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BASES GENERALES ADMINISTRATIVAS CONCURSO PÚBLICO PROGRAMA : “SUBSIDIO CONSTRUCCION OBRAS DE RIEGO Y/O DRENAJE PARA INDÍGENAS”. FONDO : TIERRAS Y AGUAS INDÍGENAS. AÑO : 2019. I. ANTECEDENTES GENERALES DEL CONCURSO ARTICULO 1°. La Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, CONADI, en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 19.253, el Decreto Supremo N° 395 de 1993, y demás normas pertinentes, convoca al concurso público “CONCURSO OBRAS DE RIEGO PARA INDÍGENAS DE LA REGION DE ATACAMA, AÑO 2019”. ARTICULO 2°. El objetivo del concurso es subsidiar la construcción, puesta en marcha, y recuperación de proyectos para la obtención de agua y/o drenaje en terrenos de comunidades o parte de comunidades indígenas. ARTICULO 3°. El presente concurso estará regulado por las Bases Generales Administrativas de carácter nacional y las Bases Técnicas en las que se incorporan aspectos regionales relacionados con la convocatoria, postulación, proyectos a financiar, ejecución, supervisión, recepción y pago del subsidio. ARTICULO 4°. El monto total autorizado para el presente concurso, para cada una de las unidades operativas de CONADI, y el monto máximo de subsidio a otorgar, según las diferentes modalidades de postulación, se encuentran establecidos en las Bases Técnicas. ARTICULO 5°. Para los efectos de la asignación del subsidio, las Unidades Operativas de CONADI, a las cuales se asigne presupuesto para el presente concurso, prepararán un calendario el cual contendrá entre otros los siguientes eventos: 1. Fecha y lugar de retiro de bases y antecedentes. 2. Fecha y lugar de períodos de consultas y aclaraciones. 3. Fecha y lugar de períodos de postulación. 4. Fecha y lugar de periodos de evaluación de los proyectos. 5. Fecha y sistema de comunicación de asignaciones de subsidios. 6. Fecha y lugar de información para el uso del subsidio. Conforme a lo anterior, el calendario para el presente concurso corresponde a: Etapa Fecha Proceso de Postulación Desde el 09 de abril de 2019. Desde el 09 de abril de 2019 hasta el 22 de abril

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Page 1: BASES DE CONCURSO PÚBLICO · Web viewEn ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina. El Comité podrá constituirse,

BASES GENERALES ADMINISTRATIVAS CONCURSO PÚBLICO

PROGRAMA

: “SUBSIDIO CONSTRUCCION OBRAS DE RIEGO Y/O DRENAJE PARA INDÍGENAS”.

FONDO : TIERRAS Y AGUAS INDÍGENAS.

AÑO : 2019.

I. ANTECEDENTES GENERALES DEL CONCURSO

ARTICULO 1°.

La Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, CONADI, en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 19.253, el Decreto Supremo N° 395 de 1993, y demás normas pertinentes, convoca al concurso público “CONCURSO OBRAS DE RIEGO PARA INDÍGENAS DE LA REGION DE ATACAMA, AÑO 2019”.

ARTICULO 2°.

El objetivo del concurso es subsidiar la construcción, puesta en marcha, y recuperación de proyectos para la obtención de agua y/o drenaje en terrenos de comunidades o parte de comunidades indígenas.

ARTICULO 3°.

El presente concurso estará regulado por las Bases Generales Administrativas de carácter nacional y las Bases Técnicas en las que se incorporan aspectos regionales relacionados con la convocatoria, postulación, proyectos a financiar, ejecución, supervisión, recepción y pago del subsidio.

ARTICULO 4°.

El monto total autorizado para el presente concurso, para cada una de las unidades operativas de CONADI, y el monto máximo de subsidio a otorgar, según las diferentes modalidades de postulación, se encuentran establecidos en las Bases Técnicas.

ARTICULO 5°.

Para los efectos de la asignación del subsidio, las Unidades Operativas de CONADI, a las cuales se asigne presupuesto para el presente concurso, prepararán un calendario el cual contendrá entre otros los siguientes eventos:

1. Fecha y lugar de retiro de bases y antecedentes.2. Fecha y lugar de períodos de consultas y aclaraciones.3. Fecha y lugar de períodos de postulación.4. Fecha y lugar de periodos de evaluación de los proyectos.5. Fecha y sistema de comunicación de asignaciones de subsidios.6. Fecha y lugar de información para el uso del subsidio.

Conforme a lo anterior, el calendario para el presente concurso corresponde a:

Etapa Fecha

Proceso de Postulación Desde el 09 de abril de 2019.

Retiro de bases del concursoDesde el 09 de abril de 2019 hasta el 22 de abril de 2019, portal www.conadi.gob.cl, Oficina de enlace Copiapó ubicada en calle Los Carreras 559, Piso 3, Oficina 7.

Aclaraciones, consultas y respuestasConsultas desde el 09 al 12 de abril de 2019, al correo electrónico calarcon @conadi.gov.cl .Respuesta a las consultas hasta 18 de abril de 2019, mediante correo electrónico.

Plazo de recepción de las propuestas Hasta el día martes 30 de abril de 2019, hasta las 13:30 horas, en Oficina de Enlace Copiapó ubicada en calle Los Carreras 559, Piso 3, Oficina 7 o; en Oficina de partes de la Subdirección Nacional

Page 2: BASES DE CONCURSO PÚBLICO · Web viewEn ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina. El Comité podrá constituirse,

Iquique, ubicada en calle E. Ramírez N° 1067, Iquique.(el plazo señalado se considerará para la recepción de los sobres con las propuestas en las oficinas señaladas, en ningún caso se considerará la fecha de despacho de ellas mediante cualquier empresa de transporte de correspondencia).

Sesión del Comité de Admisibilidad. 06 de mayo de 2019 a las 10:00 hrs.

Evaluación técnica y verificación de antecedentes de las propuestas 07 de mayo de 2019.

Comité de Selección de propuestas. 08 de mayo de 2019.

Adjudicación y Publicación de resultados 13 de mayo de 2019.

Fecha y sistema de comunicación de asignación del subsidio 15 de mayo de 2019, publicación en oficinas de Conadi

Ejecución de las obras 3 meses

ARTICULO 6°.

Las postulaciones podrán realizarse sólo en una de las siguientes modalidades:

a) Comunidades Indígenas constituidas de conformidad a lo dispuesto en los artículos 9 y siguientes de la Ley Nº 19.253, inscritas en el Registro Nacional de Comunidades y Asociaciones Indígenas de la CONADI, que tienen su directiva vigente al momento de la postulación.

b) Partes de Comunidad indígena: conformadas por personas naturales indígenas que a la fecha de la postulación tienen la calidad de socios vigentes de una misma comunidad indígena. La calidad de socio vigente será verificada en el Registro Nacional de Comunidades y Asociaciones Indígenas de la CONADI.

II. REQUISITOS PARA PARTICIPAR DEL CONCURSO.

ARTICULO 7°.

Podrán postular al presente concurso todos aquellos que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Postular como comunidad o parte de una comunidad indígena.

b) Cada comunero podrá postular sólo una vez en cada llamado a concurso y bajo una de las modalidades establecidas en el artículo precedente. De presentarse más de una postulación primará la postulación comunitaria por sobre las postulaciones de parte de comunidad.

III. INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACION DE LA POSTULACIÓN

ARTICULO 8°.

La postulación al concurso se realizará exclusivamente a través de un sobre cerrado, en los lugares, plazos y condiciones definidos para cada convocatoria.

El sobre cerrado deberá contener el formulario de postulación, y los antecedentes que se indiquen en las bases técnicas y además acompañar los siguientes documentos:

A. Comunidades indígenas:

1. Fotocopia simple del acta de asamblea que apruebe la modalidad de postulación comunitaria, señale el proyecto a postular, aporte propio y número de familias beneficiadas con el proyecto.

Page 3: BASES DE CONCURSO PÚBLICO · Web viewEn ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina. El Comité podrá constituirse,

2. Fotocopia por ambos lados de cédula de identidad del presidente de la comunidad; en caso de renovación de cédula, se podrá presentar fotocopia del comprobante de solicitud emitido por el Registro Civil.

3. Documentos que acrediten los derechos del postulante sobre la tierra y aguas asociadas al proyecto.

4. Certificado vigencia de la comunidad indígena otorgada por CONADI.5. Certificado que acredite estar inscrito en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos

Públicos de la CONADI (en caso contrario, deberá encontrarse inscrito previo a la firma del contrato).

B. Parte de Comunidad Indígena:

1. Fotocopia simple de la cédula de identidad de todos los socios postulantes, por ambos lados; en caso de renovación de cédula, se podrá postular presentando fotocopia del documento que acredite la solicitud ante el Servicio de Registro Civil.

2. Declaración jurada simple (ANEXO 1, de las bases administrativas) suscrita por cada uno de los socios postulante y certificado de matrimonio emitido por el registro civil, cuando corresponda.

3. Un mandato suscrito ante Notario Público, Secretario Municipal u Oficial del Registro Civil, que designe a uno de los socios postulantes como representante de la parte de comunidad. Un formato de mandato se adjunta como ANEXO 2, de las bases administrativas.

6. Documentos que acrediten los derechos del postulante sobre la tierra y aguas asociadas al proyecto.

ARTICULO 9°.

Será obligación de los postulantes acreditar sus derechos sobre la tierra y aguas asociados al proyecto postulado al presente concurso, presentando los documentos señalados en las bases técnicas.

ARTICULO 10°.

Cuando uno o más de los postulantes de comunidad o parte de comunidad, no adjunte alguno de los documentos señalados, o estos presenten errores u omisiones, se eliminará la postulación completa según corresponda.

IV. EVALUACION DE LAS POSTULACIONES

ARTICULO 11°.

En cada unidad operativa de CONADI a la cual se asigne presupuesto para el presente concurso, se constituirá un Comité de Admisibilidad y Evaluación, en adelante el “Comité”, el cual se encontrará integrado por:

a) El Encargado de la Unidad de Tierras y Aguas de la Subdirección Nacional Iquique, quien lo preside.

b) El Jefe del Fondo de Tierras y Aguas Indígenas de CONADI.c) El encargado del programa artículo 20 letra c), o un profesional de la Unidad de Tierras y

Aguas de la Subdirección Nacional Iquique, designado para tal efecto por el Subdirector Nacional Iquique.

d) Un abogado de la Subdirección Nacional Iquique, quien actuará como Ministro e Fe y secretario de acta.

Cualquiera de los miembros de Comité podrá designar mediante poder simple o memorando de delegación a otro/a funcionario/a para que, en caso de no poder asistir a la respectiva sesión, lo/la represente en sus funciones, la que deberá hacer llegar antes de la constitución del Comité o presentarla en la constitución de la misma, quedando constancia de ello en el acta respectiva. En ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina.

El Comité podrá constituirse, sesionar y adoptar acuerdos con la mayoría de sus integrantes. En caso de no existir quórum para sesionar, se programará una segunda sesión que no supere los tres días hábiles siguientes y así sucesivamente hasta que se cumpla con lo estipulado. De cada una de las sesiones del Comité se deberá levantar acta de todo lo obrado y las observaciones que formulen los integrantes del Comité.

ARTICULO 12°.

Page 4: BASES DE CONCURSO PÚBLICO · Web viewEn ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina. El Comité podrá constituirse,

El Comité procederá a la apertura de todos los sobres recibidos durante el período de postulación, con el fin de verificar la admisibilidad de las postulaciones.

Para que una postulación sea considerada como admisible deberá cumplir con los siguientes requisitos:

Que el postulante cumpla el perfil de las categorías definidas en el artículo 6° de las presentes bases.

Que la postulación cumpla con las condiciones y plazos definidos para su presentación por las bases técnicas.

Que se acompañen los documentos señalados en el artículo 8° de las presentes bases y que los formularios presentados se encuentren completos, sin enmiendas, borrones, alteraciones, ni correcciones.

ARTICULO 13°.

Finalizada la etapa de admisibilidad, el Comité levantará acta de lo obrado con indicación de aquellas postulaciones declaradas admisibles y las no admisibles, en este último caso se deberá indicar el motivo de la inadmisibilidad.

ARTICULO 14°.

Todas las postulaciones declaradas admisibles serán sometidas a un proceso de revisión que tiene por objetivos verificar veracidad de los antecedentes presentados por el postulante y evaluar la factibilidad técnica y económica de la solución propuesta por el proyecto presentado al concurso.

Esta revisión podrá ser efectuada por funcionarios de la Subdirección Nacional Iquique de CONADI.

En este proceso los postulantes deberán brindar las facilidades para el correcto desarrollo del proceso de revisión, en caso contrario podrían ser eliminados de la postulación.

El resultado de la revisión será informado al comité por el equipo revisor, debiendo ser considerado para la determinación de las postulaciones a beneficiar con el subsidio.

Si la evaluación concluye que un proyecto no es factible de ejecutar, ya sea por aspectos técnicos o económicos, el comité deberá declarar la inviabilidad de dicho proyecto, justificando su decisión.

ARTICULO 15°.

La asignación de puntaje se realizará a los proyectos declarados admisibles y factibles de ser ejecutados, de acuerdo a lo establecido en el artículo 8° del Decreto Supremo Nº395, que regula el Fondo de Tierras y Aguas Indígenas y se configurará con la ponderación, en iguales condiciones de acuerdo a los siguientes factores:

a) Número de personas o dimensión de la comunidad postulante.b) Deterioro y degradación de las tierras afectadas por falta de agua.c) Condiciones sanitarias de las familias instaladas en el predio afectado por la falta de recursos de

aguas.d) Beneficios agrícolas de la puesta en regadío de las tierras afectadas.

En virtud de las características de los postulantes y sus territorios, la definición de estos factores se encuentra establecida en las Bases Técnicas.

ARTICULO 16°.

El comité deberá levantar una o más actas de todo lo obrado, la (s) que contendrá(n) entre otros:a) Los nombres de los participantes del comité y, en el caso de representaciones se deberá indicar los documentos que los autorizan, los que quedaran adjuntos al acta.b) El listado de comunidades y/o parte de comunidades ordenadas, en estricto orden de prelación, por puntaje, indicando: comuna, nombre del beneficiario, RUT, nombre del proyecto, monto a adjudicar, número de familias y superficie a beneficiar.c) Una lista de espera, establecida, por Orden de puntaje, de las comunidades y/o parte de comunidades indígenas, que serán seleccionadas en caso de que alguno de los beneficiarios adjudicados renunciasen al subsidio o que por cualquier causa su subsidio hubiese caducado. Igualmente, se contemplará este mecanismo de selección, en el caso de que hubiere reasignación del monto total de recursos a asignar en el concurso.La o las Acta (s) del Comité será(n) firmada(s) por todos y cada uno de los miembros del Comité y validada(as) con su firma por el Ministro de Fe.

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V. DE LA ASIGNACION DEL SUBSIDIO

ARTICULO 17°.

El Subdirector Nacional Iquique, adjudicará el subsidio contemplado en las presentes bases mediante una resolución exenta que apruebe el acto administrativo (actas) y contendrá lo dispuesto en el artículo precedente.

Los postulantes que no resulten beneficiados con el subsidio, no tendrán derecho a indemnización alguna por parte de la Corporación.

ARTICULO 18°.

Las comunidades indígenas que se adjudiquen el subsidio deberán encontrarse inscritas en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos de la CONADI, regido por la Ley N° 19.862, su Reglamento, el D.S. N° 375 de 2003 del Ministerio de Hacienda, y por la Resolución Exenta N° 240 del Director Nacional de la CONADI de 25 de marzo de 2004.

ARTICULO 19°.

Según lo dispuesto en la Resolución N°30/2015 de la Contraloría General de la República, que establece que “los Servicios no entregarán nuevos fondos a rendir, sea a disposición de unidades internas o a la administración de terceros, mientras la persona o institución que debe recibirlos no haya cumplido con la obligación de rendir cuenta de la inversión de los fondos ya concedidos”. Por tanto, no se adjudicará el subsidio a personas o comunidades indígenas que mantengan saldos pendientes por rendir.

Los resultados del proceso de adjudicación, serán publicados en la página web institucional; en las oficinas de información de la CONADI y podrán publicarse por otros medios, de acuerdo a lo indicado en las bases técnicas.

VI. DEL CERTIFICADO DE SUBSIDIO

ARTICULO 20°.

Asignados los subsidios dentro del plazo de 60 días de cerrado el período de postulación, la CONADI procederá a extender a los beneficiados un “Certificado de Subsidio construcción obras de riego y/o drenaje para indígenas”, el que deberá contener:

1) Nombre de comunidad, RUT, número de personalidad jurídica, comuna y localidad;2) Monto del subsidio expresado en Unidades Tributarias Mensuales (UTM), a la fecha de

adjudicación del subsidio;3) Período de vigencia del certificado de subsidio; 4) Las restricciones y obligaciones para el uso del certificado y del beneficio otorgado.

ARTICULO 21°.

Este certificado deberá ser retirado y firmado por el representante legal de la comunidad. En el caso de subsidios de parte de comunidad, el certificado deberá ser retirado por el representante mandatado. La fecha de la entrega del certificado del subsidio deberá ser registrada estrictamente, dado que servirá para el cálculo del plazo de vigencia del subsidio indicado en el artículo siguiente.

ARTICULO 22°.

El subsidio tendrá una vigencia de 6 meses, contados desde su fecha de recepción por parte del beneficiario.

No obstante lo anterior y según lo normado por el Decreto Supremo N° 174 del año 2005, CONADI podrá prorrogar la vigencia del subsidio hasta por un plazo adicional de 6 meses, contados desde la fecha de su caducidad, lo que se hará mediante resolución fundada y en casos calificados.

VII. DISPOSICIONES GENERALES.

ARTICULO 23°.

Ante la eventualidad que quedasen recursos disponibles y proyectos aprobados sin financiamiento; entiéndase esto como proyectos en lista de espera; sé podrán financiar reasignando recursos según el estricto orden de prelación, según el acta del Comité, en los siguientes casos:

Page 6: BASES DE CONCURSO PÚBLICO · Web viewEn ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina. El Comité podrá constituirse,

1. Por renuncia al subsidio.2. Por invalidación del subsidio.3. Por aumento de los recursos asignados.4. Incumplimiento de los plazos establecidos en las bases, y cualquier otro motivo que dé lugar a que opere la lista de espera.

ARTICULO 24°.

Si un beneficiario/a renunciara al subsidio, deberá informarlo a la Corporación, a través de una carta, en el caso de parte de comunidad, y mediante acta de asamblea, de acuerdo con los estatutos de la comunidad, para el caso de beneficiarios comunitarios, haciendo la devolución del Certificado de Subsidio a CONADI. Constatado lo anterior, CONADI procederá a dictar la resolución correspondiente y resolverá el destino de dichos recursos.

ARTICULO 25°.

Si una vez adjudicado el presente subsidio, se detectara que el postulante ha omitido, proporcionado información falsa o errónea, ya sea en los formularios de postulación o en otro documento que se mencione en las bases, se iniciará un proceso de invalidación del subsidio que consistirá en la emisión de una Resolución Exenta por parte de CONADI, donde el beneficiario dispondrá de un plazo de 10 días hábiles para dar respuesta y/o presentar descargos. El resultado del proceso se definirá en igual modalidad y será comunicado personalmente de la Resolución al adjudicatario.

ARTICULO 26°.

La suscripción del contrato o convenio, entrega de recursos, ejecución, supervisión, recepción y pago del subsidio, se encontrarán regulados en las bases técnicas y en los respectivos contratos y/o convenios de ejecución de los proyectos.

Page 7: BASES DE CONCURSO PÚBLICO · Web viewEn ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina. El Comité podrá constituirse,

ANEXO 1

DECLARACION JURADA DE POSTULACION (Persona natural)

Yo ……………………………………………………………………………………………………………………., cédula nacional de identidad Nº ………………………………………………………, domiciliado(a) en ………………………………., comuna de ……………………………………………, mediante el presente documento declaro lo siguiente:

1. Que soy actualmente…………………………… (soltero/a, casado/a, divorciado/a, viudo/a con acreditación a través de certificado de Registro Civil). Registrar sólo la opción que corresponda.

2. Declaro que mi grupo familiar está compuesto además de mí, por las siguientes personas:

NOMBRE EDAD RUN PARENTESCO con el postulante

3. Que conozco y acepto todas y cada una de las disposiciones contenidas en las bases del presente concurso.

4. Que tengo cabal conocimiento del proyecto que presento a dicho concurso.

5. Que los datos, antecedentes e información entregados, para efectos de mi postulación al concurso público “SUBSIDIO CONSTRUCCION OBRAS DE RIEGO Y/O DRENAJE PARA INDÍGENAS”, año ……………….…..., son fidedignos.

6. Que estoy en conocimiento de CONADI está facultada para dejar sin efecto mi postulación, el Certificado de Subsidio o solicitar la restitución del subsidio entregado, si se comprueba que los datos o información declarada en mi postulación no corresponden a la realidad.

7. Que en virtud de este acto, me comprometo a aportar para la ejecución del proyecto la suma de $............................. el cual consistente en lo siguiente:

ITEM CANTIDAD VALORIZACION

TOTAL

FIRMA Y/O HUELLA DIGITAL DEL POSTULANTE: ………………………………………………………………………………FECHA: ……………………………………………

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ANEXO 2

MANDATO PODER PARA POSTULACION DE PARTE DE COMUNIDAD

En ……………………………………… a ………… de ………………. del año ……….., ante el (la) ministro de fe don (ña) …………………………………………………………………………………………………… que autoriza, comparecen los socios que se individualizan, y firman en la nómina anexa al presente documento, pertenecientes a la comunidad indígena …………………………………………….., personalidad jurídica N° ……… domiciliada para estos efectos en el lugar ……………………………………………, de la comuna de ……………………………………, mayores de edad quienes exponen:

PRIMERO: Los socios antes individualizados son parte de la comunidad …………………………………….……………… y en este carácter vienen en otorgar poder especial a don ………………………………………………………………, chileno, Cédula de Identidad ……………………………………………, domiciliado en el lugar …………………………………………… de la comuna de …………………………………………… ; para que los represente ante la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, en el Concurso Subsidio Construcción obras de riego y/o drenaje para indígenas.

SEGUNDO: En el desempeño de este poder, el mandatario podrá efectuar todos los trámites que sean necesarios para la postulación y ejecución del subsidio, pudiendo al efecto firmar todos los documentos, recibos y resguardos que se le exijan y que sean necesarios para el mejor cumplimiento de este poder o mandato.

Los socios que forman parte de la comunidad indígena que por este acto otorgan mandato para que los representen en el Concurso Subsidio Construcción obras de riego y/o drenaje para indígenas, quienes exhibiendo su Cédula de Identidad respectiva firman ante mí, son:

NOMINA DE SOCIOS COMUNIDAD (todos los socios postulantes)

N° NOMBRE COMPLETO CEDULA DE IDENTIDAD

DOMICILIO FIRMA

123

FIRMA MINISTRO DE FE(Notario Público, Secretario Municipal u Oficial Civil)

Page 9: BASES DE CONCURSO PÚBLICO · Web viewEn ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina. El Comité podrá constituirse,

BASES TÉCNICAS

SUBSIDIO CONSTRUCCIÓN OBRAS DE RIEGO Y/O DRENAJE PARA INDÍGENAS

“CONCURSO OBRAS DE RIEGO PARA INDÍGENAS DE LA REGION DE ATACAMA, AÑO 2019”.-

BASES TECNICAS DEL CONCURSO

PROGRAMA : SUBSIDIOS PARA OBRAS DE RIEGO Y/O DRENAJE PARA INDÍGENAS

UNIDAD OPERATIVA : SUBDIRECCION NACIONAL IQUIQUE

CÓDIGO : 30044540-0

FONDO : TIERRAS Y AGUAS INDÍGENAS

MONTO ($) : $240.000.000.- (doscientos cuarenta millones de pesos).

ARTÍCULO 1°.- GENERALIDADES:

Las presentes bases tienen por objeto regular los procedimientos y aspectos técnicos del concurso “Subsidio Construcción Obras de Riego y/o Drenaje para Indígenas, año 2019”, denominado "CONCURSO OBRAS DE RIEGO PARA INDÍGENAS DE LA REGION DE ATACAMA, AÑO 2019”.

Mediante el presente instrumento se señalan aspectos tales como, la convocatoria del concurso, postulación, tipo de proyectos a financiar, ejecución, supervisión, recepción de obras y pago del subsidio.

En todos los demás aspectos, se regulara el presente concurso por las Bases Generales Administrativas aprobadas por Resolución Exenta Nº316 de fecha 19 de Marzo de 2015 del Director Nacional de CONADI, mediante la cual se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 865 de fecha 27 de mayo de 2014 y aprueba formato tipo de Bases Generales Administrativas del concurso público “SUBSIDIO CONSTRUCCION OBRAS DE RIEGO Y/O DRENAJE PARA INDIGENAS”, formando ambas las bases por las cuales se regirá el presente concurso.

ARTÍCULO 2°: DE LA MODALIDAD DE POSTULACIÓN Y BENEFICIO AL QUE SE CONCURSA.

a) Comunidad Indígena: Monto máximo de $ 60.000.000.- (sesenta millones de pesos).b) Parte de Comunidad Indígena: Monto máximo de $ 40.000.000.- (Cuarenta millones de pesos).

El presente subsidio será para los siguientes tipos de obras de riego:

a. Pozos para captar aguas subterráneas, (minisondajes, pozos mecanizados, profundizaciones de pozos, siempre que tenga derechos constituidos o regularizados, no se acepta en este tipo de proyectos derechos de aprovechamiento de agua en trámite).

b. Bocatomas de derivación permanente de aguas desde ríos, esteros o vertientes;c. Obras de conducción y/o de distribución de aguas (canales intraprediales, canales matrices,

conducción por tuberías y sistemas de riego); d. Obras o sistemas de captación de aguas lluvias; e. Obras para abastecimiento de agua de niebla; f. Obras de acumulación y almacenamiento de aguas; g. Obras de regulación para optimizar el uso del agua; h. Obras de drenaje cuyo destino sea la acumulación y regularización del recurso agua; i. Obras orientadas a la recuperación de tecnología ancestral, uso de energía renovables y

mejoramiento de la calidad del agua.

Page 10: BASES DE CONCURSO PÚBLICO · Web viewEn ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina. El Comité podrá constituirse,

En los casos de subsidios que contemplen la construcción de un minisondaje, y en donde hubiese un pozo existente en el predio beneficiado, el propietario estará obligado a cegar este último.

Para el presente concurso, no se financiaran proyectos relacionados con:a. Reparación o recuperación de Pircas.b. Muros de contención que no estén relacionados con la obra.c. Proyectos en unidades productivas, que, para operar o puesta en marcha dependan de otras

inversiones no implementadas y/o comprometidas formalmente. (ej. Cercos, semillas, fertilizantes, instalaciones eléctricas, etc.).

ARTICULO 3° DE LAS ETAPAS Y PLAZOS.

El calendario con el procedimiento a seguir, será difundido conjuntamente con toda la información necesaria para la postulación, mediante publicaciones que se harán en un diario de circulación regional u otros medios de comunicación social que se determinen, si fuere necesario. Se informará también, a través de la página web www.conadi.gob.cl.-

Etapa Fecha

Proceso de Postulación Desde el 09 de abril de 2019.

Retiro de bases del concursoDesde el 09 de abril de 2019 hasta el 22 de abril de 2019, portal www.conadi.gob.cl, Oficina de enlace Copiapó ubicada en calle Los Carreras 559, Piso 3, Oficina 7.

Aclaraciones, consultas y respuestasConsultas desde el 09 al 12 de abril de 2019, al correo electrónico calarcon @conadi.gov.cl .Respuesta a las consultas hasta 18 de abril de 2019, mediante correo electrónico.

Plazo de recepción de las propuestas Hasta el día martes 30 de abril de 2019, hasta las 13:30 horas, en Oficina de Enlace Copiapó ubicada en calle Los Carreras 559, Piso 3, Oficina 7 o; en Oficina de partes de la Subdirección Nacional Iquique, ubicada en calle E. Ramírez N° 1067, Iquique.(el plazo señalado se considerará para la recepción de los sobres con las propuestas en las oficinas señaladas, en ningún caso se considerará la fecha de despacho de ellas mediante cualquier empresa de transporte de correspondencia).

Sesión del Comité de Admisibilidad. 06 de mayo de 2019 a las 10:00 hrs.

Evaluación técnica y verificación de antecedentes de las propuestas 07 de mayo de 2019.

Comité de Selección de propuestas. 08 de mayo de 2019.

Adjudicación y Publicación de resultados 13 de mayo de 2019.

Fecha y sistema de comunicación de asignación del subsidio 15 de mayo de 2019, publicación en oficinas de Conadi

Ejecución de las obras 3 meses

ARTICULO 4º: DE LAS ACLARACIONES Y CONSULTAS.

Esta se considera una instancia en que todos quienes deseen postular tengan acceso directo a aclarar procedimientos del concurso, como la operatividad del subsidio. Las consultas se pueden realizar

Page 11: BASES DE CONCURSO PÚBLICO · Web viewEn ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina. El Comité podrá constituirse,

mediante correo electrónico al e-mail [email protected] o mediante carta dirigida al Subdirector Nacional Iquique, en ambos casos se debe indicar un correo electrónico al cual entregar respuesta.

ARTÍCULO 5º: FORMA DE POSTULACIÓN.

1. DE LOS POSTULANTES:Se podrá postular bajo las siguientes modalidades:

a) Comunidades Indígenas; yb) Parte de comunidades indígenas.

Lo anterior, de conformidad a lo establecido en el artículo 6º de las Bases Administrativas.

Los(as) interesados(as) en postular al presente concurso, deberán cumplir los siguientes requisitos:

Postular como comunidad o parte de una comunidad indígena.

Cada comunero podrá postular sólo una vez en cada llamado a concurso y bajo una de las modalidades establecidas en el artículo precedente. De presentarse más de una postulación primará la postulación comunitaria por sobre las postulaciones de parte de comunidad.

Las comunidades que se adjudiquen el subsidio deberán encontrarse inscritas en el registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos de CONADI, regido por la Ley N° 19.862, su reglamento, el D.S. N° 375 de 2003 del Ministerio de Hacienda, y por la Resolución Exenta N° 240 del Director Nacional de la CONADI de fecha 25 de marzo de 2004 a la fecha de suscripción del convenio.

No se concederá el subsidio a postulantes que al momento de su postulación tengan incumplimientos con CONADI. Entiéndase que existe incumplimiento cuando el postulante se encuentre ejecutando proyectos fuera de plazo (que no cuenten con resolución de ampliación); o mantiene rendiciones pendientes asociadas a los recursos aportados por CONADI; o dichos recursos hayan sido utilizados para un fin distinto al proyecto que dio origen al financiamiento.

2. PRESENTACION DE LA POSTULACION

La postulación al concurso se realizará exclusivamente a través de un sobre cerrado, en los lugares, plazos y condiciones definidos para cada convocatoria. El sobre cerrado deberá contener adosada la FICHA DE INGRESO, deberá estar dirigido al:

Subdirector Nacional Iquique, CONADI. “CONCURSO OBRAS DE RIEGO PARA INDÍGENAS DE LA REGION DE ATACAMA, AÑO 2019”.-El sobre debe contener y señalar el nombre del postulante, dirección y comuna.

El sobre cerrado deberá contener el formulario de postulación, y los antecedentes que se indiquen en las bases técnicas y además acompañar los siguientes documentos:

2.1.-Formulario de Postulación.Debe ser llenado íntegramente y firmado por el representante legal; todos los antecedentes solicitados son de carácter obligatorio, entre ellos deberá indicarse el nombre del formulador del proyecto (Anexo formulario de postulación).

2.2. Propuesta técnica: Descripción del proyecto, de conformidad a lo establecido en el artículo 32 y siguientes de las bases técnicas.

Ubicación del proyecto Beneficiarios directos, indirectos y esporádicos del proyecto Superficie beneficiada o habilitada Objetivo específico del proyecto Descripción del problema

Page 12: BASES DE CONCURSO PÚBLICO · Web viewEn ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina. El Comité podrá constituirse,

Solución del problema Características Específicas El Diseño Agronómico y Diseño Hidráulico (según Formato Nº 1, 2, 3 y 4, del artículo 32º

de las bases técnicas). Las servidumbres de acueductos y/o eléctricas necesarias para la implementación del proyecto deben ser autorizadas ante notario por el/la o los/as propietarios/as. (Anexo N°5, de las bases técnicas)

2.3.- Propuesta económica: Corresponde al presupuesto que permite determinar el costo total del proyecto. Debe incluir todos los impuestos y tributaciones que correspondan. La propuesta de financiamiento, no podrá exceder los montos señalados en las bases técnicas e indicará claramente el detalle del aporte del postulante el que no debe ser inferior a un 5% del monto del subsidio. Se deberá indicar, si existiere financiamiento de terceros, quien lo realiza y en detalle el financiamiento que se solicitó a la CONADI. Los costos y cotizaciones deberán corresponder a precios de mercado, para las condiciones y características de cada obra. Se deberá acompañar a lo menos una cotización.

ARTICULO 6º: DOCUMENTOS

Cada postulante, junto con ingresar el formulario de postulación, deberá adjuntar los siguientes documentos:

A. Comunidades indígenas:

1. Fotocopia simple del acta de asamblea que apruebe la modalidad de postulación comunitaria, señale el proyecto a postular, aporte propio y número de familias beneficiadas con el proyecto (con nombre, rut y firma).

2. Fotocopia del Rut de la comunidad en su caso y de la cédula de identidad del presidente de la comunidad por ambos lados; en caso de renovación de cédula, se podrá presentar fotocopia del comprobante emitido por el Registro Civil.

3. Documentos que acrediten los derechos del postulante sobre la tierra y aguas asociadas al proyecto.

4. Certificado vigencia de la comunidad indígena otorgada por CONADI.5.- Declaración Jurada simple (ANEXO 2, de las bases técnicas) que señale lo siguiente:

• Que la comunidad que representa conoce y acepta las bases concurso.• Que la comunidad que representa conoce el proyecto postulado.• Que la comunidad no tiene incumplimientos con CONADI, esto es, encontrarse ejecutando proyectos fuera de plazo; mantener rendiciones pendientes asociados a recursos aportados por Conadi o que dichos recursos hayan sido utilizados para un fin distinto.• El monto y detalle del aporte propio, el que no podrá ser inferior a lo indicado en las bases técnicas.

B. Parte de Comunidad Indígena:

1. Fotocopia simple de la cédula de identidad de todos los socios postulantes, por ambos lados; en caso de renovación de cédula, se podrá postular presentando fotocopia del documento que acredite la solicitud ante el Servicio de Registro Civil.

2. Declaración jurada simple (ANEXO 1, de las bases administrativas) suscrita por cada uno de los socios postulante y certificado de matrimonio emitido por el registro civil, cuando corresponda.

3. Un mandato suscrito ante Notario Público, Secretario Municipal u Oficial del Registro Civil, que designe a uno de los socios postulantes como representante de la parte de comunidad. Un formato de mandato se adjunta como Anexo 3, de las bases técnicas.

5. Documentos que acrediten los derechos del postulante sobre la tierra y aguas asociadas al proyecto.

Tratándose de las dos modalidades de postulación, en caso de existir aporte de terceros, se deberá incluir una carta de compromiso debidamente firmada, en la que se establezca el monto, tipo de aporte e individualización de la persona o institución que efectuará el aporte.

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ARTICULO 7º: DE LA ACREDITACIÓN DEL DOMINIO Y/O POSESIÓN SOBRE LA TIERRA Y/O AGUAS.

Los/as postulantes deberán acreditar sus derechos sobre la tierra y aguas que servirá y dará cabida a la solución propuesta y presentar los antecedentes que acrediten que cuenta con las debidas autorizaciones para usar las aguas asociadas al proyecto.

a) De la tierra y las aguas en la cuales se efectuará la ejecución del proyecto

Los derechos sobre la tierra podrán acreditarse de las siguientes formas:

a.1) Propietarios (as): Mediante el certificado de dominio vigente del inmueble extendido en alguno de los siguientes términos: a) a nombre del comunero o de su cónyuge o conviviente; o a nombre de una comunidad indígena.

a.2) Regularización de títulos de dominio: Certificado del Ministerio de Bienes Nacionales que acredite que el inmueble poseído por el postulante se encuentra sometido al procedimiento de regularización de la propiedad raíz y/o la constitución del dominio sobre ella Regulado por el DL N° 2.695, de 1979 o con la resolución que otorgue la concesión gratuita del predio por a lo menos 5 años.

a.3) Goce en tierra indígena: podrán postular quienes detenten un goce en tierras indígenas indivisas de acuerdo a lo establecido por el artículo 12 de la Ley 19.253.

a.4) Derecho real de uso: Copia de la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces de la constitución del derecho real de uso por propietario del terreno sobre una determinada porción del mismo, en favor del postulante.

a.5) Arrendamiento o autorizaciones de uso de terrenos fiscales: En dichos casos se deberá adjuntar el contrato de arriendo o copia autorizada del mismo, copia de la resolución que otorga el arriendo o un certificado emitido por la autoridad competente en que indique el plazo de vigencia de la autorización y la superficie otorgada.

b) De las aguas asociadas al proyecto

b.1) Con derechos de aprovechamiento constituidos: Acreditar con: el certificado de dominio vigente, o; copia de la Resolución de la Dirección General de Aguas (DGA) que constituyó el derecho de aprovechamiento; o copia del fallo favorable de los Tribunales de Justicia en el caso de regularizaciones con certificación de que el fallo se encuentra firme y causa ejecutoria

c) Autorización de uso del agua y de la tierra:

En caso que el postulante no cuente con el derecho exclusivo sobre la tierra y/o sobre las aguas asociadas al proyecto, junto con presentar los documentos solicitados para la acreditación de la tierra y agua deberá adjuntar declaración suscrita ante ministro de fe (Notario Público, Secretario Municipal u Oficial Civil) de los dueños de las tierras y/o derechos de aprovechamiento de aguas. O se podrá acreditar mediante la suscripción de cualquier tipo de acto o contrato que acredite la autorización en el uso de las tierras y/o derechos de aprovechamiento de aguas.

d) Otras formas de acreditar dominio y/o posesión sobre las tierras y de las aguas asociadas al proyecto .

1. Los postulantes que se encuentren en vías de adquirir el dominio de las aguas y tierras antedichas, por los procedimientos establecidos en el Art.2º transitorio u otros mecanismos del Código de Aguas y por el Decreto Ley 2.695 u otra normativa de saneamiento de la propiedad, respectivamente, deberán acreditar la posesión de estos bienes y, en cualquier caso, no deberán importar oposición legal de terceros.

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2. Lo anterior, se podrá acreditar mediante un certificado extendido por la autoridad competente, en el cual señale que dichas aguas y/o tierras se encuentran en proceso de regularización y el estado de su tramitación.

3. Considerando el retraso en la entrega de los certificados de vigencia, se podrán adjuntar a la postulación la boleta del Conservador de Bienes Raíces respectivo que da cuenta del dominio de las aguas y/o tierras donde se ejecutará el proyecto, en la cual se identifique al postulante al concurso y el certificado que se solicita. El respectivo certificado deberá acompañarse dentro de un plazo de 60 días siguientes a la fecha de apertura del concurso.

4. Las personas naturales indígenas podrán autorizar a la comunidad o parte de comunidad de la cual son miembros el uso de las tierras y aguas de que son propietarios para el desarrollo de un proyecto comunitario. (Anexo N°4, de las bases técnicas)

ARTICULO 8º: DE LA PRESENTACIÓN PROPUESTA ECONÓMICA.

Corresponde al presupuesto que permita determinar el costo total de construcción, rehabilitación o instalación según corresponda, expresado en pesos. Debe incluir todos los impuestos y tributaciones que correspondan. Los costos y cotizaciones deberán corresponder a precios de mercado, para las condiciones y características de cada obra.

Se deberá indicar, el porcentaje del costo de ejecución que ofrece financiar el postulante, declarar si existiere financiamiento de terceros, quien lo realiza y en detalle el financiamiento que se solicitó a CONADI.

ARTÍCULO 9°: ADMISIBILIDAD, EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE PROYECTOS.

1.- COMITÉ DE ADMISIBILIDAD, EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE PROYECTOS.

El comité estará constituido por:

a) El Encargado de la Unidad de Tierras y Aguas de la Subdirección Nacional Iquique, quien lo preside.

b) El Jefe del Fondo de Tierras y Aguas Indígenas de CONADI.c) El encargado del programa artículo 20 letra c), o un profesional de la Unidad de Tierras y

Aguas de la Subdirección Nacional Iquique, designado para tal efecto por el Subdirector Nacional Iquique.

d) Un abogado de la Subdirección Nacional Iquique, quien actuará como Ministro e Fe y secretario de acta.

Cualquiera de los miembros del Comité podrá designar mediante poder simple o memorando de delegación a otro/a funcionario/a para que, en caso de no poder asistir a la respectiva sesión, lo/la represente en sus funciones, la que deberá hacer llegar antes de la constitución del Comité o presentarla en la constitución de la misma, quedando constancia de ello en el acta respectiva. En ningún caso podrán conformar el Comité el Director Nacional, los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales, ni Jefes de Oficinas de CONADI.

El Comité podrá constituirse, sesionar y adoptar acuerdos con el quórum de la mayoría absoluta de sus integrantes. En caso de no existir quórum para sesionar, se programará una segunda sesión, que no supere los tres días hábiles siguientes y, así sucesivamente hasta que se cumpla con el quórum estipulado. De cada una de las sesiones del Comité se deberá levantar acta de todo lo obrado y que contenga las observaciones que formulen los integrantes del Comité.

ARTÍCULO 10°: DE LA ADMISIBILIDAD DE LAS POSTULACIONES.

Recepcionadas las postulaciones por el Comité, este realizará la admisibilidad de las postulaciones presentadas, comprobando que se cumplen con los requisitos y se acompañan los documentos solicitados los que se validaran siempre y cuando tengan vigencia al momento de la apertura de un año desde la fecha de su emisión. Finalizada la etapa de admisibilidad, el Comité levantará

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acta de todo obrado con indicación de aquellas postulaciones declaradas admisibles y las no admisibles, en este último caso se deberá indicar el motivo de la inadmisibilidad.

Todas las postulaciones que se declaren inadmisibles o que no resulten adjudicadas, serán devueltas a sus postulantes o a quienes las hayan presentado a su nombre. Si transcurrido más de seis meses desde la adjudicación estas no son retiradas, las propuestas y documentos serán expurgados, sin responsabilidad alguna para la Corporación.

ARTÍCULO 11°: DE LA FACTIBILIDAD

Todas las postulaciones declaradas admisibles, serán sometidas a un proceso de revisión, que tiene por finalidad determinar la factibilidad técnica y económica de los proyectos, además se procederá a verificar en terreno la veracidad de los antecedentes presentados en la postulación.

Esta revisión podrá ser realizada por funcionarios de la Subdirección Nacional Iquique de CONADI u Oficina de Enlace correspondiente. En este proceso él o los postulante/s deberán brindar las facilidades correspondientes, en caso contrario podrían ser declarados inviables técnicamente.

El resultado del proceso de revisión será presentado al Comité por el equipo revisor, debiendo ser considerado para la determinación de las postulaciones a beneficiar con el subsidio.

Si como resultado de la revisión se concluye que la ejecución de un proyecto no es factible, ya sea por circunstancias técnicas o económicas, el Comité deberá declarar la inviabilidad del proyecto, declarándolo inadmisible técnicamente, justificando su decisión.

ARTICULO 12°: DE LA ASIGNACIÓN DE PUNTAJE.

El Comité procederá a asignar puntaje a cada uno de los proyectos declarados admisibles y factibles de ser ejecutados, de acuerdo a lo establecido en el artículo 8° del Decreto Supremo Nº 395, que regula el Fondo de Tierras y Aguas Indígenas, y se configurará con la igual ponderación de los siguientes factores:

a) Número de personas o dimensión de la comunidad postulante (Ponderación 25%).

Para el caso de la postulación de una comunidad, se entenderá como el número total de socios vigentes al momento de la postulación, de acuerdo a los antecedentes existentes en el Registro Nacional de Comunidades y Asociaciones Indígenas de la CONADI. Para el caso de las partes de comunidad, se entenderá el total de socios postulantes.

Número de socios PuntajeMenor o igual a 05 socios 25De 06 a 10 socios 50De 11 a 20 socios 75Más de 20 socios 100

b) Deterioro y degradación de las tierras afectadas por falta de agua (Ponderación 25%).

Su objetivo es determinar el grado de desgaste que sufren las tierras que se pretenden beneficiar con las aguas. Para los efectos del presente concurso, este factor debe dar cuenta de la situación actual de las tierras donde se pretende ejecutar la obra, considerando para ello: Zona agroecológica; Tipo de suelo; Grado de erosión.

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c) Condiciones sanitarias de las familias instaladas en el predio afectado por la falta de los recursos de agua (Ponderación 25%).

Determina el grado de salubridad de las familias instaladas en los predios afectados por falta del recurso agua; y, que afectan directamente a hombres y mujeres, considerando para ello:

Abastecimiento de agua (1) Eliminación de excretas (2)Acarreo = 50 Campo abierto o pozo negro = 50Gravitacional = 40 Alcantarillado = 40Bomba Eléctrica = 30 Fosa Séptica = 30Red de agua = 20 Letrina Sanitaria = 20Otro = 10 Otro = 10

(1) Puntaje factor = (1)+(2)

d) Beneficios agrícolas de la puesta en regadío de las tierras afectadas (Ponderación 25%).

Son aquellos objetivos concretos que se pretenden obtener con las obras de riego. Para lo anterior, el postulante deberá señalar el número de hectáreas que serán beneficiadas y las siembras, cultivos o plantaciones que se pretende realizar, en la eventualidad de ser adjudicados con el subsidio.

Comunidades indígenas y/o parte de comunidad:Superficie de cultivos bajo riego (1) Nueva superficie a colocar bajo riego (2)Más de 5 ha = 50 Más de 5 ha = 50De 3 a 5,0 ha = 40 De 3 a 5,0 ha = 40De 1 a 2,9 ha =30 De 1 a 2,9 ha =30Menos de 1 ha = 20 Menos de 1 ha =20

(1) Corresponde a la superficie actual que riega(2) Puntaje factor = (1)+(2)

ARTÍCULO 13°: DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATES.

Si del resultado del proceso de evaluación de los proyectos resulta igualdad de puntajes, se preferirá para adjudicar, aquella propuesta que tenga mayor puntaje en el criterio “Beneficios agrícolas de la puesta en regadío de las tierras afectadas” y, en caso de persistir la igualdad, se dará preferencia a aquella que haya obtenido mejor evaluación en el criterio “Deterioro y degradación de las tierras afectadas por falta de agua” o, en su defecto, lo resolverá la autoridad superior de la unidad operativa.

ARTICULO 14°: DEL CONTENIDO DEL ACTA DEL COMITÉ.

Zonas Agroecológicas PuntajeZonas intermedias 70Precordillera 80Quebradas y fondos de valle 100Erosión en el Predio PuntajeLigera 50Moderada 80Fuerte 100No tiene 20Tipo de Suelo PuntajeMixto 100Franco 50Arenoso 40Limoso 30Calificación del Suelo PuntajeBueno 100Regular 50Malo 30

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El Comité deberá levantar acta de todo lo obrado, de conformidad a lo establecido en el artículo 16 de las bases generales administrativas.

Se deberá presentar dicha acta al Jefe de la Unidad Operativa respectiva, quien decidirá sobre la adjudicación del concurso, en conformidad al puntaje y recursos disponibles.

ARTÍCULO 15°: DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.

De acuerdo a lo establecido en los artículos Nº 17 y 25 de las Bases Administrativas.

ARTÍCULO 16°: DE LA NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN.

Los resultados del concurso serán comunicados en la página Web institucional y en las oficinas de OIRS de la CONADI.

ARTÍCULO 17°: DE LA ENTREGA DE CERTIFICADOS DE SUBSIDIO.

Dictada la resolución de adjudicación, la CONADI procederá en el plazo establecido en el artículo 20 de las bases generales administrativas, a extender a los beneficiados un Certificado de Subsidio, el que contendrá los requisitos establecidos en dicha norma.

ARTÍCULO 18°: DEL SUBSIDIO Y LAS OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO

El Certificado de Subsidio constituirá un instrumento único, a la orden del beneficiario/a, endosable al o los ejecutores. Se entregara un ejemplar al beneficiario de igual valor, debiéndose ser endosado a nombre del ejecutor; la copia del certificado quedara en poder de la Unidad de Tierras y Aguas Indígenas de la Subdirección Nacional Iquique, debidamente custodiado. Este documento constará de un número de serie y cupones endosables numerados correlativamente.

Este certificado deberá ser retirado y firmado por el representante legal de la comunidad. En el caso de subsidios de parte de comunidad, el certificado deberá ser retirado por el representante mandatado. La fecha de la entrega del certificado del subsidio deberá ser registrada estrictamente, dado que servirá para el cálculo del plazo de vigencia del subsidio indicado en el artículo siguiente.

ARTÍCULO 19°: DE LA VIGENCIA DEL SUBSIDIO Y PRORROGA.

En conformidad a lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 5 del Decreto Supremo Nº 395 del año 1993 de MIDEPLAN, el subsidio tendrá una vigencia de 6 meses, contados desde su fecha de recepción por parte del beneficiario.

No obstante lo antes señalado respecto al no uso del subsidio en el plazo de 6 meses, contado desde la fecha de su recepción por parte del beneficiario, CONADI, mediante resolución fundada y en casos calificados, podrá prorrogar la vigencia del subsidio, hasta por un plazo adicional de 6 meses, contado desde la fecha de su caducidad.Si un beneficiario/a renunciara al subsidio, deberá informarlo a la Corporación, a través de una carta, en el caso de un beneficiario/a individual o parte de comunidad, y mediante acta de asamblea, de acuerdo con los estatutos de la comunidad, para el caso de beneficiarios comunitarios, haciendo devolución del Certificado de Subsidio a CONADI. Constatado lo anterior, CONADI procederá a dictar la resolución correspondiente y resolverá sobre dichos recursos.

ARTICULO 20°: DE LA REASIGNACIÓN DE RECURSOS.

Ante la eventualidad que quedasen recursos disponibles y proyectos aprobados sin financiamiento; entiéndase esto como proyectos en lista de espera; sé podrán financiar reasignando recursos según el estricto orden de prelación, según el acta del Comité de Admisibilidad y Evaluación de proyectos, en los siguientes casos:1. Por renuncia al subsidio.2. Por revocación del subsidio.3. Por aumento de los recursos asignados.

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4. Incumplimiento de los plazos establecidos en las bases, y cualquier otro motivo que dé lugar a que opere la lista de espera.

ARTÍCULO 21º: DE LA EJECUCIÓN

El beneficiario deberá materializar la ejecución del proyecto por intermedio de un prestador de servicio externo denominado “Ejecutor”, sea persona natural o institución habilitada para la ejecución y/o implementación de su proyecto. El ejecutor no podrá ser socio de la comunidad beneficiada ni ascendiente en primer grado, descendiente en el mismo grado, ni cónyuge y/o conviviente de un socio de la comunidad.

Recibido el certificado de subsidio, el beneficiario deberá celebrar un contrato con el “Ejecutor” dentro de un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de recepción, al que concurrirá la Corporación.

El convenio o contrato será redactado por CONADI y tendrá carácter de esencial para la operatoria del subsidio y se suscribirá en CUATRO ejemplares.

Los ejecutores al momento de suscribir el contrato, deberán señalar un correo electrónico, el cual constituirá la forma de notificación de cada una de las resoluciones, instructivos o cartas que CONADI les remita. La fecha de notificación será la establecida en el correo electrónico.

El mismo plazo de 10 días hábiles desde la recepción del certificado de subsidio tendrá el ejecutor para acompañar la boleta de garantía de fiel cumplimiento.

En caso que el adjudicatario(a) no suscriba el convenio o contrato dentro del plazo que se le señale y/o no acredite la documentación requerida, se dejará sin efecto la adjudicación y se procederá a adjudicar al o los proyectos de la lista de espera, respetando el orden de prelación.

En caso que el ejecutor no acompañe la garantía de fiel cumplimiento en el plazo establecido, el beneficiario deberá suscribir un nuevo contrato con un nuevo ejecutor en un plazo no mayor a 5 días hábiles, debiendo adjuntarse la documentación y garantía respectiva. En caso de haberse realizado el endoso se otorgará un nuevo certificado con igual fecha y número.

CONADI, con anterioridad a la tramitación de la Resolución aprobatoria del convenio o contrato, no tendrá responsabilidad jurídica alguna, no pudiendo dar origen a causal alguna de indemnización o pago de ninguna naturaleza al ejecutor(a).

ARTICULO 22º: GARANTÍA.

Con el fin de garantizar el fiel cumplimiento de las obras, CONADI solicitará al ejecutor del proyecto la garantía correspondiente a un 5% del monto del subsidio otorgado por CONADI. Dicho documento deberá tener una vigencia indefinida.

Las garantías podrán ser: boleta bancaria de garantía, depósito a la vista o vale vista, suscritos en favor de la CONADI, sin cargo al proyecto.

La CONADI hará efectivo el cobro de la garantía en caso de incumplimiento del contrato por parte del ejecutor del proyecto, renuncia o cualquier otra causal que pudiere poner en riesgo la ejecución del proyecto.

ARTICULO 23° CONTROL DE EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS.

El sistema de control en la ejecución del proyecto se llevara a efecto por un profesional de la Subdirección Nacional Iquique de CONADI o de la Oficina de Enlace de Copiapó; al término de la obra y previo a la aprobación del proyecto, el Ejecutor deberá presentar un informe técnico, que será definido por CONADI, en los plazos y modos definidos en las bases técnicas, los que serán revisados y aprobados por CONADI, siendo responsabilidad del Ejecutor subsanar eventuales observaciones resultantes de la revisión de dichos informes.

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Para que un proyecto sea recepcionado, el Ejecutor deberá comunicar por escrito a CONADI la finalización de las obras, para lo cual deberá enviar los siguientes documentos:

1. Carta en que se comunica el hecho, debidamente firmada por el Ejecutor.2. Informe técnico final: según formato proporcionado por CONADI (anexo N° 7) que deberá

contener los detalles técnicos, además de 6 fotografías de la ejecución del proyecto, prueba de resistencia de hormigón con sus resultados si corresponde, acta de recepción firmada por el beneficiario ante Ministro de fe, comprobante de aporte propio del beneficiario y comprobante de pago de confección y/o elaboración de proyecto cuando proceda.

3. Deberá hacer entrega del certificado de subsidio debidamente endosado.4. Debe hacer entrega del libro de obras.

Ingresado el informe de término de proyecto, la CONADI procederá programar la inspección en terreno del proyecto, con el fin de verificar el funcionamiento de la obra y la correspondencia de esta con el proyecto subsidiado. De no existir observaciones, se levantará un Acta de Recepción Técnica de Obras, la que debe ser firmada por el/la beneficiario/a y el funcionario/a que ha procedido a la inspección y recepción.

En la eventualidad que la obra presente deficiencias o modificaciones, que no cuenten con la aprobación de CONADI, no se podrá realizar la recepción técnica de la obra, procediéndose a comunicar por escrito dicha situación al ejecutor/a, quien deberá subsanar las deficiencias o dar respuesta a las observaciones, según fuere el caso, en un plazo no mayor a 15 días corridos o hasta que la Conadi lo estime conveniente.

ARTICULO 24° CERTIFICACIÓN DE LA EJECUCIÓN FINAL DEL PROYECTO.

Con la recepción de la obra y con la aprobación del informe técnico y de los antecedentes financieros del proyecto por parte del Encargado de la ULTA y por la Unidad de Administración, el Jefe de la Unidad Operativa procederá a dictar la resolución que apruebe el informe y ordene el pago del subsidio.

La CONADI procederá a aplicar multas de 0,1 UTM por cada día de atraso, en los casos de incumplimiento en la fecha de ejecución del proyecto, instalación de obras, atraso en la respuesta a las observaciones técnicas, falta de documentación en el informe final y todo incumplimiento que determine el aplazamiento en la ejecución del proyecto. Sin perjuicio de las multas, CONADI además de la aplicación de las multas, podrá hacer efectivo el cobro de la garantía, debiendo en dicho caso justificar su aplicación.

Para efectos del cobro de la multa, se considerara hasta el día que el ejecutor del proyecto informe a la CONADI del levantamiento del atraso observado.

ARTICULO 25° DEL PAGO DEL SUBSIDIO.

El pago se hará en una etapa, directamente al ejecutor contra entrega del certificado correspondiente, una vez:1) Acreditado documentadamente la ejecución total del servicio que da origen al pago; 2) Acreditada la debida correspondencia entre el proyecto que dio origen al otorgamiento del

subsidio y lo efectivamente realizado.3) Ingresado el informe de término de proyecto, con toda la documentación exigida, la CONADI

tendrá un plazo de 30 días para emitir el informe de supervisión que determine la recepción conforme de los servicios contratados; plazo desde el cual se aplica lo establecido en el artículo 79 bis del Decreto Nº250 de Hacienda.

ARTÍCULO 26º: DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS /LAS BENEFICIARIOS/AS EN LA ELABORACIÓN Y FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO.

1.- Los proyectos deberán considerar la participación de los propios beneficiarios en su formulación.2.- En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en el convenio o contrato, por causas o hechos imputables al beneficiario (a), (como por ejemplo no efectuar el aporte o las obras necesarias para ejecutar el proyecto) CONADI estará facultada para poner término al convenio o contrato, suspendiendo, total o parcialmente, la ejecución de los recursos; en dicho caso podrá hacer devolución

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de la garantía al ejecutor que haya dado cumplimiento a su obligación. Lo anterior previo informe de la unidad local de tierras y aguas.

El aporte del beneficiario deberá acreditarse por parte del ejecutor al momento de efectuar la rendición del proyecto mediante una declaración simple, en el cual se indique el monto del aporte y en qué consistió; en caso que el beneficiario no haya realizado el aporte comprometido, el ejecutor así deberá informarlo en su declaración, pudiendo procederse con el pago del proyecto si este se ejecutó en un 100%, dejándose en dicho caso, al beneficiario en el listado de saldos pendientes por rendir, lo cual impide postular a los concursos de CONADI.

3.- El aporte del beneficiario y terceros, en su caso, deberá constar en el anexo Nº1, N°2 o N°6 según corresponda, de las presentes bases técnicas.4.- El monto del proyecto en lo posible debe ser en sumas cerradas en miles o millones de pesos.5.- El ejecutor, al momento de iniciar las obras, será responsable de instalar un letrero en forma visible, especificando el aporte de CONADI y el nombre de la organización beneficiaria, más otros datos que CONADI entregará oportunamente. Las medidas para los proyectos comunitarios o parte de comunidades, será de 2,4 m de ancho x 1.5 m. de alto.

ARTICULO 27º: CONFECCION DEL PROYECTO

A la firma del contrato, la entidad ejecutora deberá pagar el monto de elaboración o confección del proyecto al profesional que lo hubiere diseñado, dicho monto no podrá ser superior a:i.- Proyectos parte de comunidades.

$350.000 por formulación de proyectoii.- Proyectos Comunitarios.

$500.000 por formulación de proyecto;

El monto por concepto de formulación de proyecto se incrementará en la suma de $100.000 (cien mil pesos), en aquellos proyectos que requieran plano de planta y perfil longitudinal, lo cual será certificado por la Corporación.

En la formulación y diseño de los proyectos, se deberá contemplar que la descripción de productos, no se especifiquen marcas o modelos particulares, debiendo indicarse en las especificaciones técnicas información como capacidades, potencias, Hp, etc.

El nombre del proyecto debe ser CORTO y considerar el tipo de obra y el nombre del beneficiario/a.

ARTICULO 28º: DEL EJECUTOR

El ejecutor que se elija por parte del postulante seleccionado, deberá tener el giro de construcción (Construcción en obras menores u obras civiles).

El beneficiario se encuentra obligado a endosar y hacer entrega del certificado de subsidio al ejecutor y el otro a CONADI a la fecha de suscripción del contrato o dentro de los 30 días siguientes a la firma del convenio.

El inicio de las obras se deberá llevar a efecto dentro del plazo de cuarenta y cinco días desde la fecha de la resolución que tiene por aprobado el contrato de ejecución; en caso contrario Conadi podrá solicitar el beneficiario el cambio de ejecutor o disponer la caducidad del subsidio o aplicar la multa por atraso.

El ejecutor se encuentra obligado a mantener en el lugar de ejecución del proyecto un libro de obras, MANIFOLD, donde deberá consignar las labores desarrolladas en forma periódica, el cual debe encontrarse firmado por el responsable de los trabajos y a disposición de los supervisores, el no cumplimiento de dicha obligación constituirá en un incumplimiento del contrato, permitiendo a CONADI caducar el subsidio.

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El ejecutor del proyecto deberá presentar dentro de los primeros 30 días corridos desde la firma del contrato, las solicitudes de cambios de productos que se consideren dentro del proyecto, estas serán evaluadas por la Unidad Técnica, antes de ser presentadas al trámite administrativo correspondiente.No se consideraran modificaciones de obras, el cambio dentro de un proyecto solar, el tipo de bomba y la incorporación de un conversor de corriente; el aumento o disminución de placas solares siempre y cuando otorguen la capacidad energética; el cambio de dimensiones de un estanque, siempre y cuando las nuevas dimensiones permitan mantener la capacidad en metros cúbicos del estanque, el cambio de ubicación de un estanque, la modificación de un trazado de canal o tubería, el aumento de compuertas o el cambio de tipo de material de tubería siempre y cuando dichas modificaciones sean consideradas como mejoras al proyecto, de lo cual se dejará constancia en el informe de supervisión final elaborado por CONADI.

El ejecutor que no diere inicio a las obras en el plazo señalado, y no realice la instalación del letrero en dicho plazo o no cuente con el libro Manifold en la faena, sin perjuicio de las sanciones establecidas, se le podrá aplicar una multa del 0,1 UTM por cada día de atraso del monto del proyecto subsidiado por Conadi, cuando dicho atraso sea injustificado, previo informe del profesional que ejerce la supervisión, la cual deberá ser enterada antes de la resolución que apruebe la ejecución del proyecto.

ARTICULO 29º: DE LA OPERACION, CONTROL, APROBACIÓN DE LAS OBRAS Y PAGO DEL SUBSIDIO.

1.-Para que un proyecto sea recepcionado, además de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 23 de las bases técnicas, deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) Envío a la CONADI de la rendición técnica y documentos financieros del proyecto, registro fotográfico (a lo menos 6 imágenes), las coordenadas georreferenciadas del proyecto.b) Instalación de la señalética correspondiente al inicio de la obra.c) Acta de recepción de la obras por parte de un profesional de la Unidad de Tierras y Aguas.d) Firma de acta de recepción de la obra por parte del beneficiario o representante legal, la cual deberá efectuarse ante un Ministro de fe, sea este, Notario, Oficial de Registro Civil o Secretario Municipal.

2. – Solamente se aceptarán facturas o boletas a nombre del ejecutor tratándose del pago de la elaboración o confección del proyecto, en su caso.

3. – La supervisión del proyecto, en cualquier etapa de la ejecución, podrá exigir ensayos, pruebas y análisis, según la naturaleza de la obra, aunque no hayan sido incluidas en el presupuesto.

En el caso que el beneficiario se negase sin causa justificada a firmar la recepción definitiva de la obra, o no pudiese firmar por encontrarse fuera de la localidad, región, país o no fuere habido en el lugar de la obra, se considerará como una causal de incumplimiento para la postulación a futuros concursos.

En dichos casos la CONADI a solicitud del ejecutor podrá efectuar una visita a terreno, en la cual mediante un informe fundado podrá autorizar el pago del subsidio, en el caso que se acreditará la ejecución del cien por ciento de la obra, en los términos establecidos en el proyecto.

Una vez pagado el proyecto se deberá suscribir el finiquito del contrato entre el beneficiario, el ejecutor y CONADI, en caso de negativa del beneficiario a la firma del finiquito u omisión por más de tres meses, CONADI podrá hacer devolución de la garantía, siempre y cuando no existiere un reclamo del beneficiario en relación con la mala calidad de la obra, el plazo de tres meses se contará a partir de la comunicación que realice CONADI al beneficiario mediante correo electrónico y llamada telefónica, para requerir su firma.

ARTICULO 30º.- DEL PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO Y SUS SANCIONES.

El plazo de ejecución del proyecto será de 3 (tres) meses a contar de la fecha de suscripción del contrato entre el beneficiario, la CONADI y la empresa ejecutora.

Page 22: BASES DE CONCURSO PÚBLICO · Web viewEn ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina. El Comité podrá constituirse,

Excepcionalmente, y en casos justificados, se podrá proceder a una prórroga al plazo de ejecución de las obras, siempre que haya sido solicitada por escrito por el ejecutor con anterioridad al vencimiento del plazo contractual y se encuentre dicha solicitud debidamente fundada. El plazo de prórroga será determinado por la CONADI en virtud de los antecedentes presentados, el cual no podrá exceder al plazo del certificado de subsidio y sus prorrogas.

ARTICULO 31° CAUSALES DE TÉRMINO DEL CONTRATO.

a) Insolvencia económica, declarada o no, del ejecutor, que ponga en peligro notable el cumplimiento material o financiero del proyecto.b) Incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, relacionadas especialmente con los plazos de ejecución y los tipos o calidad deficiente de los materiales, trabajos desarrollados o materiales empleados, que no se ajusten a las Bases Técnicas.

ARTÍCULO 32º.- ESPECIFICACIONES TECNICAS Dependiendo de la obra a ejecutar, será elegirá el formato a usar:

FORMATO 1: CONDUCCION MEDIANTE TUBERIAS, MEJORAMIENTO, CONSTRUCCIÓN Y/0REPARACIÓN DE CANALES, MEJORAMIENTO Y/0 CONSTRUCCIÓN DE BOCATOMAS

Parámetros de Diseño Agronómico y Diseño Hidráulico. Determinación del Caudal disponible en Lt /s. Superficie para el proyecto. Tipo (s) de cultivo (s) y diseño plantación o siembra (indicar rubro). Evapotranspiración potencial. Selección de coeficientes de cultivos Kc. Perdida de infiltración por metro lineal de conducción (l/s). Georreferencias de la captación de agua y del proyecto de riego. Procedimiento de excavación. Procedimiento en la realización del radier según normas chilenas de construcción. Procedimiento en la realización de las paredes según normas chilenas de construcción. Características de los hormigones a utilizar. Procedimiento en la construcción en el canal en mampostería en piedra. Juntas de dilatación y contracción (mostrar la ubicación en un plano). Características del moldaje a utilizar. Cálculo para diseñar los desarenadores y los disipadores de energía. Características y diseño de compuertas y marcos bastidores. Características técnicas de los materiales a utilizar, Ej: bolón, malla acma, etc. Cubicación de todos los materiales de cada una de las obras, incluidas en el proyecto

(ejemplo: desarenador, disipador etc.) Ubicación en la obra de las compuertas metálicas, desarenadores y disipadores de

energía. Cálculo y características de la bomba y generador o maquinaria que se desea adquirir

(incluir ficha técnica). Fuente de energía a utilizar en el proyecto.

FORMATO 2: PROYECTOS DE ACUMULACIÓN Y ALMACENAMIENTO DE AGUAS

Diseño Agronómico y diseño hidráulico. Determinación del Caudal disponible en Lt /s. Superficie para el proyecto. Tipo (s) de cultivo (s) y diseño plantación o siembra (indicar rubro). Sistema de riego a utilizar. Demanda de los cultivos, Evapotranspiración potencial (ETP), estimación de la máxima

taza de riego diaria. Selección de coeficientes de cultivos (Kc.). Especificaciones técnicas para la construcción del estanque de hormigón armado.

Excavaciones, rellenos, armadura o enfierradura, moldaje, características técnicas del Hormigón, descimbre.

Page 23: BASES DE CONCURSO PÚBLICO · Web viewEn ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina. El Comité podrá constituirse,

Características técnicas de la geomembrana (HDPE, PECC, Vinimanta). Tiempo de duración de la obra. Registro en libro de obra. Cubicación de todos los materiales de la obra.

Determinación del volumen del estanque (V). Caudal (Q). Tiempo de uso de riego del estanque. Volumen de agua disponible (Vd). Georeferencias de la captación de agua y del proyecto de riego. Cálculo de necesidad de la bomba y del generador eléctrico, si se requieren. La construcción general de la obra debe ser según la Norma Chilena de construcción para

hormigón armado.

FORMATO 3: PROYECTO DE RIEGO TECNIFICADO.

Tipos de riego tecnificado a realizar: Gota a gota (cintas o goteros). Aspersión (móvil o fija). Microaspersion. Microjet. Californiano.En los puntos que se señalan a continuación son de carácter obligatorioa) Parámetros de Diseño Agronómico y antecedentes técnicos

Caudal disponible en Lt/s. Marco de plantación o siembra (indicar rubro). Superficie para el proyecto. Tipo(s)de cultivo(s). Evapotranspiración potencial. Selección de coeficientes de cultivos Kc. Diseño de riego

Debe contener

Pendiente N-S y/o E-ONº sectorNº subunidad de riegoUnidad de riegoSuperficie de cada sectorSeparación entre y sobre hileraMetros lineales de las líneas de distribucióna)Tubería primaria caracterizando el tipo de tubería, la clase y los mm,b) Tubería secundaria caracterizando el tipo de tubería, la clase y los mm.c) Tubería terciaria, caracterizando el tipo de tubería, la clase y los mm.Caudal Conducido (L/hr)Aspersores por sectoresVálvulasCabezal de riego

Velocidad de infiltración básica. Frecuencia y tiempo de riego. La eficiencia de aplicación de riego localizado (EFA). Cálculo de la necesidad de lavado (LR). Cálculo de número de emisores por plantas (E). Porcentaje de superficie mojada (P). Área mojada por emisor (AME). Fuente de energía a utilizar para los requerimientos del sistema de riego.

b) Parámetros de Cálculo Hidráulico. Tolerancia de presiones. Cálculo de laterales.

Page 24: BASES DE CONCURSO PÚBLICO · Web viewEn ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina. El Comité podrá constituirse,

Cálculo de pérdida de carga por fricción (tuberías, piezas especiales). Cálculo de tuberías terciarias y diseño de la red de distribución primaria y secundaria.

Selección del emisor o dispersor (incluir especificaciones técnicas del catálogo).

Cálculo del requerimiento de la bomba (contemplar modelo y caracterizarlo según ficha técnica del producto).

Tipos de filtros a utilizar (adjuntando ficha técnica). Tipos de válvulas a utilizar en el sistema, describiendo cada una de ellas y su

localización. Selección de la motobomba (incluir curvas características de la bomba).

FORMATO 4: PROFUNDIZACIÓN DE POZO, CON EL DERECHO DE AGUA REGULARIZADO.

Parámetros de Diseño Agronómico y Diseño Hidráulico. Determinación del Caudal disponible en Lt /s o inscrito. Superficie para el proyecto. Tipo (s) de cultivo (s) y diseño plantación o siembra (indicar rubro). Evapotranspiración potencial. Selección de coeficientes de cultivos Kc. Procedimiento de excavación. Procedimiento en la profundización del pozo Procedimiento en el revestimiento. Cálculo de necesidad de la bomba (si se requiere comprar una). Ubicación de la bomba a utilizar. Características de la bomba y del generador eléctrico, si se requiere comprar uno. Fuente de energía a utilizar en el proyecto.

Tubería principal (m)Tubería secundaria (m)Tubería terciaria (m)En laterales (m)En filtros(m)En fitting (%)

Page 25: BASES DE CONCURSO PÚBLICO · Web viewEn ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina. El Comité podrá constituirse,

FICHA INGRESO DE PROYECTO

COLILLA DE RECEPCIÓN DEL PROYECTO (COPIA CONADI)

NOMBRE DEL PROYECTO

NOMBRE DEL POSTULANTE

COMUNA N° INGRESO

FECHA

----------------------------------------------------------------------------------------------------------

COLILLA DE RECEPCIÓN DEL PROYECTO (COPIA POSTULANTE)

NOMBRE DEL PROYECTO

NOMBRE DEL POSTULANTE

COMUNA N° INGRESO

FECHA

NOTA: El proyecto debe presentarse en sobre cerrado, con este documento en su exterior para ingreso en oficina de partes de CONADI.

Page 26: BASES DE CONCURSO PÚBLICO · Web viewEn ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina. El Comité podrá constituirse,

SUBSIDIO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE RIEGO Y/O DRENAJE PARA INDIGENAS

FORMULARIO POSTULACION DEL PROYECTO(FORMULARIO UNICO PARA PROYECTOS COMUNITARIOS O PARTE DE COMUNIDADES)

I. ANTECEDENTES DEL PROYECTO1. NOMBRE DEL PROYECTO

2. TIPO DE POSTULACION (Marcar con “X”)

a.- Postulación Comunitaria:……… Parte de Comunidad:……….

2.1.- NUMERO DE FAMILIAS BENEFICIARIAS DEL PROYECTO: ……………..

3. LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO

REGION COMUNA LOCALIDAD

4. ANTECEDENTES DEL POSTULANTE

COMUNIDAD Y/O PARTE DE COMUNIDADNOMBRE

RUT COMUNIDAD

Nº PERSONALIDAD JURÍCA

N° REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PÚBLICOSNOMBRE COMPLETO DEL PRESIDENTE/A o MANDATARIOCEDULA DE IDENTIDAD DEL PRESIDENTE/A o MANDATARIODIRECCIÓN

TELEFONO

5. RESUMEN DEL PROYECTO

Marcar (x) Monto ($)

Tipo proyectoCONADI

Beneficiarios. (….%)

Tipo de obraTerceros

Total Proyecto $

6. DESCRIPCION GENERAL DEL PROYECTO

Page 27: BASES DE CONCURSO PÚBLICO · Web viewEn ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina. El Comité podrá constituirse,

6.1. Antecedentes del/los predios beneficiados con el proyecto

Nombre del predio o número de hijuela

Nombre del titular del predio

Comuna del predio

Rol del predio (Servicio de Impuestos Internos)

Inscripción ConservadorCalidad de la tenencia de la tierras (Propietario, en proceso de saneamiento, arrendatario, usuario etc.

Fuente de agua a utilizar en el proyecto (nombre fuente de abastecimiento y datos de su inscripción o expediente)

Fuente del recurso

Superficial o subterránea

Caudal(*)(L/SEG) Inscripción

Otro Otro:________________

6.2. Tipo de obra a implementar Productos comprometidos

6.3. Indicadores de superficie (hectáreas)Superficie de cultivos bajo riego y/o drenaje (1)

Superficie beneficiada por el Proyecto

Superficie asegurada con riego (2)

7. DESCRIPCION DE LA SITUACION DEL POSTULANTE.

7.1. Calidad del suelo a regar (Ajustar a la unidad operativa que llama a concurso, según lo indicado en las bases.)

ZONA AGROECOLÓGICAS

Marcar (X) TIPO DE SUELO Marcar

(X)EROSIÓN EN EL

PREDIO. Marcar (X)

7.2. Condición sanitaria de las familias (marcar con una “x” según corresponda)

Abastecimiento de aguaNombre postulante o beneficiario directo

Acarreo

Bomba manual

Elevación mecánica

Gravitacional

otro

Page 28: BASES DE CONCURSO PÚBLICO · Web viewEn ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina. El Comité podrá constituirse,

(En caso de ser necesario insertar más filas)

Sistema de eliminación de excretas (marcar con una “x” según corresponda)Nombre postulante o beneficiario directo

campo abierto o pozo negro

letrina sanitaria

Fosa séptica

Alcantarillado

Otro

(En caso de ser necesario insertar más filas)

7.3. Otros antecedentes de interésITEM SI NO DETALLARExiste otra obra de riego y/o de drenaje en su predio.Existen sistemas de bebederos para animales en el predio.¿Es primera vez que postula al concurso?.Es jefe(a) de hogar, sólo(a) con hijos.

PROPUESTA TÉCNICA (Descripción sucinta del proyecto)

Para el llenado del formulario, él (la) postulante puede hacerse asesorar por un formulador.

1. RESUMEN GENERAL DEL PROYECTO

2. SITUACIÓN QUE SE PRETENDE MEJORAR CON EL PROYECTO

3. DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS

4. DISEÑO AGRONÓMICO

5. DISEÑO HIDRAULICO

6. CROQUIS DE UBICACIÓN) (Detalla la ubicación y acceso al inmueble donde se ejecutará la obra).

Page 29: BASES DE CONCURSO PÚBLICO · Web viewEn ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina. El Comité podrá constituirse,

GEORREFERENCIACION EN HUSO…. DATUM WGS 84: N……………… E………………..- INDICAR VÍAS PRINCIPALES DE ACCESO.- IDENTIFICAR CLARAMENTE CRUCES E HITOS IMPORTANTES DE RECONOCER EN EL CAMINO.- SIEMPRE SEÑALAR DISTANCIAS.- DETALLAR GEOREFERENCIACIÓN.

7. PLANO DE LA OBRA A EJECUTAR (Dibujar)- Ubicación espacial de los sectores beneficiado con el proyecto- Ubicación de hitos más importantes, es decir captación, estanque, casa, líneas eléctricas,

servidumbres, etc.- Identificar canales, tubería matriz, submatrices, etc.- Identificar la distancia que recorren los canales, tuberías y el material que se utiliza por cada

tramo.- Cota de cada punto señalado.- Curvas de nivel (cuando sea necesario y dependiendo de la envergadura del proyecto).- Escala

II. PROPUESTA ECONOMICA

1) MATERIALES Y EQUIPOS

MATERIALES UNIDAD CANTIDAD COSTO / UNIDAD

COSTO TOTAL ($)

1.2.3.

SUBTOTAL (1)

EQUIPOS UNIDAD CANTIDAD COSTO / UNIDAD

COSTO TOTAL ($)

1.2.3.

SUBTOTAL (2)

2) SERVICIOS ASOCIADOSTRABAJOS O PRESTACIÓN

SERV UNIDAD CANTIDAD COSTO / UNIDAD

COSTO TOTAL ($)

1.2.3.

Page 30: BASES DE CONCURSO PÚBLICO · Web viewEn ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina. El Comité podrá constituirse,

SUBTOTAL (3)

3) GASTOS OPERACIONALES

ITEM UNIDAD CANTIDAD COSTO / UNIDAD

COSTO TOTAL ($)

1.2.3.

SUBTOTAL (4)

4) ASISTENCIA TECNICA

ITEM UNIDAD CANTIDAD COSTO / UNIDAD

COSTO TOTAL ($)

1.2.3.

SUBTOTAL (5)

5) GASTOS GENERALES

ITEM UNIDAD CANTIDAD COSTO / UNIDAD

COSTO TOTAL ($)

1.2.3.

SUBTOTAL (6)

RESUMEN DE FINANCIAMIENTO

ITEMAPORTES ($) TOTAL

($)CONADI BENEFICIARIOS TERCEROSMateriales y equiposServicios asociados (mano de obra especializada, arriendo equipos)Gastos operacionales (flete materiales, movilización del equipo, instalación faena)Asistencia técnica (formulación, capacitación)Gastos generales (administración)Utilidad del ejecutor

TOTAL

Se debe tener presente: Las partidas del presupuesto detallado de las obras deben incluir el IVA. La instalación de faenas, cuando corresponda, y los fletes deberán señalarse en un ítem aparte

y por separado. No se aceptarán montos de precios unitarios ni valores de cotizaciones que se ubiquen

abiertamente fuera de lo que normalmente se encuentra en el mercado, para las condiciones y características de la obra.

Las garantías de fiel cumplimiento y respectivos anticipos, no podrán ser cargados al proyecto. Todos los precios unitarios deberán ser respaldados (cotizaciones).

IDENTIFICACION DEL FORMULADOR/A

Nombre o Razón Social

Page 31: BASES DE CONCURSO PÚBLICO · Web viewEn ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina. El Comité podrá constituirse,

RUT Fono-FaxDirección

Correo electrónico

FIRMA POSTULANTE ó REPRESENTANTE (la no firma del presente formulario deja automáticamente la postulación fuera del concurso).

Con la presente firma, el postulante ó Representante del grupo que postula, declara conocer las bases, la iniciativa a presentar, el aporte comprometido y su compromiso con la potencial iniciativa a financiar.

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ANEXO 2

DECLARACIÓN JURADA (Comunidades Indígenas)

Concurso Público“Subsidio construcción obras de riego y/o drenaje para indígenas”.

En _____________ a ____. de ____________ de 2019; don __________________________________, Rut. ___________________________ en su calidad de Presidente de la comunidad indígena ______________________________________________, personalidad jurídica N°______ domiciliada para estos efectos en el lugar __________________, de la comuna de ____________, mayor de edad quien en la representación que inviste expone:

Que la comunidad que representa conoce y acepta las bases concurso. Que la comunidad que representa conoce el proyecto postulado. Que la comunidad no tiene incumplimientos con CONADI, esto es, encontrarse ejecutando

proyectos fuera de plazo; mantener rendiciones pendientes asociados a recursos aportados por Conadi o que dichos recursos hayan sido utilizados para un fin distinto.

Que, en virtud de este acto, la comunidad se compromete a aportar el equivalente al ____ % del monto del proyecto mencionado y consistente en lo siguiente.

ÍTEM CANTIDAD VALORIZACIÓN

TOTAL

2.- QUE, los beneficiarios directos del proyecto son:

N° NOMBRE COMPLETO R.U.T Jefe de familia (si/no)

FIRMA PRESIDENTE

ANEXO 3

MANDATO DE REPRESENTACIÓN

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POSTULACIÓN DE PARTE DE COMUNIDAD

Concurso Público“Subsidio construcción obras de riego y/o drenaje para indígenas”.

En _________________ a ____ de __________ de 2019, ante el (la) ministro de fe don (ña) ______________________________________________________ que autoriza, comparecen los socios que se individualizan, y firman en la nómina anexa al presente documento, pertenecientes a la comunidad indígena _________________________________, personalidad jurídica N°______ domiciliada para estos efectos en el lugar ______________________ ,de la comuna de ___________________, mayores de edad quienes exponen:

PRIMERO: Los socios antes individualizados vienen en otorgar poder especial a don(ña) ___________________________________________________________, chileno/a, RUT N° _________________, domiciliado en el lugar ________________ de la comuna de __________________________; para que represente los intereses de todos los asociados ante la CONADI, en el Concurso Público “CONCURSO OBRAS DE RIEGO PARA INDÍGENAS DE LA REGION DE ATACAMA, AÑO 2019”.

SEGUNDO: En el desempeño de este poder, el representante podrá efectuar todos los trámites que sean necesarios, pudiendo al efecto firmar todos los documentos, recibos y resguardos que se le exijan y que sean necesarios para el mejor cumplimiento de este poder o mandato.

Los socios que forman parte de la comunidad indígena que por este acto otorgan mandato para que los representen en el presente concurso, quienes exhibiendo su Cédula de Identidad respectiva firman ante mí, son:

NOMINA DE SOCIOS (todos los socios postulantes)

NOMBRE COMPLETO R.U.T. FIRMA

FIRMA MINISTRO DE FE(Notario Público, Secretario Municipal u

Oficial Civil)

ANEXO 4

AUTORIZACIÓN

Concurso Público“Subsidio para obras de riego y/o drenaje para indígenas".

Page 34: BASES DE CONCURSO PÚBLICO · Web viewEn ningún caso podrán conformar el Comité los Subdirectores Nacionales, Directores Regionales ni Jefes de Oficina. El Comité podrá constituirse,

En _______________________________ a _________ de__________ de 2019.Don(ña) ___________________________________________________________________________

(Nombre(s) y apellidos de quien autoriza)Cédula de Identidad N° _____________________________ domiciliado(a) en la comuna de ______________________________, quien en conformidad a lo definido en el Artículo 7°, letra d, número 4, de las Bases Técnicas del Concurso Público “Subsidio para obras de riego y/o drenaje para indígenas”, viene a exponer lo siguiente:

Primero:

Que soy propietario(a) de:(Debe indicar los datos del predio y/o derechos de agua)

Segundo:

Que por este acto vengo en autorizar a la comunidad y/o parte de comunidad ________________________________________________ representada por don/ña ________________________________ para postular el proyecto comunitario denominado “___________________________________________________” al “CONCURSO OBRAS DE RIEGO PARA INDÍGENAS DE LA REGION DE ATACAMA, AÑO 2019.”

Tercero:

Que por el presente, autorizo el uso de __________________________________________________(Indicar si autoriza a usar la totalidad o una fracción de los bienes agua y/o tierras)

para la postulación y posterior ejecución de las obras comprometidas en el proyecto presentado.

FIRMA PROPIETARIO

FIRMA MINISTRO DE FE(Notario, secretario municipal u oficial

civil).

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ANEXO 5

AUTORIZACION SERVIDUMBRE DE PASO

Concurso Público“Subsidio para obras de riego y/o drenaje para indígenas”.

En _______________________________ a _________ de__________ de 2019.Don (ña) ________________________________________________________________________

(Nombre(s) y apellidos de quien autoriza)Cédula de Identidad N° _____________________________ domiciliado(a) en la comuna de ______________________________, quien en conformidad a lo definido en el Artículo 5°, número 2.2, de las Bases Técnicas del Concurso Público “Subsidio para obras de riego y/o drenaje para indígenas”, viene a exponer lo siguiente:

Primero: Que soy propietario(a) de:

(Debe indicar los datos del predio y/o derechos de agua)

Segundo:

Que don(ña) _____________________________________________________________________

Cédula de Identidad N° ____________________________________________________________

Ejecutará el proyecto ______________________________________________________________(nombre del proyecto)

Y, para lograr el buen desarrollo del mismo, requiere efectuar obras menores en mi predio, ya individualizado.

Tercero:

Que por el presente, autorizo el uso de _______________________________________________(Indicar si autoriza a usar la totalidad o una fracción de los bienes)

para la postulación y posterior ejecución de las obras comprometidas en el proyecto presentado.

FIRMA PROPIETARIO

FIRMA MINISTRO DE FE(Notario, secretario municipal u oficial

civil)

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ANEXO 6

CARTA COMPROMISO APORTE DE TERCEROS

Concurso Público“Subsidio construcción obras de riego y/o drenaje para indígenas”.

En _____________________ a ____. de ____________ de 2019, quien suscribe la presente don (ña) ____________________________________________________________________ , RUT ____________________, representante legal de _______________________________________________ domiciliado en ______________________________ comuna ______________, certifica que la entidad mencionada se compromete a apoyar la ejecución del proyecto _______________________________________________________________________ presentado por ________________________________________________________, aportando los siguientes recursos para el desarrollo del proyecto (materiales, mano de obra, capacitación, asesoría, etc.,) en la oportunidad que los beneficiarios confirmen la petición.

ÍTEM CANTIDAD VALORIZACIÓN APROXIMADA

Firma