aspectos basicos _ indígenas

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ASPECTOS BSICOS GRUPO TNICO INDGENAS

Direccin de Desarrollo Territorial SostenibleSubdireccin de Ordenamiento y Desarrollo Territorial

Febrero 2010

www.dnp.gov.co

Direccin General Esteban Piedrahita Uribe Subdireccin General Juan Mauricio Ramrez Corts Secretara General Elizabeth Gmez Snchez Documento elaborado por Direccin de Desarrollo Territorial Sostenible Oswaldo Aharn Porras Vallejo Subdireccin de Ordenamiento y Desarrollo Territorial Luz Helena Chamorro Arboleda Asesores Ana Mara Arias Cobaleda Beatriz Elena Gmez Ochoa Rodolfo Len Cano Blandn Andrs de Hoyos Rodrguez Hernando Gonzlez Murillo

CONTENIDO

I II III IV V VI VII VIII IX X XI XII XIII XIV

COLOMBIA: UN PAS QUE RECONOCE Y PROTEGE LA DIVERSIDAD ETNICA ..................................... 1 POLTICA DE DIVERSIDAD CULTURAL Y LOS PUEBLOS INDGENAS .................................................... 3 ETNIAS O PUEBLOS INDGENAS DE COLOMBIA ...................................................................................... 4 LENGUAS INDO-AMERICANAS O INDGENAS ........................................................................................... 6 POBLACIN INDGENA DE COLOMBIA .................................................................................................... 12 ORGANIZACION TERRITORIAL DE COMUNIDADES INDGENAS .......................................................... 15 RECURSOS PARA LOS RESGUARDO INDGENAS ................................................................................. 20 LA CONSULTA PREVIA .............................................................................................................................. 22 ESPACIOS DE PARTICIPACIN ................................................................................................................ 24 ASOCIACIONES DE AUTORIDADES TRADICIONALES Y ORGANIZACIONES INDIGENAS ................. 25 PLANES DE VIDA DE LOS PUEBLOS INDGENAS ................................................................................... 34 UNA POLTICA PBLICA PARA LOS PUEBLOS INDGENAS .................................................................. 37 ETNOEDUCACION UNA POLTICA PARA LA DIVERSIDAD..................................................................... 43 ETNOSALUD: DERECHO A LA SALUD DE LOS PUEBLOS INDGENAS GARANTIZANDO LA INTEGRIDAD CULTURAL ........................................................................................................................... 43

XV XVI

PUEBLOS INDIGENAS NO CONTACTADOS O EN AISLAMIENTO VOLUNTARIO ................................. 47 DESPLAZAMIENTO FORZADO _ AUTO N 004 CORTE CONSTITUCIONAL ......................................... 49

ANEXO: DOCUMENTO EJECUTIVO: VISITA DEL RELATOR ESPECIAL DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS .......................................................................... i

I

COLOMBIA: UN PAS QUE RECONOCE Y PROTEGE LA DIVERSIDAD ETNICA

Mediante la Ley 21 de 19911, Colombia ratific el Convenio 169_ OIT, (1989, Organizacin Internacional del Trabajo), sobre pueblos indgenas y tribales, comprometindose, entre otros, a asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participacin de los pueblos interesados, una accin coordinada y sistemtica con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad. El Convenio 169 de la OIT, entiende como pueblos indgenas a los descendientes de poblaciones que habitaban en el pas o en una regin geogrfica en la poca de la conquista o la colonizacin o del establecimiento de las actuales fronteras estatales y que, cualquiera que sea su situacin jurdica, conservan todas sus propias instituciones sociales, econmicas, culturales y polticas, o parte de ellas. En el Convenio se aclara que la conciencia de su identidad indgena o tribal deber considerarse un criterio fundamental para determinar los grupos a los que se aplican las disposiciones. As mismo, que el trmino pueblos no debe interpretarse en el sentido de que tenga implicacin alguna en lo que atae a los derechos que pueda conferirse a dicho trmino en el derecho internacional. La Constitucin Poltica de 1991 introdujo varios artculos referidos a los indgenas, entre ellos: Principios fundamentales: el reconocimiento y la proteccin de la diversidad tnica y cultural de la Nacin Colombiana (Art. 7), la oficialidad de las lenguas y dialectos de los grupos tnicos en sus territorios y enseanza bilinge en las comunidades con tradiciones lingsticas propias (Art. 10). Derechos fundamentales: todas las personas gozan de derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminacin por razones de sexo, raza, origen, lengua, religin, (Art. 13). Derechos sociales, econmicos y culturales: las tierras de resguardo son inalienables, imprescriptibles e inembargables. (Art. 63); los integrantes de los grupos tnicos tendrn derecho a una formacin que respete y desarrolle su identidad cultural (Art. 68).

1 La Ley 21 de 1991(marzo 4) aprueba el Convenio nmero 169 sobre pueblos indgenas y tribales en pases independientes, adoptado por la 76a. reunin de la Conferencia General de la O.I.T., Ginebra 1989.

1

De la Nacionalidad: son nacionales colombianospor adopcin los miembros de pueblos indgenas que comparten territorios fronterizos, con aplicacin del principio de reciprocidad segn tratados pblicos (Art. 96).

Organizacin del Estado: Circunscripcin especial para asegurar la participacin de los grupos tnicos en el Senado y en la Cmara de Representantes (Arts. 171 y 176).

Jurisdicciones especiales rama judicial: Las autoridades de los pueblos indgenas podrn ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su mbito territorial de conformidad con sus normas y procedimientos, siempre que no sean contrarios a la Constitucin y Leyes (Art. 246).

Organizacin Territorial: Son entidades territoriales, los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indgenas (Art. 286). La conformacin de las entidades territoriales indgenas se har con sujecin a lo dispuesto en la ley orgnica de ordenamiento territorial los resguardos son de propiedad colectiva y no enajenable Art. 329). los territorios indgenas estarn gobernados por consejos conformados y reglamentados segn los usos y costumbres de sus comunidades y ejercen entre otras funciones la de velar por la preservacin de los recursos naturales (Art. 330).

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II

POLTICA DE DIVERSIDAD CULTURAL Y LOS PUEBLOS INDGENAS2

Como lo plantea la Unesco, la diversidad cultural es una caracterstica esencial de la humanidad, patrimonio comn que debe valorarse y preservarse en provecho de todos, pues crea un mundo rico y variado, que acrecienta la gama de posibilidades y nutre las capacidades y los valores humanos, y constituye, por lo tanto, uno de los principales motores del desarrollo sostenible de las comunidades, los pueblos y las naciones. La vitalidad de la cultura colombiana radica precisamente en su diversidad, el patrimonio ms valioso de la nacin. Afrocolombianos, raizales, palenqueros, rom o gitanos, pueblos indgenas, comunidades campesinas, mestizos, y comunidades originadas en migraciones externas enriquecen el mosaico cultural del pas. En el documento del Ministerio de Cultura se afirma que a pesar del reconocimiento constitucional de la diversidad tnica y cultural, todava persisten entre la poblacin prejuicios y prcticas de discriminacin y exclusin social por razones de pertenencia tnica, entre otras. La poltica cultural hace un especial nfasis en los grupos tnicos. La poltica de diversidad cultural, del Ministerio, contempla los siguientes objetivos especficos para los indgenas: i) contribuir con los pueblos y comunidades indgenas al fortalecimiento del ejercicio de los derechos culturales y salvaguardia de su patrimonio cultural; ii) reconocer y visibilizar el legado, valores y manifestaciones culturales de los pueblos indgenas y sus aportes a la construccin de la nacin. A continuacin se presenta un listado de las acciones identificadas en la poltica: Gestin cultural. Proteccin de la integridad cultural de pueblos en riesgo o desplazados. Desarrollo normativo. Fomento de las lenguas indgenas. Comunicacin intercultural. Emprendimiento cultural. Proteccin de los sitios sagrados.Compendio de Polticas Culturales, Ministerio de Cultura, Repblica de Colombia, Bogot, Primera edicin, enero de 2010, pags 371_ 383.2

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III

ETNIAS O PUEBLOS INDGENAS DE COLOMBIA

En el estudio elaborado por el DANE en mayo de 2007 y titulado Colombia: Una Nacin Multicultural se reconoce que la nacin colombiana es hoy en da producto del ms variado mestizaje, donde interactan la cultura y las tradiciones de los pueblos americanos, europeos y africanos y que esta situacin de diversidad hace privilegiada a Colombia respecto de los dems pases del mundo. As mismo, establece que en este contexto, se diferencian de la sociedad occidental cuatro sectores tnicos: los pueblos indgenas; las poblaciones afrocolombianas, incluidas las comunidades raizales de San Andrs y Providencia y la comunidad de San Basilio de Palenque, en el departamento de Bolvar; y el pueblo rom o gitano. En el mismo estudio del DANE se referencia que segn el censo general 2005, en Colombia residen 87 pueblos indgenas identificados plenamente; junto con personas pertenecientes a los otavaleos3 y a otros pueblos indgenas de Ecuador, Bolivia, Brasil, Ecuador, Mxico, Panam, y Per. El proceso de afianzamiento e identidad cultural ha conducido a que algunas personas se reconozcan como pertenecientes a etnias ya extinguidas como los Tayronas, Quimbayas, Calima, Yarigues, Chitareros y Panches.

3

Pueblo indgena del Ecuador que por su presencia significativa en Colombia se le asign un cdigo de etnia

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Los indgenas de Colombia habitan en 28 de los 32 departamentos del pas. En el cuadro No. 1 se muestra la distribucin de los pueblos indgenas por departamento.

Cuadro No. 1 Distribucin de la poblacin indgena segn etnias o pueblos indgenas por DepartamentoDepartamento Amazonas Pueblos Indgenas o Etnias

Andoke, barasana, Bora, Cocama, Inga, Karijona, Kawiyar, Kubeo, Letuama, Makuna, Matap, Miraa, Nonuya, Ocaina, Tanimuka, Tariano, Tikuna, Uitoto, Yagua, Yauna, Yukuna, Yuri Antioquia Embera, Embera Cham, Embera Katio, Sen, Tule Arauca Betoye, Chiricoa, Hitnu, Kuiba, Piapoco, Sikuani, Uwa Atlntico Mokana Boyac Uwa, Muisca Caldas Caamomo, Embera, Embera Cham, Embera Katio Caquet Andoke, Coreguaje, Coyaima, Embera, Embera katio, Inga, Makaguaje, Nasa, Uitoto Casanare Amora, Kuiba, Masiguare, Sliba, Sikuani, Tsiripu, Yaruros, Uwa Cauca Coconuco, Embera, Eperara Siapidara, Guambiano, Guanaca, Inga, Nasa (Pez), Totor, Yanacona Cesar Arhuaco, Kogui, Wiwa, Yuko, kankuamo Choc Embera, Embera Cham, Embera Katio, Tule, Waunan Crdoba Embera Katio, Sen Cundinamarca Muisca Guaina Kurripako, Piapoco, Puinave, Sicuani, Yeral Guaviare Desano, Guayabero, Karijona, Kubeo, Kurripako, Nukak, Piaroa, Piratapuyo, Puinave, Sikuani, Tucano, Wanano Huila Coyaima, Dujos, Nasa, Yanacona La Guajira Arhuaco, Kogui, Wayuu, Wiwa Magdalena Arhuaco, Chimila, Kogui, Wiwa Meta Achagua, Guayabero, Nasa, Piapoco, Sikuani Nario Awa, Embera, Eperara Siapidara, Inga, Kofn, Pasto Norte de Santander Bar, Uwa Putumayo Awa, Coreguaje, Embera, Embera Katio, Inga, Kamntsa, Kofn, Nasa, Siona, Uitoto Risaralda Embera, Embera Cham Santander Uwa, Guanes Sucre Sen, Tolima Coyaima, Nasa Valle del Cauca Embera, Embera Cham, Nasa, Waunan Vaups Bara, Barasana, Carapana, Desano, Kawiyar, Kubeo, Kurripako, Makuna, Nukak, Piratapuyo, Pisamira, Siriano, Taiwano, Tariano, Tatuyo, Tucano, Tuyuka, Wanano, Yurut Vichada Kurripako, Piapoco, Piaroa, Puinave, Sliba, Sikuane Fuente: DANE, Censo General 2005.

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IV

LENGUAS INDO-AMERICANAS O INDGENAS4

En Colombia se hablan 68 lenguas de grupos tnicos, las cuales se clasifican en tres tipos de lenguas nativas: 1. Las lenguas criollas habladas por agrupaciones tnicas afrodescendientes: el palenquero hablado en las comunidades palenqueras presentes en San Basilio de Palenque, Barranquilla y Cartagena que totalizan 7.998 personas5, el ingls isleo o criol sanandresano hablado por las comunidades raizales del archipilago de San Andrs, Providencia y Santa Catalina que en 2005 totalizaban 23.396 personas. 2. La lengua roman y sus variantes, habladas por las comunidades rom o gitanas, que suman 4.858 personas6. 3. Las lenguas indo-americanas o indgenas son las lenguas de los pueblos indgenas, habitantes autctonos de estos territorios antes de la llegada de los europeos. Ms de 500.000 personas que se identifican como indgenas y tienen hbitos sociales y culturales que los acreditan como tales (grupos cenes, pastos, coyaimas, yanaconas, mokans, caamomos, etc.) no hablan ninguna lengua indoamericana. En el resto de poblacin, unas 850.000 personas, hablan 65 lenguas diferentes (algunas de ellas con variaciones dialectales importantes) que los lingistas reagrupan en 21 estirpes lingsticas (13 familias lingsticas y 8 lenguas aisladas). Pocos pases tienen, en relacin a su tamao, una variedad tan grande. Estas lenguas, extremadamente variadas en su estructura, tipo y origen, son el resultado de la adaptacin de distintos grupos humanos entrados al territorio colombiano a lo largo de los ltimos 15 a 20.000 aos.

4 5

Extrado del Documento Poltica Cultural Lenguas, Ministerio de Cultura, 21/10/2009. Censo DANE 2005 6 Censo DANE 2005

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A continuacin se presenta someramente las lenguas indgenas, reagrupadas por familias o estirpes lingsticas7 y dando para cada una, una indicacin del tamao de su poblacin8 y su ubicacin aproximativa. A. Grandes familias continentales 1. familia chibcha (7 lenguas). Esta familia lingstica, de probable procedencia centroamericana, est tambin presente en Panam, Costa-Rica y Nicaragua. Su nombre proviene del pueblo que encontraron los espaoles en la regin de Bogot. En Colombia se encuentran hoy lenguas chibchas: en el Darin (lengua tule o cuna, 2.200 personas en Colombia, ms de 40.000 en Panam), en la Sierra Nevada de Santa Marta (lenguas: kogui -9.100 personas-, arhuaco o ika -21.900 personas-, damana o lengua de los wiwa -13.600 personas-, ettetara o chimila -1.600 personas), en el Catatumbo (lengua bar -5.900 personas) y en Arauca occidental (lengua uwa o tunebo -7.600 personas). 2. familia arawak (8 lenguas). Es esta familia la ms extendida en Sur Amrica. De probable procedencia centro-amaznica, se difundi en estos ltimos dos milenios por los ros tributarios del Amazonas y del Orinoco y por las costas del mar Caribe. En Colombia se encuentran lenguas arahuacas en tres reas: la Guajira (lengua way 270.000 personas en Colombia, ms de 280.000 en Venezuela), los Llanos orientales del Orinoco y la zona del ro Negro (lenguas: achagua -800 personas-, piapoco -3.500-, curripaco -6.200-, baniva del Guaina, tariano -200), la zona del ro Caquet y del Apaporis (lengua yucuna -400 personas-, lengua cabiyar -230). Parece que quedan en la zona del ro Ampiyacu del Per unos pocos hablantes de la lengua resgaro, hoy desaparecida de la zona colombiana del ro Caquet. 3. familia caribe (2 lenguas). Esta estirpe se difundi poco antes de la llegada de los espaoles desde las Guyanas por el Norte de todo el subcontinente y tambin por el Sur del Amazonas. En Colombia estuvo presente en la zona atlntica, el ro Magdalena y el Amazonas y probablemente en otras regiones tambin. Hoy subsiste un grupo en la Sierra de Perij en parte en Colombia, en parte en Venezuela (departamento del Zulia). Se le llama yuko o yukpa en Colombia en donde parece que hay unas 4.800 personas (otras tantas en Venezuela). El otro grupo caribe suprstite es el carijona, en el Amazonas. Su poblacin estimada hoy a 400 personas, muy mermada en las primeras7 Se presentan aqu parte de los datos de: Landaburu Jon, 2006, Las lenguas indgenas de Colombia: presentacin y estado del arte, Amerindia N29, Pars. 8 Los datos demogrficos de los pueblos donde se habla una lengua indgena proceden de nuestras propias fuentes (datos del autodiagnstico sociolingstico del PPDE) o del censo del DANE de 2005.

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dcadas del siglo XX, se ha venido desdibujando. Hoy solamente hablan el carijona menos de treinta personas. 4. familia quechua (3 lenguas). La presencia de lenguas de la familia Quechua en Colombia parece ser moderna. Hoy se habla el inga o ingano (15.450 personas) en el departamento de Nario (Aponte), en el valle de Sibundoy (Putumayo) y en el departamento del Caquet (alto ro Caquet, ro Fragua, ro Yuruyacu, ro Orteguaza). Se habla otra variedad de quechua cerca de Puerto Ass, en el ro San Miguel y sobre el alto ro Putumayo. Estas variedades son afines a los dialectos quichuas ecuatorianos y ms especficamente a los dialectos ecuatorianos de la selva. Aunque su expansin ros abajo es reciente, es muy posible que su presencia original en Colombia se deba a su difusin como "lengua general" por los misioneros catlicos a partir del siglo XVII. Tambin hay hablantes de variedades de quechua amaznico peruano, ro Putumayo abajo. 5. familia tup (2 lenguas). De esta gran familia presente en Brasil, Bolivia, Paraguay y Argentina, no queda sino una comunidad, los cocama, en la frontera entre Colombia, Brasil y Colombia (2.200 personas, muy pocos hablantes). Por otro lado, se han reportado cientos de hablantes de lengua geral (nheengat) sobre el ro Guaviare. B. Familias regionales 6. familia barbacoa (2 lenguas). En el Suroccidente andino, con posibles prolongaciones en el Occidente ecuatoriano (chachi o cayapa, tsafiki o colorado): guambiano (21.000 personas) del Cauca; aw o kwaiquer (25.800 personas) en el piedemonte pacfico de Nario. 7. familia choc (2 lenguas). En la costa del Pacfico, desde Panam hasta Ecuador, con incursiones en ambos pases: lengua embera con mucha variacin dialectal (ms de 80.000 personas hablantes de embera-cham, embera-cato, embera-dobid, epedara sa, etc.), ms otra lengua bien diferenciada, el waunan (8.900 personas), sobre el ro San Juan. 8. familia guahibo (3 lenguas). En los Llanos orientales colombianos y tambin venezolanos, poblaciones nmadas hoy en buena parte sedentarias. En Colombia se distinguen en los extremos del rea dos lenguas bien diferenciadas: en el norte, el hitnu o macaguane (650 personas), en el sur, el guayabero (600 personas). Entre ellas un espacio ms homogneo ocupado por el guahibo propio o sikuani (35.000 personas en Colombia) y otras lenguas cercanas (cuiba, amora, etc.).

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9. familia sliba-piaroa (2 lenguas). Grupos de los Llanos del Orinoco tempranamente catequizados por los Jesuitas en el siglo XVII. En el Occidente estn los sliba (2.200 personas), en el Oriente y tambin en Venezuela, cerca al Orinoco, estn los piaroa (700 personas en Colombia, unas 5.000 en Venezuela). 10. familia mac-puinave (5 lenguas). Agrupacin de pequeas comunidades nmadas selvticas del ro Inrida y de las selvas del Guaviare y del Vaups (lenguas yuhup, hupda, nukak, kakua) con un grupo ms sedentario a lo largo del ro Inrida: el puinave (6.400 personas). 11. familia tucano (18 lenguas). Est repartida en dos reas: occidental -Alto Caquet y Alto Putumayo-, y oriental -Alto ro Negro y Vaups. Se encuentran lenguas de esta familia en Brasil, Ecuador y Per. En Colombia, la parte occidental (unas 3.000 personas; lenguas coreguaje, siona) est muy amenazada por el mpetu de la colonizacin reciente; la parte oriental se caracteriza por prcticas sistemticas de multilingismo. En esta ltima rea son diecisis lenguas para menos de 30.000 personas: cubeo, tanimuca, tucano, desano, macuna, tatuyo, barasana, carapana, tuyuca, yurut, siriano, piratapuyo, bar, taiwano, wanano, pisamira. 12. familia witoto (3 lenguas). En los ros Caquet y Putumayo: la lengua uitoto (6.400 personas) con sus tres dialectos ms la lengua ocaina , 280 personas (tambin presente en el Per) y la lengua nonuya, casi extinta (tres hablantes). 13. familia bora (3 lenguas). Tambin en la zona Caquet-Putumayo. Lenguas muinane (550 personas), bora (900 personas) y miraa (270 personas); estas dos ltimas muy cercanas. C. Lenguas aisladas 1. En el suroccidente andino (Cauca oriental), la lengua pez o nasa (unas 186.000 personas). 2. Al borde del ro Amazonas y en la zona llamada trapecio amaznico, la lengua ticuna, extendida tambin ms all de la frontera trinacional, sobre todo en Brasil pero tambin en el Per (9.700 personas en Colombia, por lo menos 30.000 personas en total). 3. En el valle de Sibundoy (Piedemonte andino-amaznico), la lengua kamnts (4.600 personas). 4. En el Alto Putumayo, la lengua cofn hablada tambin por unas pocas comunidades ms all de la frontera con Ecuador (unas 1.700 personas).

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5. En la frontera con Per, al borde del ro Amazonas y en la zona llamada trapecio amaznico, la lengua yagua, 1.000 personas en Colombia (unas 3000 en Per). 6. En Araracuara (Amazonas), la lengua andoque (comunidad de 140 personas). 7. En la frontera con Venezuela (ro Arauca), ocasionalmente presente en Colombia, la lengua yaruro (60 personas). 8. En la Sierra de la Macarena, la lengua tinigua, al borde de la extincin, 1 hablante. De acuerdo con el Ministerio de Cultura, la situacin de las lenguas nativas en Colombia no es tan mala comparativamente a otros pases pero es de riesgo. Muchas lenguas tienen hoy an una vitalidad grande pero se debe tener en cuenta que la mitad de las lenguas habladas en Colombia lo son por grupos de menos de mil personas y estn por lo tanto en una situacin de precariedad preocupante. Este tamao demogrfico que poda no ser problemtico en pocas de aislamiento cuestiona la sostenibilidad de la lengua en nuestra poca de intercambios intensos. A este factor de riesgo se aade las condiciones de vida ms frecuentes de estas poblaciones, es decir la pobreza, la irrupcin de la modernidad con las explotaciones consabidas, los conflictos armados, etc., que las fragilizan en exceso y suelen llevar en muchos casos a la prdida de transmisin de las tradiciones de su vida colectiva, entre ellas su lengua. De manera preliminar y en espera de los resultados precisos del diagnstico sociolingstico que se ha empezado a organizar en todo el pas, el Ministerio de Cultura a la fecha ha identificado lo siguiente: Cinco lenguas estn casi extintas pues ya no tienen casi hablantes. Estas son las lenguas: tinigua (1 hablante?), nonuya (3 hablantes), carijona (ms o menos 30 hablantes pasivos), totor (4 hablantes activos, 50 hablantes pasivos), pisamira (ms o menos 25 hablantes). Por lo menos otras 19 lenguas estn en serio peligro. Estas son : achagua, hitn, andoke, bora y miraa, ocaina, cocama, nukak, yuhup, siona, coreguaje, sliba, cofn, muinane, cabiyar, guayabero, ette o chimila, kamnts, criollo de San Basilio de Palenque. Al otro extremo, muchas lenguas tienen una buena vitalidad y se transmiten a las nuevas generaciones pero hay seales de peligro y se debe construir su sostenibilidad. Entre estas estn las lenguas: waynaiki, kogui, arhuaco, wiwa, tule o cuna, bar, uwa, sikuani,

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curripaco, puinave, cubeo, tucano, wounan, embera, ingano, criol de San Andrs y Providencia. Entre el gran peligro y la buena salud relativa de estas ltimas, la mayora de las otras lenguas est en una situacin de equilibrio inestable y su suerte se va a definir en los veinte o treinta aos que vienen. Entre estas estn las siguientes: uitoto, ticuna, yukuna, yukpa, muchas lenguas del Vaups, piapoco, cuiba, etc. Es importante mencionar que en enero 25 de 2010 se expidi la Ley 1381 que desarrolla los artculos 7, 8, 10 y 70 de la Constitucin Poltica, y los artculos 4, 5 'y 28 de la Ley 21 de 1991 (que aprueba el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indgenas y tribales), y dicta normas sobre reconocimiento, fomento, proteccin, uso, preservacin y fortalecimiento de las lenguas de los grupos tnicos de Colombia y sobre sus derechos lingsticos y los de sus hablantes. El Ministerio de Cultura en el marco de su Poltica de Lenguas Nativas tiene como objetivo crear condiciones favorables a la conservacin del uso de dichas lenguas en sus mbitos tradicionales y a la ampliacin de este uso a mbitos modernos, al manejo del bilingismo equilibrado entre el castellano y las lenguas nativas, a la proteccin de los derechos lingsticos de los habitantes de lenguas nativas. Por su parte, el Ministerio de Educacin Nacional, en su Poltica de Atencin Educativa a Grupos tnicos, contempla los proyectos etnoeducativos cuyos propsitos son el fortalecimiento cultural de los pueblos, las culturas y sus respectivos idiomas o lenguas en el marco de las polticas de cobertura, pertinencia, eficiencia y calidad. El Ministerio de la Tecnologa de la Informacin y la Comunicaciones en cumplimiento del mandato legal de la Ley 335 de 1996 de garantizar a los grupos tnicos el acceso permanente al uso del espectro electromagntico y a los servicios pblicos de telecomunicaciones y medios masivos de comunicacin del Estado y creacin de sus propios medios de comunicacin, viene otorgando licencias de funcionamiento para emisoras indgenas. Conjuntamente con el Ministerio de Cultura y Fonade, entre los aos 2002 y 2006 se desarroll el programa Comunidad Seal de Cultura y Diversidad con el fin de apoyar el desarrollo de estrategias comunicativas a travs de la provisin tcnica y la capacitacin de las emisoras indgenas.

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V

POBLACIN INDGENA DE COLOMBIA

De cuerdo con la informacin del censo DANE 2005 la cual se detalla en el cuadro No. 2, en el pas se auto reconocieron 1.392.623 personas como indgenas, lo que representa el 3,36% de la poblacin total del pas. Cabe anotar que todos los departamentos cuentan con registro de esta poblacin en mayor o menor cantidad.

Pertenencia a grupo tnicoRom 0,01% Indgenas 3,36%

Raizal 0,07% Palenquero 0,02% Negro, mulato, afrocolombiano 10,31%

Ninguno 86,23%

Censo DANE, 2005

El 60% de esta poblacin est concentrada en los departamentos de La Guajira, Cauca, Nario y Crdoba.Departamentos que concentran la mayor poblacin indgena del pas

Otros 40%

La Guajira 20%

Cauca 18% Crdoba 11% Nario 11% Censo DANE, 2005

12

Mapa 1 Concentracin Poblacin Indgena

62 - 7.401 7.402 - 19.000 38.271- 19.001 38.272 - 82.934 82.935 - 278.212

Los departamentos que a su interior tienen poblacin indgena significativa en cantidad son Guaina, Vaups, La Guajira, Amazonas, Vichada, Cauca, y Putumayo. Los municipios con mayor poblacin indgena del pas son Uribia en la Guajira y San Andrs de Sotavento en Crdoba.

Departamentos con poblacin mayoritariamente indgena70% 60% 50% 40% 30% 20% 10% Amazonas 0% Guaina Vaups Guajira La Putumayo Vichada Cauca 61,69%

58,10% 42,41% 40,47%

39,61%

21,03%

18,77%

13

Cuadro No. 2 Poblacin Indgena por Departamento Datos censo 2005Departamento Amazonas Antioquia Arauca Atlntico Bogot Bolvar Boyac Caldas Caquet Casanare Cauca Cesar Choc Crdoba Cundinamarca Guaina Guaviare Huila La Guajira Magdalena Meta Nario Norte de Santander Putumayo Quindo Risaralda San Andrs Santander Sucre Tolima Valle Vaups Vichada Total Nacional Total Poblacin pas 46.950 5.601.507 153.028 2.112.001 6.778.691 1.836.640 1.210.982 898.490 337.932 281.294 1.182.022 878.437 388.476 1.462.909 2.228.682 18.797 56.758 1.001.476 655.943 1.136.819 713.772 1.498.234 1.208.336 237.197 518.691 859.666 59.573 1.913.444 762.263 1.312.304 4.052.535 19.943 44.592 41.468.384 Total % indgenas poblacin con respecto Indgenas al pas 19.000 1,4% 28.914 2,1% 3.279 0,2% 27.972 2,0% 15.032 1,1% 2.066 0,1% 5.859 0,4% 38.271 2,7% 5.026 0,4% 4.102 0,3% 248.532 17,8% 44.835 3,2% 44.127 3,2% 151.064 10,8% 7.401 0,5% 11.595 0,8% 2.117 0,2% 10.335 0,7% 278.212 20,0% 9.045 0,6% 8.988 0,6% 155.199 11,1% 7.247 0,5% 44.515 3,2% 2.145 0,2% 24.810 1,8% 62 0,0% 2.389 0,2% 82.934 6,0% 55.987 4,0% 22.313 1,6% 11.587 0,8% 17.663 1,3% 1.392.623 100% % de indgenas con respecto al departamento 40% 1% 2% 1% 0% 0% 0% 4% 1% 1% 21% 5% 11% 10% 0% 62% 4% 1% 42% 1% 1% 10% 1% 19% 0% 3% 0% 0% 11% 4% 1% 58% 40% 3%

Fuente: DANE, Censo General 2005. Los datos de proyeccin de poblacin tnica no estn disponibles y requieren un ejercicio especial del DANE.

Vale la pena anotar que Colombia tiene poblacin indgena en todas las fronteras y que el 35% dicha poblacin indgena habita en municipios fronterizos principalmente en la frontera con Venezuela (25%)

14

VI

ORGANIZACION TERRITORIAL DE COMUNIDADES INDGENAS

De acuerdo con las cifras del DANE, Censo 2005, el 79% de la poblacin indgena se ubica en el rea rural del pas, en los resguardos indgenas legalmente constituidos, en las parcialidades indgenas, o en territorios no delimitados legalmente. Se encuentran ubicados en las regiones naturales como la selva, las sabanas naturales de la Orinoquia, los Andes colombianos, en los valles interandinos y en la planicie del caribe9.

A. Resguardos Indgenas

La historia de los resguardos en Colombia parte de la Colonia, poca en la cual la corona espaola pretendi proteger la declinante poblacin indgena con el fin de asegurar la mano de obra para la economa colonial. De esa poca subsisten cerca de 50 resguardos especialmente en los departamentos de Cauca y Nario. Ya en tiempos recientes la figura estaba olvidada y fue revivida con el objeto de proteger a una poblacin indgena creciente y organizada10.

El reconocimiento constitucional de la propiedad colectiva del resguardo tiene como propsito la preservacin de las culturas indgenas. Los artculos 63 y 329 de la Constitucin establecen que las tierras de resguardo son inalienables, imprescriptibles e inembargables. Los resguardos son de propiedad colectiva, y no enajenables.

La Ley 160 de 1994, por la cual se crea el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural, orienta los aspectos relacionados con los resguardos indgenas y establece que el INCORA11 estudiar las necesidades de tierras de las comunidades indgenas, llevar a cabo el estudio de los ttulos con el fin de establecer la existencia legal de los resguardos. Con tal objeto constituir o ampliar resguardos de tierras y proceder al saneamiento de aquellos que estuvieren ocupados por personas que no pertenezcan a la respectiva parcialidad. As mismo, reestructurar y ampliar los resguardos de origen colonial.

Estudio del DANE Colombia una Nacin Multicultural, 2007. Funcin ecolgica de la propiedad de los resguardos indgenas de Colombia, Convenio entre el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Rural y la Universidad del Rosario, Bogot, octubre de 2004 11 Mediante Decreto 1300 de 2003 se crea el INCODER. para desarrollar los objetivos que cumplan las entidades u organismos que se supriman, escindan, fusionen o transformen, cuando a ello haya lugar entre ellos los del INCORA)10

9

15

En Colombia hay constituidos 735 resguardos en 27 departamentos con una poblacin de 1.042.579 indgenas (Ver cuadro No. 3). Cabe anotar que un resguardo puede hacer parte de varios municipios y el 55.8% de la poblacin en resguardos est ubicada en los departamentos de La Guajira, Cauca y Nario. Por su parte, el INCODER reporta que los resguardos ocupan una extensin aproximada de 32 millones de hectreas (27,34% del territorio nacional). Cuadro No. 3 Poblacin Indgena por resguardo Proyecciones de poblacin DANE - vigencia 2010 con corte a diciembre 30 de 2009Departamento Amazonas Antioquia Arauca Atlntico Bogot Bolvar Boyac Caldas Caquet Casanare Cauca Cesar Choc Crdoba Cundinamarca Guaina Guaviare Huila La Guajira Magdalena Meta Nario Norte de Santander Putumayo Quindo Risaralda San Andrs Santander Sucre Tolima Valle Vaups Vichada Total Nacional Total Poblacin resguardos 26.834 18.890 4.304 53.220 7.485 6.609 230.262 42.411 53.081 50.322 16.646 10.043 6.596 234.205 8.138 10.826 122.002 4.797 25.834 10.366 910 17.546 23.014 9.763 18.972 29.503 1.042.579 % indgenas en resguardos por departamento 2.6% 1.8% 0.4% 5.1% 0.7% 0.6% 22.1% 4.1% 5.1% 4.8% 1.6% 1.0% 0.6% 22.5% 0.8% 1.0% 11.7% 0.5% 2.5% 1.0% 0.1% 1.7% 2.2% 0.9% 1.8% 2.8% 100%

16

B. Territorio, Parcialidad, Reserva, Autoridad Tradicional y Cabildo Indgena

El Decreto 2164 de 1995 por el cual se reglamenta parcialmente el Captulo XIV de la Ley 160 de 1994 en lo relacionado con la dotacin y titulacin de tierras a las comunidades indgenas presenta las siguientes trminos y definiciones para efectos de la implementacin del Decreto:

TERRITORIOS INDGENAS: Son las reas posedas en forma regular y permanente por una comunidad, parcialidad o grupo indgenas y aquellas que, aunque no se encuentren posedas en esa forma, constituyen el mbito tradicional de sus actividades sociales, econmicas y culturales.

COMUNIDAD O PARCIALIDAD INDGENA: Es el grupo o conjunto de familias de ascendencia amerindia, que tienen conciencia de identidad y comparten valores, rasgos, usos o costumbres de su cultura, as como formas de gobierno, gestin, control social o sistemas normativos propios que la distinguen de otras comunidades, tengan o no ttulos de propiedad, o que no puedan acreditarlos legalmente, o que sus resguardos fueron disueltos, divididos o declarados vacantes.

RESERVA INDGENA: Es un globo de terreno baldo ocupado por una o varias comunidades indgenas que fue delimitado y legalmente asignado por el Incora a aquellas para que ejerzan en l los derechos de uso y usufructo con exclusin de terceros. Las reservas indgenas constituyen tierras comunales de grupos tnicos, para los fines previstos en el artculo 63 de la Constitucin Poltica y la Ley 21 de 1991.

AUTORIDAD TRADICIONAL: Las autoridades tradicionales son los miembros de una comunidad indgena que ejercen, dentro de la estructura propia de la respectiva cultura, un poder de organizacin, gobierno, gestin o control social.

CABILDO INDGENA: Es una entidad pblica especial, cuyos integrantes son miembros de una comunidad indgena, elegidos y reconocidos por sta, con una organizacin socio poltica tradicional, cuya funcin es representar legalmente a la comunidad, ejercer la autoridad y realizar las actividades que le atribuyen las leyes, sus usos, costumbres y el reglamento interno de cada comunidad.

17

C. Funciones de los territorios indgenas

El Artculo 330 de la Constitucin determina que los territorios indgenas estarn gobernados por consejos conformados y reglamentados segn los usos y costumbres de sus comunidades y ejercern las siguientes funciones:

1. Velar por la aplicacin de las normas legales sobre usos del suelo y doblamiento de sus territorios. 2. Disear las polticas y los planes y programas de desarrollo econmico y social dentro de su territorio, en armona con el plan nacional de desarrollo. 3. Promover las inversiones pblicas en sus territorios y velar por su debida ejecucin. 4. Percibir y distribuir sus recursos. 5. Velar por la preservacin de los recursos naturales. 6. Coordinar los programas y proyectos promovidos por las diferentes comunidades en su territorio. 7. Colaborar con el mantenimiento del orden pblico dentro de su territorio de acuerdo con las instrucciones y disposiciones del Gobierno Nacional.18

8. Representar a los territorios ante el Gobierno Nacional y las dems entidades a las cuales se integren. 9. Las que les sealen la Constitucin y la Ley. PAR. _ La explotacin de los recursos naturales en los territorios indgenas se har sin desmedro de la integridad cultural, social y econmica de las comunidades indgenas. En las decisiones que se adopten respecto de dicha explotacin, el Gobierno propiciar la participacin de los representantes de las respectivas comunidades.

D. Funcin Social y Ecolgica de la Propiedad

La Ley 160 de 1994 determina que las tierras constituidas con el carcter legal de resguardo indgena quedan sujetas al cumplimiento de la funcin social y ecolgica de la propiedad, conforme a los usos, costumbres y cultura de sus integrantes.

De acuerdo con lo anterior el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial estipula que los resguardos indgenas de nuestro pas tienen la responsabilidad de garantizar la continuidad de las dinmicas ecolgicas naturales, la conservacin de la biodiversidad, los bosques, el agua, el aire y el suelo, as como la garanta de supervivencia de las comunidades indgenas, con las posibilidades de reproducirse fsica y culturalmente. As mismo, considera que el fortalecimiento de esta funcin ejercida tradicionalmente por los indgenas junto al requisito de exigirse la certificacin de su cumplimiento para la ampliacin o saneamiento de los resguardos, es de importancia nacional para el desarrollo sostenible.

El Ministerio tambin reconoce que las comunidades indgenas colombianas son portadoras de un importante patrimonio cultural ligado con las formas de uso y manejo de los recursos naturales, el conocimiento tradicional acerca de plantas y animales as como de tcnicas y estrategias de manejo y conservacin los cuales cumplen una importante funcin en la mayora de los resguardos.

19

VII

RECURSOS PARA LOS RESGUARDO INDGENAS

A. Recursos del Sistema General de Participaciones para los Resguardos Indgenas

La Ley 715 de Diciembre 21 de 2001 por la cual se dictan normas orgnicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artculos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitucin Poltica, reglamenta lo relacionado con el Sistema General de Participaciones (SGP).

El SGP corresponde a los recursos que la Nacin transfiere, a las entidades territoriales, para la financiacin de los servicios a su cargo, en salud, educacin, entre otros. El 96% de estos recursos se distribuyen sectorialmente y el 4% son asignaciones especiales entre ellas las correspondientes a los resguardos indgenas (0.52%) como se observa en la siguiente figura:

SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES

ASIGNACIONES ESPECIALES 4% Alimentacin Escolar(Municipios y Distritos)

DISTRIBUCIN SECTORIAL 96% Educacin(Departamentos, Municipios y Distritos)

Primera Infancia

Puntos AdicionalesRgimen Subsidiado (Municipios y Distritos) Salud Pblica (Dptos, Mpios y Distos) Prestacin de Servicios (Dptos, Mpios y Distos)

0.5% Ribereos Ro Magdalena(Municipios y Distritos)

58.5% Salud(Departamentos, Municipios y Distritos)

0.08% Resguardos Indgenas(Poblacin Indgena de los Resguardos)

24.5% Agua Potable(Departamentos, Municipios y Distritos)

0.52% Fondo de Pensiones Territoriales(Departamentos, Municipios y Distritos)

5.4% Propsito General *(Municipios y Distritos)

2.9%* Composicin definida por la Ley 715 de 2001, Acto Legislativo 04 de 2007 y Ley 1176 de 2007

11.6%

El artculo 83 de la Ley determina que los recursos para los resguardos indgenas se deben distribuir en proporcin a la participacin de la poblacin de la entidad o resguardo indgena, en el total de poblacin indgena reportada por el Incora al DANE. Esta ltima entidad elabora las proyecciones anuales y las reporta al DNP para la distribucin del SGP en el Conpes.

20

Los recursos asignados a los resguardos indgenas, son administrados por el municipio en el que se encuentra el resguardo indgena. Cuando este quede en jurisdiccin de varios municipios, los recursos sern girados a cada uno de los municipios en proporcin a la poblacin indgena que comprenda.

Sin embargo, estos recursos deben manejarse en cuentas separadas a las propias de las entidades territoriales y para su ejecucin debe celebrarse un contrato entre la entidad territorial y las autoridades del resguardo, antes del 31 de diciembre de cada ao, en el que se determine el uso de los recursos en el ao siguiente (Copia de dicho contrato se enviar antes del 20 de enero al Ministerio del Interior).

La Ley tambin determina que cuando los resguardos se erijan como Entidades Territoriales Indgenas, sus autoridades recibirn y administrarn directamente la transferencia.

Los recursos de la participacin asignados a los resguardos indgenas deben destinarse prioritariamente a satisfacer las necesidades bsicas de salud incluyendo la afiliacin al Rgimen Subsidiado, educacin preescolar, bsica primaria y media, agua potable, vivienda y desarrollo agropecuario de la poblacin indgena.

Las secretaras departamentales de planeacin, o quien haga sus veces, deber desarrollar programas de capacitacin, asesora y asistencia tcnica a los resguardos indgenas y autoridades municipales, para la adecuada programacin y uso de los recursos.

Cabe resaltar que la participacin asignada a los resguardos indgenas no exime a los departamentos, distritos o municipios de asignar los recursos del SGP en razn de la poblacin atendida y por atender en condiciones de eficiencia y de equidad.

21

B. Recursos de Regalas para los Resguardos Indgenas

La Ley 756 de 2002 sobre regalas establece en su artculo 11 que cuando en un resguardo indgena o en un punto ubicado a no ms de cinco (5) kilmetros de la zona del resguardo indgena, se exploten recursos naturales no renovables, el cinco por ciento (5%) del valor de las regalas12 correspondientes al departamento por esa explotacin, y el veinte por ciento (20%) de los correspondientes al municipio, se asignarn a inversin en las zonas donde estn asentados las comunidades indgenas y se utilizarn en los trminos establecidos en el artculo 15 de la Ley 141 de 1994.

As mismo, estipula en el pargrafo que cuando el resguardo indgena sea una entidad territorial, podr recibir y ejecutar los recursos directamente, en caso diferente, los recursos sern recibidos y ejecutados por los municipios en concertacin con las autoridades indgenas por el respectivo municipio, atendiendo lo establecido en el presente artculo.

A la fecha de elaboracin de este documento, la Direccin de Regalas del DNP, viene adelantando un proceso de revisin del proyecto de Decreto que reglamenta el artculo 11 de la Ley 756 de 2002.

VIII

LA CONSULTA PREVIA

La Consulta Previa, es un derecho colectivo de los pueblos indgenas y otros grupos tnicos del pas. Segn la Corte Constitucional, Sentencia C_891 de 2002, la Consulta Previa en cuanto derecho fundamental, individual y colectivo, de los grupos tnicos constituye un instrumento bsico para preservar la integridad tnica, social y cultural de las comunidades y asegurar su subsistencia como grupo social.

12 Contraprestacin econmica que recibe el Estado por la explotacin de un recurso natural no renovable cuya produccin se extingue por el transcurso del tiempo. Las regalas son un beneficio econmico importante para el Estado y sus entidades territoriales.

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Este derecho est cimentado en la Constitucin Poltica de 1991, la Ley 21 de 1991 que ratifica el Convenio nmero 169 de la OIT, la Ley 70 de 1993 sobre comunidades negras y la Ley 99 de 1993 sobre Medio Ambiente.

De conformidad con el Convenio 169_OIT, los gobiernos debern realizar la Consulta Previa con los pueblos indgenas y tribales en los siguientes casos:

Cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente (Art. 6).

Antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospeccin o explotacin de los minerales o de los recursos del subsuelo, de propiedad del Estado, existentes en las tierras de dichos pueblos (Art. 15).

Cuando excepcionalmente deban ser trasladados o reubicados de las tierras que ocupan, lo cual slo deber efectuarse con su consentimiento, dado libremente y con pleno conocimiento de causa. (Art. 16).

Debern respetarse las modalidades de transmisin de los derechos sobre la tierra entre los miembros de los pueblos interesados establecidas por dichos pueblos y deber consultarse a los pueblos interesados siempre que se considere su capacidad de enajenar sus tierras o de transmitir de otra forma sus derechos sobre estas tierras fuera de su comunidad (Art. 17).

Cuando se elaboren los estudios sobre la organizacin y el funcionamiento de los programas de formacin profesional los cuales debern basarse en el entorno econmico, las condiciones sociales y culturales y las necesidades concretas de los pueblos interesados (Art. 22).

Cuando estos pueblos decidan ejercer sus derechos de crear instituciones y medios de educacin propios, siempre que tales instituciones satisfagan las normas mnimas establecidas por la autoridad competente en consulta con esos pueblos (Art. 27).

Cuando no sea viable ensear a los nios de los pueblos interesados a leer y a escribir en su propia lengua indgena o en la lengua que ms comnmente se hable, las autoridades competentes debern celebrar consultas con esos pueblos con miras a la adopcin de medidas que permitan alcanzar este objetivo (Art. 28).

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As mismo el Convenio establece en el artculo 7, que dichos pueblos debern participar en la formulacin, aplicacin y evaluacin de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente.

El Decreto 1320, establece el procedimiento para hacer la consulta previa en materia de licencias ambientales o establecimiento de planes de manejo ambiental. As mismo, para hacer la consulta previa en materia de permisos de uso, aprovechamiento o afectacin de recursos naturales renovables.

El Ministerio del Interior y de Justicia trabaja actualmente en un proyecto de Ley para reglamentar la consulta previa con los grupos tnicos en el marco del Convenio 169 de la OIT, la Constitucin y las Leyes del pas.

IX

ESPACIOS DE PARTICIPACIN

Senado: Circunscripcin especial para la eleccin de senadores por las comunidades indgenas bajo el sistema de cuociente electoral. Los candidatos deben haber ejercido un cargo de autoridad tradicional en su respectiva comunidad o haber sido lder de una organizacin indgena.

Cmara: Circunscripcin especial para asegurar la participacin en la Cmara de representantes de los grupos tnicos (un representante por los indgenas).

Instancias Nacionales de Planeacin _ Consejo Nacional de Planeacin: Entre otros, se tiene establecido un representante por los indgenas y se tiene previsto un representante por las entidades territoriales indgenas (una vez creadas stas sean creadas)13.

Consejo Nacional Ambiental (CNA): Con la creacin del Ministerio del Medio Ambiente mediante Ley 99 de 1993, se crea el CNA integrado entre otros, por...un representante de las13 El Consejo Nacional de Planeacin es convocado por el Gobierno a conformarse una vez el Presidente haya tomado posesin de su cargo. Integrado por aquellas personas designadas por el Presidente de la Repblica, de listas que le presenten las correspondientes autoridades y organizaciones

24

comunidades indgenas... Por su parte, el Consejo Directivo de las Corporaciones Autnomas Regionales (CAR) incluye un representante de las comunidades indgenas o etnias tradicionalmente asentadas en el territorio de jurisdiccin de la Corporacin, elegido por ellas mismas.

Comisin Nacional de Territorios Indgenas: Creada mediante Decreto 1397 de 1996, adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Integrada por representantes de los Ministerios de Agricultura, Interior y de Justicia, Hacienda, DNP, Incora (hoy INCODER), la Organizacin Nacional Indgena de Colombia ONIC, la Organizacin de Pueblos Indgenas de la Amazonia Colombiana OPIAC, la Confederacin Indgena Tairona; un delegado por cada Regin Administrativa de Planificacin que se conforme de acuerdo con el artculo 306 de la Constitucin.

Mesa Permanente de Concertacin con los pueblos y organizaciones Indgenas: Tiene por objeto concertar entre stos y el Estado todas las decisiones administrativas y legislativas susceptibles de afectarlos, evaluar la ejecucin de la poltica indgena del Estado, sin perjuicio de las funciones del Estado, y hacerle seguimiento al cumplimiento de los acuerdos a que all se lleguen.Creada mediante Decreto 1397 de 1996, adscrita al Ministerio del Interior, integrada por representantes del Ministerio del Interior, de Agricultura y Desarrollo Rural, del Medio Ambiente (Hoy Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial), de Hacienda, Desarrollo Econmico (Hoy Comercio, Industria y Turismo), Minas y Energa, Salud (Hoy Proteccin Social), Educacin Nacional, Departamento Nacional de Planeacin, Organizacin Nacional Indgena de Colombia ONIC, Organizacin de Pueblos Indgenas de la Amazonia Colombiana OPIAC, Confederacin Indgena Tairona, un delegado por cada Regin Administrativa de Planificacin que se conforme de acuerdo con el artculo 306 de la Constitucin.

X

ASOCIACIONES DE AUTORIDADES TRADICIONALES Y ORGANIZACIONES INDIGENAS

En el ao 1993, el Gobierno Nacional expidi el Decreto 1088, por el cual se regula la creacin de las asociaciones de Cabildos y/o Autoridades Tradicionales Indgenas. En el marco de este Decreto se han reconocido 292 organizaciones, las cuales se presentan a continuacin:

25

ENTIDAD TERRITORIAL Amazonas Antioquia Arauca Bogota Boyac Caldas Caquet Casanare Cauca Crdoba Cesar Choc Guaina Huila La Guajira Meta Nario Putumayo Tolima Valle del Cauca Vaups Vichada TOTAL ORGANIZACIONESENTIDAD TERRITORIAL ANTIOQUIA (1 asociacin) ENTIDAD TERRITORIAL ARAUCA (2 asociaciones) ASCATIDAR ASOCATA 2. 3. OIA 1.

Nmero de asociaciones 15 1 2 1 1 1 3 1 14 4 2 21 3 2 186 2 7 7 4 2 10 3 292

1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22.

ORGANIZACIN

Organizacin Indgena de Antioquia

ORGANIZACIN

Asociacin de Cabildos y Autoridades Tradicionales Indgenas del Departamento de Arauca Asociacin de Capitanas Tradicionales de Arauca

26

ENTIDAD TERRITORIAL AMAZONAS14 (15 asociaciones) 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18.

ORGANIZACIN

ACIMA ACIYA AIPEA OIMA PANI COINPA CRIMA AIZA CIMTAR AZCAITA AZICATCH ASOAINTAM ACITAM ATICOYA

Asociacin de artesanos indgenas de la Chorrera Asociacin de capitanes indgenas del Miriti Amazonas Asociacin de Capitanes Indgenas de Yaigoje y Bajo Apaporis Asociacin de Autoridades Indgenas de La Pedrera Amazonas Asociacin de Cabildos de la Organizacion Indgena Murui del Amazonas Asociacin de Autoridades Tradicionales Indgenas Bora-MiraaPiine Aaweju Niimue Liachimua Asociacin Consejo Indgena de Puerto Alegra Consejo Regional Indgena del Medio Amazonas Asociacin de Autoridades Indgenas de la zona de Puerto Arica Asociacin de Cabildo Indgena Mayor de Tarapac Resguardo Cothue Putumayo Asociacin Zonal de Consejo de Autoridades Indgenas de Tradicin Autctono Asociacin Zonal de Cabildos y autoridades tradicionales de La Chorrera Asociacin Autoridades Tradicionales Indgenas Tarapac Amazonas Asociacin de Cabildos Indgenas del Trapecio Amaznico Asociacin de Autoridades Indgenas ORGANIZACIN

ENTIDAD TERRITORIAL BOGOT (1 asociacin) ENTIDAD TERRITORIAL BOYAC (1 asociacin) ENTIDAD TERRITORIAL CALDAS (1 asociacin) ENTIDAD TERRITORIAL CAQUET (3 asociaciones) TANDACHIRIDU THE WALA CRIOMC 22. 23. 24. ACICAL 21. 20. ASCAI 19.

Asociacin de Cabildos Indgenas

ORGANIZACIN

Asociacin de autoridades Tradicionales Uwa

ORGANIZACIN

Asociacin de Cabildos Indgenas de Caldas

ORGANIZACIN

Asociacin de Cabildos Indgenas Tandachiridu Inganokuna. Asociacin de Cabildos Indgenas Cacicazgos Asociacin de Cacicazgos Consejo Regional Indgena del Orteguaza Medio Caquet ORGANIZACIN

ENTIDAD TERRITORIAL CASANARE (1 asociacin) ASAISOC 25.

Asociacin de autoridades Tradicionales Indgenas Salivas De Orocu Casanare

14 La OPIAC Organizacin de los Pueblos Indgenas de la Amazonia Colombiana, no se contabiliza en las organizaciones de autoridades tradicionales y cabildo del Amazonas, dado su carcter privado.

27

ENTIDAD TERRITORIAL CAUCA (14 asociaciones) ACIESCA AIC 26. 27. 28. 29. 30. 31. 32. 33. 34. 35. 36. 37. 38. 39.

ORGANIZACIN

NASA USS ACIN TOTOGUAM PA

Asociacin De Cabildos Indigenas Eperara-Siapidara Del Cauca Asociacin Indgena Del Cauca Nukanchipa Atukunapa Alpa Proyecto Nasa Asociacin Indgena De Cabildos De Toribio, Tacuey Y San Francisco Asociacin de Autoridades Territoriales de los Reasentamientos lel Cauca Nasa Uss Asociacin De Cabildos Indigenas De La Zona Norte Del Cauca Asociacin De Autoridades Indgenas Del Oriente Caucano Genaro Sanchez Asociacion De Cabildos De Resguardos Juan Tama Asociacin De Cabildos Asociacin De Cabildos Nasa C'ha C'ha (Fuerza Pez) Teech Juencha Yuunisa Sec Cjeenijuwe'sh Atizo Asociacin De Cabildos Indigenas Consejo Regional Indigena Del Cauca Organizacin Zona Baja Eperara Siapidara ORGANIZACIN

NASA C'HA C'HA UKAWE'S NASA C' HAB CRIC OZBESCAC ENTIDAD TERRITORIAL CHOC (21 asociaciones) CAMAWA OREWA EYAPIDARA JOOIN KIIRJUG ADAEB ACIABNA ACIABCOT DOBIDA ACIRC CATRU DRUA WANDRA KATIO ACIQ ACIMEBA ACIOKENDO ACILLORO DAUBANA ACIRDU ASAIBA ACIRUP OPIC

40. 41. 42. 43.

44. 45. 46. 47. 48. 49. 50. 51. 52. 53. 54. 55. 56. 57. 58. 59. 60.

Asociacin De Autoridades Wounaan Del Pacifico Asociacin De Cabildos Indgenas Embera Wounaan Katio, Chami Y Tule Del Departamento Del Choc Asociacin De Cabildos Indgenas De Pared-Parecito Asociacin De Cabildos Del Pueblo Wounaan Del Medio San Juan (Antes Nonam Asociacion De Autoridades Indigenas Del Pueblo Wounamm) Asociacin De Autoridades Embera Del Bajo Baud Asociacin De Cabildos Indgenas Del Alto Baud Nauca-Apartado Asociacin De Cabildos Indgenas Del Alto Baud Condoto-TaxiAciabcot Asociacin De Autoridades Indgena Rio Cugucho Y Tambo Pavarando, Alto Baudo Asociacin De Acabildos Indigena Del Rio Catru Asociacin De Cabildos Y Autoridades Indigenas Cabildo Mayor De La Zona Catru Asociacin De Autoridades Indigenas De Bojaya Drua Wandra Asociacin De Cabildos Indgenas De Carmen De Atrato Katio Asociacin De Cabildos Indgenas De Quibdo-El Tigre-La Lomita Gurundo Aciq Asociacin De Cabildos Indgenas Del Medio Baudo CaimitalChigorodo Acimeba Asociacin De Autoridades Tradicionales Aciokendo Asociacin De Cabildos Indgenas De Llor Acilloro Asociacin De Cabildos Indigenas Del Municpio Dell Carmen De Atrato Daubana Asociacin De Cabildos Indigenas Del Rio Dubaza Asociacin De Cabildos Indigenas Del Bajo Baudo Asociacin De Cabildos Indgenas Del Resguardo Uva-Pogue Acirup Asociacin De Autoridades Tradicionales Indigenas

28

ENTIDAD TERRITORIAL CESAR (2 asociaciones) ENTIDAD TERRITORIAL CORDOBA (4 asociaciones) MANEXKA 63. 64. 65. 66. ENTIDAD TERRITORIAL GUAINA (3 asociaciones) AIRAI WAYURI 67. 68. DUSAKAWI SEKEIMU 61. 62.

ORGANIZACIN

Asociacin De Cabildos Indigenas Del Cesar Asociacin De Autoridades Tradicionales Yukpas Serrana De Perija ORGANIZACIN

Asociacin de Cabildos del Resguardo Indgena Zenu de San Andrs de Sotavento Cordoba y Sucre Asociacin de Cabildos Indgenas Zenu San Pedro de Alcantara Asociacin De Autoridades Indigenas Zenues Malemba Asociacin De Cabildos Mayores Embera Katios Del Alto Sinu ORGANIZACIN

JAJLAMI

69.

Asociacin De Autoridades Tradicionales Indgenas-Capitanes De Las Comunidades Del Resguardo Del Rio Atabapo E Inirida Asociaciones De Autoridades Tradicionales La Constitucin De La Asociacin De Autoridades Tradicionales Indgenas Capitanes De Las Comunidades Curripaco Y Nyeengatu (Yeral) Del Resguardo San FelipeBajo Guaina Y Ro Negro Asociaciones De Autoridades Tradicionales La Constitucin De La Asociacin De Autoridades Tradicionales Indgenas Capitanes De Las Comunidades Curripaco Del Resguardo Puerto Colombia, Tonina, San Jos, Sejal Del Medio Ro Guaina. ORGANIZACIN

ENTIDAD TERRITORIAL HUILA (2 asociaciones) CRIHU CRIHU 70. 71.

Asociacin De Cabildo Indgenas De La Zona Centro Norte Del Huila (Antes Acicnoh) Asociacin De Autoridades Tradicionales Del Consejo Regional Indgena De Huila ORGANIZACIN

ENTIDAD TERRITORIAL META (2 asociaciones) AKACYM ACIMUNUMA ENTIDAD TERRITORIAL NARIO (7 asociaciones) 74. 75. 76. 77. 78. 79. 80. 72. 73.

Asociacin De Cabildos Y Autoridades Tradicionales Indigenas Kaliawirinae Aani Cawicaishi Yaacta- Muisca Asociacin De Cabildos Indigenas Del Departamento Del Meta

ORGANIZACIN

UNIPA ACIZI

ACIESNA CAMAWARI

Asociacin De Autoridades Indgenas De Los Pastos Asociacin De Autoridades Tradicionales Indgenas Awa Organizacin Unidad Indgena Del Pueblo Awa Asociacin De Cabildos Indgenas De La Zona De Ipiales Asociacin De Cabildos Indgenas Guachucal Y Colimba Nudo De Los Pastos Asociacin De Cabildos Indgenas Asociacin De Cabildos Indgenas Indgenas Eperara Siapidaara De Nario Asociacin De Autoridades Indgenas Awa Camawario

29

ENTIDAD TERRITORIAL PUTUMAYO (7 asociaciones) "Zio-Ai" Pueblo Kofan ACILAPP 81. 82.

ORGANIZACIN

Pueblo Siona Nicani Eja KWESX KSXAW ACIPAP ASCEK ACIMVIP

83. 84. 85. 86. 87.

Asociacin De Autoridades Tradicionales Y Cabildos Mesa Permanente De Trabajo Por El Pueblo Kofan Asociacin De Autoridades Tradicionales Y Cabildos De Los Pueblos Indgenas Del Municipio De Puerto Leguizamo Y Alto Resguardo Predio Putumayo Asociacin De Cabildos Indgenas Del Pueblo Siona Nicani Eja Ganteya Huejobo Zio Bain Asociacin De Cabildos Del Pueblo Nasa Del Putumayo Antes AsoneWesx Asociacin De Cabildos Indgenas Del Pueblo Awa Del Putumayo Asociacin De Cabildos Emberas KiparaAscek De Orito Putumayo Asociacin De Cabildos Indgenas Del Municipio De Villagarzon Putumayo ORGANIZACIN

ENTIDAD TERRITORIAL TOLIMA (4 asociaciones) ACIT ARIT CRIT FICAT 88. 89. 90. 91.

Asociacin De Cabildos Indgenas Del Tolima Asociacin De Resguardos Indgenas Del Tol Consejo Regional Indgena Tolima Asociacin Indgena De Cabildos Autnomos Del Tolima ORGANIZACIN

ENTIDAD TERRITORIAL VALLE (2 asociaciones) ACIVA RP ORIVAC.ENTIDAD TERRITORIAL VAUPES (10 asociaciones) ACAIPI ASATRAIYUVA ACAZUNIP AATICRIVA ASATAV-ORIAV ASATRIZYOIZY AATIZOTOIZOT ACURIS AATIVAN AZATIAC.UNIZAC 94. 95. 96. 97. 98. 99. 100. 101. 102. 103. 92. 93.

Asociacin De Cabildos Indgenas Del Valle Del Cauca Regin Pacifica Organizacin Regional Indgena ORGANIZACIN

Asociacin De Autoridades Indgenas Tradicionales Del Rio PiraParana, Vaupes Acaipi Asociacin De Autoridades Tradicionales Indgenas Yuruti Del Vaupes Asatraiyuva Asociacin De Capitanes De La Zona Unin Indgena Del Papuri Acazunip Asociacin De Autoridades Tradicionales Del Gran Resguardo Y Territorio Indgena Del VaupsAsociacin De Autoridades Del Alto Vaups Asatav Asociacin De Autoridades Tradicionales Indgenas De La Zona De Yap Asociacin De Autoridades Tradicionales Indgenas De La Zona Del Tiquie - Aatizot Asociacin De Comunidades Unidas Del Ro Isana Y Surubi Acuris. Asociacin De Autoridades Tradicionales Del Vaups Medio Aativam Asociacin Zonal De Autoridades Tradicionales Indgenas De Acuaricara Azatiac

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ENTIDAD TERRITORIAL VICHADA (3 asociaciones) ACATISEMA PALAMEKU 104. 105. 106.

ORGANIZACIN

Asociacin De Cabildos Y/O Autoridades Tradicionales Indgenas De La Selva De Mataven Asociacin De Cabildos Y Autoridades Indgenas De De La Regin Del Tomo Palameku Asociacion De Autoridades Tradicionales Entidad Promotora De Salud Indigena Del Regimen Subsidiado Mavisalud Epsi-Rs. ORGANIZACIN

ENTIDAD TERRITORIAL LA GUAJIRA (186 asociaciones) 107. 108. 109. 110. 111. 112. 113. 114. 115. 116. 117. 118. 119. 120. 121. 122. 123. 124. 125. 126. 127. 128. 129. 130. 131. 132. 133. 134. 135. 136. 137. 138. 139. 140. 141. 142. 143. 144. 145. 146. 147. 148. 149.

Asociacin De Autoridades Tradicionales De Las Comunidades Indgenas Wayuu Aashajirawa De Mapuachon Acolochijiragua De La Zona De Yuren Achajashi Wayaa Kalinjirawaa De Katsaliamaana Achijirrawa Wayuu De La Zona De Punta Caon Aitu De La Zona De Kurchepen Akalijunushi Wayaa Akalinjirawa De Media Luna Akalinjirawa Akotchijirrawa De Bahia Portete Akulisha De La Zona De Wainpiralein Akuuja Juchiqui Wamuliala De La Zona De Shiruashi Aleguajiraa Nau Maleigua (Amigos En Nombre De Dios) De La Zona De La Sabana Alewa De Puerto Estrella Alewaa De Camino Verde Alewajirawa De La Zona De Nortechon Alewashi Amuliajirawa De Uriakat Amuliajunesiwayaa De Zucaramana Amuriajirawa De Irraipa Amuriajirrawa Del Paraiso Ana' A Wattaki De La Zona De Bahia Honda Anaa Akuaipa De La Zona De Bahia Honda 1995-2000-2002 Ana Akuwaipa Sutuma Ichillen Anajirawa Anainjak Wakuaipa Anajirawa De La Zona De Juraika Anas Anawa De Carraipa Norte Anatawa De Jachina Anataweeshii Anesmain Woumain De Alas Anatas Wakuaipa De La Alta Y Media Guajira Aneswakuaipa De La Zona De Kauguamana Antirawa De La Flor Del Paraiso Antirrawaa De La Zona De Gualerp (Guarerapa) Arewa Area De La Influencia Inmediata De Las Salinas De Manaure Sumain-Ichi: Area Del Arroyo Polodkat Arewajirawa Arrulejui Arutkajirawa De La Zona De Palepaleen Ashajirrawa Asociacion De Autoridades Tradicionales Una Apuchon (Resguardo) Asociacion De Cabildos Y/O Autoridades Tradicionales De La Guajira: Rosalinda

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ENTIDAD TERRITORIAL LA GUAJIRA (186 asociaciones) 150. 151. 152. 153. 154. 155. 156. 157. 158. 159. 160. 161. 162. 163. 164. 165. 166. 167. 168. 169. 170. 171. 172. 173. 174. 175. 176. 177. 178. 179. 180. 181. 182. 183. 184. 185. 186. 187. 188. 189. 190. 191. 192. 193. 194. 195. 196. 197. 198. 199. 200. 201. 202.

ORGANIZACIN

Asociacion De Estudiantes Universitarios Y Profesionales Wayuu Atalejuy De Guaretpa Chiquito Atijaji' Irawa Sau' U Wakuiwaipa Ayanajirawa De La Zona De Arayad Ayanajirrawa Ayanajirrawa De La Zona De Media Luna Warrarat Ayatageshi Waya Sau Woumayn Ayatajirrawa De La Zona De Watchuallii Ayatawa De La Zona De Soshinchon Ayataweshy Wayaa Del Area De Santana Buenavista Buenos Aires Caicemapa Asociacin De Autoridades Tradicionales Indgenas Wayu Del Resguardo De Caicemapa Canaka Uchi De Taparajin Caroni De Bahia Honda Casapourera De Taparajin Cauchirumana - Los Olivos Clan Epieyu De La Zona De Ceura Cojoro Clan Ipuana De La Zona De Irauri Choujasu Wamuin De Guytuychon Ejepenajirrawa Ejimeju De Piedras Blancas Emejele De Irruachon Epijagueshiwayaa De La Comunidad De Uriyunakat Epijajirrawa De Youyoupana Federacion Wayuu De La Guajira Colombiana "Fedewayuu" Flor Del Paraiso De Taparajin Guashurchi De Jonjoncito Guatajaipa Ahu Guayakan Wayuukana Ichichon Ipoulia De Urraichi Ipunamana Irraipa Ishamana Ishoury De Bahia Honda Jararajewali De Jazainmou Jeketu Akuaipa, 2004 Jekennu De Uribia Jepira Zona Del Cabo De La Vela Jimoc De Kerraliamana Joulu De La Union Jurauri De Carrizal Kaitu Kalijirawa Yaa Kuisa Kaliwaya De Arashouri . Kamanejirawa De La Zona De Makuira Kamuchesain De La Zona De Kamuchesain Kapuraneshi Kolotirrawa De La Zona De Alas Kootirrawa De La Zona De Wilshiwuo De Media Guajira Kojutajirawa- Sociacion De Autoridades Tradicionales Wayuu Kojutajirawa. Maicao Kottirawa

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ENTIDAD TERRITORIAL LA GUAJIRA (186 asociaciones) 203. 204. 205. 206. 207. 208. 209. 210. 211. 212. 213. 214. 215. 216. 217. 218. 219. 220. 221. 222. 223. 224. 225. 226. 227. 228. 229. 230. 231. 232. 233. 234. 235. 236. 237. 238. 239. 240. 241. 242. 243. 244. 245. 246. 247. 248. 249. 250. 251. 252. 253. 254. 255. 256. 257.

ORGANIZACIN

Kottushi (Unidos) Lapuje De Naunashitou Muliashi De La Zona De Koushotchon Mushaisha Nuchonyu Maleywa De Jurura Nukuaipa Appana Okotchijirawa Wepiapaa, De La Zona De Tronjamana Okotshijirawa Wepiapaa De Wojoroko Oloirrawa De Maicao Oloijirawa Aguaipa De La Zona De Nortechon Ororo Wayuu Oukajawa De Koomana Oukajirawaa De Cardon Outkajirawa De Maicao Pa' Ala De La Zona Del Cabo De La Vela Paimajirawa De La Zona De Juruolawain-Cotoirra Paimajirawa De Uru Painwa De La Zona De Pariyen Painwa De La Zona De Kalaisirra Painwajirrawa De Hatonuevo Painwajirrawa Suchirruwa Woumain De Taparajin Palaima De La Zona De Bahia Honda Pansajirawa De La Zona De Mazuren Papushewa De La Zona De Castillete Patunajutawa De La Zona De Porshina Patunajutirrawa De Jattuluwou Patunainjana Palawa De La Zona De Jetsu Patunatujirawa De Portete Pawalawas De Manaure Pekijirrawa De La Zona De Pesuapa Pepetshi Potolipa Resguardo De La Alta Y Media Guajira Karaquita Shijira Wayuu De Porshina Shirurema Shiruria Siapana Sumai'in Wayuu Suman Apunalujin Sumuliara Wayuu De La Zona De Bahia Honda Casuso Sumuywajat Taiwachon Talaptajirrawaa De Portete Talatshi Wayaa De Taparajin . Taparajin - Sur Taroa Totopana Territorio Etnico Wayuu Tropico Azul Uchitu De La Zona De Manashi Valle De Parashi Vecinos Del Ro Ranchera Wachuppaa De Taparajin Wakuaipa De La Region De Cucurumana

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ENTIDAD TERRITORIAL LA GUAJIRA (186 asociaciones) 258. 259. 260. 261. 262. 263. 264. 265. 266. 267. 268. 269. 270. 271. 272. 273. 274. 275. 276. 277. 278. 279. 280. 281. 282. 283. 284. 285. 286. 287. 288. 289. 290. 291. 292.

ORGANIZACIN

Wakuaipajatu Woumainru De Villa Fatima Wallajirawa De La Zona De San Martin Wapusha Sulu Yoluma Watujahipau De Bahia Honda Wayaleeya De Utaithu Wayuu De Meera Wimpirarem Woumainrru De La Zona De Taguaira Wuimpala De La Guajira Yaleteshiwaya Yaletshi Wayaa Yotirrawa De Paranari Yanamashi Yariwanou Yotojoroy De Jonjoncito Yourechi De La Zona De Yourechi Zona De Aluicira Zona De Amaichon Zona De Amuruluba Zona De Curichi Wayuu Laulayu Zona De Chiparemana Zona De Garciamana Zona De Ichichon Zona De Katuralince Wayuu Araurayu Zona De La Loma Zona De Makuira Zona De Manzana Zona De Mayapo Asociacin De Jefes Familiares Wayuu De La Zona Norte De La Alta Guajira Wayuu Araurayu Choujashiiwamuin De La Zona De Suluwou Enajirrawa De La Zona De Kaitamana Zona De La Sabana Weirruku De Turumana Asociacion De Autoridades Tradicionales Indgenas Wayuu La Union Mareywayuuguama De La Zona Del Cerro De La Teta

XI

PLANES DE VIDA DE LOS PUEBLOS INDGENAS15

Con posterioridad a la expedicin de la Constitucin Poltica de 1991 y como una forma de hacer uso de su autonoma y de interpretar de acuerdo a sus particularidades el Artculo 330 de la Carta y luego lo definido en la Ley 152 de 1994, diversos sectores organizativos y comunitarios indgenas fueron planteando la necesidad de formular Planes Integrales de Vida en los cuales se reflejaran sus condiciones particulares, requerimientos y propuestas alternas de desarrollo y de articulacin con la planeacin instituida a nivel de la nacin y de las entidades territoriales.

15

Contrato de Servicios CON000479286025 DNP Contratista Oscar Sanchez Jimenez, 2007.

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Inicialmente en 1992, en el departamento del Cauca el pueblo indgena Guambiano utiliz este concepto y defini algunos criterios al respecto16. Posteriormente, desde 1995, la Organizacin Nacional Indgena de Colombia (ONIC) ha propuesto acciones para orientar los Planes de Vida, para lo cual public la cartilla Planes de Vida que contienen elementos conceptuales y metodolgicos sobre el tema (ONIC: 1998). El documento es el resultado de la reflexin, discusin y aportes de las comunidades y las organizaciones indgenas regionales de 29 departamentos y define aspectos conceptuales

En trminos generales, los Planes Integrales de Vida pueden entenderse como una forma de planear el desarrollo articulando elementos socioculturales propios y necesidades y concepciones especficas a las estrategias de desarrollo nacional. En tal sentido, partiendo de las formas de pensamiento y de interpretacin particulares de los grupos tnicos, estos son un instrumento para plantear opciones especficas al desarrollo aplicado por la sociedad mayoritaria, buscando garantizar su devenir y su pervivencia en consonancia con sus cosmovisiones y consolidando sus identidades tnicas y culturales, y por tanto contienen propuestas de fortalecimiento de los recursos propios y de interaccin con los recursos, las instituciones y la sociedad occidental

Diversas comunidades, organizaciones y pueblos indgenas, en ejercicio de su autonoma y de su diversidad sociocultural han venido proponiendo, de manera alternativa al ejercicio de la planeacin cuatrienal prevista en las normas, la formulacin de Planes Integrales de Vida de larga duracin. Dichos Planes de Vida, se definen de manera general como la construccin de alternativas de desarrollo propio para las comunidades indgenas con el fin de fortalecer sus caractersticas socioculturales y mejorar sus condiciones de existencia y calidad de vida, manteniendo su integridad tnica.

As, estos Planes de Vida constituyen una propuesta de construccin y puesta en marcha de modelos de planeacin del desarrollo y ejecucin desde una perspectiva intercultural as como la implementacin de proyectos que apuntan a la construccin de modelos de etnodesarrollo.

16

En el ao 2000, siendo Alcalde del municipio de Silvia el Taita lvaro Morales Tomb, se formul el Plan de Vida del Municipio de Silvia: 2000-2020.

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Lo anterior, teniendo en cuenta, en primer lugar que la articulacin entre los Planes de Vida de los pueblos indgenas y los ejercicios de planeacin a nivel territorial podr afianzar una planeacin con perspectiva de interculturalidad, en la medida en que estos procesos implican el reconocimiento del otro y la interaccin y confluencia de autoridades, formas organizativas, recursos, conocimientos y la conjugacin de concepciones y temporalidades en lo que respecta a propuestas de desarrollo.

As, los Planes Integrales de Vida adems de responder a una visin de desarrollo de los pueblos indgenas se convertiran en elemento esencial de un proceso de interculturalidad y de relacin con el Estado y otros actores. Tal como lo plantearan las organizaciones indgenas de la Sierra Nevada de Santa Marta congregadas en el Consejo Territorial de Cabildos -CTC- entendemos por interculturalidad las formas diversas de articulacin de los pueblos indgenas con la sociedad nacional y el Estado, que resultan de las concertaciones realizadas para garantizar un trabajo conjunto respetando los sistemas culturales de ambos17

En segundo lugar, es una propuesta para poner en marcha proyectos en la perspectiva del etnodesarrollo porque se busca la consolidacin de la cultura propia mediante el fortalecimiento de las capacidades de estos grupos tnicos para determinar el futuro de las comunidades que los integran. En los Planes de Vida hay un propsito de ejercer control cultural sobre el desarrollo, conjugando diferentes tipo de recursos para mejorar condiciones del grupo y de las personas que lo integran, a travs de afianzar el manejo de los recursos propios, apropiar recursos ajenos, recuperar los enajenados y controlar los que los pueda afectar18.

En sntesis y de acuerdo con lo planteado, en los numerales anteriores, dichos Planes de Vida se reconocen como manifestacin autnoma del querer de estos pueblos y por tanto desde el nivel central del Estado se plantea el reto de apoyar dichos procesos de formulacin y generar lineamientos para que bajo los principios de autonoma, ordenacin de competencias, coordinacin y participacin, y de acuerdo a los criterios de concurrencia, subsidiaridad y complementariedad, estos Planes de Vida se articulen con los de las entidades territoriales de los municipios y departamentos que poseen resguardos indgenas al momento de formular su17Lineamientos interculturales para la elaboracin del plan de manejo del parque Sierra Nevada de Santa Marta, OGT, DGAI y UASPNN- documento para discusin, 2001. 18 Bonfil Batalla Guillermo: Etnodesarrollo: Sus premisas jurdicas, polticas y de organizacin. Ediciones FLACSO 1982. San Jos de Costa Rica.

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Plan de Desarrollo en lo correspondiente a la definicin tanto de la parte estratgica como de los planes de inversin.

XII

UNA POLTICA PBLICA PARA LOS PUEBLOS INDGENAS19

La formulacin de la Poltica Pblica de Estado de los pueblos indgenas, es un compromiso del gobierno nacional y las organizaciones indgenas, en el marco de la Mesa Permanente de Concertacin (decreto 1397 de 1997), como aparece en las actas de los aos 2005 y 2006, y posteriormente fue incluida en el Plan Nacional de Desarrollo 2006 2010. Estos dos aspectos se constituyen en el marco legal de este gran reto.

Para la inclusin del tema de Poltica Pblicas en el PND 2006 -2010, se hizo necesario desarrollar un trabajo en equipo, para lo cual se emplearon 5 sesiones de trabajo, entre el 18 de julio de 2006 y el 8 de agosto del mismo ao, donde participaron: la Direccin de Etnias del MIJ, el delegado de pueblos indgenas y el delegado del MIJ ante la Secretara Operativa de la Mesa Permanente de Concertacin. Adems, participaron otras instituciones como: DNP, ONIC, PNUD Y OCHA (ONG).

Como resultado del trabajo adelantado, el tema de poltica pblica para pueblos indgenas, qued incluido en el Plan Nacional de Desarrollo 2006 -2010, en el Captulo 7 titulado Dimensiones especiales del desarrollo numeral 7.3, titulado Grupos tnicos y relaciones interculturales, en donde se incluy como una de las estrategias para pueblos indgenas lo siguiente: Se formular de manera participativa una poltica integral para los pueblos indgenas, la cual incluir aspectos relacionados con territorialidad, identidad, autonoma y gobierno, y planes de vida, entre otros. Esta formulacin, ser coordinada por la Direccin de Etnias del Ministerio del Interior y de Justicia y tendr en cuenta otras polticas, planes y procesos en los cuales se establecen lineamientos o estrategias de carcter regional.

Como resultado del proceso iniciado en noviembre de 2006, con la participacin de las organizaciones indgenas nacionales (ONIC, OPIAC, AICO CIT) que hacen parte de la Mesa19Poltica Pblica de Estado de los Pueblos Indgenas de Colombia_ Informe de Avance, Direccin de Asuntos Indgenas Minoras y Rom, marzo 20 De 2009

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Permanente de Concertacin, el Ministerio del Interior y de Justicia elabor una matriz, la cual se presenta a continuacin, donde se recogen los ejes problemticos y las lneas de accin, la cual a la fecha de elaboracin de este documento se encuentra en proceso de revisin por parte de las entidades del Gobierno Nacional con el propsito de concretar la Poltica. EJES ESTRATGICOS Y LINEAS DE ACCION PROPUESTAS TERRITORIOPROBLEMTICA LINEAS DE ACCIONElaborar los estudios socioeconmicos y de tenencia de tierras que incluya los estudios de ttulos de propiedad de las comunidades, identifique las necesidades de dotacin de tierras y el levantamiento cartogrfico y georefenciado de las tierras que hoy poseen los indgenas. Agilizar los trmites por parte del INCODER para que se le de pronta solucin a las necesidades de Saneamiento, Ampliacin y Constitucin de nuevos Resguardos. Garantizar que los predios que se adquieran para las comunidades indgenas sean aptos para la a. Prdida del Territorio agricultura y siembra de productos tradicionales que garanticen la seguridad alimentaria de las Ancestral familias. Establecer polticas, planes y programas de desarrollo econmico, social, cultural y de preservacin del medio ambiente dentro de los territorios indgenas. Crear condiciones para el reconocimiento y difusin, por medios de comunicacin hablado y escrito e impresin de las formas ancestrales de uso y tenencia de la tierra con nfasis en la organizacin social y la produccin de alimentos propios, entre otros elementos. Impulsar programas de reforestacin atendiendo al conocimiento ancestral como la demarcacin de reas protegidas para su recuperacin natural con procesos de formacin y capacitacin para su implementacin. Cumplimiento de la normatividad existente relativa a la expedicin de licencias ambientales, con el fin de evitar la vulneracin de los derechos de los pueblos indgenas. Desarrollar sosteniblemente el potencial econmico de la Biodiversidad Establecer normas que regulen el uso, manejo y conservacin de los recursos naturales. b. Deterioro Ambiental Reducir los procesos y actividades que ocasionan el deterioro de la biodiversidad Expedicin de un plan de manejo, conservacin y recuperacin de los pramos como verdaderas fbricas de produccin de agua y oxgeno. Que los entes competentes del Estado brinden el apoyo tcnico y financiero y el acompaamiento respectivo para que se haga un manejo racional del agua en la implementacin de cultivos. Disear e implementar sistemas de valoracin multicriterio de los componentes de la biodiversidad y la distribucin equitativa de sus beneficios.

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DERECHOS HUMANOS Y CRISIS HUMANITARIAPROBLEMTICA LINEAS DE ACCIONGarantizar la atencin con enfoque diferencial a la poblacin indgena desplazada, la prevencin del desplazamiento y la estabilizacin socioeconmica de los mismos. Igualmente, la asistencia psicosocial y apoyo al desarrollo temporal de actividades y dinmicas productivas propias de la poblacin indgena desplazada por efectos del conflicto. Expedir Directivas Nacionales para que los organismos de inteligencia del Estado, las Autoridades de los entes territoriales y las Autoridades Indgenas, den un trato especial en los casos, en que integrantes de comunidades nativas reclutados forzadamente, resulten involucrados con grupos o actores armados ilegales. Apoyo preferencial para las iniciativas productivas de mujeres indgenas vctimas del conflicto armado Presencia, acompaamiento y verificacin interinstitucional permanente en las reas indgenas afectadas por enfrentamientos blicos, para evitar el involucramiento de sus integrantes al mismo. En el desarrollo de las acciones para la sustitucin de cultivos ilcitos, adelantar programas y proyectos socioeconmicos que contribuyan al fortalecimiento de las comunidades bajo la orientacin de sus legtimas autoridades. Acoger las recomendaciones del relator especial de la ONU para los pueblos indgenas. Garantizar la consulta previa para la erradicacin de cultivos ilcitos dentro de los territorios indgenas, como se establece en la sentencia SU-383 de 2003. Que se expidan normar claras y precisas para que las Instituciones y Entes Territoriales establezcan acciones para la proteccin de las comunidades, en especial de sus lderes. Garantizar la construccin de relaciones de entendimiento intercultural entre los indgenas y la poblacin colombiana. Crear una pgina web para establecer acciones comunicativas que propicien la visibilizacin de las comunidades indgenas existentes, y las dinmicas de participacin ciudadana e incluyan la diversidad tnica, cultural y generacional. Implementar misiones permanentes interinstitucionales de verificacin y atencin a las comunidades indgenas, que aseguren un trato adecuado y garanticen el goce efectivo de sus derechos. Garantizar el retorno de aquellos integrantes que se vieron forzados a salir de sus comunidades de origen y propender por su estabilidad interna. c. Crisis Humanitaria Asistencia educativa, alimentaria y nutricional para nios y nias estudiantes de las familias indgenas desplazadas en las distintas ciudades del pas. Apoyar el fortalecimiento del proceso organizativo en las comunidades para el control del orden social que evite el desplazamiento indgena a las cabeceras municipales y la consiguiente dedicacin al reciclaje y la mendicidad.

a. Confrontacin Armada y Narcotrfico

b. Violacin de Derechos Humanos

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AUTONOMAPROBLEMTICA LINEAS DE ACCIONAcompaamiento y financiacin en la construccin, sistematizacin, difusin y ejecucin de los Planes de Vida. Directivas del orden nacional para la inclusin de los Planes de Vida en los Planes de Desarrollo Local y Regional y ejecutar sus propuestas. a Planes de Vida Recopilar y difundir la normatividad vigente favorable a las comunidades indgenas complementado con acciones de capacitacin e informacin. Gestionar la creacin de espacios de concertacin y de dilogos regionales para analizar, debatir y presentar propuestas y proyectos que beneficien el inters colectivo y social de las comunidades. Apoyar encuentros de ancianos y el intercambio intercultural para recuperar, fortalecer, reivindicar y conocer la memoria histrica real respecto de los Pueblos indgenas. Contribuir al fortalecimiento de las formas propias de gobierno, posibilitando y apoyando de manera efectiva las acciones para la recuperacin y practica de los valores culturales con nfasis en el reconocimiento del saber depositado en los mayores y sabedores de las comunidades indgenas. Mediante Convenio con la ESAP, establecer los mecanismos para una capacitacin permanente dirigida a las autoridades y lideres indgenas en el tema de Administracin Pblica con el fin de garantizar el correcto manejo y administracin de los Recursos Pblicos con destino directo a las comunidades indgenas y crear de manera conjunta los mecanismos de seguimiento, control y evaluacin de los mismos, establecer los protocolos para el tipo de sanciones a aquellas autoridades o dirigentes que resulten responsables por malos manejos. b. Autonoma y Gobierno Propio Impulsar la organizacin de los productores indgenas, segn sus actividades, orientados por el principio y conocimiento de las autoridades tradicionales. Monitorear la inversin y el cumplimiento de los objetivos del SGP. Generacin de polticas culturales para la niez y juventud que garanticen la recuperacin, prctica y vivencia de los valores culturales de los Pueblos Indgenas para afianzar su identidad y garantizar la pervivencia. Apoyar la realizacin de proyectos de investigacin y divulgacin de los saberes ancestrales de los pueblos. Desarrollar un instrumento para el reconocimiento y fortalecimiento de las lenguas indgenas en Colombia segn mandato Constitucional. Priorizar la identificacin de las reas sagradas consideradas por las comunidades como estrategia efectiva para la recuperacin y prctica de valores culturales. Crear los espacios para la informacin y capacitacin de todo el personal de la Rama Jurisdiccional Ordinaria sobre la temtica de la JEI que logre su sensibilizacin y la contribucin para su justa aplicabilidad. Vigilancia de las garantas procesales en casos indgenas. Desarrollar e implementar la Ley de Coordinacin de la Jurisdiccin con el sistema jurdico c. Jurisdiccin Especial ordinario. Indgena Respeto a la autonoma territorial de los pueblos, a las autoridades indgenas en el ejercicio de su jurisdiccionalidad, en desarrollo del artculo 246 de la CP. Apoyo para el diseo e implementacin de Escuelas de Formacin en Derechos Propios. Coordinar con la procuradura, la personera, la polica, los jueces y la organizacin indgena para que se tomen acciones de aplicabilidad de la jurisdiccin especial a integrantes indgenas que cometan faltas graves y desestabilicen el control social de sus comunidades.

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POLTICA PBLICAPROBLEMTICA LINEAS DE ACCION Expedir las normas reglamentarias para la aplicacin de la Consulta Previa en comunidades indgenas que tenga en cuenta la normatividad internacional y en especial la ley 21 de 1991. Aplicabilidad de la consulta previa y concertacin con los pueblos indgenas para efectos de todas las acciones a desarrollarse al interior de las mismas. Analizar con las entidades territoriales del pas, los resultados de la evaluacin hecha por diferentes organismos al censo DANE 2005, en un ejercicio que permita revisar informacin de las mismas en relacin a los resultados del censo, de manera que se identifiquen los principales problemas y en una actitud de responsabilidad y sensibilidad social se tomen las medidas conducentes a mitigar las consecuencias negativas originadas por los resultados censales. Definir desde el Gobierno Central, por medio del Departamento Nacional de Planeacin y el Ministerio del Interior y de Justicia, con la participacin del DANE, encuentros Departamentales que permitan revisar con Gobernadores y Alcaldes los resultados del Censo DANE 2005. Construccin de un sistema de indicadores de desarrollo humano para pueblos indgenas de Colombia. Investigacin en salud para la puesta en prctica de la interculturalidad, complementariedad teraputica, el pluralismo mdico y el posicionamiento de los mdicos tradicionales. Definir recursos para consolidar el proceso en salud propia. Levantamiento del censo de los mdicos tradicionales. Consolidar una experiencia piloto de medicina tradicional con los sabedores ancestrales. Apoyo al desarrollo de programas de salud que partan del conocimiento ancestral para articularlos al SGSSS atendiendo la particularidad cultural de cada grupo. Reglamentacin de la ley 691 Reglamentar la obligatoriedad de las EPS para incorporar dentro del POS el componente de la medicina tradicional para la atencin de poblacin indgena. Apoyar acciones para el rescate de los valores culturales y el pensamiento propio de las autoridades para el fortalecimiento de la medicina propia. Apoyar iniciativas para la recuperacin de los conocimientos propios en medicina tradicional y las formas tradicionales de uso y tenencia de la tierra priorizando la produccin de alimentos propios y la conservacin ambiental.

a. Consulta Previa

b. Poblacin indgena Censo 2005

c. Salud

Elaborar un plan de accin de corto y mediano plazo sobre vivienda y saneamiento bsico. d. Vivienda y Disear e implementar acciones de seguimiento y evaluacin que den cuenta del Saneamiento Bsico mejoramiento progresivo de las condiciones de vida en las comunidades indgenas. Concertar una legislacin especial que de cuenta del alcance de derechos, obligaciones y caractersticas de comunidades indgenas en zonas urbanas. e. Indgenas Urbanos Estimular el cultivo de especies nativas que sirven de abastecimiento de materia prima para las artesanas de los distintos grupos indgenas. Fomento de las artesanas indgenas.

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PERVIVENCIA E INTEGRIDADPROBLEMTICA LINEAS DE ACCION Impulsar la autonoma alimentaria, a travs de la recuperacin de las prcticas ancestrales de produccin, adecuacin y conservacin de suelos, recuperacin de semillas propias, tcnicas y hbitos alimentarios. Expedir la normatividad pertinente para que en todas las comunidades indgenas, en sus centros educativos y de salud, sus reas de actividades culturales, se ponga en prctica la complementariedad entre el uso y tenencia de la Tierra segn el saber ancestral con los principios de la agroecologa como estrategia para la soberana alimentaria. Implementacin de huertas agro - ecolgicas escolares para el mejoramiento de la calidad nutricional en la dieta de estudiantes de preescolar y de los Hogares de Bienestar Familiar en los territorios indgenas. Financiar y coordinar la implementacin de un sistema de trueque, recuperacin del trabajo comunitario y solidario (minga, mano-vuelta). Formacin de promotores agroecolgicos indgenas con visin intercultural para el uso y tenencia de la tierra. Producto de la concertacin con los pueblos indgenas propiciar la transferencia tecnolgica para la agricultura que sea apropiable, econmica, transferible y rentable, con el fin de garantizar el mejoramiento de los sistemas propios de produccin, generar excedentes econmicos para el mejoramiento de las condiciones de vida de la comunidad sin el desmedro cultural, mediante el establecimiento de lneas de crditos blandos, fondos rotatorios, apoyo a las redes de productores indgenas y su posicionamiento en el mercado de manera equitativa, con el fortalecimiento de las microempresas comunitarias indgenas propiciando la investigacin y creatividad. Optimizacin de la produccin agropecuaria a partir del conocimiento tradicional y el principio agro ecolgico garantizando la soberana alimentaria y la generacin de excedentes. Impulsar prcticas agroecolgicas para la regeneracin, adecuacin, equilibrio y conservacin de suelos dedicados a la produccin agrcola. Impulsar bajo la orientacin ancestral, la capacidad de produccin en las huertas familiares y comunitarias como estrategia para la recuperacin y practica de los valores culturales. Realizar en cada resguardo un inventario sobre: zonas de produccin, recorridos de procedencia y rboles que estn asociados para usos propios en referencia a su cultura material, sitios criaderos de animales, sitios de rebusque (caza, pesca, recoleccin de frutas. Recuperar y conservar especies comestibles y artesanales dentro de los territorios indgenas. Desarrollar la diversificacin y rotacin de cultivos. Impulsar mediante convenios interinstitucionales el Intercambio de experiencias y saberes en procesos productivos con distintas comunidades indgenas y campesinas al nivel nacional e internacional. Recuperar el calendario de rituales de la produccin vegetativa. Impulsar programas internos de fomento, rescate y recuperacin de semillas y especies propias. Aumentar y cualificar permanentemente la produccin de alimentos bsicos y nutricionales teniendo en cuenta las particularidades culturales de cada pueblo. Impulsar Programas internos de fomento, rescate y recuperacin de semillas y especies propias. Aplicacin del derecho a la consulta previa para implementar la produccin de biocombustibles en territorios indgenas, de tal forma que no amenace la seguridad alimentaria de la poblacin. Apoyo econmico legal y poltico al proceso de recuperacin de sitios o reas sagradas en los territorios indgenas. Proteger mediante figuras jurdicas los lugares sagrados y sitios de pagamento.

a. Soberana Alimentaria

b. Megaproyectos

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XIII

ETNOEDUCACION UNA POLTICA PARA LA DIVERSIDAD20

El objetivo de esta poltica es posicionar la educacin intercultural en todas las escuelas y colegios del sector oficial y privado del pas, para que todos los nios, nias y familias entiendan que las culturas afrocolombiana, indgena y gitana son parte de las races de nuestra nacionalidad. Con esta poltica, se pretende avanzar hacia la interculturalidad. Es decir, hacer que en las escuelas se reconozcan y respeten las diferentes culturas, para de esta manera reconocer la diversidad de nuestra nacin.

As mismo, la poltica busca de