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ASESORÍA GENERAL DE
GOBIERNO
ESCUELA DE ABOGADOS DEL ESTADO
DE LA PCIA. DE BS. AS. (EDABA)
Especialización en Derecho Público
Provincial y Municipal
Organización Administrativa I
Organización administrativa
Estructura técnico-jurídica que permite el
funcionamiento de la administración.
Organización Administrativa I
La personalidad del Estado
Nación, Provincias, Municipios (Posturas
respecto de los Municipios: Bielsa, Marienhoff.
El régimen federal y municipalista de nuestra
CN) y las Entidades Autárquicas (Territoriales -
Municipios- e Institucionales).
Organización Administrativa I
La personalidad del Estado (continuación)
Criterios:
a) Nación y Estado: Hay quienes otorgan
personalidad a ambos, quienes solo al Estado y
otros consideran que el Estado es la
concreción de la soberanía de la Nación (Carré
de Malberg).
b) Negativo: El estado no constituye una persona
diferente a sus miembros (Duguit).
Organización Administrativa I
La personalidad del Estado (continuación)
Criterios:
c) Parcial o restringida: Solo acepta la personalidad del
Estado en el campo patrimonial, no como poder -los
funcionarios no ejercen derechos, sino funciones-.
Reconoce la capacidad de actuación en el campo
privado y no en el público (Berthélemy).
d) Personificación del Orden Jurídico: Identificación de
derecho y estado -si es así como se limita el Estado
mediante el derecho- (Kelsen).
Organización Administrativa I
La personalidad del Estado (continuación)
Criterios:
e) Estado como titular de personalidad -doble o única personalidad-:
- Se trata de una personalidad única con “doble capacidad”, es decir con capacidad de actuar en el campo del derecho público y privado (no confundir capacidad o competencia con personalidad).
- Otros sostienen que posee doble personalidad.
CC y C: Arts. 146, 147 y 149.
Organización Administrativa I
- La Administración Provincial en la “Provincia
de Bs. As.”.
Constitución Nacional: Arts. 1°, 5°, 13 y 121 a 129 (7°, 8°, etc.).
Constitución Provincial.
Ley de Ministerios N° 14.803 y su modificatoria.
- El Mapa del Estado en la Pcia. de Bs. As.
En general se organiza como sitio oficial de una Oficina Estatal
(normalmente dependiente de las áreas de innovación o gestión)
que brinda la información sobre las estructuras organizativas de la
Administración Pública, sea centralizada o descentralizada.
Organización Administrativa I
- El Mapa del Estado en la Pcia. de Bs. As.
(Continuación)
Los sitios permiten conocer los objetivos y las
responsabilidades asignadas a cada área de Gobierno.
En ellos se puede obtener y descargar material actualizado
sobre organigramas, normativa vigente, autoridades
y direcciones de contacto de los organismos públicos.
Constituyen, por tanto, una herramienta de
administración, transparencia e información.
Organización Administrativa I - Los Órganos Constitucionales y Consultivos. Los órganos
administrativos. Los órganos de la Constitución (Fiscal de Estado, Tribunal de Cuentas y Tesorería). La Asesoría
General de Gobierno.
CAPÍTULO VI
Del fiscal de Estado, contador y tesorero de la Provincia
Artículo 155.-Habrá un fiscal de Estado inamovible, encargado de defender el patrimonio del Fisco, que será parte legítima en los juicios contencioso administrativos y en todos aquéllos en que se controviertan intereses del Estado.
La ley determinará los casos y la forma en que ha de ejercer sus funciones.
Para desempeñar este puesto se requieren las mismas condiciones exigidas para los miembros de la Suprema Corte de Justicia.
Ley Orgánica de Fiscalía de Estado: Decreto Ley N° 7543/69-
Organización Administrativa I
Continuación Artículo 156.- El contador y subcontador, el tesorero y
subtesorero serán nombrados en la forma prescripta en el artículo 82 y durarán cuatro años, pudiendo ser reelectos.
Artículo 157.- El contador y subcontador no podrán autorizar pago alguno que no sea arreglado a la ley general de presupuesto o a leyes especiales, o en los casos del artículo 163.
Artículo 158.- El tesorero no podrá ejecutar pagos que no hayan sido previamente autorizados por el contador.
Ley de Administración Financiera N° 13.767 Contaduría y Tesorería Arts. 67 a 83 y 84 a 100. Control (TC, Fiscalía y Contaduría; arts. 101 a 111)
Organización Administrativa I
Continuación
CAPÍTULO VII
Del Tribunal de Cuentas
Artículo 159.- La Legislatura dictará la ley orgánica del Tribunal de Cuentas. éste se compondrá de un presidente abogado y cuatro vocales contadores públicos, todos inamovibles, nombrados por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado. Podrán ser enjuiciados y removidos en la misma forma y en los mismos casos que los jueces de las Cámaras de Apelación.
Organización Administrativa I (Continuación)
Dicho tribunal tendrá las siguientes atribuciones:
1-Examinar las cuentas de percepción e inversión de las rentas públicas, tanto provinciales como municipales, aprobarlas o desaprobarlas y en este último caso, indicar el funcionario o funcionarios responsables, como también el monto y la causa de los alcances respectivos.
2-Inspeccionar las oficinas provinciales o municipales que administren fondos públicos y tomar las medidas necesarias para prevenir cualquier irregularidad en la forma y con arreglo al procedimiento que determine la ley.
Las acciones para la ejecución de las resoluciones del tribunal corresponderán al fiscal de Estado.
Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas N° 10.869.
Organización Administrativa I Problemas relativos a la organización
administrativa
Alejandro Nieto “La Organización del Desgobierno”
1. Afectación en el ejercicio del Poder (en relación a la
titularidad):
1.1. Usurpación palatina
1.2. Usurpación clandestina.
Organización Administrativa I
Problemas relativos a la organización administrativa (Continuación)
2. La invertebración del aparato Institucional: Limitación al ejercicio del poder.
2.1. Invertebración orgánica.
2.2. Invertebración personal.
2.3. Invertebración secuencial.
2.4. Desarticulación de las administraciones públicas. (Municipio, Provincia, Nación).
Organización Administrativa I
Problemas relativos a la organización
administrativa (Continuación)
Otros problemas:
- Los gobernantes.
- Las decisiones y su ejecución.
- Los funcionarios (agentes).
Organización Administrativa I
Problemas relativos a la organización administrativa (Continuación)
La organización del desgobierno como sistema:
1- Asistémica: La administración no se encuentra organizada de manera sistemática lo que genera conflictos y contradicciones.
2- Alineación: Circunstancia que la administración se encuentre organizada y dirigida desde fuera de ella (en búsqueda del interés general) -lo que no ocurre siempre dado que suele perseguir intereses de terceros o de los propios agentes de la administración-.
Organización Administrativa I Problemas relativos a la organización
administrativa (Continuación)
3- Invertebración: La falta de vertebración provoca “la feudalización del poder” y “tratamiento como menores de edad de las reparticiones”.
4- Desconfianza: Presunción de la falta de capacidad de los individuos y las unidades administrativas.
Organización Administrativa I
Problemas relativos a la organización administrativa (Continuación)
5- Formalismo: La administración es formalista y hace de su objeto “los papeles” y no la realidad.
6: Informalismo: Generado como mecanismo de contrapeso del formalismo, genera asimismo situaciones que van desde la informalidad, pasando por lo irregular, hasta lo ilícito.
Organización Administrativa I - Entes no estatales (Colegios profesionales y sus
regímenes previsionales).
C.P. Artículo 41.- La Provincia reconoce a las entidades
intermedias expresivas de las actividades culturales,
gremiales, sociales y económicas, y garantiza el derecho
a la constitución y desenvolvimiento de colegios o
consejos profesionales.
Asimismo fomenta la organización y desarrollo de
cooperativas y mutuales, otorgándoles un tratamiento
tributario y financiamiento acorde con su naturaleza.
Organización Administrativa I LAS LIMITACIONES DEL
CONOCIMIENTO JURÍDICO
-Epistemológica (vinculado a la discusión sobre que constituye el derecho o que es el derecho).
- Lógica (se refiere a la mala o nula utilización de la lógica en el derecho).
- Histórica (referida a la falta de estudio de lo anterior -legislación, autores-).
- Comunicativa (claridad en la transmisión y en la recepción del mensaje: El abogado y el profesor. La aceptación de mensaje: autoridad).
Organización Administrativa I
Principios de la organización administrativa:
A) Jerarquía: “…fuerza puesta al servicio de la unidad
material, funcional y jurídica del Estado, un elemento de
cohesión gracias al cual se mantienen rígidamente
agrupadas y accionan en conjunto armónicamente las
células técnicas que componen los distintos sistemas
orgánicos”.
Organización Administrativa I
Principios de la organización administrativa – La jerarquía. Continuación
- Elemento técnico de la centralización.
- Las desviaciones subjetivas, personales o antropológicas de las relaciones funcionales.
- Vinculación con la teoría del órgano
Organización Administrativa I
Principios de la organización administrativa –
La jerarquía. Continuación
- Origen, Sacro.
- Se incorpora al derecho público en el Siglo XIX
(Inglaterra y Alemania), en principio con carácter
personal (orden de titulares o agentes, no de
órganos).
- Dominaban los elementos del derecho común o
privado (lo que favoreció la vigencia de
concepción personal).
Organización Administrativa I Principios de la organización administrativa – La
jerarquía. Continuación
- Alemania desenvuelve la teoría del órgano y la relación deja de ser subjetiva. El agente se vuelve titular de un órgano.
- Francia (concepto personal o subjetivo)
- Italia (dos acepciones: sentido amplio como sistema de organización -unidad alcanzada por medio de la subordinación- y como complejo orgánico vinculado por ella).
- Vinculación con la evolución de la ciencia de la administración.
Organización Administrativa I Principios de la organización administrativa –
La jerarquía. Continuación
Concepción objetiva: serie de órganos que ejercen el Poder Ejecutivo armónicamente subordinados y coordinados para hacer compatible la unidad con la variedad del mismo.
Concepción subjetiva: orden de relaciones personales (ve a los agentes no al órgano).
Concepción técnica: relación o conjunto de nexos técnicos regulados por el derecho en sus aspectos fundamentales.
Organización Administrativa I
Principios de la organización administrativa –
La jerarquía. Continuación
Definición: relación técnica de carácter interno y
naturaleza administrativa regulada jurídicamente
para asegurar la unidad estructural y funcional
mediante subordinación.
“La jerarquía”, Aparicio Mendez (Uruguay)
Organización Administrativa I
Principios de la organización administrativa – La
jerarquía. Continuación
La subordinación: elemento esencial de la jerarquía,
mediante ella se alcanza la unidad estructural y
funcional.
Concentración funcional y competencia:
(Organigramas - líneas - staff - grado - unidades simples
y compuestas).
Poder de mando: Deber de obedecer, vigilancia y
disciplina.
Instrumentos: Reglamento, instrucciones, circulares.
Organización Administrativa I
Principios de la organización administrativa –
La jerarquía. Continuación
- Delegación.
- Atribución de funciones.
- Sustitución.
- Avocación.
- Otras: Confirmación, ratificación, aprobación,
autorización, convalidación y suspensión.
Organización Administrativa I
Principios de la organización administrativa – La jerarquía. Continuación
Clasificaciones:
- Absoluta y legal.
- Total y parcial.
- Propia e impropia. (La “quasi” jerarquía).
- Teórica y Practica: (natural y accidental – ordinaria y extraordinaria).
- Interna y externa.
- Activa, consultiva y deliberativa.
- Común y especial.
- Otras: Territorial, burocrática, de honor, de jurisdicción.
Organización Administrativa I B) Competencia:
“Con pedere” lo que puede pedir.
Aptitud legal de obrar
Goce y ejercicio (capacidad y competencia)
El principio de especialidad
Carácter jurídico: Actividad material y técnica
Materia y competencia
Clasificaciones: Materia, territorio, grado.
Otras: Exclusiva o privativa, común o concurrente, reglada o discrecional.
Organización Administrativa I
C) Centralización y descentralización:
- Política.
PLN PEN PJN
PLP PEP PJP
PLM PEM PJM
Organización Administrativa I
C) Centralización y descentralización:
Administrativa:
Organización Administrativa I
D) Concentración y desconcentración:
Organización Administrativa I Jerarquía y Competencia
Centralización y Descentralización
Organización Administrativa I
- Administración Central y descentralizada.
- Entidades autárquicas en la Provincia de
Buenos Aires (IOMA, IPS, IVBA, Vialidad).
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