calendario laboral Álava 2015

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Calendario Laboral Álava 2015

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Page 1: Calendario Laboral Álava 2015

CALENDARIO LABORAL 2015 - ALAVA -

Donostia a 10 de Noviembre de 2014 Estimados clientes; El Gobierno Vasco, por Decreto 61/2014, de 15 de abril (Boletín Oficial del País Vasco de 30 de abril), ha aprobado la relación de 12 días, además de los domingos, que son inhábiles a efectos laborales durante el año 2015 en el ámbito territorial de la C.A. del País Vasco. Dichos 12 días inhábiles son:

— 1 de enero, Año Nuevo. — 6 de enero, Epifanía del señor. — 19 de marzo, San José. — 2 de abril, Jueves Santo. — 3 de abril, Viernes Santo. — 6 de abril, Lunes de Pascua. — 1 de mayo, Fiesta del Trabajo. — 25 de julio, Santiago Apóstol. — 15 de agosto, Asunción de la Virgen. — 12 de octubre, Fiesta Nacional. — 8 de diciembre, Inmaculada Concepción. — 25 de diciembre, Natividad del Señor.

Las dos fiestas de ámbito local, retribuidas y no recuperables para el año 2015, son el día 28 de abril, San Prudencio, para todo el Territorio Histórico de Álava y la correspondiente para cada municipio.(http://www.alava.net/botha/Boletines/2014/115/2014_115_04757_C.pdf)

Page 2: Calendario Laboral Álava 2015

Diversos convenios provinciales establecen que a partir de la publicación del calendario de festividades se deberá proceder a realizar el calendario laboral en la empresa, las consecuencias de no realizarlo pueden conllevar que por ejemplo la fijación de las vacaciones pueda realizarse unilateralmente por parte de los trabajadores. Os informamos a todas las empresas que os encontráis en fase de elaboración del Calendario laboral para el próximo año 2015, que:

— Una vez conocidas y publicadas las fiestas laborales, tenéis la obligación de elaborar el calendario laboral, exponiendo un ejemplar del mismo en lugar visible del centro de trabajo.

— Si la decisión que habéis adoptado es mantener las condiciones laborales establecidas en el convenio provincial aplicable en vuestra empresa, tener en cuenta el plazo establecido en el mismo para elaborar el calendario de trabajo del 2015.

— El número de horas de la jornada anual para el año 2015, dependerá de la decisión que hayáis adoptado o vayáis a adoptar.

— Si aún no habéis adoptado una decisión en relación a la jornada anual del 2015, y elaboráis el calendario en base a la actual jornada anual, indicar en el mismo, que se trata de un calendario provisional, que podrá ser adaptado, en el caso de que la empresa, tras el diagnóstico de sus necesidades, decida modificar el número de horas anuales para el año 2015.

Atentamente, Dpto. Laboral - ATE Asesores