auto de exequendo

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-----------EN LA CIUDAD DE OAXACA DE JUAREZ, OAXACA A DIEZ DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE------------------------------------------------------ ---------------- -----------Con el escrito de cuenta y documentos que acompaña, presentados el día veintiséis de mayo del actual mes y año, fórmese el expediente número 243/2014, y regístrese como corresponda en el Libro de Computo de Gobierno que lleva este Juzgado; comuníquese su ingreso a la Superioridad; guárdese el documento base de la acción consistente en UN TITULO DE CREDITO EN SU MODALIDAD PAGARÉ ORIGINAL, copia simple del mismo, un sobre cerrado que se dice contiene el pliego de posiciones y un traslado. Se tiene por presentada la demanda a MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ ACEVEDO, señalando como domicilio el que indica en su escrito inicial de demanda para oír y recibir toda clase de citas, documentos, valores y notificaciones, autorizando en términos del tercer párrafo del artículo 1069 del Código de Comercio al licenciado que menciona, hágasele las notificaciones en el domicilio que señala y téngasele como autorizada únicamente a la persona que señala. Visto su contenido, demandando en la Vía Ejecutiva Mercantil y en Ejercicio de la Acción Cambiaria Directa contra María Galindo Pineda, como deudora principal, reclamándole el pago de la cantidad de $220,000.00 (DOS CIENTOS VEINTE MIL PESOS CERO CENTAVOS, MONEDA NACIONAL) por concepto de suerte principal del pagaré exhibido, el pago de los intereses moratorios a razón del diez por ciento anual, el pago de gastos y costas del juicio en los términos precisados en los incisos A), B) y C) de su demanda, basándose en la relación de hechos, y con fundamento en los artículos 104 fracción II de la Constitución Federal; 1°, 5°, 1090, 1092, 1056, 1061 fracción I, 1104 fracción I, 1391, 1392, 1393, 1394 y demás aplicables al Código de Comercio, 1°, 2°, 5°, 29, 30, 109, 150 fracción I, 151, 152, 170, 171, 173, 174 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, se admite a trámite la demanda en la vía y forma propuesta, en consecuencia, SE DICTA ESTE AUTO DE EJECUCIÓN CON EFECTOS DE MANDAMIENTO EN FORMA. Por lo tanto, túrnense los presentes autos al C. Secretario Actuario o Ejecutor, a fin de que se constituya en el domicilio de la demandada, requiriéndola para que en el acto de la diligencia haga pago de inmediato al actor o a quien sus derechos represente de las prestaciones reclamadas, y de no hacerlo, embárguesele bienes de su propiedad suficientes a garantizarlas, depositando los

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Ejemplo de Auto de Exequendo en materia Mercantil

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Page 1: Auto de exequendo

-----------EN LA CIUDAD DE OAXACA DE JUAREZ, OAXACA A DIEZ DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE---------------------------------------------------------------------------------Con el escrito de cuenta y documentos que acompaña, presentados el día veintiséis de mayo del actual mes y año, fórmese el expediente número 243/2014, y regístrese como corresponda en el Libro de Computo de Gobierno que lleva este Juzgado; comuníquese su ingreso a la Superioridad; guárdese el documento base de la acción consistente en UN TITULO DE CREDITO EN SU MODALIDAD PAGARÉ ORIGINAL, copia simple del mismo, un sobre cerrado que se dice contiene el pliego de posiciones y un traslado. Se tiene por presentada la demanda a MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ ACEVEDO, señalando como domicilio el que indica en su escrito inicial de demanda para oír y recibir toda clase de citas, documentos, valores y notificaciones, autorizando en términos del tercer párrafo del artículo 1069 del Código de Comercio al licenciado que menciona, hágasele las notificaciones en el domicilio que señala y téngasele como autorizada únicamente a la persona que señala. Visto su contenido, demandando en la Vía Ejecutiva Mercantil y en Ejercicio de la Acción Cambiaria Directa contra María Galindo Pineda, como deudora principal, reclamándole el pago de la cantidad de $220,000.00 (DOS CIENTOS VEINTE MIL PESOS CERO CENTAVOS, MONEDA NACIONAL) por concepto de suerte principal del pagaré exhibido, el pago de los intereses moratorios a razón del diez por ciento anual, el pago de gastos y costas del juicio en los términos precisados en los incisos A), B) y C) de su demanda, basándose en la relación de hechos, y con fundamento en los artículos 104 fracción II de la Constitución Federal; 1°, 5°, 1090, 1092, 1056, 1061 fracción I, 1104 fracción I, 1391, 1392, 1393, 1394 y demás aplicables al Código de Comercio, 1°, 2°, 5°, 29, 30, 109, 150 fracción I, 151, 152, 170, 171, 173, 174 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, se admite a trámite la demanda en la vía y forma propuesta, en consecuencia, SE DICTA ESTE AUTO DE EJECUCIÓN CON EFECTOS DE MANDAMIENTO EN FORMA. Por lo tanto, túrnense los presentes autos al C. Secretario Actuario o Ejecutor, a fin de que se constituya en el domicilio de la demandada, requiriéndola para que en el acto de la diligencia haga pago de inmediato al actor o a quien sus derechos represente de las prestaciones reclamadas, y de no hacerlo, embárguesele bienes de su propiedad suficientes a garantizarlas, depositando los bienes conforme a derecho, y hecho que sea con las copias simples exhibidas, debidamente selladas y cotejadas, córrasele traslado y emplácese para que dentro del término de OCHO DIAS que se computará en términos del artículo 1075 del Código de Comercio, comparezca ante este Juzgado para hacer paga llana de la cantidad reclamada y costas u oponga las excepciones que tuviera para ello, lo anterior de acuerdo en lo dispuesto en el artículo 1396 del Código de Comercio, conforme a sus reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el diez de enero de dos mil catorce. Se tienen por anunciadas las pruebas que señala, cuya admisión y desahogo se reservan para el momento procesal oportuno. Conforme al artículo 11 de la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública para el Estado de Oaxaca vigente a partir del día seis de julio del año dos mil ocho, requiéranse a las partes para que en el término de tres días contados a partir de que surta efectos el presente proveído, otorguen su consentimiento por escrito para restringir la difusión y el acceso público a su información confidencial, en el entendido de que la omisión a realizar dicha manifestación, entenderá su negativa y su conformidad para que se haga pública sin supresión de datos. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE Y CÚMPLASE--------------------------------------------- Así lo acuerda y firma el C. JUEZ QUINTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE OAXACA, LICENCIADO JUAN VÁSQUEZ PÉREZ, quien actúa ante su SECRETARIO DE ACUERDOS, LICENCIADO MIGUEL JARQUÍN ALTAMIRANO quien autoriza y da fe.------------------------------------DOY FE--------------------------------------------

Page 2: Auto de exequendo

Razón.- Enseguida y misma fecha diez de junio de dos mil catorce, bajo el número de expediente 243/2014, quedó registrada la presente demanda de inicio, en el Libro de Computo de Gobierno que lleva este Juzgado.---------------------CONSTE----------------------