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Boletin Oficial N° 21.960 Viernes 03 de Septiembre de 2021
S E C C I O N A D M I N I S T R A T I V A D E C R E T O S
DECRETO-2021-1658- E-GDESDE-
- Agente Gutiérrez Sergio Manuel
(S.S. N° 307/20), Sum. Adm. D.J. Nº
56/19 con un total de 148 fojas, del
registro de Jefatura de Policía, y;
CONSIDERANDO:
Seguridad y Culto, solicita la
homologación de la RESOL-2021-1.691-
de 2.021 por medio de la cual resuelve la
situación del Agente de Policía
GUTIÉRREZ Sergio Manuel, L.P. Nº
7.118, D.N.I. Nº 40.753.798 en
Expediente de referencia, conforme a los
conceptos vertidos en la misma;
Que dicho acto administrativo se realice
de conformidad a lo dispuesto por
Fiscalía de Estado en su Dictamen Nº
1.533 de fecha 09 de Octubre de 2.020.
Atento a ello:
PROVINCIA
DECRETA:
RESOL-2021 -1.691-E-GDESDE-
perteneciente al Expediente Nº 347-
04-2.020 (S.S. N° 307/20), Sum. Adm.
D.J. Nº 56/19 con un total de 148 fojas,
del registro de Jefatura de Policía de la
Provincia, que pasa a formar parte
integral del presente acto administrativo,
por los conceptos emitidos en los
considerandos de la misma.
cúrsese copia a los organismos
competentes. a sus efectos.
Referencia: Expte 5497-4-2019 -
04-2.019 (S.S. N° 4.684/19), Sum. Adm.
D.J. Nº 91/18 con un total de 124 fojas,
del registro de Jefatura de Policía, y;
CONSIDERANDO:
Seguridad y Culto, solicita la
homologación de la RESOL-2021-1.687-
de 2.021 por medio de la cual resuelve la
situación del Agente de Policía FARÍAS
Casiano Hipólito, L.P. Nº 7.069, D.N.I.
Nº 37.442.154 en Expediente de
referencia, conforme a los conceptos
vertidos en la misma;
Fiscalía de Estado en su Dictamen Nº 942
de fecha 27 de Mayo de 2.021.
Atento a ello:
PROVINCIA
DECRETA:
RESOL-2021 -1.687-E-GDESDE-
perteneciente al Expediente Nº 5.497-
04-2.019 (S.S. N° 4.684/19), Sum. Adm.
D.J. Nº 91/18 con un total de 124 fojas,
del registro de Jefatura de Policía de la
Provincia, que pasa a formar parte
integral del presente acto administrativo,
por los conceptos emitidos en los
considerandos de la misma.
cúrsese copia a los organismos
competentes. a sus efectos.
Referencia: EX-2021-00259418- GDESDE-DAP#MOP - Modificación Presupuestaria - OBRAS
VISTO: El Expediente Nº 2021-00259418-GDESDE-DAP#MOP y el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial -
Ejercicio 2021; y
CONSIDERANDO;
Que el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, Agua y Medio Ambiente, solicita incremento de crédito presupuestario asignado a la
Dirección General de Arquitectura, financiado con Rentas Generales, correspondiente al Programa: 22 - "Construcción, Remodelación y
Refacción de Edificios Escolares";
Que, lo peticionado posibilitará contar con crédito presupuestario necesario para la incorporación y ejecución de la Obra: "Jardín de Infantes
Nº 854/556", Localidad Percas, Departamento San Martín, lo que responde a la solicitud expresa del organismo recurrente y refiere sólo
a la formulación presupuestaria, sin entrar a considerar la aplicación final del crédito, responsabilidad exclusiva y excluyente del contratante;
Que lo requerido, no implica un aumento en el Total de Gastos previstos para el presente Ejercicio, por afectarse a tales fines, partidas
existentes en el Ministerio de Economía;
Que el presente Decreto se encuadra en lo dispuesto por el Artículo 9º de la Ley Nº 7.305 - Presupuesto General de la Administración
Pública Provincial - Ejercicio 2021;
Boletin Oficial N° 21.960 Viernes 03 de Septiembre de 2021
EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Modificase, el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2021, de conformidad con el detalle
obrante en Planillas Anexas, que forman parte integrante del presente Decreto y bajo las condiciones expresadas en el párrafo segundo del
Considerando.-
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será también refrendado por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos, Agua y Medio
Ambiente.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y archívese.
Dr. Gerardo Zamora
Referencia: EX-2021-01308519-
VISTO: El EX-2021-01308519-
Sanitaria, Decretos de Necesidad y
Urgencia Nº 325/20, 355/20, 408/20,
459/20, 493/20, 520/20, 576/20, 605/20,
641/20, 677/20, 754/20, 792/20, 794/20,
814/20, 875/20, 956/20, 1033/20, 67/21,
125/21, 168/21, 235/21, 287/21,334/21,
prorrogan las Medidas Generales de
Prevención establecidas por Decreto de
Necesidad y Urgenci aNº 297/20 y los
Decretos Provinciales Nº 531/20, 547/20,
561/20, 570/20, 650/20, 754/20, 831/20,
914/20,
1588/21 de adhesión a las normas
nacionales, y;
de Coronavirus (Covid-19) declarada
necesidad de adoptar medidas urgentes y
necesarias para evitar su rápida
propagación entre la población;
convenientes para neutralizar la
una potencial crisis sanitaria, por lo que
en ese contexto el Poder Ejecutivo
Provincial viene llevando a cabo acciones
tendientes a reforzar el personal
asistencial, equipamiento y dotar de
insumos medicinales a los diferentes
Centros Asistenciales destacados en la
lucha contra el Covid-19;
Boletin Oficial N° 21.960 Viernes 03 de Septiembre de 2021
Que autoridades del Ministerio de Salud
expresan la imperiosa necesidad de la
adquisición de medicamentos de sedación
(Tocilizumab, Fentanilo y Enoxaparina
por Covid-19;
solicitó presupuesto a la firma
DROGUERIA MACROFAR S.R.L.
que manifiesta disponibilidad de stocks
para cubrir la demanda a pesar de las
dificultades para su adquisición por
efectos de la pandemia;
importe de $ 12.273.890,00 (Pesos doce
millones doscientos setenta y tres mil
ochocientos noventa), suscripto por
Presupuestaria emitido por Delegación
- Ministerio de Salud, Programa 11,
Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad
01, P.p. 252 "Productos químicos,
farmacéuticos y medicinales";
Salud mediante IF-2021-01377092-
objeción jurídica que formular a la
emisión de Acto Administrativo que
autorice llevar a cabo la contratación que
aquí se pretende;
Honorable Tribunal de Cuentas mediante
IF-2021-01403272-GDESDE-TDEC
administrativo;
IF-2021-01433152-GDESDE-FDE
presente tramitación, adquiriéndose los
reclama la urgencia planteada, utilizando
la vía de excepción dispuesta por el
Artículo 31 Inciso d) de la Ley N° 7.253
Régimen Único de Contrataciones
Que el presente se dicta de conformidad
con la Ley N° 7.253 - Régimen Único de
Contrataciones Públicas, modificada por
DECTO-2021-75-E-GDESDE-GSDE y
DECTO-2021-207-E-GDESDE-SGG y
Público Provincial;
Por ello;
PROVINCIA
ARTICULO 1º: AUTORIZAR al
firma DROGUERIA MACROFAR
presupuestado de $ 12.273.890,00 (Pesos
mil ochocientos noventa), utilizando la
vía de excepción dispuesta por el Artículo
31 Inciso d) de la Ley N°7.253 Régimen
Único de Contrataciones Públicas de la
Provincia y modificada por la Ley N°
7.267 y reglamentada por el Artículo 70
del DECTO-2021-75-E-GDESDE-GSDE
será atendida con crédito perteneciente a
la Jurisdicción 26 - Ministerio de Salud,
Programa 11, Subprograma 00, Proyecto
00, Actividad 01, P.p. 252 "Productos
químicos, farmacéuticos y medicinales".-
ARTICULO 3 º : Comuníquese,
cumplido archívese.
Lic. Natividad Nassif
DECRETO-2021-1662- E-GDESDE-GSDE SANTIAGO DEL ESTERO, MIERCOLES 18 DE AGOSTO DE 2021 Referencia: EX-2021-01248638-GDESDE-CPV#MOP - Modificación Presupuestaria - OBRAS VISTO: El Expediente Nº 2021-01248638-GDESDE-CPV#MOP y el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2021; y CONSIDERANDO; Que el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, Agua y Medio Ambiente, solicita incrementos de créditos presupuestarios asignados al Consejo Provincial de Vialidad, financiados con Rentas Generales; Que lo requerido precedentemente, posibilitará a la citada Dependencia disponer de los créditos necesarios para la incorporación y ejecución de diversas Obras en su Plan de Trabajos Públicos, lo que responde a la solicitud expresa del organismo recurrente y refiere solo a la formulación presupuestaria, sin entrar a considerar la aplicación final de los créditos, responsabilidad exclusiva y excluyente del contratante; Que lo peticionado, no implica un aumento en el Total de Gastos previstos para el presente Ejercicio, por afectarse a tales fines, partidas existentes en el Ministerio de Economía; Que el presente Decreto se encuadra en lo dispuesto por el Artículo 9º de la Ley Nº 7.305 - Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2021; Por ello, EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1º.- Modificase, el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2021, de conformidad con el detalle obrante en Planillas Anexas, que forman parte integrante del presente Decreto y bajo las condiciones expresadas en el párrafo segundo del Considerando.- ARTICULO 2º.- El presente Decreto será también refrendado por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos, Agua y Medio Ambiente.- ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y archívese.
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Boletin Oficial N° 21.960 Viernes 03 de Septiembre de 2021
Dr. Gerardo Zamora Sr. Elías Miguel Suárez C.P.N. Atilio Chara Arq. Argentino J. Cambrini
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Boletin Oficial N° 21.960 Viernes 03 de Septiembre de 2021
DECRETO-2021-1663- E-GDESDE-GSDE SANTIAGO DEL ESTERO, MIERCOLES 18 DE AGOSTO DE 2021 Referencia: EX-Nº 2021-01078768-GDESDE-DGA#MGSC-Modificación Presupuestaria-GASTOS OPERATIVOS VISTO: El Expediente Nº 2021-01078768-GDESDE-DGA#MGSC y el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2021; y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Gobierno y Seguridad solicita en sus Programas 01 - "Acciones Centrales" y 14 -"Construcción, Refacción y Mantenimiento de Edificios", incremento de créditos presupuestarios de distintas Partidas Parciales financiadas con Rentas Generales; Que, lo peticionado, posibilitará contar con créditos presupuestarios necesarios para el normal funcionamiento operativo, lo que responde a la solicitud expresa del organismo recurrente y refiere sólo a la formulación presupuestaria, sin entrar a considerar la aplicación final de los créditos, responsabilidad exclusiva y excluyente del contratante; Que lo solicitado, no implica incremento del Total Gastos previstos en el Presupuesto vigente, por afectarse para ello partidas existentes en el Ministerio de Economía; Que, el presente Decreto se encuadra en lo dispuesto por el Artículo 9º de la Ley Nº 7.305 - Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2021; Por ello, EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1º.- Modificase el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial -Ejercicio 2021, de conformidad con el detalle obrante en Planillas Anexas, que forman parte integrante del presente Decreto y bajo las condiciones expresadas en el párrafo segundo del Considerando. ARTICULO 2º.- El presente Decreto será también refrendado por el Señor Ministro de Gobierno y Seguridad. ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y archívese.
Dr. Gerardo Zamora Sr. Elías Miguel Suárez C.P.N. Atilio Chara Dr. Marcelo A. Barbur
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Boletin Oficial N° 21.960 Viernes 03 de Septiembre de 2021
DECRETO-2021-1664- E-GDESDE- GSDE
S A N T I A G O D E L E S T E R O , MIERCOLES 18 DE AGOSTO DE 2021 Referencia: EX-2021-00805417 - GDESDE - ME VISTO: El compromiso asumido por el Gobierno de la Provincia, de que todo agente con Contrato de Locación de Servicios que hayan cumplido 3 (tres) años pasan a Contrato de Empleo Público; CONSIDERANDO: Que dicho organismo requiere efectuar las contrataciones para la prestación de servicio en la órbita de su dependencia.
Que, el presente se dicta en virtud a lo establecido por Decreto N° 31/2021. Por ello, EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA ARTÍCULO 1º.- AUTORIZASE al Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología a celebrar las contrataciones con las personas que se detallan en Anexo I, conforme a la retribución mensual fijada para el cargo de la categoría del escalafón civil de la Administración Pública Provincial que se detalla en el Anexo I, para desempeñar funciones en el
Ministerio de Educación, Ciencias y Tecnología, cuyo texto completo pasa a formar parte integrante del presente Decreto. - ARTICULO 3º El presente gasto será imputado a la Jurisdicción Nº 16 - Partida 121 "Retribuciones del Cargo".- ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese y dese al Boletín Oficial.
Dr. Gerardo Zamora Sr. Elías Miguel Suárez Dra. Mariela Nassif
DECRETO-2021-1665- E-GDESDE-GSDE
Referencia: EX-2021-01131885-GDESDE-CPV#MOP-Modificación Presupuestaria-OBRAS
VISTO: El Expediente Nº 2021-01131885-GDESDE-CPV#MOP y el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial -
Ejercicio 2021; y
CONSIDERANDO;
Que el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, Agua y Medio Ambiente, solicita incremento de crédito presupuestario asignado al Consejo
Provincial de Vialidad, financiado con Rentas Generales;
Que lo requerido precedentemente, posibilitará a la citada Dependencia disponer del crédito necesario para la incorporación y ejecución en
el Plan de Trabajos Públicos de la Obra: "Mejoramiento del Camino que une San José del Boquerón - Piruaj Bajo de Prog. 0,00 a 17.000,00
y Acceso a Iscay Pozo de Prog. 0,00 a 2000,00, Departamento Copo", lo que responde a la solicitud expresa del organismo recurrente y
refiere solo a la formulación presupuestaria, sin entrar a considerar la aplicación final del crédito, responsabilidad exclusiva y excluyente
del contratante;
Que lo peticionado, no implica un aumento en el Total de Gastos previstos para el presente Ejercicio, por afectarse a tales fines, partidas
existentes en el Ministerio de Economía;
Que el presente Decreto se encuadra en lo dispuesto por el Artículo 9º de la Ley Nº 7.305 - Presupuesto General de la Administración
Pública Provincial - Ejercicio 2021;
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Modificase, el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial - Ejercicio 2021, de conformidad con el detalle
obrante en Planillas Anexas, que forman parte integrante del presente Decreto y bajo las condiciones expresadas en el párrafo segundo del
Considerando.-
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será también refrendado por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos, Agua y Medio
Ambiente.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y archívese.
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Boletin Oficial N° 21.960 Viernes 03 de Septiembre de 2021
Dr. Gerardo Zamora
DECRETO-2021-1666-E-GDESDE-
GSDE
S A N T I A G O D E L E S T E R O ,
MIÉRCOLES 18 DE AGOSTO DE 2021
Referenc i a : EX- 2 0 21-175689-
GDESDE-MS Subsidio - Sr. Torrez
2021; y,
Torrez Brizuela Juan Carlos, DNI Nº
25.950.867, con domicilio en la ciudad de
Quimilí, Dpto. Moreno, Santiago del
Estero, un Subsidio por la suma total de
Pesos un millón seiscientos cincuenta y
ocho mil novecientos setenta y tres con
ochenta centavos ($ 1.658.973,80),
complejidad (injerto de córnea), a
realizarse en el Instituto Zaldivar S.A.
(Mendoza);
Salud observa que el monto del
presupuesto autorizado no coincide con el
consignado por Auditoria Médica en
Formulario N° 1;
rectifica el Formulario N° 1, siendo el
valor correcto la suma total de Pesos un
millón quinientos treinta y ocho mil
cuatrocientos cincuenta y ocho con
noventa y un centavos
General de la Provincia realiza el
correspondiente reajuste presupuestario;
PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Rectificar el Artículo 1°
d e l D E C T O - 2 0 2 1 - 6 6 0 - E -
GDESDE-GSDE, de fecha 14 de Abril de
2021, dejando debidamente establecido
Brizuela Juan Carlos, DNI
de Quimilí, Dpto. Moreno, Santiago del
Estero, un Subsidio por la suma total de
Pesos un millón quinientos treinta y ocho
mil cuatrocientos cincuenta y ocho con
noventa y un centavos ($ 1.538.458,91),
destinado al pago de cirugía de alta
complejidad (injerto de córnea), con cargo
a rendir cuentas dentro de los diez (10)
días de su total inversión.-
ARTÍCULO 2º: Registrar, comunicar a
quienes corresponda, publicar y pasar a la
Subsecretaría de Salud, a sus efectos.-
Dr. Gerardo Zamora
Boletin Oficial N° 21.960 Viernes 03 de Septiembre de 2021
DECRETO-2021-1667-E-GDESDE-
GSDE
S A N T I A G O D E L E S T E R O ,
MIÉRCOLES 18 DE AGOSTO DE 2021
Referencia: EX-2021-01407290-
de marzo de 2018 y el Decreto
DECTO-2021-5-E-GDESDE-GSDE; y
Decreto Nº 427/2018, se delegó la
facultad de otorgar subsidios o ayudas
económicas a personas físicas e
instituciones privadas o públicas,
fijó los límites de competencia de los
Ministros y Secretarios de Estado;
Que dada la particular naturaleza de estas
transferencias, se considera pertinente
adecuar el marco reglamentario
con el fin de aportar trasparencia y
celeridad a las asistencias económicas
otorgadas a personas físicas, instituciones
privadas o públicas que lo soliciten en
relación a la urgencia y/o necesidad;
Que bajo el presente encuadre legal y
conforme la naturaleza de estas
transferencias de recursos no
privadas, resulta oportuno destacar que
las mismas se encuentran excluidas del
régimen contrataciones vigentes, siendo
su reglamentación competencia exclusiva
Que a fin de agilizar y dar gestión a las
asistencias requeridas ante una demanda
social creciente, resulta necesario
responsabilidad para un adecuado control
del otorgamiento y rendición de las
mismas;
PROVINCIA
DECRETA:
redactado de la siguiente manera:
"DELEGASE al Jefe de Gabinete de
Ministros y Ministro de Economía, la
facultad de otorgar subsidios o ayudas
económicas a personas físicas,
se detallan: Jefe de Gabinete, subsidios o
ayudas económicas a personas físicas,
instituciones privadas o públicas, hasta
los siguientes montos:
asistencia social: $500.000,00 (Pesos:
$1.000.000,00 (Pesos: Un Millón).
económicas a personas físicas,
instituciones privadas o públicas,
hasta los siguientes montos:
asistencia social: $ 2.000.000,00 (Pesos:
$3.500.000,00 (Pesos: Tres Millones
Decreto DECTO-2021-5-E- GDESDE
Dr. Gerardo Zamora
C.P.N. Atilio Chara
S E C C I O N J U D I C I A L
EDICTO SUCESION Juzgado Civil y Comercial La Banda de
Segunda Nominación, Expte. Nro.:
137.533 - AUTOS Caratulado "LLINAS
MIGUEL ANGEL S/SUCESION AB -
edictos que se publicara por 3 (tres) días
en un diario local y en el Boletín Oficial
de la Provincia a quienes se consideren
con derechos sobre los bienes del
causante MIGUEL ANGEL LLINAS
posteriores a la última publicación,
comparezcan a hacerlos valer en el
presente juicio, bajo apercibimiento de
ley. Fdo: Dr. PEDRO CARLOS JURI,
JUEZ .Ante mí, Dra. MONICA
SANCHEZ, Secretaria.
Ante Mí
180
Nominación de la Ciudad de Santiago del
Estero, Dra. Julia Ponce de Merino, en
autos: RENOLFI, RODOLFO
FEDERICO S/SUCESIÓN" (EXPTE.
de Treinta (30) días a herederos,
acreedores y toda otra persona que se
considere con derecho a los bienes
dejados por el causante, bajo
apercibimiento de ley.-
Dra. ALICIA MARIA CERUTI -
$140
CIUDAD DE AÑATUYA, en autos
caratulados "ASTUDILLO JACINTA
los bienes del causante ASTUDILLO
JANCINTA, comparezcan a hacerlos
Boletin Oficial N° 21.960 Viernes 03 de Septiembre de 2021
valer en forma, bajo apercibimiento de
Ley.
DIARIO O diario de mayor circulación en
la Provincia y en el BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA. Fdo. Dr. Alvaro R.
Mansilla Juez. Dra. Paola Fioretti.
Secretaria.
Dra. PAOLA FIORETTI - Secretaría
$150
S E C C I O N A V I S O S V A R I O S
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
Agosto de 2021
a fs. 151 se instruyó sumario Nº A
1 3 2 9 - 2 0 1 9 a l c o n t r i b uyen t e
RECICLADOS NFU S.R.L., C.U.I.T. Nº
30-71491045-7, con domicilio fiscal en
Hipólito Irigoyen Nº 1336 – C.P. (4200)
Santiago del Estero – Santiago; por
presunta configuración de la infracción
prevista en el artículo 85º del Código
Tributario Provincial, por la omisión de
pago originada en la presentación
inexacta de las Declaraciones Juradas en
los anticipos 03 a 12/2017 del Impuesto
sobre los Ingresos Brutos- Régimen de
Convenio Multilateral y que surge de
Acta de Deuda Nº A 1329-2019
ascendiendo el monto omitido a $
162.223,71 (Ciento Sesenta y Dos Mil
Doscientos Veintitrés con 71/100); y
CONSIDERANDO:
el artículo 123º del Código Tributario
Provincial, en fecha 14/04/2021 como
consta a fs. 181 del expediente de
referencia; no presentó descargo al
sumario instruido;
Provincial, establece que todo
de índole sustancial o formal constituye
infracción punible, por lo cual es
procedente y ajustado a derecho, aplicar la
sanción prevista en la normativa vigente;
Que en virtud de las razones de derecho,
de las constancias de hecho y de las
circunstancias merituadas, se gradúa la
sanción respecto de los anticipos 03 a
12/2017 en el 50 por ciento (50%) del
monto de las obligaciones tributarias
omitidas, conforme a la escala prevista en
el artículo 85º del Código Tributario
Provincial;
concordancia con lo establecido en el
artículo 85º del Código Tributario
Provincial:
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Y UN MIL CIENTO ONCE CON
85/100), por encontrarse su conducta
incursa en las causales previstas en el
artículo 85º del Código Tributario
Provincial. Impuesto sobre los Ingresos
Brutos- Régimen de Convenio
Esta multa deberá ser abonada dentro de
los quince (15) días de notificada la
presente.
fines de dar cumplimiento con el pago de
la intimación efectuada respecto de la
sanción aplicada, podrá utilizar el
comprobante formulario 930 (F.930), el
cual deberá obtenerlo a través de la
página web de la DIRECCION
G E N E R A L D E R E N T A S
(http://www.rentastucuman.gob.ar).
artículo 134º del Código Tributario
Provincial para que en el plazo allí
establecido exponga los argumentos con
el fin de impugnar los fundamentos de la
Resolución recurrida. Vencido dicho
pago o presentación del recurso
correspondiente, dará lugar a que la
Dirección General de Rentas proceda, sin
más trámite, a iniciar las acciones legales
de cobro correspondientes (Juicio de
Ejecución Fiscal – artículo 172º y
concordantes del Código Tributario
será refrendada por la Jefa del
Departamento Revisión y Recursos del
Organismo.
Recaudación, Fiscalización y Técnico
ACOSTA – Directora General
CPN – ELSA CLEMENTINA
- p.544 - $1490
Agosto de 2021
Ref.: Expte. Nº14797/376/D/2019
a fs. 160 se instruyó sumario Nº A
1 3 3 1 - 2 0 1 9 a l c o n t r i b uyen t e
RECICLADOS NFU S.R.L., C.U.I.T. Nº
30-71491045-7, con domicilio fiscal en
Hipólito Irigoyen Nº 1336 – C.P. (4200)
Santiago del Estero – Santiago; por
presunta configuración de la infracción
prevista en el artículo 85º del Código
Tributario Provincial, por la omisión de
pago originada en la falta de presentación
de las Declaraciones Juradas a sus
respectivos vencimientos en los anticipos
01 a 12/2018 del Impuesto sobre los
Ingresos Brutos- Régimen de Convenio
Multilateral y que surge de Acta de Deuda
10
Boletin Oficial N° 21.960 Viernes 03 de Septiembre de 2021
Nº A 1331-2019 ascendiendo el monto
omitido a $ 282.116,28 (Doscientos
28/100); y
el artículo 123º del Código Tributario
Provincial, en fecha 14/04/2021 como
consta a fs. 181 del expediente de
referencia; no presentó descargo al
sumario instruido;
Provincial, establece que todo
de índole sustancial o formal constituye
infracción punible, por lo cual es
procedente y ajustado a derecho, aplicar la
sanción prevista en la normativa vigente;
Que en virtud de las razones de derecho,
de las constancias de hecho y de las
circunstancias merituadas, se gradúa la
sanción respecto de los anticipos 01 a
12/2018 en el cincuenta por ciento (50%)
del monto de las obligaciones tributarias
omitidas, conforme a la escala prevista en
el artículo 85º del Código Tributario
Provincial;
concordancia con lo establecido en el
artículo 85º del Código Tributario
Provincial:
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
multa de $ 141. 058,14 (Pesos CIENTO
CUARENTA Y UN MIL CINCUENTA
Y OCHO CON 14/100), por encontrarse
su conducta incursa en las causales
previstas en el artículo 85º del Código
Tributario Provincial. Impuesto sobre los
Ingresos Brutos- Régimen de Convenio
Multilateral, anticipos 01 a 12/2018.
Esta multa deberá ser abonada dentro de
los quince (15) días de notificada la
presente.
fines de dar cumplimiento con el pago de
la intimación efectuada respecto de la
sanción aplicada, podrá utilizar el
comprobante formulario 930 (F.930), el
cual deberá obtenerlo a través de la
página web de la DIRECCION
G E N E R A L D E R E N T A S
(http://www.rentastucuman.gob.ar).
artículo 134º del Código Tributario
Provincial para que en el plazo allí
establecido exponga los argumentos con
el fin de impugnar los fundamentos de la
Resolución recurrida. Vencido dicho
pago o presentación del recurso
correspondiente, dará lugar a que la
Dirección General de Rentas proceda, sin
más trámite, a iniciar las acciones legales
de cobro correspondientes (Juicio de
Ejecución Fiscal – artículo 172º y
concordantes del Código Tributario
será refrendada por la Jefa del
Departamento Revisión y Recursos del
Organismo.
Recaudación, Fiscalización y Técnico
ACOSTA – Directora General
CPN - ELSA CLEMENTINA
- p.552 - $1500
Agosto de 2021
Ref.: Expte.Nº 14797/376/D/201
a fs. 160 se instruyó sumario Nº M
1 3 3 1 - 2 0 1 9 a l c o n t r i b uyen t e
RECICLADOS NFU S.R.L., CUIT Nº
30-71491045-7, con domicilio fiscal en
Hipólito Irigoyen Nº 1336 – Santiago del
Estero - C.P. (4200) Santiago del Estero
- Tucumán; por presunta configuración de
la infracción prevista en el artículo 86º
inciso 1. del Código Tributario
Provincial, por defraudación fiscal
Impuesto sobre los Ingresos Brutos-
Régimen de Convenio Multilateral y que
surge de Acta de Deuda Nº A 1331-2019,
ascendiendo el monto omitido a $
282.116,28 (Pesos Doscientos Ochenta y
Dos Mil Ciento Dieciséis con 28/100); y
CONSIDERANDO:
el artículo 123º del Código Tributario
Provincial, en fecha 14/04/2021 como
consta a fs. 181 del expediente de
referencia; no presentó descargo al
sumario instruido;
establecido en el artículo 86º y en los
incisos 3. y 4. del artículo 88º del Código
Tributario Provincial, conforme surge de
los antecedentes obrantes en autos;
Que el artículo 70º del Código Tributario
Provincial, establece que todo
de índole sustancial o formal constituye
infracción punible, por lo cual es
procedente y ajustado a derecho, aplicar la
sanción prevista en la normativa vigente;
Que en virtud de las razones de derecho,
de las constancias de hecho y de las
circunstancias merituadas, se gradúa la
sanción -respecto del periodo fiscal en
cuestión- en dos (2) veces el monto del
impuesto omitido, conforme a la escala
prevista en el artículo 86º del Código
Tributario Provincial;
el Servicio Jurídico a fs. 224 en
concordancia con lo establecido en el
artículo 86º inciso 1. y artículo 88 incisos
3. y 4. del Código Tributario Provincial:
LA DIRECTORA GENERAL DE LA
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
multa de $ 564.232,56 (Pesos
QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO
CON 56/100) equivalente a dos (2) veces
el monto del impuesto omitido, por
encontrarse su conducta incursa en las
11
Boletin Oficial N° 21.960 Viernes 03 de Septiembre de 2021
causales previstas en el artículo 86º inciso
1. del Código Tributario Provincial.
Impuesto sobre los Ingresos Brutos-
Régimen de Convenio Multilateral,
presente.
fines de dar cumplimiento con el pago de
la intimación efectuada respecto de la
sanción aplicada, podrá utilizar el
comprobante formulario 930 (F.930), el
cual deberá obtenerlo a través de la
página web de la DIRECCION
G E N E R A L D E R E N T A S
(http://www.rentastucuman.gob.ar).
artículo 134º del Código Tributario
Provincial para que en el plazo allí
establecido exponga los argumentos con
el fin de impugnar los fundamentos de la
Resolución recurrida. Vencido dicho
pago o presentación del recurso
correspondiente, dará lugar a que la
Dirección General de Rentas proceda, sin
más trámite, a iniciar las acciones legales
de cobro correspondiente (Juicio de
Ejecución Fiscal – artículo 172º y
concordantes del Código Tributario
será refrendada por la Jefa del
Departamento Revisión y Recursos del
Organismo.
Recaudación, Fiscalización y Técnico
ACOSTA – Directora General
CPN – ELSA CLEMENTINA
p.597 - $1500
Agosto de 2021
Ref.: Expte. Nº14797/376/D/2019
a fs. 169 se instruyó sumario Nº M
1 3 3 3 - 2 0 1 9 a l con t r i b u ye n t e
RECICLADOS NFU S.R.L., C.U.I.T. Nº
30-71491045-7, con domicilio fiscal en
Hipólito Irigoyen Nº 1336 – C.P. (4200)
Santiago del Estero – Santiago del Estero;
por presunta configuración de la
infracción prevista en el artículo 85º del
Código Tributario Provincial, por la
omisión de pago originada en la falta de
presentación de la Declaración Jurada a
su respectivo vencimiento en el anticipo
01/2019 del Impuesto sobre los Ingresos
Brutos- Régimen de Convenio
Nº A 1333-2019 ascendiendo el monto
omitido a $ 21.457,26 (Pesos Veintiún
Mil Cuatrocientos Cincuenta y Siete con
26/100); y
el artículo 123º del Código Tributario
Provincial, en fecha 14/04/2021 como
consta a fs. 181 del expediente de
referencia; no presentó descargo al
sumario instruido;
Provincial, establece que todo
de índole sustancial o formal constituye
infracción punible, por lo cual es
procedente y ajustado a derecho, aplicar la
sanción prevista en la normativa vigente;
Que en virtud de las razones de derecho,
de las constancias de hecho y de las
circunstancias merituadas, se gradúa la
sanción respecto del anticipo 01/2019 en
el cien por ciento (100%) del monto de las
obligaciones tributarias omitidas,
artículo 85º del Código Tributario
Provincial;
concordancia con lo establecido en el
artículo 85º del Código Tributario
Provincial:
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA
previstas en el artículo 85º del Código
Tributario Provincial. Impuesto sobre los
Ingresos Brutos- Régimen de Convenio
Multilateral, anticipo 01/2019.
presente.
fines de dar cumplimiento con el pago de
la intimación efectuada respecto de la
sanción aplicada, podrá utilizar el
comprobante formulario 930 (F.930), el
cual deberá obtenerlo a través de la
página web de la DIRECCION
G E N E R A L D E R E N T A S
(http://www.rentastucuman.gob.ar).
artículo 134º del Código Tributario
Provincial para que en el plazo allí
establecido exponga los argumentos con
el fin de impugnar los fundamentos de la
Resolución recurrida. Vencido dicho
pago o presentación del recurso
correspondiente, dará lugar a que la
Dirección General de Rentas proceda, sin
más trámite, a iniciar las acciones legales
de cobro correspondientes (Juicio de
Ejecución Fiscal – artículo 172º y
concordantes del Código Tributario
será refrendada por la Jefa del
Departamento Revisión y Recursos del
Organismo.
Recaudación, Fiscalización y Técnico
ACOSTA – Directora General
CPN – ELSA CLEMENTINA
- p.542 - $1490
Boletin Oficial N° 21.960 Viernes 03 de Septiembre de 2021
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
Agosto de 2021
a fs. 151 se instruyó sumario Nº M
1 3 2 9 - 2 0 1 9 a l con t r ib uyen t e
RECICLADOS NFU S.R.L., CUIT Nº
30-71491045-7, con domicilio fiscal en
Hipólito Irigoyen Nº 1336 – Santiago del
Estero - C.P. (4200) Santiago del Estero
- Tucumán; por presunta configuración de
la infracción prevista en el artículo 86º
inciso 1. del Código Tributario
Provincial, por defraudación fiscal
Impuesto sobre los Ingresos Brutos-
Régimen de Convenio Multilateral y que
surge de Acta de Deuda Nº A 1329-2019,
ascendiendo el monto omitido a $
171.913,59 (Pesos Ciento Setenta y Un
Mil Novecientos Trece con 59/100); y
CONSIDERANDO:
el artículo 123º del Código Tributario
Provincial, en fecha 14/04/2021 como
consta a fs. 181 del expediente de
referencia; no presentó descargo al
sumario instruido;
establecido en el artículo 86º y en los
incisos 3. y 4. del artículo 88º del Código
Tributario Provincial, conforme surge de
los antecedentes obrantes en autos;
Que el artículo 70º del Código Tributario
Provincial, establece que todo
de índole sustancial o formal constituye
infracción punible, por lo cual es
procedente y ajustado a derecho, aplicar la
sanción prevista en la normativa vigente;
Que en virtud de las razones de derecho,
de las constancias de hecho y de las
circunstancias merituadas, se gradúa la
sanción -respecto del periodo fiscal en
cuestión- en dos (2) veces el monto del
impuesto omitido, conforme a la escala
prevista en el artículo 86º del Código
Tributario Provincial;
el Servicio Jurídico a fs. 224 en
concordancia con lo establecido en el
artículo 86º inciso 1. y artículo 88 incisos
3. y 4. del Código Tributario Provincial:
LA DIRECTORA GENERAL DE LA
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
multa de $343.827,18 (Pesos
TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES
el monto del impuesto omitido, por
encontrarse su conducta incursa en las
causales previstas en el artículo 86º inciso
1. del Código Tributario Provincial.
Impuesto sobre los Ingresos Brutos-
Régimen de Convenio Multilateral,
presente.
fines de dar cumplimiento con el pago de
la intimación efectuada respecto de la
sanción aplicada, podrá utilizar el
comprobante formulario 930 (F.930), el
cual deberá obtenerlo a través de la
página web de la DIRECCION
G E N E R A L D E R E N T A S
(http://www.rentastucuman.gob.ar).
artículo 134º del Código Tributario
Provincial para que en el plazo allí
establecido exponga los argumentos con
el fin de impugnar los fundamentos de la
Resolución recurrida. Vencido dicho
pago o presentación del recurso
correspondiente, dará lugar a que la
Dirección General de Rentas proceda, sin
más trámite, a iniciar las acciones legales
de cobro correspondiente (Juicio de
Ejecución Fiscal – artículo 172º y
concordantes del Código Tributario
será refrendada por la Jefa del
Departamento Revisión y Recursos del
Organismo.
Recaudación, Fiscalización y Técnico
ACOSTA – Directora General
CPN – ELSA CLEMENTINA
p.595 $1500
Agosto de 2021
a fs. 144 se instruyó sumario Nº M
1 3 2 8 - 2 0 1 9 a l con t r ib u ye n t e
RECICLADOS NFU S.R.L., CUIT Nº
30-71491045-7, con domicilio fiscal en
Hipólito Irigoyen Nº 1336 – Santiago del
Estero - C.P. (4200) Santiago del Estero
- Santiago; por presunta configuración de
la infracción prevista en el artículo 86º
inciso 1. del Código Tributario
Provincial, por defraudación fiscal
Impuesto sobre los Ingresos Brutos-
Régimen de Convenio Multilateral y que
surge de Acta de Deuda Nº A 1328-2019,
ascendiendo el monto omitido a $
22.318,72 (Pesos Veintidós Mil
CONSIDERANDO:
el artículo 123º del Código Tributario
Provincial, en fecha 14/04/2021 como
consta a fs. 181 del expediente de
referencia; no presentó descargo al
sumario instruido;
establecido en el artículo 86º y en los
incisos 3. y 4. del artículo 88º del Código
Tributario Provincial, conforme surge de
los antecedentes obrantes en autos;
Que el artículo 70º del Código Tributario
Provincial, establece que todo
Boletin Oficial N° 21.960 Viernes 03 de Septiembre de 2021
incumplimiento a las normas tributarias
de índole sustancial o formal constituye
infracción punible, por lo cual es
procedente y ajustado a derecho, aplicar la
sanción prevista en la normativa vigente;
Que en virtud de las razones de derecho,
de las constancias de hecho y de las
circunstancias merituadas, se gradúa la
sanción -respecto del periodo fiscal en
cuestión- en dos (2) veces el monto del
impuesto omitido, conforme a la escala
prevista en el artículo 86º del Código
Tributario Provincial;
el Servicio Jurídico a fs. 224 en
concordancia con lo establecido en el
artículo 86º inciso 1. y artículo 88 incisos
3. y 4. del Código Tributario Provincial:
LA DIRECTORA GENERAL DE LA
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
mult a de $44 .637 ,44 (Pesos
CUARENTA Y CUATRO MIL
SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE
el monto del impuesto omitido, por
encontrarse su conducta incursa en las
causales previstas en el artículo 86º inciso
1. del Código Tributario Provincial.
Impuesto sobre los Ingresos Brutos-
Régimen de Convenio Multilateral,
abonada dentro de los quince (15) días de
notificada la presente.
fines de dar cumplimiento con el pago de
la intimación efectuada respecto de la
sanción aplicada, podrá utilizar el
comprobante formulario 930 (F.930), el
cual deberá obtenerlo a través de la
página web de la DIRECCION
G E N E R A L D E R E N T A S
(http://www.rentastucuman.gob.ar).
artículo 134º del Código Tributario
Provincial para que en el plazo allí
establecido exponga los argumentos con
el fin de impugnar los fundamentos de la
Resolución recurrida. Vencido dicho
pago o presentación del recurso
correspondiente, dará lugar a que la
Dirección General de Rentas proceda, sin
más trámite, a iniciar las acciones legales
de cobro correspondiente (Juicio de
Ejecución Fiscal – artículo 172º y
concordantes del Código Tributario
será refrendada por la Jefa del
Departamento Revisión y Recursos del
Organismo.
contribuyente. Poner en conocimiento de
los Departamentos: Revisión y Recursos,
Recaudación, Fiscalización y Técnico
ACOSTA – Directora General
CPN – ELSA CLEMENTINA
p.593 $1.500
Agosto de 2021
a fs. 91 se instruyó sumario Nº M
1 3 4 0 - 2 0 1 9 a l con t r ib u ye n t e
RECICLADOS NFU S.R.L., C.U.I.T. Nº
30-71491045-7 con domicilio fiscal en
Hipólito Irigoyen 1336 – Santiago del
Estero – (4200) Provincia de Santiago del
Estero; por presunta configuración de la
infracción prevista en el artículo 86º
inciso 1. del Código Tributario
Provincial, respecto del Período Fiscal
2018 del Impuesto para la Salud Pública
y que surge de Acta de Deuda Nº A
1340-2019, ascendiendo el monto
Setecientos Noventa y Nueve con
44/100); y
el artículo 123º del Código Tributario
Provincial, en fecha 08/06/2020 como
consta a fs. 107 del expediente de
referencia; no presentó descargo al
sumario instruido;
establecido en el artículo 86º inciso 1 y en
los incisos 3. y 4. del artículo 88º del
Código Tributario Provincial, conforme
autos;
Provincial establece que todo
de índole sustancial o formal constituye
infracción punible, por lo cual es
procedente y ajustado a derecho aplicar la
sanción prevista en la normativa vigente;
Que en virtud de las razones de derecho,
de las constancias de hecho y de las
circunstancias merituadas, se gradúa la
sanción -respecto del período fiscal en
cuestión- en dos (2) veces el monto del
impuesto omitido, conforme a la escala
prevista en el artículo 86º del Código
Tributario Provincial;
el Servicio Jurídico a fs. 162, en
concordancia con lo establecido en el
artículo 86° inciso 1. y artículo 88°
incisos 3. y 4. del Código Tributario
Provincial:
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
multa de $11.598,88 (Pesos ONCE MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO
el monto del impuesto omitido, por
encontrarse su conducta incursa en las
causales previstas en el artículo 86º inciso
1. del Código Tributario Provincial.
Impuesto para la Salud Pública, período
fiscal 2018.
presente.
14
Boletin Oficial N° 21.960 Viernes 03 de Septiembre de 2021
ARTICULO 2°: COMUNICAR que a los
fines de dar cumplimiento con el pago de
la intimación efectuada respecto de la
sanción aplicada, podrá utilizar el
comprobante formulario 930 (F.930), el
cual deberá obtenerlo a través de la
página web de la DIRECCION
G E N E R A L D E R E N T A S
(http://www.rentastucuman.gob.ar).
artículo 134º del Código Tributario
Provincial para que en el plazo allí
establecido exponga los argumentos con
el fin de impugnar los fundamentos de la
Resolución recurrida. Vencido dicho
pago o presentación del recurso
correspondiente, dará lugar a que la
Dirección General de Rentas proceda, sin
más trámite, a iniciar las acciones legales
de cobro correspondiente (Juicio de
Ejecución Fiscal – artículo 172º y
concordantes del Código Tributario
será refrendada por la Jefa del
Departamento Revisión y Recursos del
Organismo.
Recaudación, Fiscalización y Técnico
ACOSTA – Directora General
CPN – ELSA CLEMENTINA
p.581 $1490
Agosto de 2021
a fs. 91 se instruyó sumario Nº A
1 3 4 0 - 2 0 1 9 a l co n t r i b u yen t e
RECICLADOS NFU S.R.L., C.U.I.T. Nº
30-71491045-7, con domicilio fiscal en
Hipólito Irigoyen 1336 – Santiago del
Estero – (4200) Provincia de Santiago del
Estero; por presunta configuración de la
infracción prevista en el artículo 85º del
citado Digesto Tributario, por la omisión
de pago originada en la falta de
presentación de las Declaraciones Juradas
a sus respectivos vencimientos en los
anticipos 03 a 12/2018 del Impuesto para
la Salud Pública y que surge de Acta de
Deuda Nº A 1340-2019, ascendiendo el
monto omitido a $5.799,44 (Pesos Cinco
Mil Setecientos Noventa y Nueve con
44/100); y
el artículo 123º del Código Tributario
Provincial, en fecha 08/06/2020 como
consta a fs. 107 del expediente de
referencia; no presentó descargo al
sumario instruido;
Provincial, establece que todo
de índole sustancial o formal constituye
infracción punible, por lo cual es
procedente y ajustado a derecho, aplicar la
sanción prevista en la normativa vigente;
Que en virtud de las razones de derecho,
de las constancias de hecho y de las
circunstancias merituadas, se gradúa la
sanción respecto de los anticipos 03 a
12/2018 en el cincuenta por ciento (50%)
del monto de las obligaciones tributarias
omitidas, conforme a la escala prevista en
el artículo 85º del Código Tributario
Provincial;
concordancia con lo establecido en el
artículo 85º del Código Tributario
Provincial:
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
multa de $2.899,72 (Pesos DOS MIL
OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE
conducta incursa en las causales previstas
en el artículo 85º del Código Tributario
Provincial. Impuesto para la Salud
Pública, anticipos 03 a 12/2018.
Esta multa deberá ser abonada dentro de
los quince (15) días de notificada la
presente.
fines de dar cumplimiento con el pago de
la intimación efectuada respecto de la
sanción aplicada, podrá utilizar el
comprobante formulario 930 (F.930), el
cual deberá obtenerlo a través de la
página web de la DIRECCION
G E N E R A L D E R E N T A S
(http://www.rentastucuman.gob.ar).
artículo 134º del Código Tributario
Provincial para que en el plazo allí
establecido exponga los argumentos con
el fin de impugnar los fundamentos de la
Resolución recurrida. Vencido dicho
pago o presentación del recurso
correspondiente, dará lugar a que la
Dirección General de Rentas proceda, sin
más trámite, a iniciar las acciones legales
de cobro correspondientes (Juicio de
Ejecución Fiscal – artículo 172º y
concordantes del Código Tributario
será refrendada por la Jefa del
Departamento Revisión y Recursos del
Organismo.
Recaudación, Fiscalización y Técnico
ACOSTA – Directora General
CPN – ELSA CLEMENTINA
p.543 $1460
Boletin Oficial N° 21.960 Viernes 03 de Septiembre de 2021
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
Agosto de 2021
instruyó sumario Nº M 1338-2019 al
contribuyente RECICLADOS NFU
domicilio fiscal en Hipólito lrigoyen 1336
— Santiago del Estero — (4200)
presunta configuración de la infracción
prevista en el artículo 86º inciso 1 del
Código Tributario Provincial, respecto
la Salud Pública que surge de Acta de
Deuda Nº A 1338-2019 ascendiendo el
monto omitido a $2.155,05 (Pesos Dos
Mil Ciento Cincuenta y Cinco con
05/100);
CONSIDERANDO:
123º Código Tributario Provincial, en
fecha 08/06/2020 como consta a fs. 107
del expediente de referencia; no presentó
descargo al sumario instruido;
en el artículo 86º inciso 1 y en los incisos
3. y 4.del artículo 88º del Código
Tributario Provincial, conforme surge de
los antecedentes obrantes en autos;
Que el artículo 70º del Código Tributario
Provincial establece que todo
de índole sustancial o formal constituye
infracción punible, por lo cual es
procedente y ajustado a derecho aplicar la
sanción prevista en la normativa vigente;
Que en virtud de las razones de derecho,
de las constancias de hecho y de las
circunstancias merituadas, se gradúa la
sanción -respecto del período fiscal en
cuestión- en dos (21 monto del impuesto
omitido, conforme a la escala prevista en
el artículo 86º del Código Tributario
Provincial;
el Servicio Jurídico a fs. 162, en
concorgancia con lo establecido en el
artículo 86º inciso 1. y articulo 88º
incisos 3 y 4.deI Código Tributario
Provincial:
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
contribuyente RECICLADOS NFU
MIL TRESCIENTOS DIEZ CON
monto del impuesto omitido, por
encontrarse su conducta incursa en las
causales previstas en el artículo 86º inciso
1 del Código Tributario Provincial:
Impuesto para la Salud Pública. Período
Fiscal 2016, Esta multa deberá ser
abonada dentro de los quince (15) días de
notificada la presente.
fines de dar cumplimiento con el pago de
la intimación efectuada respecto de la
sanción aplicada, podrá utilizar el
comprobante formulario 930 (F.930), el
cual deberá obtenerlo a través de la
página web de DIRECCION GENERAL
DE RENTAS (www.rentastucuman
artículo 134° del Código Tributario
Provincial para que en el plazo allí
establecido exponga los argumentos con
el fin de impugnar los fundamentos de la
Resolución recurrida. Vencido dicho
pago o presentación del recurso
correspondiente, dará lugar a que la
Dirección General de Rentas proceda, sin
más trámite, a iniciar las acciones legales
de cobro correspondiente (Juicio de
Ejecución Fiscal - artículo 172º y
concordantes del Código Tributario
será refrendada por la Jefa del
Departamento Revisión y Recursos del
Organismo.
Recaudación, Fiscalización y Técnico
ACOSTA – Directora General
CPN – ELSA CLEMENTINA
septiembre P.578 $1490
Agosto de 2021
se instruyó sumario Nº M1341-2019 al
contribuyente RECICLADOS NFU
domicilio fiscal en Hipólito Irigoyen 1336
- Santiago del Estero - (4200) Provincia
de Santiago del Estero, por presunta
configuración de la infracción prevista en
el artículo 85º del Código Tributario
Provincial, por la omisión de pago
originada en la falta de presentación de la
Declaraciones Juradas a sus respectivos
vencimientos para los anticipos 01 a
02/2019 del Impuesto para la Salud
Pública y que surge de Acta de Deuda Nº
A 1341 - 2019, ascendiendo el monto
omitido a $924,50 (Pesos Novecientos
Veinticuatro con 50/100); y
al artículo 123º de Código Tributario
Provincial, en fecha 08/06/2020 como
consta a fs. 107 del expediente de
referencia; no presentó descargo al
sumario instruido;
Provincial, establece que todo
de índole sustancial o formal constituye
infracción punible , por lo cual es
procedente y ajustado a derecho, aplicar la
sanción prevista en la normativa vigente;
Que en virtud de las razones de derecho,
de las constancias de hecho y de las
circunstancias merituadas, se gradúa la
sanción respecto de los anticipos 01 a
02/2019 en el cien por ciento (100%) del
monto de las obligaciones tributarias
omitidas, conforme a la escala prevista en
el artículo 85º del Código Tributario
Provincial;
concordancia con lo establecido en el
artículo 85º del Código Tributario
Provincial:
16
Boletin Oficial N° 21.960 Viernes 03 de Septiembre de 2021
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
contribuyente RECICLADOS NFU
VEINTICUATRO CON 50/100) por
previstas en el artículo 85º del Código
Tributario Provincial, Impuesto para la
Salud Pública, anticipos 01 a 02/2019.
Esta multa deberá ser abonada dentro de
los quince (15) días de notificada la
presente.
fines de dar cumplimiento con el pago de
la intimación efectuada respecto de la
sanción aplicada, podrá utilizar el
comprobante formulario 930 (F.930), el
cual deberá obtenerlo a travez de la
página web de la DIRECCIÓN
G E N E R A L D E R E N T A S
(www.rentastucuman.gob.ar)
artículo 134º del Código Tributario
Provincial para que en el plazo allí
establecido exponga los argumentos con
el fin de impugnar los fundamentos de la
Resolución recurida. Vencido dicho
pago o de presentación de recurso
correspondiente, dará lugar a que la
Dirección General de Rentas proceda, sin
mas trámite, a iniciar las acciones legales
de cobro corresespondiente ( Juicio de
Ejecución Fiscal - artículo 172º y
concondantes de Código Tributario
será refrendada por la Jefa del
Departamento Revisión y Recursos del
organismo.
Recaudación, Fiscalización y Técnico
ACOSTA – Directora General
CPN – ELSA CLEMENTINA
septiembre P. 578 $1490.
Estero
carácter de Pres idente y Sr.
MONTESINO ALEJANDRO DNI
se dirigen a Ud. Como autoridades de la
“COOPERATIVA DE TRABAJO LUZ
Y ESPERANZA LIMITADA”CUIT
N°302- del libro N°100- Matricula
N°47.155 y actas N°34.100, con
domicilio legal / comercial en calle
ENTRE RIOS Y MARTIN MIGUEL DE
GUEMES. Con el objeto de convocar a
Asamblea General Ordinaria -Resolución
Sr. Director autoriza a realizar asamblea)
la misma será con fecha 05/09/2021 a
horas 15, en forma presencial con todos
los protocolos establecidos y autorizadas
por el Municipio de nuestra Ciudad-
adjunto documentación Asamblearia-
ORDEN DEL DIA
Acta.-
31/12/2018 - al 31/12/2019- al
suplentes.-
se encuentran autorizados por
Solicitando la exención de Pago al
C.P.C.E.S.E
2021
N°1985 – e. 02 sept – v. 06 sept – p. 170
- $ 250
AVISO DE LLAMADO A LICITACIÓN
La DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD Llama a la Licitación Pública Nacional la siguiente Obra: LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 24/2021 PROCESO DE CONTRATACIÓN N° 46/16- 0091-LPU21.
OBRA: “OBRA DE CONSERVACION MEJORATIVA RUTA NACIONAL Nº 89 - CONSTRUCCIÓN, REFACCIÓN Y AMPLIACIÓN DE ALCANTARILLAS - LTE.CHACO/SGO.DEL ESTERO – ACC.A GIRARDET (D) - SECCION: Km 311.48 – Km 358.47 - Jurisdicción de la provincia de Santiago del Estero.
PRESUPUESTO OFICIAL Y PLAZO DE OBRA: Pesos Noventa y cuatro millones novecientos ochenta mil con 00/100 ($ 94.980.000,00) referidos al mes de Octubre de 2020 y un Plazo de Obra de Doce (12) Meses a partir del Replanteo.
GARANTIA DE LA OFERTA: Pesos Novecientos Cuarenta y Nueve Mil Ochocientos con 00/100 ($ 949.800,00).
APERTURA DE OFERTAS: 24 de Setiembre del 2021 a las 11:00 hs. mediante el sistema CONTRAT.AR (https://contratar.gob.ar), Portal Electrónico de Contratación de Obra Pública.
VALOR, DISPONIBILIDAD DEL PLIEGO Y CONSULTAS: Pesos Cero ($0,00); disponibilidad del pliego y consultas, a partir del 27 de Agosto del 2021 m e d i a n t e e l s i s t e m a C O N T R A T . A R (https://contratar.gob.ar), Portal Electrónico de Contratación de Obra Pública.
ANTICORRUPCIÓN: Si desea realizar un reclamo o denunciar una irregularidad o practica indebida puede hacerlo de
manera segura y confidencial a la Unidad de Ética y Transparencia de la Oficina Anticorrupción con sede en esta DNV,
contactándose al teléfono +54 011 4343-8521 interno 8005621/8005885/8005907 (de Lunes a Viernes de 9 a 18 hs.) o
escribiendo a [email protected]. No dude en comunicarse, su aporte nos ayuda a contratar mejor.
C.P.N. BLANCA SULEMA SEÚ- Jefa de Sección Licitaciones y Compras N°1915 - e.26 agosto. - v.15 septiembre. - p.245 - $1620
VIALIDAD NACIONAL MINISTERIO DE TRANSPORTE PRESIDENCIA DE LA NACION
C.P.N - BLANCA SULEM SEU - Jefa de Sección Licitaciones, Compras N°1938 - e.30 agosto - v.03 septiembre - p.245 - $510
N O T I F I C A C I O N E S C A T A S T R A L E S
EDICTO NOTIFICACION A todo evento y conforme a R ES O LUCION INTERNA N° 001-DGC-2017 de fecha 03-01-17, notifico a interesado o representantes, que en la Dirección General de Catastro por Expte. 2594-28-21, se tramita la registración del Plano de Levantamiento Territorial para Prescripción Adquisitiva, encomendado por: Poseedor: SANTILLAN VERONICA INES- SANTILLAN NORMA ISABEL- SANTILLAN GREGORIO ORLANDO. Inmueble: UNA FRACCION DE TERRENO FRACCION "B" DE LAS MERCEDES- CAMINO VECINAL- LAS MERCEDES Departamento: BANDA Padrón: 06-1-12868 Inscripciones el R.G.P.I.: N° 137 F°85 Año 1961, a nombre de GOMEZ JUAN BAUTISTA Superficie afectada: 1988,59 m2. Estableciendo como punto de arranque el esquinero Noroeste Santiago del Estero, 03 de Agosto de 2021-08-22 RAMIRO E. LESCANO- Ing. Agrim e.03 septiembre-v.03 septiembre
EDICTO NOTIFICACION A todo evento y conforme a RES O LUC IO N INTERNA N° 001-DGC-2017 de fecha 03-01-17, notifico a interesado o representantes, que en la Dirección General de Catastro, mediante Expte. 2157-28-2021, se tramita la registración del Plano de Levantamiento Territorial para Prescripción Adquisitiva. Encomendado por FARIAS REINA CATALINA( CUIL. 27-20616970-8), FARIAS CARLOS OMAR ( CUIL. 20-21632608-4) FARIAS VICENTE OCTAVIO ( CUIL. 20-07195342-5) y F A R I A S D O R A N O E M I ( CUIL.27-2304413-1) en el Inmueble denomina do: FRACCION DE TERRENO PTE. SAUCE BAJADA (POLEAR) Sito en CAMINO VECINAL S/N , SAUCE NAJADA, BANDA, Santiago del Estero. Inscripto en el R.G.P.I. con el dominio N°85 F°52 AÑO 1907, FIR: 10/10/1907 Y N° 85 F° 66 VTO AÑO 1916, FIR: 31/08/1916 Padrón 06-1-01492- 06-1-08062 Propietarios, PATRICIO VAZQUEZ, PABLA PETRONA GOMEZ DE NORIEGA Y OLIVERA S. FELIPE
Superficie afectada 1Has 23 As 20.85 Cas, estableciendo como arranque de las operaciones vértice Oeste del inmueble Santiago del estero, 28 de Julio de 2021 OSCAR A. DE PABLO- Ing. Agrim e.03 septiembre-v.03 septiembre EDICTO NOTIFICACION A todo evento y conforme a RESOLUCIO N INT ERNA N° 001-DGC-2017 de fecha 03-01-17, notifico a interesado o representantes, que en la Dirección General de Catastro, mediante Expte. 2158-28-2021, se tramita la registración del Plano de Levantamiento Territorial para Prescripción Adquisitiva. Encomendado por NAVARRO ROXANA LILIANA ( CUIL. 27-25873946-4), NAVARRO MARTA ESTHER ( CUIL. 27-25651567-4) Y NAVARRO VICTOR HUGO ( CUIL. 20-27582714-3) en el Inmueble denomina do : FRACCION DE TERRENO PTE. SAUCE BAJADA (POLEAR) Sito en CAMINO VECINAL S/N , SAUCE BAJADA, BANDA, Santiago del Estero. Inscripto en el R.G.P.I. con el dominio N°85 F°52 AÑO 1907, FIR: 10/10/1907
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Boletin Oficial N° 21.960 Viernes 03 de Septiembre de 2021
Y N° 85 F° 66 VTO AÑO 1916, FIR: 31/08/1916 Padrón 06-1-01492- 06-1-08062 Propietarios, PATRICIO VAZQUEZ, PABLA PETRONA GOMEZ DE NORIEGA Y OLIVERA S. FELIPE Superficie afectada 1Has 26 As 11.70 Cas, estableciendo como arranque de las operaciones vértice Oeste del inmueble Santiago del estero, 28 de Julio de 2021 OSCAR A. DE PABLO- Ing. Agrim e.03 septiembre-v.03 septiembre EDICTO NOTIFICACION A todo evento y conforme a R ES O LUCION INTERNA N° 001-DGC-2017 de fecha 03-01-17, notifico a interesado o representantes, que en la Dirección General de Catastro, mediante Expte. 2156-28-2021, se tramita la registración del Plano de Levantamiento Territorial para Prescripción Adquisitiva. Encomendado por NAVARRO MARTA DELFINA ( CUIL. 27-05491753-3), en el Inmueble denominado: FRACCION DE TERRENO PTE. SAUCE BAJADA (POLEAR) Sito en CAMINO VECINAL S/N , SAUCE BAJADA, BANDA, Santiago del Estero. Inscripto en el R.G.P.I. con el dominio N°85 F°52 AÑO 1907, FIR: 10/10/1907 Y N° 85 F° 66 VTO AÑO 1916, FIR: 31/08/1916 Padrón 06-1-01492- 06-1-08062 Propietarios, PATRICIO VAZQUEZ, PABLA PETRONA GOMEZ DE NORIEGA Y OLIVERA S. FELIPE Superficie afectada 1Has 25 As 21.14 Cas, estableciendo como arranque de las operaciones vértice Oeste del inmueble Santiago del estero, 28 de Julio de 2021 OSCAR A. DE PABLO- Ing. Agrim e.03 septiembre-v.03 septiembre
EDICTO NOTIFICACION A todo evento y conforme a RESOLUCIO N INT ERNA N° 001-DGC-2017 de fecha 03-01-17, notifico a interesado o representantes, que en la Dirección General de Catastro, mediante Expte. 2830218 del año 2021, se tramita la registración del Plano de Levantamiento Territorial para Prescripción Adquisitiva. Encomendado por PARODIS JUAN CARLOS (CUIL. 20-20318231-8), en el Inmueble denominado: FRACCION DE TERRENO PTE. DEL LOTE 1 DE LA MZA. "A" Sito en RUTA PROV. 211S/N (ex Ruta N°9) , MAL PASO, Santiago del Estero. Inscripto en el R.G.P.I. con el dominio M.F.R.: 7N-4191, FIR: 08/05/2002 Padrón 01-01-065836 Propietario, SIALLE EDUCARDO ENRIQUE, SIALLE ANA MARIA Superficie afectada 741.19 M2, estableciendo como arranque de las operaciones vértice Oeste del inmueble Santiago del estero, 05 de Agosto de 2021 OSCAR A. DE PABLO- Ing. Agrim e.03 septiembre-v.03 septiembre EDICTO NOTIFICACION A todo evento y conforme a RESOLUCION INT ER NA N° 001-DGC-2017 de fecha 03-01-17, notifico a interesado o representantes, que en la Dirección General de Catastro, mediante Expte. 2155-28-2021, se tramita la registración del Plano de Levantamiento Territorial para Prescripción Adquisitiva. Encomendado por GALLARDO ELENA MARIANA ( CUIL. 27-33638072-9) en el Inmueble denominado: FRACCION DE TERRENO PTE. LOTE 2 DE BAJADITA. Sito en RUTA PROV. N° 159, BAJADITA, ATAMISQUI, Santiago del Estero.
Sin inscripto de Dominio en el R.G.P.I. Mensura Judicial Duplicado N° 105 Dpto. Atamisqui. Padrón 04-0-00055 Propietarios, GERVACIO FIGUEROA (según plano duplicado N° 105 Dpto. Atamisqui) Superficie afectada 1499.31m2, estableciendo como arranque de las operaciones vértice Oeste del inmueble Santiago del estero, 03 de Agosto de 2021 OSCAR A. DE PABLO- Ing. Agrim e.03 septiembre-v.03 septiembre
EDICTO NOTIFICACION A todo evento y conforme a RESOLUC IO N INTERNA N° 001-DGC-2017 de fecha 03-01-17, notifico a interesado o representantes, que en la Dirección General de Catastro, mediante Expte. 1948213 año 2021, se tramita la registración del Plano de Levantamiento Territorial para Prescripción Adquisitiva. Encomendado por ROJAS ARIANA BELEN (CUIL. 27-42808148-5)Y ROJAS ELIO DARIO ( CUIL. 20-44027016-7) en el Inmueble denominado: FRACC IO N DE TERRENO PARTE DEL LOTE 2 DE LA MZA. 179. Sito en PASILLO A CALLE RIVADAVIO, B° UNION, LORETO, Santiago del Estero. Inscripto en el R.G.P.I. con el dominio N° 27 F° 17 AÑO 1961, FIR: 20/04/1961 Padrón 13-00-001967 Propietario, ANSELMA ROJAS Superficie afectada 194.41 M2, estableciendo como arranque de las operaciones vértice Oeste del inmueble Santiago del estero, 05 de Agosto de 2021 OSCAR DE PABLO- Ing. Agrim e.03 septiembre-v.03 septiembre
S E C C I Ó N A V I S O S D E H O Y
EDICTO SUCESION JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TERCERA NOMINACION: EXPTE. Nº 680448. AUTOS CARATULADOS: FORTUNATO JESUS GABRIEL S/SUCESION. Cítese y emplace a herederos, acreedores, legatarios y a toda otra persona que se considere con derechos a los bienes dejados por el causante, para que en término de TREINTA DIAS (30) Días hagan valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Dra. Jorge Adela Juez. Santiago del Estero,24 de Agosto de 2021 NANCY L. SOSA DE PARADELO -
Jefe de División Nº1989 -e. 03 sept. - v.03 sept.- p.100- $120
EDICTO SUCESION Juez DE PAZ LETRADO DE TERCERA NOMINACION, en los autos caratulados: EXPTE. Nro: 699273 en AUTOS CARATULADOS MAIDANA ROSA DEL VALLE contra s/ SUCESION AB-INTESTATO. Cita y emplaza a herederos y acreedores del causante para que dentro del término de treinta días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley.- Publíquese edictos
por una vez en BOLETIN OFICIAL Y DIARIO DE MAYOR CIRCULACION. Secretaría, 26 de Agosto de 2021. RENE RODOLFO JIMENEZ - Jefe de Departamento A/C de Secretaría Nº 1991- e.03 sept. -v.03 sept.- p.100 -$120
EDICTO SUCESION Colegio de Jueces N° 2 Secretaría de Transición, Juzgado Civil y Comercial de Quinta Nominación. AUTOS: "GIRON CIRILA LIDIA" Expte. Nº 630822. CITA Y EMPLAZA por 30 días a herederos y acreedores de la causante
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hacer valer sus derechos en legal forma, bajo apercibimiento de ley. Secretaría, 02 de Agosto de 2021 Dra. MARCELA B. PAZ - Secretaría 2º de Transición Nº 1992 -e.03 sept. -v .07 sept.-p.50- $100
EDICTO SUCESION Colegio de Jueces Nº 1. Secretaria de Proceso, en autos: EXPTE. N° 697.233: "VAZQUEZ, CARLOS NORBERTO S/SUCESION AB-INTESTATO". Cítese y emplácese mediante edictos que se publican por UN DIA en el Boletín Oficial y a todos los que se consideren con derechos a sus bienes, a fin de que comparezcan a hacerlos valer en el término de TREINTA DIAS bajo apercibimiento de ley. Fdo. Dra. PASKEVICIUS, MARIA C. Juez. Ante mí: Dr. PERNIGOTTI, MAXIMILIANO, Secretario. Nº 1993 -e.03 sept. - v.03 sept. -p.100- $120
EDICTO SUCESION Colegio de Jueces Nº 1, de la Ciudad de Sgo. del Estero, en autos caratulados EXPTE. Nº 698.525 "SELMI VICTOR ORLANDO S/ SUCESION AB-INTESTATO". Cítese y emplácese mediante edictos que se publican por UN DIA en el Boletín Oficial y TRES DIAS CONSECUTIVOS en el diario de mayor circulación en la Provincia a todos los que se consideren con derechos a sus bienes, a fin de que comparezcan a hacerlos valer en el término de TREINTA DIAS bajo apercibimiento de ley.- Fdo.: Dra. Alicia Brim, Juez, ante mí, Dr. Maximiliano Pernigotti, Secretario.- Secretaría, 01 de Septiembre de 2.021 Dr. MAXIMILIANO PERNIGOTTI - Secretario de Proceso Nº 1994-e.03 sept. -v.03 sept.-p.100- $120
EDICTO SUCESION AUTOS: "NAZAR FIDELINA S/SUCESION AB- INTESTATO" EXPEDIENTE Nº 643217. Cítese y emplácese por edictos, que se publicarán por un día en Boletín Oficial y por dos días en un Diario Local, a quienes se consideren con derechos sobre los bienes de la causante NAZAR FIDELINA Y/O NAZAR FIDELIA, DNI Nº 93.518.933 para que en el término de TREINTA DIAS posteriores a la última publicación comparezcan y hagan valer sus derechos bajo apercibimiento de ley.- Fdo. DR. LUIS P. MACIAS, JUEZ Colegio de
Jueces Nº 2, SECRETARIA DE TRANSICION DRA. MARIA LORENA VELARDEZ. Nº 1995-e.03 sept. -v.03 sept.-p.100- $120
EDICTO SUCESION Autos: Expte. Nro.: 696433 "BRAVO NESTOR AUDINO s/ SUCESION" Juez Civil de Quinta Nominación, Colegio de Jueces 2, cita, emplaza herederos, acreedores de BRAVO NESTOR AUDINO, término 30 días hacer valer derecho bajo apercibimiento de ley. Secretaría, 26 de Agosto de 2021 BOLETIN OFICIAL una vez DIARIO EL LIBERAL una vez DRA. MARTA DANIELA AUSAR - SECRETARIA 1º de PROCESOS Nº1996 - e.03 sept. - v. 03 sept. - p.75 - $80
EDICTO SUCESION JUEZ CIVIL Y COMERCIAL DE PRIMERA NOMINACION - LA BANDA Autos Expte Nº137.155 NARVAEZ MANUEL Y CARRASCO ANA MARIA S/SUCESION, cítese y emplácese a los herederos y acreedores de los extintos por el termino de TREINTA DIAS, comparezcan hacer valer sus derechos bajo apercibimiento de ley.- Secretaría, 17 de Agosto de 2021 UNA VEZ BOLETIN OFICIAL NUEVO DIARIO DRA. MARIA SILVIA GRAND - SECRETARIA Nº1997 - e.03 sept. - v. 03 sept. - p.50 - $80
EDICTO SUCESION Juzgado Paz Letrado 3ra. Nominación, cita y emplaza a herederos y/o acreedores de ESTELA DEL VALLE GALVAN y MIGUEL ANGEL ESCAT por el término de TREINTA DIAS, posteriores a la última publicación hacer valer sus derechos, bajo, apercibimiento de ley. - Secretaría, 27 de Agosto de 2.021 - BOLETIN OFICIAL DIARIO LOCAL - UNA VEZ NANCY L. SOSA DE PARADELO - Jefe de Division - A/C SECRETARIA Nº1999 - e.03 sept. - v.03 sept. - p.50 - $80
EDICTO SUCESION JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA CIUDAD DE FRIAS AUTOS: "EXPTE. N° 21.222/2021 JUAREZ ARMINDA DEL CARMEN S/SUCESION AB INTESTATO". De conformidad con lo
dispuesto por el art. 2340 apart. 2 del C.C.C., cítese y emplácese a herederos, acreedores y a todos quienes se consideren con derecho a os bienes dejados por la causante, ARMINDA DEL CARMEN JUAREZ, por edicto publicado por un (1) día en el diario de publicaciones oficiales - Boletín Oficial, para que en el plazo de treinta (30) días, siguientes a la publicación, comparezcan a tomar la intervención que les corresponda en autos, bajo apercibimiento de Ley". FDO. DRA. EVA LUZ RAMOS DE ORTIZ, JUEZ. Ante mí, DRA. ADRIANA YANINA GOITEA, SECRETARIA 2º Frías (SDE), 27 de Agosto del 2.021.- DRA. ADRIANA YANINA GOITEA - SECRETARIA 2º Nº2003 - sept. 03 - v. 03 sept. - p.140 - $150
EDICTO SUCESION JUEZ CIVIL Y COMERCIAL de Añatuya, Dr. Alvaro Rafael Mansilla, en autos "BONGIOVANNI NESTOR S/ SUCESION" Expte. 33311. Cita y emplaza a quienes se consideren con derechos sobre los bienes de Nestor Bogiovanni, para que comparezcan a hacerlos valer en forma, dentro del término de treinta días , bajo apercibimiento de Ley. Secretaría, 28 de Junio de 2021 Dra. PAOLA FIORETTI - Secretaria Segunda N°2007 - e.03 sept - v.07 sept - p.80 - $150
EDICTO SUCESION COLEGIO DE JUECES DE N°1, a cargo de la Dra. Cecilia Paskevicios, Juez, Poder Judicial de Santiago del Estero en Autos: "CURA JORGE ANTONIO Y ROSA DEL VALLE GEREZ S/ SUCESION AB-INTESTATO" EXPTE N°690.766, CITA Y EMPLAZA A todos los que se consideren con derecho a los bienes a fin de que comparezcan a hacerlo valer en el término de TREINTA (30) DIAS. PUBLIQUESE POR UN (1) DIA en el boletín oficial y en el diario de mayor circulación. Se expide el presente en la Ciudad de Santiago del Estero. Dr. MARIANO ABBONDANDOLO - Secretario de Procesos N°2008 - e.03 sept - v.03 sept - p.100 - $120
EDICTO PRESCRIPCION COLEGIO DE JUEZ EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE II NOMINACION
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PROCESO Expte. Nro.: 628664 en AUTOS caratulado MORENO NAVARRO ESTER JUDITH Y OTRO contra HEREDEROS DE GOMEZ MARCOS Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA emplazando a HEREDEROS DE GOMEZ MARCOS, para que en el plazo de DIEZ días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de designarse como su representante legal al Sr. Defensor de Ausentes, el inmueble que se pretende inscribir está ubicado en la Localidad de Quebracho Coto, distrito Remate Dpto. Pellegrini, denominado catastralmente fracción de terreno Pte. De la Estancia El Remate, superficie: 88 has. 87 as. 67.16 cas. Punto "1" linderos por este lado con Resto de la Estancia El Remate en posesión de Flia. Orellana. Cerrando este punto "1" la figura. El polígono así formado 1-2-3-4-1 cuenta con una superficie de 10 has. 44 as. 60,500 cas. Punto "1" poste de madera encontrado con Angulo interno de 88º42''25'' y en dirección Este mide la distancia de 325.04 hasta el punto "2" lindero con camino. Desde punto "2" poste de madera con Angulo interno de 91º22''09 y dirección Sur mide la distancia de 283.28 hasta llegar al punto "3" poste de madera, con Angulo interno de 101º50''03" y dirección Oeste mide la distancia de 332.49 hasta llegar al punto "4" linderos con la ruta pcial. Nº 4 y resto del polígono. Desde el punto "4" poste de madera, con alguno de 78º05''23" y dirección Norte mide 359,24 hasta el punto "1" linderos por este lado con resto de la Estancia El Remate en posesión de Flia. Orellana. Cerrando el punto "1" la figura. El polígono así formado 1-2-3-4-1 cuenta con una superficie de 10 has. 44 as. 60,500 cas. Desde el "5" poste de madera encontrado con Angulo interno de 101º 26'''27" y dirección mide la distancia de 336,53 hasta el punto "6" lindero con ruta pcial. Nº 4 y resto del polígono. Desde el punto "6" poste de madera con Angulo interno de 77º57'''19" y dirección Sur mide la distancia de 2275,23 hasta llegar al punto"7" lindero por este lado con resto de la Estancia El Remate con posesión de Familia Olivera. Desde el punto"7" poste de madera con Angulo interno de 91º56'''02" y dirección Oeste mide la distancia de 350. 91 hasta llegar al punto"8". Desde el punto"8" poste de madera con Angulo interno de 88º03''58" y dirección norte mide 2094,98, hasta el punto "9" lindero por este lado con resto de la Estancia El Remate en posesión de la familia Gutiérrez. Desde punto "9" con Angulo de 102º00"28" y dirección Noreste mide 9.10 hasta el punto "10" con el mismo lindero. Desde el punto "10"
con Angulo de 102"00"282 y dirección norte mide 117,02 hasta el punto "5" con el mismo lindero. Cerrando este punto "5"la figura. El polígono así formado5-6-7-8-9-10-5 cuenta con una superficie de 78 has. 43as. 06.66 cas. Superficie 1-2-3-4-5-6-7-8-9-10-5 = 88 has. 87 as. 67,16 cas. Dicho inmueble se encuentra alambrado en todo su perímetro y dentro del mismo se observan corrales, casas. Inscripto en el registro de la Propiedad Inmueble bajo la Matricula folio real Nº 18-1231. Estancia El Remate Dpto. Pellegrini. Santiago del Estero, 23 de Junio de 2021. Dra. MARIA ISABEL TORRES BRUCHMAN- Secretaría 2° de Procesos N°1988- e.03 sept.- v. 03 sept.-p.550- $700 EDICTO PRESCRIPCION COLEGIO DE JUECES DE PRIMERA NOMINACION "EXPTE. Nº 637.734. T A P I A C A R M E N c o n t r a GONZALEZ PEDRO RUPERTO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO. Santiago del Estero, de Junio de dos mil veinte. Téngase por presentada a la Sra. TAPIA CARMEN quien concurre por derecho propio con el Patrocinio Letrado de la Dra. Serrano Dahiana. Téngase por denunciado el domicilio real y por constituido el domicilio Legal en Casillero Nº 1543 désele participación. Por Secretaría resérvese la documentación original a compañada dej á ndos e cop ia debidamente autorizada en autos. Por f o r m a l i z a d a d e m a n d a s o b r e PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO en contra de GONZALEZ PEDRO RUPERTO la que se admite en cuanto por derecho procediere y tramitará por vía del juicio ORDINARIO. Téngase presente lo solicitado y otórguese a la presente demanda incidente de Beneficio de Litigar sin Gastos, el que se concede en forma provisional (art. 66 del C.P.C. y C.). Asimismo y de acuerdo a constancias obrantes en autos y habiendo resultado infructuosa los informes producido a los fines de determinar el domicilio del demandado y en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 148 del CPCC.) Cítese y emplácese mediante edictos, que se publicarán por TRES VECES en el Boletín Oficial y periódico de mayor circulación a quienes se consideren con derecho al inmueble a prescribir, para que dentro del término de QUINCE DIAS comparezcan a tomar la intervención que les corresponde en este proceso, bajo apercibimiento de designar como su representante legal al Sr. Defensor de Ausentes, debiendo contener las publicaciones edictales la individualiza
del inmueble que se pretende usucapir. Téngase presente la prueba documental acompañada y la restante para su oportunidad. Asimismo y de conformidad a lo prescripto por el art. 1905 in fine (ley 226.994) disponga la anotación de litis con relación al objeto litigioso. A los demás oportunamente. Notifíquese personalmente o por cédula. Fdo. por: Juez DRA. PASKEVICIUS MARIA C., Secretario/a DR. ITURRE, MARIA ANGELICA. Inmueble a prescribir. Fracción de terreno ubicada en calle 25 de Mayo Nº 1287, Barrio Herrera el Alto de Las Termas de Río Hondo Fracción parte Lote 21 Manzana A, Quinta 24, por una superficie de 216,00 m2, cuyo dominio es 03, 1º 02 año 1954. Consta de las siguientes medidas y linderos: en su origen media 100,00 m. en su lado NOR OESTE y lindero con calle Uruguay. En su lado SUD OESTE 100,00 y linda con calle Perú , al NOR ESTE, media 200,00 m. lindera con Av. Juan Bautista Alberdi. Afecta el lote 21 de la manzana A. Secretaría, 04 de Junio de 2021 Dra. STELLA MARIS LLEBARA - Secretaria Administrativa N° 1 9 9 0 - e . 03 sep t . - v .0 7 sept.-p.450-$700
CENTRO EDUCATIVO ASISTENCIAL MANOS A LA
OBRA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
ASAMBLEA DE SOCIOS CONVOCATORIA
Se convoca a los Sres. Socios de "Centro Educativo Asistencial Manos a la Obra SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA" a la Asamblea General Extraordinaria a realizarse el día 14/09/2021 a las 11 hs., convocando simultáneamente en segunda convocatoria para las 13hs. en el domicilio de la sede social de Torre Nº4, Departamento 2º A del Barrio Altos del Golf, de la Ciudad de Santiago del Estero, Provincia de Santiago del Estero. ORDEN DEL DIA: 1) Modificación del Contrato Social y 2) Designación de dos socios para firmar el Acta. San Martín Mema Carla Noelia, Socia Gerente. CARLA SAN MARTIN NOELIA - SOCIO GERENTE ANA CAR O LINA LAKO VIC MARTINEZ - CONTADORA PUBLICA NACIONAL Nº1998 - e.03 sept. - v.09 sept. - p.115 - $240
"CAMPOS GNC S.R.L." CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES En la Ciudad de Santiago del Estero, Capital de la Provincia del mismo
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Boletin Oficial N° 21.960 Viernes 03 de Septiembre de 2021
nombre, a los veintinueve días del mes de Abril del año dos mil veintiuno, se reúnen: por una parte, MARIA AUDELINA MONTENEGRO, de estado civil viuda, argentina, Documento Nacional de Identidad N° 04.155.298, CUIL/T 27- 04.155.298 -6, nacida el veintitrés de Febrero del año mil novecientos cuarenta y uno, quien manifiesta ser de estado civil viuda del Sr. CAMPOS, TRENADO JOAQUIN DNI N° 07.208.947 (fallecido el 01 de Marzo de 2020); Joaquín CAMPOS, argentino, Documento Nacional de Identidad número N ° 1 4 . 7 3 2 . 5 7 2 , C U I L / T 2 0 - 14.732.572-0, nacido el siete de octubre de mil novecientos sesenta y uno, quien manifiesta ser de estado civil casado en primeras nupcias con Hylda Raquel Beltrán DNI N° 16.007.845, y domiciliarse en Ruta 9 km 1126, El Zanjón, Departamento Capital; Humberto Enrique CAMPOS, argentino, Documento Nacional de Identidad número N°16.309.974, CUIL/T 20-16309974-9, nacido el veinte de agosto de mil novecientos sesenta y tres, quien manifiesta ser de estado civil casado en primeras nupcias con Elizabeth Del Valle González DNI 13.511.573, y domiciliarse en Avenida 64 Nº633, Barrio AESYA, de esta Ciudad; Antonio Alfredo CAMPOS, argentino, Documento Nacional de Identidad número N°17.058.811, CUIL/T 20-17058811-9, nacido el treinta de octubre de mil novecientos sesenta y cuatro, quien manifiesta ser de estado civil divorciado, y domiciliarse en Santa Fe Nº1165, de esta Ciudad; en adelante identificado como "LA PARTE CEDENTE"; y por la otra parte, Rosalía Ruth CAMPOS, argentina, Documento Nacional de Identidad N°33.693.204, CUIL/T 27-33.693.204-7, nacida el veintiséis de mayo del año mil novecientos ochenta y ocho, quien manifiesta ser de estado civil soltera, de profesión docente, con domicilio en Colon (s) Nº5077, Barrio Ejército Argentino, de esta Ciudad; y Cristian Fernando CAMPOS, Documento Nacional de Identidad N° Nº38.365.398, CUIL/T 20-38.365.398-4, argentino, nacido el veintiuno de junio de mil novecientos noventa y cuatro, de estado civil soltero, soltero, con domicilio en Colon (s) Nº5077, Barrio Ejército Argentino, de esta Ciudad, e