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BOUZ 03-10 19 de febrero de 2010 ÍNDICE I. Disposiciones Generales Corrección de errores............................................................. 949 1.3. Consejo de Gobierno Comisión permanente: aprobación de miembros de Comisión de Concursos de Acceso....................................... 949 Comisión permanente: nombramiento de director de Estudio Propio ....................................................................... 949 Comisión permanente: concesión de Premios Extraordinarios de Doctorado ............................................... 950 Comisión permanente: premios extraordinarios de fin de carrera .................................................................................... 950 Aprobación de las líneas generales de actuación y método de trabajo para la solicitud de Campus de Excelencia Internacional (CEI) 2010 ...................................................... 950 Aprobación del Reglamento del Instituto de Ciencias de la Educación (ICE) ................................................................ 951 Nombramiento de doctor honoris causa al profesor doctor don Frank T. Avignone ......................................................... 952 Nombramiento de doctor honoris causa a don José Antonio Labordeta Subías..................................................... 952 Aprobación de la memoria del Grado en Lenguas Modernas ............................................................................... 953 Aprobación del Reglamento para la certificación de niveles de competencia en lenguas modernas ...................... 953 Aprobación de la división del Departamento de Economía y Dirección de Empresas ..................................... 954 Aprobación de la división del Departamento de Química Orgánica y Química Física.................................................... 955 Aprobación del Reglamento para el acceso y admisión a la Universidad de Zaragoza de los mayores de 40 años ....... 955 Creación del Servicio de Prácticas Odontológicas................ 958 1.4. Rector Delegación de competencia para solicitar acreditación de actividades en el director del departamento de Fisiatría y Enfermería ............................................................................. 958 IV Otras informaciones de interés Nombramientos y ceses ........................................................ 958 Publicado en el BOE ............................................................. 959 Publicado en el BOA............................................................. 960

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  • BOUZ

    03-1019 de febrero de 2010

    ÍNDICE

    I. Disposiciones Generales

    Corrección de errores............................................................. 949

    1.3. Consejo de Gobierno Comisión permanente: aprobación de miembros de

    Comisión de Concursos de Acceso....................................... 949 Comisión permanente: nombramiento de director de

    Estudio Propio....................................................................... 949 Comisión permanente: concesión de Premios

    Extraordinarios de Doctorado ............................................... 950 Comisión permanente: premios extraordinarios de fin de

    carrera.................................................................................... 950 Aprobación de las líneas generales de actuación y método

    de trabajo para la solicitud de Campus de Excelencia Internacional (CEI) 2010 ...................................................... 950

    Aprobación del Reglamento del Instituto de Ciencias de la Educación (ICE)................................................................ 951

    Nombramiento de doctor honoris causa al profesor doctor don Frank T. Avignone ......................................................... 952

    Nombramiento de doctor honoris causa a don José Antonio Labordeta Subías..................................................... 952

    Aprobación de la memoria del Grado en Lenguas Modernas............................................................................... 953

    Aprobación del Reglamento para la certificación de niveles de competencia en lenguas modernas ...................... 953

    Aprobación de la división del Departamento de Economía y Dirección de Empresas ..................................... 954

    Aprobación de la división del Departamento de Química Orgánica y Química Física.................................................... 955

    Aprobación del Reglamento para el acceso y admisión a la Universidad de Zaragoza de los mayores de 40 años ....... 955

    Creación del Servicio de Prácticas Odontológicas................ 958

    1.4. Rector Delegación de competencia para solicitar acreditación de

    actividades en el director del departamento de Fisiatría y Enfermería............................................................................. 958

    IV Otras informaciones de interés

    Nombramientos y ceses ........................................................ 958 Publicado en el BOE ............................................................. 959 Publicado en el BOA............................................................. 960

  • 19 de febrero de 2010 pág 949 BOUZ número 03-10

    I. Disposiciones generales

    Corrección de errores del acuerdo de 27 de enero de 2010, del Consejo de Gobierno de la Universidad, por el que se aprueba la propuesta de encargo docente, de asignaturas y materias a áreas de conocimiento en el caso de implantación de nuevas enseñanzas para el curso 2010-2010.

    Advertido error en el número de áreas y de créditos de la Asignatura Construcción II del Grado de Arquitectura (BOUZ 02-10 ), se procede a su corrección .

    En lugar de 6 créditos para el área de Ciencia de los Materiales e Ingeniería Metalúrgica como se refleja a continuación:

    279 Graduado en Arquitectura

    Curso 2010-11

    Cod.

    Asig

    Asignatura Clase Cred. Asig Curso

    Perío

    do

    Cod.

    área

    Área Cred. área

    2502

    2

    Construcción II O 6 3 C1 65 Ciencia de los Materiales e Ingeniería

    Metalúrgica 6

    Deben repartirse entre las siguientes áreas:

    279 Graduado en Arquitectura

    Curso 2010-11

    Cod.

    Asig

    Asignatura Clase Cred. Asig Curso

    Perío

    do

    Cod.

    área

    Área Cred. área

    65 Ciencia de los Materiales e Ingeniería

    Metalúrgica 2

    110

    Construcciones Arquitectónicas 2 2502

    2

    Construcción II O 6 3 C1

    510

    Ingeniería de la Construcción 2

    1.2. Consejo de Gobierno †

    Acuerdo de 15 de febrero de 2010, de la Comisión Permanente del Consejo de Gobierno por el que se aprueban miembros de comisión de concurso de acceso.

    La Comisión Permanente del Consejo de Gobierno, en virtud de la delegación establecida mediante acuerdo de 19 de octubre de 2005 (BOUZ 37), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de los Estatutos y en el reglamento que regula las convocatorias de los concursos de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios, aprobado por el Consejo de Gobierno el 28 de septiembre de 2004 (BOA de 3 de noviembre), acuerda aprobar los dos profesores titulares, y sus correspondientes suplentes, de la comisión de los concursos de acceso que se refiere a continuación:

    † Cumpliendo lo previsto en la Ley 30/1992, se advierte que los acuerdos del Consejo de Gobierno de 15 de febrero de 2010, se publican con anterioridad a la aprobación del acta de la sesión.

    Cuerpo: TU Dotación: 1 Área de conocimiento: Química Física Actividades docentes e investigadoras:

    Conceptos básicos de Equilibrio y Cinética. Disolventes y Métodos de Reacción no Convencionales

    Departamento: Química Orgánica y Química Física Centro: Facultad de Ciencias Aprobación en Consejo de Gobierno:

    22 de diciembre de 2009

    Titular 1: Pando-García Pumarino, María Concepción

    U. Complutense de Madrid

    Suplente 1: Tarazona Lafarga, María Pilar

    U. Alcalá de Henares

    Titular 2: García Calzón, Josefa Ángela

    U. Oviedo

    Suplente 2: López Martínez, María Carmen

    U. Murcia

    Acuerdo de 15 de febrero de 2010, de la Comisión Permanente del Consejo de Gobierno, por la que se nombra director de estudio propio.

    La Comisión Permanente del Consejo de Gobierno, a propuesta del órgano correspondiente, y de conformidad

  • BOUZ número 03-10 pág 950 19 de febrero de 2010

    con lo dispuesto en la letra f) de la Disposición Adicional 4ª del Reglamento del Consejo, acuerda nombrar como Director del Diploma de Especialización en “Diseño y desarrollo de políticas y programas de intervención socioeducativa” al profesor don Jacobo Cano de Escoriaza, en sustitución de don Enrique García Pascual.

    Acuerdo de 15 de febrero de 2010, de la Comisión Permanente del Consejo de Gobierno, por el que se conceden premios extraordinarios de Doctorado, curso 2008-2009.

    La Comisión Permanente del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Comisión de Doctorado, de conformidad con lo dispuesto en la letra g) de la Disposición Adicional 4ª del Reglamento del Consejo de Gobierno, y según lo establecido en la normativa para la concesión de premios extraordinarios de doctorado de la Universidad, acuerda la concesión de los siguientes premios extraordinarios de doctorado, correspondientes al curso 2008-2009:

    Macroárea de Ciencias de la Salud

    Colás Esteban, Carmen (Bioquímica y Biología Molecular y Celular)

    Vendrell Pérez, Daniel (Patología Animal)

    Aguiló Anento, Juan Ignacio (Bioquímica y Biología Molecular y Celular)

    Peregrina Bonilla, José Ramón (Bioquímica y Biología Molecular y Celular)

    Moreno Igoa, María (Anatomía, Embriología y Genética Animal)

    Rosado Sánchez, Belén (Patología Animal)

    García Mena, María Mercedes (Medicina, Psiquiatría y Dermatología)

    Macroárea de Ciencias

    Delso Hernández, José Ignacio (Química Orgánica y Química Física)

    Fernández-Pacheco Chicón, Amalio (Física de la Materia Condensada)

    Lucha López, Pedro (Ciencias de la Tierra)

    Luis Pérez, Ruth Luisa de (Producción Animal y Ciencia de los Alimentos)

    Zamora Iranzo, Samuel Andrés (Ciencias de la Tierra)

    Macroárea de Artes y Humanidades

    Marín Gelabert, Miguel Ángel (Historia Moderna y Contemporánea)

    Juan García, Natalia (Historia del Arte)

    Macroárea de Ciencias Sociales y Jurídicas

    Escartín Escudé, Víctor (Derecho Público)

    Fernández Olmos, Marta (Economía y Dirección de Empresas)

    Lafuente Torralba, Alberto José (Derecho Privado)

    Casaló Ariño, Luis Vicente (Economía y Dirección de Empresas)

    Macroárea de Ingeniería y Arquitectura

    Calvillo Lamana, Laura (Ingeniería Química y Tecnología del Medio Ambiente)

    Gutiérrez Marruedo, Lucía (Ciencia y Tecnología de Materiales y Fluidos)

    Moreo Calvo, Pedro (Ingeniería Mecánica)

    Murillo Arnal, Ana Cristina (Informática e Ingeniería de Sistemas)

    Sanz Herrera, José Antonio (IUI en Ingeniería de Aragón)

    Villafranca Velasco, Asier (Ingeniería Electrónica y Comunicaciones)

    Acuerdo de 15 de febrero de 2010, de la Comisión Permanente del Consejo de Gobierno, por el que se conceden premios extraordinarios fin de carrera de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Industrial, curso 2008-2009.

    A propuesta de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Industrial, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aprobada mediante resolución de la Junta de Gobierno de 9 de julio de 1999, y en virtud de la delegación establecida en la letra g) de la Disposición Adicional 4ª del Reglamento del Consejo de Gobierno, la Comisión Permanente acuerda conceder los siguientes premios extraordinarios fin de carrera de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Industrial, correspondientes al curso 2008-2009:

    Ingeniería Técnica Industrial (especialidad Mecánica): Ramo Mainar, Rafael

    Ingeniería Técnica Industrial (especialidad Electrónica Industrial): Juvillar Lasus, Daniel

    Ingeniería Técnica Industrial (especialidad Electricidad): Álvarez Moreno, Hugo

    Ingeniería Técnica en Diseño Industrial: Sanz Andrés, Raul

    Acuerdo de 15 de febrero de 2010, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por el que se aprueban las líneas generales de actuación y el método de trabajo a seguir para la elaboración de la solicitud de Campus de Excelencia Internacional (CEI) 2010

    En cumplimiento del acuerdo de Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza de 9 de noviembre de 2009, por el que se aprueba la composición de la comisión consultiva para el CEI 2010, así como la

  • 19 de febrero de 2010 pág 951 BOUZ número 03-10

    designación de los integrantes propuestos por el Consejo de Gobierno, y teniendo en cuenta las competencias recogidas en el art. 41 de los Estatutos de esta Universidad se aprueba lo siguiente:

    Primero: Líneas de actuación

    Se aprueban las líneas generales de actuación que a continuación se relacionan para la elaboración de la solicitud de campus de excelencia internacional (CEI) de la próxima convocatoria 2010:

    Materiales y Tecnología para la Calidad de vida Tecnología para la salud Energía y Medio Ambiente Agroalimentaria y Nutrición Memoria, Patrimonio e Identidades

    Segundo: Método de trabajo

    La responsabilidad de la propuesta concreta que se presente recaerá en el Consejo de Dirección de la Universidad. Para su elaboración se constituirá un comité de trabajo integrado por el Rector, tres Vicerrectores y un Coordinador del proceso. Se contará con el soporte técnico de una empresa colaboradora externa.

    Acuerdo de 15 de febrero de 2010, del Consejo de Gobierno de la Universidad, por el que se aprueba el Reglamento del Instituto de Ciencias de la Educación.

    REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN

    Título I: Funciones, organización y funcionamiento del Instituto de Ciencias de la Educación.

    Artículo 1. Ámbito de aplicación.

    El presente Reglamento desarrolla las funciones, organización y funcionamiento del Instituto de Ciencias de la Educación (en adelante ICE) previstos en lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza de 29 de marzo de 2007 (BOUZ 03-07), modificado por el de 14 de septiembre de 2009 (BOUZ 11-09), por el que se adapta la organización y funcionamiento del ICE a lo establecido en los Estatutos de esta Universidad.

    Título II: Organización de los programas y tareas propias del centro.

    Artículo 2. Organización de la actividad.

    1. El ICE organizará su actividad en “programas de actividad” que constituirán sus unidades básicas entendidas como un conjunto de acciones encaminadas a unos objetivos concretos y homogéneos de acuerdo con una planificación previa y una asignación propia de recursos humanos y materiales.

    2. En aquellos casos en que el Consejo de Dirección de la Universidad estime que es necesario desarrollar algún encargo de carácter extraordinario, podrá

    encomendar al Director del ICE su implementación asignándole los recursos necesarios

    Artículo 3. Propuesta y aprobación de los programas.

    1. Los programas de actividad podrán ser anuales o plurianuales y se aprobarán por la Comisión de Gobierno del ICE. Su propuesta corresponde al Consejo de Dirección de la Universidad, al Director del Instituto de Ciencias de la Educación o cualquiera de los miembros de la Comisión de Gobierno del ICE.

    2. La aprobación de los programas tendrá lugar durante el mes de septiembre, con el fin de tener en cuenta sus previsiones antes de la elaboración de la planificación docente anual. Si por circunstancias excepcionales fuese preciso proponer un nuevo programa, podrá hacerse fuera de este plazo, con arreglo al procedimiento habitual.

    Artículo 4. Contenidos de los programas.

    Cada programa propuesto para su aprobación por la Comisión de Gobierno del ICE hará constar, al menos, los siguientes aspectos relativos al mismo:

    a) Objetivos que persigue el programa.

    b) Acciones previstas y organización del desarrollo del programa.

    c) Recursos humanos y materiales, excluyendo los recursos humanos y materiales adscritos de manera estable al ICE. Deberá hacerse constar expresamente el número de profesores asignados en términos de horas equivalentes de encargo docente. Para el cálculo del profesorado necesario para la gestión, diseño, seguimiento y evaluación de los programas se realizará una previsión del número de horas reales de dedicación y se estimará una hora de encargo docente cada 2,5 horas de trabajo real. La propuesta de programa podrá hacer constar igualmente el personal de administración y servicios que se asignarán al programa. Se detallarán igualmente los recursos económicos de que dispondrá el programa u otros recursos materiales que se consideren necesarios para su aplicación.

    Los recursos humanos y materiales de los programas propuestos a la Comisión de Gobierno del ICE, una vez aprobados por la misma, deberán ser ratificados por el Rector.

    Artículo 5. Memoria de los programas.

    El Director presentará para su aprobación por la Comisión de Gobierno del ICE, una memoria anual evaluando los resultados, el grado de desarrollo de los programas y los recursos utilizados.

    Artículo 6. Vigencia de los programas.

    Cada programa tendrá una vigencia de al menos un año, desde su aprobación por la Comisión de Gobierno del ICE, hasta la presentación de su Memoria correspondiente. Los programas podrán ser prorrogados

  • BOUZ número 03-10 pág 952 19 de febrero de 2010

    en el formato en que se presentaron hasta un máximo de cuatro años.

    Artículo 7. Coordinación de los programas.

    1. Cada programa tendrá un coordinador propuesto por el Director del ICE, de entre el profesorado que haya mostrado su interés, y aprobado por su Comisión de Gobierno.

    2. El coordinador será responsable, ateniéndose a las indicaciones del Director y en el marco de lo establecido para el programa por la Comisión de Gobierno del ICE, de las acciones que se emprendan y de sus resultados.

    Artículo 8. Programa para formación del profesorado.

    El ICE tendrá asignado con carácter permanente y estratégico un Programa para la Formación del Profesorado de la Universidad de Zaragoza. A pesar del carácter permanente y estable de este programa, deberá aprobar anualmente su Memoria y Propuesta.

    Título III: Estructura del Instituto de Ciencias de la Educación.

    Artículo 9. Plantilla estable de personal docente e investigador.

    El Director, un Subdirector y el profesor Secretario constituirán la plantilla mínima estable de profesorado del Instituto de Ciencias de la Educación y deberán tener una dedicación a la actividad del centro de al menos el 50% de la dedicación de un profesor permanente a tiempo completo.

    Artículo 10. Elección del Director

    1. La elección de Director tendrá lugar en una sesión de la Comisión de Gobierno convocada al efecto.

    2. Los candidatos propuestos por los miembros de la Comisión para el cargo de Director deberán ser personal docente e investigador del ICE, doctores y con vinculación permanente a la Universidad.

    3. Si no los hubiera, se convocará nueva sesión en un plazo no superior a un mes. En ella podrá ser propuesto como candidato cualquier doctor con vinculación permanente a la Universidad.

    Artículo 11. Asignación del personal docente e investigador.

    1. Las necesidades de los diversos programas aprobados que configuran la actividad anual del ICE determinarán el número y el perfil del profesorado colaborador del centro.

    2. Durante el mes de octubre de cada año, el profesorado interesado en participar en alguno de los programas del ICE, remitirá un escrito al Director del ICE, razonando dicha solicitud. Tras el análisis de las solicitudes, el Director elaborará un informe contemplando todas ellas y elevará una propuesta razonada, para su debate y aprobación, a la Comisión de Gobierno del ICE.

    3. El Director del ICE, junto con el coordinador de cada programa, elaborará una propuesta del profesorado necesario para el desarrollo de cada uno de los programas, con indicación expresa de su dedicación al mismo en términos de su equivalencia en encargo docente. El Director del ICE, con el visto bueno del Vicerrector de Profesorado, elevará esta propuesta a la Comisión de Gobierno para su aprobación. La vinculación del coordinador y del profesorado colaborador al programa se extenderá durante todo el periodo de vigencia del mismo.

    4. Su aprobación por la Comisión de Gobierno del ICE determinará la asignación del personal docente e investigador que se integra en el ICE siempre y cuando su dedicación a estas tareas sea igual o superior, globalmente, a un tercio del encargo docente habitual.

    Artículo 12. Administración y Servicios.

    El Instituto de Ciencias de la Educación tendrá adscrita con carácter permanente y dedicación a tiempo completo la plantilla que la Gerencia de la Universidad considere adecuada en cada momento para el normal desarrollo de las funciones y programas adscritos al centro.

    Disposición Adicional

    Las menciones genéricas en masculino que aparecen en el articulado del presente Reglamento se entenderán referidas también a su correspondiente femenino.

    Disposición Final

    El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOUZ.

    Acuerdo de 15 de febrero de 2010, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por el que se nombra doctor honoris causa al doctor don Frank T. Avignone.

    De conformidad con lo dispuesto en los artículos 41.v) y 105 de los Estatutos de la Universidad, a propuesta del Departamento de Física Teórica, y a la vista de los informes favorables de la Junta de la Facultad de Ciencias, de la Junta Consultiva y de la Comisión de Doctorado de la Universidad, el Consejo de Gobierno acuerda, por unanimidad, conceder la distinción de doctor honoris causa por la Universidad de Zaragoza al doctor don Frank T. Avignone.

    Acuerdo de 15 de febrero de 2010, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por el que se nombra doctor honoris causa a don José Antonio Labordeta Subías.

    De conformidad con lo dispuesto en los artículos 41.v) y 105 de los Estatutos de la Universidad, a propuesta de la Facultad de Ciencias Sociales y del Trabajo, la Facultad de Ciencias Sociales y Humanas, la Facultad de Ciencias Humanas y de la Educación y el Departamento de Historia Moderna y Contemporánea, y a

  • 19 de febrero de 2010 pág 953 BOUZ número 03-10

    la vista de los informes favorables de la Junta Consultiva y de la Comisión de Doctorado de la Universidad, el Consejo de Gobierno acuerda, por unanimidad, conceder la distinción de doctor honoris causa por la Universidad de Zaragoza a don José Antonio Labordeta Subías.

    Acuerdo de 15 de febrero de 2010, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por el que se aprueba la memoria del Grado en Lenguas Modernas a remitir para su verificación al Consejo de Universidades.

    El Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, de conformidad con lo previsto en el art. 3.3 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre (BOE de 30 de octubre de 2007) y por acuerdo de Consejo de Gobierno de 6 de octubre de 2009 por el que se aprueban memorias de grado previstas para su implantación en el curso 2010-2011, acuerda:

    Primero: Aprobar la memoria de verificación del título de Grado en Lenguas Modernas. El Consejo de Gobierno asume la recomendación incluida en el informe de la Comisión de Docencia en el sentido de que la oferta de los idiomas minor quede condicionada a la existencia de un mínimo de 10 estudiantes matriculados, pero garantizando en todo caso la mínima necesaria que supone el mantenimiento de al menos un maior y dos minor. El análisis de la demanda se referirá a lo sucedido en los dos últimos cursos.

    Segundo: Remitir la misma al objeto de su verificación al Consejo de Universidades.

    Acuerdo de Consejo de Gobierno de 15 de febrero de 2010, por el que se aprueba el Reglamento para la certificación de niveles de competencia en lenguas modernas por la Universidad de Zaragoza.

    La Universidad de Zaragoza tiene una larga tradición en la impartición de idiomas modernos basada en sus titulaciones filológicas, la enseñanza de idiomas para fines específicos y la trayectoria de su Instituto de idiomas, ahora llamado Centro Universitario de Lenguas Modernas. A esta importante y consolidada tradición ha de sumarse ahora, dentro del marco del Espacio Europeo de Educación Superior, la conveniencia de estudiar un procedimiento de certificación que resuelva las necesidades específicas de acreditación de los niveles de competencia en lenguas modernas de las nuevas titulaciones oficiales de grado y máster. La ocasión es propicia para establecer un mecanismo de certificación de los estudios de idiomas realizados por los estudiantes en el seno de la Universidad de Zaragoza, al igual que se realiza en otras universidades e instituciones.

    En este sentido, las Directrices Generales para la elaboración de los programas formativos de los estudios de Grado, aprobadas por acuerdo de Consejo de Gobierno de 15 de mayo de 2009 de la Universidad de Zaragoza (BOUZ de 21 de mayo de 2009), establecen en su

    artículo 9º la obligación de que figure en los planes de estudios de los nuevos grados la necesidad de obtener una formación de nivel B-1 o equivalente del idioma que se haya establecido en la Memoria de Verificación según las necesidades de formación que requiera el estudiante, y que se computa con un valor de 2 créditos. Es también el caso de las exigencias de idiomas establecidas o que se puedan establecer para las titulaciones de máster.

    En consecuencia, la Universidad de Zaragoza va a certificar la competencia en lenguas modernas ateniéndonos a los niveles establecidos por el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas a partir del curso académico 2009-10.

    Art. 1 Certificación de niveles de competencia en lenguas modernas

    1. La Universidad de Zaragoza certificará la competencia en lenguas modernas conforme a los niveles establecidos en el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas.

    2. Esta certificación será necesaria para obtener los dos créditos de idioma moderno exigidos en los Planes de Estudios de las titulaciones oficiales impartidas en la Universidad de Zaragoza por las Directrices Generales para la elaboración de los programas formativos de los estudios de Grado.

    Art. 2 Modalidades de obtención de la certificación

    1. La certificación de la competencia en lenguas modernas podrá obtenerse por una de estas dos vías:

    a) La superación de la prueba a que se refiere este Reglamento.

    b) El reconocimiento de los estudios de idiomas cursados; a tal fin, el interesado habrá de acreditar documentalmente el nivel cuyo reconocimiento pretende.

    2. Corresponde a la Comisión de Certificación de Idiomas organizar la prueba y establecer los criterios de reconocimiento a que se refiere el apartado anterior.

    Art. 3 Composición de la Comisión

    La Comisión de Certificación de Idiomas estará integrada por los siguientes miembros:

    a) el Rector o persona en quien delegue, que la presidirá;

    b) un miembro del Consejo de Dirección de la Universidad;

    c) dos representantes de las áreas de filologías modernas de la Universidad de Zaragoza;

    d) un representante del Centro Universitario de Lenguas Modernas.

    Art. 4 Prueba para la obtención de la certificación

    1. La Comisión convocará la prueba, determinará sus características, establecerá los criterios de evaluación y fijará las fechas de realización.

  • BOUZ número 03-10 pág 954 19 de febrero de 2010

    2. En cada curso académico habrá, al menos, dos convocatorias por idioma y nivel.

    3. Habrá un tribunal por idioma. El tribunal estará integrado por personal con vinculación permanente a la Universidad y presidido por un miembro de los cuerpos docentes universitarios. Será nombrado por el Rector a propuesta de la Comisión de Certificación de Idiomas. Estará formado, además de por el presidente, por dos profesores de los Departamentos universitarios implicados y dos profesores del Centro Universitario de Lenguas Modernas, además de cuantos vocales sean necesarios para la corrección de las pruebas. Los miembros del tribunal y los vocales recibirán un reconocimiento por su colaboración.

    4. La Comisión velará por la observancia de las garantías del procedimiento y resolverá las reclamaciones que, a este respecto, se formulen.

    5. Para la realización de la prueba el interesado deberá abonar las tasas de examen correspondientes, salvo quienes presenten justificación de estar matriculados en los créditos de idioma moderno a que hace referencia el artículo 1.2 del presente Reglamento.

    Art. 5 Medidas complementarias

    1. La Universidad dará el apoyo necesario a los estudiantes mediante cursos preparatorios, actividades no presenciales, uso de materiales virtuales y cualesquiera otros que capaciten para la obtención de esta certificación.

    2. A estos efectos, el Centro Universitario de Lenguas Modernas acomodará su docencia y contenidos al Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas.

    Disposición adicional. Trámites

    El desarrollo de los trámites y procedimiento de matrícula será establecido por el Vicerrectorado de Política Académica.

    Disposición transitoria. Curso 2009-10

    En el presente curso 2009-10 se realizarán en todo caso dos pruebas de idiomas antes de la finalización del curso académico en función de las necesidades de acreditación del Máster de Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de idiomas.

    Disposición Final. Entrada en vigor

    El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Zaragoza.

    Acuerdo de 15 de febrero de 2010 de Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza por el que se aprueba la división del Departamento de Economía y Dirección de Empresas.

    El Consejo del Departamento de Economía y Dirección de Empresas tomó la iniciativa de modificar dicho departamento. Por ello, de acuerdo con lo

    establecido en el artículo 10 de los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, y previo acuerdo del Consejo de Dirección, se presenta a Consejo de Gobierno la correspondiente memoria de modificación.

    Examinada la memoria, en concordancia con el artículo 10 de los Estatutos, conforme al procedimiento señalado en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 24 de noviembre de 2005, y una vez emitido informe favorable de la Comisión de Docencia y de la Junta Consultiva, y estimando que no es necesario abrir un proceso de información pública, el Consejo de Gobierno acuerda:

    Primero. Se modifica el departamento de Economía y Dirección de Empresas dividiéndolo en otros dos, denominados departamento de Dirección de Marketing e Investigación de Mercados y departamento de Dirección y Organización de Empresas. La fecha de constitución de los nuevos departamentos será la del inicio del curso académico 2010-2011.

    a) El Departamento de Dirección de Marketing e Investigación de Mercados se constituye con el área de conocimiento de Comercialización e Investigación de Mercados.

    b) El Departamento de Dirección y Organización de Empresas se constituye con el área de conocimiento de Organización de Empresas.

    Segundo. Se integrarán en cada uno de estos departamentos:

    a) Los profesores que pertenezcan a las áreas que correspondan a cada departamento según se ha indicado en el punto anterior.

    b) Los tres miembros del personal de administración y servicios que pertenecen al departamento que se extingue, se integrarán en los nuevos departamentos de manera que dos de ellos formarán parte del Departamento de Dirección y Organización de Empresas, y el otro se integrará en el Departamento de Dirección de Marketing e Investigación de Mercados transformando una plaza de un puesto básico de administración a Jefe de Negociado. La creación de estos nuevos Departamentos supone que éstos asumen el compromiso de no solicitar en los próximos 4 años a partir de la fecha de su aprobación ninguna nueva plaza de Personal de Administración y Servicios.

    c) Los becarios del departamento se incorporarán al departamento que le corresponda a su tutor.

    d) Los estudiantes del Consejo del Departamento que se extingue se repartirán en los consejos de los nuevos departamentos, respetando la proporción preceptiva. Este reparto se hará de acuerdo con los propios estudiantes. En caso de discrepancia, se realizará por sorteo.

    Tercero. Cada departamento se responsabilizará de la docencia que tengan asignadas sus profesores. Ambos departamentos se adscriben a la rama de conocimiento de Ciencias Sociales y Jurídicas.

  • 19 de febrero de 2010 pág 955 BOUZ número 03-10

    Cuarto. Los medios materiales y económicos se repartirán proporcionalmente al número de profesores que constituyen cada departamento.

    Quinto. Ambos departamentos se regirán por lo previsto en el reglamento del departamento de Economía y Dirección de Empresas, aprobado por Consejo de Gobierno el 22 de noviembre de 2006 y publicado en BOUZ de 27 de noviembre de 2006.

    Acuerdo de 15 de febrero de 2010 de Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza por el que se aprueba la división del Departamento de Química Orgánica y Química Física.

    El Consejo del Departamento de Química Orgánica y Química Física tomó la iniciativa de modificar dicho departamento. Por ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, y previo acuerdo del Consejo de Dirección, se presenta a Consejo de Gobierno la correspondiente memoria de modificación.

    Examinada la memoria, en concordancia con el artículo 10 de los Estatutos, conforme al procedimiento señalado en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 24 de noviembre de 2005, y una vez emitido informe favorable de la Comisión de Docencia y de la Junta Consultiva, y estimando que no es necesario abrir un proceso de información pública, el Consejo de Gobierno acuerda:

    Primero. Se modifica el departamento de Química Orgánica y Química Física dividiéndolo en otros dos, denominados departamento de Química Orgánica y departamento de Química Física. La fecha de constitución de los nuevos departamentos será la del inicio del curso académico 2010-2011.

    a) El Departamento de Química Orgánica se constituye con el área de conocimiento de Química Orgánica.

    b) El Departamento de Química Física se constituye con el área de conocimiento de Química Física.

    Segundo. Se integrarán en cada uno de estos departamentos:

    a) Los profesores que pertenezcan a las áreas que correspondan a cada departamento según se ha indicado en el punto anterior.

    b) Los dos miembros del personal de administración y servicios que pertenecen al departamento que se extingue, se integrarán en los nuevos departamentos de manera que el que ocupa un puesto básico de administración se transformara a Jefe de Negociado. La creación de estos nuevos Departamentos supone que éstos asumen el compromiso de no solicitar en los próximos 4 años a partir de la fecha de su aprobación ninguna nueva plaza de Personal de Administración y Servicios.

    c) Los becarios del departamento se incorporarán al departamento que le corresponda a su tutor.

    d) Los estudiantes del Consejo del Departamento que se extingue se repartirán en los consejos de los nuevos departamentos, respetando la proporción preceptiva. Este reparto se hará de acuerdo con los propios estudiantes. En caso de discrepancia, se realizará por sorteo.

    Tercero. Cada departamento se responsabilizará de la docencia que tengan asignadas sus profesores. Ambos departamentos se adscriben a la rama de conocimiento de Ciencias.

    Cuarto. Los medios materiales y económicos se repartirán proporcionalmente al número de profesores que constituyen cada departamento.

    Quinto. Ambos departamentos se regirán por lo previsto en el reglamento del departamento de Química Orgánica y Química Física, aprobado por Consejo de Gobierno el 19 de diciembre de 2006 y publicado en BOUZ el 29 de diciembre de 2006.

    Acuerdo de 15 de febrero de 2010, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento para el acceso y admisión a la Universidad de Zaragoza de Mayores de 40 años mediante acreditación de experiencia laboral o profesional en los estudios universitarios oficiales de Grado.

    La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades prevé en el artículo 42.4, con el fin de “facilitar la actualización de la formación y la readaptación profesionales y la plena y efectiva participación en la vida cultural, económica y social”, la regulación, por parte del Gobierno, de “los procedimientos para el acceso a la universidad de quienes, acreditando una determinada experiencia laboral o profesional, no dispongan de la titulación académica legalmente requerida al efecto con carácter general”.

    El Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre [BOE de 24 de noviembre], por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas, define en su capítulo V Otras vías de acceso a la universidad. En concreto en el art. 27 y el art. 36 nos obliga a poner en marcha para cada titulación una vía de acceso para las personas que hubieran cumplido 40 años y acrediten una determinada experiencia profesional o laboral, estableciendo los criterios de acreditación y ámbito de la experiencia laboral y profesional en relación con cada una de las enseñanzas, de forma que permitan ordenar a los solicitantes, incluyendo, en todo caso, la realización de una entrevista personal con el candidato. A su vez, por Acuerdo de 9 de noviembre de 2009, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, se han establecido los cupos de reserva de plazas en los estudios universitarios oficiales de Grado incorporando el de los mayores de 40 años.

    Por otra parte, las Memorias de Verificación de títulos de Grado contienen una declaración de carácter general que establece el compromiso de La Universidad

  • BOUZ número 03-10 pág 956 19 de febrero de 2010

    de Zaragoza para poner en marcha este procedimiento antes del inicio del curso 2010-11.

    Atendiendo a este mandato y con la finalidad de regular las condiciones para el acceso a las enseñanzas oficiales de Grado para las personas que hubieran cumplido 40 años, el Consejo de Gobierno acuerda lo siguiente:

    Capítulo I Disposiciones Generales

    Artículo 1. Objeto.

    El presente reglamento tiene por objeto regular los procedimientos de acceso y admisión de las personas mayores de 40 años que acrediten experiencia laboral y profesional, conforme prevé el Real Decreto 1892/2008.

    Artículo 2. Ámbito de aplicación.

    Las disposiciones contenidas en este reglamento serán de aplicación a los procesos de acceso y admisión en las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, previstas en el Real Decreto 1393/2007, impartidas por la Universidad de Zaragoza.

    Capítulo II Acceso y admisión mediante acreditación de experiencia laboral o profesional

    Artículo 3. Requisitos de acceso

    Podrán acceder por esta vía los candidatos y candidatas con experiencia laboral y profesional en relación con una enseñanza, que no posean ninguna titulación académica para acceder a la universidad por otras vías, cumplan o hayan cumplido los 40 años antes del 1 de octubre del año natural en que vayan a solicitar el acceso y superen una entrevista personal de adecuación al perfil de los estudios.

    Artículo 4. Familias Profesionales

    1. El centro responsable de cada grado propondrá, para su aprobación en Consejo de Gobierno, el ámbito de la experiencia laboral y profesional en relación con dicha enseñanza. Este ámbito se podrá concretar, al menos con una relación de familias profesionales de entre las adscritas a la rama de conocimiento correspondiente según el anexo II del RD 1892/2008.

    2. Para el acceso a una enseñanza de grado el solicitante deberá acreditar su experiencia laboral dentro alguna de las familias profesionales relacionadas según el punto anterior.

    3. Si un centro no hiciese ninguna propuesta en el plazo que al efecto establezca el vicerrector con competencia en materia de estudiantes, se entenderá que todas las familias profesionales adscritas a la rama correspondiente pertenecen al ámbito de la experiencia laboral y profesional en relación con ese grado.

    Artículo 5. Convocatoria

    El acceso se realizará respecto a unas enseñanzas concretas ofertadas por la universidad a cuyo efecto el interesado o interesada dirigirá la correspondiente solicitud en los plazos y con el procedimiento que se

    establezca por el Rector y que se publicará en el Boletín Oficial de Aragón.

    Artículo 6. Tribunal de valoración de la experiencia laboral-profesional y de la entrevista

    Se constituirá un tribunal por cada centro responsable de los distintos títulos de grado, que será nombrado por el Rector, a propuesta del Decano o Director del Centro. Cada uno de estos tribunales estará integrado por el Decano o Director del Centro, o persona en quien delegue, que lo presidirá, así como por otros dos profesores seleccionados, de modo preferente, entre los coordinadores de grado de los centros. Uno de estos dos profesores actuará con secretario del tribunal. Los distintos tribunales contarán, asimismo, con un suplente por cada uno de los profesores que lo integran, a fin garantizar el correcto desarrollo de sus funciones.

    El tribunal podrá, a instancia de su presidente, incorporar los asesores expertos que precise, relacionados con las titulaciones objeto de la entrevista, con el fin de valorar con mayor exactitud los méritos del candidato.

    Artículo 7. Evaluación de las solicitudes.

    La evaluación se desarrollará en dos fases: valoración de la experiencia laboral y profesional y entrevista.

    En concreto la primera fase consistirá en comprobar si el solicitante acredita la competencia profesional o laboral relacionada con la memoria del Grado, de acuerdo con el perfil de acceso requerido y establecer su puntuación para ordenar las solicitudes.

    Para la valoración de las solicitudes el tribunal evaluador deberá aplicar el siguiente baremo:

    a) Experiencia laboral o profesional (hasta 7 puntos): antigüedad evidenciada en los puestos de trabajo relacionados con los estudios de Grado. En particular, si el candidato está en posesión de una Certificación de Profesionalidad expedida por la Autoridad Nacional o Autonómica competente, del nivel, familia y perfil profesional relacionado con la memoria verificada, debe obtener 5 puntos en este apartado.

    b) Formación complementaria (hasta 2 puntos): por vías formales (regladas, conducentes a la obtención de título), informales (regladas sin consecución de título) y no formales (no regladas).

    c) Otros méritos (hasta 1 punto).

    La convocatoria establecerá los documentos y evidencias requeridos para acreditar cada uno de los apartados del baremo.

    Segunda: Realizar una entrevista personal con el candidato

    Los aspirantes que superen la fase anterior, mantendrán una entrevista personal con el Tribunal, destinada a verificar la adecuación e idoneidad de aquellos respecto de las enseñanzas solicitadas, así como

  • 19 de febrero de 2010 pág 957 BOUZ número 03-10

    a ampliar la información contenida en la documentación aportada.

    La valoración de la entrevista será de Apto o No apto. En este último caso, el resultado final del solicitante será de “No accede” a la enseñanza solicitada.

    De esta entrevista personal se extenderá acta

    Si el candidato ha presentado más de una solicitud a distintos estudios de Grado, cada una de las solicitudes habrá de ser valorada separadamente, incluso cuando las solicitudes hagan referencia a estudios impartidos en el mismo centro universitario.

    Artículo 8. Valoración de la experiencia laboral y profesional

    La valoración total vendrá determinada por la suma de las puntuaciones alcanzadas en los apartados anteriores, siendo la puntuación máxima a obtener de 10 puntos expresada con dos cifras decimales redondeada a la milésima.

    La puntuación mínima a obtener para poder superar la fase de valoración de la experiencia laboral y profesional, es de 5 puntos.

    Del acto de valoración, se levantará acta que contendrá los resultados obtenidos por los aspirantes en los correspondientes apartados.

    La documentación necesaria para las valoraciones será, al menos:

    1) Resumen detallado, de la experiencia laboral/profesional poseída, que será acreditada mediante la aportación de :

    a) Contrato laboral, y certificación concretando las funciones realizadas.

    b) Vida laboral justificativa de la cotización al Régimen General de la Seguridad Social, o en su caso, Certificación del Organismo correspondiente.

    2) Relación de cursos recibidos y en su caso impartidos, acompañados del certificado/justificante acreditativo de los mismos, donde conste el contenido fecha de realización así como duración de los mismos expedido por la empresa u organismo responsable de la formación.

    Artículo 9. Calificación final

    Quienes resulten aptos tras la entrevista, habrán superado el acceso y obtendrán una calificación final que estará comprendida entre 5 y 10 puntos expresada con dos cifras decimales redondeadas a la milésima.

    De la calificación final, se extenderá acta que contendrá el resultado final otorgado a los aspirantes que se remitirá a la Sección de Acceso para que se proceda a la emisión de las papeletas.

    Se realizará la publicación conforme se establezca en el procedimiento publicado en el B.O.A.

    Artículo 10. Reclamación sobre el resultado final

    Sobre la calificación final otorgada por el Tribunal tras la realización de la entrevista personal, los interesados podrán presentar reclamación ante la misma en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de las calificaciones finales.

    El Tribunal resolverá las reclamaciones en un plazo máximo de dos días hábiles contados desde la finalización del plazo de presentación de reclamaciones.

    Sobre los resultados de la reclamación, los interesados podrán presentar recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes contado desde el siguiente día al de la fecha de publicación de la resolución, en base a lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por Ley 4/1999 de 13 de enero, el cual pondrá fin a la vía administrativa.

    Artículo 11. Admisión en estudios universitarios de Grado.

    1. El candidato que haya obtenido una calificación superior a 5 para unos estudios de Grado concretos y en los que la oferta sea superior a la demanda, cumplirá los requisitos de admisión y podrá formalizar la matrícula en esos estudios.

    2. En el caso de que los estudios de Grado para los que el candidato haya obtenido una puntuación igual o superior a 5 puntos tengan establecido límite de plazas, el candidato deberá realizar la solicitud de plaza, en los periodos oficiales establecidos al efecto, e incorporarse al proceso de admisión dentro de la reserva de plazas establecida para estos estudiantes, en virtud del artículo 50 del Real Decreto 1892/2008. Las solicitudes de los candidatos se ordenarán atendiendo a su calificación final.

    Disposición final primera. Título competencial.

    Este reglamento se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 36 del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas, que atribuye a la universidad la competencia para establecer los criterios que han de utilizarse para la resolución de las solicitudes de plaza en enseñanzas universitarias de los candidatos con experiencia laboral y profesional.

    Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo e interpretación.

    Corresponde al Vicerrectorado con competencia en materia de estudiantes el desarrollo, interpretación y resolución de cuantas cuestiones se planteen en la aplicación de este reglamento.

    Acuerdo de 15 de febrero de 2010, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por el que crea el Servicio de Prácticas Odontológicas de los estudios de Odontología de la Universidad de Zaragoza.

  • BOUZ número 03-10 pág 958 19 de febrero de 2010

    La Facultad de Ciencias de la Salud y del Deporte precisa de un nuevo Servicio de Odontología con el fin de poder atender las necesidades en materia de prácticas docentes de asignaturas clínicas de la Titulación de Odontología y dar cumplimiento a las directrices de la ADEE (Association for Dental Education in Europe).

    En este sentido, la construcción y equipamiento de nuevas e importantes instalaciones destinadas a esta actividad, así como la creciente importancia de las clases prácticas, puestas de manifiesto en el borrador de la Memoria del Grado de Odontología, aconsejan crear un Servicio de Prácticas Odontológicas, dotándolo de suficientes instrumentos, para poder alcanzar con efectividad sus fines.

    El objetivo principal del nuevo servicio consiste esencialmente en la realización de las prácticas clínicas de los estudios de Odontología.

    De acuerdo con todo ello, el Consejo de Gobierno acuerda crear el Servicio de Prácticas Odontológicas, dependiente de la Facultad de Ciencias de la Salud y del Deporte.

    La puesta en marcha de este Servicio estará supeditada a la obtención de las autorizaciones y permisos legalmente exigibles, incluida la autorización como establecimiento sanitario por parte del Gobierno de Aragón.

    1.3. Rector.

    Resolución de 10 de febrero de 2010, del Rector de la Universidad de Zaragoza, por la que se delegan competencias en la Directora del Departamento de Fisiatría y Enfermería para solicitar acreditación de actividades de Formación Continua

    En uso de las facultades que me confiere el artículo 20.1 de la Ley Orgánica de Universidades y el artículo 66 n) de los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, este Rectorado resuelve:

    Primero.—Delegar en la Directora del Departamento de Fisiatría y Enfermería la competencia para firmar las solicitudes de acreditación de actividades de Formación Continua de las profesiones sanitarias recogidas en la Orden de 24 de mayo de 2006 del Departamento de Salud y Consumo (BOA de 5 de junio de 2006-núm. 63)

    Segundo.—Se delega también la competencia para conocer tanto de los actos preparatorios como de los actos de ejecución y desarrollo de las actividades en cuestión, fundamentalmente en todo lo concerniente a la correcta expedición de los diplomas y certificados correspondientes.

    Todo ello sin perjuicio del conocimiento y seguimiento económico-administrativo que, en su caso, corresponda efectuar a los órganos competentes.

    Tercero.—La presente delegación no impedirá la posibilidad del Rector de avocarlas para sí, en todo o en parte, en el momento en que lo estime oportuno.

    Cuarto.—Las facultades delegadas se ejercerán conforme establece la legislación de general aplicación y las normas propias de la Universidad de Zaragoza, incluidos los Acuerdos aprobados por el Consejo de Gobierno en relación con la política y ordenación general de la colaboración universitaria y la materia o materias objeto de acuerdo. El órgano delegado dará cuenta sistemáticamente al delegante de los acuerdos firmados a los oportunos efectos.

    Quinto.—En ningún caso podrán delegarse las atribuciones que se posean, a su vez, por la delegación contenida en la presente Resolución.

    IV Otras informaciones de interés.

    Nombramientos

    directores de departamento

    Resolución de 12 de febrero de 2010, del Rector, por la que se nombra a doña Mª Angeles Parra Lucán, directora del departamento de Derecho Privado.

    subdirectores y secretarios de departamento

    Resolución de 25 de enero de 2010, del Rector, por la que se nombra a don Pedro Mateo Collazos, profesor secretario del departamento de Métodos Estadísticos.

    Resolución de 15 de febrero de 2010, del Rector, por la que se nombra a don Javier López Sánchez, profesor secretario del departamento de Derecho Privado.

    otros nombramientos

    Resolución de 11 de febrero 2010, del Rector, por la que se nombra a don Pedro Manuel Aguado Benedí Asesor Técnico Gerencial de la Fundación Empresa-Universidad de Zaragoza (FEUZ).

    Resolución de 15 de enero de 2010 del Rector por la que se nombra a doña Asunción Usón Murillo Coordinadora del Máster Universitario en Iniciación a la Investigación en Ciencias Agrarias y del Medio Natural.

    Resolución de 3 de febrero de 2010, del Rector, por la que se nombra a doña Mª Teresa Maza Rubio miembro de la Comisión de la Evaluación de la calidad del Grado en Terapia Ocupacional, miembro de la Comisión de la Evaluación de la calidad del Grado en Enfermería, miembro de la Comisión de la Evaluación de la calidad del Grado en Fisioterapia, miembro de la Comisión de la Evaluación de la calidad del Grado en Bellas Artes y miembro de la Comisión de la Evaluación de la calidad del Grado en Psicología.

  • 19 de febrero de 2010 pág 959 BOUZ número 03-10

    Resolución de 3 de febrero de 2010, del Rector, por la que se nombra a don José Fernando Blanco Lorente, miembro de la Comisión de la Evaluación de la calidad del Grado de Ingeniero en Diseño Industrial y Desarrollo de Producto y miembro de la Comisión de la Evaluación de la calidad del Grado en Arquitectura.

    Resolución de 8 de febrero de 2010, del Rector, por la que se nombra a don Basilio Tobías Pintre, miembro de la Comisión de la Evaluación de la calidad del Grado en Arquitectura.

    Resolución de 8 de febrero de 2010, del Rector, por la que se nombra a don Juan Manuel Ubiergo Castillo miembro de la Comisión de la Evaluación de la calidad del Grado de Ingeniero en Diseño Industrial y Desarrollo de Producto

    Resolución de 3 de febrero de 2010, del Rector, por la que se nombra a don Luis Pardos Castillo, miembro del Jurado del Premio Medio Ambiente de Aragón 2010.

    Resolución de 4 de febrero de 2010, del Rector, por la que se nombra a don Javier Lucientes Curdi representante de la Universidad de Zaragoza en el Patronato de los Galachos de la Alfranca de Pastriz, La Cartuja y El Burgo de Ebro.

    Resolución de 5 de febrero de 2010, del Rector, por la que se nombra a don Miguel Miranda Aranda representante de la Universidad de Zaragoza en la Comisión Mixta de seguimiento del Convenio para el Diploma de Especialización en “Dirección de Organizaciones de Economía Social 2009/2010”.

    Resolución de 5 de febrero de 2010, del Rector, por la que se nombra a don José Ramón Beltrán Blazquez y a don Javier Ballester Castañer representantes de la Universidad de Zaragoza en la Comisión Liquidadora del LITEC.

    Resolución de 5 de febrero de 2010, del Rector, por la que se nombra a a don José Molina Chueca y don Manuel Calvo García como representantes de la Universidad de Zaragoza en la Comisión Mixta de Seguimiento de la Cátedra Emprender.

    Resolución de 12 de febrero de 2010, del Rector, por la que se nombra a don Pedro Lechón Chueca como Director Cátedra Emprender de la Universidad de Zaragoza.

    Resolución de 12 de febrero de 2010, del Rector, por la que se nombra a don Manuel Calvo García como representante de la Universidad de Zaragoza en el Observatorio Aragonés de Violencia sobre la Mujer.

    Resolución de 15 de febrero de 2010, del Rector, por la que se nombra a don Ernesto Arce Oliva, a don Pedro Hernando Sebastián y a doña Teresa Cardesa García como miembros titulares de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural Aragonés de Zaragoza, Teruel y Huesca respectivamente, y a don Juan Lozano López, a donña Natalia Juan García y a don Roberto Sánchez López como suplentes de los anteriores.

    Resolución de 15 de febrero de 2010, del Rector, por la que se nombra a doña Concepción Lomba Serrano y a doña Regina Lázaro Gistau como representantes de la Universidad de Zaragoza en la Comisión Mixta del Acuerdo de colaboración en materia de cooperación para el desarrollo en el ámbito universitario.

    Resolución de 15 de febrero de 2010, del Rector, por la que se nombra a don Luis Pardos Castillo y a don José González Santos como representantes de la Universidad de Zaragoza en la Comisión Mixta del Colegio Oficial de Ingenieros de Aragón.

    Resolución de 15 de febrero de 2010, del Rector, por la que se nombra a don Jesús García Sánchez y a doña Regina Lázaro Gistau como representantes de la Universidad de Zaragoza en la Comisión Mixta del Convenio con la Fundación Itaka de Escolapios.

    * Ceses

    Resoluciones del Rector sobre los ceses de cargos académicos ocurridos desde enero de 2010.

    Don Arturo Vera Gil, como decano, don Francisco José Carapeto Márquez de Prado, don Enrique Martínez Ballarín, don Juan Antonio Amiguet García, don Jorque Albareda Albareda, don Jesús Fernando Escanero Marcén, como vicedecanos y doña Milagros Bernal Pérez, como profesora secretaria, de la Facultad de Medicina

    Don José María Nasarre López como Coordinador del Master Universitario en profesorado de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, Artísticas y Deportivas.

    * Información de lo publicado en otros boletines

    Disposiciones publicadas en el Boletín Oficial del Es-tado (BOE) desde el 3 de febrero de 2010.

    Resolución de la Universidad de Zaragoza por la que se hace público el resultado correspondiente a la adjudicación del contrato de servicio de prevención ajeno en materia de riesgos laborales en las áreas de vigilancia de la salud e higiene industrial durante 2010 y 2011. (BOE de 3 de febrero).

    Resolución de 18 de enero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se corrigen errores en la de 29 de diciembre de 2009, por la que se nombra Catedrático de Universidad con plaza vinculada a don Ricardo Sáinz Samitier. (BOE de 8 de febrero).

    Resolución de 19 de enero de 2010, de la Secretaría de Estado de Investigación, por la que se publican las ayudas concedidas durante la anualidad 2009, para programas de actividad investigadora, en el marco del Programa CONSOLIDER-INGENIO 2010. (BOE de 8 de febrero).

    Resolución de 21 de enero de 2010, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, por la que se publican las ayudas concedidas correspondientes a la

  • BOUZ número 03-10 pág 960 19 de febrero de 2010

    convocatoria del año 2009 del Programa Cenit. (BOE de 8 de febrero).

    Resolución de 30 de diciembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Investigación, por la que se conceden subvenciones para la contratación laboral de técnicos de apoyo por centros de investigación y desarrollo (subprograma de personal técnico de apoyo). (BOE de 8 de febrero).

    Resolución de 25 de enero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se nombra Catedrático de Universidad a don Guillermo Hauke Bernardos. (BOE de 9 de febrero).

    Resolución de 25 de enero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se nombra Profesora Titular de Universidad con plaza vinculada a doña María Isabel Pinilla Lozano. (BOE de 9 de febrero).

    Resolución de 27 de enero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se nombra Catedrático de Universidad a don Fernando Buenaventura Galtier Martí. (BOE de 9 de febrero).

    Resolución de 19 de enero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se integra en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad a doña María Dolores Sánchez González. (BOE de 9 de febrero).

    Resolución de 5 de febrero de 2010, de la Secretaría de Estado de Investigación, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2010 del procedimiento de concesión de ayudas del Programa Nacional de Contratación e Incorporación de Recursos Humanos de Investigación, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011. (BOE de 9 de febrero).

    Resolución de 21 de enero de 2010, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 15 de enero de 2010, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos universitarios de Doctor y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. (BOE de 10 de febrero).

    Resolución de 19 de enero de 2010, del Instituto de la Mujer, por la que se convocan subvenciones públicas destinadas al fomento de la edición de publicaciones relacionadas con la mujer, correspondientes al año 2010. (BOE de 11 de febrero).

    Orden EDU/268/2010, de 11 de febrero, por la que se modifica la Orden EDU/1434/2009, de 29 de mayo, por la que se actualizan los anexos del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas. (BOE de 13 de febrero).

    Resolución de 2 de febrero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se nombra Catedrática de Universidad a doña María Natividad Blasco de las Heras. (BOE de 13 de febrero).

    Resolución de 4 de febrero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se nombra Catedrática de Universidad a doña María Elósegui Ichaso. (BOE de 13 de febrero).

    Resolución de 28 de enero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios. (BOE de 13 de febrero).

    Resolución de 9 de febrero de 2010, del Centro de Investigaciones Sociológicas, por la que se convoca para el año 2010 el "Premio Nacional de Sociología y Ciencia Política". (BOE de 17 de febrero).

    Disposiciones publicadas en el Boletín Oficial de Ara-gón (BOA) desde el 3 de febrero de 2010.

    Decreto 11/2010, de 26 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la Comisión Aragonesa para la conmemoración del Centenario de la muerte de Joaquín Costa. (BOA de 5 de febrero)

    Resolución de 22 de enero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, mediante el sistema de promoción interna, en la Escala de Ayudantes de Archivos y Bibliotecas de la Universidad de Zaragoza. (BOA de 5 de febrero)

    Resolución de 18 de enero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se nombran funcionarios de carrera, a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, mediante el sistema de promoción interna en la Escala Auxiliar de la Universidad de Zaragoza. (BOA de 8 de febrero)

    Resolución de 18 de enero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se nombran funcionarios de carrera, a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema de concurso-oposición de acceso libre, en el marco del proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal, en la Escala Auxiliar de la Universidad de Zaragoza. (BOA de 8 de febrero)

    Resolución de 2 de febrero de 2010, del Director General de Investigación, Innovación y Desarrollo, de la convocatoria de subvenciones destinadas a la formación y contratación de personal investigador. (BOA de 8 de febrero)

    Resolución de 25 de enero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se nombra Catedrático de Universidad a D. Guillermo Hauke Bernardos. (BOA de 9 de febrero)

    Orden de 21 de enero de 2010, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan los Campeonatos Universitarios de Aragón para el curso 2009-2010. (BOA de 10 de febrero)

    Resolución de 25 de enero de 2010, de la Dirección de la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón, por la que se convoca al profesorado de la

  • 19 de febrero de 2010 pág 961 BOUZ número 03-10

    Universidad de Zaragoza para la presentación de solicitudes de evaluación de la actividad investigadora. (BOA de 10 de febrero)

    Resolución de 27 de enero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se nombra Catedrático de Universidad a D. Fernando Buenaventura Galtier Martí. (BOA de 11 de febrero)

    Resolución de 20 de enero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca a concurso de acceso plazas de profesor titular de Universidad del Cuerpo de Funcionarios Docentes Universitarios. (BOA de 11 de febrero)

    Resolución de 26 de enero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se publica lista de espera, para cubrir, con carácter temporal, puestos de trabajo de un Titulado Superior (Grupo A), dos Diplomados Universitarios (Grupo B) y un Técnico Especialista de Laboratorio (Grupo C) como personal técnico de apoyo a la investigación de la Universidad de Zaragoza. (BOA de 11 de febrero)

    Resolución de 27 de enero de 2010, del Director General de Investigación, Innovación y Desarrollo, por la que se conceden siete subvenciones para el año 2010 destinadas al fomento de la movilidad de los investigadores. (BOA de 11 de febrero)

    Resolución de 21 de enero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se resuelve el concurso de méritos para la provisión del puestos de trabajo de Técnico de Calidad y Racionalización en esta Universidad. (BOA de 15 de febrero)

    Resolución de 21 de enero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se resuelve el concurso de méritos para la provisión del puestos de trabajo de Técnicos de Apoyo, Técnico de Relaciones Internacionales y Encargado de Información Universitaria de esta Universidad. (BOA de 15 de febrero)

    Resolución de 26 de enero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, mediante el sistema de promoción interna, en la Escala de Técnicos Especialistas de Servicios, Especialidad Conductores, Distribución y Reparto de la Universidad de Zaragoza. (BOA de 15 de febrero)

    Orden de 3 de febrero de 2010, de la Consejera de Ciencia, Tecnología y Universidad, por la que se convocan, para el año 2010, subvenciones a la actividad investigadora de los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón y se establecen las medidas

    para el reconocimiento de grupos de investigación. (BOA de 15 de febrero)

    Resolución de 2 de febrero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se nombra Catedrática de Universidad a Dª. María Natividad Blasco de las Heras. (BOA de 17 de febrero)

    Resolución de 4 de febrero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se nombra Catedrática de Universidad a Dª. María Elósegui Ichaso. (BOA de 17 de febrero)

    Resolución de 28 de enero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca a concurso de acceso plazas de Catedráticos de Universidad del Cuerpo de Funcionarios Docentes Universitarios. (BOA de 18 de febrero)

    Resolución de 1 de febrero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos al concurso de acceso para plazas de cuerpos de funcionarios docentes universitarios convocado por resolución de 11 de diciembre de 2009 («BOE» 6 de enero de 2010), correspondiente a las plazas - procedimientos nº 2009-74 y 2009-77. (BOA de 18 de febrero)

    Resolución de 1 de febrero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se aprueba la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos al concurso de acceso para plazas de cuerpos de funcionarios docentes universitarios convocado por resolución de 11 de diciembre de 2009 («BOE» de 6 de enero), correspondiente a la plaza - procedimiento nº 2009-76. (BOA de 18 de febrero)

    Resolución de 1 de febrero de 2010, de la Universidad de Zaragoza, por la que se aprueba la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos al concurso de acceso para plazas de cuerpos de funcionarios docentes universitarios convocado por resolución de 11 de diciembre de 2009 («BOE» de 6 de enero), correspondiente a la plaza - procedimiento nº 2009-80. (BOA de 18 de febrero)

  • BOUZ

    Edita: Secretaría General

    Depósito legal: Z-619-2001 ISSN: 1578-1585

    Boletín Oficial de la Universidad de Zaragoza

    Pedro Cerbuna, 12 – 50009 Zaragoza Tel. 976 76 10 07 e-mail: [email protected] http://www.unizar.es/sg/bouz.htm

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