breves comentarios al constitucionalismo y neoconstitucionalismo jabibi

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Pág. 1 de 4 BREVES COMENTARIOS AL CONSTITUCIONALISMO Y NEOCONSTITUCIONALISMO. ¿EL NEOCONSTITUCIONALISMO ES INDEPENDIENTE DEL CONSTITUCIONALISMO? * Jabibi Bobadilla López. Desde un primer acercamiento, se puede apreciar que el “neoconstitucionalismo” no existe como una nueva rama del Derecho, más bien es la denominación que se le ha dado a una nueva visión del constitucionalismo, la cual surgió a partir de la segunda mitad del siglo XX, como respuesta a la experiencia vivida durante la Segunda Guerra Mundial. Se podría decir que el neoconstitucionalismo es la reciente etapa del constitucionalismo, así como dentro de la teoría del positivismo hay “positivismo radical”, “positivismo moderado”, “positivismo formalista”, entre otras derivaciones. Lo anterior se refuerza con el análisis gramatical del prefijo “neoconstitucionalismo” el cual significa, según el Diccionario de la Real Academia Española: “neo-. (Del gr. νος, nuevo). 1. elem. compos. Significa 'reciente', 'nuevo'. Neocatólico, neolatino.1 * Licenciada en Derecho y especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México. Actualmente estudiante de Maestría en Derecho en la misma Universidad. 1 http://lema.rae.es/drae/?val=NEO

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    BREVES COMENTARIOS AL CONSTITUCIONALISMO Y NEOCONSTITUCIONALISMO.

    EL NEOCONSTITUCIONALISMO ES INDEPENDIENTE DEL CONSTITUCIONALISMO?

    * Jabibi Bobadilla Lpez.

    Desde un primer acercamiento, se puede apreciar que el

    neoconstitucionalismo no existe como una nueva rama del Derecho, ms

    bien es la denominacin que se le ha dado a una nueva visin del

    constitucionalismo, la cual surgi a partir de la segunda mitad del siglo

    XX, como respuesta a la experiencia vivida durante la Segunda Guerra

    Mundial.

    Se podra decir que el neoconstitucionalismo es la reciente etapa del

    constitucionalismo, as como dentro de la teora del positivismo hay

    positivismo radical, positivismo moderado, positivismo formalista,

    entre otras derivaciones.

    Lo anterior se refuerza con el anlisis gramatical del prefijo

    neoconstitucionalismo el cual significa, segn el Diccionario de la Real

    Academia Espaola:

    neo-. (Del gr. , nuevo). 1. elem. compos. Significa 'reciente',

    'nuevo'. Neocatlico, neolatino.1

    * Licenciada en Derecho y especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autnoma de Mxico. Actualmente estudiante de Maestra en Derecho en la misma Universidad. 1 http://lema.rae.es/drae/?val=NEO

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    Luego, el neoconstitucionalismo es el contenido y el constitucionalismo el

    continente. Pero, en realidad, para poder realizar una opinin con

    fundamento es necesario recurrir a la doctrina.

    Se considera que el derecho constitucional, como disciplina autnoma

    naci en el siglo XVIII, para el autor Rodrigo Borja, son 5 las ideas

    generadoras del constitucionalismo:

    1. La transformacin del Estado arbitrario en un Estado de Derecho.

    2. Consagracin del principio de soberana popular, a favor del pueblo y no

    del Rey.

    3. Sometimiento a normas de Derecho, convertidas por el mismo pueblo en

    imperativos ticos que permitan la sana convivencia social.

    4. Imposicin de un sistema de libertades al poder del Estado, que

    garantice la libre accin de los individuos y salvagurdeles una suma de

    derechos personales, frente al Estado.

    5. Promocin de un rgimen de seguridad jurdica.2

    Como podemos observar, el constitucionalismo surge como una respuesta

    al abuso del poder ejercido por los monarcas, cuando el pueblo toma

    conciencia de su soberana y la ejerce a efecto de establecer una nueva

    forma de organizacin jurdico-poltica en el Estado, o en su caso

    mantener la existente, acotando su poder para evitar abusos; en virtud de

    lo anterior, se divide al poder en tres funciones bsicas: legislativa,

    ejecutiva y judicial, estableciendo entre ellas diversos mecanismos de

    equilibro.

    Lo anterior, est plasmado en la Constitucin de cada Estado (escrita o no

    escrita), la cual es el objeto de estudio del constitucionalismo al ser la

    norma fundamental de un Estado, documento en el cual se establecen: la

    2 Barragn Barragn, Jos et al., Teora de la constitucin, Caracteres del derecho constitucional, sexta edicin, Mxico, editorial Porra, 2014, p. 17

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    estructura jurdica y poltica que lo regir, los principios, valores y

    directrices, as como el reconocimiento de derechos fundamentales, que el

    pueblo soberano considera como elementales para la conformacin y

    existencia de la sociedad, de igual manera para mantener la sana

    convivencia.

    En la Carta Magna, se ven reflejados los intereses de todos y cada uno de

    los factores de poder, formales y reales; en ello radica la importancia del

    texto constitucional, as como su supremaca respecto del resto del

    ordenamiento jurdico y la necesidad de que existan mecanismos jurdicos

    para su defensa.

    Ahora bien, cuando el autor Luis Prieto Sanchs se refiere a

    neoconstitucionalismo, lo hace como una expresin utilizada para aludir a

    un aspecto de la cultura jurdica moderna;3 es decir, al constitucionalismo

    (para distinguirlo de las culturas iuspositivistas y iusnaturalistas), en cuya

    primera etapa surgi el Estado de Derecho.

    En ese orden de ideas, se refuerza la hiptesis de que el llamado

    neoconstitucionalismo es solo una forma de referirse a la actual etapa que

    est viviendo el constitucionalismo, misma que surge despus de la

    Segunda Guerra Mundial, donde la prioridad es la proteccin de los

    derechos humanos, dando preeminencia, para la solucin de conflictos, no

    solo a la aplicacin de las normas jurdicas sino tambin a principios y

    valores que puedan ser aplicados por el juzgador con la finalidad de

    garantizar la observancia de los derechos fundamentales reconocidos en la

    Constitucin.

    Finalmente, para el catedrtico Paolo Comanducci:

    3 http://www.uam.es/otros/afduam/pdf/5/6900111(201-228).pdf

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    El neoconstitucionalismo es considerado una variante o desarrollo del

    constitucionalismo As, en el neoconstitucionalismo el fin de la limitacin

    del poder habra pasado a un segundo plano, mientras la garanta de los

    derechos fundamentales se convierte en el gran y principal objetivo...4

    En esa tesitura, y como ha se ha venido sealando anteriormente, el

    neoconstitucionalismo es solamente una etapa del constitucionalismo, una

    evolucin en este pensamiento y no una teora autnoma como algunos

    juristas pretenden.

    Resulta claro que esta nueva fase solamente representa un avance en el

    razonamiento jurdico constitucional, cuya finalidad est ms orientada a

    la interpretacin, buscando terminar con las resoluciones legalistas que en

    la mayora de los casos vulneran derechos fundamentales al no

    encontrarse apegadas a la realidad de los hechos; as como a establecer

    polticas pblicas cuyo objeto principal sea el respeto a los derechos

    humanos.

    4 http://www.fcje.org.es/wp-content/uploads/file/jornada11/4_AHUMADA.pdf