boletÍn oficial - … · -acta de la comisiÓn paritaria del convenio colectivo de empresas de...

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ADMINISTRACIÓN CENTRAL: INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO ALICANTE. -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN ACTAS DE INFRACCIÓN 3 TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. -NOTIFICACIÓN RECLAMACIONES DE DEUDA DE ALICANTE 3 -NOTIFICACIÓN PROVIDENCIAS DE APREMIO DE ALICANTE 6 ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA: DIRECCIÓN TERRITORIAL DE EMPLEO. -ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS DE CAPTACIÓN, ELEVACIÓN, CONDUCCIÓN, TRATAMIENTO, DESALINIZACIÓN, DEPURACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA 14 ADMINISTRACIÓN LOCAL: AYUNTAMIENTO ALCOY. -BASES CONVOCATORIA PARA OTORGAR BECAS DE ASISTENCIA A LOS CONGRESOS DE LOS XXXVII PREMIOS OCTUBRE 15 AYUNTAMIENTO BENEJÚZAR. -APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA DE LA TASA REGULADORA DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE 17 AYUNTAMIENTO BENISSA. -APROBACIÓN ESTATUTOS PARA LA CONSTITUCIÓN DE LA COMUNIDAD DE USUARIOS DE VERTIDOS DE LA EDAR MANCOMUNADA BENISSA-SENIJA 17 -BASES CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN PROFESOR DE DULZAINA PARA LA ESCUELA DE MÚSICA Y DANZA 17 -BASES CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN PROFESOR DE BALLET PARA LA ESCUELA DE MÚSICA Y DANZA 19 AYUNTAMIENTO ELCHE. -NOTIFICACIÓN RESOLUCIONES EN MATERIA DE SANIDAD 21 -NOTIFICACIÓN RESOLUCIONES EXPEDIENTES EN MATERIA DE URBANISMO 22 AYUNTAMIENTO MONFORTE DEL CID. -ADJUDICACIÓN OBRAS REFORMA Y AMPLIACIÓN DE VESTUARIOS EN EL CAMPO DE DE FÚTBOL 22 -LICITACIÓN EXPLOTACIÓN DE CAFETERÍA Y LIMPIEZA DEL CENTRO DE MAYORES 22 AYUNTAMIENTO ONDARA. -APROBACIÓN BASES CONVOCATORIA UNA PLAZA DE AGENTE DE POLICÍA LOCAL 22 AYUNTAMIENTO PEGO. -NOTIFICACIÓN RELATIVA A LA DEDICACIÓN PARCIAL DE LA CONCEJAL DE DEPORTES 28 -NOTIFICACIÓN MODIFICACIÓN DESIGNACIÓN DE TENIENTES DE ALCALDE 28 -NOTIFICACIÓN INICIO DE PROCEDIMIENTO RESTAURACIÓN LEGALIDAD URBANÍSTICA 28 -MODIFICACIÓN DESIGNACIÓN MIEMBROS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL 29 AYUNTAMIENTO PILAR DE LA HORADADA. -NOTIFICACIÓN EXPEDIENTE INFRACCIÓN URBANÍSTICA 29 AYUNTAMIENTO ROJALES. -NOTIFICACIÓN MEMORIA DE RETASACIÓN DE CARGAS DE URBANIZACIÓN DEL SECTOR SN/1 LA BERNADA 30 AYUNTAMIENTO SAN FULGENCIO. -SOLICITUD LICENCIA DE APERTURA 30 -APROBACIÓN DEFINITIVA ORDENANZA MUNICIPAL DE TRÁFICO 30 AYUNTAMIENTO SAN VICENTE DEL RASPEIG. -BASES CONVOCATORIA PUESTO DE TRABAJAO DE JEFE DE SECCIÓN 55 -LISTA PROVISIONAL ADMITIDOS Y EXCLUIDOS CONVOCATORIA UNA PLAZA DE ANIMADOR JUVENIL Y CONSTITUCIÓN BOLSA DE TRABAJO 57 AYUNTAMIENTO SANT JOAN D´ALACANT. -BASES REGULADORAS CONCESIÓN BECAS ESCOLARES DE COMEDOR DE COLEGIOS PÚBLICOS CURSO ESCOLAR 2008/2009 58 DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE. -BASES CONVOCATORIA CONCURSO OPOSICIÓN UNA PLAZA DE PROFESOR TRADUCTOR VALENCIANO 60 -BASES CONVOCATORIA CONCURSO OPOSICIÓN CUATRO PLAZAS DE TÉCNICO MEDIO DE CALIDAD 65 -BASES CONVOCATORIA CONCURSO OPOSICIÓN DOS PLAZAS DE TÉCNICO AUXILIAR DE ARCHIVO 71 -BASES CONVOCATORIA CONCURSO OPOSICIÓN UNA PLAZA DE EDUCADOR SOCIAL 76 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ALICANTE BUTLLETÍ OFICIAL PROVÍNCIA D'ALACANT edita excma. diputación provincial - alicante edita excma. diputació provincial - alacant viernes, 29 de agosto de 2008 divendres, 29 d'agost de 2008 166 Pág. Núm. Pág. Núm. Sumario

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ADMINISTRACIÓN CENTRAL:INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO ALICANTE.-NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN ACTAS DE INFRACCIÓN 3

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.-NOTIFICACIÓN RECLAMACIONES DE DEUDA DE ALICANTE 3-NOTIFICACIÓN PROVIDENCIAS DE APREMIO DE ALICANTE 6

ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA:DIRECCIÓN TERRITORIAL DE EMPLEO.-ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVODE EMPRESAS DE CAPTACIÓN, ELEVACIÓN, CONDUCCIÓN,TRATAMIENTO, DESALINIZACIÓN, DEPURACIÓN Y DISTRIBUCIÓNDE AGUA 14

ADMINISTRACIÓN LOCAL:AYUNTAMIENTO ALCOY.-BASES CONVOCATORIA PARA OTORGAR BECAS DE ASISTENCIAA LOS CONGRESOS DE LOS XXXVII PREMIOS OCTUBRE 15

AYUNTAMIENTO BENEJÚZAR.-APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓNDE LA ORDENANZA DE LA TASA REGULADORADEL SERVICIO DE AGUA POTABLE 17

AYUNTAMIENTO BENISSA.-APROBACIÓN ESTATUTOS PARA LA CONSTITUCIÓNDE LA COMUNIDAD DE USUARIOS DE VERTIDOS DE LA EDARMANCOMUNADA BENISSA-SENIJA 17-BASES CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓNDE UN PROFESOR DE DULZAINA PARA LA ESCUELADE MÚSICA Y DANZA 17-BASES CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE UNPROFESOR DE BALLET PARA LA ESCUELA DE MÚSICA Y DANZA 19

AYUNTAMIENTO ELCHE.-NOTIFICACIÓN RESOLUCIONES EN MATERIA DE SANIDAD 21-NOTIFICACIÓN RESOLUCIONES EXPEDIENTES EN MATERIADE URBANISMO 22

AYUNTAMIENTO MONFORTE DEL CID.-ADJUDICACIÓN OBRAS REFORMA Y AMPLIACIÓN DE VESTUARIOSEN EL CAMPO DE DE FÚTBOL 22

-LICITACIÓN EXPLOTACIÓN DE CAFETERÍA Y LIMPIEZADEL CENTRO DE MAYORES 22

AYUNTAMIENTO ONDARA.-APROBACIÓN BASES CONVOCATORIA UNA PLAZADE AGENTE DE POLICÍA LOCAL 22

AYUNTAMIENTO PEGO.-NOTIFICACIÓN RELATIVA A LA DEDICACIÓN PARCIALDE LA CONCEJAL DE DEPORTES 28-NOTIFICACIÓN MODIFICACIÓN DESIGNACIÓNDE TENIENTES DE ALCALDE 28-NOTIFICACIÓN INICIO DE PROCEDIMIENTO RESTAURACIÓNLEGALIDAD URBANÍSTICA 28-MODIFICACIÓN DESIGNACIÓN MIEMBROS DE LA JUNTADE GOBIERNO LOCAL 29

AYUNTAMIENTO PILAR DE LA HORADADA.-NOTIFICACIÓN EXPEDIENTE INFRACCIÓN URBANÍSTICA 29

AYUNTAMIENTO ROJALES.-NOTIFICACIÓN MEMORIA DE RETASACIÓN DE CARGASDE URBANIZACIÓN DEL SECTOR SN/1 LA BERNADA 30

AYUNTAMIENTO SAN FULGENCIO.-SOLICITUD LICENCIA DE APERTURA 30-APROBACIÓN DEFINITIVA ORDENANZA MUNICIPAL DE TRÁFICO 30

AYUNTAMIENTO SAN VICENTE DEL RASPEIG.-BASES CONVOCATORIA PUESTO DE TRABAJAO DE JEFEDE SECCIÓN 55-LISTA PROVISIONAL ADMITIDOS Y EXCLUIDOSCONVOCATORIA UNA PLAZA DE ANIMADOR JUVENILY CONSTITUCIÓN BOLSA DE TRABAJO 57

AYUNTAMIENTO SANT JOAN D´ALACANT.-BASES REGULADORAS CONCESIÓN BECAS ESCOLARES DECOMEDOR DE COLEGIOS PÚBLICOS CURSO ESCOLAR 2008/2009 58

DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE.-BASES CONVOCATORIA CONCURSO OPOSICIÓNUNA PLAZA DE PROFESOR TRADUCTOR VALENCIANO 60-BASES CONVOCATORIA CONCURSO OPOSICIÓNCUATRO PLAZAS DE TÉCNICO MEDIO DE CALIDAD 65-BASES CONVOCATORIA CONCURSO OPOSICIÓNDOS PLAZAS DE TÉCNICO AUXILIAR DE ARCHIVO 71-BASES CONVOCATORIA CONCURSO OPOSICIÓNUNA PLAZA DE EDUCADOR SOCIAL 76

BOLETÍN OFICIALDE LA PROVINCIA DE ALICANTE

BUTLLETÍ OFICIAL PROVÍNCIA D'ALACANT

edita excma. diputación provincial - alicante edita excma. diputació provincial - alacantviernes, 29 de agosto de 2008 divendres, 29 d'agost de 2008

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Sumario

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-BASES CONVOCATORIA CONCURSO OPOSICIÓN TÉCNICOAUXILIAR DE MUSEO 81-BASES CONVOCATORIA CONCURSO OPOSICIÓN 29 PLAZASDE ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL,PROMOCIÓN INTERNA 86-BASES CONVOCATORIA CONCURSO OPOSICICÓNDOS PLAZAS DE PSICÓLOGO 90-BASES CONVOCATORIA CONCURSO OPOSICIÓNCUATRO PLAZAS DE TRABAJADOR SOCIAL 96-BASES CONVOCATORIA CONCURSO OPOSICIÓNTRES PLAZAS DE MONITOR OCUPACIONAL ESPECIALIZADO 102-BASES CONVOCATORIA CONCURSO OPOSICIÓN28 PLAZAS DE AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES 107-BASES CONVOCATORIA CONCURSO OPOSICIÓN40 PLAZAS DE TÉCNICO AUXILIAR SANITARIO 111-BASES CONVOCATORIA NUEVE PLAZAS DE TÉCNICODE ADMINISTRACIÓN GENERAL 116-BASES CONVOCATORIA CONCURSO OPOSICIÓNCINCO PLAZAS DE TÉCNICO DE GESTIÓN ECONÓMICA 123-BASES CONVOCATORIA CONCURSO OPOSICIÓNUNA PLAZA DE AUXILIAR MATERIAL DE CURSOS 130

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS ALICANTE.-EJECUCIÓN 163/08 AUTO 134-EJECUCIÓN 164/08 AUTO 134-EJECUCIÓN 165/08 AUTO 134

-EJECUCIÓN 168/08 AUTO 135-EJECUCIÓN 155/08 AUTO 135-EJECUCIÓN 53-54/08 AUTO 136

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES ALICANTE.-EJECUCIÓN 151/08 AUTO 136-PROCEDIMIENTO 607/08 CITACIÓN 136-AUTOS 660/08 CITACIÓN 136-AUTOS 661/08 CITACIÓN 137

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CINCO ALICANTE.-AUTOS 646/08 CITACIÓN 137-AUTOS 607/08 CITACIÓN 137-AUTOS 14/08 CITACIÓN 137-AUTOS 305/08 CITACIÓN 137-AUTOS 655/08 CITACIÓN 137-AUTOS 651/08 CITACIÓN 138-AUTOS 652/08 CITACIÓN 138-AUTOS 641/08 CITACIÓN 138-AUTOS 640/08 CITACIÓN 138-AUTOS 637/2008 138-AUTOS 639/08 CITACIÓN 138-EJECUCIÓN 173/08 AUTO 139

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS ELCHE.-PROCEDIMIENTOS 346/08 Y 362/08 SENTENCIAS 139

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO NUEVE ALICANTE.-JUICIO DE FALTAS 574/08 SENTENCIA 140

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boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 1663

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJOALICANTE

EDICTO

Se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la resolución en primera instancia dictada en losprocedimientos incoados por las actas de infracción citadas, cuyas copias se encuentran a disposición de los interesados en estaInspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Alicante - Sección de Sanciones -, de conformidad con los artículos 59a 61 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, ante la imposibilidad, por ausencia o ignorado paradero,de comunicarle dicha resolución. Al mismo tiempo se advierte del derecho que asiste a los interesados para interponer Recursode Alzada ante el Organismo competente en cada materia (Prestaciones ante la Dirección General de Trabajo; Seguridad Socialante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social) por conducto de la Inspección Provincial de Trabajo y SeguridadSocial de Alicante, calle Pintor Lorenzo Casanova número 6, C.P. 03003, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguienteal de la publicación del presente edicto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114 y sus concordantes de la Ley 30/92 de 26 denoviembre, con la advertencia que transcurrido dicho plazo, en las resoluciones confirmatorias, se continuará el procedimientoreglamentario que concluye con su exacción por la vía de apremio.

ACTA INFRACCIÓN FECHA RESOLUCIÓN TITULAR NIF/CIF/DNI/NIE DOMICILIO MUNICIPIO SANCIÓN MATERIA

I32008000119865 04/08/2008 TORCIDOS EL SERPIS SL B53774758 COTES BAIXES CL B 6 ALCOY 6.251,00 SEG SOCIALI32008000084402 25/06/2008 GRUPO VILLANUEVA GARIJO HNOS SL B54088398 MAISONNAVE 29 ALICANTE 6.251,00 SEG SOCIALI32008000120269 11/08/2008 CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES D CLAN SL B54229398 PEDRO ARAGONES 16 CALLOSA DE SEGURA 626,00 SEG SOCIALI32008000141083 04/08/2008 BIO-RUDAR’S SL B53541397 CEBADAS 53 DOLORES 300,52 SEG SOCIALI32008000086422 04/08/2008 CONSTRUCCIONES ALICER OBRAS Y SERVICIOS SL B53902284 CTRA EL CAMPELLO / BUSSOT 26 EL CAMPELLO 6.251,00 SEG SOCIALI32008000105519 30/06/2008 BLOSSOM SHOES SL UNIPERSONAL B54004254 LA TORRETA 41 ELDA 6.251,00 S SOCIAL / PRESTACIONESI32008000128555 07/07/2008 PELOBEL FACTORY SHOES SL B54178629 FRANCIA 47 ELDA 2.504,00 SEG SOCIALI32008000126131 04/08/2008 SPANISH LIFE INFORMATION COMPANY SL B53904595 TABARCA 40 L’ALFAS DEL PI 3.005,07 SEG SOCIALI32008000110266 04/08/2008 OBRAS PASANGAR SL B54118245 URB LA REGIA 26 ORIHUELA 626,00 SEG SOCIALI32008000117643 25/06/2008 GUILLIAN BLACKWOOD X6996087Q CIÑUELICA 72 ORIHUELA 626,00 SEG SOCIALI32008000078944 25/06/2008 MAÑO Y TEREZO SL B54220900 SAN POLICARPO 57 TORREVIEJA 626,00 SEG SOCIALI32008000108953 04/08/2008 CONSTRUCCIONES RISADALDA SL B54057948 DIEGO RAMIREZ PASTOR 137 TORREVIEJA 626,00 SEG SOCIALI32008000115421 04/08/2008 NICOLADRIAN CB E54241740 CENT COM PUNTA MARINA 11 TORREVIEJA 626,00 SEG SOCIALI32008000134922 07/07/2008 CAFETERAS VILLENERAS SL UNIPERSONAL B54309513 TRINIDAD 13 VILLENA 1.252,00 SEG SOCIAL

Alicante, 18 de agosto de 2008.El Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social (por sustitución), José María Gutiérrez Segura.

*0817985*

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ANUNCIO

El Jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social de acuerdo con lo dispuesto en el artículo59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común (B.O.E. 27 de noviembre de 1992), a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos en larelación de documentos que se acompaña, epigrafiados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en el que seencuentran inscritos, ante la imposibilidad por ausencia, ignorado paradero o rehusado, de comunicarles las reclamaciones pordescubiertos de cuotas a la Seguridad Social emitidos contra ellos, les hace saber que, en aplicación de lo previsto en el artículo30.3 de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio de 1994 (B.O.E. 29 de junio de 1994), según la redacción dadaal mismo por el artículo 5. seis de la ley 52/2003, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (B.O.E. 11 dediciembre de 2003), en los plazos indicados a continuación, desde la presente notificación, podrán acreditar ante laAdministración correspondiente de la Seguridad Social, que han ingresado las cuotas reclamadas mediante los documentos tipo2 y 3 (Reclamaciones de deuda sin y con presentación de documentos), 9 (Reclamación acumulada de deuda) y 10 (Reclamaciónde deuda por derivación de responsabilidad):

a) Notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde aquélla hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior,en su caso.

b) Notificación entre los días 16 y último de cada mes, desde aquélla hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábilposterior, en su caso.

Respecto de las cuotas y otros recursos reclamados mediante documentos tipo 1 (Actas de liquidación), 4 (Reclamacionesde deuda por infracción), 6 (Reclamaciones de otros recursos) y 8 (Reclamaciones por prestaciones indebidas), en aplicaciónde lo establecido en el artículo 31 de la Ley General de la Seguridad Social y 55.2, 66 y 74 del Reglamento General deRecaudación de la Seguridad Social (R.D. 1.415/2004 de 11 de junio, B.O.E. 25 de junio de 200404), los sujetos responsablespodrán acreditar que han ingresado la deuda reclamada hasta el último día hábil del mes siguiente a la presente notificación.

Se previene de que, caso de no obrar así, se iniciará el procedimiento de apremio mediante la emisión de la providenciade apremio, con aplicación de los recargos previstos en los artículos 27 de la mencionada ley y 10 de dicho Reglamento General.

Contra el presente acto, y dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, podrá interponerserecurso de alzada ante la Dirección Provincial; transcurridos tres meses desde su interposición si no ha sido resuelto, podráentenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27 de noviembre de 1992), que nosuspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el importe de la deuda reclamada conforme a lo dispuesto enel artículo 46 del citado Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

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4boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166

REG. T./IDENTIF. RAZÓN SOCIAL/NOMBRE DIRECCIÓN C.P. POBLACIÓN TD NÚM. RECLAMACIÓN PERIODO IMPORTE

REGIMEN 01 REGIMEN GENERAL0111 10 03004814618 LOPEZ VERA FRANCISCO PS COLON SN RESTAURA 03501 BENIDORM 03 03 2008 027447896 1106 1206 706,150111 10 03007776956 LABORATORIOS FOTOGRAFICO CL GABRIEL MIRO 8 03520 POLOP 21 03 2008 008057091 0206 0706 1.058,700111 10 03007776956 LABORATORIOS FOTOGRAFICO CL GABRIEL MIRO 8 03520 POLOP 21 03 2008 008057192 0206 0606 1.813,060111 10 03009199523 CONSTRUCCIONES SORIACON, CL ALBACETE 22 03005 ALACANT AL 03 03 2008 018023641 1207 1207 61,740111 10 03009795465 COM. PROP. BENI PARK AV MARINA ESPANOLA 6 03500 BENIDORM 02 03 2008 028424162 0408 0408 1.389,420111 10 03010540042 PITUSOS JARDIN DE INFANC CL SERRANO 8 03003 ALACANT AL 02 03 2008 028427293 0308 0308 807,710111 10 03014683356 VULCANIZADOS PICAZO, S.L. CL BREA (PG.IND.CARR 03205 ELCHE ELX 21 03 2008 008054667 1106 0307 1.729,500111 10 03015130970 TRANS FRIO LEVANTE XXI,S PG INDUSTRIAL LAS MA 03160 ALMORADI 21 03 2008 008047391 0405 1005 2.843,130111 10 03103624225 INSTALACIONES D.F.M.,S.L AV ALCUDIA 8 03720 BENISSA 02 03 2008 028477009 0408 0408 991,800111 10 03103949981 EXCAVACIONES BOMBON, S.L. CL VICENTE PARDO SEG 03340 ALBATERA 02 03 2008 028479938 0907 0907 1.764,840111 10 03104249772 LOCRIS, S.L. CL CASTELLON 26 03600 ELDA 21 03 2008 008021628 1203 1106 2.765,510111 10 03104423463 FABRIGAL, S.L. CL GRANADA 21 03440 IBI 02 03 2008 028484887 0408 0408 1.793,410111 10 03105439236 ASESORES PYM PICO, S.L. AV DE LA LIBERTAD 86 03205 ELCHE ELX 21 03 2008 008044462 0904 0105 819,610111 10 03105614543 PULIDOS Y CRISTALIZADOS CL LIMONES EDF. STA. 03500 BENIDORM 02 03 2008 028495092 0408 0408 50,510111 10 03105850171 BETHO SHOES, S.L. AV HISPANOAMERICA 7 03610 PETRER 21 03 2008 008046482 1006 0807 2.251,080111 10 03106002947 ZAID-STYLO, S.L. CL PINTOR JUAN MIRO 03610 PETRER 21 03 2008 008051132 0103 1207 73.243,430111 10 03106002947 ZAID-STYLO, S.L. CL PINTOR JUAN MIRO 03610 PETRER 21 03 2008 008051233 0103 1207 21.053,410111 10 03106002947 ZAID-STYLO, S.L. CL PINTOR JUAN MIRO 03610 PETRER 21 03 2008 008051435 0103 0108 24.025,660111 10 03106002947 ZAID-STYLO, S.L. CL PINTOR JUAN MIRO 03610 PETRER 21 03 2008 008051536 1007 0108 2.761,540111 10 03106002947 ZAID-STYLO, S.L. CL PINTOR JUAN MIRO 03610 PETRER 21 03 2008 008051637 0405 1207 7.759,390111 10 03106002947 ZAID-STYLO, S.L. CL PINTOR JUAN MIRO 03610 PETRER 21 03 2008 008052142 1007 0108 6.864,380111 10 03106096008 ALEXDAVIS CALZADOS, S.L. ZZ CTRA. MURCIA-ALIC 03330 CREVILLENT 04 03 2008 000095819 1003 0206 300,520111 10 03106096008 ALEXDAVIS CALZADOS, S.L. ZZ CTRA. MURCIA-ALIC 03330 CREVILLENT 04 03 2008 000096526 0604 0106 300,520111 10 03106096008 ALEXDAVIS CALZADOS, S.L. ZZ CTRA. MURCIA-ALIC 03330 CREVILLENT 21 03 2008 008053758 1003 0206 10.914,250111 10 03106096008 ALEXDAVIS CALZADOS, S.L. ZZ CTRA. MURCIA-ALIC 03330 CREVILLENT 21 03 2008 008054566 0604 0106 11.405,740111 10 03106254339 COM. DE PROPL EDIFICIO S CL SERRANO 46 03502 BENIDORM 03 03 2008 017360001 1207 1207 10,870111 10 03106512300 PATINO ANDREU JOSE ANTON AV HABANERAS 117 03182 TORREVIEJA 02 03 2008 028501964 0408 0408 886,510111 10 03106875947 D’CONCHI SHOES, S.L. AV HISPANO AMERICA 5 03610 PETRER 21 03 2008 008604840 0904 0907 3.017,680111 10 03107658819 INVESTIGACIONES VJ Y ASE CL GONGORA 11 03803 ALCOI ALCO 02 03 2008 028515809 0408 0408 218,860111 10 03107915160 VILLANUEVA DE LA ROSA MA CL GUADALEST 11 03005 ALACANT AL 02 03 2008 027588447 0308 0308 21,850111 10 03108769972 AMAT MARCO, S.L. CL SAN IGNACIO DE LO 03600 ELDA 21 03 2008 008007783 0807 1107 1.184,510111 10 03108836862 TROQUELADOS MOLTO, S.L. CL ALFRED NOBEL, MANZ 03203 ELCHE ELX 04 03 2008 000084705 0407 0707 626,000111 10 03108836862 TROQUELADOS MOLTO, S.L. CL ALFRED NOBEL, MANZ 03203 ELCHE ELX 21 03 2008 008044967 0407 0607 651,530111 10 03108836862 TROQUELADOS MOLTO, S.L. CL ALFRED NOBEL, MANZ 03203 ELCHE ELX 21 03 2008 008045270 0407 0507 325,760111 10 03108836862 TROQUELADOS MOLTO, S.L. CL ALFRED NOBEL, MANZ 03203 ELCHE ELX 21 03 2008 008045371 0407 0707 1.571,980111 10 03108836862 TROQUELADOS MOLTO, S.L. CL ALFRED NOBEL, MANZ 03203 ELCHE ELX 21 03 2008 008048708 0407 0707 1.571,980111 10 03108886069 MOÑINO SENCIANES PEDRO J CL CALVARIO 15 03112 ALACANT AL 02 03 2008 028532680 0408 0408 946,510111 10 03109262854 JOHN MULLIGAN’S, S.L. CL TOMAS LOPEZ TORRE 03002 ALACANT AL 04 03 2008 000080661 0308 0308 626,000111 10 03109294176 PEREZ MARTINEZ MIGUEL CL PABLO SOROZABAL 1 03440 IBI 02 03 2008 028540865 0408 0408 991,800111 10 03109724919 DUSSART INTERNATIONAL, S ZZ PARTIDA ALGOROS, 03293 ELCHE ELX 04 03 2008 000097031 0607 1107 626,000111 10 03109724919 DUSSART INTERNATIONAL, S ZZ PARTIDA ALGOROS, 03293 ELCHE ELX 04 03 2008 000097334 1004 1107 626,000111 10 03109724919 DUSSART INTERNATIONAL, S ZZ PARTIDA ALGOROS, 03293 ELCHE ELX 04 03 2008 000100667 0506 1107 626,000111 10 03109724919 DUSSART INTERNATIONAL, S ZZ PARTIDA ALGOROS, 03293 ELCHE ELX 21 03 2008 008053859 0607 1107 1.002,340111 10 03109724919 DUSSART INTERNATIONAL, S ZZ PARTIDA ALGOROS, 03293 ELCHE ELX 21 03 2008 008053960 1004 1107 17.780,860111 10 03109724919 DUSSART INTERNATIONAL, S ZZ PARTIDA ALGOROS, 03293 ELCHE ELX 21 03 2008 008054061 0506 1107 6.129,510111 10 03109963375 RECA SHOES, S.L. CL ANDALUCIA 49 03610 PETRER 21 03 2008 008024456 1206 0307 1.591,730111 10 03110007835 FUENTES RECH JOSE JULIAN CL CARDENAL BELLUGA 03349 SAN ISIDRO 03 03 2008 025525478 0606 0806 2.070,000111 10 03110007835 FUENTES RECH JOSE JULIAN CL CARDENAL BELLUGA 03349 SAN ISIDRO 03 03 2008 025525680 0906 1106 1.093,980111 10 03110367543 MOCASINES ORIGINAL PINOS CL RASPAY 11 03650 PINOSO 21 03 2008 008054162 1003 0907 96.710,110111 10 03110367543 MOCASINES ORIGINAL PINOS CL RASPAY 11 03650 PINOSO 21 03 2008 008056283 1003 0907 64.057,000111 10 03110367543 MOCASINES ORIGINAL PINOS CL RASPAY 11 03650 PINOSO 21 03 2008 008056384 1003 0907 82.571,570111 10 03110367543 MOCASINES ORIGINAL PINOS CL RASPAY 11 03650 PINOSO 21 03 2008 008056586 1003 0907 68.094,480111 10 03110644904 STUDIO HISPANIA S.L. CT ALICANTE CARTAGEN 03189 ORIHUELA 04 03 2008 000019633 0703 1004 301,000111 10 03110644904 STUDIO HISPANIA S.L. CT ALICANTE CARTAGEN 03189 ORIHUELA 21 03 2008 008009605 0703 1004 3.080,580111 10 03110916201 EGEA LOZANO TRINIDAD CL GIJON 1 03502 BENIDORM 02 03 2008 029132161 1107 1107 2.361,540111 10 03110916201 EGEA LOZANO TRINIDAD CL GIJON 1 03502 BENIDORM 02 03 2008 029147521 1207 1207 1.593,310111 10 03110935702 URBACOAST BUSINESS. S.L. AV SANTANDER 25 03540 ALACANT AL 02 03 2008 027632095 0308 0308 897,830111 10 03110954694 BEVERLY GIL SHOES, S.L.UN CL PINTOR JOAN MIRO 03610 PETRER 21 03 2008 008551286 0103 1207 21.053,410111 10 03110954694 BEVERLY GIL SHOES, S.L.UN CL PINTOR JOAN MIRO 03610 PETRER 21 03 2008 008551488 0103 0108 24.025,660111 10 03111135762 REHABILITACION DISEÑO Y CL ALGAS MARINAS EDF 03540 ALACANT AL 02 03 2008 028568955 0408 0408 239,440111 10 03111331075 PROMOCIONES Y CONSTRUCCI CL TUBERIA 57 03005 ALACANT AL 03 03 2008 029151864 0403 0603 416,880111 10 03112962089 CALZADOS EXTIPE, S.L. CL JOFRE DE LOAISA 8 03610 PETRER 21 03 2008 008061539 0104 0705 7.985,500111 10 03113474371 PERLES SANTACREU JAIME AV NORTE 24 03710 CALPE CALP 02 03 2008 028619778 0408 0408 5.072,270111 10 03113734756 MARLEY’S WORLD, S.L. CL POETA CAMPOS VASS 03004 ALACANT AL 02 03 2008 027692521 0308 0308 904,620111 10 03113806902 GRAN BUQUET VINOS Y LICO CL ISABEL LA CATOLIC 03007 ALACANT AL 21 03 2008 008043351 0707 1107 1.656,030111 10 03114149937 SERJORI, S.L. AV TORREBLANCA 23 03188 MATA LA 02 03 2008 028638370 0408 0408 218,860111 10 03114210864 CUENCA CAMPOS PEDRO CL MURTAL 3 03502 BENIDORM 02 03 2008 028640188 0408 0408 991,800111 10 03114290888 GOMEZ SOLA INMACULADA PP MARITIMO JUAN APA 03182 TORREVIEJA 04 03 2008 000130777 0303 0407 650,000111 10 03114290888 GOMEZ SOLA INMACULADA PP MARITIMO JUAN APA 03182 TORREVIEJA 21 03 2008 008074168 0303 0407 2.949,190111 10 03114387181 CALZADOS RESEÑA, S.L. CT LEON KM 0’6 3 03293 ELCHE ELX 04 03 2008 000092381 0704 0904 300,520111 10 03114387181 CALZADOS RESEÑA, S.L. CT LEON KM 0’6 3 03293 ELCHE ELX 21 03 2008 008052344 0104 0904 3.087,430111 10 03114630893 EL BIFACHO, S.L. CL ARZOBISPO LOACES 03003 ALACANT AL 02 03 2008 027720005 0308 0308 2.567,830111 10 03114630893 EL BIFACHO, S.L. CL ARZOBISPO LOACES 03003 ALACANT AL 02 03 2008 028653831 0408 0408 2.567,830111 10 03114655145 BEN TOUMI-MONCEF ABD AV PAIS VALENCIANO 5 03340 ALBATERA 02 03 2008 027720409 0308 0308 236,990111 10 03114655145 BEN TOUMI-MONCEF ABD AV PAIS VALENCIANO 5 03340 ALBATERA 02 03 2008 028654336 0408 0408 181,690111 10 03114735371 BOTANICA LEVANTINA, S.L. CL FRAY JAIME TORRES 03204 ELCHE ELX 02 03 2008 027722530 0308 0308 1.839,400111 10 03114796302 ARCO ROIS, S.L. CL PRADILLA 33 03012 ALACANT AL 02 03 2008 028657467 0408 0408 495,910111 10 03114923614 PEREZ ALFARO VIOLETA CL ANCHA DE CASTELAR 03690 SAN VICENTE 04 03 2008 000044689 0105 0206 300,520111 10 03114923614 PEREZ ALFARO VIOLETA CL ANCHA DE CASTELAR 03690 SAN VICENTE 21 03 2008 008025870 0105 0206 1.687,570111 10 03114937657 VILLALBA NUÑEZ JOSE MARI CL ALFREDO JAVALOYES 03202 ELCHE ELX 02 03 2008 027727883 0208 0208 37,250111 10 03115091746 MARCY MODA, S.L. AV DE LA LIBERTAD 26 03610 PETRER 04 03 2008 000083893 0104 0208 301,000111 10 03115091746 MARCY MODA, S.L. AV DE LA LIBERTAD 26 03610 PETRER 04 03 2008 000088745 0104 1207 602,000111 10 03115091746 MARCY MODA, S.L. AV DE LA LIBERTAD 26 03610 PETRER 21 03 2008 008048405 0104 0208 23.138,430111 10 03115091746 MARCY MODA, S.L. AV DE LA LIBERTAD 26 03610 PETRER 21 03 2008 008049819 0104 1207 38.954,130111 10 03115104173 VELASCO RODRIGUEZ JAIME CL CONCEPCION ARENAL 03201 ELCHE ELX 04 03 2007 005329695 0107 0107 1.252,000111 10 03115268669 DAEMON SHOES, S.L. CL TOLEDO 22 03610 PETRER 04 03 2008 000077025 0106 0707 301,000111 10 03115268669 DAEMON SHOES, S.L. CL TOLEDO 22 03610 PETRER 04 03 2008 000077328 0506 0707 301,000111 10 03115268669 DAEMON SHOES, S.L. CL TOLEDO 22 03610 PETRER 04 03 2008 000082883 0703 0707 301,000111 10 03115268669 DAEMON SHOES, S.L. CL TOLEDO 22 03610 PETRER 21 03 2008 008042846 0805 0707 30.652,110111 10 03115268669 DAEMON SHOES, S.L. CL TOLEDO 22 03610 PETRER 21 03 2008 008043048 0106 0707 9.284,300111 10 03115268669 DAEMON SHOES, S.L. CL TOLEDO 22 03610 PETRER 21 03 2008 008043149 0506 0707 6.845,490111 10 03115268669 DAEMON SHOES, S.L. CL TOLEDO 22 03610 PETRER 21 03 2008 008047290 0703 0707 25.722,560111 10 03115552494 GRUPO EMPRESARIAL URBASA AV REINA VICTORIA 15 03201 ELCHE ELX 02 03 2008 027748701 0308 0308 2.558,770111 10 03115662632 PROSIP MEDITERRANEO, S.L CL LA PAZ 17 03110 MUTXAMEL 04 03 2008 000101475 0307 0707 626,000111 10 03115662632 PROSIP MEDITERRANEO, S.L CL LA PAZ 17 03110 MUTXAMEL 04 03 2008 000101677 1206 0307 626,000111 10 03115662632 PROSIP MEDITERRANEO, S.L CL LA PAZ 17 03110 MUTXAMEL 21 03 2008 008057903 0307 0707 1.196,400111 10 03115662632 PROSIP MEDITERRANEO, S.L CL LA PAZ 17 03110 MUTXAMEL 21 03 2008 008058004 1206 0307 685,380111 10 03115662632 PROSIP MEDITERRANEO, S.L CL LA PAZ 17 03110 MUTXAMEL 02 03 2008 028686264 0408 0408 897,830111 10 03115857238 ESPAR PROMOTORA DE INMUE AV COSTA BLANCA 93 03540 ALACANT AL 02 03 2008 028692429 0408 0408 1.750,38

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boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 1665

REG. T./IDENTIF. RAZÓN SOCIAL/NOMBRE DIRECCIÓN C.P. POBLACIÓN TD NÚM. RECLAMACIÓN PERIODO IMPORTE

0111 10 03115889570 ESTEBAN & ORTIZ, S.L. CL ALEMANIA 34 03003 ALACANT AL 02 03 2008 027765067 0707 0807 68,420111 10 03116020724 TORMO CAMARASA VICENTE CL ROSAL- LOCAL 4- 4 03500 BENIDORM 02 03 2008 028698691 0408 0408 427,970111 10 03116283836 IZRI-SOFIANE SAFIR PZ GABRIEL MIRO 1 03001 ALACANT AL 02 03 2008 028708694 0408 0408 455,890111 10 03116368207 TONKEV, COOP.V. CL FINESTRAT 4 03012 ALACANT AL 02 03 2008 028712334 0408 0408 116,720111 10 03116368308 TONKEV, COOP.V. CL FINESTRAT 4 03012 ALACANT AL 02 03 2008 028712435 0408 0408 870,660111 10 03116483290 COORDINADORA DE CALZADO, CT LEON KM 0´6 NAVE 03293 ALGOROS 21 03 2008 008052243 0807 0907 533,020111 10 03116494206 CONSTRUCCIONES ELCHE EL CL FILET DE FORA 46 03202 ELCHE ELX 21 03 2008 008058913 0607 0707 782,700111 10 03116599993 MOLINA LOPEZ FULGENCIO CL LUIS GALIANA 5 03360 CALLOSA DE S 02 03 2008 028720620 0408 0408 3.246,260111 10 03116753173 BOHEMIA SHOES, S.L. PG CAMPO ALTO CALLE 03600 ELDA 21 03 2008 008044765 0105 0907 15.667,720111 10 03116754082 CONSTRUCCIONES Y REFORMA CL TRIDENTE 15 03540 ALACANT AL 02 03 2008 028726882 0408 0408 1.014,440111 10 03116909888 RUBEN Y PEDRO JOSE, S.L. CL PROFESOR TOMAS Y 03206 ELCHE ELX 02 03 2008 028733754 0108 0108 73,330111 10 03116909888 RUBEN Y PEDRO JOSE, S.L. CL PROFESOR TOMAS Y 03206 ELCHE ELX 02 03 2008 028733855 0208 0208 102,260111 10 03116909888 RUBEN Y PEDRO JOSE, S.L. CL PROFESOR TOMAS Y 03206 ELCHE ELX 02 03 2008 028733956 0308 0308 117,810111 10 03117028716 GRUPO MEDITERRANEO COMPA AV HOLANDA 6 03540 ALACANT AL 02 03 2008 028738808 0308 0308 37,490111 10 03117033160 CEREZO MEDINA Y ASOCIADO CL CASTAÑOS 37 03001 ALACANT AL 02 03 2008 027814173 0308 0308 668,540111 10 03117033160 CEREZO MEDINA Y ASOCIADO CL CASTAÑOS 37 03001 ALACANT AL 02 03 2008 028739111 0408 0408 911,650111 10 03117044577 RECOTRES, S.L.L. CL AMBROSIO CORTES 4 03400 VILLENA 02 03 2008 028739818 0408 0408 1.764,970111 10 03117117834 CONTACT BOX, S.L. PK EL PLANET 152 03590 ALTEA 02 03 2008 028741333 0408 0408 555,340111 10 03117172091 M2 GRP DESING TCHNOLOGY, CL ARTISTA DEL FUEGO 03015 ALACANT AL 02 03 2008 028743050 0408 0408 2.792,220111 10 03117540287 FERNANDEZ SEGURA JORGE PZ PIO XII 1 03012 ALACANT AL 02 03 2008 028759824 0408 0408 495,910111 10 03117555546 REODUC, S.L. CL LA PALMA 23 03501 BENIDORM 02 03 2008 028760733 0408 0408 4.099,930111 10 03117615463 MARTINEZ HERNANDEZ LUIS CL POETA BLAS DE LOM 03005 ALACANT AL 02 03 2008 027838627 0308 0308 2.049,730111 10 03117729338 ASOC. COLECTIVO DE ARTE AV GENERAL MARVA 30 03004 ALACANT AL 04 03 2008 000017411 0107 0107 60,000111 10 03117729338 ASOC. COLECTIVO DE ARTE AV GENERAL MARVA 30 03004 ALACANT AL 02 03 2008 027843677 0308 0308 2.683,910111 10 03117818658 BIGNELL-CHRISTOPHER LG C.C.LOS DOLSES, F 03189 ORIHUELA 02 03 2008 028770736 0408 0408 1.070,280111 10 03118030139 DINERS KENSINGTON CASH S CL TEODOMIRO 16 03300 ORIHUELA 21 03 2008 008547852 0604 0605 5.277,450111 10 03118089349 DIAKON AMBIENTAL S.L. PZ GABRIEL MIRO 15 03001 ALACANT AL 02 03 2008 028777103 0408 0408 1.064,810111 10 03118140475 FONT DE L’UXOLA, S.L. CL FONT DE L’UXOLA 03803 ALCOI ALCO 02 03 2008 028778921 0408 0408 865,000111 10 03118278501 LA TAHONA DE ROCAMORA, S CL PEGO 6 03008 ALACANT AL 02 03 2008 028782254 0408 0408 1.349,580111 10 03118302648 SANCHEZ FERNANDEZ JUAN M CL FRANCISCO SANTAMA 03130 SANTA POLA 02 03 2008 027860249 0308 0308 887,640111 10 03118302648 SANCHEZ FERNANDEZ JUAN M CL FRANCISCO SANTAMA 03130 SANTA POLA 02 03 2008 028783062 0408 0408 887,640111 10 03118533327 EUROSUELOS Y PISCINASNAI CL MURILLO (RES. EL 03183 TORREVIEJA 02 03 2008 027868535 0308 0308 2.632,340111 10 03118557373 A.M. MAN 2000 GUARDA Y C PZ LO MORANT 8 03011 ALACANT AL 02 03 2008 027869747 0308 0308 176,770111 10 03118631741 RUIZ TORRES RUBEN CL HONDON DE LAS NIE 03005 ALACANT AL 10 03 2008 030990420 1107 1107 339,660111 10 03118631842 GUILLEN GARCIA JOSE MARI CL ANCHA DE CASTELAR 03690 SAN VICENTE 10 03 2008 030990521 1107 1107 3.583,220111 10 03118757942 ESTUDIOS Y OBRAS MARIAN, CL VIRGEN DEL PUIG 1 03009 ALACANT AL 03 03 2008 028258656 1206 0107 1.127,440111 10 03118817556 SOLER FERRER SALVADOR CL CLEMENTINA BERTOM 03725 TEULADA 02 03 2008 028804785 0408 0408 2.006,260111 10 03118830791 VALENZUELA RODRIGUEZ ALM CL JAEN 12 03005 ALACANT AL 02 03 2008 027882679 0308 0308 427,970111 10 03118861107 ANTON VALERO VICENTE MAN CL ANTINA 14 03130 SANTA POLA 02 03 2008 028807011 0408 0408 128,460111 10 03118937895 GHERCON ESTRUCTURAS Y CO CL CANONIGO GENESTAR 03012 ALACANT AL 02 03 2008 028810647 0408 0408 1.014,440111 10 03118942949 HEREDIA FERNANDEZ PASCUA CL DEL ALMENDRO 10 03110 MUTXAMEL 02 03 2008 028810849 0408 0408 865,000111 10 03118990944 ALFONSO PARRA ANTONIO DO CL BRITANIA 12 03540 ALACANT AL 02 03 2008 028812869 0408 0408 991,800111 10 03119512017 EUROPUENTE 2004 S.L. AV DR. MARIANO RUIZ 03181 TORREVIEJA 02 03 2008 028841060 0408 0408 2.883,490111 10 03119666106 VALENZUELA SALAZAR VIDA CL CIENFUEGOS 18 03002 ALACANT AL 02 03 2008 027928654 0308 0308 176,880111 10 03119714303 TALECARLA, S.L. PG IND.TORRETA-RIO, 03600 ELDA 04 03 2008 000051763 0907 0108 6.886,000111 10 03119714303 TALECARLA, S.L. PG IND.TORRETA-RIO, 03600 ELDA 21 03 2008 008029409 0907 0108 12.249,970111 10 03119801300 TALON-TRANS ESPAÑA, S.L. CL HILARION ESLAVA 1 03204 ELCHE ELX 04 03 2008 000079449 0107 1007 626,000111 10 03119801300 TALON-TRANS ESPAÑA, S.L. CL HILARION ESLAVA 1 03204 ELCHE ELX 21 03 2008 008039715 0107 1007 17.531,480111 10 03119807865 MARTI GARCIA M JOSE CL PASAJE DISTRITO 3 03011 ALACANT AL 02 03 2008 028858339 0408 0408 855,950111 10 03119967412 VINOS COSTA BLANCA, S.L. CL JOSE RAMON POMARE 03008 ALACANT AL 02 03 2008 017706167 1207 1207 881,030111 10 03120127460 TOFT-MARIA JANE CL MANUEL DE FALLA 2 03187 MONTESINOS 02 03 2008 027955734 0308 0308 468,550111 10 03120156156 CASA FRANCISCA, S.L. CL LA MAR 16 03700 DENIA 02 03 2008 027957451 0308 0308 884,460111 10 03120156156 CASA FRANCISCA, S.L. CL LA MAR 16 03700 DENIA 02 03 2008 028876729 0408 0408 855,950111 10 03120173435 BERLANGA NIETO GREGORIO UR ENTRENARANJOS 1 03502 BENIDORM 02 03 2008 028877335 0408 0408 4.365,760111 10 03120297515 MARTINEZ LARRAZ PRATS SA CL REYES CATOLICOS 2 03003 ALACANT AL 02 03 2008 023761391 0208 0208 914,810111 10 03120297515 MARTINEZ LARRAZ PRATS SA CL REYES CATOLICOS 2 03003 ALACANT AL 02 03 2008 027967353 0308 0308 914,810111 10 03120297515 MARTINEZ LARRAZ PRATS SA CL REYES CATOLICOS 2 03003 ALACANT AL 02 03 2008 028885520 0408 0408 914,810111 10 03120308023 ALCARAZ OBRAS Y PROYECTO CL MONTIBOLI 31 03115 MONNEGRE CAB 02 03 2008 028886227 0408 0408 528,950111 10 03120433315 SOLARES YELMO, S.L. CL PASCUAL OROZCO 7 03006 ALACANT AL 02 03 2008 028894109 0408 0408 7.934,460111 10 03120566889 B.P. POLLARD PROPERTY SE CL TORRELOMAS 1 03188 TORREVIEJA 02 03 2008 028906132 0408 0408 437,590111 10 03120586693 MOBIL LAYN, S.L. CL SAN FRANCISCO 61 03001 ALACANT AL 02 03 2008 028907950 0408 0408 1.151,900111 10 03120601649 WASENKO-ANITA THERES UR LA ESCUERA 75 03177 SAN FULGENCI 02 03 2008 028908960 0408 0408 875,180111 10 03120655809 ROMERA HOLGADO NATALIA CL DEPORTISTA KIKO S 03540 ALACANT AL 03 03 2008 018023439 1207 1207 17,170111 10 03120968330 AHORANET, S.L. CL CESAR ELGUEZABAL 03001 ALACANT AL 02 03 2008 028935030 0408 0408 1.108,570111 10 03120976212 CONSTRUCCIONES Y PAVIMEN CL GARBINET 116 03012 ALACANT AL 02 03 2008 028935737 0408 0408 231,410111 10 03120995309 VAN IJPEREN-PETRONEL CL LISA-ESQ-AV.MEDIT 03188 MATA LA 02 03 2008 028937858 0408 0408 878,600111 10 03121045324 KOMUNIKA,ESTRATEGIAS DE CL MIGUEL SERVET 9 03201 ELCHE ELX 02 03 2008 028941191 0408 0408 1.354,030111 10 03121055024 MACIA’S C.B. CL PADRE PAULES 3 03360 CALLOSA DE S 02 03 2008 028941700 0408 0408 1.014,440111 10 03121115749 GOMIZ GRIARTE RAFAELA CL VISTALMAR 6 03550 SANT JOAN D 10 03 2008 030990824 1107 1107 526,380111 10 03121145758 INDIAN KING, C.B. CT CAP DEL NAV, ED. 03730 JAVEA XABI 02 03 2008 028946548 0408 0408 878,590111 10 03121362794 NIKOLAROS ESFERA PUB, S. AV ARQUITECTO FELIX 03540 ALACANT AL 02 03 2008 028965544 0408 0408 659,020111 10 03121376538 MULLER GEB METZKE ASTRID PK LA VENTETA 17 03110 MUTXAMEL 02 03 2008 028966049 0408 0408 450,610111 10 03121394322 BOWDITCH-SHARON LOUI UR LOS DOLSES, C.C.L 03189 DEHESA DE CA 02 03 2008 028967867 0408 0408 184,680111 10 03121450603 GUTIERREZ-PATRICIO F CL DOCTOR JUST 44 03007 ALACANT AL 02 03 2008 028053845 0308 0308 1.024,860111 10 03121472528 MACO ARQUITECTURA, S.L. PZ DEPORTISTA MANUEL 03003 ALACANT AL 02 03 2008 028973426 0408 0408 183,780111 10 03121516378 HABIA-ABDENOUR CL ANTONIO GALDO CHA 03001 ALACANT AL 02 03 2008 028060515 0308 0308 1.371,300111 10 03121519917 ESPINOSA GOMEZ JOSE JAVI CL DIAGONAL 61 03206 ELCHE ELX 02 03 2008 028977567 0408 0408 2.028,900111 10 03121555885 SOSTRASES, S.L. CL LUARCA, URB. TOAL 03503 BENIDORM 02 03 2008 028063747 0308 0308 337,500111 10 03121643791 SCHOTTMER-ALOISIUS A UR ORTEMBACH, BUZON 03710 CALPE CALP 02 03 2008 028986964 0408 0408 518,560111 10 03121646017 ANGERER-HUBERT CT LAS MARINAS, KM. 03700 DENIA 02 03 2008 028071124 0308 0308 3.008,540111 10 03121763831 AGOSVIC HOSTELERA S.L. CT AGOST, KM. 5 03690 SAN VICENTE 04 03 2008 000048026 1107 0108 1.252,000111 10 03121763831 AGOSVIC HOSTELERA S.L. CT AGOST, KM. 5 03690 SAN VICENTE 21 03 2008 008030318 1107 0108 1.142,770111 10 03121767063 CUENCA TOLEDO ASOCIADAS, CL MAESTRO ALONSO 28 03012 ALACANT AL 02 03 2008 028997270 0408 0408 437,590111 10 03121865578 ILMAR SALES & MARKETING CL VICENTE BLASCO IB 03201 ELCHE ELX 02 03 2008 029007677 0408 0408 452,320111 10 03121893062 CONST. Y REVEST. DOMINGO CL BRITANIA 12 03540 ALACANT AL 02 03 2008 029011721 0408 0408 991,800111 10 03121902863 TARNOCI-ZOLTAN CL HENRI MATISSE-URB 03181 TORREVIEJA 02 03 2008 028097291 0308 0308 2.747,020111 10 03121903671 MOISESCU-CONSTANTIN CL PADRE ESPLA 60 03013 ALACANT AL 02 03 2008 029012933 0408 0408 248,030111 10 03122029165 ALBALADEJO RODRIGUEZ JOA CL FRAGATA 32 03182 TORREVIEJA 02 03 2008 029027380 0408 0408 676,000111 10 03122126973 HOSTELEROS LOS PAISANOS, CT MONNEGRE KM 1 03110 MUTXAMEL 02 03 2008 029036878 0408 0408 30,050111 10 03122153043 LOPEZ ABELLAN JOSEFA AV DE VALENCIA 38 03700 DENIA 02 03 2008 029038801 0408 0408 166,420111 10 03122341484 ANIORTE ALEMANY BAUTISTA CL ARZOBISPO LOACES 03003 ALACANT AL 02 03 2008 028148219 0208 0208 21,570111 10 03122352093 MALIK UNION S.L. CL CORNADO DEL CAMPO 03204 ELCHE ELX 02 03 2008 028149734 0308 0308 135,250111 10 03122370887 BRUNO SCARLINO SIMON CL DE LA SERRA DE LA 03110 MUTXAMEL 02 03 2008 029065574 0408 0408 865,000111 10 03122421209 FANJEK BOZIDAR CRISTIAN CL PATRICIO FERRANDI 03700 DENIA 02 03 2008 029069820 0408 0408 432,500111 10 03122444447 MENCHACA BILBAO LUIS MAR AV ARMADA ESPAÑOLA 2 03502 BENIDORM 02 03 2008 029073254 0408 0408 855,950111 10 03122669668 NIKOV KARPACHEV IVAN CL DOCTOR SAPENA 64 03201 ELCHE ELX 02 03 2008 028186615 0308 0308 1.048,260111 10 03122703014 ANCAYAN, S.L.U. CL POETA VILA Y BLAN 03003 ALACANT AL 02 03 2008 029103566 0408 0408 1.763,050111 10 03122775661 CORBACHO SANTEODORO LUIS AV TEODOMIRO 14 03300 ORIHUELA 21 03 2008 008047896 0604 0605 5.277,450111 10 03122822949 ZAYAS PASTOR MARY SOL CL DEP.CAROLINA PASC 03540 ALACANT AL 02 03 2008 029118017 0408 0408 317,160111 10 03122880644 ANTONIO MARI ARQUITECTOS PZ DEPORTISTA ANDRES 03003 ALACANT AL 02 03 2008 029125996 0408 0408 262,56

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6boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166

REG. T./IDENTIF. RAZÓN SOCIAL/NOMBRE DIRECCIÓN C.P. POBLACIÓN TD NÚM. RECLAMACIÓN PERIODO IMPORTE

0111 10 03122896206 BROCHETTA’S ALICANTE, S. ZZ MUELLE PONIENTE-C 03001 ALACANT AL 02 03 2008 029127010 0408 0408 1.142,180111 10 03122910148 MARCHAN LUNA FERNANDO OS CL LOPE DE VEGA 23 03340 ALBATERA 02 03 2008 029128323 0408 0408 177,520111 10 03122934194 ANTONIO OLTRA E HIJOS S. CL DINAMARCA 8 03183 TORREVIEJA 02 03 2008 029129636 0408 0408 19,000111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028217735 0104 0504 2.124,280111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028217836 0305 0305 1.294,940111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028217937 0405 0405 1.108,380111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028218038 0505 0505 418,870111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028218139 0605 0605 418,870111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028218240 0705 0705 418,870111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028218341 0805 0805 418,870111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028218442 0905 0905 418,870111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028218543 1005 1005 418,870111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028218644 1105 1105 418,870111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028218745 1205 1205 418,870111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028218846 0106 0106 418,870111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028218947 0206 0206 436,450111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028219048 0306 0306 436,450111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028219149 0406 0406 450,380111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028219250 0506 0506 450,380111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028219351 0606 0606 450,380111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028219452 0706 0706 445,040111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028219553 0906 0906 445,040111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028219654 0806 0806 153,040111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028219755 1006 1006 445,040111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028219856 1106 1106 445,040111 10 03123158712 ALARCON BOTELLA JOSE DAN CL LOPE DE VEGA 65 03202 ELCHE ELX 10 03 2008 028219957 1206 1206 295,140111 10 03123222770 VAZQUEZ MARTINEZ PEDRO CL CORREDERA 31 03400 VILLENA 10 03 2008 028302308 0104 0104 1.113,460111 10 03123222770 VAZQUEZ MARTINEZ PEDRO CL CORREDERA 31 03400 VILLENA 10 03 2008 028302409 0204 0204 1.160,860111 10 03123222770 VAZQUEZ MARTINEZ PEDRO CL CORREDERA 31 03400 VILLENA 10 03 2008 028302510 0604 0604 811,140111 10 03123222770 VAZQUEZ MARTINEZ PEDRO CL CORREDERA 31 03400 VILLENA 10 03 2008 028302611 0404 0404 1.160,860111 10 03123222770 VAZQUEZ MARTINEZ PEDRO CL CORREDERA 31 03400 VILLENA 10 03 2008 028302712 0304 0304 1.160,860111 10 03123222770 VAZQUEZ MARTINEZ PEDRO CL CORREDERA 31 03400 VILLENA 10 03 2008 028302813 0704 0704 110,740111 10 03123222770 VAZQUEZ MARTINEZ PEDRO CL CORREDERA 31 03400 VILLENA 10 03 2008 028302914 0504 0504 1.160,860111 10 03123222770 VAZQUEZ MARTINEZ PEDRO CL CORREDERA 31 03400 VILLENA 10 03 2008 028303015 0904 0904 379,840111 10 03123222770 VAZQUEZ MARTINEZ PEDRO CL CORREDERA 31 03400 VILLENA 10 03 2008 028303116 0804 0804 461,980111 10 03123222770 VAZQUEZ MARTINEZ PEDRO CL CORREDERA 31 03400 VILLENA 10 03 2008 028303217 1004 1004 456,49

REGIMEN 05 R.E. TRABAJADORES CTA. PROP. O AUTONOMOS0521 07 030047470218 NAJAR HERNANDEZ JAIME CL SAN IGNACIO DE LO 03013 ALACANT AL 04 03 2008 000100061 0307 0507 626,000521 07 030047470218 NAJAR HERNANDEZ JAIME CL SAN IGNACIO DE LO 03013 ALACANT AL 21 03 2008 008057600 0307 0507 764,430521 07 031029602509 ALEMAN PEREZ JAVIER AV DEL OLIVAR-UR-BON 03110 MUTXAMEL 21 03 2008 008058307 0406 0507 3.961,480521 07 031045696425 YERMOLAYEV-SERHIY CL S. POLICARPO 89 03181 TORREVIEJA 04 03 2008 000023471 1205 0406 301,000521 07 031045696425 YERMOLAYEV-SERHIY CL S. POLICARPO 89 03181 TORREVIEJA 21 03 2008 008012029 1205 0406 1.244,39

REGIMEN 08 REGIMEN ESPECIAL DEL MAR0814 10 03121388763 PERTUSA PASTOR FRANCISCO ZZ FINCA LA ISABELA- 03195 ALTET EL 02 03 2008 028967160 0408 0408 497,71

REGIMEN 23 RECURSOS DIVERSOS2300 07 031028956346 PI MUNUERA JORGE ARMANDO AV GENERAL MARVA 30 03004 ALACANT AL 08 03 2008 028387079 0103 1203 2.399,652300 07 031042253531 RAMIREZ SANCHEZ ANA CRIS CL ALTEA 2 03509 FINESTRAT 08 03 2008 028389204 0506 1007 2.904,872300 07 031046180011 PLAZA ROMERO DAVID CL CERES 7 03009 ALACANT AL 08 03 2008 028390416 0607 1107 1.147,33

Alicante, 27 de agosto de 2008.El Subdirector Provincial, Ignacio Cortés Gomis.

*0818173*

ANUNCIO

El Jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, respecto de los sujetos responsables quefiguran en la relación adjunta, por deudas a la Seguridad Social cuya cuantía total asciende a la cantidad que asimismo se indicaen la citada relación, ha dictado la siguiente.

Providencia de apremio: en uso de la facultad que me confiere el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social,aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. 29 de junio de 1994) y el artículo 84 del Reglamento Generalde Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1.415/2004, de 11 de junio (B.O.E. 25 de junio de 2004),ordeno la ejecución contra el patrimonio del deudor.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio del deudor, procedepracticar la notificación de la providencia de apremio, conforme prevé el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, mediante la publicación delpresente anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido del deudor y en el Boletín Oficialcorrespondiente.

La presente notificación se publica con el fin de requerir al deudor para que efectúe el pago de la deuda en el plazo de quincedías naturales ante la correspondiente Unidad de Recaudación Ejecutiva, con la advertencia de que en caso contrario seprocederá al embargo de los bienes del deudor en cantidad bastante para el pago de la deuda por principal, recargo, interesesen su caso, y costas del procedimiento de apremio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 84 del citado Reglamento Generalde Recaudación.

Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincialdentro del plazo de 1 mes a partir del día siguiente a su notificación, por alguna de las causas señaladas en el artículo 34.3 dela Ley General de la Seguridad Social citada anteriormente, debidamente justificadas, suspendiéndose el procedimiento deapremio hasta la resolución del recurso.

Dichas causas son: pago; prescripción; error material o aritmético en la determinación de la deuda; condonación oaplazamiento de la deuda; suspensión del procedimiento; falta de notificación de la reclamación de la deuda, cuando estaproceda, del acta de liquidación o de las resoluciones que las mismas o las autoliquidaciones de cuotas originen.

Transcurridos 3 meses desde la interposición del recurso de alzada sin que se haya resuelto, podrá entendersedesestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 115 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27 de noviembre de 1992).

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REG. T./IDENTIF. RAZÓN SOCIAL/NOMBRE DIRECCIÓN C.P. POBLACIÓN TD NÚM. PROV. APREMIO PERIODO IMPORTE

REGIMEN 01 REGIMEN GENERAL0111 10 03005269710 ASOCIACION INDUSTRIALES AV CHAPI 13 03600 ELDA 03 03 2008 017280478 1207 1207 2.101,440111 10 03008036937 MARTINEZ RODRIGUEZ VICEN CL GENERAL BAÑULS 4 03380 BIGASTRO 03 03 2008 017286845 1207 1207 645,480111 10 03011642711 LLOPIS FERRANDO JOSE ANT ZZ LA RELLANA, S/N 03369 RAFAL 03 03 2008 017299474 1207 1207 672,410111 10 03012767810 CALPENA GIMENEZ ANTONIO CL SAN FERNANDO 6 03650 PINOSO 03 03 2008 017305841 1207 1207 160,430111 10 03013323235 CUEROS INTERNACIONALES,S CL SOR JOSEFA ALCORT 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 013828591 1107 1107 346,720111 10 03100707858 VIDAL GONZALEZ PATRICIO CL ASPE 6 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 017318975 1207 1207 595,080111 10 03100792734 COM. PROP. ED FUSTER FON CL MONTERA 03500 BENIDORM 03 03 2008 017320187 1207 1207 130,730111 10 03100826783 CREACIONES MAYDA, S.L. CT DE CATRAL 03360 CALLOSA DE S 03 03 2008 020361947 0208 0208 4.563,820111 10 03101306228 PREFA-PLANT, S.L. CL ESLAVA 124 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 017325342 1207 1207 10.293,160111 10 03103319683 XABIACON, S.L. AV PRINCIPE DE ASTUR 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017339486 1207 1207 11.596,840111 10 03104966764 CONSTRUCCIONES Y OBRAS M CL LA ROMANA 14 03650 PINOSO 03 03 2008 017351311 1207 1207 1.336,840111 10 03106301526 LIONEL-SARDENA UR VILLAMARTIN APART 03189 DEHESA DE CA 03 03 2008 017360405 1207 1207 546,840111 10 03106957183 CROMO ENVASE, S.L. PG INDUSTRIAL Nº 1, 03440 IBI 03 03 2008 017367172 1207 1207 5.522,390111 10 03107549590 JAVEA URBANA SERVICIOS I AV ARENAL 74 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017373539 1207 1207 217,740111 10 03107634971 JOSE RAMON RUBIO, S.L. CL ALBERTO SOLS, PAR 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 017374751 1207 1207 1.764,170111 10 03107953758 CT IN CALCO’S, S.L. UNIPER PG EL PASTORET CALLE 03640 MONOVAR MONO 03 03 2008 017378589 1207 1207 66,360111 10 03108848986 JUSTAMANTE DELTELL JULIO CL PADRE RECADERO DE 03006 ALACANT AL 03 03 2008 017386976 1207 1207 10,900111 10 03109192530 UKRAPIEL, S.L. CL ALFONSO XII 14 03202 ELCHE ELX 03 03 2008 013911144 1107 1107 9,590111 10 03109278517 DISBETTY, S.L. CL JUAN CARLOS I 17 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 017393242 1207 1207 334,960111 10 03109839194 CREMA MARFIL, S.L. PG DEL MARMOL MONTE 03650 PINOSO 03 03 2008 017400922 1207 1207 26.362,990111 10 03110017636 NODOS TELECOMUNICACIONES CL MARQUES DE ASPRIL 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 017404053 1207 1207 8.176,550111 10 03110017636 NODOS TELECOMUNICACIONES CL MARQUES DE ASPRIL 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 017404154 1207 1207 2.059,400111 10 03110017636 NODOS TELECOMUNICACIONES CL MARQUES DE ASPRIL 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 017404255 0108 0108 66,380111 10 03110136864 JAVEA PROPERTY CENTER S. CL COMPLEJO JAVEA PA 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017406477 1207 1207 1.157,960111 10 03110380778 CONTRAFUEGO 2001, S.L. CT OCAÑA-PG. I. LLANO 03007 ALACANT AL 03 03 2008 017409208 1207 1207 81,820111 10 03110662078 PROPERTY SCENE, S.L. CT CABO LA NAO EDIFI 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017413652 1207 1207 482,360111 10 03110844358 SALON SHOP, S.L. CL CAPITAN ANTONIO M 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 017416177 1207 1207 19.463,000111 10 03111334109 MULTISERVICIOS VARIOS AM CL AB EL HAMET 7 03003 ALACANT AL 02 03 2008 013943375 1107 1107 548,440111 10 03111334109 MULTISERVICIOS VARIOS AM CL AB EL HAMET 7 03003 ALACANT AL 02 03 2008 018441549 0108 0108 951,060111 10 03111415547 SHOETRIX, S.L.L. CL LEONARDO DA VINCI 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 017425877 1207 1207 1.806,300111 10 03111493551 CALZADOS BARTISOLO, S.L. CL SEVERO OCHOA (PAR 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 017427190 1207 1207 639,360111 10 03111838307 ART I COMUNICACIO PUBLI CL DR. MORATAL 1 03740 GATA DE GORG 03 03 2008 017433658 1207 1207 1.536,170111 10 03112255811 FORRADOS, TACONES Y SUELA ZZ PARTIDA LA SELVA 03600 ELDA 21 03 2007 000141310 0904 0507 18.058,410111 10 03112379079 GERSON CHEK, S.L. CL CONRADO DEL CAMPO 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 017443964 1207 1207 771,010111 10 03112576618 CUADROS Y DISEÑO, S.L. AV VALENCIA 53 03440 IBI 03 03 2008 017447604 1207 1207 1.421,280111 10 03112805576 JACOBS-MYRIAM ALEXAN CL CAP MARTI 531 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017452250 1207 1207 256,860111 10 03112861453 CUADROS Y DISEÑO, S.L. AV VALENCIA 53 03440 IBI 03 03 2008 017453462 1207 1207 452,590111 10 03113171247 ANTIGUOS AMBIENTES S.L. CL SAN ISIDRO 21 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 017460637 1207 1207 4.866,980111 10 03113190748 HOSTELERIA MILENIO 2000 AV CONDOMINA ED. MAR 03540 ALACANT AL 03 03 2008 017461041 1207 1207 415,330111 10 03113260567 EUMAR-GESTINMOB., S.L. CL CRISTO DEL MAR 23 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017462960 1207 1207 9.807,910111 10 03113602592 ROIG MARTINEZ MARIA DOLO AV AMANECER DE ESPAÑ 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017472357 1207 1207 368,990111 10 03113732736 GIMENEZ ROCAMORA JOAQUIN BO LOS DOLORES 16 03360 CALLOSA DE S 03 03 2008 017473468 1207 1207 283,970111 10 03113815386 DECOR-PARKETT MARINA ALT AV ALICANTE 7 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017475286 1207 1207 2.805,680111 10 03113901474 BENNETT-STEVEN JOHN AV PURISIMA 61 03182 TORREVIEJA 02 03 2008 018496618 0108 0108 373,170111 10 03113901474 BENNETT-STEVEN JOHN AV PURISIMA 61 03182 TORREVIEJA 02 03 2008 023478273 0208 0208 349,110111 10 03114002417 MARBRES SORO, S.L. CL SAN FRANCISCO 1 03650 PINOSO 03 03 2008 017479330 1207 1207 8.838,000111 10 03114083956 ALZAMORA GALLEGO MARIA A AV DEPORTISTA MIRIAM 03540 ALACANT AL 21 03 2007 000140296 0605 0705 615,320111 10 03114208541 ARACIL LOPEZ RUBEN CL ROSA DE LOS VIENT 03007 ALACANT AL 03 03 2008 017485289 1207 1207 1.901,160111 10 03114231981 SUCOE CONS, S.L. CL ANTONIO SANSANO F 03202 ELCHE ELX 03 03 2008 017486202 1207 1207 319,450111 10 03114324133 GREAT BRITISH SERVICES, UR PLAYA FLAMENCA BE 03189 ORIHUELA 02 03 2008 018511267 0108 0108 1.152,970111 10 03114352021 GONZALEZ AMIEVA LOURDES CL VILLENA 22 03658 SALINAS 21 03 2007 001136871 1105 1206 4.751,340111 10 03114520456 ANTON TREMIÑO TOMAS CL CAMPOAMOR 2 03130 SANTA POLA 03 03 2008 020418127 1207 1207 427,220111 10 03114599167 EL FORN DE CAPA, S.L. CL MARIANO LUIÑA 30 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 017496003 1207 1207 1.151,710111 10 03114599167 EL FORN DE CAPA, S.L. CL MARIANO LUIÑA 30 03201 ELCHE ELX 02 03 2008 018519149 0108 0108 2.011,140111 10 03114630893 EL BIFACHO, S.L. CL ARZOBISPO LOACES 03003 ALACANT AL 02 03 2008 017497720 1207 1207 2.806,640111 10 03114655145 BEN TOUMI-MONCEF ABD AV PAIS VALENCIANO 5 03340 ALBATERA 02 03 2008 023504747 0208 0208 266,610111 10 03114795591 MONTIBOLI ESTATES, S.L. AV JUAN CARLOS I 1 03570 VILA JOIOSA 03 03 2008 017501356 1207 1207 356,020111 10 03114837829 ARRENDAMIENTOS LA SAFOR, CL MARQUES DE ASPRIL 03202 ELCHE ELX 03 03 2008 017502366 1207 1207 680,640111 10 03115034960 J.P. LEVANTE TODO SERVICI PZ REYES CATOLICOS 2 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 017507925 1207 1207 422,770111 10 03115088615 CARTAGENA RODRIGUEZ JOSE CL MIGUEL DE UNAMUNO 03340 ALBATERA 03 03 2008 017509036 1207 1207 335,410111 10 03115266043 C.E. LEVANTE, S.L. AV DEL MAR 23 03187 MONTESINOS 03 03 2008 017514288 1207 1207 60,000111 10 03115273117 SUNDHOLM-PETRA URSUL AV PAIS VALENCIANO 9 03140 GUARDAMAR DE 03 03 2008 017514490 1207 1207 188,560111 10 03115324546 ECCO SHOES IBERICA, S.L. CL CHARLES DARWIN, - 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 017515807 1207 1207 53,560111 10 03115438118 PADILI SHOES, S.L. CL PICO VELETA 38 03600 ELDA 04 03 2007 005179549 0105 0406 360,620111 10 03115438118 PADILI SHOES, S.L. CL PICO VELETA 38 03600 ELDA 04 03 2007 005179650 0404 0506 360,620111 10 03115724064 TORRES Y PINA, S.L. CL REINA VICTORIA 14 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 017529446 1207 1207 403,720111 10 03115798533 GLOBAL CURRENCY EXCHANGE AV PURISIMA 55 03180 TORREVIEJA 03 03 2008 017531163 1207 1207 5.906,480111 10 03115841272 JUAN JORDA FELICIDAD CL CIUDAD LEON DE NI 03015 ALACANT AL 03 03 2008 017532072 1207 1207 1.170,110111 10 03115862995 CORDOBA RICO FRANCISCO J CL AURELIO COQUILLAT 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 014051186 1107 1107 1.161,040111 10 03115935747 SPALUX, COOP. C. CL ADRIAN PASTOR 6 03008 ALACANT AL 03 03 2008 017536217 1207 1207 7.435,670111 10 03115957672 EL YAMLAHI-SOULAIMAN AV VALENCIA 27 03726 BENITACHELL 03 03 2008 017536924 1207 1207 328,250111 10 03115987681 SERVICIOS FULEMOCIONS DE PP SALADAR 58 03700 DENIA 03 03 2008 017537732 1207 1207 638,240111 10 03116138639 MEYER-BRIGITTE AV AUSIAS MARCH 2 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017544200 1207 1207 1.297,500111 10 03116150763 ATACSA, S.L. CL VERONICA 10 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 017544705 1207 1207 120,900111 10 03116429336 CLINICAL BOCAVITAL, S.L. CL DEL TEATRO 16 03001 ALACANT AL 03 03 2008 017555718 1207 1207 77,170111 10 03116639605 ACRELX, S.L. CL DOCTOR FLEMING 10 03150 DOLORES 03 03 2008 017563293 1207 1207 655,760111 10 03116644655 TORREBIR, S.L. CL DEL MOLINO 14 03380 BIGASTRO 03 03 2008 017563495 1207 1207 2.257,250111 10 03116735995 SAEZ MARCOS VICTOR M CL CAMILO JOSE CELA 03370 REDOVAN 03 03 2008 017567236 1207 1207 1.957,900111 10 03116802279 INTESUEL, S.L. CL XIXONA 9 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 017569963 1207 1207 331,600111 10 03116812383 GREEN-ANNE BERNADETT PZ VILLAMARTIN 17 03189 ORIHUELA 02 03 2008 018598769 0108 0108 609,860111 10 03116813393 BATT-PHILIP THOMAS CL CENTRO COMERCIAL 03189 DEHESA DE CA 03 03 2008 017570670 1207 1207 835,580111 10 03116822285 PROMOCIONES QUILES NAVAR CL SAN AGUSTIN 24 03169 ALGORFA 03 03 2008 017571377 1207 1207 241,500111 10 03117059230 IBERIA GRUPO, LIMPIEZAS CL SAN AGATANGELO 5 03007 ALACANT AL 02 03 2008 018608671 0108 0108 6.937,430111 10 03117059230 IBERIA GRUPO, LIMPIEZAS CL SAN AGATANGELO 5 03007 ALACANT AL 02 03 2008 020299202 0108 0108 31,120111 10 03117174014 MAANRAED, S.L. CL CANALEJAS 17 03160 ALMORADI 03 03 2008 017584919 1207 1207 165,470111 10 03117269192 BELMONTE MUÑOZ JUAN MANU CL MESON 43 03340 ALBATERA 03 03 2008 017588353 1207 1207 364,450111 10 03117309006 TORTOSA MARTINEZ ESTHER AV DELS FURS 22 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017589565 1207 1207 513,740111 10 03117309713 CARIBBEAN GESTION DE TUR CL ALFREDO LLOPIS 9 03201 ELCHE ELX 02 03 2008 018617058 0108 0108 1.989,040111 10 03117316682 HERAS PADILLA JORGE MAUR AV BENIARDA, EDF. OR 03502 BENIDORM 03 03 2008 017590575 1207 1207 1.205,340111 10 03117351846 SHENG ER DENG, S.L. CL PINTOR APARICIO 1 03003 ALACANT AL 02 03 2008 018618169 0108 0108 1.051,620111 10 03117396205 POLIMEROS MEDIOAMBIENTAL CL SOR JOSEFA ALCORT 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 014110905 1107 1107 1.400,270111 10 03117497043 SPAIN MOTOR YACHTS, S.L. AV DEL PLA, NAVE 3 03730 JAVEA XABI 02 03 2008 018623728 0108 0108 1.043,730111 10 03117504117 VEGARA MUÑOZ JOSE RICARD CL CAMINO ACEQUIA DE 03340 ALBATERA 03 03 2008 017597043 1207 1207 615,410111 10 03117649516 INMOILLICE, S.L. AV LIBERTAD 11 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 017602804 1207 1207 1.298,280111 10 03117660125 ONE STOP ALUMINIUM, S.L. UR ALTOS DE LA MARQU 03170 ROJALES 03 03 2008 017603208 1207 1207 1.144,060111 10 03117789255 CHAZARRA TECHNOLOGY, S.L CL CECILIO ARAEZ 1 03170 ROJALES 03 03 2008 017608359 1207 1207 601,130111 10 03117849576 GURNEY-MARK PZ SIERRA CASTILLA 5 03177 SAN FULGENCI 03 03 2008 017609874 1207 1207 372,470111 10 03117998716 RIHU ELECTRON, S.L. CL BERENGUER MARQUIN 03004 ALACANT AL 03 03 2008 014135153 1107 1107 416,350111 10 03118224846 ASESORES FINANCIEROS DE CL JOAN FUSTER - EDI 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017620584 1207 1207 1.577,95

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8boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166

REG. T./IDENTIF. RAZÓN SOCIAL/NOMBRE DIRECCIÓN C.P. POBLACIÓN TD NÚM. PROV. APREMIO PERIODO IMPORTE

0111 10 03118273245 ACAME ALBERT JOSE MOISES CL TENIENTE GANGA 10 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 017621796 1207 1207 138,060111 10 03118480278 BELMONTE MUÑOZ JUAN MANU CL MESON 43 03340 ALBATERA 02 03 2008 023654287 0208 0208 56,820111 10 03118502308 FUNDACION APASA DE LA CO AV DEL PLA, CENTRO C 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017629678 1207 1207 1.045,870111 10 03118523122 HERMOSA IBAÑEZ JUAN CARL CL MARIANO LUIÑA 8 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 017630587 1207 1207 228,080111 10 03118533327 EUROSUELOS Y PISCINASNAI CL MURILLO (RES. EL 03183 TORREVIEJA 03 03 2008 014153240 1107 1107 1.613,920111 10 03118584655 NEUS GOMEZ PALAO, S.L. AV PRINCIPE DE ASTUR 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017633520 1207 1207 261,430111 10 03118642451 DIMOSAN, S.L. CL TIRSO DE MOLINA 2 03680 ASPE 03 03 2008 011553943 1007 1007 165,260111 10 03118642451 DIMOSAN, S.L. CL TIRSO DE MOLINA 2 03680 ASPE 03 03 2008 014158492 1107 1107 165,260111 10 03118642451 DIMOSAN, S.L. CL TIRSO DE MOLINA 2 03680 ASPE 03 03 2008 017635944 1207 1207 163,160111 10 03118657407 QUEEN’S TERRACE, S.L. AV LEPANTO 12 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017636550 1207 1207 68,660111 10 03118700146 PRIMEUR COSTA S.L. CL ADOLFO MUÑOZ ALON 03005 ALACANT AL 02 03 2008 018664952 0108 0108 557,900111 10 03118751070 ROBERTO CASES CONSTRUCCI CL GREGORIO RIZO 24 03680 ASPE 03 03 2008 017640287 1207 1207 10.754,240111 10 03118987005 OLYMPIC CITY GAMES, S.A. CL SERRANO 7 03003 ALACANT AL 03 03 2008 017652718 1207 1207 379,480111 10 03119003674 DINAMIQUE SHOES, S.L. PG EL PASTORET CALLE 03640 MONOVAR MONO 03 03 2008 017653829 1207 1207 18.218,360111 10 03119075517 RECIXABIA, S.L. ZZ PDA ROIG 14 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017657667 1207 1207 1.280,710111 10 03119087944 ELECTROFONTANERIA GILGAS CL SAN ANTON 28 03177 SAN FULGENCI 03 03 2008 017658778 1207 1207 367,880111 10 03119128259 DRODES SALINAS, S.L. UNIPE AV DE VILLENA 22 03638 SALINAS 21 03 2007 000136862 1105 1206 4.751,340111 10 03119129471 VIGUETAS MOMAR, S.L. CL ALCAZAR DE TOLEDO 03300 ORIHUELA 02 03 2008 018688190 0108 0108 958,370111 10 03119209192 GRUPO DEPORTIVO COMUNIDA CL LA PAZ, POL IND T 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 017665448 1207 1207 5.590,970111 10 03119236070 VIVIENDAS XIXONA 2006, S AV ALCOY 43 03100 XIXONA JIJON 03 03 2008 013686125 0907 0907 747,250111 10 03119236070 VIVIENDAS XIXONA 2006, S AV ALCOY 43 03100 XIXONA JIJON 03 03 2008 017666458 1207 1207 25.254,490111 10 03119280126 NOVITEX 2006, S.L. UNIPERS CL RAMON Y CAJAL 37 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 017668882 1207 1207 235,000111 10 03119282348 VICENS ASH INVERSIONES, PP ARENAL,55-ED. ESTR 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017669084 1207 1207 1.882,400111 10 03119342871 NEW CLASSIC CAR TORREVIE CL PEDRO LORCA 10 03181 TORREVIEJA 02 03 2008 018700318 0108 0108 851,940111 10 03119416734 PINOSMARBLE, S.L. PG MARMOL MONTE COTO 03650 PINOSO 03 03 2008 017674744 1207 1207 752,620111 10 03119438154 GOMIS MATEO MANUEL AV MADRID 7 03330 CREVILLENT 03 03 2008 017675754 1207 1207 177,290111 10 03119508680 STERN GREEVES INVESTMENT CL ITALIA 12 03003 ALACANT AL 03 03 2008 017679491 1207 1207 2.025,050111 10 03119625787 SUMINISTROS PIREMA, S.L. CL ESLAVA 88 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 017687676 1207 1207 536,950111 10 03119693586 WILCOX-DAVID PETER PZ SIERRA DE CASTILL 03177 SAN FULGENCI 03 03 2008 017691215 1207 1207 707,020111 10 03119713087 TOLEDO RODRIGUEZ M TERES CL VIRGEN DE LOS ANG 03700 DENIA 03 03 2008 017692023 1207 1207 319,880111 10 03119775634 GABALDON ALCANTARA SALVA AV VILLAJOYOSA 4 03016 ALACANT AL 10 03 2008 023989242 0807 0807 2.537,520111 10 03119843433 ESTUCADOS MEGAR S.L. CL ORIHUELA 8 03314 SAN BARTOLOM 03 03 2008 017698689 1207 1207 1.130,770111 10 03119862429 PAPAS MURO, S.L. CT N 340, KM 805, PG 03830 MURO DEL ALC 03 03 2008 017700410 1207 1207 803,110111 10 03119862429 PAPAS MURO, S.L. CT N 340, KM 805, PG 03830 MURO DEL ALC 03 03 2008 017700511 1207 1207 284,750111 10 03119908404 MEDI SHOES, S.L. CL VIRGEN DE FATIMA 03650 PINOSO 03 03 2008 017703036 1207 1207 518,260111 10 03119930228 CHANA-SATNAM SINGH UR LOS DOLSES PARCEL 03189 ORIHUELA 03 03 2008 017705359 1207 1207 746,540111 10 03120222844 HESKETT-JAMES WILLIA UR VILLAMARTIN - LOS 03189 ORIHUELA 02 03 2008 018751747 0108 0108 1.203,740111 10 03120223652 DE SADE DESIGN, S.L. CM MONTAÑA LARGA 128 03729 LLIBER 03 03 2008 017721628 1207 1207 315,530111 10 03120244971 EUMAR-GESTINMOB, S.L. CL CRISTO DEL MAR 23 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017722941 1207 1207 1.666,130111 10 03120449782 SCHAPPI-REINHARD AV LONDRES, URB. LA 03177 SAN FULGENCI 03 03 2008 017734055 1207 1207 527,640111 10 03120489188 NUVI COMPLEMENTOS, S.L. CL BLAS ORTS SANCHEZ 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 017737186 1207 1207 334,090111 10 03120590333 CONSRESA 2006, S.L. CL VIRGEN DE FATIMA 03006 ALACANT AL 03 03 2008 017746987 1207 1207 261,240111 10 03120725931 EASY 2 PAY FINANCIAL SER AV JAIME I 5 03730 JAVEA XABI 02 03 2008 018789234 0108 0108 393,840111 10 03120803329 CALZADOS GODINA, S.L.U. CL BENIFAIO 6 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 014294902 1107 1107 344,480111 10 03120812827 SGUAIZER-FRANCO RINO CL PADRE RECAREDO DE 03005 ALACANT AL 03 03 2008 017763761 1207 1207 604,330111 10 03120824244 CALZADOS GODINA, S.L. CL BENIFAIO 6 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 014297225 1107 1107 445,180111 10 03120841826 LOCUTORIO ECU CUB, S.L. CL REINA VICTORIA 10 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 017766185 1207 1207 328,140111 10 03120846573 LUCAS Y CLIMENT, S.L. CL PATRICIO FERRANDI 03700 DENIA 03 03 2008 017767094 1207 1207 403,500111 10 03120917103 VONPERIER 21, S.L. PZ POLO 3 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 017771239 1207 1207 610,520111 10 03120969845 INNOVACIONES Y SOLUCIONE CL TOLEDO 8 03440 IBI 03 03 2008 017776592 1207 1207 5.383,260111 10 03120992578 COMPROMEX CONSTRUCTIONS CL SOL NACIENTE 4 03016 ALACANT AL 03 03 2008 017779020 1207 1207 641,880111 10 03121029257 BELGHITI-SAID CM GANDIA - URB. RIN 03700 DENIA 03 03 2008 017782555 1207 1207 209,270111 10 03121033503 CALZADOS HERFEGA, S.L. CL JUAN NEGRIN (PG.I 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 017782959 1207 1207 1.578,240111 10 03121037947 DEYSER GRUP PROYECT, S.L. UR GRAN ALACANT AV M 03130 SANTA POLA 03 03 2008 017783161 1207 1207 1.379,380111 10 03121048556 MARTIN GOMEZ Y GARCIA, S. CL ANTONIO MACHADO 1 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 017784171 1207 1207 501,770111 10 03121064623 VONPERIER 21, S.L. PZ POLO 3 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 017785484 1207 1207 1.491,460111 10 03121232452 IANCU-IONEL AV PURISIMA 61 03183 TORREVIEJA 03 03 2008 017797814 1207 1207 563,380111 10 03121264986 SERVIALBA PACHELO, S.L.U CL LUIS ROJAS 45 03300 ORIHUELA 03 03 2008 017800945 1207 1207 398,330111 10 03121394120 DIACONU-IONEL DANIEL CL AMETLLA DE MAR-ED 03503 BENIDORM 03 03 2008 017810342 1207 1207 1.231,860111 10 03121394120 DIACONU-IONEL DANIEL CL AMETLLA DE MAR-ED 03503 BENIDORM 02 03 2008 018844101 0108 0108 2.268,760111 10 03121397150 PORTER SHOE DINAMIC, S.L. AV LABRADORES 26 03204 ELCHE ELX 03 03 2007 048082649 0707 0707 6.769,960111 10 03121397150 PORTER SHOE DINAMIC, S.L. AV LABRADORES 26 03204 ELCHE ELX 03 03 2007 051076010 0807 0807 5.763,100111 10 03121397150 PORTER SHOE DINAMIC, S.L. AV LABRADORES 26 03204 ELCHE ELX 03 03 2007 055291870 0907 0907 5.136,410111 10 03121464747 CONSTRUCCIONES Y CONDUCC CT DE ALICANTE 4 03420 CASTALLA 03 03 2008 014351987 1107 1107 4.267,060111 10 03121464747 CONSTRUCCIONES Y CONDUCC CT DE ALICANTE 4 03420 CASTALLA 03 03 2008 014352088 1107 1107 98,440111 10 03121477881 MARSDEN-SALLY CL TONI LLIDO 10 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017816608 1207 1207 12,970111 10 03121558212 NEAGOE-ILIE CL PATRICIO RUIZ GOM 03206 ELCHE ELX 03 03 2008 017822870 1207 1207 644,000111 10 03121564777 NAVARRO BARBERA PROYECTO CL CALLOSA DE SEGURA 03005 ALACANT AL 03 03 2008 017823173 1207 1207 6.952,920111 10 03121594079 CARTAGENA MURCIA JOSE RA CL PARAJE DE LAS CAR 03369 RAFAL 03 03 2008 017825395 1207 1207 5.751,620111 10 03121620250 GREMIAL INFORMACION Y GE CL GALILEO GALILEI 1 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 017827722 1207 1207 2.497,190111 10 03121624795 MOYA FUSTER DAVID CL MARQUES DE ASPRIL 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 014366842 1107 1107 2.669,400111 10 03121729677 VILCRIS BROTHERS, S.L. CL JALON 3 03700 DENIA 03 03 2008 017837725 1207 1207 140,620111 10 03121768881 SERVICIOS PARAGUATAN, S. PZ ESPAÑA 3 03169 ALGORFA 03 03 2008 017841866 1207 1207 1.925,280111 10 03121842340 SHRI GURU HARGOBIND SHAH CL TONI LLIDO 3 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017849748 1207 1207 269,380111 10 03121853959 DEYSER GRUP PROYECT, S.L AV MEDITERRANEO-GRAN 03130 SANTA POLA 03 03 2008 017851566 1207 1207 2.227,340111 10 03121865578 ILMAR SALES & MARKETING CL VICENTE BLASCO IB 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 017852576 1207 1207 201,980111 10 03121902863 TARNOCI-ZOLTAN CL HENRI MATISSE-URB 03181 TORREVIEJA 03 03 2008 017857226 1207 1207 1.457,750111 10 03121902863 TARNOCI-ZOLTAN CL HENRI MATISSE-URB 03181 TORREVIEJA 02 03 2008 023900023 0208 0208 2.891,010111 10 03121915189 SKS ESTATES 2006, S.L. AV LLIBERTAT 19 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017858438 1207 1207 462,670111 10 03122011886 ANDERS-SUSAN CL LUIS DE GONGORA 2 03177 SAN FULGENCI 03 03 2008 017870158 1207 1207 252,140111 10 03122024115 RODRIGUEZ RIAÑO BORJA AV JUAN CARLOS I 89 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017871471 1207 1207 499,140111 10 03122039875 MADHOUSE SEVICIOS INMOBI CL L’ORDANA 18 03550 SANT JOAN D 03 03 2008 017874202 1207 1207 437,500111 10 03122102826 GARCIA VELEZ JULIO ZENON CL RAMON Y CAJAL 3 03190 PILAR DE LA 03 03 2008 017880363 1207 1207 271,370111 10 03122280355 RAMON NICOLAS JUAN LUIS CL JUAN RAMON JIMENE 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 017899662 1207 1207 838,25

REGIMEN 05 R.E. TRABAJADORES CTA. PROP. O AUTONOMOS0521 07 030013095842 IVARS IVORRA PEDRO PZ DE LA LUNA 7 03501 BENIDORM 03 03 2008 021020436 0108 0108 308,390521 07 030041035276 RIVES ARRONIZ DOMINGO CM VIEJO DE CALLOSA 03317 MEDIA LEGUA 03 03 2008 022206967 0108 0108 293,220521 07 030050739724 GEA MARTINEZ PAULINA CL SAN FRANCISCO 1 03560 CAMPELLO EL 03 03 2008 020648301 0108 0108 293,220521 07 030052433281 MOLINA CASAS ENCARNACION CL ALMILCAR BARCA 5 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 015567723 1207 1207 289,440521 07 030052433281 MOLINA CASAS ENCARNACION CL ALMILCAR BARCA 5 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 021288804 0108 0108 293,220521 07 030059820035 LOPEZ MARROQUI MANUEL CL DIECIOCHO DE JULI 03170 ROJALES 03 03 2008 021980534 0108 0108 293,220521 07 030060175400 NIEVES BELDA ANTONIO CL CARLOS DE LA CRUZ 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 021499372 0108 0108 293,220521 07 030061028592 COLOMA MOLTO FERNANDO CL XATIVA,14 03820 COCENTAINA 03 03 2008 020917473 0108 0108 293,220521 07 030061276348 CANTOS ALARCON MANUEL AV PARIS - APTOS. MO 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021690140 0108 0108 293,220521 07 030063128846 MARTINEZ SANZ SALVADOR CL HUERTA 7 03349 SAN ISIDRO 03 03 2008 021982958 0108 0108 293,220521 07 030063386605 SIRVENT VERDU JOSE CL GALERA 8 03100 XIXONA JIJON 03 03 2008 020918988 0108 0108 293,220521 07 030067893364 CERDA MONTIEL LORENZO CL DEAN LLOPEZ 71 03130 SANTA POLA 03 03 2008 021986800 0108 0108 293,220521 07 030070383133 ANTON SANCHEZ ANTONIO CL ESPRONCEDA 84 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 021302140 0108 0108 293,220521 07 030070697977 DOMINGUEZ MARTINEZ JUAN CL ALTAIR 13 03700 DENIA 03 03 2008 021696204 0108 0108 1.102,98

Page 9: BOLETÍN OFICIAL - … · -acta de la comisiÓn paritaria del convenio colectivo de empresas de captaciÓn, elevaciÓn, conducciÓn, tratamiento, desalinizaciÓn, depuraciÓn y distribuciÓn

boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 1669

REG. T./IDENTIF. RAZÓN SOCIAL/NOMBRE DIRECCIÓN C.P. POBLACIÓN TD NÚM. PROV. APREMIO PERIODO IMPORTE

0521 07 030071519346 DE LA CUADRA JORQUERA MI CL FILET DE FORA 31 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 021303655 0108 0108 293,220521 07 030071672526 MORENO BUADES MARIA RAFA AV CONDE LUMIARES 15 03010 ALACANT AL 03 03 2008 020665071 0108 0108 293,220521 07 030072550374 LOPEZ RUIZ JUAN LUIS CL JOSE BERNAD AMORO 03205 ELCHE ELX 03 03 2008 021304867 0108 0108 293,220521 07 030072683649 RUBIO FERNANDEZ JOSE RAM CL ALBERTO SOLS(P.IN 03320 TORRELLANO 03 03 2008 021992658 0108 0108 293,220521 07 030074580708 LOPEZ JIMENEZ JOSE ANTON CL JOAQUIN SOROLLA 2 03100 XIXONA JIJON 03 03 2008 020925658 0108 0108 108,180521 07 030075637907 MORENO BALLESTER JOSE MA PZ SAGRADO CORAZON 4 03187 MONTESINOS 03 03 2008 022225761 0108 0108 293,220521 07 030077645504 HERNANDEZ REBOLLO MIGUEL CL SANTIAGO APOSTOL 03187 MONTESINOS 03 03 2008 022227882 0108 0108 293,220521 07 030078120400 LLOPIS FERRANDO JOSE ANT CL ARELLANA (LA) 1 03369 RAFAL 03 03 2008 022228488 0108 0108 293,220521 07 030078441308 LOPEZ PAILLOLE JESUS CL RAFAEL COUCHOU 1 03510 CALLOSA D EN 03 03 2008 021049132 0108 0108 293,220521 07 030078484148 NAVARRO NAVARRO EMILIO CL POETA MIGUEL HERN 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 021309618 0108 0108 293,220521 07 030079869733 SAIZ VALENZUELA ANTONIO CL KING (APD.CORREOS 03183 TORREVIEJA 03 03 2008 022230209 0108 0108 293,220521 07 030080250659 PERSONAL GOMIZ ADRIAN FR CL VTE.BLASCO IBAÑEZ 03369 RAFAL 03 03 2008 021999328 0108 0108 293,220521 07 030081059395 SAIZ CABRALES ANA MARIA CL EUGENIO D’ORS 8 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 021311840 0108 0108 293,220521 07 030081170341 SANCHEZ GONZALEZ JOSE FE CL MAYOR 3 03340 ALBATERA 03 03 2008 022000944 0108 0108 574,580521 07 030081485690 ASENCIO AVILA CARMELO CL GALILEO GALILEI 1 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 021312749 0108 0108 293,220521 07 030083092355 JUAN CANO VICTORIANO CL MARQUES DE ASPRIL 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 015580554 1207 1207 286,550521 07 030083931912 MARTINEZ VACA JOSE MARIA CL COMUNIDD VALENCIA 03160 ALMORADI 03 03 2008 015957541 1207 1207 286,550521 07 030083959291 CAPDEVILA EL IDRISSI NAN CL MAYOR 28 03501 BENIDORM 03 03 2008 021054081 0108 0108 293,220521 07 030084416104 VALERO CAMARA ANTONIO AV LLIBERTAT 123 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 015581059 1207 1207 286,550521 07 030085699837 RICHART VALERO MARIA DOL CL CAPITAN ANTONIO M 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 015581362 1207 1207 286,550521 07 030085845539 BELMONTE ESPINOSA ANTONI CM CHAPITEL 44 03300 ORIHUELA 03 03 2008 022242131 0108 0108 293,220521 07 030086348323 INIESTA SANCHEZ JULIO A AV PURISIMA 45 03182 TORREVIEJA 03 03 2008 022244353 0108 0108 293,220521 07 030088278724 BELDA VILA MIGUEL JOSE CL RAMON Y CAJAL, 16 03700 DENIA 03 03 2008 015798301 1207 1207 324,410521 07 030088313076 FERNANDEZ QUIROS MANUEL CL TEMPLANZA 1 03600 ELDA 03 03 2008 021532516 0108 0108 293,220521 07 030088611554 CATALA RIBES JAIME PD CALVARIO 59 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021715301 0108 0108 293,220521 07 030088831220 SANCHEZ TOLEDO AURELIO AV AVD.JUAN CARLOS I 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021716412 0108 0108 293,220521 07 030089026331 BENEYTO SANCHIS FERNANDO CL CTRA. TIBI KM 1.5 03440 IBI 03 03 2008 020935257 0108 0108 293,220521 07 030089067353 JAVALOYES GONZALEZ SALVA CL LEON DE NICARAGUA 03015 ALACANT AL 03 03 2008 020684774 0108 0108 293,220521 07 030089603580 BONMATI BLASCO MANUEL CL SANTA ISABEL 42 03130 SANTA POLA 03 03 2008 022012866 0108 0108 304,060521 07 030089646929 MEDINA LUCHA PEDRO CL PORTUS ILLICITANU 03130 SANTA POLA 03 03 2008 021320631 0108 0108 293,220521 07 030090061706 MARTINEZ PLEGUEZUELOS MA CL ENRIQUE PIRE GARC 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 021321439 0108 0108 293,220521 07 030090129505 GABARRON CUTILLAS JUAN A CL ANT.MOYA ALBADALE 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 021321540 0108 0108 293,220521 07 030090245905 GIMENEZ ROCAMORA JOAQUIN BO LOS DOLORES 16 03360 CALLOSA DE S 03 03 2008 022251528 0108 0108 293,220521 07 030090951880 RAMON NICOLAS JUAN LUIS CL SANTA ANA 12 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 015585002 1207 1207 286,550521 07 030092078090 SOBRINO REYES EMILIO CL VICENTE PASTOR 29 03726 BENITACHELL 03 03 2008 021721260 0108 0108 293,220521 07 030092431435 VIDAL GONZALEZ PATRICIO CL ASPE 6 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 021324873 0108 0108 293,220521 07 030092488726 SANZ GISBERT JAIME AV AMANECER 3 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021721866 0108 0108 293,220521 07 030092662114 HERNANDEZ LOPEZ DAMIAN CL E.PORTA REQUESENS 03206 ELCHE ELX 03 03 2008 021325479 0108 0108 293,220521 07 030092673127 CASTRO MACDONALD JUAN GU CM D’ARANDA 16 03700 DENIA 03 03 2008 021722270 1207 1207 254,810521 07 030092673127 CASTRO MACDONALD JUAN GU CM D’ARANDA 16 03700 DENIA 03 03 2008 021722371 0108 0108 293,220521 07 030092914617 BLANCO FERNANDEZ MANUELA CL SEVERA OCHOA 3 03550 SANT JOAN D 03 03 2008 020690838 0108 0108 293,220521 07 030093052942 MARTINEZ SORIANO MARIA C CL POETA QUINTANA 43 03001 ALACANT AL 03 03 2008 015236711 1207 1207 289,440521 07 030093110738 DIOP-MOCTAR APARTADO CORREOS: 69 03108 TORREVIEJA 03 03 2008 022254558 0108 0108 293,220521 07 030093507024 DIAZ FERNANDEZ JOSE CL MOSEN PEDRO MENA 03009 ALACANT AL 03 03 2008 015139913 1207 1207 286,550521 07 030095672346 CUETO MADRIGAL OCTAVIO CL PONTEVEDRA 3 03005 ALACANT AL 03 03 2008 020513410 0108 0108 293,220521 07 030095692958 LOPEZ GOMEZ MANUEL CL PEDRO JUAN PERPIÑ 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 021330129 0108 0108 293,220521 07 030097196458 TORRES VIVES JUAN FRANCI CL ROIG, 19 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021727930 0108 0108 768,360521 07 030097692976 GOMEZ QUINTO ANTONIO CL SANTA LIDA 15 03340 ALBATERA 03 03 2008 020700033 0108 0108 293,220521 07 030097694693 BELDA VILA JOSE RAFAEL CL RAMON Y CAJAL, 41 03700 DENIA 03 03 2008 015806381 1207 1207 321,170521 07 030097940530 POMARES MARTINEZ JOSE ES AV PAIS VALENCIANO 1 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 021332351 0108 0108 293,220521 07 030098497571 CHAZARRA MARTINEZ RAFAEL CL PORTA DE LA MORER 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 021332957 0108 0108 293,220521 07 030099141815 LOPEZ ANGOSTO ANGEL EUGE ZZ DERRAMADOR 87 03330 CREVILLENT 03 03 2008 022030044 0108 0108 293,220521 07 030101580858 LLACER GAVILA LEONOR CL TOSSALS-5 277 03760 ONDARA 03 03 2008 021734903 0108 0108 293,220521 07 030105577864 RIVERA PEREZ JOSE VICENT CL MARIANO LUIÑA 48 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 021341243 0108 0108 9,490521 07 030105721243 PEREZ CANDELA JOSE LUIS CL RONDA SUR 19 03330 CREVILLENT 03 03 2008 022038027 0108 0108 293,220521 07 030105885234 FERRANDO FERRANDO ADRIAN CL COLON 6 03510 CALLOSA D EN 03 03 2008 021081060 0108 0108 293,220521 07 030106389836 JACOBS-MYRIAM ALEXAN ZZ PARTIDA CAP MARTI 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021742276 0108 0108 293,220521 07 030106415300 VILLALGORDO TOME ISIDRO CL SAN JOAQUIN 8 03300 ORIHUELA 03 03 2008 022280628 0108 0108 293,220521 07 030106860991 TORRES LOPEZ VICENTE CL E. PEREZ CASCALES 03005 ALACANT AL 03 03 2008 020532608 0108 0108 293,220521 07 030107444510 ARENAS GARCIA JOSE LUIS LG FINCA GARROFEROS, 03169 ALGORFA 03 03 2008 022281840 0108 0108 334,400521 07 030109747046 VICENS ASH CARMELO JOSE PD ARENAL EDF ESTREL 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021747734 0108 0108 538,200521 07 030110492835 AUÑON MALDONADO ENRIQUE CL LOMA (PALANGRE) 03182 TORREVIEJA 03 03 2008 022288005 0108 0108 293,220521 07 030110911349 RAMON PEINADO JUAN ANTON CL VENEZUELA 7 03010 ALACANT AL 03 03 2008 020728123 0108 0108 293,220521 07 031000326693 EL YAMLAHI-SOULAIMAN AV VALENCIA 27 03726 BENITACHELL 03 03 2008 021753592 0108 0108 293,220521 07 031000689031 ZAFRA VIDAL JOSE MARIA ZZ APARTADO CORREOS, 03700 DENIA 03 03 2008 021754505 0108 0108 293,220521 07 031001308417 PEREZ TENT FRANCISCA CL AZORIN 5 03760 ONDARA 03 03 2008 021756020 0108 0108 293,220521 07 031001651856 EL MRABET-MOHAMED AV VALENCIA 7 03726 BENITACHELL 03 03 2008 021757333 0108 0108 293,220521 07 031001739459 MILLERIOUX-ALAIN UR COSTA NOVA-AMBOLO 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021757535 0108 0108 293,220521 07 031001912342 GARCIA MELGAR MANUEL CL MAESTRO GINER 17 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 021352862 0108 0108 293,220521 07 031002709661 GOMEZ VALERO JUAN CARLOS CL CAMILO FLAMARION 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 021353973 1207 1207 286,550521 07 031002958629 READ-PETER NIGEL CL DR. FLEMING 2 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021760565 0108 0108 293,220521 07 031003337131 BLAYA ALBERT IGNACIO CL AFRODITA 6 03004 ALACANT AL 03 03 2008 020737520 0108 0108 293,220521 07 031003857392 MADRID MARTINEZ JOSE MAN CL LA PAZ 23 03314 SAN BARTOLOM 03 03 2008 022299927 0108 0108 293,220521 07 031003971469 SANZ LLOPIS JAVIER CL RAFAEL RAMIREZ TO 03830 MURO DEL ALC 03 03 2008 020963145 0108 0108 293,220521 07 031004158702 LEON RAMON ESTHER CL ECUADOR 1 03008 ALACANT AL 03 03 2008 020544328 0108 0108 293,220521 07 031004556402 RAMIREZ GARCIA JOSE MIGU AV LIBERTAD 58 03690 SAN VICENTE 03 03 2008 020545237 0108 0108 293,220521 07 031004896205 MONDON-PETER CL MARQUES DE CAMPO 03700 DENIA 03 03 2008 021764508 0108 0108 293,220521 07 031005841852 CENAMOR CANTANO LUIS MAR CL DR.JIMENEZ DIAZ 4 03005 ALACANT AL 03 03 2008 020742065 0108 0108 326,060521 07 031006337764 HOBBS-LUCY CL JOAN FUSTER, ED. 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021767740 0108 0108 293,220521 07 031006745265 SERRANO ESPI JUANA CL MIGUEL MIRALLES J 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 021361754 1207 1207 286,550521 07 031006807913 MARQUES PEREIRA MARIA SA AV LIBERTAD 23 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 021361855 0108 0108 293,220521 07 031007156810 FORNES BAÑULS RAUL CM DE LES BASSES 4 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021769760 0108 0108 293,220521 07 031007884815 BLASCO SALA JUAN ANDRES CL DOCTOR DOMENECH 5 03770 VERGER EL 03 03 2008 021771073 0108 0108 293,220521 07 031008294740 RIVERO MENGUAL ALEJANDRO CL DOCTOR MORATAL 1 03740 GATA DE GORG 03 03 2008 021771477 0108 0108 313,320521 07 031009550888 ALBOR MARTINEZ JUAN ANTO CL VIRGEN MONSERRATE 03360 CALLOSA DE S 03 03 2008 022310738 0108 0108 363,830521 07 031009727411 MORENO GARCIA VICENTE CL RABAL 40 03111 BUSOT 03 03 2008 015829724 1207 1207 286,550521 07 031009756713 NAZARENKO BELEN VLADIMIR ZZ C.RESIDENCIAL TOS 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021775824 0108 0108 293,220521 07 031009814004 HERNANDEZ GARCIA JOSE JA CL MIGUEL HERNANDEZ 03160 ALMORADI 03 03 2008 022071874 0108 0108 293,220521 07 031009875133 RIPOLL TORREGROSA RAFAEL CL ZAMORA 6 03503 BENIDORM 03 03 2008 021106827 0108 0108 363,830521 07 031010341238 ROLFES-MARTINA CL LA ESTACION 40 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 021776834 0108 0108 293,220521 07 031010476533 VITERO OLIVER SERGIO CL ALMORADI (ACTIV 03010 ALACANT AL 03 03 2008 020751967 0108 0108 293,220521 07 031010866452 LINARES UBEDA MARIA IRIS CL AVDA. JUAN GIL ALB 03804 ALCOI ALCO 03 03 2008 020969613 0108 0108 326,060521 07 031011335486 RUDA ALACID IVAN ALFONSO CL AURELIO COQUILLAT 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 015609856 1207 1207 286,550521 07 031012181107 CATALA PEREZ GUILLERMO CL CRISTO DEL MAR 12 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021781076 0108 0108 293,220521 07 031012752292 MARTI VALLES CARLOS CL CARLOS SENTI 37 03700 DENIA 03 03 2008 021782086 0108 0108 293,220521 07 031012828579 MACIA SIGUENZA JOSE PASC CL GRAL. MOLA, 10 03314 SAN BARTOLOM 03 03 2008 022318721 0108 0108 293,220521 07 031015946020 LIMORTE RUIZ SUSANA CL PURISIMA 52 03158 CATRAL 03 03 2008 022078544 0108 0108 293,220521 07 031017076270 MONTES CASTELL ALEJANDRA CL JUAN DE AUSTRIA 7 03680 ASPE 03 03 2008 021603850 0108 0108 293,220521 07 031017429211 ACAME ALBERT JOSE MOISES CL TENIENTE GANGA 10 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 021374989 0108 0108 363,830521 07 031017749715 DELGADO VERA JUAN MARIA CL GAUDI 3 03170 ROJALES 03 03 2008 022081574 0108 0108 293,22

Page 10: BOLETÍN OFICIAL - … · -acta de la comisiÓn paritaria del convenio colectivo de empresas de captaciÓn, elevaciÓn, conducciÓn, tratamiento, desalinizaciÓn, depuraciÓn y distribuciÓn

1 0boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166

REG. T./IDENTIF. RAZÓN SOCIAL/NOMBRE DIRECCIÓN C.P. POBLACIÓN TD NÚM. PROV. APREMIO PERIODO IMPORTE

0521 07 031018651007 OBST-REIMUND ALFRED ZZ URBANIZACION JAVE 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021784615 0108 0108 308,390521 07 031019134488 GARCIA ESQUIVA OSCAR CL LA GLORIA 6 03314 SAN BARTOLOM 03 03 2008 022328724 0108 0108 293,220521 07 031019386082 SERRANO CUBELLS JOSE CL BRUC 8 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021785120 0108 0108 293,220521 07 031019400533 FEAR-DANIEL JAMES CL ABU ZEYAN 13 03700 DENIA 03 03 2008 021785322 0108 0108 293,220521 07 031019607667 CANTOS CUENCA JOSE MANUE AV PARIS - EDIF. MON 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021786130 0108 0108 293,220521 07 031020377708 RAMIREZ SEGARRA JOSE CL JUAN DIEZ MARTINE 03205 ELCHE ELX 03 03 2008 021377619 1207 1207 286,550521 07 031020566654 PEREZ NAVARRO MIGUEL AV PORTUS ILLICITANU 03130 SANTA POLA 03 03 2008 022085214 0108 0108 293,220521 07 031020572213 SORO PEREZ RUBEN CL SAN FRANCISCO 1 03650 PINOSO 03 03 2008 021607385 0108 0108 372,160521 07 031020697505 MARTIN GARCIA EDURNE CL LONJA DE LOS CABA 03002 ALACANT AL 03 03 2008 015280157 1207 1207 299,530521 07 031020776923 LORENZO CALLEJAS PEDRO A CL JOSE MAS ESTEVE 3 03205 ELCHE ELX 03 03 2008 021377720 0108 0108 293,220521 07 031022413189 MARTINEZ LARROSA ANA ROS AV NOVELDA 29 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 021608904 0108 0108 293,220521 07 031023411380 MAS ROMERO JAIME CL TORRES QUEVEDO 76 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 022088850 0108 0108 293,220521 07 031023490596 SANCHEZ MACIA MARIA JOSE CL VICENTE BLASCO IB 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 015615920 1207 1207 286,550521 07 031023618013 CANO ALCAZAR MARIA JESUS AV DE LOS PINOS 1 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 021611934 0108 0108 293,220521 07 031023738453 MARTIN CORREA MANUEL CL VICENTE BLASCO IB 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 021381154 0108 0108 293,220521 07 031024631762 MARTINEZ LOPEZ LUIS CL ANTONIO MALDONADO 03638 SALINAS 03 03 2008 021613146 0108 0108 308,900521 07 031025279440 SANSANO SANCHEZ RUBEN CL LOPE DE VEGA 82 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 015617132 1207 1207 286,550521 07 031025961066 BISHOP-GEOFFREY ROBE CM VIEJO PORTET MORA 03724 TEULADA 03 03 2008 021792800 0108 0108 308,390521 07 031026005627 WASENKO-ANITA THERES CL JUAN CARLOS I 98 03177 SAN FULGENCI 03 03 2008 022092991 0108 0108 293,220521 07 031026103839 POVEDA PAREDES JUAN JOSE CL GALICIA (PG. EL PA 03640 MONOVAR MONO 03 03 2008 021615166 0108 0108 293,220521 07 031030703053 DALMAU SANCHEZ PAULA CL PLA 7 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021798961 0108 0108 293,220521 07 031030845624 VERA VERA JOAQUIN ANTONI CL PADRE MANJON 38 03600 ELDA 03 03 2008 021620927 0108 0108 293,220521 07 031031044472 MORENO MORENO MANUEL CL SAN JUAN 29 03680 ASPE 03 03 2008 021621230 0108 0108 293,220521 07 031031601719 MANNETSTATTER-BIRGIT UR PYA. FLAMENCA-CENT 03189 ORIHUELA 03 03 2008 022350043 0108 0108 293,220521 07 031032474921 GRANDE OSORIO FRANCISCA CL BENITO PEREZ GALD 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 015620768 1207 1207 286,550521 07 031032694179 RODRIGUEZ ESCOBEDO ANTON CL MOLINO 56 03330 CREVILLENT 03 03 2008 022102287 1207 1207 286,550521 07 031034124628 ALBALADEJO GARCIA DANIEL AV CONSTITUCION 13 03314 SAN BARTOLOM 03 03 2008 022355703 0108 0108 293,220521 07 031034376323 CRESPO VERDU MARTIN CL PORVENIR DEL PROD 03008 ALACANT AL 03 03 2008 020580094 0108 0108 313,320521 07 031034470289 PEREZ ANTOLI MARIA ROSA CT PLA, 138 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021804621 0108 0108 15,200521 07 031035065225 NAYLOR-MARTIN ALAN UR VILLAMARTIN-VILLA 03189 ORIHUELA 03 03 2008 022357723 0108 0108 313,320521 07 031035266396 DEVSURASHVILI-PAATA CL DOCTOR FERRAN 41 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 021393884 0108 0108 293,220521 07 031035469490 KJOLSETH-KJELL MARIU CL DR. QUILES-UR. CIU. 03170 ROJALES 03 03 2008 022105927 0108 0108 293,220521 07 031035477473 JOHANNES PEELEN GERARDUS AV GENERALITAT 33 03560 CAMPELLO EL 03 03 2008 020787838 0108 0108 293,220521 07 031035814347 REILLY-LAURENCE AV PARIS 4 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021806742 0108 0108 293,220521 07 031036183351 DENCHEVA TOTEVA MIRENA CL DR.SAPENA 33 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 021394692 0108 0108 293,220521 07 031036256911 GONZALEZ GUERRERO ALVARO CL ASIL 33 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 021395096 0108 0108 293,220521 07 031036386647 GOMES-JOSE AUGUSTO CL OLMO 18 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 021395302 0108 0108 293,220521 07 031036753530 NOBLE CONRADO DELIA LEON AV DEL PLA 71 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021808459 0108 0108 293,220521 07 031037416665 DIAZ BARRULL ENRIQUE CL SAN JUAN 11 03820 COCENTAINA 03 03 2008 020986686 1207 1207 286,550521 07 031037416665 DIAZ BARRULL ENRIQUE CL SAN JUAN 11 03820 COCENTAINA 03 03 2008 020986787 0108 0108 293,220521 07 031039149935 ROSELLO MARTINEZ PATRICI CL FOT. ANGEL GARCIA 03012 ALACANT AL 03 03 2008 020795114 0108 0108 293,220521 07 031039965341 GIMENO VALERO FROILAN CL FERNOVA 60 03440 IBI 03 03 2008 020988306 0108 0108 293,220521 07 031040040416 SMIRNOVA-ELENA VLADI AV MARIA DEL MAR ROD 03169 ALGORFA 03 03 2008 022370756 0108 0108 293,220521 07 031040045567 LOPEZ DIEZ BLAS CL SAN MATEO,49-(COM 03012 ALACANT AL 03 03 2008 020797639 0108 0108 293,220521 07 031040185209 MEEHAN-PATRICK JAMES UR VILLAMARTIN-C/VAL 03189 ORIHUELA 03 03 2008 022371362 0108 0108 293,220521 07 031041526738 PEREZ MASCARELL AGUSTIN CL IMPRESSORS BOTELL 03700 DENIA 03 03 2008 021817856 0108 0108 293,220521 07 031041574329 VLADIMIR-KHAILINE CL ASILO 33 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 022113506 1207 1207 286,550521 07 031041574329 VLADIMIR-KHAILINE CL ASILO 33 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 022113607 0108 0108 293,220521 07 031041713866 RODRIGUEZ RIAÑO BORJA AV JUAN CARLO I 89 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021818159 0108 0108 313,320521 07 031041832185 HERAS PADILLA JORGE MAUR AV BENIARDA, EDF. OR 03502 BENIDORM 03 03 2008 021144314 0108 0108 293,220521 07 031042418633 BARKER-FRANCIS MCDON CL CL COLON 53 03700 DENIA 03 03 2008 021819371 0108 0108 308,390521 07 031044528179 GARRIDO RINGAT-GUDRU UR TESORO PARK 23 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021823516 0108 0108 308,390521 07 031044566373 DAYE-KEVIN CL ALCANA 13 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 021402271 0108 0108 330,480521 07 031044805641 SHEERAN-BRIAN CL VIENA 6 03500 BENIDORM 03 03 2008 021150071 0108 0108 293,220521 07 031045124125 HAMOR-TAMAS CL SOL NACIENTE(COMP 03016 ALACANT AL 03 03 2008 020808248 0108 0108 293,220521 07 031045430380 ALSAYED-MAHMOUD ZZ JAVEA PARK 3 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021825233 0108 0108 293,220521 07 031046157274 COULSON-PHILIP CL MURILLO, 34- EL C 03184 TORREVIEJA 03 03 2008 016160029 1207 1207 299,520521 07 031046157274 COULSON-PHILIP CL MURILLO, 34- EL C 03184 TORREVIEJA 03 03 2008 022385207 0108 0108 308,390521 07 031046409878 WATSON-ANTHONY MORTO CL DE LA TADORNA 170 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021827354 0108 0108 293,220521 07 031046748570 COTTER-GARY MARSHALL UR VILLAMARTIN-VILLA 03189 ORIHUELA 03 03 2008 022387934 0108 0108 308,390521 07 031048403634 BRAKER-DEBORAH FRANC CT DE GATA A JAVEA K 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021830384 0108 0108 293,220521 07 031048649164 GARRIDO CARRASCO ANTONIO CL OSCAR WILDE 23 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021831394 0108 0108 308,390521 07 031048722825 BARCO AGUDELO CENEIDA CL MAXIMILIA THOUS, 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 022392984 0108 0108 293,220521 07 031048740104 HOLZAPFEL-KARL OTTO CM FONT D’AIXA 16 03729 LLIBER 03 03 2008 021831701 0108 0108 308,390521 07 031049461742 BARRY-SMULLEN CL MANZANA_9-DEHESA 03191 DEHESA DE CA 03 03 2008 022395311 0108 0108 293,220521 07 031049486600 BELLAGH-HAYAT CL OBISPO CUBERO 3 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 021405204 0108 0108 304,980521 07 031051188140 BOGERD-HUBRECHT PIET AV AMANECER DE ESPAÑ 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021836852 0108 0108 308,390521 07 031051377490 SUNDHOLM-PETRA URSUL AV PAIS VALENCIA 93 03140 GUARDAMAR DE 03 03 2008 022127246 0108 0108 293,220521 07 031051733562 HOARE-JENNIFER ROSE CL FERNAN CABALLERO 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021837660 0108 0108 293,220521 07 031051788833 WILSON-ANN MARIE UR C.QUESADA-LOMA CA 03170 ROJALES 03 03 2008 022127751 0108 0108 308,390521 07 031053104494 BLAND-LEE HOWARD AV JUAN FUSTER ZARAG 03503 BENIDORM 03 03 2008 021160276 0108 0108 293,220521 07 031054113294 CUEVAS PIÑA MARIA AURELI CL KENNEDY 2 03680 ASPE 03 03 2008 021640529 0108 0108 293,220521 07 031054199483 COOPER-PAUL CL SALAMANCA 46 03727 JALON XALO 03 03 2008 021845239 0108 0108 293,220521 07 031054255461 VARGAS DA SILVA DANIEL CL CABO DE LA NAO 3 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021845643 0108 0108 308,390521 07 031054431475 SINCLAIR-SIMON NEIL CL GENOVA VILLA DE B 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021846047 0108 0108 293,220521 07 031054865248 LEVENSON-ALEJO HERNA CL DR. BERGEZ 27 03012 ALACANT AL 03 03 2008 020820069 0108 0108 293,220521 07 031055139979 FERRANDO RUIZ MARIA JOSE CL CAMILO JOSE CELA 03370 REDOVAN 03 03 2008 022410263 0108 0108 293,220521 07 031055591738 RONALDSON-ROBERT AND CT XABIA-CABO NAO,56 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021848370 0108 0108 313,320521 07 031055685102 WILLIAMS-ADAM SONNY RL LOS DOLSES, 119-V 03189 ORIHUELA 03 03 2008 022411475 0108 0108 293,220521 07 031055815242 CARRE-BRIAN JOHN PL COMERCIAL MONTXIS 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021848774 0108 0108 308,390521 07 031055836864 CELANO-LUIGI CL TOMAS PICO 3 03007 ALACANT AL 03 03 2008 020593838 0108 0108 293,220521 07 031055903754 HAMOR-ZOLTAN CL SOL NACIENTE 4 03016 ALACANT AL 03 03 2008 020822594 0108 0108 293,220521 07 031055938615 SCHONBERGER-LUDWIG H CL ESMERALDA, CT.LAS 03700 DENIA 03 03 2008 021849077 0108 0108 308,390521 07 031056074213 GURNEY-MARK PZ SIERRA CASTILLA - 03177 SAN FULGENCI 03 03 2008 022134219 0108 0108 293,220521 07 031056829803 FISHER-ANTHONY GEORG UR AUGUSTALAND 2 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021851000 0108 0108 308,390521 07 031057677339 FERNANDEZ GARCIA SANDRA CL DR. BERGEZ 7 03012 ALACANT AL 03 03 2008 021852919 0108 0108 293,220521 07 031057759585 CARRATALA CANDELA EZEQUI UR RINCON DE DENIA 4 03700 DENIA 03 03 2008 021853323 0108 0108 293,220521 07 031058098681 BAYTON-GAIL ELIZABET CL NARANJO-UR.MONTEB 03169 ALGORFA 03 03 2008 022138461 0108 0108 293,220521 07 031058206391 CARBALLO-TERESA LIBR CL SAN BARTOLOME 119 03560 CAMPELLO EL 03 03 2008 020826133 0108 0108 308,390521 07 031058949453 ARISTIZABAL JARAMILLO EU CL SAN JOAQUIN 9 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021856959 0108 0108 363,830521 07 031059006946 SAVCHENKO-SVITLANA CL DOCTOR SAPENA 68 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 015632488 1207 1207 286,550521 07 031060471949 ZAHOUD-ABDELAZIZ CL POETA MIGUEL HERN 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 021410961 0108 0108 308,390521 07 031061308472 LANGLER-JENNIFER ELI CL GUSTAVO ADOLFO BE 03177 SAN FULGENCI 03 03 2008 022141592 0108 0108 293,220521 07 031061497220 CEMOVIC-RADOSLAV CT BENITACHELL 119 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021861003 0108 0108 293,220521 07 031061768820 DE CATA-MICHELE CL TREINTA DE MARZO 03012 ALACANT AL 03 03 2008 022142101 0108 0108 293,220521 07 031061865820 BARTELT-DAGMAR LIESE CM DE LES ALQUERIES 03700 DENIA 03 03 2008 021862922 0108 0108 308,390521 07 031064920815 DANIELS-PAUL VICTOR CL CASICAS-Bº S.FELI 03330 CREVILLENT 03 03 2008 022148464 0108 0108 308,390521 07 031065531309 MONTAGUE-STEPHEN RIC PZ SIERRA CASTILLA, 03177 SAN FULGENCI 03 03 2008 022150585 0108 0108 293,220521 07 031066145742 CLEMSON-STEPHEN ROY CL COLLAO 03111 BUSOT 03 03 2008 015322088 1107 1107 8,340521 07 031066297710 SMITH-ANDREW PETER CL LAS VIOLETAS-VILL 03189 ORIHUELA 03 03 2008 016196506 1207 1207 286,55

Page 11: BOLETÍN OFICIAL - … · -acta de la comisiÓn paritaria del convenio colectivo de empresas de captaciÓn, elevaciÓn, conducciÓn, tratamiento, desalinizaciÓn, depuraciÓn y distribuciÓn

boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 1661 1

REG. T./IDENTIF. RAZÓN SOCIAL/NOMBRE DIRECCIÓN C.P. POBLACIÓN TD NÚM. PROV. APREMIO PERIODO IMPORTE

0521 07 031066297811 KAY-RACHEL MARY CL LAS VIOLETAS-VILL 03189 ORIHUELA 03 03 2008 016196607 1207 1207 286,550521 07 031066328224 BEVAN-PAUL CHRISTOPH UR LOM. DE CABO ROIG, 03189 ORIHUELA 03 03 2008 022448255 0108 0108 293,220521 07 031066376825 MORIN-STEPHEN PAUL CL LOS MIRLOS-CAP MA 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 015886106 1207 1207 286,550521 07 031066530813 MORICHON-CHRISTIAN R AV JAIME I 5 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021875147 0108 0108 293,220521 07 031066549304 BARRY-JOHN MEAKER CL DUQUES DE AHUMADA 03189 ORIHUELA 03 03 2008 022449164 0108 0108 308,390521 07 031066564761 RIVES GIMENEZ TERESA CL ZARAGOZA 14 03187 MONTESINOS 03 03 2008 011068640 1007 1007 299,520521 07 031066577289 CRAWFORD-JACQUELINE CL RONDA SUR 25 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021875349 0108 0108 293,220521 07 031066608918 SMYTH-PAUL ANTHONY ZZ PLAYA FLAMENCA BE 03189 DEHESA DE CA 03 03 2008 022449366 0108 0108 293,220521 07 031066705413 BOWDEN-DANIEL LLOYD UR EL TOSALET - CL/ 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021875753 0108 0108 293,220521 07 031066907392 BONNIN-CHRISTOPHE AV DEL PUERTO JARDIN 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021876157 0108 0108 313,320521 07 031066939122 TOUMI-ABDEL AUAHID PK CORRALETS 1 03710 CALPE CALP 03 03 2008 021876359 0108 0108 293,220521 07 031067365114 ZDINIAK-VITEZSLAV CL CERVANTES 24 03130 SANTA POLA 03 03 2008 022155336 0108 0108 293,220521 07 031067390978 LE FAUX-JOHN MALCOLM AV DEL MEDITERRANEO, 03130 SANTA POLA 03 03 2008 022155740 0108 0108 293,220521 07 031067465346 VELASQUEZ MIRALLES CLAUD CL FILET DE FORA 36 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 020838560 0108 0108 294,970521 07 031067601449 CAIRNS-PETER RICHARD CL FRESA (URB. LOS D 03189 DEHESA DE CA 03 03 2008 022452905 0108 0108 293,220521 07 031067777059 WATSON-LILI ANN-CHRI AV DEL PLA 126 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021878480 0108 0108 308,390521 07 031067852336 MCVEY-KEVIN FRANCIS CL IBIZA-EDIF. GEMEL 03503 BENIDORM 03 03 2008 021184629 0108 0108 293,220521 07 031067903866 WOOD-DAVID JOHN CL LOS PERDICES 3 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 015888025 1207 1207 286,550521 07 031068109384 MEERT-SANDRA MONICA CL JUAN RAMON JIMENE 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021879389 0108 0108 293,220521 07 031068478994 HEUCHENNE-ERIC APARTADO CORREOS: 15 03590 ALTEA 03 03 2008 021186548 0108 0108 293,220521 07 031068510118 COBZARU-DANUT CL ANTONIO MACHADO 2 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 021417732 0108 0108 293,220521 07 031068535881 WOAKES-KEITH ZZ URB LO CRISPIN, R 03169 ALGORFA 03 03 2008 022458763 0108 0108 308,390521 07 031068543460 IORDAN-PARDALIAN CL ANTONIO MACHADO 5 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 021418338 0108 0108 293,220521 07 031068666530 VAN GILS-ROBBIE AV L’ATMELLA DE MAR 03503 BENIDORM 03 03 2008 021188063 0108 0108 293,220521 07 031068718969 ARMITAGE-ANN AV JUAN FUSTER ZARAG 03503 BENIDORM 03 03 2008 021189174 0108 0108 293,220521 07 031068802128 ILLES-EMANUEL IOAN PZ PRELADO ANTº BAYO 03501 BENIDORM 03 03 2008 021189982 0108 0108 293,220521 07 031068837389 OPREA-DORIAN AV LIBERTAD 45 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 015639259 1207 1207 286,550521 07 031068837389 OPREA-DORIAN AV LIBERTAD 45 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 021420863 0108 0108 293,220521 07 031068892761 RADU-GHEORGHE CL DOCTOR FERRAN 42 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 021422782 0108 0108 382,640521 07 031068968543 DIMITROV-DIMITAR STO CL MARQUES DE CAMPO 03700 DENIA 03 03 2008 021883837 0108 0108 363,830521 07 031069017548 CONSTANTIN-VALERIU CL RUPERTO CHAPI 78 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 015641279 1207 1207 286,550521 07 031069089589 GRAD-DUMITRU CL CUESTA DE LA FABR 03004 ALACANT AL 03 03 2008 020841893 0108 0108 293,220521 07 031069177495 GUGOASA-CONSTANTIN CL CTRA. ALCOI_62 EN 03510 CALLOSA D EN 03 03 2008 021193117 0108 0108 363,830521 07 031069202959 BUZATU-CONSTANTIN CL PATRICIO RUIZ GOM 03206 ELCHE ELX 03 03 2008 021427432 0108 0108 363,830521 07 031069203060 NEAGOE-ILIE CL PATRICIO RUIZ GOM 03206 ELCHE ELX 03 03 2008 021427634 0108 0108 363,830521 07 031069211447 TURNER-MARK DANIEL CL MARSELLA 76 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021885958 0108 0108 293,220521 07 031069227716 SIMONNET-LISA ANNE CL RAMBLES 52 03440 IBI 03 03 2008 020997703 0108 0108 293,220521 07 031069350782 MAZDRAG-MIHAITA GABR CL RAFAEL COUCHOUD 2 03510 CALLOSA D EN 03 03 2008 021195642 0108 0108 293,220521 07 031069354624 TUDOR-TICA AV LIBERTAD 73 03206 ELCHE ELX 03 03 2008 021429755 0108 0108 293,220521 07 031069419187 MCALLISTER-DENNIS UR ROCAJUNA, F.II 69 03185 TORREVIEJA 03 03 2008 022471695 0108 0108 308,390521 07 031069486683 DINCA-VASILE CL TREINTA DE MARZO 03012 ALACANT AL 03 03 2008 020844220 0108 0108 363,830521 07 031069664317 MILLER-DAVID ALLAN PK TARRAULA 3 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021894749 0108 0108 308,390521 07 031069887215 VISAN-PETRE FLAVIUS CL POETA MIGUEL HERN 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 021434304 0108 0108 293,220521 07 031069908433 RUS-CRISTIAN DANIEL CL VICENTE BLASCO IB 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 021434405 0108 0108 293,220521 07 031069935513 LUKACS-FABIAN CL EDUARDO FERRANDEZ 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 021434809 0108 0108 293,220521 07 031070208325 RADUCU-POPA CL ANTONIO MACHADO 2 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 015648858 1207 1207 286,550521 07 031070208325 RADUCU-POPA CL ANTONIO MACHADO 2 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 021436021 0108 0108 293,220521 07 031070238839 MIHAIL-STOIAN CL ALFERECES PROVISI 03600 ELDA 03 03 2008 021651037 0108 0108 293,220521 07 031070546613 GRIGORUTA-VASILE MIR CL SINOGA 3 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 021438142 0108 0108 293,220521 07 031070690089 JACKSON-JAMES STUART UR VILLAMARTIN-PANOR 03189 DEHESA DE CA 03 03 2008 022482510 0108 0108 293,220521 07 031070699587 HELLORE-NIKLAS JULIU CL LA MOSCA, PLAYA F 03189 DEHESA DE CA 03 03 2008 022168167 0108 0108 293,220521 07 031070772743 STOICA-PETRU CL CAMI DEL LLAVADOR 03700 DENIA 03 03 2008 021904651 0108 0108 293,220521 07 031070886921 TOMPA-VICTOR CL DOCTOR WAKSMAN 2 03440 IBI 03 03 2008 021003056 0108 0108 293,220521 07 031070979473 SOCOL-GHEORGHE AV ARQUITECTO ANTONI 03700 DENIA 03 03 2008 021907176 0108 0108 293,220521 07 031070982002 BONT-RAZVAN CIPRIAN PZ PRELADO ANTONIO B 03501 BENIDORM 03 03 2008 021215345 0108 0108 293,220521 07 031071151144 BEL-EMIL CL MIGUEL JIMENEZ RE 03013 ALACANT AL 03 03 2008 020851391 0108 0108 293,220521 07 031071229148 COX-PETER GRAHAM CL ESPARTA, APTOS. ME 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021908489 0108 0108 308,390521 07 031071229653 WALKER-ALAN CL RIO JUCAR, S/N-PO 03348 GRANJA DE RO 03 03 2008 022487863 0108 0108 308,390521 07 031071409206 ROSTAS-ANGHEL CL PEDRO MONTAGUR 1 03440 IBI 03 03 2008 021003359 0108 0108 293,220521 07 031071647460 BENTLEY-MICHAEL UR MARINA DEL MAR 66 03177 SAN FULGENCI 03 03 2008 022171302 0108 0108 293,220521 07 031071678277 TOMA URSACHE-CATALIN CL SANT ANTONI 25 03770 VERGER EL 03 03 2008 021910917 0108 0108 293,220521 07 031071739511 PETRISOR-ALEXANDRU AV NICARAGUA 6 03503 BENIDORM 03 03 2008 021220500 0108 0108 293,220521 07 031071746783 DIACONU-CATALIN CL RAMON VICENTE SER 03205 ELCHE ELX 03 03 2008 021445923 0108 0108 293,220521 07 031071870156 NECULAU-PETRONICA UR PUERTA DE TENIS(A 03700 DENIA 03 03 2008 021912331 0108 0108 304,980521 07 031072477317 POPESCU-ANAMARIA CL ESLAVA 151 03205 ELCHE ELX 03 03 2008 021451276 1207 1207 286,550521 07 031072477317 POPESCU-ANAMARIA CL ESLAVA 151 03205 ELCHE ELX 03 03 2008 021451377 0108 0108 293,220521 07 031072671620 CIOBOTARU-NUTI TATIA AV MONTECARLO 24 03503 BENIDORM 03 03 2008 021225348 1207 1207 286,550521 07 031072671620 CIOBOTARU-NUTI TATIA AV MONTECARLO 24 03503 BENIDORM 03 03 2008 021225449 0108 0108 293,220521 07 081016962113 AMADOR GIL JUAN JOSE CL GINES GARCIA ESQU 03206 ELCHE ELX 03 03 2008 021457643 0108 0108 293,220521 07 081151815250 BUTT-AMAN ULLAH CL CANDIDA CARBONELL 03700 DENIA 03 03 2008 021927687 1207 1207 286,550521 07 100020234584 CASERO ARIAS FRANCISCO V CL JOSE MARIA PEMAN 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 021458653 0108 0108 293,220521 07 100037065300 GONZALEZ MUÑOZ BENITA CL SAN PASCUAL 304 03690 SAN VICENTE 03 03 2008 020863822 0108 0108 293,220521 07 141003993315 CAMPOS RIZOS MOISES AV CALVARIO 21 03340 ALBATERA 03 03 2008 022180695 0108 0108 363,830521 07 150045163273 FERRON VILLAVERDE JOSE AV BENITO PEREZ GALD 03004 ALACANT AL 03 03 2008 020867357 0108 0108 358,800521 07 150062100483 QUIROGA SOTO RAMON CL CALVARIO 27 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 021659222 0108 0108 363,830521 07 150095377244 DIAZ GARCIA MARIA ISABEL CL ALTAIR 13 03700 DENIA 03 03 2008 021929812 0108 0108 1.102,980521 07 180061582074 MOLES GARCIA MARINO AV CALVARIO 12 03340 ALBATERA 03 03 2008 022181507 0108 0108 293,220521 07 230061273383 PEREZ NIETO ANGEL PG PG. IND. PARCELA 03349 SAN ISIDRO 03 03 2008 022182416 0108 0108 293,220521 07 231004068945 LOPEZ MARMOL PEDRO CL ARNEDO (ED. NAVAS 03502 BENIDORM 03 03 2008 021242223 0108 0108 293,220521 07 231032034752 SINGH-LAKHWINDER CL TONI LLIDO 3 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021935367 0108 0108 293,220521 07 251010584986 JARRAH-HICHAM CL MARQUES DE MOLINS 03004 ALACANT AL 03 03 2008 022182921 0108 0108 293,220521 07 280390278480 MORALES LUQUE RAFAEL AV VENEZUELA RESID. E 03502 BENIDORM 03 03 2008 021247677 0108 0108 293,220521 07 280420652315 HEREDIA LOPEZ FRANCISCO CL AMADEO DE SABOYA 03011 ALACANT AL 03 03 2008 020622433 0108 0108 293,220521 07 280427402909 BLANCO ANCOS CARLOS ZZ ARENAL-BL.4 LOC. 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021938401 0108 0108 293,220521 07 280465764789 MARTIN SALVADOR LUIS JOS CL AVDA. VALENCIA,70 03830 MURO DEL ALC 03 03 2008 021008615 0108 0108 293,220521 07 281009397595 MUÑOZ BLANCO SONIA CL MAESTRO ALFONSO M 03140 GUARDAMAR DE 03 03 2008 022187062 0108 0108 293,220521 07 281050278853 RODRIGUEZ SIERRA LUIS MI CL ROSALES 31 03600 ELDA 03 03 2008 021663565 0108 0108 293,220521 07 281250561928 NIKOLOV-NIKOLAY ANGE CL URB. RES. ROCAJUN 03184 TORREVIEJA 03 03 2008 022537676 0108 0108 293,220521 07 290037364571 ALCOBENDAS LAVADO SEBAST AV GENERALITAT 45 03560 CAMPELLO EL 03 03 2008 020887363 0108 0108 293,220521 07 300069396172 FERNANDEZ HURTADO FRANCI CL JUAN DE HERRERA 5 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 015668258 1207 1207 286,550521 07 300071136415 GALVEZ MARTINEZ JOAQUIN CL VAN DYCK 26 03009 ALACANT AL 03 03 2008 020627382 0108 0108 358,800521 07 301007405629 MANUEL CAMPOS DAVID AV PURISIMA, 20 03182 TORREVIEJA 03 03 2008 022554551 0108 0108 293,220521 07 301023284024 ZALATKOV-ALEXANDRE S CL CAPITAN ALFONSO V 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 021470979 0108 0108 293,220521 07 301028855056 PALADINES-FELIX ARTE CL POETA SALVADOR SE 03015 ALACANT AL 03 03 2008 020891306 0108 0108 308,390521 07 301037371757 WESTBROON-MARK DARRE PZ VILLAMARTIN 34 03189 ORIHUELA 03 03 2008 022563342 0108 0108 293,220521 07 301042502552 WRIGHT-TARAN SEBASTI CL SALVADOR SALVA ED 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021944966 0108 0108 293,220521 07 301054633010 GREEN-DENISE UR VILLAMARTIN. EDF. V 03189 ORIHUELA 03 03 2008 022566776 0108 0108 293,220521 07 350047716058 HEREDIA FERNANDEZ PASCUA CL AMETLER (L’) 10 03112 MUTXAMEL 03 03 2008 015353919 1207 1207 286,550521 07 351029346743 GOMEZ SUAREZ OMAR DE JES CL CRISTOBAL SANZ 44 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 021473104 0108 0108 363,830521 07 360058288936 VERNET GARCIA ALFONSO CL SAN POLICARPO 3 03181 TORREVIEJA 03 03 2008 022571325 0108 0108 293,22

Page 12: BOLETÍN OFICIAL - … · -acta de la comisiÓn paritaria del convenio colectivo de empresas de captaciÓn, elevaciÓn, conducciÓn, tratamiento, desalinizaciÓn, depuraciÓn y distribuciÓn

1 2boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166

REG. T./IDENTIF. RAZÓN SOCIAL/NOMBRE DIRECCIÓN C.P. POBLACIÓN TD NÚM. PROV. APREMIO PERIODO IMPORTE

0521 07 380017744510 DACOSTA VACAS JUAN JOSE PD PORTICHOL 13 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021946885 0108 0108 293,220521 07 431010679161 HOBBS-APRIL DAWN CL MADRID -URB. LA M 03177 SAN FULGENCI 03 03 2008 022199388 0108 0108 14,900521 07 450027669273 CASTELLANOS MARTINEZ SOT CL SAN VICENTE 24 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021949414 0108 0108 293,220521 07 450038918647 SANCHEZ CORROCHANO DAVID CL CATEDRATICO LAFUE 03008 ALACANT AL 03 03 2008 016061413 1207 1207 359,630521 07 451023103415 KAMENOV-FIDAN RADVAN AV ANDALUCIA 3 03700 DENIA 03 03 2008 021949919 0108 0108 293,220521 07 460107958071 SERRANO GONZALEZ ANTONIO AV LEPANTO 14 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021950929 0108 0108 300,530521 07 460117464576 ROIG MARTINEZ MARIA DOLO AV JAIME CARLOS I 71 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021951939 0108 0108 293,220521 07 460129847941 GONZALEZ HACHA LUIS MARI CL MAESTRO BRETON 5 03012 ALACANT AL 03 03 2008 015356949 1207 1207 286,550521 07 460170542168 GARCIA CUBELLS MANUEL AV LEPANTO 17 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021956080 0108 0108 326,060521 07 461006359680 FETHKE GIRARDI KRISTEN A AS 214 03590 ALTEA 03 03 2008 021271424 0108 0108 293,220521 07 461006756067 RECHE CASTEX MARIA CONSU AV DR. JIMENEZ DIAZ 03005 ALACANT AL 03 03 2008 020635769 0108 0108 293,220521 07 461008313424 BORREGO CASA VICTOR MANU CL PERU 16 03008 ALACANT AL 03 03 2008 020635971 0108 0108 293,220521 07 461022953552 FERNANDEZ LARROSA DOLORE CL ALTAMIRA 16 03600 ELDA 03 03 2008 021673669 1207 1207 303,850521 07 461022953552 FERNANDEZ LARROSA DOLORE CL ALTAMIRA 16 03600 ELDA 03 03 2008 021673770 0108 0108 308,900521 07 461025314389 PASCUAL LUCAS ANA BERTA CL CALVARI 15 03788 ALCALA DE LA 03 03 2008 021960629 0108 0108 78,840521 07 461063129033 CHEEMA-DILBAG SINGH CL ANDRES LAMBERT 7 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021962750 0108 0108 293,220521 07 461069472429 BROWNE-ADRIAN PATRIC CL CRISTO DEL MAR, E 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 021963457 0108 0108 304,980521 07 461075268379 NOBLE-PETER RAYMOND CL NUEVA 98 03727 JALON XALO 03 03 2008 021963760 0108 0108 293,220521 07 471016966111 PICIOREA-STEFAN DANI CL OCEANO ARTICO 12 03700 DENIA 03 03 2008 021965881 0108 0108 293,220521 07 480112865320 ARENAS GASCON FRANCISCO CL 30 DE MARZO 53 03012 ALACANT AL 03 03 2008 020904743 0108 0108 293,22

REGIMEN 06 R. ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA0611 07 021010917291 BEN TOUDA-EL HASSAN APARTADO CORREOS: 82 03360 CALLOSA DE S 03 03 2008 016872876 1207 1207 91,870611 07 021015316041 MAAROUFI-MAAROUF CL ESLAVA 58 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 016604007 1207 1207 91,870611 07 030047242367 HERRERO LIFANTE JOSE AV NOVELDA 18 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 016665035 1207 1207 91,870611 07 030052299808 ESCAMILLA ALMAGRO MARIA CL PEDRO JUAN PERPIÑ 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 016787701 1207 1207 91,870611 07 030054480486 RUIZ LOPEZ ANA MARIA CL VIRGEN DE LAS VIR 03009 ALACANT AL 03 03 2008 016503064 1207 1207 61,250611 07 030054703283 ROCAMORA RUBIRA PASCUAL CL CASTRO RICHART 10 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 016666247 1207 1207 91,870611 07 030056184454 OLMO FERRERO VICTORIANO CL NOU 6 03510 CALLOSA D EN 03 03 2008 016584102 1207 1207 39,800611 07 030058440817 RIQUELME GEA ANTONIO CL HORNO DE VIDRIO 3 03658 SALINAS 03 03 2008 016667560 1207 1207 91,870611 07 030062275347 RIQUELME QUIRANTE JOSE V CL ORIHUELA 11 03360 CALLOSA DE S 03 03 2008 016878132 1207 1207 91,870611 07 030078208912 VICEDO SORIANO RAMON AV GRAN CAPITAN 144 03680 ASPE 03 03 2008 016671196 1207 1207 91,870611 07 030082496312 MARTINEZ GARCIA FRANCISC CL SAN FRANCISCO 8 03680 ASPE 03 03 2008 016671604 1207 1207 91,870611 07 030096289207 GARCIA MORENO JULIO CL CARRETILLAS (LOS) 03190 PILAR DE LA 03 03 2008 016882273 1207 1207 91,870611 07 030096564443 CERDA CASCALES VICENTE AV VICENTE BLASCO IB 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 014559024 1107 1107 91,870611 07 030098615587 RUBIO GARCIA ARMANDO CL GASTON CASTELLO 6 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 016673624 1207 1207 52,060611 07 030102174477 RUFETE JIMENEZ ISIDRO CL SAN ISIDRO 30 03340 ALBATERA 03 03 2008 014740088 1107 1107 91,870611 07 030103870058 PEREZ PIQUERES MAGDALENA CL KENNEDY 7 03680 ASPE 03 03 2008 016675341 1207 1207 91,870611 07 030104856428 MARTINEZ FUENTES DOMINGO CL CIUDAD JARDIN, 13 03360 CALLOSA DE S 03 03 2008 016883788 1207 1207 91,870611 07 030112663817 GANDIA LOPEZ SILVIA CL LOS PASOS 6 03680 ASPE 03 03 2008 016677058 1207 1207 91,870611 07 031006898041 FERNANDEZ CORTES MARIA CL DOS DE MAYO 31 03680 ASPE 03 03 2008 016678371 1207 1207 61,250611 07 031008477525 CASAS ROJO ANGEL CL VIRGEN DE LA ESPE 03680 ASPE 03 03 2008 016679280 1207 1207 91,870611 07 031008544819 ES SADKI-MOHAMMED ZZ LOS MARTINEZ 52 03177 SAN FULGENCI 03 03 2008 016796387 1207 1207 91,870611 07 031008548758 JABBOUR-MUSTAPHA CT IRYDA-BAR RINCON 03190 PILAR DE LA 03 03 2008 016888034 1207 1207 91,870611 07 031009853006 AMAL-FATIHA CL GATA DE GORGOS 34 03009 ALACANT AL 02 03 2008 018010204 0103 0703 503,270611 07 031010698623 NAYA PALMER SEVERO CL L’ATZUVIA 4 03780 PEGO 03 03 2008 016768402 1207 1207 91,870611 07 031010816033 BOUKHARI-ABDELMOUMEN CL LOCAL COMERCIAL, 03177 SAN FULGENCI 03 03 2008 016797195 1107 1107 52,060611 07 031010816033 BOUKHARI-ABDELMOUMEN CL LOCAL COMERCIAL, 03177 SAN FULGENCI 03 03 2008 016797296 1207 1207 91,870611 07 031011128857 ENNACHAT-BOUZEKRI CL MIGUEL ORTEGA HER 03170 ROJALES 03 03 2008 016797401 1207 1207 91,870611 07 031012729155 FERNANDEZ MORENO ILUMINA CL GRAN CAPITAN 36 03680 ASPE 03 03 2008 016681102 1207 1207 91,870611 07 031013044710 FERNANDEZ MORENO JOSEFA CL SAN LUIS 24 03680 ASPE 03 03 2008 016681203 1207 1207 64,310611 07 031028535004 GUESMI-LAKHDAR CL REIGUERO, 5 03169 ALGORFA 03 03 2008 016894502 1207 1207 91,870611 07 031030426807 BEGGA-MIMOUN ED EDIFICIO THADER, 03170 ROJALES 03 03 2008 016800330 1207 1207 91,870611 07 031030576549 HAMMAD-MOHAMED AV DE MURCIA 30 03340 ALBATERA 03 03 2008 016800633 1207 1207 91,870611 07 031031474205 CORTES MORENO ANTONIA CL NOVENTA Y OCHO VI 03330 CREVILLENT 03 03 2008 016801441 1207 1207 91,870611 07 031032555551 MOUSTANFII-MOHAMED CL CALVARIO 14 03340 ALBATERA 03 03 2008 016802350 1207 1207 91,870611 07 031036136467 UGRAI-SANDOR CL FRANCISCA MORENO 03700 DENIA 03 03 2008 016769816 1207 1207 91,870611 07 031036374624 BELAIDI-MOHAMED CL JORGE JUAN 47 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 014564781 1107 1107 91,870611 07 031038040600 EL MAZANI-CHERKI CL ANTONIO MOYA ALBA 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 014565993 1107 1107 91,870611 07 031038040600 EL MAZANI-CHERKI CL ANTONIO MOYA ALBA 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 016611986 1207 1207 91,870611 07 031039809232 RODRIGUEZ RODRIGUEZ MARI CL VEGA BAJA 14 03340 ALBATERA 03 03 2008 016807707 1207 1207 91,870611 07 031039927854 SBIYBI-MOURAD CL VIRGEN DEL PILAR 03160 ALMORADI 03 03 2008 014755145 1107 1107 91,870611 07 031040415985 DIALA-HABIB CL SAN FRANCISCO 28 03300 ORIHUELA 03 03 2008 016911878 1207 1207 91,870611 07 031041204315 ALEKSANDROV-ALEKSAND CL FRANCISCO PEÑALVE 03370 REDOVAN 03 03 2008 016913494 1207 1207 91,870611 07 031041292120 RODRIGUEZ MUÑOZ LUISA CL MOLINOS(98VIV.) 2 03330 CREVILLENT 03 03 2008 016809121 1207 1207 91,870611 07 031042420855 GOUDJIL-LAID CL JUAN CARLOS I 22 03370 REDOVAN 03 03 2008 016916023 1207 1207 91,870611 07 031042617279 SAIFI-HACINE CL CERVANTES 3 03510 CALLOSA D EN 03 03 2008 016588041 1207 1207 91,870611 07 031042866651 BELLABIAD-MOULOUD CL HERMANOS KENNEDY 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 016694741 1207 1207 91,870611 07 031042920710 DJELLALI-ALLEL ZZ TORRELLANO ALTO 1 03320 TORRELLANO 03 03 2008 016810434 1107 1107 30,620611 07 031042920710 DJELLALI-ALLEL ZZ TORRELLANO ALTO 1 03320 TORRELLANO 03 03 2008 016810535 1207 1207 85,740611 07 031043871512 MECHERI-FATIMA AV LIBERTAD 123 03206 ELCHE ELX 03 03 2008 014569229 1107 1107 91,870611 07 031044091376 BEHLOUL-TAHAR PK TORRELLANO PG 3 1 03320 TORRELLANO 03 03 2007 051466333 0807 0807 91,870611 07 031044091376 BEHLOUL-TAHAR PK TORRELLANO PG 3 1 03320 TORRELLANO 03 03 2007 054544667 0907 0907 91,870611 07 031044091376 BEHLOUL-TAHAR PK TORRELLANO PG 3 1 03320 TORRELLANO 03 03 2008 013378654 1007 1007 91,870611 07 031044153014 JILALOU-MOHAMMED CL LUIS BUÑUEL 22 03160 ALMORADI 03 03 2008 014758781 1107 1107 91,870611 07 031044178171 REZIG-MOHAMED CL JUAN CARLOS I 2 03360 CALLOSA DE S 03 03 2008 016920063 1207 1207 91,870611 07 031044552532 GOURARI-MOHAMMED PK PDA TORRELLANO AL 03320 TORRELLANO 03 03 2008 016812656 1207 1207 91,870611 07 031044838276 FERRER GARCIA ANA VANESA CL GASTON CASTELLO 2 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 016696761 1207 1207 55,120611 07 031044927293 GUELLIL-BENOTMANE CL LA FONT 25 03510 CALLOSA D EN 03 03 2008 016588445 1207 1207 91,870611 07 031045193641 SBIYBI-EL MAMOUNE CL SAN JAIME 12 03680 ASPE 03 03 2008 016697569 1207 1207 91,870611 07 031045879210 BOUCILA-HABIB CL ANTONIO COTIYA AL 03370 REDOVAN 03 03 2008 016924107 1207 1207 91,870611 07 031046075432 KHALIL-RACHID CL CONRADO DEL CAMPO 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 016616434 1207 1207 91,870611 07 031046223760 JURADO RECALDE CECILIA E CL SANTA LIDIA 14 03340 ALBATERA 03 03 2008 016813767 1207 1207 91,870611 07 031046641466 BOUCHAIB-MOHAMED CL CHAPI 4 03370 REDOVAN 03 03 2008 016926228 1207 1207 61,250611 07 031046741496 LAYADI-ABDELKADER CL JUAN CARLOS I 22 03370 REDOVAN 03 03 2008 016926430 1207 1207 91,870611 07 031047577720 URGILES TENESACA MAGDALE CL VIRGEN DE BELEN 3 03300 ORIHUELA 03 03 2008 016928147 1207 1207 91,870611 07 031047753128 OUBIRHOU-BRAHIM CL LA IGLESIA 26 03348 GRANJA DE RO 03 03 2008 016928450 1207 1207 91,870611 07 031048465672 MBARKA-CHNADRI CL CASTELLON 4 03330 CREVILLENT 03 03 2008 016815282 1207 1207 91,870611 07 031049396973 FERNANDEZ MARTINEZ MARIA CL GOBERNACION 16 03340 ALBATERA 03 03 2008 016816801 1207 1207 91,870611 07 031051907354 EL GHAIT-MUSTAPHA CL SERPENTINA 5 03014 ALACANT AL 03 03 2008 016544692 1207 1207 91,870611 07 031052782475 SBIYBI-ANISSA CL VIRGEN DEL PILAR 03160 ALMORADI 03 03 2008 014765451 1107 1107 91,870611 07 031054390958 OUGHATTI-AICHA CL SANTA LIDIA 6 03340 ALBATERA 03 03 2008 016819831 1207 1207 91,870611 07 031054857972 SAOUD-AHMED CL RAMON Y CAJAL 42 03160 ALMORADI 03 03 2008 014767471 1107 1107 91,870611 07 031055342467 BELOUED-AHMED CL JUAN CARLOS 2 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 016706057 1207 1207 91,870611 07 031057673501 LAKBAB-RACHID CL JUAN XXIII 44 03340 ALBATERA 03 03 2008 016822255 1207 1207 91,870611 07 031058354420 LAAMARI-HASSAN CL SAN JUAN 17 03330 CREVILLENT 03 03 2008 016822659 1207 1207 91,870611 07 031058426663 ATANASOVA KOLEVA NIKOLIN CL COMAND.MANUEL GIM 03300 ORIHUELA 03 03 2008 016945628 1207 1207 91,870611 07 031058615108 HDIDOU-ABDESSLAM CL ANTONIO PASCUAL Q 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 014577313 1107 1107 58,190611 07 031059045140 PALATE PALATE DELIA ELVI CL ENRIQUE PIRE GARC 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 016623306 1207 1207 91,870611 07 031059090004 GUIRCHAN-TARIQ CL FRANCISCO ALEMAN 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 016623407 1207 1207 91,87

Page 13: BOLETÍN OFICIAL - … · -acta de la comisiÓn paritaria del convenio colectivo de empresas de captaciÓn, elevaciÓn, conducciÓn, tratamiento, desalinizaciÓn, depuraciÓn y distribuciÓn

boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 1661 3

REG. T./IDENTIF. RAZÓN SOCIAL/NOMBRE DIRECCIÓN C.P. POBLACIÓN TD NÚM. PROV. APREMIO PERIODO IMPORTE

0611 07 031059260358 ALARCON SALTOS SANDRA EL CL ANTONIO PASCUAL Q 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 016624316 1207 1207 91,870611 07 031059300572 CALDERON LIMA NANCY ANGE CL CONRADO DEL CAMPO 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 016624518 1207 1207 12,250611 07 031059759405 STOICA-FLORIN CL AMILCAR BARCA 24 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 014581252 1107 1107 91,870611 07 031059845691 HADI-AZEDDINE CL SOR JOSEFA ALCORT 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 016626740 1207 1207 91,870611 07 031059984525 RUIZ WONG JOSE MIGUEL CL IGLESIA 2 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 016717676 1207 1207 91,870611 07 031060023123 FLORES PANIAGUA ARIEL CL NORIAS 49 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 016717777 1207 1207 88,800611 07 031060149930 TORRES TROYA RAMIRO FRAN CL SAN MIGUEL 18 03340 ALBATERA 03 03 2008 016829430 1207 1207 91,870611 07 031060169027 ALFONSO BENITEZ RAQUEL CL EMERITO MAESTRE 2 03600 ELDA 03 03 2008 016718888 1207 1207 91,870611 07 031060221870 LIMA JURADO INGRID STEFA CL DOCTOR MARAÑON 71 03340 ALBATERA 03 03 2008 016829834 1207 1207 91,870611 07 031060358276 LOUNANI-ALOUATI CL LOS PALACIOS, 1 03179 FORMENTERA D 03 03 2008 016830339 1207 1207 91,870611 07 031060415365 EL OUAFI-HICHAM CL DOCTOR SAPENA 61 03206 ELCHE ELX 03 03 2008 016628255 1207 1207 91,870611 07 031060522772 HAKMAOUI-MOHAMMED CL MANUEL PEREZ 03348 GRANJA DE RO 03 03 2008 016961489 1207 1207 91,870611 07 031060785682 BARBIERU-NATALITA CL GABRIEL MIRO 1 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 016721114 1207 1207 85,740611 07 031060794170 RADUCAN-FLORICA CL JORGE JUAN 42 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 016629669 1207 1207 91,870611 07 031060975238 FOUAD-EL YOUSSAFI AV SAN VICENTE FERRE 03330 CREVILLENT 03 03 2008 016832258 1207 1207 91,870611 07 031060978571 HAJJI-NOUREDDINE AV CONSTITUCION 32 03360 CALLOSA DE S 03 03 2008 014781316 1107 1107 49,000611 07 031061276342 COULIBALY-NAMA CL GINES GARCIA ESQU 03206 ELCHE ELX 03 03 2008 016631588 1207 1207 42,880611 07 031061369201 PEÑA ARCE ELIANA AV OSCAR ESPLA 5 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 016724043 1207 1207 91,870611 07 031061436491 FARINANGO CHONTA OLGA TR CL COMUNIDAD VALENCI 03160 ALMORADI 03 03 2008 014783033 1107 1107 36,740611 07 031061757302 ARCOS PARRA WILIAN ALFRE CL VALENCIA 34 03510 CALLOSA D EN 03 03 2008 016592283 1207 1207 91,870611 07 031062000206 VICEDO SORIANO FRANCISCO AV GRAN CAPITAN 144 03680 ASPE 03 03 2008 016726669 1207 1207 91,870611 07 031062008993 BALDE-OUSMANE CL PATRICIO RUIZ GOM 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 016634117 1207 1207 64,310611 07 031062051938 AMMOU-ADIL CL EDIF THADER CDAD 03170 ROJALES 03 03 2008 016835591 1207 1207 91,870611 07 031062109633 KHELIL-ABDERAHMANE PZ PARADOR 32 03670 MONFORTE DEL 03 03 2007 051402372 0807 0807 91,870611 07 031062109633 KHELIL-ABDERAHMANE PZ PARADOR 32 03670 MONFORTE DEL 03 03 2007 054475858 0907 0907 91,870611 07 031062109633 KHELIL-ABDERAHMANE PZ PARADOR 32 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 013298327 1007 1007 91,870611 07 031062109633 KHELIL-ABDERAHMANE PZ PARADOR 32 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 014681080 1107 1107 91,870611 07 031062109633 KHELIL-ABDERAHMANE PZ PARADOR 32 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 016726770 1207 1207 91,870611 07 031062143480 ISMAIL-LYUTFI BASRI CL CARLOS DIEZ 8 03187 MONTESINOS 03 03 2008 016971900 1207 1207 91,870611 07 031062356375 QOTBI-MOHAMMED CL MARTINEZ SEGUNDO 03177 SAN FULGENCI 03 03 2008 016835995 1207 1207 79,620611 07 031062978387 BEKKOUCHE BENZIANE-T CL CALVARIO 27 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 016728184 1207 1207 91,870611 07 031063163903 NECULAI-TALASCUTA CL GABRIEL MIRO 1 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 016728588 1207 1207 91,870611 07 031063595955 RADUCANU-FLORENTA CL PATRICIO RUIZ GOM 03206 ELCHE ELX 03 03 2008 016636137 1207 1207 91,870611 07 031063748832 GUALPA RUIZ JUAN CARLOS CL ALCOY 40 03600 ELDA 03 03 2008 016729396 1207 1207 91,870611 07 031063794908 JIMENEZ MONTIEL HIPATIA CL JORGE JUAN 53 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 014592871 1107 1107 52,060611 07 031064040438 KOUTAIBI-RHARIBA CL LOS BALLESTEROS 3 03190 PILAR DE LA 03 03 2008 016978364 1207 1207 91,870611 07 031064668817 DAKIR-ABDERRAHMANE CL IGLESIA 26 03348 GRANJA DE RO 03 03 2008 016979475 1207 1207 91,870611 07 031064838161 CHAKIR-JILLALI CL OSCAR ESPLA 56 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 016637248 1207 1207 91,870611 07 031065252029 DRIZI-MOHAMED CL CALVARIO 27 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 016731016 1207 1207 91,870611 07 031065352968 TOMASZCZYK-JACEK ROM AV COMUNIDAD VALENCI 03640 MONOVAR MONO 03 03 2008 016731319 1207 1207 91,870611 07 031065353978 KRAKONIAK-ANNA MAIGO AV COMUNIDAD VALENCI 03640 MONOVAR MONO 03 03 2008 016731723 1207 1207 91,870611 07 031065447645 BIELCIKOVA-MARIA PG AMOLOIG PARCELA 4 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 014686639 1107 1107 91,870611 07 031065447645 BIELCIKOVA-MARIA PG AMOLOIG PARCELA 4 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 016732430 1207 1207 85,740611 07 031066111689 SISSON-DALE TERENCE PK DEL MOCO; SC. I; 03340 ALBATERA 03 03 2008 014789093 1107 1107 91,870611 07 031066309026 HERRERA CUELLAR NURIA CL ARCO IRIS-PISCINA 03189 DEHESA DE CA 03 03 2008 016981903 1207 1207 91,870611 07 031066747849 STAWARZ-HALINA DOROT CL RAMON Y CAJAL 16 03370 REDOVAN 03 03 2008 016982610 1207 1207 91,870611 07 031068225077 WOJTYNIAK-TOMASZ STA CL SOL 1 03638 SALINAS 03 03 2008 016734551 1207 1207 82,680611 07 031068913979 RADUCANU-VASILE CL AMILCAR BARCA 24 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 014595396 1107 1107 12,250611 07 031069302787 TOMCZYK-DANUTA CT ALCOY 55 03510 CALLOSA D EN 03 03 2008 016594711 1207 1207 91,870611 07 031069909443 BAROUDI-SORAYA AV LIBERTAD 123 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 014595703 1107 1107 91,870611 07 031070051812 OLAYA SANTILLAN JONNATHA CL MAYOR 6 03340 ALBATERA 03 03 2008 016842766 1207 1207 91,870611 07 031072333938 CALIN-NELU CL PATRICIO RUIZ GOM 03206 ELCHE ELX 03 03 2008 016641490 1207 1207 85,740611 07 041007188621 MOUHIB-SAID CL DOCTOR SAPENA 31 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 019780957 1107 1107 91,870611 07 041015853751 ERROSSAFI-MHAMMED CL HILARION ESLAVA 5 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 016643009 1207 1207 91,870611 07 041016482231 JAOUHARI-SAID CL EDUARDO FERRAND G 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 014597319 1107 1107 91,870611 07 041019039492 TALIBI-MUSTAPHA AV MADRID 7 03330 CREVILLENT 03 03 2008 016845800 1207 1207 91,870611 07 041019791951 BOUMELOUI-SAID CL SANT BLAI 29 03780 PEGO 03 03 2008 016776280 1207 1207 91,870611 07 041020704458 CAMARA-FOUSSEYNOU CL OSCAR ESPLA 65 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 014598026 1107 1107 91,870611 07 041020722343 KANOUTE-KARA CL JOSE MAS ESTEVE 2 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 014598127 1107 1107 91,870611 07 041023671951 RIZKI-MOHAMED CL CASTELLON 4 03330 CREVILLENT 03 03 2008 016846810 1207 1207 42,880611 07 041023967193 ESSASSI-HAMID CL CASTELLO 2 03330 CREVILLENT 03 03 2008 016846911 1207 1207 91,870611 07 041024988323 ZBIRI-EL MAHJOUB CL HNOS NAVARRO CARA 03206 ELCHE ELX 03 03 2008 016644524 1207 1207 91,870611 07 041027138184 OURINICHE-FOUAD CL DOCTOR FERRAN 73 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 016644726 1207 1207 91,870611 07 041029815889 AYALA TORRES MARCO ANTON CL SERRANO ANGUITA 3 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 016644827 1207 1207 91,870611 07 041032116207 SELLOUMI-EL MOSTAPHA CL SAN MARCOS 16 03360 CALLOSA DE S 03 03 2008 016998471 1207 1207 91,870611 07 041032524415 MAYORCA GARAVITO MARTHA CL SERRANO ANGUITA 3 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 016645029 1207 1207 91,870611 07 061011376561 JIMENEZ ARROBO VICTOR EF CL JORGE JUAN 53 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 014600854 1107 1107 91,870611 07 070065067142 MARQUEZ QUERO MIGUEL AV DOCTOR JIMENEZ DI 03005 ALACANT AL 03 03 2008 016519838 1207 1207 91,870611 07 081140106845 EL JELLOULI-ABDESLAM CL ADSUBIA 4 03510 CALLOSA D EN 03 03 2008 016597539 1207 1207 91,870611 07 091002677229 HALLOUMI-SALAH CL SAN PANCRACIO 1 03340 ALBATERA 03 03 2008 016850143 1207 1207 91,870611 07 101000229072 SAHLI-AHMED CL PABLO PICASSO 8 03369 RAFAL 03 03 2008 017004939 1207 1207 45,940611 07 101005536083 CHAOUCH-TAHAR CL LOCAS 30 03100 XIXONA JIJON 03 03 2008 016581573 1207 1207 91,870611 07 101008691011 CHALLOUKH-MOHAMED CL FEDERICO GARCIA L 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 016647958 1207 1207 30,620611 07 121015254239 HARRATI-ABDELKADER AV JUAN CARLOS 22 03370 REDOVAN 03 03 2008 017006050 1207 1207 91,870611 07 121015318200 FAITAA-LAHCEN CL CONRADO DEL CAMPO 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 016648160 1207 1207 91,870611 07 131005009710 MEJRISSI-LEKBIR CL JOSE MAS ESTEVE 4 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 014602571 1107 1107 91,870611 07 131014475795 AMURARITE-TUDORA CL SAN ISIDRO 13 03510 CALLOSA D EN 03 03 2008 016598145 1207 1207 82,680611 07 181038954269 SARANGO CALVA MARCO ANDR CL CERVANTES 9 03510 CALLOSA D EN 03 03 2008 016599054 1207 1207 91,870611 07 191006205437 KARDAD-ABDELAKBIR CL LA VILA 19 03100 XIXONA JIJON 03 03 2008 016581977 1207 1207 45,940611 07 210038465089 NARANJO LOBATO M ANGELES CL VALENCIA 79 03012 ALACANT AL 03 03 2008 016559547 1207 1207 58,190611 07 211021027914 ZERROUGUI-EL HADJ CL HILARION ESLAVA 5 03290 ELCHE ELX 03 03 2008 016854385 1207 1207 91,870611 07 241009260045 OUZAGOUR-OULAID CL SANT.VICENT FERRE 03330 CREVILLENT 03 03 2008 016855702 1207 1207 91,870611 07 251009583866 SINGH-GURCHARN CL ANTONIO SANSANO F 03203 ELCHE ELX 03 03 2008 014605403 1107 1107 91,870611 07 281150834915 GONZALEZ CARDENAS DIEGO CL ARAGON 49 03610 PETRER 03 03 2008 016753648 1207 1207 91,870611 07 281226024766 BARBA BALCAZAR JESUS CL AURELIO COQUILLAT 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 014607625 1107 1107 45,940611 07 300095457042 BENATACH-TAYEB CL SANTO DOMINGO 52 03760 ONDARA 03 03 2008 014728772 1107 1107 36,740611 07 301009697455 LAAZAIZI-MUSTAPHA CL FEDERICO GARCIA L 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 016654325 1207 1207 91,870611 07 301019971573 BENZIANE-BENCHAA CL LEON XIII 14 03370 REDOVAN 03 03 2008 017024036 1207 1207 91,870611 07 301028539101 KHALTI-NADIA CL ENRIQUE PIRE GARC 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 014609443 1107 1107 36,740611 07 301028750679 EL MOUKADEM-ABDERRAH CL VALENCIA, 8 03340 ALBATERA 03 03 2008 016861964 1207 1207 91,870611 07 301030071293 SAID-OUBIRHOU CL LA IGLESIA, 26 03348 GRANJA DE RO 03 03 2008 017028076 1207 1207 91,870611 07 301032195593 ADNOUNI-ABDELKADER CL CASTELLO 4 03330 CREVILLENT 03 03 2008 016862368 1207 1207 91,870611 07 301032703532 MOHAMMED BEY-BOUYAKO CL LEON XIII 14 03370 REDOVAN 03 03 2008 017029187 1207 1207 91,870611 07 301033341813 APOLO GALLARDO JUAN ANTO PZ CONVENT (DEL) 10 03510 CALLOSA D EN 03 03 2008 016601579 1207 1207 91,870611 07 301033634833 MAKHLOUFI-MOHAMMED CL VIRGEN DEL PILAR 03160 ALMORADI 03 03 2008 014813042 1107 1107 88,800611 07 301035283126 DAOUDI-ABBELMAJID CL CALVARIO 13 03340 ALBATERA 03 03 2008 016863176 1207 1207 91,870611 07 301042603794 AGUDELO MORALES MAURA AN CL ADOLFO CLAVARANA 03300 ORIHUELA 03 03 2008 017033837 1207 1207 91,870611 07 301042914804 HASSI-SAID CL JUAN FUSTER ZARAG 03503 BENIDORM 03 03 2008 016601882 1207 1207 91,870611 07 301047116924 MADKOURI-YOUNESS CL ESLAVA 58 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 016658163 1207 1207 91,870611 07 301050536374 KATTANI MORALES LIDIA EL CL FORTUNA 4 03340 ALBATERA 03 03 2008 016864489 1207 1207 91,87

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1 4boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166

REG. T./IDENTIF. RAZÓN SOCIAL/NOMBRE DIRECCIÓN C.P. POBLACIÓN TD NÚM. PROV. APREMIO PERIODO IMPORTE

0611 07 301052086657 KARIM-RADOUANE CL DOCTOR SAPENA 76 03202 ELCHE ELX 03 03 2008 014612271 1107 1107 91,870611 07 301052837904 FAHRAOUI-HASSAN CL CASTELLO 2 03330 CREVILLENT 03 03 2008 016865806 1207 1207 91,870611 07 460083341289 CALATAYUD PLAZA EMILIO CL OSCAR ESPLA 3 03670 MONFORTE DEL 03 03 2008 016761631 1207 1207 91,870611 07 460144276992 RODRIGUEZ MUÑOZ JOSE CL DR. FLEMING 24 03340 ALBATERA 03 03 2008 016869846 1207 1207 91,870611 07 460153656185 MESTRE CAÑAMAS VICENTE CL TORRES ORDUÑA 43 03786 ADSUBIA 03 03 2008 016781738 1207 1207 91,870611 07 461052476211 AMADOR MARIN MARIA CARME CL GRAN CAPITAN 30 03680 ASPE 03 03 2008 016762338 1207 1207 91,870611 07 461060674226 BUTT MUHAMMAD ZESHAN MUN AV PARIS 6 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 016782445 1207 1207 91,870611 07 461061685046 ABDELLAOUI-AHCENE CL ANTONIO MENA 34 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 014614089 1107 1107 70,430611 07 461061685046 ABDELLAOUI-AHCENE CL ANTONIO MENA 34 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 016660688 1207 1207 91,870611 07 461075828858 BARRIONUEVO CAPILLA MARI CL FEDERICO GARCIA L 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 016661092 1207 1207 91,870611 07 461079193950 SECK-CHEIKHOUNA CL MARIANO BENLLIURE 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 016661294 1207 1207 9,190611 07 461088002560 NAGY-ZSUZSANNA AV DE LA SAL 25 03187 TORREVIEJA 03 03 2008 017048991 1207 1207 91,870611 07 461088002661 PESTI-PAL AV SAL, DE LA 25 03187 TORREVIEJA 03 03 2008 017049092 1207 1207 91,870611 07 471018933086 RUTKOWSKI-MARIUSZ RY CL MEJICO 5 03008 ALACANT AL 03 03 2008 016524585 1107 1107 15,310611 07 471018933086 RUTKOWSKI-MARIUSZ RY CL MEJICO 5 03008 ALACANT AL 03 03 2008 016524686 1207 1207 91,870611 07 501021898208 LEMMAGHTI-M´HAMMED CL LUIS BUÑUEL 22 03160 ALMORADI 03 03 2008 014820116 1107 1107 91,870611 07 501028238570 HADIR-SAMIR CL QUINTANA 12 03190 PILAR DE LA 03 03 2008 017050712 1207 1207 24,490640 07 030030689319 SILVESTRE PICO ANGELA CL LA MAR 7 03590 ALTEA 03 03 2007 053012370 0306 0306 201,490640 07 030030689319 SILVESTRE PICO ANGELA CL LA MAR 7 03590 ALTEA 03 03 2007 053012572 1106 1106 201,49

REGIMEN 07 REGIMEN ESPECIAL AGRARIO CUENTA PROPIA0721 07 031000814020 CAYUELA SALA JUAN ANTONI PK PLANS DE L,ALJUB 03410 BIAR 03 03 2008 016677260 1207 1207 231,73

REGIMEN 08 REGIMEN ESPECIAL DEL MAR0814 10 03121388763 PERTUSA PASTOR FRANCISCO ZZ FINCA LA ISABELA- 03195 ALTET EL 02 03 2008 018843895 0108 0108 559,93

REGIMEN 12 REGIMEN ESPECIAL EMPLEADOS DEL HOGAR1211 10 03117279296 MONCHO CASANOVA CARMEN PZ GABRIEL MIRO 4 03001 ALACANT AL 03 03 2008 015031593 1107 1107 175,741211 10 03117811382 CABALLERO CAMPOS RAFAEL CL REYES CATOLICOS 1 03003 ALACANT AL 03 03 2008 017056671 1207 1207 175,741211 10 03118229896 GARCIA THOMANN RODRIGO G CL CONCEPCION ARENAL 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 017102545 1207 1207 175,741211 10 03120338941 FERRE SAMPER JOSE LUIS AV NICARAGUA 28 03501 BENIDORM 03 03 2008 017094865 1207 1207 175,741211 10 03120899218 HADDAR OUERTI MOHAMED LA CL AB EL HAMET 8 03003 ALACANT AL 03 03 2008 015008759 1107 1107 175,741211 10 03121824152 GOMEZ SUAREZ OMAR DE JES CL CRISTOBAL SANZ 44 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 017104464 1207 1207 175,741221 07 030106937379 SANSANO RUIZ MARIA CL CONRADO DEL CAMPO 03204 ELCHE ELX 03 03 2008 017095774 1207 1207 175,741221 07 031026705441 DAMEZ-KEBIRA CL HERNANDEZ MIRA 24 03100 XIXONA JIJON 03 03 2008 017085670 1207 1207 175,741221 07 031045775742 CIBULSKE-DAMARIS UR AL ANDALUZ, CL. V 03189 DEHESA DE CA 03 03 2008 017128413 1207 1207 175,741221 07 031045938622 FLORES-CLAUDIA GRACI CL VALENCIA 57 03012 ALACANT AL 03 03 2008 017062735 1207 1207 175,741221 07 031059004421 BRITEZ RIOS ILSA BEATRIZ CL MARIANO LUIÑA 41 03201 ELCHE ELX 03 03 2008 017096986 1207 1207 175,741221 07 031059489017 CANCHALA MEJIA MARTHA IS PP SALADAR 87 03700 DENIA 03 03 2008 017114063 1207 1207 11,201221 07 031061364955 KASTAMANOV-ZDRAVK EM AV MARINA ESPAÑOLA, 03730 JAVEA XABI 03 03 2008 017115073 1207 1207 175,741221 07 031061504694 BEDOYA REYES MARIA ROSAL CL LUIS VIVES 34 03330 CREVILLENT 03 03 2008 017123965 1207 1207 175,741221 07 031065049440 JIMENEZ JIMENEZ ROBERTO CL VERGEL 4 03760 ONDARA 03 03 2008 015071912 1107 1107 175,741221 07 031065049440 JIMENEZ JIMENEZ ROBERTO CL VERGEL 4 03760 ONDARA 03 03 2008 017117093 1207 1207 175,741221 07 031066577188 BOUDARBALA-YAMINA CL RAMON MARIA VALLE 03184 TORREVIEJA 03 03 2008 017134372 1207 1207 64,441221 07 031067757356 LONDOÑO VALENCIA VICTORI CL CAT. DE LA FUENTE 03005 ALACANT AL 03 03 2008 015004315 1107 1107 146,461221 07 031071366564 AVILA NUÑEZ MIGUEL ANGEL CL FOGUERER 24 03012 ALACANT AL 03 03 2008 017073546 1207 1207 175,741221 07 281150366079 CASTAÑO PEÑA FRANCIA ELE AV ZARAGOZA - BLOQUE 03130 SANTA POLA 03 03 2008 017125177 1207 1207 175,74

Alicante, 27 de agosto de 2008.El Subdirector Provincial, Ignacio Cortés Gomis.

*0818174*

ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

DIRECCIÓN TERRITORIAL DE EMPLEO

ANUNCIO

Habiéndose depositado en esta Dirección Territorial deEmpleo y Trabajo el Acta de las reuniones de la ComisiónParitaria del Convenio Colectivo de ámbito provincial deempresas de captación, elevación, conducción, tratamiento,desalinización, depuración y distribución de agua, celebra-das los días 25 de octubre de 2007, 26 de febrero de 2008 y9 de abril de 2008 por la que se acuerda proceder a laadaptación profesional del referido Convenio Provincial a loestipulado en el Convenio Estatal del Sector del Agua. y queha sido inscrita en el Registro de Convenios de esta Direc-ción Territorial con fecha de hoy, procede su publicacióninmediata en el Boletín Oficial de la Provincia.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO CO-LECTIVO DE LAS EMPRESAS DE CAPTACIÓN, ELEVACIÓN,CONDUCCIÓN, TRATAMIENTO, DESALINIZACIÓN, DEPURACIÓNY DISTRIBUCIÓN DE AGUA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE.

Por los trabajadores:Por U.G.T.: por C.C.O.O.:Don José Antonio Rubio Serna. Don Francisco Paredes

Torregrosa.Por la asociación provincial de las empresas:Doña Elena García Amorós. Don Gerard Monar Aynier.En Alicante, siendo las 11.00 horas del día 19 de mayo

de 2008, en la Sala de Reuniones de la 2ª planta de COEPA,

se reúnen los señores arriba relacionados, como integrantesde la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de lasEmpresas de Captación, Elevación, Conducción, Tratamien-to, Desalinización, Depuración y Distribución de Agua de laProvincia de Alicante.

Tras las reuniones celebradas por esta comisión paritarialos días 25 de octubre de 2007, 26 de febrero de 2008 y 9 deabril de 2008, por mandato del artículo 45 del vigente conve-nio, al objeto de proceder a la adaptación de la clasificaciónprofesional del Convenio Provincial del sector del Agua deAlicante a lo estipulado en el Convenio Colectivo estatal delsector, en el día de hoy se adoptan los siguientes acuerdos:

Primero.- La clasificación profesional del ConvenioColectivo de las Empresas de Captación, Elevación, Con-ducción, Tratamiento, Desalinización, Depuración y Distri-bución de Agua de la provincia de Alicante se adaptará apartir del 1 de enero de 2009 a los factores de encuadramien-to, grupos profesionales y niveles que regulan los artículos14, 15 y anexo 3 del III Convenio Colectivo Estatal de lasIndustrias de Captación, Elevación, Conducción, Tratamien-to, Distribución, Saneamiento y Depuración de Aguas Pota-bles y Residuales (BOE 24-08-07), de acuerdo con la tablade equivalencias y criterios que se adjuntan como anexo aesta Acta.

Segundo.- Una vez se publique por el Instituto Nacionalde Estadística el IPC real del año 2008, se procederá a laactualización de las Tablas Provisionales 2008 mediante laconfección de dos tablas salariales, una con las antiguas

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boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 1661 5

ANEXO.- TABLA DE EQUIVALENCIAS ADAPTACIÓN CLASIFICACIÓN PROFESIONAL CONVENIO DE ALICANTE AL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DEL SECTORCLASIFICACIÓN PROFESIONAL 2008 CLASIFICACIÓN PROFESIONAL A PARTIR DE 01-01-2009

GRUPO ÁREA NIVEL GRUPO ÁREACATEGORÍAS PROFESIONALES PROFESIONAL FUNCIONAL SALARIAL PROFESIONAL / NIVEL FUNCIONAL

PRIMERA CATEGORÍA A (TITULADO GRADO SUPERIOR CON JEFATURA). 5 TÉCNICA 1 G.P. 6 TÉCNICAPRIMERA CATEGORÍA B (TITULADO GRADO SUPERIOR, TITULADO GRADO MEDIO CON JEFATURA) 5 TÉCNICA 2 G.P. 5 TÉCNICAJEFE DE GRUPO. 5 ADMINISTRATIVA 2 G.P. 5 TÉCNICASEGUNDA CATEGORÍA (JEFE DE SERVICIO, TITULADO GRADO MEDIO). 4 TÉCNICA 1 G.P. 4 TÉCNICAJEFE DE SECCIÓN 4 ADMINISTRATIVA 2 G.P. 4 TÉCNICASUBJEFE DE SECCIÓN, ANALISTA DE INFORMÀTICA 3 ADMINISTRATIVA 1 (X) G.P. 4 TÉCNICATERCERA CATEGORÍA (TOPÒGRAFO 1ª, DELINEANTE, ENCARGADO DE SECCIÓN) 3 TÉCNICA 1 (X) G.P. 4 TÉCNICACAPATAZ, ENCARREGADO DE TALLER 3 TÉCNICA 2 G.P. 3 NIVEL A OPERARIACUARTA CATEGORÍA (TOPÒGRAFO 2ª, DELINEANTE, INSPECTOR OBRAS, ANALISTA LABORATORIO). 3 TÉCNICA 3 G.P. 3 NIVEL B TÉCNICAQUINTA CATEGORÍA (AUXILIAR TÉCNICO) 3 TÉCNICA 4 G.P. 2 NIVEL A TÉCNICAOFICIAL.1ª, PROGRAMADOR 2 ADMINISTRATIVA 1 G.P. 3 NIVEL A ADMINISTRATIVAAUXILIARES OFICINA. PRIMERA CATEGORÍA 2 ADMINISTRATIVA 2 G.P. 3 NIVEL B ADMINISTRATIVAOFICIAL2ª, OPERADOR ORDENADOR 2 ADMINISTRATIVA 3 G.P. 2 NIVEL A ADMINISTRATIVASUBALTERNOS. CONSERJES 2 ADMINISTRATIVA 4 (X) G.P. 2 NIVEL A ADMINISTRATIVAAUXILIARES OFICINA. SEGUNDA Y TERCERA CATEGORÍA. ORDENANZAS 2 ADMINISTRATIVA 5 G.P. 2 NIVEL B ADMINISTRATIVAAUXILARES ADMINISTRATIVOS 2 ADMINISTRATIVA 6 (X) G.P. 2 NIVEL B ADMINISTRATIVASUBCAPATAZ 2 TÉCNICA 1 (X) G.P. 3 NIVEL A OPERARIAOFICIAL 1ª 2 TÉCNICA 2 G.P. 3 NIVEL B OPERARIAOFICIAL 2ª 2 TÉCNICA 3 G.P. 2 NIVEL A OPERARIAOFICIAL 3ª 2 TÉCNICA 4 G.P. 2 NIVEL B OPERARIAPEONES ESPECIALISTAS 2 TÉCNICA 5 G.P. 2 NIVEL B OPERARIAPEONES, PERSONAL DE LIMPIEZA 1 TÉCNICA 1 G.P. 1 OPERARIA

La convergencia a la nueva configuración de grupos profesionales y niveles se hará al salario más alto durante el año 2009,con la excepción de los grupos señalados con asterisco en la tabla superior que se hará al salario más alto, en la mitad de ladiferencia, durante los años 2009 y 2010, quedando configurada definitivamente con 6 grupos profesionales y 8 niveles a partirdel año 2010.

(x) Durante el año 2009 se crearán temporalmente los grupos profesionales G.P.4B, G.P.3 Nivel A2, G.P.2 Nivel A2 y G.P.2Nivel B2, acercándose cada uno de ellos en un 50% respectivamente, a los salarios de los grupos profesionales G.P.4, G.P.3Nivel A, G.P.2 Nivel A y G.P.2 Nivel B, hasta el año 2010, en que la clasificación profesional quedará configurada con 6 gruposprofesionales y 8 niveles.

Alicante, 20 de agosto de 2008.El Director Territorial de Empleo y Trabajo, Ramón Rocamora Jover.

*0817990*

categorías profesionales para regularizar el año 2008 y otracon los nuevos grupos profesionales y niveles para aplicar apartir del 1 de enero de 2009.

Tercero.- Las mejoras pactadas en este acuerdo deadaptación de la clasificación profesional, serán compensa-das globalmente con las que anteriormente rigieran, porcualquier título o concepto, por mejora acordada ounilateralmente concedida por las empresas. Igualmenteserán absorbibles, también consideradas en su conjunto yen cómputo anual, las mejoras que pudieran establecersehasta la entrada en vigor del presente acuerdo. En los casos

en que el trabajador perciba remuneración, consideradaglobalmente y en cómputo anual, superior a la establecida eneste acuerdo, le será respetada aquella a título personal.

Asimismo se acuerda facultar al asesor de CC.OO. donFernando Antón Pérez para presentar esta Acta ante laDirecció Territorial de Treball de la Generalitat Valenciana enAlicante, para su registro y publicación.

En prueba de conformidad con todo lo acordado lofirman en el lugar y fecha arriba indicado los antes relaciona-dos como integrantes de la Comisión Paritaria de esteConvenio.

ADMINISTRACIÓN LOCAL

AJUNTAMENT D’ALCOI

EDICTE

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATÒRIA PER AATORGAR DUES BEQUES D’ASSISTÈNCIA ALS CONGRESSOSDELS XXXVII PREMIS OCTUBRE.

De conformitat amb el que disposa la Llei 38/2003, de 17de novembre, General de Subvencions, així com l’article 13de l’Ordenança General Reguladora de la Concessió deSubvencions de l’Ajuntament d’Alcoi, es dóna publicitat a lesbases que han de regir l’atorgament de subvencions, enrègim de concurrència competitiva, destinades a dues bequesd’assistència als congressos i activitats culturals dels XXXVIIPremis Octubre.

Les bases reguladores de la concessió d’aquestasubvenció estan contingudes en l’Ordenança GeneralReguladora de la Concessió de Subvencions de l’Ajuntamentd’Alcoi, publicada en el Butlletí Oficial de la Província número22 del dia 30 de gener de 2008.

Primera. Crèdit pressupostari.La dotació pressupostària destinada a aquesta línia de

subvencions especificades serà l’establida en el PressupostGeneral de la corporació per a l’any 2008, en la partida04144.45100.48120, la consignació de la qual és de 989 euros.

L’import de cada beca és de 494,50 euros.Segona. Objecte de les subvencions.Les subvencions tenen per finalitat cobrir totes les

despeses de viatges, manutenció i allotjament per a poder ferque dues persones assistisquen als congressos i activitatsculturals dels XXXVII Premis Octubre, que organitza laFundació Ausiàs March, i es desenvolupen en el mes d’octubrea la ciutat de València.

El pagament d’aquestes subvencions es realitzarà a laFundació Ausiàs March, amb el C.I.F. G-46131850, la qualés l’encarregada de cobrir totes les despeses durant els diesde celebració dels congressos de les dues personesbeneficiàries de les beques.

Tercera. Requisits dels sol·licitants.1. Hi poden prendre part tots els estudiants universitaris

residents a Alcoi o aquells que per motius d’estudis o perqualsevol altra circumstància hagen fixat la seua residènciafora d’Alcoi, però hagen estat empadronats a Alcoi ambanterioritat, que vulguen ampliar els seus estudis,especialment en el camp de la Filologia, la Història, elPeriodisme, la Comunicació Audiovisual, Sociologia,Antropologia, Ciències Polítiques, o altres estudis relacionatsamb les Ciències Socials i de la Comunicació.

2. També hi poden concórrer els titulats universitaris ladata d’expedició del títol dels quals no siga superior a dos anys.

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3. Els aspirants que desitgen prendre part en aquestconcurs hauran d’aportar, juntament amb la sol·licitudadreçada al senyor alcalde president, un justificant d’estarmatriculats en qualsevol facultat i d’estar estudiant alguna deles carreres abans esmentades.

4. A més, caldrà que adjunten:- Un certificat de l’expedient acadèmic.- Fotocòpia del títol universitari, en el cas dels estudiants

que ja hagen acabat la carrera, segons s’indica en el punt 2d’aquesta base tercera.

- Un currículum.- La justificació de la situació socioeconòmica dels

membres de la unitat familiar de la qual formen part (fotocòpiacompulsada de la declaració de la renda de 2007 o, si és elcas, certificat de la Delegació d’Hisenda d’estar-ne exempts).

- Declaració de la persona sol·licitant en què indique queno es troba sotmés a cap de les prohibicions per a obtenir lacondició de beneficiari, assenyalades en l’article 13 de la Llei38/2003, de 17 de novembre, així com en l’article 3.3 del’Ordenança General Reguladora de la Concessió deSubvencions de l’Ajuntament d’Alcoi, publicada en el ButlletíOficial de la Província número 22 del dia 30 de gener de 2008.

- Declaració de no haver rebut cap altra beca ni ajudaeconòmica de qualsevol tipus per la mateixa activitat.

5. La presentació de la sol·licitud implicarà l’acceptacióde totes i cada una de les bases de la convocatòria.

Quarta. Òrgan competent per a la instrucció i resolució.L’òrgan competent per a la instrucció de l’expedient és

la Regidoria de Política Lingüística de l’Ajuntament d’Alcoi, icorrespon a la Junta de Govern Local resoldre el procediment,després de la proposta efectuada pel tribunal nomenat ambaquesta finalitat.

Cinquena. Termini de presentació de sol·licituds.El termini per a presentar les sol·licituds serà de 20 dies

a partir del dia següent a aquell en què es produïsca lacorresponent publicació d’aquestes bases al Butlletí Oficialde la Província d’Alacant, amb independència que la seuadifusió es faça constar en altres mitjans de comunicació(tauler d’anuncis i pàgina web).

Les instàncies s’hauran d’adreçar al senyor Alcalde-President de l’Ajuntament i s’hauran de presentar al Registred’Entrada de l’Ajuntament d’Alcoi de l’Oficina d’Informació iRegistre de l’Ajuntament d’Alcoi (calle St. Llorenç, 6. 03801 -Alcoi) o enviar per qualsevol dels mitjans assenyalats en l’article38 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, de Règim Jurídic deles Administracions Públiques i de Procediment AdministratiuComú, modificada per la Llei 4/1999, de 13 de gener.

Sisena. Termini de resolució i notificació als beneficiaris.Presentada la sol·licitud, s’examinarà per veure si reuneix

els requisits exigits i si s’acompanya de la preceptivadocumentació. En cas contrari, es requerirà a la personasol·licitant perquè en el termini de deu dies esmene i/ocomplemente els documents que han de presentar-se. Amés, se li advertirà que si no ho fa així, es considerarà quedesisteix de la seua petició i es procedirà a arxivar-la sensemes tràmit, després de la resolució prèvia que haurà de serdictada en els termes previstos en l’article 42 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, de Règim Jurídic de lesAdministracions Públiques i del Procediment AdministratiuComú, modificada per la Llei 4/1999, de 13 de gener.

La resolució de la concessió de la subvenció es dictaràen el termini màxim de dos mesos a comptar des de l’endemàal d’acabament del termini per a presentar instàncies.Transcorregut el termini de resolució sense que aquestas’haja dictat expressament, s’entendrà desestimada lasol·licitud.

De conformitat amb el que disposa l’article 59 de la Llei30/1992, de 26 de novembre, es procedirà a la notificació dela resolució a la persona interessada, sense perjudici que espublique al tauler d’anuncis de l’Ajuntament així com en laseua pàgina web.

Setena. Règim de recursos.La resolució del procediment per part de la Junta de

Govern Local exhaurirà la via administrativa. En aquestsentit, i de conformitat amb el que disposa l’article 116 de la

Llei 30/1992, de 26 de novembre, de Règim Jurídic de lesAdministracions Públiques i del Procediment AdministratiuComú, modificada per la Llei 4/1999, de 13 de gener, podràinterposar-se un recurs potestatiu de reposició davant del ditòrgan en el termini d’un mes a comptar des del dia següenta la notificació dins del mes següent a la notificació de l’acte,o bé un recurs contenciós administratiu davant del JutjatContenciós Administratiu d’Alacant dins del termini de dosmesos des del dia següent a la seua notificació.

Vuitena. Criteris de valoració de sol·licituds.Els criteris per a l’assignació de les subvencions seran

els següents:1. Es constituirà a l’efecte un tribunal qualificador, que

estarà compost per:President: l’alcalde o el regidor en qui delegue.Vocals: un membre qualificador que serà designat per la

mateixa corporació, un representant de cadascun dels grupspolítics i la cap del Departament de Normalització Lingüística.

Secretari: el de la corporació o el funcionari en qui delegue.2. La valoració de la documentació presentada per cada

persona sol·licitant serà realitzada pel tribunal constituït ambaquesta finalitat i la seua decisió serà inapel·lable. El tribunal,si ho considera oportú, podrà mantenir una entrevista ambels aspirants. El veredicte del tribunal es basarà en els criterissegüents:

- Comprovació dels requisits assenyalats en els punts 2,3 i 4 de la base tercera.

- Anàlisi de l’expedient acadèmic de cada aspirant.- Anàlisi del currículum de cada aspirant.- Anàlisi de la situació econòmica familiar de cada aspirant.Per tal que el tribunal qualificador puga ponderar aquests

tres últims elements, s’estableix una puntuació global màximapossible de 100 punts, repartits en cada un dels apartats aavaluar de la manera següent:

a) Expedient acadèmic: fins a 25 punts.b) Currículum: fins a 15 punts.c) Situació econòmica familiar: fins a 60 punts.3. Tindran prioritat les persones que no hagen gaudit

d’aquesta beca en les convocatòries anteriors.4. Les persones a qui se’ls atorgue la beca rebran una

notificació per escrit.5. La beca és única i indivisible, i podrà declarar-se

deserta si cap dels aspirants, segons el criteris del tribunal,no reuneix les condicions que fonamenten la seua concessió.

Novena. Termini per a comunicar l’acceptació de lasubvenció.

El termini de què disposa la persona beneficiària per acomunicar l’acceptació de la subvenció serà de 15 dies desde l’endemà de la notificació de l’acord en què s’indique laseua concessió. Si no efectua la dita acceptació, s’entendràque la persona beneficiària n’ha desistit.

Desena. Termini i forma de justificación.La Fundació Ausiàs March, entitat organitzadora

d’aquests congressos, lliura a tots els assistents alsCongressos Octubre un certificat d’assistència i aprofitament.En aquest cas, les dues persones beneficiàries de les duesbeques que atorga aquest Ajuntament, estan obligades ajustificar la concessió d’aquestes per mitjà de la presentaciód’una fotocòpia compulsada del certificat d’assistència, queserà presentada a l’Oficina d’Informació i Registre d’aquestAjuntament, en el termini màxim de tres mesos a comptar desde la data d’acabament d’aquests congressos.

Onzena. Obligació de reintegrament.La sol·licitud de les subvencions incloses en aquestes

bases comporta la seua acceptació incondicional. En aquestsentit, l’incompliment de qualsevol dels requisits o condicionsexigits en les bases o quan es valore l’existència d’algun delssupòsits de reintegrament en els termes previstos en l’article37 de la Llei 38/2003, de 17 de novembre, General deSubvencions, i l’article 18 de l’Ordenança General Reguladorade la Concessió de Subvencions de l’Ajuntament d’Alcoi,representarà el reintegrament de les subvencions concedides.

Alcoi, 18 d’agost de 2008.L’Alcalde. Rubricat.

*0817995*

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AYUNTAMIENTO DE BENEJÚZAR

EDICTO

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 26 dejunio de 2008, acordó aprobar provisionalmente la Ordenan-za de la Tasa Reguladora del Servicio de Agua Potable.Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdoprovisional y no habiéndose presentado reclamaciones queresolver durante el mismo, queda elevado a definitivo elmencionado acuerdo según establece el artículo 17.3 del TRde la LRHL R.D. Legislativo 2/2004.

Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 17.4de la mencionada ley, se hace público el acuerdo y el textoíntegro de la ordenanza fiscal y de sus modificaciones,conforme se detalla a continuación:

1.- Tasa por prestación del servicio de agua potable:Artículo 6º.- Cuota tributaria:- Cuota Fija:a) Cuota fija por servicio, independientemente del con-

sumo, hasta 11 metros cúbicos:Viviendas: 6,82 euros.Usos no Domésticos 7,80 euros.b) Por cada metro cúbico de agua consumida, desde 11

m3 a 25 m3.Viviendas: 0,87 euros.Usos no Domesticas 1,01 euros.c) Por cada metro cúbico de agua consumida, desde 26 m3.Viviendas: 0,95 euros.Usos no Domesticas: 1,13 euros.Esta modificación de la Ordenanza, entrará en vigor al

día siguiente de su completa publicación en el Boletín Oficialde la Provincia.

Contra el presente acuerdo definitivo podrán los intere-sados interponer recurso contencioso-administrativo del Tri-bunal superior de Justicia de la Valencia, en el plazo de dosmeses contados a partir de la publicación de este acuerdo enel Boletín Oficial de la provincia, según los dispuesto en elartículo 10 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de lajurisdicción Contencioso-Administrativo.

Benejúzar, 12 de agosto de 2008.El Alcalde, Antonio Bernabé Bernabé.

*0817996*

AYUNTAMIENTO DE BENISSA

EDICTO

Habiendo sido aprobados los estatutos para la constitu-ción de la Comunidad de Usuarios de Vertidos de la EdarMancomunada Benissa-Senija por las Corporaciones loca-les de ambos Ayuntamientos, y habiéndose constituido lamencionada Comunidad.

Se somete dicho expediente a información Pública en eltablón de anuncios del Ayuntamiento de Benissa y en elBoletín Oficial de la Provincia, para que durante el plazo de30 días los interesados puedan presentar reclamaciones,alegaciones y sugerencias. En el caso de que no se hubierapresentado ninguna reclamación, alegación o sugerencia,se entenderá adoptado el acuerdo, hasta entonces provisio-nal, definitivamente.

Benissa, 18 de julio de 2008.El Presidente, Juan Bta. Roselló Tent.

*0817999*

EDICTO

La Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebra-da el día 30 de julio de 2008, adoptaron entre otros, aprobarlas siguientes bases:

BASES QUE HAN DE REGULAR LA CONVOCATORIA PÚ-BLICA PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL FIJO A TIEMPOPARCIAL DE UN PROFESOR PARA LA ESCUELA DE MUSICA YDANZA DEL AYUNTAMIENTO DE BENISSA.

Clausulas.Primera. Objeto:Tiene por finalidad la presente convocatoria la contrata-

ción en régimen laboral fijo a tiempo parcial, mediante elsistema de oposición, de un profesor de dulzaina, para elAyuntamiento de Benissa.

Segunda. Condiciones de los aspirantes.a) Tener cumplidos 16 años.b) Estar en posesión del título de profesor de grado

medio de música de cualquier especialidad en que se opte oel justificante del pago de las tasas para que se le expida, yque le habilite para la docencia.

c) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico queimpida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado, mediante expediente disci-plinario del servicio del Estado, de las Comunidades autóno-mas ni de las entidades locales, ni hallarse inhabilitado parael ejercicio de las funciones públicas.

e) No hallarse incurso en alguno de los supuestos deincapacidad o incompatibilidad para ser contratado en laadministración pública en los términos establecidos en lalegislación vigente.

Tercera. Dedicación horaria y retribuciones.El horario laboral quedará condicionado al número de

alumnado, en virtud de las matrículas para la especialidad dedulzaina. Los puestos de trabajo se hallan encuadradossegún la relación de puestos de trabajo, por analogía con elgrupo B, del convenio colectivo aplicable al personal delAyuntamiento de Benissa.

Si en algún momento se produjera un aumento o dismi-nución considerable en el número de alumnos, el profesorcontratado vendrá obligado a incrementar o reducir la dedi-cación horaria, con la consiguiente repercusión en materiade retribuciones.

Cuarta. Presentación de instancias.Las instancias solicitando tomar parte en el proceso

selectivo se dirigirán al señor Alcalde-Presidente de la Cor-poración, y se presentarán en el Registro General del Ayun-tamiento, en horas de 9.00 a 14.00 de lunes a viernes, o porcualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo38 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, durante el plazo de20 días naturales, a contar del siguiente al de la publicacióndel extracto de la convocatoria en el B.O.E.

Se deberá adjuntar a la instancia el resguardo justifica-tivo de haber abonado los derechos de examen debidamentevalidado por la Entidad Bancaria, en el supuesto del grupo Bcomprenderán 40,00 euros. Si el pago se efectuó mediantegiro postal o telegráfico, se consignará el número de giro.

A las instancias deberán unirse los documentos queacrediten reunir todas las condiciones exigidas en la basesegunda y al mismo tiempo, deberá acompañarse en sobrecerrado la programación didáctica, que será objeto debaremación por el tribunal.

Para obtener derecho a la exención, se precisará juntoa la instancia, certificación expedida por el organismo com-petente en la materia (actualmente el SERVEF), expresivade que el interesado se halla en situación de desempleo, queno percibe ni subsidio ni prestación de desempleo, o que estasea inferior al SMI.

La no presentación de la certificación, no habiendoingresado la tasa, implicará la denegación de la exención através de la exclusión del interesado en la relación deaspirantes.

Quinta. Admisión y exclusión de aspirantes.Al día siguiente de finalizado el plazo de presentación

de instancias, la Alcaldía-Presidencia resolverá aprobandola lista provisional de admitidos y excluidos, que será ex-puesta en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial, enel supuesto de existir reclamaciones, se concederá el plazode 10 días, para su posible subsanación, quedando resueltoen la lista definitiva.

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1 8boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166

Se advierte a los aspirantes que de no poseer lascondiciones exigidas en la base segunda o no presentartodos y cada uno de los documentos en debida forma, seránexcluidos sin que puedan presentarse a la celebración de laspruebas selectivas.

Sexta. Órgano de selección.Estará compuesto de la siguiente forma:Presidente: el funcionario de mayor titulación, del área.Secretario: el de la Corporación o un funcionario de ésta

en quien delegue.Vocales: un funcionario de la Admón. Gobierno Valen-

ciano, un funcionario del respectivo servicio, tres funciona-rios de carrera de la propia Corporación.

La designación de los miembros del tribunal incluirá lade los suplentes respectivos, debiendo poseer titulación oespecialización igual o superior a la exigida para el acceso ala plaza convocada. No se podrán constituir ni actuar sin laasistencia de más de la mitad de sus integrantes, titulares osuplentes indistintamente.

En cada sesión del tribunal pueden participar los miem-bros titulares y, si se hallan ausentes los suplentes, ahorabien, no podrán sustituirse entre sí en la misma sesión.

Si una vez constituido el tribunal e iniciada la sesión, seausenta el presidente, éste designará, de entre los vocalesconcurrentes el que le sustituirá durante su ausencia.

Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoríade votos de los presentes, resolviendo, en caso de empate,el voto del que actúe como Presidente.

La abstención y la recusación de los miembros delTribunal se han de ajustar a lo que prevén los artículos 28 y29 de la LRJPAC.

El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesoresespecialistas, para las pruebas correspondientes de los ejer-cicios que estime pertinentes, limitando su actuación a prestarsu colaboración en las respectivas especialidades técnicas,además de facilitar en el caso que se solicite la posibilidad deque todas las pruebas se realicen en valenciano.

El Tribunal queda facultado para interpretar estas ba-ses, resolver las dudas e incidencias que se planteen y paratomar las decisiones necesarias para asegurar el correctodesarrollo de esta convocatoria, en todo aquello no previstoen las presentes bases. Antes de la constitución del Tribunal,se le atribuye a la Alcaldía la facultad de interpretar estasbases y de resolver las incidencias y recursos.

El Tribunal no podrá declarar seleccionados un mayornúmero de aspirantes que el de plazas convocadas. Laspropuestas de aspirantes aprobados que infrinjan esta limi-tación son nulas de pleno derecho.

Los miembros del tribunal externos y los posibles ase-sores especialistas que actúen en el tribunal, tendrán dere-cho a percibir las indemnizaciones por el servicio, en base alartículo 30 del Real Decreto 462/02, de 24 de mayo.

Séptima. Resolución de la oposición.El órgano de selección se reunirá en el lugar, fecha y

hora fijados por la Alcaldía-Presidencia para la resolución dela oposición, debiéndose notificar en debida forma a todoslos interesados.

La selección se hará mediante el sistema de oposiciónque consistirá en:

1 Prueba: obligatoria y eliminatoria.Elección de dos temas al azar por el aspirante del

temario anexo a estas bases específicas, debiendo exponerde forma oral uno de ellos, en un tiempo máximo de mediahora.

2 Prueba: obligatoria y eliminatoria.Una prueba práctica que consistirá en la interpretación

de dos obras de libre elección.Las obras serán de carácter virtuoso, preferentemente

de corta duración (5 minutos aproximadamente)3 Prueba: obligatoria y eliminatoria.Exposición oral de una programación didáctica sobre la

especialidad de dulzaina, en el nivel elemental (dicha progra-mación deberá presentarse en sobre cerrado, a la fecha depresentación de instancias). A exponer delante de los miem-bros del tribunal, en un tiempo mínimo de media hora.

El tribunal quedará facultado para formular en cualquie-ra de las pruebas, las preguntas que considere pertinentes.

Octava. Calificación.Las calificaciones se adoptarán sumando las puntua-

ciones otorgadas por los distintos miembros del órgano deselección y dividiendo el total de puntos por el número deasistentes a aquel, siendo el cociente la calificación definiti-va, siendo la puntuaciones de 0 a 10 puntos, debiendoobtener un mínimo de 5 puntos, para entender superada laprueba.

Novena. Relación de aprobados y propuesta de candi-datos.

Finalizada la práctica de calificación, mediante el otor-gamiento de las correspondientes puntuaciones, el órganode selección hará pública en el tablón de anuncios de la CasaConsistorial, la relación de aprobados, por el orden depuntuación y elevará a la Alcaldía-Presidencia la propuestade candidatos, para la formalización del oportuno contratolaboral fijo.

Décima. Presentación de documentos.Los aspirantes propuestos presentarán los documentos

en el plazo correspondiente, a contar del siguiente en que sehaga pública la relación de aprobados.

Quiénes dentro del plazo indicado y salvo casos defuerza mayor, quienes no presenten la documentación re-querida no podrán formalizar el contrato, quedando todassus actuaciones anuladas, sin perjuicio de la responsabili-dad en que pudieran incurrir. En tal caso, la Alcaldía-Presi-dencia podrá proponer al siguiente aspirante que siga en lapuntuación en la especialidad.

Undécima. Formalización del contrato.Concluido el proceso selectivo, el señor Alcalde-Presi-

dente procederá a la formalización del oportuno contratolaboral fijo.

Duodécima. Incidencias.El órgano de selección queda facultado para resolver las

dudas que se presenten y tomar las decisiones y acuerdos queconsideren oportunos para el buen desarrollo de las presentesbases y convocatoria en todo lo no previsto en ellas.

Decimotercera. Impugnación.La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos

se deriven de las mismas y de la actuación del órgano deselección podrán ser impugnados en los casos y en la formaestablecida en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre y demásdisposiciones vigentes concordantes en la materia.

Decimocuarta. Incompatibilidad o Incapacidad.Los aspirantes se comprometen en la presentación de su

instancia que no están incursos en causa de incapacidad oincompatibilidad para contratar con la Administración Pública.

Anexo:Temario:1. La Constitución Española de mil novecientos setenta

y ocho. Estructura y principios generales.2. Derechos y deberes fundamentales de los españo-

les. Su garantía y suspensión.3. El Tribunal Constitucional.4. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Su-

cesión. La regencia y la tutela. El refrendo.5. El Poder Legislativo: composición, atribuciones y fun-

cionamiento de las Cortes Generales. Elaboración de las leyes.6. El Poder Judicial. Principios constitucionales.7. El Consejo General del Poder Judicial.8. El Tribunal Supremo.9. El Ministerio Fiscal. Organización judicial española.

El poder judicial y las entidades locales.10. Organización territorial del Estado. Las Comunida-

des Autónomas: constitución y competencias.11. Sometimiento de la Administración a la Ley y al

Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley y el Reglamento.12. El personal al servicio de la Administración Local. El

ingreso de la función pública.13. La carrera administrativa: la provisión de puestos de

trabajo y la promoción interna. Adquisición y pérdida de lacondición de funcionario. Las situaciones administrativas. Elpersonal laboral.

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14. Derechos y deberes de los funcionarios locales.Régimen disciplinario. La seguridad social de los funciona-rios de la Administración local.

15. Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales.Clases. Procedimientos de elaboración y aprobación. Losbandos.

16. Procedimiento administrativo local. El registro deentrada y salida de documentos. Requisitos de la presenta-ción de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

17. Las haciendas locales. Clasificación de los ingre-sos. Ordenanzas fiscales.

18. Los presupuestos locales: concepto, principios yestructura. Elaboración del presupuesto. Su liquidación.

19. Los contratos de la Administración local. Clasifica-ción de los contratos. Sus elementos.

20. La selección del contratista. Adjudicación,formalización y ejecución del contrato.

21. La revisión de los precios. La extinción del contrato.22. Los contratos administrativos tipo. El contrato de obras.23. El contrato de gestión de servicios públicos. El

contrato de suministros.24. Contratos de consultoría y asistencia, de servicios y

de trabajos concretos y específicos no habituales.25. Descripción del instrumento.26. Introducción a la técnica de ejecución.27. Primer sonido. Posición correcta.28. Embocadura.29. Articulación « t «.30. Digitación si y la.31. Digitación sol y fa sostenido.32. Respiración.33. Sonido estable.34. Higiene del instrumento35. Digitación Mi.36. Articulación « d «. Digitación Re.37. Canciones populares adaptadas a la dulzaina.38. Digitación relajada. Digitación Do.39. Melodías propias, comenzamos por la « tocata de

diana» o fiesta mayor.40. Digitación Re agudo. Melodías propias, explicación

danzas tradicionales.41. Escala modal propia de la dulzaina tradicional.42. Oído. Búsqueda de la afinación a partir de una

melodía conocida.43. El carácter festivo de la dulzaina. Resistencia.44. Melodías propias, « tocata de processó «, « folies «.45. Pedagogía aplicada a la dulzaina.46. Elementos del proceso pedagógico. Principios pe-

dagógicos.47. La educación.48. El alumno. Perfil psicológico.49. Características del alumnado.50. Valores a potenciar del alumno.51. El profesorado.52. Cualidades del profesorado.53. Relación con el alumno.54. La Motivación del alumno.55. La evaluación del alumno.56. Técnicas de estudio.57. La Psicomotricidad.58. El Tiempo de estudio. Horario y distribución.59. Objetivos generales del instrumento.60. Objetivos concretos del instrumento.Lo que pongo en conocimiento del público en general.Benissa, 6 de agosto de 2008.La Concejala delegada de personal, Josefina Ivars Ribes.

*0818001*

EDICTO

La Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebra-da el día 30 de julio de 2008, se adoptaron entre otros,aprobar las siguientes bases:

BASES QUE HAN DE REGULAR LA CONVOCATORIA PÚ-BLICA PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL FIJO A TIEMPOPARCIAL DE UN PROFESOR PARA LA ESCUELA DE MUSICA YDANZA DEL AYUNTAMIENTO DE BENISSA.

Clausulas.Primera. Objeto:Tiene por finalidad la presente convocatoria la contrata-

ción en régimen laboral fijo a tiempo parcial, mediante elsistema de oposición, de un/a profesor/a de ballet, para elAyuntamiento de Benissa.

Segunda. Condiciones de los aspirantes.a) Tener cumplidos 16 años.b) Estar en posesión del título superior de danza o el

justificante del pago de las tasas para que se le expida, y quele habilite para la docencia.

c) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico queimpida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado, mediante expediente disci-plinario del servicio del Estado, de las Comunidades autóno-mas ni de las entidades locales, ni hallarse inhabilitado parael ejercicio de las funciones públicas.

e) No hallarse incurso en alguno de los supuestos deincapacidad o incompatibilidad para ser contratado en laadministración pública en los términos establecidos en lalegislación vigente.

Tercera. Dedicación horaria y retribuciones.El horario laboral quedará condicionado al número de

alumnado, en virtud de las matrículas para la especialidad deBallet. Los puestos de trabajo se hallan encuadrados segúnla relación de puestos de trabajo, por analogía con el grupoB, del convenio colectivo aplicable al personal del Ayunta-miento de Benissa.

Si en algún momento se produjera un aumento o dismi-nución considerable en el número de alumnos, el profesorcontratado vendrá obligado a incrementar o reducir la dedi-cación horaria, con la consiguiente repercusión en materiade retribuciones.

Cuarta. Presentación de instancias.Las instancias solicitando tomar parte en el proceso

selectivo se dirigirán al señor Alcalde-Presidente de la Cor-poración, y se presentarán en el Registro General del Ayun-tamiento, en horas de 9.00 a 14.00 de lunes a viernes, o porcualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo38 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, durante el plazo de20 días naturales, a contar del siguiente al de la publicacióndel extracto de la convocatoria en el B.O.E.

Se deberá adjuntar a la instancia el resguardo justifica-tivo de haber abonado los derechos de examen debidamentevalidado por la Entidad Bancaria, en el supuesto del grupo Bcomprenderán 40,00 euros. Si el pago se efectuó mediantegiro postal o telegráfico, se consignará el número de giro.

A las instancias deberán unirse los documentos queacrediten reunir todas las condiciones exigidas en la basesegunda y al mismo tiempo, deberá acompañarse en sobrecerrado la programación didáctica, que será objeto de valo-ración por el tribunal.

Para obtener derecho a la exención, se precisará juntoa la instancia, certificación expedida por el organismo com-petente en la materia (actualmente el SERVEF), expresivade que el interesado se halla en situación de desempleo, queno percibe ni subsidio ni prestación de desempleo, o que estasea inferior al SMI.

La no presentación de la certificación, no habiendo ingre-sado la tasa, implicará la denegación de la exención a través dela exclusión del interesado en la relación de aspirantes.

Quinta. Admisión y exclusión de aspirantes.Al día siguiente de finalizado el plazo de presentación

de instancias, la Alcaldía-Presidencia resolverá aprobandola lista provisional de admitidos y excluidos, que será ex-puesta en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial, enel supuesto de existir reclamaciones, se concederá el plazode 10 días, para su posible subsanación, quedando resueltoen la lista definitiva.

Se advierte a los aspirantes que de no poseer lascondiciones exigidas en la base segunda o no presentar

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todos y cada uno de los documentos en debida forma, seránexcluidos sin que puedan presentarse a la celebración de laspruebas selectivas.

Sexta. Órgano de selección.Estará compuesto de la siguiente forma:Presidente: el funcionario de mayor titulación, del área.Secretario: el de la Corporación o un funcionario de ésta

en quien delegue.Vocales: un funcionario de la Admón. Gobierno Valen-

ciano, un funcionario del respectivo servicio, tres funciona-rios de carrera de la propia Corporación.

La designación de los miembros del tribunal incluirá lade los suplentes respectivos, debiendo poseer titulación oespecialización igual o superior a la exigida para el acceso ala plaza convocada. No se podrán constituir ni actuar sin laasistencia de más de la mitad de sus integrantes, titulares osuplentes indistintamente.

En cada sesión del tribunal pueden participar los miem-bros titulares y, si se hallan ausentes los suplentes, ahorabien, no podrán sustituirse entre sí en la misma sesión.

Si una vez constituido el tribunal e iniciada la sesión, seausenta el presidente, éste designará, de entre los vocalesconcurrentes el que le sustituirá durante su ausencia.

Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoríade votos de los presentes, resolviendo, en caso de empate,el voto del que actúe como Presidente.

La abstención y la recusación de los miembros delTribunal se han de ajustar a lo que prevén los artículos 28 y29 de la LRJPAC.

El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesoresespecialistas, para las pruebas correspondientes de los ejer-cicios que estime pertinentes, limitando su actuación a prestarsu colaboración en las respectivas especialidades técnicas,además de facilitar en el caso que se solicite la posibilidad deque todas las pruebas se realicen en valenciano.

El Tribunal queda facultado para interpretar estas ba-ses, resolver las dudas e incidencias que se planteen y paratomar las decisiones necesarias para asegurar el correctodesarrollo de esta convocatoria, en todo aquello no previstoen las presentes bases. Antes de la constitución del Tribunal,se le atribuye a la Alcaldía la facultad de interpretar estasbases y de resolver las incidencias y recursos.

El Tribunal no podrá declarar seleccionados un mayornúmero de aspirantes que el de plazas convocadas. Laspropuestas de aspirantes aprobados que infrinjan esta limi-tación son nulas de pleno derecho.

Los miembros del tribunal externos y los posibles ase-sores especialistas que actúen en el tribunal, tendrán dere-cho a percibir las indemnizaciones por el servicio, en base alartículo 30 del Real Decreto 462/02, de 24 de mayo.

Séptima. Resolución de la oposición.El órgano de selección se reunirá en el lugar, fecha y

hora fijados por la Alcaldía-Presidencia para la resolución dela oposición, debiéndose notificar en debida forma a todoslos interesados.

La selección se hará mediante el sistema de oposiciónque consistirá en:

1 Prueba: obligatoria y eliminatoria.Elección de dos temas al azar por el aspirante del

temario anexo a estas bases específicas, debiendo expo-ner de forma oral uno de ellos, en un tiempo máximo demedia hora.

2 Prueba: obligatoria y eliminatoria.Una prueba práctica que consistirá en la interpretación

de dos obras de libre elección.Las obras serán de carácter virtuoso, preferentemente

de corta duración (5 minutos aproximadamente).3. Prueba: obligatoria y eliminatoria.Exposición oral de una programación didáctica sobre la

especialidad de Ballet, en el nivel elemental (dicha progra-mación deberá presentarse en sobre cerrado, a la fecha depresentación de instancias). A exponer delante de los miem-bros del tribunal, en un tiempo mínimo de media hora.

El tribunal quedará facultado para formular en cualquie-ra de las pruebas, las preguntas que considere pertinentes.

Octava. Calificación.Las calificaciones se adoptarán sumando las puntua-

ciones otorgadas por los distintos miembros del órgano deselección y dividiendo el total de puntos por el número deasistentes a aquel, siendo el cociente la calificación definiti-va, siendo la puntuaciones de 0 a 10 puntos, debiendoobtener un mínimo de 5 puntos, para entender superada laprueba.

Novena. Relación de aprobados y propuesta de candi-datos.

Finalizada la práctica de calificación, mediante el otor-gamiento de las correspondientes puntuaciones, el órganode selección hará pública en el tablón de anuncios de la CasaConsistorial, la relación de aprobados, por el orden depuntuación y elevará a la Alcaldía-Presidencia la propuestade candidatos, para la formalización del oportuno contratolaboral fijo.

Décima. Presentación de documentos.Los aspirantes propuestos presentarán los documentos

en el plazo correspondiente, a contar del siguiente en que sehaga pública la relación del aprobados.

Quiénes dentro del plazo indicado y salvo casos defuerza mayor, quienes no presenten la documentación re-querida no podrán formalizar el contrato, quedando todassus actuaciones anuladas, sin perjuicio de la responsabili-dad en que pudieran incurrir. En tal caso, la Alcaldía-Presi-dencia podrá proponer al siguiente aspirante que siga en lapuntuación en la especialidad.

Undécima. Formalización del contrato.Concluido el proceso selectivo, el señor Alcalde-Presi-

dente procederá a la formalización del oportuno contratolaboral fijo.

Duodécima. Incidencias.El órgano de selección queda facultado para resolver las

dudas que se presenten y tomar las decisiones y acuerdos queconsideren oportunos para el buen desarrollo de las presentesbases y convocatoria en todo lo no previsto en ellas.

Decimotercera. Impugnación.La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos

se deriven de las mismas y de la actuación del órgano deselección podrán ser impugnados en los casos y en la formaestablecida en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre y demásdisposiciones vigentes concordantes en la materia.

Decimocuarta. Incompatibilidad o Incapacidad.Los aspirantes se comprometen en la presentación de su

instancia que no están incursos en causa de incapacidad oincompatibilidad para contratar con la Administración Pública.

Anexo:Temario:1. Historia de la danza.2. Psicología adaptada a la clase.3. Desarrollo de la clase con niños.4. Desarrollo de la clase con adultos.5. Anatomía. Problemas de carácter físico.6. Contenido de la clase con niños.7. Contenido de la clase con adultos.8. Repertorio.9. Desarrollo musical.10. Distinción entre los ritmos y los acentos.11. Improvisación.12. Las posturas.13. Las puntas. Cuándo y cómo.14. La actitud en la clase.15. La ética del profesorado.16. Reconocimiento de los distintos estilos musicales.17. La respiración.18. Las lesiones.19. La observación, en cuanto a las necesidades

personalizadas.20. El conocimiento de los estilos de la danza.21. La expresión. El mimo.22. La coreografía.23. El espacio.24. Los estiramientos.25. El por qué de cada uno de los ejercicios.

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26. La memoria. Asumir progresivamente los encade-namientos más amplios.

27. Estímulos positivos.28. Estímulos negativos.29. Estímulos intermitentes.30. Premiar.31. Castigar.32. Trabajo en grupo.33. Detectar problemas físicos.34. Prevención de problemas físicos.35. Beneficios de la práctica de la danza.36. La importancia de la comprensión en el aprendizaje.37. Interacción musculatura.38. Importancia del cuidado de las articulaciones.39. Diseño vestuario.40. Metodología.41. Calzado.42. Diferencia de la Teoría de Freud y de Skinner.43. Interacción profesor(a) y alumno(a).44. Metas alcanzables.45. Motivación.46. Percepción y expectación.47. Enseñanza positiva.48. Actitud profesor(a) y su influencia.49. Actitud profesor(a) físico y verbal.50. Causa Lesiones.51. Que hacer en caso de tirón muscular.52. El trabajo bilateral y su importancia.53. Nutrición.54. Trabajo forzado.55. Distribución peso corporal.56. Puntos de apoyo del pie.57. El tronco.58. Hiperextensión de la pierna.59. Tratamiento de hiperextensión.60. Direcciones en el espacio.Lo que pongo en conocimiento del público en general.Benissa, 6 de agosto de 2008.La Concejala delegada de personal, Josefina Ivars

Ribes.

*0818003*

AYUNTAMIENTO DE ELCHE

EDICTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y61 de la Ley 30/1992, se hace pública notificación de caráctercolectivo de los actos y resoluciones recaídos en los expe-dientes en materia de Sanidad que se indican y habiéndoseintentado la notificación al interesado o su representantelegal, sin que haya sido posible practicarla, por causas noimputables a este Ayuntamiento, se ponen de manifiesto,mediante el presente edicto, que se encuentran pendientesde notificar las siguientes resoluciones:

NOMBRE Y CONCEPTO Nº DE EXPEDIENTE N.I.F.

ABDELHKIM, HARBOULI 2008 271 X4069106SASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESALARCÓN SALTOS, WILINTON DAVID 2008 135 X9435364MASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESARISTEGUI ROMEO, GONZALO 2008 313 50886921LASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESCATANA FLORIN, ADRIAN 2008 287 1244365ASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESCONTRERAS RODRÍGUEZ, FRANCISCO 2008 309 52819324PASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESDELTELL FERRÁNDEZ, DAVID 2008 303 33489606LASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESFELICES GRAS, ALEJANDRO 2008 266 48363756TASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESFIRCOI PETRE, ROMANA 2008 288 09178047ASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESGALLARDO CORONA, PEDRO 2008 89 74241770RASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONES

NOMBRE Y CONCEPTO Nº DE EXPEDIENTE N.I.F.

GARCÍA MATEO, SALVADOR 2008 99 22003460GASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESGARCÍA MATEO, SALVADOR 2008 98 22003460GASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESGARCÍA MATEO, SALVADOR 2008 250 22003460GASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESGARCÍA MATEO, SALVADOR 2008 273 22003460GASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESGARCÍA MATEO, SALVADOR 2008 310 22003460GASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESGARCÍA MATEO, SALVADOR 2008 108 22003460GASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESGARCÍA MATEO, SALVADOR 2008 157 22003460GASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESGÓMEZ CARRETERO, DIEGO 2008 306 05133821ZASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESGONZÁLEZ RAMÍREZ, SERGIO 2008 92 48567634YASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESION, ADRIAN 2008 248 X9476676DASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESIRLES CANO, FCO.JAVIER 2008 243 74367088SASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESJAVALOYES GONZÁLEZ, J.MANUEL 2008 286 21945956TASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESJAVALOYES GONZÁLEZ, J.MANUEL 2008 105 21945956TASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESJAVALOYES GONZÁLEZ,JUAN MANUEL 2008 268 21945956TASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESJIMÉNEZ SANTOS, ANGEL SERAFÍN 2008 103 X4315627EASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESJUAN BAEZA, DANIEL 2008 302 48322090XASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESLI, YINJIE 2008 34 X6981929AASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESLÓPEZ ESQUIVA, JOSÉ 2008 299 74363568ZASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESMARTÍNEZ GRALLA, JOSE LUIS 2008 96 33489887RASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESMARTÍNEZ GRALLA, JOSE LUIS 2008 104 33489887RASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESMEZQUIDA QUESADA, TOMÁS 2008 307 28987193VASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESMOÑINO HEREDIA, ANTONIO 2008 246 74373503JASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESMORALES PALAO, ROSA MARÍA 2008 184 74243599JASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESMORALES RECIO, FRANCISCO 2008 247 21965031PASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESMORALES RECIO, FRANCISCO 2008 85 21965031PASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESMORALES RECIO, FRANCISCO 2008 311 21965031PASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESNAVARRO GIL, PEDRO VICENTE 2008 249 22000426YASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESOLIVES COLORADO,CARLOS GUSTAVO 2008 327 X8147856ZASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESPINA ALBADALEJO, GABRIEL 2008 253 74362845GASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESRODES CASCALES, ANTONIO 2008 68 74359818JASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESRODRIGUEZ MARTÍNEZ, JUAN JOSÉ 2008 305 33477171GASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESRODRÍGUEZ MARTÍNEZ, JUAN JOSÉ 2008 238 33477171GASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESSAN DEOGRACIAS GARCÍA, DAVID 2008 275 74381945ZASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESSÁNCHEZ GUILLÉN, VICENTE MANUEL 2008 168 74377978AASUNTO: PERROS SANCIONESTODERASC, IONEL 2008 155 X9039442MASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESTORÁN TEJEDO, ALEJANDRO 2008 298 25400368LASUNTO: DROGODEPENDENCIA SANCIONESVEGA RIVERA, MARÍA CARMEN 2007 66 21961432CASUNTO: PERROS SANCIONESVIZCAINO MARIA, JOSÉ LUÍS 2008 80 21998123ASUNTO: VIVIENDA DENUNCIAS

En virtud de lo anterior, dispongo que los interesadosrelacionados deberán comparecer en el plazo de diez diascontados desde el siguiente al de la publicación de lapresente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia delunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas, en el Servicio deSanidad del Ajuntament d´Elx, sita en c/ Ánimes, 1, paraconocimiento íntegro del mencionado acto y constancia detal conocimiento.

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Asimismo se advierte a los interesados que, de nocomparecer en el citado plazo, la notificación se entenderáproducida a todos los efectos legales desde el día siguienteal de vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Elche, 5 de agosto de 2008.El Concejal de Sanidad, Carlos Ávila Alexandre.

*0818008*

EDICTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículo 59.5 y61 de la Ley 30/1992, y el artículo 6 de la Ley 6/98, se hacepública notificación de carácter colectivo de las resolucionesrecaídas en los expedientes en materia de Urbanismo que seindican e ignorándose el lugar de la notificación, se ponen demanifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentranpendientes de notificar las siguientes resoluciones:

NOMBRE Y CONCEPTO Nº DE EXPEDIENTE

D. JOAQUÍN CARTAGENA ALBERTUS 5011/2008

(Decreto de demolición).En virtud de lo anterior, dispongo que los interesados

relacionados deberán comparecer en el plazo de diez díascontados desde el siguiente al de la publicación de lapresente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, delunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas, en el Servicio deInfracciones Urbanísticas del Ajuntament d’Elx, sita en calleÁnimes, número 1, al efecto de practicar la notificación de lascitadas resoluciones.

Asimismo se advierte a los interesados que, de nocomparecer en el citado plazo, la notificación se entenderáproducida a todos los efectos legales desde el día siguienteal de vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Elche, 7 de agosto de 2008.El Teniente de Alcalde del Área de Urbanismo, Alejan-

dro Pérez García.

*0818010*

AYUNTAMIENTO DE MONFORTE DEL CID

EDICTO

Anuncio de adjudicación definitiva de contrato.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 138 de la

Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del SectorPúblico, se da publicidad a la adjudicación definitiva delcontrato siguiente:

1. Entidad adjudicadora.a) Organismo: Ayuntamiento de Monforte del Cid.b) Dependencia que tramita el expediente: Contratación.c) Número de expediente: 10/2008.2. Objeto del contrato.a) Tipo de contrato: contrato de obras.b) Descripción del objeto: reforma y ampliación de

vestuarios en el Campo de Fútbol Municipal.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.a) Tramitación: ordinariab) Procedimiento: Negociado sin publicidad.4. Presupuesto base de licitación.Importe total: 111.155.84 euros.5. Adjudicación.a) Fecha: 30 de julio de 2008.b) Contratista: Mainco Infraestructuras y Medio Am-

biente, S.L.c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación: 111.155,84 euros.Monforte del Cid, 21 de agosto de 2008.El Teniente de Alcalde, José Manuel Cajal Ortega.

*0818013*

ANUNCIO

Objeto del contrato: EXPLOTACIÓN DE CAFETERÍA YLIMPIEZA DEL CENTRO DE MAYORES DE MONFORTE DEL CID.

Procedimiento de adjudicación: Negociado sin publicidad.Presupuesto del contrato: 9.600,00 euros + I.V.A.Expediente número: 11/2008.Órgano de contratación competente: Alcaldía.Este Ayuntamiento tramita la contratación del servicio

de referencia, mediante procedimiento negociado.Lo que se hace público para que las empresas interesa-

das que estén capacitadas para la realización del objeto delcontrato presenten sus ofertas, para su valoración de acuer-do con los aspectos económicos y técnicos determinados enlos pliegos de cláusulas administrativas particulares y deprescripciones técnicas.

Las ofertas se podrán presentar ante el órgano decontratación acompañadas de la documentación correspon-diente, en los plazos y forma que determinan los Pliegos decláusulas administrativas particulares y de prescripcionestécnicas, los cuales, junto con el expediente y demás docu-mentación técnica, se encuentran a su disposición en elNegociado de Contratación de este Ayuntamiento, dondepodrán ser consultados en horas de oficina, así como en lapágina web, www.monfortedelcid.es (perfil de contratante).

Las empresas interesadas en esta contratación, sinperjuicio de la presentación de su oferta en la forma indicada,lo deberán poner en conocimiento de este Ayuntamientomediante escrito presentado en las oficinas municipales, opor correo, fax, télex, telegrama, correo electrónico o cual-quier otro medio que permita su constancia formal, dentro delplazo máximo de ocho días naturales, contados a partir delsiguiente al de la publicación del presente anuncio en elBoletín Oficial de la Provincia.

Las ofertas presentadas serán objeto de negociaciónpara adaptarlas a los requisitos indicados en el Pliego decláusulas administrativas particulares, con el fin de adjudicarel contrato a la oferta económicamente más ventajosa,habiéndose designado para realizar dicha negociación enrepresentación del Ayuntamiento a doña Remedios AgullóMiralles, Concejala de Servicios Sociales.

Monforte del Cid, 19 de agosto de 2008.El Teniente de Alcalde, José Manuel Cajal Ortega.

*0818017*

AJUNTAMENT D’ONDARA

ANUNCI

La Junta de Govern Local de l’Ajuntament d’Ondara, ensessió de 19 d’agost de 2008, va aprovar les bases per a laprovisió, d´ una plaça d’Agent, Escala Bàsica de conformitatamb el que disposa la Llei 7/1985, de 2 d´abril; Reial DecretLegislatiu 781/1986, de 18 d´abril; Reial Decret 896/1991, de7 de juny, i la resta de normes d’aplicació.

Bases per a la provisió d´ una plaça d’Agent, EscalaBàsica, vacant en el Cos de la Policia Local de l’Ajuntamentd’Ondara d’acord amb el que disposa la Llei de la GeneralitatValenciana 6/1999, de 19 d’abril, de Policies Locals i deCoordinació de Policies Locals de la Comunitat Valenciana;Decret 88/2001, de 24 d’abril, del Govern Valencià, pel ques’establixen les bases i criteris generals uniformes per a laselecció, promoció i mobilitat de totes les escales i categoriesde les policies locals i auxiliars de policia local de la ComunitatValenciana (D.O.G.V. número 3.988, de 27 d’abril del 2001);Llei de Bases de Règim Local; Reial Decret Legislatiu 781/1986, de 18 d’abril; Reial Decret 896/1991, de 7 de juny; ReialDecret 2.617/1985, de 9 de desembre; i la resta de normesd’aplicació.

Les bases generals que han de regir aquestaconvocatòria són les contingudes en la resolució de l’1 dedesembre de 1992, del Director General d’AdministracióLocal de la Conselleria d’Administració Pública de la

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Generalitat Valenciana, per la qual ordena publicar un text debases generals de selecció del personal al servei de lesEntitats Locals de la Comunitat Valenciana, publicada en elDiari Oficial de la Generalitat Valenciana, número 1.926 de17 de desembre de 1992, i en el Butlletí Oficial de la Provínciad’Alacant número 298, de 29 de desembre de 1992.

Bases para la provisión de una plaza de Agente, EscalaBásica, vacantes en el Cuerpo de la Policía Local del Ayun-tamiento de Ondara de acuerdo con lo dispuesto en la Ley dela Generalitat Valenciana 6/1999, de 19 de abril, de PolicíasLocales y de Coordinación de Policías Locales de la Comu-nidad Valenciana; Decreto 88/2001, de 24 de abril, delGobierno Valenciano, por el que se establecen las bases ycriterios generales uniformes para la selección, promoción ymovilidad de todas las escalas y categorías de las policíaslocales y auxiliares de policía local de la Comunidad Valen-ciana (D.O.G.V. número 3.988, de 27 de abril de 2001); Leyde Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio;Real Decreto 2617/1985, de 9 de diciembre; y demás normasde aplicación.

1. Objeto de la convocatoria.Es objeto de la presente convocatoria la provisión en

propiedad de una plaza de Agente, del Cuerpo de PolicíaLocal vacante en la plantilla de este Ayuntamiento, cubrién-dose una por el turno libre.

Torn lliure.2. Condiciones de los aspirantes.Requisitos.Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos,

referidos al día en que finalice el plazo de admisión desolicitudes:

a) Tener la nacionalidad española.b) Estar en posesión del título de Bachiller Superior o

equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en lafecha que finalice el plazo de presentación de instancias.

c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno queimpida el desempeño de las funciones, de acuerdo con loscuadros de exclusiones médicas que se establezcan, y teneruna estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60metros las mujeres.

d) Tener cumplidos dieciocho años, sin exceder de laedad de treinta años. A los solos efectos de la edad máxima,se compensará el límite con los servicios prestados anterior-mente a la Administración Local como Policía Local o Auxiliarde Policía Local.

e) No haber sido separado mediante expediente disci-plinario del servicio del Estado, de las Comunidades Autóno-mas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado parael ejercicio de funciones públicas.

f) Estar en posesión de los permisos que habiliten parala conducción de las clases Btp y A que permita la conduc-ción de motocicletas con unas características de potenciaque no sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/pesono superior a 0,16 Kw/Kg.

3. Presentación de instancias y documentación aneja.Las instancias solicitando tomar parte en la en la oposi-

ción, se dirigirán al señor Alcalde-Presidente del Ayunta-miento, presentándose en el Registro General o en la formaprevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común. El plazo de presentación es de 20días hábiles, a partir del siguiente de la publicación delextracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.En las instancias los aspirantes deberán manifestar quereúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos.

A las instancias se acompañará:a) Justificante de haber ingresado en la Caja Municipal

los derechos de examen, que se fijan en 60 euros. Los citadosderechos de examen sólo serán devueltos a quienes no seanadmitidos al procedimiento selectivo, por falta de alguno de losrequisitos exigidos para tomar parte en el mismo.

4. Admisión de aspirantes.Para ser admitidos a las pruebas selectivas, bastará

con que los aspirantes manifiesten en la instancia que

reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas enestas bases, referidas a la fecha de finalización del plazo depresentación y que hayan abonado los derechos de examen.

Expirado el plazo de presentación de instancias, me-diante resolución de la Alcaldía, se aprobará la lista deaspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el«Boletín Oficial de la Provincia» y en el tablón de anunciosdel Ayuntamiento, concediéndose un plazo de diez días aefectos de subsanación de errores.

Transcurrido dicho plazo, sin que se formule reclama-ción, se entenderán definitivas dichas listas, resolviéndosepor la Alcaldía las reclamaciones presentadas.

En la resolución por la cual se aprueben las listas, sedeterminará el lugar, fecha y hora de la celebración delprimer ejercicio de la oposición.

5. Tribunal calificador.1. El Tribunal calificador estará integrado por los si-

guientes miembros, todos ellos con voz y voto:Presidente:- Un funcionario de carrera nombrado por el alcalde.Vocales:- Un representante designado por la Dirección General

de la Generalitat Valenciana competente en materia dePolicía Local.

- Un representante designado por la Dirección Generalde la Generalitat Valenciana competente en materia deAdministración Local.

- El Jefe del Cuerpo de la Policía Local de la Corporaciónconvocante, y en su defecto, un funcionario de la corporaciónde igual o superior categoría, preferentemente pertenecienteal Cuerpo de la Policía Local.

- Dos representantes de los trabajadores designadospor la Junta de Personal del Ayuntamiento correspondiente,o, de no existir, por los Delegados de Personal.

Secretario: el de la Corporación o funcionario en quiendelegue, que actuará además como vocal.

2. La composición del Tribunal incluirá la de los respec-tivos suplentes.

3. Podrán nombrarse asesores del Tribunal para laspruebas psicotécnicas, médicas y de aptitud física. Su nom-bramiento deberá hacerse público junto con el del Tribunal.

4. La Corporación solicitará de los Órganos correspon-dientes, la designación de los respectivos representantes,que deberá efectuarse en el plazo de los 20 días siguientesal de la recepción de la solicitud.

5. Los vocales del Tribunal poseerán igual o superiortitulación académica que la exigida para los puestos detrabajo ofertados.

6. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin laasistencia de la mitad más uno de sus miembros, titulares osuplentes.

7. Los miembros del Tribunal podrán abstenerse o serrecusados, cuando concurran las causas previstas legal-mente para ello.

8. A todos los efectos, el tribunal tendrá la categoríatercera, tanto respecto de las asistencias de los miembrosdel tribunal como de sus asesores y colaboradores.

6. Comienzo y desarrollo de la oposicion.El orden de actuación de los aspirantes que deban

realizar los correspondientes ejercicios que no puedan reali-zarse conjuntamente, se determinará mediante sorteo previo.

Los aspirantes serán convocados en llamamiento úni-co, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados yapreciados libremente por el Tribunal. La no presentación deun aspirante en el momento de ser llamado a cualquiera delas pruebas obligatorias, determinará automáticamente eldecaimiento de su derecho a participar en el proceso selec-tivo, por lo que quedará excluido del mismo.

El Tribunal podrá requerir a los aspirantes, en cualquiermomento, para que acrediten su identidad, a cuyo fin debe-rán ir provistos del D.N.I.

Una vez comenzadas las pruebas no será precisa lapublicación de los sucesivos anuncios de celebración de losrestantes ejercicios en el Boletín Oficial de la Provincia yDiario Oficial de la Generalitat Valenciana, bastando su

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publicación en los tablones de anuncios del Servicio dePersonal del Ayuntamiento, con 12 horas de antelación delcomienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de48, si se trata de un nuevo ejercicio.

7. Procedimiento de selección.Previamente al inicio de las pruebas los aspirantes

aportarán un certificado médico oficial en el que se hagaconstar expresamente su capacidad para concurrir a laspruebas físicas exigidas para el acceso a la categoría de quese trate, así como que no se encuentran impedidos o incapa-citados para el acceso a la función pública.

La oposición para la provisión de plazas vacantes en losCuerpos de Policía Local de la Comunidad Valenciana,categoría Agente, constará, como mínimo, de las siguientespruebas, de conformidad con el artículo 6 del Decreto 88/2001, de 24 de abril, del Gobierno Valenciano:

1. Primer ejercicio.Medición de estatura.2. Prueba psicotécnica.Consistirá en superar los ejercicios o pruebas

psicotécnicas aptitudinales y de personalidad que se deter-minen en la Orden de 23 de noviembre de 2005, de laConselleria de Justicia, Interior y Administraciones Publicas,por la que se establecen los criterios mínimos para la selec-ción de los policías locales de la Comunidad Valenciana enlas pruebas físicas, psicotécnicas y reconocimiento médico.

Las pruebas psicotécnicas se recogen en el Anexo I deestas bases.

3. Pruebas de aptitud física.Consistirá en superar pruebas de aptitud física que

pongan de manifiesto la capacidad para el desempeño delpuesto de trabajo y cuyo contenido y marcas mínimas, serán,al menos las siguientes y según el cuadro de edades:

- Trepa de cuerda con presa de pies: hombres, 4 metros;mujeres, 3 metros.

- Salto de longitud con carrera: hombres, 4 metros;mujeres, 3,80 metros.

- Salto de altura: hombres: 1,10 metros; mujeres, 1metro.

- Carrera de velocidad de 60 metros: hombres, 10segundos; mujeres, 12 segundos.

- Carrera de resistencia de 1.000 metros: hombres, 4minutos; mujeres, 4 minutos.

10 segundos.- Natación 50 mts: hombres 57 segundos; mujeres 1

min.La calificación de este ejercicio será de apto o no apto,

debiendo superar como mínimo cuatro de las pruebas paraser calificado como apto.

4. Cuestionario.Consistirá en contestar correctamente por escrito, un

cuestionario de un mínimo de 50 preguntas y máximo de 75preguntas, con cuatro respuestas alternativas una de ellascierta, en un tiempo máximo de 1 hora y 30 minutos, sobre lostemas relacionados en los grupos I a IV, ambos inclusive, deltemario que se recoge en el Anexo III de estas bases. Parala corrección de esta prueba se tendrán en cuenta, en todocaso, las respuestas erróneas.

La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos,debiendo obtenerse una calificación de 5 puntos para supe-rar el mismo.

5. Quinto ejercicio. Conocimiento del Valenciano.Los municipios de predominio lingüístico valenciano,

según la Ley de la Generalitat Valenciana, 4/1983, de 23 denoviembre, de Uso y Enseñanza del Valenciano, incluirán unejercicio consistente en traducir del valenciano al castellanoy viceversa, un texto propuesto por el tribunal, en un tiempoa determinar.

Este ejercicio se calificará de 0 a 4 puntos y no seráeliminatorio.

6. Desarrollo del temario.Consistente en desarrollar por escrito durante un tiem-

po máximo de una hora y treinta minutos y mínimo de unahora, dos temas elegidos por el aspirante de cuatro extraídospor sorteo, de los grupos primero a cuarto, ambos inclusive,

que componen el temario. Dichos temas serán leídos ensesión pública ante el Tribunal, que podrá formular laspreguntas o aclaraciones que sobre los mismos juzgueoportunas. Se valorará la claridad de ideas y el conocimientosobre los temas expuestos.

La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos,y para superar el ejercicio se deberá obtener un mínimo de5 puntos.

7. Temas locales.Consistirá en la exposición por escrito de un tema de los

que componen el grupo quinto en un tiempo máximo de 1hora y mínimo de 45 minutos, valorándose los conocimientosexpuestos, la claridad en la exposición, limpieza, redaccióny ortografía, que, en todo caso, serán leídos por el aspiranteen sesión pública ante el Tribunal. La exposición escrita deltema podrá sustituirse por la realización de una prueba depreguntas con respuestas alternativas.

La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos,y para superar el ejercicio se deberá obtener un mínimo de5 puntos.

La valoración de los ejercicios de desarrollo del temariose efectuará mediante la obtención de la media aritmética decada uno de los miembros del Tribunal de selección, debien-do desecharse a estos efectos todas las puntuaciones máxi-mas y mínimas cuando entre ellas exista una diferencia de 4puntos o más, sirviendo, en su caso, como punto de referen-cia la puntuación máxima obtenida. Dicha diferencia será de2 puntos cuando se trate de valorar los temas locales.

8. Reconocimiento médico.Consistirá en superar un reconocimiento médico, de

acuerdo con el cuadro de exclusiones médicas que sedetermine en la orden de 23 de noviembre de la Conselleriade Justicia, Interior y Administraciones publicas antes men-cionada.

Las pruebas médicas se recogen en el Anexo II de estasbases.

8. Relación de aprobados.El número de aspirantes aprobados en el proceso

selectivo no podrá exceder el número de plazas convocadas,al que se agregaran las vacantes que se hayan producidohasta su celebración, dentro de los límites establecidoslegalmente.

El tribunal formulará propuesta a la corporación de losaspirantes que, habiendo superado la fase de oposición yprevia la presentación de la documentación exigida en estasbases, deban incorporarse al Instituto Valenciano de Segu-ridad Pública para seguir un curso de formación teórico-práctico de carácter selectivo que tendrá una duración de700 horas lectivas.

En el supuesto de que el aspirante aprobado renuncia-se a continuar el proceso de selección, o sea excluido porcarecer de alguno de los requisitos exigidos, no presentar ladocumentación requerida, o por falsedad de ésta se anula-ran las actuaciones respecto a este y el Tribunal podráproponer la inclusión en la lista de admitidos, del mismonúmero que de excluidos por anteriores causas, siempre quehayan superado las pruebas selectivas, quienes se incorpo-raran a la realización del curso selectivo en las mismascondiciones que las señaladas en el articulo siguiente.

9. Curso selectivo.Los aspirantes propuestos se incorporarán al IVASP

para realizar el primer curso que se convoque.El curso selectivo de la categoría de agente constara de

dos fases, una de formación y selección en el InstitutoValenciano de Seguridad Pública, con una duración de 700horas lectivas; otra de prácticas que se realizarán en lmunicipio que se determinen las bases, con una duración dedos meses.

La calificación del Curso, corresponderá al InstitutoValenciano de Seguridad Pública, y su valoración se realiza-rá con base a criterios objetivos que tendrán en cuenta, entreotros, los siguientes extremos: asimilación de los conoci-mientos impartidos, responsabilidad, dedicación, actitudesfrente al profesorado y resto de alumnos y cuantos aspectosde la actuación del aspirante sean necesarios para valorar su

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capacidad para una adecuada prestación de las funcionesatribuidas al puesto.

En el supuesto que el aspirante no supere el Cursoselectivo, el IVASP, comunicará ésta circunstancia a laAlcaldía, pudiendo el aspirante incorporarse al curso inme-diatamente posterior. De no superar este curso quedarádecaído en su derecho a participar en el proceso selectivoinstado, que se entenderá terminado a los efectos de poderconvocar de nuevo la plaza no cubierta.

Para la realización del curso teórico-práctico el aspiran-te será nombrado funcionario en prácticas de la respectivaCorporación Local, con los derechos inherentes a tal situa-ción y percibirá con cargo al Ayuntamiento las retribucionesíntegras del puesto al que aspira.

Superado el curso teórico-práctico, el Instituto Valen-ciano de Seguridad Pública, comunicara al órgano compe-tente de la Corporación municipal la relación de los aspiran-tes que lo hayan superado, con indicación de la calificaciónobtenida, a los efectos de su nombramiento como funciona-rio de carrera. Igualmente comunicara la relación de aspiran-tes que no lo hayan superado.

10. Presentación de documentos.El aspirante propuesto por el Tribunal deberá presentar

ante el Ayuntamiento, en el plazo máximo de 20 días hábilesdesde que se haga pública la relación de aprobados, losdocumentos acreditativos de las condiciones de capacidad yrequisitos exigidos en estas bases, y que no hubiesen sidoaportados con anterioridad. El aspirante que tenga la condi-ción de funcionario de carrera quedará exento de justificardocumentalmente las condiciones generales que ya constenacreditadas para obtener su anterior nombramiento. En todocaso, deberá presentar original o copia compulsada, de sunombramiento como funcionario de carrera y título académi-co exigido. Si dentro del plazo indicado, y salvo caso defuerza mayor, no presentase la anterior documentación, nopodrá ser nombrado funcionario, y se invalidará la actuaciónrespecto del mismo, y la nulidad subsiguiente de los actos delTribunal respecto a éste, sin perjuicio de la responsabilidaden que pudieran haber incurrido, en su caso.

11. Nombramiento.Previa la presentación de la documentación exigida, el

aspirante será nombrado funcionario de carrera, en el plazomáximo de 15 días, contados desde la comunicación delIVAPS y deberá tomar posesión en el cargo en el plazomáximo de 15 días a contar del siguiente a aquél en que lessea notificado el nombramiento.

12. Incidencias.El Tribunal podrá resolver las dudas que se presenten,

interpretar estas bases y tomar los acuerdos necesarios parael buen orden del proceso selectivo. En lo no previsto en laspresentes bases, será de aplicación la Ley de la GeneralitatValenciana 6/1999, de 19 de abril, de Policías Locales y deCoordinación de las Policías Locales de la Comunidad Va-lenciana; Decreto 88/2001, de 24 de abril, del GobiernoValenciano, por el que se establecen las bases y criteriosgenerales uniformes para la selección, promoción y movili-dad de todas las escalas y categorías de las policías localesy auxiliares de policía local de la Comunidad Valenciana(D.O.G.V. número 3.988, de 27 de abril de 2001), y Ordenesde 23 de noviembre de 2005 (D.O.G.V. número 5.148, de 02de diciembre de 2005), Ordenes1 de junio de 2001 (D.O.G.V.número 4.049, de 24 de julio de 2001), Orden de 20 de enerode 1998; Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de RégimenLocal; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril;Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; y Real Decreto 2.617/1985, de 9 de diciembre.

13. Recursos.Contra las presentes bases y cuantos actos administrati-

vos definitivos se derivan de las mismas podrán interponer losinteresados los oportunos recursos, en los casos y en la formaestablecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

14. Publicación.Las presentes bases de la convocatoria para la provi-

sión de puestos vacantes, se publicarán en el Boletín Oficial

de la Provincia correspondiente y en el Diario Oficial de laGeneralitat Valenciana y su extracto en el Boletín Oficial delEstado, comunicándose su texto íntegro al Instituto Valen-ciano de Seguridad Pública de la Generalitat Valenciana, enlos términos establecidos en la legislación de régimen localy de Coordinación de Policía Locales de la ComunidadValenciana.

Anexo I.Pruebas psicotécnicas.Baremo para el reconocimiento psicotécnico.A) Descripción de los factores a medir en el proceso de

selección.I. Aptitudes mentales.- Inteligencia general.Capacidad para comprender situaciones y aconteci-

mientos, las relaciones que existen entre ellos, poder captarlas estructuras de dichas relaciones y tener un métodosistemático de razonamiento.

- Razonamiento verbal. Constituye una medida de laaptitud para comprender conceptos, expresados a través dela palabra. Valora especialmente la capacidad para abstraer,generalizar y pensar de modo constructivo. Constituye unvalioso índice del nivel ocupacional a que un sujeto puedeaspirar, puesto que en muchas tareas existe una relaciónpositiva entre el nivel de responsabilidad que tienen asigna-do y el grado de profundidad con que deben ser comprendi-das las ideas expresadas verbalmente.

- Razonamiento abstracto. Consiste en la habilidadmental con formas no verbales. Puesto que la habilidad pararazonar con palabras no es idéntica a la habilidad pararazonar con figuras, las medidas de razonamiento abstractono sustituyen adecuadamente al razonamiento verbal, peropueden servir como elemento de confrontación.

- Rapidez y precisión perceptiva. Supone la habilidad derealizar un análisis rápido de situaciones complejas. Lasmedidas de este factor miden la rapidez de respuesta entareas de tipo perceptivo.

- Capacidad de atención y resistencia a la fatiga mental.Las pruebas que evalúan este factor exigen una gran con-centración y resistencia a la monotonía. En consecuencia,con escalas de evaluación de este factor se puede apreciarla aptitud o capacidad para concentrarse en tareas cuyaprincipal característica es la rapidez perceptiva, junto con laatención continuada. -Memoria visual. Capacidad para re-cordar situaciones, acontecimientos, objetos, etc. a travésdel sentido de la vista.

Personalidad factores de personalidad comunes a to-dos los opositores: Estabilidad emocional. Persona conmucho control de sus emociones y de su conducta engeneral. Emocionalmente estable, serena y difícil de alterarante las demandas del entorno y sus emociones. Cuidadosay abierta a las relaciones sociales. Evidencia lo que común-mente se conoce como «respeto a sí mismo» y tiene encuenta la reputación social.

- Sentido de disciplina y de la autoridad. Persona quese conforma a las normas y demandas de sus superiores.Puede ser sobria y digna de confianza, así como domina-da por el sentido del deber; perseverante, responsable yorganizada.

- Seguridad en sí mismo. Persona segura de sí mismaen lo que hace y cómo lo hace, que confía en sus posibilida-des y recursos. Manifiesta capacidad práctica y realista. Laconfianza en sí mismo y la capacidad para interactuar endiferentes situaciones es madura y poco ansiosa.

- Capacidad empática y de manejo de la relacióninterpersonal. Desarrollo de conductas cooperativas. Perso-na socialmente desenvuelta, no inhibida, con buena capaci-dad para lograr y mantener contactos personales, así comode ponerse en el lugar de los demás. Manifiesta capacidadde integración en el grupo, de ayuda a los demás y semuestra amable y cooperativa con los compañeros. Personaadaptable, animosa, interesada por los demás. Buena cola-boradora con el trabajo del grupo. Neutralidad efectiva en elejercicio profesional. Honestidad e Integridad. Persona res-ponsable, organizada y disciplinada; sus metas se encuen-

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tran dentro de la normativa social. Hace lo que es socialmen-te correcto, siguiendo estrictamente las normas, haciendo loque es aceptado e idóneo. Se esfuerza por mejorar y dar untrabajo de calidad.

- Tolerancia. Persona comprensiva con los modos depensar y actuar ajenos y dispuesta a adaptarse a las situa-ciones. Manifiesta intereses amplios hacia otros modos yformas culturales.

B) Normas y requisitos generalesCalificación global.- La calificación de los ejercicios

psicotécnicos será de apto o no apto.Al considerarse diferentes puntuaciones en los baremos

aptitudinales y existir una diferente ponderación de los facto-res de personalidad para cada escala y categoría, la obten-ción de la calificación de Apto en una selección destinada acubrir un puesto concreto de la escala no será homologablepara ningún otro puesto.

Factores aptitudinales.De los factores aptitudinales han de superarse cuatro

de los cinco/seis propuestos, entre los que debe estar,necesariamente, el de Inteligencia General.

Factores actitudinales.En relación con la Personalidad, una vez superadas las

puntuaciones mínimas en las escalas de control de lasrespuestas (sinceridad, deseabilidad social o cualquier otraanáloga), deberá realizarse un análisis global de la estructu-ra de personalidad.

Se procederá a este análisis mediante:El pase de tests psicotécnicos que evalúen los factores

de personalidad mencionados previamente (anteriormente).La realización de una entrevista personal a cada uno de

los aspirantes que haya superado las pruebas aptitudinales,puntuado correctamente en las escalas de control de res-puesta en los tests psicológicos y presente un perfil depersonalidad acorde con el requerido.

Se considerarán no aptos aquellos candidatos que:No superen criterios mínimos en las escalas de since-

ridad, deseabilidad social o cualquier otra análoga que validelas respuestas de los sujetos.

No ofrezcan el perfil idóneo según los baremos exigidos.Que presenten puntuaciones que indiquen alteraciones

psicológicas que imposibiliten o dificulten un funcionamientoprofesional adecuado.

En todas las escalas y categorías se contrastarán losresultados obtenidos mediante una entrevista.

C) Baremos específicos para Agente oposición libreAptitudes (Población de comparación -baremos-: Po-

blación General).Inteligencia general: 40.Razonamiento Verbal: 40.Razonamiento Abstracto: 40.Rapidez y precisión perceptiva: 45.Capacidad de atención y resistencia a la fatiga mental: 45.Memoria visual: 45.Personalidad. Todos los factores de personalidad indi-

cados como comunes y, especialmente:Estabilidad emocional.Sentido de la disciplina y de la autoridadTolerancia.Anexo II.Reconocimiento médico.El contenido de la prueba de reconocimiento médico, de

acuerdo con lo establecido en la Orden de 23 de noviembrede 2005, es el siguiente:

Cuadro de exclusiones médicas de aplicación a los proce-sos de selección de Policías Locales de la Comunidad Valen-ciana por turno libre, Escala Básica, Categoría de Agente.

1. Obesidad o delgadez superior al 25% del peso ideal,calculado según la fórmula PI=0,75 (talla en cm-150) + 50, enaquellos aspirantes con complexión atlética se aceptará un40% de exceso de la solución resultante de aplicar la fórmulaanterior.

2. Ojo y visión:2.1. Agudeza visual sin corrección inferior a los dos

tercios de la visión normal en ambos ojos.

2.2. Desprendimiento de retina.2.3. Estrabismo.2.4. Hemianopsias.2.5. Discromatopsias.2.6. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de

los Asesores médicos, dificulte de manera importante laagudeza visual.

3. Oído y audición.3.1. Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre

1.000 y 3.000 Hertzios a 35 decibelios o de 4.000 Hertzios a45 decibelios.

4. Aparato locomotor.Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificul-

ten el desarrollo de su trabajo, o que puedan agravarse, ajuicio del Asesores médicos, con el desempeño, del puestode trabajo (patología ósea de extremidades, retracciones olimitaciones funcionales de causa muscular o articular, de-fecto de columna vertebral y otros procesos óseos, muscu-lares y articulares).

5. Aparato digestivo.Cualquier proceso digestivo que, a juicio de los Aseso-

res médicos, dificulte el desempeño del puesto de trabajo.6. Aparato Cardiovascular.Hipertensión arterial de cualquier causa, no debien-

do sobrepasar las cifras en reposo los 150 mm/hg enpresión sistólica y los 85 mm/hg en presión diastólica;varices o insuficiencia venosa periférica, así como, cual-quier otra patología o lesión vascular que, al juicio de losAsesores médicos, pueda limitar el desempeño del pues-to de trabajo. A juicio de los Asesores médicos se podrárepetir la prueba cuando concurran circunstancias queasí lo aconsejen.

7. Aparato respiratorio.El asma bronquial, la broncopatía obstructiva, el

neumotórax espontáneo (en más de una ocasión) la tubercu-losis pulmonar activa y otros procesos del aparato respirato-rio, que dificulten el desarrollo de su trabajo.

8. Sistema nervioso.Epilepsia, depresión, psicosis, temblor de cualquier

causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológi-cos que dificulten el desarrollo de su función.

9. Piel y faneras.Cicatrices que produzcan limitación funcional y otros

procesos que dificulten o limiten el desarrollo de su función.10. Otros procesos patológicos.Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad,

enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones cró-nicas, hemopatías graves y cualquier otro proceso que, ajuicio de los Asesores médicos, limite o incapacite para eldesarrollo de su trabajo.

Anexo III.Temario.A) Temario. Categoría de Agente de Policía local.Grupo I.Derecho Constitucional y Administrativo.Tema 1. La Constitución española de 1978. Estructura,

contenido y principios básicos. Reforma de la Constitución.Tema 2. Organización Política del Estado Español.

Clase y forma de Estado. Organización Territorial del Estado.La Corona: funciones constitucionales del rey. Sucesión yRegencia. El Refrendo.

Tema 3. Las Cortes Generales: las Cámaras. Composi-ción, atribuciones y funcionamiento. La Función Legislativa.El Poder Ejecutivo: El Gobierno. Relaciones entre el Gobier-no y las Cortes Generales. El Poder Judicial. Estructura,organización y funcionamiento de los Tribunales en el Siste-ma Español.

Tema 4. La organización territorial española. Las Co-munidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía, Órga-nos y Competencias. Las Administraciones Públicas: Esta-tal, Autonómica y Local.

Tema 5. Derechos y deberes Fundamentales de laPersona en la Constitución: su defensa y garantía. El Tribu-nal Constitucional y el Defensor del Pueblo. La suspensiónde los derechos y libertades.

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Tema 6. El Estatuto de Autonomía de la ComunidadValenciana. La Generalitat Valenciana. Las Cortes. El Go-bierno o Consell. Las Competencias. Administración deJusticia.

Tema 7. La Administración Pública. La Hacienda Pú-blica y la administración Tributaria. El ciudadano y la admi-nistración.

Tema 8. El Derecho Administrativo. Fuentes. Normasno parlamentarias con rango de Ley. El Reglamento.

Tema 9. El procedimiento administrativo. Marco jurídi-co. Fases del Procedimiento. La audiencia del interesado.Notificaciones. El Procedimiento sancionador administrati-vo. La revisión administrativa del acto administrativo. Proce-dimientos y límites de la revisión. Recursos administrativos.El recurso contencioso administrativo.

Tema 10. La Unión Europea: Instituciones. El ordena-miento jurídico de la Comunidad Europea. La recepción,aplicación y control del Derecho comunitario en España.

Grupo II. Régimen Local y Policía.Tema 11. El municipio: órganos unipersonales de go-

bierno. El alcalde. Los tenientes de alcalde. Los concejales.Tema 12. Órganos colegiados de gobierno. El Ayunta-

miento pleno. La Comisión de Gobierno. Órganos consulti-vos y participativos: las Comisiones Informativas. Las Juntasde Distrito.

Tema 13. La Función Pública en general y los funciona-rios de las entidades locales. Organización de la funciónpública local. El personal al servicio de las AdministracionesLocales: concepto y clases. Derechos y Deberes de lasPolicías Locales. Adquisición y pérdida de la condición defuncionario.

Tema 14. Responsabilidad de los Funcionarios. Regla-mento de Régimen Disciplinario. Incoación y tramitación deexpedientes.

Tema 15. Obligaciones y competencias de los Ayunta-mientos. Las Ordenanzas Municipales: concepto y clases.Infracciones. Potestad sancionadora. Los Bandos de Alcaldía.

Tema 16. La seguridad ciudadana. Autoridades compe-tentes. Funciones de la Policía Local según la Ley Orgánicade Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Actuaciones de laPolicía Local en colaboración con el resto de las Fuerzas yCuerpos. Policía Gubernativa y Judicial.

Tema 17. La Policía Local. Ordenamiento legislativo dela Policía Local. Misiones y objetivos. Disposicionesestatutarias comunes. Estructura orgánica y funcional.

Tema 18. El binomio policía local-ciudadano. Principiosbásicos y normas de actuación. Soportes éticos. Régimendisciplinario.

Tema 19. La legislación sobre Policías Locales y deCoordinación de Policía Local de la Comunidad Valenciana.La coordinación de las Policías Locales. Estructura y organi-zación de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana.Régimen estatutario. Derechos y deberes.

Tema 20. El Instituto Valenciano de Seguridad Pública.Regulación Legal. Fines y funciones. La formación de lasPolicías Locales de la Comunidad Valenciana. El Registro dePolicías Locales. Sistema retributivo de las Policías Localesde la Comunidad Valenciana. Premios y distinciones.

Grupo III. Derecho Penal, Policía Administrativa yPsicosociología.

Tema 21. El Código Penal. Concepto de infracciónpenal: delito y falta. Las personas responsables criminal-mente de los delitos y las faltas.

Tema 22. El homicidio y sus formas. Aborto. Lesiones.Lesiones al feto. Delitos contra la libertad: detencionesilegales y secuestros; amenazas; coacciones. Las torturas yotros delitos contra la integridad moral.

Tema 23. Delitos contra la libertad sexual: agresiones yabusos sexuales; el acoso sexual; exhibicionismo y provoca-ción sexual; delitos relativos a la prostitución. Infracciones alas disposiciones de tráfico y seguridad constitutivas dedelito.

Tema 24. Delitos contra el patrimonio y el ordensocioeconómico: hurtos, robos, extorsión, robo y hurto devehículos.

Tema 25. Delitos contra la administración pública: pre-varicación y otros comportamientos injustos; abandono dedestino y la omisión del deber de perseguir delitos; desobe-diencia y denegación de auxilio; infidelidad en la custodia dedocumentos y de la violación de secretos. Cohecho, tráficode influencias, malversación, fraudes y exacciones ilegales,negociaciones y actividades prohibidas a los funcionariospúblicos.

Tema 26. Ley Orgánica Reguladora del Procedimientode Habeas Corpus. De la denuncia y la querella. Del ejerciciodel derecho de defensa. La asistencia de abogado. El trata-miento de presos y detenidos. La entrada y registro en lugarcerrado.

Tema 27. La Policía Judicial. De la comprobación deldelito y averiguación del delincuente. Funciones de la PolicíaLocal como Policía Judicial. El atestado policial.

Tema 28. Policía Administrativa. Protección Civil. Me-dio ambiente. Urbanismo. Patrimonio histórico artístico. Ocu-pación de las vías públicas. Escolarización. Espectáculos yestablecimientos públicos. Venta ambulante.

Tema 29. Los grupos sociales. Formación de los grupossociales. Las masas y su tipología. El proceso de socialización.

Tema 30. La delincuencia. Modelos explicativos y fac-tores. Los comportamientos colectivos. Comportamiento endesastres, Efectos y consecuencias de los desastres. Reac-ción ante situación de desastres.

Grupo IV. Policía de tráfico y circulación.Tema 31. El Tráfico y la Seguridad Vial: Concepto y

objetivos. El hombre como elemento de seguridad vial. Losconductores. Los peatones. El vehículo. Las vías.

Tema 32. La normativa sobre tráfico circulación devehículos a motor y seguridad vial: La Ley de Bases y suTexto articulado. Tipificación de las principales infracciones.Infracciones de tráfico que constituyen delito. El Código decirculación y sus preceptos aún vigentes.

Tema 33. El Reglamento General de Circulación. Es-tructura. Principales normas de circulación.

Tema 34. El Reglamento General de Conductores.Normas generales Clases de los permisos de conducir y susrequisitos. Validez. Equivalencias.

Tema 35. Reglamento General de Vehículos. NormasGenerales. Categorías. Sus condiciones técnicas. La ins-pección técnica de Vehículos. Seguro Obligatorio de respon-sabilidad civil. Infracciones y diligencias policiales.

Tema 36 Reglamento del procedimiento Sancionadoren materia de tráfico. Fases del procedimiento y contenido.Medidas cautelares: inmovilización de vehículos. Retiradade vehículos de la vía.

Tema 37. El Transporte. Clases de Transporte. Serviciopúblico de viajeros y servicio público de mercancías o Mixto.El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Trans-porte de Mercancías peligrosas.

Tema 38. Alcoholemia. Legislación aplicable. Tasas dealcoholemia. Normas de aplicación para las pruebas regla-mentarais. Infracciones y diligencias policiales.

Tema 39 Los Accidentes de tráfico: Concepto y conside-raciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuacionesde la Policía Local en accidentes de tráfico: de urgencia ytécnico- administrativas.

Tema 40. Órganos competentes en materia de tráfico yseguridad vial. El Consejo Superior de Tráfico. Especialconsideración de las competencias municipales.

Grupo V. Hasta un máximo de cuatro temas sobre elentorno socio local del municipio convocante.

Tema 1. Guia de carrers municipals de la Ondara,Terme Municipal i centres oficials de la localitat.

Tema 2. Característiques de la població i geografia dela localitat. Tema 3. Característiques sòcio culturals,geogràfiques i econòmiques d’Ondara. Història del MunicipiTema 4. Serveis municipals. Definició i estructura.

Diligència: estes bases han estar aprovades per acord dela Junta de Govern Local en sessió de data 19 d’agost de 2008.

L’Alcalde en funcions, Salvador Fornés Alcina. Davantmeu, el Secretari en funcions, Fernando Benlloch Galindo.

*0818024*

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AJUNTAMENT DE PEGO

EDICTE

De conformitat amb el que disposa l’article 75 de la Llei7/85, (LRBRL) es dóna compte de l’acord plenari de data 8 dejuliol de 2008 pel què es determina els càrrec municipal quesera exercit en règim de dedicació parcial:

Tercer.- Dictamen de la Comissió Informativa número 2de 3 de juliol relatiu a la modificació del règim de dedicacióparcial de la regidora d’esports, mitjans de comunicació isocietat de la informació.

Pel Secretari es dona compte del Dictamen de laComissió Informativa número 2 de 3 de juliol relatiu a lamodificació del règim de dedicació parcial de la regidorad’esports, mitjans de comunicació i societat de la informació.

Finalitzades les intervencions i sotmesa la proposta avotació amb vuit vots a favor (4 Ciutadans, 2 PSOE, 2 BNV)cap en contra i sis abstencions corresponents alsrepresentants presents del grup municipal del PP dels catorzemembres presents dels deset que de fet i dret integren el Plerde la Corporació, per tant per majoria simple s’acorda donaraprovació al dictamen que seguidament es transcriu:

Règim de dedicació parcial de la regidora d’esports,mitjans de comunicació i societat de la informació.

Vist que el Ple de la Corporació en sessió de 12 de juliolde 2007 va donar aprovació a la determinació dels càrrecsmunicipals que seran exercits en règim de dedicació exclu-siva o parcial i regim d’indemnitzacions per assistènciaefectiva a òrgans col·legiats.

Atés que amb motiu de la renuncia a la condició deregidor efectuada per Joan Carles Cambrils Camarena endata 16 de juny de 2008 i havent pres coneixement el Ple ensessió de 17 de juny de 2008, ha estat expedida credencialper la Junta Electoral Central respecte de donya MariaAngeles Tamarit Mengual (Entrada 4423 de 23 de juny de2008).

Ates que per part de Maria Angeles Tamarit Menguals’ha formalitzat el cessament com a personal eventual endata 25 de juny de 2008 i ha estat formalitzada la presa depossessió com a Regidora en el Ple de ordinari de 26 de junyde 2008.

Considerant allò establert a l’article 75 de la Llei 7/85,Reguladora de les Bases del Règim Local i 13 del R.O.F. queestableixen l’atribució del Ple de la Corporació per a determi-nar el règim de dedicació exclusiva, dedicació parcial iassistències per la concurrència efectiva a les sessions delsòrgans col·legiats.

Considerant que l’article 21 1. a) d) de la L.B.R.L.,atribueix a l’alcaldia dirigir el govern i l’administració munici-pal així com la direcció, inspecció i impulsió dels serveismunicipals.

Es proposa al Ple de la Corporació l’adopció del següentsacords:

Primer.- Determinar com a càrrec municipal amb dret adedicació parcial el següent, tot i ampliant el règim establertper l’acord plenari de 12 de juliol de 2007:

2.1.3. Regidoria Delegada de l’àrea d’Esports. Mitjansde Comunicació. Societat de la Informació. Amb una dedicaciódel 75% per cent.

L’exercici en règim de dedicació parcial exigirà unadedicació mínima de 105 hores mensuals, de dilluns adiumenge, distribuïdes en la forma que el titular del càrrecdecidisca.

L’import brut anual d’aquesta regidoria sera de 25.500euros.

Segon.- Comunicar als efectes reglamentaris oportuns.Tercer.- Publicar en el Butlletí Oficial de la Provincia i en

el tauler d’anuncis de la Corporació de conformitat ambl’article 75 de la Llei 7/85 de 2 d’abril, LBRL.

La qual cosa es fa pública per a general coneixement.Pego, 7 d’agost de 2008.L’Alcalde, J. Carmelo Ortolá Siscar.

*0817764*

EDICTE

De conformitat amb el que disposa l’article 46.1 delR.O.F. es dóna compte de la següent resolució de l’Alcaldia:

RESOLUCIÓ D’ALCALDIA NÚMERO 927 DE 26 DE JUNY DE2008 SOBRE MODIFICACIÓ DE LA DESIGNACIÓ DE TINENCESD’ALCALDIA.

Vist que el Ple de la Corporació en sessió de 17 de junyde 2008 va prendre coneixement de la renuncia a la condicióde regidor efectuada per Joan Carles Cambrils Camarena.

Havent estat expedida credencial per la Junta ElectoralCentral respecte de donya Maria Angeles Tamarit Mengual(entrada 4423 de 23 de juny de 2008).

De conformitat amb el que disposen els articles 23-3 dela Llei 7/85, de 2 d’abril; 22 del Reial Decret Legislatiu 781/86, de 18 d’abril, i 46 del Reial Decret 2.568/86, de 28 denovembre, Resolc:

Primer.- Nomenar 2n Tinent d’Alcalde al senyor AngelSendra Piera en substitució de Joan Carles CambrilsCamarena.

Segon.- Correspondrà al designat substituir, pel mateixorde de nomenament, a esta Alcaldia en l’exercici de lesseues funcions en els supòsits legalment previstos.

Tercer.- La present resolució es notificarà al designatpersonalment, publicant-se en el Butlletí Oficial de la Provínciai adonant-se al Ple en la primera sessió que celebre.

Quart.- Els nomenaments efectuats seran efectius desdel dia següent a la data de la present resolució.

La qual cosa es fa pública per a general coneixement.Pego, 7 d’agost de 2008.L’Alcalde, J. Carmelo Ortolá Siscar.

*0817766*

EDICTO

Intentada la notificación a los interesados que constanen el anexo I en su domicilio, de este municipio y nohabiéndose podido practicar la misma, se procede a sunotificación mediante su publicación que se insertará en eltablón de anuncios de este Ayuntamiento, que consta comoúltimo domicilio y en el Boletín Oficial de la Provincia encumplimiento del artículo 59.4 de la ley 30/92, de 26 denoviembre, Ley de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada por la Ley 4/99, cuyo contenido es el siguiente:

Notificación.El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pego, ha

dictado la siguiente resolución,RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA Nº 489/2008

DE FECHA 04 DE ABRIL DE 2008 DE INCOACIÓN DEL PROCEDI-MIENTO DE RESTAURACIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA.

Expediente número 08/018.LO.PR.01 incoación de procedimiento de restauración.Expediente raiz: CED/LD1O/2006/150.Exp. Infrac.: 08/018.Interesado/da: Nombre Helge Sannes.Dirección: calle Acacias, 1. Monte Pego, 145 - 03780 -

Pego. Buzón: 1.199.Datos edificio: Dirección calle Acacias, 1. Monte Pego,

145 - 03780 - Pego.Topología: Vivienda unifamiliar aislada y piscina.Promotor: Helge Sannes.Asunto: incoación de procedimiento de restauración de

la legalidad urbanística.Visto el informe-denuncia formulado por el inspector de

obras y los informes técnico y jurídico emitidos por losservicios de este Ayuntamiento, procede adoptar la presenteresolución en base a los siguientes.

Antecedentes.Primero.- Visto el informe emitido por el Celador de

Obras Municipal en el que se comprueba la existencia deactos de edificación o uso del suelo, con los datos que acontinuación se describen.

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Descripción de las obras: aplacado de piedras sobrerasante natural de 54.00 m2 muro de mampostería de 0.60 mde altura y 13.00 m de longitud.

Segundo.- Vista la providencia en la que se requiere alpropietario del referido inmueble para que, de acuerdo con loestablecido en el artículo 224 de la Ley 16/2005, de 30 dediciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana (D.O.G.V.5.167 de 31 de diciembre de 2005.), proceda a solicitar, enel plazo de dos meses, la oportuna autorización urbanística,advirtiéndole de que si no solicitara la licencia o autorizaciónurbanística en el referido plazo, o si la misma fuese denega-da por ser su otorgamiento contrario a las prescripciones dela normativa urbanística, se procederá a incoar expedientede restauración de la legalidad, conforme a lo dispuesto enel Capítulo II del Título IV de la mencionada Ley.

Registro de salida número: 02715.Fecha de notificación: 14 de septiembre de 2007.Tercero.- Vistas las alegaciones presentadas por el

propietario solicitando que se anule la citada providencia ose archive el expediente, al amparo de lo dispuesto por elartículo 185, de la Ley del Suelo, así como los artículos 31 y32 del Reglamento de Disciplina Urbanística, al haber trans-currido los cuatro años del plazo prescriptivo.

Registro entrada número: 07014.Fecha de entrada: 12 de noviembre de 2007.Cuarto.- Vista la providencia notificada en la cual se

requiere al interesado para que aporte documentación queacredite que las obras referidas tienen una antigüedad supe-rior a cuatro años, indicándole que, si así no lo hiciera, se letendrá por desistido de su petición, de acuerdo con lodispuesto por el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de les AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, previaresolución dictada en los términos previstos en el artículo 42de la citada Ley.

Registro de salida número: 04967.Fecha de notificación: 11 de enero de 2008.Quinto.- Vista la inactividad frente al requerimiento

anteriormente descrito habiendo transcurrido el plazo indica-do para actuar.

A estos antecedentes les son de aplicación los siguientes.Fundamentos de derecho.Primero.- Ley 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat,

de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación,artículos 26 y 27.

Segundo.- Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de laGeneralitat, Urbanística Valenciana (en adelante LUV), artí-culos 191 y siguientes que junto con los anteriores, sujetana previa licencia municipal la realización de obras, siendocompetencia del ayuntamiento otorgarla, de acuerdo con lalegislación aplicable.

- El artículo 224 de la LUV dispone que siempre que nohubieran transcurrido más de cuatro años desde la totalterminación de las obras realizadas sin licencia, se requeriráal promotor para que en el plazo de dos meses solicite laoportuna licencia.

Tercero.- El Plan General de Ordenación Urbana dePego (en adelante PGOU de Pego), aprobado en fecha 16 denoviembre de 1998 y publicado en el Boletín Oficial de laProvincia de Alicante el 2 de marzo de 1999 y los artículos 4,5 y 7 de la normativa urbanística de Monte Pego del PGOU,en cuanto a las condiciones de volumen y distancia a lindes.

En vista de los antecedentes y fundamentos de derechoexpuestos, la Alcaldía-Presidencia en el ejercicio de lasatribuciones que le han sido conferidas, resuelve:

Primero.- Conceder un plazo de dos meses para quesolicite la oportuna licencia y/o restaure la legalidad de lasobras anteriormente descritas.

Segundo.- Advertir al promotor que, transcurrido el men-cionado plazo sin que haya instado la licencia o si ésta fuesedenegada por ser su otorgamiento contrario a las prescripcio-nes de la normativa urbanística, el ayuntamiento continuará elpresente expediente y ordenará la demolición de las obrasejecutadas y acordará la adopción de las medidas comple-mentarias establecidas en el artículo 225 de la LUV.

Tercero.- En cualquier caso y a partir de la recepción dela presente se le otorga el plazo de quince días, como plazode audiencia y para que pueda aportar cuantas alegacionesy pruebas considere puedan convenir a su derecho.

Cuarto.- Notificar el presente decreto al promotor, conexpresión de los recursos que procedan para su conocimien-to y efectos oportunos.

Pego, 4 de abril de 2008. El Alcalde-Presidente. Firmailegible, don J. Carmelo Ortolá Siscar. Ante mí, el SecretarioGeneral. Firma ilegible, don César A. Narbón Clavero.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportu-nos, indicándole que contra el precedente acto no cabe recursoalguno, por tratarse de un acto de trámite, sin perjuicio de quepueda hacer constar su disconformidad a lo efectos oportunos ocualquier otro recurso que estime procedente, contándose losplazos desde el día siguiente al de la notificación.

Anexo I.Don Helge Sannes.Pego, 31 de julio de 2008.La Alcaldesa accidental, Ana Aparisi Server.

*0817767*

EDICTE

De conformitat amb el que disposa l’article 46.1 delR.O.F. es dóna compte de la següent resolució de l’Alcaldia:

RESOLUCIÓ D’ALCALDIA Nº 928 DE 26 DE JUNY DE 2008SOBRE MODIFICACIÓ DE LA DESIGNACIÓ DE MEMBRES DE LAJUNTA DE GOVERN LOCAL.

Vist que el Ple de la Corporació en sessió de 17 de junyde 2008 va prendre coneixement de la renuncia a la condicióde regidor efectuada per Joan Carles Cambrils Camarena.

Havent estat expedida credencial per la Junta ElectoralCentral respecte de donya Maria Angeles Tamarit Mengual(Entrada 4423 de 23 de juny de 2008).

De conformitat amb el que disposen els articles 20-1 b)i 23-1 de la Llei 7/85, de 2 d’abril, i 35-2, 43, 52, 112 i 113 delReial Decret 2.568/86, de 28 de novembre.

Resolc:Primer.- Nomenar membre de la Junta de Govern Local

en substitució de don Joan Carles Cambrils Camarena adonya Maria Angeles Tamarit Mengual.

Segon.- La present resolució es notificarà als designatspersonalment, publicant-se en el Butlletí Oficial de la Provínciai adonant-se al Ple en la primera sessió que celebre. Noobstant això, serà efectiva des de l’endemà al de la seua firma.

La qual cosa es fa pública per a general coneixement.Pego, 7 d’agost de 2008.L’Alcalde, J. Carmelo Ortolá Siscar.

*0817770*

AYUNTAMIENTO DE PILAR DE LA HORADADA

EDICTO

Expediente infracción urbanística número 000011/2008-INFRA.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común, intentada la notificación a donEmilio Fructuoso Espinazo, como constructor de la obra, sinhaberse podido practicar. Se hace pública la notificación deresolución de inicio de expediente sancionador número:000011/2008-INFRA.

Asimismo, se comunica, que en el departamento deUrbanismo del Ayuntamiento de Pilar de la Horadada, situa-do en calle Ramón y Cajal, 23, tiene a su disposición lasactuaciones completas de dicho expediente, para su conoci-miento y efectos oportunos.

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Contra esta resolución puede presentar alegaciones ytomar audiencia en el procedimiento, en el plazo de quincedías, contados a partir del siguiente al de la publicación delpresente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. En casode no presentar alegaciones en el plazo establecido, esteacuerdo podrá ser considerado propuesta de resolución a losefectos prevenidos en los artículos 18 y 19 del Real Decreto1.398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba elReglamento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora.

Pilar de la Horadada, 11 de agosto de 2008.El Alcalde, Ignacio Ramos García.

*0818027*

AYUNTAMIENTO DE ROJALES

EDICTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, habiendo sido infructuosos los intentos denotificación personal practicados, se hace pública notifica-ción a las personas que se indican que mediante Decreto deesta Alcaldía 648/2008, de 2 de julio, se ha dispuestosometer a información pública la memoria de retasación decargas de urbanización del Sector SN/1 «La Bernada»,redactada por la mercantil Bernadagolf, S.L., agente urbani-zador.

Interesados:- Grupo Empresarial de Inversiones Alicante.- Conexión Footwear, S.L.U.- Promociones Diamante, S.L.De conformidad con lo establecido en los artículos

168,3 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat,Urbanística Valenciana, y 390 del Decreto 67/2006, de 19 demayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento deOrdenación y Gestión Territorial y Urbanística, se expone alos interesados la indicada documentación por plazo dequince días (excluidos sábados y festivos), a efectos de quepuedan examinar la documentación y formular alegaciones.

Rojales, 21 de agosto de 2008.El Alcalde, Antonio Martínez Cánovas.

*0818032*

AYUNTAMIENTO DE SAN FULGENCIO

EDICTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 50.1 dela Ley 2/2006, de 5 de mayo de Prevención de la Contamina-ción y Calidad Ambiental, 55 del Decreto 127/2006, 15 deseptiembre del Consell, por el que se desarrolla la Ley 2/2006 y 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y deProcedimiento Administrativo Común, se pone en conoci-miento general la siguiente solicitud de licencia de apertura:

Titular: Benlliure Abogados, S.L.Expediente número: A30/2008.Nº. Documento de Identidad: B-84823160.Actividad: administración de fincas y servicios jurídicos

(A/A).Emplazamiento: sector VIII, calle Mar Jónico 4, local 18-

C, C.C. Bahía del Segura.En su virtud se ha instruido el expediente administrativo

reseñado, que se encuentra para su consulta en la Oficina deUrbanismo, sita en la 2ª planta de este Ayuntamiento, plazade la Constitución, 26.

Lo que antecede se hace público para que quienes seconsideren afectados de algún modo por la actividad que sepretende establecer, puedan formular, por escrito, las alega-

ciones que estimen pertinentes en el plazo de veinte días acontar desde la fecha de publicación del presente edicto.

San Fulgencio, 13 de agosto de 2008.La Alcaldesa-Presidenta, Trinidad Martínez Andrés.

*0818033*

EDICTO

No habiéndose presentado en el Registro General deeste Ayuntamiento alegación alguna a la Aprobación Inicialde la Modificación de la Ordenanza Municipal de CirculaciónVial y Tráfico de San Fulgencio, acordada en Sesión Plenariade fecha 9 de mayo de 2008, durante el período de exposi-ción pública de treinta días iniciado mediante anuncio en elBoletín Oficial de la Provincia de Alicante número 98 de 23 demayo de 2008.

Consecuentemente con lo anterior, dicho acuerdo deaprobación inicial de la modificación queda elevado a defini-tivo, procediéndose a su publicación el texto íntegro y cuadrode infracciones y sanciones de la mencionada ordenanza, deacuerdo con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases de Régimen Local.

ORDENANZA MUNICIPAL DE TRÁFICO DE SAN FULGENCIO.ADAPTADA A LA LEY 17/2005, DE 19 DE JULIO, POR LA

QUE SE REGULA EL PERMISO Y LA LICENCIA DE CONDUCCIÓNPOR PUNTOS Y SE MODIFICA EL TEXTO ARTICULADO DE LALEY SOBRE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTORY SEGURIDAD VIAL, APROBADO POR R.D.-LEGISLATIVO 339/1990, DE 2 DE MARZO, DESARROLLADO POR EL REAL DECRE-TO 1428/2003, DE 21 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUE-BA EL REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓN.

TÍTULO PRELIMINAR.DE LA COMPETENCIA, OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.Artículo 1.1. Competencia: La presente Ordenanza sobre Tráfico,

Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial del Ayun-tamiento de San Fulgencio, se dicta en ejercicio de lascompetencias atribuidas a los Municipios en materia deordenación del tráfico de personas y vehículos en las víasurbanas por la Ley Reguladora de las Bases del RégimenLocal y por la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos aMotor y Seguridad Vial.

2. Objeto: Es objeto de la presente Ordenanza la regu-lación de los usos de las vías urbanas y travesías de acuerdocon las fórmulas de cooperación o delegación con otrasAdministraciones, haciendo compatible la equitativa distri-bución de los aparcamientos entre todos los usuarios con lanecesaria fluidez del tráfico rodado y con el uso peatonal delas calles, así como el establecimiento de medidas de esta-cionamiento limitado, con el fin de garantizar la rotación delos aparcamientos prestando especial atención a las necesi-dades de las personas con discapacidad que tienen reducidasu movilidad y que utilizan vehículos, todo ello con el fin defavorecer su integración social.

3. Ámbito de aplicación: El ámbito de aplicación de estaOrdenanza, obligará a los titulares y usuarios / as de las víasy terrenos públicos urbanos y en los interurbanos, cuyacompetencia hubiera sido cedida al Ayuntamiento, aptospara la circulación, a los de las vías y terrenos que, sin tenertal aptitud sean de uso común y, en defecto de otras normas,a los titulares de las vías y terrenos privados que seanutilizados por una colectividad indeterminada de usuarios /as. Se entenderá por usuario/a de la vía a peatones, conduc-tores, ciclistas y cualquier otra persona que realice sobre lavía o utilice la misma para el desarrollo de actividades denaturaleza diversa, que precisarán para su ejercicio deautorización municipal.

TÍTULO PRIMERODE LA CIRCULACIÓN URBANACAPÍTULO I: NORMAS GENERALESArtículo 2. Usuarios:Los usuarios de la vía están obligados a comportarse de

forma que no entorpezcan indebidamente la circulación ni

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causen peligro, perjuicios o molestias innecesarias a laspersonas, o daños a los bienes.

Artículo 3. Normas de comportamiento de los peatones:1. Los peatones circularán por las aceras, los andenes

o los paseos, preferentemente por su derecha, de forma queno obstruyan o dificulten la circulación por ellas de otrosviandantes. En las vías urbanas sin aceras o con aceran queno permitan el paso simultáneo de dos personas, pero queestén abiertas al tráfico de vehículos, los peatones han deextremar las precauciones y circular cerca de las fachadasde los edificios.

2. Los peatones para cruzar las calzadas utilizarán lospasos señalizados y, en los lugares que carezcan de éstos,lo harán por los extremos de las manzanas, perpendicular-mente a la calzada, cerciorándose antes de la no proximidadde algún vehículo.

3. Al llegar a una plaza o rotonda deberán rodearla,salvo que esté habilitado un paso para cruzarla.

4. Los peatones deberán respetar en los pasos depeatones regulados por semáforo sus señales o fases queles afecten, así como cualquier otro tipo de señalizaciónespecífica de la vía pública.

5. Los peatones deberán respetar las señales de losagentes de la autoridad encargados de la vigilancia deltráfico, y seguir sus indicaciones.

Artículo 4.- Zonas peatonales:1. El ayuntamiento podrá establecer islas o zonas

peatonales en las que, como norma general, se será priori-taria la circulación de peatones, y se restringirá total oparcialmente la circulación y el establecimiento de vehícu-los, excepto en las zonas especialmente autorizadas.

2. Las islas o zonas peatonales deberán disponer de laseñalización correspondiente a la entrada y a la salida. En lasseñales se indicarán las limitaciones y los horarios, si proce-de, sin perjuicio de que se puedan utilizar otros elementosmóviles que impidan la entrada y la circulación de vehículosen la calle o zona afectada.

3. La prohibición de circulación y de estacionamiento enlas islas o zonas peatonales podrá establecerse con carácterpermanente o referirse únicamente a unas determinadashoras del día o a unos determinados días y podrá afectar atodas o sólo algunas de las vías de la zona delimitada.

4. Las limitaciones de circulación y de estacionamientoque se establezcan en las islas o zonas peatonales noafectarán a los siguientes vehículos:

a) Los del Servicio de Prevención y Extinción de Incen-dios, de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, Ambulanciasy transporte sanitario y a aquellos otros vehículos de Servi-cios Públicos de Limpieza, reparación o similares para laprestación del servicio correspondiente.

b) Los que trasladen enfermos o personasdiscapacitadas con domicilio o atención dentro del área.

c) Los que accedan o salgan de garajes y estaciona-mientos autorizados durante el horario que fije la licenciacorrespondiente.

d) Los vehículos comerciales o industriales tendránacceso durante el tiempo imprescindible para cargar o des-cargar, dentro del horario establecido. Las tareas de carga ydescarga se realizarán en los espacios indicados al efecto.

5. El Ayuntamiento podrá ordenar la utilización dedistintivos para identificar a los vehículos autorizados acircular en las zonas restringidas, los cuales deberán colo-carse en lugar visible y, preferentemente, en el parabrisas.

Artículo 5. Zonas de prioridad invertida.El Ayuntamiento podrá, mediante decreto o acuerdo de

la Junta de Gobierno Local, establecer zonas en las cualeslas condiciones de circulación de vehículos queden restrin-gidas a favor de la circulación y uso de la calzada por partede los peatones.

Las bicicletas, los patines y los patinetes gozarán de priori-dad sobre el resto de vehículos pero no sobre los peatones.

Artículo 6. Normas generales de los conductores.1. Control del vehículo:Los conductores deberán estar en todo momento en

condiciones de controlar sus vehículos o animales. Al aproxi-

marse a otros usuarios de la vía, deberán adoptar lasprecauciones necesarias para su seguridad, especialmentecuando se trate de niños, ancianos, invidentes u otras perso-nas manifiestamente impedidas.

2. Otras obligaciones del conductor:El conductor de un vehículo está obligado a mantener

su propia libertad de movimientos, el campo necesario devisión y la atención permanente a la conducción, que garan-ticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes delvehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos,deberá cuidar especialmente de mantener la posición ade-cuada y que la mantenga el resto de los pasajeros, y laadecuada colocación de los objetos o animales transporta-dos para que no haya interferencia entre el conductor ycualquiera de ellos.

Se considera incompatible con la obligatoria atenciónpermanente a la conducción el uso por el conductor con elvehículo en movimiento de dispositivos tales como pantallascon acceso a internet, monitores de televisión y reproductoresde vídeo o DVD. Se exceptúan, a estos efectos, el uso demonitores que estén a la vista del conductor y cuya utilizaciónsea necesaria para la visión de acceso o bajada de peatoneso para la visión en vehículos con cámara de maniobrastraseras, así como el dispositivo GPS.

Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auricularesconectados a aparatos receptores o reproductores de soni-do, excepto durante la correspondiente enseñanza y larealización de las pruebas de aptitud en circuito abierto parala obtención del permiso de conducción de motocicletas dedos ruedas cuando así lo exija el Reglamento General deConductores.

Se prohíbe durante la conducción la utilización dedispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio osistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de lacomunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usarcascos, auriculares, o instrumentos similares.

Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de laautoridad en el ejercicio de las funciones que tengan enco-mendadas.

Se prohíbe que en los vehículos se instalen mecanis-mos o sistemas, se lleven instrumentos o se acondicionen deforma encaminada a eludir la vigilancia de los agentes detráfico, o que se emitan o hagan señales con dicha finalidad,así como la utilización de mecanismos de detección de radar.

Se prohíbe llevar abiertas las puertas del vehículo,abrirlas antes de su completa inmovilización y abrirlas oapearse del mismo sin haberse cerciorado previamente deque ello no implica peligro o entorpecimiento para otrosusuarios, especialmente cuando se refiere a conductores debicicletas.

Artículo 7. Circulación de motocicletas y ciclomotores:Las motocicletas y los ciclomotores no pueden circular

por las aceras, andenes, paseos ni carril bici.Artículo 8. Circulación de bicicletas:Las bicicletas estarán dotadas de los elementos

reflectantes debidamente homologados quereglamentariamente se determinen y que deberán poseerestos vehículos de acuerdo a dicha normativa. Cuando seaobligatorio el uso de alumbrado, los conductores de bicicle-tas además llevarán colocada alguna prenda reflectante sicirculan por vía interurbana.

Las bicicletas circularán por los carriles especialmentereservados, respetando la preferencia de paso de los peato-nes que los crucen. De circular por la calzada por no habervial reservado, lo efectuarán preferiblemente por el carril dela derecha, salvo que tengan que realizar un giro próximo ala izquierda.

Excepto en momentos de aglomeración, las bicicletaspodrán circular por los parques públicos, las zonas peatona-les, los paseos, las aceras suficientemente amplias y laszonas de prioridad invertida sin carril bici, en las siguientescondiciones: respetarán la preferencia de los peatones,adecuaran la velocidad a la del los peatones sin superar los 10Km/h y se abstendrán de zigzaguear o realizar cualquier otramaniobra que pueda afectar a la seguridad de los peatones.

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3 2boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166

Cuando los ciclistas circulen en grupo por las víasurbanas deberán respetar individualmente la señalizaciónsemafórica que les afecte.

No podrán circular las bicicletas por aquellas vías urba-nas, que carezcan de arcén, en las que se permita unavelocidad superior a los 50 Km. por hora.

Artículo 9. Velocidad de los vehículos que circulan porel núcleo urbano:

El límite máximo de velocidad de marcha autorizado enlas vías del casco urbano reguladas por la presente Orde-nanza es de 40 Km/h sin perjuicio de que la autoridadmunicipal, vistas sus características peculiares, pueda esta-blecer en ciertas vías límites inferiores o superiores.

Todo conductor está obligado a respetar los límites develocidad establecidos y a tener en cuenta, además, las propiascondiciones físicas y psíquicas, las características y estado dela vía, así como las del vehículo y las de su carga, las condicio-nes meteorológicas, ambientales y de circulación y, en general,todas aquellas circunstancias en cada momento concurrentes,a fin de adecuar la velocidad del vehículo de manera quesiempre pueda detener la marcha del mismo dentro de loslímites de su campo de visión y ante cualquier obstáculo.

Se podrá circular por debajo de los límites mínimos develocidad en los casos de transportes y vehículos especia-les, o cuando las circunstancias del tráfico impidan el man-tenimiento de una velocidad superior a la mínima sin riesgopara la circulación, así como en los supuestos de proteccióno acompañamiento a otros vehículos, en las condiciones quereglamentariamente se establezcan.

En las zonas peatonales, en calles de un solo carril o degran aglomeración de personas, los vehículos no podránsobrepasar la velocidad de 10 Km/h.

En caso de lluvia, de obras, pavimento deficiente ocalles estrechas se adoptarán las mismas precauciones.

Artículo 10. Actividades que afectan a la seguridad de lacirculación:

La realización de obras, instalaciones, colocación decontenedores, mobiliario urbano o cualquier otro elemento uobjeto de forma permanente o provisional en las vías objetode esta Ordenanza necesitará la previa autorización munici-pal y se regirán por lo dispuesto en esta norma y en las leyesde aplicación general. Las mismas normas serán aplicablesa la interrupción de las obras, en razón de las circunstanciaso características especiales del tráfico que podrá llevarse aefecto a petición de la autoridad municipal.

Se prohíbe arrojar, depositar o abandonar sobre la víaobjetos que puedan entorpecer la libre circulación, parada oestacionamiento, hacerlo peligroso o deteriorar aquella o susinstalaciones, o producir en la misma o en sus inmediacionesefectos que modifiquen las condiciones apropiadas paracircular, parar o estacionar.

Artículo 11. Emisión de perturbaciones y contaminantes:No podrán circular por las vías objeto de esta Ordenan-

za los vehículos con niveles de emisión de ruido superioresa los reglamentariamente establecidos; así como tampocoemitiendo gases o humos en valores superiores a los límitesestablecidos y en los supuestos de haber sido objeto de unareforma de importancia no autorizada. Todos los conducto-res de vehículos quedan obligados a colaborar en las prue-bas reglamentarias de detección que permitan comprobarlas posibles deficiencias indicadas.

CAPÍTULO II: DE LA SEÑALIZACIÓN.Artículo 12. 1.- La señalización de las vías urbanas

corresponde a la autoridad municipal. La Alcaldía o el/laConcejal Delegado/a, ordenará la colocación, retirada ysustitución de las señales que en cada caso proceda.

2.- Todos los usuarios de las vías objeto de esta Orde-nanza están obligados a obedecer las señales de la circula-ción que establezcan una obligación o una prohibición y aadaptar su comportamiento al mensaje del resto de lasseñales reglamentarias que se encuentren en las vías por lasque circulan. A estos efectos, cuando la señal imponga unaobligación de detención, no podrá reanudar su marcha elconductor del vehículo así detenido hasta haber cumplido lafinalidad que la señal establece.

Artículo 13. La instalación, retirada, traslado o modifica-ción de la señalización requerirá la previa autorización mu-nicipal. La autorización determinará la ubicación, modelo ydimensiones de las señales a implantar.

El Ayuntamiento procederá a la retirada inmediata detoda aquella señalización que no esté debidamente autoriza-da o no cumpla las normas en vigor, y esto tanto en loconcerniente a las señales no reglamentarias como si esincorrecta la forma, colocación o diseño de la señal.

Se prohíbe asimismo modificar el contenido de lasseñales o colocar sobre ellas o al lado de éstas, placas,carteles, marquesinas, anuncios, marcas u otros objetos quepuedan inducir a confusión, reducir su visibilidad o eficacia,deslumbrar a los usuarios de la vía o distraer su atención.

Artículo 14. 1.- Las señales de tráfico preceptivas insta-ladas en las entradas de los núcleos de población, regiránpara todo el núcleo, salvo señalización específica para untramo de calle.

2.-Las señales instaladas en las entradas de las zonaspeatonales y demás áreas de circulación restringida o deestacionamiento limitado, rigen en general para la totalidaddel viario interior del perímetro.

Artículo 15. El orden de prioridad entre los distintos tiposde señales es el siguiente:

1. Señales y órdenes de los Agentes encargados de lavigilancia del tráfico.

2. Señalización circunstancial que modifique el régimende utilización normal de la vía pública.

3. Semáforos.4. Señales verticales de circulación.5. Marcas viales.En el supuesto de que las prescripciones indicadas por

diferentes señales parezcan estar en contradicción entre sí,prevalecerá la prioritaria, según el orden a que se refiere elapartado anterior, o la más restrictiva si se trata de señalesdel mismo tipo.

Artículo 16. La Autoridad Municipal, en casos de emer-gencia o bien por la celebración de actos deportivos, cultura-les o de cualquier otra naturaleza, susceptibles de producirgrandes concentraciones de personas o vehículos, podrámodificar temporalmente la ordenación del tráfico existentey adoptar, en su caso, todas las medidas preventivas nece-sarias para garantizar la seguridad de las personas y vehícu-los y una mayor fluidez en la circulación.

CAPÍTULO III: DE LOS OBSTÁCULOS, OBRAS Y OTROSUSOS DE LA VÍA PÚBLICA.

Artículo 17. De los obstáculos1.- Se prohíbe la colocación en la vía pública sin auto-

rización, de cualquier obstáculo u objeto, que pueda dificultarla libre circulación de peatones o vehículos.

2.- Todo obstáculo autorizado que dificulte la librecirculación de peatones o vehículos deberá estar debida-mente protegido y señalizado, y en horas nocturnas ilumina-do para garantizar la seguridad de los usuarios.

3.- La señalización e iluminación adecuada serán porcuenta del responsable de la colocación del obstáculo, queseguirá las instrucciones que al respecto figuren en la auto-rización o que le indique la Policía Local.

Artículo 18.- Retirada de obstáculos.1.- Por parte de la Autoridad Municipal, se podrá proceder

a la retirada de obstáculos o, a su señalización especial, concargo al interesado de los gastos, si este no lo hiciera cuando:

1.- No se haya obtenido la correspondiente autorización.2.- Entrañen peligro para los usuarios de las vías.3.- Se hayan extinguido las circunstancias que motiva-

ron la colocación del obstáculo u objeto.4.- Se sobrepase el tiempo de la autorización corres-

pondiente o no se cumplan las condiciones fijadas en ésta.El incumplimiento de los artículos de este Capitulo tendrá laconsideración de infracción Grave.

Obras, usos y actividades prohibidas.Artículo 19. De las obras y usos en la vía pública.1.- Desde las 0’00 horas a las 7’00 horas, queda prohibi-

da cualquier actividad en la vía pública que altere el descansode los vecinos, excepción hecha de las molestias propias que

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pueda ocasionar el Servicio de Recogida de Basuras, Policía,Cruz Roja, Ambulancia, Bomberos y similares.

No obstante ello, la Alcaldía podrá autorizar en lasProcesiones de Semana Santa, Fiestas Populares o deBarrio, etc. su realización determinando un horario, que nopodrá sobrepasarse.

2.- No se permitirá en las zonas reservadas al tránsitode peatones, ni en las calzadas, los juegos o diversiones quepuedan representar un peligro para los transeúntes o paralas personas que los practiquen.

3.- La utilización de artilugios con pólvora o fuegosartificiales en las vías públicas, necesita el correspondientespermiso municipal, en el que se determinarán las zonas yhorario para su uso.

Quedan exentos de tal autorización, los castillos defuegos artificiales que complementen las procesiones orga-nizadas con motivo de cultos religiosos, fiestas patronales,cabalgatas municipales, así como aquéllas actividades que,usando pólvora, vayan comprendidas en un programa gene-ral autorizado por la Alcaldía.

4.- Se prohíbe arrojar, depositar o abandonar sobre lavía objetos o materias que puedan entorpecer la libre circu-lación, parada o estacionamiento, hacerlos peligrosos odeteriorar aquélla o sus instalaciones, o producir en la mismao en sus inmediaciones efectos que modifiquen las condicio-nes apropiadas para circular, parar o estacionar.

5.- Se prohíbe arrojar a la vía o en sus inmediacionescualquier objeto que pueda dar lugar a la producción deincendios o, en general, poner en peligro la seguridad vial.

6.- Se prohíbe la emisión de perturbaciones electro-magnéticas, ruidos, gases y otros contaminantes en las víasobjeto de esta Ley, por encima de las limitaciones quereglamentariamente se establezcan.

7.- Se prohíbe el uso de señales acústicas en todas lasvías urbanas y especialmente de 23.00 a 8.00 horas.

8.- Sólo podrán ser utilizadas por los conductores devehículos no prioritarios, en los supuestos siguientes:

a) Para evitar un posible accidente y de modo especial,en vías estrechas, con muchas curvas.

b) Para advertir, fuera de poblado, al conductor de otrovehículo el propósito de adelantarlo.

c) Para advertir su presencia a los demás usuarios de lavía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 delReglamento General de Circulación.

9.- Se prohíbe a los conductores, tener los aparatosmusicales conectados a un elevado volumen, tanto si sehallan circulando como estacionados.

10.- Fuera del poblado, entre la puesta y la salida del solo en condiciones meteorológicas o ambientales que disminu-yan sensiblemente la visibilidad, todo peatón, cuando circulepor la calzada o el arcén entre urbanizaciones, deberá irprovisto de un elemento luminoso o retro-reflectante homologa-do que sea visible a una distancia mínima de 150 metros paralos conductores que se le aproximen, y los grupos de peatonesdirigidos por una persona o que formen cortejo llevarán, ade-más, en el lado más próximo al centro de la calzada, las lucesnecesarias para precisar su situación y dimensiones, las cualesserán de color blanco o amarillo hacia adelante y rojo haciaatrás y, en su caso, podrán constituir un solo conjunto.

11.- Todo usuario de la vía pública, ya sea conductor opeatón, que produzca daños en la misma, en el mobiliariourbano, o en las señales destinadas a regular la circulación,está obligado, en el plazo más breve, a ponerlo en conoci-miento de la Policía Local o en el Ayuntamiento.

12.- Todo autor de un daño a los bienes municipales,está obligado a su íntegra y total reparación.

CAPÍTULO IV: RÉGIMEN DE PARADA Y ESTACIONAMIENTO.Sección 1ª. De la paradaArtículo 20. Se entiende por parada toda inmovilización

de un vehículo durante un tiempo inferior a dos minutos, sinque el conductor pueda abandonarlo. No se consideraráparada la detención accidental o momentánea por necesi-dad de la circulación.

Artículo 21. La parada deberá efectuarse de tal maneraque el vehículo no obstaculice la circulación ni constituya un

riesgo para el resto de los/las usuarios/as de la vía, cuidandoespecialmente la colocación del mismo. En todo caso, laparada tendrá que hacerse arrimando el coche a la acera dela derecha según el sentido de la marcha, aunque en vías deun solo sentido de circulación también se podrá hacer a laizquierda. Los/las pasajeros/as tendrán que bajar por el ladocorrespondiente a la acera. La persona conductora, si tieneque bajar, podrá hacerlo por el otro lado, siempre quepreviamente se asegure que puede efectuarlo sin ningún tipode peligro.

Artículo 22. En todas las zonas y vías públicas, laparada se efectuará en los puntos donde menos dificultadesse produzcan en la circulación. Se exceptúan los casos enque los pasajeros sean personas enfermas o impedidas odiscapacitadas con movilidad reducida al amparo de laautorización regulada en la Orden de 11 de enero de 2001 deConsellería de Bienestar Social. También cuando se trate deservicios públicos de urgencia o de camiones del servicio delimpieza o recogida de basuras.

En las calles urbanizadas sin acera, se dejará unadistancia mínima de un metro desde la fachada más próxima.

Artículo 23. Los auto-taxi y vehículos de gran turismopararán en la forma y lugares que determine la OrdenanzaReguladora del Servicio y en su defecto, con sujeción estrictaa las normas que con carácter general se establecen en lapresente Ordenanza para las paradas.

Artículo 24. Los autobuses, tanto de líneas urbanascomo interurbanas, únicamente podrán dejar y tomar viaje-ros/as en las paradas expresamente determinadas o señali-zadas por la Autoridad Municipal.

Artículo 25. La Autoridad Municipal podrá requerir a lostitulares de centros docentes que tengan servicio de trans-porte escolar para que propongan itinerarios para la recogidade alumnos. Una vez aprobados estos, dicha Autoridadpodrá fijar paradas dentro de cada ruta quedando prohibidala recogida de alumnos fuera de dichas paradas.

Artículo 26. Excepto en los supuestos previstos en elartículo 22 de la presente Ordenanza, queda prohibido pararen los siguientes casos:

a) En las curvas de visibilidad reducida.b) En los pasos a nivel, pasos para ciclistas y pasos para

peatones.c) En los carriles o partes de la vía reservados exclusi-

vamente para la circulación o para el servicio de determina-dos usuarios.

d) En las intersecciones y sus proximidades, si sedificulta el giro a otros vehículos.

e) En los lugares donde se impida la visibilidad de laseñalización u obligue a hacer maniobras.

f) En los carriles para bicicletas.g) En las zonas destinadas para estacionamiento y

parada de uso exclusivo para el transporte público urbano.h) Cuando la distancia entre el vehículo y el borde

opuesto de la calzada o marca longitudinal sobre la misma queindique prohibición de atravesarla sea inferior a tres metros o,en cualquier caso, no permita el paso de otros vehículos.

i) Cuando se impida la incorporación a la circulación deotro vehículo debidamente parado o estacionado.

j) Cuando se obstaculice la utilización normal del pasode salida o acceso a un inmueble de vehículos, personas oanimales.

k) Cuando se obstaculice la utilización normal de lospasos rebajados para disminuidos físicos.

l) En las medianas, separadores, isletas u otros elemen-tos de canalización del tráfico.

m) Cuando se impida el giro autorizado por la señalcorrespondiente.

n) En aquellos lugares en que esté prohibido por la señalreglamentaria correspondiente.

ñ) En aquellos lugares, no contemplados anteriormen-te, que constituyan un peligro, u obstaculicen gravemente eltráfico de peatones, vehículos o animales.

Sección 2ª: Del estacionamientoArtículo 27. Se entiende por estacionamiento toda in-

movilización de un vehículo cuya duración exceda de dos

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minutos, siempre que no esté motivada por imperativo de lacirculación o por el cumplimiento de cualquier requisitoreglamentario.

Artículo 28. El estacionamiento deberá efectuarse de talmanera que el vehículo no obstaculice la circulación niconstituya un riesgo para el resto de los usuarios de la víacuidando especialmente la colocación del mismo situándololo más cerca posible del borde de la calzada según el sentidode la marcha, y el evitar que pueda ponerse en movimientoen ausencia del conductor. A tal objeto los/as conductores/as tendrán que tomar las precauciones adecuadas y sufi-cientes y serán responsables de las infracciones que sepuedan llegar a producir como consecuencia de un cambiode situación del vehículo al ponerse en marcha espontánea-mente o por la acción de terceros, salvo que en este últimocaso haya existido violencia manifiesta.

El estacionamiento se efectuará de forma que permita a losdemás usuarios la mejor utilización del restante espacio libre.

Artículo 29. Los vehículos se podrán estacionar en fila,en batería y en semibatería.

Se denomina estacionamiento en fila o cordón, aquel enque los vehículos están situados unos detrás de otros y deforma paralela al bordillo de la acera.

Se denomina estacionamiento en batería, aquel en quelos vehículos están situados unos al costado de otros y deforma perpendicular al bordillo de la acera.

Se denomina estacionamiento en semibatería, aquel enque los vehículos están situados unos al costado de otros yoblicuamente al bordillo de la acera.

Como norma general el estacionamiento se hará siem-pre en fila. La excepción a esta norma, se tendrá queseñalizar expresamente.

En los estacionamientos con señalización en el pavimen-to, los vehículos se colocarán dentro del perímetro marcado.

Artículo 30. En las vías de doble sentido de circulación,el estacionamiento cuando no estuviera prohibido, se efec-tuará en el lado derecho del sentido de la marcha.

En las vías de un solo sentido de circulación y siempreque no exista señal en contrario el estacionamiento seefectuará en ambos lados de la calzada siempre que se dejeuna anchura para la circulación no inferior a tres metros.

Artículo 31. Las personas conductoras deberán esta-cionar los vehículos tan cerca del bordillo como sea posible,dejando un espacio no superior a 20 centímetros entre elbordillo de la acera y la superficie exterior de las ruedas delvehículo para poder permitir la limpieza de esta parte de lacalzada.

Artículo 32. La Autoridad Municipal podrá fijar zonas enla vía pública para estacionamiento o para utilización comoterminales de línea de autobuses tanto de servicio urbanocomo interurbano, de no existir para éstos últimos, estaciónde autobuses.

Los vehículos destinados al transporte de viajeros o demercancías de cualquier naturaleza no podrán estacionar enlas vías públicas a partir de la hora que la Autoridad Municipaldetermine mediante la correspondiente Resolución Municipal.

Los vehículos destinados al transporte de viajeros o demercancías con Masa Máxima Autorizada (M.M.A.) superiora 3.500 kgs. no podrán estacionar en las vías públicasurbanas salvo en los lugares expresamente autorizados porla Administración Municipal. En ausencia de estos lugares,dichos vehículos deberán estacionar en zonas industriales ocalles donde no exista edificación próxima.

Artículo 33. El Ayuntamiento podrá establecer medidasde estacionamiento limitado, con el fin de garantizar larotación de los aparcamientos.

Artículo 34. La autoridad municipal podrá establecer yseñalizar zonas para la realización de las operaciones decarga y descarga. En tal supuesto, queda prohibido efectuardichas operaciones dentro de un radio de acción de 50metros a partir de la zona reservada.

1) Podrán hacer uso de las reservas de estacionamien-to para carga y descarga cualquier vehículo, siempre queesté destinado al transporte de mercancías o que sin estarloel conductor permanezca en su interior, que esté realizando

operaciones de carga y descarga, mientras duren las opera-ciones y sin superar el tiempo máximo de treinta (30) minu-tos, excepto casos justificados en que se ajustará el tiempoal estrictamente necesario.

2) El Ayuntamiento atendiendo a circunstancias desituación, proximidad a zonas de estacionamiento reguladoy con limitación horaria, o frecuencia de uso, podrá estable-cer regulaciones específicas para la realización de operacio-nes de carga y descarga.

3) Durante la construcción de edificaciones de nuevaplanta los/las solicitantes de las licencias de obras deberánacreditar que disponen de un espacio en el interior de lasobras destinado al estacionamiento de carga y descarga.

Cuando ello fuera posible, las zonas de reserva deestacionamiento por obra se concederán a instancia motiva-da del peticionario quien deberá acreditar, mediante el opor-tuno informe técnico, la imposibilidad de reservar el espacioreferido en el apartado anterior. La Autoridad Municipal a lavista de la documentación aprobada, determinará sobre laprocedencia de su concesión o sobre los condicionamientosde la que se autorice.

La carga y descarga en situaciones o para serviciosespeciales (combustible, mudanzas, operaciones esporádi-cas y excepcionales) deberá ser objeto de regulación porresolución de la Alcaldía. En las autorizaciones que seconcedan se hará constar la finalidad, situación, extensión,fechas y horarios así como la Masa Máxima Autorizada(M.M.A.) de los vehículos.

Artículo 35. Queda prohibido el estacionamiento en loscasos y lugares siguientes:

a) En los lugares donde lo prohíban las señales corres-pondientes.

b) Donde esté prohibida la parada.c) En un mismo lugar de la vía pública durante más de

quince días hábiles, no permitiendo con ello garantizar larotación de los aparcamientos.

d) En doble fila en cualquier supuesto.e) En las zonas señalizadas como reserva de carga y

descarga de mercancías, en los días y horas en que esté envigor la reserva; excepto si se trata de vehículos de personascon movilidad reducida, debidamente identificados y por eltiempo máximo de treinta (30) minutos.

f) En las zonas reservadas para estacionamiento devehículos de servicio público, organismos oficiales, delega-ciones diplomáticas y servicios de urgencia o policía.

g) Delante de los accesos de edificios destinados aespectáculos o actos públicos, en las horas de celebraciónde los mismos ya que con ello se resta facilidad a la salidamasiva de personas en caso de emergencia.

h) Cuando el vehículo estacionado deje para la circulaciónrodada una anchura libre inferior a la de un carril de 3 metros.

i) En las calles de doble sentido de circulación en lascuales la anchura de la calzada sólo permita el paso de doscolumnas de vehículos.

j) Cuando se obstaculice la utilización normal del pasoa inmuebles por vehículos o personas.

k) Cuando se obstaculice la utilización normal de lospasos rebajados para personas de movilidad reducida.

l) En condiciones que dificulten la salida de otros vehí-culos estacionados reglamentariamente.

ll) En los vados, total o parcialmente.m) En los carriles reservados a la circulación de deter-

minadas categorías de vehículos.n) En los lugares reservados exclusivamente para para-

da de determinadas categorías de vehículos.ñ) En los lugares señalizados temporalmente por obras,

actos públicos o manifestaciones deportivas.o) En los lugares habilitados por la Autoridad Municipal

como de estacionamiento con limitación horaria, sin colocarel distintivo que lo autoriza.

p) En los lugares habilitados por la Autoridad Municipalcomo de estacionamiento con limitación horaria, cuando colo-cando el distintivo que lo autoriza se mantenga estacionado elvehículo en exceso sobre el tiempo máximo permitido por laOrdenanza reguladora de esta clase de estacionamientos.

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q) Delante de los lugares reservados para contenedo-res del Servicio Municipal de Limpieza.

r) Sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadasal paso de peatones.

s) En zonas señalizadas para uso exclusivo de perso-nas de movilidad reducida.

t) En las vías públicas, los remolques y semirremolquesseparados del vehículo motor.

u) En las zonas o lugares no autorizados o descritos enla presente ordenanza, los vehículos destinados al transpor-te de viajeros o de mercancías con Masa Máxima Autorizada(M.M.A.) superior a 3.500 kgs.

v) En las calles urbanizadas sin aceras.w) Fuera de los límites del perímetro marcado en los

estacionamientos autorizados.TÍTULO SEGUNDODE LAS ACTIVIDADES EN LA VÍA PÚBLICACARGA Y DESCARGA.Artículo 36. Las labores de Carga y Descarga se realizarán

en vehículos dedicados al transporte de mercancías, o aquellosque estén debidamente autorizados para ello, dentro de laszonas reservadas a tal efecto, y durante el horario establecidoy reflejado en las señalizaciones correspondientes.

En cuanto al peso y medida de los vehículos de trans-porte que realicen operaciones de carga y descarga seajustarán a lo dispuesto por la vigente Ordenanza. No obs-tante, por la Alcaldía podrán limitarse en función de lacapacidad de determinadas vías de la ciudad.

Artículo 37. Se habilitará una tarjeta para vehículosautorizados al transporte y que por sus características (me-nos de 2.000 Kgs.) no tienen posibilidad de obtener la tarjetacorrespondiente. Los vehículos habrán de tener caracterís-ticas comerciales y/o de transporte mixto, de dos asientos,cuya actividad en todo o en parte se desarrolle en su términomunicipal.

Para la concesión de dicha tarjeta deberán de aportarselos siguientes documentos:

a) Particulares:- I.A.E. de otro Municipio.- Permiso de circulación del vehículo.- I.T.V. en vigor.- Impuesto Municipal de Vehículos de Tracción Mecáni-

ca, si se abona en otro Municipio.- Seguro en vigor del vehículo.b) Comercios o Empresas:- I.A.E. de otro Municipio.- Permiso de Circulación del vehículo.- I.T.V. en vigor del vehículo.- Impuesto municipal de vehículos de tracción mecáni-

ca, si es de otro Municipio.- Seguro en vigor del vehículo.Artículo 38. La Carga y Descarga de mercancías se

realizará:a) Preferentemente en el interior de los locales comer-

ciales e industriales, siempre que reúnan las condicionesadecuadas, cuando las características de acceso de losviales lo permita.

b) En las zonas reservadas para este fin, dentro delhorario reflejado en la señalización correspondiente.

c) Únicamente se permitirá la Carga y Descarga fuerade las zonas reservadas, en los días, horas y lugares que seautoricen especialmente.

Artículo 39. La Alcaldía podrá dictar disposiciones queversen sobre las siguientes materias:

a) Señalización de zonas reservadas para Carga yDescarga, en las que será de aplicación el Régimen Especialde los Estacionamientos Regulados y con horario limitado.

b) Delimitación de las zonas de Carga y Descarga.c) Delimitación de peso y dimensiones de los vehículos

para determinadas vías de la ciudad.d) Horario permitido para realizar las operaciones de

Carga y Descarga, en relación con la problemática propia enlas diferentes vías y barrios de la ciudad.

e) Servicios especiales para realizar operaciones deCarga y Descarga, con expresión de días, horas y lugares.

f) Autorizaciones especiales para:- Camiones de 12 Toneladas y media o más- Vehículos que transporten mercancías peligrosas- OtrasArtículo 40. Los camiones de transporte superior a 12,5

o más toneladas podrán descargar exclusivamente en:a) Intercambiadores de mercancías o lugar destinado

por el Ayuntamiento para ello.b) En el interior de locales comerciales e industriales,

siempre que reúnan las condiciones adecuadas y utilizandotrayectos previamente autorizados por la Autoridad Municipal.

c) Autorización especial para aquellos casos específi-cos en los que no puedan acogerse a lo anterior.

Artículo 41. Las mercancías, los materiales o las cosasque sean objeto de la Carga y Descarga no se dejarán en lavía pública, sino que se trasladarán directamente del inmue-ble al vehículo o viceversa, salvo en casos excepcionalesque deberán ser expresamente autorizados y contar con lapreceptiva Licencia para la ocupación de la Vía Pública,atendiendo en todo caso a las condiciones que determina lapresente Ordenanza sobre realización y balizamiento deobras en vía pública.

Artículo 42. Las operaciones de Carga y Descargatendrán que realizarse con las debidas precauciones paraevitar ruidos innecesarios, y con la obligación de dejar limpiala vía pública.

Artículo 43. Las mercancías se cargarán y descargaránpor el lado del vehículo más cercano a la acera, utilizando losmedios necesarios y personal suficiente para agilizar laoperación, procurando no dificultar la circulación, tanto depeatones como de vehículos. En caso de existir peligro parapeatones o vehículos mientras se realice la Carga y Descar-ga se deberá señalizar debidamente.

Artículo 44. No podrán permanecer estacionados, enlas zonas habilitadas para Carga y Descarga, vehículos queno estén realizando dicha actividad.

Artículo 45. Las operaciones deberán efectuarse conpersonal suficiente para terminarlas lo más rápidamente posi-ble, siendo el límite de tiempo autorizado para cada operación,con carácter general, de 30 minutos. Excepcionalmente sepodrá autorizar un período mayor de tiempo previa solicituddebidamente justificada y para una operación en concreto.

Artículo 46. Para facilitar el control del tiempo máximoen la realización de cada operación de carga y descarga quese establezca en el artículo anterior, será obligatoria laexhibición de la hora de inicio de la operación, que secolocará en el parabrisas de tal forma que quede totalmentevisible. A tal efecto, el Ayuntamiento podrá instalar máquinasexpendedoras de tickets con la hora de inicio de aparcamien-to en Carga y Descarga.

En caso de no existir dichas máquinas, la hora de iniciodel aparcamiento se colocará por el usuario, debiendo refle-jar, en cualquier caso, dicha hora. Transcurrido el tiempoautorizado de 30 minutos, no podrá encontrarse estacionadoen zona de Carga y Descarga ningún vehículo cerrado sinconductor, que no realice operaciones propias del aparca-miento. Se considerará, a todos los efectos, como no autori-zado, pudiendo incluso ser retirado por grúa, con indepen-dencia de las sanciones que corresponda.

TÍTULO TERCERO.DE LAS AUTORIZACIONES PARA ENTRADA Y SALIDA DE

VEHÍCULOS (VADOS)Artículo 47. Está sujeto a Autorización Municipal el acce-

so de vehículos al interior de inmuebles cuando sea necesariocruzar aceras u otros bienes de dominio y uso público o quesuponga un uso privativo o una especial restricción del usoque corresponda a todos los ciudadanos respecto a todosbienes o impida el estacionamiento o parada de otros vehícu-los en el frente por el que se realiza el acceso.

Artículo 48. Obligaciones del titular del Vado: Al titulardel vado o la comunidad de propietarios correspondiente, leserán de aplicación las siguientes obligaciones:

1. La limpieza de los accesos al inmueble de grasa,aceites u otros elementos producidos como consecuenciade la entrada y salida de vehículos.

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2. Colocar la señal de vado permanente en zona visiblede la puerta de entrada o salida del inmueble, preferente-mente en el lateral derecho o en su defecto, en la zona centralsuperior de la fachada de la puerta. Excepcionalmente, enaquellos inmuebles con accesos de largo recorrido, se per-mitirá que se coloque en barra vertical.

3. A la adquisición de la señal de vado aprobada por elAyuntamiento.

Artículo 49. La autorización de entrada de vehículosserá concedida por la Alcaldía o Concejal-Delegado corres-pondiente o propuesta de los servicios correspondientes.

La solicitud de autorización de entrada de vehículospodrá ser solicitada por los propietarios y los poseedoreslegítimos de los inmuebles a los que se haya de permitir elacceso, así como los promotores o contratistas en el supues-to de obras.

Artículo 50. El expediente de concesión de entrada devehículos podrá iniciarse de oficio o previa petición de losinteresados y ha de acompañarse de la siguiente documen-tación:

- Plano de situación a escala 1:2.000 de la cartografíamunicipal.

- Plano de la fachada del inmueble con acotacionesexpresas de la entrada solicitada a escala 1:50.

- Plano de planta y número de plazas existentes porplanta.

- Fotografía de la fachada del inmueble.- Licencia de obras y primera ocupación cuando en ellos

conste expresamente zona o reserva de aparcamiento.- Licencia de habilitación del local para garaje (cuando

requiera obra).- Licencia de modificación de uso (cuando no requiera

obra).- Licencia de apertura:x Cuando en ella consta expresamente zona de aparca-

miento.x Cuando aunque no conste expresamente se otorgue

para el desarrollo de actividad de taller de reparación devehículos, de venta o alquiler o exposición de vehículos,lavado y engrase de vehículos, inspección de vehículos yestaciones de servicio.

Cuando los documentos exigidos sean de los expedi-dos por la Administración actuante, podrá suplirse su apor-tación cuando así lo haga constar el interesado y facilite losdatos necesarios para la localización y verificación de suexistencia por la Administración y se otorgarán tras la com-probación de los documentos presentados y emitidos losinformes favorables por los Servicios correspondientes.

Artículo .51. Las entradas de vehículos pueden ser delos siguientes tipos:

A.- Permanentes:- Garajes privados o de comunidades de propietarios

con más de tres vehículos y una superficie mínima de 36metros cuadrados.

- Garaje público con capacidad superior a 10 plazas ytalleres con cabida superior a 10 vehículos, siempre y cuandoacrediten que prestan servicios permanentes de urgencia.

- Garajes destinados a vivienda unifamiliar.- Edificios o instalaciones de equipamientos comunita-

rios de carácter sanitario, hospitales y ambulatorios.- Gasolineras, estaciones de servicio, venta de carbu-

rantes.- Aparcamientos de promoción pública.- Edificios destinados a organismos oficiales, cuando la

naturaleza del mismo lo exige.B.- Laboral:Se otorga a las siguientes actividades:- Talleres con capacidad inferior a 10 vehículos o que

aun teniendo una capacidad superior, no justifiquen queprestan servicio permanente de urgencia.

- Obras de construcción, derribo, reforma y reparaciónde edificios.

- Almacenes de actividades comerciales.- Concesionarios de automóviles, compraventa de vehí-

culos usados y alquiler sin conductor.

- Otras actividades de características análogas.El horario laboral, se establece con carácter general de

9.30 a 20.30 horas con excepción de domingos y festivos.C.- Nocturnos:Se otorgará vado nocturno en los siguientes casos:- Los garajes destinados a comunidades de propietarios

o propietarios individuales en los que la capacidad del localsea inferior a cuatro vehículos.

- A los garajes de comunidad con capacidad del localsuperior a 10 vehículos en los casos en que esta modalidadde vado sea solicitada.

El horario en que se autoriza es de 21.00 a 9.00 horasdurante todos los días de la semana.

La Administración podrá iniciar de oficio la concesión devado en aquellos casos en que conozca el ejercicio de unparticular del derecho que le otorga una Licencia Municipalpara la actividad de garaje, en cuyo caso, comprobada laexistencia de dicho acto administrativo y previa notificaciónal titular de la licencia, se procederá a su otorgamiento y altaen los Padrones Municipales afectados momento a partir delcual el titular quedará sujeto a cumplimiento de las obligacio-nes derivadas de la Ordenanza sustantiva y fiscal.

Artículo 52. Señalización:Están constituidas por dos tipos de señalización:A.- Vertical:Instalación en la puerta, fachada o construcción de un

disco de prohibición de estacionamiento ajustado al modelooficial que podrá ser facilitado por el Ayuntamiento previoabono de las tasas correspondientes en las que constará:

- El número de identificación otorgado por el Ayunta-miento.

- Los metros de reserva autorizada.- La denominación del vado:Permanente.Laboral.Nocturno.Debiendo constar en estos dos últimos casos, el horario.- La vigencia del vado en que debe constar el año en

curso.B.- Horizontal:Consiste en una franja amarilla de longitud correspon-

diente a la del ancho de la entrada pintada en el bordillo o enla calzada junto al bordillo.

No se permitirá en ningún caso colocar rampas ocupan-do la calzada.

En el supuesto de que el interesado necesite realizaralguna obra de adaptación del vado deberá pedir el corres-pondiente permiso de obra.

Los gastos que ocasione la señalización descrita, asícomo las obras necesarias serán a cuenta del solicitante,que vendrá obligado a mantener la señalización tanto verti-cal como horizontal en las debidas condiciones.

Artículo 53. Los desperfectos ocasionados en acerascon motivo del uso especial que comporta la entrada y salidade vehículos con ocasión del vado concedido, será respon-sabilidad de los titulares, quienes vendrán obligados a sureparación a requerimiento de la autoridad competente ydentro del plazo que al efecto se otorgue y cuyo incumpli-miento dará lugar a la ejecución forzosa en los términosregulados en la Ley de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 54. El Ayuntamiento podrá suspender por razonesdel tráfico, obras en vía pública u otras circunstancias extraor-dinarias los efectos de la autorización con carácter temporal.

Artículo 55. Las autorizaciones podrán ser revocadaspor el órgano que las dictó en los siguientes casos:

- Por ser destinadas a fines distintos para los que fueronotorgadas.

- Por haber desaparecido las causas o circunstanciasque dieron lugar a su otorgamiento.

- Por no abonar el precio público anual correspondiente.- Por incumplir las condiciones relativas a los horarios o

carecer de la señalización adecuada.- Por causas motivadas relativas al tráfico o circunstan-

cias de la vía pública.

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La revocación dará lugar a la obligación del titular de retirarla señalización, reparar el bordillo de la acera a su estado inicialy entregar la placa identificativa en el Ayuntamiento.

Artículo 56. Cuando se solicite la baja o anulación dela autorización de entrada de vehículos que se venía disfru-tando por dejar de usar el local como aparcamiento, sedeberá suprimir toda la señalización indicativa de la exis-tencia de la entrada, reparación del bordillo de la acera alestado inicial y entrega de la placa en los Servicios Munici-pales correspondientes.

Previa comprobación del cumplimiento de estos requi-sitos por los Servicios Municipales correspondientes, seprocederá a la concesión de la baja solicitada.

TÍTULO CUARTODE LAS MEDIDAS CAUTELARESCAPÍTULO I: INMOVILIZACIÓN DEL VEHÍCULOArtículo 57. 1.-La policía local podrá inmovilizar los

vehículos que se encuentren en los siguientes supuestos:a) Cuando el conductor se niegue a someterse a las

pruebas para la obtención de la alcoholemia, del consumo depsicotrópicos, estupefacientes, estimulantes o sustanciasanálogas, o cuando el resultado de la prueba haya sidopositivo.

b) Cuando el vehículo supera los niveles de ruido, gasesy humos permitidos reglamentariamente.

c) Cuando el vehículo vaya desprovisto de cinturones yotros elementos de seguridad obligatorios.

d) Cuando los conductores de ciclomotores ymotocicletas circulen sin el obligatorio casco homologado.

e) Cuando al vehículo se le haya efectuado una reformade importancia no autorizada.

f) Cuando el vehículo no esté autorizado a circular.g) Cuando la circulación del vehículo no esté amparada

por el correspondiente seguro obligatorio.h) Cuando un vehículo permanezca estacionado en

lugares habilitados por la Autoridad Municipal como deestacionamiento con limitación horaria sin colocar el distin-tivo que lo autoriza, o cuando se rebase el doble del tiempoabonado conforme a lo establecido en la Ordenanza Munici-pal.1

i) Y en cualquier otra circunstancia que legalmente seestablezca.

2.-Los gastos que se originen como consecuencia de lainmovilización del vehículo será por cuenta del titular, quedeberá abonarlos o garantizar su pago como requisito previoa levantar tal medida, sin perjuicio del derecho de defensaque le asiste y de la posibilidad de repercutirlo sobre lapersona responsable que haya dado lugar a que la adminis-tración adopte dicha medida.

3.-Cuando con motivo de una infracción, el infractor noacredite su residencia habitual en territorio español, el agen-te denunciante fijará provisionalmente la cuantía de la multay, de no depositarse su importe o garantizarse su pago porcualquier medio admitido en derecho, procederá a la inmo-vilización del vehículo.

CAPÍTULO II: RETIRADA DE VEHÍCULOS DE LA VÍA PÚBLICAArtículo 58. La Policía Local podrá ordenar la retirada de

un vehículo de la vía pública y su traslado al depósitomunicipal de vehículos, cuando se encuentre estacionadoen algunas de las siguientes circunstancias:

1) En lugares que constituya un peligro.2) Si perturba gravemente la circulación de peatones o

vehículos.3) Si obstaculiza o dificulta el funcionamiento de algún

servicio público.4) Si ocasiona pérdidas o deterioro en el patrimonio

público.5) Si se encuentra en situación de vehículo abandonado.6) Cuando un vehículo permanezca estacionado en

lugares habilitados por la Autoridad Municipal como de esta-cionamiento con limitación horaria sin colocar el distintivo quelo autoriza, o cuando se rebase el doble del tiempo abonadoconforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal.

7) En los carriles o partes de las vías reservadosexclusivamente para la circulación o para el servicio de

determinados usuarios (carril-bus, carril-taxi, paradas, dis-minuidos físicos, etc.)

8) En caso de accidentes que impidan continuar la marcha.9) En un estado de deterioro tal que haya obligado a su

inmovilización.10) Cuando procediendo legalmente a la inmovilización

del vehículo no hubiere lugar adecuado para practicar lamisma sin obstaculizar la circulación de vehículos o personas.

11) En espacios reservados a servicios de seguridad ourgencias.

12) En vías catalogadas como de atención preferente(VAP).

13) En cualquier otro supuesto previsto en la Ley o enesta Ordenanza.

Artículo 59. Se considerará que un vehículo se encuen-tra estacionado originando una situación de peligro para elresto de peatones y conductores cuando se efectúe:

1) En las curvas o cambios de rasantes.2) En las intersecciones de calles y sus proximidades,

produciendo una disminución de la visibilidad.3) En los lugares en los que se impida la visibilidad de

las señales de circulación.4) De manera que sobresalga del vértice de la esquina

de la acera, obligando al resto de conductores a variar sutrayectoria, o dificultando el giro de los vehículos.

5) Cuando se obstaculice la salida de emergencia de loslocales destinados a espectáculos públicos y entretenimien-to durante las horas de apertura de los mismos.

6) En la calzada, fuera de los lugares permitidos.7) En las medianas, separadores, isletas u otros ele-

mentos de canalización del tráfico.8) En zonas del pavimento señalizadas con franjas blancas.Artículo 60. Se entenderá que el vehículo se encuentra

estacionado en lugar que perturba la circulación de peatonesy vehículos en los siguientes casos:

1) Cuando esté prohibida la parada.2) Cuando no permita el paso de otros vehículos.3) Cuando obstaculice la salida o acceso a un inmueble

a través del vado.4) Cuando se impida la incorporación a la circulación de

otro vehículo correctamente estacionado.5) Cuando se encuentre estacionado en doble fila sin

conductor.6) Cuando invada carriles o parte de las vías reservadas

exclusivamente para la circulación o para el servicio de losdemás usuarios.

7) Cuando se encuentre estacionado en los pasos depeatones y de disminuidos físicos y en los pasos paraciclistas o en sus proximidades.

8) Cuando se encuentre estacionado en la acera, enislas peatonales y demás zonas reservadas a los peatones.

9) En vías de atención preferente.10) En zonas reservadas a disminuidos físicos.Artículo 61. El estacionamiento obstaculizará el funcio-

namiento de un servicio público cuando tenga lugar:1) En las paradas reservadas a los vehículos de trans-

porte público.2) En los carriles reservados a la circulación de vehícu-

los de transporte público.3) En las zonas reservadas para la colocación de

contenedores de residuos sólidos urbanos u otro tipo demobiliario urbano.

4) En las salidas reservadas a servicios de urgencia yseguridad.

5) En las zonas de carga y descarga, sin autorización.Artículo 62. Se entenderá que el estacionamiento origi-

na pérdida o deterioro del patrimonio público cuando seefectúe en jardines, setos, zonas arboladas, fuentes y otraspartes de la vía destinadas al ornato y decoro de la ciudad.

Artículo 63. La Autoridad Municipal podrá presumirrazonablemente que un vehículo se encuentra en situaciónde vehículo abandonado en los siguientes casos:

1.- Cuando transcurran más de dos meses desde que elvehículo haya sido depositado tras su retirada de la víapública por la autoridad competente.

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2.- Cuando permanezca estacionado por un períodosuperior a un mes en el mismo lugar y presente signos desuciedad acumulada, ruedas deshinchadas, puertas o ven-tanas abiertas o fracturadas, mal estado en general delmismo, tener el adhesivo de la inspección técnica del vehí-culo caducado o carecer del mismo en los vehículos obliga-dos a ello. También cuando presente desperfectos quehagan imposible su desplazamiento por sus propios medioso le falten las placas de matriculación. En este caso, tendráel tratamiento de residuo sólido urbano de acuerdo con lanormativa ambiental correspondiente.

En el supuesto contemplado en el apartado 1) y enaquellos vehículos que, aun teniendo signos de abandono,mantengan la placa de matriculación o dispongan de cual-quier signo o marca visible que permita la identificación de sutitular, se requerirá a éste, una vez transcurridos los corres-pondientes plazos para que en el plazo de quince días retireel vehículo del depósito, con la advertencia de que en casocontrario, se procederá a su tratamiento como residuo sólidourbano.

Artículo 64. Aun cuando se encuentren correctamenteestacionados, la Autoridad Municipal podrá retirar los vehí-culos de la vía pública en las situaciones siguientes:

1) Cuando estén aparcados en lugares en los que estéprevisto la realización de un acto público debidamente auto-rizado.

2) Cuando estén estacionados en zonas donde seprevea la realización de labores de limpieza, reparación oseñalización de la vía pública.

3) En casos de emergencia.El Ayuntamiento deberá advertir con la antelación sufi-

ciente las referidas circunstancias mediante la colocación delos avisos necesarios.

Una vez retirados, los vehículos serán conducidos allugar de depósito autorizado más próximo, lo cual se pondráen conocimiento de sus titulares.

Artículo 65. Salvo las excepciones legalmente previs-tas, los gastos que se originen como consecuencia de laretirada del vehículo y su estancia en el Depósito Municipalserán por cuenta del titular, que tendrá que pagarlos ogarantizar el pago como requisito previo a la devolución delvehículo, sin perjuicio del derecho de interposición de recur-so que le asiste. Por otro lado, la retirada del vehículo sólopodrá hacerla el titular o persona autorizada.

Artículo 66. La retirada del vehículo se suspenderáinmediatamente, si el conductor comparece antes que lagrúa haya iniciado su marcha con el vehículo enganchado, ytoma las medidas necesarias para hacer cesar la situaciónirregular en la que se encontraba.

Artículo 67. Serán retirados inmediatamente de la víapública por la Autoridad Municipal todos aquellos objetosque se encuentren en la misma y no haya persona algunaque se haga responsable de los mismos, los cuales serántrasladados al Depósito Municipal.

De igual forma se actuará en el caso de que el objetoentorpezca el tráfico de peatones o de vehículos, así comosi su propietario se negara a retirarlo de inmediato.

TÍTULO QUINTODE LA RESPONSABILIDADArtículo 68. 1.-La responsabilidad de las infracciones

por lo dispuesto en la Ley sobre Tráfico, Circulación deVehículos a Motor y Seguridad Vial, recaerá directamenteen el autor del hecho en que consista la infracción, exceptoen el supuesto de los pasajeros de los vehículos que esténobligados a utilizar el casco de protección en los casos y enlas condiciones que reglamentariamente se determinan, enque la responsabilidad por la infracción recaerá en elconductor.

Cuando la autoría de los hechos cometidos correspon-da a un menor de 18 años, responderán solidariamente porél sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales ode hecho, por este orden, en razón al incumplimiento de laobligación impuesta a los mismos que conlleva un deber deprevenir la infracción administrativa que se imputa a losmenores.

La responsabilidad solidaria quedará referida estricta-mente a la pecuniaria derivada de la multa impuesta quepodrá ser moderada por la autoridad sancionadora. Cuandose trate de infracciones leves, previo el consentimiento de laspersonas referidas en el párrafo anterior, podrá sustituirse lasanción económica de multa por medidas sociales relaciona-das con la seguridad vial.

2.-El titular que figure en el Registro de Vehículos será entodo caso responsable por las infracciones relativas a ladocumentación del vehículo, las relativas al estado de conser-vación, cuando las deficiencias afecten a las condiciones deseguridad del vehículo y por las derivadas del incumplimientode las normas relativas a reconocimientos periódicos.

3.-El titular o arrendatario del vehículo con el que sehaya cometido una infracción debidamente requerido paraello, tiene el deber de identificar verazmente al conductorresponsable de la infracción y si incumpliere esta obligaciónen el trámite procedimental oportuno sin causa justificada,será sancionado pecuniariamente como autor de infracciónmuy grave, prevista en el artículo 65.5.i)

En los mismos términos responderán las personasespecificadas en el párrafo anterior cuando no sea posiblenotificar la denuncia al conductor que aquellos identifiquen,por causa imputable a ellos.

Las empresas de alquiler sin conductor a corto plazo,acreditarán el cumplimiento de la obligación legal de identi-ficar al conductor responsable de la infracción mediante laremisión, al órgano instructor correspondiente, de un dupli-cado o copia del contrato de arrendamiento donde quedeacreditado el concepto de conductor de la persona que figureen el contrato.

TÍTULO SEXTO.DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADORArtículo 69. Será competencia de la Alcaldía-Presiden-

cia, y por su delegación del Concejal/a en quien pudieradelegar, la imposición de las sanciones por infracción a lospreceptos contenidos en la presente Ordenanza.

Artículo 70. Las denuncias de los Agentes de la PolicíaLocal, cuando ejerzan funciones de vigilancia y control de lacirculación vial, tendrán valor probatorio, sin perjuicio deldeber de aquellos de aportar todas las pruebas que seanposibles sobre los hechos de la denuncia y sin perjuicio,asimismo, de las pruebas que en su defensa puedan aportaro designar los denunciados.

Asimismo, cualquier persona podrá formular denunciade las infracciones a los preceptos de la presente Ordenanzaque pudiera observar.

En este último caso, la denuncia no tendrá presunciónde veracidad.

Artículo 71. En las denuncias que se formulen, tanto arequerimiento como de oficio, deberá constar necesariamente:

1. La identificación del vehículo con el que se hubieracometido la presunta infracción.

2. La identidad del conductor, si ésta fuera conocida.3. Una relación circunstanciada del hecho que se de-

nuncia, con indicación del lugar, fecha y hora de la supuestainfracción.

4. Nombre, profesión y domicilio del denunciante, datoséstos que podrán ser sustituidos por su número de identifica-ción cuando la denuncia haya sido formulada por un agentede la Policía Local en el ejercicio de sus funciones.

Artículo 72. En las denuncias de carácter obligatorio, elagente denunciante extenderá la denuncia por triplicado,entregando un ejemplar al presunto infractor, remitiendo otroejemplar al órgano instructor del expediente y conservandoel tercero en su poder.

El boletín de denuncia será firmado por el agentedenunciante y el denunciado, sin que la firma de éste últimosuponga aceptación de los hechos que se le imputan.

En el supuesto de que el denunciado se negase a firmar,el Agente denunciante hará constar esta circunstancia en elboletín de denuncia.

Artículo 73. Las denuncias de carácter voluntario po-drán formularse ante el Agente de la Policía Local encargadode la vigilancia o regulación del tráfico que se encuentre más

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próximo al lugar de los hechos o mediante escrito dirigido ala Alcaldía-Presidencia.

Cuando la denuncia se formulase ante los agentes de laPolicía Local, éstos extenderán el correspondiente boletínde denuncia en el que harán constar si pudieron comprobarpersonalmente la presunta infracción denunciada, así comosi pudieron notificarla.

Artículo 74. Recibida la denuncia en el Ayuntamiento, elórgano instructor examinará y comprobará el cumplimientode los requisitos legales establecidos, impulsando, en sucaso, su ulterior tramitación.

Artículo 75. Como norma general, las denuncias decarácter obligatorio formuladas por los Agentes de la PolicíaLocal o Guardia Urbana encargados de la vigilancia deltráfico, se notificarán en el acto a los denunciados, haciendoconstar los datos que señala el artículo 77 así como que conellas quedan incoados los correspondientes expedientes, yque disponen de un plazo de quince días para que aleguencuanto estimen conveniente y propongan las pruebas quecrean pertinentes. Asimismo deberán contener los siguien-tes datos:

- Sanción aplicable.- Instructor y, en su caso, Secretario del procedimiento.- Órgano competente para la resolución del expediente

y norma que le atribuya tal competencia.- Indicación de la posibilidad de que el presunto respon-

sable pueda reconocer voluntariamente su responsabilidad,implicando la terminación del procedimiento.

- Indicación del plazo de caducidad.La omisión de cualquiera de estos requisitos en la

denuncia impediría entender iniciado un procedimiento san-cionador de tráfico aunque se haya identificado en el acto alinfractor, debiendo adoptarse acto o acuerdo de incoaciónpor el órgano competente y notificarse posteriormente alinteresado.

Por razones justificadas, que deberán constar en elpropio boletín de denuncia podrán notificarse las mismascon posterioridad.

Las denuncias formuladas por los Agentes de la PolicíaLocal sin parar a los denunciados no serán válidas, a menosque consten en las mismas las causas concretas y específi-cas por las que no fue posible detener el vehículo.

Será causa legal que justifique la notificación de ladenuncia en momento posterior, el hecho de formularse lamisma en momentos de gran intensidad de circulación oconcurriendo factores meteorológicos adversos, obras uotras circunstancias en que la detención del vehículo tam-bién pueda originar un riesgo concreto.

Asimismo, la notificación de la denuncia podrá efectuar-se en un momento posterior cuando la autoridad haya tenidoconocimiento de los hechos a través de medios de captacióny reproducción de imágenes que permitan la identificacióndel vehículo.

Procederá también la notificación de la denuncia enmomento posterior a su formulación en los casos de vehícu-los estacionados cuando el conductor no esté presente.

Artículo 76. A efecto de notificaciones, se considerarádomicilio del conductor y del titular del vehículo aquél queexpresamente hubieren indicado y, en su defecto, el quefigure en los correspondientes Registros de conductores einfractores y de propietarios de vehículos respectivamente.

Las notificaciones de las denuncias que no se entre-guen en el acto se cursarán al domicilio requerido en elpárrafo anterior, con sujeción a lo establecido en la Ley deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Artículo 77. Los expedientes sancionadores serán ins-truidos por los órganos competentes del Ayuntamiento, quie-nes dispondrán la notificación de las denuncias si no lohubiera hecho el agente denunciante, concediendo un plazode quince días al presunto infractor para que formule alega-ciones y proponga las prácticas de las pruebas de las queintente valerse.

De las alegaciones del denunciado se dará traslado aldenunciante para que emita informe en el plazo de quince

días, salvo que no se aporten datos nuevos o distintos de losinicialmente constatados por el denunciante.

Artículo 78. Cuando fuera preciso para la averiguacióny calificación de los hechos, o para la determinación de lasposibles responsabilidades, el instructor acordará la apertu-ra de un período de prueba por un plazo no inferior a diez díasni superior a treinta.

Sólo podrán rechazarse, mediante resolución motiva-da, las pruebas propuestas por los interesados que resultenimprocedentes.

Si a petición del interesado deben practicarse pruebasque impliquen gastos que no deba soportar la Administra-ción, ésta podrá exigir el anticipo de los mismos a reserva dela liquidación definitiva que se llevará a efecto una vezpracticada la prueba, uniendo los comprobantes que acredi-ten la realidad y cuantía de los gastos efectuados.

Una vez concluida la instrucción del procedimiento ypracticada la audiencia al interesado por el órgano corres-pondiente, salvo cuando no figuren en el procedimiento nisean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos y otrasalegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado, elinstructor elevará propuesta de resolución al órgano quetenga atribuida la competencia sancionadora para que dictela resolución que proceda.

El acuerdo de iniciación de los procedimientos sancio-nadores se comunicará al instructor, con traslado de cuantasactuaciones existan al respecto, y se notificará al denuncian-te, en su caso, y a los interesados, entendiendo en todo casopor tal al inculpado. En la notificación se advertirá a losinteresados que, de no efectuar alegaciones sobre el conte-nido de la iniciación del procedimiento en el plazo de 15 días,la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolucióncuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de laresponsabilidad imputada.

Salvo el supuesto contemplado en el párrafo anterior,se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando nofiguren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otroshechos ni otras alegaciones y pruebas de las aducidas, en sucaso, por el interesado de conformidad con lo previsto en elartículo 3 y en el punto 1 del artículo 16 del Real Decreto1398/1993, de 4 de agosto por el que se aprueba el Regla-mento del Procedimiento para el Ejercicio de la PotestadSancionadora.

Artículo 79. La resolución del expediente deberá sernotificada en el plazo de un año contado desde que se inició elprocedimiento, y decidirá todas las cuestiones planteadas porlos interesados y aquellas otras derivadas del procedimiento.

La resolución no podrá tener en cuenta hechos distintosde los determinados en la fase de instrucción del procedi-miento, sin perjuicio de la diferente valoración jurídica.

Si no se hubiera notificado la resolución sancionadoratranscurrido un año desde la iniciación del procedimiento, osi no consta un intento de notificación de la misma debida-mente acreditado en el expediente antes de que finalicedicho plazo, se producirá la caducidad del procedimiento y seprocederá al archivo de las actuaciones, a solicitud delinteresado o de oficio por el órgano competente para dictarla resolución, excepto en los casos en que el procedimientose hubiera paralizado por causa imputable a los interesadoso se hubiera suspendido por las actuaciones judiciales a quese refiere el artículo 2 apartado 1 del Reglamento de Proce-dimiento Sancionador en materia de tráfico, circulación devehículos a motor y seguridad vial.

Cuando la paralización del procedimiento se hubiereproducido a causa del conocimiento de los hechos por lajurisdicción penal y cuando hubiere intervenido otra autori-dad competente para imponer la sanción de multa y que hayade trasladar el expediente para substanciar la suspensión dela autorización administrativa para conducir a la Administra-ción General del Estado, el plazo de caducidad se suspende-rá y reanudará, por el tiempo que reste hasta un año, una vezhaya adquirido firmeza la resolución judicial o administrativacorrespondiente.

Artículo 80. En el supuesto de que exista delegación decompetencias, contra las resoluciones del Concejal/a Dele-

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gado/a, podrá interponerse recurso de reposición en el plazode un mes, ante el Alcalde-Presidente.

Las resoluciones que pongan fin a la vía administrativaserán recurribles en la jurisdicción contencioso-administrativa.

Artículo 81. El plazo de prescripción de las infraccionesprevistas en la Ley 19/2001 será el de tres meses para lasinfracciones leves, seis meses para las infracciones gravesy un año para las infracciones muy graves y para las infrac-ciones previstas en el artículo 67.2 de mencionada Ley.

El plazo de prescripción se cuenta a partir del día en quelos hechos se hubieren cometido. La prescripción se inte-rrumpe por cualquier actuación administrativa de la quetenga conocimiento el denunciado o esté encaminada aaveriguar su identidad o domicilio y se practiquen con pro-yección externa a la dependencia en que se origine. Tambiénse interrumpe la prescripción por la notificación efectuada deacuerdo con lo establecido en el artículo 78 de la Ley 19/2001. La prescripción se reanuda si el procedimiento separaliza durante más de un mes por causa no imputable aldenunciado.

El plazo de prescripción de las sanciones será de unaño, computado desde el día siguiente a aquél en queadquiera firmeza la resolución por la que se imponga lacorrespondiente sanción.

Interrumpirá la prescripción la iniciación, con conoci-miento del interesado, del procedimiento de ejecución, vol-viendo a transcurrir el plazo si aquél está paralizado durantemás de un mes por causa no imputable al infractor.

Artículo 82. Las infracciones que pudieran cometersecontra lo dispuesto en la presente Ordenanza serán sancio-nadas con las multas previstas en la Ley 19/2001: Lasinfracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 90euros; las graves, con multa de 91 a 300 euros; y las muygraves, de 301 a 600 euros.

Artículo 83. En el caso de infracciones graves podráimponerse, además, la sanción de suspensión del permiso olicencia de conducción por el tiempo mínimo de un mes ymáximo de hasta tres meses, y en el supuesto de infraccio-nes muy graves se impondrá, en todo caso, la sanción desuspensión por el tiempo mínimo de un mes y máximo de tresmeses, todo ello sin perjuicio de las excepciones que seestablecen en este artículo.

Las sanciones de multa podrán hacerse efectivas conuna reducción del 30 por ciento sobre la cuantía correspon-diente que se haya consignado correctamente en el boletínde denuncia por el agente o, en su defecto, en la notificaciónposterior de dicha denuncia realizada por el instructor delexpediente, siempre que dicho pago se efectúe durante los30 días naturales siguientes a aquel en que tenga lugar la

citada notificación. El abono anticipado con la reducciónanteriormente señalada, salvo que proceda imponer ade-más la medida de suspensión del permiso o de la licencia deconducir, implicará únicamente la renuncia a formular alega-ciones y la terminación del procedimiento sin necesidad dedictar resolución expresa, sin perjuicio de la posibilidad deinterponer los recursos correspondientes.

Cuando el infractor no acredite su residencia legal enterritorio español, el agente denunciante fijará provisional-mente la cuantía de la multa y, de no depositarse su importe,inmovilizará el vehículo.

Artículo 84. Las multas deberán hacerse efectivas a losórganos de recaudación de la administración gestora, directa-mente o a través de entidades bancarias o de crédito concer-tadas, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fechaen que sean definitivas en la vía administrativa voluntaria.

Transcurrido dicho plazo sin haberse efectuado el in-greso, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento deapremio.

CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES BASADO ENLA LEY SOBRE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS AMOTOR Y SEGURIDAD VIAL APROBADO POR REAL DECRETOLEGISLATIVO 339/1990, DE 2 DE MARZO, Y REAL DECRETO1428/2003, DE 21 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA ELREGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓN ADAPTADO A LASMODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY 17/2005, DE 19DE JULIO, POR LA QUE SE REGULA EL PERMISO Y LA LICENCIADE CONDUCCIÓN POR PUNTOS Y SE MODIFICA EL TEXTOARTICULADO DE LA LEY SOBRE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DEVEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL.

Nomenclatura empleada en el cuadro:LSV: ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor

y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo339/1990, de 2 de marzo, modificada por la Ley 17/2005, de19 de julio, por la que se regula el permiso y la licencia deconducción por puntos.

RGC: Real Decreto 1.428/2003, de 21 de noviembre,por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación.

ART: artículo.APAR: apartado del artículo.OPC: opción dentro del apartado del artículo.INF: InfracciónL: LeveG: GraveMG: Muy GraveANEXO II Ley 17/05: número del anexo al que correspon-

de la infracción.PTOS: puntos a detraer en el caso de la infracción

correspondiente.

USUARIOS Y CONDUCTORESANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 9 1 COMPORTARSE DE FORMA QUE SE ENTORPECE INDEBIDAMENTE LA CIRCULACIÓN. 361 L

RGC 2 1LSV 9 1 COMPORTARSE ORIGINANDO PELIGRO, PERJUICIOS O MOLESTIAS A OTROS USUARIOS. 48

2 LRGC 2 1LSV 9 1 COMPORTARSE DE FORMA QUE CAUSE DAÑO A LOS BIENES. 36

3 LRGC 2 1LSV 9 2 1 CONDUCIR SIN LA DILIGENCIA Y PRECAUCIÓN NECESARIAS PARA EVITAR TODO DAÑO 48

LRGC 3 1 1LSV 9 2 2 11 4 CONDUCIR DE MODO NEGLIGENTE CONSISTENTE EN: 96

G (TEXTO QUE PROCEDA - MECANIZACIÓN MANUAL)RGC 3 1 2LSV 9 2 3 4 6 CONDUCIR DE MODO MANIFIESTAMENTE TEMERARIO CONSISTENTE EN: 360

MG (TEXTO QUE PROCEDA - MECANIZACIÓN MANUAL)RGC 3 1 3LSV 9 2 4 4 6 CONDUCIR DE MODO MANIFIESTAMENTE TEMERARIO CONSISTENTE EN: 480

MG (TEXTO QUE PROCEDA - MECANIZACIÓN MANUAL)RGC 3 1 4LSV 9 2 5 11 4 CONDUCIR DE MODO NEGLIGENTE (NO RESPETAR LA SEÑAL DE ALTO DEL AGENTE, NO CREANDO SITUACIÓN DE PELIGRO) 96

GRGC 3 1 5LSV 9 2 6 11 4 CONDUCIR DE MODO NEGLIGENTE (NO RESPETAR LA SEÑAL DE ALTO DEL AGENTE, CREANDO SITUACIÓN DE PELIGRO) 180

GRGC 3 1 6

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OBRAS Y ACTIVIDADES PROHIBIDASANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 10 1 REALIZAR OBRAS EN LA VÍA PÚBLICA SIN AUTORIZACIÓN. 961 G

RGC 4 1LSV 10 2 ARROJAR, DEPOSITAR O ABANDONAR SOBRE LA VÍA OBJETOS O MATERIAS QUE PUEDAN ENTORPECER LA CIRCULACIÓN. 48

1 LRGC 4 2LSV 10 2 ARROJAR, DEPOSITAR O ABANDONAR SOBRE LA VÍA OBJETOS O MATERIAS QUE PUEDAN ENTORPECER LA PARADA O ESTACIONAMIENTO. 36

2 LRGC 4 2LSV 10 2 ARROJAR, DEPOSITAR O ABANDONAR SOBRE LA VÍA OBJETOS O MATERIAS QUE PUEDAN HACER PELIGROSA LA CIRCULACIÓN. 96

3 GRGC 4 2LSV 10 2 ARROJAR, DEPOSITAR O ABANDONAR SOBRE LA VÍA OBJETOS O MATERIAS QUE PUEDAN HACER PELIGROSA LA PARADA O ESTACIONAMIENTO. 48

4 LRGC 4 2LSV 10 2 ARROJAR, DEPOSITAR O ABANDONAR SOBRE LA VÍA OBJETOS O MATERIAS QUE PUEDAN DETERIORAR AQUELLA O SUS INSTALACIONES. 36

5 LRGC 4 2LSV 10 2 ARROJAR, DEPOSITAR O ABANDONAR SOBRE LA VÍA OBJETOS O MATERIAS QUE PUEDAN ALTERAR LAS CONDICIONES APROPIADAS PARA CIRCULAR. 48

6 LRGC 4 2LSV 10 2 ARROJAR, DEPOSITAR O ABANDONAR SOBRE LA VÍA OBJETOS O MATERIAS QUE PUEDAN ALTERAR LAS CONDICIONES APROPIADAS PARA PARAR O ESTACIONAR. 36

7 LRGC 4 2LSV 10 2 ARROJAR, DEPOSITAR O ABANDONAR SOBRE LA VÍA OBJETOS O MATERIAS QUE PUEDAN ENTORPECER LA CIRCULACIÓN (DEPOSITAR LA CARGA DE MERCANCÍAS SOBRE LA VÍA) 48

8 LRGC 4 2LSV 10 2 ARROJAR, DEPOSITAR O ABANDONAR SOBRE LA VÍA OBJETOS O MATERIAS QUE PUEDAN ENTORPECER LA PARADA O ESTACIONAMIENTO (DEPOSITAR LA CARGA DE MERCANCÍAS SOBRE LA VÍA) 36

9 LRGC 4 2LSV 10 2 ARROJAR, DEPOSITAR O ABANDONAR SOBRE LA VÍA OBJETOS O MATERIAS QUE PUEDAN ALTERAR LAS CONDICIONES APROPIADAS PARA CIRCULAR (RESERVA DE ESPACIO NO AUTORIZADO, 48

10 L MEDIANTE OBSTÁCULOS)RGC 4 2LSV 10 2 ARROJAR, DEPOSITAR O ABANDONAR SOBRE LA VÍA OBJETOS O MATERIAS QUE PUEDAN ALTERAR LAS CONDICIONES APROPIADAS PARA PARAR O ESTACIONAR (RESERVA DE ESPACIO NO AUTORIZADO 36

11 L MEDIANTE OBSTÁCULOS)RGC 4 2LSV 10 2 ARROJAR, DEPOSITAR O ABANDONAR SOBRE LA VÍA OBJETOS O MATERIAS QUE PUEDAN ALTERAR LAS CONDICIONES APROPIADAS PARA CIRCULAR (DEPOSITAR MATERIALES DE OBRAS SOBRE LA VÍA) 48

12 LRGC 4 2LSV 10 2 ARROJAR, DEPOSITAR O ABANDONAR SOBRE LA VÍA OBJETOS O MATERIAS QUE PUEDAN ALTERAR LAS CONDICIONES APROPIADAS PARA PARAR O ESTACIONAR (DEPOSITAR MATERIALES DE OBRAS SOBRE LA VÍA) 36

13 LRGC 4 2LSV 10 3 CREAR OBSTÁCULO O PELIGRO EN LA VÍA SIN TOMAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA HACERLO DESAPARECER LO ANTES POSIBLE. 96

1 GRGC 5 1LSV 10 3 CREAR OBSTÁCULO O PELIGRO EN LA VÍA SIN TOMAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA PODER SER ADVERTIDO POR LOS DEMÁS USUARIOS. 96

2 GRGC 5 1LSV 10 3 CREAR OBSTÁCULO O PELIGRO EN LA VÍA SIN TOMAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA QUE NO SE DIFICULTE LA CIRCULACIÓN. 96

3 GRGC 5 1LSV 10 3 G CREAR OBSTÁCULO O PELIGRO EN LA VÍA SIN TOMAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA HACERLO DESAPARECER LO ANTES POSIBLE (CARGA CAÍDA SOBRE LA CALZADA) 96

4RGC 5 1LSV 10 4 10 4 ARROJAR A LA VÍA O EN SUS INMEDIACIONES UNA COLILLA ENCENDIDA, QUE PUEDA OCASIONAR INCENDIO. 120

1 GRGC 6 1LSV 10 4 10 4 ARROJAR A LA VÍA O EN SUS INMEDIACIONES UN OBJETO ENCENDIDO, QUE PUEDA OCASIONAR INCENDIO. 120

2 GRGC 6 1LSV 10 4 10 4 ARROJAR A LA VÍA O EN SUS INMEDIACIONES OBJETOS, QUE PUEDAN PRODUCIR INCENDIOS, ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN O PERJUDICAR AL MEDIO AMBIENTE 120

3 GRGC 6 1LSV 10 5 EFECTUAR CARGA DE VEHÍCULOS DE FORMA ANTIRREGLAMENTARIA. 48

1 LRGC 8 1LSV 10 5 2 CIRCULAR CON EL VEHÍCULO RESEÑADO CUYA CARGA TRANSPORTADA PRODUCE POLVO Y MOLESTIAS PARA LOS DEMÁS USUARIOS. 48

LRGC 14 1C 1LSV 10 5 3 CIRCULAR CON EL VEHÍCULO RESEÑADO SIN CUBRIR, TOTAL Y EFICAZMENTE, LAS MATERIAS TRANSPORTADAS QUE PRODUCEN POLVO Y PUEDEN CAER. 60

LRGC 14 2 1LSV 10 5 4 L TRANSPORTAR EN UN VEHÍCULO A MOTOR MÁS PERSONAS DEL NÚMERO DE PLAZAS AUTORIZADAS, SIN SOBREPASAR EL 50 %, EXCLUIDO EL CONDUCTOR. 90RGC 9 1 1LSV 10 5 5 MG 8 4 TRANSPORTAR EN UN VEHÍCULO A MOTOR MÁS PERSONAS DEL Nº DE PLAZAS AUTORIZADAS EN PORCENTAJE IGUAL O SUPERIOR AL 50%, EXCLUIDO AL CONDUCTOR. 390RGC 9 3 1LSV 10 6 1 CIRCULAR UN VEHÍCULO CON ESCAPE LIBRE (SIN DISPOSITIVO SILENCIADOR EFICAZ). 60

LRGC 7 2 1LSV 10 6 1 CIRCULAR UN VEHÍCULO A MOTOR EXPULSANDO LOS GASES DE MOTOR A TRAVÉS DE UN SILENCIADOR INCOMPLETO, INADECUADO O DETERIORADO. 60

LRGC 7 2 2LSV 10 6 1 CIRCULAR UN CICLOMOTOR, EXPULSANDO LOS GASES DEL MOTOR, INCOMPLETO, INADECUADO O DETERIORADO. 60

LRGC 7 2 3LSV 10 6 1 CIRCULAR UN VEHÍCULO A MOTOR, EXPULSANDO HUMOS NOCIVOS. 60

LRGC 7 2 4LSV 10 6 1 CIRCULAR UN CICLOMOTOR EXPULSANDO HUMOS NOCIVOS 60

LRGC 7 2 5LSV 10 6 1 NEGARSE A COLABORAR EN LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS REGLAMENTARIAS PARA LA DETECCIÓN DE LOS NIVELES DE EMISIÓN DE RUIDO. 60

LRGC 7 2 6LSV 10 6 1 NEGARSE A COLABORAR EN LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS REGLAMENTARIAS PARA LA DETECCIÓN DE LOS NIVELES DE EMISIÓN DE GASES O HUMOS. 60

LRGC 7 2 7

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4 2boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166

ANEXO IINORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 10 6 1 PRODUCIR HUMOS, POR INCINERACIÓN DE BASURAS O RESIDUOS QUE AFECTEN A LA VÍA. 60L

RGC 7 4 1LSV 10 6 2 CIRCULAR UN VEHÍCULO CON NIVEL DE EMISIÓN DE RUIDO SUPERIOR A 4 DB (A) SOBRE EL NIVEL DE EMISIÓN SONORA FIJADO EN LA FICHA DE HOMOLOGACIÓN. 60

LRGC 7 1 1LSV 10 6 3 CIRCULAR UN CICLOMOTOR CON NIVEL DE EMISIÓN DE RUIDO SUPERIOR A 91 DB (A). (CON FICHA DE HOMOLOGACIÓN SIN INDICACIÓN DE NIVEL DE EMISIÓN SONORA). 60

LRGC 7 1 2

NORMAS GENERALES DE CONDUCTORESANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 11 1 CONDUCIR UN VEHÍCULO SIN ESTAR EN TODO MOMENTO EN CONDICIONES DE CONTROLARLO. 481 L

RGC 17 1LSV 11 1 CONDUCIR UN ANIMAL SIN ESTAR EN TODO MOMENTO EN CONDICIONES DE CONTROLARLO 48

2 LRGC 17 1LSV 11 1 CONDUCIR SIN LA PRECAUCIÓN NECESARIA POR LA PROXIMIDAD DE OTROS USUARIOS DE LA VÍA. 48

3 LRGC 17 1LSV 11 1 4 CONDUCIR ALGÚN ANIMAL SIN ESTAR EN TODO MOMENTO EN CONDICIONES DE CONTROLARLO (ANIMALES SUELTOS EN LA CALZADA) 48

LRGC 17 2 1LSV 11 2 CONDUCIR UN VEHÍCULO SIN MANTENER LA PROPIA LIBERTAD DE MOVIMIENTOS. 48

1 LRGC 18 1LSV 11 2 CONDUCIR UN VEHÍCULO SIN MANTENER EL CAMPO NECESARIO DE VISIÓN. 48

2 LRGC 18 1LSV 11 2 CONDUCIR UN VEHÍCULO SIN MANTENER LA ATENCIÓN PERMANENTE A LA CONDUCCIÓN. 48

3 LRGC 18 1LSV 11 2 CONDUCIR UN VEHÍCULO SIN MANTENER LA POSICIÓN ADECUADA. 48

4 LRGC 18 1LSV 11 2 L CONDUCIR UN VEHÍCULO SIN CUIDAR DE QUE EL RESTO DE PASAJEROS MANTENGAN LA POSICIÓN ADECUADA. 48

5RGC 18 1LSV 11 2 CONDUCIR UN VEHÍCULO SIN CUIDAR DE LA ADECUADA COLOCACIÓN DE LOS OBJETOS TRANSPORTADOS, PARA QUE NO INTERFIERAN LA CONDUCCIÓN. 48

6 LRGC 18 1LSV 11 2 CONDUCIR UN VEHÍCULO SIN CUIDAR DE LA ADECUADA COLOCACIÓN DE ALGÚN ANIMAL TRANSPORTADO, PARA QUE NO INTERFIERA LA CONDUCCIÓN. 48

7 LRGC 18 1LSV 11 2 21 3 CONDUCIR UTILIZANDO DISPOSITIVOS INCOMPATIBLES CON LA OBLIGATORIA ATENCIÓN PERMANENTE A LA CONDUCCIÓN EN LOS TÉRMINOS QUE SE DETERMINEN REGLAMENTARIAMENTE. 100

8 GRGC 18 1LSV 11 3 21 3 CONDUCIR USANDO CASCOS O AURICULARES CONECTADOS A APARATO RECEPTOR O REPRODUCTOR DE SONIDO. 100

1 GRGC 18 2LSV 11 3 21 3 CONDUCIR UN VEHÍCULO UTILIZANDO UN TELÉFONO MÓVIL EMPLEANDO LAS MANOS, CASCOS, AURICULARES O INSTRUMENTO SIMILAR (ESPECIFICAR). 100

2 GRGC 18 2LSV 11 4 CIRCULAR DOS O MAS PERSONAS EN UN CICLO, CICLOMOTOR O MOTOCICLETA CONSTRUIDO PARA UNA SOLA. 100

1 GRGC 12 1LSV 11 4 2 CIRCULAR EL PASAJERO DE UN CICLOMOTOR O MOTOCICLETA SITUADO EN EL LUGAR INTERMEDIO ENTRE EL CONDUCTOR Y EL MANILLAR. 100

GRGC 12 2 1LSV 61 CIRCULAR VEHÍCULOS DE DOS O TRES RUEDAS, ARRASTRANDO UN REMOLQUE, CUANDO SUPERE EL 50% DE LA MASA EN VACÍO DEL VEHÍCULO Y/O CUANDO NO CUMPLA LAS CONDICIONES 100

1 G REGLAMENTARIAS PARA ELLO.RGC 12 4LSV 11 5 1 L 27 2 CIRCULAR EN CICLOMOTOR O MOTOCICLETA LLEVANDO UN MENOR DE 7 AÑOS. 100RGC 12 3 1LSV 11 5 2 L 27 2 CIRCULAR EN CICLOMOTOR O MOTOCICLETA LLEVANDO UN MENOR DE ENTRE 7 Y 12 AÑOS SIN SER EL CONDUCTOR PADRE, MADRE O TUTOR O PERSONA AUTORIZADA. 100RGC 12 3 2LSV 11 6 24 2 CIRCULAR CON EL VEHÍCULO RESEÑADO LLEVANDO INSTALADO UN MECANISMO O SISTEMA ENCAMINADO A ELUDIR LA VIGILANCIA DEL TRÁFICO. 150

1 GRGC 18 3LSV 11 6 HACER O EMITIR SEÑALES A OTROS CONDUCTORES CON LA FINALIDAD DE ELUDIR LA VIGILANCIA DE LOS AGENTES DE TRÁFICO. 90

2 LRGC 18 3

BEBIDAS ALCOHÓLICAS, SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y SIMILARES (BAREMO GENERAL)ANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 12 1 1 MG 1 4 CONDUCIR UN VEHÍCULO CON UNA TASA DE ALCOHOL EN AIRE ESPIRADO SUPERIOR A 0,25 MILIGRAMOS POR LITRO, SIN SOBREPASAR LOS 0,30 MILIGRAMOS. 330RGC 20 1 1LSV 12 1 2 MG 1 4 CONDUCIR UN VEHÍCULO CON UNA TASA DE ALCOHOL EN AIRE ESPIRADO SUPERIOR A 0,30 MILIGRAMOS POR LITRO, SIN SOBREPASAR LOS 0,40 MILIGRAMOS 360RGC 20 1 2LSV 12 1 3 MG 1 4 CONDUCIR UN VEHÍCULO CON UNA TASA DE ALCOHOL EN AIRE ESPIRADO SUPERIOR A 0,40 MILIGRAMOS POR LITRO, SIN SOBREPASAR LOS 0,50 MILIGRAMOS. 390RGC 20 1 3LSV 12 1 4 MG 1 6 CONDUCIR UN VEHÍCULO CON UNA TASA DE ALCOHOL EN AIRE ESPIRADO SUPERIOR A 0,50 MILIGRAMOS POR LITRO, SIN SOBREPASAR LOS 0,60 MILIGRAMOS. 420RGC 20 1 4LSV 12 1 5 MG 1 6 CONDUCIR UN VEHÍCULO CON UNA TASA DE ALCOHOL EN AIRE ESPIRADO SUPERIOR A 0,60 MILIGRAMOS POR LITRO, SIN SOBREPASAR LOS 0,70 MILIGRAMOS. 480RGC 20 1 5LSV 12 1 6 MG 1 6 CONDUCIR UN VEHÍCULO CON UNA TASA DE ALCOHOL EN AIRE ESPIRADO SUPERIOR A 0,70 MILIGRAMOS POR LITRO, SIN SOBREPASAR LOS 0,80 MILIGRAMOS. 540RGC 20 1 6LSV 12 1 7 MG 1 6 CONDUCIR UN VEHÍCULO CON UNA TASA DE ALCOHOL EN AIRE ESPIRADO SUPERIOR A 0,80 MILIGRAMOS POR LITRO. 600RGC 20 1 7LSV 12 1 8 MG 1 4 CONDUCIR UN VEHÍCULO CON UNA TASA DE ALCOHOL EN AIRE ESPIRADO SUPERIOR A 0,15 MILIGRAMOS POR LITRO, SIN SOBREPASAR LOS 0,20 MILIGRAMOS. 330RGC 20 1 8 (DEBERÁ ESPECIFICARSE TIPO DE CONDUCTOR, PROFESIONAL O NOVEL)LSV 12 1 9 MG 1 4 CONDUCIR UN VEHÍCULO CON UNA TASA DE ALCOHOL EN AIRE ESPIRADO SUPERIOR A 0,20 MILIGRAMOS POR LITRO, SIN SOBREPASAR LOS 0,30 MILIGRAMOS. 360RGC 20 1 9 (DEBERÁ ESPECIFICARSE TIPO DE CONDUCTOR, PROFESIONAL O NOVEL)

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boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 1664 3

ANEXO IINORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 12 1 10 MG 1 6 CONDUCIR UN VEHÍCULO CON UNA TASA DE ALCOHOL EN AIRE ESPIRADO SUPERIOR A 0,30 MILIGRAMOS POR LITRO, SIN SOBREPASAR LOS 0,40 MILIGRAMOS. 420RGC 20 1 10 (DEBERÁ ESPECIFICARSE TIPO DE CONDUCTOR, PROFESIONAL O NOVEL)LSV 12 1 11 MG 1 6 CONDUCIR UN VEHÍCULO CON UNA TASA DE ALCOHOL EN AIRE ESPIRADO SUPERIOR A 0,40 MILIGRAMOS POR LITRO, SIN SOBREPASAR LOS 0,50 MILIGRAMOS. 480RGC 20 1 11 (DEBERÁ ESPECIFICARSE TIPO DE CONDUCTOR, PROFESIONAL O NOVEL)LSV 12 1 12 MG 1 6 CONDUCIR UN VEHÍCULO CON UNA TASA DE ALCOHOL EN AIRE ESPIRADO SUPERIOR A 0,50 MILIGRAMOS POR LITRO, SIN SOBREPASAR LOS 0,60 MILIGRAMOS. 540RGC 20 1 12 (DEBERÁ ESPECIFICARSE TIPO DE CONDUCTOR, PROFESIONAL O NOVEL)LSV 12 1 13 MG 1 6 CONDUCIR UN VEHÍCULO CON UNA TASA DE ALCOHOL EN AIRE ESPIRADO SUPERIOR A 0,60 MILIGRAMOS POR LITRO. (DEBERÁ ESPECIFICARSE TIPO DE CONDUCTOR, PROFESIONAL O NOVEL) 600RGC 20 1 13LSV 12 3 1 MG 3 6 NEGARSE A SOMETERSE A LAS PRUEBAS DE DETECCIÓN DE ESTUPEFACIENTES. 420RGC 28 1 1

SENTIDO DE LA CIRCULACIÓNANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 13 0 4 6 CIRCULAR POR LA IZQUIERDA EN UNA VÍA PÚBLICA DE DOBLE SENTIDO DE LA CIRCULACIÓN, EN SENTIDO CONTRARIO AL ESTIPULADO, EN CURVA DE REDUCIDA VISIBILIDAD. 3901 MG

RGC 29 1LSV 13 0 4 6 CIRCULAR POR LA IZQUIERDA EN UNA VÍA PÚBLICA DE DOBLE SENTIDO DE LA CIRCULACIÓN, EN SENTIDO CONTRARIO AL ESTIPULADO, EN CAMBIO DE RASANTE DE REDUCIDA VISIBILIDAD. 390

2 MGRGC 29 1LSV 13 0 3 4 6 CIRCULAR POR EL CARRIL SITUADO MÁS A LA IZQUIERDA EN SENTIDO CONTRARIO AL ESTIPULADO, EN UNA CALZADA DE DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN Y TRES CARRILES SEPARADOS POR MARCAS VIALES. 390

MGRGC 30 1B 2LSV 13 0 4 CIRCULAR POR UNA VÍA PÚBLICA DE DOBLE SENTIDO DE LA CIRCULACIÓN, EN CURVA DE REDUCIDA VISIBILIDAD, SIN ARRIMARSE LO MÁS CERCA POSIBLE AL BORDE DERECHO DE LA CALZADA. 48

LRGC 29 1 3LSV 13 0 5 CIRCULAR POR UNA VÍA PÚBLICA DE DOBLE SENTIDO DE LA CIRCULACIÓN, EN CAMBIO DE RASANTE DE REDUCIDA VISIBILIDAD, SIN ARRIMARSE LO MÁS CERCA POSIBLE AL BORDE DERECHO DE LA CALZADA. 48

LRGC 29 1 4LSV 13 0 6 CIRCULAR POR LA IZQUIERDA DE LA CALZADA EN UNA VÍA PÚBLICA DE DOBLE SENTIDO DE LA CIRCULACIÓN EN TRAMO CON VISIBILIDAD. 36

LRGC 29 1 5LSV 13 0 7 CIRCULAR POR UNA VÍA PÚBLICA DE DOBLE SENTIDO DE LA CIRCULACIÓN, EN TRAMO CON VISIBILIDAD, SIN ARRIMARSE LO MÁS CERCA POSIBLE AL BORDE DERECHO DE LA CALZADA. 36

LRGC 29 1 6LSV 13 0 8 CIRCULAR POR UNA VÍA PÚBLICA DE DOBLE SENTIDO DE LA CIRCULACIÓN, EN TRAMO CON VISIBILIDAD, SIN MANTENER LA SEPARACIÓN LATERAL SUFICIENTE PARA REALIZAR EL CRUCE CON SEGURIDAD. 48

LRGC 29 1 7

UTILIZACIÓN DE LOS CARRILESNORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 14 1A CIRCULAR POR EL CARRIL DE LA IZQUIERDA EN CALZADA CON DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN Y DOS CARRILES EN CADA SENTIDO, SEPARADOS POR MARCAS VIALES. 361 L

RGC 30 1ALSV 14 1A CIRCULAR POR EL CARRIL DE LA IZQUIERDA EN CALZADA CON DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN Y DOS CARRILES, NO SEPARADOS POR MARCAS DISCONTINUAS. 36

2 LRGC 36 1ALSV 14 1B CIRCULAR POR EL CARRIL DE LA IZQUIERDA EN CALZADA CON DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN Y TRES CARRILES, SEPARADOS POR MARCAS DISCONTINUAS. 36

1 LRGC 36 1BLSV 14 1D CIRCULAR POR CALZADA DE POBLADO CON AL MENOS DOS CARRILES PARA EL MISMO SENTIDO, Y DELIMITADOS POR MARCAS LONGITUDINALES, CAMBIANDO DE CARRIL SIN MOTIVO JUSTIFICADO. 36

1 LRGC 33

UTILIZACIÓN DEL ARCÉNNORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 15 1 CIRCULAR OCUPANDO LA CALZADA MÁS DE LO IMPRESCINDIBLE, CONDUCIENDO UN VEHÍCULO DE TRACCIÓN ANIMAL, QUE DEBE CIRCULAR POR EL ARCÉN. 361 L

RGC 36 1LSV 15 1 CIRCULAR OCUPANDO LA CALZADA MÁS DE LO IMPRESCINDIBLE, CONDUCIENDO UN VEHÍCULO ESPECIAL CON PESO MÁXIMO AUTORIZADO NO SUPERIOR AL REGLAMENTARIO, QUE DEBE CIRCULAR POR EL ARCÉN. 48

2 LRGC 36 1LSV 15 1 CIRCULAR OCUPANDO LA CALZADA MÁS DE LO IMPRESCINDIBLE, CONDUCIENDO UN CICLO, QUE DEBE CIRCULAR POR EL ARCÉN. 48

3 LRGC 36 1LSV 15 1 CIRCULAR OCUPANDO LA CALZADA MÁS DE LO IMPRESCINDIBLE, CONDUCIENDO UN CICLOMOTOR, QUE DEBE CIRCULAR POR EL ARCÉN. 48

4 LRGC 36 1LSV 15 1 CIRCULAR OCUPANDO LA CALZADA MÁS DE LO IMPRESCINDIBLE, CONDUCIENDO UN VEHÍCULO PARA PERSONAS DE MOVILIDAD REDUCIDA, QUE DEBE CIRCULAR POR EL ARCÉN. 48

5 LRGC 36 1LSV 15 1 CIRCULAR OCUPANDO LA CALZADA MÁS DE LO IMPRESCINDIBLE, DEBIENDO HACERLO POR EL ARCÉN DADA SU VELOCIDAD REDUCIDA, POR RAZONES DE EMERGENCIA, PERTURBANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACIÓN. 60

6 LRGC 36 1LSV 15 2 CIRCULAR EN POSICIÓN PARALELA CON VEHÍCULOS PROHIBIDOS EXPRESAMENTE PARA ELLO. 301

1 MGRGC 36 2

SUPUESTOS ESPECIALES DEL SENTIDO DE CIRCULACIÓNANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 16 1 1 G 13 4 NO RESPETAR UN SEMÁFORO DE CARRIL SEÑALIZADO CON ASPA ROJA. 96RGC 147 A 1LSV 16 1 2 4 6 UTILIZAR UN TRAMO DE VÍA DISTINTO DEL ORDENADO POR LA AUTORIDAD COMPETENTE, EN SENTIDO CONTRARIO AL ESTIPULADO. 390

MGRGC 37 1 2LSV 16 2 1 CONTRAVENIR LAS RESTRICCIONES O LIMITACIONES A LA CIRCULACIÓN IMPUESTAS A DETERMINADOS VEHÍCULOS Y PARA VÍAS CONCRETAS. 48

LRGC 37 1 1

REFUGIOS, ISLETAS O DISPOSITIVOS DE GUÍAANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 17 0 1 NO DEJAR A LA IZQUIERDA EL REFUGIO, ISLETA O DISPOSITIVO DE GUÍA, EN VÍA DE DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN. 48L

RGC 43 1 1

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4 4boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166

ANEXO IINORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 17 0 2 MG 4 6 CIRCULAR EN SENTIDO CONTRARIO AL ESTIPULADO EN VÍA DE DOBLE SENTIDO, DONDE EXISTE UNA ISLETA, UN REFUGIO O UN DISPOSITIVO DE GUÍA. 301RGC 43 1 2LSV 17 0 3 MG 4 6 CIRCULAR POR UNA PLAZA, GLORIETA O ENCUENTRO DE VÍAS EN SENTIDO CONTRARIO AL ESTIPULADO. 301RGC 43 2 1LSV 17 0 4 4 6 CIRCULAR EN SENTIDO CONTRARIO AL ESTIPULADO EN LA VÍA, CUANDO NO EXISTE REFUGIO, ISLETA O DISPOSITIVOS DE VÍA. 301

MGRGC 43 3 1

LÍMITES DE VELOCIDADNORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 19 1 1 G CIRCULAR A VELOCIDAD QUE NO LE PERMITE DETENER SU VEHÍCULO DENTRO DE LOS LÍMITES DE SU CAMPO DE VISIÓN Y ANTE CUALQUIER OBSTÁCULO POSIBLE. 120RGC 45 0 1LSV 19 5 CIRCULAR A VELOCIDAD INFERIOR A LA MÍNIMA REGLAMENTARIAMENTE ESTABLECIDA. 96

1 GRGC 49 1LSV 19 6 1 NO ADECUAR LA VELOCIDAD SEGÚN LAS CIRCUNSTANCIAS QUE LA VÍA, EL TRÁFICO O LAS CONDICIONES METEOROLÓGICAS ACONSEJEN. 96

GRGC 45 0 2

CUADRO ANEXO II DE MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 19, 65 DE LA LSV Y 50 DEL RGC. VELOCIDADES MÍNIMASLIMITACION DE VELOCIDAD EXISTENTEIMPORTE DE LA MULTACUADRO DE VELOCIDADESGRAVES 30 KM/H 40 KM/H 50 KM/H 60 KM/H 70 KM/H 80 KM/H ANEXO II PUNTOS MENOS DE 3500 KG MAS DE 3500 KG

HASTA42 HASTA52 HASTA64 HASTA74 HASTA84 HASTA95 SOBRESEER SOBRESEER43 A 50 53 A 60 65 A 70 75 A 80 85 A 90 96 A 100 120 EUROS 140 EUROS51 A 60 61 A 70 71 A 80 81 A 90 91 A 100 101 A 110 12 2 180 EUROS 210 EUROS

101 A 105 111 A 120 12 3 240 EUROS 280 EUROSMUY GRAVES 61 A 90 71 A 95 81 A 100 91 A 110 106 A 120 121 A 130 6 6 301 EUROS 360 EUROS

91 EN ADELANTE 96 EN ADELANTE 101 EN ADELANTE 111 EN ADELANTE 121 EN ADELANTE 131 EN ADELANTE 6 6 450 EUROS 550 EUROS

ANEXO IINORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 19 1 2 G CIRCULAR ENTRE 43 Y 50 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 30 KM/H, UN VEHICULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 120RGC 50 1 2

LSV 19 1 3 G CIRCULAR ENTRE 43 Y 50 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 30 KM/H, UN VEHICULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 140RGC 50 1 3

LSV 19 1 4 G 12 2 CIRCULAR ENTRE 51 Y 60 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 30 KM/H, UN VEHICULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 180RGC 50 1 4

LSV 19 1 5 G 12 2 CIRCULAR ENTRE 51 Y 60 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 30 KM/H, UN VEHICULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 210RGC 50 1 5

LSV 19 1 6 MG 6 6 CIRCULAR ENTRE 61 Y 90 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 30 KM/H, UN VEHICULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 301RGC 50 1 6

LSV 19 1 7 MG 6 6 CIRCULAR ENTRE 61 Y 90 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 30 KM/H, UN VEHICULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 360RGC 50 1 7

LSV 19 1 8 MG 6 6 CIRCULAR A 91 KM/H EN ADELANTE CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 30 KM/H, UN VEHICULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 450RGC 50 1 8

LSV 19 1 9 MG 6 6 CIRCULAR A 91 KM/H EN ADELANTE CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 30 KM/H, UN VEHICULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 550RGC 50 1 9

LSV 19 1 10 G CIRCULAR ENTRE 53 Y 60 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 40 KM/H, UN VEHICULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 120RGC 50 1 10

LSV 19 1 11 G CIRCULAR ENTRE 53 Y 60 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 40 KM/H, UN VEHICULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 140RGC 50 1 11

LSV 19 1 12 MG 12 2 CIRCULAR ENTRE 61 Y 70 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 40 KM/H, UN VEHICULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 180RGC 50 1 12

LSV 19 1 13 MG 12 2 CIRCULAR ENTRE 61 Y 70 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 40 KM/H, UN VEHICULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 210RGC 50 1 13

LSV 19 1 14 MG 6 6 CIRCULAR ENTRE 71 Y 95 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 40 KM/H, UN VEHICULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 301RGC 50 1 14

LSV 19 1 15 MG 6 6 CIRCULAR ENTRE 71 Y 95 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 40 KM/H, UN VEHICULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 360RGC 50 1 15

LSV 19 1 16 MG 6 6 CIRCULAR A 96 KM/H EN ADELANTE CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 40 KM/H, UN VEHICULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 450RGC 50 1 16

LSV 19 1 17 MG 6 6 CIRCULAR A 96 KM/H EN ADELANTE CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 40 KM/H, UN VEHICULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 550RGC 50 1 17

LSV 19 1 18 G CIRCULAR ENTRE 65 Y 70 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 50 KM/H, UN VEHICULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 120RGC 50 1 18

LSV 19 1 19 G CIRCULAR ENTRE 65 Y 70 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 50 KM/H, UN VEHICULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 140RGC 50 1 19

LSV 19 1 20 G 12 2 CIRCULAR ENTRE 71 Y 80 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 50 KM/H, UN VEHICULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 180RGC 50 1 20

LSV 19 1 21 G 12 2 CIRCULAR ENTRE 71 Y 80 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 50 KM/H, UN VEHICULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 210RGC 50 1 21

LSV 19 1 22 MG 6 6 CIRCULAR ENTRE 81 Y 100 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 50 KM/H, UN VEHICULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 301RGC 50 1 22

LSV 19 1 23 MG 6 6 CIRCULAR ENTRE 81 Y 100 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 50 KM/H, UN VEHICULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 360RGC 50 1 23

LSV 19 1 24 MG 6 6 CIRCULAR A 101 KM/H EN ADELANTE CUANDO LA VELOCIDAD MAXIMA ES DE 50 KM/H, UN VEHICULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 450RGC 50 1 24

LSV 19 1 25 MG 6 6 CIRCULAR A 101 KM/H EN ADELANTE CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 50 KM/H, UN VEHÍCULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 550RGC 50 1 2519 1 26 G CIRCULAR ENTRE 75 Y 80 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 60 KM/H, UN VEHÍCULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 120LSV 50 1 26RGC

LSV 19 1 27 G CIRCULAR ENTRE 75 Y 80 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 60 KM/H, UN VEHÍCULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 140RGC 50 1 27

LSV 19 1 28 MG 12 2 CIRCULAR ENTRE 81 Y 90 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 60 KM/H, UN VEHÍCULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 180RGC 50 1 28

LSV 19 1 29 MG 12 2 CIRCULAR ENTRE 81 Y 90 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 60 KM/H, UN VEHÍCULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 210RGC 50 1 29

LSV 19 1 30 MG 6 6 CIRCULAR ENTRE 91 Y 110 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 60 KM/H, UN VEHÍCULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 301RGC 50 1 30

LSV 19 1 31 MG 6 6 CIRCULAR ENTRE 91 Y 110 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 60 KM/H, UN VEHÍCULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 360RGC 50 1 31

LSV 19 1 32 MG 6 6 CIRCULAR A 111 KM/H EN ADELANTE CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 60 KM/H, UN VEHÍCULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 450RGC 50 1 32

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ANEXO IINORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 19 1 33 MG 6 6 CIRCULAR A 111 KM/H EN ADELANTE CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 60 KM/H, UN VEHÍCULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 550RGC 50 1 33

LSV 19 1 34 G CIRCULAR ENTRE 85 Y 90 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 70 KM/H, UN VEHÍCULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 120RGC 50 1 34

LSV 19 1 35 G CIRCULAR ENTRE 85 Y 90 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 70 KM/H, UN VEHÍCULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 140RGC 50 1 35

LSV 19 1 36 G 12 2 CIRCULAR ENTRE 91 Y 100 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 70 KM/H, UN VEHÍCULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 180RGC 50 1 36

LSV 19 1 37 G 12 2 CIRCULAR ENTRE 91 Y 100 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 70 KM/H, UN VEHÍCULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 210RGC 50 1 37

LSV 19 1 38 G 12 3 CIRCULAR ENTRE 101 Y 105 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 70 KM/H, UN VEHÍCULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 240RGC 50 1 38

LSV 19 1 39 G 12 3 CIRCULAR ENTRE 101 Y 105 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 70 KM/H, UN VEHÍCULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 280RGC 50 1 39

LSV 19 1 40 MG 6 6 CIRCULAR ENTRE 106 Y 120 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 70 KM/H, UN VEHÍCULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 301RGC 50 1 40

LSV 19 1 41 MG 6 6 CIRCULAR ENTRE 106 Y 120 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 70 KM/H, UN VEHÍCULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 360RGC 50 1 41

LSV 19 1 42 MG 6 6 CIRCULAR A 121 KM/H EN ADELANTE CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 70 KM/H, UN VEHÍCULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 450RGC 50 1 42

LSV 19 1 43 MG 6 6 CIRCULAR A 121 KM/H EN ADELANTE CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 70 KM/H, UN VEHÍCULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 550RGC 50 1 43

LSV 19 1 44 G CIRCULAR ENTRE 96 Y 100 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 80 KM/H, UN VEHÍCULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 120RGC 50 1 44

LSV 19 1 45 G CIRCULAR ENTRE 96 Y 100 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 80 KM/H, UN VEHÍCULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 140RGC 50 1 45

LSV 19 1 46 G 12 2 CIRCULAR ENTRE 101 Y 110 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 80 KM/H, UN VEHÍCULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 180RGC 50 1 46

LSV 19 1 47 G 12 2 CIRCULAR ENTRE 101 Y 110 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 80 KM/H, UN VEHÍCULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 210RGC 50 1 47

LSV 19 1 48 G 12 3 CIRCULAR ENTRE 111 Y 120 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 80 KM/H, UN VEHÍCULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 240RGC 50 1 48

LSV 19 1 49 G 12 3 CIRCULAR ENTRE 111 Y 120 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 80 KM/H, UN VEHÍCULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 280RGC 50 1 49

LSV 19 1 50 MG 6 6 CIRCULAR ENTRE 121 Y 130 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 80 KM/H, UN VEHÍCULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 301RGC 50 1 50

LSV 19 1 51 MG 6 6 CIRCULAR ENTRE 121 Y 130 KM/H CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 80 KM/H, UN VEHÍCULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 360RGC 50 1 51

LSV 19 1 52 MG 6 6 CIRCULAR A 131 KM/H EN ADELANTE CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 80 KM/H, UN VEHÍCULO MENOR DE 3500 KG DE M.M.A. 450RGC 50 1 52

LSV 19 1 53 MG 6 6 CIRCULAR A 131 KM/H EN ADELANTE CUANDO LA VELOCIDAD MÁXIMA ES DE 80 KM/H, UN VEHÍCULO MAYOR DE 3500 KG DE M.M.A. 550RGC 50 1 53

DISTANCIAS Y VELOCIDAD EXIGIBLESANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 20 1 REDUCIR CONSIDERABLEMENTE LA VELOCIDAD, SIN EXISTIR PELIGRO INMINENTE, Y NO CERCIORARSE DE QUE PUEDE HACERLO SIN RIESGO PARA OTROS CONDUCTORES. 911 G

RGC 53 1LSV 20 1 REDUCIR CONSIDERABLEMENTE LA VELOCIDAD, SIN EXISTIR PELIGRO INMINENTE, Y NO ADVERTIRLO PREVIAMENTE A LOS VEHÍCULOS QUE LE SIGUEN. 91

2 GRGC 53 1LSV 20 1 REDUCIR CONSIDERABLEMENTE LA VELOCIDAD, SIN EXISTIR PELIGRO INMINENTE, CON RIESGO DE COLISIÓN PARA LOS VEHÍCULOS QUE LE SIGUEN. 96

3 GRGC 53 1LSV 20 2 CIRCULAR DETRÁS DE OTRO VEHÍCULO SIN DEJAR ESPACIO LIBRE QUE LE PERMITA DETENERSE EN CASO DE FRENADA BRUSCA SIN COLISIONAR. 48

1 LRGC 54 1LSV 20 3 CIRCULAR DETRÁS DE OTRO VEHÍCULO SIN SEÑALAR EL PROPÓSITO DE ADELANTARLO CON UNA SEPARACIÓN QUE NO PERMITE SER A SU VEZ ADELANTADO CON SEGURIDAD. 48

1 LRGC 54 2LSV 20 5 4 6 ENTABLAR COMPETICIÓN DE VELOCIDAD ENTRE VEHÍCULOS EN VÍA PÚBLICA O DE USO PÚBLICO, SIN AUTORIZACIÓN. 330

1 MGRGC 55 2LSV 20 5 ENTABLAR COMPETICIÓN DE VELOCIDAD ENTRE PERSONAS EN VÍA PÚBLICA O DE USO PÚBLICO, NO ACOTADA PARA ELLO POR LA AUTORIDAD COMPETENTE. 48

2 LRGC 55 2LSV 20 5 ENTABLAR COMPETICIÓN DE VELOCIDAD ENTRE ANIMALES EN VÍA PÚBLICA O DE USO PÚBLICO, NO ACOTADA PARA ELLO POR LA AUTORIDAD COMPETENTE. 48

3 LRGC 55 2

NORMAS GENERALES DE PRIORIDADANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 21 1 1 13 4 NO CEDER EL PASO EN UNA INTERSECCIÓN DEBIDAMENTE SEÑALIZADA (CON SEÑAL DE STOP). SIN PELIGRO 96G

RGC 56 5 1LSV 21 1 2 13 4 NO CEDER EL PASO EN UNA INTERSECCIÓN DEBIDAMENTE SEÑALIZADA (CON SEÑAL DE STOP). CON PELIGRO 150

GRGC 56 5 2LSV 21 1 3 13 4 NO CEDER EL PASO EN UNA INTERSECCIÓN DEBIDAMENTE SEÑALIZADA (CON SEÑAL DE CEDA EL PASO) SIN PELIGRO 96

GRGC 56 5 3LSV 21 1 4 13 4 NO CEDER EL PASO EN UNA INTERSECCIÓN DEBIDAMENTE SEÑALIZADA (CON SEÑAL DE CEDA EL PASO) CON PELIGRO 150

GRGC 56 5 4LSV 21 1 5 13 4 NO CEDER EL PASO EN UNA INTERSECCIÓN DEBIDAMENTE SEÑALIZADA (SEMÁFORO EN ROJO) SIN PELIGRO 96

GRGC 56 3 1LSV 21 1 6 13 4 NO CEDER EL PASO EN UNA INTERSECCIÓN DEBIDAMENTE SEÑALIZADA (SEMÁFORO EN ROJO) CON PELIGRO 150

GRGC 56 3 2LSV 53 1 10 13 4 REBASAR SEMÁFORO EN ROJO SIN PELIGRO. 96

GRGC 146 A 1LSV 53 1 11 13 4 REBASAR SEMÁFORO EN ROJO CON PELIGRO. 150

GRGC 146 A 2

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4 6boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166

ANEXO IINORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 21 2 13 4 NO CEDER EL PASO EN UNA INTERSECCIÓN A LOS VEHÍCULOS QUE SE APROXIMAN POR SU DERECHA. 961 G

RGC 57 1LSV 21 2C 13 4 ACCEDER A UNA GLORIETA SIN CEDER EL PASO A LOS VEHÍCULOS QUE MARCHAN POR LA VÍA CIRCULAR. 96

1 GRGC 57 1C

TRAMOS ESTRECHOS Y DE GRAN PENDIENTENORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 22 1 NO CEDER EL PASO A OTRO VEHÍCULO QUE HA ENTRADO PRIMERO EN UN TRAMO ESTRECHO NO SEÑALIZADO AL EFECTO, SIENDO IMPOSIBLE O MUY DIFÍCIL EL CRUCE. 961 G

RGC 60 1LSV 22 1 NO CEDER EL PASO A OTRO VEHÍCULO QUE CIRCULA EN SENTIDO CONTRARIO, EN UN TRAMO ESTRECHO, SEÑALIZADO AL EFECTO, SIENDO IMPOSIBLE O MUY DIFÍCIL EL CRUCE. 96

2 GRGC 60 1LSV 22 2 NO CEDER EL PASO AL VEHÍCULO QUE CIRCULA EN SENTIDO ASCENDENTE EN UN TRAMO DE GRAN PENDIENTE Y ESTRECHO, NO SEÑALIZADO AL EFECTO. 100

1 GRGC 63 1LSV 22 2 NO CEDER EL PASO AL VEHÍCULO QUE CIRCULA EN SENTIDO CONTRARIO, EN UN TRAMO DE GRAN PENDIENTE Y ESTRECHO, CON SEÑALIZACIÓN EXPRESA AL EFECTO. 120

2 GRGC 63 1

CONDUCTORES PEATONES Y ANIMALESANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 23 1 NO RESPETAR LA PRIORIDAD DE PASO DE LOS VEHÍCULOS SOBRE LOS PEATONES. 911 G

RGC 65 1LSV 23 1A 13 4 NO RESPETAR LA PRIORIDAD DE PASO DE LOS PEATONES EN PASO DEBIDAMENTE SEÑALIZADO. 96

1 GRGC 65 1ALSV 23 1B 13 4 GIRAR CON UN VEHÍCULO PARA ENTRAR EN OTRA VÍA SIN CONCEDER PRIORIDAD DE PASO A LOS PEATONES QUE LA CRUZAN. 96

1 GRGC 65 1BLSV 23 2 CRUZAR CON UN VEHÍCULO UNA ZONA PEATONAL FUERA DE LOS PASOS HABILITADOS AL EFECTO. 96

1 GRGC 65 2LSV 23 2 CRUZAR CON UN VEHÍCULO UNA ZONA PEATONAL SIN DEJAR PASAR A LOS PEATONES QUE CIRCULAN POR ELLA (ENTRADA Y SALIDA GARAJE) 96

2 GRGC 65 2LSV 23 3A 13 4 CIRCULAR CON UN VEHÍCULO SIN CEDER EL PASO A LOS PEATONES EN LA SUBIDA O BAJADA DE UN TRANSPORTE COLECTIVO DE VIAJEROS, EN PARADA SEÑALIZADA COMO TAL. 96

1 GRGC 65 3ALSV 23 3B 13 4 CIRCULAR CON UN VEHÍCULO SIN CEDER EL PASO A UNA TROPA EN FORMACIÓN. 96

1 GRGC 65 3BLSV 23 3B 13 4 CIRCULAR CON UN VEHÍCULO SIN CEDER EL PASO A UNA FILA ESCOLAR. 96

2 GRGC 65 3BLSV 23 3B 13 4 CIRCULAR CON UN VEHÍCULO SIN CEDER EL PASO A UNA COMITIVA ORGANIZADA. 96

3 GRGC 65 3BLSV 23 4 CONDUCIR ALGÚN ANIMAL Y NO RESPETAR LA PRIORIDAD DE PASO DE LOS VEHÍCULOS EN ESE TRAMO DE VÍA. 96

1 GRGC 66 1LSV 23 4A CONDUCIR UN VEHÍCULO Y NO RESPETAR LA PRIORIDAD DE PASO DE LOS ANIMALES QUE CIRCULAN POR UNA CAÑADA DEBIDAMENTE SEÑALIZADA. 91

1 GRGC 66 1ALSV 23 4B GIRAR CON UN VEHÍCULO PARA ENTRAR EN OTRA VÍA SIN CONCEDER PRIORIDAD DE PASO A LOS ANIMALES QUE LA CRUZAN. 91

1 GRGC 66 1BLSV 23 4C CRUZAR CON UN VEHÍCULO EL ARCÉN SIN CONCEDER PRIORIDAD DE PASO A LOS ANIMALES QUE CIRCULAN POR AQUEL AL NO DISPONER DE CAÑADA. 91

1 GRGC 66 1CLSV 23 5 1 13 4 G NO RESPETAR LA PRIORIDAD DE PASO PARA CICLISTAS CON RIESGOS PARA ÉSTOS. 96RGC 64 0 1A

CESIÓN DE PASO E INTERSECCIONESNORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 24 1 NO RESPETAR LA PRIORIDAD DE OTRO VEHÍCULO EN INTERSECCIÓN DEBIDAMENTE SEÑALIZADA, OBLIGANDO A SU CONDUCTOR A MODIFICAR BRUSCAMENTE LA TRAYECTORIA O VELOCIDAD. 1501 G

RGC 58 1LSV 24 1 NO RESPETAR LA PRIORIDAD DE OTRO VEHÍCULO EN INTERSECCIÓN SIN SEÑALIZAR, OBLIGANDO A SU CONDUCTOR A MODIFICAR BRUSCAMENTE LA TRAYECTORIA O VELOCIDAD. 120

2 GRGC 58 1LSV 24 1 NO MOSTRAR CON SUFICIENTE ANTELACIÓN, POR SU FORMA DE CIRCULAR Y ESPECIALMENTE POR LA REDUCCIÓN PAULATINA DE LA VELOCIDAD, QUE VA CEDER EL PASO EN UNA INTERSECCIÓN. 96

3 GRGC 58 1LSV 24 2 1 PENETRAR CON EL VEHÍCULO EN UNA INTERSECCIÓN QUEDANDO DETENIDO DE FORMA QUE IMPIDE U OBSTRUYE LA CIRCULACIÓN TRANSVERSAL. 96

GRGC 59 1 1LSV 24 2 2 PENETRAR CON EL VEHÍCULO EN UNA INTERSECCIÓN QUEDANDO DETENIDO DE FORMA QUE IMPIDE U OBSTRUYE LA CIRCULACIÓN DE LOS PEATONES. 96

GRGC 59 1 2LSV 24 3 TENER DETENIDO EL VEHÍCULO EN INTERSECCIÓN REGULADA POR SEMÁFORO, OBSTACULIZANDO LA CIRCULACIÓN, Y NO SALIR DE AQUELLA PUDIENDO HACERLO. 96

1 GRGC 59 2

VEHÍCULOS EN SERVICIO DE URGENCIANORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 25 0 1 NO CONCEDER PRIORIDAD DE PASO A UN VEHÍCULO DE SERVICIO DE URGENCIA QUE CIRCULA EN SERVICIO DE TAL CARÁCTER. 150G

RGC 67 1 1LSV 25 0 2 CONDUCIR UN VEHÍCULO PRIORITARIO, EN SERVICIO URGENTE, SIN ADOPTAR LAS PRECAUCIONES PRECISAS PARA NO PONER EN PELIGRO A LOS DEMÁS USUARIOS. 91

GRGC 67 2 1

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INCORPORACIÓN DE VEHÍCULOS A LA CIRCULACIÓNNORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 26 INCORPORARSE A LA CIRCULACIÓN, ESTANDO PARADO O ESTACIONADO, SIN CERCIORARSE PREVIAMENTE DE QUE PUEDE HACERLO SIN PELIGRO PARA LOS DEMÁS USUARIOS. 481 L

RGC 72 1LSV 26 INCORPORARSE A LA CIRCULACIÓN, ESTANDO PARADO O ESTACIONADO, SIN CERCIORARSE PREVIAMENTE DE QUE PUEDE HACERLO SIN PELIGRO PARA LOS DEMÁS USUARIOS, UN CONDUCTOR 60

2 L DE TRANSPORTE COLECTIVO DE VIAJEROS.RGC 72 1LSV 26 INCORPORARSE A LA CIRCULACIÓN PROCEDENTE DE UNA VÍA DE ACCESO O ZONA COLINDANTE SIN CERCIORARSE PREVIAMENTE DE QUE PUEDE HACERLO SIN PELIGRO PARA LOS DEMÁS USUARIOS. 48

3 LRGC 72 1LSV 26 INCORPORARSE A LA CIRCULACIÓN PROCEDENTE DE UNA VÍA DE ACCESO O ZONA COLINDANTE SIN CERCIORARSE PREVIAMENTE DE QUE PUEDE HACERLO SIN PELIGRO PARA LOS DEMÁS USUARIOS, 60

4 L UN CONDUCTOR DE TRANSPORTE COLECTIVO DE VIAJEROS.RGC 72 1LSV 26 INCORPORARSE A LA CIRCULACIÓN, ESTANDO PARADO O ESTACIONADO, SIN CEDER EL PASO A OTROS USUARIOS. 91

5 GRGC 72 1LSV 26 INCORPORARSE A LA CIRCULACIÓN, ESTANDO PARADO O ESTACIONADO, SIN CEDER EL PASO A OTROS VEHÍCULOS, UN CONDUCTOR DE TRANSPORTE COLECTIVO DE VIAJEROS. 91

6 GRGC 72 1LSV 26 INCORPORARSE A LA CIRCULACIÓN, PROCEDENTE DE UNA VÍA DE ACCESO O ZONA COLINDANTE, SIN CEDER EL PASO A OTROS VEHÍCULOS, CON PELIGRO. 96

7 GRGC 72 1LSV 26 INCORPORARSE A LA CIRCULACIÓN, PROCEDENTE DE UNA VÍA DE ACCESO O ZONA COLINDANTE SIN CEDER EL PASO A OTROS VEHÍCULOS, UN CONDUCTOR DE TRANSPORTE COLECTIVO DE VIAJEROS, CON PELIGRO. 96

8 GRGC 72 1LSV 26 9 INCORPORARSE A LA CIRCULACIÓN SIN SEÑALIZAR DEBIDAMENTE LA MANIOBRA. 48

LRGC 72 3 1LSV 26 10 INCORPORARSE A LA CIRCULACIÓN SIN SEÑALIZAR DEBIDAMENTE LA MANIOBRA, UN CONDUCTOR DE TRANSPORTE COLECTIVO DE VIAJEROS. 48

LRGC 72 3 2LSV 26 11 INCORPORARSE A LA VÍA PROCEDENTE DE UN CARRIL DE ACELERACIÓN SIN LLEVAR LA VELOCIDAD ADECUADA. 48

LRGC 72 4 1LSV 26 12 INCORPORARSE A LA VÍA PROCEDENTE DE UN CARRIL DE ACELERACIÓN SIN LLEVAR LA VELOCIDAD ADECUADA, UN CONDUCTOR DE TRANSPORTE COLECTIVO DE VIAJEROS. 60

LRGC 72 4 2

CONDUCCIÓN DE VEHÍCULOS EN TRAMO DE INCORPORACIÓNNORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 27 0 1 NO FACILITAR, EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE, LA INCORPORACIÓN A LA CIRCULACIÓN DE OTROS VEHÍCULOS. 48L

RGC 73 1 1LSV 27 0 2 NO FACILITAR, EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE, LA INCORPORACIÓN A LA CIRCULACIÓN DE UN VEHÍCULO DE TRANSPORTE COLECTIVO DE VIAJEROS DESDE UNA PARADA SEÑALIZADA. 48

LRGC 73 1 2

CAMBIOS DE VÍA, CALZADA Y CARRILNORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 28 1 GIRAR CON EL VEHÍCULO SIN ADVERTIRLO PREVIAMENTE Y CON SUFICIENTE ANTELACIÓN A LOS CONDUCTORES DE LOS VEHÍCULOS QUE CIRCULAN DETRÁS SUYO. 1001 G

RGC 74 1LSV 28 1 GIRAR CON EL VEHÍCULO CON PELIGRO PARA LOS QUE SE ACERCAN EN SENTIDO CONTRARIO DADA LA VELOCIDAD Y DISTANCIA DE ESTOS. 150

2 GRGC 74 1LSV 28 1 REALIZAR UN CAMBIO DE DIRECCIÓN A LA IZQUIERDA SIN VISIBILIDAD SUFICIENTE. 96

3 GRGC 74 1LSV 28 2 1 DESPLAZARSE LATERALMENTE PARA CAMBIAR DE CARRIL SIN RESPETAR LA PRIORIDAD DEL QUE CIRCULA POR EL CARRIL QUE SE PRETENDE OCUPAR. 96

GRGC 74 2 1

CAMBIOS DE SENTIDOANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 29 0 16 3 EFECTUAR EL CAMBIO DE SENTIDO DE LA MARCHA SIN ELEGIR EL LUGAR ADECUADO PARA INTERCEPTAR LA VÍA EL MENOR TIEMPO POSIBLE. 961 G

RGC 78 1LSV 29 0 16 3 EFECTUAR EL CAMBIO DE SENTIDO DE LA MARCHA SIN ADVERTIR SU PROPÓSITO CON LAS SEÑALES PRECEPTIVAS, CON LA ANTELACIÓN SUFICIENTE. 96

2 GRGC 78 1LSV 29 0 16 3 EFECTUAR EL CAMBIO DE SENTIDO DE LA MARCHA CON PELIGRO PARA OTROS USUARIOS DE LA VÍA. 150

3 GRGC 78 1LSV 29 0 16 3 EFECTUAR EL CAMBIO DE SENTIDO DE LA MARCHA OBSTACULIZANDO A OTROS USUARIOS DE LA VÍA. 96

4 GRGC 78 1LSV 29 0 PERMANECER EN LA CALZADA PARA EFECTUAR EL CAMBIO DE SENTIDO, IMPIDIENDO CONTINUAR LA MARCHA DE LOS VEHÍCULOS QUE CIRCULAN DETRÁS DEL SUYO, 96

5 G PUDIENDO SALIR DE AQUÉLLA POR SU LADO DERECHO.RGC 78 1

PROHIBICIÓN DE CAMBIO DE SENTIDOANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 30 1 16 3 EFECTUAR UN CAMBIO DE SENTIDO EN TRAMO DE VÍA CON VISIBILIDAD LIMITADA. 961 G

RGC 79 1LSV 30 1 2 G 16 3 EFECTUAR UN CAMBIO DE SENTIDO EN UN PASO A NIVEL. 91RGC 79 1 2LSV 30 1 3 G 16 3 EFECTUAR UN CAMBIO DE SENTIDO EN UN TÚNEL. 91RGC 79 1 3LSV 30 1 4 G 16 3 EFECTUAR UN CAMBIO DE SENTIDO EN UN PASO INFERIOR. 91RGC 79 1 4LSV 30 1 6 16 3 EFECTUAR UN CAMBIO DE SENTIDO EN TRAMO DE VÍA DONDE ESTÁ PROHIBIDO EL ADELANTAMIENTO Y NO ESTÁ EXPRESAMENTE AUTORIZADO EL CAMBIO DE SENTIDO, CARECIENDO DE VISIBILIDAD. 150

GRGC 79 1 5

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4 8boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166

ANEXO IINORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 30 1 6 16 3 EFECTUAR UN CAMBIO DE SENTIDO EN TRAMO DE VÍA DONDE ESTÁ PROHIBIDO EL ADELANTAMIENTO Y NO ESTÁ EXPRESAMENTE AUTORIZADO EL CAMBIO DE SENTIDO, CON VISIBILIDAD. 96G

RGC 79 1 6

MARCHA HACIA ATRÁSANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 31 1 CIRCULAR HACIA ATRÁS SIN CAUSA JUSTIFICADA 911 G

RGC 80 1LSV 31 1 CIRCULAR HACIA ATRÁS DURANTE UN RECORRIDO SUPERIOR AL MÍNIMO INDISPENSABLE PARA EFECTUAR LA MANIOBRA DE LA QUE ES COMPLEMENTARIA. 91

2 GRGC 80 1LSV 31 1 3 MG 4 6 CIRCULAR HACIA ATRÁS EN SENTIDO CONTRARIO AL ESTIPULADO 301RGC 80 1 3LSV 31 2 NO EFECTUAR LENTAMENTE LA MANIOBRA DE MARCHA ATRÁS. 91

1 GRGC 81 1LSV 31 2 EFECTUAR LA MANIOBRA DE MARCHA ATRÁS SIN ADVERTIRLO CON LAS SEÑALES PRECEPTIVAS. 91

2 GRGC 81 1LSV 31 2 EFECTUAR LA MANIOBRA DE MARCHA ATRÁS SIN CERCIORARSE DE QUE, POR LA VISIBILIDAD, ESPACIO Y TIEMPO, NO SUPONGA PELIGRO PARA LOS DEMÁS USUARIOS. 91

3 GRGC 81 1

SENTIDO DEL ADELANTAMIENTONORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 32 1 ADELANTAR EN UNA VÍA PÚBLICA A UN VEHÍCULO POR LA DERECHA, SIN CONCURRIR EXCEPCIÓN DE LAS PREVISTAS EN LA LEY. 961 G

RGC 82 1LSV 32 2 1 ADELANTAR EN UNA VÍA PÚBLICA A UN VEHÍCULO POR LA DERECHA, SIN QUE EXISTA ESPACIO SUFICIENTE PARA ELLO. 96

GRGC 82 2 1LSV 32 2 2 ADELANTAR EN UNA VÍA PÚBLICA A UN VEHÍCULO POR LA DERECHA, SIN ADOPTAR LAS MÁXIMAS PRECAUCIONES. 96

GRGC 82 2 2LSV 32 2 3 ADELANTAR EN UNA VÍA PÚBLICA A UN VEHÍCULO POR LA DERECHA, SIN QUE SU CONDUCTOR ESTÉ INDICANDO CLARAMENTE SU PROPÓSITO DE CAMBIAR DE DIRECCIÓN A LA IZQUIERDA O PARAR EN ESE LADO. 96

GRGC 82 2 3LSV 32 2 4 ADELANTAR POR LA IZQUIERDA A UN VEHÍCULO CUYO CONDUCTOR ESTÁ INDICANDO CLARAMENTE SU PROPÓSITO DE CAMBIAR DE DIRECCIÓN A LA IZQUIERDA O PARAR EN ESE LADO. 96

GRGC 82 2 4LSV 32 2 5 ADELANTAR POR LA IZQUIERDA, EN UNA VÍA CON CIRCULACIÓN EN AMBOS SENTIDOS, A UN TRANVÍA QUE MARCHA POR LA ZONA CENTRAL. 96

GRGC 82 2 5

NORMAS GENERALES DEL ADELANTAMIENTOANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 33 1 EFECTUAR UN ADELANTAMIENTO, QUE REQUIERE UN DESPLAZAMIENTO LATERAL, SIN ADVERTIRLO CON LAS SEÑALES PRECEPTIVAS CON LA SUFICIENTE ANTELACIÓN. 961 G

RGC 84 1LSV 33 1 14 4 EFECTUAR UN ADELANTAMIENTO SIN QUE EXISTA ESPACIO LIBRE SUFICIENTE EN EL CARRIL QUE UTILIZA PARA LA MANIOBRA, CON PELIGRO PARA QUIENES CIRCULAN EN SENTIDO CONTRARIO. 150

2 GRGC 84 1LSV 33 1 14 4 EFECTUAR UN ADELANTAMIENTO SIN QUE EXISTA ESPACIO LIBRE SUFICIENTE EN EL CARRIL QUE UTILIZA PARA LA MANIOBRA, ENTORPECIENDO A QUIENES CIRCULAN EN SENTIDO CONTRARIO. 96

3 GRGC 84 1LSV 33 2 EFECTUAR UN ADELANTAMIENTO CUANDO EL CONDUCTOR DEL VEHÍCULO QUE LE PRECEDE EN EL MISMO CARRIL HA INDICADO SU PROPÓSITO DE DESPLAZARSE HACIA EL MISMO LADO. 96

1 GRGC 84 2LSV 33 3 ADELANTAR CUANDO OTRO CONDUCTOR QUE LE SIGUE POR EL MISMO CARRIL HA INDICADO LA MANIOBRA DE ADELANTAR A SU VEHÍCULO. 96

1 GRGC 84 3LSV 33 3 ADELANTAR SIN DISPONER DEL ESPACIO SUFICIENTE PARA REINTEGRARSE A SU MANO AL TERMINAR EL ADELANTAMIENTO. 96

2 GRGC 84 3

EJECUCIÓN DEL ADELANTAMIENTOANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 34 1 ADELANTAR SIN LLEVAR DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA MANIOBRA UNA VELOCIDAD NOTORIAMENTE SUPERIOR A LA DEL VEHÍCULO ADELANTADO. 961 G

RGC 85 1LSV 34 1 ADELANTAR A OTRO VEHÍCULO SIN DEJAR ENTRE AMBOS UNA SEPARACIÓN LATERAL SUFICIENTE PARA REALIZARLO CON SEGURIDAD. 96

2 GRGC 85 1LSV 34 2 NO VOLVER A SU MANO, UNA VEZ INICIADO EL ADELANTAMIENTO, ANTE CIRCUNSTANCIAS QUE PUEDAN DIFICULTAR SU FINALIZACIÓN CON SEGURIDAD. 120

1 GRGC 85 2LSV 34 2 VOLVER A SU MANO, AL NO PODER ADELANTAR CON SEGURIDAD, SIN ADVERTIRLO A LOS QUE LE SIGUEN CON LAS SEÑALES PRECEPTIVAS. 96

2 GRGC 85 2LSV 34 3 ADELANTAR SIN REINTEGRARSE A SU CARRIL LO ANTES POSIBLE Y DE MODO GRADUAL, OBLIGANDO A OTROS USUARIOS A MODIFICAR SU TRAYECTORIA O VELOCIDAD. 96

1 GRGC 85 3LSV 34 3 ADELANTAR REINTEGRÁNDOSE A SU CARRIL SIN ADVERTIRLO CON LAS SEÑALES PRECEPTIVAS. 96

2 GRGC 85 3LSV 34 4 1 G 15 4 ADELANTAR, FUERA DE POBLADO, A UN VEHÍCULO DE DOS RUEDAS SIN OCUPAR UNA PARTE O LA TOTALIDAD DEL CARRIL CONTIGUO Y, EN TODO CASO, SIN DEJAR LA SEPARACIÓN 96RGC 85 4 1 LATERAL MÍNIMA DE 1,50 METROS.LSV 34 4 2 G 15 4 ADELANTAR PONIENDO EN PELIGRO O ENTORPECIENDO A CICLISTAS QUE CIRCULEN EN SENTIDO CONTRARIO. 96RGC 85 4 2

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VEHÍCULO ADELANTADOANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 35 1 18 4 NO CEÑIRSE AL BORDE DERECHO DE LA CALZADA AL SER ADVERTIDO POR EL CONDUCTOR QUE LE SIGUE DEL PROPÓSITO DE ADELANTAR A SU VEHÍCULO. 961 G

RGC 86 1LSV 35 2 18 4 AUMENTAR LA VELOCIDAD CUANDO VA A SER ADELANTADO. 120

1 GRGC 86 2LSV 35 2 18 4 EFECTUAR MANIOBRAS QUE IMPIDEN O DIFICULTAN EL ADELANTAMIENTO, CUANDO VA A SER ADELANTADO. 120

2 GRGC 86 2LSV 35 2 18 4 NO DISMINUIR LA VELOCIDAD CUANDO VA A SER ADELANTADO, UNA VEZ INICIADO EL ADELANTAMIENTO, AL PRODUCIRSE UNA SITUACIÓN DE PELIGRO. 96

3 GRGC 86 2

PROHIBICIONES DE ADELANTAMIENTOANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 36 1 1 14 4 ADELANTAR INVADIENDO LA ZONA RESERVADA AL SENTIDO CONTRARIO EN LUGAR EN QUE LA VISIBILIDAD DISPONIBLE NO ES SUFICIENTE. 120G

RGC 87 1A 1LSV 36 1 2 14 4 ADELANTAR INVADIENDO LA ZONA RESERVADA AL SENTIDO CONTRARIO EN CIRCUNSTANCIAS EN QUE LA VISIBILIDAD DISPONIBLE NO ES SUFICIENTE. (ESPECIFICAR CIRCUNSTANCIAS) 120

GRGC 87 1A 2LSV 36 2 ADELANTAR EN UN PASO PARA PEATONES SEÑALIZADO COMO TAL. 96

1 GRGC 87 1BLSV 36 2 ADELANTAR EN UN PASO A NIVEL O EN SUS PROXIMIDADES. 96

2 GRGC 87 1BLSV 36 3 ADELANTAR EN INTERSECCIÓN O EN SUS PROXIMIDADES, POR LA IZQUIERDA, A UN VEHÍCULO DE MÁS DE DOS RUEDAS, NO SIENDO PLAZA DE CIRCULACIÓN GIRATORIA NI CALZADA QUE GOCE DE PRIORIDAD SEÑALIZADA.96

1 GRGC 87 1C

SUPUESTOS ESPECIALES DE ADELANTAMIENTONORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 37 1 G REBASAR A UN VEHÍCULO INMOVILIZADO POR NECESIDADES DEL TRÁFICO, OCUPANDO EL CARRIL IZQUIERDO DE LA CALZADA, EN TRAMO EN QUE ESTÁ PROHIBIDO ADELANTAR. 96RGC 88 1 1LSV 37 2 G REBASAR A UN VEHÍCULO INMOVILIZADO POR CAUSAS AJENAS AL TRÁFICO, OCUPANDO EL CARRIL IZQUIERDO DE LA CALZADA, EN TRAMO EN QUE ESTÁ PROHIBIDO ADELANTAR, OCASIONANDO PELIGRO. 96RGC 88 1 2

NORMAS GENERALES DE PARADAS Y ESTACIONAMIENTOSANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 38 2 PARAR EN VÍA URBANA DE DOBLE SENTIDO SEPARADO DEL BORDE DERECHO DE LA CALZADA. 361 L

RGC 90 2LSV 38 2 PARAR EN VÍA URBANA DE DOBLE SENTIDO SEPARADO DEL BORDE DERECHO DEL ARCÉN. 36

2 LRGC 90 2LSV 38 2 ESTACIONAR EN VÍA URBANA DE DOBLE SENTIDO SEPARADO DEL BORDE DERECHO DE LA CALZADA. 48

3 LRGC 90 2LSV 38 2 ESTACIONAR EN VÍA URBANA DE DOBLE SENTIDO SEPARADO DEL BORDE DERECHO DEL ARCÉN. 48

4 LRGC 90 2LSV 38 3 22 2 PARAR EN VÍA URBANA OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACIÓN. 100

1 GRGC 91 1LSV 38 3 22 2 PARAR EN VÍA URBANA CONSTITUYENDO UN RIESGO PARA LOS DEMÁS USUARIOS. 100

2 GRGC 91 1LSV 38 3 22 2 ESTACIONAR EN VÍA URBANA OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACIÓN. 120

3 GRGC 91 1LSV 38 3 22 2 ESTACIONAR EN VÍA URBANA CONSTITUYENDO UN RIESGO PARA LOS DEMÁS USUARIOS. 150

4 GRGC 91 1LSV 38 3 PARAR O ESTACIONAR EL VEHÍCULO AUSENTÁNDOSE DEL MISMO SIN TOMAR LAS MEDIDAS REGLAMENTARIAS QUE EVITEN QUE SE PONGA EN MOVIMIENTO. 48

5 LRGC 91 1LSV 38 3 22 2 ESTACIONAR EN VÍA URBANA CONSTITUYENDO UN RIESGO PARA LOS DEMÁS USUARIOS. (ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, OBLIGANDO A LOS PEATONES A CIRCULAR POR LA CALZADA) 150

6 GRGC 91 1LSV 38 3 22 2 ESTACIONAR, CONSTITUYENDO UN RIESGO U OBSTÁCULO A LA CIRCULACIÓN, A MENOS DE TRES METROS DE MARCA LONGITUDINAL, QUE INDIQUE PROHIBICIÓN DE ATRAVESARLA. 150

1 GRGC 91 2LSV 38 3 22 2 ESTACIONAR NO PERMITIENDO EL PASO A OTROS VEHÍCULOS. 150

2 GRGC 91 2LSV 38 3 22 2 ESTACIONAR IMPIDIENDO LA INCORPORACIÓN A LA CIRCULACIÓN A OTRO VEHÍCULO DEBIDAMENTE PARADO O ESTACIONADO. 150

4 GRGC 91 2LSV 38 3 22 2 ESTACIONAR OBSTACULIZANDO EL PASO DE SALIDA O ACCESO A INMUEBLES DE VEHÍCULOS 150

5 GRGC 91 2LSV 38 3 22 2 ESTACIONAR OBSTACULIZANDO LA UTILIZACIÓN NORMAL DE PASO REBAJADO PARA DISMINUIDOS FÍSICOS. 150

6 GRGC 91 2LSV 38 3 22 2 ESTACIONAR IMPIDIENDO GIRO AUTORIZADO A LA DERECHA, DEBIDAMENTE SEÑALIZADO. 150

7 GRGC 91 2LSV 38 3 22 2 ESTACIONAR IMPIDIENDO GIRO AUTORIZADO A LA IZQUIERDA, DEBIDAMENTE SEÑALIZADO. 150

8 GRGC 91 2

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5 0boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166

ANEXO IINORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 38 3 22 2 ESTACIONAR, CONSTITUYENDO UN RIESGO U OBSTÁCULO A LA CIRCULACIÓN, EN DOBLE FILA, SIN CONDUCTOR. 1509 G

RGC 91 2LSV 38 3 22 2 ESTACIONAR, CONSTITUYENDO UN RIESGO U OBSTÁCULO A LA CIRCULACIÓN, EN ESPACIO RESERVADO A SERVICIOS DE URGENCIAS. 150

10 GRGC 91 2LSV 38 3 22 2 ESTACIONAR, CONSTITUYENDO UN RIESGO U OBSTÁCULO A LA CIRCULACIÓN EN ESPACIO RESERVADO A SERVICIOS DE SEGURIDAD. 150

11 GRGC 91 2LSV 38 3 22 2 ESTACIONAR, CONSTITUYENDO UN RIESGO U OBSTÁCULO A LA CIRCULACIÓN EN MEDIO DE LA CALZADA. 150

12 GRGC 91 2LSV 38 3 22 2 ESTACIONAR CONSTITUYENDO UN PELIGRO PARA EL TRÁFICO DE VEHÍCULOS. 150

13 GRGC 91 2LSV 38 3 22 2 ESTACIONAR UN REMOLQUE O UN SEMIRREMOLQUE EN VÍA URBANA, CUANDO SE HALLE SEPARADO DEL VEHÍCULO TRACTOR, SALVO EN AQUELLOS LUGARES AUTORIZADOS PARA ELLO. 150

15 GRGC 91 2LSV 38 3 22 2 ESTACIONAR UN AUTOBÚS O UN CAMIÓN BIEN RÍGIDO O BIEN ARTICULADO CON PMA SUPERIOR A 3,5 TM. EN VÍA URBANA, SALVO EN AQUELLOS LUGARES SEÑALIZADOS EXPRESAMENTE PARA ELLO. 150

16 GRGC 91 2LSV 38 3 22 2 ESTACIONAR UN VEHÍCULO DE FORMA QUE NO PERMITE LA MEJOR UTILIZACIÓN DEL RESTANTE ESPACIO DISPONIBLE 150

17 GRGC 91 2

ROTACIÓN DE VEHÍCULOS ESTACIONADOSANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

O.M.T. 33 1 TENER ESTACIONADO EL VEHÍCULO EN LA VÍA PÚBLICA DURANTE MÁS DE QUINCE DÍAS HÁBILES, NO PERMITIENDO CON ELLO GARANTIZAR LA ROTACIÓN DE LOS APARCAMIENTOS.1 L 48

RGC 93 1

PROHIBICIONES DE PARADAS Y ESTACIONAMIENTOSANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 39 1A 22 2 PARAR EN VÍA URBANA, EN CURVA DE VISIBILIDAD REDUCIDA O EN SUS PROXIMIDADES 961 G

RGC 94 1ALSV 39 1A 22 2 PARAR EN VÍA URBANA, EN CAMBIO DE RASANTE DE VISIBILIDAD REDUCIDA O EN SUS PROXIMIDADES. 96

2 GRGC 94 1ALSV 39 2A 22 2 ESTACIONAR EN VÍA URBANA, EN CURVA DE VISIBILIDAD REDUCIDA O EN SUS PROXIMIDADES. 100

1 GRGC 94 2ALSV 39 2A 22 2 ESTACIONAR EN VÍA URBANA, EN CAMBIO DE RASANTE DE VISIBILIDAD REDUCIDA O EN SUS PROXIMIDADES. 100

2 GRGC 94 2ALSV 39 1B L PARAR EN PASO PARA CICLISTAS. 40

2RGC 94 1BLSV 39 1B 22 2 PARAR EN PASO PARA PEATONES (OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACIÓN DE LOS MISMOS) 91

3 GRGC 94 1BLSV 39 1B PARAR EN PASO PARA PEATONES (SIN OBSTACULIZAR GRAVEMENTE LA CIRCULACIÓN DE LOS MISMOS) 40

4 LRGC 94 1BLSV 39 2A ESTACIONAR EN PASO PARA CICLISTAS. 60

5 LRGC 94 2ALSV 39 1C PARAR EN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA PARA LA CIRCULACIÓN O SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS, AFECTANDO A LA CIRCULACIÓN. 60

1 LRGC 94 1CLSV 39 2A ESTACIONAR EN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA PARA LA CIRCULACIÓN O SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS, AFECTANDO A LA CIRCULACIÓN. 90

6 LRGC 94 2ALSV 39 1C PARAR EN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA PARA LA CIRCULACIÓN O SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS, SIN AFECTAR LA CIRCULACIÓN. 40

2 LRGC 94 1CLSV 39 2A ESTACIONAR EN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA PARA LA CIRCULACIÓN O SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS, SIN AFECTAR LA CIRCULACIÓN. 48

7 LRGC 94 2ALSV 39 1C PARAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA PARA LA CIRCULACIÓN O SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS, AFECTANDO LA CIRCULACIÓN (CON SEÑAL DE PROHIBIDO LA PARADA) 60

3 LRGC 94 1CLSV 39 2A ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA PARA LA CIRCULACIÓN O SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS, AFECTANDO LA CIRCULACIÓN (CON SEÑAL DE PROHIBIDO LA PARADA) 90

8 LRGC 94 2ALSV 39 2E 22 2 ESTACIONAR SOBRE LA ACERA. (OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACIÓN DE PEATONES) 96

1 GRGC 94 2ELSV 39 2E ESTACIONAR SOBRE LA ACERA. (SIN OBSTACULIZAR GRAVEMENTE LA CIRCULACIÓN DE PEATONES) 60

2 LRGC 94 2ELSV 39 2E 22 2 ESTACIONAR SOBRE ZONA PEATONAL O PASEO.(OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACIÓN DE PEATONES) 96

3 GRGC 94 2ELSV 39 2E ESTACIONAR SOBRE ZONA PEATONAL O PASEO.(SIN OBSTACULIZAR GRAVEMENTE LA CIRCULACIÓN DE PEATONES) 60

4 LRGC 94 2ELSV 39 2E 22 2 ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA AL PASO DE PEATONES.(OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACIÓN DE PEATONES) 96

5 GRGC 94 2ELSV 39 2E ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA AL PASO DE PEATONES.(SIN OBSTACULIZAR GRAVEMENTE LA CIRCULACIÓN DE PEATONES) 60

6 LRGC 94 2ELSV 39 2C ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA PARA CARGA Y DESCARGA, SIN EFECTUAR DICHAS TAREAS 48

1 LRGC 94 2C

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boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 1665 1

ANEXO IINORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 39 2C ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA PARA CARGA Y DESCARGA, SOBREPASANDO EL TIEMPO MÁXIMO PERMITIDO. 482 L

RGC 94 2CLSV 39 1C 5 PARAR EN ZONA RESERVADA A VEHÍCULOS OFICIALES, SIN ESTAR AUTORIZADO. 36

LRGC 94 1C 4LSV 39 2A 9 ESTACIONAR EN ZONA RESERVADA A VEHÍCULOS OFICIALES, SIN ESTAR AUTORIZADO. 48

LRGC 94 2A 9LSV 39 2F 1 ESTACIONAR FRENTE A VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE. 60

LRGC 94 2F 1LSV 39 1D 22 2 PARAR EN UNA INTERSECCIÓN O EN SUS PROXIMIDADES, EN VÍA URBANA. 91

1 GRGC 94 1DLSV 39 2A 22 2 ESTACIONAR EN UNA INTERSECCIÓN O EN SUS PROXIMIDADES, EN VÍA URBANA. 98

10 GRGC 94 2ALSV 39 1F PARAR EN LUGAR DONDE SE IMPIDE LA VISIBILIDAD DE LA SEÑALIZACIÓN A OTROS USUARIOS. 91

1 GRGC 94 1FLSV 39 1F PARAR EN LUGAR DONDE SE OBLIGA A OTROS USUARIOS A HACER MANIOBRAS 91

2 GRGC 94 1FLSV 39 2A ESTACIONAR EN LUGAR DONDE SE IMPIDE LA VISIBILIDAD DE LA SEÑALIZACIÓN A OTROS USUARIOS. 98

11 GRGC 94 2ALSV 39 2A ESTACIONAR EN LUGAR DONDE SE OBLIGA A OTROS USUARIOS A HACER MANIOBRAS. 98

12 GRGC 94 2ALSV 39 1H 23 2 PARAR EN CARRIL DESTINADO AL USO EXCLUSIVO DE BUS - TAXIS. 91

1 GRGC 94 1HLSV 39 1H PARAR EN CARRIL RESERVADO PARA BICICLETAS. 40

2 LRGC 94 1HLSV 39 2A 23 2 ESTACIONAR EN CARRIL DESTINADO AL USO EXCLUSIVO DE BUS - TAXIS 98

13 GRGC 94 2ALSV 39 2A ESTACIONAR EN CARRIL RESERVADO PARA BICICLETAS. 60

14 LRGC 94 2ALSV 39 1I PARAR EN ZONAS DESTINADAS PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO DE BUS Ó TAXIS. 91

1 GRGC 94 1ILSV 39 2A ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA USO EXCLUSIVO DE BUS 98

15 GRGC 94 2ALSV 39 2A ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA A PARADA DE USO EXCLUSIVO DE TAXI. 98

16 GRGC 94 2ALSV 39 2D ESTACIONAR EN ZONAS SEÑALIZADAS PARA USO EXCLUSIVO DE MINUSVÁLIDOS. 60

1 LRGC 94 2DLSV 39 1J PARAR EN ZONA SEÑALIZADA PARA USO EXCLUSIVO DE MINUSVÁLIDOS. 40

1 LRGC 94 1JLSV 39 2G ESTACIONAR EN DOBLE FILA. 60

1 LRGC 94 2GLSV 39 ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO Y NO INDICADO EN LOS APARTADOS ANTERIORES, BIEN SEA MEDIANTE SEÑAL VERTICAL, HORIZONTAL O DE OTRO TIPO. (DEBERÁ INDICARSE EL TIPO DE SEÑAL) 60

LRGC 94

USO OBLIGATORIO DE ALUMBRADOANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 42 1 25 2 CIRCULAR ENTRE LA PUESTA Y LA SALIDA DEL SOL SIN LLEVAR ENCENDIDO EL ALUMBRADO REGLAMENTARIO. 961 G

RGC 98 1LSV 42 1 3 25 2 CIRCULAR CON EL VEHÍCULO RESEÑADO SIN LLEVAR ENCENDIDO EL ALUMBRADO DE GALIBO ESTANDO OBLIGADO A ELLO. 96

GRGC 99 1 2LSV 42 1 4 25 2 CIRCULAR SIN ALUMBRADO EN SITUACIÓN DE FALTA O DISMINUCIÓN DE VISIBILIDAD. 96

GRGC 99 1 1LSV 42 1 5 G 25 2 EMPLEAR ALTERNATIVAMENTE EN FORMA DE DESTELLOS LAS LUCES DE LARGO Y CORTO ALCANCE CON FINALIDADES NO PREVISTAS REGLAMENTARIAMENTE. 96RGC 100 2 1LSV 42 1 6 25 2 NO LLEVAR ENCENDIDO EL ALUMBRADO DE CORTO ALCANCE O DE CRUCE EN POBLACIÓN CUANDO LA VÍA ESTE INSUFICIENTEMENTE ILUMINADA. 96

GRGC 101 1 1LSV 42 1 7 25 2 NO SUSTITUIR EL ALUMBRADO DE CARRETERA POR EL DE CRUCE, PRODUCIENDO DESLUMBRAMIENTO A LOS QUE CIRCULAN EN SENTIDO CONTRARIO. 96

GRGC 102 1 1LSV 42 1 8 G 25 2 RESTABLECER EL ALUMBRADO DE CARRETERA ANTES DE REBASAR LA POSICIÓN DEL CONDUCTOR DEL VEHÍCULO CON EL QUE SE CRUCE. 96RGC 102 1 2LSV 42 1 9 25 2 NO SUSTITUIR EL ALUMBRADO DE CARRETERA POR EL DE CRUCE CIRCULANDO DETRÁS DE OTRO VEHÍCULO A MENOS DE 150 METROS, PRODUCIENDO DESLUMBRAMIENTO POR EL ESPEJO RETROVISOR. 96

GRGC 102 2 1LSV 42 1 10 25 2 CIRCULAR CON ALUMBRADO DE CRUCE DESLUMBRANTE. 96

GRGC 102 2 2LSV 42 1 12 NO LLEVAR ILUMINADA LA PLACA POSTERIOR DE LA MATRICULA SIENDO OBLIGATORIA LA UTILIZACIÓN DE ALUMBRADO. 48

LRGC 103 1 1LSV 42 1 11 25 2 NO TENER ENCENDIDAS LAS LUCES DE POSICIÓN UN VEHÍCULO INMOVILIZADO, ESTANDO OBLIGADO A ELLO. 96

GRGC 105 1 1

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5 2boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166

ANEXO IINORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 42 2A 25 2 CIRCULAR DURANTE EL DÍA CON UNA MOTOCICLETA SIN LLEVAR ENCENDIDO EL ALUMBRADO REGLAMENTARIO. 961 G

RGC 104 ALSV 42 2B 25 2 CIRCULAR DURANTE EL DÍA POR UN CARRIL REVERSIBLE SIN LLEVAR ENCENDIDO EL ALUMBRADO REGLAMENTARIO. 96

1 GRGC 104 BLSV 42 2B 25 2 CIRCULAR DURANTE EL DÍA POR CARRIL RESERVADO O EXCEPCIONALMENTE ABIERTO EN SENTIDO CONTRARIO AL NORMALMENTE UTILIZADO, SIN LLEVAR ENCENDIDO EL ALUMBRADO REGLAMENTARIO. 96

2 GRGC 104 BLSV 42 3 CIRCULAR UNA BICICLETA SIN LLEVAR ENCENDIDO EL ALUMBRADO REGLAMENTARIO. 91

1 GRGC 98 3LSV 42 3 CIRCULAR CON UNA BICICLETA SIN ELEMENTOS REFLECTANTES DEBIDAMENTE HOMOLOGADOS. 48

2 LRGC 98 3

SUPUESTOS ESPECIALES DE ALUMBRADOANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 43 25 2 NO UTILIZAR EL ALUMBRADO REGLAMENTARIO EN CONDICIONES METEOROLÓGICAS O AMBIENTALES QUE DISMINUYAN SENSIBLEMENTE LA VISIBILIDAD. 961 G

RGC 106 1

ADVERTENCIAS DE LOS CONDUCTORESNORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 44 1 NO ADVERTIR EL CONDUCTOR DE UN VEHÍCULO A OTROS USUARIOS DE LA VÍA, LA MANIOBRA A EFECTUAR UTILIZANDO LA SEÑALIZACIÓN LUMINOSA O EN SU DEFECTO, EL BRAZO, 481 L SEGÚN LO DETERMINADO REGLAMENTARIAMENTE.

RGC 108 1LSV 44 3 HACER USO INMOTIVADO O EXAGERADO DE LAS SEÑALES ACÚSTICAS. 48

1 LRGC 110 1LSV 44 4 UTILIZAR DISPOSITIVOS DE SEÑALES ESPECIALES EN CASO ANTIRREGLAMENTARIO. 48

1 LRGC 111LSV 44 4 UTILIZAR DISPOSITIVOS DE SEÑALES ESPECIALES EN CONDICIONES ANTIRREGLAMENTARIAS. 48

2 LRGC 111LSV 44 4 3 NO SEÑALAR SU PRESENCIA UNA MÁQUINA DE OBRAS PÚBLICAS, CON UNA LUZ INTERMITENTE O GIRATORIA DE COLOR AMARILLO-AUTO EN LOS CASOS Y CONDICIONES REGLAMENTARIAS. 48

LRGC 113 1LSV 44 4 4 NO SEÑALAR SU PRESENCIA UN CAMIÓN TRABAJANDO EN UNA VÍA PÚBLICA, CON UNA LUZ INTERMITENTE O GIRATORIA DE COLOR AMARILLO-AUTO EN LOS CASOS Y CONDICIONES REGLAMENTARIOS. 48

LRGC 113 2LSV 44 4 5 NO SEÑALAR SU PRESENCIA UN VEHÍCULO ESPECÍFICAMENTE DESTINADO A REMOLCAR ACCIDENTADOS O AVERIADOS, CON LUZ INTERMITENTE O GIRATORIA DE COLOR AMARILLO-AUTO EN LOS CASOS 48

L Y CONDICIONES REGLAMENTARIOS.RGC 112 1LSV 44 4 6 MONTAR O UTILIZAR DISPOSITIVOS DE SEÑALES ESPECIALES SIN AUTORIZACIÓN. 48

LRGC 113 3

PUERTASNORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 45 LLEVAR ABIERTAS LAS PUERTAS DEL VEHÍCULO. 481 L

RGC 114 1LSV 45 ABRIR LAS PUERTAS ANTES DE LA COMPLETA INMOVILIZACIÓN DEL VEHÍCULO. 48

2 LRGC 114 1LSV 45 ABRIR LAS PUERTAS O APEARSE DEL VEHÍCULO SIN HABERSE CERCIORADO PREVIAMENTE DE QUE ELLO NO IMPLICABA PELIGRO O ENTORPECIMIENTO PARA OTROS USUARIOS. 60

3 LRGC 114 1

APAGADO DE MOTORNORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 46 2 NO PARAR EL MOTOR DEL VEHÍCULO ENCONTRÁNDOSE DETENIDO EN LUGAR CERRADO. 48L

RGC 115 2 1LSV 46 3 NO PARAR EL MOTOR DEL VEHÍCULO DURANTE LA CARGA DE COMBUSTIBLE. 60

LRGC 115 3 2LSV 46 3 NO APAGAR EL TELÉFONO MÓVIL EL CONDUCTOR DEL VEHÍCULO DURANTE LA CARGA DE COMBUSTIBLE. 60

LRGC 115 3 3

CINTURÓN, CASCO Y RESTANTES ELEMENTOS DE SEGURIDADANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 47 1 1 26 3 NO UTILIZAR EL CONDUCTOR DEL VEHÍCULO EL CINTURÓN DE SEGURIDAD EN LOS CASOS Y CONDICIONES DETERMINADOS REGLAMENTARIAMENTE. 100G

RGC 117 1 1LSV 47 1 2 NO UTILIZAR EL OCUPANTE DEL VEHÍCULO EL CINTURÓN DE SEGURIDAD EN LOS CASOS Y CONDICIONES DETERMINADOS REGLAMENTARIAMENTE. 100

GRGC 117 1 2LSV 47 1 5 CIRCULAR CON UN MENOR DE DOCE AÑOS SITUADO EN ASIENTOS DELANTEROS, SIN UTILIZAR DISPOSITIVOS HOMOLOGADOS AL EFECTO. 100

GRGC 117 2 1LSV 47 1 6 CIRCULAR CON UN MENOR DE 3 AÑOS SITUADO EN EL ASIENTO TRASERO SIN UTILIZAR UN SISTEMA DE SUJECIÓN ADAPTADO A SU TALLA Y PESO. 100RGC 117 2 2 GLSV 47 1 7 NO UTILIZAR EL PASAJERO DE MAS DE 3 AÑOS DE EDAD CUYA ESTATURA NO ALCANZA LOS 135 CM, EL CINTURÓN DE SEGURIDAD U OTRO SISTEMA DE RETENCIÓN, 100RGC 117 3 1 G INSTALADO EN EL VEHÍCULO DE MAS DE 9 PLAZAS.LSV 47 1 8 26 3 NO UTILIZAR EL CONDUCTOR EL CASCO DE PROTECCIÓN HOMOLOGADO. 100

GRGC 118 1 1

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ANEXO IINORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 47 1 9 NO UTILIZAR EL PASAJERO EL CASCO DE PROTECCIÓN HOMOLOGADO. 100G

RGC 118 1 2LSV 47 1 10 26 3 NO UTILIZAR ADECUADAMENTE EL CONDUCTOR EL CASCO DE PROTECCIÓN HOMOLOGADO. 100

GRGC 118 1 3LSV 47 1 11 NO UTILIZAR ADECUADAMENTE EL PASAJERO EL CASCO DE PROTECCIÓN HOMOLOGADO. 100

GRGC 118 1 4LSV 47 1 12 26 3 NO UTILIZAR EL CONDUCTOR DE UNA MOTOCICLETA, CICLOMOTOR, VEHÍCULO DE TRES RUEDAS Y CUADRICICLO, EL CINTURÓN DE SEGURIDAD CUANDO ESTÉN DOTADOS DE ELLOS. 100

GRGC 117 1 5

(*) SE DENUNCIARÁ AL CONDUCTOR DEL VEHÍCULO POR LA NO UTILIZACIÓN POR EL ACOMPAÑANTE DEL CASCO OBLIGATORIO.

PEATONESNORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 49 1 1 TRANSITAR POR LA CALZADA EXISTIENDO ZONA PEATONAL. 36L

RGC 121 1 1LSV 49 1 1 CIRCULAR POR LA CALZADA UTILIZANDO MONOPATÍN, PATINES O APARATOS SIMILARES. 36

LRGC 121 1 1LSV 49 1 1 CIRCULAR POR LA ACERA UTILIZANDO MONOPATÍN, PATINES O APARATOS SIMILARES, A VELOCIDAD SUPERIOR A LA DEL PASO DE LA PERSONA. 36

LRGC 121 1 1LSV 49 1 1 CIRCULAR UTILIZANDO MONOPATÍN, PATINES O APARATOS SIMILARES, ARRASTRADO POR OTRO VEHÍCULO. 36

LRGC 121 1 1LSV 49 1 2 L CIRCULAR UN VEHÍCULO POR ZONA PEATONAL SIN AUTORIZACIÓN. (SIN OBSTACULIZAR GRAVEMENTE LA CIRCULACIÓN DE PEATONES) 60RGC 121 5 1LSV 49 1 3 G CIRCULAR UN VEHÍCULO POR ZONA PEATONAL SIN AUTORIZACIÓN. (OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACIÓN DE PEATONES) 100RGC 121 5 2LSV 49 1 4 L CIRCULAR UN VEHÍCULO POR LA ACERA.(SIN OBSTACULIZAR GRAVEMENTE LA CIRCULACIÓN DE PEATONES) 60RGC 121 5 3LSV 49 1 5 G CIRCULAR UN VEHÍCULO POR LA ACERA.(OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACIÓN DE PEATONES) 100RGC 121 5 4LSV 49 1 6 NO CRUZAR UN PEATÓN LA CALZADA POR UN PASO DE PEATONES. 36

LRGC 124 1 1LSV 49 1 7 NO CRUZAR UN PEATÓN LA CALZADA POR UN PASO REGULADO POR SEMÁFORO. 48

LRGC 124 1A 1LSV 49 1 8 NO CRUZAR UN PEATÓN LA CALZADA POR UN PASO REGULADO POR UN AGENTE. 48

LRGC 124 1B 1LSV 49 1 9 NO OBEDECER UN PEATÓN LAS SEÑALES DEL AGENTE EN UN PASO REGULADO POR AGENTE. 48

LRGC 124 1B 2LSV 49 1 10 NO OBEDECER UN PEATÓN LAS SEÑALES DE PROHIBICIÓN DE PASO DE UN SEMÁFORO, EN UN PASO REGULADO POR SEMÁFOROS. 48

LRGC 124 1B 3LSV 49 1 11 NO RODEAR UN PEATÓN UNA PLAZA O GLORIETA, ATRAVESANDO SU CALZADA. 36

LRGC 124 4 1

ANIMALESNORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 50 1 2 TRANSITAR POR LAS VÍAS OBJETO DE LA LEY ANIMALES DE TIRO, CARGA O SILLA SIN IR CUSTODIADOS POR ALGUNA PERSONA. 36L

RGC 126 0 1LSV 50 1 3 TRANSITAR POR LAS VÍAS OBJETO DE LA LEY ANIMALES DE TIRO, CARGA O SILLA, EXISTIENDO OTRA VÍA ALTERNATIVA CON MENOR INTENSIDAD DE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS. 36

LRGC 126 0 2LSV 50 1 5 TRANSITAR POR LAS VÍAS OBJETO DE LA LEY, CABEZAS DE GANADO AISLADAS, EN MANADA O REBAÑO, SIN IR CUSTODIADAS POR ALGUNA PERSONA. 36

LRGC 126 0 3

AUXILIONORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 51 1 ESTAR IMPLICADO EN UN ACCIDENTE DE TRÁFICO Y NO PRESTAR SU COLABORACIÓN PARA EVITAR MAYORES PELIGROS O DAÑOS O PARA RESTABLECER, EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE, LA SEGURIDAD DE LA CIRCULACIÓN. 961 G

RGC 129 1LSV 51 1 PRESENCIAR UN ACCIDENTE DE TRÁFICO Y NO PRESTAR SU COLABORACIÓN PARA EVITAR MAYORES PELIGROS O DAÑOS O PARA RESTABLECER, EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE, LA SEGURIDAD DE LA CIRCULACIÓN. 96

2 GRGC 129 1LSV 51 1 TENER CONOCIMIENTO DIRECTO DE UN ACCIDENTE DE TRÁFICO Y NO PRESTAR SU COLABORACIÓN PARA EVITAR MAYORES PELIGROS O DAÑOS O PARA RESTABLECER, EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE, 96

3 G LA SEGURIDAD DE LA CIRCULACIÓN.RGC 129 1LSV 51 1 ESTAR IMPLICADO EN UN ACCIDENTE DE TRÁFICO Y NO PRESTAR SU COLABORACIÓN PARA ESCLARECER LOS HECHOS. 96

4 GRGC 129 1LSV 51 1 PRESENCIAR UN ACCIDENTE DE TRÁFICO Y NO PRESTAR SU COLABORACIÓN PARA ESCLARECER LOS HECHOS. 96

5 GRGC 129 1LSV 51 1 TENER CONOCIMIENTO DIRECTO DE UN ACCIDENTE DE TRÁFICO Y NO PRESTAR SU COLABORACIÓN PARA ESCLARECER LOS HECHOS. 96

6 GRGC 129 1LSV 51 2 OBSTACULIZAR LA CALZADA CON UN VEHÍCULO POR CAUSA DE ACCIDENTE O AVERÍA, Y NO SEÑALIZAR CONVENIENTEMENTE EL MISMO. 60

1 LRGC 130 1LSV 51 2 OBSTACULIZAR LA CALZADA CON LA CARGA DE UN VEHÍCULO, POR CAUSA DE ACCIDENTE O AVERÍA, Y NO SEÑALIZARLA CONVENIENTEMENTE. 60

2 LRGC 130 1LSV 51 2 OBSTACULIZAR LA CALZADA CON UN VEHÍCULO POR CAUSA DE ACCIDENTE O AVERÍA, Y NO ADOPTAR EL CONDUCTOR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA RETIRARLO EN EL MENOR TIEMPO POSIBLE. 48

3 LRGC 130 1

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5 4boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166

NORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 51 2 OBSTACULIZAR LA CALZADA CON LA CARGA DE UN VEHÍCULO, POR CAUSA DE ACCIDENTE O AVERÍA, Y NO ADOPTAR EL CONDUCTOR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA RETIRARLA EN EL MENOR TIEMPO POSIBLE. 484 L

RGC 130 1LSV 51 2 5 REMOLCAR UN VEHÍCULO AVERIADO O ACCIDENTADO POR OTRO NO DESTINADO A ESE FIN. 60

LRGC 130 5 1

NORMAS GENERALES SOBRE SEÑALESANEXO II

NORMA ART. APAR OPC INF LEY 17/05 PTOS HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 53 1 NO OBEDECER UNA SEÑAL DE OBLIGACIÓN. 481 L

RGC 132 1LSV 53 1 NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN. 48

2 LRGC 132 1LSV 53 1 NO ADAPTAR EL CONDUCTOR DE UN VEHÍCULO SU COMPORTAMIENTO AL MENSAJE DE UNA SEÑAL REGLAMENTARIA. 48

3 LRGC 132 1LSV 53 1 NO ADAPTAR EL PEATÓN SU COMPORTAMIENTO AL MENSAJE DE UNA SEÑAL REGLAMENTARIA. 48

4 LRGC 132 1LSV 53 1 NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN (ESTACIONAMIENTO PROHIBIDO POR MERCADO EN PEDANÍA. 48

5 LRGC 132 1LSV 53 NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN (ESTACIONAMIENTO PROHIBIDO POR DISCOS PORTÁTILES). 48

6 LRGC 132 1LSV 53 1 NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN (ESTACIONAMIENTO PROHIBIDO POR MERCADO SEMANAL). 48

7 LRGC 132 1LSV 53 1 NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN DE ESTACIONAMIENTO. 48

8 LRGC 132 1LSV 53 1 9 19 4 NO RESPETAR LAS SEÑALES DE LOS AGENTES QUE REGULAN LA CIRCULACIÓN. 96

GRGC 143 1 1

FORMATO DE LAS SEÑALESNORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 55 3 UTILIZAR SEÑALES EN LAS VÍA OBJETO DE LA LEY, QUE INCUMPLEN LAS ESPECIFICACIONES REGLAMENTARIAS. 481 L

RGC 134 3LSV 55 3 UTILIZAR MARCAS VIALES EN LAS VÍAS OBJETO DE LA LEY QUE INCUMPLEN LAS ESPECIFICACIONES REGLAMENTARIAS. 48

2 LRGC 134 3

RETIRADA, SUSTITUCIÓN Y ALTERACIÓN DE SEÑALESNORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 58 1 NO OBEDECER LA ORDEN DE RETIRADA O SUSTITUCIÓN DE SEÑALES ANTIRREGLAMENTARIAS. 481 L

RGC 142 1LSV 58 1 NO OBEDECER LA ORDEN DE RETIRADA O SUSTITUCIÓN DE SEÑALES QUE HAN PERDIDO SU OBJETO. 48

2 LRGC 142 1LSV 58 1 NO OBEDECER LA ORDEN DE RETIRADA O SUSTITUCIÓN DE SEÑALES DETERIORADAS. 91

3 GRGC 142 1LSV 58 2 INSTALAR SEÑALIZACIÓN EN UNA VÍA SIN PERMISO Y SIN CAUSA JUSTIFICADA. 91

1 GRGC 142 2LSV 58 2 RETIRAR SEÑALIZACIÓN DE UNA VÍA SIN PERMISO Y SIN CAUSA JUSTIFICADA. 91

2 GRGC 142 2LSV 58 2 TRASLADAR SEÑALIZACIÓN DE UNA VÍA SIN PERMISO Y SIN CAUSA JUSTIFICADA. 60

3 LRGC 142 2LSV 58 2 OCULTAR SEÑALIZACIÓN DE UNA VÍA SIN PERMISO Y SIN CAUSA JUSTIFICADA. 60

4 LRGC 142 2LSV 58 2 MODIFICAR SEÑALIZACIÓN DE UNA VÍA SIN PERMISO Y SIN CAUSA JUSTIFICADA. 60

5 LRGC 142 2LSV 58 3 MODIFICAR EL CONTENIDO DE LAS SEÑALES. 60

1 LRGC 142 3LSV 58 3 COLOCAR SOBRE LAS SEÑALES, PLACAS, CARTELES, MARCAS U OTROS OBJETOS QUE PUEDEN INDUCIR A CONFUSIÓN. 48

2 LRGC 142 3LSV 58 3 COLOCAR SOBRE LAS SEÑALES, PLACAS, CARTELES, MARCAS U OTROS OBJETOS QUE PUEDEN REDUCIR SU VISIBILIDAD O SU EFICACIA. 48

3 LRGC 142 3LSV 58 3 COLOCAR SOBRE LAS SEÑALES, PLACAS, CARTELES, MARCAS U OTROS OBJETOS QUE PUEDEN DESLUMBRAR A LOS USUARIOS DE LA VÍA. 48

4 LRGC 142 3LSV 58 3 COLOCAR SOBRE LAS SEÑALES, PLACAS, CARTELES, MARCAS U OTROS OBJETOS QUE PUEDEN DISTRAER LA ATENCIÓN DE LOS USUARIOS DE LA VÍA. 48

5 LRGC 142 3LSV 58 3 COLOCAR EN LAS INMEDIACIONES DE LAS SEÑALES, PLACAS, CARTELES, MARCAS U OTROS OBJETOS QUE PUEDEN INDUCIR A CONFUSIÓN. 48

6 LRGC 142 3LSV 58 3 COLOCAR EN LAS INMEDIACIONES DE LAS SEÑALES, PLACAS, CARTELES, MARCAS U OTROS OBJETOS QUE PUEDEN REDUCIR SU VISIBILIDAD O SU EFICACIA. 48

7 LRGC 142 3LSV 58 3 COLOCAR EN LAS INMEDIACIONES DE LAS SEÑALES, PLACAS, CARTELES, MARCAS U OTROS OBJETOS QUE PUEDEN DESLUMBRAR A LOS USUARIOS DE LA VÍA. 48

8 LRGC 142 3

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NORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 58 3 COLOCAR EN LAS INMEDIACIONES DE LAS SEÑALES, PLACAS, CARTELES, MARCAS U OTROS OBJETOS QUE PUEDEN DISTRAER LA ATENCIÓN DE LOS USUARIOS DE LA VÍA. 489 L

RGC 142 3

SEÑALES CIRCUNSTANCIALES DE BALIZAMIENTO.NO RESPETAR LAS INSTRUCCIONES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO INSCRITAS EN UN PANEL DE MENSAJE VARIABLE. (ESPECIFICAR LA INSTRUCCIÓN INCUMPLIDA).

RGC 144 1 1 G 92NO RESPETAR LA PROHIBICIÓN DE PASO ESTABLECIDA MEDIANTE SEÑAL DE BALIZAMIENTO. (DEBERÁ INDICARSE EL TIPO DE SEÑAL NO RESPETADA).

RGC 144 2 1 G 92

MARCAS BLANCAS LONGITUDINALES.RGC 167 1 1 G NO RESPETAR UNA LÍNEA LONGITUDINAL CONTINUA 92

SEÑALES HORIZONTALES DE CIRCULACIÓN.RGC 169 1 1 G NO DETENERSE EN EL LUGAR PRESCRITO POR UNA SEÑAL HORIZONTAL DE «STOP» 92

MARCAS DE OTROS COLORES.RGC 171 1 1 L NO RESPETAR LA INDICACIÓN DE UNA MARCA VIAL. (INDÍQUESE LA MARCA CORRESPONDIENTE). 60

PERSONAS RESPONSABLESNORMA ART APAR OPC INF HECHO DENUNCIADO EUROS

LSV 72 3 1 MG NO IDENTIFICAR AL CONDUCTOR RESPONSABLE DE LA INFRACCIÓN, EL TITULAR O ARRENDATARIO DEL VEHÍCULO DEBIDAMENTE REQUERIDO PARA ELLO CUANDO LA MULTA DE ORIGEN FUESE LEVE O GRAVE 310LSV 72 3 2 MG NO IDENTIFICAR AL CONDUCTOR RESPONSABLE DE LA INFRACCIÓN, EL TITULAR O ARRENDATARIO DEL VEHÍCULO DEBIDAMENTE REQUERIDO PARA ELLO CUANDO LA MULTA DE ORIGEN FUESE MUY GRAVE 400

Aquellas infracciones que no estando explícitamente previstas en la presente ordenanza, se hallen tipificadas en lalegislación de tráfico, circulación y seguridad vial, o en sus normas de desarrollo y resultaren de competencia municipal por eltipo de vía en que se cometen y por la materia sobre la que versan, serán sancionadas con arreglo a los siguientes criterios:

a) Las infracciones calificadas como graves y muy graves serán sancionadas con el importe mínimo previsto legalmente(91 y 301 euros respectivamente).

b) Las infracciones leves, serán sancionadas con el importe de 60 euros.Lo que se hace público para su general conocimiento.San Fulgencio, 20 de agosto de 2008.La Alcaldesa-Presidenta, Trinidad Martínez Andrés.

*0818034*

AYUNTAMIENTO DE SAN VICENTE DEL RASPEIG

EDICTO

BASES QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO PARA LAPROVISIÓN DEFINITIVA DEL PUESTO DE TRABAJO DE JEFE DESECCIÓN DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA.

Aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesióncelebrada el 1 de agosto de 2008.

Primera.- Carácter y alcance de estas bases.Las presentes bases regulan las normas específicas del

proceso selectivo que se convoca. Para lo no dispuesto enellas será de aplicación lo establecido en las Bases Genera-les de selección del personal al servicio del Ayuntamiento deSan Vicente del Raspeig, aprobadas por la Junta de Gobier-no Local en fecha 1 de febrero de 2008 y publicadas en elBoletín Oficial de la Provincia de Alicante número 38, defecha 21 de febrero de 2008 y en el Diari Oficial de laComunitat Valenciana, número 5.721, de fecha 11 de marzode 2008.

Segunda.- Objeto de la convocatoria. Característicasdel puesto.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión, porel procedimiento de concurso, del puesto de trabajo de Jefede Sección de Atención a la Dependencia, incluido en laRelación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento. Elcitado puesto pertenece a la escala de Administración Espe-cial, clasificado en el grupo A, subgrupo A2, de los estable-cidos en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, delEstatuto Básico del Empleado Público.

Las características del puesto son:- Denominación: Jefe de Sección de Atención a la

Dependencia.- Funciones del puesto: Impulsar el desarrollo de pro-

gramas y actividades en el ámbito local, gestión, estudio ypropuesta administrativa en el marco del Desarrollo de la Leyde Promoción y Autonomía de las personas en situación deDependencia. Planificación, ejecución y coordinación de losprogramas y servicios asociados al desarrollo de la Ley deDependencia en el ámbito local.

- Complemento de destino: Nivel 26.- Forma de provisión: Concurso.

- Titulación exigida para su desempeño: Diplomado enTrabajo Social. La equivalencia u homologación de títulosdeberá acreditarse mediante certificación expedida por laAdministración Educativa.

- Administración Pública: Administración Local.- Grupo de funcionarios: A, Subgrupo A2.Tercera.- Condiciones de los aspirantes.Para tomar parte en el concurso para la provisión del

puesto de trabajo que se convoca será necesario reunir lossiguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lodispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril,del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño delas tareas.

c) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en sucaso, de la edad máxima de jubilación forzosa por edad enla función pública.

d) Ser funcionario de carrera de las AdministracionesLocales del Estado Español, grupo A, subgrupo A2.

e) No haber sido separado/a del servicio medianteexpediente disciplinario o inhabilitado/a en los términosestablecidos en el artículo 56.1.d) de la Ley 7/2007, de 12 deabril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Cuarta. Requisitos y condiciones de participación.Podrán tomar parte en el presente concurso los funcio-

narios de carrera, cualquiera que sea su situación adminis-trativa, excepto los suspensos en firme que no podránparticipar mientras dure la suspensión y el excedente volun-tario por interés particular durante el plazo legal obligatoriode permanencia en dicha situación, siempre que reúnan lascondiciones generales exigidas en las bases y los requisitosdeterminados en la convocatoria en la fecha que termine elplazo de presentación de las solicitudes de participación.

Los funcionarios deberán permanecer en cada puestode trabajo de destino definitivo un mínimo de dos años parapoder participar en los concursos de provisión de puestos detrabajo, es decir, no podrán participar aquellos funcionariosque no lleven prestando servicios al menos dos años desdeel último destino definitivo obtenido, salvo aquellos funciona-rios que estén en situación de excedencia.

Quinta. Presentación de solicitudes de participación yderechos de inscripción.

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5 6boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166

Las solicitudes para participar en la provisión del puesto detrabajo que se convoca se dirigirán a la Alcaldesa-Presidentadel Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig en el plazo de 20días naturales contados a partir del siguiente de la publicaciónde la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las instancias se presentarán, en modelo normalizado,en el Registro General de este Ayuntamiento o a través decualquier medio previsto en la normativa reguladora delprocedimiento administrativo, incluyendo en todo caso foto-copia del NIF de la persona interesada, relación de méritosalegados y justificación documental de los mismos medianteoriginales o copias compulsadas.

Los interesados tendrán a su disposición el modelonormalizado de solicitud en el Registro General y en lapágina Web municipal www.raspeig.org.

Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivodeberán satisfacer la cantidad de 24,00 euros, en conceptode tasas por concurrencia a pruebas selectivas, conforme ala Ordenanza Fiscal vigente, con las exenciones o bonifica-ciones que la misma prevé.

Las bases se publicarán en el Boletín Oficial de laProvincia, anunciándose un extracto de la convocatoria en elDiari Oficial de la Comunitat Valenciana y en el Boletín Oficialdel Estado, a partir de cuya publicación se contará el plazode 20 días naturales para la presentación de solicitudes.

Finalizado el plazo de admisión de instancias o solicitu-des, por resolución de la Alcaldía se aprobará la lista provi-sional de los aspirantes admitidos y excluidos, que se harápública en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante ytablón de edictos del Ayuntamiento, concediéndose un plazode 10 días hábiles para reclamaciones. La Alcaldía-Presi-dencia, a la vista de las reclamaciones, si las hubiera, dictaráuna resolución aprobando con carácter definitivo la lista deadmitidos. En el caso de que no se presente reclamaciónalguna, la lista provisional de aspirantes admitidos y exclui-dos quedará elevada a definitiva.

Sexta. Tribunal calificador.Presidente: un Técnico Superior del personal del Ayun-

tamiento de San Vicente del Raspeig.Secretario: el del Ayuntamiento o un funcionario de ésta

en quien delegue, que actuará con voz y voto.Vocales: el funcionario del Ayuntamiento que correspon-

da, siguiendo el orden establecido para cada grupo de titula-ción, de una lista aprobada por la Alcaldía-Presidencia previaconsulta con la representación unitaria de los trabajadores.

El Jefe del Servicio correspondiente, responsable admi-nistrativo o equivalente.

Un funcionario de carrera al servicio de una Administra-ción Local distinta del Ayuntamiento de San Vicente delRaspeig.

La designación de los miembros del tribunal incluirá lade los respectivos suplentes.

Séptima. Méritos.Se valorarán los méritos obtenidos o en condiciones de

obtenerse en la fecha en que finalice el plazo de presenta-ción de instancias para participar en el concurso, debiendorelacionarse, en todo caso, en la solicitud de participación, yacreditarse documentalmente. No se admitirán como taleslos méritos que no se hubieran obtenido con anterioridad a lafecha de finalización del plazo de presentación de solicitudeso que se aporten una vez finalizado el mismo.

Salvo en el supuesto en que determinados periodos yacomputados en el apartado de «Antigüedad y grado» debanser contemplados también en el apartado de «Méritos espe-cíficos» como experiencia en las funciones que se determi-nan en la presente convocatoria, en ningún otro supuesto, ycomo regla general, podrá ser puntuado un mérito por másde un apartado o subapartado.

Los méritos que se valorarán en el presente concursode provisión de puestos de trabajo serán los siguientes:

A. Antigüedad y grado personal.A1. Antigüedad. Por servicios prestados como personal

en activo en las distintas Administraciones Públicas a razónde 0,05 puntos por cada mes completo, hasta un máximo de6 puntos.

A2. Grado personal. El grado personal consolidado porlos aspirantes se valorará en la forma siguiente:

a) Grado consolidado inferior al del puesto solicitado:0,50 puntos.

b) Grado consolidado igual o superior al del puestosolicitado: 1,00 punto.

Puntuación máxima apartado A: 7 puntos.B. Formación.B1. Titulaciones y cursos de formación y perfecciona-

miento. Se valorarán las titulaciones académicas y los cur-sos de formación y perfeccionamiento de duración igual osuperior a 15 horas que hayan sido impartidos o cursados porel interesado, y que hayan sido convocados u homologadospor Universidades, Institutos o Escuelas Oficiales de forma-ción de funcionarios y personal al servicio de la Administra-ción, hasta un máximo de 2 puntos, de acuerdo con lasiguiente escala:

a) De 15 a 24 horas de duración: 0,30 puntos por curso.b) De 25 a 49 horas de duración: 0,60 puntos por curso.c) De 50 a 74 horas de duración: 1,00 punto por curso.d) De 75 a 99 horas de duración: 1,50 puntos por curso.e) Titulaciones académicas y cursos de 100 o más

horas de duración: 2,00 puntos por curso o titulación.En ningún caso se puntuarán en este subapartado los

cursos de valenciano y de idiomas, cursos de doctorado y losde los diferentes institutos de las universidades cuandoformen parte del plan de estudios del centro, ni los cursosderivados de procesos selectivos, promoción interna, planesde empleo y adaptación del régimen jurídico a la naturalezade los puestos que se ocupan.

Asimismo, y en el supuesto de cursos impartidos, éstosse valorarán por una sola vez, no siendo susceptibles de servaloradas las sucesivas ediciones de un mismo curso.

B2. Valenciano. El conocimiento del valenciano sevalorará hasta un máximo de 2 puntos previa acreditación deestar en posesión del correspondiente certificado expedidou homologado por la Junta Calificadora de Conocimientos deValenciano con arreglo a la siguiente escala:

a) Conocimiento oral: 0,75 puntos.b) Grado elemental: 1,00 punto.c) Grado Medio: 1,50 puntos.d) Grado superior: 2,00 puntos.La valoración del conocimiento del valenciano se efec-

tuará puntuando exclusivamente el nivel más alto obtenido.Puntuación máxima apartado B: 4 puntos.C. Méritos específicos.C1. Titulaciones académicas y cursos específicos de

formación y perfeccionamiento. Se valorarán las titulacionesacadémicas y los cursos de formación y perfeccionamientode duración igual o superior a 15 horas que hayan sidoimpartidos o cursados por el interesado, y que hayan sidoconvocados u homologados por Universidades, Institutos oEscuelas Oficiales de formación de funcionarios y personalal servicio de la Administración, especialmente relacionadoscon las tareas correspondientes a los Servicios Sociales y laAtención a la Dependencia, hasta un máximo de 4 puntos, deacuerdo con la siguiente escala:

a) De 15 a 24 horas de duración: 0,50 puntos por curso.b) De 25 a 49 horas de duración: 1,00 punto por curso.c) De 50 a 74 horas de duración: 1,50 puntos por curso.d) De 75 a 99 horas de duración: 1,75 puntos por curso.e) Titulaciones académicas y cursos de 100 o más

horas de duración: 2,00 puntos por curso o titulación.En ningún caso se puntuarán en este subapartado los

cursos de valenciano y de idiomas, cursos de doctorado y losde los diferentes institutos de las universidades cuandoformen parte del plan de estudios del centro, ni los cursosderivados de procesos selectivos, promoción interna, planesde empleo y adaptación del régimen jurídico a la naturalezade los puestos que se ocupan.

Asimismo, y en el supuesto de cursos impartidos, éstosse valorarán por una sola vez, no siendo susceptibles de servaloradas las sucesivas ediciones de un mismo curso.

C2. Experiencia. Se valorará, hasta un máximo de 9puntos, la experiencia en el desempeño de puestos de

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boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 1665 7

trabajo, funcionario o laboral, de acuerdo con el siguientebaremo:

a) Hasta un máximo de 6 puntos, a razón de 0,05 puntospor mes completo de servicios si se trata de experienciacomo trabajador social en equipos sociales de base munici-pales.

b) Hasta un máximo de 2 puntos, a razón de 0,10 puntospor mes completo de servicios si se trata de experienciacomo trabajador social en servicios locales de atención a ladependencia.

c) Hasta un máximo de 3 puntos, a razón de 0,30 puntospor mes completo de servicios si se trata de experienciacomo responsable o coordinador de un equipo de atención ala dependencia.

Los servicios de los apartados b) y c) no podrán puntuarsimultáneamente.

C3. Otros méritos. Se valorará, hasta un máximo de 1punto, la intervención como ponente en Conferencias ySeminarios, publicaciones de los aspirantes, otras activida-des relacionadas con las competencias de los EquiposSociales de base, así como la asistencia a cursos y semina-rios no valorados en los anteriores apartados, debidamenteacreditados y todos ellos libremente apreciados por el tribu-nal calificador, hasta un máximo de 0,25 puntos por méritoacreditado.

Puntuación máxima apartado C: 14 puntos.D. Entrevista.La entrevista versará sobre el contenido de una memo-

ria presentada por los aspirantes, en la que se expondrá unplan para dirigir la unidad administrativa objeto de concursoy sus posibles iniciativas al respecto.

El orden de intervención de los aspirantes vendrá deter-minado por el sorteo público efectuado por la Generalitatpara la selección de su personal, en vigor en el momento derealizar el llamamiento.

Puntuación máxima apartado D: 6 puntos.En el anuncio que publique el resultado de los méritos

correspondientes a los apartados A, B y C se convocará a losaspirantes a la realización de la entrevista prevista en elapartado D, concediéndoles un plazo de 10 días naturalespara que presenten la Memoria que se cita en dicho apartado.

Octava. Resolución del concurso.La resolución del concurso se motivará con referencia

al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las basesde la convocatoria. El nombramiento corresponderá a laAlcaldía de acuerdo con la propuesta del tribunal calificador.En todo caso deberán quedar acreditadas en el procedimien-to, como fundamentos de la resolución adoptada, la obser-vancia del procedimiento debido y la valoración final de losméritos de los candidatos.

Novena. Toma de posesión.En la resolución de adjudicación del concurso se indicará

la fecha en que deberá efectuarse el cese en el actual puestode trabajo y la toma de posesión, salvo casos de fuerza mayordebidamente justificados. El plazo de toma de posesión em-pezará a contarse a partir del día siguiente al del cese.

El plazo para tomar posesión será de tres días hábilessi no implica cambio de residencia del funcionario, o de unmes si comporta cambio de residencia o el reingreso alservicio activo.

El órgano competente en materia de personal del de-partamento o administración donde preste servicios el fun-cionario podrá diferir el cese por necesidades del serviciohasta 20 días hábiles, comunicándose a la unidad a la quehaya sido destinado el funcionario.

Excepcionalmente, a propuesta de la administracióndonde preste servicios el funcionario y por exigencias delnormal funcionamiento de los servicios, se podrá aplazar,mediante acuerdo entre las dos administraciones, la fechade cese hasta un máximo de tres meses, computada laprórroga prevista en el párrafo anterior.

Con independencia de lo establecido en los dos aparta-dos anteriores, la Alcaldía de este Ayuntamiento podráconceder a aquel funcionario que hubiera obtenido el desti-no, una prórroga de incorporación hasta un máximo de 20

días hábiles, si el destino implica cambio de residencia y asílo solicita el interesado por razones justificadas.

Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio seconsiderará como de servicio activo a todos los efectos,excepto en los supuestos de reingreso desde la situación deexcedencia voluntaria o excedencia por cuidado de hijos unavez transcurrido el primer año.

La toma de posesión implica la integración en la funciónpública local del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.

Décima. Destinos.Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo

que antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubieraobtenido otro destino mediante convocatoria pública.

Los destinos adjudicados se considerarán de caráctervoluntario y, en consecuencia, no generarán derecho alabono de indemnización por concepto alguno, sin perjuiciode las excepciones previstas en el régimen deindemnizaciones por razón del servicio.

Anexo.Solicitud de participación en concurso para la provisión

de puestos de trabajo.Datos del puesto al que se concursa:Entidad Local en que radica el puesto: San Vicente del

RaspeigProvincia: AlicanteDenominación del puesto: Jefe de Sección de Atención

a la Dependencia.Fecha publicación bases en el Boletín Oficial de la

Provincia: …Fecha publicación convocatoria en el B.O.E.: …Datos personales: …Apellidos: …Nombre: …D.N.I.: …Domicilio a efectos de notificaciones:Calle y número: …Código postal y localidad: …Provincia: …Datos profesionales:Situación administrativa: …Destino actual (puesto de trabajo): …Entidad: …Localidad: …Forma de nombramiento: …Fecha de nombramiento: …Solicita tomar parte en el concurso para la provisión del

puesto de trabajo de Jefe de Sección de Atención a laDependencia del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig;declara que cumple con los requisitos establecidos en lasbases segunda y tercera de las que regulan el concurso parasu provisión, y acompaña la documentación que se especi-fica en hoja anexa a la presente solicitud.

En … a … de … de 200 …Fdo.: …Señora Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de San

Vicente del Raspeig (Alicante).Relación de la documentación que se acompaña a la

solicitud de participación en el concurso para la provisión delpuesto de trabajo de jefe de sección de atención a ladependencia del ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.

A. Antigüedad y grado personal: …B. Formación: …C. Méritos específicos: …San Vicente del Raspeig, 13 de agosto de 2008.El Concejal Delegado de RR.HH., Manuel Isidro Marco

Camacho.

*0818035*

EDICTO

Haciendo público el Decreto número 1.680, dictado el 6de agosto de 2008 y que a continuación se transcribeíntegramente:

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5 8boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166

LISTA PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS DE LACONVOCATORIA PÚBLICA PARA CUBRIR POR FUNCIONARIODE CARRERA UNA PLAZA DE ANIMADOR JUVENIL Y CONSTI-TUCIÓN DE BOLSA DE EMPLEO.

Don Manuel Isidro Marco Camacho, Concejal Delegadodel Servicio de RR.HH. de este Ayuntamiento, en el ejerciciode las competencias que tiene delegadas por Decreto deAlcaldía número 1.352/07.

Expone:La Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, en sesión

celebrada el día 5 de mayo de 2008 aprobó las bases yconvocatoria pública para la provisión por funcionario decarrera la siguiente plaza:

SISTEMA DENº PLAZAS DENOMINACIÓN AÑO OEP SELECCIÓN TURNO

1 ANIMADOR JUVENIL 2006 OPOSICIÓN LIBRE

Una vez expirado el plazo de presentación de instanciaspara participar en las pruebas selectivas, derivado de dichaconvocatoria (bases publicadas en el Boletín Oficial de laProvincia número 99, de 26 de mayo de 2008, D.O.C.V.número 5.797, de 2 de julio de 2008 y B.O.E. número 153 de25 de junio de 2008), procede aprobar la lista provisional deadmitidos y excluidos por lo que, por este mi Decreto.

Resuelvo:Primero.- Aprobar la lista provisional de aspirantes

admitidos y excluidos a las pruebas selectivas aprobadas yconvocadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local ensesión celebrada el 5 de mayo de 2008, para cubrir porfuncionario de carrera una plaza de Animador Juvenil, va-cante en la plantilla de este Ayuntamiento.

Relación de aspirantes admitidos: 28.

APELLIDOS NOMBRE DNI

ALARCON GOMIS SARA 48572283-DAPARISI SEMPER EVA Mª 21655877-CARIAS AGUILERA MARIA CLARA 52774070-HARIAS MONTERO PAULA 71641617-KAYELA GONZALEZ Mª TERESA 48568044-WBAÑO RODRIGUEZ JOSE VICENTE 21474743-BDE LA CASA ALBERCA RICARDO 48622173-NESCOLANO PASTOR Mª ANGELES 21500449-AGARCIA BALLESTEROS Mª ROSA 53141759-YGOMEZ FUENTES MARINA 53238577-VHURTADO MERINO AZAHARA 48362503-NLOPEZ ABAD ADRIANA 48572865-QLOPEZ MORENO Mª LUCIA 48564263-QLOPEZ NUÑEZ VERONICA 21515590-XMARTINEZ BAEZA MARGARITA DEL CARMEN 21505885-BMARTINEZ CANDELA RAFAEL 21507030-YNAVARRO IBORRA MONICA 79104967-DPASTOR SIRVENT SILVIA 52771100-SPIÑERO PARDO JENNIFER 29203426-GPRIETO SIRVENT MAGDALENA LORETO 52763145-HQUEIJAS LIÑARES SILVIA 48378312-CRODRIGUEZ MARIN JUAN FERNANDO 21410561-ESANCHEZ MEDINA VICTOR JOSE 48360208-VSANTOS MAYOR MIGUEL 52771463-XSOTO CARRIZOSA Mª ANGELES 48531749-RVERA HERNANDEZ Mª DEL CARMEN 48560707-WVIDAL MARTIN HERMINIA 14620701-SVILLAPLANA GOMEZ FRANCISCO 53230888-X

Relación de aspirantes excluidos: ninguno.Segundo: publicar esta resolución en el Boletín Oficial

de la Provincia, en cumplimiento de lo dispuesto en la basequinta de las generales de selección de personal, parageneral conocimiento y de los interesados que podrán pre-sentar reclamaciones durante el plazo de 10 días hábiles,contados a partir del siguiente al de la publicación. Asimis-mo, publicar esta resolución en el tablón de anuncios de esteAyuntamiento y, en su caso, en la página web municipal:www.raspeig.org.

San Vicente del Raspeig, 7 de agosto de 2008.El Concejal Delegado de RR.HH., Manuel Isidro Marco

Camacho.

*0818036*

AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN D’ALACANT

EDICTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9, apar-tado 3, de la Ley 38/2003 General de Subvenciones se hacepúblico el contenido de las bases reguladoras para la conce-sión de becas escolares de comedor, aprobadas por la Juntade Gobierno Local en sesión celebrada el día 11 de agostode 2008, y que son del siguiente tenor literal:

3.- ACORDAR EN RELACIÓN A LA APROBACIÓN DE LASBASES REGULADORAS QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DEBECAS ESCOLARES DE COMEDOR, DIRIGIDAS AL ALUMNADODE EDUCACIÓN INFANTIL DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS DELMUNICIPIO, PARA EL CURSO ESCOLAR 2008/2009.

Vista la propuesta de fecha 4 de agosto de 2008 de laSra. Concejala de Educación que a continuación se transcribe:

Refª.: propuesta concejalía de educación sobre lasbases reguladoras de la convocatoria para ayudas de come-dor escolar.

Relativa a la aprobación de las bases reguladoras quehan de regir las becas escolares de comedor, dirigida alalumnado de Educación Infantil de los Colegios Públicos delMunicipio, para el curso escolar 2008/09.

El importe total de las becas para la presente convoca-toria asciende a 26.000 euros, con cargo a la partida 42200-48100 del vigente Presupuesto Municipal, y cuya cuantíatotal, será transferida directamente al Comedor Escolar delos correspondientes Colegios, por lo que se eleva la presen-te propuesta a resolución de la Junta de Gobierno Local parasu aprobación.»

Vistas las bases reguladoras de la convocatoria deayudas para comedor escolar dirigida al alumnado de Edu-cación Infantil de los colegios públicos del municipio de SantJoan d´Alacant que a continuación se transcriben:

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYU-DAS PARA COMEDOR ESCOLAR DIRIGIDA AL ALUMNADO DEEDUCACIÓN INFANTIL DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS DEL MU-NICIPIO DE SANT JOAN D´ALACANT.

1. Objeto.Es objeto de estas bases regular la concesión de becas

de comedor de los alumnos/as matriculados/as en 2º ciclo deEducación Infantil en los Colegios Públicos de Sant Joand´Alacant.

2. Beneficiarios/as.Podrán ser beneficiarios/as de las ayudas para sufragar

gastos de comedor escolar los menores, residentes y empa-dronados/as en el municipio de Sant Joan d´Alacant, que enel curso 2008-2009 vayan a estar escolarizados en el 2º ciclode Educación Infantil de los Colegios Públicos del municipio.

3. Requisitos.3.1 Los requisitos que deberán cumplirse para acceder

a estas becas son los siguientes:a) Ser alumno/a matriculado/a en los Colegios Públicos

«Cristo de la Paz», «Rajoletes» y «Lo Romero», en el 2º ciclode Educación Infantil.

b) Estar empadronado en Sant Joan d´Alacant y tenerresidencia en el término municipal.

c) No percibir ayuda por el mismo concepto de otroorganismo público o privado.

d) Encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscalescon el Ayuntamiento los padres o tutores.

3.2 La falta de alguno/s de estos requisitos podrá darlugar a la denegación de la ayuda.

4. Formalización de la solicitud.4.1 Plazo.El plazo para solicitar las ayudas de comedor corres-

pondientes a esta convocatoria será del 1 al 26 de Septiem-bre de 2008, ambos inclusive.

4.2 Lugar.La recogida de solicitudes, podrá ser.a) En el Colegio donde está matriculado/a su hijo/a.b) En el Dpto. de Bienestar Social, calle Manuel Amorós, 10.c) En el Dpto. de Educación avenida La Rambla, 56.

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boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 1665 9

La presentación de solicitudes, se realizará en el Regis-tro de este Ayuntamiento, por correo certificado, o en cual-quiera de las otras formas previstas por la Ley.

4.3 Documentación requerida.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad

(D.N.I.) o Número de Identificación de Extranjería (N.I.E)del solicitante.

- Fotocopia del Libro de familia.- Justificantes de ingresos de todos los miembros del

núcleo de convivencia mayores de 16 años: - última declara-ción del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas o,en su defecto, certificado del I.R.P.F. de la Agencia Tributaria(ejercicio 2007).

- Para trabajadores en activo: Fotocopia de la últimanómina.

- Para trabajadores en paro: certificación (positiva onegativa) de percepción de cualquier tipo de prestación(SERVEF-INEM).

- Para pensionistas: Certificado de la pensión percibidao, en su caso, certificado negativo emitido por el I.N.S.S.

- En caso de no poder acreditar justificación de ingre-sos: Declaración de compromiso/jurada.

- Fotocopia del convenio de separación o divorcio (cuan-do proceda).

- Resolución de la Consellería de Bienestar Social, encaso de menor en Familia Acogedora.

- Título de Familia numerosa, en su caso.- Certificado de minusvalía, en su caso.- A criterio del profesional: otra documentación comple-

mentaria.5. Valoración.1.- Para la aprobación de las solicitudes de las ayudad

de Educación para sufragar gastos de comedor, se estable-cerá un orden de prioridad según la puntuación obtenida deacuerdo con la siguiente baremación:

- Renta anual per cápita: ingresos brutos anuales de launidad familiar divididos por el número de miembros de lamisma. Se considerarán ingresos familiares de la totalidadde los ingresos procedentes de todos/as y cada uno de losmiembros de la unidad familiar. Se contabilizarán todos losingresos provenientes de sueldos, rentas, propiedades, inte-reses bancarios, pensiones y/o ayudas otorgadas por insti-tuciones públicas o privadas de cualquiera de los miembrosde la unidad familiar. Se considerarán miembros de la unidadfamiliar aquellos que conviven en el domicilio familiar.

De 0 a 1.127 euros: 13 puntos.De 1.128 a 1447 euros: 12 puntos.De 1.448 a 1772 euros: 11 puntos.De 1773 a 2.095 euros: 10 puntos.De 2.096 a 2.418 euros: 9 puntos.De 2.419 a 2.742 euros: 8 puntos.De 2.743 a 3.066 euros: 7 puntos.De 3.067 a 3.389 euros: 6 puntos.De 3.390 a 3.713 euros: 5 puntos.De 3.714 a 4.037 euros: 4 puntos.De 4.038 a 4.362 euros: 3 puntos.De 4.363 a 4.684 euros: 2 puntos.Más de 4.685 euros: 1 punto.- Número de menores: se otorgará 1 punto por cada uno

de los menores de la unidad familiar.- Familias monoparentales: se asignarán 2 puntos cuan-

do el núcleo familiar haya ausencia de padre o madre.- Problemática familiar: se desglosarán y valorarán las

problemáticas, justificándose en un informe de valoración,de acuerdo a las siguientes áreas:

Salud: se valorarán aquellas enfermedades ominusvalías de los/as adultos de la unidad de convivenciaque repercutan negativamente o impidan la correcta aten-ción de los/as menores, así como aquellas enfermedades ominusvalías de los/as menores. Este apartado se puntuarácon 0, 1 o 2 puntos.

Escolar. Se valorarán situaciones de desescolarización,absentismo, inadaptación retraso, fracaso escolar y proble-máticas relacionales de los menores en el ámbito escolar.Este apartado se puntuará con 0, 1 o 2 puntos.

Laboral: se valorarán problemáticas asociadas a lasituación laboral, tales como subempleo, paro de largaduración, parados de edad avanzada, ausencia de capacita-ción, incompatibilidad de horarios. Este apartado se puntuarácon 0, 1 o 2 puntos.

Dinámica familiar: se valorarán aquellas situaciones deconflictividad familiar, limitaciones intelectuales y emociona-les de los cuidadores, ausencia de actitudes y habilidadesparentales apropiadas en relación a los menores. Este apar-tado se puntuará con 0, 1 o 2 puntos.

Vivienda: se valorarán aquellas situaciones en las queel acceso o el mantenimiento de la vivienda de lugar asituaciones de precariedad convencional o económica: vi-vienda precaria, ocupada, compartida, cedida, alquiler oamortización elevados en correspondencia con los ingresosde la unidad familiar, etc… Este apartado se puntuará con 0,1 o 2 puntos.

Violencia de género: se valorarán aquellas situacionesen las que se acredite orden de alejamiento reciente (inferiora dos años). Este apartado se puntuará con 2 puntos.

Otras: se valorarán las situaciones de especial gravedadoriginadas por la ausencia de de los/as progenitores y sinapoyos externos. Este apartado se puntuará con 0, 1 o 2 puntos.

La calificación final se obtiene de la suma de las califi-caciones de los distintos apartados.

6. Baremación de las solicitudes.Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitu-

des, los actos de instrucción y la baremación de las mismasserán realizados por la Comisión de Valoración presidida porla Concejala Delegada; quien elevará propuesta de resolu-ción y de concesión de las ayudas (conforme a los criteriosestablecidos en las presentes bases) a la Junta de Gobiernolocal, no pudiéndose proponer más becarios qué número debecas en función del crédito disponible.

7. Dotación presupuestaria.El importe total de las becas para la presente convoca-

toria asciende a 26.000 euros, con cargo a la partida 42200-48100 del vigente Presupuesto Municipal.

8. Pago de las ayudas.El pago de dichas becas una vez resueltas estas, se

efectuará del siguiente modo:El Ayuntamiento pagará directamente a los centros

escolares por meses vencidos, previa justificación de loscentros a través de una relación nominal de los/as becarios/as que tengan matriculados/as en su centro.

9. Publicación.Las presentes bases, una vez aprobadas por la Junta de

Gobierno Local, se publicaran en el Boletín Oficial de laProvincia de Alicante y se expondrán tanto en el tablón deanuncios del Ayuntamiento (sito en Plaza de España, 1)como en los 3 Centros Públicos Escolares de 2º ciclo deEducación Infantil.

10. Recursos.Contra las presentes bases, se podrá interponer recur-

so potestativo de reposición previo al contencioso-adminis-trativo, en el plazo de un mes desde su publicación en elBoletín Oficial de la Provincia de Alicante. Todo ello deconformidad con los artículos 52.2 a) de la LRBRL y 116, 117de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídicode las administraciones públicas y del procedimiento admi-nistrativo común.

11. Resolución.Vista la propuesta de resolución formulada por la Comi-

sión de Valoración, la Junta de Gobierno Local adoptaráacuerdo concediendo las ayudas/subvenciones. Dicha Re-solución agota la vía administrativa, de conformidad con elartículo 52.2a) de la LRBRL, y contra la misma se podráninterponer los siguientes recursos:

Recurso de reposición con carácter potestativo en elplazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel enque se publique el acuerdo de concesión de las subvencio-nes de la Junta de Gobierno Local tanto en el tablón deanuncios del Ayuntamiento (sito en Plaza de España, 1)como en los 3 Centros Públicos Escolares de 2º ciclo deEducación Infantil.

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Recurso Contencioso administrativo directamente en elplazo de dos meses contados desde el siguiente a aquel enque se publique el acuerdo de concesión de las subvencio-nes de la Junta de Gobierno Local tanto en el Tablón deAnuncios del Ayuntamiento (sito en Plaza de España, 1)como en los 3 Centros Públicos Escolares de 2º ciclo deEducación Infantil.

12.- Legislación aplicable.En todo lo no previsto en las presentes bases, será de

aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General deSubvenciones, de conformidad con la Disposición FinalPrimera de la misma.

Visto el informe de fecha 4 de agosto de 2008 de la Jefadel Servicio de Educación que a continuación se transcribe:

Dado que existe la necesidad por parte de algunasfamilias de este municipio de refuerzo familiar económicocon el fin de sufragar los gastos de comedor escolar, duranteel curso escolar 2008-2009, es tarea de este ayuntamientocolaborar en este proyecto de conciliar la vida familiar ylaboral de las madres y padres que por falta de recursoseconómicos no pueden hacer frente al coste de este servicio,lo que va en detrimento también de los menores que debidoa esta falta de servicio pueden encontrarse en situación deriesgo o desigualdad social.

También es necesario hacer constar que la GeneralitatValenciana no cubre las becas de comedor escolar alalumnado de 2º Ciclo de Educación Infantil.

Por todo esto, se considera debidamente justificado,por razones de interés público, social y humanitario, laconcesión de una subvención por parte del Ayuntamientode Sant Joan d´Alacant, en concepto de ayuda para hacerfrente a los gastos del comedor escolar, en 2º Ciclo deEducación Infantil de los Colegios Públicos. Dirigido a lasfamilias que cumplan los requisitos mencionados en lasbases reguladores de la convocatoria, que presenten ladocumentación requerida, en lugar y plazo y resulte enorden de prioridad correcto según la puntuación obtenidade acuerdo con la baremación estipulada, para ser benefi-ciario de dichas ayudas.

Es todo cuanto tiene que informar el funcionario quesuscribe».

La Junta de Gobierno Local acuerda:Primero.- Aprobar las bases reguladoras que han de

regir la concesión de becas escolares de comedor dirigidasal alumnado de Educación Infantil de los colegios públicosdel municipio para el curso escolar 2008/2009.

Segundo.- El importe total de las becas para la presenteconvocatoria asciende a 26.000 euros, con cargo a la partida42200-48100 del vigente Presupuesto Municipal, y cuyacuantía total será transferida directamente al comedor esco-lar de los correspondientes colegios.

Tercero.- Publicar el presente acuerdo en el BoletínOficial de la Provincia, así como notificar el mismo a laIntervención Municipal, al Departamento de Educación y a laseñora Concejala Delegada de Educación.

Lo que se hace público para general conocimiento.Sant Joan d’Alacant, 19 de agosto de 2008.El Alcalde, Edmundo Juan Seva García.

*0818037*

DIPUTACIÓN PROVINCIAL

ANUNCIO

Por Decreto de la señora Diputada del Área de Econo-mía, Hacienda y Recursos Humanos, número 3.054/2008,de 31 de julio -dictado en virtud de las competencias delega-das por la Presidencia por Decreto número 1.603/2007, de19 de julio-, se aprueba y convoca Concurso-Oposición, paracubrir una plaza de Profesor Traductor Valenciano, reserva-da al turno libre, vacante en la Plantilla de esta Excma.Diputación Provincial, dentro de las plazas reservadas afuncionarios de carrera, y con arreglo a las siguientes:

Bases.Primera.- Plazas objeto de la convocatoria.Es objeto de esta convocatoria la selección, por el

procedimiento de Concurso-Oposición, una plaza de Profe-sor Traductor Valenciano, reservada al turno libre, vacanteen la Plantilla de esta Excma. Diputación Provincial, dentrode las plazas reservadas a Funcionarios de Carrera, eincluida en la correspondiente Oferta de Empleo Público.

Esta plaza está incluida en la Escala de AdministraciónEspecial, Subescala Técnica, Clase Técnico Superior, dota-da con los emolumentos correspondientes al Subgrupo declasificación «A1», del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 deabril, del Estatuto Básico del Empleado Público y demás quecorrespondan de conformidad con la normativa vigente.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.I.- Para poder participar en estas Pruebas Selectivas los

aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:a) Tener la nacionalidad española. También podrán

acceder como personal funcionario en igualdad de condicio-nes que los españoles a los empleos públicos:

a.1) Los nacionales de un Estado miembro de la UniónEuropea o nacionales de aquellos Estados, a los que, envirtud de tratados internacionales celebrados por la UniónEuropea y ratificados por España, sea de aplicación la librecirculación de trabajadores.

a.2) El cónyuge, descendientes y descendientes delcónyuge, de los españoles y de los nacionales de otrosestados miembros de la Unión Europea, siempre que noestén separados de derecho, menores de 21 años o mayoresde dicha edad que vivan a sus expensas.

Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solici-tud la documentación que acredite las condiciones que sealegan.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño delas tareas. La Diputación Provincial de Alicante se reserva elderecho a someter a los aspirantes a cuantas pruebasconsidere pertinentes para evaluar el cumplimiento de esterequisito.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en sucaso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para elacceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disci-plinario del servicio de cualquiera de las AdministracionesPúblicas o de los órganos constitucionales o estatutarios delas Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitaciónabsoluta o especial para empleos o cargos públicos porresolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala defuncionario, o para ejercer funciones similares a las quedesempeñaban en el caso del personal laboral, en el quehubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de sernacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situa-ción equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplina-ria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismostérminos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión de la Licenciatura denominadaacadémicamente Filología Catalana o equivalente, o encondiciones de obtenerla en la fecha en que termine el plazode presentación de instancias. En todo caso la equivalenciadeberá ser aportada por el aspirante mediante certificaciónexpedida al efecto por la Administración competente en cadacaso. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extran-jero deberán acreditar que están en posesión de la corres-pondiente convalidación o de la credencial que acredite, ensu caso, la homologación.

II.- De conformidad con lo establecido en el artículo 38.3de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de losMinusválidos, serán admitidas las personas con discapacidaden igualdad de condiciones con los demás aspirantes, todoello condicionado a la capacidad funcional para el desempe-ño de las tareas o funciones propias de esta plaza,acreditándose las condiciones personales de aptitud me-diante dictamen vinculante expedido por el equipomultidisciplinar competente.

A estos efectos conforme establece el artículo 59.2 laLey 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado

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Público se adoptarán para las personas con la condiciónlegal de minusválidos que lo soliciten, las medidas precisaspara establecer las adaptaciones y ajustes razonables detiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez supera-do dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajoa las necesidades de la persona con discapacidad. Para ello,los interesados deberán formular la correspondiente peticiónconcreta, que aportarán junto con la solicitud de participa-ción dentro del plazo de presentación de instancias. Dichapetición deberá estar motivada.

En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán encondiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- Todos los requisitos deberán cumplirse en elúltimo día del plazo de presentación de instancias y mante-nerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido, sepodrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta elnombramiento.

Tercera.- Solicitudes.I.- Quienes deseen tomar parte en el concurso-oposi-

ción, lo solicitarán en instancia dirigida al Iltmo. señor Presi-dente de la Diputación Provincial, en la que deberán manifes-tar que reúnen todas y cada una de las condiciones orequisitos exigidos en la Base Segunda, adjuntando a lainstancia fotocopia del documento Nacional de Identidad. Elmodelo de instancia se facilitará tanto en las dependenciasdel Departamento de Personal como en la Oficina de infor-mación de esta Corporación, y a través de la página web dela misma (www.ladipu.com).

Las personas con discapacidad deberán aportar fotoco-pia de la certificación del órgano competente, que acredite talcondición, así como el tipo y graduación de la misma.

II.- Las Bases de la Convocatoria y Anexos a las mismasse publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) yen el tablón de Anuncios de la Corporación. Un extracto dela Convocatoria se publicará también en el Diario Oficial dela Comunidad Valenciana (D.O.C.V.) y en el Boletín Oficialdel Estado (B.O.E.).

III.- El plazo de presentación de instancias será deveinte días naturales, a contar desde el día siguiente al depublicación del anuncio-extracto de la convocatoria en elB.O.E. En dicho extracto, además de los insertos precisos,se avisará que en el Boletín Oficial de la Provincia sepublicará la resolución aprobatoria de la lista de aspirantesadmitidos y excluidos al Concurso-Oposición, así como lafecha, hora y lugar de inicio de las Pruebas.

Las instancias y documentación oportunas se presenta-rán en horas hábiles, de lunes a viernes, en el RegistroGeneral de la Excma. Diputación Provincial (calle Tucumán,número 8, de Alicante) o en la forma que determina el artículo38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común.

IV.- Los efectos administrativos de la Convocatoria seproducirán desde la fecha en que se publique en el B.O.E. elextracto referido en los apartados anteriores.

Cuarta.- Admisión de candidatos.Expirado el plazo de presentación de instancias, la

señora Diputada del Área de Economía, Hacienda y Recur-sos Humanos -en virtud de las facultades que le fuerondelegadas por el Iltmo. señor Presidente mediante Decretonúmero 1.603, de 19 de julio de 2007- dictará resolución, enel plazo máximo de un mes, declarando aprobada la listaprovisional de aspirantes admitidos y excluidos, que sepublicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón deanuncios de la Corporación. Contra esta resolución se podrápresentar escrito de subsanación y/o reclamación en el plazode diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Si se presentara escrito de subsanación y/o reclama-ción será aceptado o rechazado en la resolución por la quese apruebe la lista definitiva, que se publicará, asimismo, enlos lugares indicados para la lista provisional. En el caso deque no se presente escrito de subsanación y/o reclamaciónalguna, la lista provisional de aspirantes admitidos y exclui-dos quedará elevada automáticamente a definitiva.

Quinta.- Comisión técnica de valoración.I.- La Comisión Técnica de Valoración, de conformidad

con lo dispuesto en los artículos 55 y 60 de la Ley 7/2007, de12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público serádesignada por la Presidencia de la Corporación, o en sucaso, por quien actúe por delegación de la misma, ajustán-dose a los principios de imparcialidad y profesionalidad desus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entremujer y hombre. La Comisión actuará en todo caso, confor-me a los principios de independencia y discrecionalidadtécnica, y estará integrada por cinco miembros, funcionariosde carrera, de los cuales uno será el Presidente, tres actua-rán como Vocales y asumirá la Secretaría de la Comisión elSecretario General de la Corporación o funcionario en quiendelegue, que actuarán con voz y voto.

El personal de elección o de designación política, losfuncionarios interinos y el personal eventual no podránformar parte de la Comisión Técnica de Valoración.

La pertenencia a la Comisión Técnica de Valoración detodos sus miembros, tanto titulares como suplentes, será atítulo individual, no pudiendo ostentarse ésta en representa-ción o por cuenta de nadie. Igualmente, todos sus miembrosdeberán poseer una titulación igual o superior a la requeridapara el acceso a las plazas convocadas y pertenecer almismo grupo/subgrupo o a grupos/subgrupos superiores, yla mayoría de los miembros pertenecer a la misma área deconocimientos que la exigida para el ingreso.

La designación de los miembros de la Comisión Técnicade Valoración, que incluirá la de los respectivos suplentes, sehará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante,así como en el tablón de anuncios de la Corporación.

II.- La Comisión Técnica de Valoración no podrá cons-tituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de susmiembros -titulares o suplentes- indistintamente. En caso deausencia tanto del Presidente titular como del suplente, laPresidencia la ostentará el miembro de la Comisión Técnicade Valoración de mayor jerarquía, antigüedad y edad, poreste orden.

III.- La Comisión Técnica de Valoración estará facultadapara resolver cualquier duda o incidencia que pudiera surgirdurante la celebración de las pruebas selectivas, y paratomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas parael buen orden y resultado de las mismas.

IV.- A los efectos de comunicaciones, anuncios y demásincidencias, la Comisión Técnica de Valoración, sea cualfuere el lugar de celebración de las pruebas, tendrá su sedeen el edificio Tucumán de la Excma. Diputación Provincial,calle Tucumán, número 8, de Alicante.

V.- Los miembros de la Comisión Técnica de Valoracióndeberán abstenerse de intervenir cuando concurran lascircunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,notificándolo a la autoridad convocante. Asimismo, los aspi-rantes podrán recusarles en la forma prevista en el artículo29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, deberán abstenerse aquellos que hubieranrealizado tareas de preparación de aspirantes en los cincoaños anteriores a la publicación de esta Convocatoria.

VI.- La Comisión Técnica de Valoración podrá disponerla incorporación a sus trabajos de asesores especialistas,para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores selimitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en baseexclusivamente a las cuales colaborarán con la Comisión ytendrán voz pero no voto. Asimismo podrá acordar la incorpo-ración de colaboradores que ayudarán a la Comisión Técnicade Valoración en la realización de las pruebas. Este personal,a efectos de indemnizaciones por asistencia, estará sujeto ala misma normativa que los vocales de la Comisión.

VII.- Contra los actos de la Comisión Técnica de Valo-ración se podrán interponer los siguientes recursos y recla-maciones:

A.- Contra las propuestas finales de los aspirantesaprobados y, en general, contra los actos de trámite quedeterminen la imposibilidad de continuar el procedimiento

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selectivo o produzcan indefensión y que no agoten la víaadministrativa, se podrá interponer recurso de alzada enbase al artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, ante la señora Diputada delÁrea de Economía, Hacienda y Recursos Humanos, en elplazo de un mes a contar desde el día siguiente al de sunotificación, o de su publicación en el tablón de anuncios deesta Excma. Diputación Provincial. Transcurridos tres me-ses desde la interposición sin que recaiga resolución, sepodrá entender desestimado el recurso, quedando expeditala vía del recurso contencioso-administrativo, y ello sinperjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que estimepertinente.

B.- Contra los demás actos de trámite los interesadospodrán presentar las reclamaciones y formular las alegacio-nes que estimen pertinentes, ante la Comisión Técnica deValoración en el plazo de diez días a contar desde elsiguiente a la fecha de publicación.

VIII.- La Comisión Técnica de Valoración tendrá lacategoría primera de las recogidas en el Anexo IV del RealDecreto 462/2002, de 24 de mayo, a efectos del percibo deasistencias en las cuantías vigentes en su momento. Asimis-mo, cuando concurran los supuestos excepcionales delartículo 30.3 del R.D. 462/2002, procederá aplicar los incre-mentos previstos en el citado precepto.

Sexta.- Procedimiento de selección.El procedimiento de selección constará de las siguien-

tes fases: Oposición y Concurso.I.- Fase de Oposición: estará compuesta por los ejerci-

cios que a continuación se indican:Primer ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo

fijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no seráinferior a 50 minutos-, a un cuestionario de 60 preguntassobre el temario general que figura en el Anexo a estaConvocatoria (temas 1 al 18 ambos inclusive), con cuatrorespuestas alternativas de las que sólo una de ellas será lacorrecta.

Este ejercicio se valorará de 0 a 6 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 3 puntos.

Las contestaciones erróneas se valorarán negativa-mente con una penalización equivalente a un tercio del valorde cada contestación correcta y las contestaciones en blan-co ni puntúan ni penalizan.

Segundo ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempo

fijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no podráexceder de tres horas-, tres temas elegidos de entre cuatro,extraídos al azar por los opositores, del Temario Específicoque figura en el Anexo a esta Convocatoria (temas 19 al 90ambos inclusive).

Este ejercicio se valorará de 0 a 12 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 6 puntos.

La Comisión Técnica de Valoración podrá determinarque se proceda a la lectura pública de este ejercicio, pudien-do dialogar con el aspirante sobre los temas expuestos ypedirle cualesquiera otras explicaciones complementarias.

Tercer ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos

teórico-prácticos, que propondrá la Comisión Técnica deValoración, durante un tiempo fijado a su prudente arbitrio, yque no podrá exceder de dos horas y treinta minutos, encondiciones de igualdad para todos los aspirantes, relativosa las tareas y cometidos propios de la plaza y al TemarioEspecífico.

Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendoeliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5puntos.

II.- Fase de Concurso.- Los méritos, que la ComisiónTécnica valorará, deberán ser alegados y debidamente jus-tificados por los aspirantes al Concurso-Oposición, en eltiempo otorgado al efecto, en el bien entendido que lo que no

se alegue y justifique en tiempo y forma no se tendrá encuenta por la Comisión Técnica de Valoración.

Los méritos a computar son los que a continuación serelacionan, con la puntuación que se indica, y que el aspiran-te deberá autobaremar conforme al modelo de instancia quese facilitará al efecto, tanto en las dependencias del Depar-tamento de Personal como en la oficina de información deesta Corporación, y a través de la página web de la misma(www.ladipu.com):

a) Antigüedad.- Por servicios prestados en cualquierAdministración Pública 0,05 puntos por mes de servicio,hasta un máximo de 3,50 puntos. El tiempo de servicioscomputables se puntuará por meses efectivos completos,despreciándose las fracciones inferiores a un mes, salvocasos de empate.

b) Por experiencia profesional en tareas o cometidos denaturaleza igual a la que se opta, a 0,05 puntos por mes deexperiencia, hasta un máximo de 3,50 puntos. La experien-cia profesional computable se puntuará por meses efectivoscompletos, despreciándose las fracciones inferiores, salvocasos de empate. A estos efectos se facilitará a los oposito-res junto con el modelo de instancia para presentar losméritos, la plantilla en la que se detallen las tareas y funcio-nes que serán objeto de valoración según este apartado.

c) Por estar en posesión de Diplomas por asistencia oaprovechamiento a Cursos de Formación o Perfecciona-miento. Se valorarán, hasta un máximo de 3 puntos, losCursos de Formación y Perfeccionamiento que tengan rela-ción directa con las tareas y cometidos propios de la plaza yque hubieren sido convocados u organizados por esta Dipu-tación Provincial, así como por Institutos y Escuelas Oficialesde formación de Funcionarios y personal al servicio de laAdministración, Organizaciones Sindicales, Universidades,INEM, Generalitat Valenciana u otras Comunidades Autóno-mas, Colegios Oficiales u otras entidades de carácter ointerés público.

En todos los casos se valorarán una sola vez los cursosrelativos a una misma materia, aunque se haya repetido suparticipación.

No se valorará, tanto los cursos que no acrediten lashoras de duración como los inferiores a 15 horas lectivas, lospertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado,los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativosa Jornadas, Mesas redondas, Encuentros, Debates, Congre-sos, Seminarios, Simposios o análogos.

La valoración de cada Curso se efectuará en función desu duración con arreglo a la siguiente escala:

- De 15 o más horas: 0,15 puntos.- De 25 o más horas: 0,25 puntos.- De 35 o más horas: 0,35 puntos.- De 50 o más horas: 0,50 puntos.d) Otros méritos.- Se valorarán hasta un máximo de 2

puntos, desglosados de la siguiente forma:1).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, el

conocimiento de lenguas oficiales de la Unión Europeadiferentes de la lengua española, acreditándosedocumentalmente mediante certificados expedidos por lasEscuelas Oficiales de Idiomas o cursos obtenidos en elextranjero, en cuyo caso se deberá estar en posesión de lacredencial que acredite su homologación o convalidación,a razón de 0,20 puntos por curso.

Para la valoración de los idiomas comunitarios, enningún caso se considerarán los cursos superados de idio-mas incluidos en los planes de estudios de Bachiller Elemen-tal, Graduado Escolar, Formación Profesional, Bachiller Su-perior y de estudios universitarios de cualquier nivel.

2).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, la pose-sión de otros títulos académicos oficiales distintos al exigidoen la convocatoria.

Serán méritos puntuables en cada concursante, loscontraídos hasta el día de publicación del anuncio-extractode la convocatoria en el B.O.E.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, nipodrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fasede oposición, por lo que solamente se procederá a puntuar

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el concurso en el caso de haber superado el nivel de aptitudestablecido para todos y cada uno de los ejercicios decarácter eliminatorio de la fase de oposición.

Séptima.- Desarrollo de las pruebas.I.- En la resolución de la señora Diputada del Área de

Economía, Hacienda y Recursos Humanos de la Corpora-ción a que se refiere la Base Cuarta, y que se publicará en elBoletín Oficial de la Provincia, se anunciará, asimismo, eldía, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de laFase de Oposición y los sucesivos anuncios de la presenteconvocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de laCorporación.

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo delsiguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas ymáximo de 45 días naturales.

No obstante, se podrán reducir los plazos indicados enel párrafo anterior si lo propusiera la Comisión Técnica deValoración y aceptaran todos los aspirantes o fuera solicita-do por éstos unánimemente.

Los aspirantes que lo deseen podrán realizar las prue-bas en valenciano, debiendo referirlo expresamente en suinstancia.

II.- Los aspirantes quedarán decaídos en su derechocuando se personen en los lugares de celebración una veziniciadas las pruebas o por la inasistencia a las mismas, auncuando se deba a causas justificadas. Tratándose de prue-bas orales u otras de carácter individual y sucesivo, laComisión Técnica de Valoración podrá apreciar las causasalegadas y admitir al aspirante, siempre y cuando las mismasno hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe elprincipio de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- El orden de actuación de los aspirantes, en elsupuesto de que en algún ejercicio no pudieran actuarconjuntamente, vendrá determinado por orden alfabético,iniciándose por aquél cuyo primer apellido comience por laletra surgida del sorteo celebrado al efecto.

La Comisión Técnica de Valoración en la realización delos ejercicios escritos deberá garantizar, siempre que seaposible, el anonimato de los aspirantes.

En cualquier momento la Comisión Técnica de Valora-ción podrá requerir a los aspirantes que acrediten su perso-nalidad.

Los aspirantes deberán observar en todo momento lasinstrucciones de los miembros de la Comisión Técnica o delpersonal ayudante o asesor durante la celebración de laspruebas, en orden al adecuado desarrollo de las mismas.

Durante la realización de los ejercicios, no está permi-tido el uso de teléfonos móviles u otros dispositivos suscep-tibles de almacenar o transmitir información.

Junto con el resultado del último ejercicio de la fase deoposición, la Comisión Técnica de Valoración expondrá alpúblico la relación de aspirantes que, por haber superadotodos los ejercicios eliminatorios deben pasar a la fase deconcurso, emplazándolos para que en el plazo de 10 díashábiles presenten la documentación acreditativa de los méri-tos previstos en la convocatoria, adjuntando certificaciones y/o justificantes acreditativos de los mismos. No obstante, en elcaso de que los méritos alegados obren en el Área deRecursos Humanos de la Excma. Diputación Provincial, bas-tará con que se acredite esta circunstancia, y se identifiqueny relacionen con toda claridad en la instancia, que en su casose presente, en el plazo señalado para aportar los méritos.

Una vez baremados los méritos, la Comisión Técnica deValoración expondrá al público la lista de aspirantes con laspuntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concedién-doles un plazo de diez días hábiles para que formulen lasalegaciones que estimen pertinentes en relación con labaremación.

Resueltas las posibles alegaciones, la Comisión Técni-ca de Valoración publicará la relación definitiva de aspirantesaprobados por su orden de puntuación.

Octava.- Calificaciones.I.- Fase de Oposición: cada uno de los ejercicios de la

Fase de Oposición se calificará conforme a lo establecido enla Base Sexta, apartado I.

II.- Fase de Concurso: la valoración de los méritos decada aspirante se obtendrá aplicando las reglas que figuranen la Base Sexta, apartado II.

III.- La calificación definitiva de cada aspirante vendrádeterminada por la suma de las puntuaciones obtenidas enla Fase de Oposición y en la Fase de Concurso.

Novena.- Relación de aprobados y propuesta de nom-bramiento.

I.- Finalizada la calificación, la Comisión Técnica deValoración publicará en el tablón de anuncios de la Corpora-ción la «relación de los aspirantes aprobados», por orden depuntuación, no pudiendo rebasar ésta el número de plazasconvocadas en el Concurso-Oposición.

Cualquier Propuesta de aprobados que contravenga loanteriormente establecido será nula de pleno derecho.

II.- El Presidente de la Comisión Técnica de Valoraciónelevará la «relación de los aspirantes aprobados» a la señoraDiputada del Área de Economía, Hacienda y Recursos Hu-manos de la Corporación con propuesta de nombramientode funcionario de carrera.

No obstante lo anterior, y con el fin de asegurar lacobertura del número de plazas convocadas, cuando seproduzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antesde su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocantepodrá requerir del órgano de selección relación complemen-taria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para suposible nombramiento como funcionario de carrera.

Décima.- Presentación de documentos.I.- En el plazo de 20 días naturales, a contar del de la

publicación de la «relación del aspirante aprobado», a que serefiere la Base anterior, el aspirante que figure en ella deberápresentar los documentos acreditativos de capacidad y re-quisitos exigidos en la Base Segunda, a saber:

1) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad odocumentación que acredite cumplir el requisito de la basesegunda I, a), que se presentarán con el original para sucompulsa.

2) Copia autenticada o fotocopia (acompañada deloriginal para su cotejo) de la Titulación exigida en la convo-catoria, o justificante de haber abonado los derechos para suexpedición. Si estos documentos estuvieran expedidos des-pués de la fecha en que expiró el plazo de presentación deinstancias, se deberá justificar el momento en que concluyólos estudios.

3) Certificado del Registro Central de Penados y Rebel-des, cuyo trámite facilitará el Departamento de Personal dela Excma. Diputación Provincial de Alicante.

4) Declaración de no haber sido separado medianteexpediente disciplinario, del servicio de cualquiera de lasAdministraciones Públicas, así como no hallarse incurso enninguna de las causas de incapacidad específica, conformea la normativa vigente.

5) El Servicio de Prevención de la Excma. DiputaciónProvincial procederá a realizar el reconocimiento médico delos aspirantes aprobados al objeto de determinar la aptitudfísica o psíquica para el desempeño de las plazas objeto deesta convocatoria.

Los aspirantes que tengan la condición legal dediscapacitados deberán presentar, además, certificación delórgano competente, que acredite tal condición y su capaci-dad para desempeñar las tareas que correspondan a lasplazas objeto de esta convocatoria.

II.- Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerzamayor, no presentarán la documentación o del examen de lamisma se dedujera que carecen de alguno de los requisitosseñalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados yquedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de laresponsabilidad en que pudieran haber incurrido por false-dad en la solicitud inicial.

III.- Quien tuviere la condición de funcionario público ocontratado en régimen laboral por Organismos Públicos,estará exento de justificar las condiciones y los requisitosexigidos cuando obtuvieron su anterior nombramiento, por loque tendrán que presentar, únicamente, el certificado delMinisterio, Corporación Local u Organismo Público de que

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dependan, justificativo de su condición, de que cumplen lascondiciones y requisitos señalados en la Base Segunda, sinperjuicio de tener que acreditar aquellos que se exigen y noconsten en su expediente personal.

Undécima.- Nombramiento y toma de posesión.Cumplimentado por el aspirante propuesto lo estableci-

do en la Base anterior y realizados los trámites administrati-vos pertinentes, la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos de la Excma. DiputaciónProvincial efectuará el nombramiento correspondiente, de-biendo el interesado tomar posesión de su cargo en el plazoreglamentario. Si no tomaran posesión en el citado plazo, sincausa justificada, decaerán en su derecho, por caducidaddel nombramiento.

Duodécima.- Incompatibilidades.Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su

caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en laLey 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidadesdel Personal al servicio de las Administraciones Públicas, ydemás normativa aplicable.

Decimotercera.- Normativa.En todo lo no previsto en las presentes Bases, en lo que

no se oponga a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril,del Estatuto Básico del Empleado Público, se estará a lodispuesto en:

- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local;

- La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para laReforma de la Función Pública;

- El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que seestablecen las reglas básicas y programas mínimos a quedebe ajustarse el procedimiento de selección;

- El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,por el que se aprueba Texto Refundido de las Disposicioneslegales vigentes en materia de Régimen Local;

- El Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley de FunciónPública Valenciana.

- El Decreto 33/1999, de 9 de marzo, de la GeneralitatValenciana, por el que se aprueba el Reglamento de Selec-ción, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administra-tiva del Personal comprendido en el ámbito de aplicación dela Ley de la Función Pública Valenciana.

- El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el quese aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personalal servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional delos Funcionarios Civiles de la Administración General delEstado; y demás disposiciones aplicables y concordantes.

Decimocuarta.- Impugnación.Contra la presente convocatoria y/o sus bases, cuyo

acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativapodrá interponerse, por los interesados legitimados,potestativamente, en base al artículo 116 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, recursode reposición ante la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos, en el plazo de un mes acontar desde el día siguiente al de la publicación del extractode estas bases en el Boletín Oficial del Estado, o bien,interponer directamente recurso contencioso-administrativoante el Juzgado de este orden de Alicante o bien a suelección, el de la circunscripción de su domicilio si lo tuvierafuera de Alicante, en el plazo de dos meses a contar desdela fecha de publicación del referido extracto en el B.O.E. atenor de lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Admi-nistrativa advirtiéndole que tales recursos no tienen efectosuspensivo, y ello sin perjuicio de que se pueda ejercitarcualquier otro que estime pertinente.

Anexo.Temario General.Tema 1.- La Constitución Española de 1978. Principios

Generales. Derechos y Deberes: Garantía y suspensión.Principios rectores de la política social y económica.

Tema 2.- Organización Territorial del Estado. Los Esta-tutos de Autonomía. Su significado.

Tema 3.- El Estatuto de Autonomía de la ComunidadValenciana: La Generalitat Valenciana. Las Cortes. El Consell.Las competencias. La Administración de Justicia. Economíay Hacienda.

Tema 4.- La Administración Pública en el ordenamientoespañol. Administración del Estado. Administraciones Autó-nomas. Administración Local. Administración Institucional yCorporativa.

Tema 5.- El Administrado. Colaboración y participaciónde los ciudadanos en las Funciones Administrativas.

Tema 6.- El acto administrativo. Principios Generalesdel Procedimiento Administrativo. La Responsabilidad de laAdministración.

Tema 7.- Régimen Local Español. Principios Constitu-cionales y Regulación Jurídica.

Tema 8.- La provincia en el Régimen Local. La Diputa-ción Provincial: su composición y competencias. Los Órganosde Gobierno. El Pleno. La Junta de Gobierno y las ComisionesInformativas. El Presidente y los Diputados Provinciales.

Tema 9.- El Municipio en el Régimen Local. El Ayunta-miento: su composición y competencias. El Alcalde. Atribu-ciones. Los Tenientes de Alcalde y los Concejales.

Tema 10.- El personal al servicio de las CorporacionesLocales. La Función Pública Local y su Organización.

Tema 11.- Derechos y deberes de los funcionariospúblicos locales. Derecho de Sindicación. Seguridad Social.

Tema 12.- La contratación administrativa. Clases decontratos públicos. Elementos de los contratos: Partes delcontrato. Objeto, precio y cuantía del contrato. Selección delcontratista y adjudicación de los contratos. Formalización delcontrato.

Tema 13.- Los bienes de las Entidades Locales. Régi-men de utilización de los de dominio público.

Tema 14.- Haciendas Locales. Clasificación de losIngresos. Ordenanzas Fiscales. Los Presupuestos Locales.Régimen Jurídico del gasto público local.

Tema 15.- Los presupuestos de las entidades locales:concepto y contenido. Principios presupuestarios. Elabora-ción, tramitación, y aprobación del presupuesto. Ejecución yliquidación del presupuesto.

Tema 16.- La Unión Europea. Origen y Evolución.Organización y competencias.

Tema 17.- La Prevención de riesgos laborales en laAdministración. El Trabajo y la Salud: los riesgos profesiona-les. Daños derivados del trabajo. Marco normativo básico enmateria de prevención de riesgos laborales. Derechos ydeberes básicos en esta materia (Ley 31/1995, Ley 54/2003y R.D. 39/1997).

Tema 18.- La gestión de la calidad. Las herramientas dela calidad. La calidad en la Administración Pública.

Temario específico.Tema 19.- El alfabeto, otros signos gráficos, acentos

gráficos y fónicos, concepto de acentos secundario y ele-mentos de prosodia.

Tema 20.- Fonética y estructura fonemática. Fonética yortografía.

Tema 21.- Fonética. Elementos vocálicos y grafías.Tema 22.- Fonética. Elementos consonánticos y grafías.Tema 23.- Las preposiciones y la relación prepositiva.

Función, elementos, aspectos de forma.Tema 24.- Las conjunciones y la relación conjuntiva.Tema 25.- El artículo. Formas y usos.Tema 26.- El artículo con valor neutro y pronominal.Tema 27.- El nombre: sustantivo y adjetivo. Significa-

ción, función y forma.Tema 28.- Categorizadores nominales. Los elementos

de señalar y de referir.Tema 29.- Los pronombres personales. Funciones y

formas.Tema 30.- Los pronombres demostrativos, posesivos e

interrogativos.Tema 31.- Los numerales, los cuantificadores y los

indefinidos.

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Tema 32.- Los pronombres relativos.Tema 33.- Los adverbios. Formas y funciones.Tema 34.- Unidades sintácticas. Categoría. Sintagma.

Oración.Tema 35.- Descripción categorial de la oración simple:

sintagmas.Tema 36.- El sintagma nominal.Tema 37.- El sintagma adjetival.Tema 38.- El sintagma preposicional.Tema 39.- El sintagma adverbial.Tema 40.- El sintagma verbal.Tema 41.- Introducción a la sintaxis. Sintaxis y gramática.

Análisis sintáctico. Análisis categorial y análisis funcional.Tema 42.- Las partes de la oración. Categorías y ele-

mentos categorizadores.Tema 43.- La oración simple. Oraciones de predicado

nominal.Tema 44.- La oración simple. Oraciones de predicado

verbal.Tema 45.- La oración compuesta. Tratamiento.Tema 46.- La oración compuesta. Tipos.Tema 47.- Conjugaciones y temas verbales.Tema 48.- Formación de palabras: derivación y compo-

sición.Tema 49.- La flexión nominal.Tema 50.- La flexión verbal.Tema 51.- La conjugación verbal. Elementos

categorizadores. Verbos auxiliares.Tema 52.- Los modos y los tiempos de los verbos.Tema 53.- Las formas no personales del verbo.Tema 54.- La perífrasis verbal.Tema 55.- Usos de los verbos ser y estar.Tema 56.- La lexicografía. El léxico. Conceptos básicos.Tema 57.- Elementos constitutivos de la lengua. Otros

elementos conformadores.Tema 58.- La formación histórica del léxico.Tema 59.- La terminología. El término. El trabajo

terminológico.Tema 60.- Los lenguajes de especialidad. Vocabularios

especializados.Tema 61.- La semántica: conceptos fundamentales.Tema 62.- Relaciones semánticas entre palabras. Se-

mántica oracional.Tema 63.- El texto como unidad comunicativa. Los

niveles de análisis textual.Tema 64.- Tipología textual, contexto y finalidad.Tema 65.- El texto como acto de habla y las voces del

discurso.Tema 66.- Adecuación o coherencia pragmática, cohe-

rencia léxica y cohesión textual.Tema 67.- Orígenes de la lengua: del latín vulgar al

nacimiento del primer romance.Tema 68.- El valenciano dentro del conjunto de las

lenguas románicas.Tema 69.- El valenciano: descripción y características

fonéticas, morfosintácticas y léxicas.Tema 70.- El valenciano. Variedades dialectales.Tema 71.- El valenciano de la provincia de Alicante.

Visión diacrónica y visión sincrónica.Tema 72.- Estandarización del valenciano.Tema 73.- La variación lingüística. Los conceptos de

lengua y dialecto.Tema 74.- La dialectología. Variantes dialectales bási-

cas de nuestro dominio lingüístico.Tema 75.- El marco sociolingüístico del valenciano. El

conflicto lingüístico.Tema 76.- La variación funcional de la lengua. Los

registros.Tema 77.- El lenguaje administrativo. Concepto y es-

tructura. Terminología administrativa.Tema 78.- El lenguaje administrativo. Registro de espe-

cialidad. Estilo.Tema 79.- El lenguaje jurídico. Documentación jurídica.Tema 80.- El lenguaje administrativo moderno. Errores

más frecuentes.

Tema 81.- El lenguaje administrativo moderno. Carac-terísticas generales.

Tema 82.- Bilingüismo en la documentación administra-tiva. Transcripción y transliteración. Tipología.

Tema 83.- El lenguaje administrativo. Convencionesgráficas.

Tema 84.- El lenguaje administrativo. La onomástica.Tema 85.- Los nuevos recursos informáticos adecuados

y aplicables a la docencia del valenciano en el ámbito local.Tema 86.- El proceso de normativización del valenciano

de principios de siglo. Las normas de Castellón de 1932.Tema 87.- Marco legal de los documentos administrati-

vos en relación al uso del valenciano.Tema 88.- La planificación lingüística y la política lin-

güística en el ámbito local.Tema 89.- La formación dentro de la Diputación Provincial

de Alicante. Finalidades. Objetivos generales. Organización.Tema 90.- Comisión Europea. Programas y proyectos de

formación y promoción de los diferentes idiomas europeos.Lo que se hace público para general conocimiento,

haciendo saber que contra la presente convocatoria y susbases cabe interponer los recursos contenidos en la BaseDecimocuarta, y que los interesados podrán solicitar lostemas 17 y 18 del Temario, en la Oficina de información deesta Corporación, y a través de la página web de la misma(www.ladipu.com).

Alicante, 21 de agosto de 2008.La Secretaria en funciones, Mª José Argudo Poyatos. El

Presidente accidental, Carlos Manzón Guixot.

*0818062*

ANUNCIO

Por Decreto de la señora Diputada del Área de Econo-mía, Hacienda y Recursos Humanos, número 3.055/2008,de 31 de julio -dictado en virtud de las competencias delega-das por la Presidencia por Decreto número 1.603/2007, de19 de julio-, se aprueba y convoca Concurso-Oposición, paracubrir cuatro plazas de Técnico Medio de Calidad, tres deellas reservadas al turno libre y una al turno de discapacitados,vacantes en la Plantilla de esta Excma. Diputación Provin-cial, dentro de las plazas reservadas a funcionarios decarrera, y con arreglo a las siguientes:

Bases.Primera.- Plazas objeto de la convocatoria.Es objeto de la presente convocatoria la selección, por

el procedimiento de Concurso-Oposición de cuatro plazas deTécnico Medio de Calidad, vacantes en la Plantilla de estaExcma. Diputación Provincial, dentro de las plazas reserva-das a Funcionarios de Carrera, e incluidas en las correspon-dientes Ofertas de Empleo Público, de las que:

- Tres plazas están destinadas al turno libre.- Una plaza está reservada al turno de discapacitados.

Si esta plaza no resulta cubierta por este turno incrementarálas del turno libre.

Estas plazas están incluidas en la Escala de Administra-ción Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Co-metidos Especiales, dotadas con los emolumentos corres-pondientes al Subgrupo de clasificación «A2», del artículo 76de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico delEmpleado Público y demás que correspondan de conformi-dad con la normativa vigente.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.I.- Para poder participar en estas Pruebas Selectivas los

aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:a) Tener la nacionalidad española. También podrán

acceder como personal funcionario en igualdad de condicio-nes que los españoles a los empleos públicos:

a.1) Los nacionales de un Estado miembro de la UniónEuropea o nacionales de aquellos Estados, a los que, envirtud de tratados internacionales celebrados por la UniónEuropea y ratificados por España, sea de aplicación la librecirculación de trabajadores.

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a.2) El cónyuge, descendientes y descendientes delcónyuge, de los españoles y de los nacionales de otrosestados miembros de la Unión Europea, siempre que noestén separados de derecho, menores de 21 años o mayoresde dicha edad que vivan a sus expensas.

Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solici-tud la documentación que acredite las condiciones que sealegan.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño delas tareas. La Diputación Provincial de Alicante se reserva elderecho a someter a los aspirantes a cuantas pruebasconsidere pertinentes para evaluar el cumplimiento de esterequisito.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en sucaso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para elacceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disci-plinario del servicio de cualquiera de las AdministracionesPúblicas o de los órganos constitucionales o estatutarios delas Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitaciónabsoluta o especial para empleos o cargos públicos porresolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala defuncionario, o para ejercer funciones similares a las quedesempeñaban en el caso del personal laboral, en el quehubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de sernacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situa-ción equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplina-ria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismostérminos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del Título de Diplomado Universi-tario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, otener aprobados los tres primeros cursos completos deLicenciado, Ingeniero o Arquitecto o equivalente, o en condi-ciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo depresentación de instancias. En todo caso la equivalenciadeberá ser aportada por el aspirante mediante certificaciónexpedida al efecto por la Administración competente en cadacaso. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extran-jero deberán acreditar que están en posesión de la corres-pondiente convalidación o de la credencial que acredite, ensu caso, la homologación.

II.- Específico para el turno reservado a discapacitados:Además de los requisitos generales expresados en el

apartado anterior, los aspirantes deberán acreditar unadiscapacidad de grado igual o superior al treinta y tres por cientoy formularlo expresamente en la solicitud de participación,aportando fotocopia de la certificación expedida por el órganocompetente que acredite tal condición y poseer la capacidadfuncional para el desarrollo de las tareas propias de las plazasobjeto de las presentes bases, acreditándose las condicionespersonales de aptitud mediante dictamen vinculante expedidopor el equipo multidisciplinar competente.

A estos efectos conforme establece el artículo 59.2 laLey 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico se adoptarán para las personas con discapacidadque lo soliciten, las medidas precisas para establecer lasadaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios enel proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, lasadaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de lapersona con discapacidad. Para ello, los interesados debe-rán formular la correspondiente petición concreta, que apor-tarán junto con la solicitud de participación dentro del plazode presentación de instancias. Dicha petición deberá estarmotivada.

En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán encondiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- Todos los requisitos deberán cumplirse en el último díadel plazo de presentación de instancias y mantenerse durantetodo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuarlas comprobaciones oportunas hasta el nombramiento.

Tercera.- Solicitudes.I.- Quienes deseen tomar parte en el concurso-oposi-

ción, lo solicitarán en instancia dirigida al Iltmo. señor Presi-dente de la Diputación Provincial, en la que deberán manifes-tar que reúnen todas y cada una de las condiciones o

requisitos exigidos en la Base Segunda, adjuntando a lainstancia fotocopia del documento Nacional de Identidad. Elmodelo de instancia se facilitará tanto en las dependenciasdel Departamento de Personal como en la Oficina de infor-mación de esta Corporación, y a través de la página web dela misma (www.ladipu.com). Sólo se podrá optar a uno de losturnos convocados.

Las personas con discapacidad deberán aportar fotoco-pia de la certificación del órgano competente, que acredite talcondición, así como el tipo y graduación de la misma.

II.- Las Bases de la Convocatoria y Anexos a las mismasse publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) yen el tablón de Anuncios de la Corporación. Un extracto dela Convocatoria se publicará también en el Diario Oficial dela Comunidad Valenciana (D.O.C.V.) y en el Boletín Oficialdel Estado (B.O.E.).

III.- El plazo de presentación de instancias será deveinte días naturales, a contar desde el día siguiente al depublicación del anuncio-extracto de la convocatoria en elB.O.E. En dicho extracto, además de los insertos precisos,se avisará que en el Boletín Oficial de la Provincia sepublicará la resolución aprobatoria de la lista de aspirantesadmitidos y excluidos al Concurso-Oposición, así como lafecha, hora y lugar de inicio de las Pruebas.

Las instancias y documentación oportunas se presenta-rán en horas hábiles, de lunes a viernes, en el RegistroGeneral de la Excma. Diputación Provincial (calle Tucumán,número 8, de Alicante) o en la forma que determina el artículo38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común.

IV.- Los efectos administrativos de la Convocatoria seproducirán desde la fecha en que se publique en el B.O.E. elextracto referido en los apartados anteriores.

Cuarta.- Admisión de candidatos.Expirado el plazo de presentación de instancias, la

señora Diputada del Área de Economía, Hacienda y Recur-sos Humanos -en virtud de las facultades que le fuerondelegadas por el Iltmo. señor Presidente mediante Decretonúmero 1.603, de 19 de julio de 2007- dictará resolución, enel plazo máximo de un mes, declarando aprobada la listaprovisional de aspirantes admitidos y excluidos, que sepublicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón deanuncios de la Corporación. Contra esta resolución se podrápresentar escrito de subsanación y/o reclamación en el plazode diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Si se presentara escrito de subsanación y/o reclama-ción será aceptado o rechazado en la resolución por la quese apruebe la lista definitiva, que se publicará, asimismo, enlos lugares indicados para la lista provisional. En el caso deque no se presente escrito de subsanación y/o reclamaciónalguna, la lista provisional de aspirantes admitidos y exclui-dos quedará elevada automáticamente a definitiva.

Quinta.- Comisión técnica de valoración.I.- La Comisión Técnica de Valoración, de conformidad

con lo dispuesto en los artículos 55 y 60 de la Ley 7/2007, de12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público serádesignada por la Presidencia de la Corporación, o en sucaso, por quien actúe por delegación de la misma, ajustán-dose a los principios de imparcialidad y profesionalidad desus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entremujer y hombre. La Comisión actuará en todo caso, confor-me a los principios de independencia y discrecionalidadtécnica, y estará integrada por cinco miembros, funcionariosde carrera, de los cuales uno será el Presidente, tres actua-rán como Vocales y asumirá la Secretaría de la Comisión elSecretario General de la Corporación o funcionario en quiendelegue, que actuarán con voz y voto.

El personal de elección o de designación política, losfuncionarios interinos y el personal eventual no podránformar parte de la Comisión Técnica de Valoración.

La pertenencia a la Comisión Técnica de Valoración detodos sus miembros, tanto titulares como suplentes, será atítulo individual, no pudiendo ostentarse ésta en representa-

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ción o por cuenta de nadie. Igualmente, todos sus miembrosdeberán poseer una titulación igual o superior a la requeridapara el acceso a las plazas convocadas y pertenecer almismo grupo/subgrupo o a grupos/subgrupos superiores, yla mayoría de los miembros pertenecer a la misma área deconocimientos que la exigida para el ingreso.

La designación de los miembros de la Comisión Téc-nica de Valoración, que incluirá la de los respectivos su-plentes, se hará pública en el Boletín Oficial de la Provinciade Alicante, así como en el tablón de anuncios de laCorporación.

II.- La Comisión Técnica de Valoración no podrá cons-tituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de susmiembros -titulares o suplentes- indistintamente. En caso deausencia tanto del Presidente titular como del suplente, laPresidencia la ostentará el miembro de la Comisión Técnicade Valoración de mayor jerarquía, antigüedad y edad, poreste orden.

III.- La Comisión Técnica de Valoración estará facultadapara resolver cualquier duda o incidencia que pudiera surgirdurante la celebración de las pruebas selectivas, y paratomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas parael buen orden y resultado de las mismas.

IV.- A los efectos de comunicaciones, anuncios y demásincidencias, la Comisión Técnica de Valoración, sea cualfuere el lugar de celebración de las pruebas, tendrá su sedeen el edificio Tucumán de la Excma. Diputación Provincial,calle Tucumán, número 8, de Alicante.

V.- Los miembros de la Comisión Técnica de Valoracióndeberán abstenerse de intervenir cuando concurran lascircunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,notificándolo a la autoridad convocante. Asimismo, los aspi-rantes podrán recusarles en la forma prevista en el artículo29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, deberán abstenerse aquellos que hubieranrealizado tareas de preparación de aspirantes en los cincoaños anteriores a la publicación de esta Convocatoria.

VI.- La Comisión Técnica de Valoración podrá dispo-ner la incorporación a sus trabajos de asesores especialis-tas, para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesoresse limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, enbase exclusivamente a las cuales colaborarán con la Comi-sión y tendrán voz pero no voto. Asimismo podrá acordar laincorporación de colaboradores que ayudarán a la Comi-sión Técnica de Valoración en la realización de las pruebas.Este personal, a efectos de indemnizaciones por asisten-cia, estará sujeto a la misma normativa que los vocales dela Comisión.

VII.- Contra los actos de la Comisión Técnica de Valo-ración se podrán interponer los siguientes recursos y recla-maciones:

A.- Contra las propuestas finales de los aspirantesaprobados y, en general, contra los actos de trámite quedeterminen la imposibilidad de continuar el procedimientoselectivo o produzcan indefensión y que no agoten la víaadministrativa, se podrá interponer recurso de alzada enbase al artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, ante la señora Diputada delÁrea de Economía, Hacienda y Recursos Humanos, en elplazo de un mes a contar desde el día siguiente al de sunotificación, o de su publicación en el tablón de anuncios deesta Excma. Diputación Provincial. Transcurridos tres me-ses desde la interposición sin que recaiga resolución, sepodrá entender desestimado el recurso, quedando expeditala vía del recurso contencioso-administrativo, y ello sinperjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que estimepertinente.

B.- Contra los demás actos de trámite los interesadospodrán presentar las reclamaciones y formular las alegacio-nes que estimen pertinentes, ante la Comisión Técnica deValoración en el plazo de diez días a contar desde elsiguiente a la fecha de publicación.

VIII.- La Comisión Técnica de Valoración tendrá lacategoría segunda de las recogidas en el Anexo IV del RealDecreto 462/2002, de 24 de mayo, a efectos del percibo deasistencias en las cuantías vigentes en su momento. Asimis-mo, cuando concurran los supuestos excepcionales delartículo 30.3 del R.D. 462/2002, procederá aplicar los incre-mentos previstos en el citado precepto.

Sexta.- Procedimiento de selección.El procedimiento de selección constará de las siguien-

tes fases: Oposición y Concurso.I.- Fase de Oposición: estará compuesta por los ejerci-

cios que a continuación se indican:Primer ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo

fijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no seráinferior a 35 minutos-, a un cuestionario de 40 preguntassobre el temario general que figura en el Anexo a estaConvocatoria (temas 1 al 12 ambos inclusive), con cuatrorespuestas alternativas de las que sólo una de ellas será lacorrecta.

Este ejercicio se valorará de 0 a 6 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 3 puntos.

Las contestaciones erróneas se valorarán negativa-mente con una penalización equivalente a un tercio del valorde cada contestación correcta y las contestaciones en blan-co ni puntúan ni penalizan.

Segundo ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempo

fijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no podráexceder de dos horas-, dos temas elegidos entre tres, extraí-dos al azar por los opositores, del Temario Específico quefigura en el Anexo a esta Convocatoria (temas 13 al 60ambos inclusive).

Este ejercicio se valorará de 0 a 12 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 6 puntos.

La Comisión Técnica de Valoración podrá determinarque se proceda a la lectura pública de este ejercicio, pudien-do dialogar con el aspirante sobre los temas expuestos ypedirle cualesquiera otras explicaciones complementarias.

Tercer ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos

teórico-prácticos, que propondrá la Comisión Técnica deValoración, durante un tiempo fijado a su prudente arbitrio, yque no podrá exceder de dos horas y treinta minutos, encondiciones de igualdad para todos los aspirantes, relativosa las tareas y cometidos propios de la plaza y al TemarioEspecífico.

Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendoeliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5puntos.

II.- Fase de Concurso.- Los méritos, que la ComisiónTécnica valorará, deberán ser alegados y debidamente jus-tificados por los aspirantes al Concurso-Oposición, en eltiempo otorgado al efecto, en el bien entendido que lo que nose alegue y justifique en tiempo y forma no se tendrá encuenta por la Comisión Técnica de Valoración.

Los méritos a computar son los que a continuación serelacionan, con la puntuación que se indica, y que el aspiran-te deberá autobaremar conforme al modelo de instancia quese facilitará al efecto, tanto en las dependencias del Depar-tamento de Personal como en la oficina de información deesta Corporación, y a través de la página web de la misma(www.ladipu.com):

a) Antigüedad.- Por servicios prestados en cualquierAdministración Pública 0,05 puntos por mes de servicio,hasta un máximo de 3,50 puntos. El tiempo de servicioscomputables se puntuará por meses efectivos completos,despreciándose las fracciones inferiores a un mes, salvocasos de empate.

b) Por experiencia profesional en tareas o cometidos denaturaleza igual a la que se opta, a 0,05 puntos por mes deexperiencia, hasta un máximo de 3,50 puntos. La experien-cia profesional computable se puntuará por meses efectivos

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completos, despreciándose las fracciones inferiores, salvocasos de empate. A estos efectos se facilitará a los oposito-res junto con el modelo de instancia para presentar losméritos, la plantilla en la que se detallen las tareas y funcio-nes que serán objeto de valoración según este apartado.

c) Por estar en posesión de Diplomas por asistencia oaprovechamiento a Cursos de Formación o Perfecciona-miento. Se valorarán, hasta un máximo de 2,50 puntos, losCursos de Formación y Perfeccionamiento que tengan rela-ción directa con las tareas y cometidos propios de la plaza yque hubieren sido convocados u organizados por esta Dipu-tación Provincial, así como por Institutos y Escuelas Oficialesde formación de Funcionarios y personal al servicio de laAdministración, Organizaciones Sindicales, Universidades,INEM, Generalitat Valenciana u otras Comunidades Autóno-mas, Colegios Oficiales u otras entidades de carácter ointerés público.

En todos los casos se valorarán una sola vez los cursosrelativos a una misma materia, aunque se haya repetido suparticipación.

No se valorará, tanto los cursos que no acrediten lashoras de duración como los inferiores a 15 horas lectivas, lospertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado,los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativosa Jornadas, Mesas redondas, Encuentros, Debates, Congre-sos, Seminarios, Simposios o análogos.

La valoración de cada Curso se efectuará en función desu duración con arreglo a la siguiente escala:

- De 15 o más horas: 0,15 puntos.- De 25 o más horas: 0,25 puntos.- De 35 o más horas: 0,35 puntos.- De 50 o más horas: 0,50 puntos.d) Otros méritos.- Se valorarán hasta un máximo de

2,50 puntos, desglosados de la siguiente forma:1).- Se valorará, hasta un máximo de 0,50 puntos, el

conocimiento del Valenciano siempre que se acredite estaren posesión del certificado expedido por la Junta Qualificadorade Coneixements del valencià o equivalente reconocido porla Generalitat Valenciana, con arreglo a la siguiente escala:

- Certificado de Coneixements orals: 0,10 puntos.- Certificado de Grau Elemental: 0,20 puntos.- Certificado de Grau Mitjà: 0,30 puntos.- Certificado de Grau Superior: 0,50 puntos.En caso de poseer más de un certificado de conocimien-

to del valenciano, sólo se valorará el de nivel superior.2).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, el

conocimiento de lenguas oficiales de la Unión Europeadiferentes de la lengua española, acreditándosedocumentalmente mediante certificados expedidos por lasEscuelas Oficiales de Idiomas o cursos obtenidos en elextranjero, en cuyo caso se deberá estar en posesión de lacredencial que acredite su homologación o convalidación,a razón de 0,20 puntos por curso.

Para la valoración de los idiomas comunitarios, enningún caso se considerarán los cursos superados de idio-mas incluidos en los planes de estudios de Bachiller Elemen-tal, Graduado Escolar, Formación Profesional, Bachiller Su-perior y de estudios universitarios de cualquier nivel.

3).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, Laposesión de títulos académicos oficiales superiores al exigi-do en la convocatoria, en el bien entendido que sólo sevalorará el de nivel superior.

Serán méritos puntuables en cada concursante, loscontraídos hasta el día de publicación del anuncio-extractode la convocatoria en el B.O.E.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, nipodrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fasede oposición, por lo que solamente se procederá a puntuarel concurso en el caso de haber superado el nivel de aptitudestablecido para todos y cada uno de los ejercicios decarácter eliminatorio de la fase de oposición.

Séptima.- Desarrollo de las pruebas.I.- En la resolución de la señora Diputada del Área de

Economía, Hacienda y Recursos Humanos de la Corpora-ción a que se refiere la Base Cuarta, y que se publicará en el

Boletín Oficial de la Provincia, se anunciará, asimismo, eldía, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de laFase de Oposición y los sucesivos anuncios de la presenteconvocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de laCorporación.

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo delsiguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas ymáximo de 45 días naturales.

No obstante, se podrán reducir los plazos indicados enel párrafo anterior si lo propusiera la Comisión Técnica deValoración y aceptaran todos los aspirantes o fuera solicita-do por éstos unánimemente.

Los aspirantes que lo deseen podrán realizar las prue-bas en valenciano, debiendo referirlo expresamente en suinstancia.

II.- Los aspirantes quedarán decaídos en su derechocuando se personen en los lugares de celebración una veziniciadas las pruebas o por la inasistencia a las mismas, auncuando se deba a causas justificadas. Tratándose de prue-bas orales u otras de carácter individual y sucesivo, laComisión Técnica de Valoración podrá apreciar las causasalegadas y admitir al aspirante, siempre y cuando las mismasno hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe elprincipio de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- El orden de actuación de los aspirantes, en elsupuesto de que en algún ejercicio no pudieran actuarconjuntamente, vendrá determinado por orden alfabético,iniciándose por aquél cuyo primer apellido comience por laletra surgida del sorteo celebrado al efecto.

La Comisión Técnica de Valoración en la realización delos ejercicios escritos deberá garantizar, siempre que seaposible, el anonimato de los aspirantes.

En cualquier momento la Comisión Técnica de Valora-ción podrá requerir a los aspirantes que acrediten su perso-nalidad.

Los aspirantes deberán observar en todo momento lasinstrucciones de los miembros de la Comisión Técnica o delpersonal ayudante o asesor durante la celebración de laspruebas, en orden al adecuado desarrollo de las mismas.

Durante la realización de los ejercicios, no está permi-tido el uso de teléfonos móviles u otros dispositivos suscep-tibles de almacenar o transmitir información.

Junto con el resultado del último ejercicio de la fase deoposición, la Comisión Técnica de Valoración expondrá alpúblico la relación de aspirantes que, por haber superadotodos los ejercicios eliminatorios deben pasar a la fase deconcurso, emplazándolos para que en el plazo de 10 díashábiles presenten la documentación acreditativa de los mé-ritos previstos en la convocatoria, adjuntando certificacionesy/o justificantes acreditativos de los mismos. No obstante, enel caso de que los méritos alegados obren en el Área deRecursos Humanos de la Excma. Diputación Provincial,bastará con que se acredite esta circunstancia, y se identifi-quen y relacionen con toda claridad en la instancia, que en sucaso se presente, en el plazo señalado para aportar losméritos.

Una vez baremados los méritos, la Comisión Técnica deValoración expondrá al público la lista de aspirantes con laspuntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concedién-doles un plazo de diez días hábiles para que formulen lasalegaciones que estimen pertinentes en relación con labaremación.

Resueltas las posibles alegaciones, la Comisión Técni-ca de Valoración publicará la relación definitiva de aspirantesaprobados por su orden de puntuación.

Octava.- Calificaciones.I.- Fase de Oposición: cada uno de los ejercicios de la

Fase de Oposición se calificará conforme a lo establecido enla Base Sexta, apartado I.

II.- Fase de Concurso: la valoración de los méritos decada aspirante se obtendrá aplicando las reglas que figuranen la Base Sexta, apartado II.

III.- La calificación definitiva de cada aspirante vendrádeterminada por la suma de las puntuaciones obtenidas enla Fase de Oposición y en la Fase de Concurso.

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Novena.- Relación de aprobados y propuesta de nom-bramiento.

I.- Finalizada la calificación, la Comisión Técnica deValoración publicará en el tablón de anuncios de la Corpora-ción la «relación de los aspirantes aprobados», por orden depuntuación, no pudiendo rebasar ésta el número de plazasconvocadas en el Concurso-Oposición.

Cualquier Propuesta de aprobados que contravenga loanteriormente establecido será nula de pleno derecho.

II.- El Presidente de la Comisión Técnica de Valoraciónelevará la «relación de los aspirantes aprobados» a la señoraDiputada del Área de Economía, Hacienda y Recursos Hu-manos de la Corporación con propuesta de nombramientode funcionario de carrera.

No obstante lo anterior, y con el fin de asegurar lacobertura del número de plazas convocadas, cuando seproduzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antesde su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocantepodrá requerir del órgano de selección relación complemen-taria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para suposible nombramiento como funcionario de carrera.

Décima.- Presentación de documentos.I.- En el plazo de 20 días naturales, a contar del de la

publicación de la «relación del aspirante aprobado», a que serefiere la Base anterior, el aspirante que figure en ella deberápresentar los documentos acreditativos de capacidad y re-quisitos exigidos en la Base Segunda, a saber:

1) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o docu-mentación que acredite cumplir el requisito de la base segundaI, a), que se presentarán con el original para su compulsa.

2) Copia autenticada o fotocopia (acompañada del origi-nal para su cotejo) de la Titulación exigida en la convocatoria,o justificante de haber abonado los derechos para su expedi-ción. Si estos documentos estuvieran expedidos después dela fecha en que expiró el plazo de presentación de instancias,se deberá justificar el momento en que concluyó los estudios.

3) Certificado del Registro Central de Penados y Rebel-des, cuyo trámite facilitará el Departamento de Personal dela Excma. Diputación Provincial de Alicante.

4) Declaración de no haber sido separado medianteexpediente disciplinario, del servicio de cualquiera de lasAdministraciones Públicas, así como no hallarse incurso enninguna de las causas de incapacidad específica, conformea la normativa vigente.

5) El Servicio de Prevención de la Excma. DiputaciónProvincial procederá a realizar el reconocimiento médico delos aspirantes aprobados al objeto de determinar la aptitudfísica o psíquica para el desempeño de las plazas objeto deesta convocatoria.

Los aspirantes que tengan la condición de discapacitadodeberán presentar, además, certificación del órgano compe-tente, que acredite tal condición y su capacidad para desem-peñar las tareas que correspondan a las plazas objeto deesta convocatoria.

II.- Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerzamayor, no presentarán la documentación o del examen de lamisma se dedujera que carecen de alguno de los requisitosseñalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados yquedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de laresponsabilidad en que pudieran haber incurrido por false-dad en la solicitud inicial.

III.- Quien tuviere la condición de funcionario público ocontratado en régimen laboral por Organismos Públicos,estará exento de justificar las condiciones y los requisitosexigidos cuando obtuvieron su anterior nombramiento, por loque tendrán que presentar, únicamente, el certificado delMinisterio, Corporación Local u Organismo Público de quedependan, justificativo de su condición, de que cumplen lascondiciones y requisitos señalados en la Base Segunda, sinperjuicio de tener que acreditar aquellos que se exigen y noconsten en su expediente personal.

Undécima.- Nombramiento y toma de posesión.Cumplimentado por el aspirante propuesto lo estableci-

do en la Base anterior y realizados los trámites administrati-vos pertinentes, la señora Diputada del Área de Economía,

Hacienda y Recursos Humanos de la Excma. DiputaciónProvincial efectuará el nombramiento correspondiente, de-biendo el interesado tomar posesión de su cargo en el plazoreglamentario. Si no tomaran posesión en el citado plazo, sincausa justificada, decaerán en su derecho, por caducidaddel nombramiento.

Duodécima.- Incompatibilidades.Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su

caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en laLey 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidadesdel Personal al servicio de las Administraciones Públicas, ydemás normativa aplicable.

Decimotercera.- Normativa.En todo lo no previsto en las presentes Bases, en lo que

no se oponga a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril,del Estatuto Básico del Empleado Público, se estará a lodispuesto en:

- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local;

- La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para laReforma de la Función Pública;

- El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que seestablecen las reglas básicas y programas mínimos a quedebe ajustarse el procedimiento de selección;

- El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,por el que se aprueba Texto Refundido de las Disposicioneslegales vigentes en materia de Régimen Local;

- El Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley de FunciónPública Valenciana.

- El Decreto 33/1999, de 9 de marzo, de la GeneralitatValenciana, por el que se aprueba el Reglamento de Selec-ción, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administra-tiva del Personal comprendido en el ámbito de aplicación dela Ley de la Función Pública Valenciana.

- El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el quese aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personalal servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional delos Funcionarios Civiles de la Administración General delEstado; y demás disposiciones aplicables y concordantes.

Decimocuarta.- Impugnación.Contra la presente convocatoria y/o sus bases, cuyo

acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podráinterponerse, por los interesados legitimados, potestativamente,en base al artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, recurso de reposición ante laseñora Diputada del Área de Economía, Hacienda y RecursosHumanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguienteal de la publicación del extracto de estas bases en el BoletínOficial del Estado, o bien, interponer directamente recursocontencioso-administrativo ante el Juzgado de este orden deAlicante o bien a su elección, el de la circunscripción de sudomicilio si lo tuviera fuera de Alicante, en el plazo de dos mesesa contar desde la fecha de publicación del referido extracto enel B.O.E. a tenor de lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencio-so-Administrativa advirtiéndole que tales recursos no tienenefecto suspensivo, y ello sin perjuicio de que se pueda ejercitarcualquier otro que estime pertinente.

Anexo.Temario General.1. La Constitución Española de 1978. Estructura y

Principios Fundamentales, Derechos y Deberes: Garantía ySuspensión. Principios rectores de la política social y econó-mica. La Corona.

2. La Cortes Generales. Composición y Funcionamien-to. Elaboración de Leyes. Leyes Estatales y Autonómicas:relaciones entre el ordenamiento estatal y los ordenamientosautonómicos. Los Tratados Internacionales como normas deDerecho Interno, especial referencia a los Tratados de laComunidad Europea.

3. El Gobierno y la Administración. Principios Constitu-cionales de la Administración. Relaciones entre el Gobierno

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y las Cortes Generales. Órganos de Control dependientes delas Cortes Generales. El Defensor del Pueblo y el Tribunal deCuentas. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional.

4. Organización Territorial del Estado. Principios Gene-rales. La Administración del Estado: Organización Central yPeriférica. Las Comunidades Autónomas. Distribución decompetencias.

5. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valencia-na. Estructura y Principios Fundamentales. Competenciasde la Generalitat Valenciana y su desarrollo normativo. LaGeneralitat Valenciana: Las Cortes: Composición, Constitu-ción y Funciones. El Consell: Composición, Atribuciones yFuncionamiento. Otras Instituciones: el Síndico de Agraviosy la Sindicatura de Cuentas.

6. Las disposiciones y los actos administrativos: requi-sitos, eficacia, nulidad y anulabilidad. El procedimiento admi-nistrativo: sus fases. El silencio administrativo. Revisión delos actos en la vía administrativa.

7. Los administrados. Los funcionarios públicos: con-cepto, derechos y deberes. Responsabilidad de las Adminis-traciones Públicas y de sus autoridades y demás personal asu servicio.

8. Los contratos de las administraciones públicas. Re-quisitos para contratar con la Administración. De los pliegosde cláusulas administrativas y prescripciones técnicas. Losdistintos tipos de contratos administrativos. La extinción delos contratos.

9. Régimen Local Español. Principios Constitucionalesy Regulación Jurídica. El municipio en el Régimen Local: elAyuntamiento, su composición y competencias. La Provinciaen el Régimen Local: La Diputación Provincial, su composi-ción y competencias.

10. El Pleno Provincial: composición y atribuciones. ElPresidente: competencias, delegación de las mismas, y susresoluciones. La Junta de Gobierno y las Comisiones Infor-mativas. El presupuesto en las corporaciones locales: prin-cipios presupuestarios, contenido y estructura.

11. La Prevención de riesgos laborales en la Adminis-tración. El Trabajo y la Salud: los riesgos profesionales.Daños derivados del trabajo. Marco normativo básico enmateria de prevención de riesgos laborales. Derechos ydeberes básicos en esta materia (Ley 31/1995, Ley 54/2003y R.D. 39/1997).

12. El personal al servicio de las Corporaciones Loca-les. La Función Pública Local y su Organización.

Temario específico.13. Introducción a la gestión de la calidad. Historia.

Principales autores. Estado actual.14. Los grandes modelos de referencia para la gestión

de la calidad: Modelo Deming. Modelo Malcolm Baldrige.Normas ISO. Modelo Europeo de Excelencia. Modelo Ibero-americano.

15. Las normas ISO 9000. Características. Contenidode las normas ISO 9000.

16. La norma UNE-EN ISO 9001:2000. Fundamentosde la versión 2000. Elementos principales.

17. El procedimiento para la implantación de un Sistemade Gestión de la Calidad según la norma UNE-EN ISO9001:2000.

18. La estructura documental del sistema de gestión dela calidad ISO. Manual de calidad. Procesos. Procedimien-tos. Registros.

19. Las auditorías de calidad. Tipos de auditorías decalidad. Principios básicos. Objetivos de las auditorías decalidad. UNE-EN ISO 19011. Procedimiento de realizaciónde auditorías de calidad.

20. La certificación del Sistema de Gestión de la CalidadISO. Entidades de acreditación. Empresas certificadoras. Elprocedimiento de certificación.

21. El procedimiento para el seguimiento de un Sistemade Gestión de la Calidad según la norma UNE-EN ISO9001:2000. Medición de resultados de mejora.

22. El Modelo Europeo de Excelencia (EFQM). Historiay evolución. Características del modelo. Criterios. Métodosde evaluación. El Premio Europeo de la Calidad.

23. La planificación. Planificación estratégica. Misión,visión y valores. Objetivos estratégicos y objetivos operativos.Procedimientos para el establecimiento de objetivos.Indicadores de medida.

24. La elaboración de proyectos. Software Win Project.25. El Despliegue de la Función de la Calidad (QFD).

Concepto y características. Beneficios. Factores. Puntosfuertes. Elementos clave para la aplicación.

26. Las herramientas de la calidad. Diagrama de flujo.Diagrama de dispersión. Diagrama causa-efecto de Ishikawa.Diagrama de Pareto.

27. La tormenta de ideas. Análisis DAFO. Matriz deponderación.

28. El método de solución de problemas y mejora. Elciclo PDCA de W.E. Deming. La mejora continua.

29. La dirección por objetivos (DPO).30. La gestión de procesos. Concepto de proceso. Tipos

de procesos. Diseño de procesos. Despliegue de procesos.Indicadores de procesos. Estándares de procesos.

31. Procedimiento para la implantación de la gestión deprocesos.

32. La evaluación y mejora de los procesos. Capacidadde proceso. Causas de la variabilidad de los procesos.Concepto de proceso bajo control.

33. La reingeniería de procesos.34. El trabajo en equipo y la dirección de reuniones.

Organización y desarrollo de reuniones. Resolución de pro-blemas en grupo. Liderazgo del grupo. Toma de decisionesen grupo. Características del grupo eficaz.

35. Los grupos de mejora. Los círculos de calidad.Procedimiento para implantar un sistema de trabajo engrupo.

36. El benchmarking.37. El control estadístico de la calidad. Concepto y

características. Medidas estadísticas básicas. La variabili-dad de la calidad en los procesos.

38. El muestreo de aceptación. Conceptos básicos.Procedimientos habituales de inspección. Tamaño de lamuestra. Razones que avalan la inspección por muestreoestadístico. Tipos de tablas de muestreo. Bases estadísticasde las tablas de muestreo. Tamaño del lote y tamaño de lamuestra.

39. El gráfico de control por variables (, R). Causas devariación de la calidad de los productos. Principales caracte-rísticas del gráfico, R.

40. El gráfico de control por atributos. Tipos más comu-nes de gráficos de control por atributos. Características delgráfico 100p. Gráfico de unidades defectuosas «pn». Gráfico«C» de control de defectuosos por muestra. Gráfico «n» decontrol del número medio de defectos por unidad.

41. El método Seis sigma.42. El Cuadro de Mando Integral.43. La satisfacción del cliente. La medida de la satisfac-

ción del cliente. Elaboración de encuestas para medir lasatisfacción del cliente. Otros procedimientos para recogerla opinión del cliente.

44. El sistema de gestión de quejas y sugerencias.Procedimiento para la implantación del sistema de gestiónde quejas y sugerencias.

45. Los costos de la calidad. Tipos de costos de calidad.Costos de la mala calidad. Costos ocultos de la calidad.Procedimiento para la implantación de un sistema de costosde calidad.

46. La calidad en la gestión de los servicios. Caracterís-ticas diferenciales de los servicios. Directrices para aplicar lacalidad en una organización de servicios.

47. La calidad del servicio y la atención al cliente. Tiposde clientes. Procedimientos de atención al cliente.

48. Las oficinas de atención al público. Los «call center».Acogida. Personalización del trato.

49. El método SERVQUAL.50. Las Cartas de Servicios.51. La Administración al servicio del público. La satis-

facción de las necesidades de los ciudadanos. La mejora decalidad de los servicios públicos.

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52. La introducción de la calidad en los servicios públi-cos. Dificultades diferenciales para la introducción de lacalidad en el sector público. Factores clave.

53. La Calidad y la Modernización en la AdministraciónPública Española. Marco normativo en materia de calidad yde modernización. Estado actual de la calidad y de la moder-nización en la Administración General del Estado, en laAdministración Autonómica, y en la Administración Local.

54. La modernización de los servicios públicos. Incorpo-ración de nuevas tecnologías. E-administración.

55. Los programas de «ventanilla única».56. La gestión del medioambiente. Legislación. Siste-

mas de gestión medioambiental. Procedimiento de implanta-ción de los sistemas de gestión medioambiental. Certifica-ción de sistemas de gestión medioambiental.

57. La norma UNE-EN ISO 14001: 2004. La Agenda 21Local. La gestión de playas en la Administración Local.

58. La prevención de riesgos laborales. Legislación.Sistema de gestión de prevención de riesgos laborales.Normas europeas de sistemas de prevención de riesgoslaborales. Procedimiento de implantación de los sistemas deprevención.

59. La contribución de la Federación Española de Mu-nicipios y Provincias a la introducción de la calidad en laAdministración Local.

60. La gestión de la calidad en la Diputación de Alicante.Lo que se hace público para general conocimiento,

haciendo saber que contra la presente convocatoria y susbases cabe interponer los recursos contenidos en la BaseDecimocuarta, y que los interesados podrán solicitar el tema11 del Temario Genérico, en la Oficina de información deesta Corporación, y a través de la página web de la misma(www.ladipu.com).

Alicante, 21 de agosto de 2008.La Secretaria en funciones, Mª José Argudo Poyatos. El

Presidente accidental, Carlos Manzón Guixot.

*0818063*

ANUNCIO

Por Decreto de la señora Diputada del Área de Econo-mía, Hacienda y Recursos Humanos, número 3.056/2008,de 31 de julio -dictado en virtud de las competencias delega-das por la Presidencia por Decreto número 1.603/2007, de19 de julio-, se aprueba y convoca Concurso-Oposición, paracubrir dos plazas de Técnico Auxiliar Archivo, reservadas alturno libre, vacantes en la Plantilla de esta Excma. Diputa-ción Provincial, dentro de las plazas reservadas a funciona-rios de carrera, y con arreglo a las siguientes:

Bases.Primera.- Plazas objeto de la convocatoria.Es objeto de la presente convocatoria la selección, por

el procedimiento de Concurso-Oposición de dos plazas deTécnico Auxiliar de Archivo, reservadas al turno libre, vacan-tes en la Plantilla de esta Excma. Diputación Provincial,dentro de las plazas reservadas a Funcionarios de Carrera,e incluidas en las correspondientes Ofertas de EmpleoPúblico.

Estas plazas están incluidas en la Escala de Administra-ción Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Auxiliar,dotadas con los emolumentos correspondientes al Subgrupode clasificación «C1», del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y demásque correspondan de conformidad con la normativa vigente.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.I.- Para poder participar en estas Pruebas Selectivas los

aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:a) Tener la nacionalidad española. También podrán

acceder como personal funcionario en igualdad de condicio-nes que los españoles a los empleos públicos:

a.1) Los nacionales de un Estado miembro de la UniónEuropea o nacionales de aquellos Estados, a los que, envirtud de tratados internacionales celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la librecirculación de trabajadores.

a.2) El cónyuge, descendientes y descendientes delcónyuge, de los españoles y de los nacionales de otrosestados miembros de la Unión Europea, siempre que noestén separados de derecho, menores de 21 años o mayoresde dicha edad que vivan a sus expensas.

Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solici-tud la documentación que acredite las condiciones que sealegan.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño delas tareas. La Diputación Provincial de Alicante se reserva elderecho a someter a los aspirantes a cuantas pruebasconsidere pertinentes para evaluar el cumplimiento de esterequisito.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en sucaso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para elacceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disci-plinario del servicio de cualquiera de las AdministracionesPúblicas o de los órganos constitucionales o estatutarios delas Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitaciónabsoluta o especial para empleos o cargos públicos porresolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala defuncionario, o para ejercer funciones similares a las quedesempeñaban en el caso del personal laboral, en el quehubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de sernacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situa-ción equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplina-ria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismostérminos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del Bachiller Superior o equivalen-te, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termineel plazo de presentación de instancias. En todo caso laequivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediantecertificación expedida al efecto por la Administración compe-tente en cada caso. Los aspirantes con titulaciones obteni-das en el extranjero deberán acreditar que están en posesiónde la correspondiente convalidación o de la credencial queacredite, en su caso, la homologación.

II.- De conformidad con lo establecido en el artículo 38.3de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de losMinusválidos, serán admitidas las personas con discapacidaden igualdad de condiciones con los demás aspirantes, todoello condicionado a la capacidad funcional para el desempe-ño de las tareas o funciones propias de esta plaza,acreditándose las condiciones personales de aptitud me-diante dictamen vinculante expedido por el equipomultidisciplinar competente.

A estos efectos conforme establece el artículo 59.2 laLey 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico se adoptarán para las personas con discapacidadque lo soliciten, las medidas precisas para establecer lasadaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios enel proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, lasadaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de lapersona con discapacidad. Para ello, los interesados debe-rán formular la correspondiente petición concreta, que apor-tarán junto con la solicitud de participación dentro del plazode presentación de instancias. Dicha petición deberá estarmotivada.

En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán encondiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- Todos los requisitos deberán cumplirse en el último díadel plazo de presentación de instancias y mantenerse durantetodo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuarlas comprobaciones oportunas hasta el nombramiento.

Tercera.- Solicitudes.I.- Quienes deseen tomar parte en el concurso-oposi-

ción, lo solicitarán en instancia dirigida al Iltmo. señor Presi-dente de la Diputación Provincial, en la que deberán manifes-tar que reúnen todas y cada una de las condiciones orequisitos exigidos en la Base Segunda, adjuntando a lainstancia fotocopia del documento Nacional de Identidad. Elmodelo de instancia se facilitará tanto en las dependencias

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del Departamento de Personal como en la Oficina de infor-mación de esta Corporación, y a través de la página web dela misma (www.ladipu.com).

Las personas con discapacidad deberán aportar fotoco-pia de la certificación del órgano competente, que acredite talcondición, así como el tipo y graduación de la misma.

II.- Las Bases de la Convocatoria y Anexos a las mismasse publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) yen el tablón de Anuncios de la Corporación. Un extracto dela Convocatoria se publicará también en el Diario Oficial dela Comunidad Valenciana (D.O.C.V.) y en el Boletín Oficialdel Estado (B.O.E.).

III.- El plazo de presentación de instancias será deveinte días naturales, a contar desde el día siguiente al depublicación del anuncio-extracto de la convocatoria en elB.O.E. En dicho extracto, además de los insertos precisos,se avisará que en el Boletín Oficial de la Provincia sepublicará la resolución aprobatoria de la lista de aspirantesadmitidos y excluidos al Concurso-Oposición, así como lafecha, hora y lugar de inicio de las Pruebas.

Las instancias y documentación oportunas se presenta-rán en horas hábiles, de lunes a viernes, en el RegistroGeneral de la Excma. Diputación Provincial (calle Tucumán,número 8, de Alicante) o en la forma que determina el artículo38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común.

IV.- Los efectos administrativos de la Convocatoria seproducirán desde la fecha en que se publique en el B.O.E. elextracto referido en los apartados anteriores.

Cuarta.- Admisión de candidatos.Expirado el plazo de presentación de instancias, la

señora Diputada del Área de Economía, Hacienda y Recur-sos Humanos -en virtud de las facultades que le fuerondelegadas por el Iltmo. señor Presidente mediante Decretonúmero 1.603, de 19 de julio de 2007- dictará resolución, enel plazo máximo de un mes, declarando aprobada la listaprovisional de aspirantes admitidos y excluidos, que sepublicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón deanuncios de la Corporación. Contra esta resolución se podrápresentar escrito de subsanación y/o reclamación en el plazode diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Si se presentara escrito de subsanación y/o reclama-ción será aceptado o rechazado en la resolución por la quese apruebe la lista definitiva, que se publicará, asimismo, enlos lugares indicados para la lista provisional. En el caso deque no se presente escrito de subsanación y/o reclamaciónalguna, la lista provisional de aspirantes admitidos y exclui-dos quedará elevada automáticamente a definitiva.

Quinta.- Comisión técnica de valoración.I.- La Comisión Técnica de Valoración, de conformidad

con lo dispuesto en los artículos 55 y 60 de la Ley 7/2007, de12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público serádesignada por la Presidencia de la Corporación, o en sucaso, por quien actúe por delegación de la misma, ajustán-dose a los principios de imparcialidad y profesionalidad desus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entremujer y hombre. La Comisión actuará en todo caso, confor-me a los principios de independencia y discrecionalidadtécnica, y estará integrada por cinco miembros, funcionariosde carrera, de los cuales uno será el Presidente, tres actua-rán como Vocales y asumirá la Secretaría de la Comisión elSecretario General de la Corporación o funcionario en quiendelegue, que actuarán con voz y voto.

El personal de elección o de designación política, losfuncionarios interinos y el personal eventual no podránformar parte de la Comisión Técnica de Valoración.

La pertenencia a la Comisión Técnica de Valoración detodos sus miembros, tanto titulares como suplentes, será atítulo individual, no pudiendo ostentarse ésta en representa-ción o por cuenta de nadie. Igualmente, todos sus miembrosdeberán poseer una titulación igual o superior a la requeridapara el acceso a las plazas convocadas y pertenecer almismo grupo/subgrupo o a grupos/subgrupos superiores, y

la mayoría de los miembros pertenecer a la misma área deconocimientos que la exigida para el ingreso.

La designación de los miembros de la Comisión Técnicade Valoración, que incluirá la de los respectivos suplentes, sehará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante,así como en el tablón de anuncios de la Corporación.

II.- La Comisión Técnica de Valoración no podrá cons-tituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de susmiembros -titulares o suplentes- indistintamente. En caso deausencia tanto del Presidente titular como del suplente, laPresidencia la ostentará el miembro de la Comisión Técnicade Valoración de mayor jerarquía, antigüedad y edad, poreste orden.

III.- La Comisión Técnica de Valoración estará facultadapara resolver cualquier duda o incidencia que pudiera surgirdurante la celebración de las pruebas selectivas, y paratomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas parael buen orden y resultado de las mismas.

IV.- A los efectos de comunicaciones, anuncios y demásincidencias, la Comisión Técnica de Valoración, sea cualfuere el lugar de celebración de las pruebas, tendrá su sedeen el edificio Tucumán de la Excma. Diputación Provincial,calle Tucumán, número 8, de Alicante.

V.- Los miembros de la Comisión Técnica de Valoracióndeberán abstenerse de intervenir cuando concurran lascircunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,notificándolo a la autoridad convocante. Asimismo, los aspi-rantes podrán recusarles en la forma prevista en el artículo29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, deberán abstenerse aquellos que hubieranrealizado tareas de preparación de aspirantes en los cincoaños anteriores a la publicación de esta Convocatoria.

VI.- La Comisión Técnica de Valoración podrá disponerla incorporación a sus trabajos de asesores especialistas,para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores selimitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en baseexclusivamente a las cuales colaborarán con la Comisión ytendrán voz pero no voto. Asimismo podrá acordar la incorpo-ración de colaboradores que ayudarán a la Comisión Técnicade Valoración en la realización de las pruebas. Este personal,a efectos de indemnizaciones por asistencia, estará sujeto ala misma normativa que los vocales de la Comisión.

VII.- Contra los actos de la Comisión Técnica de Valo-ración se podrán interponer los siguientes recursos y recla-maciones:

A.- Contra las propuestas finales de los aspirantes apro-bados y, en general, contra los actos de trámite que determi-nen la imposibilidad de continuar el procedimiento selectivo oproduzcan indefensión y que no agoten la vía administrativa,se podrá interponer recurso de alzada en base al artículo 114de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, ante la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos, en el plazo de un mes acontar desde el día siguiente al de su notificación, o de supublicación en el tablón de anuncios de esta Excma. Diputa-ción Provincial. Transcurridos tres meses desde la interposi-ción sin que recaiga resolución, se podrá entender desestima-do el recurso, quedando expedita la vía del recurso contencio-so-administrativo, y ello sin perjuicio de que se pueda ejercitarcualquier otro que estime pertinente.

B.- Contra los demás actos de trámite los interesadospodrán presentar las reclamaciones y formular las alegacio-nes que estimen pertinentes, ante la Comisión Técnica deValoración en el plazo de diez días a contar desde elsiguiente a la fecha de publicación.

VIII.- La Comisión Técnica de Valoración tendrá lacategoría Segunda de las recogidas en el Anexo IV del RealDecreto 462/2002, de 24 de mayo, a efectos del percibo deasistencias en las cuantías vigentes en su momento. Asimis-mo, cuando concurran los supuestos excepcionales delartículo 30.3 del R.D. 462/2002, procederá aplicar los incre-mentos previstos en el citado precepto.

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Sexta.- Procedimiento de selección.El procedimiento de selección constará de las siguien-

tes fases: Oposición y Concurso.I.- Fase de Oposición: estará compuesta por los ejerci-

cios que a continuación se indican:Primer ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo

fijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no seráinferior a 35 minutos-, a un cuestionario de 40 preguntassobre el temario general que figura en el Anexo a estaConvocatoria (temas 1 al 8 ambos inclusive), con cuatrorespuestas alternativas de las que sólo una de ellas será lacorrecta.

Este ejercicio se valorará de 0 a 6 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 3 puntos.

Las contestaciones erróneas se valorarán negativa-mente con una penalización equivalente a un tercio del valorde cada contestación correcta y las contestaciones en blan-co ni puntúan ni penalizan.

Segundo ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempo

fijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no podráexceder de dos horas-, dos temas elegidos entre tres, extraí-dos al azar por los opositores, del Temario Específico quefigura en el Anexo a esta Convocatoria (temas 9 al 40 ambosinclusive).

Este ejercicio se valorará de 0 a 12 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 6 puntos.

La Comisión Técnica de Valoración podrá determinarque se proceda a la lectura pública de este ejercicio, pudien-do dialogar con el aspirante sobre los temas expuestos ypedirle cualesquiera otras explicaciones complementarias.

Tercer ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos

teórico-prácticos, que propondrá la Comisión Técnica deValoración, durante un tiempo fijado a su prudente arbitrio, yque no podrá exceder de dos horas y treinta minutos, encondiciones de igualdad para todos los aspirantes, relativosa las tareas y cometidos propios de la plaza y al TemarioEspecífico.

Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendo elimi-nados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

II.- Fase de Concurso.- Los méritos, que la ComisiónTécnica valorará, deberán ser alegados y debidamente jus-tificados por los aspirantes al Concurso-Oposición, en eltiempo otorgado al efecto, en el bien entendido que lo que nose alegue y justifique en tiempo y forma no se tendrá encuenta por la Comisión Técnica de Valoración.

Los méritos a computar son los que a continuación serelacionan, con la puntuación que se indica, y que el aspiran-te deberá autobaremar conforme al modelo de instancia quese facilitará al efecto, tanto en las dependencias del Depar-tamento de Personal como en la oficina de información deesta Corporación, y a través de la página web de la misma(www.ladipu.com):

a) Antigüedad.- Por servicios prestados en cualquierAdministración Pública 0,05 puntos por mes de servicio,hasta un máximo de 3,50 puntos. El tiempo de servicioscomputables se puntuará por meses efectivos completos,despreciándose las fracciones inferiores a un mes, salvocasos de empate.

b) Por experiencia profesional en tareas o cometidos denaturaleza igual a la que se opta, a 0,05 puntos por mes deexperiencia, hasta un máximo de 3,50 puntos. La experien-cia profesional computable se puntuará por meses efectivoscompletos, despreciándose las fracciones inferiores, salvocasos de empate. A estos efectos se facilitará a los oposito-res junto con el modelo de instancia para presentar losméritos, la plantilla en la que se detallen las tareas y funcio-nes que serán objeto de valoración según este apartado.

c) Por estar en posesión de Diplomas por asistencia oaprovechamiento a Cursos de Formación o Perfecciona-miento. Se valorarán, hasta un máximo de 2,50 puntos, los

Cursos de Formación y Perfeccionamiento que tengan rela-ción directa con las tareas y cometidos propios de la plaza yque hubieren sido convocados u organizados por esta Dipu-tación Provincial, así como por Institutos y Escuelas Oficialesde formación de Funcionarios y personal al servicio de laAdministración, Organizaciones Sindicales, Universidades,INEM, Generalitat Valenciana u otras Comunidades Autóno-mas, Colegios Oficiales u otras entidades de carácter ointerés público.

En todos los casos se valorarán una sola vez los cursosrelativos a una misma materia, aunque se haya repetido suparticipación.

No se valorará, tanto los cursos que no acrediten lashoras de duración como los inferiores a 15 horas lectivas, lospertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado,los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativosa Jornadas, Mesas redondas, Encuentros, Debates, Congre-sos, Seminarios, Simposios o análogos.

La valoración de cada Curso se efectuará en función desu duración con arreglo a la siguiente escala:

- De 15 o más horas: 0,15 puntos.- De 25 o más horas: 0,25 puntos.- De 35 o más horas: 0,35 puntos.- De 50 o más horas: 0,50 puntos.d) Otros méritos.- Se valorarán hasta un máximo de

2,50 puntos, desglosados de la siguiente forma:1).- Se valorará, hasta un máximo de 0,50 puntos, el

conocimiento del Valenciano siempre que se acredite estaren posesión del certificado expedido por la Junta Qualificadorade Coneixements del valencià o equivalente reconocido porla Generalitat Valenciana, con arreglo a la siguiente escala:

- Certificado de Coneixements orals: 0,10 puntos.- Certificado de Grau Elemental: 0,20 puntos.- Certificado de Grau Mitjà: 0,30 puntos.- Certificado de Grau Superior: 0,50 puntos.En caso de poseer más de un certificado de conocimien-

to del valenciano, sólo se valorará el de nivel superior.2).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, el cono-

cimiento de lenguas oficiales de la Unión Europea diferentesde la lengua española, acreditándose documentalmentemediante certificados expedidos por las Escuelas Oficialesde Idiomas o cursos obtenidos en el extranjero, en cuyo casose deberá estar en posesión de la credencial que acredite suhomologación o convalidación, a razón de 0,20 puntos porcurso.

Para la valoración de los idiomas comunitarios, enningún caso se considerarán los cursos superados de idio-mas incluidos en los planes de estudios de Bachiller Elemen-tal, Graduado Escolar, Formación Profesional, Bachiller Su-perior y de estudios universitarios de cualquier nivel.

3).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, la pose-sión de títulos académicos oficiales superiores al exigido enla convocatoria, en el bien entendido que sólo se valorará elde nivel superior.

Serán méritos puntuables en cada concursante, loscontraídos hasta el día de publicación del anuncio-extractode la convocatoria en el B.O.E.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, nipodrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fasede oposición, por lo que solamente se procederá a puntuarel concurso en el caso de haber superado el nivel de aptitudestablecido para todos y cada uno de los ejercicios decarácter eliminatorio de la fase de oposición.

Séptima.- Desarrollo de las pruebas.I.- En la resolución de la señora Diputada del Área de

Economía, Hacienda y Recursos Humanos de la Corpora-ción a que se refiere la Base Cuarta, y que se publicará en elBoletín Oficial de la Provincia, se anunciará, asimismo, eldía, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de laFase de Oposición y los sucesivos anuncios de la presenteconvocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de laCorporación.

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo delsiguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas ymáximo de 45 días naturales.

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No obstante, se podrán reducir los plazos indicados enel párrafo anterior si lo propusiera la Comisión Técnica deValoración y aceptaran todos los aspirantes o fuera solicita-do por éstos unánimemente.

Los aspirantes que lo deseen podrán realizar las prue-bas en valenciano, debiendo referirlo expresamente en suinstancia.

II.- Los aspirantes quedarán decaídos en su derechocuando se personen en los lugares de celebración una veziniciadas las pruebas o por la inasistencia a las mismas, auncuando se deba a causas justificadas. Tratándose de prue-bas orales u otras de carácter individual y sucesivo, laComisión Técnica de Valoración podrá apreciar las causasalegadas y admitir al aspirante, siempre y cuando las mismasno hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe elprincipio de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- El orden de actuación de los aspirantes, en elsupuesto de que en algún ejercicio no pudieran actuarconjuntamente, vendrá determinado por orden alfabético,iniciándose por aquél cuyo primer apellido comience por laletra surgida del sorteo celebrado al efecto.

La Comisión Técnica de Valoración en la realización delos ejercicios escritos deberá garantizar, siempre que seaposible, el anonimato de los aspirantes.

En cualquier momento la Comisión Técnica de Valora-ción podrá requerir a los aspirantes que acrediten su perso-nalidad.

Los aspirantes deberán observar en todo momento lasinstrucciones de los miembros de la Comisión Técnica o delpersonal ayudante o asesor durante la celebración de laspruebas, en orden al adecuado desarrollo de las mismas.

Durante la realización de los ejercicios, no está permi-tido el uso de teléfonos móviles u otros dispositivos suscep-tibles de almacenar o transmitir información.

Junto con el resultado del último ejercicio de la fase deoposición, la Comisión Técnica de Valoración expondrá alpúblico la relación de aspirantes que, por haber superadotodos los ejercicios eliminatorios deben pasar a la fase deconcurso, emplazándolos para que en el plazo de 10 díashábiles presenten la documentación acreditativa de los méri-tos previstos en la convocatoria, adjuntando certificaciones y/o justificantes acreditativos de los mismos. No obstante, en elcaso de que los méritos alegados obren en el Área deRecursos Humanos de la Excma. Diputación Provincial, bas-tará con que se acredite esta circunstancia, y se identifiqueny relacionen con toda claridad en la instancia, que en su casose presente, en el plazo señalado para aportar los méritos.

Una vez baremados los méritos, la Comisión Técnica deValoración expondrá al público la lista de aspirantes con laspuntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concedién-doles un plazo de diez días hábiles para que formulen lasalegaciones que estimen pertinentes en relación con labaremación.

Resueltas las posibles alegaciones, la Comisión Técni-ca de Valoración publicará la relación definitiva de aspirantesaprobados por su orden de puntuación.

Octava.- Calificaciones.I.- Fase de Oposición: cada uno de los ejercicios de la

Fase de Oposición se calificará conforme a lo establecido enla Base Sexta, apartado I.

II.- Fase de Concurso: la valoración de los méritos decada aspirante se obtendrá aplicando las reglas que figuranen la Base Sexta, apartado II.

III.- La calificación definitiva de cada aspirante vendrádeterminada por la suma de las puntuaciones obtenidas enla Fase de Oposición y en la Fase de Concurso.

Novena.- Relación de aprobados y propuesta de nom-bramiento.

I.- Finalizada la calificación, la Comisión Técnica deValoración publicará en el tablón de anuncios de la Corpora-ción la «relación de los aspirantes aprobados», por orden depuntuación, no pudiendo rebasar ésta el número de plazasconvocadas en el Concurso-Oposición.

Cualquier Propuesta de aprobados que contravenga loanteriormente establecido será nula de pleno derecho.

II.- El Presidente de la Comisión Técnica de Valoraciónelevará la «relación de los aspirantes aprobados» a la señoraDiputada del Área de Economía, Hacienda y Recursos Hu-manos de la Corporación con propuesta de nombramientode funcionario de carrera.

No obstante lo anterior, y con el fin de asegurar lacobertura del número de plazas convocadas, cuando seproduzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antesde su nombramiento o toma de posesión, el órganoconvocante podrá requerir del órgano de selección relacióncomplementaria de los aspirantes que sigan a los propues-tos, para su posible nombramiento como funcionario decarrera.

Décima.- Presentación de documentos.I.- En el plazo de 20 días naturales, a contar del de la

publicación de la «relación del aspirante aprobado», a que serefiere la Base anterior, el aspirante que figure en ella deberápresentar los documentos acreditativos de capacidad y re-quisitos exigidos en la Base Segunda, a saber:

1) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad odocumentación que acredite cumplir el requisito de la basesegunda I, a), que se presentarán con el original para sucompulsa.

2) Copia autenticada o fotocopia (acompañada deloriginal para su cotejo) de la Titulación exigida en la convo-catoria, o justificante de haber abonado los derechos para suexpedición. Si estos documentos estuvieran expedidos des-pués de la fecha en que expiró el plazo de presentación deinstancias, se deberá justificar el momento en que concluyólos estudios.

3) Certificado del Registro Central de Penados y Rebel-des, cuyo trámite facilitará el Departamento de Personal dela Excma. Diputación Provincial de Alicante.

4) Declaración de no haber sido separado medianteexpediente disciplinario, del servicio de cualquiera de lasAdministraciones Públicas, así como no hallarse incurso enninguna de las causas de incapacidad específica, conformea la normativa vigente.

5) El Servicio de Prevención de la Excma. DiputaciónProvincial procederá a realizar el reconocimiento médico delos aspirantes aprobados al objeto de determinar la aptitudfísica o psíquica para el desempeño de las plazas objeto deesta convocatoria.

Los aspirantes que tengan la condición de discapacitadodeberán presentar, además, certificación del órgano compe-tente, que acredite tal condición y su capacidad para desem-peñar las tareas que correspondan a las plazas objeto deesta convocatoria.

II.- Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerzamayor, no presentarán la documentación o del examen de lamisma se dedujera que carecen de alguno de los requisitosseñalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados yquedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de laresponsabilidad en que pudieran haber incurrido por false-dad en la solicitud inicial.

III.- Quien tuviere la condición de funcionario público ocontratado en régimen laboral por Organismos Públicos,estará exento de justificar las condiciones y los requisitosexigidos cuando obtuvieron su anterior nombramiento, por loque tendrán que presentar, únicamente, el certificado delMinisterio, Corporación Local u Organismo Público de quedependan, justificativo de su condición, de que cumplen lascondiciones y requisitos señalados en la Base Segunda, sinperjuicio de tener que acreditar aquellos que se exigen y noconsten en su expediente personal.

Undécima.- Nombramiento y toma de posesión.Cumplimentado por el aspirante propuesto lo estableci-

do en la Base anterior y realizados los trámites administrati-vos pertinentes, la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos de la Excma. DiputaciónProvincial efectuará el nombramiento correspondiente, de-biendo el interesado tomar posesión de su cargo en el plazoreglamentario. Si no tomaran posesión en el citado plazo, sincausa justificada, decaerán en su derecho, por caducidaddel nombramiento.

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Duodécima.- Incompatibilidades.Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su

caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en laLey 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidadesdel Personal al servicio de las Administraciones Públicas, ydemás normativa aplicable.

Decimotercera.- Normativa.En todo lo no previsto en las presentes Bases, en lo que

no se oponga a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril,del Estatuto Básico del Empleado Público, se estará a lodispuesto en:

- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local;

- La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para laReforma de la Función Pública;

- El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que seestablecen las reglas básicas y programas mínimos a quedebe ajustarse el procedimiento de selección;

- El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,por el que se aprueba Texto Refundido de las Disposicioneslegales vigentes en materia de Régimen Local;

- El Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley de FunciónPública Valenciana.

- El Decreto 33/1999, de 9 de marzo, de la GeneralitatValenciana, por el que se aprueba el Reglamento de Selec-ción, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administra-tiva del Personal comprendido en el ámbito de aplicación dela Ley de la Función Pública Valenciana.

- El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el quese aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personalal servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional delos Funcionarios Civiles de la Administración General delEstado; y demás disposiciones aplicables y concordantes.

Decimocuarta.- Impugnación.Contra la presente convocatoria y/o sus bases, cuyo

acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podráinterponerse, por los interesados legitimados, potestativamente,en base al artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, recurso de reposición ante laseñora Diputada del Área de Economía, Hacienda y RecursosHumanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguienteal de la publicación del extracto de estas bases en el BoletínOficial del Estado, o bien, interponer directamente recursocontencioso-administrativo ante el Juzgado de este orden deAlicante o bien a su elección, el de la circunscripción de sudomicilio si lo tuviera fuera de Alicante, en el plazo de dos mesesa contar desde la fecha de publicación del referido extracto enel B.O.E. a tenor de lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencio-so-Administrativa advirtiéndole que tales recursos no tienenefecto suspensivo, y ello sin perjuicio de que se pueda ejercitarcualquier otro que estime pertinente.

Anexo.Temario General.1. La constitución española de 1978. Principios Genera-

les. Derechos y Deberes fundamentales de los españoles. ElPoder Legislativo.

2. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.La Generalidad Valenciana. Las Cortes. El Consell. Las compe-tencias. La Administración de Justicia. Economía y Hacienda.

3. El Procedimiento Administrativo: principios genera-les. De los interesados. Fases del Procedimiento administra-tivo general.

4. El régimen local español: disposiciones generales. ElMunicipio: organización y competencias.

5. La Provincia en el régimen local. La DiputaciónProvincial: su composición y competencias. El Pleno Provin-cial, la Junta de Gobierno y las Comisiones Informativas. ElPresidente y los Diputados Provinciales.

6. El personal al servicio de las Corporaciones Locales:tipo de personal, derechos y deberes de los funcionariospúblicos locales.

7. La Prevención de riesgos laborales en la Administra-ción. El Trabajo y la Salud: los riesgos profesionales. Dañosderivados del trabajo. Marco normativo básico en materia deprevención de riesgos laborales. Derechos y deberes básicosen esta materia (Ley 31/1995, Ley 54/2003 y R.D. 39/1997).

8. La gestión de la calidad. La calidad en la Administra-ción Pública.

Temario específico.9. Las Ciencias documentales. El concepto de archivo

y archivística. El principio de procedencia de los fondos.10. Funciones básicas del archivo y del archivero. El

código deontológico.11. El sistema archivístico español.12. El concepto de documento. El documento de archivo.13. El documento electrónico: concepto y característi-

cas. Problemáticas y estrategias para su tratamientoarchivístico. La administración electrónica y su impacto en laarchivística.

14. El control archivístico de los documentos electróni-cos en el contexto internacional: el proyecto Interpares y elMoreq.

15. El ciclo de vida de los documentos. Del documentoadministrativo al documento histórico. El proceso de transfe-rencias.

16. Los documentos administrativos. Tipos. El lenguajeadministrativo. El diseño y normalización de documentos enla Administración Pública.

17. El procedimiento administrativo: el expediente.18. El circuito documental. El registro general de docu-

mentos. La formación de expedientes.19. La gestión documental: condiciones previas para su

implantación. El valor estratégico de los archivos en lasorganizaciones públicas.

20. Niveles de archivo. El archivo de oficina: concepto,funciones y tratamiento documental.

21. Organización de los fondos archivísticos: clasifica-ción, ordenación e instalación.

22. Las agrupaciones documentales o categoríasarchivísticas: fondo, sección, serie y unidad documental. Loscuadros de clasificación de fondos.

23. Identificación y valoración para la selección dedocumentos administrativos. Las comisiones de valoración yselección. El expurgo.

24. La descripción archivística: modelos y normas: laISAD (G) y la ISAAR (CPF).

25. Instrumentos de descripción: guías, inventarios ycatálogos.

26. Técnicas documentales aplicadas a la descripcióndocumental: indización y tesauros. Los tesauros de archivos.

27. Las bases de datos: herramientas de gestión yaplicaciones documentales. Los módulos OPAC. Bases dedatos de la administración pública española.

28. Los archivos en la web: acceso a bases de datos.Algunos ejemplos de sitios Web de archivos españoles.

29. La reprografía: fotocopia, microfilmación,digitalización. Criterios para su aplicación.

30. Legislación española sobre archivos y patrimoniodocumental.

31. Normativa sobre archivos y patrimonio documentalen la Comunidad Valenciana.

32. El derecho de acceso a la documentación pública.Legislación de protección de datos de carácter personal enEspaña.

33. La gestión de la calidad en los archivos públicos. LaNorma ISO 15489. Consideraciones generales.

34. El archivo como centro de conservación. Medidasde prevención y corrección de agentes degradantes.

35. Los archivos de la administración local. Historia ylegislación.

36. El archivo municipal: definición origen y evolución.37. La gestión de archivos de la Diputación de Alicante:

el Archivo de la Diputación y la difusión de sus fondos.38. La gestión de archivos de la Diputación de Alicante.

La colaboración institucional en materia de archivos: el Plande Ayuda a Archivos Municipales y la difusión de sus fondos.

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39. La biblioteca auxiliar del Archivo de la Diputación deAlicante. El sistema de organización de fondos bibliográficosen la institución provincial.

40. La función cultural y educativa de los archivos. Ladifusión. El servicio a la administración y a los ciudadanos.Los nuevos usuarios. Formación de usuarios.

Lo que se hace público para general conocimiento,haciendo saber que contra la presente convocatoria y susbases cabe interponer los recursos contenidos en la BaseDecimocuarta, y que los interesados podrán solicitar lostemas 7 y 8 del Temario Genérico, en la Oficina de informa-ción de esta Corporación, y a través de la página web de lamisma (www.ladipu.com).

Alicante, 21 de agosto de 2008.La Secretaria en funciones, Mª José Argudo Poyatos. El

Presidente accidental, Carlos Manzón Guixot.

*0818064*

ANUNCIO

Por Decreto de la señora Diputada del Área de Econo-mía, Hacienda y Recursos Humanos, número 3.057/2008,de 31 de julio -dictado en virtud de las competencias delega-das por la Presidencia por Decreto número 1.603/2007, de19 de julio-, se aprueba y convoca Concurso-Oposición, paracubrir una plaza de Educador Social, reservada al turno libre,vacante en la Plantilla de esta Excma. Diputación Provincial,dentro de las plazas reservadas a funcionarios de carrera, ycon arreglo a las siguientes:

Bases.Primera.- Plaza objeto de la convocatoria.Es objeto de esta convocatoria la selección, por el

procedimiento de Concurso-Oposición, una plaza de Educa-dor Social, reservada al turno libre, vacante en la Plantilla deesta Excma. Diputación Provincial, dentro de las plazasreservadas a Funcionarios de Carrera, e incluida en lacorrespondiente Oferta de Empleo Público.

Esta plaza está incluida en la Escala de AdministraciónEspecial, Subescala Técnica, Clase Técnico Medio, dotadacon los emolumentos correspondientes al Subgrupo de cla-sificación «A2», del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 deabril, del Estatuto Básico del Empleado Público y demás quecorrespondan de conformidad con la normativa vigente.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.I.- Para poder participar en estas Pruebas Selectivas los

aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:a) Tener la nacionalidad española. También podrán

acceder como personal funcionario en igualdad de condicio-nes que los españoles a los empleos públicos:

a.1) Los nacionales de un Estado miembro de la UniónEuropea o nacionales de aquellos Estados, a los que, envirtud de tratados internacionales celebrados por la UniónEuropea y ratificados por España, sea de aplicación la librecirculación de trabajadores.

a.2) El cónyuge, descendientes y descendientes delcónyuge, de los españoles y de los nacionales de otrosestados miembros de la Unión Europea, siempre que noestén separados de derecho, menores de 21 años o mayoresde dicha edad que vivan a sus expensas.

Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solici-tud la documentación que acredite las condiciones que sealegan.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño delas tareas. La Diputación Provincial de Alicante se reserva elderecho a someter a los aspirantes a cuantas pruebasconsidere pertinentes para evaluar el cumplimiento de esterequisito.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en sucaso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para elacceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disci-plinario del servicio de cualquiera de las AdministracionesPúblicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de

las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitaciónabsoluta o especial para empleos o cargos públicos porresolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala defuncionario, o para ejercer funciones similares a las quedesempeñaban en el caso del personal laboral, en el quehubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de sernacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situa-ción equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplina-ria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismostérminos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del Título de Diplomado en Magis-terio, Educación Social, Trabajo Social o equivalente, o encondiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazode presentación de instancias. En todo caso la equivalenciadeberá ser aportada por el aspirante mediante certificaciónexpedida al efecto por la Administración competente en cadacaso. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extran-jero deberán acreditar que están en posesión de la corres-pondiente convalidación o de la credencial que acredite, ensu caso, la homologación.

II.- De conformidad con lo establecido en el artículo 38.3de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de losMinusválidos, serán admitidas las personas con discapacidaden igualdad de condiciones con los demás aspirantes, todoello condicionado a la capacidad funcional para el desempe-ño de las tareas o funciones propias de esta plaza,acreditándose las condiciones personales de aptitud me-diante dictamen vinculante expedido por el equipomultidisciplinar competente.

A estos efectos conforme establece el artículo 59.2 laLey 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico se adoptarán para las personas con la condición dediscapacitado que lo soliciten, las medidas precisas paraestablecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiemposy medios en el proceso selectivo y, una vez superado dichoproceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a lasnecesidades de la persona con discapacidad. Para ello, losinteresados deberán formular la correspondiente peticiónconcreta, que aportarán junto con la solicitud de participa-ción dentro del plazo de presentación de instancias. Dichapetición deberá estar motivada.

En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán encondiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- Todos los requisitos deberán cumplirse en el último díadel plazo de presentación de instancias y mantenerse durantetodo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuarlas comprobaciones oportunas hasta el nombramiento.

Tercera.- Solicitudes.I.- Quienes deseen tomar parte en el concurso-oposi-

ción, lo solicitarán en instancia dirigida al Iltmo. señor Presi-dente de la Diputación Provincial, en la que deberán manifes-tar que reúnen todas y cada una de las condiciones orequisitos exigidos en la Base Segunda, adjuntando a lainstancia fotocopia del documento Nacional de Identidad. Elmodelo de instancia se facilitará tanto en las dependenciasdel Departamento de Personal como en la Oficina de infor-mación de esta Corporación, y a través de la página web dela misma (www.ladipu.com).

Las personas con discapacidad deberán aportar fotoco-pia de la certificación del órgano competente, que acredite talcondición, así como el tipo y graduación de la misma.

II.- Las Bases de la Convocatoria y Anexos a las mismasse publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) yen el tablón de Anuncios de la Corporación. Un extracto dela Convocatoria se publicará también en el Diario Oficial dela Comunidad Valenciana (D.O.C.V.) y en el Boletín Oficialdel Estado (B.O.E.).

III.- El plazo de presentación de instancias será deveinte días naturales, a contar desde el día siguiente al depublicación del anuncio-extracto de la convocatoria en elB.O.E. En dicho extracto, además de los insertos precisos,se avisará que en el Boletín Oficial de la Provincia sepublicará la resolución aprobatoria de la lista de aspirantesadmitidos y excluidos al Concurso-Oposición, así como lafecha, hora y lugar de inicio de las Pruebas.

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Las instancias y documentación oportunas se presenta-rán en horas hábiles, de lunes a viernes, en el RegistroGeneral de la Excma. Diputación Provincial (calle Tucumán,número 8, de Alicante) o en la forma que determina el artículo38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común.

IV.- Los efectos administrativos de la Convocatoria seproducirán desde la fecha en que se publique en el B.O.E. elextracto referido en los apartados anteriores.

Cuarta.- Admisión de candidatos.Expirado el plazo de presentación de instancias, la

señora Diputada del Área de Economía, Hacienda y Recur-sos Humanos -en virtud de las facultades que le fuerondelegadas por el Iltmo. señor Presidente mediante Decretonúmero 1.603, de 19 de julio de 2007- dictará resolución, enel plazo máximo de un mes, declarando aprobada la listaprovisional de aspirantes admitidos y excluidos, que sepublicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón deanuncios de la Corporación. Contra esta resolución se podrápresentar escrito de subsanación y/o reclamación en el plazode diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Si se presentara escrito de subsanación y/o reclama-ción será aceptado o rechazado en la resolución por la quese apruebe la lista definitiva, que se publicará, asimismo, enlos lugares indicados para la lista provisional. En el caso deque no se presente escrito de subsanación y/o reclamaciónalguna, la lista provisional de aspirantes admitidos y exclui-dos quedará elevada automáticamente a definitiva.

Quinta.- Comisión técnica de valoración.I.- La Comisión Técnica de Valoración, de conformidad

con lo dispuesto en los artículos 55 y 60 de la Ley 7/2007, de12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público serádesignada por la Presidencia de la Corporación, o en sucaso, por quien actúe por delegación de la misma, ajustán-dose a los principios de imparcialidad y profesionalidad desus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entremujer y hombre. La Comisión actuará en todo caso, confor-me a los principios de independencia y discrecionalidadtécnica, y estará integrada por cinco miembros, funcionariosde carrera, de los cuales uno será el Presidente, tres actua-rán como Vocales y asumirá la Secretaría de la Comisión elSecretario General de la Corporación o funcionario en quiendelegue, que actuarán con voz y voto.

El personal de elección o de designación política, losfuncionarios interinos y el personal eventual no podránformar parte de la Comisión Técnica de Valoración.

La pertenencia a la Comisión Técnica de Valoración detodos sus miembros, tanto titulares como suplentes, será atítulo individual, no pudiendo ostentarse ésta en representa-ción o por cuenta de nadie. Igualmente, todos sus miembrosdeberán poseer una titulación igual o superior a la requeridapara el acceso a las plazas convocadas y pertenecer almismo grupo/subgrupo o a grupos/subgrupos superiores, yla mayoría de los miembros pertenecer a la misma área deconocimientos que la exigida para el ingreso.

La designación de los miembros de la Comisión Técnicade Valoración, que incluirá la de los respectivos suplentes, sehará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante,así como en el tablón de anuncios de la Corporación.

II.- La Comisión Técnica de Valoración no podrá cons-tituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de susmiembros -titulares o suplentes- indistintamente. En caso deausencia tanto del Presidente titular como del suplente, laPresidencia la ostentará el miembro de la Comisión Técnicade Valoración de mayor jerarquía, antigüedad y edad, poreste orden.

III.- La Comisión Técnica de Valoración estará facultadapara resolver cualquier duda o incidencia que pudiera surgirdurante la celebración de las pruebas selectivas, y paratomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas parael buen orden y resultado de las mismas.

IV.- A los efectos de comunicaciones, anuncios y demásincidencias, la Comisión Técnica de Valoración, sea cual

fuere el lugar de celebración de las pruebas, tendrá su sedeen el edificio Tucumán de la Excma. Diputación Provincial,calle Tucumán, número 8, de Alicante.

V.- Los miembros de la Comisión Técnica de Valoracióndeberán abstenerse de intervenir cuando concurran lascircunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,notificándolo a la autoridad convocante. Asimismo, los aspi-rantes podrán recusarles en la forma prevista en el artículo29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, deberán abstenerse aquellos que hubieranrealizado tareas de preparación de aspirantes en los cincoaños anteriores a la publicación de esta Convocatoria.

VI.- La Comisión Técnica de Valoración podrá disponerla incorporación a sus trabajos de asesores especialistas,para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores selimitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en baseexclusivamente a las cuales colaborarán con la Comisión ytendrán voz pero no voto. Asimismo podrá acordar la incorpo-ración de colaboradores que ayudarán a la Comisión Técnicade Valoración en la realización de las pruebas. Este personal,a efectos de indemnizaciones por asistencia, estará sujeto ala misma normativa que los vocales de la Comisión.

VII.- Contra los actos de la Comisión Técnica de Valo-ración se podrán interponer los siguientes recursos y recla-maciones:

A.- Contra las propuestas finales de los aspirantesaprobados y, en general, contra los actos de trámite quedeterminen la imposibilidad de continuar el procedimientoselectivo o produzcan indefensión y que no agoten la víaadministrativa, se podrá interponer recurso de alzada enbase al artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, ante la señora Diputada delÁrea de Economía, Hacienda y Recursos Humanos, en elplazo de un mes a contar desde el día siguiente al de sunotificación, o de su publicación en el tablón de anuncios deesta Excma. Diputación Provincial. Transcurridos tres me-ses desde la interposición sin que recaiga resolución, sepodrá entender desestimado el recurso, quedando expeditala vía del recurso contencioso-administrativo, y ello sinperjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que estimepertinente.

B.- Contra los demás actos de trámite los interesadospodrán presentar las reclamaciones y formular las alegacio-nes que estimen pertinentes, ante la Comisión Técnica deValoración en el plazo de diez días a contar desde elsiguiente a la fecha de publicación.

VIII.- La Comisión Técnica de Valoración tendrá lacategoría segunda de las recogidas en el Anexo IV del RealDecreto 462/2002, de 24 de mayo, a efectos del percibo deasistencias en las cuantías vigentes en su momento. Asimis-mo, cuando concurran los supuestos excepcionales delartículo 30.3 del R.D. 462/2002, procederá aplicar los incre-mentos previstos en el citado precepto.

Sexta.- Procedimiento de selección.El procedimiento de selección constará de las siguien-

tes fases: Oposición y Concurso.I.- Fase de Oposición: estará compuesta por los ejerci-

cios que a continuación se indican:Primer ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo

fijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no seráinferior a 35 minutos-, a un cuestionario de 40 preguntas sobreel temario general que figura en el Anexo a esta Convocatoria(temas 1 al 12 ambos inclusive), con cuatro respuestasalternativas de las que sólo una de ellas será la correcta.

Este ejercicio se valorará de 0 a 6 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 3 puntos.

Las contestaciones erróneas se valorarán negativa-mente con una penalización equivalente a un tercio del valorde cada contestación correcta y las contestaciones en blan-co ni puntúan ni penalizan.

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Segundo ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempo

fijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no podráexceder de dos horas-, dos temas elegidos entre tres, extraí-dos al azar por los opositores, del Temario Específico quefigura en el Anexo a esta Convocatoria (temas 13 al 60ambos inclusive).

Este ejercicio se valorará de 0 a 12 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 6 puntos.

La Comisión Técnica de Valoración podrá determinarque se proceda a la lectura pública de este ejercicio,pudiendo dialogar con el aspirante sobre los temas ex-puestos y pedirle cualesquiera otras explicaciones com-plementarias.

Tercer ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos

teórico-prácticos, que propondrá la Comisión Técnica deValoración, durante un tiempo fijado a su prudente arbitrio, yque no podrá exceder de dos horas y treinta minutos, encondiciones de igualdad para todos los aspirantes, relativosa las tareas y cometidos propios de la plaza y al TemarioEspecífico.

Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendoeliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5puntos.

II.- Fase de Concurso.- Los méritos, que la ComisiónTécnica valorará, deberán ser alegados y debidamente jus-tificados por los aspirantes al Concurso-Oposición, en eltiempo otorgado al efecto, en el bien entendido que lo que nose alegue y justifique en tiempo y forma no se tendrá encuenta por la Comisión Técnica de Valoración.

Los méritos a computar son los que a continuación serelacionan, con la puntuación que se indica, y que el aspiran-te deberá autobaremar conforme al modelo de instancia quese facilitará al efecto, tanto en las dependencias del Depar-tamento de Personal como en la oficina de información deesta Corporación, y a través de la página web de la misma(www.ladipu.com):

a) Antigüedad.- Por servicios prestados en cualquierAdministración Pública 0,05 puntos por mes de servicio,hasta un máximo de 3,50 puntos. El tiempo de servicioscomputables se puntuará por meses efectivos completos,despreciándose las fracciones inferiores a un mes, salvocasos de empate.

b) Por experiencia profesional en tareas o cometidos denaturaleza igual a la que se opta, a 0,05 puntos por mes deexperiencia, hasta un máximo de 3,50 puntos. La experien-cia profesional computable se puntuará por meses efectivoscompletos, despreciándose las fracciones inferiores, salvocasos de empate. A estos efectos se facilitará a los oposito-res junto con el modelo de instancia para presentar losméritos, la plantilla en la que se detallen las tareas y funcio-nes que serán objeto de valoración según este apartado.

c) Por estar en posesión de Diplomas por asistencia oaprovechamiento a Cursos de Formación o Perfecciona-miento. Se valorarán, hasta un máximo de 2,50 puntos, losCursos de Formación y Perfeccionamiento que tengan rela-ción directa con las tareas y cometidos propios de la plaza yque hubieren sido convocados u organizados por esta Dipu-tación Provincial, así como por Institutos y Escuelas Oficialesde formación de Funcionarios y personal al servicio de laAdministración, Organizaciones Sindicales, Universidades,INEM, Generalitat Valenciana u otras Comunidades Autóno-mas, Colegios Oficiales u otras entidades de carácter ointerés público.

En todos los casos se valorarán una sola vez los cursosrelativos a una misma materia, aunque se haya repetido suparticipación.

No se valorará, tanto los cursos que no acrediten lashoras de duración como los inferiores a 15 horas lectivas, lospertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado,los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativosa Jornadas, Mesas redondas, Encuentros, Debates, Congre-sos, Seminarios, Simposios o análogos.

La valoración de cada Curso se efectuará en función desu duración con arreglo a la siguiente escala:

- De 15 o más horas: 0,15 puntos.- De 25 o más horas: 0,25 puntos.- De 35 o más horas: 0,35 puntos.- De 50 o más horas: 0,50 puntos.d) Otros méritos.- Se valorarán hasta un máximo de

2,50 puntos, desglosados de la siguiente forma:1).- Se valorará, hasta un máximo de 0,50 puntos, el

conocimiento del Valenciano siempre que se acredite estaren posesión del certificado expedido por la Junta Qualificadorade Coneixements del valencià o equivalente reconocido porla Generalitat Valenciana, con arreglo a la siguiente escala:

- Certificado de Coneixements orals: 0,10 puntos.- Certificado de Grau Elemental: 0,20 puntos.- Certificado de Grau Mitjà: 0,30 puntos.- Certificado de Grau Superior: 0,50 puntos.En caso de poseer más de un certificado de conocimien-

to del valenciano, sólo se valorará el de nivel superior.2).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, el cono-

cimiento de lenguas oficiales de la Unión Europea diferentesde la lengua española, acreditándose documentalmentemediante certificados expedidos por las Escuelas Oficialesde Idiomas o cursos obtenidos en el extranjero, en cuyo casose deberá estar en posesión de la credencial que acredite suhomologación o convalidación, a razón de 0,20 puntos porcurso.

Para la valoración de los idiomas comunitarios, enningún caso se considerarán los cursos superados de idio-mas incluidos en los planes de estudios de Bachiller Elemen-tal, Graduado Escolar, Formación Profesional, Bachiller Su-perior y de estudios universitarios de cualquier nivel.

3).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, la pose-sión de títulos académicos oficiales superiores al exigido enla convocatoria, en el bien entendido que sólo se valorará elde nivel superior.

Serán méritos puntuables en cada concursante, loscontraídos hasta el día de publicación del anuncio-extractode la convocatoria en el B.O.E.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, nipodrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fasede oposición, por lo que solamente se procederá a puntuarel concurso en el caso de haber superado el nivel de aptitudestablecido para todos y cada uno de los ejercicios decarácter eliminatorio de la fase de oposición.

Séptima.- Desarrollo de las pruebas.I.- En la resolución de la señora Diputada del Área de

Economía, Hacienda y Recursos Humanos de la Corpora-ción a que se refiere la Base Cuarta, y que se publicará en elBoletín Oficial de la Provincia, se anunciará, asimismo, eldía, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de laFase de Oposición y los sucesivos anuncios de la presenteconvocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de laCorporación.

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo delsiguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas ymáximo de 45 días naturales.

No obstante, se podrán reducir los plazos indicados enel párrafo anterior si lo propusiera la Comisión Técnica deValoración y aceptaran todos los aspirantes o fuera solicita-do por éstos unánimemente.

Los aspirantes que lo deseen podrán realizar las prue-bas en valenciano, debiendo referirlo expresamente en suinstancia.

II.- Los aspirantes quedarán decaídos en su derechocuando se personen en los lugares de celebración una veziniciadas las pruebas o por la inasistencia a las mismas, auncuando se deba a causas justificadas. Tratándose de prue-bas orales u otras de carácter individual y sucesivo, laComisión Técnica de Valoración podrá apreciar las causasalegadas y admitir al aspirante, siempre y cuando las mismasno hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe elprincipio de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- El orden de actuación de los aspirantes, en elsupuesto de que en algún ejercicio no pudieran actuar

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conjuntamente, vendrá determinado por orden alfabético,iniciándose por aquél cuyo primer apellido comience por laletra surgida del sorteo celebrado al efecto.

La Comisión Técnica de Valoración en la realización delos ejercicios escritos deberá garantizar, siempre que seaposible, el anonimato de los aspirantes.

En cualquier momento la Comisión Técnica de Valora-ción podrá requerir a los aspirantes que acrediten su perso-nalidad.

Los aspirantes deberán observar en todo momento lasinstrucciones de los miembros de la Comisión Técnica o delpersonal ayudante o asesor durante la celebración de laspruebas, en orden al adecuado desarrollo de las mismas.

Durante la realización de los ejercicios, no está permi-tido el uso de teléfonos móviles u otros dispositivos suscep-tibles de almacenar o transmitir información.

Junto con el resultado del último ejercicio de la fase deoposición, la Comisión Técnica de Valoración expondrá alpúblico la relación de aspirantes que, por haber superadotodos los ejercicios eliminatorios deben pasar a la fase deconcurso, emplazándolos para que en el plazo de 10 díashábiles presenten la documentación acreditativa de los mé-ritos previstos en la convocatoria, adjuntando certificacionesy/o justificantes acreditativos de los mismos. No obstante, enel caso de que los méritos alegados obren en el Área deRecursos Humanos de la Excma. Diputación Provincial,bastará con que se acredite esta circunstancia, y se identifi-quen y relacionen con toda claridad en la instancia, que en sucaso se presente, en el plazo señalado para aportar losméritos.

Una vez baremados los méritos, la Comisión Técnica deValoración expondrá al público la lista de aspirantes con laspuntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concedién-doles un plazo de diez días hábiles para que formulen lasalegaciones que estimen pertinentes en relación con labaremación.

Resueltas las posibles alegaciones, la Comisión Técni-ca de Valoración publicará la relación definitiva de aspirantesaprobados por su orden de puntuación.

Octava.- Calificaciones.I.- Fase de Oposición: cada uno de los ejercicios de la

Fase de Oposición se calificará conforme a lo establecido enla Base Sexta, apartado I.

II.- Fase de Concurso: la valoración de los méritos decada aspirante se obtendrá aplicando las reglas que figuranen la Base Sexta, apartado II.

III.- La calificación definitiva de cada aspirante vendrádeterminada por la suma de las puntuaciones obtenidas enla Fase de Oposición y en la Fase de Concurso.

Novena.- Relación de aprobados y propuesta de nom-bramiento.

I.- Finalizada la calificación, la Comisión Técnica deValoración publicará en el tablón de anuncios de la Corpora-ción la «relación de los aspirantes aprobados», por orden depuntuación, no pudiendo rebasar ésta el número de plazasconvocadas en el Concurso-Oposición.

Cualquier Propuesta de aprobados que contravenga loanteriormente establecido será nula de pleno derecho.

II.- El Presidente de la Comisión Técnica de Valoraciónelevará la «relación de los aspirantes aprobados» a la señoraDiputada del Área de Economía, Hacienda y Recursos Hu-manos de la Corporación con propuesta de nombramientode funcionario de carrera.

No obstante lo anterior, y con el fin de asegurar lacobertura del número de plazas convocadas, cuando seproduzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antesde su nombramiento o toma de posesión, el órganoconvocante podrá requerir del órgano de selección relacióncomplementaria de los aspirantes que sigan a los propues-tos, para su posible nombramiento como funcionario decarrera.

Décima.- Presentación de documentos.I.- En el plazo de 20 días naturales, a contar del de la

publicación de la «relación del aspirante aprobado», a que serefiere la Base anterior, el aspirante que figure en ella deberá

presentar los documentos acreditativos de capacidad y re-quisitos exigidos en la Base Segunda, a saber:

1) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad odocumentación que acredite cumplir el requisito de la basesegunda I, a), que se presentarán con el original para sucompulsa.

2) Copia autenticada o fotocopia (acompañada del origi-nal para su cotejo) de la Titulación exigida en la convocatoria,o justificante de haber abonado los derechos para su expedi-ción. Si estos documentos estuvieran expedidos después dela fecha en que expiró el plazo de presentación de instancias,se deberá justificar el momento en que concluyó los estudios.

3) Certificado del Registro Central de Penados y Rebel-des, cuyo trámite facilitará el Departamento de Personal dela Excma. Diputación Provincial de Alicante.

4) Declaración de no haber sido separado medianteexpediente disciplinario, del servicio de cualquiera de lasAdministraciones Públicas, así como no hallarse incurso enninguna de las causas de incapacidad específica, conformea la normativa vigente.

5) El Servicio de Prevención de la Excma. DiputaciónProvincial procederá a realizar el reconocimiento médico delos aspirantes aprobados al objeto de determinar la aptitudfísica o psíquica para el desempeño de las plazas objeto deesta convocatoria.

Los aspirantes que tengan la condición legal deminusválidos deberán presentar, además, certificación delórgano competente, que acredite tal condición y su capaci-dad para desempeñar las tareas que correspondan a lasplazas objeto de esta convocatoria.

II.- Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerzamayor, no presentarán la documentación o del examen de lamisma se dedujera que carecen de alguno de los requisitosseñalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados yquedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de laresponsabilidad en que pudieran haber incurrido por false-dad en la solicitud inicial.

III.- Quien tuviere la condición de funcionario público ocontratado en régimen laboral por Organismos Públicos,estará exento de justificar las condiciones y los requisitosexigidos cuando obtuvieron su anterior nombramiento, por loque tendrán que presentar, únicamente, el certificado delMinisterio, Corporación Local u Organismo Público de quedependan, justificativo de su condición, de que cumplen lascondiciones y requisitos señalados en la Base Segunda, sinperjuicio de tener que acreditar aquellos que se exigen y noconsten en su expediente personal.

Undécima.- Nombramiento y toma de posesión.Cumplimentado por el aspirante propuesto lo estableci-

do en la Base anterior y realizados los trámites administrati-vos pertinentes, la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos de la Excma. DiputaciónProvincial efectuará el nombramiento correspondiente, de-biendo el interesado tomar posesión de su cargo en el plazoreglamentario. Si no tomaran posesión en el citado plazo, sincausa justificada, decaerán en su derecho, por caducidaddel nombramiento.

Duodécima.- Incompatibilidades.Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su

caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en laLey 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidadesdel Personal al servicio de las Administraciones Públicas, ydemás normativa aplicable.

Decimotercera.- Normativa.En todo lo no previsto en las presentes Bases, en lo que

no se oponga a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril,del Estatuto Básico del Empleado Público, se estará a lodispuesto en:

- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local;

- La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para laReforma de la Función Pública;

- El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que seestablecen las reglas básicas y programas mínimos a quedebe ajustarse el procedimiento de selección;

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- El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,por el que se aprueba Texto Refundido de las Disposicioneslegales vigentes en materia de Régimen Local;

- El Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley de FunciónPública Valenciana.

- El Decreto 33/1999, de 9 de marzo, de la GeneralitatValenciana, por el que se aprueba el Reglamento de Selec-ción, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administra-tiva del Personal comprendido en el ámbito de aplicación dela Ley de la Función Pública Valenciana.

- El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el quese aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personalal servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional delos Funcionarios Civiles de la Administración General delEstado; y demás disposiciones aplicables y concordantes.

Decimocuarta.- Impugnación.Contra la presente convocatoria y/o sus bases, cuyo

acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativapodrá interponerse, por los interesados legitimados,potestativamente, en base al artículo 116 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, recursode reposición ante la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos, en el plazo de un mes acontar desde el día siguiente al de la publicación del extractode estas bases en el Boletín Oficial del Estado, o bien,interponer directamente recurso contencioso-administrativoante el Juzgado de este orden de Alicante o bien a suelección, el de la circunscripción de su domicilio si lo tuvierafuera de Alicante, en el plazo de dos meses a contar desdela fecha de publicación del referido extracto en el B.O.E. atenor de lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Admi-nistrativa advirtiéndole que tales recursos no tienen efectosuspensivo, y ello sin perjuicio de que se pueda ejercitarcualquier otro que estime pertinente.

Anexo.Temario General.1.- La Constitución Española de 1978. Estructura y

Principios Fundamentales, Derechos y Deberes: Garantía ySuspensión. Principios rectores de la política social y econó-mica. La Corona.

2.- La Cortes Generales. Composición y Funcionamien-to. Elaboración de Leyes. Leyes Estatales y Autonómicas:relaciones entre el ordenamiento estatal y los ordenamientosautonómicos. Los Tratados Internacionales como normas deDerecho Interno, especial referencia a los Tratados de laComunidad Europea.

3.- El Gobierno y la Administración. Principios Constitu-cionales de la Administración. Relaciones entre el Gobiernoy las Cortes Generales. Órganos de Control dependientes delas Cortes Generales. El Defensor del Pueblo y el Tribunal deCuentas. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional.

4.- Organización Territorial del Estado. Principios Ge-nerales. La Administración del Estado: Organización Centraly Periférica. Las Comunidades Autónomas. Distribución decompetencias.

5.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valencia-na. Estructura y Principios Fundamentales. Competenciasde la Generalitat Valenciana y su desarrollo normativo. LaGeneralitat Valenciana: Las Cortes: Composición, Constitu-ción y Funciones. El Consell: Composición, Atribuciones yFuncionamiento. Otras Instituciones: el Síndico de Agraviosy la Sindicatura de Cuentas.

6.- Las disposiciones y los actos administrativos: requi-sitos, eficacia, nulidad y anulabilidad. El procedimiento admi-nistrativo: sus fases. El silencio administrativo. Revisión delos actos en la vía administrativa.

7.- Los administrados. Los funcionarios públicos: concepto,derechos y deberes. Responsabilidad de las AdministracionesPúblicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio.

8.- Los contratos de las administraciones públicas.Requisitos para contratar con la Administración. De los

pliegos de cláusulas administrativas y prescripciones técni-cas. Los distintos tipos de contratos administrativos. Laextinción de los contratos.

9.- Régimen Local Español. Principios Constitucionalesy Regulación Jurídica. El municipio en el Régimen Local: elAyuntamiento, su composición y competencias. La Provinciaen el Régimen Local: La Diputación Provincial, su composi-ción y competencias.

10.- El Pleno Provincial: composición y atribuciones. ElPresidente: competencias, delegación de las mismas, y susresoluciones. La Junta de Gobierno y las Comisiones Infor-mativas. El presupuesto en las corporaciones locales: prin-cipios presupuestarios, contenido y estructura.

11.- La Prevención de riesgos laborales en la Adminis-tración. El Trabajo y la Salud: los riesgos profesionales.Daños derivados del trabajo. Marco normativo básico enmateria de prevención de riesgos laborales. Derechos ydeberes básicos en esta materia (Ley 31/1995, Ley 54/2003y R.D. 39/1997).

12.- La gestión de la calidad. Las herramientas de lacalidad. La calidad en la Administración Pública.

Temario específico.13.- El derecho a la educación. Fundamentación en el

marco constitucional y legislación básica.14.- La educación infantil en la L.O.E.15.- Principios de intervención educativa en la educa-

ción infantil.16.- El desarrollo evolutivo.17.- El desarrollo psicomotor: Acontecimientos más

importantes de 0 a 3 años.18.- El desarrollo psicomotor: Acontecimientos más

importantes de 3 a 6 años.19.- La maduración psicosocial en la etapa infantil.20.- El desarrollo cognitivo de 0 a 3 años.21.- El desarrollo cognitivo de 3 a 6 años.22.- El desarrollo de la comunicación y el lenguaje en la

etapa infantil.23.- Trastornos y alteraciones del desarrollo.24.- Prevención en las alteraciones del lenguaje en la

etapa infantil.25.- Aprendizajes básicos en la educación infantil26.- Los hábitos; medidas y desarrollo.27.- Principales agentes de socialización. Conflictos en

la vida de grupos.28.- Programas de modificación de conducta.29.- La educación y la expresión corporal.30.- La educación sexual.31.- El menor marginado. Características del niño inter-

no en institución.32.- Función del Centro de Educación Infantil con pobla-

ción de alto riesgo social.33.- Programas de intervención: Intervención indirecta

en el niño a través del medio familiar.34.- Programas de intervención en el niño a través de

familias alternativas.35.- Programas de intervención en el niño desde el

ámbito institucional: Centros de acogida, características yfunciones.

36.- Programas de intervención desde un medioinstitucional: Centros de día.

37 - El educador: Evolución histórica, cualidades, ca-racterísticas del buen educador e incompatibilidades.

38.- El rol del educador en el ámbito institucional.39.- La planificación educativa en instituciones de me-

nores. Elementos que la componen.40.- Atención Temprana. Definición. Objetivo. Niveles

de intervención.41.- Programas de habilidades básicas y hábitos de auto-

nomía en menores con necesidades educativas especiales.42.- Niños con necesidades específicas de apoyo edu-

cativo.43.- La educación en el tiempo libre. Actividades en el

tiempo de ocio.44.- La importancia del juego: Evolución del niño de 0 a

6 años.

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45.- Diversas alteraciones comportamentales en el niño.46.- Problemas comportamentales en el niño: control de

esfínteres, falta de hábitos, miedos y pesadillas.47.- Estrategias educativas para el fomento de la

interculturalidad.48.- Interculturalidad: el respeto a la diferencia y otros

valores.49.- Inserción social de grupos y minorías sociales

marginadas.50.- El trabajo interdisciplinar.51.- Elaboración de informes.52.- Los diferentes agentes de la educación social: edu-

cador especializado, educador social, educador de adultos,animador socio-cultural, maestro, psicólogos y pedagogos.

53.- La Ley de Servicios Sociales de la ComunidadValenciana.

54.- Servicios Sociales generales en la ComunidadValenciana.

55.- Servicios Sociales especializados en la Comuni-dad Valenciana.

56.- El educador como agente de salud.57.- Hábitos y actitudes referidos a la alimentación,

higiene y descanso.58.- Animación socio-cultural y ecuación social para

adultos.59.- Maltrato a menores: Abuso sexual, maltrato físico y

maltrato psicológico.60.- Problemas derivados de la institución en relación a

la infancia.Lo que se hace público para general conocimiento,

haciendo saber que contra la presente convocatoria y susbases cabe interponer los recursos contenidos en la BaseDecimocuarta, y que los interesados podrán solicitar lostemas 11 y 12 del Temario Genérico, en la Oficina deinformación de esta Corporación, y a través de la página webde la misma (www.ladipu.com).

Alicante, 21 de agosto de 2008.La Secretaria en funciones, Mª José Argudo Poyatos. El

Presidente accidental, Carlos Manzón Guixot.

*0818068*

ANUNCIO

Por Decreto de la señora Diputada del Área de Econo-mía, Hacienda y Recursos Humanos, número 3.058/2008,de 31 de julio -dictado en virtud de las competencias delega-das por la Presidencia por Decreto número 1.603/2007, de19 de julio-, se aprueba y convoca Concurso-Oposición, paracubrir tres plazas de Técnico Auxiliar Museo, reservadas alturno libre, vacantes en la Plantilla de esta Excma. Diputa-ción Provincial, dentro de las plazas reservadas a funciona-rios de carrera, y con arreglo a las siguientes:

Bases.Primera.- Plazas objeto de la convocatoria.Es objeto de esta convocatoria la selección, por el proce-

dimiento de Concurso-Oposición de tres plazas de TécnicoAuxiliar de Museo, reservadas al turno libre, vacantes en laPlantilla de esta Excma. Diputación Provincial, dentro de lasplazas reservadas a Funcionarios de Carrera, e incluidas enlas correspondientes Ofertas de Empleo Público.

Estas plazas están incluidas en la Escala de Administra-ción Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Co-metidos Especiales, dotadas con los emolumentos corres-pondientes al Subgrupo de clasificación «C1», del artículo 76de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico delEmpleado Público y demás que correspondan de conformi-dad con la normativa vigente.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.I.- Para poder participar en estas Pruebas Selectivas los

aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:a) Tener la nacionalidad española. También podrán

acceder como personal funcionario en igualdad de condicio-nes que los españoles a los empleos públicos:

a.1) Los nacionales de un Estado miembro de la UniónEuropea o nacionales de aquellos Estados, a los que, envirtud de tratados internacionales celebrados por la UniónEuropea y ratificados por España, sea de aplicación la librecirculación de trabajadores.

a.2) El cónyuge, descendientes y descendientes delcónyuge, de los españoles y de los nacionales de otrosestados miembros de la Unión Europea, siempre que noestén separados de derecho, menores de 21 años o mayoresde dicha edad que vivan a sus expensas.

Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solici-tud la documentación que acredite las condiciones que sealegan.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño delas tareas. La Diputación Provincial de Alicante se reserva elderecho a someter a los aspirantes a cuantas pruebasconsidere pertinentes para evaluar el cumplimiento de esterequisito.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en sucaso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para elacceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disci-plinario del servicio de cualquiera de las AdministracionesPúblicas o de los órganos constitucionales o estatutarios delas Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitaciónabsoluta o especial para empleos o cargos públicos porresolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala defuncionario, o para ejercer funciones similares a las quedesempeñaban en el caso del personal laboral, en el quehubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de sernacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situa-ción equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplina-ria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismostérminos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del Bachiller Superior o equivalen-te, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termineel plazo de presentación de instancias. En todo caso laequivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediantecertificación expedida al efecto por la Administración compe-tente en cada caso. Los aspirantes con titulaciones obteni-das en el extranjero deberán acreditar que están en posesiónde la correspondiente convalidación o de la credencial queacredite, en su caso, la homologación.

II.- De conformidad con lo establecido en el artículo 38.3de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de losMinusválidos, serán admitidas las personas con discapacidaden igualdad de condiciones con los demás aspirantes, todoello condicionado a la capacidad funcional para el desempe-ño de las tareas o funciones propias de esta plaza,acreditándose las condiciones personales de aptitud me-diante dictamen vinculante expedido por el equipomultidisciplinar competente.

A estos efectos conforme establece el artículo 59.2 laLey 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico se adoptarán para las personas con discapacidadque lo soliciten, las medidas precisas para establecer lasadaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios enel proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, lasadaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de lapersona con discapacidad. Para ello, los interesados debe-rán formular la correspondiente petición concreta, que apor-tarán junto con la solicitud de participación dentro del plazode presentación de instancias. Dicha petición deberá estarmotivada.

En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán encondiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- Todos los requisitos deberán cumplirse en el último díadel plazo de presentación de instancias y mantenerse durantetodo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuarlas comprobaciones oportunas hasta el nombramiento.

Tercera.- Solicitudes.I.- Quienes deseen tomar parte en el concurso-oposi-

ción, lo solicitarán en instancia dirigida al Iltmo. señor Presi-dente de la Diputación Provincial, en la que deberán manifes-tar que reúnen todas y cada una de las condiciones o

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requisitos exigidos en la Base Segunda, adjuntando a lainstancia fotocopia del documento Nacional de Identidad. Elmodelo de instancia se facilitará tanto en las dependenciasdel Departamento de Personal como en la Oficina de infor-mación de esta Corporación, y a través de la página web dela misma (www.ladipu.com).

Las personas con discapacidad deberán aportar fotoco-pia de la certificación del órgano competente, que acredite talcondición, así como el tipo y graduación de la misma.

II.- Las Bases de la Convocatoria y Anexos a las mismasse publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) yen el tablón de Anuncios de la Corporación. Un extracto dela Convocatoria se publicará también en el Diario Oficial dela Comunidad Valenciana (D.O.C.V.) y en el Boletín Oficialdel Estado (B.O.E.).

III.- El plazo de presentación de instancias será deveinte días naturales, a contar desde el día siguiente al depublicación del anuncio-extracto de la convocatoria en elB.O.E. En dicho extracto, además de los insertos precisos,se avisará que en el Boletín Oficial de la Provincia sepublicará la resolución aprobatoria de la lista de aspirantesadmitidos y excluidos al Concurso-Oposición, así como lafecha, hora y lugar de inicio de las Pruebas.

Las instancias y documentación oportunas se presenta-rán en horas hábiles, de lunes a viernes, en el RegistroGeneral de la Excma. Diputación Provincial (calle Tucumán,número 8, de Alicante) o en la forma que determina el artículo38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común.

IV.- Los efectos administrativos de la Convocatoria seproducirán desde la fecha en que se publique en el B.O.E. elextracto referido en los apartados anteriores.

Cuarta.- Admisión de candidatos.Expirado el plazo de presentación de instancias, la

señora Diputada del Área de Economía, Hacienda y Recur-sos Humanos -en virtud de las facultades que le fuerondelegadas por el Iltmo. señor Presidente mediante Decretonúmero 1.603, de 19 de julio de 2007- dictará resolución, enel plazo máximo de un mes, declarando aprobada la listaprovisional de aspirantes admitidos y excluidos, que sepublicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón deanuncios de la Corporación. Contra esta resolución se podrápresentar escrito de subsanación y/o reclamación en el plazode diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Si se presentara escrito de subsanación y/o reclama-ción será aceptado o rechazado en la resolución por la quese apruebe la lista definitiva, que se publicará, asimismo, enlos lugares indicados para la lista provisional. En el caso deque no se presente escrito de subsanación y/o reclamaciónalguna, la lista provisional de aspirantes admitidos y exclui-dos quedará elevada automáticamente a definitiva.

Quinta.- Comisión técnica de valoración.I.- La Comisión Técnica de Valoración, de conformidad

con lo dispuesto en los artículos 55 y 60 de la Ley 7/2007, de12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público serádesignada por la Presidencia de la Corporación, o en sucaso, por quien actúe por delegación de la misma, ajustán-dose a los principios de imparcialidad y profesionalidad desus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entremujer y hombre. La Comisión actuará en todo caso, confor-me a los principios de independencia y discrecionalidadtécnica, y estará integrada por cinco miembros, funcionariosde carrera, de los cuales uno será el Presidente, tres actua-rán como Vocales y asumirá la Secretaría de la Comisión elSecretario General de la Corporación o funcionario en quiendelegue, que actuarán con voz y voto.

El personal de elección o de designación política, losfuncionarios interinos y el personal eventual no podránformar parte de la Comisión Técnica de Valoración.

La pertenencia a la Comisión Técnica de Valoración detodos sus miembros, tanto titulares como suplentes, será atítulo individual, no pudiendo ostentarse ésta en representa-ción o por cuenta de nadie. Igualmente, todos sus miembros

deberán poseer una titulación igual o superior a la requeridapara el acceso a las plazas convocadas y pertenecer almismo grupo/subgrupo o a grupos/subgrupos superiores, yla mayoría de los miembros pertenecer a la misma área deconocimientos que la exigida para el ingreso.

La designación de los miembros de la Comisión Técnicade Valoración, que incluirá la de los respectivos suplentes, sehará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante,así como en el tablón de anuncios de la Corporación.

II.- La Comisión Técnica de Valoración no podrá cons-tituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de susmiembros -titulares o suplentes- indistintamente. En caso deausencia tanto del Presidente titular como del suplente, laPresidencia la ostentará el miembro de la Comisión Técnicade Valoración de mayor jerarquía, antigüedad y edad, poreste orden.

III.- La Comisión Técnica de Valoración estará facultadapara resolver cualquier duda o incidencia que pudiera surgirdurante la celebración de las pruebas selectivas, y paratomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas parael buen orden y resultado de las mismas.

IV.- A los efectos de comunicaciones, anuncios y demásincidencias, la Comisión Técnica de Valoración, sea cualfuere el lugar de celebración de las pruebas, tendrá su sedeen el edificio Tucumán de la Excma. Diputación Provincial,calle Tucumán, número 8, de Alicante.

V.- Los miembros de la Comisión Técnica de Valoracióndeberán abstenerse de intervenir cuando concurran lascircunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,notificándolo a la autoridad convocante. Asimismo, los aspi-rantes podrán recusarles en la forma prevista en el artículo29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, deberán abstenerse aquellos que hubieranrealizado tareas de preparación de aspirantes en los cincoaños anteriores a la publicación de esta Convocatoria.

VI.- La Comisión Técnica de Valoración podrá disponerla incorporación a sus trabajos de asesores especialistas,para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores selimitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en baseexclusivamente a las cuales colaborarán con la Comisión ytendrán voz pero no voto. Asimismo podrá acordar la incorpo-ración de colaboradores que ayudarán a la Comisión Técnicade Valoración en la realización de las pruebas. Este personal,a efectos de indemnizaciones por asistencia, estará sujeto ala misma normativa que los vocales de la Comisión.

VII.- Contra los actos de la Comisión Técnica de Valo-ración se podrán interponer los siguientes recursos y recla-maciones:

A.- Contra las propuestas finales de los aspirantesaprobados y, en general, contra los actos de trámite quedeterminen la imposibilidad de continuar el procedimientoselectivo o produzcan indefensión y que no agoten la víaadministrativa, se podrá interponer recurso de alzada enbase al artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, ante la señora Diputada delÁrea de Economía, Hacienda y Recursos Humanos, en elplazo de un mes a contar desde el día siguiente al de sunotificación, o de su publicación en el tablón de anuncios deesta Excma. Diputación Provincial. Transcurridos tres me-ses desde la interposición sin que recaiga resolución, sepodrá entender desestimado el recurso, quedando expeditala vía del recurso contencioso-administrativo, y ello sinperjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que estimepertinente.

B.- Contra los demás actos de trámite los interesadospodrán presentar las reclamaciones y formular las alegacio-nes que estimen pertinentes, ante la Comisión Técnica deValoración en el plazo de diez días a contar desde elsiguiente a la fecha de publicación.

VIII.- La Comisión Técnica de Valoración tendrá lacategoría Segunda de las recogidas en el Anexo IV del RealDecreto 462/2002, de 24 de mayo, a efectos del percibo de

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asistencias en las cuantías vigentes en su momento. Asimis-mo, cuando concurran los supuestos excepcionales delartículo 30.3 del R.D. 462/2002, procederá aplicar los incre-mentos previstos en el citado precepto.

Sexta.- Procedimiento de selección.El procedimiento de selección constará de las siguien-

tes fases: Oposición y Concurso.I.- Fase de Oposición: estará compuesta por los ejerci-

cios que a continuación se indican:Primer ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo

fijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no seráinferior a 35 minutos-, a un cuestionario de 40 preguntas sobreel temario general que figura en el Anexo a esta Convocatoria(temas 1 al 8 ambos inclusive), con cuatro respuestas alterna-tivas de las que sólo una de ellas será la correcta.

Este ejercicio se valorará de 0 a 6 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 3 puntos.

Las contestaciones erróneas se valorarán negativa-mente con una penalización equivalente a un tercio del valorde cada contestación correcta y las contestaciones en blan-co ni puntúan ni penalizan.

Segundo ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempo

fijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no podráexceder de dos horas-, dos temas elegidos entre tres, extraí-dos al azar por los opositores, del Temario Específico quefigura en el Anexo a esta Convocatoria (temas 9 al 40 ambosinclusive).

Este ejercicio se valorará de 0 a 12 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 6 puntos.

La Comisión Técnica de Valoración podrá determinarque se proceda a la lectura pública de este ejercicio, pudien-do dialogar con el aspirante sobre los temas expuestos ypedirle cualesquiera otras explicaciones complementarias.

Tercer ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos

teórico-prácticos, que propondrá la Comisión Técnica deValoración, durante un tiempo fijado a su prudente arbitrio, yque no podrá exceder de dos horas y treinta minutos, encondiciones de igualdad para todos los aspirantes, relativosa las tareas y cometidos propios de la plaza y al TemarioEspecífico.

Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendo elimi-nados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

II.- Fase de Concurso.- Los méritos, que la ComisiónTécnica valorará, deberán ser alegados y debidamente jus-tificados por los aspirantes al Concurso-Oposición, en eltiempo otorgado al efecto, en el bien entendido que lo que nose alegue y justifique en tiempo y forma no se tendrá encuenta por la Comisión Técnica de Valoración.

Los méritos a computar son los que a continuación serelacionan, con la puntuación que se indica, y que el aspiran-te deberá autobaremar conforme al modelo de instancia quese facilitará al efecto, tanto en las dependencias del Depar-tamento de Personal como en la oficina de información deesta Corporación, y a través de la página web de la misma(www.ladipu.com):

a) Antigüedad.- Por servicios prestados en cualquierAdministración Pública 0,05 puntos por mes de servicio,hasta un máximo de 3,50 puntos. El tiempo de servicioscomputables se puntuará por meses efectivos completos,despreciándose las fracciones inferiores a un mes, salvocasos de empate.

b) Por experiencia profesional en tareas o cometidos denaturaleza igual a la que se opta, a 0,05 puntos por mes deexperiencia, hasta un máximo de 3,50 puntos. La experien-cia profesional computable se puntuará por meses efectivoscompletos, despreciándose las fracciones inferiores, salvocasos de empate. A estos efectos se facilitará a los oposito-res junto con el modelo de instancia para presentar losméritos, la plantilla en la que se detallen las tareas y funcio-nes que serán objeto de valoración según este apartado.

c) Por estar en posesión de Diplomas por asistencia oaprovechamiento a Cursos de Formación o Perfecciona-miento. Se valorarán, hasta un máximo de 2,50 puntos, losCursos de Formación y Perfeccionamiento que tengan rela-ción directa con las tareas y cometidos propios de la plaza yque hubieren sido convocados u organizados por esta Dipu-tación Provincial, así como por Institutos y Escuelas Oficialesde formación de Funcionarios y personal al servicio de laAdministración, Organizaciones Sindicales, Universidades,INEM, Generalitat Valenciana u otras Comunidades Autóno-mas, Colegios Oficiales u otras entidades de carácter ointerés público.

En todos los casos se valorarán una sola vez los cursosrelativos a una misma materia, aunque se haya repetido suparticipación.

No se valorará, tanto los cursos que no acrediten lashoras de duración como los inferiores a 15 horas lectivas, lospertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado,los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativosa Jornadas, Mesas redondas, Encuentros, Debates, Congre-sos, Seminarios, Simposios o análogos.

La valoración de cada Curso se efectuará en función desu duración con arreglo a la siguiente escala:

- De 15 o más horas: 0,15 puntos.- De 25 o más horas: 0,25 puntos.- De 35 o más horas: 0,35 puntos.- De 50 o más horas: 0,50 puntos.d) Otros méritos.- Se valorarán hasta un máximo de

2,50 puntos, desglosados de la siguiente forma:1).- Se valorará, hasta un máximo de 0,50 puntos, el

conocimiento del Valenciano siempre que se acredite estaren posesión del certificado expedido por la Junta Qualificadorade Coneixements del valencià o equivalente reconocido porla Generalitat Valenciana, con arreglo a la siguiente escala:

- Certificado de Coneixements orals: 0,10 puntos.- Certificado de Grau Elemental: 0,20 puntos.- Certificado de Grau Mitjà: 0,30 puntos.- Certificado de Grau Superior: 0,50 puntos.En caso de poseer más de un certificado de conocimien-

to del valenciano, sólo se valorará el de nivel superior.2).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, el cono-

cimiento de lenguas oficiales de la Unión Europea diferentesde la lengua española, acreditándose documentalmentemediante certificados expedidos por las Escuelas Oficialesde Idiomas o cursos obtenidos en el extranjero, en cuyo casose deberá estar en posesión de La credencial que acredite suhomologación o convalidación, a razón de 0,20 puntos porcurso.

Para la valoración de los idiomas comunitarios, enningún caso se considerarán los cursos superados de idio-mas incluidos en los planes de estudios de Bachiller Elemen-tal, Graduado Escolar, Formación Profesional, Bachiller Su-perior y de estudios universitarios de cualquier nivel.

3).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, la pose-sión de títulos académicos oficiales superiores al exigido enla convocatoria, en el bien entendido que sólo se valorará elde nivel superior.

Serán méritos puntuables en cada concursante, loscontraídos hasta el día de publicación del anuncio-extractode la convocatoria en el B.O.E.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, nipodrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fasede oposición, por lo que solamente se procederá a puntuarel concurso en el caso de haber superado el nivel de aptitudestablecido para todos y cada uno de los ejercicios decarácter eliminatorio de la fase de oposición.

Séptima.- Desarrollo de las pruebas.I.- En la resolución de la señora Diputada del Área de

Economía, Hacienda y Recursos Humanos de la Corpora-ción a que se refiere la Base Cuarta, y que se publicará en elBoletín Oficial de la Provincia, se anunciará, asimismo, eldía, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de laFase de Oposición y los sucesivos anuncios de la presenteconvocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de laCorporación.

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Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo delsiguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas ymáximo de 45 días naturales.

No obstante, se podrán reducir los plazos indicados enel párrafo anterior si lo propusiera la Comisión Técnica deValoración y aceptaran todos los aspirantes o fuera solicita-do por éstos unánimemente.

Los aspirantes que lo deseen podrán realizar las prue-bas en valenciano, debiendo referirlo expresamente en suinstancia.

II.- Los aspirantes quedarán decaídos en su derechocuando se personen en los lugares de celebración una veziniciadas las pruebas o por la inasistencia a las mismas, auncuando se deba a causas justificadas. Tratándose de prue-bas orales u otras de carácter individual y sucesivo, laComisión Técnica de Valoración podrá apreciar las causasalegadas y admitir al aspirante, siempre y cuando las mismasno hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe elprincipio de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- El orden de actuación de los aspirantes, en elsupuesto de que en algún ejercicio no pudieran actuarconjuntamente, vendrá determinado por orden alfabético,iniciándose por aquél cuyo primer apellido comience por laletra surgida del sorteo celebrado al efecto.

La Comisión Técnica de Valoración en la realización delos ejercicios escritos deberá garantizar, siempre que seaposible, el anonimato de los aspirantes.

En cualquier momento la Comisión Técnica de Valoraciónpodrá requerir a los aspirantes que acrediten su personalidad.

Los aspirantes deberán observar en todo momento lasinstrucciones de los miembros de la Comisión Técnica o delpersonal ayudante o asesor durante la celebración de laspruebas, en orden al adecuado desarrollo de las mismas.

Durante la realización de los ejercicios, no está permi-tido el uso de teléfonos móviles u otros dispositivos suscep-tibles de almacenar o transmitir información.

Junto con el resultado del último ejercicio de la fase deoposición, la Comisión Técnica de Valoración expondrá alpúblico la relación de aspirantes que, por haber superadotodos los ejercicios eliminatorios deben pasar a la fase deconcurso, emplazándolos para que en el plazo de 10 díashábiles presenten la documentación acreditativa de los méri-tos previstos en la convocatoria, adjuntando certificaciones y/o justificantes acreditativos de los mismos. No obstante, en elcaso de que los méritos alegados obren en el Área deRecursos Humanos de la Excma. Diputación Provincial, bas-tará con que se acredite esta circunstancia, y se identifiqueny relacionen con toda claridad en la instancia, que en su casose presente, en el plazo señalado para aportar los méritos.

Una vez baremados los méritos, la Comisión Técnica deValoración expondrá al público la lista de aspirantes con laspuntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concedién-doles un plazo de diez días hábiles para que formulen lasalegaciones que estimen pertinentes en relación con labaremación.

Resueltas las posibles alegaciones, la Comisión Técni-ca de Valoración publicará la relación definitiva de aspirantesaprobados por su orden de puntuación.

Octava.- Calificaciones.I.- Fase de Oposición: cada uno de los ejercicios de la

Fase de Oposición se calificará conforme a lo establecido enla Base Sexta, apartado I.

II.- Fase de Concurso: la valoración de los méritos decada aspirante se obtendrá aplicando las reglas que figuranen la Base Sexta, apartado II.

III.- La calificación definitiva de cada aspirante vendrádeterminada por la suma de las puntuaciones obtenidas enla Fase de Oposición y en la Fase de Concurso.

Novena.- Relación de aprobados y propuesta de nom-bramiento.

I.- Finalizada la calificación, la Comisión Técnica deValoración publicará en el tablón de anuncios de la Corpora-ción la «relación de los aspirantes aprobados», por orden depuntuación, no pudiendo rebasar ésta el número de plazasconvocadas en el Concurso-Oposición.

Cualquier Propuesta de aprobados que contravenga loanteriormente establecido será nula de pleno derecho.

II.- El Presidente de la Comisión Técnica de Valoraciónelevará la «relación de los aspirantes aprobados» a la señoraDiputada del Área de Economía, Hacienda y Recursos Hu-manos de la Corporación con propuesta de nombramientode funcionario de carrera.

No obstante lo anterior, y con el fin de asegurar lacobertura del número de plazas convocadas, cuando seproduzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antesde su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocantepodrá requerir del órgano de selección relación complemen-taria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para suposible nombramiento como funcionario de carrera.

Décima.- Presentación de documentos.I.- En el plazo de 20 días naturales, a contar del de la

publicación de la «relación del aspirante aprobado», a que serefiere la Base anterior, el aspirante que figure en ella deberápresentar los documentos acreditativos de capacidad y re-quisitos exigidos en la Base Segunda, a saber:

1) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad odocumentación que acredite cumplir el requisito de la basesegunda I, a), que se presentarán con el original para sucompulsa.

2) Copia autenticada o fotocopia (acompañada del origi-nal para su cotejo) de la Titulación exigida en la convocatoria,o justificante de haber abonado los derechos para su expedi-ción. Si estos documentos estuvieran expedidos después dela fecha en que expiró el plazo de presentación de instancias,se deberá justificar el momento en que concluyó los estudios.

3) Certificado del Registro Central de Penados y Rebel-des, cuyo trámite facilitará el Departamento de Personal dela Excma. Diputación Provincial de Alicante.

4) Declaración de no haber sido separado medianteexpediente disciplinario, del servicio de cualquiera de lasAdministraciones Públicas, así como no hallarse incurso enninguna de las causas de incapacidad específica, conformea la normativa vigente.

5) El Servicio de Prevención de la Excma. DiputaciónProvincial procederá a realizar el reconocimiento médico delos aspirantes aprobados al objeto de determinar la aptitudfísica o psíquica para el desempeño de las plazas objeto deesta convocatoria.

Los aspirantes que tengan la condición legal deminusválidos deberán presentar, además, certificación delórgano competente, que acredite tal condición y su capaci-dad para desempeñar las tareas que correspondan a lasplazas objeto de esta convocatoria.

II.- Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerzamayor, no presentarán la documentación o del examen de lamisma se dedujera que carecen de alguno de los requisitosseñalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados yquedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de laresponsabilidad en que pudieran haber incurrido por false-dad en la solicitud inicial.

III.- Quien tuviere la condición de funcionario público ocontratado en régimen laboral por Organismos Públicos,estará exento de justificar las condiciones y los requisitosexigidos cuando obtuvieron su anterior nombramiento, por loque tendrán que presentar, únicamente, el certificado delMinisterio, Corporación Local u Organismo Público de quedependan, justificativo de su condición, de que cumplen lascondiciones y requisitos señalados en la Base Segunda, sinperjuicio de tener que acreditar aquellos que se exigen y noconsten en su expediente personal.

Undécima.- Nombramiento y toma de posesión.Cumplimentado por el aspirante propuesto lo estableci-

do en la Base anterior y realizados los trámites administrati-vos pertinentes, la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos de la Excma. DiputaciónProvincial efectuará el nombramiento correspondiente, de-biendo el interesado tomar posesión de su cargo en el plazoreglamentario. Si no tomaran posesión en el citado plazo, sincausa justificada, decaerán en su derecho, por caducidaddel nombramiento.

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Duodécima.- Incompatibilidades.Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su

caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en laLey 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidadesdel Personal al servicio de las Administraciones Públicas, ydemás normativa aplicable.

Decimotercera.- Normativa.En todo lo no previsto en las presentes Bases, en lo que

no se oponga a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril,del Estatuto Básico del Empleado Público, se estará a lodispuesto en:

- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local;

- La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para laReforma de la Función Pública;

- El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que seestablecen las reglas básicas y programas mínimos a quedebe ajustarse el procedimiento de selección;

- El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,por el que se aprueba Texto Refundido de las Disposicioneslegales vigentes en materia de Régimen Local;

- El Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley de FunciónPública Valenciana.

- El Decreto 33/1999, de 9 de marzo, de la GeneralitatValenciana, por el que se aprueba el Reglamento de Selec-ción, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administra-tiva del Personal comprendido en el ámbito de aplicación dela Ley de la Función Pública Valenciana.

- El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el quese aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personalal servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional delos Funcionarios Civiles de la Administración General delEstado; y demás disposiciones aplicables y concordantes.

Decimocuarta.- Impugnación.Contra la presente convocatoria y/o sus bases, cuyo

acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podráinterponerse, por los interesados legitimados, potestativamente,en base al artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, recurso de reposición ante laseñora Diputada del Área de Economía, Hacienda y RecursosHumanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguienteal de la publicación del extracto de estas bases en el BoletínOficial del Estado, o bien, interponer directamente recursocontencioso-administrativo ante el Juzgado de este orden deAlicante o bien a su elección, el de la circunscripción de sudomicilio si lo tuviera fuera de Alicante, en el plazo de dos mesesa contar desde la fecha de publicación del referido extracto enel B.O.E. a tenor de lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencio-so-Administrativa advirtiéndole que tales recursos no tienenefecto suspensivo, y ello sin perjuicio de que se pueda ejercitarcualquier otro que estime pertinente.

Anexo.Temario General.1.- La constitución española de 1978. Principios Gene-

rales. Derechos y Deberes fundamentales de los españoles.El Poder Legislativo.

2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.La Generalidad Valenciana. Las Cortes. El Consell. Las compe-tencias. La Administración de Justicia. Economía y Hacienda.

3.- El Procedimiento Administrativo: principios genera-les. De los interesados. Fases del Procedimiento administra-tivo general.

4.- El régimen local español: disposiciones generales.El Municipio: organización y competencias.

5.- La Provincia en el régimen local. La DiputaciónProvincial: su composición y competencias. El Pleno Provin-cial, la Junta de Gobierno y las Comisiones Informativas. ElPresidente y los Diputados Provinciales.

6.- El personal al servicio de las Corporaciones Locales:tipo de personal, derechos y deberes de los funcionariospúblicos locales.

7.- La Prevención de riesgos laborales en la Administra-ción. El Trabajo y la Salud: los riesgos profesionales. Dañosderivados del trabajo. Marco normativo básico en materia deprevención de riesgos laborales. Derechos y deberes básicosen esta materia (Ley 31/1995, Ley 54/2003 y R.D. 39/1997).

8.- La gestión de la calidad. La calidad en la Administra-ción Pública.

Temario específico.9.- Definición y concepto de Museo. La Museología y la

Museografía: sus objetivos.10.- Museos y Museología. La proyección cultural de los

museos.11.- Tipología de museos según sus contenidos y su

ubicación.12.- El Museo según la legislación vigente. Funciones y

competencias.13.- El inventario y clasificación en los museos. El

Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano.14.-Seguridad y medidas preventivas para la conserva-

ción en los museos.15.- Difusión y acción cultural del Museo. El Museo y el

público. Museo y sociedad.16.- Organización y gestión de los fondos de los almace-

nes de los museos. Los depósitos de museos arqueológicos.17.- Las excavaciones arqueológicas según la legisla-

ción vigente.18.- Los depósitos de fondos arqueológicos, históricos

y artísticos, según la legislación vigente.19.- La legislación española y autonómica valenciana

sobre la conservación del patrimonio histórico español.20.- Categoría de protección y régimen de los bienes

según la legislación vigente.21.- Museos y Colecciones Museográficas con conteni-

do arqueológico de la provincia de Alicante.22.- Museos y Colecciones Museográficas con conteni-

do etnológico de la provincia de Alicante.23.- Historia del Museo Arqueológico Provincial de

Alicante.24.- El MARQ. El nuevo Museo Arqueológico Provincial

de Alicante.25.- Síntesis de los fondos de Arqueología que conser-

va el Museo Arqueológico Provincial de Alicante.26.-Síntesis de los fondos numismáticos que conserva

el Museo Arqueológico Provincial de Alicante.27.- Síntesis de los fondos de colecciones suntuarias

que conserva el Museo Arqueológico Provincial de Alicante.28.- Síntesis de la Prehistoria en la provincia de Alicante.29.- Objetos del Paleolítico y Epipaleolítico de la provin-

cia de Alicante.30.- Elementos de la cultura material del Neolítico en la

provincia de Alicante.31.- Útiles y adornos metálicos de cronología prehistó-

rica en la provincia de Alicante.32.- Síntesis de la Arqueología Ibérica y Romana en la

provincia de Alicante.33.- La cultura material ibérica en la provincia de Alicante.34.- La cultura material romana en la provincia de

Alicante.35.- La colección arqueológica ibérica y romana en el

Museo Arqueológico Provincial de Alicante.36.- La cultura material de época islámica en la provin-

cia de Alicante.37.- La cultura material bajomedieval y moderna en la

provincia de Alicante.38.- La colección arqueológica de época islámica del

Museo Arqueológico Provincial de Alicante.39.- Las colecciones de cerámica popular valenciana

del Museo Arqueológico Provincial de Alicante.40.- El MARQ y la puesta en valor del Patrimonio

Arqueológico: los yacimientos del Pla de Petracos, la Illetadels Banyets y el Tossal de Manises.

Lo que se hace público para general conocimiento,haciendo saber que contra la presente convocatoria y susbases cabe interponer los recursos contenidos en la BaseDecimocuarta, y que los interesados podrán solicitar los

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temas 7 y 8 del Temario Genérico, en la Oficina de informa-ción de esta Corporación, y a través de la página web de lamisma (www.ladipu.com).

Alicante, 21 de agosto de 2008.La Secretaria en funciones, Mª José Argudo Poyatos. El

Presidente accidental, Carlos Manzón Guixot.

*0818070*

ANUNCIO

Por Decreto de la señora Diputada del Área de Econo-mía, Hacienda y Recursos Humanos, número 3.059/2008,de 31 de julio -dictado en virtud de las competencias delega-das por la Presidencia por Decreto número 1.603/2007, de19 de julio-, se aprueba y convoca Concurso-Oposición, paracubrir veintinueve plazas de Administrativo de Administra-ción General, reservadas a promoción interna, vacantes enla Plantilla de esta Excma. Diputación Provincial, dentro delas plazas reservadas a funcionarios de carrera, y conarreglo a las siguientes:

Bases.Primera.- Plazas objeto de la convocatoria.Es objeto de la presente convocatoria la selección, por

el procedimiento de Concurso-Oposición, de veintinueveplazas de Administrativo de Administración General, reser-vadas al turno de promoción interna, vacantes en la Plantillade esta Excma. Diputación Provincial, dentro de las plazasreservadas a Funcionarios de Carrera, e incluidas en lascorrespondientes Ofertas de Empleo Público.

Estas plazas están incluidas en la Escala de Administra-ción General, Subescala Administrativa, dotada con losemolumentos correspondientes al Subgrupo de clasificación«C1», del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, delEstatuto Básico del Empleado Público y demás que corres-pondan de conformidad con la normativa vigente.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.I.- Para poder participar en estas Pruebas Selectivas los

aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:a) Estar en posesión del Título de Bachiller Superior o

equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha enque termine el plazo de presentación de instancias, o alter-nativamente poseer una antigüedad de diez años en elSubgrupo de clasificación «C2», del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico,o de cinco años y la superación de un curso especí-fico de formación. En todo caso la equivalencia deberá seraportada por el aspirante mediante certificación expedida alefecto por la Administración competente en cada caso. Losaspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero debe-rán acreditar que están en posesión de la correspondienteconvalidación o de la credencial que acredite, en su caso, lahomologación.

b) Estar ocupando plaza como Funcionario de Carreraen la Excma. Diputación Provincial de Alicante y estar encua-drado en el Grupo de Clasificación C2, con una antigüedadmínima de dos años como funcionario de carrera, en elGrupo, Escala o Categoría a que pertenece en situación deservicio activo o de excedencia voluntaria por desempeño deotro puesto de trabajo en la Excma. Diputación Provincial deAlicante, por mejora de empleo.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de lastareas. La Diputación Provincial de Alicante se reserva elderecho a someter a los aspirantes a cuantas pruebas conside-re pertinentes para evaluar el cumplimiento de este requisito.

II.- De conformidad con lo establecido en el artículo 38.3de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de losMinusválidos, serán admitidas las personas con discapacidaden igualdad de condiciones con los demás aspirantes, todoello condicionado a la capacidad funcional para el desempe-ño de las tareas o funciones propias de esta plaza,acreditándose las condiciones personales de aptitud me-diante dictamen vinculante expedido por el equipomultidisciplinar competente.

A estos efectos conforme establece el artículo 59.2 laLey 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico se adoptarán para las personas con la condición dediscapacitado que lo soliciten, las medidas precisas paraestablecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiemposy medios en el proceso selectivo y, una vez superado dichoproceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a lasnecesidades de la persona con discapacidad. Para ello, losinteresados deberán formular la correspondiente peticiónconcreta, que aportarán junto con la solicitud de participa-ción dentro del plazo de presentación de instancias. Dichapetición deberá estar motivada.

En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán encondiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- Todos los requisitos deberán cumplirse en el último díadel plazo de presentación de instancias y mantenerse durantetodo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuarlas comprobaciones oportunas hasta el nombramiento.

Tercera.- Solicitudes.I.- Quienes deseen tomar parte en el concurso-oposi-

ción, lo solicitarán en instancia dirigida al Iltmo. señor Presi-dente de la Diputación Provincial, en la que deberán manifes-tar que reúnen todas y cada una de las condiciones orequisitos exigidos en la Base Segunda, adjuntando a lainstancia fotocopia del documento Nacional de Identidad. Elmodelo de instancia se facilitará tanto en las dependenciasdel Departamento de Personal como en la Oficina de infor-mación de esta Corporación, y a través de la página web dela misma (www.ladipu.com).

Las personas con discapacidad deberán aportar fotoco-pia de la certificación del órgano competente, que acredite talcondición, así como el tipo y graduación de la misma.

II.- Las Bases de la Convocatoria y Anexos a las mismasse publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) yen el tablón de Anuncios de la Corporación. Un extracto dela Convocatoria se publicará también en el Diario Oficial dela Comunidad Valenciana (D.O.C.V.) y en el Boletín Oficialdel Estado (B.O.E.).

III.- El plazo de presentación de instancias será deveinte días naturales, a contar desde el día siguiente al depublicación del anuncio-extracto de la convocatoria en elB.O.E. En dicho extracto, además de los insertos precisos,se avisará que en el Boletín Oficial de la Provincia sepublicará la resolución aprobatoria de la lista de aspirantesadmitidos y excluidos al Concurso-Oposición, así como lafecha, hora y lugar de inicio de las Pruebas.

Las instancias y documentación oportunas se presenta-rán en horas hábiles, de lunes a viernes, en el RegistroGeneral de la Excma. Diputación Provincial (calle Tucumán,número 8, de Alicante) o en la forma que determina el artículo38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común.

IV.- Los efectos administrativos de la Convocatoria seproducirán desde la fecha en que se publique en el B.O.E. elextracto referido en los apartados anteriores.

Cuarta.- Admisión de candidatos.Expirado el plazo de presentación de instancias, la

señora Diputada del Área de Economía, Hacienda y Recur-sos Humanos -en virtud de las facultades que le fuerondelegadas por el Iltmo. señor Presidente mediante Decretonúmero 1.603, de 19 de julio de 2007- dictará resolución, enel plazo máximo de un mes, declarando aprobada la listaprovisional de aspirantes admitidos y excluidos, que sepublicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón deanuncios de la Corporación. Contra esta resolución se podrápresentar escrito de subsanación y/o reclamación en el plazode diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Si se presentara escrito de subsanación y/o reclama-ción será aceptado o rechazado en la resolución por la quese apruebe la lista definitiva, que se publicará, asimismo, enlos lugares indicados para la lista provisional. En el caso deque no se presente escrito de subsanación y/o reclamaciónalguna, la lista provisional de aspirantes admitidos y exclui-dos quedará elevada automáticamente a definitiva.

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Quinta.- Comisión técnica de valoración.I.- La Comisión Técnica de Valoración, de conformidad

con lo dispuesto en los artículos 55 y 60 de la Ley 7/2007, de12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público serádesignada por la Presidencia de la Corporación, o en sucaso, por quien actúe por delegación de la misma, ajustán-dose a los principios de imparcialidad y profesionalidad desus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entremujer y hombre. La Comisión actuará en todo caso, confor-me a los principios de independencia y discrecionalidadtécnica, y estará integrada por cinco miembros, funcionariosde carrera, de los cuales uno será el Presidente, tres actua-rán como Vocales y asumirá la Secretaría de la Comisión elSecretario General de la Corporación o funcionario en quiendelegue, que actuarán con voz y voto.

El personal de elección o de designación política, losfuncionarios interinos y el personal eventual no podránformar parte de la Comisión Técnica de Valoración.

La pertenencia a la Comisión Técnica de Valoración detodos sus miembros, tanto titulares como suplentes, será atítulo individual, no pudiendo ostentarse ésta en representa-ción o por cuenta de nadie. Igualmente, todos sus miembrosdeberán poseer una titulación igual o superior a la requeridapara el acceso a las plazas convocadas y pertenecer almismo grupo/subgrupo o a grupos/subgrupos superiores, yla mayoría de los miembros pertenecer a la misma área deconocimientos que la exigida para el ingreso.

La designación de los miembros de la Comisión Técnicade Valoración, que incluirá la de los respectivos suplentes, sehará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante,así como en el tablón de anuncios de la Corporación.

II.- La Comisión Técnica de Valoración no podrá cons-tituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de susmiembros -titulares o suplentes- indistintamente. En caso deausencia tanto del Presidente titular como del suplente, laPresidencia la ostentará el miembro de la Comisión Técnicade Valoración de mayor jerarquía, antigüedad y edad, poreste orden.

III.- La Comisión Técnica de Valoración estará facultadapara resolver cualquier duda o incidencia que pudiera surgirdurante la celebración de las pruebas selectivas, y paratomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas parael buen orden y resultado de las mismas.

IV.- A los efectos de comunicaciones, anuncios y demásincidencias, la Comisión Técnica de Valoración, sea cualfuere el lugar de celebración de las pruebas, tendrá su sedeen el edificio Tucumán de la Excma. Diputación Provincial,calle Tucumán, número 8, de Alicante.

V.- Los miembros de la Comisión Técnica de Valoracióndeberán abstenerse de intervenir cuando concurran lascircunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,notificándolo a la autoridad convocante. Asimismo, los aspi-rantes podrán recusarles en la forma prevista en el artículo29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, deberán abstenerse aquellos que hubieranrealizado tareas de preparación de aspirantes en los cincoaños anteriores a la publicación de esta Convocatoria.

VI.- La Comisión Técnica de Valoración podrá disponerla incorporación a sus trabajos de asesores especialistas,para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores selimitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en baseexclusivamente a las cuales colaborarán con la Comisión ytendrán voz pero no voto. Asimismo podrá acordar la incorpo-ración de colaboradores que ayudarán a la Comisión Técnicade Valoración en la realización de las pruebas. Este personal,a efectos de indemnizaciones por asistencia, estará sujeto ala misma normativa que los vocales de la Comisión.

VII.- Contra los actos de la Comisión Técnica de Valo-ración se podrán interponer los siguientes recursos y recla-maciones:

A.- Contra las propuestas finales de los aspirantesaprobados y, en general, contra los actos de trámite quedeterminen la imposibilidad de continuar el procedimiento

selectivo o produzcan indefensión y que no agoten la víaadministrativa, se podrá interponer recurso de alzada enbase al artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, ante la señora Diputada delÁrea de Economía, Hacienda y Recursos Humanos, en elplazo de un mes a contar desde el día siguiente al de sunotificación, o de su publicación en el tablón de anuncios deesta Excma. Diputación Provincial. Transcurridos tres me-ses desde la interposición sin que recaiga resolución, sepodrá entender desestimado el recurso, quedando expeditala vía del recurso contencioso-administrativo, y ello sinperjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que estimepertinente.

B.- Contra los demás actos de trámite los interesadospodrán presentar las reclamaciones y formular las alegacio-nes que estimen pertinentes, ante la Comisión Técnica deValoración en el plazo de diez días a contar desde elsiguiente a la fecha de publicación.

VIII.- La Comisión Técnica de Valoración tendrá lacategoría segunda de las recogidas en el Anexo IV del RealDecreto 462/2002, de 24 de mayo, a efectos del percibo deasistencias en las cuantías vigentes en su momento. Asimis-mo, cuando concurran los supuestos excepcionales delartículo 30.3 del R.D. 462/2002, procederá aplicar los incre-mentos previstos en el citado precepto.

Sexta.- Procedimiento de selección.El procedimiento de selección constará de las siguien-

tes fases: Oposición y Concurso.I.- Fase de Oposición: estará compuesta por los ejerci-

cios que a continuación se indican:Primer ejercicio: Prueba Teórica.- De carácter obligato-

rio y eliminatorio.Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo

fijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no seráinferior a 50 minutos-, a un cuestionario de 40 preguntassobre el Temario que figura en el Anexo a esta Convocatoria(temas 1 al 5), con cuatro respuestas alternativas de las quesólo una de ellas será la correcta.

Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 5 puntos.

Las contestaciones erróneas se valorarán negativa-mente con una penalización equivalente a un tercio del valorde cada contestación correcta y las contestaciones en blan-co ni puntúan ni penalizan.

Segundo ejercicio: prueba práctica.- De carácter obliga-torio y eliminatorio.

Consistirá en la resolución de uno o varios supuestosprácticos, en condiciones de igualdad para todos los aspiran-tes. Dicho ejercicio se realizará por escrito, relacionado conlos temas 6 al 15 del Temario que figura en el Anexo a estaconvocatoria. La Comisión Técnica de Valoración determi-nará a su prudente arbitrio el tiempo máximo de que dispon-drán los opositores para la realización de esta prueba.

Previamente a la realización de este ejercicio y enpreparación del mismo a los opositores que hayan superadoel primer ejercicio, se les impartirá un curso de formaciónteórico y práctico sobre los temas referidos en el párrafoanterior, que tendrá como finalidad la adquisición de conoci-mientos y la preparación específica de los aspirantes para elejercicio de sus funciones. Dicho curso formativo tendrá unaduración no inferior a 30 horas lectivas ni superior a 40 horas,y será organizado por el Departamento de Formación, eimpartido por técnicos especialistas en la materia. Las edi-ciones del curso se planificarán de forma que permita a losaspirantes la asistencia al mismo.

Para poderse presentar a este segundo ejercicio serárequisito indispensable la asistencia a un 85% como mínimode la duración total del curso de formación teórico y práctico.

Este ejercicio se valorará de 0 a 12 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 6 puntos.

II.- Fase de Concurso.- Los méritos, que la ComisiónTécnica valorará, deberán ser alegados y debidamente jus-

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tificados por los aspirantes al Concurso-Oposición, en eltiempo otorgado al efecto, en el bien entendido que lo que nose alegue y justifique en tiempo y forma no se tendrá encuenta por la Comisión Técnica de Valoración.

Los méritos a computar son los que a continuación serelacionan, con la puntuación que se indica, y que el aspiran-te deberá autobaremar conforme al modelo de instancia quese facilitará al efecto, tanto en las dependencias del Depar-tamento de Personal como en la oficina de información deesta Corporación, y a través de la página web de la misma(www.ladipu.com):

a) Antigüedad.- Por servicios prestados en cualquierAdministración Pública 0,05 puntos por mes de servicio, hastaun máximo de 3,50 puntos. El tiempo de servicios computa-bles se puntuará por meses efectivos completos, desprecián-dose las fracciones inferiores a un mes, salvo casos deempate. No se puntuará como antigüedad el tiempo de servi-cios a que se refiere la base segunda, apartado b) exigidocomo requisito para poder optar a la promoción interna.

b) Por experiencia profesional en tareas o cometidos denaturaleza igual a la que se opta, a 0,05 puntos por mes deexperiencia, hasta un máximo de 3,50 puntos. La experien-cia profesional computable se puntuará por meses efectivoscompletos, despreciándose las fracciones inferiores, salvocasos de empate. A estos efectos se facilitará a los oposito-res junto con el modelo de instancia para presentar losméritos, la plantilla en la que se detallen las tareas y funcio-nes que serán objeto de valoración según este apartado.

c) Por estar en posesión de Diplomas por asistencia oaprovechamiento a Cursos de Formación o Perfecciona-miento. Se valorarán, hasta un máximo de 2,50 puntos, losCursos de Formación y Perfeccionamiento que tengan rela-ción directa con las tareas y cometidos propios de la plaza yque hubieren sido convocados u organizados por esta Dipu-tación Provincial, así como por Institutos y Escuelas Oficialesde formación de Funcionarios y personal al servicio de laAdministración, Organizaciones Sindicales, Universidades,INEM, Generalitat Valenciana u otras Comunidades Autóno-mas, Colegios Oficiales u otras entidades de carácter ointerés público.

En todos los casos se valorarán una sola vez los cursosrelativos a una misma materia, aunque se haya repetido suparticipación.

No se valorará, tanto los cursos que no acrediten lashoras de duración como los inferiores a 15 horas lectivas, lospertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado,los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativosa Jornadas, Mesas redondas, Encuentros, Debates, Congre-sos, Seminarios, Simposios o análogos.

La valoración de cada Curso se efectuará en función desu duración con arreglo a la siguiente escala:

- De 15 o más horas: 0,15 puntos.- De 25 o más horas: 0,25 puntos.- De 35 o más horas: 0,35 puntos.- De 50 o más horas: 0,50 puntos.d) Otros méritos.- Se valorarán hasta un máximo de

2,50 puntos, desglosados de la siguiente forma:1.- Se valorará, hasta un máximo de 0,50 puntos, el

conocimiento del Valenciano siempre que se acredite estaren posesión del certificado expedido por la Junta Qualificadorade Coneixements del valencià o equivalente reconocido porla Generalitat Valenciana, con arreglo a la siguiente escala:

- Certificado de Coneixements orals: 0,10 puntos.- Certificado de Grau Elemental: 0,20 puntos.- Certificado de Grau Mitjà: 0,30 puntos.- Certificado de Grau Superior: 0,50 puntos.En caso de poseer más de un certificado de conocimien-

to del valenciano, sólo se valorará el de nivel superior.2).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, el conoci-

miento de lenguas oficiales de la Unión Europea diferentes dela lengua española, acreditándose documentalmente mediantecertificados expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas ocursos obtenidos en el extranjero, en cuyo caso se deberá estaren posesión de la credencial que acredite su homologación oconvalidación, a razón de 0,20 puntos por curso.

Para la valoración de los idiomas comunitarios, enningún caso se considerarán los cursos superados de idio-mas incluidos en los planes de estudios de Bachiller Elemen-tal, Graduado Escolar, Formación Profesional, Bachiller Su-perior y de estudios universitarios de cualquier nivel.

3.- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, la pose-sión de títulos académicos oficiales superiores al exigido enla convocatoria, en el bien entendido que sólo se valorará elde nivel superior.

Serán méritos puntuables en cada concursante, loscontraídos hasta el día de publicación del anuncio-extractode la convocatoria en el B.O.E.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, nipodrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fasede oposición, por lo que solamente se procederá a puntuarel concurso en el caso de haber superado el nivel de aptitudestablecido para todos y cada uno de los ejercicios decarácter eliminatorio de la fase de oposición.

Séptima.- Desarrollo de las pruebas.I.- En la resolución de la señora Diputada del Área de

Economía, Hacienda y Recursos Humanos de la Corpora-ción a que se refiere la Base Cuarta, y que se publicará en elBoletín Oficial de la Provincia, se anunciará, asimismo, eldía, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de laFase de Oposición y los sucesivos anuncios de la presenteconvocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de laCorporación.

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo delsiguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas ymáximo de 45 días naturales.

No obstante, se podrán reducir los plazos indicados enel párrafo anterior si lo propusiera la Comisión Técnica deValoración y aceptaran todos los aspirantes o fuera solicita-do por éstos unánimemente.

Los aspirantes que lo deseen podrán realizar las prue-bas en valenciano, debiendo referirlo expresamente en suinstancia.

II.- Los aspirantes quedarán decaídos en su derechocuando se personen en los lugares de celebración una veziniciadas las pruebas o por la inasistencia a las mismas, auncuando se deba a causas justificadas. Tratándose de prue-bas orales u otras de carácter individual y sucesivo, laComisión Técnica de Valoración podrá apreciar las causasalegadas y admitir al aspirante, siempre y cuando las mismasno hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe elprincipio de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- El orden de actuación de los aspirantes, en elsupuesto de que en algún ejercicio no pudieran actuarconjuntamente, vendrá determinado por orden alfabético,iniciándose por aquél cuyo primer apellido comience por laletra surgida del sorteo celebrado al efecto.

La Comisión Técnica de Valoración en la realización delos ejercicios escritos deberá garantizar, siempre que seaposible, el anonimato de los aspirantes.

En cualquier momento la Comisión Técnica de Valora-ción podrá requerir a los aspirantes que acrediten su perso-nalidad.

Los aspirantes deberán observar en todo momento lasinstrucciones de los miembros de la Comisión Técnica o delpersonal ayudante o asesor durante la celebración de laspruebas, en orden al adecuado desarrollo de las mismas.

Durante la realización de los ejercicios, no está permi-tido el uso de teléfonos móviles u otros dispositivos suscep-tibles de almacenar o transmitir información.

Junto con el resultado del último ejercicio de la fase deoposición, la Comisión Técnica de Valoración expondrá alpúblico la relación de aspirantes que, por haber superadotodos los ejercicios eliminatorios deben pasar a la fase deconcurso, emplazándolos para que en el plazo de 10 díashábiles presenten la documentación acreditativa de los mé-ritos previstos en la convocatoria, adjuntando certificacionesy/o justificantes acreditativos de los mismos. No obstante, enel caso de que los méritos alegados obren en el Área deRecursos Humanos de la Excma. Diputación Provincial,bastará con que se acredite esta circunstancia, y se identifi-

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quen y relacionen con toda claridad en la instancia, que en sucaso se presente, en el plazo señalado para aportar losméritos.

Una vez baremados los méritos, la Comisión Técnica deValoración expondrá al público la lista de aspirantes con laspuntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concediéndo-les un plazo de diez días hábiles para que formulen las alega-ciones que estimen pertinentes en relación con la baremación.

Resueltas las posibles alegaciones, la Comisión Técni-ca de Valoración publicará la relación definitiva de aspirantesaprobados por su orden de puntuación.

Octava.- Calificaciones.I.- Fase de Oposición: cada uno de los ejercicios de la

Fase de Oposición se calificará conforme a lo establecido enla Base Sexta, apartado I.

II.- Fase de Concurso: la valoración de los méritos decada aspirante se obtendrá aplicando las reglas que figuranen la Base Sexta, apartado II.

III.- La calificación definitiva de cada aspirante vendrádeterminada por la suma de las puntuaciones obtenidas enla Fase de Oposición y en la Fase de Concurso.

Novena.- Relación de aprobados y propuesta de nom-bramiento.

I.- Finalizada la calificación, la Comisión Técnica deValoración publicará en el tablón de anuncios de la Corpora-ción la «relación de los aspirantes aprobados», por orden depuntuación, no pudiendo rebasar ésta el número de plazasconvocadas en el Concurso-Oposición.

Cualquier Propuesta de aprobados que contravenga loanteriormente establecido será nula de pleno derecho.

II.- El Presidente de la Comisión Técnica de Valoraciónelevará la «relación de los aspirantes aprobados» a la señoraDiputada del Área de Economía, Hacienda y Recursos Hu-manos de la Corporación con propuesta de nombramientode funcionario de carrera.

No obstante lo anterior, y con el fin de asegurar lacobertura del número de plazas convocadas, cuando seproduzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antesde su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocantepodrá requerir del órgano de selección relación complemen-taria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para suposible nombramiento como funcionario de carrera.

Décima.- Presentación de documentos.I.- En el plazo de 20 días naturales, a contar del de la

publicación de la «relación de aprobados», a que se refierela Base anterior, los aspirantes que figuren en ella deberánpresentar los documentos acreditativos de capacidad y re-quisitos exigidos en la Base Segunda, estando exentos dejustificar documentalmente las condiciones y demás requisi-tos ya probados para obtener su anterior nombramiento yque consten en su expediente personal:

1) Copia autenticada o fotocopia (acompañada del origi-nal para su cotejo) de la Titulación exigida en la convocatoria,o justificante de haber abonado los derechos para su expedi-ción. Si estos documentos estuvieran expedidos después dela fecha en que expiró el plazo de presentación de instancias,se deberá justificar el momento en que concluyó los estudios.

2) Certificado del Registro Central de Penados y Rebel-des, cuyo trámite facilitará el Departamento de Personal dela Excma. Diputación Provincial de Alicante.

3) Declaración de no haber sido separado medianteexpediente disciplinario, del servicio de cualquiera de lasAdministraciones Públicas, así como no hallarse incurso enninguna de las causas de incapacidad específica, conformea la normativa vigente.

4) El Servicio de Prevención de la Excma. DiputaciónProvincial procederá a realizar el reconocimiento médico delos aspirantes aprobados al objeto de determinar la aptitudfísica o psíquica para el desempeño de las plazas objeto deesta convocatoria.

Los aspirantes que tengan la condición de discapacitadodeberán presentar, además, certificación del órgano compe-tente, que acredite tal condición y su capacidad para desem-peñar las tareas que correspondan a las plazas objeto deesta convocatoria.

II.- Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerzamayor, no presentarán la documentación o del examen de lamisma se dedujera que carecen de alguno de los requisitosseñalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados yquedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de laresponsabilidad en que pudieran haber incurrido por false-dad en la solicitud inicial.

Undécima.- Nombramiento y toma de posesión.Cumplimentado por el aspirante propuesto lo establecido

en la Base anterior y realizados los trámites administrativospertinentes, la señora Diputada del Área de Economía, Hacien-da y Recursos Humanos de la Excma. Diputación Provincialefectuará el nombramiento correspondiente, debiendo el inte-resado tomar posesión de su cargo en el plazo reglamentario.Si no tomaran posesión en el citado plazo, sin causa justificada,decaerán en su derecho, por caducidad del nombramiento.

Duodécima.- Incompatibilidades.Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su

caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en laLey 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidadesdel Personal al servicio de las Administraciones Públicas, ydemás normativa aplicable.

Decimotercera.- Normativa.En todo lo no previsto en las presentes Bases, en lo que

no se oponga a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril,del Estatuto Básico del Empleado Público, se estará a lodispuesto en:

- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local;

- La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para laReforma de la Función Pública;

- El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que seestablecen las reglas básicas y programas mínimos a quedebe ajustarse el procedimiento de selección;

- El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,por el que se aprueba Texto Refundido de las Disposicioneslegales vigentes en materia de Régimen Local;

- El Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley de FunciónPública Valenciana.

- El Decreto 33/1999, de 9 de marzo, de la GeneralitatValenciana, por el que se aprueba el Reglamento de Selec-ción, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administra-tiva del Personal comprendido en el ámbito de aplicación dela Ley de la Función Pública Valenciana.

- El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el quese aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personalal servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional delos Funcionarios Civiles de la Administración General delEstado; y demás disposiciones aplicables y concordantes.

Decimocuarta.- Impugnación.Contra la presente convocatoria y/o sus bases, cuyo

acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podráinterponerse, por los interesados legitimados, potestativamente,en base al artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, recurso de reposición ante laseñora Diputada del Área de Economía, Hacienda y RecursosHumanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguienteal de la publicación del extracto de estas bases en el BoletínOficial del Estado, o bien, interponer directamente recursocontencioso-administrativo ante el Juzgado de este orden deAlicante o bien a su elección, el de la circunscripción de sudomicilio si lo tuviera fuera de Alicante, en el plazo de dos mesesa contar desde la fecha de publicación del referido extracto enel B.O.E. a tenor de lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencio-so-Administrativa advirtiéndole que tales recursos no tienenefecto suspensivo, y ello sin perjuicio de que se pueda ejercitarcualquier otro que estime pertinente.

Anexo.Temario general.Tema 1.- Las fuentes del Derecho Administrativo. La

jerarquía de las fuentes. El acto administrativo: concepto,

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clases y elementos. Eficacia y validez de los actos adminis-trativos. Revisión, anulación y revocación. El principio delegalidad en la actuación administrativa.

Tema 2.- El procedimiento administrativo como garantíaformal. La Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común: conteni-do y ámbito de aplicación. La iniciación, la ordenación, instruc-ción y terminación del procedimiento administrativo.

Tema 3.- Los recursos administrativos: concepto yclases. Recursos de alzada, reposición y extraordinario derevisión. La jurisdicción contencioso-administrativa.

Tema 4.- Los contratos administrativos: concepto yclases. Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. Larevisión de precios y otras alteraciones contractuales. In-cumplimiento de los contratos administrativos.

Tema 5.- La Unión Europea. El tratado de la ComunidadEuropea: estructura fundamental. Las Instituciones Comuni-tarias. Referencia a las libertades básicas y a las políticascomunitarias.

Temario específico.Tema 6.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad

Valenciana. Competencias de la Generalitat Valenciana. LasCortes Valencianas. El Presidente de la Generalitat Valen-ciana. El Gobierno Valenciano o Consell.

Tema 7.- La provincia: organización. Régimen de fun-cionamiento de las entidades locales. Estatuto de los miem-bros de las Corporaciones Locales.

Tema 8.- Las competencias de las Diputaciones Provin-ciales. La acción de fomento de las Corporaciones Locales.Relaciones interadministrativas: especial referencia a la co-operación económica del Estado a las inversiones de lasentidades locales: los planes provinciales e insulares decooperación a las obras y servicios de competencia municipal.

Tema 9.- La expropiación forzosa. Actos administrati-vos previos a la expropiación. Justiprecio. Jurado provincialde expropiación. Pago y ocupación de bienes.

Tema 10.- Responsabilidad patrimonial de las Administra-ciones Públicas. Concepto y clases. Requisitos. Procedimientoy efectos. Responsabilidad de las autoridades y personal de lasAdministraciones Públicas. La potestad sancionadora.

Tema 11.- El servicio público: concepto. El serviciopúblico en la esfera local. Los modos de gestión directa delservicio público en la administración local.

Tema 12.- el personal al servicio de las Administracio-nes Locales: clasificación. Su selección. La oferta de empleopúblico y procedimientos de selección. La plantilla y larelación de puestos de trabajo: la provisión de puestos.

Tema 13.- Derechos y deberes de los funcionarioslocales. Derecho de sindicación. Régimen disciplinarios delos funcionarios. La Prevención de riesgos laborales en laAdministración: marco normativo básico en materia de pre-vención de riesgos laborales.

Tema 14.- La calidad en la Administración Pública: losconceptos de calidad y modernización; la administraciónpública española; la gestión de la calidad en la Diputación deAlicante.

Tema 15.- Acceso y uso de Internet. Elaboración dedocumentos con Word. Utilización de técnicas para la edicióny diseño con Word. Tratamiento de datos y correo con Word.

Lo que se hace público para general conocimiento,haciendo saber que contra la presente convocatoria y susbases cabe interponer los recursos contenidos en la BaseDecimocuarta.

Alicante, 21 de agosto de 2008.La Secretaria en funciones, Mª José Argudo Poyatos. El

Presidente accidental, Carlos Manzón Guixot.

*0818072*

ANUNCIO

Por Decreto de la señora Diputada del Área de Econo-mía, Hacienda y Recursos Humanos, número 3.060/2008,de 31 de julio -dictado en virtud de las competencias delega-

das por la Presidencia por Decreto número 1.603/2007, de19 de julio-, se aprueba y convoca Concurso-Oposición, paracubrir dos plazas de Psicólogo, una de ellas reservada apromoción interna y una al turno libre, vacantes en la Plantillade esta Excma. Diputación Provincial, dentro de las plazasreservadas a funcionarios de carrera, y con arreglo a lassiguientes:

Bases.Primera.- Plazas objeto de la convocatoria.Es objeto de esta convocatoria la selección, por el

procedimiento de Concurso-Oposición, de dos plazas dePsicólogo, una plaza reservada a promoción interna y una alturno libre, vacantes en la Plantilla de esta Excma. Diputa-ción Provincial, dentro de las plazas reservadas a Funciona-rios de Carrera, e incluidas en las correspondientes Ofertasde Empleo Público.

Estas plazas están incluidas en la Escala de Administra-ción Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Superior,dotada con los emolumentos correspondientes al Subgrupode clasificación «A1», del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y demásque correspondan de conformidad con la normativa vigente.

Si la plaza reservada a promoción interna quedaravacante, acrecerá la del turno libre.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.I.- Para poder participar en estas Pruebas Selectivas los

aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:a) Tener la nacionalidad española. También podrán

acceder como personal funcionario en igualdad de condicio-nes que los españoles a los empleos públicos:

a.1) Los nacionales de un Estado miembro de la UniónEuropea o nacionales de aquellos Estados, a los que, envirtud de tratados internacionales celebrados por la UniónEuropea y ratificados por España, sea de aplicación la librecirculación de trabajadores.

a.2) El cónyuge, descendientes y descendientes delcónyuge, de los españoles y de los nacionales de otrosestados miembros de la Unión Europea, siempre que noestén separados de derecho, menores de 21 años o mayoresde dicha edad que vivan a sus expensas.

Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solicitudla documentación que acredite las condiciones que se alegan.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño delas tareas. La Diputación Provincial de Alicante se reserva elderecho a someter a los aspirantes a cuantas pruebas conside-re pertinentes para evaluar el cumplimiento de este requisito.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en sucaso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para elacceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disci-plinario del servicio de cualquiera de las AdministracionesPúblicas o de los órganos constitucionales o estatutarios delas Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitaciónabsoluta o especial para empleos o cargos públicos porresolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala defuncionario, o para ejercer funciones similares a las quedesempeñaban en el caso del personal laboral, en el quehubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de sernacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situa-ción equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplina-ria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismostérminos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del Título de Licenciado en Psico-logía o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en lafecha en que termine el plazo de presentación de instancias.En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por elaspirante mediante certificación expedida al efecto por laAdministración competente en cada caso. Los aspirantescon titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditarque están en posesión de la correspondiente convalidacióno de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

II.- Específico para el turno de promoción interna:Estar ocupando plaza como funcionario de carrera en la

Excma. Diputación Provincial de Alicante, y estar encuadra-da en el Subgrupo de clasificación «A2», del artículo 76 de la

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Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico, con una antigüedad mínima de dos años comofuncionario de carrera en situación de servicio activo o deexcedencia voluntaria por desempeño de otro puesto detrabajo en la Diputación Provincial de Alicante.

III.- De conformidad con lo establecido en el artículo38.3 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Socialde los Minusválidos, serán admitidas las personas condiscapacidad en igualdad de condiciones con los demásaspirantes, todo ello condicionado a la capacidad funcionalpara el desempeño de las tareas o funciones propias de estaplaza, acreditándose las condiciones personales de aptitudmediante dictamen vinculante expedido por el equipomultidisciplinar competente.

A estos efectos conforme establece el artículo 59.2 laLey 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico se adoptarán para las personas con la condición dediscapacitado que lo soliciten, las medidas precisas paraestablecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiemposy medios en el proceso selectivo y, una vez superado dichoproceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a lasnecesidades de la persona con discapacidad. Para ello, losinteresados deberán formular la correspondiente peticiónconcreta, que aportarán junto con la solicitud de participa-ción dentro del plazo de presentación de instancias. Dichapetición deberá estar motivada.

En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán encondiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.

IV.- Todos los requisitos deberán cumplirse en el último díadel plazo de presentación de instancias y mantenerse durantetodo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuarlas comprobaciones oportunas hasta el nombramiento.

Tercera.- Solicitudes.I.- Quienes deseen tomar parte en el concurso-oposi-

ción, lo solicitarán en instancia dirigida al Iltmo. señor Presi-dente de la Diputación Provincial, en la que deberán manifes-tar que reúnen todas y cada una de las condiciones orequisitos exigidos en la Base Segunda, adjuntando a lainstancia fotocopia del documento Nacional de Identidad. Elmodelo de instancia se facilitará tanto en las dependenciasdel Departamento de Personal como en la Oficina de infor-mación de esta Corporación, y a través de la página web dela misma (www.ladipu.com). Sólo se podrá optar a uno de losturnos convocados.

Las personas con discapacidad deberán aportar fotoco-pia de la certificación del órgano competente, que acredite talcondición, así como el tipo y graduación de la misma.

II.- Las Bases de la Convocatoria y Anexos a las mismasse publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) yen el tablón de Anuncios de la Corporación. Un extracto dela Convocatoria se publicará también en el Diario Oficial dela Comunidad Valenciana (D.O.C.V.) y en el Boletín Oficialdel Estado (B.O.E.).

III.- El plazo de presentación de instancias será deveinte días naturales, a contar desde el día siguiente al depublicación del anuncio-extracto de la convocatoria en elB.O.E. En dicho extracto, además de los insertos precisos,se avisará que en el Boletín Oficial de la Provincia sepublicará la resolución aprobatoria de la lista de aspirantesadmitidos y excluidos al Concurso-Oposición, así como lafecha, hora y lugar de inicio de las Pruebas.

Las instancias y documentación oportunas se presenta-rán en horas hábiles, de lunes a viernes, en el RegistroGeneral de la Excma. Diputación Provincial (calle Tucumán,número 8, de Alicante) o en la forma que determina el artículo38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común.

IV.- Los efectos administrativos de la Convocatoria seproducirán desde la fecha en que se publique en el B.O.E. elextracto referido en los apartados anteriores.

Cuarta.- Admisión de candidatos.Expirado el plazo de presentación de instancias, la

señora Diputada del Área de Economía, Hacienda y Recur-sos Humanos -en virtud de las facultades que le fueron

delegadas por el Iltmo. señor Presidente mediante Decretonúmero 1.603, de 19 de julio de 2007- dictará resolución, enel plazo máximo de un mes, declarando aprobada la listaprovisional de aspirantes admitidos y excluidos, que sepublicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón deanuncios de la Corporación. Contra esta resolución se podrápresentar escrito de subsanación y/o reclamación en el plazode diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Si se presentara escrito de subsanación y/o reclama-ción será aceptado o rechazado en la resolución por la quese apruebe la lista definitiva, que se publicará, asimismo, enlos lugares indicados para la lista provisional. En el caso deque no se presente escrito de subsanación y/o reclamaciónalguna, la lista provisional de aspirantes admitidos y exclui-dos quedará elevada automáticamente a definitiva.

Quinta.- Comisión técnica de valoración.I.- La Comisión Técnica de Valoración, de conformidad

con lo dispuesto en los artículos 55 y 60 de la Ley 7/2007, de12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público serádesignada por la Presidencia de la Corporación, o en sucaso, por quien actúe por delegación de la misma, ajustán-dose a los principios de imparcialidad y profesionalidad desus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entremujer y hombre. La Comisión actuará en todo caso, confor-me a los principios de independencia y discrecionalidadtécnica, y estará integrada por cinco miembros, funcionariosde carrera, de los cuales uno será el Presidente, tres actua-rán como Vocales y asumirá la Secretaría de la Comisión elSecretario General de la Corporación o funcionario en quiendelegue, que actuarán con voz y voto.

El personal de elección o designación política, losfuncionarios interinos y el personal eventual no podránformar parte de la Comisión Técnica de Valoración.

La pertenencia a la Comisión Técnica de Valoración detodos sus miembros, tanto titulares como suplentes, será atítulo individual, no pudiendo ostentarse ésta en representa-ción o por cuenta de nadie. Igualmente, todos sus miembrosdeberán poseer una titulación igual o superior a la requeridapara el acceso a las plazas convocadas y pertenecer almismo grupo/subgrupo o a grupos/subgrupos superiores, yla mayoría de los miembros pertenecer a la misma área deconocimientos que la exigida para el ingreso.

La designación de los miembros de la Comisión Técnicade Valoración, que incluirá la de los respectivos suplentes, sehará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante,así como en el tablón de anuncios de la Corporación.

II.- La Comisión Técnica de Valoración no podrá cons-tituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de susmiembros -titulares o suplentes- indistintamente. En caso deausencia tanto del Presidente titular como del suplente, laPresidencia la ostentará el miembro de la Comisión Técnicade Valoración de mayor jerarquía, antigüedad y edad, poreste orden.

III.- La Comisión Técnica de Valoración estará facultadapara resolver cualquier duda o incidencia que pudiera surgirdurante la celebración de las pruebas selectivas, y paratomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas parael buen orden y resultado de las mismas.

IV.- A los efectos de comunicaciones, anuncios y demásincidencias, la Comisión Técnica de Valoración, sea cualfuere el lugar de celebración de las pruebas, tendrá su sedeen el edificio Tucumán de la Excma. Diputación Provincial,calle Tucumán, número 8, de Alicante.

V.- Los miembros de la Comisión Técnica de Valoracióndeberán abstenerse de intervenir cuando concurran lascircunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,notificándolo a la autoridad convocante. Asimismo, los aspi-rantes podrán recusarles en la forma prevista en el artículo29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, deberán abstenerse aquellos que hubieranrealizado tareas de preparación de aspirantes en los cincoaños anteriores a la publicación de esta Convocatoria.

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VI.- La Comisión Técnica de Valoración podrá disponerla incorporación a sus trabajos de asesores especialistas,para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores selimitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en baseexclusivamente a las cuales colaborarán con la Comisión ytendrán voz pero no voto. Asimismo podrá acordar la incorpo-ración de colaboradores que ayudarán a la Comisión Técnicade Valoración en la realización de las pruebas. Este personal,a efectos de indemnizaciones por asistencia, estará sujeto ala misma normativa que los vocales de la Comisión.

VII.- Contra los actos de la Comisión Técnica de Valo-ración se podrán interponer los siguientes recursos y recla-maciones:

A.- Contra las propuestas finales de los aspirantesaprobados y, en general, contra los actos de trámite quedeterminen la imposibilidad de continuar el procedimientoselectivo o produzcan indefensión y que no agoten la víaadministrativa, se podrá interponer recurso de alzada enbase al artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, ante la señora Diputada delÁrea de Economía, Hacienda y Recursos Humanos, en elplazo de un mes a contar desde el día siguiente al de sunotificación, o de su publicación en el tablón de anuncios deesta Excma. Diputación Provincial. Transcurridos tres me-ses desde la interposición sin que recaiga resolución, sepodrá entender desestimado el recurso, quedando expeditala vía del recurso contencioso-administrativo, y ello sinperjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que estimepertinente.

B.- Contra los demás actos de trámite los interesadospodrán presentar las reclamaciones y formular las alegacio-nes que estimen pertinentes, ante la Comisión Técnica deValoración en el plazo de diez días a contar desde elsiguiente a la fecha de publicación.

VIII.- La Comisión Técnica de Valoración tendrá lacategoría primera de las recogidas en el Anexo IV del RealDecreto 462/2002, de 24 de mayo, a efectos del percibo deasistencias en las cuantías vigentes en su momento. Asimis-mo, cuando concurran los supuestos excepcionales delartículo 30.3 del R.D. 462/2002, procederá aplicar los incre-mentos previstos en el citado precepto.

Sexta.- Procedimiento de selección.El procedimiento de selección constará de las siguien-

tes fases: Oposición y Concurso.I.- Fase de Oposición: estará compuesta por los ejerci-

cios que a continuación se indican:Primer ejercicio.- (Exento para el turno de promoción

interna). De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo

fijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no seráinferior a 50 minutos-, a un cuestionario de 60 preguntas sobreel temario general que figura en el Anexo I a esta Convocatoria(temas 1 al 18 ambos inclusive), con cuatro respuestasalternativas de las que sólo una de ellas será la correcta.

Este ejercicio se valorará de 0 a 6 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 3 puntos.

Las contestaciones erróneas se valorarán negativa-mente con una penalización equivalente a un tercio del valorde cada contestación correcta y las contestaciones en blan-co ni puntúan ni penalizan.

Segundo ejercicio (para todos los turnos). De carácterobligatorio y eliminatorio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempofijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no podráexceder de tres horas-, tres temas elegidos de entre cuatro,extraídos al azar por los opositores, para el turno libre, delTemario Específico que figura en el Anexo I a esta Convoca-toria (temas 19 al 90 ambos inclusive) y, para el turno depromoción interna, del Temario que figura en el Anexo II(temas del 1 al 45).

Este ejercicio se valorará de 0 a 12 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 6 puntos.

La Comisión Técnica de Valoración podrá determinarque se proceda a la lectura pública de este ejercicio, pudien-do dialogar con el aspirante sobre los temas expuestos ypedirle cualesquiera otras explicaciones complementarias.

Tercer ejercicio (para todos los turnos).- De carácterobligatorio y eliminatorio.

Consistirá en la resolución de uno o varios supuestosteórico-prácticos, que propondrá la Comisión Técnica deValoración, durante un tiempo fijado a su prudente arbitrio, yque no podrá exceder de dos horas y treinta minutos, encondiciones de igualdad para todos los aspirantes, relativosa las tareas y cometidos propios de la plaza y al TemarioEspecífico.

Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendoeliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5puntos.

II.- Fase de Concurso.- Los méritos, que la ComisiónTécnica valorará, deberán ser alegados y debidamente jus-tificados por los aspirantes al Concurso-Oposición, en eltiempo otorgado al efecto, en el bien entendido que lo que nose alegue y justifique en tiempo y forma no se tendrá encuenta por la Comisión Técnica de Valoración.

Los méritos a computar son los que a continuación serelacionan, con la puntuación que se indica, y que el aspiran-te deberá autobaremar conforme al modelo de instancia quese facilitará al efecto, tanto en las dependencias del Depar-tamento de Personal como en la oficina de información deesta Corporación, y a través de la página web de la misma(www.ladipu.com):

a) Antigüedad.- Por servicios prestados en cualquierAdministración Pública 0,05 puntos por mes de servicio,hasta un máximo de 3,50 puntos. El tiempo de servicioscomputables se puntuará por meses efectivos completos,despreciándose las fracciones inferiores a un mes, salvocasos de empate. No se puntuará como antigüedad el tiempode servicios a que se refiere la base segunda, II) exigidocomo requisito para poder optar a la promoción interna.

b) Por experiencia profesional en tareas o cometidos denaturaleza igual a la que se opta, a 0,05 puntos por mes deexperiencia, hasta un máximo de 3,50 puntos. La experien-cia profesional computable se puntuará por meses efectivoscompletos, despreciándose las fracciones inferiores, salvocasos de empate. A estos efectos se facilitará a los oposito-res junto con el modelo de instancia para presentar losméritos, la plantilla en la que se detallen las tareas y funcio-nes que serán objeto de valoración según este apartado.

c) Por estar en posesión de Diplomas por asistencia oaprovechamiento a Cursos de Formación o Perfecciona-miento. Se valorarán, hasta un máximo de 2,50 puntos, losCursos de Formación y Perfeccionamiento que tengan rela-ción directa con las tareas y cometidos propios de la plaza yque hubieren sido convocados u organizados por esta Dipu-tación Provincial, así como por Institutos y Escuelas Oficialesde formación de Funcionarios y personal al servicio de laAdministración, Organizaciones Sindicales, Universidades,INEM, Generalitat Valenciana u otras Comunidades Autóno-mas, Colegios Oficiales u otras entidades de carácter ointerés público.

En todos los casos se valorarán una sola vez los cursosrelativos a una misma materia, aunque se haya repetido suparticipación.

No se valorará, tanto los cursos que no acrediten lashoras de duración como los inferiores a 15 horas lectivas, lospertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado,los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativosa Jornadas, Mesas redondas, Encuentros, Debates, Congre-sos, Seminarios, Simposios o análogos.

La valoración de cada Curso se efectuará en función desu duración con arreglo a la siguiente escala:

- De 15 o más horas: 0,15 puntos.- De 25 o más horas: 0,25 puntos.- De 35 o más horas: 0,35 puntos.- De 50 o más horas: 0,50 puntos.d) Otros méritos.- Se valorarán hasta un máximo de

2,50 puntos, desglosados de la siguiente forma:

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1).- Se valorará, hasta un máximo de 0,50 puntos, elconocimiento del Valenciano siempre que se acredite estaren posesión del certificado expedido por la Junta Qualificadorade Coneixements del valencià o equivalente reconocido porla Generalitat Valenciana, con arreglo a la siguiente escala:

- Certificado de Coneixements orals: 0,10 puntos.- Certificado de Grau Elemental: 0,20 puntos.- Certificado de Grau Mitjà: 0,30 puntos.- Certificado de Grau Superior: 0,50 puntos.En caso de poseer más de un certificado de conocimien-

to del valenciano, sólo se valorará el de nivel superior.2).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, el conoci-

miento de lenguas oficiales de la Unión Europea diferentes dela lengua española, acreditándose documentalmente mediantecertificados expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas ocursos obtenidos en el extranjero, en cuyo caso se deberá estaren posesión de la credencial que acredite su homologación oconvalidación, a razón de 0,20 puntos por curso.

Para la valoración de los idiomas comunitarios, enningún caso se considerarán los cursos superados de idio-mas incluidos en los planes de estudios de Bachiller Elemen-tal, Graduado Escolar, Formación Profesional, Bachiller Su-perior y de estudios universitarios de cualquier nivel.

3).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, la pose-sión de otros títulos académicos oficiales distintos al exigidoen la convocatoria, en el bien entendido que sólo se valoraráel de nivel superior.

Serán méritos puntuables en cada concursante, loscontraídos hasta el día de publicación del anuncio-extractode la convocatoria en el B.O.E.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, nipodrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fasede oposición, por lo que solamente se procederá a puntuarel concurso en el caso de haber superado el nivel de aptitudestablecido para todos y cada uno de los ejercicios decarácter eliminatorio de la fase de oposición.

Séptima.- Desarrollo de las pruebas.I.- En la resolución de la señora Diputada del Área de

Economía, Hacienda y Recursos Humanos de la Corpora-ción a que se refiere la Base Cuarta, y que se publicará en elBoletín Oficial de la Provincia, se anunciará, asimismo, eldía, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de laFase de Oposición y los sucesivos anuncios de la presenteconvocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de laCorporación.

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo delsiguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas ymáximo de 45 días naturales.

No obstante, se podrán reducir los plazos indicados enel párrafo anterior si lo propusiera la Comisión Técnica deValoración y aceptaran todos los aspirantes o fuera solicita-do por éstos unánimemente.

Los aspirantes que lo deseen podrán realizar las prue-bas en valenciano, debiendo referirlo expresamente en suinstancia.

II.- Los aspirantes quedarán decaídos en su derechocuando se personen en los lugares de celebración una veziniciadas las pruebas o por la inasistencia a las mismas, auncuando se deba a causas justificadas. Tratándose de prue-bas orales u otras de carácter individual y sucesivo, laComisión Técnica de Valoración podrá apreciar las causasalegadas y admitir al aspirante, siempre y cuando las mismasno hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe elprincipio de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- El orden de actuación de los aspirantes, en elsupuesto de que en algún ejercicio no pudieran actuarconjuntamente, vendrá determinado por orden alfabético,iniciándose por aquél cuyo primer apellido comience por laletra surgida del sorteo celebrado al efecto.

La Comisión Técnica de Valoración en la realización delos ejercicios escritos deberá garantizar, siempre que seaposible, el anonimato de los aspirantes.

En cualquier momento la Comisión Técnica de Valora-ción podrá requerir a los aspirantes que acrediten su perso-nalidad.

Los aspirantes deberán observar en todo momento lasinstrucciones de los miembros de la Comisión Técnica o delpersonal ayudante o asesor durante la celebración de laspruebas, en orden al adecuado desarrollo de las mismas.

Durante la realización de los ejercicios, no está permi-tido el uso de teléfonos móviles u otros dispositivos suscep-tibles de almacenar o transmitir información.

Junto con el resultado del último ejercicio de la fase deoposición, la Comisión Técnica de Valoración expondrá alpúblico la relación de aspirantes que, por haber superadotodos los ejercicios eliminatorios deben pasar a la fase deconcurso, emplazándolos para que en el plazo de 10 díashábiles presenten la documentación acreditativa de los mé-ritos previstos en la convocatoria, adjuntando certificacionesy/o justificantes acreditativos de los mismos. No obstante, enel caso de que los méritos alegados obren en el Área deRecursos Humanos de la Excma. Diputación Provincial,bastará con que se acredite esta circunstancia, y se identifi-quen y relacionen con toda claridad en la instancia, que en sucaso se presente, en el plazo señalado para aportar losméritos.

Una vez baremados los méritos, la Comisión Técnica deValoración expondrá al público la lista de aspirantes con laspuntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concedién-doles un plazo de diez días hábiles para que formulen lasalegaciones que estimen pertinentes en relación con labaremación.

Resueltas las posibles alegaciones, la Comisión Técni-ca de Valoración publicará la relación definitiva de aspirantesaprobados por su orden de puntuación.

Octava.- Calificaciones.I.- Fase de Oposición: cada uno de los ejercicios de la

Fase de Oposición se calificará conforme a lo establecido enla Base Sexta, apartado I.

II.- Fase de Concurso: la valoración de los méritos decada aspirante se obtendrá aplicando las reglas que figuranen la Base Sexta, apartado II.

III.- La calificación definitiva de cada aspirante vendrádeterminada por la suma de las puntuaciones obtenidas enla Fase de Oposición y en la Fase de Concurso.

Novena.- Relación de aprobados y propuesta de nom-bramiento.

I.- Finalizada la calificación, la Comisión Técnica deValoración publicará en el tablón de anuncios de la Corpora-ción la «relación de los aspirantes aprobados», por orden depuntuación, no pudiendo rebasar ésta el número de plazasconvocadas en el Concurso-Oposición.

Cualquier Propuesta de aprobados que contravenga loanteriormente establecido será nula de pleno derecho.

II.- El Presidente de la Comisión Técnica de Valoraciónelevará la «relación de los aspirantes aprobados» a la señoraDiputada del Área de Economía, Hacienda y Recursos Hu-manos de la Corporación con propuesta de nombramientode funcionario de carrera.

No obstante lo anterior, y con el fin de asegurar lacobertura del número de plazas convocadas, cuando seproduzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antesde su nombramiento o toma de posesión, el órganoconvocante podrá requerir del órgano de selección relacióncomplementaria de los aspirantes que sigan a los propues-tos, para su posible nombramiento como funcionario decarrera.

Décima.- Presentación de documentos.I.- En el plazo de 20 días naturales, a contar del de la

publicación de la «relación del aspirante aprobado», a que serefiere la Base anterior, el aspirante que figure en ella deberápresentar los documentos acreditativos de capacidad y re-quisitos exigidos en la Base Segunda, a saber:

1) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad odocumentación que acredite cumplir el requisito de la basesegunda I, a), que se presentarán con el original para sucompulsa.

2) Copia autenticada o fotocopia (acompañada deloriginal para su cotejo) de la Titulación exigida en la convo-catoria, o justificante de haber abonado los derechos para su

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expedición. Si estos documentos estuvieran expedidos des-pués de la fecha en que expiró el plazo de presentación deinstancias, se deberá justificar el momento en que concluyólos estudios.

3) Certificado del Registro Central de Penados y Rebel-des, cuyo trámite facilitará el Departamento de Personal dela Excma. Diputación Provincial de Alicante.

4) Declaración de no haber sido separado medianteexpediente disciplinario, del servicio de cualquiera de lasAdministraciones Públicas, así como no hallarse incurso enninguna de las causas de incapacidad específica, conformea la normativa vigente.

5) El Servicio de Prevención de la Excma. DiputaciónProvincial procederá a realizar el reconocimiento médico delos aspirantes aprobados al objeto de determinar la aptitudfísica o psíquica para el desempeño de las plazas objeto deesta convocatoria.

Los aspirantes que tengan la condición legal deminusválidos deberán presentar, además, certificación delórgano competente, que acredite tal condición y su capaci-dad para desempeñar las tareas que correspondan a lasplazas objeto de esta convocatoria.

II.- Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerzamayor, no presentarán la documentación o del examen de lamisma se dedujera que carecen de alguno de los requisitosseñalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados yquedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de laresponsabilidad en que pudieran haber incurrido por false-dad en la solicitud inicial.

III.- Quien tuviere la condición de funcionario público ocontratado en régimen laboral por Organismos Públicos,estará exento de justificar las condiciones y los requisitosexigidos cuando obtuvieron su anterior nombramiento, por loque tendrán que presentar, únicamente, el certificado delMinisterio, Corporación Local u Organismo Público de quedependan, justificativo de su condición, de que cumplen lascondiciones y requisitos señalados en la Base Segunda, sinperjuicio de tener que acreditar aquellos que se exigen y noconsten en su expediente personal.

Undécima.- Nombramiento y toma de posesión.Cumplimentado por el aspirante propuesto lo estableci-

do en la Base anterior y realizados los trámites administrati-vos pertinentes, la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos de la Excma. DiputaciónProvincial efectuará el nombramiento correspondiente, de-biendo el interesado tomar posesión de su cargo en el plazoreglamentario. Si no tomaran posesión en el citado plazo, sincausa justificada, decaerán en su derecho, por caducidaddel nombramiento.

Duodécima.- Incompatibilidades.Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su

caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en laLey 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidadesdel Personal al servicio de las Administraciones Públicas, ydemás normativa aplicable.

Decimotercera.- Normativa.En todo lo no previsto en las presentes Bases, en lo que

no se oponga a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril,del Estatuto Básico del Empleado Público, se estará a lodispuesto en:

- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local;

- La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para laReforma de la Función Pública;

- El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que seestablecen las reglas básicas y programas mínimos a quedebe ajustarse el procedimiento de selección;

- El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,por el que se aprueba Texto Refundido de las Disposicioneslegales vigentes en materia de Régimen Local;

- El Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley de FunciónPública Valenciana.

- El Decreto 33/1999, de 9 de marzo, de la GeneralitatValenciana, por el que se aprueba el Reglamento de Selec-

ción, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administra-tiva del Personal comprendido en el ámbito de aplicación dela Ley de la Función Pública Valenciana.

- El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el quese aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personalal servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional delos Funcionarios Civiles de la Administración General delEstado; y demás disposiciones aplicables y concordantes.

Decimocuarta.- Impugnación.Contra la presente convocatoria y/o sus bases, cuyo

acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativapodrá interponerse, por los interesados legitimados,potestativamente, en base al artículo 116 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, recursode reposición ante la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos, en el plazo de un mes acontar desde el día siguiente al de la publicación del extractode estas bases en el Boletín Oficial del Estado, o bien,interponer directamente recurso contencioso-administrativoante el Juzgado de este orden de Alicante o bien a suelección, el de la circunscripción de su domicilio si lo tuvierafuera de Alicante, en el plazo de dos meses a contar desdela fecha de publicación del referido extracto en el B.O.E. atenor de lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Admi-nistrativa advirtiéndole que tales recursos no tienen efectosuspensivo, y ello sin perjuicio de que se pueda ejercitarcualquier otro que estime pertinente.

Anexo I.Turno libre.Temario General.1.- La Constitución Española de 1978. Principios Gene-

rales. Derechos y Deberes: Garantía y suspensión. Princi-pios rectores de la política social y económica.

2.- Organización Territorial del Estado. Los Estatutos deAutonomía. Su significado.

3.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana:La Generalitat Valenciana. Las Cortes. El Consell. Las compe-tencias. La Administración de Justicia. Economía y Hacienda.

4.- La Administración Pública en el ordenamiento espa-ñol. Administración del Estado. Administraciones Autóno-mas. Administración Local. Administración Institucional yCorporativa.

5.- El Administrado. Colaboración y participación de losciudadanos en las Funciones Administrativas.

6.- El acto administrativo. Principios Generales delProcedimiento Administrativo. La Responsabilidad de la Ad-ministración.

7.- Régimen Local Español. Principios Constitucionalesy Regulación Jurídica.

8.- La provincia en el Régimen Local. La DiputaciónProvincial: su composición y competencias. Los Órganos deGobierno. El Pleno. La Junta de Gobierno y las ComisionesInformativas. El Presidente y los Diputados Provinciales.

9.- El Municipio en el Régimen Local. El Ayuntamiento:su composición y competencias. El Alcalde. Atribuciones.Los Tenientes de Alcalde y los Concejales.

10.- El personal al servicio de las Corporaciones Loca-les. La Función Pública Local y su Organización.

11.- Derechos y deberes de los funcionarios públicoslocales. Derecho de Sindicación. Seguridad Social.

12.- La contratación administrativa. Clases de contratospúblicos. Elementos de los contratos. Los sujetos. Objeto yCausa de los contratos públicos. La forma de la contrataciónadministrativa y los sistemas de selección de contratistas. Laformalización de los contratos.

13.- Los bienes de las Entidades Locales. Régimen deutilización de los de dominio público.

14.- Haciendas Locales. Clasificación de los Ingresos.Ordenanzas Fiscales. Los Presupuestos Locales. RégimenJurídico del gasto público local.

15.- Los presupuestos de las entidades locales: con-cepto y contenido. Principios presupuestarios. Elaboración,

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tramitación, y aprobación del presupuesto. Ejecución y liqui-dación del presupuesto.

16.- La Unión Europea. Origen y Evolución. Organiza-ción y competencias.

17.- La Prevención de riesgos laborales en la Adminis-tración. El Trabajo y la Salud: los riesgos profesionales.Daños derivados del trabajo. Marco normativo básico enmateria de prevención de riesgos laborales. Derechos ydeberes básicos en esta materia (Ley 31/1995, Ley 54/2003y R.D. 39/1997).

18.- La gestión de la calidad. Las herramientas de lacalidad. La calidad en la Administración Pública.

Temario específico.19. Aspectos legislativos referentes a salud mental: Ley

General de Sanidad. Competencias de la Generalidad Va-lenciana.

20. Organización legislativa en materia de Salud Mentalen la Generalidad Valenciana. El plan de salud mental de laGeneralidad Valenciana.

21. Aspectos legislativos referentes a salud mental: LeyGeneral de Servicios Sociales. Competencias de la genera-lidad para la atención del enfermo mental crónica.

22. Recursos sociales de la Generalidad Valencianapara la atención del enfermo mental crónico.

23. Perfil del psicólogo clínico y de la salud: Desarrollohistórico, definición, funciones y formación.

24. La actuación del psicólogo clínico. Procedimientos,instrumentos y técnicas de actuación.

25. Las habilidades sociales del psicólogo clínico: Habi-lidades del terapeuta. Habilidades sociales en las fases deevaluación, exposición de las hipótesis y terapia.

26. La psicología como disciplina científica. Bases ymétodo epistemiológico.

27. La evaluación psicológica: Objetivos y aplicaciones.28. La entrevista. Tipos. Características y modelos.29. Los test psicológicos. Pruebas psicométricas y

proyectivas.30. Tratamientos biológicos de las enfermedades men-

tales. Antipsicóticos, antidepresivos y estabilizadores delhumor. El cumplimiento de los tratamientos biológicos.

31. Tratamientos psicológicos: Modelos conductales ycognitivo conductales.

32. Terapia familiar sistémica. Aportaciones al modelosistémico de T.F. Inicio de la T.F. Contrato terapéutico. Lacoterapia. Modelos de intervención. La prescripción.

33. Comportamientos agresivos. Técnicas de control.34. Evolución de la atención del enfermo mental cróni-

co: la reforma psiquiátrica. El desarrollo de la atencióncomunitaria.

35. La rehabilitación psicosocial: características bási-cas. Análisis crítico.

36. Recursos sociales para la atención a mayores de 65años: Residencias de 3ª edad asistidas. Estructura. Objeti-vos. Función asistencial. Programación de actividades.

37. Centros de día para enfermos mentales crónicos:Estructura, objetivos y actividades.

38. Recursos sociales para disminuidos psíquicos: Re-quisitos de acceso. Objetivos y funciones.

39. Los centros específicos para enfermos mentalescrónicos. Delimitación conceptual, funciones, programación,funciones del psicólogo e intervención familiar.

40. Centros de rehabilitación e intervención social paraenfermos mentales crónicos: Definición. Funciones. Objeti-vos. La coordinación con otros dispositivos sociales.

41. La estructura de los talleres ocupacionales paradisminuidos psíquicos. Análisis y programas de intervención.

42. La senso percepción: Alteraciones y medida. Laatención: Teorías y modelos.

43. La motivación. Delimitación conceptual. Los proce-sos motivacionales.

44. La motivación en la cronicidad. Variables implicadas.45. La afectividad: Introducción histórica. Definición y

conceptos básicos.46. La memoria. Delimitación conceptual. Bases de la

memoria. Exploración clínica. Alteraciones y medida.

47. El aprendizaje. Delimitación conceptual. Teorías yaplicaciones. Principales modelos teóricos.

48. El pensamiento. Delimitación conceptual. Trastor-nos del pensamiento. Instrumentos de evaluación.

49. La inteligencia. Delimitación conceptual. Alteracio-nes y medida.

50. La personalidad. Delimitación conceptual y modelosteóricos. Instrumentos de medida.

51. Las emociones. Clasificación. La ansiedad.52. La esquizofrenia 1. Delimitación conceptual. Curso

y tipos.53. La esquizofrenia 2: Criterios diagnósticos. Trata-

mientos psicológicos.54. Trastornos afectivos 1: Trastornos bipolares. Deli-

mitación. Síntomas. Curso. Patrón familiar.55. Trastornos afectivos 2: Las depresiones. Delimita-

ción y concepto. Síntomas. Curso. La distimia.56. Trastornos de ansiedad 1: Crisis de angustia y

agorafobias. Delimitación conceptual. Tratamientos.57. Trastornos de ansiedad 2: Las fobias. Trastornos

obsesivos-compulsivos. Delimitación conceptual. Abordajeterapéutico.

58. Trastornos de la personalidad: Diagnóstico. Evalua-ción Clasificación.

59. Enfermedad mental y conductas adictivas.60. Demencias: Concepto. Evaluación y tratamientos.61. Psicología y psicopatología de la vejez.62. Evaluación e intervención sobre trastorno dual en

rehabilitación psicosocial.63. La historia clínica: Exploración. Pruebas comple-

mentarias. El informe psicológico.64. Los enfermos mentales crónicos. Delimitación con-

ceptual. Problemática y necesidades y tratamiento.65. El tratamiento psicológico del enfermo mental cróni-

co. Etapas y estrategias.66. Los enfermos mentales crónicos institucionalizados.

Tipología e intervención psicológica.67. Calidad de vida y esquizofrenia. Delimitación con-

ceptual. Calidad de vida y salud mental. Instrumentos deevaluación.

68. La función del estímulo en la evaluación y la terapiade conducta: el estímulo, el análisis funcional y la evaluaciónconductal. Técnicas e instrumentos de evaluación.

69. La terapia familiar en la esquizofrenia: Desarrollohistórico. Abordajes terapéuticos. Contextos de interven-ción. Contratos y técnicas.

70. Las actividades de vida diaria. Delimitación concep-tual. Justificación y proceso de intervención.

71. La rehabilitación de los déficits cognitivos: Conse-cuencias que generan en la vida cotidiana. Programas deintervención.

72. Entrenamiento en habilidades sociales para perso-nas con problemas mentales crónicos: Desarrollo histórico,evaluación y metodología.

73. Habilidades de autocontrol y manejo del estrés:Autoestima, ansiedad y depresión. Solución de problemas.

74. La rehabilitación ocupacional: la terapia ocupacio-nal en los trastornos psiquiátricos. Evaluación de las habili-dades ocupacionales. Ámbitos de intervención.

75. Programación para la integración laboral de losenfermos mentales crónicos.

76. La psicomotricidad: la rehabilitación psicomotriz.Evaluación e intervención.

77. La familia como recurso 1: Modelos psicosocialesde intervención con familias.

78. La familia como recurso 2: Taller de resolución deproblemas para familiares de enfermos esquizofrénicos.

79. La evaluación funcional 1: Evaluación en rehabilita-ción. Aspectos diferenciales de la evaluación en rehabilita-ción respecto a otras.

80. La evaluación funcional 2: Planes individualizadosen rehabilitación. Instrumentos de evaluación.

81. Evaluación de programas y servicios de rehabilita-ción psicosocial 1: el proceso de valoración de programas.Evolución histórica. Estado actual.

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82. Evaluación de programas y servicios de rehabilita-ción psicosocial 2: Uso de la satisfacción en la valoración delproceso. La calidad de vida como variable en la valoración deresultados.

83. Aspectos psicológicos en la evaluación en la vejez.84. La terapia ocupacional en la vejez: el trabajo en

equipo. Las actividades para las personas de la 3ª edad.85. Conceptos básicos en la evaluación del retraso

mental: Instrumentos de evaluación psicosocial. Comporta-miento adaptivo.

86. Calidad de vida del disminuido psíquico: Definición,evaluación y aplicaciones.

87. Modificación de conducta en el retraso mental:Criterios de intervención.

88. Los protocolos y programas de rehabilitación en loscentros de día para enfermos mentales crónicos.

89. Elaboración de un programa PIR en un centro dedía: Objetivos operativos y evaluación.

90. Programas de reinserción social desde un centroespecífico de pacientes mentales crónicos. La atenciónindividualizada en un CEEM. Estilos de vida saludables.

Anexo II.Turno de promoción interna.Temario.1. Organización legislativa en materia de Salud Mental

en la Generalidad Valenciana. El plan de salud mental de laGeneralidad Valenciana.

2. La actuación del psicólogo clínico. Procedimientos,instrumentos y técnicas de actuación.

3. Las habilidades sociales del psicólogo clínico: Habi-lidades del terapeuta. Habilidades sociales en las fases deevaluación, exposición de las hipótesis y terapia.

4. La evaluación psicológica: Objetivos y aplicaciones.5. La entrevista. Tipos. Características y modelos.6. Los test psicológicos. Pruebas psicométricas y proyectivas.7. Tratamientos psicológicos: Modelos conductales y

cognitivo conductales.8. Evolución de la atención del enfermo mental crónico: la

reforma psiquiátrica. El desarrollo de la atención comunitaria.9. La rehabilitación psicosocial: características básicas.

Análisis crítico.10. Los centros específicos para enfermos mentales

crónicos. Delimitación conceptual, funciones, programación,funciones del psicólogo e intervención familiar.

11. Centros de rehabilitación e intervención social paraenfermos mentales crónicos: Definición. Funciones. Objeti-vos. La coordinación con otros dispositivos sociales.

12. La senso percepción: Alteraciones y medida. Laatención: Teorías y modelos.

13. La motivación. Delimitación conceptual. Los proce-sos motivacionales.

14. La memoria. Delimitación conceptual. Bases de lamemoria. Exploración clínica. Alteraciones y medida.

15. El aprendizaje. Delimitación conceptual. Teorías yaplicaciones. Principales modelos teóricos.

16. El pensamiento. Delimitación conceptual. Trastor-nos del pensamiento. Instrumentos de evaluación.

17. La inteligencia. Delimitación conceptual. Alteracio-nes y medida.

18. La personalidad. Delimitación conceptual y modelostécnicos. Instrumentos de medida.

19. Las emociones. Clasificación. La ansiedad.20. La esquizofrenia 1. Delimitación conceptual. Curso

y tipos.21. La esquizofrenia 2. Criterios diagnósticos. Trata-

mientos psicológicos.22. Trastornos afectivos 1. Trastornos bipolares. Deli-

mitación. Síntomas. Curso. Patrón familiar.23. Trastornos afectivos 2. Las depresiones. Delimita-

ción y concepto. Síntomas. Curso. La distimia.24. Trastornos de ansiedad 1. Crisis de angustia y

agorafobias. Delimitación conceptual. Tratamientos.25. Trastornos de ansiedad 2. Las fobias. Trastornos

obsesivos-compulsivos. Delimitación conceptual. Abordajeterapéutico.

26. Trastornos de la personalidad. Diagnóstico. Evalua-ción Clasificación.

27. Demencias. Concepto. Evaluación y tratamientos.28. Psicología y psicopatología de la vejez.29. La historia clínica. Exploración. Pruebas comple-

mentarias. El informe psicológico.30. Los enfermos mentales crónicos. Delimitación con-

ceptual. Problemática y necesidades y tratamiento.31. Calidad de vida y esquizofrenia. Delimitación con-

ceptual. Calidad de vida y salud mental. Instrumentos deevaluación.

32. La función del estímulo en la evaluación y la terapiade conducta: el estímulo, el análisis funcional y la evaluaciónconductual. Técnicas e instrumentos de evaluación.

33. La terapia familiar en la esquizofrenia. Desarrollohistórico. Abordajes terapéuticos. Contextos de interven-ción. Contratos y técnicas.

34. Las actividades de vida diaria. Delimitación concep-tual. Justificación y proceso de intervención.

35. La rehabilitación de los déficits cognitivos: Conse-cuencias que generan en la vida cotidiana. Programas deintervención.

36. Entrenamiento en habilidades sociales para perso-nas con problemas mentales crónicos: Desarrollo histórico,evaluación y metodología.

37. Habilidades de autocontrol y manejo del estrés.Autoestima, ansiedad y depresión. Solución de problemas.

38. La rehabilitación ocupacional: la terapia ocupacio-nal en los trastornos psiquiátricos. Evaluación de las habili-dades ocupacionales. Ámbitos de intervención.

39. Programación para la integración laboral de losenfermos mentales crónicos.

40. La familia como recurso 2. Taller de resolución deproblemas para familiares de enfermos esquizofrénicos.

41. La evaluación funcional 1. Evaluación en rehabilita-ción. Aspectos diferenciales de la evaluación en rehabilita-ción respecto a otras.

42. Aspectos psicológicos en la evaluación en la vejez.43. La terapia ocupacional en la vejez: el trabajo en

equipo. Las actividades para las personas de la 3ª edad.44. Los protocolos y programas de rehabilitación en los

centros de día para enfermos mentales crónicos.45. Elaboración de un programa PIR en un centro de

día: Objetivos operativos y evaluación.Lo que se hace público para general conocimiento,

haciendo saber que contra la presente convocatoria y susbases cabe interponer los recursos contenidos en la BaseDecimocuarta, y que los interesados podrán solicitar lostemas 17 y 18 del Temario que figura en el Anexo I, en laOficina de información de esta Corporación, y a través de lapágina web de la misma (www.ladipu.com).

Alicante, 21 de agosto de 2008.La Secretaria en funciones, Mª José Argudo Poyatos. El

Presidente accidental, Carlos Manzón Guixot.

*0818074*

ANUNCIO

Por Decreto de la señora Diputada del Área de Econo-mía, Hacienda y Recursos Humanos, número 3.061/2008,de 31 de julio -dictado en virtud de las competencias delega-das por la Presidencia por Decreto número 1.603/2007, de19 de julio-, se aprueba y convoca Concurso-Oposición, paracubrir cuatro plazas de Trabajador Social, tres de ellasreservadas la turno libre y una al turno de discapacitados,vacantes en la Plantilla de esta Excma. Diputación Provin-cial, dentro de las plazas reservadas a funcionarios decarrera, y con arreglo a las siguientes:

Bases.Primera.- Plazas objeto de la convocatoria.Es objeto de esta convocatoria la selección, por el

procedimiento de Concurso-Oposición, de cuatro plazas deTrabajador Social, vacantes en la Plantilla de esta Excma.

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Diputación Provincial, dentro de las plazas reservadas aFuncionarios de Carrera, e incluidas en las correspondientesOfertas de Empleo Público:

- Tres plazas están destinadas al turno libre.- Una plaza está reservada al turno de discapacitados.

Si esta plaza no resulta cubierta por este turno incrementarálas del turno libre.

Estas plazas están incluidas en la Escala de Administra-ción Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Medio,dotadas con los emolumentos correspondientes al Subgrupode clasificación «A2», del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y demásque correspondan de conformidad con la normativa vigente.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.I.- Para poder participar en estas Pruebas Selectivas los

aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:a) Tener la nacionalidad española. También podrán

acceder como personal funcionario en igualdad de condicio-nes que los españoles a los empleos públicos:

a.1) Los nacionales de un Estado miembro de la UniónEuropea o nacionales de aquellos Estados, a los que, envirtud de tratados internacionales celebrados por la UniónEuropea y ratificados por España, sea de aplicación la librecirculación de trabajadores.

a.2) El cónyuge, descendientes y descendientes delcónyuge, de los españoles y de los nacionales de otrosestados miembros de la Unión Europea, siempre que noestén separados de derecho, menores de 21 años o mayoresde dicha edad que vivan a sus expensas.

Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solicitudla documentación que acredite las condiciones que se alegan.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño delas tareas. La Diputación Provincial de Alicante se reserva elderecho a someter a los aspirantes a cuantas pruebasconsidere pertinentes para evaluar el cumplimiento de esterequisito.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en sucaso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para elacceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disci-plinario del servicio de cualquiera de las AdministracionesPúblicas o de los órganos constitucionales o estatutarios delas Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitaciónabsoluta o especial para empleos o cargos públicos porresolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala defuncionario, o para ejercer funciones similares a las quedesempeñaban en el caso del personal laboral, en el quehubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de sernacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situa-ción equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplina-ria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismostérminos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del Título de Diplomado en TrabajoSocial o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en lafecha en que termine el plazo de presentación de instancias.En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por elaspirante mediante certificación expedida al efecto por laAdministración competente en cada caso. Los aspirantescon titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditarque están en posesión de la correspondiente convalidacióno de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

II.- Específico para el turno reservado a discapacitados:Además de los requisitos generales expresados en el

apartado anterior, los aspirantes deberán acreditar unadiscapacidad de grado igual o superior al treinta y tres por cientoy formularlo expresamente en la solicitud de participación,aportando fotocopia de la certificación expedida por el órganocompetente que acredite tal condición y poseer la capacidadfuncional para el desarrollo de las tareas propias de las plazasobjeto de las presentes bases, acreditándose las condicionespersonales de aptitud mediante dictamen vinculante expedidopor el equipo multidisciplinar competente.

A estos efectos conforme establece el artículo 59.2 laLey 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico se adoptarán para las personas con discapacidad

que lo soliciten, las medidas precisas para establecer lasadaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios enel proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, lasadaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de lapersona con discapacidad. Para ello, los interesados debe-rán formular la correspondiente petición concreta, que apor-tarán junto con la solicitud de participación dentro del plazode presentación de instancias. Dicha petición deberá estarmotivada.

En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán encondiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- Todos los requisitos deberán cumplirse en elúltimo día del plazo de presentación de instancias y mante-nerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido, sepodrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta elnombramiento.

Tercera.- Solicitudes.I.- Quienes deseen tomar parte en el concurso-oposi-

ción, lo solicitarán en instancia dirigida al Iltmo. señor Presi-dente de la Diputación Provincial, en la que deberán manifes-tar que reúnen todas y cada una de las condiciones orequisitos exigidos en la Base Segunda, adjuntando a lainstancia fotocopia del documento Nacional de Identidad. Elmodelo de instancia se facilitará tanto en las dependenciasdel Departamento de Personal como en la Oficina de infor-mación de esta Corporación, y a través de la página web dela misma (www.ladipu.com). Sólo se podrá optar a uno de losturnos convocados.

Las personas con discapacidad deberán aportar fotoco-pia de la certificación del órgano competente, que acredite talcondición, así como el tipo y graduación de la misma.

II.- Las Bases de la Convocatoria y Anexos a las mismasse publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) yen el tablón de Anuncios de la Corporación. Un extracto dela Convocatoria se publicará también en el Diario Oficial dela Comunidad Valenciana (D.O.C.V.) y en el Boletín Oficialdel Estado (B.O.E.).

III.- El plazo de presentación de instancias será deveinte días naturales, a contar desde el día siguiente al depublicación del anuncio-extracto de la convocatoria en elB.O.E. En dicho extracto, además de los insertos precisos,se avisará que en el Boletín Oficial de la Provincia sepublicará la resolución aprobatoria de la lista de aspirantesadmitidos y excluidos al Concurso-Oposición, así como lafecha, hora y lugar de inicio de las Pruebas.

Las instancias y documentación oportunas se presenta-rán en horas hábiles, de lunes a viernes, en el RegistroGeneral de la Excma. Diputación Provincial (calle Tucumán,número 8, de Alicante) o en la forma que determina el artículo38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común.

IV.- Los efectos administrativos de la Convocatoria seproducirán desde la fecha en que se publique en el B.O.E. elextracto referido en los apartados anteriores.

Cuarta.- Admisión de candidatos.Expirado el plazo de presentación de instancias, la

señora Diputada del Área de Economía, Hacienda y Recur-sos Humanos -en virtud de las facultades que le fuerondelegadas por el Iltmo. señor Presidente mediante Decretonúmero 1.603, de 19 de julio de 2007- dictará resolución, enel plazo máximo de un mes, declarando aprobada la listaprovisional de aspirantes admitidos y excluidos, que sepublicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón deanuncios de la Corporación. Contra esta resolución se podrápresentar escrito de subsanación y/o reclamación en el plazode diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Si se presentara escrito de subsanación y/o reclama-ción será aceptado o rechazado en la resolución por la quese apruebe la lista definitiva, que se publicará, asimismo, enlos lugares indicados para la lista provisional. En el caso deque no se presente escrito de subsanación y/o reclamaciónalguna, la lista provisional de aspirantes admitidos y exclui-dos quedará elevada automáticamente a definitiva.

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Quinta.- Comisión técnica de valoración.I.- La Comisión Técnica de Valoración, de conformidad

con lo dispuesto en los artículos 55 y 60 de la Ley 7/2007, de12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público serádesignada por la Presidencia de la Corporación, o en sucaso, por quien actúe por delegación de la misma, ajustán-dose a los principios de imparcialidad y profesionalidad desus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entremujer y hombre. La Comisión actuará en todo caso, confor-me a los principios de independencia y discrecionalidadtécnica, y estará integrada por cinco miembros, funcionariosde carrera, de los cuales uno será el Presidente, tres actua-rán como Vocales y asumirá la Secretaría de la Comisión elSecretario General de la Corporación o funcionario en quiendelegue, que actuarán con voz y voto.

El personal de elección o de designación política, losfuncionarios interinos y el personal eventual no podránformar parte de la Comisión Técnica de Valoración.

La pertenencia a la Comisión Técnica de Valoración detodos sus miembros, tanto titulares como suplentes, será atítulo individual, no pudiendo ostentarse ésta en representa-ción o por cuenta de nadie. Igualmente, todos sus miembrosdeberán poseer una titulación igual o superior a la requeridapara el acceso a las plazas convocadas y pertenecer almismo grupo/subgrupo o a grupos/subgrupos superiores, yla mayoría de los miembros pertenecer a la misma área deconocimientos que la exigida para el ingreso.

La designación de los miembros de la Comisión Técnicade Valoración, que incluirá la de los respectivos suplentes, sehará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante,así como en el tablón de anuncios de la Corporación.

II.- La Comisión Técnica de Valoración no podrá cons-tituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de susmiembros -titulares o suplentes- indistintamente. En caso deausencia tanto del Presidente titular como del suplente, laPresidencia la ostentará el miembro de la Comisión Técnicade Valoración de mayor jerarquía, antigüedad y edad, poreste orden.

III.- La Comisión Técnica de Valoración estará facultadapara resolver cualquier duda o incidencia que pudiera surgirdurante la celebración de las pruebas selectivas, y paratomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas parael buen orden y resultado de las mismas.

IV.- A los efectos de comunicaciones, anuncios y demásincidencias, la Comisión Técnica de Valoración, sea cualfuere el lugar de celebración de las pruebas, tendrá su sedeen el edificio Tucumán de la Excma. Diputación Provincial,calle Tucumán, número 8, de Alicante.

V.- Los miembros de la Comisión Técnica de Valoracióndeberán abstenerse de intervenir cuando concurran lascircunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,notificándolo a la autoridad convocante. Asimismo, los aspi-rantes podrán recusarles en la forma prevista en el artículo29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, deberán abstenerse aquellos que hubieranrealizado tareas de preparación de aspirantes en los cincoaños anteriores a la publicación de esta Convocatoria.

VI.- La Comisión Técnica de Valoración podrá disponerla incorporación a sus trabajos de asesores especialistas,para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores selimitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en baseexclusivamente a las cuales colaborarán con la Comisión ytendrán voz pero no voto. Asimismo podrá acordar la incorpo-ración de colaboradores que ayudarán a la Comisión Técnicade Valoración en la realización de las pruebas. Este personal,a efectos de indemnizaciones por asistencia, estará sujeto ala misma normativa que los vocales de la Comisión.

VII.- Contra los actos de la Comisión Técnica de Valo-ración se podrán interponer los siguientes recursos y recla-maciones:

A.- Contra las propuestas finales de los aspirantesaprobados y, en general, contra los actos de trámite quedeterminen la imposibilidad de continuar el procedimiento

selectivo o produzcan indefensión y que no agoten la víaadministrativa, se podrá interponer recurso de alzada enbase al artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, ante la señora Diputada delÁrea de Economía, Hacienda y Recursos Humanos, en elplazo de un mes a contar desde el día siguiente al de sunotificación, o de su publicación en el tablón de anuncios deesta Excma. Diputación Provincial. Transcurridos tres me-ses desde la interposición sin que recaiga resolución, sepodrá entender desestimado el recurso, quedando expeditala vía del recurso contencioso-administrativo, y ello sinperjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que estimepertinente.

B.- Contra los demás actos de trámite los interesadospodrán presentar las reclamaciones y formular las alegacio-nes que estimen pertinentes, ante la Comisión Técnica deValoración en el plazo de diez días a contar desde elsiguiente a la fecha de publicación.

VIII.- La Comisión Técnica de Valoración tendrá lacategoría segunda de las recogidas en el Anexo IV del RealDecreto 462/2002, de 24 de mayo, a efectos del percibo deasistencias en las cuantías vigentes en su momento. Asimis-mo, cuando concurran los supuestos excepcionales delartículo 30.3 del R.D. 462/2002, procederá aplicar los incre-mentos previstos en el citado precepto.

Sexta.- Procedimiento de selección.El procedimiento de selección constará de las siguien-

tes fases: Oposición y Concurso.I.- Fase de Oposición: estará compuesta por los ejerci-

cios que a continuación se indican:Primer ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo

fijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no seráinferior a 35 minutos-, a un cuestionario de 40 preguntassobre el temario general que figura en el Anexo a estaConvocatoria (temas 1 al 12 ambos inclusive), con cuatrorespuestas alternativas de las que sólo una de ellas será lacorrecta.

Este ejercicio se valorará de 0 a 6 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 3 puntos.

Las contestaciones erróneas se valorarán negativa-mente con una penalización equivalente a un tercio del valorde cada contestación correcta y las contestaciones en blan-co ni puntúan ni penalizan.

Segundo ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempo

fijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no podráexceder de dos horas-, dos temas elegidos entre tres, extraí-dos al azar por los opositores, del Temario Específico quefigura en el Anexo a esta Convocatoria (temas 13 al 60ambos inclusive).

Este ejercicio se valorará de 0 a 12 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 6 puntos.

La Comisión Técnica de Valoración podrá determinarque se proceda a la lectura pública de este ejercicio, pudien-do dialogar con el aspirante sobre los temas expuestos ypedirle cualesquiera otras explicaciones complementarias.

Tercer ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos

teórico-prácticos, que propondrá la Comisión Técnica deValoración, durante un tiempo fijado a su prudente arbitrio, yque no podrá exceder de dos horas y treinta minutos, encondiciones de igualdad para todos los aspirantes, relativosa las tareas y cometidos propios de la plaza y al TemarioEspecífico.

Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendoeliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5puntos.

II.- Fase de Concurso.- Los méritos, que la ComisiónTécnica valorará, deberán ser alegados y debidamente jus-tificados por los aspirantes al Concurso-Oposición, en eltiempo otorgado al efecto, en el bien entendido que lo que no

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se alegue y justifique en tiempo y forma no se tendrá encuenta por la Comisión Técnica de Valoración.

Los méritos a computar son los que a continuación serelacionan, con la puntuación que se indica, y que el aspiran-te deberá autobaremar conforme al modelo de instancia quese facilitará al efecto, tanto en las dependencias del Depar-tamento de Personal como en la oficina de información deesta Corporación, y a través de la página web de la misma(www.ladipu.com):

a) Antigüedad.- Por servicios prestados en cualquierAdministración Pública 0,05 puntos por mes de servicio,hasta un máximo de 3,50 puntos. El tiempo de servicioscomputables se puntuará por meses efectivos completos,despreciándose las fracciones inferiores a un mes, salvocasos de empate.

b) Por experiencia profesional en tareas o cometidos denaturaleza igual a la que se opta, a 0,05 puntos por mes deexperiencia, hasta un máximo de 3,50 puntos. La experien-cia profesional computable se puntuará por meses efectivoscompletos, despreciándose las fracciones inferiores, salvocasos de empate. A estos efectos se facilitará a los oposito-res junto con el modelo de instancia para presentar losméritos, la plantilla en la que se detallen las tareas y funcio-nes que serán objeto de valoración según este apartado.

c) Por estar en posesión de Diplomas por asistencia oaprovechamiento a Cursos de Formación o Perfecciona-miento. Se valorarán, hasta un máximo de 2,50 puntos, losCursos de Formación y Perfeccionamiento que tengan rela-ción directa con las tareas y cometidos propios de la plaza yque hubieren sido convocados u organizados por esta Dipu-tación Provincial, así como por Institutos y Escuelas Oficialesde formación de Funcionarios y personal al servicio de laAdministración, Organizaciones Sindicales, Universidades,INEM, Generalitat Valenciana u otras Comunidades Autóno-mas, Colegios Oficiales u otras entidades de carácter ointerés público.

En todos los casos se valorarán una sola vez los cursosrelativos a una misma materia, aunque se haya repetido suparticipación.

No se valorará, tanto los cursos que no acrediten lashoras de duración como los inferiores a 15 horas lectivas, lospertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado,los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativosa Jornadas, Mesas redondas, Encuentros, Debates, Congre-sos, Seminarios, Simposios o análogos.

La valoración de cada Curso se efectuará en función desu duración con arreglo a la siguiente escala:

- De 15 o más horas: 0,15 puntos.- De 25 o más horas: 0,25 puntos.- De 35 o más horas: 0,35 puntos.- De 50 o más horas: 0,50 puntos.d) Otros méritos.- Se valorarán hasta un máximo de

2,50 puntos, desglosados de la siguiente forma:1).- Se valorará, hasta un máximo de 0,50 puntos, el

conocimiento del Valenciano siempre que se acredite estaren posesión del certificado expedido por la Junta Qualificadorade Coneixements del valencià o equivalente reconocido porla Generalitat Valenciana, con arreglo a la siguiente escala:

- Certificado de Coneixements orals: 0,10 puntos.- Certificado de Grau Elemental: 0,20 puntos.- Certificado de Grau Mitjà: 0,30 puntos.- Certificado de Grau Superior: 0,50 puntos.En caso de poseer más de un certificado de conocimien-

to del valenciano, sólo se valorará el de nivel superior.2).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, el cono-

cimiento de lenguas oficiales de la Unión Europea diferentesde la lengua española, acreditándose documentalmentemediante certificados expedidos por las Escuelas Oficialesde Idiomas o cursos obtenidos en el extranjero, en cuyo casose deberá estar en posesión de la credencial que acredite suhomologación o convalidación, a razón de 0,20 puntos porcurso.

Para la valoración de los idiomas comunitarios, enningún caso se considerarán los cursos superados de idio-mas incluidos en los planes de estudios de Bachiller Elemen-

tal, Graduado Escolar, Formación Profesional, Bachiller Su-perior y de estudios universitarios de cualquier nivel.

3).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, la pose-sión de títulos académicos oficiales superiores al exigido enla convocatoria, en el bien entendido que sólo se valorará elde nivel superior.

Serán méritos puntuables en cada concursante, loscontraídos hasta el día de publicación del anuncio-extractode la convocatoria en el B.O.E.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, nipodrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fasede oposición, por lo que solamente se procederá a puntuarel concurso en el caso de haber superado el nivel de aptitudestablecido para todos y cada uno de los ejercicios decarácter eliminatorio de la fase de oposición.

Séptima.- Desarrollo de las pruebas.I.- En la resolución de la señora Diputada del Área de

Economía, Hacienda y Recursos Humanos de la Corpora-ción a que se refiere la Base Cuarta, y que se publicará en elBoletín Oficial de la Provincia, se anunciará, asimismo, eldía, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de laFase de Oposición y los sucesivos anuncios de la presenteconvocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de laCorporación.

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo delsiguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas ymáximo de 45 días naturales.

No obstante, se podrán reducir los plazos indicados enel párrafo anterior si lo propusiera la Comisión Técnica deValoración y aceptaran todos los aspirantes o fuera solicita-do por éstos unánimemente.

Los aspirantes que lo deseen podrán realizar las prue-bas en valenciano, debiendo referirlo expresamente en suinstancia.

II.- Los aspirantes quedarán decaídos en su derechocuando se personen en los lugares de celebración una veziniciadas las pruebas o por la inasistencia a las mismas, auncuando se deba a causas justificadas. Tratándose de prue-bas orales u otras de carácter individual y sucesivo, laComisión Técnica de Valoración podrá apreciar las causasalegadas y admitir al aspirante, siempre y cuando las mismasno hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe elprincipio de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- El orden de actuación de los aspirantes, en elsupuesto de que en algún ejercicio no pudieran actuarconjuntamente, vendrá determinado por orden alfabético,iniciándose por aquél cuyo primer apellido comience por laletra surgida del sorteo celebrado al efecto.

La Comisión Técnica de Valoración en la realización delos ejercicios escritos deberá garantizar, siempre que seaposible, el anonimato de los aspirantes.

En cualquier momento la Comisión Técnica de Valora-ción podrá requerir a los aspirantes que acrediten su perso-nalidad.

Los aspirantes deberán observar en todo momento lasinstrucciones de los miembros de la Comisión Técnica o delpersonal ayudante o asesor durante la celebración de laspruebas, en orden al adecuado desarrollo de las mismas.

Durante la realización de los ejercicios, no está permi-tido el uso de teléfonos móviles u otros dispositivos suscep-tibles de almacenar o transmitir información.

Junto con el resultado del último ejercicio de la fase deoposición, la Comisión Técnica de Valoración expondrá alpúblico la relación de aspirantes que, por haber superadotodos los ejercicios eliminatorios deben pasar a la fase deconcurso, emplazándolos para que en el plazo de 10 díashábiles presenten la documentación acreditativa de los mé-ritos previstos en la convocatoria, adjuntando certificacionesy/o justificantes acreditativos de los mismos. No obstante, enel caso de que los méritos alegados obren en el Área deRecursos Humanos de la Excma. Diputación Provincial,bastará con que se acredite esta circunstancia, y se identifi-quen y relacionen con toda claridad en la instancia, que en sucaso se presente, en el plazo señalado para aportar losméritos.

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Una vez baremados los méritos, la Comisión Técnica deValoración expondrá al público la lista de aspirantes con laspuntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concedién-doles un plazo de diez días hábiles para que formulen lasalegaciones que estimen pertinentes en relación con labaremación.

Resueltas las posibles alegaciones, la Comisión Técni-ca de Valoración publicará la relación definitiva de aspirantesaprobados por su orden de puntuación.

Octava.- Calificaciones.I.- Fase de Oposición: cada uno de los ejercicios de la

Fase de Oposición se calificará conforme a lo establecido enla Base Sexta, apartado I.

II.- Fase de Concurso: la valoración de los méritos decada aspirante se obtendrá aplicando las reglas que figuranen la Base Sexta, apartado II.

III.- La calificación definitiva de cada aspirante vendrádeterminada por la suma de las puntuaciones obtenidas enla Fase de Oposición y en la Fase de Concurso.

Novena.- Relación de aprobados y propuesta de nom-bramiento.

I.- Finalizada la calificación, la Comisión Técnica deValoración publicará en el tablón de anuncios de la Corpora-ción la «relación de los aspirantes aprobados», por orden depuntuación, no pudiendo rebasar ésta el número de plazasconvocadas en el Concurso-Oposición.

Cualquier Propuesta de aprobados que contravenga loanteriormente establecido será nula de pleno derecho.

II.- El Presidente de la Comisión Técnica de Valoraciónelevará la «relación de los aspirantes aprobados» a la señoraDiputada del Área de Economía, Hacienda y Recursos Hu-manos de la Corporación con propuesta de nombramientode funcionario de carrera.

No obstante lo anterior, y con el fin de asegurar lacobertura del número de plazas convocadas, cuando seproduzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antesde su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocantepodrá requerir del órgano de selección relación complemen-taria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para suposible nombramiento como funcionario de carrera.

Décima.- Presentación de documentos.I.- En el plazo de 20 días naturales, a contar del de la

publicación de la «relación del aspirante aprobado», a que serefiere la Base anterior, el aspirante que figure en ella deberápresentar los documentos acreditativos de capacidad y re-quisitos exigidos en la Base Segunda, a saber:

1) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad odocumentación que acredite cumplir el requisito de la basesegunda I, a), que se presentarán con el original para sucompulsa.

2) Copia autenticada o fotocopia (acompañada deloriginal para su cotejo) de la Titulación exigida en la convo-catoria, o justificante de haber abonado los derechos para suexpedición. Si estos documentos estuvieran expedidos des-pués de la fecha en que expiró el plazo de presentación deinstancias, se deberá justificar el momento en que concluyólos estudios.

3) Certificado del Registro Central de Penados y Rebel-des, cuyo trámite facilitará el Departamento de Personal dela Excma. Diputación Provincial de Alicante.

4) Declaración de no haber sido separado medianteexpediente disciplinario, del servicio de cualquiera de lasAdministraciones Públicas, así como no hallarse incurso enninguna de las causas de incapacidad específica, conformea la normativa vigente.

5) El Servicio de Prevención de la Excma. DiputaciónProvincial procederá a realizar el reconocimiento médico delos aspirantes aprobados al objeto de determinar la aptitudfísica o psíquica para el desempeño de las plazas objeto deesta convocatoria.

Los aspirantes que tengan la condición de discapacitadosdeberán presentar, además, certificación del órgano compe-tente, que acredite tal condición y su capacidad para desem-peñar las tareas que correspondan a las plazas objeto deesta convocatoria.

II.- Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerzamayor, no presentarán la documentación o del examen de lamisma se dedujera que carecen de alguno de los requisitosseñalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados yquedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de laresponsabilidad en que pudieran haber incurrido por false-dad en la solicitud inicial.

III.- Quien tuviere la condición de funcionario público ocontratado en régimen laboral por Organismos Públicos,estará exento de justificar las condiciones y los requisitosexigidos cuando obtuvieron su anterior nombramiento, por loque tendrán que presentar, únicamente, el certificado delMinisterio, Corporación Local u Organismo Público de quedependan, justificativo de su condición, de que cumplen lascondiciones y requisitos señalados en la Base Segunda, sinperjuicio de tener que acreditar aquellos que se exigen y noconsten en su expediente personal.

Undécima.- Nombramiento y toma de posesión.Cumplimentado por el aspirante propuesto lo estableci-

do en la Base anterior y realizados los trámites administrati-vos pertinentes, la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos de la Excma. DiputaciónProvincial efectuará el nombramiento correspondiente, de-biendo el interesado tomar posesión de su cargo en el plazoreglamentario. Si no tomaran posesión en el citado plazo, sincausa justificada, decaerán en su derecho, por caducidaddel nombramiento.

Duodécima.- Incompatibilidades.Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su

caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en laLey 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidadesdel Personal al servicio de las Administraciones Públicas, ydemás normativa aplicable.

Decimotercera.- Normativa.En todo lo no previsto en las presentes Bases, en lo que

no se oponga a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril,del Estatuto Básico del Empleado Público, se estará a lodispuesto en:

- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local;

- La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para laReforma de la Función Pública;

- El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que seestablecen las reglas básicas y programas mínimos a quedebe ajustarse el procedimiento de selección;

- El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,por el que se aprueba Texto Refundido de las Disposicioneslegales vigentes en materia de Régimen Local;

- El Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley de FunciónPública Valenciana.

- El Decreto 33/1999, de 9 de marzo, de la GeneralitatValenciana, por el que se aprueba el Reglamento de Selec-ción, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administra-tiva del Personal comprendido en el ámbito de aplicación dela Ley de la Función Pública Valenciana.

- El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el quese aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personalal servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional delos Funcionarios Civiles de la Administración General delEstado; y demás disposiciones aplicables y concordantes.

Decimocuarta.- Impugnación.Contra la presente convocatoria y/o sus bases, cuyo

acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativapodrá interponerse, por los interesados legitimados,potestativamente, en base al artículo 116 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, recursode reposición ante la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos, en el plazo de un mes acontar desde el día siguiente al de la publicación del extractode estas bases en el Boletín Oficial del Estado, o bien,interponer directamente recurso contencioso-administrativoante el Juzgado de este orden de Alicante o bien a su

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elección, el de la circunscripción de su domicilio si lo tuvierafuera de Alicante, en el plazo de dos meses a contar desdela fecha de publicación del referido extracto en el B.O.E. atenor de lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Admi-nistrativa advirtiéndole que tales recursos no tienen efectosuspensivo, y ello sin perjuicio de que se pueda ejercitarcualquier otro que estime pertinente.

Anexo.Temario General.1.- La Constitución Española de 1978. Estructura y

Principios Fundamentales, Derechos y Deberes: Garantía ySuspensión. Principios rectores de la política social y econó-mica. La Corona.

2.- La Cortes Generales. Composición y Funcionamien-to. Elaboración de Leyes. Leyes Estatales y Autonómicas:relaciones entre el ordenamiento estatal y los ordenamientosautonómicos. Los Tratados Internacionales como normas deDerecho Interno, especial referencia a los Tratados de laComunidad Europea.

3.- El Gobierno y la Administración. Principios Constitu-cionales de la Administración. Relaciones entre el Gobiernoy las Cortes Generales. Órganos de Control dependientes delas Cortes Generales. El Defensor del Pueblo y el Tribunal deCuentas. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional.

4.- Organización Territorial del Estado. Principios Ge-nerales. La Administración del Estado: Organización Centraly Periférica. Las Comunidades Autónomas. Distribución decompetencias.

5.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valencia-na. Estructura y Principios Fundamentales. Competenciasde la Generalitat Valenciana y su desarrollo normativo. LaGeneralitat Valenciana: Las Cortes: Composición, Constitu-ción y Funciones. El Consell: Composición, Atribuciones yFuncionamiento. Otras Instituciones: el Síndico de Agraviosy la Sindicatura de Cuentas.

6.- Las disposiciones y los actos administrativos: requi-sitos, eficacia, nulidad y anulabilidad. El procedimiento admi-nistrativo: sus fases. El silencio administrativo. Revisión delos actos en la vía administrativa.

7.- Los administrados. Los funcionarios públicos: con-cepto, derechos y deberes. Responsabilidad de las Adminis-traciones Públicas y de sus autoridades y demás personal asu servicio.

8.- Los contratos de las administraciones públicas.Requisitos para contratar con la Administración. De lospliegos de cláusulas administrativas y prescripciones técni-cas. Los distintos tipos de contratos administrativos. Laextinción de los contratos.

9.- Régimen Local Español. Principios Constitucionalesy Regulación Jurídica. El municipio en el Régimen Local: elAyuntamiento, su composición y competencias. La Provinciaen el Régimen Local: La Diputación Provincial, su composi-ción y competencias.

10.- El Pleno Provincial: composición y atribuciones. ElPresidente: competencias, delegación de las mismas, y susresoluciones. La Junta de Gobierno y las Comisiones Infor-mativas. El presupuesto en las corporaciones locales: prin-cipios presupuestarios, contenido y estructura.

11.- Haciendas Locales. Clasificación de los Ingresos.Ordenanzas Fiscales. Los Presupuestos Locales. RégimenJurídico del gasto público local.

12.- La gestión de la calidad. Las herramientas de lacalidad. La calidad en la Administración Pública.

Temario específico.13.- Origen y desarrollo del Estado De Bienestar14.-Ética y Código Deontológico en Trabajo Social:

valores y principios, el secreto profesional y laconfidencialidad.

15.- El sistema público de Servicios Sociales en laCC.VV.: normativa, principios generales, estructura y com-petencias de la administración autonómica y local.

16.- El Acuerdo Marco de cofinanciación de las Servi-cios Sociales y Prestaciones Sociales básicas. Concepto ydesarrollo.

17.- Plan de Medidas de Inserción Social y PrestacionesEconómicas regladas en la CC.VV. La Renta garantizada deCiudadanía.

18.- Los Servicios Sociales Generales: Característicasy organización. El equipo social de base: funciones

19.-Plan Integral de la Familia y protección de la infanciay adolescencia en la CC.VV.

20.- Prestaciones contributivas y no contributivas en elsistema de la Seguridad Social

21.- Metodología del Trabajo Social. El diagnósticosocial: el diagnóstico social multifactorial.

22.- Las técnicas básicas en Trabajo Social. La entre-vista. El cuestionario. La observación.

23.- La ficha social. La historia Social. El Informe Social24.- El Servicio de Ayuda a Domicilio: definición, obje-

tivos y fines. El programa de Teleasistencia Domiciliaria:concepto y objetivos .

25.- Necesidades Sociales: conceptos. Necesidad, de-manda y Trabajo Social. Recursos Sociales.

26.- El Trabajo Social de Equipo. Funciones del equipointerdisciplinar.

27.- Planificación y programación en Servicios Sociales28.- Elementos y características de un Plan. Diseño y

características de la elaboración de proyectos en el ámbitode los Servicios Sociales.

29.- El Trabajo Social: concepto, concepciones y carac-terísticas. Naturaleza y objeto. Objetivos y funciones.

30.- La evaluación en el proceso metodológico delTrabajo Social: elementos a tener presentes. Indicadores.

31.- La ejecución de programas: técnicas, proceso yseguimiento.

32.- Los Servicios Sociales especializados: caracterís-ticas, organización, normativa, funciones del TrabajadorSocial. Recursos en la Comunidad Valenciana y en la provin-cia de Alicante.

33.- Historia del Trabajo Social: evolución y desarrollo.34.- La Diputación Provincial de Alicante: competen-

cias, recursos y estructura en materia de política social.35.- La Intervención Social: concepto, metodología y

fases.36.- Tercer Sector: el papel de la iniciativa social,

asociacionismo y legislación. Subvenciones públicas: nor-mativa.

37.- Voluntariado. Legislación nacional y autonómica.38.- Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor.

Papel de los Servicios Sociales generales y especializados.39.- El Acogimiento Familiar: definición, características,

tipología, intervención profesional y marco legislativo.40.- El maltrato infantil. Definición. Incidencia, El papel

del Trabajador Social en los programas de prevención eintervención. Recursos en la Comunidad Valenciana.

41.- Las Adopciones Nacionales e Internacionales.Marco legislativo nacional y autonómico, Competencias.Procedimiento. Intervención del Trabajador Social. El Con-sejo de Adopción de la CC.VV.

42.- El Trabajo Social con menores en situación deriesgo social. El proceso de derivación.

43.- Pobreza y exclusión social. Atención a personassin hogar: necesidades, principios, objetivos, servicios yprogramas.

44.- Aspectos sociodemográficos de la provincia deAlicante

45.- El Trabajo Social en el campo de la atención a laSalud Mental. Competencias y estructura en la CC.VV.Recursos .

46.- El Trabajo Social con Personas Mayores. Progra-mas de prevención. Recursos y competencias de la Comu-nidad Autónoma y de la Administración local.

47.- Ley de Promoción de la autonomía personal yatención a las personas en situación de dependencia: pres-taciones y catálogo de servicios. La intervención del Traba-jador Social

48.- Medidas de protección Integral contra la violenciade género. Normativa. Plan y Ley Valenciana para la Igual-dad entre hombres y mujeres.

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49.- La Cooperación Internacional al Desarrollo.Globalización. Estrategias de lucha contra la pobreza. As-pectos generales y fases de un proyecto de Cooperaciónpara el desarrollo.

50.- Personas con discapacidad: conceptos básicos,problemática, recursos y servicios. Normativa.

51.- Ley de Promoción de la autonomía personal yatención a las personas en situación de dependencia: titula-res de derechos. Derechos y obligaciones de las personasdependientes. Niveles de protección y participación de lasdiferentes Administraciones.

52.- Trabajo Social con jóvenes. Prevención e intervención.53.- Salud laboral: introducción general sobre seguri-

dad y salud laboral. Ley de prevención de riesgos laborales.Cultura preventiva.

54.- Multiculturalidad. El Trabajo Social con inmigrantesy refugiados

55.- Política Social en la Unión Europea. Evolución ydesarrollo. Programas europeos.

56.- Drogodependencias y otras conductas adictivas.La prevención educativa.

57.- La Mediación Familiar en la Comunidad Valencia-na. Legislación. El papel del Trabajador Social en los proce-sos de mediación.

58.- La Calidad en los Servicios Sociales de titularidadpública.

59.- Plan Autonómico sobre drogodependencias y otrostrastornos adictivos. Modelo de intervención endrogodependencias en la Comunidad Valenciana. Organiza-ción y competencias. Legislación.

60.- Igualdad de oportunidades, no discriminación yaccesibilidad universal de las personas con discapacidad.

Lo que se hace público para general conocimiento,haciendo saber que contra la presente convocatoria y susbases cabe interponer los recursos contenidos en la BaseDecimocuarta, y que los interesados podrán solicitar el Tema12 del temario genérico, en la oficina de información de estaCorporación, y a través de la página web de la misma(www.ladipu.com).

Alicante, 21 de agosto de 2008.La Secretaria General, Amparo Koninckx Frasquet. La

Diputada del Área Economía, Hacienda y de Recursos Hu-manos, Mª del Carmen Jiménez Egea.

*0818076*

ANUNCIO

Por Decreto de la señora Diputada del Área de Econo-mía, Hacienda y Recursos Humanos, número 3.062/2008,de 31 de julio -dictado en virtud de las competencias delega-das por la Presidencia por Decreto número 1.603/2007, de19 de julio-, se aprueba y convoca Concurso-Oposición, paracubrir tres plazas de Monitor Ocupacional Especializado,dos de ellas reservadas a promoción interna y una al turnolibre, vacantes en la Plantilla de esta Excma. DiputaciónProvincial, dentro de las plazas reservadas a funcionarios decarrera, y con arreglo a las siguientes:

Bases.Primera.- Plazas objeto de la convocatoria.Es objeto de esta convocatoria la selección, por el

procedimiento de Concurso-Oposición de tres plazas deMonitor Ocupacional Especializado, dos plazas reservadasa promoción interna y una al turno libre, vacantes en laPlantilla de esta Excma. Diputación Provincial, dentro de lasplazas reservadas a Funcionarios de Carrera, e incluidas enlas correspondientes Ofertas de Empleo Público.

Estas plazas están incluidas en la Escala de Administra-ción Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Perso-nal de Oficios, dotadas con los emolumentos correspondien-tes al Subgrupo de clasificación «C1», del artículo 76 de laLey 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico y demás que correspondan de conformidad con lanormativa vigente.

Si las plazas reservadas a promoción interna quedaranvacantes, acrecerá la del turno libre.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.I.- Para poder participar en estas Pruebas Selectivas los

aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:a) Tener la nacionalidad española. También podrán

acceder como personal funcionario en igualdad de condicio-nes que los españoles a los empleos públicos:

a.1) Los nacionales de un Estado miembro de la UniónEuropea o nacionales de aquellos Estados, a los que, envirtud de tratados internacionales celebrados por la UniónEuropea y ratificados por España, sea de aplicación la librecirculación de trabajadores.

a.2) El cónyuge, descendientes y descendientes delcónyuge, de los españoles y de los nacionales de otrosestados miembros de la Unión Europea, siempre que noestén separados de derecho, menores de 21 años o mayoresde dicha edad que vivan a sus expensas.

Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solici-tud la documentación que acredite las condiciones que sealegan.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño delas tareas. La Diputación Provincial de Alicante se reserva elderecho a someter a los aspirantes a cuantas pruebasconsidere pertinentes para evaluar el cumplimiento de esterequisito.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en sucaso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para elacceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disci-plinario del servicio de cualquiera de las AdministracionesPúblicas o de los órganos constitucionales o estatutarios delas Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitaciónabsoluta o especial para empleos o cargos públicos porresolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala defuncionario, o para ejercer funciones similares a las quedesempeñaban en el caso del personal laboral, en el quehubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de sernacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situa-ción equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplina-ria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismostérminos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del Título de Bachiller Superior oequivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha enque termine el plazo de presentación de instancias. En todocaso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirantemediante certificación expedida al efecto por la Administra-ción competente en cada caso, o sólo para el turno dePromoción interna, alternativamente, podrán participar siposeen antigüedad de diez años en el Subgrupo de clasifica-ción «C2», del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, delEstatuto Básico del Empleado Público, o de cinco años y lasuperación de un curso específico de formación. Los aspi-rantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberánacreditar que están en posesión de la correspondiente con-validación o de la credencial que acredite, en su caso, lahomologación.

II.-Específico para el turno de promoción interna:Estar ocupando plaza como funcionario de carrera en la

Excma. Diputación Provincial de Alicante, y estar encuadra-da en el Subgrupo de clasificación «C2», del artículo 76 dela Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Emplea-do Público, con una antigüedad mínima de dos años comofuncionario de carrera en situación de servicio activo o deexcedencia voluntaria por desempeño de otro puesto detrabajo en la Diputación Provincial de Alicante.

III.- De conformidad con lo establecido en el artículo38.3 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Socialde los Minusválidos, serán admitidas las personas condiscapacidad en igualdad de condiciones con los demásaspirantes, todo ello condicionado a la capacidad funcionalpara el desempeño de las tareas o funciones propias de estaplaza, acreditándose las condiciones personales de aptitudmediante dictamen vinculante expedido por el equipomultidisciplinar competente.

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A estos efectos conforme establece el artículo 59.2 laLey 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico se adoptarán para las personas con la condiciónlegal de discapacitado que lo soliciten, las medidas precisaspara establecer las adaptaciones y ajustes razonables detiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez supera-do dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajoa las necesidades de la persona con discapacidad. Para ello,los interesados deberán formular la correspondiente peticiónconcreta, que aportarán junto con la solicitud de participa-ción dentro del plazo de presentación de instancias. Dichapetición deberá estar motivada.

En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán encondiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.

IV.- Todos los requisitos deberán cumplirse en elúltimo día del plazo de presentación de instancias y mante-nerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido, sepodrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta elnombramiento.

Tercera.- Solicitudes.I.- Quienes deseen tomar parte en el concurso-oposi-

ción, lo solicitarán en instancia dirigida al Iltmo. señor Presi-dente de la Diputación Provincial, en la que deberán manifes-tar que reúnen todas y cada una de las condiciones orequisitos exigidos en la Base Segunda, adjuntando a lainstancia fotocopia del documento Nacional de Identidad. Elmodelo de instancia se facilitará tanto en las dependenciasdel Departamento de Personal como en la Oficina de infor-mación de esta Corporación, y a través de la página web dela misma (www.ladipu.com). Sólo se podrá optar a uno de losturnos convocados.

Las personas con discapacidad deberán aportar fotoco-pia de la certificación del órgano competente, que acredite talcondición, así como el tipo y graduación de la misma.

II.- Las Bases de la Convocatoria y Anexos a las mismasse publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) yen el tablón de Anuncios de la Corporación. Un extracto dela Convocatoria se publicará también en el Diario Oficial dela Comunidad Valenciana (D.O.C.V.) y en el Boletín Oficialdel Estado (B.O.E.).

III.- El plazo de presentación de instancias será deveinte días naturales, a contar desde el día siguiente al depublicación del anuncio-extracto de la convocatoria en elB.O.E. En dicho extracto, además de los insertos precisos,se avisará que en el Boletín Oficial de la Provincia sepublicará la resolución aprobatoria de la lista de aspirantesadmitidos y excluidos al Concurso-Oposición, así como lafecha, hora y lugar de inicio de las Pruebas.

Las instancias y documentación oportunas se presenta-rán en horas hábiles, de lunes a viernes, en el RegistroGeneral de la Excma. Diputación Provincial (calle Tucumán,número 8, de Alicante) o en la forma que determina el artículo38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común.

IV.- Los efectos administrativos de la Convocatoria seproducirán desde la fecha en que se publique en el B.O.E. elextracto referido en los apartados anteriores.

Cuarta.- Admisión de candidatos.Expirado el plazo de presentación de instancias, la

señora Diputada del Área de Economía, Hacienda y Recur-sos Humanos -en virtud de las facultades que le fuerondelegadas por el Iltmo. señor Presidente mediante Decretonúmero 1.603, de 19 de julio de 2007- dictará resolución, enel plazo máximo de un mes, declarando aprobada la listaprovisional de aspirantes admitidos y excluidos, que sepublicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón deanuncios de la Corporación. Contra esta resolución se podrápresentar escrito de subsanación y/o reclamación en el plazode diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Si se presentara escrito de subsanación y/o reclama-ción será aceptado o rechazado en la resolución por la quese apruebe la lista definitiva, que se publicará, asimismo, enlos lugares indicados para la lista provisional. En el caso de

que no se presente escrito de subsanación y/o reclamaciónalguna, la lista provisional de aspirantes admitidos y exclui-dos quedará elevada automáticamente a definitiva.

Quinta.- Comisión técnica de valoración.I.- La Comisión Técnica de Valoración, de conformidad

con lo dispuesto en los artículos 55 y 60 de la Ley 7/2007, de12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público serádesignada por la Presidencia de la Corporación, o en sucaso, por quien actúe por delegación de la misma, ajustán-dose a los principios de imparcialidad y profesionalidad desus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entremujer y hombre. La Comisión actuará en todo caso, confor-me a los principios de independencia y discrecionalidadtécnica, y estará integrada por cinco miembros, funcionariosde carrera, de los cuales uno será el Presidente, tres actua-rán como Vocales y asumirá la Secretaría de la Comisión elSecretario General de la Corporación o funcionario en quiendelegue, que actuarán con voz y voto.

El personal de elección o de designación política, losfuncionarios interinos y el personal eventual no podránformar parte de la Comisión Técnica de Valoración.

La pertenencia a la Comisión Técnica de Valoración detodos sus miembros, tanto titulares como suplentes, será atítulo individual, no pudiendo ostentarse ésta en representa-ción o por cuenta de nadie. Igualmente, todos sus miembrosdeberán poseer una titulación igual o superior a la requeridapara el acceso a las plazas convocadas y pertenecer almismo grupo/subgrupo o a grupos/subgrupos superiores, yla mayoría de los miembros pertenecer a la misma área deconocimientos que la exigida para el ingreso.

La designación de los miembros de la Comisión Técnicade Valoración, que incluirá la de los respectivos suplentes, sehará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante,así como en el tablón de anuncios de la Corporación.

II.- La Comisión Técnica de Valoración no podrá cons-tituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de susmiembros -titulares o suplentes- indistintamente. En caso deausencia tanto del Presidente titular como del suplente, laPresidencia la ostentará el miembro de la Comisión Técnicade Valoración de mayor jerarquía, antigüedad y edad, poreste orden.

III.- La Comisión Técnica de Valoración estará facultadapara resolver cualquier duda o incidencia que pudiera surgirdurante la celebración de las pruebas selectivas, y paratomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas parael buen orden y resultado de las mismas.

IV.- A los efectos de comunicaciones, anuncios y demásincidencias, la Comisión Técnica de Valoración, sea cualfuere el lugar de celebración de las pruebas, tendrá su sedeen el edificio Tucumán de la Excma. Diputación Provincial,calle Tucumán, número 8, de Alicante.

V.- Los miembros de la Comisión Técnica de Valoracióndeberán abstenerse de intervenir cuando concurran lascircunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,notificándolo a la autoridad convocante. Asimismo, los aspi-rantes podrán recusarles en la forma prevista en el artículo29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, deberán abstenerse aquellos que hubieranrealizado tareas de preparación de aspirantes en los cincoaños anteriores a la publicación de esta Convocatoria.

VI.- La Comisión Técnica de Valoración podrá disponerla incorporación a sus trabajos de asesores especialistas,para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores selimitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en baseexclusivamente a las cuales colaborarán con la Comisión ytendrán voz pero no voto. Asimismo podrá acordar la incorpo-ración de colaboradores que ayudarán a la Comisión Técnicade Valoración en la realización de las pruebas. Este personal,a efectos de indemnizaciones por asistencia, estará sujeto ala misma normativa que los vocales de la Comisión.

VII.- Contra los actos de la Comisión Técnica de Valo-ración se podrán interponer los siguientes recursos y recla-maciones:

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A.- Contra las propuestas finales de los aspirantesaprobados y, en general, contra los actos de trámite quedeterminen la imposibilidad de continuar el procedimientoselectivo o produzcan indefensión y que no agoten la víaadministrativa, se podrá interponer recurso de alzada enbase al artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, ante la señora Diputada delÁrea de Economía, Hacienda y Recursos Humanos, en elplazo de un mes a contar desde el día siguiente al de sunotificación, o de su publicación en el tablón de anuncios deesta Excma. Diputación Provincial. Transcurridos tres me-ses desde la interposición sin que recaiga resolución, sepodrá entender desestimado el recurso, quedando expeditala vía del recurso contencioso-administrativo, y ello sinperjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que estimepertinente.

B.- Contra los demás actos de trámite los interesadospodrán presentar las reclamaciones y formular las alegacio-nes que estimen pertinentes, ante la Comisión Técnica deValoración en el plazo de diez días a contar desde elsiguiente a la fecha de publicación.

VIII.- La Comisión Técnica de Valoración tendrá lacategoría segunda de las recogidas en el Anexo IV del RealDecreto 462/2002, de 24 de mayo, a efectos del percibo deasistencias en las cuantías vigentes en su momento. Asimis-mo, cuando concurran los supuestos excepcionales delartículo 30.3 del R.D. 462/2002, procederá aplicar los incre-mentos previstos en el citado precepto.

Sexta.- Procedimiento de selección.El procedimiento de selección constará de las siguien-

tes fases: Oposición y Concurso.I.- Fase de Oposición: estará compuesta por los ejerci-

cios que a continuación se indican:Primer ejercicio.- Sólo para el turno libre. De carácter

obligatorio y eliminatorio.Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo

fijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no seráinferior a 35 minutos-, a un cuestionario de 40 preguntas sobreel temario general que figura en el Anexo I a esta Convocatoria(temas 1 al 8 ambos inclusive), con cuatro respuestas alterna-tivas de las que sólo una de ellas será la correcta.

Este ejercicio se valorará de 0 a 6 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 3 puntos.

Las contestaciones erróneas se valorarán negativa-mente con una penalización equivalente a un tercio del valorde cada contestación correcta y las contestaciones en blan-co ni puntúan ni penalizan.

Primer ejercicio.- Sólo para el turno de promoción inter-na. De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempofijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no podráexceder de dos horas-, dos temas elegidos entre tres, extraí-dos al azar por los opositores, del Temario Específico quefigura en el Anexo II a esta Convocatoria (temas 1 al 15ambos inclusive).

Este ejercicio se valorará de 0 a 12 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 6 puntos.

La Comisión Técnica de Valoración podrá determinarque se proceda a la lectura pública de este ejercicio, pudien-do dialogar con el aspirante sobre los temas expuestos ypedirle cualesquiera otras explicaciones complementarias.

Segundo ejercicio.- Sólo para el turno libre. De carácterobligatorio y eliminatorio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempofijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no podráexceder de dos horas-, dos temas elegidos entre tres, extraí-dos al azar por los opositores, del Temario Específico quefigura en el Anexo I a esta Convocatoria (temas 9 al 40 ambosinclusive).

Este ejercicio se valorará de 0 a 12 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 6 puntos.

La Comisión Técnica de Valoración podrá determinarque se proceda a la lectura pública de este ejercicio, pudien-do dialogar con el aspirante sobre los temas expuestos ypedirle cualesquiera otras explicaciones complementarias.

Segundo ejercicio para el turno de promoción interna yTercer ejercicio para el turno libre.- De carácter obligatorio yeliminatorio.

Consistirá en la resolución de uno o varios supuestosteórico-prácticos, que propondrá la Comisión Técnica de Valo-ración, durante un tiempo fijado a su prudente arbitrio, y que nopodrá exceder de dos horas y treinta minutos, en condicionesde igualdad para todos los aspirantes, relativos a las tareas ycometidos propios de la plaza y al Temario Específico.

Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendoeliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5puntos.

II.- Fase de Concurso.- Los méritos, que la ComisiónTécnica valorará, deberán ser alegados y debidamente jus-tificados por los aspirantes al Concurso-Oposición, en eltiempo otorgado al efecto, en el bien entendido que lo que nose alegue y justifique en tiempo y forma no se tendrá encuenta por la Comisión Técnica de Valoración.

Los méritos a computar son los que a continuación serelacionan, con la puntuación que se indica, y que el aspiran-te deberá autobaremar conforme al modelo de instancia quese facilitará al efecto, tanto en las dependencias del Depar-tamento de Personal como en la oficina de información deesta Corporación, y a través de la página web de la misma(www.ladipu.com):

a) Antigüedad.- Por servicios prestados en cualquierAdministración Pública 0,05 puntos por mes de servicio,hasta un máximo de 3,50 puntos. El tiempo de servicioscomputables se puntuará por meses efectivos completos,despreciándose las fracciones inferiores a un mes, salvocasos de empate. No se puntuará como antigüedad el tiempode servicios a que se refiere la base segunda, II) exigidocomo requisito para poder optar a la promoción interna.

b) Por experiencia profesional en tareas o cometidos denaturaleza igual a la que se opta, a 0,05 puntos por mes deexperiencia, hasta un máximo de 3,50 puntos. La experien-cia profesional computable se puntuará por meses efectivoscompletos, despreciándose las fracciones inferiores, salvocasos de empate. A estos efectos se facilitará a los oposito-res junto con el modelo de instancia para presentar losméritos, la plantilla en la que se detallen las tareas y funcio-nes que serán objeto de valoración según este apartado.

c) Por estar en posesión de Diplomas por asistencia oaprovechamiento a Cursos de Formación o Perfecciona-miento. Se valorarán, hasta un máximo de 2,50 puntos, losCursos de Formación y Perfeccionamiento que tengan rela-ción directa con las tareas y cometidos propios de la plaza yque hubieren sido convocados u organizados por esta Dipu-tación Provincial, así como por Institutos y Escuelas Oficialesde formación de Funcionarios y personal al servicio de laAdministración, Organizaciones Sindicales, Universidades,INEM, Generalitat Valenciana u otras Comunidades Autóno-mas, Colegios Oficiales u otras entidades de carácter ointerés público.

En todos los casos se valorarán una sola vez los cursosrelativos a una misma materia, aunque se haya repetido suparticipación.

No se valorará, tanto los cursos que no acrediten lashoras de duración como los inferiores a 15 horas lectivas, lospertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado,los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativosa Jornadas, Mesas redondas, Encuentros, Debates, Congre-sos, Seminarios, Simposios o análogos.

La valoración de cada Curso se efectuará en función desu duración con arreglo a la siguiente escala:

- De 15 o más horas: 0,15 puntos.- De 25 o más horas: 0,25 puntos.- De 35 o más horas: 0,35 puntos.- De 50 o más horas: 0,50 puntos.d) Otros méritos.- Se valorarán hasta un máximo de

2,50 puntos, desglosados de la siguiente forma:

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1).- Se valorará, hasta un máximo de 0,50 puntos, elconocimiento del Valenciano siempre que se acredite estaren posesión del certificado expedido por la Junta Qualificadorade Coneixements del valencià o equivalente reconocido porla Generalitat Valenciana, con arreglo a la siguiente escala:

- Certificado de Coneixements orals: 0,10 puntos.- Certificado de Grau Elemental: 0,20 puntos.- Certificado de Grau Mitjà: 0,30 puntos.- Certificado de Grau Superior: 0,50 puntos.2).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, el conoci-

miento de lenguas oficiales de la Unión Europea diferentes dela lengua española, acreditándose documentalmente mediantecertificados expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas ocursos obtenidos en el extranjero, en cuyo caso se deberá estaren posesión de la credencial que acredite su homologación oconvalidación, a razón de 0,20 puntos por curso.

Para la valoración de los idiomas comunitarios, enningún caso se considerarán los cursos superados de idio-mas incluidos en los planes de estudios de Bachiller Elemen-tal, Graduado Escolar, Formación Profesional, Bachiller Su-perior y de estudios universitarios de cualquier nivel.

3).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, la pose-sión de títulos académicos oficiales superiores al exigido enla convocatoria, en el bien entendido que sólo se valorará elde nivel superior.

Serán méritos puntuables en cada concursante, loscontraídos hasta el día de publicación del anuncio-extractode la convocatoria en el B.O.E.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, nipodrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fasede oposición, por lo que solamente se procederá a puntuarel concurso en el caso de haber superado el nivel de aptitudestablecido para todos y cada uno de los ejercicios decarácter eliminatorio de la fase de oposición.

Séptima.- Desarrollo de las pruebas.I.- En la resolución de la señora Diputada del Área de

Economía, Hacienda y Recursos Humanos de la Corpora-ción a que se refiere la Base Cuarta, y que se publicará en elBoletín Oficial de la Provincia, se anunciará, asimismo, eldía, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de laFase de Oposición y los sucesivos anuncios de la presenteconvocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de laCorporación.

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo delsiguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas ymáximo de 45 días naturales.

No obstante, se podrán reducir los plazos indicados enel párrafo anterior si lo propusiera la Comisión Técnica deValoración y aceptaran todos los aspirantes o fuera solicita-do por éstos unánimemente.

Los aspirantes que lo deseen podrán realizar las pruebas envalenciano, debiendo referirlo expresamente en su instancia.

II.- Los aspirantes quedarán decaídos en su derechocuando se personen en los lugares de celebración una veziniciadas las pruebas o por la inasistencia a las mismas, auncuando se deba a causas justificadas. Tratándose de prue-bas orales u otras de carácter individual y sucesivo, laComisión Técnica de Valoración podrá apreciar las causasalegadas y admitir al aspirante, siempre y cuando las mismasno hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe elprincipio de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- El orden de actuación de los aspirantes, en elsupuesto de que en algún ejercicio no pudieran actuarconjuntamente, vendrá determinado por orden alfabético,iniciándose por aquél cuyo primer apellido comience por laletra surgida del sorteo celebrado al efecto.

La Comisión Técnica de Valoración en la realización delos ejercicios escritos deberá garantizar, siempre que seaposible, el anonimato de los aspirantes.

En cualquier momento la Comisión Técnica de Valoraciónpodrá requerir a los aspirantes que acrediten su personalidad.

Los aspirantes deberán observar en todo momento lasinstrucciones de los miembros del Tribunal o del personalayudante o asesor durante la celebración de las pruebas, enorden al adecuado desarrollo de las mismas.

Durante la realización de los ejercicios, no está permi-tido el uso de teléfonos móviles u otros dispositivos suscep-tibles de almacenar o transmitir información.

Junto con el resultado del último ejercicio de la fase deoposición, la Comisión Técnica de Valoración expondrá alpúblico la relación de aspirantes que, por haber superadotodos los ejercicios eliminatorios deben pasar a la fase deconcurso, emplazándolos para que en el plazo de 10 díashábiles presenten la documentación acreditativa de los mé-ritos previstos en la convocatoria, adjuntando certificacionesy/o justificantes acreditativos de los mismos. No obstante, enel caso de que los méritos alegados obren en el Área deRecursos Humanos de la Excma. Diputación Provincial,bastará con que se acredite esta circunstancia, y se identifi-quen y relacionen con toda claridad en la instancia, que en sucaso se presente, en el plazo señalado para aportar losméritos.

Una vez baremados los méritos, la Comisión Técnica deValoración expondrá al público la lista de aspirantes con laspuntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concedién-doles un plazo de diez días hábiles para que formulen lasalegaciones que estimen pertinentes en relación con labaremación.

Resueltas las posibles alegaciones, la Comisión Técni-ca de Valoración publicará la relación definitiva de aspirantesaprobados por su orden de puntuación.

Octava.- Calificaciones.I.- Fase de Oposición: cada uno de los ejercicios de la

Fase de Oposición se calificará conforme a lo establecido enla Base Sexta, apartado I.

II.- Fase de Concurso: la valoración de los méritos decada aspirante se obtendrá aplicando las reglas que figuranen la Base Sexta, apartado II.

III.- La calificación definitiva de cada aspirante vendrádeterminada por la suma de las puntuaciones obtenidas enla Fase de Oposición y en la Fase de Concurso.

Novena.- Relación de aprobados y propuesta de nom-bramiento.

I.- Finalizada la calificación, la Comisión Técnica deValoración publicará en el tablón de anuncios de la Corpora-ción la «relación de los aspirantes aprobados», por orden depuntuación, no pudiendo rebasar ésta el número de plazasconvocadas en el Concurso-Oposición.

Cualquier Propuesta de aprobados que contravenga loanteriormente establecido será nula de pleno derecho.

II.- El Presidente de la Comisión Técnica de Valoraciónelevará la «relación de los aspirantes aprobados» a la señoraDiputada del Área de Economía, Hacienda y Recursos Hu-manos de la Corporación con propuesta de nombramientode funcionario de carrera.

No obstante lo anterior, y con el fin de asegurar lacobertura del número de plazas convocadas, cuando seproduzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antesde su nombramiento o toma de posesión, el órganoconvocante podrá requerir del órgano de selección relacióncomplementaria de los aspirantes que sigan a los propues-tos, para su posible nombramiento como funcionario decarrera.

Décima.- Presentación de documentos.I.- En el plazo de 20 días naturales, a contar del de la

publicación de la «relación del aspirante aprobado», a que serefiere la Base anterior, el aspirante que figure en ella deberápresentar los documentos acreditativos de capacidad y re-quisitos exigidos en la Base Segunda, a saber:

1) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad odocumentación que acredite cumplir el requisito de la basesegunda I, a), que se presentarán con el original para sucompulsa.

2) Copia autenticada o fotocopia (acompañada deloriginal para su cotejo) de la Titulación exigida en la convo-catoria, o justificante de haber abonado los derechos para suexpedición. Si estos documentos estuvieran expedidos des-pués de la fecha en que expiró el plazo de presentación deinstancias, se deberá justificar el momento en que concluyólos estudios.

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3) Certificado del Registro Central de Penados y Rebel-des, cuyo trámite facilitará el Departamento de Personal dela Excma. Diputación Provincial de Alicante.

4) Declaración de no haber sido separado medianteexpediente disciplinario, del servicio de cualquiera de lasAdministraciones Públicas, así como no hallarse incurso enninguna de las causas de incapacidad específica, conformea la normativa vigente.

5) El Servicio de Prevención de la Excma. DiputaciónProvincial procederá a realizar el reconocimiento médico delos aspirantes aprobados al objeto de determinar la aptitudfísica o psíquica para el desempeño de las plazas objeto deesta convocatoria.

Los aspirantes que tengan la condición de discapacitadodeberán presentar, además, certificación del órgano compe-tente, que acredite tal condición y su capacidad para desem-peñar las tareas que correspondan a las plazas objeto deesta convocatoria.

II.- Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerzamayor, no presentarán la documentación o del examen de lamisma se dedujera que carecen de alguno de los requisitosseñalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados yquedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de laresponsabilidad en que pudieran haber incurrido por false-dad en la solicitud inicial.

III.- Quien tuviere la condición de funcionario público ocontratado en régimen laboral por Organismos Públicos,estará exento de justificar las condiciones y los requisitosexigidos cuando obtuvieron su anterior nombramiento, por loque tendrán que presentar, únicamente, el certificado delMinisterio, Corporación Local u Organismo Público de quedependan, justificativo de su condición, de que cumplen lascondiciones y requisitos señalados en la Base Segunda, sinperjuicio de tener que acreditar aquellos que se exigen y noconsten en su expediente personal.

Undécima.- Nombramiento y toma de posesión.Cumplimentado por el aspirante propuesto lo establecido

en la Base anterior y realizados los trámites administrativospertinentes, la señora Diputada del Área de Economía, Hacien-da y Recursos Humanos de la Excma. Diputación Provincialefectuará el nombramiento correspondiente, debiendo el inte-resado tomar posesión de su cargo en el plazo reglamentario.Si no tomaran posesión en el citado plazo, sin causa justificada,decaerán en su derecho, por caducidad del nombramiento.

Duodécima.- Incompatibilidades.Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su

caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en laLey 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidadesdel Personal al servicio de las Administraciones Públicas, ydemás normativa aplicable.

Decimotercera.- Normativa.En todo lo no previsto en las presentes Bases, en lo que

no se oponga a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril,del Estatuto Básico del Empleado Público, se estará a lodispuesto en:

- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local;

- La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para laReforma de la Función Pública;

- El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que seestablecen las reglas básicas y programas mínimos a quedebe ajustarse el procedimiento de selección;

- El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,por el que se aprueba Texto Refundido de las Disposicioneslegales vigentes en materia de Régimen Local;

- El Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley de FunciónPública Valenciana.

- El Decreto 33/1999, de 9 de marzo, de la GeneralitatValenciana, por el que se aprueba el Reglamento de Selec-ción, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administra-tiva del Personal comprendido en el ámbito de aplicación dela Ley de la Función Pública Valenciana.

- El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el quese aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal

al servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional delos Funcionarios Civiles de la Administración General delEstado; y demás disposiciones aplicables y concordantes.

Decimocuarta.- Impugnación.Contra la presente convocatoria y/o sus bases, cuyo

acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativapodrá interponerse, por los interesados legitimados,potestativamente, en base al artículo 116 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, recursode reposición ante la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos, en el plazo de un mes acontar desde el día siguiente al de la publicación del extractode estas bases en el Boletín Oficial del Estado, o bien,interponer directamente recurso contencioso-administrativoante el Juzgado de este orden de Alicante o bien a suelección, el de la circunscripción de su domicilio si lo tuvierafuera de Alicante, en el plazo de dos meses a contar desdela fecha de publicación del referido extracto en el B.O.E. atenor de lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Admi-nistrativa advirtiéndole que tales recursos no tienen efectosuspensivo, y ello sin perjuicio de que se pueda ejercitarcualquier otro que estime pertinente.

Anexo I.Turno libre.Temario General.1. La constitución española de 1978. Principios Genera-

les. Derechos y Deberes fundamentales de los españoles. ElPoder Legislativo.

2. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valencia-na. La Generalidad Valenciana. Las Cortes. El Consell. Lascompetencias. La Administración de Justicia. Economía yHacienda.

3. El Procedimiento Administrativo: principios genera-les. De los interesados. Fases del Procedimiento administra-tivo general.

4. El régimen local español: disposiciones generales. ElMunicipio: organización y competencias.

5. La Provincia en el régimen local. La DiputaciónProvincial: su composición y competencias. El Pleno Provin-cial, la Junta de Gobierno y las Comisiones Informativas. ElPresidente y los Diputados Provinciales.

6. El personal al servicio de las Corporaciones Locales:tipo de personal, derechos y deberes de los funcionariospúblicos locales.

7. La Prevención de riesgos laborales en la Administra-ción. El Trabajo y la Salud: los riesgos profesionales. Dañosderivados del trabajo. Marco normativo básico en materia deprevención de riesgos laborales. Derechos y deberes básicosen esta materia (Ley 31/1995, Ley 54/2003 y R.D. 39/1997).

8. La gestión de la calidad. La calidad en la Administra-ción Pública.

Temario específico.9. Historia de la terapia ocupacional.10. Recursos sanitarios en salud mental.11. Recursos sociales en salud mental.12. Terapia ocupacional con pacientes afectos de:

esquizofrenia.13. Terapia ocupacional con pacientes afectos de: de-

presión.14. Terapia ocupacional con pacientes afectos de: tras-

tornos de la personalidad.15. Terapia ocupacional con pacientes afectos de: toxi-

comanías-dependencias.16. Terapia ocupacional con pacientes: disminuidos

psíquicos.17. Terapia ocupacional con pacientes con demencias.18. Terapia ocupacional con pacientes afectos de: de-

terioro psíquico-orgánico.19. Terapia ocupacional con pacientes afectos de: tras-

tornos afectivos.20. Terapia ocupacional con pacientes afectos de: tras-

tornos neurológicos.

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21. Proceso de la terapia ocupacional: evaluación,valoración y tratamiento.

22. Elaboración de programas y actividades en rehabi-litación.

23. Áreas de ejecución: actividades de la vida diaria.24. Áreas de ejecución: manejo de ocio y tiempo libre.25. Áreas de ejecución: actividad física y psicomotricidad.26. Áreas de ejecución: trabajos y actividades productivas.27. Entrenamiento en habilidades sociales.28. Terapia ocupacional en dispositivos de corta estancia.29. Terapia ocupacional en dispositivos de media estancia.30. Terapia ocupacional en dispositivos de larga estancia.31. Terapia ocupacional a desempeñar en centro de día.32. Terapia ocupacional a desempeñar en hospital de día.33. Terapia ocupacional a desempeñar en centros es-

pecíficos de enfermos mentales (CEEMS).34. Trabajo en equipo multidisciplinar.35. Apoyo familiar en salud mental.36. El estigma asociado a la enfermedad mental: cam-

pañas de información y sensibilización.37. Asociacionismo en salud mental. Recursos.38. Motivación y emoción como motores del comporta-

miento humano.39. Teoría, técnica y valoración de la terapia ocupacio-

nal en geriatrías.40. Animación estimulativa aplicada a personas

discapacitadas.Anexo II.Turno de promoción interna.Temario.1. Historia de la terapia ocupacional.2. Recursos socio-sanitarios en salud mental.3. Terapia ocupacional con pacientes afectos de: psicosis.4. Terapia ocupacional con pacientes afectos de: tras-

tornos afectivos.5. Terapia ocupacional con pacientes afectos de: tras-

tornos de la personalidad.6. Terapia ocupacional con: disminuidos psíquicos.7. Terapia ocupacional con: demencias.8. Proceso de la terapia ocupacional: evaluación, valo-

ración y tratamiento.9. Elaboración de programas y actividades en rehabilitación.10. Áreas de ejecución: actividades de la vida diaria,

manejo de ocio y tiempo libre, actividad física ypsicomotricidad, trabajos y actividades productivas.

11. Terapia ocupacional en dispositivos de corta, mediay larga estancia.

12. Terapia ocupacional a desempeñar en centro dedía, hospital de día, centros específicos de enfermos menta-les (CEEMS).

13. Terapia ocupacional a desempeñar en trabajo enequipo multidisciplinar.

14. Motivación y emoción como motores del comporta-miento humano.

15. Teoría, técnica y valoración de la terapia ocupacio-nal en geriatrías animación estimulativa aplicada a personasdiscapacitadas.

Lo que se hace público para general conocimiento,haciendo saber que contra la presente convocatoria y susbases cabe interponer los recursos contenidos en la BaseDecimocuarta, y que los interesados podrán solicitar lostemas 7 y 8 del Temario Genérico del Anexo I, en la Oficinade información de esta Corporación, y a través de la páginaweb de la misma (www.ladipu.com).

Alicante, 21 de agosto de 2008.La Secretaria en funciones, Mª José Argudo Poyatos. El

Presidente accidental, Carlos Manzón Guixot.

*0818077*

ANUNCIO

Por Decreto de la señora Diputada del Área de Econo-mía, Hacienda y Recursos Humanos, número 3.063/2008,

de 31 de julio -dictado en virtud de las competencias delega-das por la Presidencia por Decreto número 1.603/2007, de19 de julio-, se aprueba y convoca Concurso-Oposición, paracubrir veintiocho plazas de Auxiliar de Servicios Generales,veinticuatro de ellas reservadas al turno libre y cuatro al turnode discapacitados, vacantes en la Plantilla de esta Excma.Diputación Provincial, dentro de las plazas reservadas afuncionarios de carrera, y con arreglo a las siguientes:

Bases.Primera.- Plazas objeto de la convocatoria.Es objeto de esta convocatoria la selección, por el

procedimiento de Concurso-Oposición de veintiocho plazasde Auxiliar Servicios Generales, vacantes en la Plantilla deesta Excma. Diputación Provincial, dentro de las plazasreservadas a Funcionarios de Carrera, e incluidas en lascorrespondientes Ofertas de Empleo Público, de las que:

-Veinticuatro plazas están destinadas al turno libre.-Cuatro plazas están reservadas al turno de

discapacitados. Si estas plazas no resultan cubiertas poreste turno incrementarán las del turno libre.

Estas plazas están incluidas en la Escala de Administra-ción Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Perso-nal de Oficios, dotadas con los emolumentos correspondien-tes a la clasificación «agrupaciones profesionales» de ladisposición adicional séptima por la disposición transitoriatercera de la Ley 7/2007, de 12 de abril y demás quecorrespondan de conformidad con la normativa vigente.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.I.- Para poder participar en estas Pruebas Selectivas los

aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:a) Tener la nacionalidad española. También podrán

acceder como personal funcionario en igualdad de condicio-nes que los españoles a los empleos públicos:

a.1) Los nacionales de un Estado miembro de la UniónEuropea o nacionales de aquellos Estados, a los que, envirtud de tratados internacionales celebrados por la UniónEuropea y ratificados por España, sea de aplicación la librecirculación de trabajadores.

a.2) El cónyuge, descendientes y descendientes delcónyuge, de los españoles y de los nacionales de otrosestados miembros de la Unión Europea, siempre que noestén separados de derecho, menores de 21 años o mayoresde dicha edad que vivan a sus expensas.

Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solici-tud la documentación que acredite las condiciones que sealegan.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño delas tareas. La Diputación Provincial de Alicante se reserva elderecho a someter a los aspirantes a cuantas pruebas conside-re pertinentes para evaluar el cumplimiento de este requisito.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en sucaso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para elacceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disci-plinario del servicio de cualquiera de las AdministracionesPúblicas o de los órganos constitucionales o estatutarios delas Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitaciónabsoluta o especial para empleos o cargos públicos porresolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala defuncionario, o para ejercer funciones similares a las quedesempeñaban en el caso del personal laboral, en el quehubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de sernacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situa-ción equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplina-ria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismostérminos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del Certificado de Escolaridad oequivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha enque termine el plazo de presentación de instancias. En todocaso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirantemediante certificación expedida al efecto por la Administra-ción competente en cada caso.

II.- Específico para el turno reservado a discapacitados:Además de los requisitos generales expresados en el

apartado anterior, los aspirantes deberán acreditar una

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discapacidad de grado igual o superior al treinta y tres por cientoy formularlo expresamente en la solicitud de participación,aportando fotocopia de la certificación expedida por el órganocompetente que acredite tal condición y poseer la capacidadfuncional para el desarrollo de las tareas propias de las plazasobjeto de las presentes bases, acreditándose las condicionespersonales de aptitud mediante dictamen vinculante expedidopor el equipo multidisciplinar competente.

A estos efectos conforme establece el artículo 59.2 laLey 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico se adoptarán para las personas con discapacidadque lo soliciten, las medidas precisas para establecer lasadaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios enel proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, lasadaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de lapersona con discapacidad. Para ello, los interesados debe-rán formular la correspondiente petición concreta, que apor-tarán junto con la solicitud de participación dentro del plazode presentación de instancias. Dicha petición deberá estarmotivada.

En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán encondiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- Todos los requisitos deberán cumplirse en el últimodía del plazo de presentación de instancias y mantenersedurante todo el proceso selectivo. En este sentido, se podránefectuar las comprobaciones oportunas hasta el nombra-miento.

Tercera.- Solicitudes.I.- Quienes deseen tomar parte en el concurso-oposi-

ción, lo solicitarán en instancia dirigida al Iltmo. señor Presi-dente de la Diputación Provincial, en la que deberán manifes-tar que reúnen todas y cada una de las condiciones orequisitos exigidos en la Base Segunda, adjuntando a lainstancia fotocopia del documento Nacional de Identidad. Elmodelo de instancia se facilitará tanto en las dependenciasdel Departamento de Personal como en la Oficina de infor-mación de esta Corporación, y a través de la página web dela misma (www.ladipu.com). Sólo se podrá optar a uno de losturnos convocados.

Las personas con discapacidad deberán aportar fotoco-pia de la certificación del órgano competente, que acredite talcondición, así como el tipo y graduación de la misma.

II.- Las Bases de la Convocatoria y Anexos a las mismasse publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) yen el tablón de Anuncios de la Corporación. Un extracto dela Convocatoria se publicará también en el Diario Oficial dela Comunidad Valenciana (D.O.C.V.) y en el Boletín Oficialdel Estado (B.O.E.).

III.- El plazo de presentación de instancias será deveinte días naturales, a contar desde el día siguiente al depublicación del anuncio-extracto de la convocatoria en elB.O.E. En dicho extracto, además de los insertos precisos,se avisará que en el Boletín Oficial de la Provincia sepublicará la resolución aprobatoria de la lista de aspirantesadmitidos y excluidos al Concurso-Oposición, así como lafecha, hora y lugar de inicio de las Pruebas.

Las instancias y documentación oportunas se presenta-rán en horas hábiles, de lunes a viernes, en el RegistroGeneral de la Excma. Diputación Provincial (calle Tucumán,número 8, de Alicante) o en la forma que determina el artículo38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común.

IV.- Los efectos administrativos de la Convocatoria seproducirán desde la fecha en que se publique en el B.O.E. elextracto referido en los apartados anteriores.

Cuarta.- Admisión de candidatos.Expirado el plazo de presentación de instancias, la

señora Diputada del Área de Economía, Hacienda y Recur-sos Humanos -en virtud de las facultades que le fuerondelegadas por el Iltmo. señor Presidente mediante Decretonúmero 1.603, de 19 de julio de 2007- dictará resolución, enel plazo máximo de un mes, declarando aprobada la listaprovisional de aspirantes admitidos y excluidos, que sepublicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de

anuncios de la Corporación. Contra esta resolución se podrápresentar escrito de subsanación y/o reclamación en el plazode diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Si se presentara escrito de subsanación y/o reclama-ción será aceptado o rechazado en la resolución por la quese apruebe la lista definitiva, que se publicará, asimismo, enlos lugares indicados para la lista provisional. En el caso deque no se presente escrito de subsanación y/o reclamaciónalguna, la lista provisional de aspirantes admitidos y exclui-dos quedará elevada automáticamente a definitiva.

Quinta.- Comisión técnica de valoración.I.- La Comisión Técnica de Valoración, de conformidad

con lo dispuesto en los artículos 55 y 60 de la Ley 7/2007, de12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público serádesignada por la Presidencia de la Corporación, o en sucaso, por quien actúe por delegación de la misma, ajustán-dose a los principios de imparcialidad y profesionalidad desus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entremujer y hombre. La Comisión actuará en todo caso, confor-me a los principios de independencia y discrecionalidadtécnica, y estará integrada por cinco miembros, funcionariosde carrera, de los cuales uno será el Presidente, tres actua-rán como Vocales y asumirá la Secretaría de la Comisión elSecretario General de la Corporación o funcionario en quiendelegue, que actuarán con voz y voto.

El personal de elección o de designación política, losfuncionarios interinos y el personal eventual no podránformar parte de la Comisión Técnica de Valoración.

La pertenencia a la Comisión Técnica de Valoración detodos sus miembros, tanto titulares como suplentes, será atítulo individual, no pudiendo ostentarse ésta en representa-ción o por cuenta de nadie. Igualmente, todos sus miembrosdeberán poseer una titulación igual o superior a la requeridapara el acceso a las plazas convocadas y pertenecer almismo grupo/subgrupo o a grupos/subgrupos superiores, yla mayoría de los miembros pertenecer a la misma área deconocimientos que la exigida para el ingreso.

La designación de los miembros de la Comisión Técnicade Valoración, que incluirá la de los respectivos suplentes, sehará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante,así como en el tablón de anuncios de la Corporación.

II.- La Comisión Técnica de Valoración no podrá cons-tituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de susmiembros -titulares o suplentes- indistintamente. En caso deausencia tanto del Presidente titular como del suplente, laPresidencia la ostentará el miembro de la Comisión Técnicade Valoración de mayor jerarquía, antigüedad y edad, poreste orden.

III.- La Comisión Técnica de Valoración estará facultadapara resolver cualquier duda o incidencia que pudiera surgirdurante la celebración de las pruebas selectivas, y paratomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas parael buen orden y resultado de las mismas.

IV.- A los efectos de comunicaciones, anuncios y demásincidencias, la Comisión Técnica de Valoración, sea cualfuere el lugar de celebración de las pruebas, tendrá su sedeen el edificio Tucumán de la Excma. Diputación Provincial,calle Tucumán, número 8, de Alicante.

V.- Los miembros de la Comisión Técnica de Valoracióndeberán abstenerse de intervenir cuando concurran lascircunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,notificándolo a la autoridad convocante. Asimismo, los aspi-rantes podrán recusarles en la forma prevista en el artículo29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, deberán abstenerse aquellos que hubieranrealizado tareas de preparación de aspirantes en los cincoaños anteriores a la publicación de esta Convocatoria.

VI.- La Comisión Técnica de Valoración podrá disponerla incorporación a sus trabajos de asesores especialistas,para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores selimitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en baseexclusivamente a las cuales colaborarán con la Comisión y

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tendrán voz pero no voto. Asimismo podrá acordar la incorpo-ración de colaboradores que ayudarán a la Comisión Técnicade Valoración en la realización de las pruebas. Este personal,a efectos de indemnizaciones por asistencia, estará sujeto ala misma normativa que los vocales de la Comisión.

VII.- Contra los actos de la Comisión Técnica de Valo-ración se podrán interponer los siguientes recursos y recla-maciones:

A.- Contra las propuestas finales de los aspirantesaprobados y, en general, contra los actos de trámite quedeterminen la imposibilidad de continuar el procedimientoselectivo o produzcan indefensión y que no agoten la víaadministrativa, se podrá interponer recurso de alzada enbase al artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, ante la señora Diputada delÁrea de Economía, Hacienda y Recursos Humanos, en elplazo de un mes a contar desde el día siguiente al de sunotificación, o de su publicación en el tablón de anuncios deesta Excma. Diputación Provincial. Transcurridos tres me-ses desde la interposición sin que recaiga resolución, sepodrá entender desestimado el recurso, quedando expeditala vía del recurso contencioso-administrativo, y ello sinperjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que estimepertinente.

B.- Contra los demás actos de trámite los interesadospodrán presentar las reclamaciones y formular las alegacio-nes que estimen pertinentes, ante la Comisión Técnica deValoración en el plazo de diez días a contar desde elsiguiente a la fecha de publicación.

VIII.- La Comisión Técnica de Valoración tendrá lacategoría Tercera de las recogidas en el Anexo IV del RealDecreto 462/2002, de 24 de mayo, a efectos del percibo deasistencias en las cuantías vigentes en su momento. Asimis-mo, cuando concurran los supuestos excepcionales delartículo 30.3 del R.D. 462/2002, procederá aplicar los incre-mentos previstos en el citado precepto.

Sexta.- Procedimiento de selección.El procedimiento de selección constará de las siguien-

tes fases: Oposición y Concurso.I.- Fase de Oposición: estará compuesta por los ejerci-

cios que a continuación se indican:Primer Ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo

fijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no seráinferior a 35 minutos-, a un cuestionario de 40 preguntassobre el temario general que figura en el Anexo a estaConvocatoria (temas 1 al 10 ambos inclusive), con cuatrorespuestas alternativas de las que sólo una de ellas será lacorrecta.

Este ejercicio se valorará de 0 a 16 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 8 puntos.

Las contestaciones erróneas se valorarán negativa-mente con una penalización equivalente a un tercio del valorde cada contestación correcta y las contestaciones en blan-co ni puntúan ni penalizan.

Segundo ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos

teórico-prácticos, que propondrá el Tribunal durante un tiem-po fijado a su prudente arbitrio, y que no podrá exceder dedos horas, en condiciones de igualdad para todos los aspi-rantes, relativos a las tareas y cometidos propios de la plaza.

Este ejercicio se calificará de 0 a 12 puntos, siendoeliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 6puntos.

II.- Fase de Concurso.- Los méritos, que la ComisiónTécnica valorará, deberán ser alegados y debidamente jus-tificados por los aspirantes al Concurso-Oposición, en eltiempo otorgado al efecto, en el bien entendido que lo que nose alegue y justifique en tiempo y forma no se tendrá encuenta por la Comisión Técnica de Valoración.

Los méritos a computar son los que a continuación serelacionan, con la puntuación que se indica, y que el aspiran-te deberá autobaremar conforme al modelo de instancia que

se facilitará al efecto, tanto en las dependencias del Depar-tamento de Personal como en la oficina de información deesta Corporación, y a través de la página web de la misma(www.ladipu.com):

a) Antigüedad.- Por servicios prestados en cualquierAdministración Pública 0,05 puntos por mes de servicio,hasta un máximo de 3,50 puntos. El tiempo de servicioscomputables se puntuará por meses efectivos completos,despreciándose las fracciones inferiores a un mes, salvocasos de empate.

b) Por experiencia profesional en tareas o cometidos denaturaleza igual a la que se opta, a 0,05 puntos por mes deexperiencia, hasta un máximo de 3,50 puntos. La experien-cia profesional computable se puntuará por meses efectivoscompletos, despreciándose las fracciones inferiores, salvocasos de empate. A estos efectos se facilitará a los oposito-res junto con el modelo de instancia para presentar losméritos, la plantilla en la que se detallen las tareas y funcio-nes que serán objeto de valoración según este apartado.

c) Por estar en posesión de Diplomas por asistencia oaprovechamiento a Cursos de Formación o Perfecciona-miento. Se valorarán, hasta un máximo de 2,50 puntos, losCursos de Formación y Perfeccionamiento que tengan rela-ción directa con las tareas y cometidos propios de la plaza yque hubieren sido convocados u organizados por esta Dipu-tación Provincial, así como por Institutos y Escuelas Oficialesde formación de Funcionarios y personal al servicio de laAdministración, Organizaciones Sindicales, Universidades,INEM, Generalitat Valenciana u otras Comunidades Autóno-mas, Colegios Oficiales u otras entidades de carácter ointerés público.

En todos los casos se valorarán una sola vez los cursosrelativos a una misma materia, aunque se haya repetido suparticipación.

No se valorará, tanto los cursos que no acrediten lashoras de duración como los inferiores a 15 horas lectivas, lospertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado,los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativosa Jornadas, Mesas redondas, Encuentros, Debates, Congre-sos, Seminarios, Simposios o análogos.

La valoración de cada Curso se efectuará en función desu duración con arreglo a la siguiente escala:

- De 15 o más horas: 0,15 puntos.- De 25 o más horas: 0,25 puntos.- De 35 o más horas: 0,35 puntos.- De 50 o más horas: 0,50 puntos.d) Otros méritos.- Se valorarán hasta un máximo de

2,50 puntos, desglosados de la siguiente forma:1).- Se valorará, hasta un máximo de 0,50 puntos, el

conocimiento del Valenciano siempre que se acredite estaren posesión del certificado expedido por la Junta Qualificadorade Coneixements del valencià o equivalente reconocido porla Generalitat Valenciana, con arreglo a la siguiente escala:

- Certificado de Coneixements orals: 0,10 puntos.- Certificado de Grau Elemental: 0,20 puntos.- Certificado de Grau Mitjà: 0,30 puntos.- Certificado de Grau Superior: 0,50 puntos.En caso de poseer más de un certificado de conocimien-

to del valenciano, sólo se valorará el de nivel superior.2).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, el conoci-

miento de lenguas oficiales de la Unión Europea diferentes dela lengua española, acreditándose documentalmente mediantecertificados expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas ocursos obtenidos en el extranjero, en cuyo caso se deberá estaren posesión de la credencial que acredite su homologación oconvalidación, a razón de 0,20 puntos por curso.

Para la valoración de los idiomas comunitarios, enningún caso se considerarán los cursos superados de idio-mas incluidos en los planes de estudios de Bachiller Elemen-tal, Graduado Escolar, Formación Profesional, Bachiller Su-perior y de estudios universitarios de cualquier nivel.

3).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, la pose-sión de títulos académicos oficiales superiores al exigido enla convocatoria, en el bien entendido que sólo se valorará elde nivel superior.

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Serán méritos puntuables en cada concursante, loscontraídos hasta el día de publicación del anuncio-extractode la convocatoria en el B.O.E.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, nipodrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fasede oposición, por lo que solamente se procederá a puntuarel concurso en el caso de haber superado el nivel de aptitudestablecido para todos y cada uno de los ejercicios decarácter eliminatorio de la fase de oposición.

Séptima.- Desarrollo de las pruebas.I.- En la resolución de la señora Diputada del Área de

Economía, Hacienda y Recursos Humanos de la Corpora-ción a que se refiere la Base Cuarta, y que se publicará en elBoletín Oficial de la Provincia, se anunciará, asimismo, eldía, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de laFase de Oposición y los sucesivos anuncios de la presenteconvocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de laCorporación.

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo delsiguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas ymáximo de 45 días naturales.

No obstante, se podrán reducir los plazos indicados enel párrafo anterior si lo propusiera la Comisión Técnica deValoración y aceptaran todos los aspirantes o fuera solicita-do por éstos unánimemente.

Los aspirantes que lo deseen podrán realizar las prue-bas en valenciano, debiendo referirlo expresamente en suinstancia.

II.- Los aspirantes quedarán decaídos en su derechocuando se personen en los lugares de celebración una veziniciadas las pruebas o por la inasistencia a las mismas, auncuando se deba a causas justificadas. Tratándose de prue-bas orales u otras de carácter individual y sucesivo, laComisión Técnica de Valoración podrá apreciar las causasalegadas y admitir al aspirante, siempre y cuando las mismasno hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe elprincipio de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- El orden de actuación de los aspirantes, en elsupuesto de que en algún ejercicio no pudieran actuarconjuntamente, vendrá determinado por orden alfabético,iniciándose por aquél cuyo primer apellido comience por laletra surgida del sorteo celebrado al efecto.

La Comisión Técnica de Valoración en la realización delos ejercicios escritos deberá garantizar, siempre que seaposible, el anonimato de los aspirantes.

En cualquier momento la Comisión Técnica de Valora-ción podrá requerir a los aspirantes que acrediten su perso-nalidad.

Los aspirantes deberán observar en todo momento lasinstrucciones de los miembros de la Comisión Técnica o delpersonal ayudante o asesor durante la celebración de laspruebas, en orden al adecuado desarrollo de las mismas.

Durante la realización de los ejercicios, no está permi-tido el uso de teléfonos móviles u otros dispositivos suscep-tibles de almacenar o transmitir información.

Junto con el resultado del último ejercicio de la fase deoposición, la Comisión Técnica de Valoración expondrá alpúblico la relación de aspirantes que, por haber superadotodos los ejercicios eliminatorios deben pasar a la fase deconcurso, emplazándolos para que en el plazo de 10 díashábiles presenten la documentación acreditativa de los mé-ritos previstos en la convocatoria, adjuntando certificacionesy/o justificantes acreditativos de los mismos. No obstante, enel caso de que los méritos alegados obren en el Área deRecursos Humanos de la Excma. Diputación Provincial,bastará con que se acredite esta circunstancia, y se identifi-quen y relacionen con toda claridad en la instancia, que en sucaso se presente, en el plazo señalado para aportar losméritos.

Una vez baremados los méritos, la Comisión Técnica deValoración expondrá al público la lista de aspirantes con laspuntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concedién-doles un plazo de diez días hábiles para que formulen lasalegaciones que estimen pertinentes en relación con labaremación.

Resueltas las posibles alegaciones, la Comisión Técni-ca de Valoración publicará la relación definitiva de aspirantesaprobados por su orden de puntuación.

Octava.- Calificaciones.I.- Fase de Oposición: cada uno de los ejercicios de la

Fase de Oposición se calificará conforme a lo establecido enla Base Sexta, apartado I.

II.- Fase de Concurso: la valoración de los méritos decada aspirante se obtendrá aplicando las reglas que figuranen la Base Sexta, apartado II.

III.- La calificación definitiva de cada aspirante vendrádeterminada por la suma de las puntuaciones obtenidas enla Fase de Oposición y en la Fase de Concurso.

Novena.- Relación de aprobados y propuesta de nom-bramiento.

I.- Finalizada la calificación, la Comisión Técnica deValoración publicará en el tablón de anuncios de la Corpora-ción la «relación de los aspirantes aprobados», por orden depuntuación, no pudiendo rebasar ésta el número de plazasconvocadas en el Concurso-Oposición.

Cualquier Propuesta de aprobados que contravenga loanteriormente establecido será nula de pleno derecho.

II.- El Presidente de la Comisión Técnica de Valoraciónelevará la «relación de los aspirantes aprobados» a la señoraDiputada del Área de Economía, Hacienda y Recursos Hu-manos de la Corporación con propuesta de nombramientode funcionario de carrera.

No obstante lo anterior, y con el fin de asegurar lacobertura del número de plazas convocadas, cuando seproduzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antesde su nombramiento o toma de posesión, el órganoconvocante podrá requerir del órgano de selección relacióncomplementaria de los aspirantes que sigan a los propues-tos, para su posible nombramiento como funcionario decarrera.

Décima.- Presentación de documentos.I.- En el plazo de 20 días naturales, a contar del de la

publicación de la «relación del aspirante aprobado», a que serefiere la Base anterior, los aspirantes que figuren en elladeberán presentar los documentos acreditativos de capaci-dad y requisitos exigidos en la Base Segunda, a saber:

1) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad odocumento que acredite cumplir el requisito de la basesegunda I, a), que se presentarán con el original para sucompulsa.

2) Copia autenticada o fotocopia (acompañada deloriginal para su cotejo) de la Titulación exigida en la convo-catoria, o justificante de haber abonado los derechos para suexpedición. Si estos documentos estuvieran expedidos des-pués de la fecha en que expiró el plazo de presentación deinstancias, se deberá justificar el momento en que concluyólos estudios.

3) Certificado del Registro Central de Penados y Rebel-des, cuyo trámite facilitará el Departamento de Personal dela Excma. Diputación Provincial de Alicante.

4) Declaración de no haber sido separado medianteexpediente disciplinario, del servicio de cualquiera de lasAdministraciones Públicas, así como no hallarse incurso enninguna de las causas de incapacidad específica, conformea la normativa vigente.

5) El Servicio de Prevención de la Excma. DiputaciónProvincial procederá a realizar el reconocimiento médico delos aspirantes aprobados al objeto de determinar la aptitudfísica o psíquica para el desempeño de las plazas objeto deesta convocatoria.

Los aspirantes que tengan la condición legal deminusválidos deberán presentar, además, certificación delórgano competente, que acredite tal condición y su capaci-dad para desempeñar las tareas que correspondan a lasplazas objeto de esta convocatoria.

II.- Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerzamayor, no presentarán la documentación o del examen de lamisma se dedujera que carecen de alguno de los requisitosseñalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados yquedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la

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responsabilidad en que pudieran haber incurrido por false-dad en la solicitud inicial.

III.- Quien tuviere la condición de funcionario público ocontratado en régimen laboral por Organismos Públicos,estará exento de justificar las condiciones y los requisitosexigidos cuando obtuvieron su anterior nombramiento, por loque tendrán que presentar, únicamente, el certificado delMinisterio, Corporación Local u Organismo Público de quedependan, justificativo de su condición, de que cumplen lascondiciones y requisitos señalados en la Base Segunda, sinperjuicio de tener que acreditar aquellos que se exigen y noconsten en su expediente personal.

Undécima.- Nombramiento y toma de posesión.Cumplimentado por el aspirante propuesto lo estableci-

do en la Base anterior y realizados los trámites administrati-vos pertinentes, la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos de la Excma. DiputaciónProvincial efectuará el nombramiento correspondiente, de-biendo el interesado tomar posesión de su cargo en el plazoreglamentario. Si no tomaran posesión en el citado plazo, sincausa justificada, decaerán en su derecho, por caducidaddel nombramiento.

Duodécima.- Incompatibilidades.Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su

caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en laLey 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidadesdel Personal al servicio de las Administraciones Públicas, ydemás normativa aplicable.

Decimotercera.- Normativa.En todo lo no previsto en las presentes Bases, en lo que

no se oponga a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril,del Estatuto Básico del Empleado Público, se estará a lodispuesto en:

- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local;

- La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para laReforma de la Función Pública;

- El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que seestablecen las reglas básicas y programas mínimos a quedebe ajustarse el procedimiento de selección;

- El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,por el que se aprueba Texto Refundido de las Disposicioneslegales vigentes en materia de Régimen Local;

- El Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley de FunciónPública Valenciana.

- El Decreto 33/1999, de 9 de marzo, de la GeneralitatValenciana, por el que se aprueba el Reglamento de Selec-ción, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administra-tiva del Personal comprendido en el ámbito de aplicación dela Ley de la Función Pública Valenciana.

- El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el quese aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personalal servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional delos Funcionarios Civiles de la Administración General delEstado; y demás disposiciones aplicables y concordantes.

Decimocuarta.- Impugnación.Contra la presente convocatoria y/o sus bases, cuyo

acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativapodrá interponerse, por los interesados legitimados,potestativamente, en base al artículo 116 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, recursode reposición ante la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos, en el plazo de un mes acontar desde el día siguiente al de la publicación del extractode estas bases en el Boletín Oficial del Estado, o bien,interponer directamente recurso contencioso-administrativoante el Juzgado de este orden de Alicante o bien a suelección, el de la circunscripción de su domicilio si lo tuvierafuera de Alicante, en el plazo de dos meses a contar desdela fecha de publicación del referido extracto en el B.O.E. atenor de lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Admi-

nistrativa advirtiéndole que tales recursos no tienen efectosuspensivo, y ello sin perjuicio de que se pueda ejercitarcualquier otro que estime pertinente.

Anexo.Temario.1. La Constitución Española de 1978: características,

principios y derechos fundamentales.2. Instituciones de autogobierno de la Comunidad Va-

lenciana: Las Cortes Valencianas, el Consell, el Presidentede la Generalidad.

3. La Provincia en el Régimen local. La DiputaciónProvincial: su composición y competencias. El Pleno. LaJunta de Gobierno y Comisiones Informativas. El Presidentey los Diputados Provinciales.

4. La calidad en la Administración Pública. Introducción.Los conceptos de calidad y de modernización. La Administra-ción Pública Española. Aplicaciones en la Administración Espa-ñola. La gestión de la calidad en la Diputación de Alicante.

5. Las distintas áreas de cocina y zonas de manipula-ción de alimentos. Sistemas de distribución de comida,cadena caliente, cadena fría. Características, medios, venta-jas e inconvenientes.

6. Normas de higiene para la elaboración, distribución ycomercio de comidas preparadas. Condiciones de los esta-blecimientos. Requisitos. Su envasado y etiquetado.

7. Normas relativas a los manipuladores de alimentos.Requisitos de los manipuladores. Toxiinfecciones alimentariasde origen bacteriano más frecuentes. Elementos de unatoxiinfección. Medidas preventivas para evitarlas.

8. Las Residencias para la Tercera Edad en el ámbito deactuación de la Generalidad Valenciana. Concepto y desti-natarios. Objetivos Generales. Funciones del Auxiliar deServicios Generales.

9. Las Residencias infantiles (0 a 6 años) en el ámbitode actuación de la Generalidad Valenciana. Concepto ydestinatarios. Objetivos Generales. Funciones del Auxiliarde Servicios Generales.

10. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Ries-gos laborales de los trabajadores en áreas de Salud Públicay Asistencial.

Lo que se hace público para general conocimiento,haciendo saber que contra la presente convocatoria y susbases cabe interponer los recursos contenidos en la BaseDecimocuarta, y que los interesados podrán solicitar el tema4 del Temario, en la Oficina de información de esta Corpora-ción, y a través de la página web de la misma(www.ladipu.com).

Alicante, 21 de agosto de 2008.La Secretaria en funciones, Mª José Argudo Poyatos. El

Presidente accidental, Carlos Manzón Guixot.

*0818078*

ANUNCIO

Por Decreto de la señora Diputada del Área de Econo-mía, Hacienda y Recursos Humanos, número 3.064/2008,de 31 de julio -dictado en virtud de las competencias delega-das por la Presidencia por Decreto número 1.603/2007, de19 de julio-, se aprueba y convoca Concurso-Oposición, paracubrir cuarenta plazas de Técnico Auxiliar Sanitario, reserva-das al turno de promoción interna, vacantes en la Plantilla deesta Excma. Diputación Provincial, dentro de las plazasreservadas a funcionarios de carrera, y con arreglo a lassiguientes:

Bases.Primera.- Plazas objeto de la convocatoria.Es objeto de la presente convocatoria la selección, por

el procedimiento de Concurso-Oposición, de cuarenta pla-zas de Técnico Auxiliar Sanitario, reservadas al turno depromoción interna, vacantes en la Plantilla de esta Excma.Diputación Provincial, dentro de las plazas reservadas aFuncionarios de Carrera, e incluidas en las correspondientesOfertas de Empleo Público.

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Estas plazas están incluidas en la Escala de Administra-ción Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Perso-nal de Oficios, dotada con los emolumentos correspondien-tes al Subgrupo de clasificación «C1», del artículo 76 de laLey 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico y demás que correspondan de conformidad con lanormativa vigente.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.I.- Para poder participar en estas Pruebas Selectivas los

aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:a) Estar en posesión del Título de F.P. 2 Rama Sanitaria,

Bachiller Superior o equivalente, o en condiciones de obte-nerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación deinstancias, o alternativamente, F.P. 1 Rama Sanitaria/Gra-duado Escolar y poseer una antigüedad de diez años en elSubgrupo de clasificación «C2», del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico, o de cinco años y la superación de un curso espe-cífico de formación. En todo caso la equivalencia deberá seraportada por el aspirante mediante certificación expedida alefecto por la Administración competente en cada caso. Losaspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero debe-rán acreditar que están en posesión de la correspondienteconvalidación o de la credencial que acredite, en su caso, lahomologación.

b) Estar ocupando plaza como Funcionario de Carreraen la Excma. Diputación Provincial de Alicante y estar encua-drado en el Grupo de Clasificación C2, con una antigüedadmínima de dos años como funcionario de carrera, en elGrupo, Escala o Categoría a que pertenece en situación deservicio activo o de excedencia voluntaria por desempeño deotro puesto de trabajo en la Excma. Diputación Provincial deAlicante.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño delas tareas. La Diputación Provincial de Alicante se reserva elderecho a someter a los aspirantes a cuantas pruebasconsidere pertinentes para evaluar el cumplimiento de esterequisito.

También podrán participar en el Concurso-Oposiciónlos funcionarios de carrera de la Excma. Diputación Provin-cial de Alicante que, cumpliendo los requisitos de estaconvocatoria, fueron transferidos al Servicio Valenciano deSalud, en virtud de Decreto 200/1990, de 10 de diciembre,del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aceptael traspaso del Hospital Provincial de la Diputación Provincialde Alicante a la Generalitat Valenciana, y se encuentrenactualmente en la situación administrativa de servicio enotras Administraciones Públicas (antes de la entrada en vigordel EBEP -situación administrativa de servicios en Comuni-dades Autónomas-).

II.- De conformidad con lo establecido en el artículo 38.3de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de losMinusválidos, serán admitidas las personas con discapacidaden igualdad de condiciones con los demás aspirantes, todoello condicionado a la capacidad funcional para el desempe-ño de las tareas o funciones propias de esta plaza,acreditándose las condiciones personales de aptitud me-diante dictamen vinculante expedido por el equipomultidisciplinar competente.

A estos efectos conforme establece el artículo 59.2 laLey 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico se adoptarán para las personas con la condiciónlegal de discapacitados que lo soliciten, las medidas preci-sas para establecer las adaptaciones y ajustes razonablesde tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vezsuperado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto detrabajo a las necesidades de la persona con discapacidad.Para ello, los interesados deberán formular la correspon-diente petición concreta, que aportarán junto con la solicitudde participación dentro del plazo de presentación de instan-cias. Dicha petición deberá estar motivada.

En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán encondiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- Todos los requisitos deberán cumplirse en el último díadel plazo de presentación de instancias y mantenerse durante

todo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuarlas comprobaciones oportunas hasta el nombramiento.

Tercera.- Solicitudes.I.- Quienes deseen tomar parte en el concurso-oposi-

ción, lo solicitarán en instancia dirigida al Iltmo. señor Presi-dente de la Diputación Provincial, en la que deberán manifes-tar que reúnen todas y cada una de las condiciones orequisitos exigidos en la Base Segunda, adjuntando a lainstancia fotocopia del documento Nacional de Identidad. Elmodelo de instancia se facilitará tanto en las dependenciasdel Departamento de Personal como en la Oficina de infor-mación de esta Corporación, y a través de la página web dela misma (www.ladipu.com).

Las personas con discapacidad deberán aportar fotoco-pia de la certificación del órgano competente, que acredite talcondición, así como el tipo y graduación de la misma.

II.- Las Bases de la Convocatoria y Anexos a las mismasse publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) yen el tablón de Anuncios de la Corporación. Un extracto dela Convocatoria se publicará también en el Diario Oficial dela Comunidad Valenciana (D.O.C.V.) y en el Boletín Oficialdel Estado (B.O.E.).

III.- El plazo de presentación de instancias será deveinte días naturales, a contar desde el día siguiente al depublicación del anuncio-extracto de la convocatoria en elB.O.E. En dicho extracto, además de los insertos precisos,se avisará que en el Boletín Oficial de la Provincia sepublicará la resolución aprobatoria de la lista de aspirantesadmitidos y excluidos al Concurso-Oposición, así como lafecha, hora y lugar de inicio de las Pruebas.

Las instancias y documentación oportunas se presenta-rán en horas hábiles, de lunes a viernes, en el RegistroGeneral de la Excma. Diputación Provincial (calle Tucumán,número 8, de Alicante) o en la forma que determina el artículo38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común.

IV.- Los efectos administrativos de la Convocatoria seproducirán desde la fecha en que se publique en el B.O.E. elextracto referido en los apartados anteriores.

Cuarta.- Admisión de candidatos.Expirado el plazo de presentación de instancias, la

señora Diputada del Área de Economía, Hacienda y Recur-sos Humanos -en virtud de las facultades que le fuerondelegadas por el Iltmo. señor Presidente mediante Decretonúmero 1.603, de 19 de julio de 2007- dictará resolución, enel plazo máximo de un mes, declarando aprobada la listaprovisional de aspirantes admitidos y excluidos, que sepublicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón deanuncios de la Corporación. Contra esta resolución se podrápresentar escrito de subsanación y/o reclamación en el plazode diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Si se presentara escrito de subsanación y/o reclama-ción será aceptado o rechazado en la resolución por la quese apruebe la lista definitiva, que se publicará, asimismo, enlos lugares indicados para la lista provisional. En el caso deque no se presente escrito de subsanación y/o reclamaciónalguna, la lista provisional de aspirantes admitidos y exclui-dos quedará elevada automáticamente a definitiva.

Quinta.- Comisión técnica de valoración.I.- La Comisión Técnica de Valoración, de conformidad

con lo dispuesto en los artículos 55 y 60 de la Ley 7/2007, de12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público serádesignada por la Presidencia de la Corporación, o en sucaso, por quien actúe por delegación de la misma, ajustán-dose a los principios de imparcialidad y profesionalidad desus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entremujer y hombre. La Comisión actuará en todo caso, confor-me a los principios de independencia y discrecionalidadtécnica, y estará integrada por cinco miembros, funcionariosde carrera, de los cuales uno será el Presidente, tres actua-rán como Vocales y asumirá la Secretaría de la Comisión elSecretario General de la Corporación o funcionario en quiendelegue, que actuarán con voz y voto.

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El personal de elección o de designación política, losfuncionarios interinos y el personal eventual no podránformar parte de la Comisión Técnica de Valoración.

La pertenencia a la Comisión Técnica de Valoración detodos sus miembros, tanto titulares como suplentes, será atítulo individual, no pudiendo ostentarse ésta en representa-ción o por cuenta de nadie. Igualmente, todos sus miembrosdeberán poseer una titulación igual o superior a la requeridapara el acceso a las plazas convocadas y pertenecer almismo grupo/subgrupo o a grupos/subgrupos superiores, yla mayoría de los miembros pertenecer a la misma área deconocimientos que la exigida para el ingreso.

La designación de los miembros de la Comisión Técnicade Valoración, que incluirá la de los respectivos suplentes, sehará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante,así como en el tablón de anuncios de la Corporación.

II.- La Comisión Técnica de Valoración no podrá cons-tituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de susmiembros -titulares o suplentes- indistintamente. En caso deausencia tanto del Presidente titular como del suplente, laPresidencia la ostentará el miembro de la Comisión Técnicade Valoración de mayor jerarquía, antigüedad y edad, poreste orden.

III.- La Comisión Técnica de Valoración estará facultadapara resolver cualquier duda o incidencia que pudiera surgirdurante la celebración de las pruebas selectivas, y paratomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas parael buen orden y resultado de las mismas.

IV.- A los efectos de comunicaciones, anuncios y demásincidencias, la Comisión Técnica de Valoración, sea cualfuere el lugar de celebración de las pruebas, tendrá su sedeen el edificio Tucumán de la Excma. Diputación Provincial,calle Tucumán, número 8, de Alicante.

V.- Los miembros de la Comisión Técnica de Valoracióndeberán abstenerse de intervenir cuando concurran lascircunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,notificándolo a la autoridad convocante. Asimismo, los aspi-rantes podrán recusarles en la forma prevista en el artículo29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, deberán abstenerse aquellos que hubieranrealizado tareas de preparación de aspirantes en los cincoaños anteriores a la publicación de esta Convocatoria.

VI.- La Comisión Técnica de Valoración podrá dispo-ner la incorporación a sus trabajos de asesores especialis-tas, para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesoresse limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, enbase exclusivamente a las cuales colaborarán con la Comi-sión y tendrán voz pero no voto. Asimismo podrá acordar laincorporación de colaboradores que ayudarán a la Comi-sión Técnica de Valoración en la realización de las pruebas.Este personal, a efectos de indemnizaciones por asisten-cia, estará sujeto a la misma normativa que los vocales dela Comisión.

VII.- Contra los actos de la Comisión Técnica de Valo-ración se podrán interponer los siguientes recursos y recla-maciones:

A.- Contra las propuestas finales de los aspirantesaprobados y, en general, contra los actos de trámite quedeterminen la imposibilidad de continuar el procedimientoselectivo o produzcan indefensión y que no agoten la víaadministrativa, se podrá interponer recurso de alzada enbase al artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, ante la señora Diputada delÁrea de Economía, Hacienda y Recursos Humanos, en elplazo de un mes a contar desde el día siguiente al de sunotificación, o de su publicación en el tablón de anuncios deesta Excma. Diputación Provincial. Transcurridos tres me-ses desde la interposición sin que recaiga resolución, sepodrá entender desestimado el recurso, quedando expeditala vía del recurso contencioso-administrativo, y ello sinperjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que estimepertinente.

B.- Contra los demás actos de trámite los interesadospodrán presentar las reclamaciones y formular las alegacio-nes que estimen pertinentes, ante la Comisión Técnica deValoración en el plazo de diez días a contar desde elsiguiente a la fecha de publicación.

VIII.- La Comisión Técnica de Valoración tendrá lacategoría segunda de las recogidas en el Anexo IV del RealDecreto 462/2002, de 24 de mayo, a efectos del percibo deasistencias en las cuantías vigentes en su momento. Asimis-mo, cuando concurran los supuestos excepcionales delartículo 30.3 del R.D. 462/2002, procederá aplicar los incre-mentos previstos en el citado precepto.

Sexta.- Procedimiento de selección.El procedimiento de selección constará de las siguien-

tes fases: Oposición y Concurso.I.- Fase de Oposición: estará compuesta por los ejerci-

cios que a continuación se indican:Primer ejercicio: Prueba Teórica.- De carácter obligato-

rio y eliminatorio.Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo

fijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no seráinferior a 50 minutos-, a un cuestionario de 40 preguntassobre el Temario que figura en el Anexo a esta Convocatoria(temas 1 al 5), con cuatro respuestas alternativas de las quesólo una de ellas será la correcta.

Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 5 puntos.

Las contestaciones erróneas se valorarán negativa-mente con una penalización equivalente a un tercio del valorde cada contestación correcta y las contestaciones en blan-co ni puntúan ni penalizan.

Segundo ejercicio: prueba práctica.- De carácter obliga-torio y eliminatorio.

Consistirá en la resolución de uno o varios supuestosteóricos y/o prácticos, en condiciones de igualdad para todoslos aspirantes. Dicho ejercicio se realizará por escrito, y/o deuna forma totalmente práctica ante situaciones y supuestosreales y concretos, y relacionados con los temas 6 al 15 delTemario que figura en el Anexo a esta convocatoria. LaComisión Técnica de Valoración determinará a su prudentearbitrio el tiempo máximo de que dispondrán los opositorespara la realización de esta prueba.

Previamente a la realización de este ejercicio y enpreparación del mismo a los opositores que hayan superadoel primer ejercicio, se les impartirá un curso de formaciónteórico y práctico sobre los temas referidos en el párrafoanterior, que tendrá como finalidad la adquisición de conoci-mientos y la preparación específica de los aspirantes para elejercicio de sus funciones. Dicho curso formativo tendrá unaduración no inferior a 30 horas lectivas ni superior a 40 horas,y será organizado por el Departamento de Formación y laUnidad de Salud Laboral de esta Diputación, e impartido portécnicos especialistas en la materia. Las ediciones del cursose planificarán de forma que permita a los aspirantes laasistencia al mismo.

Para poderse presentar a este segundo ejercicio serárequisito indispensable la asistencia a un 85% como mínimode la duración total del curso de formación teórico y práctico.

Este ejercicio se valorará de 0 a 12 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 6 puntos.

II.- Fase de Concurso.- Los méritos, que la ComisiónTécnica valorará, deberán ser alegados y debidamente jus-tificados por los aspirantes al Concurso-Oposición, en eltiempo otorgado al efecto, en el bien entendido que lo que nose alegue y justifique en tiempo y forma no se tendrá encuenta por la Comisión Técnica de Valoración.

Los méritos a computar son los que a continuación serelacionan, con la puntuación que se indica, y que el aspiran-te deberá autobaremar conforme al modelo de instancia quese facilitará al efecto, tanto en las dependencias del Depar-tamento de Personal como en la oficina de información deesta Corporación, y a través de la página web de la misma(www.ladipu.com):

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a) Antigüedad.- Por servicios prestados en cualquierAdministración Pública 0,05 puntos por mes de servicio,hasta un máximo de 3,50 puntos. El tiempo de servicioscomputables se puntuará por meses efectivos completos,despreciándose las fracciones inferiores a un mes, salvocasos de empate. No se puntuará como antigüedad el tiempode servicios a que se refiere la base segunda, apartado b)exigido como requisito para poder optar a la promocióninterna.

b) Por experiencia profesional en tareas o cometidos denaturaleza igual a la que se opta, a 0,05 puntos por mes deexperiencia, hasta un máximo de 3,50 puntos. La experien-cia profesional computable se puntuará por meses efectivoscompletos, despreciándose las fracciones inferiores, salvocasos de empate. A estos efectos se facilitará a los oposito-res junto con el modelo de instancia para presentar losméritos, la plantilla en la que se detallen las tareas y funcio-nes que serán objeto de valoración según este apartado.

c) Por estar en posesión de Diplomas por asistencia oaprovechamiento a Cursos de Formación o Perfecciona-miento. Se valorarán, hasta un máximo de 2,50 puntos, losCursos de Formación y Perfeccionamiento que tengan rela-ción directa con las tareas y cometidos propios de la plaza yque hubieren sido convocados u organizados por esta Dipu-tación Provincial, así como por Institutos y Escuelas Oficialesde formación de Funcionarios y personal al servicio de laAdministración, Organizaciones Sindicales, Universidades,INEM, Generalitat Valenciana u otras Comunidades Autóno-mas, Colegios Oficiales u otras entidades de carácter ointerés público.

En todos los casos se valorarán una sola vez los cursosrelativos a una misma materia, aunque se haya repetido suparticipación.

No se valorará, tanto los cursos que no acrediten lashoras de duración como los inferiores a 15 horas lectivas, lospertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado,los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativosa Jornadas, Mesas redondas, Encuentros, Debates, Congre-sos, Seminarios, Simposios o análogos.

La valoración de cada Curso se efectuará en función desu duración con arreglo a la siguiente escala:

- De 15 o más horas: 0,15 puntos.- De 25 o más horas: 0,25 puntos.- De 35 o más horas: 0,35 puntos.- De 50 o más horas: 0,50 puntos.d) Otros méritos.- Se valorarán hasta un máximo de

2,50 puntos, desglosados de la siguiente forma:1.- Se valorará, hasta un máximo de 0,50 puntos, el

conocimiento del Valenciano siempre que se acredite estaren posesión del certificado expedido por la Junta Qualificadorade Coneixements del valencià o equivalente reconocido porla Generalitat Valenciana, con arreglo a la siguiente escala:

- Certificado de Coneixements orals: 0,10 puntos.- Certificado de Grau Elemental: 0,20 puntos.- Certificado de Grau Mitjà: 0,30 puntos.- Certificado de Grau Superior: 0,50 puntos.En caso de poseer más de un certificado de conocimien-

to del valenciano, sólo se valorará el de nivel superior.2).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, el cono-

cimiento de lenguas oficiales de la Unión Europea diferentesde la lengua española, acreditándose documentalmentemediante certificados expedidos por las Escuelas Oficialesde Idiomas o cursos obtenidos en el extranjero, en cuyo casose deberá estar en posesión de la credencial que acredite suhomologación o convalidación, a razón de 0,20 puntos porcurso.

Para la valoración de los idiomas comunitarios, enningún caso se considerarán los cursos superados de idio-mas incluidos en los planes de estudios de Bachiller Elemen-tal, Graduado Escolar, Formación Profesional, Bachiller Su-perior y de estudios universitarios de cualquier nivel.

3.- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, la pose-sión de títulos académicos oficiales superiores al exigido enla convocatoria, en el bien entendido que sólo se valorará elde nivel superior.

Serán méritos puntuables en cada concursante, loscontraídos hasta el día de publicación del anuncio-extractode la convocatoria en el B.O.E.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, nipodrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fasede oposición, por lo que solamente se procederá a puntuarel concurso en el caso de haber superado el nivel de aptitudestablecido para todos y cada uno de los ejercicios decarácter eliminatorio de la fase de oposición.

Séptima.- Desarrollo de las pruebas.I.- En la resolución de la señora Diputada del Área de

Economía, Hacienda y Recursos Humanos de la Corpora-ción a que se refiere la Base Cuarta, y que se publicará en elBoletín Oficial de la Provincia, se anunciará, asimismo, eldía, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de laFase de Oposición y los sucesivos anuncios de la presenteconvocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de laCorporación.

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo delsiguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas ymáximo de 45 días naturales.

No obstante, se podrán reducir los plazos indicados enel párrafo anterior si lo propusiera la Comisión Técnica deValoración y aceptaran todos los aspirantes o fuera solicita-do por éstos unánimemente.

Los aspirantes que lo deseen podrán realizar las prue-bas en valenciano, debiendo referirlo expresamente en suinstancia.

II.- Los aspirantes quedarán decaídos en su derechocuando se personen en los lugares de celebración una veziniciadas las pruebas o por la inasistencia a las mismas, auncuando se deba a causas justificadas. Tratándose de prue-bas orales u otras de carácter individual y sucesivo, laComisión Técnica de Valoración podrá apreciar las causasalegadas y admitir al aspirante, siempre y cuando las mismasno hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe elprincipio de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- El orden de actuación de los aspirantes, en elsupuesto de que en algún ejercicio no pudieran actuarconjuntamente, vendrá determinado por orden alfabético,iniciándose por aquél cuyo primer apellido comience por laletra surgida del sorteo celebrado al efecto.

La Comisión Técnica de Valoración en la realización delos ejercicios escritos deberá garantizar, siempre que seaposible, el anonimato de los aspirantes.

En cualquier momento la Comisión Técnica de Valora-ción podrá requerir a los aspirantes que acrediten su perso-nalidad.

Los aspirantes deberán observar en todo momento lasinstrucciones de los miembros de la Comisión Técnica o delpersonal ayudante o asesor durante la celebración de laspruebas, en orden al adecuado desarrollo de las mismas.

Durante la realización de los ejercicios, no está permi-tido el uso de teléfonos móviles u otros dispositivos suscep-tibles de almacenar o transmitir información.

Junto con el resultado del último ejercicio de la fase deoposición, la Comisión Técnica de Valoración expondrá alpúblico la relación de aspirantes que, por haber superadotodos los ejercicios eliminatorios deben pasar a la fase deconcurso, emplazándolos para que en el plazo de 10 díashábiles presenten la documentación acreditativa de los mé-ritos previstos en la convocatoria, adjuntando certificacionesy/o justificantes acreditativos de los mismos. No obstante, enel caso de que los méritos alegados obren en el Área deRecursos Humanos de la Excma. Diputación Provincial,bastará con que se acredite esta circunstancia, y se identifi-quen y relacionen con toda claridad en la instancia, que en sucaso se presente, en el plazo señalado para aportar losméritos.

Una vez baremados los méritos, la Comisión Técnica deValoración expondrá al público la lista de aspirantes con laspuntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concedién-doles un plazo de diez días hábiles para que formulen lasalegaciones que estimen pertinentes en relación con labaremación.

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Resueltas las posibles alegaciones, la Comisión Técni-ca de Valoración publicará la relación definitiva de aspirantesaprobados por su orden de puntuación.

Octava.- Calificaciones.I.- Fase de Oposición: cada uno de los ejercicios de la

Fase de Oposición se calificará conforme a lo establecido enla Base Sexta, apartado I.

II.- Fase de Concurso: la valoración de los méritos decada aspirante se obtendrá aplicando las reglas que figuranen la Base Sexta, apartado II.

III.- La calificación definitiva de cada aspirante vendrádeterminada por la suma de las puntuaciones obtenidas enla Fase de Oposición y en la Fase de Concurso.

Novena.- Relación de aprobados y propuesta de nom-bramiento.

I.- Finalizada la calificación, la Comisión Técnica deValoración publicará en el tablón de anuncios de la Corpora-ción la «relación de los aspirantes aprobados», por orden depuntuación, no pudiendo rebasar ésta el número de plazasconvocadas en el Concurso-Oposición.

Cualquier Propuesta de aprobados que contravenga loanteriormente establecido será nula de pleno derecho.

II.- El Presidente de la Comisión Técnica de Valoraciónelevará la «relación de los aspirantes aprobados» a la señoraDiputada del Área de Economía, Hacienda y Recursos Hu-manos de la Corporación con propuesta de nombramientode funcionario de carrera.

No obstante lo anterior, y con el fin de asegurar lacobertura del número de plazas convocadas, cuando seproduzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antesde su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocantepodrá requerir del órgano de selección relación complemen-taria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para suposible nombramiento como funcionario de carrera.

Décima.- Presentación de documentos.I.- En el plazo de 20 días naturales, a contar del de la

publicación de la «relación de aprobados», a que se refierela Base anterior, los aspirantes que figuren en ella deberánpresentar los documentos acreditativos de capacidad y re-quisitos exigidos en la Base Segunda, estando exentos dejustificar documentalmente las condiciones y demás requisi-tos ya probados para obtener su anterior nombramiento yque consten en su expediente personal:

1) Copia autenticada o fotocopia (acompañada deloriginal para su cotejo) de la Titulación exigida en la convo-catoria, o justificante de haber abonado los derechos para suexpedición. Si estos documentos estuvieran expedidos des-pués de la fecha en que expiró el plazo de presentación deinstancias, se deberá justificar el momento en que concluyólos estudios.

2) Certificado del Registro Central de Penados y Rebel-des, cuyo trámite facilitará el Departamento de Personal dela Excma. Diputación Provincial de Alicante.

3) Declaración de no haber sido separado medianteexpediente disciplinario, del servicio de cualquiera de lasAdministraciones Públicas, así como no hallarse incurso enninguna de las causas de incapacidad específica, conformea la normativa vigente.

4) El Servicio de Prevención de la Excma. DiputaciónProvincial procederá a realizar el reconocimiento médico delos aspirantes aprobados al objeto de determinar la aptitudfísica o psíquica para el desempeño de las plazas objeto deesta convocatoria.

Los aspirantes que tengan la condición de discapacitadodeberán presentar, además, certificación del órgano compe-tente, que acredite tal condición y su capacidad para desem-peñar las tareas que correspondan a las plazas objeto deesta convocatoria.

II.- Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerzamayor, no presentarán la documentación o del examen de lamisma se dedujera que carecen de alguno de los requisitosseñalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados yquedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de laresponsabilidad en que pudieran haber incurrido por false-dad en la solicitud inicial.

Undécima.- Nombramiento y toma de posesión.Cumplimentado por el aspirante propuesto lo estableci-

do en la Base anterior y realizados los trámites administrati-vos pertinentes, la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos de la Excma. DiputaciónProvincial efectuará el nombramiento correspondiente, de-biendo el interesado tomar posesión de su cargo en el plazoreglamentario. Si no tomaran posesión en el citado plazo, sincausa justificada, decaerán en su derecho, por caducidaddel nombramiento.

Duodécima.- Incompatibilidades.Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su

caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en laLey 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidadesdel Personal al servicio de las Administraciones Públicas, ydemás normativa aplicable.

Decimotercera.- Normativa.En todo lo no previsto en las presentes Bases, en lo que

no se oponga a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril,del Estatuto Básico del Empleado Público, se estará a lodispuesto en:

- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local;

- La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para laReforma de la Función Pública;

- El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que seestablecen las reglas básicas y programas mínimos a quedebe ajustarse el procedimiento de selección;

- El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,por el que se aprueba Texto Refundido de las Disposicioneslegales vigentes en materia de Régimen Local;

- El Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley de FunciónPública Valenciana.

- El Decreto 33/1999, de 9 de marzo, de la GeneralitatValenciana, por el que se aprueba el Reglamento de Selec-ción, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administra-tiva del Personal comprendido en el ámbito de aplicación dela Ley de la Función Pública Valenciana.

- El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el quese aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personalal servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional delos Funcionarios Civiles de la Administración General delEstado; y demás disposiciones aplicables y concordantes.

Decimocuarta.- Impugnación.Contra la presente convocatoria y/o sus bases, cuyo

acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podráinterponerse, por los interesados legitimados, potestativamente,en base al artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, recurso de reposición ante laseñora Diputada del Área de Economía, Hacienda y RecursosHumanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguienteal de la publicación del extracto de estas bases en el BoletínOficial del Estado, o bien, interponer directamente recursocontencioso-administrativo ante el Juzgado de este orden deAlicante o bien a su elección, el de la circunscripción de sudomicilio si lo tuviera fuera de Alicante, en el plazo de dos mesesa contar desde la fecha de publicación del referido extracto enel B.O.E. a tenor de lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencio-so-Administrativa advirtiéndole que tales recursos no tienenefecto suspensivo, y ello sin perjuicio de que se pueda ejercitarcualquier otro que estime pertinente.

Anexo.Temario general.Tema 1.- Cuidados, necesidades básicas del paciente

(Respiración, Alimentación, etc.). Problemas psicosociales yde adaptación del paciente ingresado.

Tema 2.- Administración de medicación. Manejo de lasdiferentes vías. Condiciones de almacenamiento y conser-vación. Caducidades.

Tema 3.- Toma de constantes. Balance ingesta/elimina-ción y manejo de muestras biológicas.

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116boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166

Tema 4.- Higiene y aseo del paciente en el estableci-miento sanitario.

Tema 5.- Nutrición y vías de alimentación, dietas.Temario específico.Tema 6.- Ergonomía: movilización de los pacientes

encamados/incapacitados, no válidos, traslado, deambulación, empleo de medios auxiliares.

Tema 7.- Atención del personal auxiliar de enfermería alpaciente geriátrico.

Tema 8.- Atención del personal auxiliar de enfermería alpaciente pediátrico.

Tema 9.- Atención del personal auxiliar de enfermería alpaciente psiquiátrico. Prevención de agresiones.

Tema 10.- Procesado de la información/documentaciónclínica y no clínica originada en la consulta/unidad en lasáreas de la competencia del auxiliar. Servicio de admisión,funcionamiento, consentimiento informado. Ley Orgánica deProtección de Datos.

Tema 11.- Urgencias. Emergencias y evaluación. Pri-meros auxilios. Desfibrilador Externo Automático (DEA).

Tema 12.- Preparación material médico: esterilización,desinfección, limpieza. Orden y mantenimiento material al-macenado.

Tema 13.- comunicación con el paciente y con el restode equipo sanitario.

Tema 14.- Gestión de la calidad en centros socio-asistenciales de la Diputación de Alicante: criterios y proce-dimientos, instrucciones y registros, etc.

Tema 15.- Identificación de riesgos laborales, saludlaboral, protocolo accidentes riesgos biológicos, situaciónespecial de la mujer embarazada.

Lo que se hace público para general conocimiento,haciendo saber que contra la presente convocatoria y susbases cabe interponer los recursos contenidos en la BaseDecimocuarta.

Alicante, 21 de agosto de 2008.La Secretaria en funciones, Mª José Argudo Poyatos. El

Presidente accidental, Carlos Manzón Guixot.

*0818083*

ANUNCIO

Por Decreto de la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos, número 3.065/2008, de 31 dejulio -dictado en virtud de las competencias delegadas por laPresidencia por Decreto número 1.603/2007, de 19 de julio-, seaprueba y convoca Concurso-Oposición, para cubrir nueveplazas de Técnico Administración General, cuatro de ellasreservadas al turno de promoción interna, cuatro al turno librey una al turno de discapacitados, vacantes en la Plantilla de estaExcma. Diputación Provincial, dentro de las plazas reservadasa funcionarios de carrera, y con arreglo a las siguientes:

Bases.Primera.- Plazas objeto de la convocatoria.Es objeto de la presente convocatoria la selección, por

el procedimiento de Concurso-Oposición de nueve plazas deTécnico de Administración General, vacantes en la Plantillade esta Excma. Diputación Provincial, dentro de las plazasreservadas a Funcionarios de Carrera, e incluidas en lascorrespondientes Ofertas de Empleo Público.

- Cuatro plazas están destinadas al turno libre.- Una plaza reservada al turno de discapacitados. Si

esta plaza no resulta cubierta por este turno incrementará lasdel turno libre.

- Cuatro plazas están destinadas al turno de promocióninterna. Las plazas que queden sin cubrir por este turnoacrecerán las del turno libre.

Estas plazas están incluidas en la Escala de Administra-ción General, Subescala Técnica, dotadas con los emolu-mentos correspondientes al Subgrupo de clasificación «A1»,del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del EstatutoBásico del Empleado Público y demás que correspondan deconformidad con la normativa vigente.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.I.- Para poder participar en estas Pruebas Selectivas los

aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:a) Tener la nacionalidad española. También podrán

acceder como personal funcionario en igualdad de condicio-nes que los españoles a los empleos públicos:

a.1) Los nacionales de un Estado miembro de la UniónEuropea o nacionales de aquellos Estados, a los que, envirtud de tratados internacionales celebrados por la UniónEuropea y ratificados por España, sea de aplicación la librecirculación de trabajadores.

a.2) El cónyuge, descendientes y descendientes delcónyuge, de los españoles y de los nacionales de otrosestados miembros de la Unión Europea, siempre que noestén separados de derecho, menores de 21 años o mayoresde dicha edad que vivan a sus expensas.

Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solicitudla documentación que acredite las condiciones que se alegan.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño delas tareas. La Diputación Provincial de Alicante se reserva elderecho a someter a los aspirantes a cuantas pruebasconsidere pertinentes para evaluar el cumplimiento de esterequisito.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en sucaso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para elacceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disci-plinario del servicio de cualquiera de las AdministracionesPúblicas o de los órganos constitucionales o estatutarios delas Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitaciónabsoluta o especial para empleos o cargos públicos porresolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala defuncionario, o para ejercer funciones similares a las quedesempeñaban en el caso del personal laboral, en el quehubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de sernacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situa-ción equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplina-ria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismostérminos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del Título de Licenciado en Dere-cho, en Ciencias Políticas y de la Administración, en Econo-mía, en Administración y Dirección de Empresas, en Socio-logía, en Ciencias del Trabajo, en Ciencias Actuariales yFinancieras, o equivalente, o en condiciones de obtenerlo enla fecha en que termine el plazo de presentación de instan-cias. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por elaspirante mediante certificación expedida al efecto por laAdministración competente en cada caso. Los aspirantescon titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditarque están en posesión de la correspondiente convalidacióno de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

II.-Específico para el turno de discapacitado:Podrán optar al turno de discapacitado aquellos aspi-

rantes con discapacidad de grado igual o superior al 33% yque lo formulen expresamente en la solicitud de participaciónsiguiendo las instrucciones establecidas en la Base Terceraapartado I.

III.-Específico para el turno de promoción interna:Estar ocupando plaza como funcionario de carrera en la

Excma. Diputación Provincial de Alicante y estar encuadradoen el Subgrupo de clasificación A2 o C1, del artículo 76 de laLey 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico. Ambos con una antigüedad mínima de dos añoscomo funcionario de carrera en situación de servicio activo ode excedencia voluntaria por desempeño de otro puesto detrabajo en la Excma. Diputación Provincial de Alicante.

IV.- De conformidad con lo establecido en el artículo38.3 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Socialde los Minusválidos, serán admitidas las personas condiscapacidad en igualdad de condiciones con los demásaspirantes, todo ello condicionado a la capacidad funcionalpara el desempeño de las tareas o funciones propias de estaplaza, acreditándose las condiciones personales de aptitudmediante dictamen vinculante expedido por el equipomultidisciplinar competente.

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A estos efectos conforme establece el artículo 59.2 laLey 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico se adoptarán para las personas con la condiciónlegal de discapacitado que lo soliciten, las medidas precisaspara establecer las adaptaciones y ajustes razonables detiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez supera-do dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajoa las necesidades de la persona con discapacidad. Para ello,los interesados deberán formular la correspondiente peticiónconcreta, que aportarán junto con la solicitud de participa-ción dentro del plazo de presentación de instancias. Dichapetición deberá estar motivada.

En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán encondiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.

V.- Todos los requisitos deberán cumplirse en el últimodía del plazo de presentación de instancias y mantenersedurante todo el proceso selectivo. En este sentido, sepodrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta elnombramiento.

Tercera.- Solicitudes.I.- Quienes deseen tomar parte en el concurso-oposi-

ción, lo solicitarán en instancia dirigida al Iltmo. señor Presi-dente de la Diputación Provincial, en la que deberán manifes-tar que reúnen todas y cada una de las condiciones orequisitos exigidos en la Base Segunda, adjuntando a lainstancia fotocopia del documento Nacional de Identidad. Elmodelo de instancia se facilitará tanto en las dependenciasdel Departamento de Personal como en la Oficina de infor-mación de esta Corporación, y a través de la página web dela misma (www.ladipu.com). Sólo se podrá optar a uno de losturnos.

Las personas con discapacidad deberán aportar fotoco-pia de la certificación del órgano competente, que acredite talcondición, así como el tipo y graduación de la misma.

II.- Las Bases de la Convocatoria y Anexos a las mismasse publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) yen el tablón de Anuncios de la Corporación. Un extracto dela Convocatoria se publicará también en el Diario Oficial dela Comunidad Valenciana (D.O.C.V.) y en el Boletín Oficialdel Estado (B.O.E.).

III.- El plazo de presentación de instancias será deveinte días naturales, a contar desde el día siguiente al depublicación del anuncio-extracto de la convocatoria en elB.O.E. En dicho extracto, además de los insertos precisos,se avisará que en el Boletín Oficial de la Provincia sepublicará la resolución aprobatoria de la lista de aspirantesadmitidos y excluidos al Concurso-Oposición, así como lafecha, hora y lugar de inicio de las Pruebas.

Las instancias y documentación oportunas se presenta-rán en horas hábiles, de lunes a viernes, en el RegistroGeneral de la Excma. Diputación Provincial (calle Tucumán,número 8, de Alicante) o en la forma que determina el artículo38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común.

IV.- Los efectos administrativos de la Convocatoria seproducirán desde la fecha en que se publique en el B.O.E. elextracto referido en los apartados anteriores.

Cuarta.- Admisión de candidatos.Expirado el plazo de presentación de instancias, la

señora Diputada del Área de Economía, Hacienda y Recur-sos Humanos -en virtud de las facultades que le fuerondelegadas por el Iltmo. señor Presidente mediante Decretonúmero 1.603, de 19 de julio de 2007- dictará resolución, enel plazo máximo de un mes, declarando aprobada la listaprovisional de aspirantes admitidos y excluidos, que sepublicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón deanuncios de la Corporación. Contra esta resolución se podrápresentar escrito de subsanación y/o reclamación en el plazode diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Si se presentara escrito de subsanación y/o reclama-ción será aceptado o rechazado en la resolución por la quese apruebe la lista definitiva, que se publicará, asimismo, enlos lugares indicados para la lista provisional. En el caso de

que no se presente escrito de subsanación y/o reclamaciónalguna, la lista provisional de aspirantes admitidos y exclui-dos quedará elevada automáticamente a definitiva.

Quinta.- Comisión técnica de valoración.I.- La Comisión Técnica de Valoración, de conformidad

con lo dispuesto en los artículos 55 y 60 de la Ley 7/2007, de12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público serádesignada por la Presidencia de la Corporación, o en sucaso, por quien actúe por delegación de la misma, ajustán-dose a los principios de imparcialidad y profesionalidad desus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entremujer y hombre. La Comisión actuará en todo caso, confor-me a los principios de independencia y discrecionalidadtécnica, y estará integrada por cinco miembros, funcionariosde carrera, de los cuales uno será el Presidente, tres actua-rán como Vocales y asumirá la Secretaría de la Comisión elSecretario General de la Corporación o funcionario en quiendelegue, que actuarán con voz y voto.

El personal de elección o de designación política, losfuncionarios interinos y el personal eventual no podránformar parte de la Comisión Técnica de Valoración.

La pertenencia a la Comisión Técnica de Valoración detodos sus miembros, tanto titulares como suplentes, será atítulo individual, no pudiendo ostentarse ésta en representa-ción o por cuenta de nadie. Igualmente, todos sus miembrosdeberán poseer una titulación igual o superior a la requeridapara el acceso a las plazas convocadas y pertenecer almismo grupo/subgrupo o a grupos/subgrupos superiores, yla mayoría de los miembros pertenecer a la misma área deconocimientos que la exigida para el ingreso.

La designación de los miembros de la Comisión Técnicade Valoración, que incluirá la de los respectivos suplentes, sehará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante,así como en el tablón de anuncios de la Corporación.

II.- La Comisión Técnica de Valoración no podrá cons-tituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de susmiembros -titulares o suplentes- indistintamente. En caso deausencia tanto del Presidente titular como del suplente, laPresidencia la ostentará el miembro de la Comisión Técnicade Valoración de mayor jerarquía, antigüedad y edad, poreste orden.

III.- La Comisión Técnica de Valoración estará facultadapara resolver cualquier duda o incidencia que pudiera surgirdurante la celebración de las pruebas selectivas, y paratomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas parael buen orden y resultado de las mismas.

IV.- A los efectos de comunicaciones, anuncios y demásincidencias, la Comisión Técnica de Valoración, sea cualfuere el lugar de celebración de las pruebas, tendrá su sedeen el edificio Tucumán de la Excma. Diputación Provincial,calle Tucumán, número 8, de Alicante.

V.- Los miembros de la Comisión Técnica de Valoracióndeberán abstenerse de intervenir cuando concurran lascircunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,notificándolo a la autoridad convocante. Asimismo, los aspi-rantes podrán recusarles en la forma prevista en el artículo29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, deberán abstenerse aquellos que hubieranrealizado tareas de preparación de aspirantes en los cincoaños anteriores a la publicación de esta Convocatoria.

VI.- La Comisión Técnica de Valoración podrá disponerla incorporación a sus trabajos de asesores especialistas,para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores selimitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en baseexclusivamente a las cuales colaborarán con la Comisión ytendrán voz pero no voto. Asimismo podrá acordar la incorpo-ración de colaboradores que ayudarán a la Comisión Técnicade Valoración en la realización de las pruebas. Este personal,a efectos de indemnizaciones por asistencia, estará sujeto ala misma normativa que los vocales de la Comisión.

VII.- Contra los actos de la Comisión Técnica de Valo-ración se podrán interponer los siguientes recursos y recla-maciones:

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A.- Contra las propuestas finales de los aspirantes apro-bados y, en general, contra los actos de trámite que determi-nen la imposibilidad de continuar el procedimiento selectivo oproduzcan indefensión y que no agoten la vía administrativa,se podrá interponer recurso de alzada en base al artículo 114de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, ante la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos, en el plazo de un mes acontar desde el día siguiente al de su notificación, o de supublicación en el tablón de anuncios de esta Excma. Diputa-ción Provincial. Transcurridos tres meses desde la interposi-ción sin que recaiga resolución, se podrá entender desestima-do el recurso, quedando expedita la vía del recurso contencio-so-administrativo, y ello sin perjuicio de que se pueda ejercitarcualquier otro que estime pertinente.

B.- Contra los demás actos de trámite los interesadospodrán presentar las reclamaciones y formular las alegacio-nes que estimen pertinentes, ante la Comisión Técnica deValoración en el plazo de diez días a contar desde elsiguiente a la fecha de publicación.

VIII.- La Comisión Técnica de Valoración tendrá lacategoría primera de las recogidas en el Anexo IV del RealDecreto 462/2002, de 24 de mayo, a efectos del percibo deasistencias en las cuantías vigentes en su momento. Asimis-mo, cuando concurran los supuestos excepcionales delartículo 30.3 del R.D. 462/2002, procederá aplicar los incre-mentos previstos en el citado precepto.

Sexta.- Procedimiento de selección.El procedimiento de selección constará de las siguien-

tes fases: Oposición y Concurso.I.- Fase de Oposición: estará compuesta por los ejerci-

cios que a continuación se indican:Primer ejercicio.- (Exento para el turno de promoción

interna). De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo

fijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no seráinferior a 50 minutos-, a un cuestionario de 60 preguntassobre el temario general que figura en el Anexo I a estaConvocatoria (temas 1 al 18 ambos inclusive), con cuatrorespuestas alternativas de las que sólo una de ellas será lacorrecta.

Este ejercicio se valorará de 0 a 6 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 3 puntos.

Las contestaciones erróneas se valorarán negativa-mente con una penalización equivalente a un tercio del valorde cada contestación correcta y las contestaciones en blan-co ni puntúan ni penalizan.

Segundo ejercicio (para todos los turnos). De carácterobligatorio y eliminatorio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempofijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no podráexceder de tres horas-, tres temas elegidos de entre cuatro,extraídos al azar por los opositores, para el turno libre, delTemario Específico que figura en el Anexo I a esta Convoca-toria (temas 19 al 90 ambos inclusive) y, para el turno depromoción interna, del Temario que figura en el Anexo II(temas del 1 al 45).

Este ejercicio se valorará de 0 a 12 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 6 puntos.

La Comisión Técnica de Valoración podrá determinarque se proceda a la lectura pública de este ejercicio, pudien-do dialogar con el aspirante sobre los temas expuestos ypedirle cualesquiera otras explicaciones complementarias.

Tercer ejercicio (para todos los turnos).- De carácterobligatorio y eliminatorio.

Consistirá en la resolución de uno o varios supuestosteórico-prácticos, que propondrá la Comisión Técnica deValoración, durante un tiempo fijado a su prudente arbitrio, yque no podrá exceder de dos horas y treinta minutos, encondiciones de igualdad para todos los aspirantes, relativosa las tareas y cometidos propios de la plaza y al TemarioEspecífico.

Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendoeliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5puntos.

II.- Fase de Concurso.- Los méritos, que la ComisiónTécnica valorará, deberán ser alegados y debidamente jus-tificados por los aspirantes al Concurso-Oposición, en eltiempo otorgado al efecto, en el bien entendido que lo que nose alegue y justifique en tiempo y forma no se tendrá encuenta por la Comisión Técnica de Valoración.

Los méritos a computar son los que a continuación serelacionan, con la puntuación que se indica, y que el aspiran-te deberá autobaremar conforme al modelo de instancia quese facilitará al efecto, tanto en las dependencias del Depar-tamento de Personal como en la oficina de información deesta Corporación, y a través de la página web de la misma(www.ladipu.com):

a) Antigüedad.- Por servicios prestados en cualquierAdministración Pública 0,05 puntos por mes de servicio,hasta un máximo de 3,50 puntos. El tiempo de servicioscomputables se puntuará por meses efectivos completos,despreciándose las fracciones inferiores a un mes, salvocasos de empate. No se puntuará como antigüedad el tiempode servicios a que se refiere la base segunda, III) exigidocomo requisito para poder optar a la promoción interna.

b) Por experiencia profesional en tareas o cometidos denaturaleza igual a la que se opta, a 0,05 puntos por mes deexperiencia, hasta un máximo de 3,50 puntos. La experien-cia profesional computable se puntuará por meses efectivoscompletos, despreciándose las fracciones inferiores, salvocasos de empate. A estos efectos se facilitará a los oposito-res junto con el modelo de instancia para presentar losméritos, la plantilla en la que se detallen las tareas y funcio-nes que serán objeto de valoración según este apartado.Para la promoción interna se valorará la experiencia profe-sional en tareas o cometidos de naturaleza igual a la que seopta en puestos del grupo A2 a 0,06 puntos por mes deexperiencia y del grupo C1 a 0,03 puntos.

c) Por estar en posesión de Diplomas por asistencia oaprovechamiento a Cursos de Formación o Perfecciona-miento. Se valorarán, hasta un máximo de 2,50 puntos, losCursos de Formación y Perfeccionamiento que tengan rela-ción directa con las tareas y cometidos propios de la plaza yque hubieren sido convocados u organizados por esta Dipu-tación Provincial, así como por Institutos y Escuelas Oficialesde formación de Funcionarios y personal al servicio de laAdministración, Organizaciones Sindicales, Universidades,INEM, Generalitat Valenciana u otras Comunidades Autóno-mas, Colegios Oficiales u otras entidades de carácter ointerés público.

En todos los casos se valorarán una sola vez los cursosrelativos a una misma materia, aunque se haya repetido suparticipación.

No se valorará, tanto los cursos que no acrediten lashoras de duración como los inferiores a 15 horas lectivas, lospertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado,los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativosa Jornadas, Mesas redondas, Encuentros, Debates, Congre-sos, Seminarios, Simposios o análogos.

La valoración de cada Curso se efectuará en función desu duración con arreglo a la siguiente escala:

- De 15 o más horas: 0,15 puntos.- De 25 o más horas: 0,25 puntos.- De 35 o más horas: 0,35 puntos.- De 50 o más horas: 0,50 puntos.d) Otros méritos.- Se valorarán hasta un máximo de

2,50 puntos, desglosados de la siguiente forma:1).- Se valorará, hasta un máximo de 0,50 puntos, el

conocimiento del Valenciano siempre que se acredite estaren posesión del certificado expedido por la Junta Qualificadorade Coneixements del valencià o equivalente reconocido porla Generalitat Valenciana, con arreglo a la siguiente escala:

- Certificado de Coneixements orals: 0,10 puntos.- Certificado de Grau Elemental: 0,20 puntos.- Certificado de Grau Mitjà: 0,30 puntos.- Certificado de Grau Superior: 0,50 puntos.

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En caso de poseer más de un certificado de conocimien-to del valenciano, sólo se valorará el de nivel superior.

2).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, el cono-cimiento de lenguas oficiales de la Unión Europea diferentesde la lengua española, acreditándose documentalmentemediante certificados expedidos por las Escuelas Oficialesde Idiomas o cursos obtenidos en el extranjero, en cuyo casose deberá estar en posesión de la credencial que acredite suhomologación o convalidación, a razón de 0,20 puntos porcurso.

Para la valoración de los idiomas comunitarios, enningún caso se considerarán los cursos superados de idio-mas incluidos en los planes de estudios de Bachiller Elemen-tal, Graduado Escolar, Formación Profesional, Bachiller Su-perior y de estudios universitarios de cualquier nivel.

3).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, la pose-sión de otros títulos académicos oficiales distintos al exigidoen la convocatoria.

Serán méritos puntuables en cada concursante, loscontraídos hasta el día de publicación del anuncio-extractode la convocatoria en el B.O.E.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, nipodrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fasede oposición, por lo que solamente se procederá a puntuarel concurso en el caso de haber superado el nivel de aptitudestablecido para todos y cada uno de los ejercicios decarácter eliminatorio de la fase de oposición.

Séptima.- Desarrollo de las pruebas.I.- En la resolución de la señora Diputada del Área de

Economía, Hacienda y Recursos Humanos de la Corpora-ción a que se refiere la Base Cuarta, y que se publicará en elBoletín Oficial de la Provincia, se anunciará, asimismo, eldía, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de laFase de Oposición y los sucesivos anuncios de la presenteconvocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de laCorporación.

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo delsiguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas ymáximo de 45 días naturales.

No obstante, se podrán reducir los plazos indicados enel párrafo anterior si lo propusiera la Comisión Técnica deValoración y aceptaran todos los aspirantes o fuera solicita-do por éstos unánimemente.

Los aspirantes que lo deseen podrán realizar las prue-bas en valenciano, debiendo referirlo expresamente en suinstancia.

II.- Los aspirantes quedarán decaídos en su derechocuando se personen en los lugares de celebración una veziniciadas las pruebas o por la inasistencia a las mismas, auncuando se deba a causas justificadas. Tratándose de prue-bas orales u otras de carácter individual y sucesivo, laComisión Técnica de Valoración podrá apreciar las causasalegadas y admitir al aspirante, siempre y cuando las mismasno hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe elprincipio de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- El orden de actuación de los aspirantes, en elsupuesto de que en algún ejercicio no pudieran actuarconjuntamente, vendrá determinado por orden alfabético,iniciándose por aquél cuyo primer apellido comience por laletra surgida del sorteo celebrado al efecto.

La Comisión Técnica de Valoración en la realización delos ejercicios escritos deberá garantizar, siempre que seaposible, el anonimato de los aspirantes.

En cualquier momento la Comisión Técnica de Valora-ción podrá requerir a los aspirantes que acrediten su perso-nalidad.

Los aspirantes deberán observar en todo momento lasinstrucciones de los miembros de la Comisión Técnica o delpersonal ayudante o asesor durante la celebración de laspruebas, en orden al adecuado desarrollo de las mismas.

Durante la realización de los ejercicios, no está permi-tido el uso de teléfonos móviles u otros dispositivos suscep-tibles de almacenar o transmitir información.

Junto con el resultado del último ejercicio de la fase deoposición, la Comisión Técnica de Valoración expondrá al

público la relación de aspirantes que, por haber superadotodos los ejercicios eliminatorios deben pasar a la fase deconcurso, emplazándolos para que en el plazo de 10 díashábiles presenten la documentación acreditativa de los mé-ritos previstos en la convocatoria, adjuntando certificacionesy/o justificantes acreditativos de los mismos. No obstante, enel caso de que los méritos alegados obren en el Área deRecursos Humanos de la Excma. Diputación Provincial,bastará con que se acredite esta circunstancia, y se identifi-quen y relacionen con toda claridad en la instancia, que en sucaso se presente, en el plazo señalado para aportar losméritos.

Una vez baremados los méritos, la Comisión Técnica deValoración expondrá al público la lista de aspirantes con laspuntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concedién-doles un plazo de diez días hábiles para que formulen lasalegaciones que estimen pertinentes en relación con labaremación.

Resueltas las posibles alegaciones, la Comisión Técni-ca de Valoración publicará la relación definitiva de aspirantesaprobados por su orden de puntuación.

Octava.- Calificaciones.I.- Fase de Oposición: cada uno de los ejercicios de la

Fase de Oposición se calificará conforme a lo establecido enla Base Sexta, apartado I.

II.- Fase de Concurso: la valoración de los méritos decada aspirante se obtendrá aplicando las reglas que figuranen la Base Sexta, apartado II.

III.- La calificación definitiva de cada aspirante vendrádeterminada por la suma de las puntuaciones obtenidas enla Fase de Oposición y en la Fase de Concurso.

Novena.- Relación de aprobados y propuesta de nom-bramiento.

I.- Finalizada la calificación, la Comisión Técnica deValoración publicará en el tablón de anuncios de la Corpora-ción la «relación de los aspirantes aprobados», por orden depuntuación, no pudiendo rebasar ésta el número de plazasconvocadas en el Concurso-Oposición.

Cualquier Propuesta de aprobados que contravenga loanteriormente establecido será nula de pleno derecho.

II.- El Presidente de la Comisión Técnica de Valoraciónelevará la «relación de los aspirantes aprobados» a la señoraDiputada del Área de Economía, Hacienda y Recursos Hu-manos de la Corporación con propuesta de nombramientode funcionario de carrera.

No obstante lo anterior, y con el fin de asegurar lacobertura del número de plazas convocadas, cuando seproduzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antesde su nombramiento o toma de posesión, el órganoconvocante podrá requerir del órgano de selección relacióncomplementaria de los aspirantes que sigan a los propues-tos, para su posible nombramiento como funcionario decarrera.

Décima.- Presentación de documentos.I.- En el plazo de 20 días naturales, a contar del de la

publicación de la «relación del aspirante aprobado», a que serefiere la Base anterior, el aspirante que figure en ella deberápresentar los documentos acreditativos de capacidad y re-quisitos exigidos en la Base Segunda, a saber:

1) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad odocumentación que acredite cumplir el requisito de la basesegunda I, a), que se presentarán con el original para sucompulsa.

2) Copia autenticada o fotocopia (acompañada deloriginal para su cotejo) de la Titulación exigida en la convo-catoria, o justificante de haber abonado los derechos para suexpedición. Si estos documentos estuvieran expedidos des-pués de la fecha en que expiró el plazo de presentación deinstancias, se deberá justificar el momento en que concluyólos estudios.

3) Certificado del Registro Central de Penados y Rebel-des, cuyo trámite facilitará el Departamento de Personal dela Excma. Diputación Provincial de Alicante.

4) Declaración de no haber sido separado medianteexpediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

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Administraciones Públicas, así como no hallarse incurso enninguna de las causas de incapacidad específica, conformea la normativa vigente.

5) El Servicio de Prevención de la Excma. DiputaciónProvincial procederá a realizar el reconocimiento médico delos aspirantes aprobados al objeto de determinar la aptitudfísica o psíquica para el desempeño de las plazas objeto deesta convocatoria.

Los aspirantes que tengan la condición legal deminusválidos deberán presentar, además, certificación delórgano competente, que acredite tal condición y su capaci-dad para desempeñar las tareas que correspondan a lasplazas objeto de esta convocatoria.

II.- Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerzamayor, no presentarán la documentación o del examen de lamisma se dedujera que carecen de alguno de los requisitosseñalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados yquedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de laresponsabilidad en que pudieran haber incurrido por false-dad en la solicitud inicial.

III.- Quien tuviere la condición de funcionario público ocontratado en régimen laboral por Organismos Públicos,estará exento de justificar las condiciones y los requisitosexigidos cuando obtuvieron su anterior nombramiento, por loque tendrán que presentar, únicamente, el certificado delMinisterio, Corporación Local u Organismo Público de quedependan, justificativo de su condición, de que cumplen lascondiciones y requisitos señalados en la Base Segunda, sinperjuicio de tener que acreditar aquellos que se exigen y noconsten en su expediente personal.

Undécima.- Nombramiento y toma de posesión.Cumplimentado por el aspirante propuesto lo estableci-

do en la Base anterior y realizados los trámites administrati-vos pertinentes, la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos de la Excma. DiputaciónProvincial efectuará el nombramiento correspondiente, de-biendo el interesado tomar posesión de su cargo en el plazoreglamentario. Si no tomaran posesión en el citado plazo, sincausa justificada, decaerán en su derecho, por caducidaddel nombramiento.

Duodécima.- Incompatibilidades.Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su

caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en laLey 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidadesdel Personal al servicio de las Administraciones Públicas, ydemás normativa aplicable.

Decimotercera.- Normativa.En todo lo no previsto en las presentes Bases, en lo que

no se oponga a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril,del Estatuto Básico del Empleado Público, se estará a lodispuesto en:

- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local;

- La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para laReforma de la Función Pública;

- El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que seestablecen las reglas básicas y programas mínimos a quedebe ajustarse el procedimiento de selección;

- El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,por el que se aprueba Texto Refundido de las Disposicioneslegales vigentes en materia de Régimen Local;

- El Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley de FunciónPública Valenciana.

- El Decreto 33/1999, de 9 de marzo, de la GeneralitatValenciana, por el que se aprueba el Reglamento de Selec-ción, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administra-tiva del Personal comprendido en el ámbito de aplicación dela Ley de la Función Pública Valenciana.

- El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el quese aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personalal servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional delos Funcionarios Civiles de la Administración General delEstado; y demás disposiciones aplicables y concordantes.

Decimocuarta.- Impugnación.Contra la presente convocatoria y/o sus bases, cuyo

acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativapodrá interponerse, por los interesados legitimados,potestativamente, en base al artículo 116 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, recursode reposición ante la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos, en el plazo de un mes acontar desde el día siguiente al de la publicación del extractode estas bases en el Boletín Oficial del Estado, o bien,interponer directamente recurso contencioso-administrativoante el Juzgado de este orden de Alicante o bien a suelección, el de la circunscripción de su domicilio si lo tuvierafuera de Alicante, en el plazo de dos meses a contar desdela fecha de publicación del referido extracto en el B.O.E. atenor de lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Admi-nistrativa advirtiéndole que tales recursos no tienen efectosuspensivo, y ello sin perjuicio de que se pueda ejercitarcualquier otro que estime pertinente.

Anexo I. Programa turno libre.Temario general.Tema 1.- Constitucionalismo español: evolución histó-

rica. La Constitución Española de 1978. Principios Genera-les. Sistemática y estructura. Reforma Constitucional.

Tema 2.- Derechos fundamentales, libertades públicasy deberes en la Constitución. Su eficacia, garantía y límites.La suspensión de los derechos.

Tema 3.- La monarquía. Especial referencia a la monar-quía parlamentaria en la Constitución de 1978. La Corona enla Constitución Española. El refrendo.

Tema 4.- El poder legislativo. Teoría General. Las CortesGenerales. El Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas.

Tema 5.- El Gobierno: composición, nombramiento ycese. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Relacionesentre el Gobierno y las Cortes Generales.

Tema 6.- El poder judicial. El Consejo General del PoderJudicial. Otros Órganos.

Tema 7.- El Tribunal Constitucional (I). Naturaleza,organización y funcionamiento.

Tema 8.- El tribunal Constitucional (II). Competencia yProcedimientos.

Tema 9.- La organización territorial del Estado. LosEstatutos de Autonomía. Su significado.

Tema 10.- Las Comunidades Autónomas. Las relacio-nes entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Organi-zación política y administrativa. Su financiación.

Tema 11.- El Estatuto de Autonomía de la ComunidadValenciana. Estructura.

Tema 12.- La Generalitat Valenciana. Sus instituciones.Las Cortes Valencianas.

Tema 13.- El Presidente de la Generalitat. El Consell dela Generalitat. Otras Instituciones.

Tema 14.- La Administración del Estado. Órganos Cen-trales. Consejo de Estado. Administración Periférica.

Tema 15.- Administración Institucional.Tema 16.- Ordenamiento Comunitario. Formación y

caracteres. Tratados y Derecho derivado.Tema 17.- Derecho Comunitario y Derecho de los países

miembros. Derecho Comunitario y Comunidades Autónomas.Tema 18.- Unión Europea. Origen y Evolución. Organi-

zación y competencias.Temario específico.Tema 19.- La Administración Pública. Principios Cons-

titucionales de la Administración Pública en España. ElDerecho Administrativo. Sistemas de Régimen Administrati-vo. La Ciencia de la Administración.

Tema 20.- Fuentes del Derecho Administrativo. La Cons-titución. La Ley: concepto y clases. Los Estatutos de Autono-mía. Las Leyes de las Comunidades Autónomas. Disposicio-nes del Gobierno con valor de Ley: Decretos Legislativos;Decretos - Leyes. Tratados Internacionales.

Tema 21.- El Reglamento. Concepto y clases. Límites dela potestad reglamentaria y defensa contra los reglamentos

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ilegales. Instrucciones y Circulares. La Costumbre. La prácti-ca administrativa. Los principios generales del Derecho.

Tema 22.- La potestad administrativa. Potestades re-gladas y discrecionales. Discrecionalidad y conceptos jurídi-cos indeterminados. Límites y fiscalización de ladiscrecionalidad.

Tema 23.- Los principios de la organización administra-tiva. Competencia, jerarquía y coordinación. Descentraliza-ción y desconcentración. Autonomía y tutela.

Tema 24.- Los interesados en el procedimiento admi-nistrativo. Derechos de los ciudadanos; el acceso a losregistros y archivos. Términos y plazos. Los informes en elProcedimiento Administrativo.

Tema 25.- El acto administrativo. Concepto. Clases deactos administrativos. Elementos del acto administrativo.Notificación y publicación.

Tema 26.- El procedimiento administrativo. La Ley deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común. Principios y ámbitosde aplicación. Iniciación del procedimiento administrativo.Ordenación e Instrucción.

Tema 27.- La finalización del procedimiento administra-tivo. Obligación de resolver de la Administración. El silencioadministrativo.

Tema 28.- La eficacia de los actos administrativos y sucondicionamiento. Ejecutividad y suspensión. La ejecuciónde los actos administrativos.

Tema 29.- La teoría de la invalidez del acto administra-tivo. Actos nulos y anulables. La conversión, conservación yconvalidación del acto administrativo. La revisión de oficio.

Tema 30.- Los recursos administrativos. Concepto. Prin-cipios Generales. Clases de recursos.

Tema 31.- Administración y jurisdicción. El juez ordina-rio y la legalidad administrativa. Las reclamaciones adminis-trativas previas a las vías civil y laboral.

Tema 32.- La potestad sancionadora: principios de lapotestad sancionadora y principios del procedimiento san-cionador. Procedimiento sancionador.

Tema 33.- La responsabilidad de la Administración.Evolución y régimen actual.

Tema 34.- La reclamación económico-administrativa.Tema 35.- Jurisdicción contencioso-administrativa.

Naturaleza. Extensión y límites. Sistemas de organización.Evolución histórica y régimen español vigente.

Tema 36.- El recurso contencioso-administrativo. Laspartes. Actos impugnables. Procedimiento general. La sen-tencia y su ejecución. Procedimientos especiales.

Tema 37.- La contratación en el sector público: objetivosde la Ley 30/2007, de 30 de octubre. Ámbito de aplicación.Modificaciones con respecto a la legislación anterior. Normasespecíficas de contratación en las Entidades Locales.

Tema 38.- Clases de contratos administrativos. Ele-mentos de los contratos: partes del contrato, objeto, precio ycuantía de los contratos. Garantías. Preparación de loscontratos: el expediente de contratación.

Tema 39.- Selección del contratista y adjudicación delcontrato. Normas generales. Procedimiento abierto. Proce-dimiento restringido. Procedimiento negociado. Formalizacióndel contrato.

Tema 40.- Efectos, cumplimiento y extinción de los contra-tos administrativos: Ejecución. Modificación. Extinción. Cesión.

Tema 41.- La expropiación forzosa. Concepto y ele-mentos. Procedimiento general. Referencia a los procedi-mientos especiales. Garantías jurisdiccionales.

Tema 42.- El dominio público. Concepto y naturaleza.Bienes que lo integran. El régimen jurídico de dominiopúblico. Las mutaciones demaniales.

Tema 43.- Las formas de la acción administrativa. Elfomento y sus medios. Especial referencia a las subvenciones.

Tema 44.- La Policía administrativa. Evolución del con-cepto. El poder de Policía y sus límites. Los medios de laPolicía y en especial las sanciones administrativas.

Tema 45.- El servicio público. Evolución del concepto.Servicio público y prestaciones administrativas. Los servi-cios públicos virtuales o impropios.

Tema 46.- Los modos de gestión del servicio público. Lagestión directa e indirecta.

Tema 47.- La Función pública en España. Estructura yrégimen jurídico vigente. Los empleados públicos: conceptoy clases.

Tema 48.- Nacimiento y extinción de la relación funcionarial.Contenido de la relación funcionarial: derechos y deberes de losfuncionarios públicos. Los derechos económicos.

Tema 49.- Régimen disciplinario. Responsabilidad delas autoridades y personal al servicio de las Administracio-nes Públicas.

Tema 50.- Situaciones administrativas de los funciona-rios públicos. Las incompatibilidades de los funcionariospúblicos.

Tema 51.- Régimen local español. Principios constitu-cionales y regulación jurídica.

Tema 52.- Fuentes del ordenamiento local: legislaciónestatal, legislación autonómica y su aplicación en el ámbitolocal.

Tema 53.- El Municipio. Historia. Clases de entes muni-cipales en el Derecho español. Organización y competen-cias municipales.

Tema 54.- El término municipal. La población municipal.Consideración especial del vecino. El empadronamientomunicipal.

Tema 55.- La Provincia en el régimen local. Historia. Laregulación constitucional de la Provincia. El papel de laprovincia en la configuración del Estado de las autonomías.

Tema 56.- Órganos de Gobierno y Administración de laProvincia. Las competencias de la Provincia. Mancomunida-des. Agrupaciones. Otras estructuras supramunicipales.

Tema 57.- Régimen de sesiones y acuerdos de losórganos colegiados locales. Las resoluciones del Presidentede la Corporación.

Tema 58.- Sistema electoral local. Causas de inegibilidade incompatibilidad. Elección de concejales y alcaldes. Elec-ción de diputados provinciales y presidentes de las diputa-ciones.

Tema 59.- Ordenanzas y reglamentos de las entida-des locales. Clases. Procedimientos de elaboración yaprobación.

Tema 60.- Autonomía local y tutela. Régimen de impug-nación y suspensión de los actos y acuerdos locales.

Tema 61.- Bienes Locales. Los bienes de dominiopúblico: Peculiaridades de su régimen jurídico en el ámbitolocal. Medios de protección del dominio público local.

Tema 62.- Bienes comunales. Bienes patrimoniales delas Entidades Locales. Adquisición y enajenación. Adminis-tración, uso y aprovechamiento de los bienes patrimoniales.

Tema 63.- Las licencias. Naturaleza jurídica. Régimenjurídico y procedimiento de otorgamiento. El condicionamientode las licencias.

Tema 64.- Las subvenciones en la Administración públi-ca local: concesión. Gestión y justificación. Reintegro. Con-trol Financiero.

Tema 65.- El servicio público en la esfera local. Modosde gestión del servicio público local. Municipalización yprovincialización de servicios locales: significado y procedi-miento. El Consorcio.

Tema 66.- La Ley Urbanística Valenciana. Régimenurbanístico del suelo y estatuto del propietario: clasificacióndel suelo. Concepto de solar. Derechos y deberes de lospropietarios.

Tema 67.- Actividad administrativa de planeamientourbanística (I): Instrumentos de ordenación urbanística. De-terminaciones de la ordenación estructural y pormenorizada.Planes urbanísticos. Promoción, tramitación y aprobación delos planes. Efectos de la aprobación de los planes.

Tema 68.- Actividad administrativa de planeamientourbanístico (II). Formulación y aprobación de programaspara el desarrollo de actuaciones integradas. Programaspara el desarrollo de actuaciones aisladas.

Tema 69.- Actividad urbanística de ejecución delplaneamiento: Proyectos de urbanización. Proyectos dereparcelación.

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Tema 70.- La función pública local: su organización.Estructuración del empleo público: Plantillas y relaciones depuestos de trabajo u otros instrumentos organizativos.

Tema 71.- Las escalas de funcionarios de la Administra-ción local. Régimen jurídico del personal eventual y laboralde la Administración local. Especial referencia al personaldirectivo.

Tema 72.- Concepto del Derecho del Trabajo. Naturale-za y carácter. Principios fundamentales que lo inspiran.Fuentes del Derecho del Trabajo en el Derecho español.

Tema 73.- El contrato de trabajo. Naturaleza del contra-to. Capacidad jurídica de las partes. Requisitos formales dela contratación.

Tema 74.- Contenido del contrato de trabajo. Derechosy deberes derivados del contrato. Duración y extinción de larelación laboral. Suspensión del contrato de trabajo.

Tema 75.- Los convenios colectivos. Naturaleza y efec-tos. Legitimación y procedimiento. Especial referencia a lanegociación colectiva en el entorno de la AdministraciónPública.

Tema 76.- El derecho de libertad sindical: fundamentoconstitucional y régimen legal. Libertad sindical de los em-pleados públicos: su tutela. Modos de representación de lossindicatos en la Administración Pública. Derechos de losrepresentantes del personal al servicio de las Administracio-nes Públicas.

Tema 77.- La seguridad social del personal al serviciode la administración. Características. Principios informadores.Régimen general y regímenes especiales. Afiliación y cotiza-ción. La acción protectora: contingencias y prestaciones.

Tema 78.- La Prevención de riesgos laborales en laAdministración. El Trabajo y la Salud: los riesgos profesiona-les. Daños derivados del trabajo. Marco normativo básico enmateria de prevención de riesgos laborales. Derechos ydeberes básicos en esta materia (Ley 31/1995, Ley 54/2003y R.D. 39/1997).

Tema 79.- Legislación aplicable en materia de Hacien-das Locales. Competencias de las Entidades Locales enmateria tributaria. El Texto Refundido de la Ley de HaciendasLocales: su coordinación. Imposición y ordenación de lostributos locales. Las ordenanzas fiscales.

Tema 80.- Ingresos locales no impositivos. Ingresos dederecho privado. Tasas y contribuciones especiales. PreciosPúblicos.

Tema 81.- Los impuestos locales. Reclamaciones enmateria tributaria.

Tema 82.- Presupuesto de las Entidades Locales: con-cepto y contenido. Principios presupuestarios. Elaboración,tramitación y aprobación del presupuesto. Ejecución y liqui-dación del presupuesto.

Tema 83.- Las modificaciones presupuestarias: con-cepto. Clases. Características. Financiación. Tramitación.

Tema 84.- Derecho Civil. Concepto y contenido. Fuen-tes del Derecho Civil. La aplicación de las normas jurídicas:interpretación, lagunas de la ley y analogía. Eficacia generalde las normas. La inexcusabilidad de su cumplimiento y errorde Derecho.

Tema 85.- Los derechos reales: concepto y clases. Lapropiedad: concepto y evolución. Contenido y limitacionesdel dominio. Adquisición y pérdida del dominio.

Tema 86.- La obligación: concepto y clasificación. Ele-mentos y requisitos de la obligación.

Tema 87.- Competencias básicas del empleado públi-co: Ética Pública. Orientación al servicio y al usuario. Orien-tación a los resultados. Flexibilidad y adaptación al cambio.Comunicación.

Tema 88.- Dirección y Organización: Planificación yorganización del trabajo. Coordinación del trabajo. Control yevaluación del trabajo. Motivación de personas. Liderazgovs. dirección.

Tema 89.- La gestión de la calidad. Las herramientas dela calidad. La calidad en la Administración Pública.

Tema 90.- La e-administración: Concepto. Régimenjurídico de la Administración electrónica. Gestión electrónicade procedimientos administrativos.

Anexo II. Programa turno promoción interna.Temario específico.Tema 1.- Los interesados en el procedimiento adminis-

trativo. Derechos de los ciudadanos; el acceso a los registrosy archivos. Términos y plazos. Los informes en el Procedi-miento Administrativo.

Tema 2.- El acto administrativo. Concepto. Clases deactos administrativos. Elementos del acto administrativo.Notificación y publicación.

Tema 3.- El procedimiento administrativo. La Ley deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común. Principios y ámbitosde aplicación. Iniciación del procedimiento administrativo.Ordenación e Instrucción.

Tema 4.- La finalización del procedimiento administra-tivo. Obligación de resolver de la Administración. El silencioadministrativo.

Tema 5.- La eficacia de los actos administrativos y sucondicionamiento. Ejecutividad y suspensión. La ejecuciónde los actos administrativos.

Tema 6.- La teoría de la invalidez del acto administrati-vo. Actos nulos y anulables. La conversión, conservación yconvalidación del acto administrativo. La revisión de oficio.

Tema 7.- Los recursos administrativos. Concepto. Prin-cipios Generales. Clases de recursos.

Tema 8.- Administración y jurisdicción. El juez ordinarioy la legalidad administrativa. Las reclamaciones administra-tivas previas a las vías civil y laboral.

Tema 9.- La potestad sancionadora: principios de lapotestad sancionadora y principios del procedimiento san-cionador. Procedimiento sancionador.

Tema 10.- La responsabilidad de la Administración.Evolución y régimen actual.

Tema 11.- Jurisdicción contencioso-administrativa.Naturaleza. Extensión y límites. Sistemas de organización.Evolución histórica y régimen español vigente.

Tema 12.- El recurso contencioso-administrativo. Laspartes. Actos impugnables. Procedimiento general. La sen-tencia y su ejecución. Procedimientos especiales.

Tema 13.- La contratación en el sector público: objetivosde la Ley 30/2007, de 30 de octubre. Ámbito de aplicación.Modificaciones con respecto a la legislación anterior. Normasespecíficas de contratación en las Entidades Locales.

Tema 14.- Clases de contratos administrativos. Ele-mentos de los contratos: partes del contrato, objeto, precio ycuantía de los contratos. Garantías. Preparación de loscontratos: el expediente de contratación.

Tema 15.- Selección del contratista y adjudicación delcontrato. Normas generales. Procedimiento abierto. Proce-dimiento restringido. Procedimiento negociado. Formalizacióndel contrato.

Tema 16.- Efectos, cumplimiento y extinción de loscontratos administrativos: Ejecución. Modificación. Extin-ción. Cesión.

Tema 17.- La expropiación forzosa. Concepto y ele-mentos. Procedimiento general. Referencia a los procedi-mientos especiales. Garantías jurisdiccionales.

Tema 18.- La Función pública en España. Estructura yrégimen jurídico vigente. Los empleados públicos: conceptoy clases.

Tema 19.- Nacimiento y extinción de la relación funcionarial.Contenido de la relación funcionarial: derechos y deberes de losfuncionarios públicos. Los derechos económicos.

Tema 20.- Régimen disciplinario. Responsabilidad delas autoridades y personal al servicio de las Administracio-nes Públicas.

Tema 21.- Situaciones administrativas de los funciona-rios públicos. Las incompatibilidades de los funcionariospúblicos.

Tema 22.- Fuentes del ordenamiento local: legislaciónestatal, legislación autonómica y su aplicación en el ámbitolocal.

Tema 23.- Órganos de Gobierno y Administración de laProvincia. Las competencias de la Provincia. Mancomunida-des. Agrupaciones. Otras estructuras supramunicipales.

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Tema 24.- Régimen de sesiones y acuerdos de losórganos colegiados locales. Las resoluciones del Presidentede la Corporación.

Tema 25.- Sistema electoral local. Causas de inegibilidade incompatibilidad. Elección de concejales y alcaldes. Elecciónde diputados provinciales y presidentes de las diputaciones.

Tema 26.- Ordenanzas y reglamentos de las entidadeslocales. Clases. Procedimientos de elaboración y aprobación.

Tema 27.- Las subvenciones en la Administración públi-ca local: concesión. Gestión y justificación. Reintegro. Con-trol Financiero.

Tema 28.- El servicio público en la esfera local. Modosde gestión del servicio público local. Municipalización yprovincialización de servicios locales: significado y procedi-miento. El Consorcio.

Tema 29.- La Ley Urbanística Valenciana. Régimenurbanístico del suelo y estatuto del propietario: clasificacióndel suelo. Concepto de solar. Derechos y deberes de lospropietarios.

Tema 30.- Actividad administrativa de planeamientourbanística (I): Instrumentos de ordenación urbanística. De-terminaciones de la ordenación estructural y pormenorizada.Planes urbanísticos. Promoción, tramitación y aprobación delos planes. Efectos de la aprobación de los planes.

Tema 31.- Actividad administrativa de planeamientourbanístico (II). Formulación y aprobación de programaspara el desarrollo de actuaciones integradas. Programaspara el desarrollo de actuaciones aisladas.

Tema 32.- Actividad urbanística de ejecución delplaneamiento: Proyectos de urbanización. Proyectos dereparcelación.

Tema 33.- La función pública local: su organización.Estructuración del empleo público: Plantillas y relaciones depuestos de trabajo u otros instrumentos organizativos.

Tema 34.- Las escalas de funcionarios de la Administra-ción local. Régimen jurídico del personal eventual y laboralde la Administración local. Especial referencia al personaldirectivo.

Tema 35.- Contenido del contrato de trabajo. Derechosy deberes derivados del contrato. Duración y extinción de larelación laboral. Suspensión del contrato de trabajo.

Tema 36.- La Prevención de riesgos laborales en laAdministración. El Trabajo y la Salud: los riesgos profesiona-les. Daños derivados del trabajo. Marco normativo básico enmateria de prevención de riesgos laborales. Derechos ydeberes básicos en esta materia (Ley 31/1995, Ley 54/2003y R.D. 39/1997).

Tema 37.- Legislación aplicable en materia de Hacien-das Locales. Competencias de las Entidades Locales enmateria tributaria. El Texto Refundido de la Ley de HaciendasLocales: su coordinación. Imposición y ordenación de lostributos locales. Las ordenanzas fiscales.

Tema 38.- Ingresos locales no impositivos. Ingresos dederecho privado. Tasas y contribuciones especiales. PreciosPúblicos.

Tema 39.- Los impuestos locales. Reclamaciones enmateria tributaria.

Tema 40.- Presupuesto de las Entidades Locales: con-cepto y contenido. Principios presupuestarios. Elaboración,tramitación y aprobación del presupuesto. Ejecución y liqui-dación del presupuesto.

Tema 41.- Las modificaciones presupuestarias: con-cepto. Clases. Características. Financiación. Tramitación.

Tema 42.- Competencias básicas del empleado públi-co: Ética Pública. Orientación al servicio y al usuario. Orien-tación a los resultados. Flexibilidad y adaptación al cambio.Comunicación.

Tema 43.- Dirección y Organización: Planificación y organi-zación del trabajo. Coordinación del trabajo. Control y evaluacióndel trabajo. Motivación de personas. Liderazgo vs. dirección.

Tema 44.- La gestión de la calidad. Las herramientas dela calidad. La calidad en la Administración Pública.

Tema 45.- La e-administración: concepto. Régimenjurídico de la Administración electrónica. Gestión electrónicade procedimientos administrativos.

Lo que se hace público para general conocimiento,haciendo saber que contra la presente convocatoria y susbases cabe interponer los recursos contenidos en la BaseDecimocuarta, y que los interesados podrán solicitar lostemas 78 y 89 del Temario que figura en el Anexo I y los temas36 y 44 del Temario que figura en el Anexo II, en la Oficina deinformación de esta Corporación, y a través de la página webde la misma (www.ladipu.com).

Alicante, 21 de agosto de 2008.La Secretaria en funciones, Mª José Argudo Poyatos. El

Presidente accidental, Carlos Manzón Guixot.

*0818088*

ANUNCIO

Por Decreto de la señora Diputada del Área de Econo-mía, Hacienda y Recursos Humanos, número 3.066/2008,de 31 de julio -dictado en virtud de las competencias delega-das por la Presidencia por Decreto número 1.603/2007, de19 de julio-, se aprueba y convoca Concurso-Oposición, paracubrir cinco plazas de Técnico de Gestión Económica, unade ellas reservada a promoción interna y cuatro al turno libre,vacantes en la Plantilla de esta Excma. Diputación Provin-cial, dentro de las plazas reservadas a funcionarios decarrera, y con arreglo a las siguientes:

Bases.Primera.- Plazas objeto de la convocatoria.Es objeto de esta convocatoria la selección, por el

procedimiento de Concurso-Oposición de cinco plazas deTécnico Gestión Económica, una plaza reservada a promo-ción interna y cuatro al turno libre, vacantes en la Plantilla deesta Excma. Diputación Provincial, dentro de las plazasreservadas a Funcionarios de Carrera, e incluidas en lascorrespondientes Ofertas de Empleo Público.

Estas plazas están incluidas en la Escala de Administra-ción Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Medio,dotadas con los emolumentos correspondientes al Subgrupode clasificación «A2», del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y demásque correspondan de conformidad con la normativa vigente.

Si la plaza reservada a promoción interna quedaravacante, acrecerá las del turno libre.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.I.- Para poder participar en estas Pruebas Selectivas los

aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:a) Tener la nacionalidad española. También podrán

acceder como personal funcionario en igualdad de condicio-nes que los españoles a los empleos públicos:

a.1) Los nacionales de un Estado miembro de la UniónEuropea o nacionales de aquellos Estados, a los que, envirtud de tratados internacionales celebrados por la UniónEuropea y ratificados por España, sea de aplicación la librecirculación de trabajadores.

a.2) El cónyuge, descendientes y descendientes delcónyuge, de los españoles y de los nacionales de otrosestados miembros de la Unión Europea, siempre que noestén separados de derecho, menores de 21 años o mayoresde dicha edad que vivan a sus expensas.

Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solici-tud la documentación que acredite las condiciones que sealegan.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño delas tareas. La Diputación Provincial de Alicante se reserva elderecho a someter a los aspirantes a cuantas pruebasconsidere pertinentes para evaluar el cumplimiento de esterequisito.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en sucaso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para elacceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disci-plinario del servicio de cualquiera de las AdministracionesPúblicas o de los órganos constitucionales o estatutarios delas Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación

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absoluta o especial para empleos o cargos públicos porresolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala defuncionario, o para ejercer funciones similares a las quedesempeñaban en el caso del personal laboral, en el quehubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de sernacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situa-ción equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplina-ria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismostérminos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del Título de Diplomado en Cien-cias Empresariales o tener aprobados los tres primeroscursos de la Licenciatura en Economía, en Administración yDirección de Empresas, o equivalente, o en condiciones deobtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentaciónde instancias. En todo caso la equivalencia deberá seraportada por el aspirante mediante certificación expedida alefecto por la Administración competente en cada caso. Losaspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero debe-rán acreditar que están en posesión de la correspondienteconvalidación o de la credencial que acredite, en su caso, lahomologación.

II.- Específico para el turno de promoción interna:Estar ocupando plaza como funcionario de carrera en la

Excma. Diputación Provincial de Alicante, y estar encuadra-da en el Subgrupo de clasificación «C1», del artículo 76 dela Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Emplea-do Público, con una antigüedad mínima de dos años comofuncionario de carrera en situación de servicio activo o deexcedencia voluntaria por desempeño de otro puesto detrabajo en la Diputación Provincial de Alicante.

III.- De conformidad con lo establecido en el artículo38.3 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Socialde los Minusválidos, serán admitidas las personas condiscapacidad en igualdad de condiciones con los demásaspirantes, todo ello condicionado a la capacidad funcionalpara el desempeño de las tareas o funciones propias de estaplaza, acreditándose las condiciones personales de aptitudmediante dictamen vinculante expedido por el equipomultidisciplinar competente.

A estos efectos conforme establece el artículo 59.2 laLey 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico se adoptarán para las personas con discapacidadque lo soliciten, las medidas precisas para establecer lasadaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios enel proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, lasadaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de lapersona con discapacidad. Para ello, los interesados debe-rán formular la correspondiente petición concreta, que apor-tarán junto con la solicitud de participación dentro del plazode presentación de instancias. Dicha petición deberá estarmotivada.

En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán encondiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.

IV.- Todos los requisitos deberán cumplirse en el último díadel plazo de presentación de instancias y mantenerse durantetodo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuarlas comprobaciones oportunas hasta el nombramiento.

Tercera.- Solicitudes.I.- Quienes deseen tomar parte en el concurso-oposi-

ción, lo solicitarán en instancia dirigida al Iltmo. señor Presi-dente de la Diputación Provincial, en la que deberán manifes-tar que reúnen todas y cada una de las condiciones orequisitos exigidos en la Base Segunda, adjuntando a lainstancia fotocopia del documento Nacional de Identidad. Elmodelo de instancia se facilitará tanto en las dependenciasdel Departamento de Personal como en la Oficina de infor-mación de esta Corporación, y a través de la página web dela misma (www.ladipu.com). Sólo se podrá optar a uno de losturnos convocados.

Las personas con discapacidad deberán aportar fotoco-pia de la certificación del órgano competente, que acredite talcondición legal de minusválido, así como el tipo y graduaciónde la misma.

II.- Las Bases de la Convocatoria y Anexos a las mismasse publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) y

en el tablón de Anuncios de la Corporación. Un extracto dela Convocatoria se publicará también en el Diario Oficial dela Comunidad Valenciana (D.O.C.V.) y en el Boletín Oficialdel Estado (B.O.E.).

III.- El plazo de presentación de instancias será deveinte días naturales, a contar desde el día siguiente al depublicación del anuncio-extracto de la convocatoria en elB.O.E. En dicho extracto, además de los insertos precisos,se avisará que en el Boletín Oficial de la Provincia sepublicará la resolución aprobatoria de la lista de aspirantesadmitidos y excluidos al Concurso-Oposición, así como lafecha, hora y lugar de inicio de las Pruebas.

Las instancias y documentación oportunas se presenta-rán en horas hábiles, de lunes a viernes, en el RegistroGeneral de la Excma. Diputación Provincial (calle Tucumán,número 8, de Alicante) o en la forma que determina el artículo38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común.

IV.- Los efectos administrativos de la Convocatoria seproducirán desde la fecha en que se publique en el B.O.E. elextracto referido en los apartados anteriores.

Cuarta.- Admisión de candidatos.Expirado el plazo de presentación de instancias, la

señora Diputada del Área de Economía, Hacienda y Recur-sos Humanos -en virtud de las facultades que le fuerondelegadas por el Iltmo. señor Presidente mediante Decretonúmero 1.603, de 19 de julio de 2007- dictará resolución, enel plazo máximo de un mes, declarando aprobada la listaprovisional de aspirantes admitidos y excluidos, que sepublicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón deanuncios de la Corporación. Contra esta resolución se podrápresentar escrito de subsanación y/o reclamación en el plazode diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Si se presentara escrito de subsanación y/o reclama-ción será aceptado o rechazado en la resolución por la quese apruebe la lista definitiva, que se publicará, asimismo, enlos lugares indicados para la lista provisional. En el caso deque no se presente escrito de subsanación y/o reclamaciónalguna, la lista provisional de aspirantes admitidos y exclui-dos quedará elevada automáticamente a definitiva.

Quinta.- Comisión técnica de valoración.I.- La Comisión Técnica de Valoración, de conformidad

con lo dispuesto en los artículos 55 y 60 de la Ley 7/2007, de12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público serádesignada por la Presidencia de la Corporación, o en sucaso, por quien actúe por delegación de la misma, ajustán-dose a los principios de imparcialidad y profesionalidad desus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entremujer y hombre. La Comisión actuará en todo caso, confor-me a los principios de independencia y discrecionalidadtécnica, y estará integrada por cinco miembros, funcionariosde carrera, de los cuales uno será el Presidente, tres actua-rán como Vocales y asumirá la Secretaría de la Comisión elSecretario General de la Corporación o funcionario en quiendelegue, que actuarán con voz y voto.

El personal de elección o de designación política, losfuncionarios interinos y el personal eventual, no podránformar parte de la Comisión Técnica de Valoración.

La pertenencia a la Comisión Técnica de Valoración detodos sus miembros, tanto titulares como suplentes, será atítulo individual, no pudiendo ostentarse ésta en representa-ción o por cuenta de nadie. Igualmente, todos sus miembrosdeberán poseer una titulación igual o superior a la requeridapara el acceso a las plazas convocadas y pertenecer almismo grupo/subgrupo o a grupos/subgrupos superiores, yla mayoría de los miembros pertenecer a la misma área deconocimientos que la exigida para el ingreso.

La designación de los miembros de la Comisión Técnicade Valoración, que incluirá la de los respectivos suplentes, sehará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante,así como en el tablón de anuncios de la Corporación.

II.- La Comisión Técnica de Valoración no podrá cons-tituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de sus

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miembros -titulares o suplentes- indistintamente. En caso deausencia tanto del Presidente titular como del suplente, laPresidencia la ostentará el miembro de la Comisión Técnicade Valoración de mayor jerarquía, antigüedad y edad, poreste orden.

III.- La Comisión Técnica de Valoración estará facultadapara resolver cualquier duda o incidencia que pudiera surgirdurante la celebración de las pruebas selectivas, y paratomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas parael buen orden y resultado de las mismas.

IV.- A los efectos de comunicaciones, anuncios y demásincidencias, la Comisión Técnica de Valoración, sea cualfuere el lugar de celebración de las pruebas, tendrá su sedeen el edificio Tucumán de la Excma. Diputación Provincial,calle Tucumán, número 8, de Alicante.

V.- Los miembros de la Comisión Técnica de Valoracióndeberán abstenerse de intervenir cuando concurran lascircunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,notificándolo a la autoridad convocante. Asimismo, los aspi-rantes podrán recusarles en la forma prevista en el artículo29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, deberán abstenerse aquellos que hubieranrealizado tareas de preparación de aspirantes en los cincoaños anteriores a la publicación de esta Convocatoria.

VI.- La Comisión Técnica de Valoración podrá disponerla incorporación a sus trabajos de asesores especialistas,para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores selimitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en baseexclusivamente a las cuales colaborarán con la Comisión ytendrán voz pero no voto. Asimismo podrá acordar la incorpo-ración de colaboradores que ayudarán a la Comisión Técnicade Valoración en la realización de las pruebas. Este personal,a efectos de indemnizaciones por asistencia, estará sujeto ala misma normativa que los vocales de la Comisión.

VII.- Contra los actos de la Comisión Técnica de Valo-ración se podrán interponer los siguientes recursos y recla-maciones:

A.- Contra las propuestas finales de los aspirantesaprobados y, en general, contra los actos de trámite quedeterminen la imposibilidad de continuar el procedimientoselectivo o produzcan indefensión y que no agoten la víaadministrativa, se podrá interponer recurso de alzada enbase al artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, ante la señora Diputada delÁrea de Economía, Hacienda y Recursos Humanos, en elplazo de un mes a contar desde el día siguiente al de sunotificación, o de su publicación en el tablón de anuncios deesta Excma. Diputación Provincial. Transcurridos tres me-ses desde la interposición sin que recaiga resolución, sepodrá entender desestimado el recurso, quedando expeditala vía del recurso contencioso-administrativo, y ello sinperjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que estimepertinente.

B.- Contra los demás actos de trámite los interesadospodrán presentar las reclamaciones y formular las alegacio-nes que estimen pertinentes, ante la Comisión Técnica deValoración en el plazo de diez días a contar desde elsiguiente a la fecha de publicación.

VIII.- La Comisión Técnica de Valoración tendrá lacategoría segunda de las recogidas en el Anexo IV del RealDecreto 462/2002, de 24 de mayo, a efectos del percibo deasistencias en las cuantías vigentes en su momento. Asimis-mo, cuando concurran los supuestos excepcionales delartículo 30.3 del R.D. 462/2002, procederá aplicar los incre-mentos previstos en el citado precepto.

Sexta.- Procedimiento de selección.El procedimiento de selección constará de las siguien-

tes fases: Oposición y Concurso.I.- Fase de Oposición: estará compuesta por los ejerci-

cios que a continuación se indican:Primer ejercicio.- Sólo para el turno libre. De carácter

obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempofijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no seráinferior a 35 minutos-, a un cuestionario de 40 preguntassobre el temario general que figura en el Anexo I a estaConvocatoria (temas 1 al 12 ambos inclusive), con cuatrorespuestas alternativas de las que sólo una de ellas será lacorrecta.

Este ejercicio se valorará de 0 a 6 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 3 puntos.

Las contestaciones erróneas se valorarán negativa-mente con una penalización equivalente a un tercio del valorde cada contestación correcta y las contestaciones en blan-co ni puntúan ni penalizan.

Segundo ejercicio para el turno libre y primer ejerciciopara el turno de promoción interna. De carácter obligatorio yeliminatorio.

Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempofijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no podráexceder de dos horas-, dos temas elegidos de entre tres,extraídos al azar por los opositores, para el turno libre, delTemario Específico que figura en el Anexo I a esta Convoca-toria (temas 13 al 60 ambos inclusive) y, para el turno depromoción interna, del Temario que figura en el Anexo II(temas del 1 al 27).

Este ejercicio se valorará de 0 a 12 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 6 puntos.

La Comisión Técnica de Valoración podrá determinarque se proceda a la lectura pública de este ejercicio, pudien-do dialogar con el aspirante sobre los temas expuestos ypedirle cualesquiera otras explicaciones complementarias.

Tercer ejercicio para el turno libre y Segundo para elturno de promoción interna.- De carácter obligatorio y elimi-natorio.

Consistirá en la resolución de uno o varios supuestosteórico-prácticos, que propondrá la Comisión Técnica deValoración, durante un tiempo fijado a su prudente arbitrio, yque no podrá exceder de dos horas y treinta minutos, encondiciones de igualdad para todos los aspirantes, relativosa las tareas y cometidos propios de la plaza y al TemarioEspecífico.

Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendoeliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5puntos.

II.- Fase de Concurso.- Los méritos, que la ComisiónTécnica valorará, deberán ser alegados y debidamente jus-tificados por los aspirantes al Concurso-Oposición, en eltiempo otorgado al efecto, en el bien entendido que lo que nose alegue y justifique en tiempo y forma no se tendrá encuenta por la Comisión Técnica de Valoración.

Los méritos a computar son los que a continuación serelacionan, con la puntuación que se indica, y que el aspiran-te deberá autobaremar conforme al modelo de instancia quese facilitará al efecto, tanto en las dependencias del Depar-tamento de Personal como en la oficina de información deesta Corporación, y a través de la página web de la misma(www.ladipu.com):

a) Antigüedad.- Por servicios prestados en cualquierAdministración Pública 0,05 puntos por mes de servicio,hasta un máximo de 3,50 puntos. El tiempo de servicioscomputables se puntuará por meses efectivos completos,despreciándose las fracciones inferiores a un mes, salvocasos de empate. No se puntuará como antigüedad el tiempode servicios a que se refiere la base segunda, II) exigidocomo requisito para poder optar a la promoción interna.

b) Por experiencia profesional en tareas o cometidos denaturaleza igual a la que se opta, a 0,05 puntos por mes deexperiencia, hasta un máximo de 3,50 puntos. La experien-cia profesional computable se puntuará por meses efectivoscompletos, despreciándose las fracciones inferiores, salvocasos de empate. A estos efectos se facilitará a los oposito-res junto con el modelo de instancia para presentar losméritos, la plantilla en la que se detallen las tareas y funcio-nes que serán objeto de valoración según este apartado.

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c) Por estar en posesión de Diplomas por asistencia oaprovechamiento a Cursos de Formación o Perfecciona-miento. Se valorarán, hasta un máximo de 2,50 puntos, losCursos de Formación y Perfeccionamiento que tengan rela-ción directa con las tareas y cometidos propios de la plaza yque hubieren sido convocados u organizados por esta Dipu-tación Provincial, así como por Institutos y Escuelas Oficialesde formación de Funcionarios y personal al servicio de laAdministración, Organizaciones Sindicales, Universidades,INEM, Generalitat Valenciana u otras Comunidades Autóno-mas, Colegios Oficiales u otras entidades de carácter ointerés público.

En todos los casos se valorarán una sola vez los cursosrelativos a una misma materia, aunque se haya repetido suparticipación.

No se valorará, tanto los cursos que no acrediten lashoras de duración como los inferiores a 15 horas lectivas, lospertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado,los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativosa Jornadas, Mesas redondas, Encuentros, Debates, Congre-sos, Seminarios, Simposios o análogos.

La valoración de cada Curso se efectuará en función desu duración con arreglo a la siguiente escala:

- De 15 o más horas: 0,15 puntos.- De 25 o más horas: 0,25 puntos.- De 35 o más horas: 0,35 puntos.- De 50 o más horas: 0,50 puntos.d) Otros méritos.- Se valorarán hasta un máximo de

2,50 puntos, desglosados de la siguiente forma:1).- Se valorará, hasta un máximo de 0,50 puntos, el

conocimiento del Valenciano siempre que se acredite estaren posesión del certificado expedido por la Junta Qualificadorade Coneixements del valencià o equivalente reconocido porla Generalitat Valenciana, con arreglo a la siguiente escala:

- Certificado de Coneixements orals: 0,10 puntos.- Certificado de Grau Elemental: 0,20 puntos.- Certificado de Grau Mitjà: 0,30 puntos.- Certificado de Grau Superior: 0,50 puntos.En caso de poseer más de un certificado de conocimien-

to del valenciano, sólo se valorará el de nivel superior.2).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, el cono-

cimiento de lenguas oficiales de la Unión Europea diferentesde la lengua española, acreditándose documentalmentemediante certificados expedidos por las Escuelas Oficialesde Idiomas o cursos obtenidos en el extranjero, en cuyo casose deberá estar en posesión de la credencial que acredite suhomologación o convalidación, a razón de 0,20 puntos porcurso.

Para la valoración de los idiomas comunitarios, enningún caso se considerarán los cursos superados de idio-mas incluidos en los planes de estudios de Bachiller Elemen-tal, Graduado Escolar, Formación Profesional, Bachiller Su-perior y de estudios universitarios de cualquier nivel.

3).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, la pose-sión de títulos académicos oficiales superiores al exigido enla convocatoria, en el bien entendido que sólo se valorará elde nivel superior.

Serán méritos puntuables en cada concursante, loscontraídos hasta el día de publicación del anuncio-extractode la convocatoria en el B.O.E.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, nipodrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fasede oposición, por lo que solamente se procederá a puntuarel concurso en el caso de haber superado el nivel de aptitudestablecido para todos y cada uno de los ejercicios decarácter eliminatorio de la fase de oposición.

Séptima.- Desarrollo de las pruebas.I.- En la resolución de la señora Diputada del Área de

Economía, Hacienda y Recursos Humanos de la Corpora-ción a que se refiere la Base Cuarta, y que se publicará en elBoletín Oficial de la Provincia, se anunciará, asimismo, eldía, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de laFase de Oposición y los sucesivos anuncios de la presenteconvocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de laCorporación.

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo delsiguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas ymáximo de 45 días naturales.

No obstante, se podrán reducir los plazos indicados enel párrafo anterior si lo propusiera la Comisión Técnica deValoración y aceptaran todos los aspirantes o fuera solicita-do por éstos unánimemente.

Los aspirantes que lo deseen podrán realizar las prue-bas en valenciano, debiendo referirlo expresamente en suinstancia.

II.- Los aspirantes quedarán decaídos en su derechocuando se personen en los lugares de celebración una veziniciadas las pruebas o por la inasistencia a las mismas, auncuando se deba a causas justificadas. Tratándose de prue-bas orales u otras de carácter individual y sucesivo, laComisión Técnica de Valoración podrá apreciar las causasalegadas y admitir al aspirante, siempre y cuando las mismasno hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe elprincipio de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- El orden de actuación de los aspirantes, en elsupuesto de que en algún ejercicio no pudieran actuarconjuntamente, vendrá determinado por orden alfabético,iniciándose por aquél cuyo primer apellido comience por laletra surgida del sorteo celebrado al efecto.

La Comisión Técnica de Valoración en la realización delos ejercicios escritos deberá garantizar, siempre que seaposible, el anonimato de los aspirantes.

En cualquier momento la Comisión Técnica de Valora-ción podrá requerir a los aspirantes que acrediten su perso-nalidad.

Los aspirantes deberán observar en todo momento lasinstrucciones de los miembros del Tribunal o del personalayudante o asesor durante la celebración de las pruebas, enorden al adecuado desarrollo de las mismas.

Durante la realización de los ejercicios, no está permi-tido el uso de teléfonos móviles u otros dispositivos suscep-tibles de almacenar o transmitir información.

Junto con el resultado del último ejercicio de la fase deoposición, la Comisión Técnica de Valoración expondrá alpúblico la relación de aspirantes que, por haber superadotodos los ejercicios eliminatorios deben pasar a la fase deconcurso, emplazándolos para que en el plazo de 10 díashábiles presenten la documentación acreditativa de los mé-ritos previstos en la convocatoria, adjuntando certificacionesy/o justificantes acreditativos de los mismos. No obstante, enel caso de que los méritos alegados obren en el Área deRecursos Humanos de la Excma. Diputación Provincial,bastará con que se acredite esta circunstancia, y se identifi-quen y relacionen con toda claridad en la instancia, que en sucaso se presente, en el plazo señalado para aportar losméritos.

Una vez baremados los méritos, la Comisión Técnica deValoración expondrá al público la lista de aspirantes con laspuntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concedién-doles un plazo de diez días hábiles para que formulen lasalegaciones que estimen pertinentes en relación con labaremación.

Resueltas las posibles alegaciones, la Comisión Técni-ca de Valoración publicará la relación definitiva de aspirantesaprobados por su orden de puntuación.

Octava.- Calificaciones.I.- Fase de Oposición: cada uno de los ejercicios de la

Fase de Oposición se calificará conforme a lo establecido enla Base Sexta, apartado I.

II.- Fase de Concurso: la valoración de los méritos decada aspirante se obtendrá aplicando las reglas que figuranen la Base Sexta, apartado II.

III.- La calificación definitiva de cada aspirante vendrádeterminada por la suma de las puntuaciones obtenidas enla Fase de Oposición y en la Fase de Concurso.

Novena.- Relación de aprobados y propuesta de nom-bramiento.

I.- Finalizada la calificación, la Comisión Técnica deValoración publicará en el tablón de anuncios de la Corpora-ción la «relación de los aspirantes aprobados», por orden de

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puntuación, no pudiendo rebasar ésta el número de plazasconvocadas en el Concurso-Oposición.

Cualquier Propuesta de aprobados que contravenga loanteriormente establecido será nula de pleno derecho.

II.- El Presidente de la Comisión Técnica de Valoraciónelevará la «relación de los aspirantes aprobados» a la señoraDiputada del Área de Economía, Hacienda y Recursos Hu-manos de la Corporación con propuesta de nombramientode funcionario de carrera.

No obstante lo anterior, y con el fin de asegurar lacobertura del número de plazas convocadas, cuando seproduzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antesde su nombramiento o toma de posesión, el órganoconvocante podrá requerir del órgano de selección relacióncomplementaria de los aspirantes que sigan a los propues-tos, para su posible nombramiento como funcionario decarrera.

Décima.- Presentación de documentos.I.- En el plazo de 20 días naturales, a contar del de la

publicación de la «relación del aspirante aprobado», a que serefiere la Base anterior, el aspirante que figure en ella deberápresentar los documentos acreditativos de capacidad y re-quisitos exigidos en la Base Segunda, a saber:

1) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad odocumentación que acredite cumplir el requisito de la basesegunda I, a), que se presentarán con el original para sucompulsa.

2) Copia autenticada o fotocopia (acompañada deloriginal para su cotejo) de la Titulación exigida en la convo-catoria, o justificante de haber abonado los derechos para suexpedición. Si estos documentos estuvieran expedidos des-pués de la fecha en que expiró el plazo de presentación deinstancias, se deberá justificar el momento en que concluyólos estudios.

3) Certificado del Registro Central de Penados y Rebel-des, cuyo trámite facilitará el Departamento de Personal dela Excma. Diputación Provincial de Alicante.

4) Declaración de no haber sido separado medianteexpediente disciplinario, del servicio de cualquiera de lasAdministraciones Públicas, así como no hallarse incurso enninguna de las causas de incapacidad específica, conformea la normativa vigente.

5) El Servicio de Prevención de la Excma. DiputaciónProvincial procederá a realizar el reconocimiento médico delos aspirantes aprobados al objeto de determinar la aptitudfísica o psíquica para el desempeño de las plazas objeto deesta convocatoria.

Los aspirantes que tengan la condición de discapacitadodeberán presentar, además, certificación del órgano compe-tente, que acredite tal condición y su capacidad para desem-peñar las tareas que correspondan a las plazas objeto deesta convocatoria.

II.- Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerzamayor, no presentarán la documentación o del examen de lamisma se dedujera que carecen de alguno de los requisitosseñalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados yquedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de laresponsabilidad en que pudieran haber incurrido por false-dad en la solicitud inicial.

III.- Quien tuviere la condición de funcionario público ocontratado en régimen laboral por Organismos Públicos,estará exento de justificar las condiciones y los requisitosexigidos cuando obtuvieron su anterior nombramiento, por loque tendrán que presentar, únicamente, el certificado delMinisterio, Corporación Local u Organismo Público de quedependan, justificativo de su condición, de que cumplen lascondiciones y requisitos señalados en la Base Segunda, sinperjuicio de tener que acreditar aquellos que se exigen y noconsten en su expediente personal.

Undécima.- Nombramiento y toma de posesión.Cumplimentado por el aspirante propuesto lo estableci-

do en la Base anterior y realizados los trámites administrati-vos pertinentes, la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos de la Excma. DiputaciónProvincial efectuará el nombramiento correspondiente, de-

biendo el interesado tomar posesión de su cargo en el plazoreglamentario. Si no tomaran posesión en el citado plazo, sincausa justificada, decaerán en su derecho, por caducidaddel nombramiento.

Duodécima.- Incompatibilidades.Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso,

al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Per-sonal al servicio de las Administraciones Públicas, y d.

Decimotercera.- Normativa.En todo lo no previsto en las presentes Bases, en lo que

no se oponga a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril,del Estatuto Básico del Empleado Público, se estará a lodispuesto en:

- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local;

- La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para laReforma de la Función Pública;

- El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que seestablecen las reglas básicas y programas mínimos a quedebe ajustarse el procedimiento de selección;

- El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,por el que se aprueba Texto Refundido de las Disposicioneslegales vigentes en materia de Régimen Local;

- El Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley de FunciónPública Valenciana.

- El Decreto 33/1999, de 9 de marzo, de la GeneralitatValenciana, por el que se aprueba el Reglamento de Selec-ción, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administra-tiva del Personal comprendido en el ámbito de aplicación dela Ley de la Función Pública Valenciana.

- El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el quese aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personalal servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional delos Funcionarios Civiles de la Administración General delEstado; y demás disposiciones aplicables y concordantes.

Decimocuarta.- Impugnación.Contra la presente convocatoria y/o sus bases, cuyo

acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativapodrá interponerse, por los interesados legitimados,potestativamente, en base al artículo 116 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, recursode reposición ante la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos, en el plazo de un mes acontar desde el día siguiente al de la publicación del extractode estas bases en el Boletín Oficial del Estado, o bien,interponer directamente recurso contencioso-administrativoante el Juzgado de este orden de Alicante o bien a suelección, el de la circunscripción de su domicilio si lo tuvierafuera de Alicante, en el plazo de dos meses a contar desdela fecha de publicación del referido extracto en el B.O.E. atenor de lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Admi-nistrativa advirtiéndole que tales recursos no tienen efectosuspensivo, y ello sin perjuicio de que se pueda ejercitarcualquier otro que estime pertinente.

Anexo I.Turno libre.Temario General.1.- La Constitución Española de 1978. Estructura y

Principios Fundamentales, Derechos y Deberes: Garantía ySuspensión. Principios rectores de la política social y econó-mica. La Corona.

2.- La Cortes Generales. Composición y Funcionamien-to. Elaboración de Leyes. Leyes Estatales y Autonómicas:relaciones entre el ordenamiento estatal y los ordenamientosautonómicos. Los Tratados Internacionales como normas deDerecho Interno, especial referencia a los Tratados de laComunidad Europea.

3.- El Gobierno y la Administración. Principios Constitu-cionales de la Administración. Relaciones entre el Gobiernoy las Cortes Generales. Órganos de Control dependientes de

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las Cortes Generales. El Defensor del Pueblo y el Tribunal deCuentas. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional.

4.- Organización Territorial del Estado. Principios Ge-nerales. La Administración del Estado: Organización Centraly Periférica. Las Comunidades Autónomas. Distribución decompetencias.

5.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valencia-na. Estructura y Principios Fundamentales. Competenciasde la Generalitat Valenciana y su desarrollo normativo. LaGeneralitat Valenciana: Las Cortes: Composición, Constitu-ción y Funciones. El Consell: Composición, Atribuciones yFuncionamiento. Otras Instituciones: el Síndico de Agraviosy la Sindicatura de Cuentas.

6.- Las disposiciones y los actos administrativos: requi-sitos, eficacia, nulidad y anulabilidad. El procedimiento admi-nistrativo: sus fases. El silencio administrativo. Revisión delos actos en la vía administrativa.

7.- Los administrados. Los funcionarios públicos: con-cepto, derechos y deberes. Responsabilidad de las Adminis-traciones Públicas y de sus autoridades y demás personal asu servicio.

8.- Los contratos de las administraciones públicas.Requisitos para contratar con la Administración. De lospliegos de cláusulas administrativas y prescripciones técni-cas. Los distintos tipos de contratos administrativos. Laextinción de los contratos.

9.- Régimen Local Español. Principios Constitucionalesy Regulación Jurídica. El municipio en el Régimen Local: elAyuntamiento, su composición y competencias. La Provinciaen el Régimen Local: La Diputación Provincial, su composi-ción y competencias.

10.- El Pleno Provincial: composición y atribuciones. ElPresidente: competencias, delegación de las mismas, y susresoluciones. La Junta de Gobierno y las Comisiones Infor-mativas. El presupuesto en las corporaciones locales: prin-cipios presupuestarios, contenido y estructura.

11.- La Prevención de riesgos laborales en la Adminis-tración. El Trabajo y la Salud: los riesgos profesionales.Daños derivados del trabajo. Marco normativo básico enmateria de prevención de riesgos laborales. Derechos ydeberes básicos en esta materia (Ley 31/1995, Ley 54/2003y R.D. 39/1997).

12.- La gestión de la calidad. Las herramientas de lacalidad. La calidad en la Administración Pública.

Temario específico.13. El Presupuesto de las Corporaciones Locales. Evo-

lución Histórica. Las líneas fundamentales del RégimenPresupuestario en R.D. Leg. 2/2004 que regula el Textorefundido de la ley de Haciendas Locales.

14. El Presupuesto: Técnicas presupuestarias; presu-puesto administrativo, presupuesto de ejecución, presu-puesto por programas, presupuesto base cero. Los princi-pios presupuestarios y sus excepciones.

15. El Presupuesto general de las entidades locales (I):Concepto y Contenido. La estructura presupuestaria de lasEntidades Locales. Vinculación jurídica de los créditos.

16. El Presupuesto general de las entidades locales (II):Elaboración, tramitación y aprobación del Presupuesto. LasBases de ejecución. Prorroga presupuestaria. Presupuestoconsolidado.

17. Las Modificaciones Presupuestarias: Concepto.Clases. Características. Financiación. Tramitación.

18. La Gestión del presupuesto de Gastos e Ingresos:Situación de los créditos. Fases de la Gestión y Ejecución delPresupuesto de Gastos e Ingresos. Gastos Plurianuales.Operaciones no formalizadas del presupuesto de gastos.

19. La Liquidación y Cierre de los Presupuestos: Com-petencia y tramitación. Resultado Presupuestario. El Rema-nente de tesorería. Remanentes de Crédito.

20. La Estabilidad Presupuestaria de las Entidades Loca-les: Marco jurídico. Principios generales. Instrumentación yObjetivo. Cumplimiento del objetivo. Suministro de información.

21. El control interno de la actividad económico-finan-ciera de las entidades locales. Concepto. La función inter-ventora. El Control financiero. El Control Externo.

22. La Tesorería de las entidades locales. Concepto yrégimen jurídico. Funciones. Tipos de cuentas autorizadaslegalmente. Descentralización mediante anticipos de cajafija y pagos a justificar.

23. La planificación financiera. El plan de tesorería y elplan de disposición fondos. La rentabilización de excedentesde tesorería. Las operaciones de tesorería. El riesgo de tiposde interés en las operaciones financieras.

24. La recaudación en periodo voluntario. Formas deextinción de la deuda. Aplazamiento y Fraccionamiento delpago. La recaudación en periodo ejecutivo. El embargo.

25. Las Haciendas Locales: Principios y marco jurídico.Potestad reglamentaria de las Entidades Locales. La impo-sición y ordenación de los tributos, las Ordenanzas Fiscales.

26. Los Recursos de las Haciendas Locales (I): LosImpuestos; concepto y clasificación. Participación de lasentidades locales en los impuestos del estado.

27. Los Recursos de las Haciendas Locales (II): Tasas,contribuciones especiales y precios públicos.

28. Los Recursos de las Haciendas Locales (III): Lasoperaciones de crédito. Clases. Órgano competente. Lími-tes. Calculo del ahorro neto.

29. La Contabilidad publica Local (I): concepto, fines ycaracterísticas. La normalización contable en España y en laAdministración local. Marco conceptual de la AdministraciónPublica.

30. La Contabilidad publica local (II): Las instruccionesde contabilidad para la Administración local. El plan decontabilidad para la Administración local; estructura, carac-terísticas y contenido. Agrupaciones contables.

31. La imagen fiel. Los principios contables públicos.Las normas de valoración.

32. La Apertura de la Contabilidad. La Contabilidad delPresupuesto de Gastos: Apertura del Presupuesto, Prórro-ga, situación de los créditos de gastos, modificaciones de loscréditos iniciales.

33. Operaciones de Ejecución del Presupuesto de Gas-tos: Fases de la ejecución del presupuesto de gastos. Rein-tegros de Pagos. Gastos de carácter plurianual

34. La Contabilidad del Presupuesto de Ingresos: Aper-tura del Presupuesto de Ingresos. Modificación de las Previ-siones iniciales. Compromisos de Ingresos, reconocimientode derechos de cobro, Formas de extinción de los derechosde cobro. Devolución de ingresos indebidos. Aplazamientosy Fraccionamientos

35. Operaciones en la agrupación de presupuestoscerrados: Presupuesto de Gastos y Presupuesto de Ingre-sos. Operaciones en la agrupación de Presupuestos poste-riores: Presupuesto de Gastos y Presupuesto de Ingresos.

36. Contabilidad del Inmovilizado: Concepto, Caracte-rísticas y Clasificación. Criterios de valoración. Operacionesy su contabilización. Amortización. Provisiones.

37. Contabilidad del Inmovilizado financiero: Concepto,clasificación. Criterios de valoración. Operaciones y su con-tabilización. Provisiones.

38. Contabilidad de las Operaciones de Endeudamien-to: Consideraciones Generales. Valoración. Creación, Can-celación, prescripción, intereses. Operaciones fin ejercicio.Asunción de deudas. Las operaciones de tesorería.

39. La Contabilidad de las Operaciones no Presupues-tarias: Deudores. Acreedores. Pagos e Ingresos pendientesde aplicación. Movimientos internos de tesorería.

40. La contabilidad del I.V.A. La contabilidad de ladescentralización de la tesorería: (anticipos de caja fija ypagos justificar)

41. Proyectos de Gastos y Gastos con Financiación Afecta-da: Concepto. Características. Seguimiento y control. Incidenciaen Remanente de Tesorería y Resultado presupuestario.

42. Operaciones de fin de ejercicio: operaciones pre-vias. Operaciones de regularización. Liquidación de losPresupuestos. Resultado presupuestario y Remanente deTesorería. Operaciones de Cierre.

43. Los Estados y Cuentas anuales: La rendición decuentas. La cuenta general. Las cuentas anuales, su estruc-tura y normas de elaboración.

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44. La Contratación en el sector público: objetivos de laLey 30/2007, de 30 de Octubre. Ámbito de aplicación. Modi-ficaciones con respecto a la legislación anterior. Normasespecíficas de contratación en las Entidades Locales.

45. La contratación administrativa en la esfera local: Partesdel contrato. Objeto, precio y cuantía del contrato. Garantías.

46. Los contratos administrativos en la esfera local (I):La Preparación de los contratos. El expediente de contrata-ción. Los pliegos de cláusulas administrativas y de prescrip-ciones técnicas.

47. Los contratos administrativos en la esfera local (II):La adjudicación de los contratos. Normas generales. Proce-dimiento abierto. Procedimiento restringido. Procedimientonegociado.

48. Los contratos administrativos en la esfera local (III):Ejecución. Modificación. Extinción. Cesión.

49. Las subvenciones en la Administración públicalocal: Concesión. Gestión y justificación. Reintegro. ControlFinanciero.

50. La e-administración: Concepto. Régimen jurídico dela Administración electrónica. Gestión electrónica de proce-dimientos administrativos.

51. El Patrimonio de las Entidades Locales (I): Concep-to y clasificación. Régimen Jurídico. Adquisición de bienespor las Entidades Locales. Registro de la Propiedad.

52. El Patrimonio de las Entidades Locales (II). Prerro-gativas de la Administración Local respecto de sus bienes:Potestad de Investigación. Deslinde. Recuperación de oficio.El desahucio administrativo.

53. El Inventario de bienes de las Entidades Locales:concepto y naturaleza. Formación. Aprobación. Rectifica-ción. Comprobación del inventario. Contenido. Documenta-ción. Autorización de inventarios.

54. El personal al servicio de las corporaciones locales:Derechos y deberes. Situaciones administrativas de losempleados públicos locales. Clases y régimen jurídico delpersonal al servicio de las entidades locales. Incompatibili-dades. Régimen Disciplinario.

55. La gestión de los recursos humanos en las corpora-ciones locales. Instrumentos de la planificación de recursoshumanos. Selección, formación y evaluación de recursoshumanos.

56. Servicio Público y Dirección de Equipos: ÉticaPública. Orientación a los resultados y al usuario. Flexibili-dad y adaptación al cambio. Comunicación. Planificación,organización y control del trabajo.

57. El procedimiento administrativo común. Iniciacióndel procedimiento administrativo. Ordenación e Instrucción.

58. La finalización del procedimiento administrativo.Obligación de resolver de la Administración. El silencioadministrativo. La eficacia de los actos administrativos y sucondicionamiento. Ejecutividad y suspensión. La ejecuciónde los actos administrativos.

59. La revisión de los actos en la vía administrativa: Larevisión de oficio y los recursos administrativos. La potestadsancionadora.

60. La Unión Europea: Origen y Evolución. Organiza-ción y competencias. La aplicación y eficacia del derechocomunitario en los países miembros.

Anexo II.Turno de promoción interna.Temario.1. El Presupuesto general de las entidades locales (I):

Concepto y Contenido. La estructura presupuestaria de lasEntidades Locales. Vinculación jurídica de los créditos.

2. El Presupuesto general de las entidades locales (II):Elaboración, tramitación y aprobación del Presupuesto. LasBases de ejecución. Prorroga presupuestaria. Presupuestoconsolidado.

3. Las Modificaciones Presupuestarias: Concepto. Cla-ses. Características. Financiación. Tramitación.

4. La Gestión del presupuesto de Gastos e Ingresos:Situación de los créditos. Fases de la Gestión y Ejecución delPresupuesto de Gastos e Ingresos. Gastos Plurianuales.Operaciones no formalizadas del presupuesto de gastos.

5. La Liquidación y Cierre de los Presupuestos: compe-tencia y tramitación. Resultado Presupuestario. El Rema-nente de tesorería. Remanentes de Crédito.

6. La Estabilidad Presupuestaria de las Entidades Loca-les: Marco jurídico. Principios generales. Instrumentación yObjetivo. Cumplimiento del objetivo. Suministro de información.

7. El control interno de la actividad económico-financie-ra de las entidades locales. Concepto. La función intervento-ra. El Control financiero. El Control Externo.

8. La Tesorería de las entidades locales. Concepto yrégimen jurídico. Funciones. Tipos de cuentas autorizadaslegalmente. Descentralización mediante anticipos de cajafija y pagos a justificar.

9. Las Haciendas Locales: Principios y marco jurídico.Potestad reglamentaria de las Entidades Locales. La impo-sición y ordenación de los tributos: Las Ordenanzas Fiscales.

10. La Contabilidad publica local: Las instrucciones decontabilidad para la Administración local. El plan de contabi-lidad para la Administración local; Estructura, característicasy contenido. Agrupaciones contables.

11. La imagen fiel. Los principios contables públicos.Las normas de valoración.

12. La Apertura de la Contabilidad. La Contabilidad delPresupuesto de Gastos: Apertura del Presupuesto, Prórro-ga, situación de los créditos de gastos, modificaciones de loscréditos iniciales.

13. Operaciones de Ejecución del Presupuesto de Gas-tos: Fases de la ejecución del presupuesto de gastos. Rein-tegros de Pagos. Gastos de carácter plurianual

14. La Contabilidad del Presupuesto de Ingresos: Aper-tura del Presupuesto de Ingresos. Modificación de las Previ-siones iniciales. Compromisos de Ingresos, reconocimientode derechos de cobro, Formas de extinción de los derechosde cobro. Devolución de ingresos indebidos. Aplazamientosy Fraccionamientos

15. Operaciones en la agrupación de presupuestoscerrados: Presupuesto de Gastos y Presupuesto de Ingre-sos. Operaciones en la agrupación de Presupuestos poste-riores: Presupuesto de Gastos y Presupuesto de Ingresos.

16. Contabilidad del Inmovilizado: Concepto, Caracte-rísticas y Clasificación. criterios de valoración. Operacionesy su contabilización. Amortización. Provisiones.

17. Contabilidad de las Operaciones de Endeudamien-to: Consideraciones Generales. Valoración. Creación, Can-celación, prescripción, Intereses. Operaciones fin ejercicio.Asunción de deudas. Las operaciones de tesorería.

18. La Contabilidad de las Operaciones no Presupues-tarias: Deudores. Acreedores. Pagos e Ingresos pendientesde aplicación. Movimientos internos de tesorería.

19. Proyectos de Gastos y Gastos con FinanciaciónAfectada: Concepto. Características. Seguimiento y control.Incidencia en Remanente de Tesorería y Resultado presu-puestario.

20. Operaciones de fin de ejercicio: Operaciones pre-vias. Operaciones de regularización. Liquidación de losPresupuestos. Resultado presupuestario y Remanente deTesorería. Operaciones de Cierre.

21. La contratación administrativa en la esfera local:Partes del contrato. Objeto, precio y cuantía del contrato.Garantías.

22. Los contratos administrativos en la esfera local (I):La Preparación de los contratos. El expediente de contrata-ción. Los pliegos de cláusulas administrativas y de prescrip-ciones técnicas.

23. Los contratos administrativos en la esfera local (II):La adjudicación de los contratos. Normas generales. Proce-dimiento abierto. Procedimiento restringido. Procedimientonegociado.

24. Los contratos administrativos en la esfera local (III):Ejecución. Modificación. Extinción. Cesión.

25. Las subvenciones en la Administración públicalocal: Concesión. Gestión y justificación. Reintegro. ControlFinanciero.

26. Servicio Público y Dirección de Equipos: ÉticaPública. Orientación a los resultados y al usuario. Flexibili-

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dad y adaptación al cambio. Comunicación. Planificación,organización y control del trabajo

27. La e-administración: Concepto. Régimen jurídico dela Administración electrónica. Gestión electrónica de proce-dimientos administrativos.

Lo que se hace público para general conocimiento,haciendo saber que contra la presente convocatoria y susbases cabe interponer los recursos contenidos en la BaseDecimocuarta, y que los interesados podrán solicitar lostemas 11 y 12 del Anexo I (Temario Genérico) turno libre, enla Oficina de información de esta Corporación, y a través dela página web de la misma (www.ladipu.com).

Alicante, 21 de agosto de 2008.La Secretaria en funciones, Mª José Argudo Poyatos. El

Presidente accidental, Carlos Manzón Guixot.

*0818093*

ANUNCIO

Por Decreto de la señora Diputada del Área de Econo-mía, Hacienda y Recursos Humanos, número 3.067/2008,de 31 de julio -dictado en virtud de las competencias delega-das por la Presidencia por Decreto número 1.603/2007, de19 de julio-, se aprueba y convoca Concurso-Oposición, paracubrir una plaza de Auxiliar Material de Cursos, reservada alturno libre, vacante en la Plantilla de esta Excma. DiputaciónProvincial, dentro de las plazas reservadas a funcionarios decarrera, y con arreglo a las siguientes:

Bases.Primera.- Plaza objeto de la convocatoria.Es objeto de esta convocatoria la selección, por el

procedimiento de Concurso-Oposición, una plaza de AuxiliarMaterial de Cursos, reservada al turno libre, vacante en laPlantilla de esta Excma. Diputación Provincial, dentro de lasplazas reservadas a Funcionarios de Carrera, e incluida enla correspondiente Oferta de Empleo Público.

Esta plaza está incluida en la Escala de AdministraciónEspecial, Subescala Servicios Especiales, Clase Personalde Oficios, dotada con los emolumentos correspondientes ala clasificación «agrupaciones profesionales» de la disposi-ción adicional séptima por la disposición transitoria tercerade la Ley 7/2007, de 12 de abril y demás que correspondande conformidad con la normativa vigente.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.I.- Para poder participar en estas Pruebas Selectivas los

aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:a) Tener la nacionalidad española. También podrán

acceder como personal funcionario en igualdad de condicio-nes que los españoles a los empleos públicos:

a.1) Los nacionales de un Estado miembro de la UniónEuropea o nacionales de aquellos Estados, a los que, envirtud de tratados internacionales celebrados por la UniónEuropea y ratificados por España, sea de aplicación la librecirculación de trabajadores.

a.2) El cónyuge, descendientes y descendientes delcónyuge, de los españoles y de los nacionales de otrosestados miembros de la Unión Europea, siempre que noestén separados de derecho, menores de 21 años o mayoresde dicha edad que vivan a sus expensas.

Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solici-tud la documentación que acredite las condiciones que sealegan.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño delas tareas. La Diputación Provincial de Alicante se reserva elderecho a someter a los aspirantes a cuantas pruebasconsidere pertinentes para evaluar el cumplimiento de esterequisito.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en sucaso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para elacceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disci-plinario del servicio de cualquiera de las AdministracionesPúblicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de

las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitaciónabsoluta o especial para empleos o cargos públicos porresolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala defuncionario, o para ejercer funciones similares a las quedesempeñaban en el caso del personal laboral, en el quehubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de sernacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situa-ción equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplina-ria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismostérminos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del Certificado de Escolaridad oequivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha enque termine el plazo de presentación de instancias. En todocaso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirantemediante certificación expedida al efecto por la Administra-ción competente en cada caso.

II.- De conformidad con lo establecido en el artículo 38.3de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de losMinusválidos, serán admitidas las personas con discapacidaden igualdad de condiciones con los demás aspirantes, todoello condicionado a la capacidad funcional para el desempe-ño de las tareas o funciones propias de esta plaza,acreditándose las condiciones personales de aptitud me-diante dictamen vinculante expedido por el equipomultidisciplinar competente.

A estos efectos conforme establece el artículo 59.2 laLey 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico se adoptarán para las personas con discapacidadque lo soliciten, las medidas precisas para establecer lasadaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios enel proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, lasadaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de lapersona con discapacidad. Para ello, los interesados debe-rán formular la correspondiente petición concreta, que apor-tarán junto con la solicitud de participación dentro del plazode presentación de instancias. Dicha petición deberá estarmotivada.

En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán encondiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- Todos los requisitos deberán cumplirse en elúltimo día del plazo de presentación de instancias y mante-nerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido, sepodrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta elnombramiento.

Tercera.- Solicitudes.I.- Quienes deseen tomar parte en el concurso-oposi-

ción, lo solicitarán en instancia dirigida al Iltmo. señor Presi-dente de la Diputación Provincial, en la que deberán manifes-tar que reúnen todas y cada una de las condiciones orequisitos exigidos en la Base Segunda, adjuntando a lainstancia fotocopia del documento Nacional de Identidad. Elmodelo de instancia se facilitará tanto en las dependenciasdel Departamento de Personal como en la Oficina de infor-mación de esta Corporación, y a través de la página web dela misma (www.ladipu.com).

Las personas con discapacidad deberán aportar fotoco-pia de la certificación del órgano competente, que acredite talcondición, así como el tipo y graduación de la misma.

II.- Las Bases de la Convocatoria y Anexos a las mismasse publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) yen el tablón de Anuncios de la Corporación. Un extracto dela Convocatoria se publicará también en el Diario Oficial dela Comunidad Valenciana (D.O.C.V.) y en el Boletín Oficialdel Estado (B.O.E.).

III.- El plazo de presentación de instancias será deveinte días naturales, a contar desde el día siguiente al depublicación del anuncio-extracto de la convocatoria en elB.O.E. En dicho extracto, además de los insertos precisos,se avisará que en el Boletín Oficial de la Provincia sepublicará la resolución aprobatoria de la lista de aspirantesadmitidos y excluidos al Concurso-Oposición, así como lafecha, hora y lugar de inicio de las Pruebas.

Las instancias y documentación oportunas se presenta-rán en horas hábiles, de lunes a viernes, en el RegistroGeneral de la Excma. Diputación Provincial (calle Tucumán,

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número 8, de Alicante) o en la forma que determina el artículo38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común.

IV.- Los efectos administrativos de la Convocatoria seproducirán desde la fecha en que se publique en el B.O.E. elextracto referido en los apartados anteriores.

Cuarta.- Admisión de candidatos.Expirado el plazo de presentación de instancias, la

señora Diputada del Área de Economía, Hacienda y Recur-sos Humanos -en virtud de las facultades que le fuerondelegadas por el Iltmo. señor Presidente mediante Decretonúmero 1.603, de 19 de julio de 2007- dictará resolución, enel plazo máximo de un mes, declarando aprobada la listaprovisional de aspirantes admitidos y excluidos, que sepublicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón deanuncios de la Corporación. Contra esta resolución se podrápresentar escrito de subsanación y/o reclamación en el plazode diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Si se presentara escrito de subsanación y/o reclama-ción será aceptado o rechazado en la resolución por la quese apruebe la lista definitiva, que se publicará, asimismo, enlos lugares indicados para la lista provisional. En el caso deque no se presente escrito de subsanación y/o reclamaciónalguna, la lista provisional de aspirantes admitidos y exclui-dos quedará elevada automáticamente a definitiva.

Quinta.- Comisión técnica de valoración.I.- La Comisión Técnica de Valoración, de conformidad

con lo dispuesto en los artículos 55 y 60 de la Ley 7/2007, de12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público serádesignada por la Presidencia de la Corporación, o en sucaso, por quien actúe por delegación de la misma, ajustán-dose a los principios de imparcialidad y profesionalidad desus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entremujer y hombre. La Comisión actuará en todo caso, confor-me a los principios de independencia y discrecionalidadtécnica, y estará integrada por cinco miembros, funcionariosde carrera, de los cuales uno será el Presidente, tres actua-rán como Vocales y asumirá la Secretaría de la Comisión elSecretario General de la Corporación o funcionario en quiendelegue, que actuarán con voz y voto.

El personal de elección o de designación política, losfuncionarios interinos y el personal eventual no podránformar parte de la Comisión Técnica de Valoración.

La pertenencia a la Comisión Técnica de Valoración detodos sus miembros, tanto titulares como suplentes, será atítulo individual, no pudiendo ostentarse ésta en representa-ción o por cuenta de nadie. Igualmente, todos sus miembrosdeberán poseer una titulación igual o superior a la requeridapara el acceso a las plazas convocadas y pertenecer almismo grupo/subgrupo o a grupos/subgrupos superiores, yla mayoría de los miembros pertenecer a la misma área deconocimientos que la exigida para el ingreso.

La designación de los miembros de la Comisión Técnicade Valoración, que incluirá la de los respectivos suplentes, sehará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante,así como en el tablón de anuncios de la Corporación.

II.- La Comisión Técnica de Valoración no podrá cons-tituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de susmiembros -titulares o suplentes- indistintamente. En caso deausencia tanto del Presidente titular como del suplente, laPresidencia la ostentará el miembro de la Comisión Técnicade Valoración de mayor jerarquía, antigüedad y edad, poreste orden.

III.- La Comisión Técnica de Valoración estará facultadapara resolver cualquier duda o incidencia que pudiera surgirdurante la celebración de las pruebas selectivas, y paratomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas parael buen orden y resultado de las mismas.

IV.- A los efectos de comunicaciones, anuncios y demásincidencias, la Comisión Técnica de Valoración, sea cualfuere el lugar de celebración de las pruebas, tendrá su sedeen el edificio Tucumán de la Excma. Diputación Provincial,calle Tucumán, número 8, de Alicante.

V.- Los miembros de la Comisión Técnica de Valoracióndeberán abstenerse de intervenir cuando concurran lascircunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,notificándolo a la autoridad convocante. Asimismo, los aspi-rantes podrán recusarles en la forma prevista en el artículo29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, deberán abstenerse aquellos que hubieranrealizado tareas de preparación de aspirantes en los cincoaños anteriores a la publicación de esta Convocatoria.

VI.- La Comisión Técnica de Valoración podrá dispo-ner la incorporación a sus trabajos de asesores especialis-tas, para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesoresse limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, enbase exclusivamente a las cuales colaborarán con la Comi-sión y tendrán voz pero no voto. Asimismo podrá acordar laincorporación de colaboradores que ayudarán a la Comi-sión Técnica de Valoración en la realización de las pruebas.Este personal, a efectos de indemnizaciones por asisten-cia, estará sujeto a la misma normativa que los vocales dela Comisión.

VII.- Contra los actos de la Comisión Técnica de Valo-ración se podrán interponer los siguientes recursos y recla-maciones:

A.- Contra las propuestas finales de los aspirantesaprobados y, en general, contra los actos de trámite quedeterminen la imposibilidad de continuar el procedimientoselectivo o produzcan indefensión y que no agoten la víaadministrativa, se podrá interponer recurso de alzada enbase al artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, ante la señora Diputada delÁrea de Economía, Hacienda y Recursos Humanos, en elplazo de un mes a contar desde el día siguiente al de sunotificación, o de su publicación en el tablón de anuncios deesta Excma. Diputación Provincial. Transcurridos tres me-ses desde la interposición sin que recaiga resolución, sepodrá entender desestimado el recurso, quedando expeditala vía del recurso contencioso-administrativo, y ello sinperjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que estimepertinente.

B.- Contra los demás actos de trámite los interesadospodrán presentar las reclamaciones y formular las alegacio-nes que estimen pertinentes, ante la Comisión Técnica deValoración en el plazo de diez días a contar desde elsiguiente a la fecha de publicación.

VIII.- La Comisión Técnica de Valoración tendrá lacategoría Tercera de las recogidas en el Anexo IV del RealDecreto 462/2002, de 24 de mayo, a efectos del percibo deasistencias en las cuantías vigentes en su momento. Asimis-mo, cuando concurran los supuestos excepcionales delartículo 30.3 del R.D. 462/2002, procederá aplicar los incre-mentos previstos en el citado precepto.

Sexta.- Procedimiento de selección.El procedimiento de selección constará de las siguien-

tes fases: Oposición y Concurso.I.- Fase de Oposición: estará compuesta por los ejerci-

cios que a continuación se indican:Primer Ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo

fijado por la Comisión Técnica de Valoración -que no seráinferior a 35 minutos-, a un cuestionario de 40 preguntassobre el temario general que figura en el Anexo a estaConvocatoria (temas 1 al 10 ambos inclusive), con cuatrorespuestas alternativas de las que sólo una de ellas será lacorrecta.

Este ejercicio se valorará de 0 a 16 puntos, siendoeliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimode 8 puntos.

Las contestaciones erróneas se valorarán negativa-mente con una penalización equivalente a un tercio del valorde cada contestación correcta y las contestaciones en blan-co ni puntúan ni penalizan.

Segundo ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio.

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Consistirá en la resolución de uno o varios supuestosteórico-prácticos, que propondrá el Tribunal durante un tiem-po fijado a su prudente arbitrio, y que no podrá exceder dedos horas, en condiciones de igualdad para todos los aspi-rantes, relativos a las tareas y cometidos propios de la plaza.

Este ejercicio se calificará de 0 a 12 puntos, siendoeliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 6puntos.

II.- Fase de Concurso.- Los méritos, que la ComisiónTécnica valorará, deberán ser alegados y debidamente jus-tificados por los aspirantes al Concurso-Oposición, en eltiempo otorgado al efecto, en el bien entendido que lo que nose alegue y justifique en tiempo y forma no se tendrá encuenta por la Comisión Técnica de Valoración.

Los méritos a computar son los que a continuación serelacionan, con la puntuación que se indica, y que el aspiran-te deberá autobaremar conforme al modelo de instancia quese facilitará al efecto, tanto en las dependencias del Depar-tamento de Personal como en la oficina de información deesta Corporación, y a través de la página web de la misma(www.ladipu.com):

a) Antigüedad.- Por servicios prestados en cualquierAdministración Pública 0,05 puntos por mes de servicio,hasta un máximo de 3,50 puntos. El tiempo de servicioscomputables se puntuará por meses efectivos completos,despreciándose las fracciones inferiores a un mes, salvocasos de empate.

b) Por experiencia profesional en tareas o cometidos denaturaleza igual a la que se opta, a 0,05 puntos por mes deexperiencia, hasta un máximo de 3,50 puntos. La experien-cia profesional computable se puntuará por meses efectivoscompletos, despreciándose las fracciones inferiores, salvocasos de empate. A estos efectos se facilitará a los oposito-res junto con el modelo de instancia para presentar losméritos, la plantilla en la que se detallen las tareas y funcio-nes que serán objeto de valoración según este apartado.

c) Por estar en posesión de Diplomas por asistencia oaprovechamiento a Cursos de Formación o Perfeccionamiento.Se valorarán, hasta un máximo de 2,50 puntos, los Cursos deFormación y Perfeccionamiento que tengan relación directacon las tareas y cometidos propios de la plaza y que hubierensido convocados u organizados por esta Diputación Provincial,así como por Institutos y Escuelas Oficiales de formación deFuncionarios y personal al servicio de la Administración, Orga-nizaciones Sindicales, Universidades, INEM, Generalitat Va-lenciana u otras Comunidades Autónomas, Colegios Oficialesu otras entidades de carácter o interés público.

En todos los casos se valorarán una sola vez los cursosrelativos a una misma materia, aunque se haya repetido suparticipación.

No se valorará, tanto los cursos que no acrediten lashoras de duración como los inferiores a 15 horas lectivas, lospertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado,los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativosa Jornadas, Mesas redondas, Encuentros, Debates, Congre-sos, Seminarios, Simposios o análogos.

La valoración de cada Curso se efectuará en función desu duración con arreglo a la siguiente escala:

- De 15 o más horas: 0,15 puntos.- De 25 o más horas: 0,25 puntos.- De 35 o más horas: 0,35 puntos.- De 50 o más horas: 0,50 puntos.d) Otros méritos.- Se valorarán hasta un máximo de

2,50 puntos, desglosados de la siguiente forma:1).- Se valorará, hasta un máximo de 0,50 puntos, el

conocimiento del Valenciano siempre que se acredite estaren posesión del certificado expedido por la Junta Qualificadorade Coneixements del valencià o equivalente reconocido porla Generalitat Valenciana, con arreglo a la siguiente escala:

- Certificado de Coneixements orals: 0,10 puntos.- Certificado de Grau Elemental: 0,20 puntos.- Certificado de Grau Mitjà: 0,30 puntos.- Certificado de Grau Superior: 0,50 puntos.En caso de poseer más de un certificado de conocimien-

to del valenciano, sólo se valorará el de nivel superior.

2).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, el cono-cimiento de lenguas oficiales de la Unión Europea diferentesde la lengua española, acreditándose documentalmentemediante certificados expedidos por las Escuelas Oficialesde Idiomas o cursos obtenidos en el extranjero, en cuyo casose deberá estar en posesión de la credencial que acredite suhomologación o convalidación, a razón de 0,20 puntos porcurso.

Para la valoración de los idiomas comunitarios, enningún caso se considerarán los cursos superados de idio-mas incluidos en los planes de estudios de Bachiller Elemen-tal, Graduado Escolar, Formación Profesional, Bachiller Su-perior y de estudios universitarios de cualquier nivel.

3).- Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, la pose-sión de títulos académicos oficiales superiores al exigido enla convocatoria, en el bien entendido que sólo se valorará elde nivel superior.

Serán méritos puntuables en cada concursante, loscontraídos hasta el día de publicación del anuncio-extractode la convocatoria en el B.O.E.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, nipodrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fasede oposición, por lo que solamente se procederá a puntuarel concurso en el caso de haber superado el nivel de aptitudestablecido para todos y cada uno de los ejercicios decarácter eliminatorio de la fase de oposición.

Séptima.- Desarrollo de las pruebas.I.- En la resolución de la señora Diputada del Área de

Economía, Hacienda y Recursos Humanos de la Corpora-ción a que se refiere la Base Cuarta, y que se publicará en elBoletín Oficial de la Provincia, se anunciará, asimismo, eldía, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de laFase de Oposición y los sucesivos anuncios de la presenteconvocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de laCorporación.

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo delsiguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas ymáximo de 45 días naturales.

No obstante, se podrán reducir los plazos indicados enel párrafo anterior si lo propusiera la Comisión Técnica deValoración y aceptaran todos los aspirantes o fuera solicita-do por éstos unánimemente.

Los aspirantes que lo deseen podrán realizar las prue-bas en valenciano, debiendo referirlo expresamente en suinstancia.

II.- Los aspirantes quedarán decaídos en su derechocuando se personen en los lugares de celebración una veziniciadas las pruebas o por la inasistencia a las mismas, auncuando se deba a causas justificadas. Tratándose de prue-bas orales u otras de carácter individual y sucesivo, laComisión Técnica de Valoración podrá apreciar las causasalegadas y admitir al aspirante, siempre y cuando las mismasno hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe elprincipio de igualdad con el resto de los aspirantes.

III.- El orden de actuación de los aspirantes, en elsupuesto de que en algún ejercicio no pudieran actuarconjuntamente, vendrá determinado por orden alfabético,iniciándose por aquél cuyo primer apellido comience por laletra surgida del sorteo celebrado al efecto.

La Comisión Técnica de Valoración en la realización delos ejercicios escritos deberá garantizar, siempre que seaposible, el anonimato de los aspirantes.

En cualquier momento la Comisión Técnica de Valora-ción podrá requerir a los aspirantes que acrediten su perso-nalidad.

Los aspirantes deberán observar en todo momento lasinstrucciones de los miembros de la Comisión Técnica o delpersonal ayudante o asesor durante la celebración de laspruebas, en orden al adecuado desarrollo de las mismas.

Durante la realización de los ejercicios, no está permi-tido el uso de teléfonos móviles u otros dispositivos suscep-tibles de almacenar o transmitir información.

Junto con el resultado del último ejercicio de la fase deoposición, la Comisión Técnica de Valoración expondrá alpúblico la relación de aspirantes que, por haber superado

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boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166133

todos los ejercicios eliminatorios deben pasar a la fase deconcurso, emplazándolos para que en el plazo de 10 díashábiles presenten la documentación acreditativa de los mé-ritos previstos en la convocatoria, adjuntando certificacionesy/o justificantes acreditativos de los mismos. No obstante, enel caso de que los méritos alegados obren en el Área deRecursos Humanos de la Excma. Diputación Provincial,bastará con que se acredite esta circunstancia, y se identifi-quen y relacionen con toda claridad en la instancia, que en sucaso se presente, en el plazo señalado para aportar losméritos.

Una vez baremados los méritos, la Comisión Técnica deValoración expondrá al público la lista de aspirantes con laspuntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concedién-doles un plazo de diez días hábiles para que formulen lasalegaciones que estimen pertinentes en relación con labaremación.

Resueltas las posibles alegaciones, la Comisión Técni-ca de Valoración publicará la relación definitiva de aspirantesaprobados por su orden de puntuación.

Octava.- Calificaciones.I.- Fase de Oposición: cada uno de los ejercicios de la

Fase de Oposición se calificará conforme a lo establecido enla Base Sexta, apartado I.

II.- Fase de Concurso: la valoración de los méritos decada aspirante se obtendrá aplicando las reglas que figuranen la Base Sexta, apartado II.

III.- La calificación definitiva de cada aspirante vendrádeterminada por la suma de las puntuaciones obtenidas enla Fase de Oposición y en la Fase de Concurso.

Novena.- Relación de aprobados y propuesta de nom-bramiento.

I.- Finalizada la calificación, la Comisión Técnica deValoración publicará en el tablón de anuncios de la Corpora-ción la «relación de los aspirantes aprobados», por orden depuntuación, no pudiendo rebasar ésta el número de plazasconvocadas en el Concurso-Oposición.

Cualquier Propuesta de aprobados que contravenga loanteriormente establecido será nula de pleno derecho.

II.- El Presidente de la Comisión Técnica de Valoraciónelevará la «relación de los aspirantes aprobados» a la señoraDiputada del Área de Economía, Hacienda y Recursos Hu-manos de la Corporación con propuesta de nombramientode funcionario de carrera.

No obstante lo anterior, y con el fin de asegurar lacobertura del número de plazas convocadas, cuando seproduzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antesde su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocantepodrá requerir del órgano de selección relación complemen-taria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para suposible nombramiento como funcionario de carrera.

Décima.- Presentación de documentos.I.- En el plazo de 20 días naturales, a contar del de la

publicación de la «relación del aspirante aprobado», a que serefiere la Base anterior, el aspirante que figure en ella deberápresentar los documentos acreditativos de capacidad y re-quisitos exigidos en la Base Segunda, a saber:

1) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o docu-mentación que acredite cumplir el requisito de la base segundaI, a), que se presentarán con el original para su compulsa.

2) Copia autenticada o fotocopia (acompañada deloriginal para su cotejo) de la Titulación exigida en la convo-catoria, o justificante de haber abonado los derechos para suexpedición. Si estos documentos estuvieran expedidos des-pués de la fecha en que expiró el plazo de presentación deinstancias, se deberá justificar el momento en que concluyólos estudios.

3) Certificado del Registro Central de Penados y Rebel-des, cuyo trámite facilitará el Departamento de Personal dela Excma. Diputación Provincial de Alicante.

4) Declaración de no haber sido separado medianteexpediente disciplinario, del servicio de cualquiera de lasAdministraciones Públicas, así como no hallarse incurso enninguna de las causas de incapacidad específica, conformea la normativa vigente.

5) El Servicio de Prevención de la Excma. DiputaciónProvincial procederá a realizar el reconocimiento médico delos aspirantes aprobados al objeto de determinar la aptitudfísica o psíquica para el desempeño de las plazas objeto deesta convocatoria.

Los aspirantes que tengan la condición legal deminusválidos deberán presentar, además, certificación delórgano competente, que acredite tal condición y su capaci-dad para desempeñar las tareas que correspondan a lasplazas objeto de esta convocatoria.

II.- Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerzamayor, no presentarán la documentación o del examen de lamisma se dedujera que carecen de alguno de los requisitosseñalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados yquedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de laresponsabilidad en que pudieran haber incurrido por false-dad en la solicitud inicial.

III.- Quien tuviere la condición de funcionario público ocontratado en régimen laboral por Organismos Públicos,estará exento de justificar las condiciones y los requisitosexigidos cuando obtuvieron su anterior nombramiento, por loque tendrán que presentar, únicamente, el certificado delMinisterio, Corporación Local u Organismo Público de quedependan, justificativo de su condición, de que cumplen lascondiciones y requisitos señalados en la Base Segunda, sinperjuicio de tener que acreditar aquellos que se exigen y noconsten en su expediente personal.

Undécima.- Nombramiento y toma de posesión.Cumplimentado por el aspirante propuesto lo estableci-

do en la Base anterior y realizados los trámites administrati-vos pertinentes, la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos de la Excma. DiputaciónProvincial efectuará el nombramiento correspondiente, de-biendo el interesado tomar posesión de su cargo en el plazoreglamentario. Si no tomaran posesión en el citado plazo, sincausa justificada, decaerán en su derecho, por caducidaddel nombramiento.

Duodécima.- Incompatibilidades.Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su

caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en laLey 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidadesdel Personal al servicio de las Administraciones Públicas, ydemás normativa aplicable.

Decimotercera.- Normativa.En todo lo no previsto en las presentes Bases, en lo que

no se oponga a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril,del Estatuto Básico del Empleado Público, se estará a lodispuesto en:

- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local;

- La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para laReforma de la Función Pública;

- El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que seestablecen las reglas básicas y programas mínimos a quedebe ajustarse el procedimiento de selección;

- El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,por el que se aprueba Texto Refundido de las Disposicioneslegales vigentes en materia de Régimen Local;

- El Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley de FunciónPública Valenciana.

- El Decreto 33/1999, de 9 de marzo, de la GeneralitatValenciana, por el que se aprueba el Reglamento de Selec-ción, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administra-tiva del Personal comprendido en el ámbito de aplicación dela Ley de la Función Pública Valenciana.

- El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que seaprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal alservicio de la Administración General del Estado y de Provisiónde Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcio-narios Civiles de la Administración General del Estado; y.

- demás disposiciones aplicables y concordantes.Decimocuarta.- Impugnación.Contra la presente convocatoria y/o sus bases, cuyo

acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa

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podrá interponerse, por los interesados legitimados,potestativamente, en base al artículo 116 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, recursode reposición ante la señora Diputada del Área de Economía,Hacienda y Recursos Humanos, en el plazo de un mes acontar desde el día siguiente al de la publicación del extractode estas bases en el Boletín Oficial del Estado, o bien,interponer directamente recurso contencioso-administrativoante el Juzgado de este orden de Alicante o bien a suelección, el de la circunscripción de su domicilio si lo tuvierafuera de Alicante, en el plazo de dos meses a contar desdela fecha de publicación del referido extracto en el B.O.E. atenor de lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Admi-nistrativa advirtiéndole que tales recursos no tienen efectosuspensivo, y ello sin perjuicio de que se pueda ejercitarcualquier otro que estime pertinente.

Anexo.Temario.1. La Constitución Española de 1978. Principios Gene-

rales. Derechos y Deberes fundamentales de los españoles.El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.

2. La Diputación Provincial: su composición y compe-tencias. Los órganos de Gobierno. El Pleno, la Junta deGobierno y las Comisiones Informativas. El Pleno y losDiputados Provinciales.

3. La Calidad en la Administración Pública: los concep-tos de calidad y modernización; la Administración PúblicaEspañola; la gestión de la calidad en la Diputación deAlicante.

4. Los manuales del Profesor y del Alumno: partes quecomponen cada uno de ellos. Montaje de los mismos.Personalización del material.

5. Preparación y montaje de aulas, en función de lametodología requerida para cada tipo de curso.

6. Medios didácticos (Audiovisuales). Manejo e instala-ción de medios y ayudas didácticas.

7. Recogida y distribución interna y externa de docu-mentos, materiales y correspondencia. Medios y formas.

8. La Comunicación. El proceso de comunicación. Le-yes básicas y barreras en el proceso de la comunicación.Degradación de mensajes y especial relevancia del fee-dback. La Escucha. Componentes. Técnicas de escucha.Escucha activa y eficaz.

9. El almacén. Clasificación, ordenación y seguimiento delos materiales almacenados. Entradas y salidas del almacén.

10. La Prevención de riesgos laborales en la Adminis-tración. El Trabajo y la Salud: los riesgos profesionales.Marco normativo básico en materia de prevención de riesgoslaborales. Derechos y deberes básicos en esta materia.

Lo que se hace público para general conocimiento,haciendo saber que contra la presente convocatoria y susbases cabe interponer los recursos contenidos en la BaseDecimocuarta, y que los interesados podrán solicitar lostemas 3 y 10 del Temario, en la Oficina de información deesta Corporación, y a través de la página web de la misma(www.ladipu.com).

Alicante, 21 de agosto de 2008.La Secretaria en funciones, Mª José Argudo Poyatos. El

Presidente accidental, Carlos Manzón Guixot.*0818095*

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOSALICANTE

EDICTO

Doña Carmen López Rodríguez, Secretaria del Juzga-do de lo Social Número Dos de los de Alicante.

Hago saber: que en este Juzgado se siguen autos connúmero de ejecución 163/2008 a instancias de Jorge CorbiFernández contra Hormas Maestre S.L. en la que el día 11-8-08 se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice:

«Dispongo:Se acuerda la ejecución de la sentencia de fecha 19-5-

08 dictada por este Juzgado de lo Social por cuantía de24.093,65 euros de principal adeudados por hormas maestre,S.L., más 3.373 euros presupuestados provisionalmentepara intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación ytasación definitivas.

Una vez firme la presente resolución acumúlese laspresentes actuaciones a la ejecución que se sigue en esteJuzgado contra la misma empresa, registrada con el número159/08.

Notifíquese la presente a las partes, con la advertenciade que no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición,que con arreglo a los artículos 556 a 558 de la L.E.C. sepuedan alegar (artículo 551.2 L.E.C.).

Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña MªPaz Fernández Muñoz, Magistrada en sustitución regla-mentaria del Juzgado de lo Social Número Dos de los deAlicante.»

Y para que conste y sirva de notificación a HormasMaestre S.L. que se encuentra en ignorado paradero, asícomo para su inserción en el tablón de anuncios y publica-ción en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente.

Alicante, 11 de agosto de 2008.La Secretaria Judicial. Rubricado.

*0817987*

EDICTO

Doña Carmen López Rodríguez, Secretaria del Juzga-do de lo Social Número Dos de los de Alicante.

Hago saber: que en este Juzgado se siguen autos connúmero de ejecución 164/2008 a instancias de SalvadorCorbi Sánchez contra Hormas Maestre S.L. en la que el día11-8-08 se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice:

«Dispongo:Se acuerda la ejecución de la sentencia de fecha 19-5-08

dictada por este Juzgado de lo Social por cuantía de 86.979,5euros de principal adeudados por Hormas Maestre, S.L., más12.177 euros presupuestados provisionalmente para interesesy costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas.

Una vez firme la presente resolución acumúlese las pre-sentes actuaciones a la ejecución que se sigue en este Juzgadocontra la misma empresa, registrada con el número 159/08.

Notifíquese la presente a las partes, con la advertenciade que no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición,que con arreglo a los artículos 556 a 558 de la L.E.C. sepuedan alegar (artículo 551.2 L.E.C.).

Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña MªPaz Fernández Muñoz, Magistrada en sustitución reglamen-taria del Juzgado de lo Social Número Dos de los de Alicante.»

Y para que conste y sirva de notificación a HormasMaestre S.L. que se encuentra en ignorado paradero, asícomo para su inserción en el tablón de anuncios y publica-ción en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente.

Alicante, 11 de agosto de 2008.La Secretaria Judicial. Rubricado.

*0817988*

EDICTO

Doña Carmen López Rodríguez, Secretaria del Juzga-do de lo Social Número Dos de los de Alicante.

Page 135: BOLETÍN OFICIAL - … · -acta de la comisiÓn paritaria del convenio colectivo de empresas de captaciÓn, elevaciÓn, conducciÓn, tratamiento, desalinizaciÓn, depuraciÓn y distribuciÓn

boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166135

Hago saber: que en este Juzgado se siguen autos connúmero de ejecución 165/2008 a instancias de María RaquelJuan Domínguez contra Crismax S.L. en la que el día 11-8-08 se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice:

«Dispongo:Se acuerda la ejecución de la sentencia de fecha 28-4-08

dictada por este Juzgado de lo Social por cuantía de 3.487,13euros de principal adeudados por Crismax, S.L., más 488euros presupuestados provisionalmente para intereses y cos-tas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas.

Para su efectividad, practíquense las siguientes diligencias:Primero.- Requiérase al deudor para que efectúe manifes-

tación acerca de los bienes o derechos de que sea titular, conla precisión necesaria. Deberá, en su caso, indicar las personasque ostentan derechos sobre sus bienes y si éstos están sujetosa otro proceso, concretar los extremos de éste que puedaninteresar a la ejecución. En el caso de que los bienes esténgravados con cargas reales, deberá asimismo manifestar elimporte del crédito garantizado y, en su caso, la parte pendientede pago. Si se trata de bienes inmuebles, deberá expresar siestán ocupados, por qué personas y con qué título.

Adviértase al deudor que, de no atender al requerimien-to, podrá imponérsele un apremio pecuniario por cada día deatraso, en las condiciones establecidas en el artículo 239 dela Ley de Procedimiento Laboral.

Segundo.- Practíquese diligencia de embargo sobre bie-nes o derechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir elimporte de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido enel artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienes embar-gados conforme a Derecho, sirviendo la presente resoluciónde mandamiento en forma para la Comisión Judicial que hayade practicar el embargo, la cual queda facultada para entrar enel local de negocios o vivienda particular y para requerir, en sucaso, el auxilio de la Fuerza Pública.

Tercero.- Sin perjuicio de todo ello, procédase a la averi-guación de bienes del apremiado de conformidad con el artículo248 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral,mediante el acceso a las aplicaciones informáticas disponibles.

Consultada la A.E.A.T. de Alicante, resulta la empresaejecutada titular de cuentas bancarias, por lo que se decretael embargo del saldo de la cuenta que el ejecutado tieneabierta en la Caixa, a tal efecto remítanse oficio a la mencio-nada Entidad bancaria, a fin de que procedan a retener yponer a disposición de este Juzgado cantidad suficiente paracubrir el principal pendiente de abono, más los intereses ycostas presupuestados provisionalmente.

Notifíquese la presente a las partes, con la advertenciade que no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición,que con arreglo a los artículos 556 a 558 de la L.E.C. sepuedan alegar (artículo 551.2 L.E.C.).

Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña MªCruz Fernández Muñoz, Magistrada en sustitución reglamen-taria del Juzgado de lo Social Número Dos de los de Alicante.»

Y para que conste y sirva de notificación a Crismax S.L.que se encuentra en ignorado paradero, así como para suinserción en el tablón de anuncios y publicación en el BoletínOficial de la Provincia, expido el presente.

Alicante, 11 de agosto de 2008.La Secretaria Judicial. Rubricado.

*0817989*

EDICTO

Doña Carmen López Rodríguez, Secretaria del Juzga-do de lo Social Número Dos de los de Alicante.

Hago saber: que en este Juzgado se siguen autos connúmero de ejecución 168/2008 a instancias de Antonio JoséNavarro García contra Instalaciones y Montajes AquasanS.L. en la que el día 11-8-08 se ha dictado auto cuya partedispositiva dice:

«Dispongo.- Se acuerda la ejecución de la sentencia defecha 23-5-08 dictada por este Juzgado de lo Social porcuantía de 9.213,43 euros de principal adeudados por Insta-

laciones y Montajes Aquasan, S.L., más 1.289 euros presu-puestados provisionalmente para intereses y costas, sinperjuicio de su liquidación y tasación definitivas.

Para su efectividad, practíquense las siguientes diligencias:Primero.- Requiérase al deudor para que efectúe manifes-

tación acerca de los bienes o derechos de que sea titular, conla precisión necesaria. Deberá, en su caso, indicar las personasque ostentan derechos sobre sus bienes y si éstos están sujetosa otro proceso, concretar los extremos de éste que puedaninteresar a la ejecución. En el caso de que los bienes esténgravados con cargas reales, deberá asimismo manifestar elimporte del crédito garantizado y, en su caso, la parte pendientede pago. Si se trata de bienes inmuebles, deberá expresar siestán ocupados, por qué personas y con qué título.

Adviértase al deudor que, de no atender al requerimien-to, podrá imponérsele un apremio pecuniario por cada día deatraso, en las condiciones establecidas en el artículo 239 dela Ley de Procedimiento Laboral.

Segundo.- Practíquese diligencia de embargo sobre bie-nes o derechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir elimporte de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido enel artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienes embar-gados conforme a Derecho, sirviendo la presente resoluciónde mandamiento en forma para la Comisión Judicial que hayade practicar el embargo, la cual queda facultada para entrar enel local de negocios o vivienda particular y para requerir, en sucaso, el auxilio de la Fuerza Pública.

Tercero.- Sin perjuicio de todo ello, procédase a la averi-guación de bienes del apremiado de conformidad con el artículo248 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral,mediante el acceso a las aplicaciones informáticas disponibles.

Consultado el registro de la Dirección General de Tráfico,resulta la empresa ejecutada titular de vehículos, por lo que sedecreta el embargo sobre los vehículos 1247DKB, 7774FKF y9210BDY, propiedad de la empresa ejecutada para responderdel principal e intereses y costas del presente procedimiento.

A tal efecto diríjase comunicación al Registro de BienesMuebles de Alicante a los efectos de su anotación de embar-go, y una vez recibido el oficio correspondiente, ofíciese a laPolicía Municipal para su Precinto, si procede.

Consultada la A.E.A.T. de Alicante consta que el ejecu-tada es titular de cuentas bancarias, por lo que se declaranembargados los saldos de las cuentas que el ejecutado tieneabiertas en la Caixa y Caja Murcia, a tal efecto remítanseoficios a las mencionadas Entidades bancarias, a fin de queprocedan a retener y poner a disposición de este Juzgadocantidad suficiente para cubrir el principal pendiente deabono mas los intereses y costas, debiendo hacer efectivoslos respectivos ingresos en la cuenta de Consignaciones deeste Juzgado abierta en el Banesto, cuenta número 0112-0000-64-0168/08, requiriéndoles para que en el caso de noser suficiente el saldo existente en la actualidad se procedaa la retención y puesta a disposición de este Juzgado de lascantidades que con posterioridad a esta fecha se vayaningresando a favor del ejecutado.

Notifíquese la presente a las partes, con la advertenciade que no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición,que con arreglo a los artículos 556 a 558 de la L.E.C. sepuedan alegar (artículo 551.2 L.E.C.).

Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña MªPaz Fernández Muñoz, Magistrada en sustitución reglamen-taria del Juzgado de lo Social Número Dos de los de Alicante.»

Y para que conste y sirva de notificación a Instalacionesy Montajes Aquasan S.L. que se encuentra en ignoradoparadero, así como para su inserción en el tablón de anun-cios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expidoel presente.

Alicante, 11 de agosto de 2008.La Secretaria Judicial. Rubricado.

*0817991*

EDICTO

Don Manuel Jorques Ortiz, Secretario Judicial en susti-tución reglamentaria, del Juzgado de lo Social Número Dosde Alicante.

Page 136: BOLETÍN OFICIAL - … · -acta de la comisiÓn paritaria del convenio colectivo de empresas de captaciÓn, elevaciÓn, conducciÓn, tratamiento, desalinizaciÓn, depuraciÓn y distribuciÓn

136boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166

Hago saber: que en este Juzgado se siguen autos connúmero de ejecución 155/2008 a instancias de DanielaMontes Pacheco contra E.R. Universitaria Diego de LeónS.L. en la que el día 18-8-08 se ha dictado auto cuya partedispositiva dice:

«S.Sª. Iltma. por ante mí dijo: a los efectos de laspresentes actuaciones, se declara insolvente provisional alejecutado E.R. Universitaria Diego de León S.L. sin perjuiciode que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivasen sus bienes, las cantidades que está obligado a satisfacer,cuyo principal asciende a 7.609,77 €, más 1.065 € calcula-dos provisionalmente para intereses y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes y alFondo de Garantía Salarial haciéndoles saber que contra elpresente podrán interponer recurso de Reposición en elplazo de cinco días, y una vez firme la misma, archívense lasactuaciones sin más trámite.

Así lo acordó y firma S.Sª. la Iltma. señora doña EulaliaMartínez López, Magistrada en sustitución reglamentaria delJuzgado de lo Social Número Dos de esta ciudad.»

Y para que conste y sirva de notificación a E.R. UniversitariaDiego de León S.L. que se encuentra en ignorado paradero, asícomo para su inserción en el tablón de anuncios y publicación enel Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente.

Alicante, 18 de agosto de 2008.El Secretario Judicial. Rubricado.

*0817992*

EDICTO

Don Manuel Jorques Ortiz, Secretario Judicial en susti-tución reglamentaria, del Juzgado de lo Social Número Dosde Alicante.

Hago saber: que en este Juzgado se siguen autos connúmero de ejecución 53-54/2008 a instancias de Pedro JuanVázquez Lorenzo y Venancio José Pérez Pastor contraComercial Viver S.L. en la que el día 18-8-08 se ha dictadoauto cuya parte dispositiva dice:

«S.Sª. Iltma. por ante mí dijo: a los efectos de laspresentes actuaciones, se declara insolvente provisional alejecutado Comercial Viver S.L. sin perjuicio de que llegara amejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes, lascantidades que está obligado a satisfacer, cuyo principalasciende a 44.255,51 €, más 6.195 € calculados provisional-mente para intereses y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes y alFondo de Garantía Salarial haciéndoles saber que contra elpresente podrán interponer recurso de reposición en el plazode cinco días, y una vez firme la misma, archívense lasactuaciones sin más trámite.

Así lo acordó y firma S.Sª. la Iltma. señora doña EulaliaMartínez López, Magistrada en sustitución reglamentaria delJuzgado de lo Social Número Dos de esta ciudad.»

Y para que conste y sirva de notificación a ComercialViver S.L. que se encuentra en ignorado paradero, así comopara su inserción en el tablón de anuncios y publicación enel Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente.

Alicante, 18 de agosto de 2008.El Secretario Judicial. Rubricado.

*0817993*

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRESALICANTE

EDICTO

Doña María Isabel Martínez Berenguer, Secretaria Ju-dicial del Juzgado de lo Social Número Tres de Alicante.

Hago saber: que en el procedimiento de este Juzgadonúmero 81/2008 en trámites de ejecución número 151/2008,en reclamación de despido, a instancias de Josefa RequenaJiménez, Antonio Risueño Fernández y Amparo Ruiz Ruiz,contra Ratria S.L., se ha dictado auto ejecución con fecha25.07.08, cuya parte dispositiva dice:

«Procédase a la ejecución y se decreta, sin previorequerimiento, embargo de bienes de la parte ejecutadaRatria S.L. suficientes para cubrir la cantidad de 15.811,65euros en concepto de principal mas la de 2.767,03 euros quesin perjuicio se fijan provisionalmente en concepto de intere-ses por demora y costas con inclusión, si procediera, deminuta de honorarios. Sirviendo la presente resolución deMandamiento en forma para la Comisión Judicial que hayade practicar el embargo, así como para solicitar el auxilio dela Fuerza Pública, si preciso fuere, guardándose en la trabael orden y limitaciones establecido en la L. E. C. Se acuerdael embargo de las devoluciones que por el I.V.A. o cualquierotro concepto deba percibir la empresa ejecutada, en cuantíasuficiente a cubrir las cantidades reclamadas, remítase oficioa la Agencia Estatal de la Administración Tributaria deAlicante a los efectos acordados.

Sin perjuicio de todo ello, consúltense los registrosinformáticos correspondientes de la A.E.A.T., a fin de obte-ner la relación de bienes o derechos del apremiado uniéndo-se a autos los informes para su constancia.»

Y para que sirva de notificación al demandado RatriaS.L., del que se ignora su actual paradero y el último cono-cido lo fue en Petrer, se expide la presente con la advertenciade que las siguientes comunicaciones con la parte a la queva dirigida la presente, se hará por estrados, salvo las quedeban revestir la forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Alicante, 25 de julio de 2008.La Secretaria Judicial. Rubricado.

*0817215*

EDICTO

Don Manuel Jorques Ortiz, Secretario P.S.R. del Juzga-do de lo Social Número Tres de Alicante.

Hago saber: que en este Juzgado de lo Social y con elnúmero 607/2008 se sigue procedimiento en reclamaciónpor despido, a instancia de María Ángeles Losa Riera contraTrabtel España S.L. y Agetel de Telecomunicaciones delMediterráneo, en cuyas actuaciones se ha señalado paraque tenga lugar el acto de juicio el día 3 de noviembre de2008 a las 11.20 horas: e ignorándose el actual paradero deldemandado Trabtel España S.L. y Agetel de Telecomunica-ciones del Mediterráneo cuyo último domicilio conocido fueen Alicante calle Rambla Méndez Núñez, 37, por el presentese le cita para dicho día y hora, con la prevención de que sino compareciere, le parará los perjuicios a que hubiere lugaren derecho.

Se advierte que las siguientes comunicaciones con laparte a la que va dirigida la presente, se harán por Estrados,salvo que deban revestir forma de auto, sentencia o se tratede emplazamiento.

Alicante, 19 de agosto de 2008.Rubricado.

*0817998*

EDICTO

Don Manuel Jorques Ortiz, Secretario P.S.R. del Juzga-do de lo Social Número Tres de Alicante.

Hago saber: que en este Juzgado de lo Social y con elnúmero 660/2008 se sigue procedimiento en reclamaciónpor despido, a instancia de Josep Miguel Moll Beneito contraEstampados Prats S.L., en cuyas actuaciones se ha señala-do para que tenga lugar el acto de juicio el día 3 de noviembrede 2008 a las 11.00 horas: e ignorándose el actual paraderodel demandado Estampados Prats S.L. cuyo último domicilioconocido fue en Cocentaina calle carretera Alcudia, 18, porel presente se le cita para dicho día y hora, con la prevenciónde que si no compareciere, le parará los perjuicios a quehubiere lugar en derecho.

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boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166137

Se advierte que las siguientes comunicaciones con laparte a la que va dirigida la presente, se harán por Estrados,salvo que deban revestir forma de auto, sentencia o se tratede emplazamiento.

Alicante, 18 de agosto de 2008.Rubricado.

*0818000*

EDICTO

Doña Mª Isabel Martínez Berenguer, Secretaria delJuzgado de lo Social Número Tres de Alicante.

Hago saber: que en este Juzgado de lo Social y con elnúmero 661/2008 se sigue procedimiento en reclamaciónpor despido, a instancia de Habib Benkourdel contra PolablasS.L. y Astilleros Santa Pola S.L., en cuyas actuaciones se haseñalado para que tenga lugar el acto de juicio el día 5 denoviembre de 2008 a las 10.50 horas: e ignorándose el actualparadero del demandado Polablas S.L. y Astilleros SantaPola S.L. cuyo último domicilio conocido fue en Alicante calleMuelle Poniente sin número, por el presente se le cita paradicho día y hora, con la prevención de que si no compareciere,le parará los perjuicios a que hubiere lugar en derecho.

Se advierte que las siguientes comunicaciones con laparte a la que va dirigida la presente, se harán por Estrados,salvo que deban revestir forma de auto, sentencia o se tratede emplazamiento.

Alicante, 19 de agosto de 2008.Rubricado.

*0818002*

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CINCOALICANTE

EDICTO

Autos: 646/2008.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de

referencia arriba indicado se sigue expediente por despido,a instancia de Mohammed Hamdani contra Casimiro ÁlvarezGonzález y Fondo de Garantía Salarial, en cuyas actuacio-nes se ha señalado para que tenga lugar comparecencia, eldía 04/11/08 a las 11.00, e, ignorándose el actual paraderode la parte demandada, por el presente se le cita para dichodía y hora, con la prevención de que si no compareciese, leparará los perjuicios a que hubiere lugar en derecho y con laadvertencia de que las siguientes comunicaciones se haránen estrados, salvo las que deban revestir forma de auto osentencia o se trate de emplazamiento según el artículo 59de la L.P.L.

Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.

Alicante, 13 de agosto de 2008.El Secretario Judicial. Rubricado.

*0818004*

EDICTO

Autos: 607/2008.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de

referencia arriba indicado se sigue expediente por despido,a instancia de Marta Álvarez García contra Trabtel EspañaS.L. y Agetel de Telecomunicaciones del Mediterráneo S.L.,en cuyas actuaciones se ha señalado para que tenga lugarcomparecencia, el día 28/10/08 a las 10,40, e, ignorándoseel actual paradero de la parte demandada, por el presente sele cita para dicho día y hora, con la prevención de que si nocompareciese, le parará los perjuicios a que hubiere lugar en

derecho y con la advertencia de que las siguientes comuni-caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestirforma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento segúnel artículo 59 de la L.P.L.

Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.

Alicante, 13 de agosto de 2008.El Secretario Judicial. Rubricado.

*0818005*

EDICTO

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.

Hago saber: que en este Juzgado se siguen autos 14/2008, a instancias de Mateo Feliu Planelles contra EnergyBuzón S.L., sobre despidos en cuyas actuaciones se hadictado AERL en fecha 04/04/08 cuya parte dispositiva diceliteralmente:

Dispongo.- Que debo declarar y declaro extinguida conesta fecha la relación laboral existente entre don Mateo FeliuPlanelles, y la empresa Energy Buzon S.L. condenando a lamisma a abonar al trabajador demandante la cantidad de6.318’88 en concepto de indemnización y de 10.300,64euros, en concepto de salarios de tramitación.

Notifíquese la presente resolución a las partes hacién-doles saber que contra la misma cabe interponer Recurso deReposición ante este Juzgado, en el plazo de cinco díashábiles, contados a partir del siguiente al de su notificación.

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma S.Sª.doña Eva Martínez Pérez, Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de Alicante, doy fe.-

Y para que sirva de notificación a Energ & Buzón S.L.expido el presente.

Alicante, 12 de agosto de 2008.El Secretario Judicial. Rubricado.

*0818006*

EDICTO

Autos: 305/2008.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de

referencia arriba indicado se sigue expediente por despido,a instancia de Vanessa Jiménez Gisbert contra MontadosPassin S.L. y Fondo de Garantía Salarial, en cuyas actuacio-nes se ha señalado para que tenga lugar comparecencia, eldía 15/09/08 a las 9.30, e, ignorándose el actual paradero dela parte demandada, por el presente se le cita para dicho díay hora, con la prevención de que si no compareciese, leparará los perjuicios a que hubiere lugar en derecho y con laadvertencia de que las siguientes comunicaciones se haránen estrados, salvo las que deban revestir forma de auto osentencia o se trate de emplazamiento según el artículo 59de la L.P.L.

Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.

Alicante, 19 de agosto de 2008.El Secretario Judicial. Rubricado.

*0818007*

EDICTO

Autos: 655/2008.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de

referencia arriba indicado se sigue expediente por despido,a instancia de Francisco Albadalejo Sánchez contra Estam-pados Prats S.L., en cuyas actuaciones se ha señalado paraque tenga lugar comparecencia, el día 11/11/08 a las 10.50,e, ignorándose el actual paradero de la parte demandada,

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por el presente se le cita para dicho día y hora, con laprevención de que si no compareciese, le parará los perjui-cios a que hubiere lugar en derecho y con la advertencia deque las siguientes comunicaciones se harán en estrados,salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o setrate de emplazamiento según el artículo 59 de la L.P.L.

Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.

Alicante, 20 de agosto de 2008.El Secretario Judicial. Rubricado.

*0818009*

EDICTO

Autos: 651/2008.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de

referencia arriba indicado se sigue expediente por despido,a instancia de Melchor Ramírez Guerri contra Pepe BotellaS.L. y Fogasa, en cuyas actuaciones se ha señalado paraque tenga lugar comparecencia, el día 10/11/08 a las 11.00,e, ignorándose el actual paradero de la parte demandada,por el presente se le cita para dicho día y hora, con laprevención de que si no compareciese, le parará los perjui-cios a que hubiere lugar en derecho y con la advertencia deque las siguientes comunicaciones se harán en estrados,salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o setrate de emplazamiento según el artículo 59 de la L.P.L.

Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.

Alicante, 18 de agosto de 2008.El Secretario Judicial. Rubricado.

*0818011*

EDICTO

Autos: 652/2008.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de

referencia arriba indicado se sigue expediente por despido,a instancia de Juan Carlos Díaz Perales, Javier AsensioBenítez, Álvaro Arnedo Carreño, Lino Arnedo Milán, DavidLópez Juan, David Mansilla Pérez, Manuel Coronel Mateo,Luis Antonio Rubio Martín y Pablo Vidal Yuste contra Portalde la Loma S.L. y Fogasa, en cuyas actuaciones se haseñalado para que tenga lugar comparecencia, el día 10/11/08 a las 11.10, e, ignorándose el actual paradero de la partedemandada, por el presente se le cita para dicho día y hora,con la prevención de que si no compareciese, le parará losperjuicios a que hubiere lugar en derecho y con la adverten-cia de que las siguientes comunicaciones se harán enestrados, salvo las que deban revestir forma de auto osentencia o se trate de emplazamiento según el artículo 59de la L.P.L.

Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.

Alicante, 14 de agosto de 2008.El Secretario Judicial. Rubricado.

*0818012*

EDICTO

Autos: 641/2008.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de

referencia arriba indicado se sigue expediente por despido,a instancia de Guadalupe Martínez González contra Ahuma-dos Gimar S.L., en cuyas actuaciones se ha señalado paraque tenga lugar comparecencia, el día 04/11/08 a las 10.50,e, ignorándose el actual paradero de la parte demandada,por el presente se le cita para dicho día y hora, con laprevención de que si no compareciese, le parará los perjui-

cios a que hubiere lugar en derecho y con la advertencia deque las siguientes comunicaciones se harán en estrados,salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o setrate de emplazamiento según el artículo 59 de la L.P.L.

Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.

Alicante, 11 de agosto de 2008.El Secretario Judicial. Rubricado.

*0818016*

EDICTO

Autos: 640/2008.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de

referencia arriba indicado se sigue expediente por despido, ainstancia de Soledad García Pérez contra Tecnotac S.L.U. yFondo de Garantía Salarial, en cuyas actuaciones se haseñalado para que tenga lugar comparecencia, el día 04/11/08 a las 10.40, e, ignorándose el actual paradero de la partedemandada, por el presente se le cita para dicho día y hora,con la prevención de que si no compareciese, le parará losperjuicios a que hubiere lugar en derecho y con la advertenciade que las siguientes comunicaciones se harán en estrados,salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o setrate de emplazamiento según el artículo 59 de la L.P.L.

Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.

Alicante, 11 de agosto de 2008.El Secretario Judicial. Rubricado.

*0818019*

EDICTO

Autos: 637/2008.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de

referencia arriba indicado se sigue expediente por despido,a instancia de Antonio Yuste Lladosa contra ConstruccionesPetrel M.M. S.L. y Fondo de Garantía Salarial, en cuyasactuaciones se ha señalado para que tenga lugar compare-cencia, el día 29/09/08 a las 10.20, e, ignorándose el actualparadero de la parte demandada, por el presente se le citapara dicho día y hora, con la prevención de que si nocompareciese, le parará los perjuicios a que hubiere lugar enderecho y con la advertencia de que las siguientes comu-nicaciones se harán en estrados, salvo las que deban reves-tir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamientosegún el artículo 59 de la L.P.L.

Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.

Alicante, 11 de agosto de 2008.El Secretario Judicial. Rubricado.

*0818023*

EDICTO

Autos: 639/2008.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de

referencia arriba indicado se sigue expediente por despido,a instancia de Lorena Gutiérrez Rodríguez contraRecubrimientos Argencrom S.L. y Fantasías Metálicas S.L.,en cuyas actuaciones se ha señalado para que tenga lugarcomparecencia, el día 27/10/08 a las 11.00, e, ignorándoseel actual paradero de la parte demandada, por el presente sele cita para dicho día y hora, con la prevención de que si nocompareciese, le parará los perjuicios a que hubiere lugar enderecho y con la advertencia de que las siguientes comuni-caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestirforma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento segúnel artículo 59 de la L.P.L.

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boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166139

Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.

Alicante, 11 de agosto de 2008.El Secretario Judicial. Rubricado.

*0818025*

EDICTO

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.

Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 173/2008, a instancias de José Miguel Candel Cam-pillo, Tatiana Deltell Granja y Tomas Martínez Ramírezcontra Enecol Adhesivos S.L., en cuyas actuaciones se hadictado Auto de Ejecución de fecha trece de agosto de dosmil ocho cuya parte dispositiva dice literalmente:

«Se decreta la ejecución de la sentencia dictada en lospresentes autos contra los bienes del condenado EnecolAdhesivos S.L., por cuantía de 93.714,63 € de principaladeudado, más 19.680,07 € presupuestados provisional-mente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidacióny tasación definitivas, a cuyo fin:

a) Procédase a la averiguación de bienes del apremiadoy al embargo de los que fueren hallados, en concreto sobrelos saldos, depósitos, fondos de inversión y/u otros activosfinancieros de los que sea titular, así como sobre las cantida-des que por cualquier concepto le deba reintegrar la Hacien-da Pública, librándose para su efectividad los mandamientosnecesarios y dejando en autos copia de los mismos para suconstancia.

b) Requiérase al deudor para que efectúe manifesta-ción acerca de los bienes o derechos de que sea titular, conla precisión necesaria. Deberá, en su caso, indicar laspersonas que ostentan derechos sobre sus bienes y si éstosestán sujetos a otro proceso, concretar los extremos de ésteque puedan interesar a la ejecución. En el caso de que losbienes estén gravados con cargas reales, deberá asimismomanifestar el importe del crédito garantizado y, en su caso,la parte pendiente de pago. Si se trata de bienes inmuebles,deberá expresar si están ocupados, por qué personas y conqué título. Adviértase al deudor que, de no atender al reque-rimiento, podrá imponérsele un apremio pecuniario por cadadía de atraso, en las condiciones establecidas en el artículo239 de la Ley de Procedimiento Laboral.

c) Practíquese diligencia de embargo sobre bienes oderechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir elimporte de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido enel artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienesembargados conforme a Derecho, sirviendo la presenteresolución de mandamiento en forma para la ComisiónJudicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.

Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a laspartes, haciéndoles saber que contra la misma no cabeinterponer recurso alguno, sin perjuicio de oponerse a ellapor escrito en el plazo de diez días, con arreglo al artículo 556y siguientes de la L.E.C., el incumplimiento de cualquiera delos requisitos expresados conllevará su inadmisión.

Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma donAntonio Heras Toledo, Magistrado, en sustitución, del Juzga-do de lo Social Número Cinco de los de Alicante.»

Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaEnecol Adhesivos S.L., y con la advertencia de que en elfuturo se le notificarán cuantas resoluciones se dicten enautos en los estrados del juzgado, con las excepcionesprevistas en la Ley, expido el presente.

Alicante, 13 de agosto de 2008.El Secretario Judicial. Rubricado.

*0818026*

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOSELCHE

EDICTO

Doña Ana Iborra Lacal, Secretaria del Juzgado de loSocial Número Dos de Elche.

Hago saber: que en este Juzgado de lo Social se tramitaprocedimiento sobre despido, registrado con el número 346/2008) a instancias de Adela Quesada Castro contra Yaki,S.L., en cuyas actuaciones se ha dictado la resolución cuyaparte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo.- Que estimando la demanda interpuesta por Ade-la Quesada Castro, defendida por la Letrada SánchezHernández, contra Servicio Publico de Empleo Estatal, de-fendido por el letrado García, y contra Instituto Nacional dela Seguridad Social, defendido por el Letrado J.C. Morales,y contra Yaki, S.L., debo condenar y condeno al ServicioPublico de Empleo Estatal a que abone a la actora el subsidiopor desempleo para mayores de 52 años en la cuantíareglamentaria y con efectos económicos del día 18 dediciembre de 2007 y debo declarar y declaro la responsabi-lidad de la empresa Yaki, S.L. por falta de cotización al abonodel 17,22% de la prestación reconocida de la que se derivael derecho del Servicio Publico de Empleo Estatal de resar-cirse del pago anticipado frente a la empresa responsable enel citado porcentaje. Todo ello con absolución del InstitutoNacional de la Seguridad Social.

Notifíquese la presente resolución a las partes en laforma legalmente establecida, haciéndoles saber que contrala misma pueden interponer recurso de suplicación para antela Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de laComunidad Valenciana, en el plazo de cinco días hábilescontados a partir del siguiente al de su notificación y porconducto de este Juzgado de lo Social y que todo el que sintener condición de trabajador o causahabiente suyo o bene-ficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, intenteinterponer recurso de suplicación consignará como depósitociento cincuenta euros con veinticinco céntimos de euro enla cuenta de éste Juzgado abierta en la entidad Banesto conel número 0218.

Será imprescindible que el recurrente que no gozare delbeneficio de justicia gratuita acredite, al anunciar el recursode suplicación, haber consignado en la anterior cuentaabierta a nombre del Juzgado la cantidad objeto de condena,pudiendo constituirse la cantidad en metálico o por asegura-miento mediante aval bancario, en el que deberá hacerseconstar la responsabilidad solidaria del avalista.

Si la recurrente fuese una Entidad Gestora, estaráexenta de las anteriores consignaciones, pero si existecondena, en su contra, a prestación periódica habrá decertificar al anunciare su recurso que comienza el abono dela prestación reconocida, y proceder puntualmente a suabono durante la tramitación del recurso.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Y para que conste y sirva de notificación en forma al

demandado Yaki, S.L., y conocimiento del público en generalexpido el presente edicto que se publicará en el BoletínOficial de la Provincial y será expuesto en el tablón deanuncios de este Juzgado, con la advertencia de que lassucesivas comunicaciones se harán en estrados, salvo quese traten de auto, sentencia o emplazamiento, que firmo.

Elche, 19 de agosto de 2008.La Secretaria Judicial. Rubricado.

EDICTO

Doña Ana Iborra Lacal, Secretaria del Juzgado de loSocial Número Dos de Elche.

Hago saber: que en este Juzgado de lo Social se tramitaprocedimiento sobre despido, registrado con el número 362/2008) a instancias de Manuel Rodríguez Hinojosa contra AkraLuz, S.L., en cuyas actuaciones se ha dictado la resolucióncuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Page 140: BOLETÍN OFICIAL - … · -acta de la comisiÓn paritaria del convenio colectivo de empresas de captaciÓn, elevaciÓn, conducciÓn, tratamiento, desalinizaciÓn, depuraciÓn y distribuciÓn

140boletín oficial de la provincia - alicante, 29 agosto 2008 - n.º 166 butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2008 - n.º 166

Fallo.- Que estimando parcialmente la demanda inter-puesta por Manuel Rodríguez Hinojosa, defendido por elletrado Boix Sánchez, contra Estructuras y ConstruccionesLucentum, S.L. y contra Akra Luz, S.L., procede efectuar lossiguientes pronunciamientos;

1.- Debo declarar y declaro la improcedencia del despi-do del actor de fecha 3 de marzo de 2008, condenando aldemandado Akra Luz, S.L. a estar y pasar por esta declara-ción y a que, a su opción, en el plazo de cinco días desde lanotificación de la presente resolución, readmita al actor en suanterior puesto de trabajo o le abone en concepto de indem-nización la cantidad de 3.967,46 euros. Cualquiera que seael sentido de la opción el citado demandado deberán abonar,además, los salarios de tramitación, que correspondan des-de la fecha del despido hasta la de notificación de estaresolución a razón de un salario diario de 43,37 euros.

Adviértase a la empresa que debe formular la opciónexpresamente, mediante escrito o comparecencia ante esteJuzgado en el plazo indicado y que de no realizarse seentenderá que se efectúa en favor de la readmisión.

2.- Debo absolver y absuelvo a Estructuras y Construc-ciones Lucentum, S.L. de las peticiones formuladas frente ala misma en el suplico de la demanda.

Todo lo anterior sin perjuicio de la responsabilidad legalque pueda tener que asumir el Fondo de Garantía Salarial encaso de insolvencia de la demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes en laforma legalmente establecida, haciéndoles saber que contrala misma pueden interponer recurso de suplicación para antela Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de laComunidad Valenciana, en el plazo de cinco días hábilescontados a partir del siguiente al de su notificación y porconducto de este Juzgado de lo Social y que todo el que sintener condición de trabajador o causahabiente suyo o bene-ficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, intenteinterponer recurso de Suplicación consignará como depósitociento cincuenta euros con veinticinco céntimos de euro enla cuenta de éste Juzgado abierta en la entidad Banesto conel número 0218.

Será imprescindible que el recurrente que no gozare delbeneficio de justicia gratuita acredite, al anunciar el recursode suplicación, haber consignado en la anterior cuentaabierta a nombre del Juzgado la cantidad objeto de condena,pudiendo constituirse la cantidad en metálico o por asegura-

miento mediante aval bancario, en el que deberá hacerseconstar la responsabilidad solidaria del avalista.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Y para que conste y sirva de notificación en forma al

demandado Akra Luz, S.L., y conocimiento del público engeneral expido el presente edicto que se publicará en elBoletín Oficial de la Provincial y será expuesto en el tablón deanuncios de este Juzgado, con la advertencia de que lassucesivas comunicaciones se harán en estrados, salvo quese traten de auto, sentencia o emplazamiento, que firmo.

Elche, 19 de agosto de 2008.La Secretaria Judicial. Rubricado.

*0817649*

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO NUEVEALICANTE

EDICTO

Don Manrique Tejada del Castillo, Magistrado Juez delJuzgado de Instrucción Número Nueve de Alicante.

Hago saber: que en este Juzgado se sigue juicio defaltas número 574/2008 en relación a una presunta falta dedesobediencia agentes autoridad atribuida entre otros aJuan Rodríguez Cutillas, en la que dictó sentencia en fecha5 de mayo de 2008 cuya parte dispositiva dice literalmentecomo sigue:

Condeno a Juan Rodríguez Cutillas ya circunstanciado,como autor penalmente responsable una falta de ofensas aagentes de la autoridad, consumada, prevista y penada en elartículo 634 del Código Penal a la pena de veinte días a razónde una cuota diaria de seis euros, con la advertencia que deno ser satisfecha, quedará sujeto a una responsabilidadpersonal y subsidiaria de un día de privación de libertad porcada dos cuotas diarias impagadas; y al pago de las costasdel juicio.

Y para que sirva de notificación a Juan RodríguezCutillas que se encuentran en ignorado paradero, expido lapresente.

Alicante, 18 de agosto de 2008.El Secretario Judicial. Rubricado.

*0818028*

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