cacammbbiaiaririoo en en - cámara de comercio de … · • f18 à compra y venta de divisas de...
TRANSCRIPT
REGIMEN REGIMEN CAMBIARIO EN CAMBIARIO EN COLOMBIA COLOMBIA
Direcci Direcció ón de Negocios Internacionales n de Negocios Internacionales Noviembre 2011 Noviembre 2011
1
Evolución del régimen cambiario 1967 1990 1993
Declaración de cambio Formularios
Régimen cambiario 2011 Tipos de mercado Importaciones
Carta de Crédito Giro Directo Giro Directo Financiado Cobranza de Importación
Exportaciones Otros productos Incoterms
Agenda Agenda
2
3
Evolución del Regimen Cambiario Colombiano
1967 1967
1990 1990 1993 1993
2011 2011
4
1967 à Licencia de Cambio
Decreto 444 de 1967 Decreto 444 de 1967 Carlos Carlos Lleras Lleras Restrepo Restrepo
• • Creaci Creació ón n Proexport Proexport • •Est Estí ímulo mulo
exportadores (CAT) exportadores (CAT) • •Reglamentaci Reglamentació ón n
Inversiones Inversiones Internacionales Internacionales
5
1990 à INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO
Resolución 57/ 91 de la Junta Monetaria Cesar Augusto
Gaviria •Creación de la figura
de intermediario asignado
6
1993 à RESOLUCIÓN 21 DE 1993 (JDBR)
Exportadores Exportadores
Importadores Importadores
Personas Naturales Personas Naturales
Resolución 21 de 1993
7
DECLARACIÓN DE CAMBIO
8
DECLARACIONES DE CAMBIO
• F1à Importación de bienes • F2à Exportación de bienes • F3à Endeudamiento externo • F4à Inversiones internacionales. • F5à Servicios, transferencias y otros conceptos
9
FORMULARIOS • F1à Importación de bienes • F2à Exportación de bienes • F3à Endeudamiento externo • F3Aà Informe de desembolsos y pagos de endeudamiento
externo • F4à Inversiones Internacionales • F5à Servicios, transferencias y otros conceptos • F6à Informe de endeudamiento de residentes • F7à Informe de endeudamiento de no residentes • F8à Avales y garantías en moneda extranjera • F9à Registro de cuentas de compensación • F10à Relación de operaciones de cuentas de compensación • F11à Registro de inversiones internacionales • F13à Registro de Inversión suplementaria al capital asignado • F15à Conciliación patrimonial de empresas régimen general • F18à Compra y venta de divisas de manera profesional • F19à Registro de inversión de capital del exterior de portafolio (modalidades
distintas a divisas)
10
REGIMEN CAMBIARIO 2011
Resoluci Resolució ón 8 del a n 8 del añ ño o 2000 (JDBR) 2000 (JDBR)
Circular Circular reglamentaria reglamentaria
externa (DCIN 83) externa (DCIN 83)
¿Qué es permitido en materia cambiaria?
Reglamenta la resolución
¿QUÉ?
¿CÓMO?
11
TIPOS DE MERCADO
Mercado Libre Mercado Libre
Mercado Mercado Cambiario Cambiario
(Operaciones Internacionales) (Operaciones Internacionales)
12
REGIMEN CAMBIARIO 2011
1. Importaciones de bienes
2. Exportaciones de bienes
3. Endeudamiento externo
4. Inversiones Internacionales
5. Avales y garantías en moneda extranjera
6. Operaciones de derivados o cobertura
• Otras operaciones • Servicios
Mercado Cambiario Mercado Cambiario (Operaciones Internacionales) (Operaciones Internacionales)
Mercado Libre Mercado Libre
13
OPERACIONES DE:
PRODUCTOS PARA EL SECTOR IMPORTADOR PRODUCTOS PARA EL SECTOR IMPORTADOR
PRODUCTOS PARA EL SECTOR EXPORTADOR PRODUCTOS PARA EL SECTOR EXPORTADOR
OTROS PRODUCTOS DE COMERCIO EXTERIOR OTROS PRODUCTOS DE COMERCIO EXTERIOR
Negocios Negocios Internacionales Internacionales
14
IMPORTACIONES “Es el volumen de bienes, servicios y capital que adquiere un país de otro u otros países ”
PRODUCTOS PARA EMPRESAS
IMPORTADORAS: • Cartas de crédito. • Giros directos. • Giros financiados. • Cobranzas.
15
CARTA DE CREDITO
“Es un instrumento de pago, mediante el cual un banco obrando por solicitud y conformidad con las instrucciones de un cliente debe hacer un pago a un
tercero contra la entrega de los documentos exigidos”.
GARANTIA DE PAGO
CARTA DE CREDITO
Los Bancos financian a sus clientes
hasta por 180 días contados (con posibilidad de
prórroga) a partir de la fecha de embarque.
CARACTERISTICAS DE LA CARTA DE CREDITO
Existe compromiso de pago. Confirmada
Hay cesión de derechos. Transferible
No hay cesión de derechos. Intransferible
De contado Pagadera a la “ vista”
Pago a plazos. Pagadera por aceptación
Pagos predeterminados. Pago diferido
Vista y aceptación o diferido. Pago mixto
No hay compromiso del banco. Avisada
Para su cancelación se requiere del consenso de
las partes.
Irrevocable
Se cancela unilateralmente Revocable
18
CARTA DE CREDITO
NY NY
Banco en Colombia Banco en Colombia Banco extranjero Banco extranjero
Ordenante Ordenante (Importador) (Importador)
Beneficiario Beneficiario (Proveedor) (Proveedor) Contrato de Compraventa Contrato de Compraventa
Incoterms
Carta de cr Carta de cré édito dito
Obligaci Obligació ón directa n directa
SWIFT SWIFT
Certificado de embarque (B/L) Certificado de embarque (B/L) Certificado de Origen Certificado de Origen
Factura Comercial Factura Comercial
19
•GIRO DIRECTO Mesa de dinero Mesa de dinero
Banco en Colombia Banco en Colombia
SWIFT SWIFT Banco extranjero Banco extranjero
Carta de instrucciones Carta de instrucciones Formulario # 1 Formulario # 1
Copia de B/L Copia de B/L
Reviste un alto grado de riesgo
20
•GIRO FINANCIADO
Banco en Colombia Banco en Colombia Banco extranjero Banco extranjero
Carta de instrucciones Carta de instrucciones Copia de B/L Copia de B/L
Se otorgan a 180 días de la fecha de despacho.
Financiación
21
COBRANZA DE IMPORTACIÓN
Importador Importador (Girado) (Girado)
Proveedor Proveedor (Girador) (Girador)
Banco en Colombia Banco en Colombia (Cobrador) (Cobrador)
Banco extranjero Banco extranjero (Cedente) (Cedente)
22
CLASES DE COBRANZA
El banco cobrador sólo entregará los documentos originales una vez haya recibido la letra de cambio.
Contra aceptación
El banco cobrador sólo entregará los documentos originales una vez recibido el pago.
A la vista (contra pago)
Ventajas à menos costoso que la carta de crédito
Desventajas à mayores riesgos que en la carta de crédito.
ULTIMAS MODIFICACIONES A LA CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA
DCIN 83 IMPORTACIONES
BANCO DE LA REPUBLICA
DECLARACIÓN DE CAMBIO
Las Declaraciones de Cambio que se presenten a partir de Febrero de 2011, podrán modificarse o reemplazarse
por otras en cualquier tiempo.
Se elimina la obligación de diligenciar las casillas de “Condiciones de pago y de despacho” por pagos anticipados de Importación.
24 De Febrero de 2011 (Vigente 1 Marzo de 2011)
INFORME DE ENDEUDAMIENTO
No se requiere informe de endeudamiento externo para el pago de Importaciones, con plazo superior a
6 meses.
•Se modifican y se eliminan algunas casillas de las declaraciones de cambio.
•Se confirma que la fecha del documento de transporte es la que se debe tener en cuenta para determinar la
modalidad de pagos anticipados por Importaciones o por compras de mercancías por usuarios de zona franca.
9 DE AGOSTO DE 2011
FINANCIACIÓN DE OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR Y ZONA FRANCA
(Modificación a la DCIN83 Octubre 28 de 2011)
Se reglamenta el plazo para el pago de las Importaciones, creando para tal efecto nuevos numerales cambiarios.
PLAZO DESCRIPCIÓN NUMERAL CAMBIARIO
Giro por Importaciones ya embarcadas, f inanciadas por proveedores u otros no residentes, o pagadas con
tarjeta de crédito emitida en el exterior y cobrada en divisas.
Giro por Importaciones de bienes ya embarcadas, f inanciadas por IMC o pagadas con tarjeta de crédito
emitida en Colombia, cobrada en divisas. 2023
Super ior a 12 meses
2024
2025
Importaciones pagadas con tarjeta de crédito emit ida en Colombia y cobrada en moneda legal colombiana.
2014
Giro por Importaciones de bienes ya embarcadas, f inanciadas por IMC o pagadas con tarjeta de crédito
emitida en Colombia, cobrada en divisas.
Giro por Importaciones ya embarcadas, f inanciadas por proveedores u otros no residentes, o pagadas con
tarjeta de crédito emitida en el exterior y cobrada en divisas.
2022 Super ior a 1 mes y hast a 12 meses
Giro por importaciones ya embarcadas y pagadas con tarjeta de crédito emit ida en el exterior o en Colombia,
cobrada en divisas. 2015
EXPORTACIONES
29
“Salida de mercancías del territorio Aduanero Nacional con destino a otro país”
PRODUCTOS PARA EMPRESAS EXPORTADORAS:
• Reintegros de exportación. • Cartas de crédito. • Cobranzas de exportación. • Negociación de cheques. • Prefinanciación de
exportaciones. • Descuento de instrumentos de
pago de exportaciones.
ULTIMAS MODIFICACIONES A LA CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA
DCIN 83 EXPORTACIONES
BANCO DE LA REPUBLICA
DECLARACIÓN DE CAMBIO
Las Declaraciones de Cambio que se presenten a partir de Febrero de 2011, podrán modificarse o reemplazarse
por otras en cualquier tiempo.
Se elimina la obligación de diligenciar las casillas de “Condiciones de pago y de despacho” para pagos anticipados recibidos por exportaciones.
24 De Febrero de 2011 (Vigente 1 Marzo de 2011)
FINANCIACIÓN DE OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR Y ZONA FRANCA
Se reglamenta el plazo para el pago de las Exportaciones, creando para tal efecto nuevos numerales cambiarios.
INFORME DE ENDEUDAMIENTO
No se requiere informe de endeudamiento externo para el reintegro de Exportaciones,
con plazo superior a 12 meses; igualmente, los pagos anticipados se exoneraran de este informe.
OTROS PRODUCTOS
35
– Créditos para capital de trabajo.
– Créditos de redescuento.
– Avales, garantías, Stand by.
– Asesoría cambiaria en: inversiones internacionales, endeudamiento externo, servicios técnicos.
– Trámites ante Banco de la República: constitución depósitos, endeudamiento externo, inversiones.
– Trámite de CERTS Mincomex.
36
ENDEUDAMIENTO EXTERNO
Pasivo Pasivo Activo Activo
Préstamos a residentes en el país.
F6
Los créditos pueden ser otorgados por IMC u otros
no residentes
Prestamos a residentes en el exterior.
F7
Cualquier persona natural o jurídica puede otorgar los
préstamos.
OTRAS MODIFICACIONES A LA CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA
DCIN 83 BANCO DE LA REPUBLICA
LA CIRCULAR REGLAMENTARIA DODM 144
(19 de Enero de 2011)
Permitió el cumplimiento de Derivados, a través de las cuentas corrientes de compensación; para tal fin se crearon los siguientes
numerales cambiarios.
5800 – 5801 – 5802 – 5803 – 5804 – 5450 – 5451 – 5452 – 5453 – 5454 – 5455
Se elimina la restricción según la cual, en los contratos de Derivados con cumplimiento efectivo (DF), la fecha de eliminación del contrato debía coincidir con la fecha de pago o giro de la operación subyacente.
39
CONTACTO
Asesoría Cambiaria y Acompañamiento Comercial Calle: 28 # 13A 15; Piso 26 Edificio Torre Davivienda,
Bogotá. Davivienda: 330 00 00
Luis Eduardo Heredia D. Ext. 64410 [email protected]
Diana M. Pérez Arango Ext. 45403 [email protected]
Banco Davivienda S.A.
¡Gracias por su atención!
41
INCOTERMS
“Son las normas oficiales que se utilizan para definir las responsabilidades y obligaciones del vendedor y comprador al realizar una
exportación o importación.”
Los más importantes son:
1.FOB à Entrega en el puerto de embarque 2.CFR à Vendedor se hace cargo de los
costes, incluido el transporte. El comprador asume los riesgos de perdida o daño.
3.CIF à El vendedor se hace cargo de todos los costos, incluidos el transporte principal y el seguro, hasta que la mercancía llegue al puerto de destino.
42
FOB
43
CFR
44
CIF
45
EXW
46
DDP