autoridades personal - boe.es presente decreto, asl como para modificar, cuando las cir

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B. O. del E.-Núm. 30 3 febrero 1968 1627 Articulo treinta y tres.-Las unidades periféricas de la Admi- nistración Central del Ministerio de Agricultura en cada (lTovin- cia se integrarán administrativamente como Secciones o Nego- ciados de la Delegación. Los servicios territoriales de los Organismos autónomos se integrarán igualmente en la Delegación Provincial que corres- ponda. sin perjuicio de su autonomla funcional. Cuando se trate de Organismos autónomos de escaso volwnen de funciones, el Ministro podrá acordar que queden integrados administrativamente dentro de las Delegaciones Provinciales. Articulo treinta y cuatro. -En cumplimiento de lo dispuesto en el articulo treinta y seis de la Ley de Procedimiento Admi- nistrativo, preSidida por el Delegado provincial e integrada por los Jetes de las distintas unidades administrativas de la Dele- gación y por los Jefes de. las dependencias prOvinciales de los Organismos autónomos, se constituirá una Comisión Coordina- dora Agraria con el fin de imprimir la máxima coherencia y efi- cacíaa las diversas actividades agrarias en la provincia. Esta COI:Il11>1ón Coordinadora Agraria se reunirá cuantas veces lo es- time el Presidente y, preceptivamente, una vez al mes. Articulo treinta y clnco.-Serán fundamentalmente funciones del Delegado las siguientes: Uno. Asumir la representación del Ministerio ante todas las Autoridades, Organismos y Entidades prOvinciales, ejecutiVas o consultivas, públicas o privadas. . Dos. La superior di.rección e impulsión armónica de la pol!- tlca agrana en la prOVIncia, así como la coordinación y vigUan- cia de las actividades que a este fin se realicen. Tres . Proponer al Ministerio los . planes de inversión y pro- gramas de actuación para el fomento y desarrollo agrario en la provincia. . Cuatro. Convocar y presidir la Comisión Coordinadora Agra- ria provincial. Cinco. Imponer o, en su caso, proponer las sanciones que conforme a la legislación vigente correspondan a los servicios prov).nclales dependientes del Departamento, con excepción de los Organismos autónomos, en que se estará a su legislaCión especifica. Seis. Cualesquiera otras facultades que por el Ministerio se le encomienden. Articulo treinta y seis. -A las órdenes lrunediatas del Dele- gado estará un Secretario provincial, que actuará como Jefe de los Servicios Administrativos de la Delegación y Secretario de la Comisión Coordinadora Agraria, teniendo como funciones las Inherentes a: Uno) Personal y Material. Dos) Presupuestos y Habilitación. Tres) Información y Reclamaciones. Cuatro) Racionalización de los Servicias de la Delegación. Cinco) Tramitación de asuntos y expedientes de carilcter facultativo y administrativo. Igualmente seran competencia de la Secretaria Provincial to- das aquellas otras funciones que el Delegado le encomiende, El c!U"go de Secretario provincial será de libre designación del Subsecretario del Departamento entre funcionarios del Cuer- po General Técnico de la Administración Civil del Estado. . Articulo treinta y siete.-En los casos de vacante, ausencia o enfermedad del Delegado le sustituirá el Jefe de Sección con más años de servicios ininterrumpidos en la provincia, hasta tanto que el Ministro designe expresamente el Jefe que haya de desempeñar interinamente la Delgación. . Articulo treinta y ocho.-Todos los Organismos del M1nlste- lio que radican en Ceuta y Melilla dependerán de las Delega..- ciones de Cádiz y Málaga, respectivamente. DISPOSICIONES FINALES Primera.-Este Decreto eIJ.trará en vigor el dio. siguiente al de su publicación en el «Boletin Oficial del Estado». Segunda.-Por el Ministerio de Agricultura, en el plazo de cuatro meses a partir de la publicaCión de este Decreto, se re- dactará el Reglamento orgánico del Departamento, en el que se especüicarán las competencias de los distintos Organos del Ministerio, de acuerdo con lo previsto en el articulo veinte de la Ley de Régimen Jurldico de la Administración del Estado. Tercera. -Los Organismos del Ministerio de Agricultura no incluidos en este Decreto ni afectados por el Decreto dos mil sesenta y cuatro/mil novecientos sesenta y siete, de ventlSiete de noviembre, continuarán con su organización y fun- ciones actuales. CUarta.-Queda facultado el Ministro de Agricultura para dictar cuantas disposiciones exija el desarrollo y cumplJm1ento del presente Decreto, asl como para modificar, cuando las cir- cunstancias lo aconsejen, el número, denominación y funciones de las unidades de rango no superior a Sección, de acuerdo con lo previsto en el artículo segundo de la Ley de Procedimiento Administrativo y sin perjUicio de la aprobación previa de la Presidencia. del Gobierno, establecida por el articulo ciento trein- ta de la Ley de Procedimiento Admirustratlvo. Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid Íl uno de febrero de mil novecientos sesenta y ocho. el Vicepresidente del Gobierno; LUIS CARRERO BLANCO FRANCISCO FRANCO 11. Autoridades y personal NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS PRESIDENCIA DEL GOBIERNO ORDEN de 30 de enero de 1968 por la que se dis- pone el cese de don Juan Morenza Dfaz como Agen- te ¡te la POllcia Territorial de la provincia de Sahara. .Dmo. Sr.: Por haber ingresado en el Cuerpo de la Guardia CIvil don Juan Morenza Dlaz iEsta Presidencia del Gobierno, de conformidad con la pro- puesta. de V. 1. y en uso de las facultades conferidas por las disposIciones legales vi.gentes ha tenido a bien disponer su cese como Agente de lPo]¡c!a TerrItorial de la Provincia de Sahara. Lo que partICIpo a V. l. para su conocimiento y efectos procedentes. Dios guarde a V. l. muchos anos . Madrid, 30 de enero de 1968. CARIRElRO Ilustrísimo sefior Director general de Plazas y Provincias Afri- canas. MINISTERIO DE JUSTICIA RESOLUCION de la Dirección General de los Re- gi!tros y del Notartado sobre nombramientos de Re- gl.Stradores de la Propiedad en resolución de COTI- curso ordInario de vacantes . Esta Dirección General, con sujeción a lo dispuesto en los artlculos 284 la Ley Hipotecaria, 513 de su Reglamento, 17 de 1 . 0. Ley RégImen Jurídico de la Administración del Estado y unico, . 2, letra . 0.), del Decreto de 12 de diciembre de 1958, ha teDlQO a bIen nombrar a los SigUientes Registradores de la Propiedad para los Registros que se citan : L<,> que comunico a Y. S. para su conocimiento y efectos. DIOS guarde a V. S. muchos años. Madrid , 25 de enero de 1OO8.-El Director general, P. D., Pa- blo Jordán de Urries. Sr. Jefe de la Sección tercera de esta Dirección General.

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Page 1: Autoridades personal - BOE.es presente Decreto, asl como para modificar, cuando las cir

B. O. del E.-Núm. 30 3 febrero 1968 1627

Articulo treinta y tres.-Las unidades periféricas de la Admi­nistración Central del Ministerio de Agricultura en cada (lTovin­cia se integrarán administrativamente como Secciones o Nego­ciados de la Delegación.

Los servicios territoriales de los Organismos autónomos se integrarán igualmente en la Delegación Provincial que corres­ponda. sin perjuicio de su autonomla funcional.

Cuando se trate de Organismos autónomos de escaso volwnen de funciones, el Ministro podrá acordar que queden integrados administrativamente dentro de las Delegaciones Provinciales.

Articulo treinta y cuatro.-En cumplimiento de lo dispuesto en el articulo treinta y seis de la Ley de Procedimiento Admi­nistrativo, preSidida por el Delegado provincial e integrada por los Jetes de las distintas unidades administrativas de la Dele­gación y por los Jefes de. las dependencias prOvinciales de los Organismos autónomos, se constituirá una Comisión Coordina­dora Agraria con el fin de imprimir la máxima coherencia y efi­cacíaa las diversas actividades agrarias en la provincia. Esta COI:Il11>1ón Coordinadora Agraria se reunirá cuantas veces lo es­time el Presidente y, preceptivamente, una vez al mes.

Articulo treinta y clnco.-Serán fundamentalmente funciones del Delegado las siguientes:

Uno. Asumir la representación del Ministerio ante todas las Autoridades, Organismos y Entidades prOvinciales, ejecutiVas o consultivas, públicas o privadas. . Dos. La superior di.rección e impulsión armónica de la pol!­

tlca agrana en la prOVIncia, así como la coordinación y vigUan­cia de las actividades que a este fin se realicen.

Tres. Proponer al Ministerio los .planes de inversión y pro­gramas de actuación para el fomento y desarrollo agrario en la provincia.

. Cuatro. Convocar y presidir la Comisión Coordinadora Agra­ria provincial.

Cinco. Imponer o, en su caso, proponer las sanciones que conforme a la legislación vigente correspondan a los servicios prov).nclales dependientes del Departamento, con excepción de los Organismos autónomos, en que se estará a su legislaCión especifica.

Seis. Cualesquiera otras facultades que por el Ministerio se le encomienden.

Articulo treinta y seis.-A las órdenes lrunediatas del Dele­gado estará un Secretario provincial, que actuará como Jefe de los Servicios Administrativos de la Delegación y Secretario de la Comisión Coordinadora Agraria, teniendo como funciones las Inherentes a:

Uno) Personal y Material. Dos) Presupuestos y Habilitación.

Tres) Información y Reclamaciones. Cuatro) Racionalización de los Servicias de la Delegación. Cinco) Tramitación de asuntos y expedientes de carilcter

facultativo y administrativo.

Igualmente seran competencia de la Secretaria Provincial to­das aquellas otras funciones que el Delegado le encomiende,

El c!U"go de Secretario provincial será de libre designación del Subsecretario del Departamento entre funcionarios del Cuer­po General Técnico de la Administración Civil del Estado.

. Articulo treinta y siete.-En los casos de vacante, ausencia o enfermedad del Delegado le sustituirá el Jefe de Sección con más años de servicios ininterrumpidos en la provincia, hasta tanto que el Ministro designe expresamente el Jefe que haya de desempeñar interinamente la Delgación. .

Articulo treinta y ocho.-Todos los Organismos del M1nlste­lio que radican en Ceuta y Melilla dependerán de las Delega..­ciones de Cádiz y Málaga, respectivamente.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.-Este Decreto eIJ.trará en vigor el dio. siguiente al de su publicación en el «Boletin Oficial del Estado».

Segunda.-Por el Ministerio de Agricultura, en el plazo de cuatro meses a partir de la publicaCión de este Decreto, se re­dactará el Reglamento orgánico del Departamento, en el que se especüicarán las competencias de los distintos Organos del Ministerio, de acuerdo con lo previsto en el articulo veinte de la Ley de Régimen Jurldico de la Administración del Estado.

Tercera.-Los Organismos del Ministerio de Agricultura no incluidos en este Decreto ni afectados por el Decreto dos mil sete~ientos sesenta y cuatro/mil novecientos sesenta y siete, de ventlSiete de noviembre, continuarán con su organización y fun­ciones actuales.

CUarta.-Queda facultado el Ministro de Agricultura para dictar cuantas disposiciones exija el desarrollo y cumplJm1ento del presente Decreto, asl como para modificar, cuando las cir­cunstancias lo aconsejen, el número, denominación y funciones de las unidades de rango no superior a Sección, de acuerdo con lo previsto en el artículo segundo de la Ley de Procedimiento Administrativo y sin perjUicio de la aprobación previa de la Presidencia. del Gobierno, establecida por el articulo ciento trein­ta de la Ley de Procedimiento Admirustratlvo.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid Íl uno de febrero de mil novecientos sesenta y ocho.

el Vicepresidente del Gobierno; LUIS CARRERO BLANCO

FRANCISCO FRANCO

11. Autoridades y personal

NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS

PRESIDENCIA DEL GOBIERNO ORDEN de 30 de enero de 1968 por la que se dis­pone el cese de don Juan Morenza Dfaz como Agen­te ¡te la POllcia Territorial de la provincia de Sahara.

. Dmo. Sr.: Por haber ingresado en el Cuerpo de la Guardia CIvil don Juan Morenza Dlaz

iEsta Presidencia del Gobierno, de conformidad con la pro­puesta. de V. 1. y en uso de las facultades conferidas por las disposIciones legales vi.gentes ha tenido a bien disponer su cese como Agente de .l~ lPo]¡c!a TerrItorial de la Provincia de Sahara.

Lo que partICIpo a V. l. para su conocimiento y efectos procedentes.

Dios guarde a V. l. muchos anos. Madrid, 30 de enero de 1968.

CARIRElRO

Ilustrísimo sefior Director general de Plazas y Provincias Afri­canas.

MINISTERIO DE JUSTICIA

RESOLUCION de la Dirección General de los Re­gi!tros y del Notartado sobre nombramientos de Re­gl.Stradores de la Propiedad en resolución de COTI­curso ordInario de vacantes .

Esta Dirección General, con sujeción a lo dispuesto en los artlculos 284 d~ la Ley Hipotecaria, 513 de su Reglamento, 17 de 1.0. Ley ~e RégImen Jurídico de la Administración del Estado y unico, ~~mero .2, letra .0.), del Decreto de 12 de diciembre de 1958, ha teDlQO a bIen nombrar a los SigUientes Registradores de la Propiedad para los Registros que se citan :

L<,> que comunico a Y. S. para su conocimiento y efectos. DIOS guarde a V. S. muchos años. Madrid, 25 de enero de 1OO8.-El Director general, P . D., Pa­

blo Jordán de Urries.

Sr. Jefe de la Sección tercera de esta Dirección General.

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1628 3 febrero 1968 B. O. del E.-Núm. 30

Registrador nombrado

D. Gregorio Prieto Capón ............................. . D. Sebastián Moro Ledesma .......................... . b. Saturnino González Serrano ...................... . D. José Martln-Gamero Isla ......................... .. D. Juan Garcia-Valdecasas y Garcla .............. . D. l"rancisco Oarcla Garcla .......................... . D. JOSé Fernándéz-Pacheco Sánchez-Cendal .. . D. Alvaro Aparicio Guísasola ....................... . D. Mariano Herm1da Linares ......................... .. D. Gerardo Sáenz de Navarrete y' Ruiz ....... .. D. Miguel Pérez y Pérez .............................. .. D. Antonio Morillo Abril ................................ . D. Luis Artime Prieto .................................. .. D. Juan Jiménez Daza ................................. .. D. Marcelino Piñel Miguel ............................ .. D. Francisco Garcla-Revillo y Garcla .......... .. D. Bartolomé Menchén Benitez ................... .. D. Fernando de las Heras Martlnez ............. .. D. Angel Sánchez Sánchez ............................ .. D. José Poveda Murcia .................................. . D. Segundo López Martín ............................. . D. Agustín Oómez Moreno ........................... .. D. Antonio Duque Hidalgo ............................ .. D.' Celia Puente Ojea ..................................... . n. Juan Angel Allende Corcuera .................... . D. Juan Bautista Sánchez del Corral y del Rlo. D. Ce cilio Camy Sánchez-Cañete .................. .. D." Carmen Gomá Roger ................................ . D. Gabriel Hortal Sánchez ........................... .. D. José Orihuela Oonzález ............................ .. D. Pedro Amengual Pons .............................. .. D. Gerardo Font BoiK ................................... . D. Carlos García Rodríguez ......................... .. D. Severlano Montero González .... ; .............. .. D. Honorio Rodrlguez Garcia ...................... .. D. Luis Izquierdo Guillén .............................. .

Cate~orla personal

1.' 1.' 1.' 1.' 1." La

. 1." La 2." 2,a

2.' 2.' 2." 2." 2." 2." 2.' 2.' 2." 2.-2.' 2." 2.' 3.-3.' 3.' 3.-3.-3.-3.-4." 4." 4.' 4.' 4.' 4.a

MINISTERIO DE HACIENDA ORDEN de 31 de enero de 1968 por la que se dis­pone cese en el cargo de Subdirector general del Patrimonio Inmobiliario, por supresión del mismo, don Carlos Sancho Giménez de Azcdrate.

Ilmo. Sr.: De conformidad con lo establecido en el articu­lo 38 del Decreto 151/1968, de 25 de enero, y en uso de las atribuciones que le están conferidas en el apartado b) de la norma primera de la Orden Circular de la Presidencia del Go­bierno de 5 de octubre de 1957,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer cese en el cargo de Subdirector general del Patrimonio Inmobiliario en la Di­rección General del Patrimonio del Estado, por supresión del mismo, don Carlos Sancho Giménez de Azcárate, agradeciéndOle los servicios prestados.

Lo que comunico a V. 1. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. 1. muchos afios. ' Madrid. 31 enero de 1968.

ESPINOSA SAN MARTIN

Ilmo. Sr. Subsecretario de este Ministerio.

ORDEN de 31 de enero de 1968 por la que se dis­pone cese en el cargo de Subdirector general del Patrimonio Industrial y Comercial, por supresión del mismo, don Manuel Rozas Zornoza.

Ilmo. Sr.: De conformidad con lo establecido en el articu­lo 38 del Decreto 151/1968, de 25 de enero, y en uso de las atribuciones que le están conferidas en el apartado b) de la norma primera de la Orden Circular de la PreSidencia del Go­bierno de 6 de octubre de 1957,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer cese en el cargo de Subdirector general del Patrimonio Industrial y Comercial en la Dirección General del Patrimonio del Estado, por supre­sión del mismo. don Manuel Rozas Zornoza. agradeciéndole los servicios prestados.

Lo que comunico a V. l. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. l. muchos afios. Madrid, 31 de enero de 1968.

ESPINOSA SAN MARTIN

Ilmo. Sr. Subsecretario de este Ministerio.

Registro

Madrid número 6-II ................ .. Pamplona ................................ . Madrid número 3-1 ................ .. Santander .............................. ;. Madrid número 8-l-A) ............. . Tarrasa .................................. .. Madrid número 8-I-B) ........... . Valencia-Occidente I-A) ........ .. Madrid número 3-Il ............... .. Marbella ................................ .. Sevilla número 1 ................... .. Hospitalet U-A) ...................... . Vigo 1 ..................................... . Valencia~Occidente I-B) .......... . Durango ................................. .. Vigo II .................................. .. Alcázar de San Juan .............. . Cádiz ...................................... . Telde ...................................... .. Valdepeñas .............................. . Cervera (Lérida) ................... .. Segovia ................................... . Játiva .................................... .. Requena ................................. .. Don Benito ........................... .. Ejea de los Caballeros ........... . GuadiK ................................... . Borjas Blancas ....................... ..

~;lr:adi~o ........................... : .. ::::::::::::::::: Cuéllar .................................... . Yeste ...................................... .. Puebla de Alcocer ................... .. Frechilla ................................. . Villadiego ................................ . Viella ...................................... .

Resultas

Barcelona número 6-II. Las Palmas l. Alcalá de Henares. San Cristóbal de la Laguna. Alcira. Dolores. Liria. Alcoy. Albacete. Inca. La Orotava. Huelva. Pontevedra. Cartagena. Gerona. Santaié. Chinchón. Algeciras. Mula. Ciudad Real. Chiclana. Ocaña .. Lora del Río. Tarancón. Túy. Daimiel. Valencia de Don Juan. Tremp. Coria. Lalln. Carrión de los Condes. Tineo. Almagro. Tordesillas. Sedano. Puente Caldelas.

ORDEN de 31 de enero de 1968 por la gue se nom­bra Subdirector general de Coordinacion de Edifi­caciones Administrativas a don Rafael Candel Co­mas.

Ilmo. Sr.: De conformidad con lo establecido en el articu­lo 38 del Decreto 151/1968, de 25 de enero, y en uso de las atri­buciones que le estan conferidas en el apartado b) de la norma primera de la Orden Circular de la Presidencia del Gobierno de 5 de octubre de 1957,

Este Ministerio ha tenido a bien nombrar Subdirector general. de Coordinación de Edificaciones Administrativas en la Direc­ción Gene,al del Patrimonio del Estado a' don Rafael Candel Comas, del Cuerpo de Arquitectos al Servicio de la Hacienda Pública, que hasta la fecha venía desempeñando el cargo de Subdirector general de Obras y Servicios en el eK;Jresado Cen­tro directivo.

Lo que comunico a V. 1. para su conocimiento y demás efectos. Dios guarde a V. 1. muchos años. Madrid, 31 de enero de 1968.

ESPINOSA SAN MARTIN

Ilmo. Sr. Subsecretario de este Ministerio.

ORDEN de 2 de febrero de 1968 por la que se dis­pone cese en el cargo de Subdirector general de Estudios y Ordenación del Mercado, por supresión del mismo. don Ernesto Caballero Sánchez.

Ilmo. Sr.: De conformidad con lo establecido en el articu­lo 52 del Decreto 151/1968. de 25 de enero, y en uso de las atri­buciones que le están conferidas en el apartado b) de la norma primera de la Orden-circular de la Presidencia del Gobierno de 5 de octubre de 1957,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer cese en el cargo de Subdirector general de Estudios y Ordenación del Mercado, por supresión del mismo. don Ernesto Caballero Sánchez, agra­deciéndole los servicios prestados.

Lo que comunico a V.!. para su conocimiento y demás efectos. Dios guarde a V. l. muchos años. Madrid, 2 de febrero de 1968.

ESPINOSA SAN MARTIN

Ilmo. Sr. Subsecretario de este Ministerio.