ilmo señor don Pablo Surroca Casas En Sevilla a 22 de mayo de 2014 Antecedentes de hecho Primero —En este Juzgado tuvo entrada el día 16 de julio de 2013 el procedimiento despidos/ceses en general 808/2013 siendo

partes doña Ana María Brenes Perea, y RGF Suministros Cárnicos, S L Segundo —En el Juzgado este mismo Juzgado se tramita el procedimiento 886/13s contra el/los mismo/s demandado/s Fundamentos de derecho Único.—El art. 29 de la LPL permite acordar de oficio o a instancia de parte la acumulación de los autos, si en un mismo Juz-

gado o Tribunal se tramitan varias demandas frente a un mismo demandado, aunque los actores sean distintos, siempre y cuando se ejerciten idénticas acciones, lo que así ocurre en el presente caso.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,Parte dispositiva, dispongo:—Acumular a este procedimiento despidos/ceses en general 808/2013 el/los procedimiento/s que se tramita/n en el/los Juzga-

do/s este mismo Juzgado, con el/los número/s 886/13 Modo de impugnación Contra todos los autos y providencias del Tribunal podrá interponerse ante el mismo, recurso de reposi-

ción, que en ningún caso tendrá efectos suspensivos, en el plazo de tres días con expresión de la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (arts. 184 y 185 de la LPL), haciendo saber al recurrente que si no tuviera la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de Seguridad Social precisará la consignación de un depósito de 25 euros en El recurrente en el depó-sito que efectúe deberá especificar el tipo de recurso que interpone y frente a qué resolución añadiendo en el campo de observaciones la fecha de la resolución impugnada con el formato dd/mm/aaaa Están exentos de realizar este depósito, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de todos ellos

Y para que sirva de notificación a RGF Suministros Cárnicos, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 26 de mayo de 2014 —La Secretaria Judicial, María Fernanda Tuñón Lázaro 258-6411

SEVILLA —JUZGADO NÚM 2

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 213/2013 Negociado: 7R NIG: 4109144S20120009542 De: Doña Almudena Rodríguez Martínez Contra: «Artimagen Producciones», S.L., y «Ficción Audiovisual», S.L.

Doña M ª Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 213/2013, a instancia de la parte actora, doña Almudena

Rodríguez Martínez, contra «Artimagen Producciones», S.L., y «Ficción Audiovisual», S.L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado decreto n º 59/14, de 19 de marzo de 2014, del tenor literal siguiente:

Parte dispositivaAcuerdo:Declarar a las ejecutadas, «Artimagen Producciones», S.L., y «Ficción Audiovisual», S.L., en situación de insolvencia por

importe de 39 049,41 euros, en concepto de principal, más la cantidad de 7 816,41 euros presupuestados para costas, gastos e intereses provisionales, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (art 188 de la Ley 36/2011 LRJS)

Y para que sirva de notificación a las demandadas, «Artimagen Producciones», S.L., y «Ficción Audiovisual», S.L., actualmen-te en paradero desconocido, expido el presente, para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 19 de marzo de 2014 —La Secretaria Judicial, M ª Fernanda Tuñón Lázaro 7W-3844

SEVILLA —JUZGADO NÚM 3

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número tres de esta capital y su provincia Hace saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento n.º 558/11, a instancia de don Miguel Fierro Amuedo, contra «Inge-

con División Promoción», S.L., y FGS, en la que con fecha 1-4-2014 se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva extractada contiene los siguientes extremos, advirtiéndole a la ejecutada que los originales se encuentran a su disposición en el Juzgado, todo ello de con-formidad con la Circular 6/12 de la Secretaría de Estado de la Administración de Justicia:

Fallo:1. Estimo la demanda presentada por don Miguel Fierro Amuedo contra «Ingecon División Promoción», S.L., en reclamación

de cantidad

Page 12: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

12 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 Martes 3 de junio de 2014

2. Condeno a la demandada, «Ingecon División Promoción», S.L., a que pague al demandante, don Miguel Fierro Amuedo, la cantidad total de tres mil ochocientos cuarenta euros (3 840,00 €) por los conceptos y períodos ya señalados

3. Condeno también a la demandada, «Ingecon División Promoción», S.L., a que pague al demandante, don Miguel Fierro Amuedo: a) respecto de los conceptos salariales, los intereses de la cantidad adeudada al tipo del 10% anual desde el momento en que las cantidades debieron de ser abonadas hasta la notificación de la sentencia a la parte condenada; b) respecto de los conceptos extra-salariales, el interés legal del dinero desde la fecha en que se efectuó la primera reclamación hasta la notificación de la sentencia a la parte condenada, y c) el interés procesal conforme al art. 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, desde la fecha de notificación de la sentencia a la parte condenada hasta el total pago (art 576 LEC)

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra esta sentencia cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del T S J A (Sevilla), cuyo anuncio podrá efectuarse mediante manifestación de la parte o de su Abogado, Graduado Social colegiado o de su representante en el momento de hacerle la notificación, por comparecencia ante este Juzgado o por escrito de la parte o de su Abogado, Graduado Social colegiado o de su representante, todo ello en el plazo improrrogable de cinco días, a contar desde el siguien-te a la notificación de esta sentencia.

Si recurre la empresa condenada, deberá acreditar, al anunciar el recurso de suplicación, la consignación del importe de la condena en la c/c n º 4022-0000-65, con expresión del n º de autos, a efectuar en la entidad Banco Santander, sucursal sita en calle José Recuerda Rubio, de Sevilla, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito, así como deberá efectuar el ingreso del depósito especial de 300,00 euros en la misma cuenta y sucursal; todo ello con apercibimiento de que, caso de no efectuarlos, se declarará la inadmisión del recurso

A todo escrito de interposición del recurso se deberá acompañar el justificante de autoliquidación de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional (Ley 10/2012, de 20 de noviembre), salvo que la parte que recurra esté exenta de ello. En caso de que, estando obligada la parte al pago de la tasa, no se acompañase dicho justificante, el Secretario Judicial requerirá a la parte para que lo aporte, no dando curso al escrito de interposición del recurso hasta que tal omisión fuese subsanada; y que la falta de presentación del justificante de autoliquidación no impedirá la aplicación de los plazos establecidos en la legislación procesal, de manera que la ausencia de subsa-nación de tal deficiencia, tras el requerimiento del Secretario Judicial, dará lugar a la preclusión del acto procesal y a la consiguiente continuación o finalización del procedimiento, según proceda.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.Y para que sirva de notificación en forma a «Ingecon División Promoción», S.L., cuyo actual domicilio o paradero se descono-

cen, libro el presente edicto, que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, conforme a la instrucción n.º 6/2012, de la Secretaria General de la Administración de Justicia en relación con la Ley de Protección de Datos, con la la prevención de que las citadas resoluciones se encuentran a su disposición en el Juzgado para que sean consultadas, así como la advertencia de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla a 1 de abril de 2014 —El Secretario Judicial (Firma ilegible )7W-4215

SEVILLA —JUZGADO NÚM 4

Procedimiento: Despido objetivo individual 1071/2012 Negociado: RF Sobre: Despido N I G : 4109144S20120011786 De: Don José Martín Moreno Contra: Doña María de la Paz Moreno Toledo, don José López Sicilia, doña Consolación López Moreno, doña María Luisa López Moreno, don José Antonio López Moreno, don Miguel López Moreno, ML Repuestos e Instalaciones, S L , Zootecnia Andaluza, S.L., Agropecuarias Consolación, S.L, Fabricados Pecuarios, S.A., Fabricación de Maquinaria para Piensos, Indus-trias M L , S A y Nordea Group, S L Doña Manuela Díaz Guerra, Secretaria Judicial sustituta de refuerzo del Juzgado de lo Social número cuatro de esta capital y

su provincia Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1071/2012, a instancia de don José Martín Moreno,

contra doña María de la Paz Moreno Toledo, don José López Sicilia, doña Consolación López Moreno, doña María Luisa López Mo-reno, don José Antonio López Moreno, don Miguel López Moreno, ML Repuestos e Instalaciones, S L , Zootecnia Andaluza, S L , Agropecuarias Consolación, S.L, Fabricados Pecuarios, S.A., Fabricación de Maquinaria para Piensos, Industrias M.L., S.A y Nordea Group, S L se ha dictado sentencia de fecha 26/02/2014

Se pone en conocimiento de doña María de la Paz Moreno Toledo, don José López Sicilia, don José Antonio López Moreno, don Miguel López Moreno, ML Repuestos e Instalaciones, S L, Zootecnia Andaluza, S L, Agropecuarias Consolación, S L, Fabricados Pecuarios, S.A., Fabricación de Maquinaria Para Piensos, Industrias M.L., S.A. y Nordea Group, S.L, que tienen a su disposición en la Secretaría de esta Adscripción Territorial de Refuerzo copia de la sentencia y se le hace saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación, debiendo ser anunciado ante este Juzgado de lo Social en la forma establecida por la Ley.

Y para que sirva de notificación y citación a doña María de la Paz Moreno Toledo, don José López Sicilia, don José Antonio López Moreno, don Miguel López Moreno, ML Repuestos e Instalaciones, S L, Zootecnia Andaluza, S L, Agropecuarias Consolación, S.L, Fabricados Pecuarios, S.A., Fabricación de Maquinaria Para Piensos, Industrias M.L., S.A. y Nordea Group, S.L, se expide el presente edicto para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla y para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado

Dado en Sevilla a 7 de marzo de 2014 —La Secretaria Judicial sustituta de refuerzo, Manuela Díaz Guerra 2W-3106

Page 13: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

Martes 3 de junio de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 13

SEVILLA —JUZGADO NÚM 6

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 105/2014 Negociado: A NIG: 4109144S20130010047 De: Don Álvaro Fernández Morante, don Manuel Vallejo Naranjo y don Gustavo Mejías Naranjo Contra: Don Gregorio Sánchez Galiano, «Aljacer», S.A., y Fogasa.

Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y su provincia Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 105/2014, a instancia de la parte actora, don Álvaro Fer-

nández Morante, don Manuel Vallejo Naranjo y don Gustavo Mejías Naranjo, contra don Gregorio Sánchez Galiano, «Aljacer», S.A., y Fogasa, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado decreto de embargo de fecha 11 de abril de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositivaAcuerdo:El embargo de las cantidades a favor de la ejecutada, «Aljacer», S.A., en concepto de devolución de Hacienda, así como por

las que resulte acreedora frente a «José Queraltó Rosal», S.A.; «Medina Torres», S.L.; «Hotel Flamero», S.L.; «Servicios y Suminis-tros Santa Lucía», S.L.; «Construcciones Montegal», S.L.; «Mecanicen Juanycar», S.L.; «Jerónimo Siles e Hijos», S.L.; «Hermefran Decon», S.L.; «Almacenes y Servicios Efejotace», S.L.; «Covicer», S.C., y «Materiales de Const. J.J.J. e Hijos», S.L., por cualquier concepto, en cuantía suficiente a cubrir las cantidades adeudadas en las actuaciones, ascendentes a 21.158,1 euros de principal, más otros 4 231,62 euros presupuestados para intereses y costas

Para la efectividad del embargo acordado sobre las cantidades pendientes de pago a la parte ejecutada, líbrense oficios a las distintas empresas y entidades

Asimismo, se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el demandado mantenga o pueda contratar con las entidades bancarias correspondientes.

Respecto de las cantidades que puedan resultar de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a las entidades banca-rias de las que sea titular la parte ejecutada, procédase a ordenar telemáticamente el embargo acordado en la base de datos que tienen instalada en este Juzgado

Dado que la notificación a la ejecutada de la presente resolución puede poner en peligro la efectividad de lo acordado, de con-formidad con lo establecido en el art 54 3 de la vigente LRJS, reténgase la misma hasta nueva orden

Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones, debiendo indicar en el campo concepto la indicación recurso, seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social-Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos

Y para que sirva de notificación a la demandada, «Aljacer», S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente, para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 11 de abril de 2014 —La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio 7W-4998

SEVILLA —JUZGADO NÚM 6

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 229/2013 Negociado: M N I G : 4109144S20120014420 De: Doña Lidia Vega Lozano Contra: Doña Ana Ruiz Pérez, don Eduardo Medina Castejón, Precocinados La Cazuela, S L y Fogasa Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y su provincia Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 229/2013, a instancia de la parte actora doña Lidia Vega

Lozano, contra Ana Ruiz Pérez, Eduardo Medina Castejón, Precocinados La Cazuela, S L y Fogasa sobre Ejecución de títulos judicia-les se ha dictado resolución de fecha 18/02/14 del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo:El embargo de las cantidades a favor de las ejecutadas, Ana Ruiz Pérez y Precocinados La Cazuela, S L , en concepto de devo-

lución de Hacienda., así como sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el demandado mantenga o pueda contratar con la/s entidad/es bancarias correspondientes

Asimismo, se acuerda el embargo del sueldo y demás emolumentos, que pueda percibir Ana Ruiz Pérez, por parte de la em-presa J. Antonio Domínguez Romero, por cualquier concepto, en cuantía suficiente a cubrir las cantidades adeudadas en las presentes actuaciones

Page 14: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

14 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 Martes 3 de junio de 2014

Para la efectividad del embargo acordado, ofíciese a la referida empresa interesando que proceda a la retención y puesta a disposición de este Juzgado en las presentes actuaciones, mensualmente, de la parte proporcional que legalmente corresponda según lo establecido en el art 607 de la L E C de dicho sueldo hasta cubrir el aludido importe

Respecto de las cantidades que puedan resultar de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a las entidades banca-rias de las que sea titular la parte ejecutada, procédase a ordenar telemáticamente el embargo acordado en la base de datos que tienen instaladas en este Juzgado

Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación. (Art. 186 y 187 de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de consignaciones del, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 social- revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 social- revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos

La Secretaria Judicial Y para que sirva de notificación al demandado Precocinados La Cazuela, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el

presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 18 de febrero de 2014 —La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio 2W-2321

SEVILLA —JUZGADO NÚM 6

Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 6 de Sevilla Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 337/2013, a instancia de la parte actora don José Igna-

cio Bidón y Vigil de Quiñones contra Manufactura Española del Corcho (SAMEC) sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 27/02/14, del tenor literal siguiente:

DecretoSecretaria Judicial doña María de los Ángeles Peche RubioEn Sevilla a 27 de febrero de 2014 Antecedentes de hechoÚnico - El ejecutante don Ignacio Bidón y Vigil de Quiñones ha interesado la mejora de embargo sobre los bienes de la parte

ejecutada reseñados en el escrito que antecede, los cuales por su extensión, se dan por reproducidos, sobre los embargos adoptado en este procedimiento de Ejecución 337/13

Fundamentos de derechoPrimero.- El artículo 612.1 de la LEC establece que cuando un cambio de las circunstancias permita dudar de la suficiencia de

bienes embargados en relación con la exacción de la responsabilidad del ejecutado, el ejecutante podrá solicitar la mejora de embargo Segundo.- En el presente caso, una vez examinadas las actuaciones, se aprecia la insuficiencia alegada por el ejecutante, por lo

que es procedente decretar la ampliación de los embargos sobre los bienes de la parte ejecutada.Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,Parte dispositivaAcuerdo: Declarar embargados por vía de mejora de embargo los bienes siguientes:- Anotación de embargo de finca núm. 3.080 inscrita a favor de la ejecutada SAMEC SA en el Registro de la Propiedad núm.

2 de Sevilla, tomo 512, libro 65, folio 50 - El embargo de las cantidades a favor de la ejecutada, en concepto de devolución de Hacienda, así como el embargo de las

cantidades a favor de la ejecutada sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el demandado mantenga o pueda contratar con las entidades bancarias correspondientes, procediéndose a ordenar telemáticamente el embargo acordado sobre devoluciones de la AEAT y entidades bancarias, en la base de datos que tiene instaladas este Juzgado, así como sobre Aval Bancario ante Deutsche Bank con núm 205011353

- Sobrante en Ejecución 1.108/06 seguida ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 15 de Sevilla en cuantía suficiente a cubrir la cantidad de 3 738,24 euros de principal, más 1 121,47 euros presupuestados, provisionalmente, para intereses y costas

Para efectividad de lo acordado líbrese Mandamiento al Registro de la Propiedad núm. 2 de Sevilla así como oficio a la Banca Nazionale del Lavoro SPA para que certifique sobre la subsistencia de la hipoteca que consta de la finca embargada, dése traslado al punto neutro judicial para la orden de embargo telemática de la AEAT así como de las entidades bancarias y/o de crédito, y Oficio al Juzgado de Primera Instancia núm 15 para anotación de embargo de sobrante en la Ejecución 1108/06

Notifíquese la presente resolución a las partes por correo con acuse a la ejecutante y a través de edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla para la notificación de la parte ejecutada.

Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación. (art. 188 y 189de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones del Juzgado, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión” Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión” Si efectuare diversos

Page 15: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

Martes 3 de junio de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 15

pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos

La Secretaria JudicialY para que sirva de notificación al demandado Manufactura Española del Corcho (SAMEC) actualmente en paradero descono-

cido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificacio-nes se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 27 de febrero de 2014 —La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio 253W-2850

SEVILLA —JUZGADO NÚM 6

Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 6 de Sevilla Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 18/2012, a instancia de la parte actora Fundación Laboral

de la Construcción contra Ceracam 2005 Construcciones, S L U , sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Diligencia de Orde-nación 11/11/11, Auto y Decreto 25/01/12, y Decreto 18/10/12, cuyas respectivas partes dispositivas resultan del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación de la Secretaria Sra doña María de los Ángeles Peche RubioEn Sevilla a 11 de noviembre de 2011 Habiendo transcurrido el plazo concedido a las partes para anunciar recurso de Suplicación contra la sentencia dictada en las

presentes actuaciones, se declara la firmeza de la misma, procediéndose al archivo de las actuaciones.Notifíquese la presente resolución a las partes, significándoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, en

el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin cuyo requisito no será admitido.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.Diligencia - Seguidamente se cumple lo mandado Doy fe Parte dispositivaS.S.ª Dispone: Despachar ejecución frente a Ceracam 2005 Construcciones, S.L.U., en cantidad suficiente a cubrir la suma de

234,60 euros en concepto de principal, más la de 46,92 euros calculados para intereses, costas procesales Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe recurso de reposición ante

este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos re-quisitos no se admitirá el recurso, en el que se podrá deducir la oposición a la ejecución conforme lo dispuesto en el art. 239.4 de la LRJS.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma la Ilma. Sra. doña María de los Reyes de Flores Canales, Magistrada del Juzgado de lo Social número 6 de Sevilla Doy fe

La Magistrada La SecretariaDiligencia - Seguidamente se cumple lo mandado Doy feParte dispositivaAcuerdo: Requerir a la ejecutada Ceracam 2005 Construcciones, S.L.U. para que presente relación de bienes y derechos de su propiedad

suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución con expresión de cargas y gravámenes, en su caso; así como, si se trata de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué títulos; todo ello en el plazo de 10 días hábiles, bajo apercibimiento de multas coercitivas periódicas al ejecutado que no respondiere debidamente al requerimiento y sanción por desobediencia grave en caso de no presentar relación, incluir bienes que no sean suyos, excluir bienes propios susceptibles de embargo o no desvelar las cargas y gravámenes que pesen sobre ellos. Se requiere al ejecutante para que manifieste los bienes del ejecutado susceptibles de embargo de los que tuviere conocimiento, si a su derecho conviniere, en el plazo de 10 días hábiles

Consúltese la base de datos de la aplicación informática instalada en este Juzgado del INE, Registro Mercantil, Catastro, Re-gistro Índices, TGSS, INEM Y DGT, en su caso, a fin de recabar información sobre los bienes que aparezcan como de titularidad de la ejecutada o localización de la misma

Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: Mediante recurso de revisión a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días há-

biles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida

La Secretaria JudicialParte dispositivaAcuerdo:Declarar al ejecutado Ceracam 2005 Construcciones, S L U en situación de insolvencia con carácter provisional por importe

de 234,60 euros, de principal más 46,92 euros presupuestadas para intereses legales y costas del procedimiento Remítase edicto para su publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Archivar las actuaciones previa anotación en los Libros de Registro correspondientes de este Juzgado, y sin perjuicio de conti-

nuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienes del ejecutado sobre los que trabar embargo. Notifíquese la presente resolución a las partes

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la re-solución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma

Page 16: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

16 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 Martes 3 de junio de 2014

a juicio del recurrente, art. 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el núm de cuenta de este Juzgado núm 4025 0000 00 0444 11 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión” Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obede-cen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos

La Secretaria JudicialY para que sirva de notificación al demandado Ceracam 2005 Construcciones, S.L.U., actualmente en paradero desconocido,

expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 18 de febrero de 2014 —La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio 253W-2318

SEVILLA —JUZGADO NÚM 6

NIG: 4109144S20130000044 Procedimiento: 9/2013 Negociado: RF De: Don Miguel Ángel López Morgado, don Juan Osuna Romero y don Antonio Piñero Araujo Contra: Don Salvador Benítez López, Administrador único don Salvador Benítez López de las entidades «Belosa

2000», S.L., y «Sajonia», S.L.; «Belosa 2000», S.L.; «Sajonia», S.L., y Fogasa.

La Secretaria Judicial sustituta de refuerzo del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y su provincia Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 9/13 a instancia de la parte actora, don Miguel Ángel

López Morgado, don Juan Osuna Romero y don Antonio Piñero Araujo, contra don Salvador Benítez López, Administrador único don Salvador Benítez López de las entidades «Belosa 2000», S.L., y «Sajonia», S.L.; «Belosa 2000», S.L.; «Sajonia», S.L., y Fogasa, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado auto de aclaración de sentencia de fecha 11-02-2014

Se pone en conocimiento de «Belosa 2000», S.L., y «Sajonia», S.L., que tienen a su disposición, en la Secretaría de esta Ads-cripción Territorial de Refuerzo, copia del auto de aclaración

Y para que sirva de notificación a «Belosa 2000», S.L., y «Sajonia», S.L., se expide el presente edicto, para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla y para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Sevilla a 19 de febrero de 2014 —La Secretaria Judicial sustituta de refuerzo (Firma ilegible )7W-2486

SEVILLA —JUZGADO NÚM 6

Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 6 de Sevilla Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 748/2013, a instancia de la parte actora don José Antonio

Romero Vázquez contra Antonio López Aparcero, Solex Captadores Solares, S.A., División Solar, S.A. y Fogasa sobre social ordinario se ha dictado Auto de fecha 9/04/14, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositivaSe tiene por decaída a la parte recurrente de su derecho al haber formalizado el recurso anunciado fuera de plazo y en con-

secuencia, se declara firme la sentencia dictada en las presentes actuaciones, y una vez notificada la presente resolución procédase al archivo de las mismas

Notifíquese a las partes la presente resolución, a las que se les advierte que contra la misma cabe recurso de queja, que se in-terpondrá ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de diez días desde la notificación de la resolución que deniega la tramitación de un recurso, acompañando copia de la resolución recurrida.

Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 30 euros, debiendo ingresar-lo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto núm. 4025.0000.00.0748.13, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo “Concepto” que se trata de un recurso seguido del código “32” y “Social-Queja”, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, de-biendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. …indique núm. de Juzgado…. de ….indique ciudad…, y en “Observaciones” se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código “32” y “Social-Queja”

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma la Ilma. Sra. doña Lorena Cañete Rodríguez-Sedano, Magistrada-Juez Titular del Juzgado de lo Social número 6 de Sevilla Doy fe

La Magistrada-Juez Titular La SecretariaY para que sirva de notificación al demandado División Solar, S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente

para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 9 de abril de 2014 —La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio 253W-4728

Page 17: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

Martes 3 de junio de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 17

SEVILLA —JUZGADO NÚM 6

Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 6 de Sevilla Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 799/2012, a instancia de la parte actora Fundación La-

boral de la Construcción contra Proinsur 2006, S L , sobre social ordinario se ha dictado resolución de fecha 24/09/13, del tenor literal siguiente:

Fallo: Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Fundación Laboral de la Construcción, contra Prinsur, S L , en cuya virtud, debo condenar y condeno a la empresa a abonar al actor la cantidad de 360,35 euros

Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma, no cabe recurso de suplicación

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado Proinsur 2006, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente

para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 31 de marzo de 2014 —La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio 253W-4246

SEVILLA —JUZGADO NÚM 6

Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 6 de Sevilla Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 183/2013, a instancia de la parte actora don Pedro Vidal

de Torres Morales, Miguel Fuentes Zayas, Florián Sevillano Castro, Antonio Jesús Martín Corona, Rubén Azuar Pérez, Antonio Fer-nández Rodríguez, José Jiménez Ponce y Francisco Antonio Muñoz Gómez contra Salvador Martín Lora, Extrayobras, S L , Capret, S L , Extrayma, S L y Áridos Sevillanos, S L , sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado resoluciones de fecha 27/03/14, del tenor literal siguiente:

Parte dispositivaAcuerdo:Estimar la solicitud de aclarar la parte dispositiva del decreto dictado en este procedimiento con fecha 2/09/13, en el sentido

que se indica a continuación:Donde dice:“Declarar a los ejecutados Extrayobras, S L , Capret, S L , Extrayma, S L y Áridos Sevillanos, S L , en situación de insolvencia

con carácter provisional por importe de 152 828,3 euros de principal más 30 565,6 euros presupuestados para intereses legales y costas del procedimiento

Archivar las actuaciones previa anotación en los Libros de Registro correspondientes de este Juzgado, y sin perjuicio de conti-nuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienes del ejecutado sobre los que trabar embargo.

Debe decir:“Declarar a los ejecutados Extrayobras, S L , Capret, S L , Extrayma, S L y Áridos Sevillanos, S L , en situación de insolvencia

con carácter provisional por importe de 152 828,3 euros de principal más 30 565,6 euros presupuestados para intereses legales y costas del procedimiento, continuandose la presente ejecución contra el ejecutado Salvador Martín Lora

Dejandose sin efecto del referido decreto de 2/09/13, el parráfo relativo al archivo de las actuaciones Notifíquese la presente resolución.Contra este decreto no cabe interponer recurso alguno sin perjuicio del que pudiera interponerse frente a la resolución

completada La Secretaria JudicialParte dispositivaAcuerdo: Declarar al ejecutado Salvador Martín Lora en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 152 828,3 euros

de principal más 30 565,6 euros presupuestados para intereses legales y costas del procedimiento Archivar las actuaciones previa anotación en los Libros de Registro correspondientes de este Juzgado, y sin perjuicio de conti-

nuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienes del ejecutado sobre los que trabar embargo.Modo de impugnación.—Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien

dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el núm de cuenta de este Juzgado núm debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión” Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Re-visión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos

La Secretaria JudicialY para que sirva de notificación al demandado Salvador Martín Lora, Extrayobras, S.L., Capret, S.L., Extrayma, S.L. y Áridos

Sevillanos, S L , actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia

Page 18: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

18 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 Martes 3 de junio de 2014

de Sevilla, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos

En Sevilla a 27 de marzo de 2014 —La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio 253W-4360

SEVILLA —JUZGADO NÚM 6

Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 6 de Sevilla Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 154/2013, a instancia de la parte actora doña Ana María

Gómez Suárez contra Limpiezas Varmar, S L U , sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 19/03/14, del tenor literal siguiente:

Parte dispositivaAcuerdo:El embargo de las cantidades a favor de la ejecutada, Limpiezas Varmar, S L U , en concepto de devolución de Hacienda así

como sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligacio-nes, valores en general, o cualquier otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el demandado mantenga o pueda contratar con la/s entidad/es bancarias correspondientes

Para la efectividad del embargo acordado sobre las cantidades pendientes de pago a la parte ejecutada, líbrense oficios a las distintas empresas y entidades

Respecto de las cantidades que puedan resultar de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a las entidades banca-rias de las que sea titular la parte ejecutada, procédase a ordenar telemáticamente el embargo acordado en la base de datos que tienen instaladas en este Juzgado

Modo de impugnación.—Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación. (art. 186 y 187 de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones del, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión” Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión” Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos

La Secretaria Judicial Y para que sirva de notificación al demandado Limpiezas Varmar, S.L.U., actualmente en paradero desconocido, expido el

presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 19 de marzo de 2014 —La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio 253W-3638

SEVILLA —JUZGADO NÚM 6

Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 6 de Sevilla Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 754/2005, a instancia de la parte actora Marianao, S A ,

contra Ramón Gutiérrez Arana y Esther Gurruchaga Zubizarreta sobre Cantidad se han dictado 2 Diligencias de Ordenación de fecha 12/06/13 y Decreto 13/06/13, cuyas respectivas partes dispositivas resultan del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación de la Secretaria Sra doña María de los Ángeles Peche RubioEn Sevilla a 12 de junio de 2013Visto el contenido del anterior escrito presentado por la parte ejecutante marianao, S A , únase teniéndose por hechas las

manifestaciones y encontrándose los autos en estado de insolvencia provisional por haber resultado infructuosos todos los intentos de obtener bienes de los ejecutados, de conformidad con lo solicitado, consúltese nuevamente la base de datos de la aplicación informática instalada en este Juzgado del INE, Registro Mercantil, Catastro, TGSS, INEM Y DGT, en su caso, a fin de recabar información, si la hubiere, sobre nuevos bienes que aparezcan como de titularidad de las ejecutadas o localización de la misma.

Contra la presente resolución cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.Diligencia —Seguidamente se cumple lo mandado Doy fe Diligencia de ordenación de la Secretaria Sra doña María de los Ángeles Peche RubioEn Sevilla a 12 de junio de 2013 Visto el contenido de la anterior diligencia, y estando estos autos en trámite de ejecución de resolución judicial firme, previa

ponderación de los intereses públicos y privados afectados en el presente asunto y por haberse agotado los demás medios de cono-cimiento sobre la existencia de bienes y derechos del deudor, recábese de la base de datos Administración Tributaria información patrimonial del ejecutado/s (rentas de trabajo, ingresos y pagos, pagos al tesoro público, cuentas bancarias, impuestos sobres bienes inmuebles, autoliquidaciones: solicitudes de devolución, impuesto sobre actividades económicas, transmisiones de valores, planes de pensiones, sin son declarantes o no en Diputaciones Provinciales, fallecidos) mediante la aplicación informática instalada en este

Page 19: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

Martes 3 de junio de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 19

Juzgado, y todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 95 1, h) de la Ley General Tributaria, de colaboración con los jueces y tribunales para la ejecución de resoluciones judiciales firmes.

Dése nuevamente audiencia al Fogasa por un plazo de 15 días a los fines previstos en el artículo 276 de la vigente Ley Regu-ladora de la Jurisdicción Social

Contra la presente resolución cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.Diligencia —Seguidamente se cumple lo mandado Doy fe Parte dispositivaAcuerdo:El embargo de las cantidades a favor de la ejecutada, en concepto de devolución de Hacienda así como sobre cualquier canti-

dad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el demandado mantenga o pueda contratar con la/s entidad/es bancarias correspondientes

Respecto de las cantidades que puedan resultar de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a las entidades banca-rias de las que sea titular la parte ejecutada, procédase a ordenar telemáticamente el embargo acordado en la base de datos que tienen instaladas en este Juzgado

Dado que la notificación a la ejecutada de la presente resolución puede poner en peligro la efectividad de lo acordado, de con-formidad con lo establecido en el art 54 3 de la vigente LRJS, reténgase la misma hasta nueva orden

Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación. (art. 186 y 187 de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones del, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión” Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión” Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos

La Secretaria JudicialY para que sirvan de notificación a los ejecutados Ramón Gutiérrez Arana y Esther Gurruchaga Zubizarreta actualmente en

paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 3 de febrero de 2014 —La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio 253W-1750

SEVILLA —JUZGADO NÚM 6

N I G : 4109144S20120012356 Procedimiento: Número 1120/2012 Negociado: L Ejecución: 36/14 De: Don Juan Manuel Vergara RuizContra: Esabe Vigilancia, S A La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y su provincia Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue autos núm 1120/2012, sobre social ordinario, a instancia de Juan Manuel Vergara

Ruiz, contra Esabe Vigilancia, S.A., en la que con fecha se ha dictado Decreto de insolvencia de fecha 21/04/14, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo:Declarar al ejecutado Esabe Vigilancia, S A , en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 2008,56 euros

de principal más 401,71 euros presupuestadas para intereses legales y costas del procedimiento Archivar las actuaciones previa anotación en los Libros de Registro correspondientes de este Juzgado, y sin perjuicio de conti-

nuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienes del ejecutado sobre los que trabar embargo. Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la re-

solución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el número de cuenta de este Juzgado n º 4025 0000 00 1120 12 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 social- revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 social- revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obede-cen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos

El/La Secretario Judicial

Page 20: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

20 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 Martes 3 de junio de 2014

Y para que sirva de notificación en forma a Esabe Vigilancia, S.A ., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla a 21 de abril de 2014 —La Secretaria Judicial (Firma ilegible )2W-4996

SEVILLA —JUZGADO NÚM 6Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y su provincia Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 96/2014, a instancia de la parte actora don José Pablo

Romero Campón y Eduardo Escalante Martín contra Restauración La Canela, S L , sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto de fecha 31 de marzo de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva.S.S.ª dispone: Despachar ejecución frente a Restauración La Canela, S.L., en cantidad suficiente a cubrir la suma de 5.508,66

euros en concepto de principal (correspondiendo a José Pablo Romero Campón en concepto de indemnización 1 775,38 euros y en concepto de reclamación de cantidad 1 676,54 euros y a Eduardo Escalante Martín en concepto de indemnización 1 112,14 euros y en concepto de reclamación de cantidad 944,6 euros) más la de 1 101,73 euros calculados para intereses, costas y gastos

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso, en el que se podrá deducir la oposición a la ejecución conforme lo dispuesto en el art. 239.4 de la LRJS

Así por este Auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma. Sra. doña Lorena Cañete Rodríguez-Sedano, Magistrada-Juez Titular del Juzgado de lo Social número seis de Sevilla Doy fe —La Magistrada-Juez Titular —La Secretaria

Asimismo se ha dictado Decreto de fecha 31 de marzo de 2014 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:Parte dispositiva.Acuerdo: Requerir al ejecutado Restauración La Canela, S.L., para que presente relación de bienes y derechos de su propiedad suficientes

para cubrir la cuantía de la ejecución con expresión de cargas y gravámenes, en su caso; así como, si se trata de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué títulos; todo ello en el plazo de diez días hábiles, bajo apercibimiento de multas coercitivas periódicas al ejecutado que no respondiere debidamente al requerimiento y sanción por desobediencia grave en caso de no presentar relación, incluir bienes que no sean suyos, excluir bienes propios susceptibles de embargo o no desvelar las cargas y gravámenes que pesen sobre ellos. Se requiere al ejecutante para que manifieste los bienes del ejecutado susceptibles de embargo de los que tuviere conocimiento, si a su derecho conviniere, en el plazo de diez días hábiles

Consúltese la base de datos de la aplicación informática instalada en este Juzgado del INE, Registro Mercantil, Catastro, TGSS, INEM y DGT, en su caso, a fin de recabar información sobre los bienes que aparezcan como de titularidad de la ejecutada o localización de la misma

Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días

hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida —La Secretaria Judicial

Y para que sirva de notificación a la demandada Restauración La Canela, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 31 de marzo de 2014 —La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio

3W-4357

SEVILLA —JUZGADO NÚM 6

Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 6 de Sevilla Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 24/2014, a instancia de la parte actora doña Almudena

Pérez Muñoz contra Previsegur Servicio de Prevención, S L y Servicio de Prevención Alteris, S L , sobre Ejecución de títulos judicia-les se ha dictado resolución de fecha 8/01/13, del tenor literal siguiente:

Auto de extinción de la relación laboralDictado en Sevilla el día 21 04 14 por la Magistrada titular del Juzgado de lo Social núm 6 de Sevilla, en los autos núm 578/12HechosPrimero.—En los autos arriba referenciados se dictó sentencia en fecha de 7.06.2013 en la que estimando la demanda se decla-

raba improcedente el despido del demandante, condenándose a la demandada a que, a su elección, bien lo readmitiera en las mismas condiciones que disfrutaba con anterioridad al despido con abono de los salarios de tramitación en tal caso, bien le indemnizara en la suma que en la misma consta.

Segundo —La citada sentencia declaraba probado, para Almudena Pérez Muñoz, un salario diario de 39,68 euros; una antigüe-dad en la empresa demandada de 4 04 2006 y categoría profesional de técnico superior en prevención de riesgos laborales

Tercero.—La citada sentencia fue notificada a la demandada, en fecha de 10.09.13 no habiendo efectuado opción expresa en sentido alguno y habiendo sido declarada firme.

Page 21: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

Martes 3 de junio de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 21

Cuarto —Mediante escrito presentado la parte actora solicita la ejecución de la sentencia, conforme a lo establecido en los artículos 278 y ss de la L R J S Dictada orden general de ejecución por auto se acordó mediante diligencia de ordenación de la misma fecha citar a las partes de comparecencia ante este Juzgado para el día de hoy todo ello a fin de ser examinadas sobre el hecho de la no readmisión alegada, teniendo lugar la misma con asistencia de ambos litigantes y sin que lo hiciera el Fondo de Garantía Salarial, pese a estar debidamente citado, y efectuándose las alegaciones que se recogen en el acta registrada en soporte digital.

Quinto —La empresa demandada no ha readmitido al demandante Séptimo —El trabajador ejecutante no ha prestado servicios para otra empresa Octavo —El trabajador ha percibido la prestación por desempleo desde el 1 06 2012 hasta 30 11 2012, y desde el día 1 12 12

hasta el día 8 09 13, y desde el día 9 10 2013 Razonamientos jurídicosPrimero.—Respecto de la cuestión de fondo, al haber transcurrido el plazo de cinco días que, para la opción, se concedieron a

la parte demandada, sin que la haya efectuado, se entiende, conforme al artículo 56, apartados 2 y 3, del Estatuto de los Trabajadores que procede la readmisión y, resultando que ésta no se ha producido ni se han abonado los salarios de tramitación, procede declarar la extinción de la relación laboral, así como la condena de la parte demandada en los términos que en la parte dispositiva se establecerán. No procediendo la condena al pago de la indemnización adicional al no haberse acreditado daños y perjuicios

Tercero —De conformidad con lo establecido en el artículo 281 2 a, b y c, en relación con el 110, ambos de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y con el 56 del E.T. (en la redacción introducida por el R.D.L 3/12 y que resulta aplicable al presente pro-cedimiento en atención a la fecha de efectos del despido enjuiciado en las presentes actuaciones), por lo que se refiere al cálculo del importe indemnizatorio, se traduce en lo siguiente (prestación de servicios desde el 4 04 2006 hasta 21 04 2014, fecha de la presente resolución):

Indemnización total: 13 253,12 euros Cuarto.—Este auto condenará asimismo a la empresa al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la notifi-

cación de la sentencia hasta la fecha de esta resolución, sin perjuicio de los que procedan desde la fecha del despido hasta la de notifi-cación de sentencia y de los que se descontarán, en ambos supuestos, los salarios percibidos durante dichos períodos; descuento que, en el presente caso, no procede efectuar al no haberse acreditado la prestación de servicios retribuidos para terceros en dicho periodo

Desde el despido a la notificación de la sentencia corrieron 468 días, que a razón del salario regulador, 39,68 euros, suma un total de 18.570,24 euros de salarios de tramitación; y desde la notificación a la fecha de la extinción que por este auto se acuerda han transcurrido otros 223 días que suman un total de 8848,64 euros de salarios de substanciación.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación Parte dispositivaDeclaro extinguida en esta fecha la relación laboral que ligaba a Almudena Pérez Muñoz con la empresa Servicio de Prevención

Alteris, S.L., condenando a la empresa a que pague a la trabajadora como indemnización, la cantidad de 13.253,12 euros, y en concepto de salarios de tramitación la cantidad de 18 570,24 euros, y en concepto de salarios de substanciación la cantidad de 8 848,64 euros

Sin que proceda la condena de indemnización adicional, conforme a lo motivado en la presente resolución.Esta resolución no es firme, pues contra la misma cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual,

se llevará a efecto lo acordado El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Pongase esta resolución en conocimiento del SEPE , Servicio Público de Empleo Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.La Magistrada La SecretariaY para que sirva de notificación al demandado Servicio de Prevención Alteris, S.L., actualmente en paradero desconocido,

expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 21 de abril de 2014 —La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio 253W-5135

SEVILLA —JUZGADO NÚM 7

El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número siete de Sevilla Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm 1494/2012, sobre social ordinario, a instancia de don Fran-

cisco José Castañeda Crujera, contra Castellana de Seguridad, S.A, (CASESA), Fogasa y Esabe Vigilancia, S.A., en la que con fecha 15 de mayo de 2014 se ha dictado Decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente

Tener por desistido a don Francisco José Castañeda Crujera de su demanda frente a Castellana de Seguridad, S A (CASESA), continuando la acción frente a Esabe Vigilancia, S A y Fogasa

Notifíquese la presente resolución.Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que

deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188 y 189 de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de consignaciones del, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión” Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión” Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos

Page 22: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

22 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 Martes 3 de junio de 2014

Y para que sirva de notificación en forma a Esabe Vigilancia, S.A., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla a 15 de mayo de 2014 —La Secretaria Judicial (Firma ilegible ) 258-6127

SEVILLA —JUZGADO NÚM 7

Doña M ª Concepción Llorens Gómez de las Cortinas, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 7 de Sevilla Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número de Ejecución 171/2013, a instancias de la parte actora

don David Reina Peláez contra Lavisur Servicios Hoteleros, S L , sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado decreto de fecha 4 de marzo de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo: Declarar a la ejecutada Lavisur Servicios Hoteleros, S L , en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 8.985,26 euros de principal, más 1.727,05 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabrá interponer ante S.Sª, recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, en el plazo de los 3 días siguientes al de su notificación, debiendo citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido, no admitiéndose el recurso si no se cumplieran ambos requisitos.

Si no manifiestan alegación alguna se procederá al Archivo provisional de las actuaciones.Así por este Decreto, lo acuerda manda y firma la Sra. Secretaria del Juzgado de lo Social número 7 de Sevilla doña María

Concepción Llorens Gómez de las Cortinas Doy fe Y para que sirva de notificación al demandado Lavisur Servicios Hoteleros, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido

el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 4 de marzo de 2014 —La Secretaria Judicial, M ª Concepción Llorens Gómez de las Cortinas 253W-3327

SEVILLA —JUZGADO NÚM 7

Doña M ª Concepción Llorens Gómez de las Cortinas, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 7 de Sevilla Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número de Ejecución 234/2011, a instancias de la parte actora

don Emilio Luque Arévalo contra Esabe Transportes Blindados, S.A., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado decreto de fecha 4/03/14, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Dispongo: Aprobar la liquidación de intereses y costas practicadas en las presentes actuaciones por importe total de 250,06 euros

Hallándose ingresada la cantidad de 120 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, hágase entrega de la misma a la parte actora en concepto de intereses y parte de honorarios de la tasación de costas, librándose al efecto mandamiento de devolución a su favor

Requiérase a la ejecutada Esabe Transportes Blindados, S.A. para que de forma inmediata ingrese en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado la cantidad de 130,06 euros que resta en concepto de costas de la presente ejecución, bajo el apercibi-miento de que, en caso contrario, se continuará por la vía de apremio contra sus bienes hasta cubrir dicha suma.

Contra este decreto cabe interponer recurso directo de revisión en los términos del razonamiento jurídico segundo Así por este Decreto, lo acuerda manda y firma la Sra. Secretaria del Juzgado de lo Social número 7 de Sevilla doña María

Concepción Llorens Gómez de las Cortinas Doy fe Y para que sirva de notificación al demandado Esabe Transportes Blindados, S.A., actualmente en paradero desconocido, ex-

pido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 4 de marzo de 2014 —La Secretaria Judicial, M ª Concepción Llorens Gómez de las Cortinas 253W-3498

SEVILLA —JUZGADO NÚM 10

Procedimiento: Despidos/Ceses en general 73/2013 Negociado: R NIG: 4109144S20130000743 De: Don Baldomero Castillo Masegosa Contra: Don José de la Cuesta Noguero e «Industrias del Embalaje Inpa», S.L.

Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número diez de esta capital y su provincia Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 73/2013, a instancia de la parte actora, don Baldomero

Castillo Masegosa, contra don José de la Cuesta Noguero e «Industrias del Embalaje Inpa», S.L., sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución de fecha 3 de diciembre de 2013, del tenor literal siguiente:

Fallo: Con estimación de la demanda interpuesta por don Baldomero Castillo Masegosa, contra «Industrias del Embalaje Inpa», S.L., y don José de la Cuesta Noguero, declaro la improcedencia del despido operado por la mercantil demandada respecto del

Page 23: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

Martes 3 de junio de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 23

actor, condenando a la empresa a readmitir al trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, con abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia, o bien a abonarle una indemnización por importe de 62 622 euros, pudiéndose efectuar la opción por la empleadora, por escrito o por comparecencia ante la Secretaría del Juzgado, en el plazo de cinco días a partir de la notificación de la presente resolución, entendiéndose si no se ejercitase la misma en el plazo indicado, que la condenada se decanta por la readmisión; absolviéndose a don José de la Cuesta Noguero de toda responsabilidad

Contra dicha resolución, y de conformidad con el artículo 191 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, anunciándolo ante este Juz-gado en los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia.

Advirtiéndose a la empresa condenada que, si recurre, deberá acreditar al anunciar el recurso, mediante la presentación del oportuno resguardo, el ingreso, conforme establecen los arts. 229 y 230 de la L.R.J.S., de la cantidad a la que se le condena -indemni-zación del despido disciplinario calculada conforme a los parámetros de antigüedad y salario que se indican y salarios que, en su caso, se devenguen hasta la notificación de la sentencia- en la cuenta número 4029/0000/68/0073/13, abierta a nombre de este Juzgado en Banesto, sucursal calle José Recuerda Rubio n ° 4, de Sevilla, entidad 0030, sucursal 4325, pudiendo sustituirse dicha consignación por aval bancario suficiente que habrá de presentarse junto con el mencionado escrito de anuncio de recurso. Además, deberá la condenada depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta de consignación n º 4029/000/65/0073/13 de la misma entidad 0030 y sucursal 4325

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Y para que sirva de notificación al demandado, don José de la Cuesta Noguero, e «Industrias del Embalaje Inpa», S.L., actual-

mente en paradero desconocido, expido el presente, para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplaza-mientos

En Sevilla a 24 de marzo de 2014 —La Secretaria Judicial, Rosa María Rodríguez Rodríguez 7W-3827

SEVILLA —JUZGADO NÚM 11

Doña Cecilia Calvo de Mora Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número once de los de esta capital y su provincia

Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 608/2012 se ha acordado citar a Hispano Mejicana de Manufacturas, S.L., como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 3 de julio de 2014 a las 9.45 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso el mismo día a las 10.10 horas, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Avda. de la Buhaira, 26 - Edificio Noga Pl. 6 - Cód. Postal 41018 Sevilla, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada

Y para que sirva de citación a Hispano Mejicana de Manufacturas, S.L., se expide la presente cédula de citación para su publi-cación en el «Boletín Oficial» de la provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.

En Sevilla a 16 de diciembre de 2013 —La Secretaria Judicial, Cecilia Calvo de Mora Pérez 4W-17335

AYUNTAMIENTOS————

SEVILLA

La Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla, en sesión celebrada el día 7 de mayo de 2014, adoptó acuerdo cuya parte dispo-sitiva dice como sigue:

Primero: Aprobar la siguiente modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla:

— Amortización de los siguientes puestos de trabajo: � Un puesto de Auxiliar de Clínica (A865) adscrito al Negociado UPS Nervión, de la Sección de Promoción de la Salud

del Servicio de Salud de la Dirección General de Familia y Salud � Un puesto de Auxiliar de Clínica (A918) adscrito al Negociado UPS Triana-Los Remedios, de la Sección de Promo-

ción de la Salud del Servicio de Salud de la Dirección General de Familia y Salud � Un puesto de Auxiliar de Clínica (A926) adscrito al Negociado UPS Macarena, de la Sección de Promoción de la

Salud del Servicio de Salud de la Dirección General de Familia y Salud � Un puesto de Telefonista (A911) adscrito al Negociado de Emergencia Social de la Sección Servicios Sociales de la

Ciudad de la Dirección General de Zonas de Especial Actuación

— Creación de los siguientes puestos de trabajo: � Tres puestos de Auxiliar Administrativo adscritos al Servicio de Recursos Humanos de la Dirección General de Ha-

cienda y Recursos Humanos, C2-15

Page 24: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

24 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 Martes 3 de junio de 2014

� Un puesto de Auxiliar Administrativo adscrito al Negociado de Emergencia Social de la Sección Servicios Sociales de la Ciudad de la Dirección General de Zonas de Especial Actuación, C2-15

Lo que se hace público para general conocimiento.Sevilla a 13 de mayo de 2014 — La Jefa de Servicio de Recursos Humanos, Sofía Navarro Roda

7W-6004

SEVILLA

La Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla, en sesión celebrada el día 7 de mayo de 2014, adoptó acuerdo cuya parte dispo-sitiva dice como sigue:

Primero: Aprobar la siguiente modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla:

— Amortización de los siguientes puestos de trabajo: � Un puesto de Secretario/a Dirección Área (A1214) adscrito a la Sección Distrito Norte de los Distritos Municipales

de la Dirección General de Desconcentración Administrativa, C2-16 � Un puesto de Auxiliar Información Equipos Territoriales (0219106001) adscrito al Negociado de Equipos Territoria-

les de la Sección Servicios Sociales Polígono Sur de la Dirección General de Zonas de Especial Actuación, C2-16 � Un puesto de Auxiliar Información (0112802001) adscrito al Negociado Zona Bellavista-La Palmera de la Sección

Gestión de Centros Cívicos I del Servicio de Participación Ciudadana, C2 16 � Un puesto de Auxiliar Administrativo (0217002001) adscrito a la Sección de Servicios Sociales Este del Servicio de

Intervención de los Servicios Sociales, C2-15 � Un puesto de Auxiliar Administrativo (0710002001) adscrito al Servicio de Estudios y Planificación Ambiental de la

Dirección General de Medio Ambiente, C2-15 � Un puesto de Auxiliar Administrativo (1412103001) adscrito a la Unidad de Promoción Juvenil y Cultura del Servicio

de Juventud, C2-15 � Un puesto de Auxiliar Administrativo (A980) adscrito al Negociado de Justificaciones de la Sección de Administra-

ción del Servicio de Administración de Empleo, C2-15 � Un puesto de Auxiliar Administrativo (A888) adscrito a la Sección de Salud y Medio Ambiente del Servicio de Salud

de la Dirección General de Familia y Salud, C2-15 � Un puesto de Auxiliar Administrativo (6110023002) adscrito al Servicio de Gestión de Recursos Administrativos y

Recursos Humanos de la Unidad de Gestión del Instituto Municipal de Deportes, C2-15

— Creación de los siguientes puestos de trabajo: � Nueve puestos de Auxiliar Administrativo adscritos a la Delegación de Familia, Asuntos Sociales y Zonas de Especial

Actuación, C2-15 Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla a 13 de mayo de 2014 —La Jefa de Servicio de Recursos Humanos, Sofía Navarro Roda 7W-6000

SEVILLA

Gerencia de Urbanismo

La Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo, en sesión celebrada el 26 de febrero de 2014, se ha servido aprobar una propuesta del Sr. Gerente que literalmente dice así:

Esta Gerencia de Urbanismo tiene atribuida por sus Estatutos la competencia para la gestión del Registro de Solares y Edifica-ciones Ruinosas, correspondiéndole, en general, el control del cumplimiento de los distintos deberes urbanísticos que la Ley y, en su caso, el planeamiento establece

En el ejercicio de esta competencia, se ha incoado el correspondiente expediente administrativo al efecto de proceder a la inclusión en dicho Registro de la finca que se relaciona a continuación, en virtud de la declaración legal de ruina urbanística acordada por la Comisión Ejecutiva de fecha 4 de septiembre de 2013, en cumplimiento de lo previsto en el art 157 5 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), concediéndole el correspondiente plazo de audiencia previa de confor-midad con el art 84 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

Pues bien, una vez cursada notificación de la correspondiente resolución 5569, de fecha 25 de noviembre de 2013, en el do-micilio del titular registral, por doña Rosenda Tirado Díaz se ha presentado escrito de alegaciones en fecha 19 de diciembre de 2013, registro de entrada en esta Gerencia 20 de diciembre de 2013, si bien el mismo procede ser desestimado de conformidad con el informe de fecha 8 de enero de 2014, emitido por la Sección Jurídica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos

De esta manera, la inclusión en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas que se propone, cumple la función principal de contribuir a la consecución de la necesaria publicidad del régimen urbanístico de los inmuebles; publicidad que es conse-cuencia no ya sólo de la inclusión en el mencionado Registro, sino también del acceso que al Registro de la Propiedad tiene esta reso-lución mediante la práctica de la anotación marginal sobre la finca registral de la que se trate, conforme al art. 87 del RD 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística

La inclusión de la finca sita en la calle Bajeles núm. 30 en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas se propo-ne en virtud del mencionado artículo 157 5 de la LOUA, y de conformidad con el informe de fecha 8 de enero de 2014, de la Sección

Page 25: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

Martes 3 de junio de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 25

Jurídica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos, habilitándole el plazo de un año para cumplir con el deber de rehabilitar a contar desde la declaración de ruina del inmueble (art 3 3 19 E), sin perjuicio de obtener para ello la preceptiva licencia municipal El mero transcurso del mencionado plazo conllevará la colocación de la citada finca en situación de venta forzosa para su ejecución por sustitución En este sentido, de conformidad con el artículo 3 3 de la Ordenanza Reguladora del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, el deber de edificar no se entiende cumplido con la mera solicitud de la licencia de edificación, sin perjuicio de que el cómputo de dicho plazo máximo quede interrumpido hasta tanto se resuelva la solicitud de licencia.

Por todo ello, el firmante viene en proponer los siguientesAcuerdos:Primero —Desestimar las alegaciones presentadas en fecha 19 de diciembre de 2013 por doña Rosenda Tirado Díaz e incluir

en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas la finca que seguidamente se relaciona, de conformidad con lo dispuesto en el art 157 5 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), y con el informe de fecha 8 de enero de 2014 emitido por la Sección Jurídica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos, del cual se dará traslado, advirtiendo a sus titulares de la existencia de un plazo máximo de un año, desde la declaración de ruina del presente inmueble, esto es, desde el 4 de septiembre de 2013, para que ejecuten las obras de rehabilitación pertinentes.

El mero transcurso del plazo mencionado conllevará, de conformidad con lo dispuesto en dicho art 157 5 de la LOUA, la co-locación de la citada finca en situación de venta forzosa para su ejecución por sustitución, habiéndose de iniciar de oficio o a instancia de parte el correspondiente concurso público

Expte 43/13 R M S Situación: Calle Bajeles núm 30 Referencia catastral: 4330423TG3443A0001RTDescripción: Urbana: Casa situada en la calle Bajeles designada con el número treinta de gobierno, que antes tubo el veinti-

cuatro, sin que conste su área que linda por la derecha entrando con solar sito en la misma calle que correspondió a la casa número veintiocho, por la izquierda con la casa número treinta y dos de calle Bajeles propia de don Vicente Sainz Matute, y por el fondo con la casa número trece y quince de la calle Dársena propia de don Antonio Manzanares González.

Datos del Registro de la Propiedad: Finca núm 3239, Registro de la Propiedad número 10, tomo 206, libro 89, folio 201 Cargas:- Gravada con un censo reservativo de 12,64 euros de capital y 0,38 euros de réditos anuales a favor de la Capellanía funda-

da por Gaspar Solís en la Iglesia de San Antonio Abad de Sevilla que se menciona en la inscripción 1ª.Titularidad registral: - José Márquez Herrera, 100% del pleno dominio con carácter privativo, por título de expediente de dominio por auto dic-

tado por el Juzgado de Distrito Número Once de Sevilla el día 2 de septiembre de 1983 Clasificación y Calificación Urbanísticas: Urbano Consolidado. Centro Histórico (CH). Sector Conjunto Histórico 9.1 “Los

Humeros”. Planeamiento de desarrollo incorporado: Plan Especial de Protección Sector 9.1 “Los Humeros”, aprobado definitivamente el 9 de septiembre de 1999 Catalogación: “E” Protección Ambiental

Plazo máximo de cumplimiento del deber de edificar: Un año, a contar desde la declaración del estado de ruina (art. 3.3.19. E del vigente Plan General), esto es, hasta el 4 de septiembre de 2014

Segundo.—Anotar en el Libro del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas el citado plazo.Tercero.—Notificar los presentes acuerdos de conformidad con los arts. 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-

men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, publicar de conformidad con el art 15b del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares y expedir certificación de los mismos para su remisión al Registro de la Propiedad, a los efectos de que se practique la anotación registral procedente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 87 y ss del Decreto 1093/1997, de 4 de julio

Cuarto.—Facultar ampliamente al Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Parques y Jardines y al Gerente que suscriben, para la ejecución de los anteriores acuerdos, indistintamente y con carácter solidario, en el ámbito de sus res-pectivas competencias ”

El informe emitido por la Sección Jurídica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos, a que se hace referencia tiene el siguiente tenor literal:

En relación con el escrito de alegaciones presentado por Dª Rosenda Tirado Díaz, en fecha 19 de diciembre de 2013, registro de entrada en esta Gerencia de fecha 20 de diciembre de 2013, contra el decreto del Sr Gerente número 5569, de fecha 25 de noviembre de 2013, relativo a la finca sita en calle Bajeles núm. 30, por la Sección Jurídica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos se emite el siguiente

InformeLa finca sita en calle Bajeles núm. 30, fue declarada en situación legal de ruina urbanística por acuerdo de la Comisión Eje-

cutiva de fecha 4 de septiembre de 2013 lo cual, de conformidad con el art 157 5 de la Ley 7/02, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, comporta la inclusión de la misma en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas.

Por ello, se inició, mediante decreto del Sr Gerente número, 5569 de fecha 25 de noviembre de 2013, el correspondiente pro-cedimiento administrativo para su inclusión en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas de conformidad con el art. 157.5 de la Ley 7/02, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. Habiendo sido notificado a la propiedad en fecha 4 de diciembre de 2013

En dicha notificación, se otorgaba el correspondiente plazo de audiencia previa, por quince días, de conformidad con el art. 84 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común para que por la propiedad se presentasen cuantas alegaciones, documentos o justificaciones estimaran pertinente al respecto.

Pues bien, en fecha 19 de diciembre de 2013, registro de entrada en esta Gerencia 20 de diciembre de 2013, se ha presentado por doña Rosenda Tirado Díaz, actuando en su propio nombre y derecho en calidad de viuda de su difunto esposo –para lo cual aporta copia del correspondiente certificado de defunción y registro de matrimonio- escrito de alegaciones en el cual solicita:

Page 26: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

26 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 Martes 3 de junio de 2014

Único —Se anule y deje sin efecto la declaración de estado de ruina del inmueble por haberse llevado a cabo las obras perti-nentes de rehabilitación en el mismo y se acuerde en consecuencia el archivo del presente expediente

Y, para ello formula las siguientes alegaciones:Única.—Que, ha cumplido con el deber de rehabilitación de la presente finca, sita en calle Bajeles núm. 30, aportando informe

técnico de las actuaciones llevadas a cabo así como el correspondiente certificado de terminación de trabajos, ambos debidamente visados por el Colegio Profesional competente

Así, una vez vistas las alegaciones presentadas por doña Rosenda Tirado Díaz, por la Sección Jurídica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos debemos decir al respecto que la inclusión en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas de la presente finca, sita en calle Bajeles núm. 30, opera por Ministerio de la Ley de conformidad con el art. 157.5 de la Ley 7/02, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía en virtud del cual “La declaración legal de ruina urbanística comportará la inclusión de la construcción o edificación en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, habilitándose al propietario el plazo de un año para que ejecute, en su caso, las obras de restauración pertinentes” , debiendo igualmente indicar que, el aportado in-forme técnico de las actuaciones llevadas a cabo así como el correspondiente certificado de terminación de trabajos, se refieren a obras para el mantenimiento de las condiciones de seguridad estructural, no obedeciendo a un proyecto de rehabilitación integral del edificio.

Por ello, procede la inclusión de la finca presente finca sita en calle Bajeles núm. 30 en el Registro de Solares y Edificaciones Ruinosas de conformidad con el art 157 5 de la Ley 7/02, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía en virtud de la cual “El mero transcurso del plazo mencionado conllevará la colocación de la construcción o edificación correspondiente en situación de venta forzosa para su ejecución por sustitución / ””

Así, de conformidad con el precitado artículo, dicha inclusión en el Registro de Solares y Edificaciones Ruinosas comporta el deber urbanístico para la propiedad del inmueble que nos ocupa, de ejecutar las correspondientes obras de rehabilitación sobre el mismo en el plazo máximo de un año, cuyo cómputo procede iniciarse desde la declaración legal de ruina urbanística de la presente finca, sita en calle Bajeles núm 30, de conformidad con el art 3 3 19 E del vigente Plan General

En este sentido cabe indicar, que de conformidad con el artículo 3.3 de la Ordenanza Reguladora del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, el deber de rehabilitar “no se entenderá cumplido con la mera solicitud de la licencia de edificación, sin perjuicio de que el cómputo” de dicho plazo de un año “quede interrumpido hasta tanto se resuelva la solicitud de licencia”.

En consecuencia, procede incluir la referida finca sita en la C/ Bajeles nº 30 en el Registro de Solares y Edificaciones Ruinosas, de conformidad con el art 157 5 de la Ley 7/02, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía ”

Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992 de 26 de no-viembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 15 1 c) y d), en relación con el 15.2 del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro de Solares.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Excmo Ayuntamiento Pleno, en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a su publicación, de conformidad con los artícu-los 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Igualmente podrán interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus dere-chos

En Sevilla a 7 de marzo de 2014.—El Secretario de la Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez.253W-3105

ALCALÁ DE GUADAÍRA

El Pleno del Ayuntamiento aprobó definitivamente, en la sesión celebrada con carácter ordinario el día 20 de febrero de 2014, el Proyecto de Actuación para la implantación de un centro de acogida de reptiles exóticos en la parcela 48, del polígono 36, en el Pago de Cortigena, finca registral 56.678 (Expte. 287/2014-URPA), promovido por Judit Hidalgo Vila, conforme al texto refundido presentado con fecha 10 de enero de 2014

Lo que se hace público para general conocimiento en aplicación de lo dispuesto en el artículo 43.1 f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía

Contra el presente acuerdo, que tiene carácter definitivo y pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso conten-cioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Ad-ministrativa

Previamente, con carácter general, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, de conformidad con lo establecido en los artículos 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien requerimiento, también potestativo, en el caso de que la impugnación se efectúe por una Administración Pública, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la citada Ley 29/1998, de 13 de julio

En Alcalá de Guadaíra a 11 de marzo de 2014 —El Secretario, Fernando Manuel Gómez Rincón 253W-3216

BOLLULLOS DE LA MITACIÓN

La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 11 de abril de 2014, aprobó la apertura del procedimiento de adjudicación del contrato de arrendamiento de quiosco sito en calle Antonio Machado, s/n, que a continuación se describe:

1 Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.

Page 27: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

Martes 3 de junio de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 27

c) Obtención de documentación e información: 1) Dependencia: Secretaría 2) Domicilio: Plaza de Nuestra Señora de Cuatrovitas, n º 1 3) Localidad y código postal: Bollullos de la Mitación, 41110 4) Teléfono: 955765000 5) Telefax: 955766256 6) Correo electrónico: agonzalez@bollullosm com 7) Dirección de Internet del Perfil del Contratante: www dipusevilla es 8) Fecha límite de obtención de documentación e información: Decimoquinto (15) día natural posterior a la publicación.d) Número de expediente: 14/0062 2 Objeto del contrato:a) Tipo: Contrato privado b) Descripción: Contrato de arrendamiento quiosco sito en calle Antonio Machado, s/n, para la venta principalmente de go-

losinas, helados, bebidas, etc… sin manipulación, entre otros.c) División por lotes y número de lotes: No d) Lugar de ejecución: 1) Domicilio: Municipio de Bollullos de la Mitación 2) Localidad y código postal: Bollullos de la Mitación (Sevilla), 41110 e) Plazo de ejecución: Un (1) año contado desde el día siguiente al de la formalización del contrato, no obstante, podrá

ser objeto de prórrogas anuales hasta un total de cuatro (4) años, más previo acuerdo expreso de ambas partes f) Admisión de prórroga: Sí, según se establece en el apartado anterior g) CPV: 70130000-1 Servicios de arrendamiento de bienes raíces propios 3 Tramitación y procedimiento:a) Tramitación: Ordinaria b) Procedimiento: Abierto c) Subasta electrónica: No d) Criterios de adjudicación: Oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación 4 Presupuesto base de licitación: Importe total: Se establece un precio del arrendamiento de 180 euros anuales impuestos no incluidos 5 Garantías exigidas: Provisional: No se exige Definitiva: 5% del importe de adjudicación 6 Requisitos específicos del contratista: La solvencia económica o financiera y la técnica o profesional será acreditada según pliego.7 Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:a) Fecha límite de presentación: Hasta las 13.30 horas del decimoquinto (15) día natural posterior a la publicación del anun-

cio de la licitación o convocatoria en el «Boletín Oficial» de la provincia y Perfil del Contratante. Si el último día del plazo coincidiera con sábado o festivo, este se entenderá prorrogado, automáticamente, hasta el primer día siguiente hábil

b) Modalidad de presentación: Según pliego c) Lugar de presentación: 1 Dependencia: Registro General Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación 2 Domicilio: Plaza de Cuatrovitas, n º1, 3 Localidad y código postal: Bollullos de la Mitación, 41110 d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Según Ley 8 Apertura de ofertas:a) Descripción: Dependencias Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, por la Mesa de Contratación convocada al efecto b) Domicilio: Plaza Ntra Sra de Cuatrovitas, n º1 c) Localidad y código postal: Bollullos de la Mitación, 41110 d) Fecha y hora: Tercer día hábil siguiente al de la terminación de plazo de presentación de proposiciones 9 Gastos de publicidad: A cargo del adjudicatario 10. El pliego de Cláusulas Administrativas Particulares estará expuesto en el Perfil del Contratante en la página web www.

dipusevilla es En Bollullos de la Mitación a 29 de abril de 2014 —El Alcalde, Francisco Manuel Godoy Ruiz

4W-5538-P

BOLLULLOS DE LA MITACIÓN

Don Francisco Manuel Godoy Ruiz, Alcalde–Presidente del Ayuntamiento de esta villa.Hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-

men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de los actos o acuerdos cuyos interesados, números de expedientes y procedimientos se relacionan a continuación, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en el Departa-mento de Secretaría, del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, sito en plaza de Cuatrovitas número 1, donde los interesados en el procedimiento podrán comparecer a los efectos de formular alegaciones o interponer recurso, de lunes a viernes, en horario de atención al público, dentro del plazo que en cada caso se establece, contadose desde el día siguiente al de la publicación del presente en el «Bo-letín Oficial» de la provincia de Sevilla.

Page 28: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

28 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 Martes 3 de junio de 2014

Transcurrido el plazo sin que se haya hecho uso del derecho que se otorga, se seguirá el procedimiento correspondiente.Interesado: Tecproan XXI, S L Dirección: Calle Canónigo número 7, Pl 1-2º Dos Hermanas (Sevilla) Notificación por: Ejecución de aval.Actuación: Recurso reposición Plazo: Un (1) mes Sirva pues, la publicación del presente acuerdo en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, para dar cumplimiento a lo

dispuesto en el artículo 59 5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, sirviendo de emplazamiento a otros posibles interesados Lo que se publica a los efectos antes señalados.En Bollullos de la Mitación a 12 de marzo de 2014.—El Alcalde–Presidente, Francisco Manuel Godoy Ruiz.

8W-3475

BOLLULLOS DE LA MITACIÓN

Don Francisco Manuel Godoy Ruiz, Alcalde-Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta villa Hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-

men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de los actos o acuerdos cuyos interesados, números de expedientes y procedimientos se relacionan a continuación, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en el Depar-tamento de Secretaría, del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, sito en plaza de Cuatrovitas núm 1, donde los interesados en el procedimiento podrán comparecer a los efectos de formular alegaciones o interponer recurso, de lunes a viernes, en horario de atención al público, dentro del plazo que en cada caso se establece, contadose desde el día siguiente al de la publicación del presente en el «Bo-letín Oficial» de la provincia de Sevilla.

Transcurrido el plazo sin que se haya hecho uso del derecho que se otorga, se seguirá el procedimiento correspondiente.Interesados Coppas del Sur, S L Don Francisco A López Fernández Dirección Avda Juan Pablo II núm 31, Bollullos de la Mitación (Sevilla)Notificación por: Imposición sanciónActuación Recurso reposición Plazo Un (1) mesSirva pues, la publicación del presente acuerdo en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, para dar cumplimiento a lo

dispuesto en el art 59 5 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, sirviendo de emplazamiento a otros posibles interesados Lo que se publica a los efectos antes señalados.En Bollullos de la Mitación a 5 de marzo de 2014 —El Alcalde-Presidente, Francisco Manuel Godoy Ruiz

253W-3240

BOLLULLOS DE LA MITACIÓN

Don Francisco M. Godoy Ruiz, Alcalde–Presidente del Ayuntamiento de esta villa.Hace saber: Habiendo resultado fallido el intento de notificación personal, mediante el procedimiento de cartas certificadas

con acuses de recibo, como consecuencia de la puesta en marcha por parte del Consejo de Empadronamiento del procedimiento de comprobación de residencia de los extranjeros NO_ENCSARP con Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros expedidos hace más de 5 años o bien, que no están inscritos en el Registro Central de Extranjeros, por el Negociado de Estadística de este Ayuntamiento se ha instruido expediente número 14/0035-E, en el que consta resolución de Alcaldía número 305/2014, de fecha 10 de marzo del presente año, declarando la baja de oficio de las inscripciones en el padrón municipal de habitantes de Bollullos de la Mitación de aquellos ciudadanos que actualmente tienen paradero desconocido y, por consiguiente, no han efectuado la comprobación de su actual residencia en este municipio, tal como se les exigía en las notificaciones antes mencionadas.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 54 del Real Decreto 2612/96, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Re-glamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/86, de 11 julio, y a tenor de las facultades que el citado Real Decreto confiere a los Ayuntamientos, he resuelto:

Primero.—Tramitar de oficio la baja en el padrón municipal de habitantes por inscripción indebida de toda aquella persona que incumpla lo preceptuado en el artículo anterior, por lo que, a través del presente anuncio, se concede un plazo de quince días, contados a partir del siguiente a la publicación del mismo, para que las personas que se indican puedan presentar las alegaciones que estimen oportunas, mostrando su conformidad o disconformidad con la incoación del expediente de baja

Apellidos y nombre NIE/Nº PASPTE. Domicilio Nacionalidad

ANGHEL, IONUT VALENTIN X09011230Z C/ SOL NUM 18 RUMANIASCHNEIDER, JOHANNES M X09292660Q C/ JARA NUM 24 ALEMANIASCHNEIDER, OLGA X09292701BS , G S (Menor)S , L L (Menor)FOUQUET, YAEL SIMON R X02323001R C/ CEDRO NUM 84 FRANCIABELLVER CORAÇAO DE MARÍASANDRA SONIA Y00270213T C/ AHUALULCO MERCADO, 58 PORTUGALMUNNES, GEORG X08946600Z C/ ALCORNOQUE, 80 ALEMANIAMEIER, BJORN X09213680H C/ JARA NUM 16 ALEMANIAMEIER, GEB GRIMM NADINE X09212934PM , E A (Menor)

Page 29: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

Martes 3 de junio de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 29

Segundo —Transcurrido el plazo anteriormente establecido sin que los interesados se hayan manifestado al respecto, este Ayuntamiento remitirá al Consejo de Empadronamiento, el expediente completo para que emita el informe correspondiente en virtud de lo dispuesto en el artículo 72 del Real Decreto 2612/96, de 20 de diciembre

Contra el presente acuerdo, que es definitivo y pone fin a la vía administrativa (artículo 109 c) de la Ley 30/92 y 52 de la Ley 7/85, de 2 de abril) podrá, si lo estima oportuno, interponerse recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes (artículo 117 de la Ley 30/92), a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto (artículo 48 de la Ley 30/92), y ante el mismo órgano que dictó el acuerdo (artículo 116 de la Ley 30/92).

En caso de no desear interponer recurso de reposición potestativo podrá el interesado interponer directamente recurso con-tencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso–Administrativo con sede en Sevilla (artículo 116 de la Ley 30/92), en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación o publicación del presente acto (artículo 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio)

En Bollullos de la Mitación a 11 de marzo de 2014.—El Alcalde–Presidente, Francisco M. Godoy Ruiz.8W-3354

CARMONA

Desconociéndose el paradero actual de doña M del Carmen Cumplido Parodi con documentación número 28540176M, y ante el incumplimiento de lo establecido en el artículo 54 del Real Decreto 2612/96, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamen-to de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/86, de 11 de julio, y a tenor de las facultades que el citado Real Decreto confiere a los Ayuntamientos para tramitar de oficio la baja en el padrón municipal de habitantes por inscripción indebida de toda persona que incumpla lo preceptuado en el citado artículo, es por lo que, a través del presente anuncio, se concede un plazo de quince (15) días, contados a partir del siguiente a la publicación del mismo, para que el/la interesado/a presente las alegaciones oportunas, mostrando su conformidad o disconformidad con la incoación del expediente de baja Transcurrido el plazo establecido sin que el/la mismo/a se haya manifestado al respecto, este Ayuntamiento remitirá al Consejo de Empadronamiento el ex-pediente completo para que emita el informe correspondiente, en virtud del artículo 72 del Real Decreto 2612/96, de 20 de diciembre.

En Carmona a 17 de febrero de 2014.—El Alcalde–Presidente, Juan Manuel Ávila Gutiérrez.8W-2600

CARMONA

Desconociéndose el paradero actual de don José Manuel Córdoba Moreno con documentación número 28772710D, y ante el incumplimiento de lo establecido en el artículo 54 del Real Decreto 2612/96, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/86, de 11 de julio, y a tenor de las facultades que el citado Real Decreto confiere a los Ayuntamientos para tramitar de oficio la baja en el padrón municipal de habitantes por inscripción indebida de toda persona que incumpla lo preceptuado en el citado artículo, es por lo que, a través del presente anuncio, se concede un plazo de quince (15) días, contados a partir del siguiente a la publicación del mismo, para que el/la interesado/a presente las alegaciones oportunas, mostrando su conformidad o disconformidad con la incoación del expediente de baja Transcurrido el plazo establecido sin que el/la mismo/a se haya manifestado al respecto, este Ayuntamiento remitirá al Consejo de Empadronamiento el ex-pediente completo para que emita el informe correspondiente, en virtud del artículo 72 del Real Decreto 2612/96, de 20 de diciembre.

En Carmona a 12 de diciembre de 2013.—El Alcalde–Presidente, José Francisco Corzo Ballester.8W-16826

DOS HERMANAS

Doña Ana Conde Huelva, Teniente Alcalde Delegada de Ordenación de Territorio, del Excmo Ayuntamiento de esta ciudad (Decreto 12/2011, de 11 de junio BOP núm 146, de 27 de junio de 2011)

Hace saber: Habiéndose intentado la notificación de la resolución recaída en el expediente instruido en el Servicio de Discipli-na, expediente de Infracción en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, con núm de ref: 000008/2013-IEP contra las personas que a continuación se relacionan y no pudiéndose practicar por estar ausentes de su domicilio en la hora de reparto o ser desconocido el mismo, por medio del presente edicto se hace pública la notificación de la misma conforme a lo dispuesto en el art.59.4 de la Ley 30/92, Reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común :

Destinatarios de la resolución:- Jesús Alfonso Arlucena Martínez, DNI: 52 698 645-XEl contenido de la resolución recaída es el siguiente:Por medio de la presente se le da traslado de la propuesta de resolución adoptada con fecha 8 de enero de 2014, en expediente

de referencia sobre procedimiento sancionador en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas cuyo tenor literal es el siguiente:

Por la Sección de Disciplina Urbanística de este Servicio de Ordenación del Territorio se tramita expediente de referencia del que resultan los siguientes antecedentes de hecho:

Primero.—Mediante comparecencia de la Policía Local de fecha 28 de abril de 2013, se deja constancia de que personados los agentes con núm de carne profesional 11297 y 11372 en el establecimiento denominado Sala Shango, con emplazamiento en Avda Veintiocho de Febrero, 16 el mismo permanecía abierto al publico a las 04 20 horas, con la música a un elevado volumen y con per-sonas accediendo y saliendo del interior. En dicho parte de denuncia se identifica como titular de la Jesús Alfonso Arlucea Martínez, con DNI/NIF num 52698645X

Segundo —Examinados los antecedentes administrativos de esta Sección, consta expediente tramitado bajo el núm 000325/2008-LA, para la obtención de licencia utilización, sobre el inmueble anteriormente referido, para destinarlo a la actividad de

Page 30: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

30 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 Martes 3 de junio de 2014

Bar con música Consta en el mismo otorgamiento de licencia de utilización del inmueble para la actividad solicitada de fecha 5 de junio de 2009 Su titular actual resulta ser don Jesús Alfonso Arlucea Martínez, con DNI/NIF num 52698645X

Tercero.—En las condiciones señaladas al ejercicio de la actividad recogida en la licencia de utilización a que se refiere el apartado anterior se indica que la actividad autorizada consiste en Bar con música, de conformidad con lo indicado en el Decreto 78/2002, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Nomenclátor y el Catálogo de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía (apartados III.2.8.f). En la referida resolución, igualmente se fija el horario de apertura y cierre de la referida actividad, conforme a la Orden de 25 de marzo de 2002, por la que se regulan los horarios de apertura y cierre de los establecimientos públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía., quedando establecido la hora de aper-tura a partir de las 12 00 h y la de cierre a las 03 00 h , pudiendo los viernes, sábados y vísperas de festivos cerrar una hora más tarde

De los anteriores antecedentes y de las actuaciones que figuran en el expediente resultan los siguientes hechos probados:Primero —Con fecha 28 de abril de 2013, en el ejercicio de la actividad autorizada en el inmueble objeto del expediente, se

incumplió el horario de cierre fijado para dicha actividad en la licencia de utilización otorgada al establecimiento, de conformidad con la Orden de 25 de marzo de 2002, al permanecer abierto a las 04 20 horas, siendo el horario máximo de apertura del establecimiento, las 04 00 horas Los anteriores hechos se consideran probados por tratarse de hechos constatados por los Agentes de la Autoridad, de conformidad con lo señalado en el art. 49.3 del Decreto 165/2003, de 17 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Inspección, Control y Régimen Sancionador de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía

A los referidos antecedentes de hechos le son de aplicación los siguientes fundamentos jurídicosPrimero —Señala el art 20 19 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de

Andalucía, que son infracciones graves el incumplimiento de los horarios permitidos de apertura y cierre de establecimientos públicos destinados a espectáculos públicos o a actividades recreativas

Segundo.—Señala el art. 22.1.b de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, que las infracciones tipificadas en la Ley podrán ser corregidas por los órganos competentes con las sanciones que se relacionan, y en particular para las infracciones graves de 300,51 a 30 050,61 euros

Tercero.—Señala el art. 24 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre que serán responsables de las infracciones tipificadas en la presente Ley, atendiendo a cada caso, los que realicen las acciones y omisiones tipificadas como infracción en la misma. En el mismo sentido se pronuncia el art. 35 del Decreto 165/2003, de 17 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Inspección, Control y Régimen Sancionador de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía

Cuarto.—Señala el art. 29.2 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, que los Alcaldes serán competentes para imponer las san-ciones pecuniarias previstas en la referida ley para las infracciones leves y graves hasta el limite 30 050,61 euros cuando el espectáculo o la actividad recreativa de que se trate únicamente se encuentre sometida a autorización municipal. En el mismo sentido, el art. 39 Decreto 165/2003, de 17 de junio que los Ayuntamientos son competentes para iniciar, instruir y resolver los procedimientos sanciona-dores por infracciones leves y graves cometidas en sus respectivos términos municipales, hasta el limite de treinta mil cincuenta euros con sesenta y un céntimos (30.050,61 euros), cuando el espectáculo o la actividad recreativa de que se trate únicamente se encuentre sometida a autorización municipal, incluidas las sanciones de suspensión y revocación de las autorizaciones que hubieran concedido y la clausura de los establecimientos públicos La competencia para acordar la iniciación del procedimiento sancionador se determinar de conformidad con la legislación de régimen local y las normas de organización propias La competencia para resolver corresponde al Alcalde o autoridad en quien este delegue. Las referidas facultades se encuentran delegadas en la Teniente de Alcalde Delegada de Ordenación del Territorio de conformidad con el Decreto de Alcaldía 12/2011, de fecha 11 de junio («Boletín Oficial» de la provincia núm 146, de fecha 27 de junio de 2011)

En base, a los anteriores antecedentes de hechos, hechos probados y fundamentos jurídicos los hechos descritos merecen la siguiente calificación jurídica:

Primero.—Los hechos descritos en los antecedentes se califican como infracción grave en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas prevista en el art 20 19 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Re-creativas de Andalucía, consistente en el incumplimiento de los horarios permitidos de apertura y cierre de establecimientos públicos destinados a espectáculos públicos o a actividades recreativas

En virtud de las actuaciones que obran en el expediente resultan las siguientes personas responsables de la infracción: Resulta responsable de la infracción anteriormente calificada a la don Jesús Alfonso Arlucea Martínez, con DNI/NIF num.

52698645X, en su condición de titular de la actividad objeto del expediente, de conformidad con lo señalado en los art 35 y 36 del Decreto 165/2003, de 17 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Inspección, Control y Régimen Sancionador de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía

En atención a lo anteriormente expuesto y a las actuaciones que obran en el expediente se formula la siguiente propuesta de resolución:

Primero —Sancionar a don Jesús Alfonso Arlucea Martínez, con DNI/NIF 52698645X con multa por importe de 800 (ocho-cientos) euros, de conformidad con lo indicado en el art. 22.1.b. de la la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, en atención a la calificación jurídica de los hechos anteriormente expuesta

Conforme a lo señalado en el en el art. 50.2 del Decreto 165/2003, de 17 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Ins-pección, Control y Régimen Sancionador de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, la propuesta de resolución se notificará al interesado, concediéndole un plazo de quince días para formular alegaciones y presentar los documentos e informacio-nes que considere pertinentes.

En Dos Hermanas a 24 de febrero de 2014 —La Teniente de Alcalde Delegada de Ordenación del Territorio, Ana Conde Huelva253W-2597

ÉCIJA

Corrección de errores

Don Ricardo Gil–Toresano Riego, Alcalde–Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad.Hace saber: Que la Alcaldía–Presidencia el 7 de marzo de 2014, ha tenido a bien dictar el siguiente Decreto:

Page 31: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

Martes 3 de junio de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 31

«Decreto de la Alcaldía–Presidencia.Asunto: Rectificación del Decreto de la Alcaldía–Presidencia de estructuración del Gobierno Municipal, de fecha 4 de marzo

de 2014 Visto el error material existente en el Decreto de estructuración del Gobierno Municipal, de fecha 4 de marzo de 2014,

donde dice:…/«Decimoquinto.—Disposición derogatoria.1 Dejar sin efecto lo dispuesto en el Decreto 4 de julio de 2014, sobre reestructuración de las Áreas de Gobierno Municipal,

en cuanto se oponga a lo establecido en el presente Decreto 2 Queda sin efecto el Decreto de Alcaldía de 4 de julio de 2012, de miembros de la Junta de Gobierno Local, nombramiento

de Tenientes de Alcalde y delegación de competencias …/…Debe decir:…/«Decimoquinto.—Disposición derogatoria.1 Dejar sin efecto lo dispuesto en el Decreto 4 de julio de 2012, sobre reestructuración de las Áreas de Gobierno Municipal, en

cuanto se oponga a lo establecido en el presente Decreto 2 Queda sin efecto el Decreto de Alcaldía de 4 de julio de 2012, de miembros de la Junta de Gobierno Local, nombramiento

de Tenientes de Alcalde y delegación de competencias …/…

resueLvo

Primero.—Modificar el apartado donde dice:…/«Decimoquinto.—Disposición derogatoria.1 Dejar sin efecto lo dispuesto en el Decreto 4 de julio de 2014, sobre reestructuración de las Áreas de Gobierno Municipal, en

cuanto se oponga a lo establecido en el presente Decreto 2 Queda sin efecto el Decreto de Alcaldía de 4 de julio de 2012, de miembros de la Junta de Gobierno Local, nombramiento

de Tenientes de Alcalde y delegación de competencias …/…Debe decir:«Decimoquinto.—Disposición derogatoria.1 Dejar sin efecto lo dispuesto en el Decreto 4 de julio de 2012, sobre reestructuración de las Áreas de Gobierno Municipal, en

cuanto se oponga a lo establecido en el presente Decreto 2 Queda sin efecto el Decreto de Alcaldía de 4 de julio de 2012, de miembros de la Junta de Gobierno Local, nombramiento

de Tenientes de Alcalde y delegación de competencias …/…Segundo.—Dar cuenta al Pleno de la Corporación de forma individualizada a efectos de que quede enterado de su contenido,

de conformidad con lo establecido en el artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Enti-dades Locales, de 28 de noviembre de 1986

Así lo manda, suscribe y firma el Sr. Alcalde–Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Écija, a 7 de marzo de 2014, ante mí, la Secretaria General accidental, que doy fe. El Alcalde–Presidente, Ricardo Gil-Toresano Riego. La Secretaria Gral. Acctal, M.ª Luisa Barragán García».

Lo que se hace público para general conocimiento.En Écija a 10 de marzo de 2014.—El Alcalde–Presidente, Ricardo Gil-Toresano Riego.

8W-3069

GUILLENA

Don Lorenzo J Medina Moya, Alcalde-Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta villa Hace saber: Que mediante Decreto de esta Alcaldía de fecha 11 de marzo de 2014, y con el fin de proceder a la reordenación y

adecuación de los nombramientos del personal eventual al servicio de esta Corporación a los límites máximos de puestos que derivan de la regulación que se contiene en el art. 104.bis de la LRBRL, en su nueva redacción dada por la Ley 27/2013, 27 diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, atendiendo al tamaño poblacional de este municipio (población superior a 1 000 y no superior a 20 000 habitantes), se ha resuelto:

Primero —Acordar el cese del personal eventual siguiente: Doña Antonia Luisa Cabra Peinado Doña Miriam Andrade Rueda Doña Erika Morán ArandaSegundo —Nombrar a doña Erika Morán Aranda, con DNI núm 52 228 482 J, para ocupar el puesto de trabajo de Secretario

de la Alcaldía-Presidencia, reservado a personal eventual, con la categoría de Auxiliar Administrativo, Grupo C2, y con una retribución bruta anual que asciende a 20.588,54 euros, quedando sujeta al régimen de los funcionarios, excepto en cuanto al nombramiento y cese.

Page 32: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

32 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 Martes 3 de junio de 2014

El personal eventual nombrado podrá ser cesado libremente por esta Alcaldía y automáticamente cesará cuando el propio Al-calde cese o expire su mandato, no implicando este nombramiento mérito para el acceso a la función pública o a la promoción interna

Este nombramiento se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia, con especificación del régimen de retribuciones, y se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.

Tercero.—Notificar la presente resolución a las interesadas, con indicación del régimen de recursos correspondiente.Lo que se hace público en cumplimiento de lo establecido en los arts. 104.3º y 104.bis de la LRBRL.En Guillena a 12 de marzo de 2014 —El Alcalde-Presidente, Lorenzo J Medina Moya

253W-3215

LEBRIJA

Expediente: Decreto 4550/2013 CIF: B-65346538 Nombre: Ibérica de Paletería y Grupajes, S L Precepto: Artículo 8, Apdo 1 de las Ordenanzas municipales, en materia de tasa por licencia de apertura de establecimiento De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE número 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la resolución por la que se acuerda liquidar el importe del 50% del coste de la licencia municipal de apertura, en aplicación de las Ordenanzas fiscales, por haber solicitado las correspondientes autorizaciones para el ejercicio de la actividad de Agencia de Transporte, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.

Contra esta resolución que es firme en vía administrativa podrá interponerse:1.º  Recurso potestativo de reposición ante el Órgano que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del

día siguiente a la recepción de la presente notificación realizándose la advertencia de que no se podrá interponer recurso contencioso – administrativo hasta que no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del Recurso de Reposición interpuesto

Contra la resolución expresa del recurso de reposición, podrá el interesado interponer recurso contencioso–administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso–Administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución recaída en el recurso de reposición

Si transcurrido un plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposción no hubiera recaído resolución, se podrá entender desestimado, pudiendo interponer recurso contencioso –administrativo en el plazo de seis meses de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa – Admi-nistrativa

2.º  Recurso contencioso–administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso–Administrativo, de conformidad con el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrtiva, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al recibo de la presente notificación.

Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso de este derecho la resolución será firme.En Lebrija a 21 de marzo de 2014 —El Secretario General, Cristobal Sánchez Herrera

8W-3532

MAIRENA DEL ALCOR

Don Ricardo Antonio Sánchez Antúnez, Alcalde-Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta villa Hace saber: Que esta Alcaldía ha dictado la siguiente resolución:Resolución 212/2014: De Alcaldía-Presidencia de 12 de marzo de 2014, sobre inicio de expediente de baja de oficio por ins-

cripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes Considerando que existen indicios de que las personas que se relacionan a continuación no residen habitualmente en esta locali-

dad, incumpliendo de esta forma el requisito establecido en el artículo 54 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (aprobado por R.D. 1690/86, de 11 de julio), procede incoar de oficio el expediente de baja en el padrón municipal de este Ayuntamiento, según lo dispuesto en el artículo 72 del citado Reglamento, así como, en el apartado II,1, c)2 de la Resolución de 9 de abril de 1997 por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal.

Por todo lo anterior, y en uso de las facultades que me confiere el art. 21 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, he tenido a bien dictar decreto con las siguientes disposiciones:

Primero.—Iniciar expediente de baja por inclusión indebida en el Padrón Municipal de Habitantes a las personas que a conti-nuación se relacionan:

Nº exp. Nombre-apellidos Dirección

1/14 ZHENGSONG QIU CALLE CLARA CAMPOAMOR Nº 82/14 PINYING ZHOU CALLE CLARA CAMPOAMOR Nº 83/14 PATRICK HORNER ARENAS CALLE SEVILLA Nº 914/14 RAFAEL RUÍZ SÁNCHEZ C/ANDRÉS ALMONASTER Y ROXAS Nº 415/14 EUCELBIO AGAPITO ROGEL ROBLES CALLE MARINA PALACIOS Nº 16/14 KATTY ZURITA MENESES CALLE MARINA PALACIOS Nº 17/14 N A PERALTA ZURITA CALLE MARINA PALACIOS Nº 18/14 M PERALTA ZURITA CALLE MARINA PALACIOS Nº 1

Segundo.—Notificar a los interesados la incoación de oficio del expediente de baja en el Padrón Municipal de Habitantes de Mairena del Alcor y publicar la presente resolución en el tablón de edictos del Ayuntamiento y el «Boletín Oficial» de la provincia.

Page 33: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

Martes 3 de junio de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 33

Tercero.—Dar el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación o a la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el «Boletín Oficial» de la provincia, en su caso, a los efectos de que, en caso de desacuerdo, formulen las alega-ciones y presenten los documentos y justificantes que estimen pertinentes, en orden a acreditar la residencia en este municipio durante la mayor parte del año

Cuarto —Remitir el expediente, una vez efectuados los trámites anteriores, al Consejo de Empadronamiento del Instituto Na-cional de Estadística, a los efectos de adoptar el preceptivo informe antes de proceder a la declaración de la Baja de Oficio.

Dado por el Sr Alcalde-Presidente En Mairena del Alcor a 13 de marzo de 2014 —El Alcalde-Presidente, Ricardo Antonio Sánchez Antúnez

253W-3261

LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA

Intentada notificación a las personas que seguidamente se relacionan, con el fin de hacerles saber el inicio del expediente admi-nistrativo incoado para declararles de oficio en situación de baja en el Padrón de Habitantes de este municipio, sin haber conseguido su localización, se anuncia el procedimiento a que hace referencia el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, en consonancia con la Resolución de 9 de abril de 1997, de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, a los efectos contemplados en dichos preceptos legales

Tudor Ciuca Mihaela Ciuca Georgiana Livia Ciuca Maruta Andreea CiucaA tales efectos, los interesados podrán alegar durante el plazo de quince días, lo que estimen conveniente a su derecho.En Los Palacios y Villafranca a 21 de enero de 2014 —El Alcalde-Presidente (Firma ilegible )

253W-926

PEÑAFLOR

Anuncio de aprobación inicial del procedimiento para modificación del crédito en la modalidad de créditos extraordinarios y transferencia de créditos

El Pleno del Ayuntamiento de Peñaflor, en sesión extraordinaria urgente celebrada el día 26 de mayo de 2014, acordó, con el voto favorable de la unanimidad de todos sus miembros, la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos en la moda-lidad de créditos extraordinario y trasferencia de créditos financiado mediante bajas de créditos y minoraciones de otras partidas de Gastos de acuerdo con el siguiente detalle:

Créditos extraordinarios: Con la finalidad de crear la partida 1 171 633 «reposición maquinaria» en el presupuesto de gastos, destinada a la adquisición de «maquina cortacésped», con un importe de 1.000,00 euros, mediante la baja de las cantidades equivalentes en las partidas 1 171 22799 «otros trabajos realizados por otras empresas».

Transferencias de créditos: Con la finalidad de incrementar en 18.900,00 euros la partida 2 155 619 «PFOEA calle Blancaflor», mediante la minoración de las siguientes partidas del presupuesto de gastos en los importes que igualmente se reflejan:

Partida Pto Gastos Importes a minorar5 330 215 «Mobiliario» 1.000,00 euros5 332 220 01 «Prensa, Revista, libros Bibl.» 1.000,00 euros2 161 22100 «Energía Eléctrica» 1.000,00 euros2 165 208 «Luminarias Vegas Alm.» 4.400,00 euros3 231 462 «P. I. Mujer» 2.000,00 euros4 338 22699 «Otros gastos div. Festejos» 1.000,00 euros3 241 22699 «T. E. Geriatría» 2.000,00 euros4 338 22199 «Otros Sum. Adornos» 1.500,00 euros5 321 619 «Financiación Mat. CEIP PFOEA» 5.000,00 eurosY en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 1, por remisión del 177 2, del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el

que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.En Peñaflor a 26 de mayo de 2014.—El Alcalde–Presidente, Fernando Cruz Rosa.

8W-6339

LA PUEBLA DE CAZALLA

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE Nº 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por esta Alcaldía, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar

Page 34: Sumario · calle paulo orosio, 31, blq 2, esc d sevilla 4480/2013 carlos bacete terreno calle sagrada familia, 8 eliana (l’) 4476/2013 miguel alfonso neches lÓpez calle gÓndola,

34 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 126 Martes 3 de junio de 2014

Diputación Provincial - Imprenta

TASAS CORRESPONDIENTES AL «BOLETÍN OFICIAL» DE LA PROVINCIA DE SEVILLA

Inserción anuncio, línea ordinaria 2,10Inserción anuncio, línea urgente 3,25

Importe mínimo de inserción 18,41Venta de CD’s publicaciones anuales 5,72

Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigirán al «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla.

———Dirección del «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. (Bellavista), 41014-Sevilla.

Teléfonos: 954 554 133 - 34 - 35 - 39 Faxes: 954 693 857 - 954 680 649 Correo electrónico: bop@dipusevilla es

Los correspondientes expedientes obran en la Secretaría General de este Ayuntamiento ante la cual les asiste el derecho de ale-gar por escrito lo que en su defensa estime conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se dictarán las oportunas resoluciones Expediente DNI/CIF Nombre Precepto Cuantía Puntos a detraer724/ 2013 48980510-D Manuel Espinar Moreno 30 2 36 euros 0735/ 2013 48980510-D Manuel Espinar Moreno 30 2 36 euros 0

La Puebla de Cazalla a 5 de febrero de 2014 —El Alcalde, Antonio Martín Melero 25W-2724

LA RINCONADA

Don Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres, Alcalde–Presidente del Ayuntamiento de esta villa.Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 15 de enero de 2014, acordó aprobar de forma definitiva el

documento técnico denominado Modificación Puntual del Plan Parcial de Ordenación del SUP 2.02 «Huerta de Amores», y redactado por el Sr. Arquitecto don Alberto Ballesteros Rodríguez, con número de visado 13/000061T001, del Colegio de Arquitectos de Sevilla, y promovido por García Breval Promotora, S L

Que la modificación propone la modificación del citado Plan Parcial, en dos aspectos, por un lado trasvasar la edificabilidad no materializada y contemplada en el plan parcial aprobado, desde la manzana R5 a las manzanas R7 y R8 de 4 viviendas a 6 viviendas, dentro del número máximo de viviendas, autorizado en dicho plan parcial, y aumentar el número de viviendas de las manzanas R7 y R8 de 4 viviendas a 6 viviendas, dentro del número máximo de viviendas autorizado en el plan parcial

Lo que se hace público para general conocimiento, habiendo sito inscrito la citada modificación del Plan Parcial en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento con el número 55, así como en el Registro Autonómico de Planeamiento con el número 6017, conforme a lo dispuesto en el artículo 41 2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso Contencioso–Administrativo, en el plazo de dos (2) meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso–Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, según se prevé en el artículo 10 de la Ley 29/88 de la Jurisdicción Contencio-sa–Administrativa de 13 de julio, en cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello, sin perjuicio de que se puede ejercer cualquier otro recurso que estime procedente.

En La Rinconada a 18 de marzo de 2014.—El Alcalde–Presidente, Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres.8W-3481

LA RINCONADA

Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de marzo de 2014, se acordó aprobar la convocatoria anual dirigida a proyectos de cooperación al desarrollo y solidaridad con países empobrecidos, para proyectos de educación y sensibilización al desarrollo y para proyectos específicos de acción social, destinados a núcleos de población desfavorecidos en países en vías de de-sarrollo, abriéndose un único plazo para que las Asociaciones y ONG legalmente constituidas y sin ánimo de lucro puedan presentar proyectos amparados por esta convocatoria, así como solicitar la subvención correspondiente, durante el plazo de treinta (30) días naturales siguientes a la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Las bases reguladoras se encuentran a disposición de los interesados en la Secretaría Municipal, así como en la página web del Ayuntamiento, www larinconada es

En La Rinconada a 17 de marzo de 2014.—El Alcalde–Presidente, Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres.8W-3480