breve anÁlisis proyecto de presupuesto ingresos y egresos del estado 2013

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BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013 Recopilación y Presentación José Alejandro Arévalo Alburez (Elementos para Discusión)

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Economy & Finance


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Page 1: BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013

BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO

INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO

2013

Recopilación y Presentación

José Alejandro Arévalo Alburez

(Elementos para Discusión)

Page 2: BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013

SUPUESTOS GUBERNAMENTALES

17/09/2012 2

Page 3: BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013

Supone Aumento Crec. Económico PIB 8.7% del PIB sobre 2012 (Q34,084 M) Inc. PIB 3.5%(2013)/2.9-3.3%(2012) Inflación de 4%(2013)/4.3%/(2012)

Aumenta Presión Tributaria 0.7% - PIB 2013 (Q2,977 M)

Cambio: Incremento mínimo 0.3% - PIB 2013 (Q1,276 M )

Aumento aún debajo 2011 0.2% - PIB 2013 (Q850 M )

Disminuye Déficit Pptario 0.4% - PIB 2013 (Q1,701 M)

Aumenta Ppto sobre PIB 2013 0.6% del PIB 2013 (Q2,552 M) Aumenta Servicio Deuda 0.2% - PIB 2013 (Q850 M)

Ingresos No Tributarios(regalías) Disminuyen respecto PIB (2013) Estructura Presupuesto No Cambia

No hay cambio significativo

A precios corrientes de 2013 (PIB nominal)

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La Constitución Política prohíbe expresamente transferir fondos de inversión a funcionamiento.

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Constitución Política de la República

17/09/2012

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Aumentan Q7,023 M (15%) 0.4% - PIB 2013 (Q1,701 M)

Directos aumentan Q4,966 M (36.3%) Indirectos suben Q1,799 M (13.2%)

No tributarios(regalías) Q47.8 M (0.8%)

Remuneraciones aumentan Q1,588 M (13.2%)

Intereses Deuda suben Q628 M (10.3%)

Transf. Crrtes. suben Q1,176 M (12.9%)

Capital sube Q1,662 (13%) Inversión real Q902 M (26%) Transf. Capital Q765 M (8.3%)

Seg. Social sube Q740 M (21.4%)

Déficit baja Q746 M (7.2%)

Principales Variaciones Nominales y %

Más deuda Banca Multilateral Neto Q2,154 M (76.6%) (a)

Menos Bonos en Banca Local Neto Q2,806 M (39.2%) (b)

(a) Más dependencia política del Congreso de la República para aprobar préstamo por préstamo, además de más condicionalidad de la banca multilateral. (b) Menos dependencia de la banca e inversionistas locales y no residentes, pero sin condicionalidad alguna, fondos no amarrados, de uso sin restricciones.

Déficit Presupuestario Financiero Neto

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ISR: Gran Aumento Q4,828 M (47.4%)

IVA: sube solo Q910 M (4.7%)

Vehiculos aumenta Q756 M (40.8%)

Aportes Empleados IGSS sube Q179 M (15.8%)

No Tributarios sube Q68.7 M (57.5%)

Donaciones disminuyen Q19.9 M (2%)

Caja disminuirá Q95.1 M (29.7%)

Endeudamiento sube Q510.3 M (4.2%) Bonos Locales disminuyen Q2,083.5 (27.8%) Deuda Multilaterales sube Q2,593.9 (54.9%)

Principales Variaciones Nominales y %

Pérdidas Banguat suben Q681 M (202.6%)

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Obligaciones sube Q2,346.9 M (12.2%)

100.0 0.3 0.6 6.3 3.0 0.5 15.7 7.6 0.9 0.5 2.4 8.1 0.1 0.7 3.3 0.3 32.1 15.1 1.8 0.0

Gobernación sube Q233.7 M (5.8%) Defensa sube Q383 M (23.1%)

Educación baja Q653.4 M (5.8%)

Salud sube Q676.6 M (15.3%)

Agricultura baja Q101.8 M (5.8%)

Comunicaciones sube Q916.9 M (20.2%)

Secretarías sube Q493.6 M (28.7%)

Deuda sube Q1,790 M (21.4%)

Presupuesto sube Q7,438 M (12.5%)

Principales Variaciones Nominales y %

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PRESUPUESTO 2012-2013 VARIACIONES Y ESTRUCTURA

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GOBERNACION PRODUCTOS, SUBPRODUCTOS Y METAS

(Solo con carácter ilustrativo)

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DEFENSA NACIONAL PRODUCTOS, SUBPRODUCTOS Y METAS

(Solo con carácter ilustrativo)

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Page 13: BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013

EDUCACIÓN PÚBLICA PRODUCTOS, SUBPRODUCTOS Y METAS

(Solo con carácter ilustrativo)

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2/ Comprende financiamiento

destinado a Consejos Educativos y Otras Organizaciones de Padres de Familia

constituidas en Centros Educativos

Públicos. Para el año 2013, el Ministerio

de Educación no cuenta con la distribución

correspondiente, debido a que los recursos que se asignan a dichas

organizaciones se definen en el

proceso de ejecución y posteriormente se

aprueban. 17/09/2012 14

Page 15: BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013

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Page 16: BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013

SALUD PÚBLICA PRODUCTOS, SUBPRODUCTOS Y METAS

(Solo con carácter ilustrativo)

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Page 18: BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013

COMUNICACIONES PRODUCTOS, SUBPRODUCTOS Y METAS

(Solo con carácter ilustrativo)

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Page 19: BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013

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DEUDA “FLOTANTE” LEGAL o ILEGAL: ¿Q4 MILLARDOS, Q6MILLARDOS, Q12 MILLARDOS?

¡1%, 1.5% o 3% del PIB! 17/09/2012

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SECRETARÍAS

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Page 22: BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013

SECRETARÍAS

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Page 23: BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013

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OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO

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Page 25: BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013

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N0RMAS EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA

Responsables de la programación, reprogramación y ejecución presupuestaria.

Prohibición para adquirir compromisos sin la existencia previa de créditos presupuestarios

Constancia de disponibilidad presupuestaria

Modificación a los contratos

Modalidad de ejecución

Convenio de cooperación en materia de salud

Anticipo de recursos

Asignaciones en programas sociales

Gestiones modificaciones presupuestarias

Economías presupuestarias asignaciones programadas para servicio de deuda pública

Acceso a la información de la ejecución presupuestaria con enfoque de género

Acceso a la información de la ejecución presupuestaria relacionada con el Agua

Acceso a medicamentos

Pago servicios y cuotas de seguridad social

NORMAS EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA

Informe de ejecución presupuestaria al Congreso de la República

Información de entidades receptoras de transferencias

Asignación especial para la lucha contra la desnutrición crónica infantil

Acceso a la información de la gestión presupuestaria por resultados

Otras remuneraciones personal temporal

Jornales

Liquidac. prestaciones personal exterior

Honorarios suscripción de contratos 029

Contratación de estudios y/o servicios

Obligatoriedad de detallar las especificaciones de los gastos a través de comprobante único de registro y de fondos rotativos

Retenciones impuesto al valor agregado

Prohibición de inversiones en instituciones financieras privadas

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Page 27: BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013

N0RMAS EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA

Consulta de saldos y cierre de cuentas monetarias

Constitución y manejo cuentas de depósitos monetarios en los bancos del sistema

Pago de las obligaciones del Estado

Operaciones cuenta única recursos externos

Incumplimiento de pago de deuda pública por las Municipalidades

Saldos de efectivo

Letras de Tesorería

Conciliación de saldos de deuda externa

Informes utilización recursos de cooperación externa, reembolsable y no reembolsable

Documentos de respaldo para el registro de desembolsos de préstamos y donaciones

Bonos del Tesoro de la República de Guatemala para el ejercicio fiscal 2013

Saldo de la deuda pública bonificada

NORMAS EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA

Disposiciones generales para la emisión, negociación y colocación, así como para el pago del servicio de las Letras de Tesorería y los Bonos del Tesoro de la República de Guatemala

Reglamento de los Bonos del Tesoro de la República de Guatemala

Documentación de emisiones internacionales, préstamos externos y de operaciones de gestión de pasivos en el mercado internacional

Reorientación de préstamos externos

Ejecución presupuestaria bajo la modalidad múltiple de gestión financiera

Inversión

Desembolsos a favor de los Consejos Departamentales de Desarrollo

Actualización de la ejecución física

Construcciones del Estado

Actualización de activos 27 17/09/2012

Page 28: BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013

N0RMAS EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA

Información del Sistema Nacional de Inversión Pública e informes de calidad del gasto y rendición de cuentas

Programación de la ejecución de contratos de infraestructura

Obligaciones de las Entidades Públicas con relación a los fideicomisos constituidos con recursos del Estado

Extinción de fideicomisos

Fideicomisos constituir recursos del Estado

Responsables de los fideicomisos

Normas contratación de servicios técnicos y/o profesionales con fondos de fideicomiso

Modificaciones en la nomenclatura contable para el registro de fondos de fideicomiso

Complementariedad de las normas

Obligaciones exigibles por la vía ejecutiva

Gratuidad de servicios públicos esenciales

NORMAS EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA

Exención de impuestos por el traslado de inmuebles a favor del Estado

Publicación de informes en páginas de internet

Ampliación al presupuesto general de ingresos y egresos

Fondo emergente

Vigencia

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Page 29: BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013

NORMAS EXISTENTES EN 2012, PERO ELIMINADAS EN EL 2013

Financiamiento para creación de puestos y acciones de personal. Durante el ejercicio fiscal dos mil doce, las Entidades de la Administración Central y Entidades Descentralizadas, con el aporte de la Administración Central, no podrán crear puestos ni solicitar la creación de bonos monetarios de ningún tipo. Se exceptúa de esta disposición la creación de puestos para médicos residentes, médicos turnistas y médicos de guardia del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social; agentes y oficiales de la Policía Nacional Civil y agentes del Sistema Penitenciario del Ministerio de Gobernación, agentes de nuevas promociones egresados por la Secretaría de Asuntos Administrativos y de Seguridad de la Presidencia de la República; entidades que sean creadas durante el año dos mil doce, incluyendo las nuevas dependencias derivadas del cumplimiento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad; casos que provengan de una sentencia judicial y por los resultados de la fiscalización de la Contraloría General de Cuentas.

Se faculta al Ministerio de Finanzas Públicas y a la Oficina Nacional de Servicio Civil, para denegar, de oficio, cualquier solicitud que contravenga esta disposición. En toda negociación de pactos colectivos de condiciones de trabajo, las autoridades superiores de las entidades a que se refiere el presente artículo, previo a la suscripción de los mismos, deberán solicitar la opinión del Ministerio de Finanzas Públicas, a través de la Dirección Técnica del Presupuesto, en cuanto a determinar la existencia de disponibilidad presupuestaria para atender los beneficios económicos derivados de dicha negociación, priorizando el uso de los recursos propios de las entidades que intervienen en las negociaciones.

Comisiones pagadas a los bancos del sistema por recaudación tributaria. La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), deberá realizar las gestiones pertinentes a efecto que, a partir del uno de enero de dos mil doce y durante todo el ejercicio fiscal, los recursos producto de la recaudación tributaria se trasladen a la cuenta “Gobierno de la República-Fondo Común”, sin deducir las comisiones que la SAT paga a los bancos del sistema.

Ejecución presupuestaría mediante convenios. Se elimina la figura de convenios para la ejecución y/o administración presupuestaria de programas y proyectos que constituyen formación de capital (obra física), por medio de Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y asociaciones. Se exceptúan los servicios de vacunación del subprograma de inmunizaciones y retrovirales, el programa de extensión de cobertura para la prestación de servicios básicos del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, así como los convenios que se suscriban por aportes de recursos no reembolsables con instituciones prestadoras de servicios.

La Entidad es responsable que la sumatoria de los convenios suscritos no sobrepase la asignación presupuestaria disponible para tal fin. Los desembolsos estarán sujetos a la disponibilidad financiera. Así mismo, deberá evaluar la capacidad y los antecedentes de la organización o persona jurídica, según corresponda y garantizará su ejecución con apego a normas de calidad y transparencia.

Para el efecto, la Entidad emitirá un dictamen calificando lo anterior, el cual se remitirá a la Contraloría General de Cuentas, previo a la suscripción del convenio.

Los convenios que se suscriban con Organismos Regionales o Internacionales, Organizaciones No Gubernamentales y

Asociaciones legalmente constituidas, deben tener una vigencia que no sobrepase el ejercicio fiscal dos mil doce y tendrán que registrarse en el Sistema de Contabilidad Integrada (SICOIN), a más tardar cinco (5) días después de su suscripción e incluir con carácter obligatorio que: a) la organización contratada rinda informe de avance físico y financiero mensual a la Entidad de la Administración Central suscriptora del convenio, al Congreso de la República y a la Contraloría General de Cuentas; b) los intereses generados por los recursos trasladados por las Entidades de la Administración Central, se depositen a la Cuenta “Gobierno de la República-Fondo Común”; c) las facturas por los gastos de la ejecución deben emitirse a nombre de la Entidad que suscribió el convenio; y, d) los saldos no ejecutados al final del ejercicio fiscal, deberán depositarse en la cuenta “Go bierno

de la República-Fondo Común” a más tardar cinco (5) días hábiles después de concluido el ejercicio fiscal dos mil doce. El incumplimiento de lo anterior, será motivo de suspensión de los anticipos, de lo cual deberá

llevar control la unidad ejecutora que suscribió dicho convenio. Los fondos públicos que ejecuten las Organizaciones No Gubernamentales (ONG), Asociaciones

legalmente constituidas o cualquier Organismo Regional o Internacional, en cumplimiento del artículo 54 de la Ley de Contrataciones del Estado, deberán proporcionar a la Contraloría General de Cuentas, la documentación e información que se les requiera y establecer mecanismos que faciliten el acceso a la información física y financiera.

Se prohíbe a los fondos sociales y a los fideicomisos, celebrar convenios con organizaciones no

gubernamentales y asociaciones legalmente constituidas. Todas las entidades del sector privado y externo que reciban fondos públicos tienen la

obligación de crear una cuenta específica y facilitar a la Contraloría General de Cuentas desarrollar su función fiscalizadora y la auditoría social.

La vigencia máxima del convenio será para el dos mil doce, por lo que si existiesen

modificaciones, las mismas deberán referirse únicamente al ejercicio fiscal de la vigencia. Transferencias. Las asignaciones presupuestarias aprobadas para el Ministerio de

Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, Fondo Nacional para la Paz -FONAPAZ-, y Consejos Departamentales de Desarrollo comprendidos en este Decreto, no podrán por ningún motivo disminuirse o transferirse hacia otras instituciones. Los presidentes de los Consejos Departamentales de Desarrollo deberán requerir de inmediato, las asignaciones establecidas al Ministerio de Finanzas Públicas y éste la obligación de asignarlas de acuerdo a la programación

Utilización de recursos de préstamos externos. Se autoriza en el presupuesto general de ingresos y egresos del Estado para el ejercicio fiscal dos mil doce, financiar con recursos de préstamos externos, de conformidad a los términos contenidos por la ley que aprobó el préstamo.

Servicio Cívico por Convocatoria. De los montos asignados en su presupuesto del ejercicio fiscal 2012 deberán destinar un millón de Quetzales, para la implementación del Servicio Cívico por Convocatoria, sin excepción alguna, las instituciones públicas siguientes: Gobernación; Agricultura, Ganadería y Alimentación; Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda; Educación; Finanzas Públicas; Ambiente y Recursos Naturales; Salud Pública y Asistencia Social; el Consejo Nacional de la Juventud; la Academia de Lenguas Mayas; la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia; y, la Secretaria de Obras Sociales de la Esposa del Presidente

. Transitorio. Se faculta al Organismo Ejecutivo, para que las partidas asignadas a los Programas

Sociales que actualmente se encuentran asignadas en diferentes Instituciones del Estado, sean trasladadas a la Institución o Entidad que durante la ejecución del presupuesto correspondiente al presente ejercicio fiscal sea creada por decreto, con el objeto que éste ejecute tales programas y permita que los mismos puedan ser fiscalizados.

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Iniciativa 4461:

Ley de Fortalecimiento dela Institucionalidad y la Calidad del

Gasto Público

• Reformas Ley Orgánica del Presupuesto (Decreto 101-97)

• Reformas Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas (Decreto 31-2002)

• Reformas Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria (Decreto 1-98)

• Ley del Sistema de Información Estadística y Geográfica

Iniciativa 4462:

Ley de Fortalecimiento de la Transparencia y de la Calidad del

Gasto Público

• Reformas Ley Contrataciones del Estado (Decreto 57-92)

• Reformas Ley Probidad y Responsabilidad Funcionarios y Empleados Públicos (Decreto 89-2002)

• Reformas Ley Organismo Ejecutivo (Decreto 114-97)

• Reformas Ley Servicio Civil (Decreto 1748)

• Ley contra Enriquecimiento Ilícito

• Ley Fideicomisos Públicos

• Ley Planificación y Evaluación Gestión Pública

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