bolilla numero 15 derecho constitucional unne
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7/26/2019 BOLILLA NUMERO 15 DERECHO CONSTITUCIONAL UNNE
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BOLILLA 15
HABEAS CORPUS
De todas las garantas constitucionales la de haeascor!us es !or e"elencia la #as re!resentati$a% tiene&ue $er con &ue hailita un !roceso r'!ido% dee"tre#a sencille(% destinada a resol$er cual&uier ti!ode lesi)n a la liertad *sica+
Desde el dictado de la constitucion a tra$,s de lasregulaciones contenidas en el AR- ./ de la le0 2 del
$ie3o c)digo de !rocedi#ientos en #ateria !enal+
La e"!resa constitucionali(acion del haeas cor!us esel *ruto de la re*or#a de 144% &ue en el AR- ulti#a !arte dice6
Cuando el derecho lesionado% restringido o alterado laacci)n del haeas cor!us !odr' ser inter!uesta !or el
a*ectado 0 el 3ue( resol$er' de in#ediato% aun en$igencia del estado de sitio
La le0 .+/42 conocido co#o LE7 DE LA RUA DEHABEAS CORPUS con $igencia en 142% reguladetallada#ente el instituto del haeas cor!us+
-IPOS DE HABEAS CORPUS
Las nor#ati$as constitucionales des!renden situaciones en las cuales !uede usarse el haeascor!us6
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a8La lesi)n de la liertad *sica% donde se usa elHABEAS CORPUS REPARADOR+ Por e3e#!lo6recu!erar la liertad ante una detenci)n de una
autoridad no co#!etente+8Restricci)n de la liertad% daa coertura elHABEAS CORPUS RES-RI9:IDO+ Por e3e#!lo6 larestrinccion de !oder transitar !or ciertos lugares
c8 Lateracion de la liertad *sica% co#!rende alHABEAS CORPUS CORREC-I;O+ E3e#!lo 6 cuandouna !ersona !ri$ada de su liertad se le !rohenderechos ad&uiridos aun en condiciones de
!ri$aci)n de liertad+ Co#unicarse con sus*a#iliares+
d8A#ena(a a la liertad *sica% da coertura elHABEAS CORPUS PRE;E9-I;O% el indi$iduo !ide!rotecci)n antes de &ue de una indeida!ri$aci)n de la liertad+
ACCIO9 POPULAR
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re*or(ado la $gencia del haeas cor!us aun enestado de sitio+
ORDE9 ESCRI-A E=A9ADA DE AU-ORIDAD
CO=PE-E9-E
Cuando se hala de &ue !ara ser arrestado deeser dis!uesto !or una autoridad co#!etente%oser$a SA:UES &ue son nor#al#ente las*uentes &ue otorgan el !oder !ara !oder arrestara !ersonas6
a8La constitucion #is#a da ese !oder a*uncionarios 0 #agistrados con *acultad !araarrestrar+
8La le0 ordinaria autori(a a deter#inados*uncionarios 0 hasta a !articulares a arrestar!ersonas+
c8 La le0 internacional a #erced de los tratadosinternacionales+Seg>n el articulo 12 las autoridades con*eridascon la !otestad a los triunales lla#ados aad#inistrar la 3usticia+En ciertos casos 0 a3o ciertas condiciones lanocion de 3usticia de $e a#!liado hacia otros*uncionarios6a8El !residente de la naci)n a3o las !otestades
&ue le da el estado de sitio AR- .8Las c'#aras del congreso cuando re!ri#anlas *altas &ue a*ectan a los #ie#ros del!oder lesgilati$o
c8La autoridad !olicial cuando encuentre I9?RA:A9-I al autor de un hecho cri#inal
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d8Los ca!itanes de u&ues% arcos o trenes !orhechos ocurridos en el ser$icio a su cargo
e8Los agentes @scales con las atriuciones &ueles con@ere el c)digo !rocesal de la naci)n
*8 La 3usticia #unici!al de *altas co#o sanci)ndici!linaria o !or #ulta i#!uesta &ue no es!agada
g8La autoridad #ilitarh8Los !articulares en caso de I9 ?RA:A9-I 0
!oner al detenido a dis!oiscion !olicial+
Actos !articularesOtro te#a esta $inculado a indagar si elhaeas cor!us es la $ia !rocesal id)nea !aralas lesiones &ue e"!eri#ente la liertad *sica
caundo ellas !ro$ienen de un !articularEl deate se !ro*undi(o cuando en $arias
ocasiones de trato la le0 .+/42% el senadoinclu0o la !osiilidad de otorgar a
!articulares la !osiilidad de !oderinter!oner un haeas cor!us en los casos
donde6 un centro asistencial &ue no de3a salira sus !acientes !or no !agar los honorarios#,dicos% la del estaleci#iento escolar &ue
retiene a los hi3os en contra de la $oluntad delos !adres+
En el AR- . de la le0 .+/42 dice cuando elacto lesi$o !roceda de un !articular% se
estar' a lo &ue estale(ca la le0 res!ecti$aLa dole soluci)n da a &ue el instituto tenga!lena $igencia en a&uellas !ro$incias donde
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el haeas cor!us sea garanta !ara con3urarrestricciones de liertad+
#ito de $igencia de la le0 .+/42
El AR- 1 de la le0 .+/42 dice &ue el haeascor!us tendr' $igencia en todo el territorio de
la naci)n cual&uiera sea el triunal ue loa!li&ue% sine e#argo la a!licaci)n de las
constituciones de cada !ro$incia tendr' #asi#!ortancia cuando se las considere &ue las
#is#a otorgan #as e@ciente !rotecci)n dederechos &ue esta le0 conte#!la
Una le0 con $igencia en . !lanos cu0a!ri#era !arte AR- 1 7 2 en toda la naci)n%
siendo la segunda 0 tercera !arte AR- 2 A .2%considera a las constituciones locales+ Estadistinci)n esta dada !or la cl'sica !artici)n
de nuestro siste#a *ederal en el cual eldictado de la legislaci)n de *ondo le co#!eteal goierno central% 0 reglar el !rocedi#ientole corres!onde a las !ro$incias AR- 5 I9C 1.
de la constitucion+
ACCIO9 DE A=PARO
El a#!aro es la garanta destinada a !rotegera tra$,s de un !roceso EPEDI-O 0 SE9CILLO
los de #as derechos lesionados &ue elhaeas cor!us no alcan(a+ Por e3e#!lo6
traa3ar% co#ercia%etc+
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Sus orgenes se re#ontan al aFo 145 en esecaso la corte ad#iti) la creaci)n del AR-
donde dio caida a derechos 0 garantas
enu#erados+CASO SIRI
Angel siri director 0 !ro!ietario del diario=ERCEDES de la !ro$incia de uenos aires%recurrrio a la 3usticia alegando &ue su #ediode di*usi)n se hallaa clasurado con custodia
!olicial 0 sin #oti$aci)n alguna&ue lesionaalas liertades de i#!renta 0 traa3o+
En !ri#era 0 segunda instancia los triunalesrecha(aron la de#anda de siri &uien
solicitaa el cese de la clausura+La corte dice &ue co#!roada co#o estaalas restricciones de liertad de i#!renta 0
traa3o corres!ondia restalecerlas en *or#ain#ediata !or &ue las garantas
constitucionales !rotegen a los indi$iduos !orel solo hecho de estar en la constitucion
CASO GO- S+R+L+
A !artir de GO- SRL% la e#!resa en cuesti)n
tenia un conicto laoral con su !ersonal 0ante la negati$a de la e#!resa de
reincor!orar al !ersonal a la !lanta% los#is#o !rocedieron a to#ar la *arica% los
!rocedi#ientos ordinariosi#!ulsados !or la
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sociedad !ara otener la desocu!aci)n*ueron recha(ados !or la 3usticia &ue
acusaron a los ocu!antes !or el delito de
ursur!acion+Se hi(o $alido entonces la acci)n de a#!aro!or la a*eccion a los derechos de traa3ar 0!ro!iedad &ue al ser recha(ada llego a las
#anos de la corte