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Artículo 3 Ley de Petróleos Mexicanos Petróleos Mexicanos es un organismo descentralizado con fines productivos, personalidad jurídica y patrimonio propios, con domicilio en el Distrito Federal que tiene por objeto llevar a cabo la exploración, la explotación…así como ejercer, conforme a lo dispuesto en el esta ley, la conducción central y dirección estratégica de la industria petrolera.

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Page 1: Artículo 3 Ley de Petróleos Mexicanos Petróleos Mexicanos es un organismo descentralizado con fines productivos, personalidad jurídica y patrimonio propios,

Artículo 3 Ley de Petróleos Mexicanos

Petróleos Mexicanos es un organismo descentralizado con fines productivos, personalidad jurídica y patrimonio propios, con domicilio en el Distrito Federal que tiene por objeto llevar a cabo la exploración, la explotación…así como ejercer, conforme a lo dispuesto en el esta ley, la conducción central y dirección estratégica de la industria petrolera.

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Petróleos Mexicanos contará con las unidades que requiera para el mejor cumplimiento de su objeto, los organismos subsidiarios serán creados por el titular del Ejecutivo Federal a propuesta del Consejo de Administración y tendrán la naturaleza de organismos descentralizados con fines productivos, de carácter técnico, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

Las actividades de petroquímica básica también serán realizadas por los organismos subsidiarios; estos organismos podrán realizar las actividades de transporte, almacenamiento, distribución y comercialización de los productos señalados.

Petróleos Mexicanos podrá contar con organismos subsidiarios y sus empresas podrán cogenerar energía eléctrica y vender sus excedentes a la Comisión Federal de Electricidad y a Luz y Fuerza del Centro, mediante convenios con las entidades mencionadas.

Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, de acuerdo con sus respectivos objetos, podrán celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios, contratos y suscribir títulos de crédito, manteniendo en exclusiva la propiedad y el control del Estado Mexicano sobre los hidrocarburos, con sujeción a las disposiciones legales aplicables.

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El Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos se compondrá de quince miembros propietarios:

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El Presidente del Consejo será el titular de la Secretaria de Energía, quien tendrá voto de calidad en caso de que existiera algún empate.

Por cada consejero propietario habrá un suplente, y se les aplican las mismas disposiciones de los consejeros propietarios.

Las causas más destacadas para la remoción de consejeros son las siguientes:•Incumplir, sin mediar causa justificada, los acuerdos del Consejo de Administración de Petroleros Mexicanos.•Incumplir con algún requisito de los que la Ley señala para ser miembro del consejo de Administración o que les sobrevenga algún impedimento.

El Consejo de Administración a solicitud de cuando menos dos de sus integrantes, conocerá y dictaminará sobre las causas de remoción.

Organismos SubsidiariosCada uno de los organismos subsidiarios será dirigido y administrado por un Consejo de Administración y un Director General designado y removido por el Ejecutivo Federal a propuesta del Director General de Pemex.

Los consejos de administración de los organismos subsidiarios se integrarán por: •El Director General de Pemex•Representantes del Estado, designados por el Ejecutivo Federal•Al menos dos consejeros profesionales designados por el Ejecutivo Federal; el numero de estos siempre será menor que el de los representantes del Estado.

Los Directores Generales de los Organismos Subsidiarios podrán participar en las sesiones del Consejo de Administración con voz pero sin voto.

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Artículo 19 de La ley de Petróleos Mexicanos:•Conducción central y la dirección estratégica de Pemex y sus organismos subsidiarios en congruencia con el Programa Sectorial de Energía, así como vigilar y evaluar el desempeño de Pemex y de sus organismos subsidiarios•Aprobar el plan anual de Pemex y organismos subsidiarios con base en una proyección a cinco años.•Aprobar previa opinión del comité competente las operaciones que pretenda celebrar Pemex y org. Subsidiarios, con personas morales y las remuneraciones del Director General y de los funcionarios de los tres niveles jerárquicos inferiores al mismo.•Aprobar de acuerdo con esta ley las adecuaciones a los presupuestos de Pemex y sus organismos subsidiarios.•Aprobar anualmente los estados financieros de la entidad así como autorizar su publicación previa opinión del Comité de Auditoria y Evaluación del Desempeño.•Aprobar los términos y condiciones para la contratación de obligaciones constitutivas de deuda pública de Pemex, de acuerdo con la SHCP.•Dar seguimiento por conducto de los comités competentes , a los principales riesgos a los que están expuestos Pemex y sus Organismos Subsidiarios.•Aprobar a solicitud del Director General la propuesta de constitución de organismos subsidiarios de Pemex, así como los demás actos que deriven del art. 16 de la ley Federal de Entidades Paraestatales.•Aprobar a Solicitud del Director General la constitución de empresas filiales bajo control de Pemex o de sus organismos subsidiarios, y los demás actos previstos en el art. 32 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales.•Autorizar a solicitud del Director General la participación de Pemex y Org. Sub. En la constitución, liquidación, fusión o escisión de sociedades mercantiles que no se consideren Paraestatales.

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• Aprobar el programa operativo y financiero anual de trabajo de mejoras practicas de la industria petrolera.

• Aprobar los criterios y lineamientos para el otorgamiento de pagos extraordinarios de PEMEX.

• Aprobar el desmantelamiento o la enajenación de las instalaciones industriales de Pemex y organismos subsidiarios, cuando ya no sean útiles para el cumplimiento de su objeto.

• Expedir las normas o bases generales para que el Director General pueda disponer de los activos fijos de Pemex que no correspondan a las operaciones propias de su objeto.

• Nombrar y remover a propuesta del Director General a los servidores públicos que ocupen cargos en las dos jerárquicas administrativas inferiores a las de aquel y concederles licencias.

• Establecer las normas, bases y procedimientos , para la adquisición, arrendamiento y enajenación de inmuebles que requiera Pemex y Org. Sub, para el cumplimiento de su objeto.

• Aprobar normas y bases para cancelar adeudos a cargo de terceros y a favor de Pemex cuando fuere notoria la inviabilidad económica o imposibilidad practica de su cobro informando a la SHCP.

• Aprobar el Estatuto Orgánico que incluirá la estructura, bases de organización y las funciones que correspondan a las áreas que integran Pemex, así como las reglas internas del Consejo de Admón.

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Para la correcta realización de sus funciones, el Consejo de Administración de PEMEX contará con los siguientes comités:

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El Comité se encargará de:

•Dar seguimiento a la gestión de Pemex, revisando y evaluando su documentación y desempeño financiero.•Verificar el cumplimiento de las metas, objetivos, planes y programas del organismo•Verificar y certificar la racionalidad y suficiencia de la información contable y financiera.•Designar, supervisar y evaluar al auditor externo.•Supervisar la preparación del dictamen de auditoría de Pemex; emitir opinión acerca de la auditoria de Pemex.•Establecer un sistema de administración de riesgos financieros.•Proponer al Consejo de Admón., los lineamientos en materia de control interno y evaluación del desempeño.•Programar y requerir en cualquier momento, las investigaciones y auditorias que estime necesarias. (se deberá dar vista inmediata al Órgano Interno de control cuando estas sean por irregularidades o delitos)•Presentar al Consejo de Admón. Periódicamente informes sobre su gestión.•Evaluar el cumplimiento de las metas sobre restitución de reservas de hidrocarburos.•Emitir opinión sobre la cuantificación y evaluación de las reservas de hidrocarburos.

Cumple las funciones del análisis del plan de negocios y el portafolio de inversiones de dicho descentralizado y sus organismos subsidiarios; asimismo llevará el seguimiento de las inversiones y su evaluación, una vez que hayan sido realizadas.

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Cumple con las funciones de proponer al Consejo de Administración el mecanismo de remuneración del Director General y de los funcionarios de los tres niveles jerárquicos inferiores a este, tomando en consideración el otorgamiento de los incentivos con base en el desempeño y resultados medibles dentro del tabulador correspondiente.

Tiene por objeto coadyuvar a la inserción de Pemex en el cumplimiento de las políticas de preservación del medio ambiente y del logro del desarrollo sustentable.

Sus funciones son las siguientes:•Proponer al Consejo de Admón. Los criterios para determinar la información relevante sobre Pemex, sus normas y recomendaciones para su divulgación. Así como verificar su cumplimiento.•Establecer criterios para la organización, clasificación y manejo de los informes que son de su competencia de acuerdo a la ley.•Proponer al Consejo de Admón. Los mecanismos de rendición de cuentas de Pemex •Elaborar el dictamen anual sobre la transparencia y rendición de cuentas del organismo.•Proponer los mecanismo para atender las solicitudes del acceso a la información y divulgación de la misma.•Solicitar a la Dirección General de Pemex la información requerida para el adecuado ejercicio de sus funciones.

Tiene por objeto proponer al Consejo de Admón. Acciones de investigación y desarrollo de tecnología en los distintos campos propios y relacionados con las actividades de la industria petrolera.

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Sus funciones son las siguientes:

•Revisar, evaluar, dar seguimiento y formular las recomendaciones sobre los programas anuales que se hagan de la materia los cuales deberán ajustarse a los objetivos del Plan de Negocios.•Dictaminar sobre la procedencia de no celebrar licitaciones públicas, en términos de las disposiciones aplicables, en cuanto al procedimiento para la contratación, que puede ser a través de invitación restringida o adjudicación directa, se le dará cuenta al Comité de Auditoria.•Emitir los dictámenes que le requiera el Consejo de Administración sobre los modelos de convenios y contratos de la materia.•Autorizar la creación de subcomités, su integración y funcionamiento.•Emitir opiniones que le requiera el Consejo de Admón. Respecto de la celebración de los convenios y contratos su ejecución, así como suspensión, recisión o terminación anticipada.

Organismos Subsidiarios contarán con un comité de estrategia e inversión y otro de adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios, este ultimo tendrá las siguientes atribuciones :I.Emitir sus políticas, bases, lineamientos y reglas de operaciónII.Aplicar las disposiciones que emita el Consejo de Admón. De Pemex y proponer modificaciones a las mismas yIII.Revisar la congruencia de los programas y presupuestos de adquisiciones, de arrendamientos, servicios y obras públicas de la industria petrolera estatal.

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• Administrar y representar legalmente al Organismo

•Conducir la planeación estratégica y elaborar los anteproyectos de ingreso y presupuesto de Pemex y de los Org. Sub.

•Formular y presentar el plan de negocios y el programa operativo y financiero anual de trabajo para su autorización por el

Consejo de Admón.

•Definir las bases de los sistemas de supervisión, coordinación, control y desempeño de los organismos subsidiarios para

optimizar su operación y administración.

•Convenir con el Sindicato de Trabajadores de Pemex el contrato colectivo de trabajo y expedir el reglamento de trabajo

personal de confianza y se regirán las relaciones laborales de Pemex y sus organismos subsidiarios conforme al art. 123

constitucional, apartado A y la Ley Federal del Trabajo.

•Enviar a la SHCP a través de la Secretaria de Energíala información presupuestaria y financiera de Pemex y org. Sub. Para

su integración a la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal.

•Establecer los mecanismos y sistemas de control internos que permitan evaluar, vigilar y verificar los actos y operaciones

de Pemex.

•Proponer medidas para el desarrollo tecnológico y para asegurar la calidad de sus productos

•Ejercer , por si o por conducto de quien se determine competente, las acciones procedentes en contra de quienes

presuntamente hubieren ocasionado daño o perjuicio a Pemex u org. Sub.

•Dar aviso a la SHCP sobre la pretensión de contratar c/u de las obligaciones constitutivas de deuda pública.

•Instrumentar y administrar los sistemas de seguridad de Pemex en coordinación con dependencias competentes de los tres

ordenes de gobierno.

•Dar a conocer al público en general, en los términos que establezca el Consejo de Admón. Los estados financieros de

empresas filiales, organismos subsidiarios y Pemex.

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Disposiciones relativas a la Producción de Fertilizantes.

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• Recabar, analizar y mantener actualizada la información y la estadística relativa a la producción de petróleo crudo y gas natural, reservas probadas, probables y posibles; relación entre productos y reservas, recursos prospectivos, información geológica y geofísica .

Es un Órgano Desconcentrado de la Secretaria de Energía, tiene como objeto regular y supervisar la exploración y extracción , transporte y almacenamiento de carburos de hidrogeno.

La Comisión Nacional de Hidrocarburos tendrá un Órgano de Gobierno que se compondrá de cinco Comisionados designados por el Ejecutivo Federal, y ejercerán su cargo por cinco años con posibilidad de un segundo periodo.

Para la consecución de su objeto, el ejercicio de sus atribuciones y auxiliarse en sus trabajos, podrá formar comités de apoyo técnico compuestos por especialistas en las materias de su competencia.

Atribuciones de la Comisión:

Establecer los lineamientos técnicos para el diseño de los proyectos de exploración y extracción de hidrocarburos, así como dictaminar técnicamente los proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos.

•Establecer mecanismos de evaluación de la eficiencia operativa en la exploración y extracción de hidrocarburos.

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•Establecer mecanismos de evaluación de la eficiencia operativa en la exploración y extracción de hidrocarburos.

•Supervisar, verificar, vigilar y, en su caso, certificar el cumplimiento de sus disposiciones; así como realizar visitas de inspección que le solicite la Secretaria de Energía, entregándole el informe correspondiente.

•Emitir opinión sobre la asignación o cancelación de asignación de áreas para fines de exploración y explotación petrolífera.

•Opinar sobre los permisos para el reconocimiento y la explotación superficial a efecto de investigar sus posibilidades petrolíferas.

•Proponer a la Secretaria de Energía el establecimiento de zonas de reservas petroleras.

•Establecer y llevar un Registro Petrolero, que será público y en que deberán inscribirse: sus resoluciones y acuerdos, los dictámenes, disposiciones y normas que expida, convenios, contratos y actos jurídicos, Decretos Presidenciales en materia de petróleo, etc.

•Instaurar, tramitar y resolver los procedimientos administrativos de índole, que con motivo de sus atribuciones promuevan.

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Atribuciones de la Comisión:•Determinar violaciones a las disposiciones y normatividad técnica que emita, tomando las medidas conducentes para corregirlas.

•Nombrar y remover a su secretario Ejecutivo y a los servidores públicos de mandos superiores.

•Planear, programar, organizar, controlar y evaluar sus funciones y actividades.

•Aprobar su anteproyecto presupuesto anual.

•Aprobar la contratación de servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones, requeridos para sus actividades

• Expedir su reglamento interno.