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    BASES DEL FONDO F.N.D.R. DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL GOBIERNOREGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O’HIGGINS.

    1) VISTOS:

    La Constitución Política de la República de Chile; la ley Nº 18.575, OrgánicaConstitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; la leyNº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigenlos Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la resolución Nº 1.600 de30 de octubre de 2008 y N° 30 del 11 de marzo de 2015, ambas de la ContraloríaGeneral de la República, y la demás normativa aplicable.

    2) CONSIDERANDO:

    1.- Que, el artículo 24 de la ley 19.175, sobre Administración y Gobierno Regional,establece en su letra o), que “corresponderá al Intendente en su calidad de órganoejecutivo del Gobierno Regional; dictar las resoluciones e instrucciones que estimenecesarias para el ejercicio de todas sus atribuciones”.

    2.- Que, el artículo 19, letra b), del DFL 1-19.175, de 2005, que fija el textorefundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley N° 19.175, OrgánicaConstitucional sobre Gobierno y Administración Regional, prescribe quecorresponde al Gobierno Regional: “Participar en coordinación con autoridadescompetentes, en acciones destinadas a facilitar el acceso de la población deescasos recursos o que viva en lugares aislados, a beneficios y programas en elámbito de la salud, educación y cultura, vivienda, seguridad social, deportes yrecreación y asistencia judicial”.

    3.- Que, el artículo 19, letra f), del DFL 1-19.175, de 2005, que fija el textorefundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley N° 19.175, OrgánicaConstitucional sobre Gobierno y Administración Regional, prescribe quecorresponde al Gobierno Regional: “Fomentar las expresiones culturales, cautelarel patrimonio histórico, artístico y cultural de la región, incluidos los monumentosnacionales, y velar por la protección y del desarrollo de las etnias originarias”.

    4.- La Glosa 02, 2.1 de la Ley N° 20.882 de Presupuestos del Sector Público delaño 2016, que señala que los Gobiernos Regionales podrán destinar hasta un 6%del total de sus recursos a subvencionar las actividades culturales; actividadesdeportivas; actividades de seguridad ciudadana; actividades de carácter social yrehabilitación de drogas, que efectúen las municipalidades, otras entidadespúblicas y/o instituciones privadas sin fines de lucro.

    La Constitución Política de la República de Chile; la ley Nº 18.575, OrgánicaConstitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; la leyN°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen losActos de los Órganos de la Administración del Estado.

    5.- Que, la Ley Nº 20.882 de Presupuestos del Sector Público del año 2016,establece que el Gobierno Regional de la Región del Libertador Bernardo

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    O´Higgins, en el subtítulo 24, ítem 01, asignará a las organizaciones privadaspara la subvención de actividades de seguridad ciudadana, un monto que asciendea M$ 436.322.

    6.- Que, la Ley Nº 20.882 de Presupuestos del Sector Público del año 2016,establece que el Gobierno Regional de la Región del Libertador BernardoO´Higgins, en el subtítulo 24, ítem 03, asignará a las Municipalidades y organismospúblicos para la subvención de actividades de seguridad ciudadana, un monto queasciende a $436.323.

    3) RESUELVO:

    APRUÉBASE el  siguiente Instructivo del Fondo F.N.D.R. de Seguridad Pública del

    Gobierno Regional del Libertador General Bernardo O’Higgins, cuyo tenor es elsiguiente:

    INSTRUCTIVO DEL FONDO F.N.D.R. DE SEGURIDAD PÚBLICA DELGOBIERNO REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O’HIGGINS.

    FINES. 

    Art. 1.- Este instructivo determina las normas y orientaciones que regulan la

    administración del Fondo de Seguridad Pública por el Gobierno Regional delLibertador General Bernardo O’Higgins.

    1) SEGURIDAD PÚBLICA

    Art. 2.-  Los proyectos de Seguridad Pública, presentados para postular a estosrecursos, deberán ser coherentes y concordantes con las políticas públicasrelacionadas con la materia, considerando las orientaciones que el efecto impartala Subsecretaría de Prevención del Delito y lo que establezca la EstrategiaRegional de Desarrollo de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins.

    1.1) BASES LEGALES.Art 3.- La administración de los recursos FNDR de Cultura, Deporte y SeguridadCiudadana, destinados a financiar proyectos de Seguridad Pública, se sustentará enlas siguientes normativas y disposiciones:

    a.- La Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y AdministraciónRegional, que señala, en su art. 19 letra b), que corresponde al GobiernoRegional: “Participar en coordinación con autoridades competentes, en accionesdestinadas a facilitar el acceso de la población de escasos recursos  o que viva enlugares aislados, a beneficios y programas en el ámbito de la salud, educación ycultura, vivienda, seguridad social, deportes y recreación y asistencia judicial". 

    b.- Ley N° 19.880, sobre Procedimientos Administrativos que rigen los Actos delos Órganos de la Administración del Estado.

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    c.- Ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y elServicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas yAlcohol, y modifica diversos cuerpos legales.

    d.- Respecto de aquellos proyectos que contemplen edificación de infraestructura,la Ley General de Urbanismo y Construcciones, decreto con fuerza de ley N° 458,de 1976, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y sus modificaciones; y, asímismo, la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

    e.- Ley N° 20.882 de Presupuestos para el sector público año 2016, que estableceen la Glosa 02 punto 2.1 lo siguiente:

    2.1.-  Los gobiernos regionales podrán destinar hasta un 6% del total de susrecursos consultados en la presente Ley aprobada por el Congreso Nacional a

    subvencionar las actividades culturales, deportivas y del Programa Elige Vivir Sano,de seguridad ciudadana, de carácter social y de prevención y rehabilitación dedrogas, que efectúen las municipalidades, otras entidades públicas y/oinstituciones privadas sin fines de lucro. L a s in s t i t u c i o n e s p r i v a d a s s i n f i n e s d el u c r o p o d r án s e r b e n e f i c ia r i a s d e e s t o s r e c u r s o s si e m p r e q u e a l m om e n t o

    d e p o s t u l a r t e n g a n u n a p e r s o n a l i d a d j u ríd i c a v i g e n t e n o i n f e r i o r a 2 años  . Asimismo, con estos recursos podrán entregar subsidios para el funcionamiento delos teatros municipales o regionales que operen en la región.

    Los recursos que se transfieran a las entidades públicas señaladas no seincorporarán a sus presupuestos, sin perjuicio de lo cual deberán rendir cuenta desu utilización a la Contraloría General de la República.La asignación de estos recursos a actividades específicas se efectuará en formatransparente y competitiva, para lo cual el Gobierno Regional respectivo deberádisponer mediante Resolución, los instructivos que considere necesarios, donde,entre otros, se establezcan los plazos de postulación y los criterios con que dichas postulaciones serán analizadas.

    Quedarán excluidos de estos procedimientos los recursos que se destinen alfuncionamiento de los teatros regionales o municipales, a las actividades decarácter social que se aprueben a instituciones privadas sin fines de lucro y aaquellas actividades culturales y deportivas de carácter regional que haya decididoejecutar directamente el Gobierno Regional. En el caso de las actividades

    relacionadas con seguridad ciudadana los instructivos considerarán lasorientaciones que al efecto imparta la Subsecretaría de Prevención del Delito.Tratándose de nuevos proyectos de cámaras de televigilancia ubicadas en espacios públicos, éstos deberán contemplar la coordinación de su operación con otros proyectos existentes en las cercanías.

    En el caso de las actividades culturales, los instructivos podrán considerar lasorientaciones que emanen de la Política Cultural Regional aprobada por cadaConsejo Regional de la Cultura y las Artes.Las bases para la postulación a estos recursos deberán estar dictadas e ingresadas por cada Gobierno Regional a la Contraloría General de la República, para su toma

    de razón, a más tardar el día 31 de enero del año 2016. El proceso de selección deiniciativas con cargo a estos fondos se realizará durante los meses de abril yagosto del año 2016.

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    Los gobiernos regionales, remitirán, 30 días después de terminado cada trimestre,información respecto al uso de estos recursos, la que, en el mismo plazo, deberáser publicada en su página web.

    f.- Resolución N° 30 de la Contraloría General de la República que “Fija Normas deProcedimientos sobre Rendiciones de Cuentas”, del 11 de marzo de 2015.

    g.- Ley 19.682, sobre el Registro de personas jurídicas receptoras de fondospúblicos.

    1.2) MISIÓN.

    Art. 4.- Es misión del Gobierno Regional generar las condiciones necesarias parapermitir un adecuado desarrollo, control y solución de las problemáticas más

    relevantes en la Región de O’Higgins, tales como el consumo de alcohol ydrogas entre niños y jóvenes, los altos índices de violencia intrafamiliar, además defomentar procedimientos de rehabilitación y reinserción de personas que handelinquido, como así también la inversión de recuperar espacios públicos confinalidad de seguridad ciudadana. Lo escrito se encuentra plasmado en laEstrategia Regional de Desarrollo, al plantearse la necesidad de formular unaPolítica Regional en temas de Seguridad Pública, como principal instrumentoorientador para la gestión de proyecto de Seguridad Pública.

    1.3) PROPÓSITO DEL FONDO DE SEGURIDAD PÚBLICA. 

    Art. 5.- El propósito de esta subvención es:

    a.- Fomentar y apoyar proyectos que respondan a iniciativas integrales entemáticas de Seguridad Pública, con el objeto de disminuir el delito y la percepciónde inseguridad a la ciudadanía.

    b.- Generar iniciativas que favorezcan la participación y corresponsabilidad socialde los diferentes actores locales en materias de seguridad.

    Art. 6.- Las áreas de postulación de los proyectos son:

    1.- Prevención Social

    Proyectos dirigidos a realizar actividades que generen y desarrollen factoresprotectores en grupos vulnerables o en riesgo social y sus territorios. Actividadespara ser realizadas en espacios públicos enfocados a la prevención de delitos(plazas, multicanchas, zonas de juegos, escuelas, etc.) En esta temática podránincluirse proyectos de las siguientes tipologías:

    •  Niños y Jóvenes en riesgo.•  Prevención de la Violencia Escolar.•  Atención de niños y jóvenes con discapacidad2.- Prevención Situacional

    Proyectos destinados a generar acciones complementarias de empoderamiento yocupación de espacios públicos, que aporten en disminuir la probabilidad decomisión de delitos de oportunidad y reducir la percepción de inseguridad en

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    determinados espacios urbanos. En esta temática podrán incluirse proyectos de lassiguientes tipologías:

    •  Cámaras de Tele-vigilancia. (Sólo Instituciones públicas y

    municipalidades)• 

    Alarmas Comunitarias.•  Recuperación de Espacios Públicos (áreas verdes, solerillas, escaños,

    basureros, arborización, jardines, maicillo, máquinas de ejercicios, juegos infantiles, etc., puede incluir luminarias)

    •  Recuperación de espacios públicos con autoconstrucción (Sólo podránpostular organizaciones privadas)

    •  Iluminación de Espacios Públicos

    IMPORTANTE:

    a) Para los proyectos de Cámaras de Tele Vigilancia (CTV), se requiere queel sistema posea la capacidad de almacenar grabaciones por 15 díascomo mínimo, lo cual debe venir descrito en cotización adjunta.

    b) Los proyectos de “Alarmas comunitarias”, deben venir obligatoriamentecon un “PLAN DE SEGURIDAD VECINAL”, el cual debe demostrarorganización y la debida entrega de información a los beneficiarios conel fin de optimizar el uso de las alarmas.

    c)  Para los proyectos de “Recuperación de espacios Públicos” e“Iluminación de Espacios Públicos”, las organizaciones privadasdeberán tener en cuenta las exigencias descritas en los documentosobligatorios, para la instalación de luminarias eléctricas (página 15,puntos 16, 17 y 18). De no poder cumplir con dichas exigencias, podránsolicitar luminarias solares fotovoltaicas.

    d) Para los proyectos que contemplen sólo la instalación de máquinas deejercicios y juegos infantiles, deben adjuntar fotografía del terreno.

    e) Sólo se permiten cierres perimetrales (con libre acceso a la comunidad)en el marco de proyectos de Recuperación de Espacios Públicos,cumpliendo con la normativa correspondiente.

    f)  No se permitirá la construcción de multicanchas, escenarios,techumbres o graderías de cualquier tipo de material. Ni tampocorecuperación o ampliaciones de sedes comunitarias.

    g) Los proyectos de Recuperación de Espacios Públicos conautoconstrucción para organizaciones privadas deben contemplar sólola compra de materiales, ya que toda la mano de obra debe ser unaporte de los miembros de la organización.

    Deberá incluirse en este proyecto carta de compromiso por parte de la institución

    postulante para la mantención y sustentabilidad del mismo en el tiempo3.- Prevención y Asistencia a Víctimas

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    Proyectos de prevención y promoción dirigidos a apoyar, a través de distintoscanales de información, ofreciendo asistencia a personas que hayan sido víctimasde violencia.En esta temática podrán incluirse proyectos de la siguiente tipología:

    • 

    Atención de Víctimas de Violencia Intrafamiliar.•  Atención de Víctimas de la Delincuencia.•  Otros análogos de atención a víctimas.

    IMPORTANTE:

    a) Las organizaciones privadas que postulen a la temática de Asistencia aVíctimas, deben ser instituciones que acrediten experiencia en el área yla realización de trabajos previos. Se excluyen juntas de vecinos.

    4.- Rehabilitación y Reinserción

    Proyectos dirigidos a facilitar y apoyar la reinserción social de personas que hayancometido delitos. Promoviendo a través de distintos medios, la generación decompetencias sociales y laborales en los usuarios. En esta temática podránincluirse proyectos de las siguientes tipologías:

    • 

    Reinserción laboral de ex condenados o personas cumpliendo medidasalternativas a la reclusión.

    •  Intervención respecto de personas que cometen actos de violencia

    contra su pareja o ex – pareja.•  Otros de Rehabilitación y Reinserción social análogos a los señalados.

    IMPORTANTE:

    a) Las organizaciones privadas que postulen a la temática derehabilitación y reinserción, deben ser instituciones que acreditenexperiencia y la realización de trabajos previos. Se excluyen juntas devecinos.

    1.4) DE LOS RECURSOS A POSTULAR.

    Art. 7.- Los montos máximos a postular son los siguientes:

    1- Prevención Social : $ 20.000.000

    2- Prevención Situacional:

    a- 

    Cámaras de tele-vigilancia : $ 10.000.000(Sólo Instituciones Públicas y Municipalidades)

    b- Alarmas Comunitarias : $ 10.000.000 

    c- 

    Recuperación de Espacios Públicos : $ 20.000.000 

    d- Autoconstrucción, Recuperación de espacios públicos. : $ 7.000.000 (Sólo organizaciones privadas)

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    e- 

    Iluminación de Espacios Públicos : $ 10.000.000

    3-  Asistencia a Víctimas  : $ 20.000.000

    4.- Rehabilitación y Reinserción : $ 20.000.000

    Los montos solicitados para cada proyecto deben tener congruencia entre el valor yel producto, equilibrio y consistencia en la solicitud de montos para los diferentesítems, lo que será evaluado exhaustivamente en el análisis financiero ypresupuestario respectivo.

    De acuerdo a la disponibilidad presupuestaria de la convocatoria, el montopostulado pudiera disminuir con objeto de ser aprobado. En este caso, las

    instituciones deberán re-estructurar la iniciativa frente a la nueva realidadpresupuestaria, manteniendo siempre el porcentaje destinado a difusión ypresentando carta dirigida al Sr. Intendente con el nuevo cuadro presupuestariocon el monto designado, antes del comienzo de la ejecución del proyecto.

    1.5) DE LAS INICIATIVAS DE SEGURIDAD PÚBLICASUBVENCIONADAS. 

    Art. 8.- Los proyectos de Seguridad Pública presentados para ser financiados concargo al fondo de Cultura, Deporte y Seguridad Pública del F.N.D.R., debencontemplar temáticas consideradas en algunas de las áreas incluidas en el artículo6 de este Instructivo.

    Art. 9.- Los lineamientos y tipos de proyectos de Seguridad Pública, estánclaramente explicitados en éste instructivo y deben ser respetados por todas lasinstituciones al momento de presentar las iniciativas.

    Art. 10.- No procede la participación en la postulación de proyectos conpropuestas que no guarden relación con los objetivos del fondo de SeguridadPública.

    Art. 11.- No se financiará la compra de vehículos motorizados, tampoco proyectosde infraestructura que no estén contemplados dentro de las temáticas de

    prevención situacional. Sólo se financiará la adquisición de equipamiento eimplementación para la directa ejecución y desarrollo de los proyectos deSeguridad Pública.

    Art. 12.- El monto destinado a adquisición de premios no podrá excederde 3 UTM, por cada estímulo. En ningún caso se admitirá la entrega de premioso estímulos consistentes en dinero efectivo.

    Art.13.- Este Fondo no financiará proyectos que ya cuenten con apoyo vigentede otros fondos concursables. Art. 14.- No se suministrarán recursos para gastos de representación,  para

    pago de honorarios a directivos de la entidad y  a personas que tengan lacalidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado deconsanguinidad y segundo de afinidad inclusive,  respecto de dirigentes de lainstitución,  con cargo a los proyectos presentados; asimismo, ninguno de los

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    aludidos previamente podrá ser proveedor o prestador de servicios de laentidad postulante a la subvención.

    1.6) DE LAS RESTRICCIONES E INHABILIDADES.

    Art. 15.- No podrán adjudicarse proyectos, las entidades que al momento deaprobación de la cartera se encuentren en alguna de las siguientescircunstancias:

    1.- Con rendiciones de cuentas pendientes de recursos transferidos por elGobierno Regional, que no hubiesen sido presentadas dentro del plazoestablecido en el convenio respectivo.

    2.- Que hayan puesto término anticipado a la ejecución de un proyecto, sin

    la autorización del Gobierno Regional, en caso que ello fuere procedente, ocontraviniendo las normas contenidas en el convenio suscrito al efecto.

    3.- Aquellas en cuyos estatutos figuren como directores y/o administradorespersonas que tengan litigios pendientes con el Gobierno Regional.

    4.- Aquellas a las que se les ha puesto término anticipado a un contratoprevio suscrito con el Gobierno Regional, por causal imputable a esa entidad,dentro de los dos años anteriores a su postulación.

    5.- Aquellas cuya existencia legal se extinga en el plazo propuesto para laejecución del proyecto.

    6.- Aquellas a las que afecte cualquier otra inhabilidad legal, judicial oadministrativa para contratar con el Gobierno Regional y/o sus organismos oprogramas dependientes.

    Cualquier contravención a la presente disposición, supondrá la inmediataexclusión del proyecto postulado.

    Art. 16.- En el caso en que en las Municipalidades, Servicios Públicos yOrganizaciones Privadas, tengan entre sus directores y/o administradores apersonas que tienen la calidad de Consejeros Regionales y que presten

    servicios en cualquier calidad jurídica, le serán aplicables lo dispuesto en elartículo 35 de la Ley Orgánica Constitucional N°19.175, que crea los GobiernosRegionales y en lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Constitucionalde Bases de Administración del Estado.

    Art 17.- En el caso de funcionarios del Gobierno Regional que participen en ladirectiva y/o sean socios de una organización privada postulante, se leaplicarán las normas relativas a la probidad administrativa, contempladas en laLey Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado,N°18.575, Ley Orgánica Constitucional que crea los Gobiernos Regionales, N°19.175 y el Estatuto Administrativo de los Funcionarios Públicos, Ley N°

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    1.7) DE LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS.

    Art. 18.- Los proyectos podrán considerar gastos en los siguientes ítems:

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    a.- Gastos de Honorarios: El proyecto podrá considerar este tipo de gastos encaso de ser estrictamente indispensable para su ejecución. Este personal deberáactuar como complemento a los recursos humanos que pueda aportar la propiaentidad ejecutora para el desarrollo de las actividades. Los montos deben serdebidamente justificados.

    b.- Gastos de Transportes: Corresponden a los gastos contemplados para eltransporte de los beneficiarios como así también para el pago de fletes. Seránaceptados por este concepto las rendiciones de gastos en, combustible, peaje,pasajes para el traslado y pago por el servicio de transporte, gasto que puedarespaldarse con documento tributario que indique giro de transporte. Este ítem noincluye arriendo de vehículos.

    c.- Infraestructura: Corresponden a los gastos contemplados para inversión enproyectos de recuperación de espacios públicos e iluminación pertenecientes a latemática de Prevención Situacional. Respecto de ellos deberán acompañarse con 1cotización que acredite el monto propuesto, la descripción del material que seusara para ejecutar el proyecto y sus cantidades (m2, ml, m3, unidad, etc.), noobstante y según la oferta, podrán variar los precios propuestos por cadaproveedor. 

    La realización de gastos de infraestructura deberá ser justificada y atingente, por loque todos los gastos que se propongan deberán documentar apropiadamente quesu ejecución tendrá relación directa con el cumplimiento de los objetivos delproyecto. En el caso de los municipios, se podrá presentar un itemizadoreferencial (cuando se deba licitar)  de estos gastos considerando valores demercado.

    d.-  Gastos en Equipamiento:  Los proyectos podrán incorporar la solicitud derecursos para la compra de equipos y/o equipamiento (amplificación, micrófonos,computadores, parlantes, iluminación, escenarios, telones, sillas de todos los tipos,escritorios, estantes, muebles en general, etc.). Esta partida de gastos no podráexceder del 30 % del monto solicitado al GORE.

    Estos gastos deberán desglosarse en la presentación del proyecto y acompañar de 1 cotización que acredite el monto, se deberá especificar e individualizar el tipo

    de equipamiento (o catálogo con descripción técnica).

    e.- Gastos de Publicidad, Impresos y difusión: Comprende el financiamientopara la difusión del proyecto, el cual no podrá superar el 15% y no ser menor del5% del costo total solicitado al GORE. Es obligatorio que el monto por este ítem,sea considerado en el monto solicitado al F.N.D.R. no pudiendo ser solicitado comoaporte propio o de terceros. El incumplimiento de cualquiera de las restriccionesantes mencionadas, provocará que el proyecto quede inmediatamente excluido delproceso de postulación. 

    Se considera en este ítem todo artículo que exhiba el logo de Gobierno

    Regional, y del Consejo Regional y la frase obligatoria “Proyectofinanciado con Fondos del F.N.D.R. de Cultura, Deporte y SeguridadPública del Gobierno Regional del Libertador General Bernardo O’Higgins ysu Consejo Regional”.

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    Posteriormente a la entrega del cheque a la institución, deben hacer llegar a losfuncionarios de la Unidad del Fondo F.N.D.R. de Cultura, Deportes ySeguridad Pública de la División de Análisis y Control de Gestión del GobiernoRegional, el diseño previo del material para difundir la iniciativa y todo loconsistente del ítem difusión y publicidad, vía email, a los correos:ximena.nogueira@dellibertador,gob.cl,  [email protected][email protected][email protected]  [email protected]

    En actividades que se considere escenarios, pódium etc. Se deberá contarobligatoriamente con el logo del Gobierno Regional y del ConsejoRegional, en un tamaño visible para toda la concurrencia y la frase:“Proyecto financiado con Fondos del F.N.D.R. de Cultura, Deporte ySeguridad Pública del Gobierno Regional del Libertador General Bernardo

    O’Higgins y su Consejo Regional”

    En este ítem deben considerarse monolitos, placas recordatorios, la publicidadradial, prensa escrita, televisión, los cruzacalles, pendones, poleras corporativas,afiches, dípticos, u otros artículos que incluyan el logo de Gobierno Regional,bordado, estampado o impreso, etc. Todo el material de difusión debe ser enviadopara su aprobación por mail a los siguientes correos:ximena.nogueira@dellibertador,gob.cl,  [email protected][email protected][email protected]  [email protected]

    El no cumplimiento de lo establecido en el ítem de Difusión y publicidad,facultara al GORE solicitar el reintegro de los recursos estipulados en esteítem.

    f.- Gastos Generales:  Se consideran aquellos que sean necesarios para larealización del proyecto. Estos pueden incluir gastos tales como: arriendo deequipos, escenarios, amplificación, inscripciones y otros. Estos gastos menoresdeberán justificarse y estar en el contexto de los objetivos planteados en elproyecto. Además las entidades podrán incorporar en este ítem la suma de$150.000.- como máximo para financiar un cóctel en la inauguración o clausuradel proyecto, donde se invite a las autoridades estipuladas más adelante en lasbases. Queda prohibido financiar bebidas alcohólicas. 

    Al término de la ejecución de cada proyecto, los bienes que se adquieran y quesean financiados por el presente Fondo, ingresarán al patrimonio de la entidadresponsable y deberán ser destinados al cumplimiento de fines equivalentes a loscontemplados en el proyecto respectivo, deberán permanecer en dominio de laentidad ejecutora y no podrán ser enajenados sino hasta transcurridos cinco añoscontados desde el término del respectivo proyecto.La tenencia particular de estos bienes será sancionada por el GORE, ya que losresponsables de fiscalizar la iniciativa informarán por escrito de la irregularidad yse procederá a exigir el reintegro al Gobierno Regional el monto del valor de losbienes en tenencia particular. Si una organización por razones justificadas tuviera

    momentáneamente en su poder un bien, deberá oficiar un documento que loacredite y que cuente con la firma del presidente y secretario de la organización.Esta autorización es esporádica y debe cumplir con un compromiso de reintegrar elbien a propiedad de la institución en un plazo determinado.

    mailto:ximena.nogueira@dellibertador,gob.clmailto:ximena.nogueira@dellibertador,gob.clmailto:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:ximena.nogueira@dellibertador,gob.clmailto:ximena.nogueira@dellibertador,gob.clmailto:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:ximena.nogueira@dellibertador,gob.clmailto:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]:ximena.nogueira@dellibertador,gob.cl

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    Art. 19.- Queda estrictamente prohibido solicitar financiamiento para:

    1. CAPACITACIONES en ningún ítem de gastos.

    2. Gastos de representación, ni para pago de honorarios a directivos de laentidad, ni a personas que tengan la calidad de cónyuge, hijos, adoptados oparientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidadinclusive, respecto de dirigentes de la institución, con cargo a los proyectospresentados; asimismo, ninguno de los aludidos previamente podrá serproveedor o prestador de servicios de la entidad postulante a la subvención.

    Art. 20.- Todo gasto considerado en el proyecto deberá ser respaldado conuna cotización detallada de cada ítem, que justifique su valor. Dicha cotizacióndeberá ser en formato propio del proveedor. En caso de que el gasto se realice

    con un proveedor con domicilio en una comuna distinta, se podrán presentarcotizaciones recibidas vía- email (deberá adjuntarse el correo de contacto comorespaldo).

    Art. 21.- Se deberá adjuntar CURRICULUM VITAE del personal a contratar ahonorario con su respectiva cotización indicando el valor por hora, lascantidades de horas a efectuar en el proyecto y el valor total.

    Art. 22.- Al momento de rendir, todos los gastos deberán estar debidamenterespaldados con las facturas correspondientes.

    Art. 23.- Solo se podrá rendir Boletas de Honorarios en el ítemHONORARIOS que corresponde a la contratación de personal indispensablepara la correcta ejecución del proyecto.

    Art. 24.- Se sancionará la entrega de documentación falsa, no autorizadapor el SII y/o adulteradas, quedando fuera del proceso de postulación actual yde futuras postulaciones, esto sin perjuicio de las acciones legales que serealicen a la organización (se incluye toda la documentación entregada,cotizaciones y documentación tributaria).

    Art. 25.- Todos los ítems de dinero de las postulaciones, incluyendo elpresupuesto y las cotizaciones, deberán expresarse en pesos chilenos ($), con

    todas sus cifras, incorporando los impuestos asociados a la naturaleza delgasto. Esto significa que en los montos totales solicitados se entiendenincluidos los impuestos respectivos. En ningún caso se aceptará que a lacantidad total solicitada o a alguno de sus componentes, se agregue la frase

     “más impuesto” o “más IVA”. La variación de los costos efectivos del proyectorespecto de los contemplados en el presupuesto presentado será de absolutaresponsabilidad y cargo del postulante.

    Art. 26.- Los proyectos podrán incorporar la solicitud de recursos para la comprade equipos y/o equipamiento (amplificación, micrófonos, computadores, parlantes,iluminación, escenarios, telones, sillas de todos los tipos, escritorios, estantes,

    muebles en general, etc.). Esta partida de gastos no podrá exceder del 30 % delmonto total del proyecto.

    Art. 27.- Será obligatorio que las iniciativas presentadas por InstitucionesPúblicas incorporen como mínimo un 20% del monto solicitado al Gobierno

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    Regional como aporte propio y/o de otras instituciones que postulen a estosfondos traduciéndose en co-financiamiento del proyecto. Estos aportes debenvenir con la documentación de respaldo respectiva, especificando en una cartacompromiso, la naturaleza del aporte tanto propio como de terceros si loshubiere, debidamente firmada por el representante legal de la institución. Eldetalle de este financiamiento debe indicarse con cuadro presupuestario porítem de gasto.

    No se podrán presentar iniciativas que cuenten con financiamiento de otrosfondos estatales, salvo que éstos tengan el carácter de co-financiamiento.Se considerarán como Aportes Propios de Instituciones Públicas, el aportesignificativo por parte de la institución al desarrollo de la iniciativa, vale decir elaporte de uso de vehículos fiscales, el uso de insumos de una entidad pública,los honorarios y funcionarios de las entidades públicas que aporten con su

    trabajo al desarrollo de la actividad, como así también de la compra deimplementación o cualquier otro pago asociado al proyecto.

    1.8) DE LA DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA.

    Art. 28.- Las organizaciones privadas sin fines de lucro, deberán presentarobligatoriamente, los siguientes documentos:

    1.  Carta de solicitud de recursos firmada por el representante legal opresidente(a) de la organización, dirigida al Señor Intendente Regional,señalando nombre de iniciativa y monto requerido. (Anexo Formulario Nº1)

    2.  Se debe presentar el formulario del año de postulación y documentosobligatorios, impresos y en formato anillado. 

    3.  Certificado de vigencia de la institución con nómina de la directiva vigente,acreditando la antigüedad mínima de 2 años desde su constitución, con lafecha exacta de obtención de la personalidad jurídica (día, mes y año) yemitido por el respectivo municipio. Dicho certificado debe tener un máximode 6 meses de antigüedad al momento de ser presentado. 

    4.  Declaración Jurada Notarial que indique que la iniciativa tiene exclusividad depostulación al fondo FNDR de Seguridad Pública. Además la declaración

    notarial debe indicar la gratuidad de la totalidad de las actividadesenmarcadas en el proyecto. (Anexo Formulario Nº 2).

    5.  Declaración Jurada simple que indique si tienen o no, entre sus directoresy/o administradores a personas que posean la calidad de ConsejerosRegionales o funcionarios del Gobierno Regional que presten servicioscomo planta, contrata u honorarios en el mismo. (Anexo Formulario N°3) 

    6.  Carta de compromiso o Certificado de aportes propios o terceros, siexistiesen, indicando detalladamente por ítem de gastos en el cuadro

    presupuestario, a que corresponden estos aportes. (Anexo Formulario Nº4).

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    7.  Carta de compromiso de mantención, seguimiento y continuidad de losproyectos, por parte de la organización ejecutora (sólo para proyectos de latemática de Prevención Situacional)

    8.  Currículum Vitae pertinente de ejecutores del proyecto, honorarios yprestadores de servicios y su respectiva cotización firmada.

    9.  Fotocopia legible del RUT de la Institución. 

    10.  Fotocopia de Cuenta Bancaria de la Institución o certificado de cuentacorriente si existiese Cta. corriente. 

    11.  Presentar mínimo una (1) cotización detallas de cada ítem, que justifique suvalor, la cual debe venir con datos del proveedor. 

    12.  Presupuesto de gastos de infraestructura y equipamiento, con detalle porítem, del material que se usara para ejecutar el proyecto, sus cantidades(m2, ml, m3, unidad, etc.) y montos unitarios, considerando valores demercado, el documento deberá estar suscrito por un profesional competentede la institución. (arquitecto, constructor, ingeniero, u otro profesional delárea). 

    13.  Certificado de Bien Nacional de uso Público, comodato o certificado deDominio Vigente que acredite la tenencia del terreno, según corresponda,emitido por la Dirección de Obras Municipales. Además este documento debeindicar el destino del uso del suelo del terreno donde se emplaza el proyecto(área verde o equipamiento), la aprobación de éste por parte de la Direcciónde Obras y el permiso municipal, si corresponde. 

    14.  Especificaciones técnicas resumidas y/o catálogo con descripción técnica delequipamiento. 

    15.  Planos y/o esquema de planta de situación existente y situación propuesta,identificando claramente el equipamiento nuevo y el que se mantiene(luminarias, pavimentos, mobiliario urbano, basureros, árboles, etc.). Ademásse pueden adjuntar planos de cortes, elevaciones y detalles del proyecto. 

    16.  En el caso que algún proyecto contemple la instalación de medidor parasistema de riego de áreas verdes, se requiere documento que acredite lafactibilidad técnica de conexión a la matriz, emitido por la empresa deservicios sanitarios que abastece la zona de emplazamiento del proyecto (ej.ESBBIO u otra). Además, una vez ejecutada la obra, será obligatoriopresentar al Gobierno Regional, documento que certifique la aprobación,autorización y cumplimiento de la normativa vigente, emitido por la mismaentidad de servicios sanitarios correspondiente al sector. Si el proyectocontempla la extracción de agua de algún sector aledaño, se requieredocumento que acredite los derechos de dicha acción. 

    17. 

    Para los proyectos de iluminación con conexión al alumbrado público, serequiere documento que acredite la factibilidad técnica, requerida a laempresa de servicios eléctricos que abastece la zona de emplazamiento delproyecto (ej: CGE, u otra). Además, una vez ejecutada la obra, será

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    obligatorio presentar al Gobierno Regional, el certificado TE1 o TE2,según corresponda, emitido por la SEC.

    18.  Presentar documento o fotocopia de licencia, que acredite que el profesional oinstalador eléctrico considerado para la ejecución del proyecto, se encuentraautorizado por la SEC. 

    19.  Carta de compromiso firmada por el alcalde de la comuna, que acredite que laMunicipalidad se encuentra al tanto de la iniciativa (poner nombre de lainiciativa) y que se harán cargo de la cuenta de electricidad asociada alproyecto. 

    20.  En proyectos de ALARMAS COMUNITARIAS, se deberá presentar además: •  Emplazamiento del sector a intervenir (alarmas y cámaras) y listado de

    viviendas con indicación de direcciones y beneficiarios (sólo alarmas).•  Imagen de ubicación (con nombre de calles) de centrales de alarma.•  Deben presentar un “PLAN DE SEGURIDAD VECINAL”, el cual debe demostrar

    organización y la debida entrega de información a los beneficiarios con el fin deoptimizar el uso de las alarmas.

    21.  Documento que acredite inscripción de la organización en Registro depersonas jurídicas receptoras de fondos públicos, Ley 19.682.

    Art. 29.- Las Municipalidades e Instituciones Públicas, deberán presentarobligatoriamente, los siguientes documentos:

    1.  Carta de solicitud de recursos firmada por alcalde o alcaldesa, Gobernador y/orepresentante de la institución pública, dirigida al Señor Intendente Regional,señalando nombre de iniciativa y monto requerido. (Anexo Formulario Nº1). 

    2.  Se debe presentar el formulario del año de postulación y documentosobligatorios, impresos y en formato anillado. 

    3.  Declaración Jurada Notarial que indique que la iniciativa tiene exclusividad depostulación al fondo FNDR de Seguridad Pública. Además la declaración notarialdebe indicar la gratuidad de la totalidad de las actividades enmarcadas en elproyecto. (Anexo Formulario Nº 2).

    4.  Declaración Jurada simple que indique si tienen o no, entre sus directoresy/o administradores a personas que posean la calidad de ConsejerosRegionales o funcionarios del Gobierno Regional que presten servicios comoplanta, contrata u honorarios en el mismo. (Anexo Formulario N° 3) 

    5.  Carta de compromiso o Certificado de aportes propios o de terceros, indicandodetalladamente por ítem de gastos en el cuadro presupuestario, a quécorresponden estos aportes. (Anexo Formulario Nº4)

    6.  Currículum Vitae pertinente de ejecutores del proyecto, honorarios y

    prestadores de servicios y su respectiva cotización firmada.7.  Presentar mínimo una (1) cotización detalla de cada ítem, que justifique su

    valor, la cual debe venir con datos del proveedor. 

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    8.  Fotocopia del RUT de la organización Pública solicitante. 

    9.  Presupuesto de gastos de infraestructura y equipamiento, con detalle porítem, del material que se usara para ejecutar el proyecto, sus cantidades(m2, ml, m3, unidad, etc.) y montos unitarios, considerando valores demercado, el documento deberá estar suscrito por un profesional competentede la institución pública. (arquitecto, constructor, ingeniero, u otro profesionaldel área). 

    10.  Certificado de Bien Nacional de uso Público, comodato o certificado deDominio Vigente que acredite la tenencia del terreno, según corresponda,emitido por la Dirección de Obras Municipales. Además este documento debeindicar el destino del uso del suelo del terreno (área verde o equipamiento)donde se emplaza el proyecto, la aprobación de éste y el permiso municipal,

    si corresponde. 

    11.  Especificaciones técnicas resumidas y/o catálogo con descripción técnica.

    12.  Planos y/o esquema de planta de situación existente y situación propuesta,identificando claramente el equipamiento nuevo y el que se mantiene(luminarias, pavimentos, mobiliario urbano, basureros, árboles, etc.). Ademásse pueden adjuntar planos de cortes, elevaciones y detalles del proyecto. 

    13.  Carta de compromiso de mantención firmado por el Alcalde o por la instituciónresponsable de la intervención. (sólo para proyectos de la temática dePrevención Situacional, excepto “Esterilización de Mascotas”). 

    14.  En el caso que algún proyecto contemple la instalación de medidor parasistema de riego de áreas verdes, se requiere documento que acredite lafactibilidad técnica de conexión a la matriz, emitido por la empresa deservicios sanitarios que abastece la zona de emplazamiento del proyecto (ej.ESBBIO u otra). Además, una vez ejecutada la obra, será obligatoriopresentar al Gobierno Regional, documento que certifique la aprobación,autorización y cumplimiento de la normativa vigente, emitido por la mismaentidad de servicios sanitarios correspondiente al sector. Si el proyectocontempla la extracción de agua de algún sector aledaño, se requieredocumento que acredite los derechos de dicha acción. 

    15.  Para los proyectos de iluminación con conexión al alumbrado público, serequiere documento que acredite la factibilidad técnica, requerida a laempresa de servicios eléctricos que abastece la zona de emplazamiento delproyecto (ej: CGE, u otra). Además, una vez ejecutada la obra, seráobligatorio presentar al Gobierno Regional, el certificado TE1 o TE2,según corresponda, emitido por la SEC.

    16.  En proyectos de CÁMARAS DE VIGILANCIA Y/O ALARMAS COMUNITARIAS, sedeberá presentar además: 

    • 

    Emplazamiento del sector a intervenir (cámaras y alarmas) y listado deviviendas con indicación de direcciones y beneficiarios (sólo alarmas).•  Imagen de ubicación (con nombre de calles) de centrales de alarma y/o

    cámaras de vigilancia.

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    •  Los proyectos de “Alarmas comunitarias”, deben adjuntar un “PLAN DESEGURIDAD VECINAL”, el cual debe demostrar organización y la debidaentrega de información a los beneficiarios con el fin de optimizar el uso de lasalarmas.

    •  Identificar recinto de monitor y operador.• 

    Lo nuevos proyectos de cámaras de tele-vigilancia ubicadas en sectorespúblicos, deberán contemplar la coordinación de su operación con otrosproyectos existentes en las cercanías.

    •  Carta de compromiso de operación y mantención de CTV emitido porCarabineros de Chile o bien por la institución a cargo de la operación. Estedocumento debe indicar que Carabineros estará a cargo del monitoreo yoperación de las cámaras. En caso de ser otra institución a cargo de estafunción se debe señalar en el documento que las imágenes sólo seránutilizadas como medios de prueba ante un hecho delictual o de

    violencia, cuando la autoridad lo solicite.

    1.9.-) DE LA ADMISIBILIDAD.

    Art. 30.- De acuerdo a lo señalado en el punto 2.1 de la glosa 02 de la Ley20.882 de Presupuestos del sector público año 2016, las iniciativas seránseleccionadas en los meses de abril y agosto del presente año, de acuerdo a ladisponibilidad presupuestaria. Todas las iniciativas presentadas seránsometidas a un proceso de admisibilidad y evaluación. Las fechas depostulación serán informadas a través de la página web www.dellibertador.cl. 

    Una vez recepcionado el proyecto, los profesionales de la Unidad FNDR Cultura,Deporte y Seguridad Pública, revisarán la documentación obligatoriaestablecida en los artículos 28 y 29 de este Instructivo. Los proyectos quecumplan con todos los requerimientos necesarios para la postulación, quedaránen calidad de admisibles; y aquellos que no cumplan con lo solicitado enalguna de las cláusulas del presente Instructivo, quedarán en calidad deinadmisibles. En ambos casos, las organizaciones serán notificadas de susituación en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de recepcióndel proyecto, a través de la página www.dellibertador.cl.  En el caso de losproyectos inadmisibles, serán publicadas, también, las razones y fundamentos desu inadmisibilidad.

    Las organizaciones que se encuentren en esta situación, podrán solicitar a travésde una carta dirigida al Sr. Intendente Regional, la devolución del proyectopresentado y sus antecedentes, pudiendo volver a ingresarlo por oficina departes una vez subsanadas las observaciones de su inadmisibilidad. Vencido elplazo de postulación no se podrán ingresar nuevos proyectos ni subsanarobservaciones.

    Es importante señalar que el proceso de selección de proyectoscorrespondiente al mes de agosto, se realizará solamente si existedisponibilidad presupuestaria.

    LAS INSTITUCIONES POSTULANTES SON RESPONSABLES DE REVISARRESULTADOS PUBLICADOS EN PAGINA WEB.

    1.10) DE LOS PROYECTOS FUERA DEL PROCESO DE POSTULACIÓN.

    http://www.dellibertador.cl/http://www.dellibertador.cl/http://www.dellibertador.cl/http://www.dellibertador.cl/http://www.dellibertador.cl/

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    17

    Art. 31.- Quedarán fuera del proceso de postulación, los proyectos que nocumplan con:

    1.  El plazo de entrega estipulado. Dicho plazo será publicado en página webdel Gobierno Regional.

    2.  El formato anillado. 

    3.  El monto máximo a postular.

    4.  Los documentos obligatorios solicitados en los artículos 28 y 29 de esteInstructivo, según corresponda.

    5.  Los requisitos establecidos respecto a los rangos mínimos y máximos

    obligatorios del ítem de publicidad.

    6.  El aporte mínimo del 20% de Instituciones públicas y Municipalidades.

    7.  El tope máximo del 30% del monto solicitado al GORE en el ítem Gastos enEquipamiento.

    8.  El tope máximo de $150.000 para cóctel.

    9.  Solicitar al Gobierno Regional la totalidad de los recursos para ítem depublicidad.

    10.  Lo establecido en el artículo 19 punto 2 de este Instructivo, en relación alpago de servicios a directivos o familiares de la institución.

    11.  Acreditar debidamente domicilio en la región.

    12.  Lo establecido en el artículo 18 de este instructivo respecto a los gastosconsiderados en los proyectos.

    13.  La presentación detallada del cuadro presupuestario.

    1.11) DE LA EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS.

    La evaluación de los proyectos será realizada en función de la escala de puntaje,los criterios de evaluación y su ponderación, según se explica a continuación.

    Cada criterio será puntuado de acuerdo al siguiente rango de puntuación:

    Cumple MedianamenteCumple

    No Cumple

    100 pts. 50 pts. 0 pts.

    Existirán 2 tablas de evaluación, con diferentes criterios y ponderaciones para lasmismas, en atención al tipo de temática que aborde el proyecto. Temáticasdetalladas en el presente Instructivo, páginas 4, 5 y 6.TABLA DE EVALUACION PARA PROYECTOS QUE ABORDEN TEMÁTICAS DE

    PREVENCION SOCIAL Y PREVENCIÓN SITUACIONAL

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    18

    1

    2

    3

    4

    PONDERACIÓNPUNTAJE

    FINAL

    PONDERACIÓNPUNTAJE

    FINAL

    PROMEDIO CALIFICACIÓN CALIDAD 0

    Pertinencia de las actividades cons ideradas en el proyecto

    y detalle de las mis mas según carta Gantt

    20% 0,0

    Relación l ógica y coherencia entre el problema que se

    aborda, la i ntervención y los resultados esperados.

    Población objetivo y focalización territorial.

    Acciones de difusión de la iniciativa

    Metodología de la intervención cl ara y detall ada

    Debida j ustificaci ón de todos l os Item: Honorarios,

    Equipamiento, Publici dad, Gastos Generales e

    infraestructura

    PROMEDIO CALIFICACIÓN PRESUPUESTO 0CALIDAD: Evalúa los atributos de calidad del

    proyecto presentado, de las personas que lo

    ejecutaran y de la Institución asociada o

    patrocinadora según corresponda.

    CALIFICACIÓN

    Clarida d de la propuesta y encadenamiento lógico de los

    objetivos planteados.

    Adecuada jus tificaci ón y pertinencia entre la s olici tud

    financiera y presupuestaria, con el desarrollo de los

    objetivos propuestos

    25% 0

    Correcta acreditación de las cotizaciones y los distintos

    aportes (propios y de terceros)

    Valoración de costos a precios de mercado.

    Actividades clara mente descri tas y pertinentes a los

    objetivos.

    PRESUPUESTO: Evalúa la pertinencia de la

    solicitud financiera para la ejecución del

    proyecto postulado.

    CALIFICACIÓN

    PROMEDIO CALIFICACIÓN COHERENCIA 0,0

    LOS CRITERIOS, PONDERACIÓN Y PUNTAJE, VARIARÁN SEGÚN LA TIPOLOGÍA DE PROYECTO PRESENTADO, CONFORME A LAS

    PRESENTES BASES.

    COHERENCIA: Evalúa la correspondencia entre

    los objetivos y las actividades que el proyecto

    propone.

    CALIFICACIÓN: CUMPLE 100 Pu ntos.

      CUMPLE PARCIALMENTE 50 Puntos.

      NO CUMPLE 0 Puntos.PONDERACIÓN

    PUNTAJE

    FINAL

    25% 0,0

    Justificaci ón del proyecto.

    Los antecedentes adjuntos describen claramente el

    proyecto y permiten visua lizar su adecuada concreción.

    NOMBRE DEL PROYECTO

    INSTITUCIÓN EJECUTORA

    COMUNA

    CALIDAD 20%

    IMPACTO 30%

    TOTAL 100%

    PAUTA DE EVALUACIÓN PROYECTOS FONDO F.N.D.R. DE SEGURIDAD PÚBLICA

    PREVENCIÓN SOCIAL Y PREVENCIÓN SITUACIONAL.

    CRITERIOS PORCENTAJE ASOCIADO

    COHERENCIA 25%

    PRESUPUESTO 25% N° DE FOLIO PROYECTO

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    19

    PONDERACIÓNPUNTAJE

    FINAL

    0,0

    NOMBRE DEL EVALUADOR (A) FIRMA EVALUADOR (A)

    FECHA DE EVALUACIÓN

    El proyecto atiende a población con vul nerabilidad

     social.

    PROMEDIO CALIFICACIÓN IMPACTO 0

    PUNTAJE TOTAL

    OBSERVACIONES

    Identificación clara de las variables o factores de riesgo

    de Seguridad Públi ca s obre las cuales s e pretende

    intervenir.

    30% 0

    Identificación clara de los principales resultados y metas

    asociadas a los objetivos de la inici ativa

    Relevancia de la propuesta, conforme a l a natural eza del

    proyecto

    Compromiso de la ins titución respecto a los r esultados

    esperados

    IMPACTO: Evalúa el aporte del proyecto al

    mejoramiento de las condiciones actuales de

    las personas y/o lugares donde se desarrollará.

    Así también, se evaluará la cobertura delproyecto y sus beneficiarios.

    CALIFICACIÓN

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    20

    TABLA PARA PROYECTOS QUE ABORDEN TEMÁTICAS DE ASISTENCIA AVÍCTIMAS Y DE REHABILITACIÓN Y REINSERCIÓN

    1

    2

    3

    4

    5

    PONDERACIÓNPUNTAJE

    FINAL

    PONDERACIÓNPUNTAJE

    FINAL

    Justificaci ón del proyecto.

    20% 0

    TRAYECTORIA DE LA ORGANIZACIÓN: Evalúa

    que la organización y/o Institución Pública

    demuestre que esté o haya ejecutado

    iniciativas durante los últimos dos años.

    CALIFICACIÓN: CUMPLE 100 Pu ntos.

      CUMPLE PARCIALMENTE 50 Puntos.

      NO CUMPLE 0 Puntos.

    La organización demuestra haber desarrolla do proyectos

    en los últimos 2 años.

    PROMEDIO CALIFICACIÓN TRAYECTORIA

    Debida j ustificaci ón de todos l os Item: Honorarios,

    Equipamiento, Publici dad, Gastos Generales e

    infraestructura

    0

    Adecuada jus tificaci ón y pertinencia entre la s olici tud

    financiera y presupuestaria, con el desarrollo de los

    objetivos propuestos

    0

    0,0

    CALIFICACIÓN

    Correcta acreditación de las cotizaciones y los distintos

    aportes (propios y de terceros)0

    0

    0

    20%

    PROMEDIO CALIFICACIÓN COHERENCIA 0,0

    PRESUPUESTO: Evalúa la pertinencia de la

    solicitud financiera para la ejecución del

    proyecto postulado.

    Valoración de costos a precios de mercado.

    PROMEDIO CALIFICACIÓN PRESUPUESTO

    0 10% 0

    0

    0

    0

    PAUTA DE EVALUACIÓN PROYECTOS FONDO F.N.D.R. DE SEGURIDAD PÚBLICA

    ASISTENCIA A VÍCTIMAS Y REHABILITACIÓN Y REINSERCIÓN.

    CRITERIOS PORCENTAJE ASOCIADO

    COHERENCIA 20%

    PRESUPUESTO 20% N° DE FOLIO PROYECTO

    TRAYECTORIA 10%

    CALIDAD 20%

    IMPACTO 30%

    TOTAL 100%

    NOMBRE DEL PROYECTO

    INSTITUCIÓN EJECUTORA

    COMUNA

    Los antecedentes adjuntos describen claramente el

    proyecto y permiten visua lizar su adecuada concreción.

    Actividades clara mente descri tas y pertinentes a los

    objetivos.

    LOS CRITERIOS, PONDERACIÓN Y PUNTAJE, VARIARÁN SEGÚN LA TIPOLOGÍA DE PROYECTO PRESENTADO, CONFORME A LAS

    PRESENTES BASES.

    COHERENCIA: Evalúa la correspondencia entre

    los objetivos y las actividades que el proyecto

    propone.

    PONDERACIÓNPUNTAJE

    FINAL

    CALIFICACIÓN: CUMPLE 100 Pu ntos.

      CUMPLE PARCIALMENTE 50 Puntos.

      NO CUMPLE 0 Puntos.

    0Clarida d de la propuesta y encadenamiento lógico de los

    objetivos planteados.

    0

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    21/31

     

    21

    PONDERACIÓN

    PUNTAJE

    FINAL

    PONDERACIÓNPUNTAJE

    FINAL

    0,0PUNTAJE TOTAL

    PROMEDIO CALIFICACIÓN IMPACTO

    Relevancia de la propuesta, conforme a l a natural eza del

    proyecto0

    0

    0

    30%

    El proyecto atiende a población con vul nerabilidad

     social.

    0

    Compromiso de la ins titución respecto a los r esultados

    esperados

    Acciones de difusión de la iniciativa 0

    0

    20%

    CALIDAD: Evalúa los atributos de calidad del

    proyecto presentado, de las personas que lo

    ejecutaran y de la Institución asociada o

    patrocinadora según corresponda.

    Relación l ógica y coherencia entre el problema que se

    aborda, la i ntervención y los resultados esperados.

    Población objetivo y focalización territorial.

    Pertinencia de las actividades cons ideradas en el proyecto

    y detalle de las mis mas según carta Gantt0

    CALIFICACIÓN

    0

    00,0

    0PROMEDIO CALIFICACIÓN CALIDAD

    Metodología de la intervención cl ara y detall ada

    NOMBRE DEL EVALUADOR (A) FIRMA EVALUADOR (A)

    Identificación clara de los principales resultados y metas

    asociadas a los objetivos de la inici ativa

    IMPACTO: Evalúa el aporte del proyecto al

    mejoramiento de las condiciones actuales de

    las personas y/o lugares donde se desarrollará.

    Así también, se evaluará la cobertura del

    proyecto y sus beneficiarios.

    CALIFICACIÓN

    Identificación clara de las variables o factores de riesgo

    de Seguridad Públi ca s obre las cuales s e pretende

    intervenir.

    0

    0

    FECHA DE EVALUACIÓN

    0

    OBSERVACIONES

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    22

    2) DEL CONCURSO.

    Art. 32.- El llamado a Concurso y difusión del mismo estará a cargo delGobierno Regional del Libertador General Bernardo O’Higgins, a través de  supágina web www.gore6.cl o www.dellibertador.gob.cl y, asimismo, medianteexposiciones informativas de los funcionarios de la Unidad de Cultura,Deporte y Seguridad Pública del FNDR de la División de Análisis y Control deGestión del Gobierno Regional. 

    Art. 33.- Los proyectos deberán ser presentados en los formularioselaborados para este fin y que estarán disponibles en sitio web www.gore6.cl  o  www.dellibertador.gob.cl. Cualquier duda o consulta sobre el concurso deberá serresuelta por los funcionarios de la Unidad de Cultura, Deporte y SeguridadPública del FNDR de la División de Análisis y Control de Gestión del Gobierno 

    Regional.

    Art. 34.- Los proyectos serán recepcionados en la oficina de partes delGobierno Regional, Edificio Intendencia ubicado en Plaza de Los Héroes S/N°,Rancagua, en las fechas correspondientes y publicadas oportunamente en lapágina web del Gobierno Regional.

    3) DE LA SELECCIÓN.

    Art. 35.- Las iniciativas que acrediten el total cumplimiento de todos los requisitosexigidos en el presente Instructivo, serán consideradas admisibles. La revisión dedicha admisibilidad y la correspondiente evaluación, estará a cargo de losprofesionales de la Unidad de Cultura, Deportes y Seguridad Pública. Los proyectosserán evaluados y aquellos que obtengan una nota igual o superior a 70 puntosestarán en condiciones de ser financiados. La selección se realizará según loindicado en la Glosa, subtítulo 24, de la Ley 20.882 de presupuestos del sectorpúblico.

    Art. 36.- Los resultados de la postulación de los proyectos aprobados por el H.Consejo Regional del Libertador General Bernardo O’Higgins, serán publicadosen la página web www.gore6.cl o www.dellibertador.gob.cl. 

    4) DE LA TRANSFERENCIA DE LOS RECURSOS.

    Art. 37.- La transferencia de los recursos a cada una las entidadesseleccionadas, se materializarán una vez aprobados, vía resolución, losrespectivos convenios de transferencia que se celebrarán entre el GobiernoRegional y la entidad responsable de la ejecución del proyecto. Dichos convenios,en que se consignarán los derechos y obligaciones de las partes, se suscribiránuna vez decretada la disponibilidad de recursos.

    Art. 38.- Los recursos se entregarán en dos cuotas, cada una del 50% del montosolicitado, salvo excepciones que corresponderán a proyectos a ejecutarse en unasola actividad. La entrega de la segunda cuota se realizará solo si la organización

    beneficiada ha cumplido con, a lo menos, el 50% de las actividades contempladasen el cronograma del proyecto y haber rendido los recursos financiados con laprimera cuota.

    http://www.gore6.cl/http://www.gore6.cl/http://www.dellibertador.gob.cl/http://www.dellibertador.gob.cl/http://www.gore6.cl/http://www.gore6.cl/http://www.gore6.cl/http://www.dellibertador.gob.cl/http://www.dellibertador.gob.cl/http://www.gore6.cl/http://www.gore6.cl/http://www.gore6.cl/http://www.dellibertador.gob.cl/http://www.dellibertador.gob.cl/http://www.dellibertador.gob.cl/http://www.gore6.cl/http://www.dellibertador.gob.cl/http://www.gore6.cl/http://www.dellibertador.gob.cl/http://www.gore6.cl/

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    Este Gobierno Regional solamente entregará el documento de pago alRepresentante Legal de la institución, el cual acreditará su identidad a través decédula de identidad y su personería jurídica con Certificado de Vigencia con no másde 30 días transcurridos desde su emisión, el certificado puede ser solicitado unavez entregado el convenio. Lo anterior, se establece para evitar entrega derecursos a personas que por procesos eleccionarios estén desvinculados de laorganización a la fecha de pago.

    Art. 39.- Para garantizar que la utilización de los recursos transferidos se ajuste demanera estricta a lo declarado en el proyecto postulado y aprobado, la entidadbeneficiaria deberá suscribir un  pagaré a la vista, exento de la obligación deprotesto y con carácter de título ejecutivo suscrito en favor del Gobierno Regionaldel Libertador General Bernardo O’Higgins, por el monto de la subvención, cuyotérmino de vencimiento será de 365 días contados desde su firma ante notario; si

    faltando 30 días para que se verifique dicho vencimiento, no se ha aprobado larendición de gastos, será responsabilidad de la organización reemplazar estepagaré por uno nuevo, de similares características al extendido originalmente, sinperjuicio de los actos de fiscalización que competen al Gobierno Regional para darcumplimiento a esta normativa. De lo contrario, en caso de no darse oportuno yfiel cumplimiento a la ejecución de la iniciativa o a la renovación del pagaré, segestionará la cobranza judicial del documento. El otorgamiento de este pagarésuscrito ante notario es obligatorio sólo para las entidades privadas que postulen aeste fondo.

    Una vez entregada la rendición correspondiente y revisada por el funcionario de laUnidad de Cultura, Deporte y Seguridad Pública del FNDR de la División de Análisisy Control de Gestión, encargado para esta labor, éste emitirá una carta conobservaciones si no se ha rendido satisfactoriamente el 100% de los recursos; o,de haberse rendido correctamente la totalidad de los recursos financiados, en cuyocaso emitirá un documento de aprobación de la respectiva rendición y se podrásolicitar la devolución del pagaré.

    Art. 40.- Todas las instituciones que hayan sido beneficiadas con estos fondos,deberán tener en conocimiento el manual de rendición de cuentas, pues una vezaprobado el proyecto deberán cumplir exhaustivamente con la rendición de cuentacorrespondiente al financiamiento del proyecto postulado.

    La entidad beneficiaria deberá presentar la rendición de los fondos, según indicanla Resolución N°30 que “Fija Normas de Procedimientos sobre Rendiciones deCuentas”, del 11 de marzo de 2015, de la Contraloría General de la República,dentro de los cinco primeros días hábiles de cada mes, durante el términoconsignado para la ejecución total del proyecto. Además, los funcionarios de laUnidad del Fondo F.N.D.R. de Cultura, Deportes y Seguridad Pública de la Divisiónde Análisis y Control de Gestión del Gobierno Regional y/o la Unidad deFiscalización del Gobierno Regional del Libertador General Bernardo O’Higgins,tendrán la facultad de fiscalizar en terreno la ejecución del proyecto, sin perjuiciode las facultades que la ley, en esta materia, entrega al H. Consejo Regional y a losConsejeros Regionales.

    Art. 41.- Si la Institución, por diversos motivos justificados, no gasta la totalidadde los fondos solicitados o queden saldos, éstos deben ser restituidos, siendoDEPOSITADOS a nombre del Gobierno Regional Sexta Región RUT:72.240.400-9 cuenta corriente N° 38109091160 del BancoEstado. La

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    devolución de dichos saldos deberá realizarse en un plazo máximo de 30 díasdespués de finalizado el proyecto. Para acreditar la devolución, deben adjuntar elcomprobante de depósito junto con la rendición correspondiente. No se aceptanenvíos de cheques o dinero en efectivo. La Unidad del Fondo F.N.D.R. de Cultura,Deportes y Seguridad Pública no se hace responsable por el envío de documentosbancarios adjuntos en las rendiciones.

    5) DEL SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LA EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS.

    Art. 42.- Corresponderá a los funcionarios de la Unidad de Cultura, Deporte ySeguridad Pública del FNDR de la División de Análisis y Control de Gestión delGobierno Regional, el control de la ejecución de los proyectos adjudicados y elseguimiento técnico y financiero de los mismos; esto sin perjuicio de las facultadesque la ley, en esta materia, entrega al H. Consejo Regional y a los Consejeros

    Regionales.

    Art. 43.- Los proyectos seleccionados deben ser ejecutados cumpliendoestrictamente lo indicado en el formulario de postulación. Cualquier modificaciónen el desarrollo del Proyecto aprobado, debe ser solicitada previamente y porescrito al Sr. Intendente y Presidente del Gobierno Regional, teniendo presenteque dicha modificación potencie o mantenga las características y los objetivos delproyecto originalmente aprobado. Esta solicitud debe ingresar por Oficina dePartes del Gobierno Regional y será revisada por los funcionarios de la Unidad deCultura, Deporte y Seguridad Pública del FNDR de la División de Análisis yControl de Gestión.  Sólo se aceptan solicitudes de modificaciones antes decomenzar las actividades y/o durante su ejecución.

    En el caso de solicitudes de cambio de profesionales considerados en el ítem “Honorarios”, se deben presentar cartas de renuncia de las personas consideradasoriginalmente en el proyecto y/o justificar por escrito la causa del cambio.Deberán adjuntar los antecedentes curriculares y la respectiva cotización de losnuevos profesionales que trabajarán en el proyecto.

    Además, en los casos en que los montos aprobados sean menores a lo solicitado,las instituciones beneficiarias deberán hacer una restructuración presupuestariaantes de comenzar el proyecto, enviando una carta al Sr. Intendente sobre lamodificación y adjuntando el nuevo cuadro presupuestario.

    Toda modificación debe respetar los máximos y mínimos permitido de los montossolicitados al GORE, ninguna modificación presupuestaria debe alterar los objetivosy finalidad del proyecto para el cual se entregó el beneficio.

    Art. 44.- Es obligación de la Institución cuyo proyecto haya sido financiado, enviarcon la debida antelación una propuesta de invitación formal a la actividadpertinente con una fecha estimada de realización, ya que, la fecha debe estarobligatoriamente coordinada con la Unidad FNDR de Cultura, Deporte y SeguridadPública, de la División de Análisis y Control de Gestión del Gobierno Regional.Dicha invitación debe ser extendida al Sr. Intendente Regional, Consejeros

    Regionales, Gobernadores Provinciales, al Jefe de División de Análisis y Control deGestión y los Funcionarios de la Unidad del Fondo F.N.D.R. de Cultura, Deportes ySeguridad Pública del Gobierno Regional.

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    Art. 45.- En caso de no realizarse el Proyecto, o que éste se efectúe parcialmente,o que la institución y/o el ejecutor responsable lo altere, en cuanto a: lugares,fechas y/o presupuesto, sin haber informado y solicitado con la debida antelaciónlos cambios respectivos al Gobierno Regional, este último está facultado paraejercer las acciones legales que correspondan por incumplimiento del Convenio,pudiendo también ser causal de inhabilitación para postulaciones futuras a todoslos Fondos FNDR de Cultura, Deporte y Seguridad Pública por un lapso de un año.

    Si las Organizaciones Públicas u Organizaciones Privadas cobran porentrar o inscribirse a alguna actividad incorporada en el proyecto, elGobierno Regional estará facultado hacer reintegrar el 100% de los fondosentregados.

    Art. 46.- En el ámbito municipal, la rendición de cuentas la efectuará la

    respectiva Unidad y/o Departamento de Administración y Finanzas, deconformidad con el artículo 27, letra b), N° 6, de la Ley N° 18.695, OrgánicaConstitucional de Municipalidades.

    Art. 47.- Los organismos públicos y organizaciones privadas, deberán remitir larendición de los proyectos adjudicados en la forma que se establece en esteInstructivo y en el Manual de Rendición respectivos.

    Art. 48.- Para orientar la rendición de cuentas y de ejecución de actividades, losfuncionarios de la Unidad de Cultura, Deporte y Seguridad Pública del FNDRde la División de Análisis y Control de Gestión del Gobierno Regional facilitarán unManual de Rendiciones que sirva como guía a las instituciones, tanto paraentidades públicas como privadas. 

    6) DISPOSICIONES FINALES.

    Art. 49.- Los funcionarios de la Unidad de Cultura, Deporte y SeguridadPública del FNDR de la División de Análisis y Control de Gestión  serán losencargados de revisar los proyectos postulados y sus respectivas rendiciones,realizar los convenios de transferencias y efectuar las gestiones administrativaspertinentes para velar por el logro de los objetivos y fines trazados en cada una delas iniciativas subvencionadas.

    Art. 50.- Los proyectos deberán tener una duración máxima hasta el 15 deDiciembre del año de ejecución del proyecto

    Art. 51.- Las instituciones podrán postular la cantidad de proyectos que estimenconvenientes. No obstante, para el fondo FNDR de Seguridad Pública, a lasinstituciones y organizaciones privadas sin fines de lucro, se les asignarán recursospara la aprobación de un (1) proyecto. Mientras que a las instituciones públicas ymunicipalidades, se les asignarán recursos para la aprobación máxima de dos (2)proyectos.

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     ANEXOS DE

    CARTAS YDOCUMENTACIÓN

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    ANEXO N°1

    Solicitud deRecursos 

    Sr. (a)……………………..

    Intendente Regional Gobierno Regional del Libertador General Bernardo O’Higgins Presente 

    Junto con saludarle en nombre propio y de la entidad que legalmenterepresento (nombre de institución solicitante)

    Respetuosamente solicito financiamiento por la suma de $ XXXXXX (Cantidadsolicitada para ejecutar el proyecto)

    (Nombre del proyecto) ,

    Con cargo al Fondo F.N.D.R. de Cultura, Deportes y

    Seguridad Pública, para actividades de Seguridad

    Pública.

    (Si lo desea puede exponer brevemente la necesidad de

    los recursos)

    Sin otro particular le saluda cordialmente,

    NOMBRE :

    FIRMA Y TIMBRE :

    RUT :

    CARGO :

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    ANEXO Nº2

    Declaración Jurada 

    Yo, _______________________________________ C.I: ______________

    en mi calidad de representante legal de la organización denominada; _______________________________________________________________

    Rut: _____________________ - ___ declaro bajo juramento que;

    El proyecto “_______________________________________________________”  

    Es una iniciativa presentada por la institución antes mencionada a la cualrepresento, entidad que no se encuentra postulando a otros fondos públicosconcursables este proyecto, y que sólo ha sido presentado para financiamiento delFondo F.N.D.R. de Cultura, Deportes y Seguridad Pública del Gobierno Regional.

    Declaro que, todas las actividades enmarcadas en dicho proyecto seránabsolutamente gratuitas para la comunidad, no teniendo costo alguno para susbeneficiarios y/o asistentes.

    Declaro bajo juramento que toda la información aquí proporcionada es fidedigna

    asimismo, autorizo al Gobierno Regional a verificar el estado de rendición de laentidad que represento pudiendo declarar inadmisible si se faltara a la verdad enlos antecedentes proporcionados.

    NOMBRE :

    FIRMA Y TIMBRE :

    RUT :

    CARGO :

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    ANEXO Nº 3

    Yo,___________________________________________, representante

    legal de ______________________________,Rut N°_______________

    Declaro (tener o no tener)  entre los directores y /o administradores, a

    personas que posean la calidad de Consejeros Regionales o funcionarios

    del Gobierno Regional que presten servicios como planta, contrata u

    honorarios en el mismo.

    Firma y Rut

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    ANEXO Nº 4

    (Ejemplo)

    CARTA DE COMPROMISO DE APORTES PROPIOS O TERCEROS (especificar)

    Yo,……………………, Rut: …………. Pdte. Centro de Padres y Apoderados Jardín Infantil

    y Sala Cuna Alcanfor Rut: ..…….

    En representación de la entidad antes mencionada comprometo el aporte propio de

    $ 246.900 (doscientos cuarenta y seis mil novecientos pesos), para el proyecto

    denominado “Iniciación a la plástica y a la pintura en niños y niñas” tal como se

    indica a continuación;

    Descripción del

    aporte

    Monto valorado en $

    antidad Detalle Total

    Clases de plástica

    profesor especialista

    24 $7000 x

    hora

    $168.000

    Traslado hacia museo

    15 niños/as

    3 $15.000 x

    viaje

    $ 45.000

    Almuerzo para 15

    niños/as

    15 $1800 x

    niño/a

    $ 27.000

    Almuerzo para

    educadores y técnico

    3 $2.300 x

    adulto

    $ 6.900

    $246.900

    NOMBRE :

    FIRMA Y TIMBRE :

    RUT :

    CARGO :

    DICHOS APORTES SERÁN RESPALDADOS CON DOC. TRIBUTARIO EN SU

    RENDICIÓN.

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