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CON-R-09 Bases del concurso
Versión: 1 Fecha: 23/09/13
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BASES DEL CONCURSO
6 DE JUNIO DE 2014
CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL DE URBANISMO, PAISAJISMO Y ARQUITECTURA CENTRO
CIVICO EN MEDELLIN.
(Fotografía 1) Vista de la Ciudad de Medellín en la que se destaca el área central y los Cerros Tutelares: Volador, Nutibara y
Asomadera.
Este documento de bases del concurso podrá ser consultado en las páginas web:
Sociedad Colombiana de Arquitectos www.sociedadcolombianadearquitectos.org Alcaldía de Medellín www.medellin.gov.co
Portal de Contratación del Estado Colombiano SECOP www.contratos.gov.co Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos www.fpaa-arquitectos.org
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TABLA DE CONTENIDO
1. ASPECTOS GENERALES 1.1. Presentación del concurso…………………………………………………………………………… 5 1.2. Entidad estatal promotora………………………………………………………………………….…. 5 1.3. Organismo asesor……………………………………………………..……………………………….…. 5 1.4. Veedurías ciudadanas…………………………………………………….………........................ 6 1.5. Auspicio internacional…………………………………………………….………........................ 7 1.6. Objeto del concurso……………………………………………………………………………………… 9 2. EL CONCURSO 2.1. Nombre del concurso…………………………………………………….………......................... 9 2.2. Modalidad del concurso…………………………………………………….………..................... 9 2.3. Contexto del concurso………………………………………………………….……………………… 10 2.3.1. Medellín: breve descripción…………………………………………………………………………. 18 2.3.2. Área de Intervención estratégica AIE MEDRío………………………………………………… 23 2.3.3. Subzona/Macroproyecto RíoCentro………………………………………………………………. 27 2.4. Descripción general del polígono del Concurso Centro Cívico………………………… 30 2.5. Objetivo general del concurso………………………………………………………….…………… 32 2.6. Componentes del concurso………………………………………………….………………………… 34 2.6.1. Componente A………………………………………………..…………………………..……………….. 35 2.6.2. Componente B………………………………………………..…………………………..……………….. 41 2.7. Idioma oficial del concurso……………………………………………………………………………. 46 2.8. Asignación presupuestal………………………………………………………………………………... 46 2.9. Presupuesto…………………………………………………………………………………………………… 46 2.10. Acto administrativo de apertura………………………………………………………….………… 46 2.11. Plazo del concurso…………………………………………………………………………………………. 46 2.12. Alcance de las bases del concurso………………………………………………………………… 47 2.13. Anonimato…………………………………………………………………………………………………… 47 2.13.1. Sistema de anonimato……………………………………..…………………………..……………….. 47 2.14. Publicidad antes del cierre……………………………………………………………………………. 49 2.15. Normativa del concurso ……..……………………………………………………………………..…. 49 2.15.1 Normas técnicas…………………………………………………………………………………………… 49 2.15.2. Normas jurídicas…………………………………………………………………………………………… 49 2.16. Jurado……………………………………………………………………..…………………………………….. 50 2.16.1. Noción…………………………………………………………………………………………………………… 50 2.16.2. Conformación…………………………………………………………………………………………....... 50 2.16.3. Reglas de funcionamiento…………………………………………………………………..………… 50 2.16.4. Funciones……………………………………………………………………………………………………… 52 2.16.5. Criterios de evaluación…………………………………………………………………………..……… 53 2.16.5.1. Noción de anteproyecto………………………………………………………………………………. 53 2.16.5.2. Criterios generales………………………………………………………………………………………… 54 2.16.5.3. Criterios específicos……………………………………………………………………………………… 54 2.17. Proponentes…………..…………………………………………………………………………………….. 56 2.17.1. Quienes pueden proponer……………………………………………………………………………… 56
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2.17.2 Quienes no pueden proponer …………………………………………………………….……...... 58 2.17.3. Causales de descalificación……………………………………………………………………………… 59 2.17.4. Inscripción de proponentes…………………………………………………………………………… 60 2.17.4.1. Procedimiento………………………………………………………………………………………………. 60 2.17.4.2. Documentos comunes…………………………………………………………………………………… 60 2.17.4.3. Personas jurídicas ………………………………………………………………………………………. 63 2.17.4.4. Consorcios y uniones temporales…………………………………………………….………….. 64 2.17.5. Garantía única de seriedad de la propuesta………………………………………………….. 66 2.18. Obligaciones de las partes …………….………………………………………………….………….. 67 2.18.1 De la entidad estatal promotora………………………………………..…………………………… 67 2.18.2. Del organismo asesor………………………………………………………………..………………….. 67 2.18.3 Del jurado………………………………………………………………………………………………........ 67 2.18.4. De los proponentes…………………………………………..……………………………………........ 67 2.18.5. Del ganador del concurso……………………………………………………………………….…….. 68 2.19. Cronograma del concurso …………….………………………………………..……….…………….. 69 2.19.1. Temas relacionados con el cronograma del concurso……………………….………….. 71 2.20. Bases del concurso……….. …………….…………………………………………………….………….. 72 2.21. Actividades y documentos del concurso……………………………………………………….… 73 2.21.1. Visita no obligatoria al área de intervención…………………………………………………. 73 2.21.2. Audiencia pública de aclaración de las bases del concurso……………………………. 73 2.21.3. Consultas y respuestas…………………………………………………………………………………. 73 2.21.4. Recepción, envío y codificación de las propuestas………………………………………… 74 2.21.5. Cierre del concurso……………………………………………………………………………………….. 75 2.21.6. Juzgamiento de propuestas…………………………………………………………………………… 76 2.21.7. Informe inicial de evaluación del jurado………………………………………………………… 76 2.21.8. Informe final de evaluación del jurado………………………………………………………….. 77 2.21.9. Exposición de trabajos…………………………………………………………………………………… 77 2.21.10. Retiro de trabajos………………………………………………………………………………………….. 77 2.21.11. Autorización para publicar material presentado con la propuesta…………………. 78 2.21.12. Declaratoria de desierto del concurso…………………………………………………………… 78 2.21.13. Derechos de autor…………………………………………………………………………………………. 78 2.22. Presentación de las propuestas ………….……………………………………………….……….. 79 2.22.1. Material a entregar………………………………………………………………………………......... 79 2.22.2. Empaque y forma de presentación de los anteproyectos……………………………….. 80 2.22.3. Técnica de presentación…………………………………………………………………………………. 80 2.22.4. Contenido de las planchas……………………………………………………………………………… 81 2.22.5. Empaque y forma de presentación de la identificación del proponente…………. 82 2.23. Premios y honorarios profesionales….……………………………………………….………….. 83 2.23.1. Premios………………………………………………………………………………………………………… 83 2.23.2. Honorarios……………………………………………………………………………………………………. 85 2.23.3. Adjudicación del contrato…………………………………………………………………………….. 87 2.23.4. Firma del contrato, perfeccionamiento y legalización…………………………………… 88 2.23.5. Forma de pago……………………………………………………………………………………………… 89 2.23.6. Modelo de minuta de contrato para el ganador……………………………………………… 91 3. ANEXOS
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3.1. Anexos Legales…………………………………………………………………………………………………. 91 3.1.1. Anexo 1 Formato de solicitud de inscripción…………………………………………………… 91 3.1.2. Anexo 2 Certificados de cumplimientos de parafiscales persona natural………… 91 3.1.3. Anexo 3 Certificados de cumplimientos de parafiscales persona jurídica………… 91 3.1.4. Anexo 4 Certificado de conocimiento del sitio a intervenir …………………..………… 91 3.1.5. Anexo 5 Formato para conformar consorcio ……………………………………….…………. 91 3.1.6. Anexo 6 Formato para conformar unión temporal………….. ………………….………… 91 3.1.7. Anexo 7 Modelo de minuta de contrato de consultoría ……………………….………… 91 3.2. Anexos Gráficos……………………………………………………………………………………………… 91 3.2.1. Anexo 8 Formato de planchas………………………………………………………………………… 91 3.2.2. Anexo 9 Formato de rotulo oficial…………………………………………………………………… 91 3.2.3. Anexo 10 Logos de entidades…………………………………………………………..……………… 91 3.2.4. Anexo 11 Acuerdo de colaboración ONU - FPAA ……………………………………………… 91 3.3. Anexos Técnicos………………………………………………………………………………………………. 91 3.3.1. Anexo 12 Caracterización social…..…………………………………………………………………… 91 3.3.2. Anexo 13 Modelo de ciudad ….…..…………………………………………………………………… 91 3.3.3. Anexo 14 Planimetría. ………….…..…………………………………………………………………….. 92 3.3.4. Anexo 15 Caracterización físico espacial………………………………………………………….. 95 3.3.5. Anexo 16 Visor corporativo e imágenes de ciudad………………………………………….. 95 3.3.6. Anexo 17 Normativa básica general….…………………………………………………………….. 95 3.3.7. Anexo 18 Carrera Bolívar. Anteproyecto ganador Concurso Público……..…….….. 96 3.3.8. Anexo 19 Metro de Medellín………………….…………………………………………………….…. 96 3.3.9. Anexo 20 Metroplus…..……………………………………………………………………………………. 96 3.3.10. Anexo 21 Proyecto Parques del Rio Medellín…………………………………………………… 96 3.3.11. Anexo 22 Grupo EPM………………………………….…………………………………………………… 96 3.3.12. Anexo 23 Plaza Mayor……………………………….……………………………………………………. 96 3.3.13. Anexo 24 Teatro Metropolitano……………….……………………………………………………… 97 3.3.14. Anexo 25 EnCicla……………………………………….…………………………………………………….. 97 3.3.15. Anexo 26 Literatura complementaria de temas ambientales……….………………….. 97 3.3.16. Anexo 27 Literatura complementaria de Medellín………………………………………..… 97 3.3.17. Anexo 28 Videos: Colombia y Medellín……………………………………………………………. 97 3.3.18. Anexo 29 Esculturas Cerro Nutibara-Secretaria de Cultura Ciudadana….………… 97 3.3.19. Anexo 30 Marco Político / Plan de Desarrollo 2012-2015,,……………………………… 97
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1. ASPECTOS GENERALES
1.1. Presentación del concurso
(Fotografía 2) Vista de la Ciudad de Medellín en la que se destaca el área central y el Cerro Nutibara.
1.2. Entidad estatal promotora
Departamento Administrativo de Planeación de Medellín. DAP
Como responsable del concurso, el DAP designó a la arquitecta Nora Helena Cadavid
Vergara con matricula profesional No 0570040055 expedida por el Consejo Profesional
Nacional de Arquitectura y sus Profesiones Auxiliares, CPNAA.
1.3. Organismo asesor
Sociedad Colombiana de Arquitectos SCA
El Departamento Administrativo de Planeación DAP en su calidad de Entidad Estatal
Promotora, contrato a la Sociedad Colombiana de Arquitectos como organismo asesor del
concurso, mediante contrato de prestación de servicios profesionales No. 4600053455 de
2014.
La SCA es una corporación civil sin ánimo de lucro de carácter profesional y federativo con
cubrimiento nacional porque sus socios son personas jurídicas de carácter regional o
seccional -una en cada departamento – que a la vez están integradas por personas
naturales cuyo requisito es ser profesional de la arquitectura.
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La SCA es una asociación de profesionales de la arquitectura de reconocido prestigio
académico y consultivo, nacional e internacional. Fue fundada el 6 de Junio de 1934 y la
personería jurídica le fue reconocida mediante resolución Nº 135 de diciembre 19 de
1934 del Ministerio de Justicia. Está debidamente inscrita como entidad consultora en la
Cámara de Comercio de Bogotá, su domicilio social.
La SCA tiene el carácter de cuerpo consultivo del Gobierno Nacional, calidad reconocida a
través del tiempo por varias normas. Inicialmente por el Decreto presidencial 1782 del 8
de Junio de 1954, posteriormente lo hizo la Ley 103 de 1963, La ley 64 de diciembre de
1978. Esa calidad fue confirmada más tarde por los decretos 2090 de 1989 y 2326 de 1995
y el último reconocimiento normativo está consagrado en la Ley 435 de 1998.
El Estado reconoce institucional y específicamente que “los organismos o entidades…
profesionales… que tengan el carácter de cuerpos consultivos del gobierno, prestarán la
colaboración que en la actividad contractual requieran las entidades estatales.” 1
De otra parte la SCA es una autoridad nacional en materia de concursos de arquitectura
como lo dispone la ley: “Artículo 9º del Decreto 2326 de 1995, que a la letra dice: “… El
Organismo Asesor podrá ser la Sociedad Colombiana de Arquitectos como cuerpo
consultivo del Gobierno Nacional y único organismo idóneo que a nivel nacional adelanta
este tipo de gestiones.”
A nivel internacional, la SCA es reconocida como la máxima autoridad profesional de la
arquitectura en Colombia. Por eso la SCA es miembro de la Unión Internacional de
Arquitectos –UIA-, la Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos FPAA, y la
Reunión de Arquitectos del Grupo Andino RAGA.
Como responsable del concurso, la SCA designó al arquitecto DIEGO SIERRA FRANCO con
matricula profesional No. 05700-31725 expedida por el Consejo Profesional Nacional de
Arquitectura y sus Profesiones Auxiliares, CPNAA.
1.4. Veedurías ciudadanas
De conformidad con el Artículo 15 de la Ley 850 de 2003, el DAP invita a las veedurías
ciudadanas para realizar el control social al presente concurso público, para lo cual
suministrará la información y documentación requerida en la página web
www.medellin.gov.co
1 Artículo 67 de la ley 80 de 1993.
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1.5. Auspicio internacional
La Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos FPAA y el Programa de
Ciudades del Pacto Mundial de las Naciones Unidas UNGCCP apoyan el concurso en
calidad de auspiciadores académicos y entidades convocantes a nivel mundial.
La FPAA es una entidad sin fines de lucro que reúne entidades de arquitectos de todos los
países del Continente Americano, sin distinción de razas, religión o filiación política.
La FPAA fue creada el año 1950, en la ciudad de Montevideo, de la República Oriental del
Uruguay, lugar donde hasta el presente radica su Sede y la Secretaría General
permanente. Congrega entidades de 32 países, distribuidos en cinco regiones: Norte
(Canadá, Estados Unidos y México); Centroamérica (Belice, Costa Rica, El Salvador,
Guatemala, Honduras y Panamá); Caribe (Antillas Holandesas, Bahamas, Barbados, Cuba,
Guadalupe, Guyana Francesa, Haití, Jamaica, Martinica, Puerto Rico, Surinam y Trinidad y
Tobago); Andina (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela); y Cono Sur (Argentina,
Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay).
Dicha organización nuclea aproximadamente 600 mil arquitectos en actividad, lo cual
constituye cerca de la mitad del total de los arquitectos activos del planeta (estimados en
1,3 millones por la Unión Internationale des Architectes – UIA).
La FPAA es una institución esencialmente democrática, concebida para la integración de
los profesionales de América, a través del conocimiento, intercambio de experiencias,
colaboración, y difusión de experiencias. Elabora sus planes de actividad a partir de las
demandas planteadas por sus Secciones Nacionales, las que son elevadas para su
consideración a los órganos de conducción, asamblea general, anual, o comité ejecutivo.
El UNGCCP es el componente urbano del Pacto Global de las Naciones Unidas.
El Pacto Global es la iniciativa de mayor responsabilidad corporativa en el mundo, con
más de 7.000 signatarios en 135 países. Es una iniciativa de liderazgo para las empresas y
organizaciones que aspiren alinear sus acciones y estrategias con los Diez Principios
Universales de las Naciones Unidas en las áreas de los derechos humanos, normas
laborales, medio ambiente y lucha contra la corrupción.
El UNGCCP está dedicado a la promoción y adopción de los Diez Principios del Pacto
Global de las Naciones Unidas y a su aplicación por parte de las ciudades, estados,
provincias y naciones ofreciendo una estructura para la implementación de los principios
de gobernanza y gestión urbana. Dentro de las directrices del Pacto Global de las
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Naciones Unidas, el Programa de Ciudades enfoca la colaboración entre niveles de
gobierno, empresas y sociedad civil, a fin de aumentar la sostenibilidad, resiliencia,
diversidad y adaptaciones en las ciudades, frente a la naturaleza compleja de los desafíos
urbanos.
El Pacto Mundial de la ONU pide a las empresas adoptar, apoyar y promulgar, dentro de
su esfera de influencia, un conjunto de valores fundamentales en las áreas de derechos
humanos, normas laborales, medio ambiente y anti-corrupción, los diez principios del
pacto mundial de naciones unidas son:
Derechos Humanos
Principio 1: Las empresas deben apoyar y respetar la protección de los derechos humanos
proclamados a nivel internacional.
Principio 2: Asegurarse de no ser cómplices en abusos a los derechos humanos.
Normas Laborales
Principio 3: Las empresas deben apoyar la libertad de afiliación y el reconocimiento
efectivo del derecho de negociación colectiva.
Principio 4: La eliminación de todas las formas de trabajo forzoso y obligatorio.
Principio 5: La abolición efectiva del trabajo infantil.
Principio 6: Apoyo a la eliminación de la discriminación en materia de empleo y
ocupación.
Medio ambiente
Principio 7: Las empresas deberán mantener un enfoque preventivo que favorezca el
medio ambiente.
Principio 8: Adoptar iniciativas para promover una mayor responsabilidad ambiental.
Principio 9: Fomentar el desarrollo y la difusión de las tecnologías respetuosas con el
medio ambiente.
Lucha contra la Corrupción
Principio 10: Las empresas deben trabajar contra la corrupción en todas sus formas,
incluidas la extorsión y el soborno.
Administrado por un Secretariado Internacional basado en el Global Cities Research
Institute de la RMIT University, de Melbourne, Australia, el UNGCCP aporta conocimientos
y orientaciones para las ciudades participantes.
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El UNGCCP Congrega en la actualidad 80 ciudades y regiones participantes, 15 de los
cuales lo hacen como participantes a nivel Innovador o Experimental.
www.citiesprogramme.com
www.fpaa-arquitectos.org
1.6. Objeto del concurso
El objeto del concurso es seleccionar los ganadores que serán presentados a la entidad
promotora DAP como posibles consultores quienes desarrollaran las propuestas en los
dos componentes definidos.
2. EL CONCURSO
2.1. Nombre del concurso
CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL DE URBANISMO, PAISAJISMO Y ARQUITECTURA
CENTRO CIVICO EN MEDELLIN.
Cuando en las bases, anexos, adendas y en otros documentos se haga referencia al
concurso, se hace alusión directa al nombre descrito.
2.2. Modalidad del concurso
La modalidad del concurso es público internacional a una ronda, con dos componentes, A
y B. El participante podrá elegir A, B o A+B para presentar propuesta siendo una decisión
autónoma a partir de su capacidad logística y recursos profesionales. Se otorgara premios
a los ganadores del concurso así:
Para componente A: un primer premio, un segundo premio y un tercer premio.
Para componente B: para Cerro Asomadera un primer premio, un segundo premio y un
tercer premio y para Cerro Nutibara un primer premio, un segundo premio y un tercer
premio, siempre y cuando el jurado encuentre meritos suficientes.
Son por los tanto 9 premios los que serían otorgados.
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Nota 1
Quien se inscriba al componente B debe entregar propuesta de los dos cerros tutelares
pero se reitera que la premiación será individual pudiendo ganar un mismo proponente
uno o los dos cerros.
Los participantes a pesar de estar inscritos e identificados por sus nombres ante las
entidades promotora DAP y asesora SCA deben conservar y garantizar su anonimato ante
los demás participantes, jurado y público en general hasta la realización de la audiencia de
proclamación de ganadores del concurso y se proceda con la apertura de los sobres que
contienen la identificación de los concursantes ganadores.
Resulta entonces definitivo tener en cuenta que no puede violarse el anonimato del
concurso por parte de los vinculados al proceso y las consultas tramitadas mediante
comunicaciones escritas, correos electrónicos y otros medios, no pueden revelar la
identidad entre quien se comunica con la organización del concurso y la autoría de un
anteproyecto entregado al mismo concurso, so pena de descalificación.
2.3. Contexto del concurso
El Departamento Administrativo de Planeación (DAP), del Municipio de Medellín,
mediante la Subdirección de Planeación Territorial, viene adelantando varios ejercicios en
torno a la planificación de la ciudad los cuales permitan mejorar las condiciones urbanas y
la forma de habitar el espacio urbano apuntando a una ciudad más equitativa e
incluyente.
De esta manera, surgen algunos ejercicios puntuales de planificación, los cuales se
articulan a procesos y proyectos que se encuentran en desarrollo como son: el proceso de
ajuste y revisión del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) y la formulación de las Áreas
de Intervención Estratégica (AIE).
Se denominan Áreas de Intervención Estratégicas (AIE) a las partes del modelo de ciudad
que requieren un conjunto de medidas para alcanzar las condiciones físicas y funcionales
ideales. Las actuaciones correspondientes se apoyan en los instrumentos de la Ley 388 de
1997 y en las variantes desarrolladas por el Municipio de Medellín (Áreas de Actuación
Urbanística, Macroproyectos Urbanos, Planes Parciales, Proyectos Urbanos Integrales,
etcétera).
Son Áreas de Intervención Estratégica el Borde Urbano – Rural de gran trascendencia
debido a su cualidad estructurante desde los puntos de vista ecológico, ambiental,
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hidrográfico, paisajístico y agrario; el Corredor Metropolitano de Servicios MEDRio que
por sus cualidades estructurantes en términos ambientales, hidrológicos, pero también de
infraestructura, requiere actuaciones urbanísticas combinadas, y que en función de sus
dimensiones, escala y complejidad se ha dividido en unidades denominadas Río Norte, Río
Centro y Río Sur (RIONorte, RIOCentro, y RIOSur) y que para su transformación en clave
instrumental corresponden a Macroproyectos; y por último el área que conforma la franja
centro oriental y occidental, transversal a la del Río Medellín/Aburrá, que corresponde a
los corredores de las quebradas La Iguaná y Santa Elena. Estos son dos elementos
importantes de la cuenca del Río Medellín, que hacen parte tanto del sistema hidrológico,
como de la estructura ecológica, y como tales, tienen valores determinantes del equilibrio
ambiental del territorio. Estos corredores configuran la franja transversal natural para la
conectividad entre el área rural, el borde urbano-rural y la media ladera con el Corredor
Metropolitano y de Servicios del Río Medellín.
(Fotografía 3) Panorámica de la ciudad desde el borde urbano.
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(Figura 1) Áreas de Intervención Estratégica.
(Figura 2) Áreas de Intervención Estratégica con sistema de centralidades y corredores de movilidad.
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Complementan las AIE la malla de centralidades asociadas a los corredores de movilidad
con una cobertura completa de proyectos en todo el territorio.
Con el fin de enriquecer los ejercicios mencionados anteriormente, el Departamento
Administrativo de Planeación (DAP) en la actual administración liderada por el Alcalde
Aníbal Gaviria Correa, definió como una estrategia de participación, pero a su vez, de
oportunidad para abordar problemáticas y situaciones en territorios puntuales, la figura
de Concursos Públicos de Arquitectura y Urbanismo que a su vez alimentaran el proceso
de formulación de las AIE en el marco del proceso de ajuste y revisión del POT.
A la fecha, en el marco de la estrategia de Concursos Públicos, el DAP ha liderado en la
actual administración dos importantes concursos que son: el “Concurso Público
Internacional a dos rondas de Anteproyecto Urbanístico, Paisajístico y Arquitectónico del
Parques del Río en la Ciudad de Medellín” adjudicado el 30 de octubre del 2013 y
actualmente en etapa de desarrollo del proyecto para iniciar en el segundo semestre del
año 2014 la ejecución de obras del tramo priorizado (Ver Anexo # 21); y el segundo de
ellos el “Concurso Público Nacional de Anteproyecto Urbano Carrera Bolívar en la ciudad
de Medellín” adjudicado el 12 de mayo del 2014 y actualmente en etapa de desarrollo de
proyecto para iniciar en el segundo semestre del año 2014 la ejecución de obras del
tramo priorizado (Ver Anexo # 18).
Imágenes Parques del Río Medellín:
(Fotografía 4) Situación actual Corredor Metropolitano de Servicios - sector tramo 1 priorizado proyecto Parques del Río
Medellín.
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(Figura 3) Concurso Público Internacional a dos rondas de Anteproyecto Urbanístico, Paisajístico y Arquitectónico del
Parques del Río en la Ciudad de Medellín.
Propuesta proyecto ganador primer premio.
Vista Río Medellín/Aburra teniendo a la izquierda el Cerro Nutibara.
(Figura 4) Concurso Público Internacional a dos rondas de Anteproyecto Urbanístico, Paisajístico y Arquitectónico del
Parques del Río en la Ciudad de Medellín.
Proyecto inicial: Parque del Río Medellín. Proyecto inicial: Parque del Río Medellín.
Parque del Rio Medellín
Ganador – Primer Puesto: LATITUD Sebastián Monsalve Gómez + Juan David
Hoyos
Jurado: Jorge Pérez Jaramillo, Luis Fernando Arbeláez, Martha Fajardo, Laura
Spinadel, Peter G. Rowe, Gines Garrido, Manuel Delgado
Imaginario – Puente de Guayaquil
Proyecto inicial: Parque del Río Medellín. Proyecto inicial: Parque del Río Medellín.
Parque del Rio Medellín
Imaginario – Tramo Centro Imaginario – Sendero Multipropósito
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Propuesta proyecto ganador primer premio.
La imagen de la izquierda se evidencia la intención de articulación de la propuesta con el Centro Institucional de la
Ciudad.
Imágenes Galería Bolívar:
(Figura 5) Concurso Público Nacional de Anteproyecto Urbano Carrera Bolívar en la ciudad de Medellín.
Propuesta proyecto ganador primer premio.
(Figura 6) Las cuatro plazas de la propuesta proyecto ganador primer premio.
Carrera Bolívar.
Una Gran Calle. Cuatro Grandes Plazas
PLANTA GENERAL
Proyecto inicial: Carrera Bolivar.
Ganador – Primer Puesto: Arq. Carlos Puerta, Arq. Veronica Ortiz y Arq. Manuel Ortega
Jurado: Arq. Luis Fernando Arbelaez Sierra , Arq. Hugo Mondragon Lopez , Arq. Angel Luis
Fernandez Muñoz, Arq. Teodoro Fernandez Larragaña, Arq. Giovanna Spera Velasquez
JARDÍN DE VILLA NUEVA13 Jardines entre las carreras Bolívar y Juan del Corral14 Teatro Estación Villa15 Mercado Juan del Corral
16 Pabellón Gastronómico
PLAZA CENTRAL
METROPOLITANA8 Parque Berrío9 Archivo Histórico y Fotográfico de Medellín10 Plazuela Nutibara11 Plaza de las Esculturas11 Recorrido de La Esperanza
PLAZA DE LA IDENTIDAD4 Plaza de accesos al Sistema Metro5 Museo del Transporte Metropolitano6 Centro de Control Metro de Medellín7 Recorrido de La Ausencia
BOSQUE DE LA MEMORIA1 Bosque Urbano2 Centro Cultural Simón Bolívar3 Recorrido de La Nostalgia
Un recorrido por la memoria.
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(Fotografía 5) Imagen actual de la Carrera Bolívar en la ciudad de Medellín en el sector del Parque Berrío. Se destaca hacia la izquierda las cúpulas de la Iglesia La Candelaria y a su derecha el edificio de la primera sede del
Banco de la República hoy sede de AV Villas.
(Figura 7) Propuesta intervención de la Carrera Bolívar en la ciudad de Medellín en el sector del Parque Berrío. A su
derecha puede verse la Escultura de “La Gorda” del Maestro Fernando Botero de gran importancia y representatividad para la ciudad.
Renders del proyecto ganador
Concurso Público Nacional de Anteproyecto Urbano Carrera Bolívar en la ciudad de Medellín.
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(Fotografía 6) Imagen actual de la Carrera Bolívar en la ciudad de Medellín en el sector de la Plazuela Nutibara. Se
destaca en la Plazuela las Esculturas del Maestro Fernando Botero, también el sistema Metro, El Palacio de la Cultura Rafael Uribe Uribe, antiguo Palacio de la Gobernación de Antioquia, y a la derecha puede observase el Museo de
Antioquia antiguo Palacio Municipal.
(Figura 8) Propuesta intervención de la Carrera Bolívar en la ciudad de Medellín en el sector de la Plazuela Nutibara:
Gran plaza: Plaza central metropolitana Botero Renders del proyecto ganador
Concurso Público Nacional de Anteproyecto Urbano Carrera Bolívar en la ciudad de Medellín.
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Esta estrategia de Concursos Públicos, permite tener las mejores propuestas para los
proyectos que se consideran que detonan el desarrollo de las AIE, abre el espacio de
discusión lo que permite la reflexión y que nuevas ideas aporten al continuo proceso de
transformación de la ciudad.
Hoy se presenta el tercer concurso que hace parte de esta estrategia: un concurso con un
alcance similar en magnitud al de Parques del Río Medellín y que pretende articular los
dos concursos anteriores con las propuestas del Plan MEDCentro además de consolidar el
Centro Cívico Institucional que tiene trascendencia regional.
2.3.1. Medellín: breve descripción
(Fotografía 7) Vista del centro de la Ciudad de Medellín, sector Plazuela Nutibara – Parque Berrío en la cual se
evidencian edificios de valor cultural y patrimonial como: La Iglesia de la Veracruz, Museo de Antioquia, Palacio de la Cultura Rafael Uribe Uribe, Museo Universidad de Antioquia Edificio de la Naviera, Hotel Nutibara, Edificio Coltejer,
entre otros, y también el sistema Metro con la Estación Parque Berrío.
Medellín, es uno de los diez municipios localizados en el Valle de Aburrá. El Río
Medellín/Aburrá estructura este valle que a su vez cuenta con un sistema hidrográfico
bastante denso, condicionando la topografía y a la trama urbana, lo que convierte en un
reto vincular, articular y configurar la estructura urbana con el territorio y sus
condicionantes físicas topográficas e hídricas.
“…Medellín es una ciudad con una rica y diversa historia de experimentación urbana,
producto de su condición de ciudad joven pero intensamente urbanizada en el transcurso
del último siglo, y especialmente debido a sus complejas condiciones sociales, culturales,
territoriales y económicas.
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Fundada en 1616 y erigida en ciudad capital del departamento de Antioquia en 1826,
concentra hoy una población cercana a los 3,5 millones de habitantes, como núcleo de
una región metropolitana que integra los diez municipios del Valle de Aburrá.
Desde el siglo XIX viene experimentando un proceso de configuración urbana
relativamente acelerado. A inicios del siglo pasado la Sociedad de Mejoras Públicas
emprendió los primeros ejercicios para planear la ciudad futura. Como complemento, a
partir de una base universitaria que contaba con escuelas de medicina, ingeniería,
derecho y otras ciencias sociales, se consolidaron oficios profesionales y técnicos como la
arquitectura, la ingeniería, ciencias sociales y otras disciplinas, que han formado una
relativa tradición de gestión urbana. Esta base universitaria fomentó de manera gradual la
agenda urbana, apoyada también en la dinámica que la ciudad adquirió, de la mano del
comercio y su desarrollo económico e industrial.
Durante las décadas de los años treinta y cuarenta, se consolidaron instituciones como la
Sociedad Colombiana de Arquitectos (1934), la Facultad de Arquitectura de la Universidad
Pontificia Bolivariana (1942) y posteriormente, derivada de la Escuela Nacional de Minas
de la Universidad Nacional de Colombia, se creó la Facultad de Arquitectura (1946), lo cual
contribuyó a configurar una base profesional con carácter e identidad urbana y regional.
Tras las visitas de Le Corbusier (1948 – 1951), bajo iniciativa de la SMP y líderes de la
ciudad, Josep Lluis Sert y Paul Lester Wiener formularon en 1950 el Plan Piloto Regulador
de Medellín, al tiempo que se fundó la oficina de Planeación.
Estas circunstancias constituyeron el fundamento para la configuración de buena parte de
lo que hoy existe como ciudad. La creciente urbanización, así como las dificultades que
Medellín ha vivido, han impuesto como prioridad en la agenda pública la planeación, el
urbanismo y la gestión urbana. En este sentido, se ha experimentado mucho con las
infraestructuras, la arquitectura y el espacio público, todo ello en función de responder a
los retos de la sociedad, y ha instituido una vía alternativa de experimentación y creación,
como soporte y complemento del proceso social y político, fundamental para la
superación de la brechas social acumulada. La revisión del Plan de Ordenamiento
Territorial de Medellín, POT, que está adelantando la actual administración, es una
oportunidad singular para capitalizar los aprendizajes y retos derivados de los avances
conseguidos durante las últimas dos décadas. A partir de los esfuerzos comunitarios y
participativos de planeación en la ciudad, que han dado base a diversas actuaciones
urbanas, comprendemos el poder del urbanismo, la arquitectura y las infraestructuras
como medios de evolución social. Ha llegado ahora nuestra oportunidad para armonizar,
a manera de un proyecto de ciudad a mediano y largo plazo, el POT con el conjunto de
acciones y proyectos urbanos con dimensión político-administrativa, de planificación física
y carácter estratégico, tanto los realizados hasta el momento, que han permitido avances
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muy positivos pero que aún adolecen de la coherencia, integralidad y armonía que la
ciudad requiere; como los nuevos, que denominamos Áreas de Intervención Estratégica,
AIE.
Hasta la fecha, las actuaciones y proyectos urbanos –públicos y privados–, han tenido
preponderancia particular sobre el modelo territorial de ciudad definido en el POT y lo
han superado como plan, pues este ha estado estructurado con énfasis en dimensiones
regulatorias y normativas. La realidad es que el modelo de ciudad definida en el POT
desde 1999 ha quedado aplazado, y ahora y durante los años próximos, tenemos el reto y
la ilusión de concretar una etapa en la cual el modelo territorial, sumado a las actuaciones
y normativas, así como al compromiso de la ciudadanía, se integren todos, a manera de
un POT como proyecto de ciudad.
Concursos, foros, investigaciones y proyectos urbanos, todo enmarcado en la planeación
adecuada y una agenda de gestión pública concertada con los actores económicos,
sociales y políticos de la ciudad, tendrán en las Áreas de Intervención Estratégica AIE, un
guion de ciudad, que a manera de partitura y como una rica síntesis, debe contribuir al
avance de todos.
Hemos tenido grandes experiencias de actuaciones urbanas. Finalizando la década de los
años ochenta y primeras etapas de los noventa se construyó el Metro, más adelante se
desarrollaron los llamados Núcleos de Vida Ciudadana por la Consejería Presidencial para
Medellín. Posteriormente se construyó el Parque de los Pies Descalzos, en 1998, que
marca un hito en la concepción del espacio colectivo y fue complementado con obras
como el conjunto Plaza Mayor, la Biblioteca EPM2, la Plaza de Cisneros, el Parque de los
Deseos y el Metrocable de Santo Domingo durante el período 2000-2003, todo lo cual
tuvo un complemento singular mediante los proyectos durante el periodo denominado
Urbanismo Social entre el 2004-2007, con los Proyectos Urbanos Integrales y obras
emblemáticas como Moravia, Jardín Botánico y Parque Explora, así como diversos
equipamientos culturales, cívicos, educativos y recreativos, testimonio evidente de
nuestra reconquista de la vida pública, a partir de una cultura de vida y convivencia, que
ha renovado nuestra civilidad y hoy caracteriza la escena urbana de Medellín.
2 El Grupo EPM (Empresas Públicas de Medellín) es una empresa industrial y comercial del Estado perteneciente a la Alcaldía de Medellín y
que provee de energía eléctrica, agua potable, saneamiento y gas por red a los municipios donde tiene presencia. El Grupo EPM es además una organización que tiene como propósito superior la construcción de territorios competitivos y sostenibles. Esto significa llevar calidad de vida a millones de hogares y crear las condiciones de competitividad necesarias para el florecimiento de la industria, el comercio y todas aquellas actividades que generan empleo, abren nuevas oportunidades para la gente y ayudan a proyectar una sociedad del futuro mucho más equitativa.
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(Fotografía 8) Medellín vida urbana. Sector Plazuela Nutibara, se destacan en ella algunas de las Esculturas del Maestro
Fernando Botero y al fondo el edificio Museo de Antioquia antiguo Palacio Municipal.
(Fotografía 9) Metro de Medellín a su paso por el centro. Se destaca en primer plano el Museo de Antioquia y la
plazoleta de las Esculturas del Maestro Fernando Botero.
.
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(Fotografía 10) Antiguo Palacio Municipal, actualmente Museo de Antioquia.
Para la formulación de los proyectos del POT hemos partido de cuatro premisas. La
primera, adecuarlo a los conceptos, términos e instrumentos en la Ley de Desarrollo
Territorial 388 de 1997, esto debido a que nuestra propuesta presenta particularidades
que no reflejan de manera directa o simple los postulados de la Ley. La segunda,
conseguir que el Plan sea un proyecto de proyectos, que tenga sentido como resultado
del Modelo de Ocupación Territorial definido, es decir, que sea consecuencia evidente de
la integralidad entre el nivel general y conceptual y los proyectos urbanos formulados,
priorizados y ejecutados por la ciudad. Además, debe reflejar la dimensión metropolitana
y regional, ya planificada a través de las Directrices Metropolitanas de Ordenamiento
Territorial 2006 del Área Metropolitana del Valle de Aburrá y el Plan Bio 2030 (Ver Anexo
# 17), que permiten articular el sistema territorial general con diversos niveles de
planeación y autoridad territorial. En tercer lugar, hemos aprovechado los resultados de
múltiples estudios desarrollados por instituciones públicas, consultores e investigadores
para la ciudad. Finalmente, la cuarta premisa plantea armonizar y coordinar las agendas
de las dependencias municipales en torno a las políticas, herramientas y acciones de
ordenación o transformación del territorio.…”3
3 Texto del Director DAP Arq. Jorge Pérez Jaramillo en “Cuadernos de Ciudad n.1. Áreas de Intervención Estratégica AIE”
Departamento Administrativo de Planeación, DAP, Municipio de Medellín. Abril 2014.
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2.3.2. Área de Intervención Estratégica AIE MEDRío.
(Fotografía 11) Vista de la ciudad.
El Modelo de Ocupación Territorial derivado de la revisión del POT se compone de cuatro
Áreas de Intervención Estratégicas (AIE). La primera AIE se denomina MEDRío, co-
rresponde al Corredor Metropolitano y de Servicios que por sus cualidades estructurantes
en términos ambientales y de infraestructura constituye el principal soporte territorial.
Los criterios que orientan el nuevo equilibrio de esta parte del Modelo, se refieren a la
idea de dar solución de continuidad entre el Río Medellín/Aburrá y la ciudad, poblar y
reforzar la gran centralidad longitudinal que se desarrolla a lo largo del eje de las
infraestructuras que lo acompañan. Por lo tanto se trata de trabajar desde lógicas que
permitan articular lo existente con lo nuevo, que impriman urbanidad a las grandes
infraestructuras.
El objetivo fundamental del proyecto es convertir al Río Medellín/Aburrá en el eje
ambiental y de espacio público de la región y la ciudad, de manera tal que al optimizar su
función actual como eje de movilidad, se transforme en el elemento estructurador e
integrador de los diferentes sistemas del territorio y constituya el escenario central del
encuentro ciudadano. Si la movilidad es un atributo del espacio público y no al contrario,
el AIE MEDRío definirá el tejido de la estructura ecológica y el espacio público en su
intersección con el río, ya no visto como corredor de flujo vehicular, sino como conector
ecológico de espacio público que fortalece y reactiva la estructura urbana en sus
significados y funciones.
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(Fotografía 12) Corredor Metropolitano de Servicios, se evidencia el sistema Metro y el Río Medellín/Aburrá.
MEDRío está subdividido en tres subzonas, que de acuerdo con las potencialidades y la
vocación de los territorios, hacen énfasis en la definición de tratamientos urbanísticos, el
desarrollo de actividades económicas, la activación del suelo y su recuperación para
introducir usos de vivienda y espacio público.
(Fotografía 13)
Subzona RÍONorte. Subzona RÍOCentro. Subzona RÍOSur.
Subzona RÍOSur: Es el tramo comprendido entre los límites con los municipios de
Envigado e Itagüí y la Calle 30. Actualmente tiene una marcada vocación industrial que
pretende conservarse, pero con una orientación hacia la industria liviana, servicios y
comercio, además plantea introducir vivienda como soporte de estas actividades
económicas.
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(Fotografía 14) Sector Subzona RÍOSur.
Subzona RÍOCentro: Corresponde al área denominada Centralidad Metropolitana, con
presencia de equipamientos de escala regional y metropolitana y de las principales univer-
sidades. Se pretende aquí lograr un proceso de renovación importante de los suelos
alrededor de la zona gubernamental (Centro Cívico Institucional) introduciendo vivienda a
través de operaciones urbanísticas que articulen todas las piezas a través de
intervenciones con énfasis en el espacio público.
(Fotografía 15) Sector Subzona RÍOCentro hacia el oriente.
Se visualiza el Centro Institucional de la Ciudad.
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Subzona RÍONorte: Es el tramo comprendido entre Moravia (Al occidente), la Terminal
del Norte (Al oriente) y el límite con el municipio de Bello. Tiene el potencial de ser una
centralidad que compartirían las zonas noroccidental y nororiental y en la cual se
pretende equilibrar el territorio con la activación de suelo para vivienda y la introducción
de equipamientos de ciudad.
(Fotografía 16) Sector Subzona RÍONorte hacia el oriente.
Es importante recordar que cada una de estas subzonas se instrumenta a través de
Macroproyectos, instrumento incluido en la Ley 388/1997 de Ordenamiento Territorial.
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(Figura 9) AIE MEDRío.
2.3.3. Subzona/Macroproyecto RÍOCentro.
(Fotografía 17) Medellín nocturna, sector Macroproyecto RÍOCentro.
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Esta subzona se instrumenta con un Macroproyecto que incluye tres áreas con
particularidades destacadas y a su vez con elementos en común que las hacen partes
integradoras de la Centralidad Metropolitana. Estas áreas son el Centro Tradicional, el
Distrito de la Innovación/Medellinnovation y Rio que corresponde a las zonas del frente
de agua.
Las actuaciones urbanísticas de las últimas décadas en Medellín han dejado un legado
importante y una ciudad con un buen servicio de equipamientos a múltiples escalas. Los
programas de intervención han buscado el equilibrio entre mejorar los barrios y actualizar
las zonas centrales; entre atender los territorios con necesidades básicas y reequipar la
ciudad apoyándose en el sistema de espacios públicos principales.
Ahora la ciudad, sin dejar de atender su conjunto, vuelve la mirada hacia las áreas del
centro, en donde conviven situaciones urbanas bien diferentes. Por una parte está el
Centro Tradicional, con los déficits habituales de los tejidos urbanos antiguos:
Envejecimiento físico, vaciado de usos dinámicos, disminución de la población residente,
etcétera. Aquí se plantea la necesidad de un programa de actuaciones sobre el espacio
público y de revitalización de los usos. Como en todos los procesos urbanos en los que el
objetivo es rejuvenecer, ambos aspectos son importantes, pero quizás hay que empezar
por lo primero. A mediano plazo, será el ejercicio conjunto de las acciones privada y
pública lo que dará un viro a la situación, pero resultará difícil que los particulares tomen
decisiones de inversión si el conjunto de calles, plazas y espacios libres en general no
constituye un escenario atractivo, dotado de la calidad urbana que ahora se echa de
menos.
(Fotografía 18) Vista centro de Medellín.
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(Figura 10) Sistema Estructurante de Espacio Público del Centro Tradicional de la Ciudad articulado con el proyecto
Parques del Río Medellín.
Por otra parte se presenta la gran oportunidad del Distrito de Innovación, espacio de esta
zona centro en donde la actuación pública ya ha hecho, en gran medida, su parte. Los
importantes equipamientos de ciudad y las actividades motoras que ya existen, aquí están
respaldadas por un espacio público de calidad, con características de centralidad, que lo
hacen atractivo a la instalación de aquellos nuevos usos que buscan un escenario urbano
contemporáneo. Las actividades económicas y productivas de nueva generación,
compatibles con la vivienda, que buscan una posición central, serán las que ayudarán a
extender y dar nueva dimensión al corazón de la ciudad. En este caso, el reto de la
administración es la creación de ciertas reglas de juego. Las actuaciones urbanísticas que
se han llevado a cabo hasta ahora están bien experimentadas en lo referente a los
proyectos, a su concepción y a su contextualización. Es probable que solo sea necesario
definir o clarificar los procesos de gestión que implicarán las necesarias pequeñas
transformaciones asociadas a la instalación de nuevos usos. En resumen, a la
instrumentación de la reparcelación.
Es innegable la importancia de los proyectos que conforman “Parques del Río”, en
especial la del macroproyecto Río Centro, que ayudará a vertebrar las dos áreas
anteriormente descritas. Este corredor metropolitano, que actualmente solo constituye
un eje de infraestructuras, cambiará la relación de la ciudad con el fondo del valle. El
SISTEMA ESTRUCTURANTE DE ESPACIO PUBLICO
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parque lineal del río será, entre todos los previstos, el elemento urbano estratégico,
decisivo para hacer realidad el nuevo modelo de Medellín.
(Fotografía 19) Panorámica del Valle de Aburrá.
(Figura 11) Macroproyecto RÍOCentro.
2.4. Descripción general del polígono del Concurso Centro Cívico.
El polígono definido para el Concurso Centro Cívico se encuentra dentro de la AIE MEDRio
y más precisamente en la Subzona/Macroproyecto RIOCentro.
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(Fotografía 20) Panorámica de la ciudad de Medellín desde el Cerro Nutibara.
Sector ámbito del Concurso Centro Cívico, a la izquierda se puede ver el Centro Institucional y al fondo luego del sistema
Metro el Cerro La Asomadera.
(Figura 12) Ámbito Concurso dentro de la Subzona/Macroproyecto RioCentro.
Este concurso pretende reordenar el territorio en función de tres componentes de
RIOCentro: El Centro Cívico Institucional de la Ciudad (Que incluye el Centro
Administrativo La Alpujarra donde se destaca la presencia de la Alcaldía y la Gobernación
además de las oficinas judiciales de la ciudad; Plaza Mayor que es el centro internacional
de ferias y exposiciones de la ciudad; el Teatro Metropolitano y la sede de Empresas
Públicas de Medellín); los suelos de renovación próximos a esta área que son los sectores
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de Bayadera y Calle Nueva; y dos de los cerros tutelares que hacen parte del sistema
ecológico principal del Valle de Aburrá que son el Cerro Nutibara y el Cerro La Asomadera.
El Centro Cívico, esta además inscrito en la Centralidad Metropolitana determinada por el
Acuerdo Metropolitano 15 del 27 de septiembre de 2006 (Directrices Metropolitanas de
Ordenamiento Territorial) (Ver Anexo 17). En las mismas se definió que el territorio del
Área Metropolitana del Valle de Aburrá, debía configurarse bajo el modelo de una ciudad
compacta y policéntrica con tres grandes centralidades metropolitanas donde la principal
es la Centralidad Metropolitana ubicada en el municipio de Medellín. De ahí la mportancia
del área objeto del concurso dentro de la estructura metropolitana y urbana de Medellín.
El concurso propone resolver una parte significativa de la Centralidad Metropolitana que
incluye dar directrices para el espacio público y la articulación de las piezas clave del área
como son el centro institucional y gubernamental, las áreas de renovación, los dos cerros
tutelares localizados en la zona, los recientes espacios públicos construidos alrededor de
los edificios de EPM y de Plaza Mayor4 así como los equipamientos de ciudad hoy
desarticulados entre sí.
Es fundamental comprender la importancia de este lugar además en relación a la
intervención del proyecto Parques de Río y el tramo priorizado que se comienza a
construir este año. El parque asociado a la intervención del corredor de movilidad del río,
es una pieza clave del espacio público que se complementa con los resultados esperados
de este concurso para promover nuevas dinámicas que permitan revalorizar las zonas
aledañas al río con nuevas formas de ocupación y disfrute del territorio, así como para
promover la imagen internacional de la ciudad.
2.5. Objetivo general del concurso
Formular propuestas en múltiples escalas que incluyan el plan maestro de espacio
público para los suelos de renovación alrededor del centro de gobierno de Medellín, los
Planes Maestros de Paisaje5 de dos de los principales cerros de la ciudad, Nutibara y
Asomadera, y la idea básica para los proyectos del Parque Verde EPM y el equipamiento
4 Ver Anexo # 22
5 Los Planes Maestros de Paisaje son un instrumento de planificación de los recursos paisajísticos de las áreas protegidas, que deben considerar la situación actual de sus sistemas naturales, culturales e infraestructurales, para generar intervenciones armónicas con su contexto territorial, para la maximización de los beneficios sociales y ambientales de la existencia del Cerro Nutibara y La Asomadera, en tanto áreas de recreación para la población metropolitana. Su formulación permitirá contar con una herramienta específica de manejo paisajístico para estas áreas protegidas, que pone en el centro de atención los valores culturales y escénicos, para una mayor apropiación ciudadana, a través de la definición de estrategias e intervenciones de diferente índole, dentro o fuera del área protegida, para el incremento,
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recreativo denominado Unidad de Vida Articulada (UVA)6 localizado en la cima del Cerro
Nutibara.
Este concurso complementa las intervenciones propuestas por los concursos: Parques
del Rio Medellín y el de la Carrera Bolívar, terminando de configurar el sistema público
de la Centralidad Metropolitana.
(Fotografía 21) Unidad de Vida Articulada UVA Tanque Versalles de Empresas Públicas de Medellín EPM. Una de las
intervenciones UVA ya construidas.
mantenimiento, o mejoramiento de la legibilidad y la oferta paisajística que presentan, para disfrute de la ciudadanía y de los visitantes a la ciudad." 6 El proyecto urbano Unidades de Vida Articulada que se adelanta conjuntamente entre la Alcaldía de Medellín, EPM, y
otras entidades municipales pretende reconocer y fomentar la creación, recuperación y mejora del espacio público, en busca del bienestar cívico y colectivo de nuestra ciudad, en territorios y barrios que requieren la generación de nuevos espacios públicos y/o la mejora en sus condiciones urbanas. Conscientes de la falencia de espacios públicos en algunos territorios de la ciudad de Medellín, y de ciertas áreas de oportunidad que representan algunos lotes o predios de EPM, específicamente las UVA tanques de EPM; son proyectos que pretenden mejorar las condiciones urbanísticas actuales por medio de la apertura e integración de las áreas que comprenden algunos tanques de acueducto, y que tienen la posibilidad de crear nuevos espacios públicos de uso recreativo, cultural y de convocatoria para la comunidad.
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(Figura 13) Polígono de intervención – Actores y Entorno - Relaciones urbanas (Ver Anexo 15).
2.6. Componentes del concurso
(Figura 14) Polígono de intervención e identificación de los componentes – Alcances del Concurso (Ver Anexo 15).
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2.6.1. ComponenteA
Plan Maestro Urbano, Idea básica para el Parque Verde EPM y cuatro
conexiones peatonales.
Idea clave
El espacio público como ordenador y articulador de los edificios públicos que
representan la institucionalidad de toda una región.
(Fotografía 22) Vista del Centro Institucional de la Ciudad, evidenciando el sector de renovación de La Bayadera en la
parte inferior derecha de la imágen. A la izquierda se observa el Corredor Metropolitano de Servicios.
Objetivo general
Formular una propuesta urbana a nivel de ideas que articule el Centro Cívico e
Institucional de la ciudad, además de integrar los suelos de renovación urbana
donde se destacan los próximos al centro gubernamental que son los sectores de
Bayadera y Calle Nueva. Además de solucionar a nivel de idea básica los cuatro
cruces peatonales principales del sector institucional, como también desarrollar
una idea básica para el proyecto del Parque Verde de Empresas Públicas de
Medellín (Grupo EPM) continuidad del conjunto del Parque Pies Descalzos
construido por el mismo grupo en el año 2000.
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36 (Figura 15) Componente A: Plan Maestro Urbano + Ideas de Parque Verde EPM y 4 conexiones peatonales.
Objetivos específicos
Adecuar el espacio urbano existente mediante la intervención, acondicionamiento
y mejoramiento del espacio público que los conecta, integrando equipamientos
del sector gubernamental y representativo con otras piezas urbanas del entorno
como son:
o Alpujarra 1 donde se ubican la Alcaldía de Medellín, la Gobernación de
Antioquia, el Edificio de Juzgados, la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales de Colombia), el IDEA (Instituto para el Desarrollo de Antioquia), el
canal de televisión Telemedellín y el edificio institucional Plaza de la Libertad.
o Alpujarra 2 donde se ubica la sede principal del Grupo EPM, el Parque de los
Pies Descalzos, el Teatro Metropolitano, el Centro de Convenciones y Eventos
Plaza Mayor.
o Fundación Ferrocarril de Antioquia, conjunto patrimonial sobre la Calle San
Juan (Calle 44) colindante con el sector Alpujarra 1.
o Suelos de renovación, particularmente los más próximos a los sectores
Alpujarra 1 y 2 que son Bayadera y Calle Nueva.
o Tramo 1 priorizado del proyecto Parques del Río Medellín.
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Obtener una mejor accesibilidad peatonal de los ciudadanos al Centro Cívico
Institucional.
Proponer ideas para las áreas donde actualmente están los parqueaderos en
superficie del edificio sede del Grupo EPM, con la propuesta de un parque que
conecte y articule los equipamientos aledaños y el espacio público existente. Este
será el Parque Verde EPM. (Ver Anexo # 22).
(Fotografía 23) Vista del Parque de los Pies Descalzos, a la izquierda el edificio Inteligente de Empresas Públicas de
Medellín EPM, y al fondo se evidencian los parqueaderos en superficie, sector objeto de la propuesta del Futuro Parque Verde EPM. Atrás se encuentra el barrio Corazón de Jesús con la Iglesia de su respectivo nombre.
(Fotografía 24) Parque de los Pies Descalzos.
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(Fotografía 25) Parque de los Pies Descalzos, al fondo el Teatro Metropolitano.
Lograr conexiones peatonales y urbanas adecuadas, en cuatro puntos específicos
que enmarcan el Centro Institucional, estas son:
o Paso – conexión 1: Calle San Juan por la zona de parqueaderos existentes en
superficie de Empresas Públicas de Medellín (Futuro Parque Verde EPM)
hacia el barrio Corazón de Jesús. Actualmente este paso está resuelto con un
puente peatonal ubicado cerca de la glorieta de la Avenida San Juan con la
Avenida del Ferrocarril.
o Paso – conexión 2: Calle San Juan entre la Plaza Cisneros/de la Luz y Alpujarra
1. Es uno de los pasos peatonales con mayor afluencia de peatones de la
ciudad. Conecta el sector gubernamental con la el sector comercial más
importante de la ciudad.
o Paso – conexión 3: Avenida Ferrocarril entre el Pabellón Amarillo de Plaza
Mayor hacia el sector de la Bayadera. Actualmente el sistema de transporte
masivo Metroplus tiene un puente peatonal que une Alpujarra 1 y Alpujarra 2
con la Estación Metroplus de la Avenida del Ferrocarril.
o Paso – conexión 4: Avenida Ferrocarril entre Plaza de la Libertad hacia Plaza
Mayor, conectando por debajo del puente existente en la glorieta de la Calle
San Juan con la Avenida Ferrocarril. Actualmente hay un paso peatonal
semaforizado donde los peatones deben respetar varios tiempos del
semáforo.
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(Fotografía 26) Imagen del sector de una de las cuatro conexiones a resolver.
Paso – conexión 2: Calle San Juan entre la Plaza Cisneros/de la Luz y Alpujarra 1. A la izquierda se evidencia
el edificio de la Biblioteca EPM.
Lograr la continuidad de los objetivos logrados con el Concurso Carrera Bolívar
con los objetivos del Concurso Centro Cívico, para lograr la continuidad de las
propuestas urbanas desde la estación Prado del Metro pasando por la Calle San
Juan hasta la Estación Alpujarra del Metro y llegar a empalmar con la intervención
de Parques del Río Medellín…:
…“Se espera que las propuestas para este corredor promuevan un espacio de
convivencia para todos, donde se le dé prioridad al transporte público, a los modos
no motorizados, con una estrategia de trafico calmado que permita definir unos
circuitos de carga y descarga, asociados a una estrategia de parqueaderos; en el
que el espacio público esté regulado y controlado. Donde se intensifique la
asociación identitaria de los ciudadanos con su centro, se reconozcan los valores
que el centro atesora y ordenarlos para su control y supervivencia, articulando el
característico y hermoso uso intensivo del espacio con una integración efectiva de
las edificaciones de los costados y ambiental.” 7
7 Texto tomado de los objetivos planteados para el Concurso Público Nacional de Anteproyecto Urbano Carrera Bolívar en
Medellín. Anteproyecto ganador: Consorcio Arquitectura y espacio Urbano: Arq. Carlos Puerta Arq. Verónica Ortiz, Arq. Manuel Ortega. Ver Anexo 18.
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Articular la intervención con los diferentes proyectos que confluyen:
Macroproyecto RIOCentro, Plan MEDCentro, la propuesta ganadora del Concurso
Carrera Bolívar y el proyecto Parques del Río Medellín (Ver Anexos).
(Fotografía 27). Avenida 33, donde se destaca al fondo el Centro Comercial San Diego y el Cerro La Asomadera.
Instructivo de intervención
El esquema expuesto a continuación basado en la Figura 8 presenta los
elementos que constituyen el Componente A, así:
PLAN MAESTRO URBANO
01- Centro institucional La Bayadera + Calle Nueva con un área de intervención de
721.929 metros cuadrados (m2) en el cual el participante debe plantear el
plan maestro urbano general acorde con los objetivos e información
suministrada. Ver cuadro 2, Urbanismo.
02- Zonas de renovación urbana en la cual se pretende la estructuración de
intenciones de intervención a nivel conceptual sin alcanzar un desarrollo
grafico detallado en la propuesta. Es irrelevante considerar el área de este
componente que no estará liquidado para pago de honorarios puesto que su
misión es apoyar como se ha mencionado anteriormente un imaginario global
de ciudad que preste soporte al anterior elemento descrito marcado como 01
con lo cual es entonces oportuno insistir en la necesidad de concentrar los
esfuerzos de diseño y representación gráfica en ese elemento.
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IDEA BASICA DE ESPACIO PÚBLICO
03- Parque Verde EPM con un área de intervención de 27.246 m2 busca llegar a
un nivel de idea básica según los criterios descritos en este texto de bases y
apoyo de los anexos en especial el # 22. El esquema ganador servirá de inicio
para un posterior contrato de consultoría con el Grupo EPM en el cual se
escale a anteproyecto y posterior proyecto final, reiterando que para el
planteamiento de este concurso solamente se llegara a nivel de idea básica
por la cual se pagar el 15% del valor del proyecto final (Ver cuadro 2).
SOLUCION CONEXIONES PEATONALES
C1, C2, C3, C4- Solución de conexiones Peatonales con un área máxima de hasta
72.900 m2 en total proveerán a nivel también de idea básica los
planteamientos necesarios para resolver cuatro de los cruces fundamentales
para dar conectividad al plan general del concurso, las conexiones son C1
Parque Verde EPM - Corazón de Jesús, C2 Alpujarra - Plaza de la Luz, C3 Plaza
de la Libertad - Parque Verde EPM y C4 Palacio de Exposiciones - La
Bayadera.
El Parque Verde EPM y las 4 conexiones peatonales constituyen como se
detalla en el (Cuadro 2) el diseño de áreas abiertas construidas sumando
100.146 m2.
2.6.2. ComponenteB Planes Maestros de Paisaje Cerro Nutibara y Cerro Asomadera, Ideas para la Unidad de Vida Articulada (UVA) en la cima del Cerro Nutibara.
Idea clave
Los cerros son importantes hitos geográficos del Valle de Aburrá que han sido
objeto de análisis desde distintos puntos de vista: desde la planificación ambiental
y la planificación urbanística. Se consideran elementos de gran reconocimiento e
importancia ambiental, urbana y paisajística.
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(Fotografía 28). Panorámica de la ciudad de Medellín desde el Cerro Nutibara donde se destaca a la izquierda el Cerro el
Volador y a la derecha el Cerro La Asomadera.
(Fotografía 29). Vista desde el Cerro Nutibara al Cerro Asomadera. Se evidencia la Iglesia del Perpetuo Socorro, el Centro
Comercial San Diego y también el sistema Metro, entre otros.
Objetivo general
Formular propuesta de paisaje para ambos cerros logrando la adecuada
articulación de los Planes Maestros de Paisaje que se propongan con la ciudad, y a
su vez, para el caso del Cerro Nutibara solucionar a nivel de idea básica la Unidad
de Vida Articulada (UVA) ubicado en su cima.
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(Figura 16) Componente B: Planes Maestros de Paisaje Cerro Nutibara y Cerro Asomadera + Ideas UVA (Unidades de
Vida Articulada).
Objetivos específicos
Formular unos planes de paisaje que permitan resignificar los cerros tutelares
para la ciudad y sus habitantes, haciendo énfasis en su carácter ecológico,
ambiental, paisajístico y recreativo.
Articular los cerros con el Centro Institucional de la ciudad y las áreas de
transformación aledañas que complementan el ámbito objeto del concurso (Por
ejemplo la intervención propuesta por el proyecto Parques del Rio Medellín).
Lograr una óptima articulación con el entorno urbano inmediato haciendo énfasis
en el tratamiento de los bordes.
Resolver una apropiada accesibilidad peatonal y vehicular.
Producir la articulación entre ambos cerros desde dos aspectos: El primero
consiste en articularlos entre ellos mismos a nivel de conectividad ecológica y del
sistema de espacio público; el segundo consiste en la articulación de cada uno de
ellos con su entorno inmediato y la ciudad a través de la trama urbana y con los
corredores de movilidad y transporte.
Articular el sector de intervención con los diferentes proyectos que confluyen:
Macroproyecto RIOCentro, Plan MEDCentro, la propuesta ganadora del Concurso
de la Carrera Bolívar y el Proyecto Parques del Río Medellín.
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Proponer ideas para la Unidad de Vida Articulada (UVA) en la zona donde
actualmente se encuentra el Museo de la Ciudad, las antenas de
telecomunicaciones y el tanque de agua de Empresas Públicas de Medellín. El
tanque de agua debe entenderse como un gran mirador para la ciudad y
elemento representativo del espacio público y no solo como un elemento que
cumple la función específica de gran contenedor de agua. (Ver Anexo # 11
Empresas Públicas de Medellín, Documento: Requerimientos generales EPM).
Integrar la propuesta de la Unidad de Vida Articulada (UVA) con “El Pueblito
Paisa”, un elemento urbano de gran valor patrimonial y cultural para la ciudad.
Este lugar es un símbolo por ser la réplica de las plazas principales de los pueblos
tradicionales de la región.
Vincular en la formulación del Plan Maestro de Paisaje del Cerro Nutibara el
denominado Parque de Esculturas, que consiste en una serie de esculturas
ubicadas a lo largo de las laderas del Cerro Nutibara (Ver Anexo # 29), de gran
valor artístico y cultural. Se trata de ponerlas en valor y de articularlas al recorrido
de manera que se convierta además en un paseo cultural.
(Fotografía 30). Cobertura vegetal arbórea de especies maderables exóticas en el Cerro Nutibara.
Instructivo de intervención
El esquema expuesto a continuación basado en la Figura 9 presenta los
elementos que constituyen el Componente B, así:
PLANES MAESTROS DEL PAISAJE
01- Cerro Nutibara con un área de intervención de 296.866 m2 en el cual el
participante debe plantear el concepto general del Plan Maestro del Paisaje
para el cerro. Ver cuadro 3, Paisajismo, observar en especial el Anexo # 12.
02- Cerro La Asomadera con un área de intervención de 322.656 m2 al igual que
en el elemento anterior se busca un planteamiento basado en las condiciones
particulares de este cerro. Ver cuadro 4, Paisajismo. El Anexo # 12 contiene la
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información detallada. Se destina además un área de 39.900 m2 para el
desarrollo de urbanismo dentro de la propuesta del Plan Maestro de Paisaje.
IDEA BASICA DE ESPACIO PÚBLICO
04- UVA Cerro Nutibara consta de dos elementos, diseño de áreas abiertas
construidas entendidas como el espacio público que soportara actividades de
tipo social y lúdico en la UVA, con un área de 9.196 m2. Y el segundo
elemento es la aproximación volumétrica y espacial del edificio de la UVA con
un área máxima de 1.500 m2, el esquema ganador tal como se presenta el
Parque Verde EPM, servirá de inicio para un posterior contrato de consultoría
con el Grupo EPM en el cual se llegue a nivel de proyecto final. Para el
planteamiento de este concurso solamente se llegara a nivel de idea básica
por la cual se pagara el 15% del valor del proyecto final (Ver cuadro 3).
Restan como puede advertirse en el cuadro 3, 18.384 m2 denominadas otras
intervenciones dentro del concepto Diseño de áreas abiertas construidas,
justamente como reserva para estimular propuestas que propongan espacios
de utilización no solamente desde el paisajismo sino además como refuerzo
de actividades culturales como son el parque de esculturas y otras
intervenciones.
PLAN MAESTRO URBANO
05- Área de influencia Cerro Nutibara con un área de intervención de 288.968 m2
en el cual el participante debe plantear el Plan Maestro Urbano general de
las áreas circundantes a la base del Cerro acorde con los objetivos e
información suministrada. Ver cuadro 3, Urbanismo.
(Fotografía 31). Vista desde el Cerro Nutibara a la Ciudad. Al fondo el Cerro Asomadera.
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2.7. Idioma oficial del concurso
El idioma oficial del concurso es castellano, no obstante la mayor parte de la
documentación general será presentada también en inglés.
2.8. Asignación presupuestal
Para el pago de premios, el DAP con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal
(CDP) Número 4000072916 hará los respectivos pagos.
2.9. Presupuesto
EL presupuesto estimado para realizar las obras motivo del concurso es de Ciento sesenta
y cuatro mil doscientos tres millones setecientos ochenta mil pesos m/c.
($ 164.203.780.000) incluido el AIU (Administración, Imprevistos y Utilidades). Este monto
a manera de techo presupuestal exige para los concursantes el planteamiento de
propuestas coherentes tanto técnica como presupuestalmente, asegurando para la
entidad promotora propuestas que por su equilibrio en todos los aspectos aseguren su
viabilidad como proyecto.
El valor final de la obra será el resultante del presupuesto definitivo que entregará como
uno de los productos contratados el consultor seleccionado.
2.10. Acto administrativo de apertura
El DAP ordenara la apertura del concurso mediante acto administrativo, de acuerdo con
las fechas establecidas y será publicado en las páginas web www.contratos.gov.co ;
www.medellin.gov.co ; www.sociedadcolombianadearquitectos.org el día 9 de junio de
2014.
2.11. Plazo del concurso
El plazo del concurso entendido como el término que transcurre entre la fecha a partir de
la cual se pueden presentar propuestas y la de su cierre va del 9 de junio de 2014 al 29
de septiembre de 2014.
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2.12. Alcance de las bases del concurso
El presente documento constituye las bases del concurso, cuyos términos deben ser
observados estrictamente por los participantes. 8
Nota 2
Ninguna manifestación verbal o escrita, cualquiera que sea su fuente, modifica las bases
del concurso y sus anexos. Las bases, sus anexos y adendas solo pueden ser modificados
por una adenda suscrita por los coordinadores del concurso. Las respuestas de los
coordinadores a las consultas de los interesados, son aclaraciones a las bases del
concurso, que servirán al jurado para orientar su recomendación, pero no son vinculantes
para éste ni son consideradas como adendas.
2.13. Anonimato
El anonimato es el procedimiento utilizado en los concursos de arquitectura, para
seleccionar consultores, sin identificar los nombres de los participantes con sus
respectivas propuestas. No obstante que los participantes están inscritos por sus nombres
y éstos son conocidos, el organismo asesor, los coordinadores, el jurado, los participantes
y el público en general, no pueden conocer quién es el autor de cada una de las
propuestas.
Hasta el cierre del concurso (Entrega de propuestas) los participantes actuarán bajo su
propio nombre y después del cierre empieza el anonimato del concurso y sólo podrán
actuar con la clave asignada bajo las reglas del anonimato.
En consecuencia con lo anterior, las comunicaciones de los concursantes siempre deben ir
firmadas, así: a) Antes del cierre del concurso (Entrega de propuestas) con el nombre del
arquitecto y b) Después del cierre, únicamente con el código o clave asignada.
2.13.1. Sistema de anonimato
a. Una vez cerrado el concurso, las propuestas se conocerán exclusivamente por sus
claves para todos los efectos. En consecuencia, los documentos que desde ese
momento expida el jurado (Informes inicial y final), la SCA, los coordinadores, la
8 Los TÉRMINOS DE REFERENCIA de la ley 80 de 1993 (numeral 5º literales a) y f) del artículo 24, numeral 12 del artículo
25 y numeral 2º del artículo 30) se denominan en los Concursos de arquitectura BASES DEL CONCURSO (Artículo 15 del decreto 2326 de 1995).
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Entidad Estatal Promotora y las observaciones que formulen los proponentes,
deberán referirse a las propuestas por sus respectivas claves.
b. Los proponentes solo podrán presentar escritos identificados con sus
correspondientes claves, sin revelar su procedencia ni la autoría de un anteproyecto,
so pena de descalificación.
c. Anonimato en el trámite de observaciones. En los concursos de las entidades
estatales, las observaciones,9 al Informe inicial de evaluación del jurado, que formulen
los participantes deberán referirse a las demás propuestas por sus códigos o claves y
deberán ser firmadas con su respectiva clave o código de participación.
Precaución. En los correos electrónicos, en los fax y en los demás
medios de comunicación utilizados para remitir comunicaciones
después de la fecha de cierre del concurso, los participantes debe
tener extrema precaución para evitar que elementos gráficos
predeterminados (Logos, nombres, siglas, etc.) lo identifiquen,
voluntaria o involuntariamente, rompiendo el anonimato, porque es
causal de descalificación.
d. Las comunicaciones de los concursantes siempre deben ir firmadas: Antes del cierre
del concurso con el nombre propio y después del cierre con la clave asignada. El
jurado no tiene obligación de responder las comunicaciones sin firma.
e. Finalización del anonimato. El anonimato termina en la “Audiencia de lectura del acta
final del jurado, apertura de sobres y decisión de la Entidad Promotora”, momento en
el cual se establecerán los ganadores al conocerse la correspondencia entre los
arquitectos proponentes y los códigos de identificación.
f. Si algún arquitecto comete eventuales faltas contra el ejercicio profesional
amparándose en el anonimato, se dará traslado de esa conducta a la autoridad
correspondiente, nacional o extranjera.
9 Numeral 8º del Artículo 30 de la ley 80 de 1993
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2.14. Publicidad antes del cierre
La SCA publicará en la web el texto de las preguntas, identificando a quien las formula por
su nombre si es antes del cierre. La SCA transcribirá el texto de las preguntas, dará las
respuestas, y las publicará en la web para conocimiento general.
2.15. Normatividad del concurso
El presente concurso de arquitectura se rige por las siguientes normas técnicas y jurídicas,
sin que el orden en que se citan signifique preferencia en su aplicación:
2.15.1. Normas técnicas
Acuerdo 46 de 2006. Por el cual se revisa y ajusta e Plan de Ordenamiento Territorial
para el municipio de Medellín.
Decreto 409 de 2007. Por medio del cual se expiden las Normas Específicas para las
actuaciones y procesos de urbanización, parcelación y construcción en los suelos
urbano, de expansión y rural del municipio de Medellín.
Decreto 1521 de 2008. Por el cual se modifica el Decreto 409 de 2007, reglamentario
de algunas disposiciones del Acuerdo 046 de 2006.
Ley 361 de 1997; Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las
personas con limitación.
Decreto 1538 de 2005. Accesibilidad: Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley
361 de 1997” espacios públicos accesibles.
Normas colombianas NTC de Accesibilidad al Medio Físico: Compendio Accesibilidad
Arquitectónica al Medio Físico, Icontec NTC4143, NTC4279, NTCS4145, NTSC4201,
NTSC4140 y demás normas concordantes.
Ley 1287 de 2009. Por la cual se adiciona a la Ley 361 de 1997. Bahías de
estacionamiento, movilidad reducida y accesibilidad.
Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente, norma NSR-10.
Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas de Colombia, norma RETIE
Ley 527 de 1999. Definición y reglamentación del acceso y uso de los mensajes de
datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales, y se establecen las entidades
de certificación.
2.15.2. Normas jurídicas
Procedimientos de selección de contratistas, en lo pertinente, y, en consonancia con
estas bases del concurso, la Ley 80 de 1993, por la cual se expide el Estatuto General
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de Contratación Administración Pública y sus decretos reglamentarios, y la Ley 1150
de 2007.
Normas fiscales: El Estatuto Tributario Nacional: Ley 47 de 1993 y Ley 1607 de 2012.
Sistema de compras y contratación pública. Decreto 1510 de 2013. En especial el
artículo 66 y siguientes en lo pertinente a la regulación de los proyectos de
arquitectura.
Propiedad intelectual y derechos de autor. Decisión 351 de la Comunidad Andina de
Naciones (CAN), la Ley 23 de 1982 y la Ley 44 de 1993.
Decreto 2326 de 1995 Por el cual se reglamenta la Ley 80 de 1993 en cuanto a los
Concursos para la selección de consultores de diseño, planos, anteproyectos y
proyectos arquitectónicos, se hace una adición al Decreto 1584 de 1994 y se dictan
otras disposiciones. Las normas que en general modifican la Ley 80 de 1993, en
especial la Ley 1150 de 2007.
Código de Ética Profesional. Ley 435 de 1998. Se reglamenta el ejercicio de la
profesión de Arquitectura.
Reglamentación laboral. Ley 789 de 2002. Por la cual se dictan normas para apoyar el
empleo y ampliar la protección social y se modifican algunos artículos del Código
Sustantivo de Trabajo, así como sus decretos reglamentarios
Resolución No 2047 del 6 de octubre de 2009 expedida por el Ministerio de Cultura,
sobre tratamiento de la retención en la fuente del impuesto de renta y
complementarios en el pago de los premios en los concursos de arquitectura
organizados por la SCA.
Reglamento de concursos de arquitectura de la SCA.
2.16. Jurado
2.16.1. Noción
El jurado es una comisión autónoma del DAP y la SCA, independiente, calificada y
temporal, que ejerce funciones públicas asesorando a la Entidad Promotora en la
evaluación de las propuestas presentadas. Está integrado -ad hoc- por arquitectos, que de
conformidad con las bases del concurso, estudian, evalúan y recomiendan las propuestas
más favorables a la entidad.
2.16.2. Conformación
El jurado estará conformado por siete arquitectos cuya identidad se dará a conocer en
próximos días mediante adenda. Se trata de 3 arquitectos nacionales y 4 internacionales
de excepcional nivel profesional.
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Nota 3
El jurado y el concurso mismo contaran oportunamente con el acompañamiento de
asesores10 en diferentes áreas que prestaran su valioso apoyo en diferentes etapas del
proceso con especial énfasis durante los días de juzgamiento y siguientes a la etapa de
articulación con los ganadores.
Sus nombres serán dados a conocer y validados mediante adenda que se publicara
oportunamente.
2.16.3. Reglas de funcionamiento
Las reglas de funcionamiento del jurado son las previstas en el reglamento de concursos
de la SCA, y en especial las siguientes:
a. Quórum.
El jurado puede deliberar con mínimo cinco (5) de sus miembros.
b. Votación.
Voto igual. Todos los jurados tienen un voto de igual valor.
Voto presente y en ausencia. Los jurados no residentes en la ciudad sede del
concurso deberán estar presentes y suscribir el “Informe inicial de evaluación” en los
concursos de entidades estatales. En estos últimos concursos podrán votar
personalmente o en ausencia el “Informe final de evaluación” mediante cualquier
procedimiento autorizado por la ley: correo electrónico, fax, copias escaneadas, etc.
Salvamento de voto. Si un jurado no está de acuerdo con la decisión mayoritaria,
suscribirá con los demás el acta, pero deberá dejar constancia, en escrito separado
que entregará al presidente, y se adjuntará como parte del acta, las razones de su
discrepancia con la decisión mayoritaria. Si el miembro del jurado que salva el voto
reside fuera de la ciudad sede del concurso, para votar podrá proceder de igual
manera a la prevista en el punto anterior.
c. Mayorías.
10 REGLAMENTO DE CONCURSOS DE ARQUITECTURA DE LA SOCIEDAD COLOMBIANA DE ARQUITECTOS.
LIBRO PRIMERO, SECCIÓN PRIMERA, REGLAS GENERALES Artículo 29.- Asesores especializados del Jurado.- El Jurado, según lo establecido en las bases del concurso y de acuerdo con la Entidad Promotora, puede solicitar la asesoría especializada en temas no arquitectónicos o urbanísticos relacionados con el Concurso. Los asesores especializados no tendrán ni voz ni voto en las deliberaciones del Jurado y participarán sólo en aquellas ocasiones y para los temas en que el Jurado, por intermedio del Presidente del Jurado, se lo solicite.
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Las decisiones se tomarán -de preferencia- por consenso, pero de no lograrse
consenso, la decisión se adoptará por la votación.
Firma a ruego. En casos excepcionales, debidamente motivados, el presidente del
jurado podrá firmar a ruego por otro jurado, hecho del cual se dejará constancia.
Los miembros del jurado deben asistir por lo menos al noventa por ciento de las
sesiones de juzgamiento y tomar decisiones siempre por, al menos, cuatro votos
favorables.
d. Falta absoluta y eventual reemplazo de jurados.
En caso de falta absoluta de uno o de varios miembros del jurado, por abandono,
renuncia, incapacidad o muerte, el jurado continuará cumpliendo sus funciones con
los miembros restantes, salvo que numéricamente sea imposible tomar una decisión
o que la entidad estatal promotora decida suspender el concurso mientras el
respectivo organismo nominador reemplaza al jurado faltante.
e. Aviso en caso de incumplimiento. En caso de que uno o varios de los jurados
incumplieren sus deberes o violaren sus obligaciones, y especialmente cuando dicho
incumplimiento y/o violación alteraran los principios de la selección contractual, el
presidente estará obligado a comunicar la situación a la entidad promotora y a las
autoridades disciplinarias, penales y gremiales correspondientes.
f. Responsabilidad de los jurados. Los jurados responderán profesionalmente por las
infracciones al ejercicio y ética profesional ante el Consejo Profesional Nacional de
Arquitectura y ante la SCA si la actuación u omisión del asesor contraviene la Ley 435
de 1998 y/o los estatutos de la SCA. Además, responderán civil y penalmente por sus
acciones y omisiones en la actuación contractual en los términos de la Constitución y
de la ley.
2.16.4. Funciones
El jurado deberá cumplir las funciones legales, reglamentarias y contractuales, derivadas
de su cargo de conformidad con lo previsto en el Decreto 2326 de 1995, Art. 13.
El jurado puede otorgar menciones honoríficas, las cuales no comprometen
contractualmente a la entidad estatal ni al organismo asesor. Estas menciones no tienen
reconocimiento económico.
a. Estudiar y aceptar las bases del concurso de arquitectura como fundamento
primordial para realizar la evaluación.
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b. Elegir un presidente entre sus miembros y, si se considera necesario o si la entidad
promotora o el organismo asesor lo solicitan, asesorarse por especialistas en temas
diferentes a arquitectura, quienes no participarán en el fallo.
c. Recibir de la entidad promotora los trabajos presentados por los proponentes,
estudiarlos, analizarlos y evaluarlos detenidamente. Estas propuestas permanecerán
en su poder y bajo su responsabilidad hasta la fecha en que tenga lugar la audiencia
de lectura del informe del jurado, apertura de la urna y de los sobres.
d. Estudiar las propuestas y recomendar, mediante informe escrito motivado, el orden
de elegibilidad de cada uno de los anteproyectos, a menos que para el respectivo
proyecto no se hubiere presentado ninguna propuesta.
e. Realizar un estudio integral de las propuestas teniendo en cuenta el contenido
técnico presentado en cada una de ellas y dejar constancia en sus informes de los
criterios que, en cada caso, el jurado consideró para llegar al concepto emitido y el
proceso que lo condujo a determinar cuáles de los anteproyectos eran merecedores
de los premios del concurso o que lo llevó a declarar desiertos uno o varios premios.
f. Hacer las observaciones que considere necesarias a los trabajos ganadores,
observaciones que podrá hacer en el “Informe final”, en un anexo a dicho informe o,
a más tardar, durante los quince días siguientes a la firma del contrato.
g. Observar el Reglamento de Concursos de la Sociedad Colombiana de Arquitectos.11
h. Firmar una carta de intención o un contrato con la Sociedad Colombiana de
Arquitectos, Presidencia Nacional, en la (el) cual acepten ser jurados del concurso y
pacten las condiciones de la prestación del servicio y los honorarios.
2.16.5. Criterios de evaluación
2.16.5.1. Noción de anteproyecto.
Los participantes deben tener presente que éste es un concurso con varios
componentes a diferentes niveles, Plan Maestro Urbano, Plan Maestro de Paisaje e
ideas básicas para UVA y Parque Verde EPM, los cuales en su tránsito a ser
convertidos en proyectos deben ser corregidos en menor o mayor grado. De acuerdo
con esa consideración y teniendo presente no quebrantar la igualdad de los
participantes en este concurso, el jurado puede recomendar a la Entidad Promotora,
la adjudicación de los premios a las propuestas que, aunque requieran ser
racionalmente modificadas, no adolezcan de defectos insalvables. Se entiende por
propuesta con defectos insalvables, aquella que en su decurso o desarrollo para
convertirse en proyecto, requiere ser sustancialmente replanteado o reelaborado.
11
Documento emitido el 27 de marzo de 2008.
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2.16.5.2. Criterios generales
Centralidad Metropolitana con una óptima oferta de servicios y movilidad
ordenada.
Centro Institucional representativo y consolidado.
Cerros Tutelares como lugares de equilibrio ambiental y encuentro con la
naturaleza.
Integración de los suelos y zonas de renovación urbana que detonen nuevos
desarrollos, usos, actividades y servicios.
Reorganización de los sistemas estructurantes.
Conectividad del Centro Tradicional hasta el Parque del Río Medellín mediante la
Carrera Bolívar.
Espacio público de calidad.
Elementos visibles en el territorio – ámbito del concurso: Equipamientos y
elementos de importancia patrimonial, artística y cultural.
Paisaje urbano.
(Fotografía 32). Vista al centro de la ciudad.
2.16.5.3. Criterios específicos
Reconocer y fomentar la creación, recuperación y mejora del espacio público,
en busca del bienestar cívico y colectivo de la ciudad de Medellín, teniendo en
cuenta las actuales y futuras transformaciones del territorio en cuanto a los
usos y estructura urbana que se quieren en la ciudad, esto es: La consolidación
del sistema estructurante y el sistema de espacio público, definición del
modelo de ciudad y fomento de las acciones que propician una ciudad
compacta.
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Potenciar y fortalecer las relaciones urbanas mediante la propuesta y
recuperación de los elementos y equipamientos representativos en el ámbito
objeto del concurso.
Articular de manera armónica el Centro Institucional, los dos Cerros Tutelares
las zonas de renovación urbana con las zonas, sectores, programas y proyectos
aledaños y que confluyen en el ámbito objeto del concurso.
Desarrollo de una propuesta de espacio público en el Centro Institucional de
Medellín que favorezca la conexión urbana con la ciudad y entre las diferentes
entidades e instituciones que allí permaneces, y que invite al peatón a
disfrutar de las transformaciones del proyecto Parques del Río Medellín.
Propuesta de renovación de las zonas alrededor del Centro Institucional y los
Cerros con el fin de articular estos elementos urbanos con el resto de la ciudad
y aprovechar la ubicación estratégica con sus condiciones favorables de
conectividad y topografía para detonar nuevos desarrollos, actividades y
servicios; y logrando la conectividad mediante el componente de movilidad
con el resto de la ciudad y la reorganización de los sistemas estructurantes.
Contar con la orientación general y propuestas adecuadas del Plan de Manejo
Ambiental de ambos Cerros, de forma articulada con las transformaciones
urbanísticas, siguiendo las directrices de las declaratorias que se dictaminaron
en las dos Resoluciones como zonas protegidas (El Nutibara fue declarado
como Área Protegida a través de la Resolución 511 de mayo 7 de 2009 y el
cerro La Asomadera mediante la Resolución 0857 del 29 de junio de 2011) (Ver
Anexo # 17: Determinantes Ambientales).
Desarrollar las ideas iniciales para la posterior formulación al detalle del Plan
Maestro de Paisaje para los dos cerros Tutelares (El Nutibara y La Asomadera),
de acuerdo con las dos Resoluciones mencionadas, las cuales dictaminan las
condiciones de zonas protegidas y lo que se llama ARPE y ARUCA que son los
Planes de Manejo Ambiental de ambos Cerros.
Conectar los Cerros con la Ciudad haciendo énfasis en un óptimo tratamiento
de los bordes que conecten pero a su vez los protejan, generando mayores
actividades en la base de los Cerros lo cual disminuya la carga en su interior
para lograr que sean elementos representativos y de actividad de disfrute y
recreación.
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Continuidad de la Carrera Bolívar con una propuesta que conecte el Centro
Tradicional de la Ciudad con el Parque del Río Medellín dando continuidad a la
transformación de la Carrera Bolívar de acuerdo con las premisas y objetivos
definidos para ese Concurso.
Adicionalmente recuperar e intensificar la vocación de esta área de la ciudad,
articulando la propuesta con todos los proyectos que en él confluyen:
Macroproyecto MEDRío, RÍOCentro, Plan MEDCentro, propuesta ganadora del
Concurso Carrera Bolívar, Proyecto Parques del Rio Medellín y demás
proyectos de recuperación ambiental, equipamientos, habitabilidad,
renovación y nuevos usos; lo que hará del sector un centro de encuentro,
participación, trabajo y hábitat, establecido según el modelo de ciudad, en la
búsqueda de un Río Medellín/Aburrá y un Centro de Medellín como Centro
Tradicional, que sean referentes culturales, sociales, cívicos y representativos.
(Fotografía 33) Medellín vida urbana. Sector Carrera Carabobo, anteriormente vehicular.
2.17. Proponentes
2.17.1. Quienes pueden proponer
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En este concurso público internacional de arquitectura12 podrán ser proponentes
las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, ya sea
individualmente, en uniones temporales o consorcios.
Si se trata de personas jurídicas extranjeras que participan directamente o como
parte de una unión temporal o un consorcio, deberán acreditar con los
documentos exigidos en el respectivo país su constitución o existencia y la
vigencia de la persona, así como su representación legal. Estos documentos deben
estar autenticados por el cónsul de Colombia, quien certificará sobre la
autenticidad de los documentos y el hecho de que estos son los documentos
requeridos en el respectivo país para acreditar la existencia y representación de la
persona jurídica. La propuesta debe estar avalada por un arquitecto para ejercer
la profesión en Colombia.
Tratándose de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior,
conforme lo prevé la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de
Consularización señalado previamente, siempre que provenga de uno de los
países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre
abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros. En
este caso, solo será exigible la apostilla, trámite que consiste en el certificado
mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la
persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en
el país de origen. Si la Apostilla está dada en idioma distinto del castellano, deberá
presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del
traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes.
En el evento de resultar favorecido un proponente extranjero sin domicilio ni
sucursal en Colombia, para poder suscribir el contrato deberá constituir
previamente una sucursal en territorio colombiano. Si se trata de personas
jurídicas colombianas, deberán cumplir con los requisitos previstos en el numeral
2.17.4.3 de estas bases.
Nota 4.
Si se trata de una persona natural extranjera, debe estar autorizada para
ejercer la profesión de la arquitectura en Colombia, o participar en una unión
temporal o un consorcio con un arquitecto autorizado para ejercer la profesión
en Colombia.
12 Artículo 8.º de la Ley 80 de 1993, en concordancia con el Decreto 2326 de 1995.
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Las personas naturales extranjeras, no domiciliadas en el país deberán
acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte y
aquellas que se encuentren residenciadas en Colombia, acreditarán su
existencia mediante la presentación de copia de la cedula de extranjería
expedida por la autoridad competente.
Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia, deberán acreditar
su existencia y representación legal mediante el certificado de la Cámara de
Comercio de su país de origen, o del documento que haga sus veces en el
respectivo país de origen del proponente. Los citados documentos deberán
tener una fecha de expedición no mayor a ciento veinte (120) días calendario,
anteriores al cierre del presente proceso de contratación.
2.17.2. Quienes no pueden proponer
Inhabilidades e incompatibilidades legales.
Los proponentes declaran bajo la gravedad del juramento, que se entiende
prestado con la presentación de la propuesta, que no están incursos en ninguna
inhabilidad o incompatibilidad legal13. Las inhabilidades e incompatibilidades
previstas en el Artículo 8 de la Ley 80 de 1993 son aplicables a los jurados y
asesores que desempeñan funciones públicas, así como a los participantes.
Además, dichas inhabilidades e incompatibilidades se extienden a los cónyuges o
compañeros permanentes y quienes se encuentren en primer y segundo grado de
consanguinidad o segundo de afinidad con los jurados o asesores del Concurso, o
tengan sociedades con ellos.
Nota 5.
Como el concurso se desarrolla con el principio del anonimato de las propuestas,
son los proponentes quienes en primera instancia deben abstenerse de participar
en el concurso, en el caso de incurrir en inhabilidades e incompatibilidades legales
y deben manifestarlas a la SCA. No hacerlo implica, además de las
responsabilidades administrativas, penales y disciplinarias ante el Consejo
Profesional Nacional de Arquitectura y sus profesiones Auxiliares, las disciplinarias
en caso de que el infractor sea socio de la SCA.
13
Las inhabilidades e incompatibilidades para participar en un Concurso están consignadas en el Artículo 14 del Decreto 2326 de 1995, y, quienes se encuentren en cualquiera de las circunstancias previstas en el Artículo 8º de la ley 80 de 1993 y demás disposiciones legales vigentes que consagren inhabilidades o incompatibilidades para contratar.
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Inhabilidades e incompatibilidades contractuales.
Son inhábiles para participar en el concurso, los miembros del jurado, los asesores
del jurado, los asesores del concurso, el presidente nacional, el presidente de la
regional sede y toda su junta directiva, el vicepresidente nacional, el revisor fiscal
nacional, el procurador nacional, el asesor jurídico de la presidencia nacional, y los
miembros de la junta directiva nacional de la SCA, quienes participen en la
elaboración de las “Bases del Concurso” y aquellas personas que con respecto a
las anteriores sean cónyuges o compañeros permanentes, se encuentren dentro
del segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, o
aquellas que tengan o hayan tenido durante el último año comunidad de oficina o
sociedad –distintas de las anónimas abiertas.
Serán igualmente inhábiles para participar en el concurso el presidente, secretario
general y secretario ejecutivo de la FPAA, también los directivos y coordinadores
del programa de ciudades del Pacto Global de la ONU, en ambos casos por su
condición de auspiciadores del concurso.
2.17.3. Causales de descalificación
Violación del anonimato:
a. Cuando las planchas y/o el CD y/o el sobre de identificación (Externamente),
contengan elementos (Por ejemplo: nombres, logos, señales o signos, etc.) que
permita identificar a sus autores, y/o el sobre de identificación contenga-
externamente- alguno de los citados elementos.
b. Cuando el proponente, una vez cerrado el concurso, envíe por cualquier medio,
comunicaciones con su firma o con su nombre, o con el de la sociedad, la unión
temporal, el consorcio, -o el de uno de los socios de las sociedades, o miembros
de dichas uniones temporales o consorcios- o del representante legal o
funcionario de una cualquiera de las anteriores, o de su equipo de trabajo, con
elementos que identifiquen, voluntaria o involuntariamente, al autor o
colaborador de una propuesta.
c. Cuando los correos físicos y/o electrónicos, los fax y/o cualquier medio de
comunicación enviado al concurso, identifiquen a un autor o colaborador de la
propuesta.
d. Cuando se presente alguna de las demás razones de violación al anonimato
señaladas en estas bases.
Otras causales diferentes a la violación del anonimato son:
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e. Cuando la propuesta plagie un proyecto u obra existente en cualquier parte del
mundo. Para efectos de este concurso, se entiende por plagio cuando un
arquitecto presente un proyecto que no es suyo como si lo fuera. El plagio debe
ser evidente. El plagio como violación al ejercicio profesional es investigado y
sancionado por el Consejo Profesional Nacional de Arquitectura y sus Profesiones
Auxiliares, sin perjuicio de la protección de la propiedad intelectual de los diseños
y construcciones arquitectónicas prevista en la las normas supranacionales, en los
tratados Internacionales, en la Constitución Política y en las leyes.
f. Cuando la propuesta incumpla algunas de las disposiciones establecidas en las
bases del concurso de tal forma que de dicho incumplimiento se obtenga ventaja
o provecho con relación a los demás anteproyectos.
g. Cuando la propuesta incumpla con las bases o carezca de la información
suficiente para que el jurado realice una comparación objetiva con los demás
anteproyectos.
h. Cuando la propuesta no cumpla con las normas de presentación, número y
contenido de las planchas, o cuando las planchas no se ajusten a los formatos
exigidos, siempre y cuando dichos incumplimientos rompan la igualdad y/o hagan
imposible comparar objetivamente la propuesta con las demás.
i. Cuando la propuesta carezca de la información suficiente para ser comparada
objetivamente con los demás anteproyectos.
j. Cuando una persona presente una propuesta estando inhabilitada para ello.
k. Cuando un proponente no presente el sobre de identificación.
l. Cuando el Proponente no cumpla con cualquiera de los requisitos exigidos en las
presentes bases o no los subsane en el término requerido por La Entidad.
m. Por las demás razones establecidas en la Ley, en el reglamento de concursos y en
estas bases.
2.17.4. Inscripción de proponentes
2.17.4.1. Procedimiento
a. Lugar y fecha: Los interesados en participar en el concurso podrán efectuar su
inscripción de dos formas: Entregando sobre sellado y debidamente marcado
con la documentación requerida en cualquiera de las regionales de la SCA en
todo el país, o enviándolo a la carrera 6 No. 26B-85 Piso 11 en la ciudad de
Bogotá D.C, en ambos casos los participantes deberán enviar el Anexo #1
(Formato de inscripción) mediante el correo electrónico concursos@sca-
pn.org
b. Costos: Las bases del concurso no tienen costo.
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c. Bases: El documento de bases es digital y se descarga de las páginas web
habilitadas para tal fin, www.sociedadcolombianadearquitectos.org;
www.medellin.gov.co ; www.contratos.gov.co ; www.fpaa-arquitectos.org no
es entonces un documento impreso que deba retirarse de las oficinas de la
SCA.
d. Presentación de los documentos: Para inscribirse, los participantes deberán
presentar todos los documentos solicitados en estas bases dentro del plazo
señalado en el cronograma del concurso. La no presentación de cualquiera de
los documentos impide la recepción de los mismos y, por supuesto, su
inscripción.
e. Revisión de documentos: La SCA y el DAP tendrán un plazo de hasta cinco (5)
días hábiles a partir del cierre de inscripciones, para revisar la información y los
documentos presentados con la solicitud. Posteriormente publicarán en el
SECOP y en la página web de la SCA, la planilla inicial en donde figure de una
parte, quiénes han quedado definitivamente inscritos y, de otra, quiénes han
sido requeridos con la precisión de él, o de los requerimientos efectuados, los
cuales debe subsanar dentro del término de tres (3) días hábiles siguientes a la
publicación de la planilla inicial. Si los interesados requeridos cumplieren los
requerimientos oportuna y satisfactoriamente, serán inscritos definitivamente.
f. Inscripción: Una vez se verifique que la documentación está completa y es
idónea, la SCA y el DAP publicarán en el SECOP y en la Web de la SCA, la lista
de inscritos.
g. Inscripción intransferible: La inscripción es intransferible y solo confiere
derecho a participar a quien se inscribe.
Nota 6.
Los solicitantes deben presentar todos los documentos. El hecho de que
eventualmente la SCA llegue a recibir solicitudes con los documentos
incompletos no habilitará esas solicitudes de inscripción y, por el contrario, la
SCA declarará como no inscrito a dichos concursantes, sin perjuicio de adoptar
las medidas internas que aclaren el hecho.
Nota 7.
Si habiendo sido requerido un participante para subsanar aspectos de su
inscripción, este no cumple con el requerimiento o lo hace
extemporáneamente, se entenderá que ha desistido de su solicitud.
2.17.4.2. Documentos comunes
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Son los documentos que se deben presentar en todas las solicitudes de
inscripción (Exigidos a todas las personas naturales, personas jurídicas,
consorcios y uniones temporales, sean nacionales o extranjeras:
a. Solicitud de inscripción (Formato en Anexo # 1):
b. Certificado (Original) del Registro Único de Proponentes (RUP), que debe
cumplir con los siguientes requisitos:
En relación con el RUP la norma vigente a la fecha es el Decreto 1510 de 2013,
la cual establece que todos los proponentes deben utilizar el Clasificador de
Bienes y Servicios a partir del primer día hábil de abril de 2014, obligación que
aplica tanto para la inscripción, como para la renovación y la actualización del
RUP. La norma de manera expresa establece:
Artículo 162. Régimen de transición:
"..." A partir del primer día hábil de abril de 2014, para la inscripción,
renovación y actualización del RUP todos los proponentes deben utilizar el
Clasificador de Bienes y Servicios".
La Agencia Colombia Compra Eficiente, ente rector del Sistema de Compras y
Contratación Pública, ha fijado las directrices sobre el uso del Clasificador de
Bienes y Servicios, mediante la Circular externa No. 12 del 5 de Mayo de 2014,
la cual puede ser consultada en su página web www.colombiacompra.gov.co
La inscripción o renovación del RUP en la actividad 80111617 u otra similar
deberá encontrarse en firme en la fecha de audiencia de proclamación de
ganadores del concurso (20 de octubre de 2014), firmeza que solo es posible
por el trascurso del término de diez días hábiles desde la publicación o
expedición que hace la Cámara de Comercio, siempre y cuando no se
interponga contra esta recurso de reposición (Decreto 19 de 2012, art. 221).
La fecha de expedición del certificado por la Cámara de Comercio deberá estar
dentro de los 45 días anteriores a la fecha de cierre de inscripción al concurso.
c. Certificado de cumplimiento de obligaciones parafiscales expedido en los
términos del artículo 50 de la Ley 789 de 2002 (Anexo 2 o 2A., si se trata tanto
de personas naturales como de personas jurídicas).
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d. Certificado de vigencia de la matrícula profesional del arquitecto nacional
proponente o que avala la propuesta, expedido por el Consejo Profesional
Nacional de Arquitectos y Profesiones Auxiliares. www.cpnaa.gov.co, la
antigüedad de dicho certificado no debe exceder los seis meses.
e. Personas naturales o jurídicas extranjeras deberán anexar certificación donde
se demuestre que está inscrito en la Actividades de arquitectura e ingeniería y
actividades conexas de consultoría técnica de la Clasificación Industrial
Internacional Uniforme de todas las actividades económicas (CIIU) o su
equivalente para su país, expedida por la autoridad o entidad correspondiente
y allegada.
Nota 8.
Las personas naturales o jurídicas, extranjeras sin domicilio o sin sucursal en
Colombia, no requieren estar inscritos en el Registro Único de Proponentes RUP.
2.17.4.3. Personas jurídicas
Además de cumplir con los documentos comunes enumerados, las personas
jurídicas deben adjuntar los siguientes documentos especiales:
Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de
Comercio, cuya fecha de expedición no deberá ser anterior a los cuarenta y cinco
(45) días previos a la fecha de cierre de la inscripción, en donde aparezca que el
objeto comprende labores de diseño de arquitectura y urbanismo.
Original expedido en el curso de los 45 días anteriores a la fecha de cierre de
inscripción, en donde aparezca que el objeto comprende labores de diseño de
arquitectura y urbanismo.
Plazo de duración de la persona jurídica suficiente para participar en el
concurso, celebrar y ejecutar la eventual consultoría y tres años más.
El nombre del representante legal.
Facultades del representante legal para participar en el concurso y suscribir el
eventual contrato.
a. Autorización. Si el representante legal no tiene facultades suficientes o en el
certificado no está claro que las tenga, debe acompañarse una autorización del
órgano social competente por medio de la cual se lo autorice a participar en el
concurso y a celebrar el eventual contrato derivado del mismo.
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Nota 9.
La solicitud de inscripción y la carta de presentación deben estar firmadas por el
representante legal de la persona jurídica.
El certificado de cumplimiento de obligaciones parafiscales debe estar firmado por
el representante legal, el contador público y/o el revisor fiscal, según la ley.
Si el representante legal de la persona jurídica no es arquitecto, la solicitud de
inscripción y la propuesta deberán estar avaladas por un arquitecto.
Las empresas unipersonales se asimilan a las personas jurídicas y deberán cumplir
los mismos requisitos exigidos a ellas.
Nota 10. Apoderados Las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia deberán presentar la propuesta
mediante apoderado debidamente constituido, con domicilio en Colombia y
ampliamente facultado para presentarla, suministrar la información solicitada,
participar y comprometer a la sociedad en las diferentes instancias del concurso,
suscribir los documentos que se requieran, suscribir el contrato, así como para
representarlas judicial o extrajudicialmente. Deberán mantener dicho apoderado por
el término de vigencia del contrato y (1) año más, como mínimo, a menos que, de
conformidad con las normas legales vigentes tengan la obligación de establecer
sucursal en Colombia.
Quien firme la carta de presentación de la oferta deberá acreditar que es el
representante legal del Proponente o que con esa calidad confiere el poder
respectivo. Cuando la carta de presentación la suscriba un apoderado, se deberá
presentar el poder respectivo conforme las reglas procedimentales vigentes en
Colombia.
2.17.4.4. Consorcios y uniones temporales
Además de los documentos comunes antes relacionados, si el consorcio y/o la
unión temporal no están inscritos en una Cámara de Comercio, deberán
acompañar original o copia auténtica debidamente reconocida ante notario del
documento de conformación, en el cual conste, como mínimo:
Objeto suficiente.
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Duración (no inferior a la vigencia suficiente para participar en el
concurso, celebrar y ejecutar la eventual consultoría y tres años más,
contados a partir de la fecha de cierre del presente concurso).
La designación del representante y su suplente, sus facultades,
manifestación expresa de responsabilidad frente a la entidad promotora
sobre la celebración y ejecución del contrato, y porcentajes de
participación y demás cláusulas opcionales que los proponentes
consideren pertinentes, siempre y cuando no contravengan lo dispuesto
en las leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y demás normas complementarias.
Por tratarse de un concurso de arquitectura, el consorcio y/o la unión
temporal deben estar constituidos, al menos en un 60 %, por arquitectos
y/o por firmas de arquitectura.
El documento deberá ir acompañado de aquellos otros que acrediten que
quienes lo suscriben tienen la representación y capacidad necesarias para
dicha constitución y para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de
la propuesta y del contrato resultante.
Si el consorcio y/o la unión temporal están conformados por personas naturales:
1. Cada una de las personas integrantes debe cumplir con los requisitos
comunes. La correspondiente asociación debe estar conformada al menos en
un 60 % por arquitectos.
2. Cada uno de los integrantes debe acreditar individualmente estar inscrito en
el RUP bajo las condiciones descritas y aportar el correspondiente certificado
de cumplimiento de obligaciones parafiscales.
3. Los miembros de consorcios o uniones temporales deberán cumplir
conjuntamente con todos los demás requisitos
Si el consorcio o unión temporal están conformados por personas jurídicas:
1. Cada una de las personas jurídicas integrantes debe cumplir con los
requisitos comunes pertinentes, referenciados en el numeral 2.17.4.2.
“Documentos comunes”.
2. Cada una de las personas jurídicas debe cumplir con los requisitos propios
que prueben su existencia y representación, objeto, y facultades del
representante legal.
3. Cada una de las personas jurídicas debe acreditar individualmente la
inscripción en el RUP.
4. Cada una de las personas jurídicas debe aportar el certificado de
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cumplimiento de obligaciones parafiscales.
5. Los miembros de un consorcio y/o una unión temporal deberán cumplir
conjuntamente con todos los demás requisitos.
Si el consorcio y/o la unión temporal están conformados por personas jurídicas y
naturales:
1. Cada una de las personas integrantes debe cumplir con los requisitos
pertinentes a su naturaleza.
2. Cada una de las personas integrantes debe acreditar individualmente la
inscripción en el RUP y aportar el certificado de cumplimiento de
obligaciones parafiscales.
3. Los miembros de un consorcio y/o una unión temporal deberán cumplir
conjuntamente todos los demás requisitos.
Advertencia Importante. Se pone de presente que, por el procedimiento de revisión de
documentos, la fecha de cierre de solicitudes de inscripción no coincide con la fecha de
cierre del concurso. La primera es anterior a la segunda.
El DAP directamente o a través de la SCA, como organismo asesor del concurso, podrán
en cualquier tiempo, comprobar la autenticidad de los documentos y la veracidad de la
información, y de encontrar mérito podrá además de descalificar la propuesta, poner en
conocimiento de las autoridades competentes los hechos que violen normas del ejercicio
profesional, disciplinarias o penales, y al reclamo de los daños y perjuicios que pueda
habérsele ocasionado a la entidad estatal y a la SCA.
2.17.5. Garantía única de seriedad de la propuesta
Original de la garantía de seriedad de los ofrecimientos hechos expedida a favor del DAP con las siguientes características y condiciones:
Valor: $ 330.878.924
Objeto: Garantizar al Departamento Administrativo de Planeación DAP la seriedad de los ofrecimientos hechos por el proponente para el concurso.
Vigencia: Desde el día del cierre del concurso y tres (3) meses más. En caso de que la fecha de cierre del concurso sea postergada, el DAP si lo considera oportuno, podrá solicitar la ampliación de la vigencia de la póliza.
Debe estar firmada por el tomador y/o afianzado.
Recibo de pago: La póliza deberá acompañarse del original del correspondiente recibo de pago.
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El costo de la prima será por cuenta del solicitante.
2.18. Obligaciones de las partes
2.18.1. De la entidad estatal promotora
Al Departamento Administrativo de Planeación le corresponde cumplir con las
obligaciones contractuales14 y legales15 establecidas para la entidad estatal
promotora.
2.18.2. Del organismo asesor
A la Sociedad Colombiana de Arquitectos le corresponde cumplir con las
obligaciones establecidas al organismo asesor.16
2.18.3. Del jurado
El jurado deberá cumplir las obligaciones y adelantar las funciones legales,
reglamentarias y contractuales, derivadas de su cargo. 17
2.18.4. De los proponentes
Los proponentes deberán cumplir con las obligaciones legales, reglamentarias y
contractuales del concurso y del eventual contrato que de este se derive.18
Así mismo deberán:
Acatar las bases del concurso.
Presentar su propuesta respetando los lineamientos expuestos en las mismas.
Realizar oportuna y cabalmente el trámite de inscripción.
Cumplir con los requerimientos de forma, lugar, fecha y hora de la inscripción.
Cumplir con los requerimientos de forma, lugar, fecha y hora de presentación
de la propuesta.
14
Contrato suscrito entre la SCA Presidencia Nacional y DAP. 15
Definidas en el Artículo 4º del Decreto 2326 de 1995 y en el Capítulo II, numeral 6.a del Reglamento de Concursos Arquitectónicos de la SCA. 16
Definidas en el Artículo 5º del Decreto 2326 de 1995 y en el Capítulo II, Numeral 6.c del Reglamento de Concursos Arquitectónicos de la SCA., 17
En el contrato DAP – SCA, obligaciones legales las definidas en los Artículos 6, 7 y 13 del Decreto 2326 de 1995 y reglamentarias, del reglamento de Concursos arquitectónicos de la SCA. además de las establecidas en estas bases. 18
Las obligaciones legales son las contenidas en el Artículo 8 del Decreto 2326 de 1995 y en el Capítulo II, numerales 6.g y 6.h del Reglamento de Concursos Arquitectónicos de la SCA. En la Ley 80 de 1993, 1150 de 2007, y en la Ley 435 de 1998.
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Cumplir con los requerimientos del programa y el cuadro de áreas solicitado,
tanto en sus valores parciales como en el área total.
Acatar, en caso de firmar el contrato, los Informes inicial y final del Jurado, las
recomendaciones al anteproyecto formuladas por el Jurado y por el DAP.
Con la presentación de la propuesta los concursantes manifiestan que conocen y
aceptan plenamente y en todas sus partes además de las presentes bases del
concurso, que incluyen la minuta de contrato que habrá de firmarse con el o los
ganadores, las normas legales que rigen el concurso en especial el artículo 21º de
la Ley 435 de 1998 “De los deberes profesionales en los concursos”.- Literal b) que
a la letra dice: “Los profesionales que participen en un concurso están obligados a
observar la más estricta disciplina y el máximo respeto hacia los asesores
(coordinadores), los miembros del jurado y los demás participantes en el
concurso”.
2.18.5. Del ganador del concurso
Son obligaciones especiales del ganador o ganadores del concurso, además de
aquellas qué se desprendan de la naturaleza del concurso y el contrato, las
siguientes:
Presentar oportunamente los documentos necesarios para suscribir el contrato
de consultoría con la entidad estatal.
Suscribir oportunamente el contrato de consultoría con la entidad estatal
promotora dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación.
Aceptar las observaciones y recomendaciones formuladas al anteproyecto por
el jurado y la entidad estatal promotora e introducirle las modificaciones
requeridas.
Presentar para la aprobación de la entidad estatal promotora, oportuna y en
debida forma la garantía de cumplimiento y el recibo de pago de la misma, que
ampare a las entidades promotoras contra los riesgos previstos en la minuta.
Las demás expresamente mencionadas en las bases, en sus adendas y en la
minuta de contrato.
Ajustar su proyecto definitivo tanto en áreas como en costos al programa
urbano y/o arquitectónico y al presupuesto preestablecido.
Coordinar y responsabilizarse de los estudios técnicos que se solicitan y hacen
parte del contrato.
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Propiedad intelectual
Sin perjuicio de los derechos morales de autor reconocidos y protegidos por la
Decisión 351 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) y las Leyes 23 de 1982 y 44
de 1994, especialmente sobre el reconocimiento de autor, que por su naturaleza
están y estarán radicados en cabeza del proponente ganador, el ganador manifiesta
que, con el pago del premio, cede, sin límite temporal alguno, automática e
irrevocablemente a la entidad estatal promotora, los derechos patrimoniales de la
propiedad intelectual de su propuesta y de los derechos derivados de la misma
entendiendo que esta puede ser usada única y exclusivamente en desarrollo del
proyecto objeto del concurso.
Acreditación de la licencia de uso o permiso del software utilizado.
De igual manera estas decisiones y leyes regulan, protegen y penalizan a aquellos que
violan los derechos de autor y la propiedad intelectual. Por lo tanto el concursante
debe acreditar la licencia o permiso de uso para todo programa de software que
emplee para la representación gráfica de su propuesta.
2.19. Cronograma del concurso
No ACTIVIDAD FECHA HORA LUGAR
1 Publicación de prebases.
Lunes 19 de mayo
www.contratos.gov.co www.medellin.gov.co www.sociedadcolombianadearquitectos.org
2
Recepción de observaciones a las prebases.
Desde el lunes 19 hasta el viernes 30 de mayo
N.A
3 Publicación de bases.
Viernes 6 de junio
www.contratos.gov.co www.medellin.gov.co; www.sociedadcolombianadearquitectos.org www.fpaa-arquitectos.org
4 Acto administrativo de apertura
Lunes 9 de junio 8.00 AM
www.contratos.gov.co www.medellin.gov.co; www.sociedadcolombianadearquitectos.org
5 Apertura del concurso Lunes 9 de junio 9:00 AM
www.contratos.gov.co www.medellin.gov.co; www.sociedadcolombianadearquitectos.org
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No ACTIVIDAD FECHA HORA LUGAR
6
Presentación del área de intervención y audiencia de aclaración de bases.
Miércoles 11 de junio 10:30 AM
Plaza Mayor-Pabellón Medellín. Calle 41 # 55-80
7 Consultas (escritas)
Desde el lunes 9 de junio hasta el viernes 12 de septiembre
8 Respuestas (escritas)
Desde el jueves 12 de junio hasta el viernes 19 de septiembre
9 Inscripciones. Desde el lunes 16 de junio hasta el viernes 29 de agosto
5:00 PM
www.contratos.gov.co www.medellin.gov.co www.sociedadcolombianadearquitectos.org
10
Publicación planilla inicial de inscritos y requeridos.
Viernes 5 de septiembre
www.contratos.gov.co www.medellin.gov.co www.sociedadcolombianadearquitectos.org
11 Plazo para subsanar requerimientos de inscripción.
Viernes 12 de septiembre
4:00 PM
SCA Carrera 6 No. 26B-85 Piso 11 Bogotá D.C
12 Publicación de la planilla final de inscritos.
Viernes 12 de septiembre
www.contratos.gov.co www.medellin.gov.co www.sociedadcolombianadearquitectos.org
13
Cierre del concurso Fecha límite para entrega de propuestas.
Lunes 29 de septiembre de 2014.
4:00 PM
SCA Carrera 6 No. 26B-85 Piso 11 Bogotá D.C
14 Evaluación del jurado
Jueves 9 a sábado 11 de octubre
N.A N.A
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No ACTIVIDAD FECHA HORA LUGAR
15
Traslado a los participantes de la evaluación inicial del jurado.
Sábado 11 de octubre
www.contratos.gov.co www.medellin.gov.co www.sociedadcolombianadearquitectos.org
16 Exposición pública de propuestas.
Desde el sábado 11 al jueves 30 de octubre
9:00 AM a 5:00 PM
Plaza Mayor-Pabellón Medellín. Calle 41 # 55-80
17
Recepción de observaciones por escrito al informe inicial de evaluación del Jurado.
Desde el sábado 11 hasta el jueves 16 de octubre
SCA Nacional: Carrera 6 No. 26B-85 Piso 11 Bogotá D.C
18
Respuesta a las observaciones presentadas al Informe Final de los Jurados
Jueves 16 de octubre
www.contratos.gov.co www.medellin.gov.co www.sociedadcolombianadearquitectos.org
19
Audiencia de lectura del informe final del jurado y proclamación de ganadores.
Lunes 20 de octubre 11:00 AM
Plaza Mayor-Pabellón Medellín. Calle 41 # 55-80
2.19.1. Temas relacionados con el cronograma del concurso
a) Publicidad
Para cumplir con lo previsto en la Ley 80/93, Art. 30 numeral 3º y en el Artículo
8º de la Ley 1150 de 2007, se publicaran avisos de convocatoria en periódicos
en las ciudades de Medellín y Bogotá D.C., en los que se informara: 1- Que se
abriría el Concurso 2- Que las Bases estarán en la web y pueden consultarse.
b) Aviso a la cámara de comercio
Mediante comunicación escrita la SCA-PN con fecha lunes 9 de junio de 2014
dará aviso a la Cámara de Comercio de Medellín sobre la apertura oficial del
concurso.
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c) Consulta de Bases definitivas
Se publicarán las bases finales del concurso un día hábil antes de la apertura
oficial (Junio 6) en las páginas Web del SECOP, Medellín y SCA.
d) Observaciones
Para efectos de las observaciones a la evaluación inicial de los jurados se deberá
tener en cuenta lo siguiente:
Las observaciones de los concursantes deben enviarse por escrito vía correo
a la Sociedad Colombiana de Arquitectos en la dirección de correo oficial
que aparece en las presentes bases.
Las observaciones deben entregarse en sobre sellado de tal forma que no
se viole el anonimato del concursante. El sobre o el mensaje deberá estar
marcado a nombre del concurso.
Se reitera que el DAP y la SCA entienden que los concursantes al tramitar su
inscripción y presentar sus propuestas al concurso, han tenido oportunidad suficiente
durante el plazo previsto para tal fin, para plantear ante el DAP y la SCA sus consultas
y observaciones relativas al contenido de las bases del concurso y todos los demás
documentos y procedimientos del mismo, por lo cual en la fase de observaciones al
fallo del jurado sólo se responderán documentos enviados por los concursantes, que
tengan relación concreta con el contenido del acta de fallo del jurado y cuyo objetivo
sea aclarar o precisar elementos exclusivamente referidos a la evaluación y al
cumplimiento de los requisitos planteados para las propuestas, de acuerdo con las
normas específicas del concurso y generales definidas para el ejercicio profesional en
el país.
Al presentar su propuesta, los concursantes asumen el compromiso de aceptar que
cualquier documento recibido en esta fase, que contenga argumentos diferentes a
los referidos en el acta del jurado y la calificación del concurso, que a juicio del
jurado, el DAP y la SCA se aparten de lo anteriormente descrito, hará que la
observación del concursante sea desestimada por el jurado, por el DAP y por la SCA.
2.20. Bases del concurso
El presente documento contiene las bases del CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL DE
URBANISMO, PAISAJISMO Y ARQUITECTURA CENTRO CIVICO EN MEDELLIN cuyos
términos deben ser observados por los participantes. En estas bases así como en sus
CON-R-09 Bases del concurso
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73
anexos se consignan los términos que deben tener las propuestas y las estipulaciones de
la eventual contratación.
Las bases del concurso sólo podrán ser modificadas mediante adenda y serán publicadas
el día viernes 6 de junio de 2014 en el portal de contratación SECOP y las páginas web
www.sociedadcolombianadearquitectos.org ,www.medellin.gob.co y www.fpaa-
arquitectos.org
2.21. Actividades y documentos del concurso
2.21.1. Visita no obligatoria al área de intervención
La gran extensión de las áreas a intervenir en los diferentes componentes del
concurso hacen imposible la realización de una visita guiada, por lo tanto se hará
una presentación con ayudas audiovisuales.
La fecha es miércoles 11 de junio de 2014 a las 10:30 a.m., en Plaza Mayor,
Pabellón Medellín, Calle 41 # 55-80.
2.21.2. Audiencia pública de aclaración de las bases del concurso
La audiencia pública de aclaración de bases se realizará en la ciudad de Medellín
el miércoles 11 de junio de 2014 a continuación de la visita virtual guiada en Plaza
Mayor, Pabellón Medellín, Calle 41 # 55-80.
Las preguntas y respuestas de la audiencia serán dadas a conocer a todos los
interesados por medio del Acta No. 1.
2.21.3. Consultas y respuestas
Desde la fecha indicada en el cronograma del concurso los participantes podrán
hacer consultas a través del correo electrónico [email protected] ,
se dará respuesta antes del cierre del concurso a todas las consultas recibidas,
para este efecto se podrán consultar en la página
www.sociedadcolombianadearquitectos.org vinculo “concursos” así como la web
del SECOP.
Nota 11.
Las respuestas a las consultas de los proponentes son documentos aclaratorios de
las bases del concurso, que servirán al jurado para orientar su recomendación,
pero no serán tenidas como una adenda de las bases del concurso. Ninguna
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manifestación verbal, cualquiera que sea su fuente modifica las bases del
concurso y sus adendas
Si de alguna pregunta se deriva un cambio a las bases, esta será adoptada e
incorporada mediante una adenda, situación que se puede producir durante el
desarrollo del concurso quedando debidamente publicada en las páginas del
SECOP y www.sociedadcolombianadearquitectos.org
2.21.4. Recepción, envío y codificación de las propuestas
La SCA elaborará un acta de recibo de propuestas, suscrita por el coordinador o
su delegado, donde constará el número de propuestas presentadas.
En el acta constara:
a. La fecha y hora de cierre.
b. El número de paquetes presentados, cada uno de los cuales “dice contener”
dos sobres, uno con: La identificación del concursante y un segundo con la
propuesta arquitectónica.
c. El estado de los paquetes y si alguno de ellos tiene identificaciones o marcas
exteriores o rasgaduras.
d. Los demás hechos o constancias destacables.
La SCA entregará el acta a la mayor brevedad al DAP.
La SCA y el DAP por intermedio de sus respectivos arquitectos coordinadores y del
asesor jurídico del concurso, una vez reciban las propuestas, abrirán
conjuntamente el empaque o paquete que en su interior debe contener los
sobres de identificación y el sobre o paquete con el anteproyecto.
A los sobres de identificación, a los discos compactos y a las planchas de
propuestas se les asignará una misma clave. La SCA y el DAP por intermedio de
sus coordinadores y el asesor jurídico, escribirán en los sobres de identificación -
sin abrirlos- las claves asignadas a la respectiva propuesta y los depositarán sin
abrirlos en una urna.
Esta urna permanecerá cerrada y sellada en las oficinas de la SCA hasta el día de la
proclamación de ganadores. Los coordinadores del concurso elaborarán una
relación en donde conste el número de propuestas recibidas y las observaciones y
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constancias que consideren del caso. Podrán verificar la información suministrada
por los proponentes para la inscripción, para el concurso y para la celebración del
contrato. Las inexactitudes podrán dar lugar a descalificación de las propuestas,
sin perjuicio de las acciones gremiales, disciplinarias o penales a que haya lugar y
al reclamo de los daños y perjuicios que pueda habérsele ocasionado a la SCA y al
DAP.
2.21.5. Cierre del concurso
Lugar, fecha y hora para presentar propuestas.
Los concursantes presentaran sus propuestas hasta el día y hora indicados en el
cronograma del concurso únicamente en las oficinas de la Sociedad Colombiana
de Arquitectos, Carrera 6 No. 26 B - 85 piso 11 en Bogotá D.C.
El cumplimiento de la hora límite de entrega de propuestas es un imperativo legal
ineludible, que no depende de la voluntad de la entidad estatal ni de la Sociedad
Colombiana de Arquitectos, esta es las 4:00 PM
Los concursantes extranjeros enviaran sus propuestas teniendo especial cuidado
que el documento que expida la compañía transportadora registre como limite la
hora de cierre, es decir 4:00 PM (16 horas) del día indicado en el cronograma. Se
otorga un plazo de 72 horas para recibir físicamente las propuestas por parte de la
compañía transportadora. Si el participante prevé que las 72 horas son
insuficientes por circunstancias particulares en su país deberá tener la precaución
de enviar la propuesta antes de la fecha de cierre ya que no procederá ninguna
explicación ni argumento que valide la recepción después de ese plazo.
Se reitera que las fechas de cierre de inscripciones y la fecha de cierre del
concurso no son una misma ni coinciden. La primera es anterior a la segunda. Esto
permite verificar los documentos y realizar el concurso de anteproyectos bajo el
sistema de anonimato.
Debido a la naturaleza misma de los concursos de arquitectura y para proteger el
anonimato en el proceso de juzgamiento, una vez presentadas las propuestas no
habrá retiro de las mismas.
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La validez de las propuestas será de 6 meses calendario a partir de la fecha de su
presentación.
2.21.6. Juzgamiento de propuestas
Los coordinadores y el asesor jurídico levantarán un “Acta de cierre del concurso y
codificación de propuestas” la cual entregarán a los jurados al momento de su
instalación, poniendo de presente las observaciones que hayan encontrado en las
propuestas recibidas, pondrán las planchas del anteproyecto a disposición del
jurado quien las estudiará, evaluará y elaborará un concepto inicial denominado
Informe inicial de evaluación, consignado en un acta en la cual, identificando las
propuestas por sus correspondientes claves, se deje constancia del número de
propuestas presentadas, la evaluación que se ha hecho a las propuestas, la
recomendación al DAP sin orden de elegibilidad necesariamente y la posterior
asignación de premios, menciones, o la recomendación sobre la declaratoria
desierta del concurso y de los demás aspectos sobre el proceso de evaluación y
criterios de selección.
Durante el concurso las propuestas se conocerán por la clave, para todos los
efectos.
En consecuencia, los documentos que expidan el jurado, la SCA y sus asesores, la
entidad estatal promotora y las observaciones de los proponentes, antes de la
proclamación del ganador deberán referirse a las propuestas por su respectiva
clave.
2.21.7. Informe inicial de evaluación del jurado
El jurado entregará al DAP, el concepto inicial o informe de evaluación preliminar
del jurado. El DAP lo publicará en el SECOP y la SCA lo publicará en la página Web
por un término de tres (3) días hábiles, durante el cual los proponentes podrán
conocer las propuestas y presentar observaciones al “Informe inicial de
evaluación del jurado”. Copia de la evaluación será expuesta en el salón de
exhibición de propuestas para consulta de los concursantes. Dichas observaciones
deberán firmarse utilizando únicamente la clave asignada al proponente.
Si algún concursante formula observaciones al informe inicial de evaluación del
jurado, este debe analizarlas y formular el informe final debidamente sustentado
que podrá ratificar el contenido del concepto inicial o diferir parcial o totalmente
de éste.
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Las comunicaciones de los concursantes durante el concurso en general y en el
trámite de observaciones en particular deben ser respetuosas, sin emplear
términos injuriosos, descalificadores o agresivos. El jurado no tiene la obligación
de responder comunicaciones de este tipo. Si se presenta un hecho como el
anterior, una vez se abran los sobres y se conozca la identidad de los
participantes, el jurado, o uno de sus miembros, la entidad promotora o la SCA,
podrán presentar las acciones profesionales y disciplinarias ante las autoridades
correspondientes.
La urna con los sobres de identificación de los concursantes sólo será abierta en el
acto de proclamación de ganadores en el cual se leerá el veredicto final del
jurado, que identificará las propuestas por sus claves, y se abrirán los sobres
correspondientes a dichas claves conociéndose entonces la identidad de los
participantes ganadores.
El Jurado recomendará al DAP adjudicar, en un orden de elegibilidad el contrato
de consultoría con el autor de la propuesta ganadora.
2.21.8. Informe final de evaluación del jurado
En la Audiencia Pública de “Lectura del informe del jurado, apertura de la urna y
de los sobres” se dará lectura al Informe final del jurado, se abrirá la urna que
contiene los sobres, y estos identificando así a los arquitectos ganadores, esta
audiencia se efectuará el día 20 de octubre de 2014 a las 11:00 am en Plaza
Mayor, Pabellón Medellín ubicado en la calle 41 # 55-80, en la ciudad de Medellín
tal como se ha expresado en el cronograma del concurso.
2.21.9. Exposición de trabajos
Las propuestas participantes serán expuestas desde el día miércoles 11 hasta el
30 de octubre de 2014 en Plaza Mayor, Pabellón Medellín. Se aclara que la
exposición no es parte del concurso, sino una labor de difusión académica del
organismo asesor.
2.21.10. Retiro de trabajos
Los arquitectos que quieran conservar copias de sus trabajos o de los documentos
anexos, deberán obtenerlas antes de presentarlas al concurso, porque
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posteriormente no se devolverán ni las planchas, ni los documentos de las
propuestas ganadoras.
Se debe tener presente que se trata de documentos públicos cobijados por un
amparo legal cuya disposición está restringida por las leyes.
2.21.11. Autorización para publicar material presentado con la propuesta
Los proponentes con el hecho de presentar la propuesta, autorizan a la Sociedad
Colombiana de Arquitectos a utilizar en sus publicaciones el material presentado
con sus propuestas.
2.21.12. Declaratoria de desierto del concurso
El DAP podrá declarar parcial o totalmente desierto el concurso al vencimiento del
plazo previsto para adjudicar, en los casos previstos en la ley y especialmente en
los siguientes eventos: 1. Por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva
y se declarará en acto administrativo en el que se señalarán en forma expresa y
detallada las razones que han conducido a esa decisión. 2. Cuando no se hubiere
presentado ninguna propuesta.
2.21.13. Derechos de autor
Los consultores que resulten ganadores (primero, segundo y tercer lugar en los
diferentes componentes), garantizan que los derechos de propiedad intelectual
sobre los bienes objeto de esta cesión son de su propiedad. Sin embargo, los
derechos patrimoniales de autor que surjan en cabeza del contratista relacionado
con los mismos, sus ajustes, tanto impresos como los que se entreguen en medio
magnéticos, su ilustración, de acuerdo con los insumos suministrados por el DAP
para la obtención del producto final, se entenderá cedidos por parte del
contratista al DAP, de manera total y universal. En todo caso los cambios y
actualizaciones de los diseños implicarán la cesión o transferencia de la nueva
versión, sin perjuicio de la cesión de la versión original. Estos derechos se
extienden a los productos contratados en cuanto a su reproducción,
transformación, traducción, ejecución pública, exhibición, divulgación,
comercialización, distribución, representación en público y utilización en todo
tiempo, espacio y lugar. En consecuencia el DAP adquiere la totalidad de los
derechos patrimoniales de autor sobre los productos contratados para explotarlos
sin limitación alguna de tiempo, modo y lugar. El contratista conservará para sí la
titularidad de los derechos morales, de conformidad con lo previsto en la Decisión
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Andina 351de 1993 o Régimen Común Andino sobre Derecho de Autor y en las
Leyes 23 de 1982 y 44 de 1993, o en las normas que las sustituyan o reformen.
Los ganadores liberaran de toda responsabilidad a las instituciones participantes y
al DAP por las acciones entabladas por terceros en razón de transgresiones a
Derechos de Autor, como consecuencia de los productos o servicios objeto del
contrato.
Todos los ejemplares preparados por el consultor para el contratante en
desarrollo del objeto contractual, serán de propiedad del DAP. El consultor podrá
conservar una copia de dichos documentos para sus archivos y no podrá
negociarlos o volverlos a imprimir sin autorización del DAP.
2.22. Presentación de propuestas
2.22.1. Material a entregar
Una vez definido por parte del interesado el alcance de su participación, es decir
Componente A o componente B o A+B, deberá observar las siguientes instrucciones,
aclarando que si la decisión es participar en los dos componentes deberá preparar
paquetes independientes para cada una de ellas.
a. Los participantes deberán entregar sus propuestas empacadas y selladas, en cuyo
interior debe haber dos sobres, empaques o paquetes y un CD, sin ninguna
identificación, nombre, iniciales, marca, membrete, enseña o distintivo que
pudiera identificarlos, simplemente dirigidos textualmente así:
Sobre 1: “DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACION DE MEDELLIN -
DAP – SOCIEDAD COLOMBIANA DE ARQUITECTOS – SCA.
“IDENTIFICACIÓN”.
Sobre 2: “DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACION DE MEDELLIN -
DAP – SOCIEDAD COLOMBIANA DE ARQUITECTOS – SCA. “PROPUESTA”.
(Colocar a que componente pertenece la propuesta: COMPONENTE A o
COMPONENTE B)
b. Un CD con las planchas en formato DWG del diseño realizado, ira en el sobre 2.
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c. Un escrito hasta de 2.500 palabras en fuente arial 12 explicando el concepto
general de la propuesta.
d. Un video con especificaciones básicas y una duración hasta 5 minutos, donde se
describan aspectos relevantes de la propuesta. No se trata de una presentación
animada en power point o similar con la propuesta misma, es una pieza dinámica
que aborde un lenguaje adicional a las limitantes propias de la representación
gráfica de las planchas, que aporte al jurado una visión general del concepto del
concursante. Puede ser en idioma castellano o en inglés, caso en el cual deberá
estar subtitulado en castellano.
2.22.2. Empaque y forma de presentación de los anteproyectos
El sobre 2 PROPUESTA es un sobre, empaque o paquete debidamente cerrado, sin
ninguna marca, señal o identificación para conservar la reserva de las propuestas
que debe contener las planchas referentes a la propuesta exigida en las
presentes bases y el cuadro de áreas impreso en formato DIN-A1 84.1 x 59.4 cm,
doblado y el CD con las poli-líneas en formato DWG superpuestas sobre el
esquema y el anteproyecto completo para la verificación de áreas. Estas deben
ser legibles y/o compatibles en las recientes versiones en AUTOCAD 2010 a 2013,
también en este medio magnético deben venir las planchas de la presentación en
formato PDF o JPG.
Ni las planchas ni los CD pueden tener identificación alguna.
2.22.3. Técnica de presentación
La técnica de presentación es libre y puede ser en color; se exigen planchas de
100 cm x 70 cm, montadas sobre cartón paja, lamipak, foam board (0.5 cm.) o un
material similar en peso, con el rótulo (suministrado por la organización del
concurso Anexo # 9) correspondiente en cada plano. No se recibirán planchas
enmarcadas o montadas sobre madera u otro material distinto al especificado en
estas bases. Se debe respetar la diagramación y la numeración de las planchas
establecidas y por tanto el proponente deberá ceñirse a los formatos de planos
suministrados en los anexos.
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2.22.4. Contenido de las planchas (Anexo # 8)
Componente A:
Plano 1.
Plano 3.
Plano 5. Plano 7. Plano 9.
Plano 2.
Plano 4.
Plano 6. Plano 8. Plano 10.
Plano 1
Localización 1:5000
Plano 2
Memorias, Imágenes y Secciones
Planos 3 y 4
Ámbito del concurso en escala 1:2500
Planos 5, 6, 7 y 8
Planes maestros urbanos en escala 1:1250
Plano 9 y 10
Planos para renders
Componente B:
Plano 1.
Plano 3.
Plano 5. Plano 7. Plano 9.
Plano 2.
Plano 4.
Plano 6. Plano 8. Plano 10.
Plano 1
Localización 1:5000
Plano 2
Memorias, Imágenes y Secciones
Planos 3 y 4
Ámbito del concurso en escala 1:2500
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Planos 5 y 6
Plan paisajístico Cerro Nutibara escala 1:1000
Plano 7
Plan Paisajístico Cerro Nutibara y UVA. Renders, secciones, detalles y senderos.
Escala 1:250
Plano 8
Plan paisajístico Cerro Asomadera. Renders, secciones, detalles, senderos.
Escala 1:250
Plano 9 y 10
Plan Paisajístico Cerro Asomadera escala 1:1000
2.22.5. Empaque y forma de presentación de la identificación del proponente
El sobre 1 marcado “DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACION DE
MEDELLIN - DAP – SOCIEDAD COLOMBIANA DE ARQUITECTOS – SCA.
“IDENTIFICACIÓN” es un sobre debidamente cerrado, sin ninguna marca, señal o
identificación exterior para conservar el anonimato de los proponentes, que debe
contener los siguientes documentos:
Copia del formulario único de inscripción al concurso.
Tarjetas de cartulina blanca (4 cm. x 9 cm.) con los créditos de los autores del
proyecto, con el fin de anexarlas a los planos en la exposición final.
Reducciones a tamaño carta a color de las planchas presentadas con destino a
posibles publicaciones.
Como parte integral de su oferta profesional, incluirá la oferta de las consultorías
de otras disciplinas que juzgue oportunas y necesarias para el desarrollo del
proyecto, en función de la especialidad del asunto y en aras de garantizar la
viabilidad y mejor calidad de su propuesta, así como la identidad e idoneidad de
los especialistas que a su criterio deban realizar determinados diseños y estudios
ajustados a la normativa nacional vigente. Las entidades estatal promotora y
organizadora se reservan el derecho a verificar toda la información y
documentación entregada al momento de la inscripción. Se aclara que la
presentación de estos otros profesionales como integrantes de su equipo de
trabajo no obliga al ganador a contratarlos a su cargo, es una referencia que
posteriormente será evaluada.
Nota 12.
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El CD, sin ninguna marca o identificación, con los archivos de la propuesta en JPG
y las poli líneas de áreas (formato.dwg), no debe ir dentro del sobre de
identificación, sino en el paquete de anteproyecto arquitectónico junto con las
planchas.
Nota 13.
La Subdirección de Información del Departamento Administrativo de Planeación
DAP trabaja con información georreferenciada. La información suministrada en
estas bases y sus anexos se estructura en Geodatabases compatibles con software
ArcGis v.10 o superior (AutoCAD Map …)
La información entregada corresponde a la que reposa en la Geodatabase
Corporativa del municipio de Medellín, la cual se actualiza según la disponibilidad
y la calidad del dato que está relacionado con las fuentes de origen.
Por lo anterior ninguno de los elementos suministrados en planimetría y otros
archivos corresponde a extensiones .dwg, debiendo cada equipo de participantes
hacer las respectivas migraciones y/o actualizaciones.
2.23. Premios y honorarios profesionales
2.23.1. Premios
Premio es la recompensa o remuneración que otorga la entidad estatal promotora
para incentivar la participación de proponentes en un concurso.
El DAP pagará premios por un total de Doscientos ochenta y cinco millones
doscientos cuarenta mil cuatrocientos cincuenta y dos pesos m/c. ($
285´240.452) de acuerdo con el certificado de disponibilidad presupuestal No.
4000072916 de 2014. La liquidación de premios se hace con base en el Honorario
Básico del Concurso de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Concursos
de la SCA.
Este valor incluye los premios correspondientes al segundo y tercer lugar en cada
componente, el ganador del primer puesto se considera como pago de honorarios
profesionales.
Los ganadores de segundo puesto recibirán premios por valor de Ciento setenta y
un millones ciento cuarenta y cuatro mil doscientos setenta y un pesos m/c. ($
171´144.271).
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Los ganadores de tercer puesto recibirán premios por valor de Ciento catorce
millones noventa y seis mil ciento ochenta y un pesos m/c. ($ 114´096.181).
Los premios de conformidad con lo estipulado deben atenerse a los descuentos
dispuestos por la ley; los premios serán cancelados a los ganadores directamente
por la Alcaldía de Medellín previa validación de la SCA y visto bueno del DAP.
Nota 14.
De conformidad con lo dispuesto en la Resolución No 2047 del 6 de octubre de
2009 expedida por el Ministerio de Cultura, los concursos organizados por la
Sociedad Colombiana de Arquitectos tienen carácter artístico y cultural y por lo
mismo las sumas pagadas como premios, aunque están sometidos al impuesto de
renta y complementarios, no son objeto de retención en la fuente.
Menciones de honor
El jurado podrá conferir las menciones de honor que considere del caso, sin que
estas representen obligaciones pecuniarias para la Entidad Promotora ni para la
SCA.
PREMIOS
Componente A
Segundo puesto $ 95´521.180
Tercer puesto $ 63´680.787
Componente B
Cerro Nutibara
Segundo puesto $ 53´621.298
Tercer puesto $ 35´747.532
Cerro Asomadera
Segundo puesto $ 22´001.792
Tercer puesto $ 14´667.861
(Cuadro 1)
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2.23.2. Honorarios
(Cuadro 2)
(1) Corresponde a Plan Maestro Urbano Centro Institucional La Bayadera + Calle Nueva.
(2) Corresponde a las ideas básicas del Parque Verde EPM y conexiones peatonales.
LIQUIDACIÓN DE HONORARIOS DE DISEÑO
Componente A
Área Construida Áreas (m2) Valor (m2) Total % Valor total
(1) Urbanismo 721.929 $ 95.000 $68.583.255.000 $ 68.583.255.000
Primeros 1.000 $ 95.000 $ 95.000.000 7% $ 6.650.000
Siguientes 4.000 $ 95.000 $ 380.000.000 5% $ 19.000.000
Siguientes 5.000 $ 95.000 $ 475.000.000 4% $ 19.000.000
En adelante 711.929 $ 95.000 $ 67.633.255.000 3% $ 2.028.997.6500
Honorarios 70% $ 1´451.553.355
(2) Diseño de áreas abiertas construidas:
100.146 $ 295.000
$ 29.543.070.000
Parque Verde EPM 27.246
Conexiones peatonales 72.900
Primeros 1.000 $ 295.000 $ 295.000.000 7% 20.650.000
Siguientes 4.000 $ 295.000 $ 1.180.000.000 5% 59.000.000
Siguientes 5.000 $ 295.000 $ 1.475.000.000 4% 59.000.000
En adelante 90.146 $ 295.000 $26.593.070.000 3% 797.792.100
Honorarios categoría
100% 936.442.100
Honorarios idea básica
15% 140.466.315
Total honorarios de diseño sin IVA
$1´592.019.670
IVA 16% $ 254.723.147
TOTAL HONORARIOS DE DISEÑO CON IVA $ 1.846.742.817
Componente B
Cerro Nutibara
Área Construida Área Valor/m2 Total % Valor total
(1) Paisajismo 296.866 $ 40.000 $11.874.640.000
Primeros 1.000 $ 40.000 $ 40.000.000 7% $ 2.800.000
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(Cuadro 3)
(1) Corresponde a Plan Maestro general del Paisaje.
(2) Corresponde a Plan Maestro Urbano general y zonas de renovación en las áreas
circundantes a la base del cerro.
(3) Corresponde a la idea básica de áreas abiertas para la UVA ubicada en el cerro y a
otras áreas construidas abiertas en diferentes zonas dentro del cerro.
Siguientes 4.000 $ 40.000 $ 160.000.000 5% $ 8.000.000
Siguientes 5.000 $ 40.000 $ 200.000.000 4% $ 8.000.000
En adelante 286.866 $ 40.000 $11.474.640.000 3% $ 344.239.200
Honorarios 70% $ 254.127.440
(2) Urbanismo 288.968 $ 95.000 $27.451.960.000
Primeros 1.000 $ 95.000 $ 95.000.000 7% 6.650.000
Siguientes 4.000 $ 95.000 $ 380.000.000 5% 19.000.000
Siguientes 5.000 $ 95.000 $ 475.000.000 4% 19.000.000
En adelante 278.968 $ 95.000 $26.501.960.000 3% 795.058.800
Honorarios 70% $ 587.796.160
(3) Diseño de áreas abiertas
27.580 $ 295.000 $ 7.998.200.000
Exteriores UVA 9.196
Otras intervenciones 18.384
Primeros 1.000 $ 295.000 $ 295.000.000 7% $ 20.650.000
Siguientes 4.000 $ 295.000 $ 1.180.000.000 5% $ 59.000.000
Siguientes 5.000 $ 295.000 $ 1.475.000.000 4% $ 59.000.000
En adelante 17.580 $ 295.000 $ 5.186.100.000 3% 155.583.000
Honorarios 85% 250.098.050
Honorarios idea básica
15% 37.514.707
(4) Diseño áreas cerradas
1.500 $1.000.000 $ 1.500.000.000
Primeros 1.000 $ 1.000.000 $ 1.000.000.000 7% 70.000.000
Siguientes 500 $ 1.000.000 $ 500.000.000 5% 25.000.000
Honorarios categoría B
100% 95.000.000
Honorarios idea básica
15% 14.250.000
Total honorarios de diseño sin IVA $ 893.688.307
IVA 16% $142.990.129
TOTAL HONORARIOS DE DISEÑO CON IVA $ 1.036.678.436
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(4) Corresponde a la idea básica de áreas cerradas (Edificio) para la UVA.
(Cuadro 4)
(1) Corresponde a Plan Maestro general del Paisaje del cerro.
(2) Corresponde a Plan Maestro Urbano general.
Nota 15.
La expresión IVA es la sigla del Impuesto al valor agregado, conocido en Colombia como
Impuesto sobre las ventas.
2.23.3. Adjudicación del contrato
Previamente a la expedición de la resolución de adjudicación, la SCA y el DAP
verificarán si el ganador cumple con todos los demás requisitos, en caso contrario
se adjudicará el contrato a quien lo sigue en el orden de elegibilidad determinado
por el jurado.
Componente B
Cerro Asomadera
Área Construida Área Valor /m2 Total % Valor total
(1) Paisajismo 322.656 $ 40.000 $12.906.240.000
Primeros 1.000 $ 40.000 $ 40.000.000 7% $ 2.800.000
Siguientes 4.000 $ 40.000 $ 160.000.000 5% $ 8.000.000
Siguientes 5.000 $ 40.000 $ 200.000.000 4% $ 8.000.000
En adelante 312.656 $ 40.000 $12.506.240.000 3% $ 375.187.200
Honorarios 70% $ 275.791.040
(2) Urbanismo 39.900 $ 95.000 $ 3.790.500.000
Primeros 1.000 $ 95.000 $ 95.000.000 7% $ 6.650.000
Siguientes 4.000 $ 95.000 $ 380.000.000 5% $ 19.000.000
Siguientes 5.000 $ 95.000 $ 475.000.000 4% $ 19.000.000
En adelante 29.900 $ 95.000 $ 2.840.500.000 3% $ 85.215.000
Honorarios 70% $ 90.905.500
Total honorarios de diseño sin IVA
$ 366.696.540
IVA 16% $ 58.671.446
TOTAL HONORARIOS DE DISEÑO CON IVA $ 425.367.986
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En caso de que ninguno de los proyectos seleccionados cumpla con estos
requisitos, el concurso se declarará desierto.
El DAP adjudicará el contrato mediante acto administrativo que se notificará a los
proponentes ganadores, de acuerdo con la ley y será suscrito dentro de los cinco
(5) días siguientes
.
2.23.4. Firma del contrato, perfeccionamiento y legalización
Con la adjudicación del contrato, surgen para el ganador las siguientes
irrevocables obligaciones con el DAP.
Suscribir el contrato de consultoría para realizar los diseños urbanísticos y
paisajísticos definitivos, por el valor indicado y constituir las correspondientes
garantías. Los diseños de Parque Verde EPM y Unidad de Vida Articulada UVA
serán objeto de contratos posteriores con el Grupo EPM, las ideas generales
ganadoras serán la base para desarrollar esos proyectos. El contrato
comprenderá además los siguientes estudios técnicos complementarios:
diseño hidrosanitario, diseño eléctrico, cálculo estructural, diseños especiales
si los hubiere en la propuesta.
Aportar oportunamente los documentos necesarios para firmar el contrato.
Presentar debidamente firmado el respectivo contrato dentro de los cinco (5)
días hábiles siguientes a la entrega del mismo, así como las respectivas
garantías, acreditar el pago de los derechos de publicación del contrato en el
Diario Único de Contratación; adicionalmente, acreditará el pago de los
impuestos a que hubiere lugar.
Presentar el equipo que realizará los estudios técnicos básicos si así se lo
solicita el DAP y acoger las observaciones que a este le haga dicha entidad.
Aceptar las observaciones y recomendaciones formuladas al anteproyecto
por el jurado y la entidad promotora, e introducir las modificaciones
requeridas para el desarrollo del proyecto.
Mantener el área diseñada dentro de las limitantes del programa y mantener
la racionalidad de los costos de la obra que será construida; los recursos
disponibles para esta obra son Ciento sesenta y cuatro mil doscientos tres
millones setecientos ochenta mil pesos m/c.($164´203.780.000) incluido el
AIU.
Contar para el desarrollo del contrato con un equipo de trabajo necesario
para el desarrollo de los trabajos el cual será presentado y aceptado por el
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DAP previo a la firma del contrato y cumplir con el cronograma previsto para
la realización de los diseños arquitectónicos y urbanos.
Cumplir con los deberes consagrados en la minuta del contrato de
consultoría que forma parte como anexo de las bases y las demás que se
desprendan de la naturaleza del concurso y del contrato y aquellas
expresamente mencionadas en las bases, en sus adendas y en el documento
del contrato.
Aceptar, como en efecto lo acepta irrevocablemente, que en virtud del valor
en efectivo de los honorarios del contrato, los arquitectos ceden a la entidad
promotora, los derechos económicos y de explotación de la propiedad
intelectual sobre sus anteproyectos, sin perjuicio de los derechos morales de
autor reconocidos por la Decisión Andina No.351 de 1993, la Ley 23 de 1982
y la Ley 44 de 1993 sobre propiedad intelectual. Poniendo de presente que el
reconocimiento de autor, por su naturaleza estará radicado en cabeza del
proponente ganador.
Cumplir con cada uno de los requisitos y condiciones establecidas en los
anexos para la aceptación de la oferta, suscripción y ejecución del contrato.
Si el proponente favorecido no firmare el contrato de consultoría, el DAP podrá
adjudicar el contrato resultante, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, al
proponente calificado en segundo lugar, si considera que su propuesta es
igualmente favorable para la entidad.
Pero si éste no firmare el contrato en el plazo fijado, se suscribirá con el
proponente que quedo en tercer lugar si se considera que su propuesta es
igualmente favorable para la entidad.
Salvo fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobados, si el adjudicatario
se negare a cumplir con las obligaciones establecidas en las bases y
específicamente las de suscribir y perfeccionar el contrato correspondiente
dentro del término señalado, el DAP podrá iniciar las acciones legales
conducentes al reconocimiento de perjuicios causados, sin perjuicio de la
inhabilidad para contratar por el término de cinco (5) años, de conformidad con lo
previsto en el literal e. del Numeral 1º del Art. 8 de la Ley 80 de 1993.
2.23.5. Forma de pago
Los ganadores de primeros puestos tienen derecho a celebrar contrato de
consultoría de diseños definitivos por un valor de Tres mil trescientos ocho
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millones setecientos ochenta y nueve mil doscientos cuarenta pesos m/c.
($3´308.789.240) incluido el IVA.
Los honorarios del contrato serán cancelados por el DAP, así:
Un treinta por ciento del valor total del contrato (30%) equivalente a la suma de
Novecientos noventa y dos millones seiscientos treinta y seis mil setecientos setenta y dos
pesos m/c. ($992.636.772) incluido el IVA, como pago anticipado del contrato por haber
resultado ganadores. Los premios de conformidad con lo estipulado deben atenerse a los
descuentos dispuestos por la ley; los premios serán cancelados a los ganadores
directamente por la Alcaldía de Medellín previa validación de la SCA y visto bueno del DAP
y en moneda colombiana.
Un setenta por ciento del valor total del contrato (70%) equivalente a la suma de Dos mil
trescientos dieciséis millones ciento cincuenta y dos mil cuatrocientos sesenta y ocho
pesos m/c. ($ 2´316.152.468) incluido el IVA, en pagos distribuidos que serán
anunciados oportunamente.
Si por alguna razón no se firmare el contrato con el ganador por razones ajenas a
éste, el DAP le pagará suma equivalentes al treinta por ciento (30%) del valor del
contrato, como suma única y total a título de premio del concurso, quedando
relevado el arquitecto de realizar las labores previstas en la minuta.
Si por alguna de las razones previstas en la ley o en este reglamento, el contrato no
se firma con el ganador por razones imputables a éste, el ganador perderá el
derecho al pago del premio, y la entidad podrá de acuerdo con la ley suscribirlo
con quien ocupó el segundo lugar, si la propuesta es conveniente para la entidad.
En este caso el arquitecto que suscriba el contrato tendrá derecho -en cuantía y
forma de pago- a los honorarios previstos para el ganador.
Estos valores incluyen el IVA.
Nota 16.
El alcance contractual comprenderá la elaboración de los estudios técnicos
básicos tales como diseño hidrosanitario e hidráulico diseño eléctrico, calculo
estructural, diseños especiales si los hubiere en la propuesta, para lo cual las
partes deberán definir el valor de dichos estudios.
Nota 17.
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• Los valores que se van a cancelar se ajustarán a lo estipulado en las bases del
concurso.
• Si la obra a la cual se refieren los diseños no se realiza en el curso de los tres años
siguientes a la entrega de los diseños contratados, el DAP no pagará al consultor
el valor correspondiente a la supervisión arquitectónica.
2.23.6. Modelo de minuta de contrato para el ganador.
Ver Anexo # 7.
3. ANEXOS
Los anexos se entregan a los concursantes para un mayor y adecuado conocimiento del área de intervención y la posibilidad de tener un mayor entendimiento en temáticas de interés y necesaria profundización para los concursantes.
3.1 Anexos Legales
3.1.1. Anexo 1. Formato de solicitud de inscripción.
3.1.2. Anexo 2. Certificado cumplimiento obligaciones parafiscales persona natural.
3.1.3. Anexo 3. Certificado cumplimiento obligaciones parafiscales persona jurídica.
3.1.4. Anexo 4. Certificado de conocimiento del sitio a intervenir.
3.1.5. Anexo 5. Formato para conformar un consorcio.
3.1.6. Anexo 6. Formato para conformar una unión temporal.
3.1.7. Anexo 7. Modelo de minuta de contrato de consultoría.
3.2. Anexos Gráficos
3.2.1. Anexo 8. Formato de planchas.
3.2.2. Anexo 9. Formato de rotulo oficial.
3.2.3. Anexo 10. Logos de entidades.
3.2.4. Anexo 11. Acuerdo de colaboración ONU - FPAA
3.3. Anexos Técnicos
3.3.1. Anexo 12. Caracterización social.
Componente cerros tutelares Nutibara y Asomadera.
Componente Centro Institucional: La Alpujarra, Calle Nueva y La Bayadera.
3.3.2. Anexo 13. Modelo de ciudad.
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Plan de Ordenamiento Territorial - Revisión y Ajuste.
Subzona Centro Tradicional.
Estrategia de Concursos Públicos Arquitectónicos y Urbanos - Departamento Administrativo de Planeación de Medellín.
3.3.3. Anexo 14. Planimetría.
Formatos de entrega de la planimetría: Geodatabase.
Contiene la documentación planimetría base, que se entrega en formatos ArcGIS geodatabase versión 10, ACAD y PDF. Esta información se encuentra estructurada sobre un plano base que le permite al concursante mediante los diferentes “SHAPES”, analizar el territorio en relación a los sistemas estructurantes y estructurados de la ciudad de Medellín. Estos son los “Shapes” necesarios para la comprensión del territorio y para el ejercicio de formulación de las propuestas.
Plano General Base: Sistemas estructurantes de soporte que permiten la lectura del territorio urbano con los elementos básicos que lo conforman.
Shapes: Relacionados con la información complementaria al “Plano General Base”, con los sistemas estructurantes artificiales y los sistemas estructurados que conforman el territorio.
PLANIMETRÍA: PLANO GENERAL BASE
Plano general base:
CARTOGRAFÍA BASE
Altimetría
El Río
Manzanas
Sistema vial existente
Suelos de Protección (incluye
retiros a corrientes de agua),
áreas de importancia recreativa y
paisajística y Cerros tutelares,
Red Hídrica y micro cuencas
Red de conectividad del
patrimonio ecológico y
paisajístico, (Acuerdo Municipal
N° 23 de 2009).
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Centro Institucional. Ámbito de
intervención Concurso, (Áreas de
planificación urbana). Fuente:
DAP, equipo AIE.
Cerro Nutibara. Ámbito de
intervención Concurso, (Áreas de
planificación urbana). Fuente:
DAP, equipo AIE.
Cerro Asomadera. Ámbito de
intervención Concurso, (Áreas de
planificación urbana). Fuente:
DAP, equipo AIE.
Proyecto Parque del Río Medellín:
Ámbito de intervención del
proyecto.
Macroproyecto Río: Delimitación
general. Fuente: DAP, equipo AIE.
Plan Medellín Centro:
Delimitación general. Fuente:
DAP, equipo AIE.
Carrera Bolívar. Ámbito de
intervención Concurso Nacional
en curso, (Áreas de planificación
urbana). Fuente: DAP, equipo AIE.
División Político Administrativa,
Toponimia, Nomenclatura
(nombres de las Calles),
PLANIMETRÍA SHAPES: Geodatabase
Movilidad
Sistema vial existente,
Línea Férrea (Sistema existente y
tren futuro multipropósito),
Metro,
Metroplus,
Metrocables,
Sistema de
Centralidades
Municipales,
Metropolitanas.
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Tratamientos,
proyectos y
equipamientos
Plano de proyectos estratégicos
del municipio Acuerdo 46 del año
2006,
Usos del suelo,
Coberturas del suelo,
Tratamientos urbanísticos POT,
Planes Parciales (PP) ACUERDO
MUNICIPAL N° 46 DE 2006:
..."CAPÍTULO III Normas sobre
planes parciales. ARTÍCULO 338°.
Áreas para la Preservación de la
Infraestructuras del sistema
estructurante (API´s) ACUERDO
MUNICIPAL N° 46 DE 2006:
..."SECCIÓN 3 Áreas para la
preservación de infraestructuras y
elementos del sistema
estructurante. ARTÍCULO 69°.
Equipamientos deportivos,
Equipamientos educativos,
Equipamientos institucionales,
Espacio público,
Elementos patrimoniales
(Acuerdo Municipal N° 23 de
2009),
Redes de servicios existentes y
proyectadas; subterráneas y
aéreas (Poliducto, redes, etc.).
PLANIMETRÍA COMPLEMENTARIA
Áreas de Intervención Estratégica
Plan de Desarrollo 2012 – 2015
Plano en PDF, contextualización Proyectos Estratégicos en el marco de las Áreas de
Intervención Estratégica de ciudad.
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3.3.4. Anexo 15. Caracterización físico espacial.
Planos Concurso Centro Cívico:
Actores y Entorno.
Alcances - Relaciones urbanas - Ámbito Concurso.
Ámbito Concurso en Área de Intervención Estratégica AIE. Componente A. Componente B.
3.3.5. Anexo 16. Visor corporativo Alcaldía de Medellín – Imágenes de ciudad.
Dirección de página WEB del visor corporativo de la Alcaldía de Medellín http://www.medellin.gov.co/MapGIS/web/swf/MAPGIS_FLEX.jsp
3.3.6. Anexo 17. Normativa básica general.
Plan Director BIO 2030
ACUERDO METROPOLITANO 13 DE
2011,PLAN DIRECTOR BIO 2030,Por medio
del cual se complementan y desarrollan las
Directrices Metropolitanas de
Ordenamiento Territorial, con la adopción
de los Sistemas Estructurantes de
Ocupación del Territorio y el Desarrollo de
escenarios territoriales estratégicos de
intervención.
Plan Maestro de Movilidad
2006-2020.
Plan Maestro de Movilidad 2006-2020 del
Área Metropolitana del Valle de Aburrá,
Donde se encuentran consignados los
principales proyectos de transporte y de
infraestructura vial del Valle de Aburrá.
Plan de Ordenamiento
Territorial (POT) y Atlas planos
protocolarizados
ACUERDO MUNICIPAL 46 DE 2006, PLAN
DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL, Por el
cual se revisa y ajusta el Plan de
Ordenamiento Territorial para el Municipio
de Medellín y se dictan otras
disposiciones.
Plan Especial de Patrimonio y
Atlas planos protocolarizados.
ACUERDO MUNICIPAL 23 DE 2009, Por el
cual se adopta el Plan Especial de
Protección del Patrimonio Cultural
Inmueble del Municipio de Medellín.
Determinantes Ambientales
ARPE Nutibara
ARUCA Asomadera
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3.3.7. Anexo 18. Carrera Bolívar. Anteproyecto ganador Concurso Público Nacional de
Anteproyecto Urbano Carrera Bolívar en Medellín.
Presentación en pdf del texto de intenciones y premisas del proyecto ganador.
Fuente: Arquitectos ganadores del primer premio del Concurso – Mayo de 2014.
Consorcio Arquitectura y Espacio Urbano: Arq. Carlos Puerta, Arq. Verónica Ortiz,
Arq. Manuel Ortega.
3.3.8. Anexo 19. Metro de Medellín.
Plan de Movilidad del Centro.
Plan Rector de Infraestructura.
3.3.9. Anexo 20. Metroplus.
Planteamiento urbanístico de la Troncal Oriental de Metroplús (Recorrido y
vías).
Proyecto Metroplús Troncal Avenida Oriental-Intervención Carrera Bolívar.
Proyecto Metroplús Troncal Avenida Oriental-Intervención Centro Cívico.
3.3.10. Anexo 21. Proyecto Parques del Rio Medellín.
Texto Proyecto Parques del Río Medellín.
Anteproyecto Parques del Río Medellín.
Cronograma general Proyecto Parques del Rio Medellín.
PBRM-URB-T3-PG-00-A (1) Avance del proyecto mayo 2014
Consultar el Link http://parquedelriomedellin.co/
3.3.11. Anexo 22. Grupo EPM/ Empresas Públicas de Medellín.
Texto: Requerimientos generales Parque Verde EPM y UVA Cerro Nutibara y
Generalidades proyecto Distrito Térmico del Gas en la Bayadera.
Planos Tanque EPM - Cerro Nutibara.
Secciones urbanísticas y localización general Tanque EPM - Cerro Nutibara.
Presentación Distrito Térmico la Bayadera.
Presentación Unidades de Vida Articulada UVA.
3.3.12. Anexo 23. Plaza Mayor.
Presentación Pabellón lineal.
Presentación Comité Infraestructura.
Diapositiva Continuidad Plazoleta.
Presentación Plaza Mayor.
Puente Conexión planeación.
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Proyectos ZFPES Planeación.
3.3.13. Anexo 24. Teatro Metropolitano.
Plan Maestro: Gráficas.
3.3.14. Anexo 25. EnCicla.
Cartilla de ciclo parqueaderos para implementación en el espacio.
Mapa de ciclo rutas propuesto para el nuevo POT.
Propuesta concurso Centro Cívico.
3.3.15. Anexo 26. Literatura complementaria de temas ambientales.
Arboles Ornamentales del Valle de Aburrá.
Manual de Silvicultura Urbana para Medellín.
Folleto La Asomadera y El Salvador.
Folleto Nutibara.
3.3.16. Anexo 27. Literatura complementaria de Medellín.
Medellín Vida y Ciudad.
Guía de arquitectura de Medellín.
Cuadernos de Ciudad 1.
3.3.17. Anexo 28. Videos: Colombia y Medellín.
Colombia Realismo Mágico.
A miracle called Medellin (City for Life).
City of the year.
Medellin_innovation capital city, business center and commercial heart of
Colombia-Bureau.
3.3.18. Anexo 29. Esculturas Cerro Nutibara-Secretaria de Cultura Ciudadana.
12 fichas de referencia de las esculturas.
3.3.19. Anexo 30. Marco Político / Plan de Desarrollo 2012-2015: ACUERDO NUMERO 07
DE 2012 por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo 2012–2015: “Medellín
Un Hogar Para La Vida”.
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(Fotografía 34) La Ciudad de Medellín.