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ÓRGANO INFORMATIVO OFICIAL DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CHALCO 2016-2018 VOLUMEN I AÑO 2017 Los Reglamentos, Acuerdos, Circulares y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este órgano, en términos de lo dispuesto en los artículos 30, 31 fracción XXXVI, 48 fracción III, 91 fracción VIII y XIII, 165 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, así como los artículos 9 y 11 fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría del Ayuntamiento de Chalco, Estado de México. MUNICIPAL SUMARIO Chalco, Estado de México. 22 de Junio de 2017. 36 APROBACIÓN DE DIECINUEVE MANUALES DE ORGANIZACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL 2016-2018

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ÓRGANO INFORMATIVO OFICIAL

DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CHALCO 2016-2018

VOLUMEN IAÑO 2017

Los Reglamentos, Acuerdos, Circulares y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este órgano, en términos de lo dispuesto en los artículos 30, 31 fracción XXXVI, 48 fracción III, 91 fracción VIII y XIII, 165 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, así como los artículos 9 y 11 fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría del Ayuntamiento de Chalco, Estado de México.

MUNICIPALSUMARIO

Chalco, Estado de México. 22 de Junio de 2017.

36

APROBACIÓN DE DIECINUEVE MANUALES DEORGANIZACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL 2016-2018

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ÓRGANO INFORMATIVO OFICIALDEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CHALCO

2016-2018

Juan Manuel Carbajal Hernández

A SUS HABITANTES HACE SABER:

LO SIGUIENTE:

Presidente Municipal Constitucional de Chalco,Estado de México.

Que con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 115 Fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 122, 123 y 138 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 27, 28, 31 Fracción I y XXXVI, 48 Fracciones II, III, 91 Fracciones VIII y XIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México;

MUNICIPAL

Chalco, Estado de México. 22 de Junio de 2017. Nº 36, Volumen I, Año 2017

APROBACIÓN DE DIECINUEVE MANUALES DEORGANIZACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL 2016-2018

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ÓRGANO INFORMATIVO OFICIALDEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CHALCO

2016-2018

MUNICIPAL

Túrnese a la Secretaría delAyuntamiento para su publicación

en la Gaceta Municipaly su debido cumplimiento

En cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 128 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 48 fracción III, 91 fracción VIII, XIII y 165 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, y para su debida publicación y observancia, promulgo el presente Acuerdo dado en la Septuagésimo Novena Sesión Ordinaria de Cabildo, en el Salón de Expresidentes del Palacio Municipal de Chalco, Estado de México, a los veintidós días de junio de dos mil diecisiete. -----------------------------------

Cúmplase.- El C. Presidente Municipal Constitucional, Juan Manuel Carbajal Hernández.- Rúbrica. La C. Secretaria del Ayuntamiento Lic. T.S. Verónica Trujano Zúñiga.- Rúbrica.

Chalco, Estado de México. 22 de Junio de 2017. Nº 36, Volumen I, Año 2017

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JUAN MANUEL CARBAJAL HERNÁNDEZPresidente Municipal Constitucional

LIC. MARINA CARMONA GARCÍA Síndico Municipal

M.A.P. LEÓN OCTAVIO TÉLLEZ XIMÉNEZ Primer Regidor

C. TALÍA PAVÓN GARCÍA Segunda Regidora

PROFR. JAIME AGUILAR GALINDEZ Tercer Regidor

C. CLAUDIA MÉNDEZ CORTES Cuarta Regidora

LIC. IVÁN DE JESÚS REGALADO SALAZARQuinto Regidor

C. LETICIA ROJAS MARTÍNEZSexta Regidora

LIC. FELIPE MEDINA ANDRADE Séptimo Regidor

C. MIGUEL ÁNGEL MUNGUÍA CONTRERASOctavo Regidor

C. RAMONA PADILLA GONZÁLEZNovena Regidora

C. CHRISTIAN ARTURO HERNÁNDEZ DE LA ROSA Décimo Regidor

C. JORGE ALEJANDRO VIRRUETA NARANJODécimo Primer Regidor

C. GUILLERMO ROMERO POZOSDécimo Segundo Regidor

C. SONIA ELVIRA RESÉNDIZ BECERRILDécima Tercera Regidora

LIC. T.S. VERÓNICA TRUJANO ZÚÑIGASecretaria del Ayuntamiento

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEPRESIDENCIA MUNICIPAL

ÓRGANO INFORMATIVO OFICIALDEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CHALCO

2016-2018

MUNICIPAL

CONTENIDO

........................................................................................ PÁG. 06

Chalco, Estado de México. 22 de Junio de 2017. Nº 36, Volumen I, Año 2017

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PRESIDENCIA MUNICIPAL

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DIRECTORIO INSTITUCIONAL

Juan Manuel Carbajal Hernández

Presidente Municipal

Marina Carmona GarcíaSíndico Municipal

León Octavio Téllez XiménezPrimer Regidor

Talia Pavón GarcíaSegunda Regidora

Jaime Aguilar GalíndezTercer Regidor

Claudia Méndez CortésCuarta Regidora

Iván de Jesús Regalado SalazarQuinto Regidor

Leticia Rojas MartínezSexta Regidora

Felipe Medina AndradeSéptimo Regidor

Miguel Ángel Munguía ContrerasOctavo Regidor

Ramona Padilla González Novena Regidora

Christian Arturo Hernández De La RosaDécimo Regidor

Jorge Alejandro Virrueta NaranjoDécimo Primer Regidor

Guillermo Romero PozosDécimo Segundo Regidor

Sonia Elvira Reséndiz BecerrilDécima Tercera Regidora

Verónica Trujano ZúñigaSecretaria del Ayuntamiento

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DIRECTORIO INTERNO

Juan Manuel Carbajal Hernández

Presidencia Municipal Constitucional

José Francisco Cocón Ordáz

Encargado de la Secretaría Particular

Benito Antonio Cruz Rojo

Secretario Técnico

Víctor Jesús Meza Mireles

Coordinación de Giras y Logística

Mario Zúñiga Zúñiga

Asesor

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CONTENIDO

I. Presentación

II. Antecedentes

III. Fundamento legal

IV. Misión

V. Visión

VI. Objetivo General

VII. Estructura orgánica

VIII. Organigrama

IX. Objetivo y Funciones por unidad administrativa

• Presidencia Municipal

• Secretaría Particular

• Coordinación de Giras y Logística

• Secretaría Técnica

• Asesores

X. Glosario

XI. Firmas de autorización

XII. Aprobación

XIII. Actualización

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I. PRESENTACIÓN Desde el inicio de la presente Administración Pública Municipal, la reestructuración y

creación de las diversas Dependencias y Unidades Administrativas aprobadas por el

Ayuntamiento, en términos de lo establecido en las facultades legales que le competen,

se estableció en atención a la adecuación entre la ley, los recursos del propio

Ayuntamiento y la realidad social del municipio, definiéndose dicha estructura

organizacional con la aprobación del “Organigrama de la Administración Pública Municipal

2016 – 2018”, en sesión de cabildo número 12, de fecha 18 de marzo de 2016.

Particularmente, por lo que respecta a la Presidencia Municipal y, siendo el Ejecutivo del

Ayuntamiento quien asume la representación jurídica y ejecutor de los acuerdos del

mismo Cuerpo Edilicio, la reestructuración obedece además de lo expuesto en el párrafo

que antecede, a la imperante necesidad de hacer más eficiente su función, optimizar los

recursos económicos, humanos y tecnológicos, así como reducir considerablemente el

gasto público, observando que con ello se cumple cabalmente con los objetivos y metas

planteadas dentro del Plan de Desarrollo Municipal 2016 – 2018 y, sobre todo se cumple

con el mandato conferido por el pueblo Chalquense.

Siendo así que conjuntando voluntad y recursos, se establece la directriz de hacer más

con menos, optimizar la atención a la demanda social, simplificar trámites, respuesta en el

menor tiempo posible, lo que conllevará a la satisfacción de la necesidad social planteada

por la ciudadanía y la disminución del rezago social.

Por lo que, el presente Manual de Organización de la Presidencia Municipal, establece la

voluntad de servir para cumplir con las responsabilidades administrativas que le

competen.

Juan Manuel Carbajal Hernández.Presidente Municipal Constitucional.

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II. ANTECEDENTES

Remontándonos en la historia, específicamente de la región de Chalco, encontramos que

los primeros chalcas sedentarios están presentes desde el año 2400 a.C. “Chalco” de

origen náhuatl, significa: en el borde del lago, aunque la historia menciona que ha sido

muy discutido dicho significado. De los primeros grupos que llegan a la región de Chalco-

Amequemeca son los acxotecas, quienes Chimalpain afirma, proceden de Tula, lugar de

los toltecas; primer pueblo en llamarse chalca. Un segundo grupo en llegar son los

mihuaques, los cuales carecían de líder y por tanto, se unieron al linaje de los acxotecas.

En los años 1160 d.C. llegan los chichimecas teotenancas, éstos últimos provenientes de

Toluca. Existían más grupos radicando alrededor del lago, como fueron: cuixocas,

temimilolcas e ihuipanecas, quienes formaron congregación de tribus con los chalcas y en

lo sucesivo, fueron incorporándose otros más, entre ellos los chichimecas. Con el

transcurrir de los siglos, aproximadamente en 1354, toda la región era conocida como

Tzacualtitlán-Tenanco, Amaquemecan-Chalco. Para 1410 se componía de cuatro

señoríos: Acxotlan-Chalco, Tlalmanalco-Amaquemecan, Tenanco-Tepopollan y

Xochimilco-Chimalhuacan, siendo Acxotlan-Chalco la Cabecera" (1) �

La invasión de distintos grupos desata guerras por la conquista de territorio,

transcurriendo los años hasta llegar a la época de la conquista española. En 1530, con los

españoles instalados en territorio chalquense, construyen la Alcaldía Mayor de Chalco,

término que se le da a la administración de justicia durante el antiguo régimen en España

y que es implantado en la Nueva España. (2)

A finales del siglo XVII, Chalco pertenece al arzobispado de México y se convierte por

tanto, en cabecera de toda la región de donde dependían Amecameca, Tlalmanalco,

Tepetlixpa, Ozumba, Chimalhuacán entre otros más y por ser una metrópoli dinámica,

contribuye de manera importante en el desarrollo de grandes ciudades como Tenochtitlán. (2)

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En el siglo XIX se consuma la Independencia y se promulga la Constitución de 1824,

pasados los años, en 1861 la legislatura del Estado de México por decreto N°45 de fecha

14 de noviembre, se nombra Villa a la cabecera Distrital y su nombre “Díaz Covarrubias”

en honor a Juan Díaz Covarrubias, practicante de medicina quien fue fusilado en

Tacubaya.

El 9 de marzo de 1890, el Presidente de la República Mexicana, General Porfirio Díaz

colocó la primera piedra donde se edificó la Presidencia Municipal inaugurándose hasta

1895.

En 1917 Chalco se denominó Distrito Judicial y Rentístico por ser el centro de

competencia territorial de los tribunales y por otra parte, financieramente rentable por sus

actividades económicas.

En 1970 se demuele el antiguo palacio municipal para ser inaugurado nuevamente en

enero de 1973 y continuar con moderadas modificaciones como hasta la fecha lo

conocemos. (1)

(*) Los Presidentes Municipales que ha tenido Chalco a partir del año 1919 son:

Antonio G. Espinoza 1º. De Enero al 31 de Diciembre de 1919

Francisco Arechavala 1º. De Enero al 31 de Diciembre de 1920

Adolfo Granados Rojas 1º. De Enero al 31 de Diciembre de 1921

Manuel Alemán Ahedo 1º. De Enero al 31 de Diciembre de 1922

Adolfo Granados Rojas 1º. De Enero al 31 de Diciembre de 1923

Bernardino Ahedo Ortega 1º. De Enero al 31 de Diciembre de 1924

Adolfo Granados Rojas 1º. De Enero al 31 de Diciembre de 1925

Jesús Álvarez Martínez 1º. De Enero al 31 de Diciembre de 1926

Baldomero S. Lara 1º. De Enero al 31 de Diciembre de 1927

Jesús Álvarez Martínez 1º. De Enero 1928 al 31 de Diciembre de 1929

Rafael Iglesias Jurado 1º. De Enero 1930 al 30 de Noviembre de 1931

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Loreto Vargas Vargas 1º. De Diciembre al 31 de Diciembre de 1931

Jesús Álvarez Martínez 1º. De Enero 1932 al 31 de Diciembre 1933

Adolfo Granados Rojas 1º. De Enero 1934 al 31 de Diciembre 1935

Alberto Galarza de la Peña 1º. De Enero 1936 al 31 de Diciembre 1937

Dionisio Pérez Hernández 1º. De Enero 1938 al 31 de Diciembre 1939

Manuel Alemán Ahedo 1º. De Enero 1940 al 31 de Diciembre 1941

Dionisio Pérez Hernández 1º. De Enero 1942 al 31 de Diciembre 1943

Antonio Matamoros Osés 1º. De Enero 1944 al 31 de Diciembre 1945

Daniel Moreno Castelán 1º. De Enero 1946 al 31 de Diciembre 1948

Onésimo Cadena Rangel 1º. De Enero 1949 al 31 de Diciembre 1951

Armando González Sánchez 1º. De Enero al 11 de Agosto 1952

Dionisio Pérez Hernández

(P.M.D.L.)

Mayo y Septiembre 1952

Aquilino Hernández Ponce 12 de Agosto 1952 al 31 de Diciembre 1954

Daniel Moreno Castelán 1º. De Enero 1955 al 31 de Diciembre 1957

Santos Meza Garcés 1º. De Enero 1958 al 02 de Abril 1960

Francisco Rodríguez Flores 03 de Abril al 31 de Diciembre 1960

José Carbajal García 1º. De Enero 1961 al 31 de Diciembre 1963

Abundio Pérez Martínez 1º. De Enero 1964 al 31 de Diciembre 1966

Bernardo Aragón Sánchez 1º. De Enero 1967 al 31 de Diciembre 1969

Héctor Ximénez González 1º. De Enero 1970 al 31 de Marzo de 1972

Hugo Barrera Paredes (P.M.D.L) 1º. De Abril al 26 de Mayo de1972

Héctor Ximénez González 27 De Mayo 1972 al 31 de Diciembre de 1972

Salomón Mondragón Gutiérrez 1º. De Enero 1972 al 31 de Diciembre 1975

Santos Meza Garcés 1º. De Enero 1976 al 31 de Diciembre 1978

Felipe Medina Santos 1º. De Enero 1979 al 31 de Diciembre 1981

Adriel Horteales Maqueda

(P.M.D.L)

5 de Abril al 5 de mayo 1981

Cliserio Hernández Ponce 1º. De Enero 1982 al 31 de Diciembre 1984

José Gerardo de la Riva Pinal 1º. De Enero 1985 al 31 de Diciembre 1987

Javier Segismundo Téllez Sánz 1º. De Enero 1988 al 31 de Diciembre 1990

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Jesús Robledo Madrid (P.M.D.L) 28 de Agosto 1990 al 31 de Diciembre 1990

Marco Antonio Tapia Sánchez 1º. De Enero 1991 al 31 de Diciembre 1993

Felipe Medina Santos 1º. De Enero 1994 al 30 de Noviembre 1994

Gonzalo Hernández Moreno

(P.M.D.L)

1º. De Diciembre 1994 al 31 de Diciembre 1996

Martha Patricia Rivera Pérez 1º. De Enero 1997 al 31 de Agosto 2000

Eulalio Esparza Nieto 1° de Enero 2000 al 31 de Diciembre de 2001

José Gerardo de la Riva Pinal 1° de Enero 2002 al 31 de Diciembre de 2002

Jaime Espejel Lazcano 1° de Enero 2003 al 31 de Diciembre de 2006

Vicente Alberto Onofre Vázquez 1° de Enero 2006 al 31 de Diciembre de 2009

Juan Manuel Carbajal Hernández 1° de Enero 2009 al Agosto de 2012

Esteban Hernández Cureño Agosto de 2012 al 31 de Diciembre de 2012

Francisco Osorno Soberón 1° de Enero 2013 al 31 de Diciembre de 2015

Juan Manuel Carbajal Hernández 1° de Enero 2016 al 31 de Diciembre de 2018

(1)Alemán,O..(2016).EnciclopediadeLosMunicipiosyDelegacionesdeMéxico.2017,deINAFEDSitioweb:http://www.inafed.gob.mx/work/enciclopedia/EMM15mexico/municipios/15025a.html(2) Mackenzie, D.. (2011). 9 cosas que no conocías del reino de Chalco. 207, de El Universal Sitio web:http://www.eluniversaledomex.mx/chalco/nota13869.htmlNota:P.M.D.L.:PresidenteMunicipalporMinisteriodeLeyP.M.S.:PresidenteMunicipalSustituto(*)Fuente:InformaciónrecopiladaporHugoFloresVelasco,vecinodeChalcoeinvestigadorycronistalocal

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III. FUNDAMENTO LEGAL

• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

• Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.

• Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

• Bando Municipal 2017 de Chalco, Estado de México.

• Código Administrativo del Estado de México.

• Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

• Código Financiero del Estado de México y Municipios.

• Ley de Planeación del Estado de México y Municipios.

• Plan de Desarrollo Municipal 2016 – 2018.

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IV. MISIÓN Ofrecer bienestar a sus habitantes por medio de la innovación y desarrollo en los

aspectos socioeconómicos y de seguridad poblacional.

V. VISIÓN

Ser el municipio del Estado de México, reconocido por el cumplimiento en los objetivos

establecidos con su ciudadanía, que establece las bases que consolidan el desarrollo y

prosperidad de su población, en un ambiente de inclusión y transparencia.

VI. OBJETIVO GENERAL

Cumplir con los compromisos de gobierno para conducir de manera eficiente las acciones

en relación a la consulta ciudadana, de esta forma lograr dar atención al mayor número de

demandas de la ciudadanía y garantizar servicios de calidad; así como generar la

cercanía con la población de todas y cada una de las comunidades del municipio.

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VII. ESTRUCTURA ORGÁNICA

1. Presidencia Municipal

1.1 Secretaria Particular

1.1.1. Coordinación de giras y logística

1.1.2. Secretaria Técnica

1.1.3. Asesores

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VIII. ORGANIGRAMA

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. IX. OBJETIVO Y FUNCIONES POR UNIDAD ADMINISTRATIVA

1. Presidencia Municipal Objetivo:

Ejercer la representación jurídica, política y administrativamente del Ayuntamiento, así

como ejecutar a través de la Administración Pública Municipal, los acuerdos que del

mismo Cuerpo Edilicio emanen y vigilar que las Dependencias Municipales realicen sus

atribuciones y funciones de acuerdo a:

a) Los objetivos establecidos en el Plan de Desarrollo Municipal;

b) Observar el cumplimiento de la normatividad;

c) La aplicación correcta del gasto público, mediante el ejercicio responsable y

transparente de los fondos públicos;

d) La prestación eficaz de los servicios públicos y;

e) Bajo el principio de Igualdad de Género y al mecanismo de Acción Gubernamental de

Emergencia denominado “Alerta de Género”, en forma programada y con base en las

políticas públicas que establezca el Ayuntamiento.

Funciones:

1. Presidir y dirigir las sesiones del Ayuntamiento;

2. Ejecutar los acuerdos del Ayuntamiento e informar su cumplimiento;

3. Promulgar y publicar el Bando Municipal en la Gaceta Municipal y en los estrados

de la Secretaría del Ayuntamiento, así como ordenar la difusión de las normas de

carácter general y reglamentos aprobados por el Ayuntamiento;

4. Asumir la representación jurídica del municipio y del Ayuntamiento, así como de

las dependencias de la Administración Pública Municipal, en los litigios en que

este sea parte;

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5. Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias a los integrantes del

Ayuntamiento;

6. Proponer al Ayuntamiento los nombramientos de secretario, tesorero y titulares de

las dependencias y organismos auxiliares de la Administración Pública Municipal,

favoreciendo para tal efecto el principio de igualdad y equidad de género;

7. Expedir, previo acuerdo del Ayuntamiento, la licencia del establecimiento mercantil

que autorice o permita la venta de bebidas alcohólicas;

8. Presidir las comisiones que le asigne la ley o el Ayuntamiento;

9. Contratar y concertar en representación del Ayuntamiento y previo acuerdo de

éste, la realización de obras y la prestación de servicios públicos, por terceros o

con el concurso del Estado o de otros Ayuntamientos;

10. Verificar que la recaudación de las contribuciones y demás ingresos propios del

municipio se realicen conforme a las disposiciones legales aplicables;

11. Vigilar la correcta inversión de los fondos públicos;

12. Supervisar la administración, registro, control, uso, mantenimiento y conservación

adecuados de los bienes del municipio;

13. Tener bajo su mando los cuerpos de seguridad pública, tránsito y bomberos

municipales, en los términos del capítulo octavo de la Ley Orgánica Municipal del

Estado de México;

14. Vigilar y ejecutar los programas y subprogramas de protección civil y realizar las

acciones encaminadas a optimizar los programas tendientes a prevenir el impacto

de los fenómenos perturbadores;

15. Vigilar que se integren y funcionen en forma legal las Dependencias, Unidades

Administrativas y Organismos Desconcentrados o Descentralizados y fideicomisos

que formen parte de la estructura administrativa;

16. Desarrollar un programa permanente de mejora regulatoria, en coordinación con la

dependencia del Ejecutivo del Estado que establezca la Ley de la materia, mismo

que deberá de someterse al acuerdo de Cabildo;

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17. Proponer al Ayuntamiento y ejecutar un programa especial para otorgar la licencia

provisional de funcionamiento para negocios de bajo riesgo sanitario, ambiental o

de protección civil, que autorice el Cabildo conforme a la clasificación contenida en

el Catálogo Mexiquense de Actividades Industriales, Comerciales y de Servicios

de Bajo Riesgo. Para tal efecto, deberá garantizar que el otorgamiento de la

licencia no esté sujeto al pago de contribuciones ni a donación alguna; la exigencia

de cargas tributarias, dádivas o cualquier otro concepto que condicione su

expedición será sancionada en términos de la Ley de Responsabilidades de los

Servidores Públicos del Estado y Municipios;

18. Expedir o negar licencias o permisos de funcionamiento, previo acuerdo del

Ayuntamiento, para las unidades económicas, empresas y parques industriales,

dando respuesta en un plazo que no exceda de tres días hábiles posteriores a la

fecha de la resolución del Ayuntamiento;

19. Desarrollar y ejecutar las políticas, programas y acciones en materia de Gobierno

Digital, impulsando el uso estratégico de las tecnologías de la información en los

trámites y servicios que se otorgan por parte del Ayuntamiento, conforme a lo

establecido en la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios, su

Reglamento y conforme a las disposiciones jurídicas de la materia;

20. Vigilar que se integren y funcionen los consejos de participación ciudadana

municipal y otros órganos de los que formen parte representantes de los vecinos;

21. Entregar por escrito y en medio electrónico al Ayuntamiento, dentro de los

primeros cinco días hábiles del mes de diciembre de cada año, en sesión solemne

de cabildo, un informe del estado que guarda la Administración Pública Municipal y

de las labores realizadas durante el ejercicio. Dicho informe se publicará en la

página oficial, en la Gaceta Municipal y en los estrados de la Secretaría del

Ayuntamiento para su consulta;

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22. Cumplir y hacer cumplir dentro de su competencia, las disposiciones contenidas

en las leyes y reglamentos federales, estatales y municipales, así como aplicar, a

los infractores las sanciones correspondientes o remitirlos, en su caso, a las

autoridades correspondientes; Vigilar que los establecimientos mercantiles con

venta o suministro de bebidas alcohólicas en botella cerrada, consumo inmediato y

al copeo, cuenten con la correspondiente licencia de funcionamiento y con las

disposiciones legales y reglamentarias correspondientes, instaurar los

procedimientos sancionadores correspondientes y, en su caso, dar vista al

Ministerio Público por la posible comisión de algún delito; Instalar y vigilar el

debido funcionamiento de la ventanilla única en materia de unidades económicas;

23. Promover el desarrollo institucional del Ayuntamiento, entendido como el conjunto

de acciones sistemáticas que hagan más eficiente la Administración Pública

Municipal mediante la capacitación y profesionalización de los servidores públicos

municipales, la elaboración de planes y programas de mejora administrativa, el

uso de tecnologías de información y comunicación en las áreas de la gestión,

implantación de indicadores del desempeño o de eficiencia en el gasto público,

entre otros de la misma naturaleza. Los resultados de las acciones implementadas

deberán formar parte del informe anual al que se refiere la fracción XV;

24. Promover el patriotismo, la conciencia cívica, las identidades nacional, estatal y

municipal y el aprecio a los más altos valores de la República, el Estado y el

municipio, con la celebración de eventos, ceremonias y en general todas las

actividades colectivas que contribuyan a estos propósitos, en especial el puntual

cumplimiento del calendario cívico oficial;

25. Comunicar por escrito, con anticipación a su salida al extranjero, a la Legislatura o

a la Diputación Permanente y al Cabildo, los propósitos y objetivos del viaje e

informar de las acciones realizadas dentro de los diez días siguientes a su

regreso;

26. Coadyuvar en la coordinación del cuerpo de seguridad pública a su cargo con las

Instituciones de seguridad pública federales, estatales y de otros municipios en el

desarrollo de operativos conjuntos, para el cumplimiento de los acuerdos tomados

por el Consejo Estatal, los Consejos Intermunicipales y el Consejo Municipal de

Seguridad Pública, así como en la ejecución de otras acciones en la materia;

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27. Satisfacer los requerimientos que le sean solicitados por la Comisión Estatal de

Seguridad Ciudadana para el registro y actualización de la licencia colectiva para

la portación de armas de fuego de los elementos a su cargo;

28. Vigilar la integración, funcionamiento y cumplimiento de los acuerdos tomados por

el Consejo Municipal de Seguridad Pública, en los términos de esta Ley;

29. Las demás que le confieran las leyes y otros ordenamientos legales.

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1.1 Secretaría Particular

Objetivo:

Organizar y supervisar las actividades del Presidente o Presidenta Municipal, auxiliando

en el desarrollo de sus atribuciones ejecutivas y seguimiento a las instrucciones giradas,

así como la atención y canalización de la demanda formulada por la ciudadanía,

promoviendo el desarrollo de una atención pronta y expedita.

Funciones:

1. Organizar y coordinar a la estructura operativa necesaria, operar los trabajos

organizacionales y cuidar que cada actividad pública del Presidente o Presidenta

Municipal cuente con las condiciones óptimas tanto materiales, humanas y

organizacionales para su éxito;

2. Dar seguimiento a los compromisos contraídos del Presidente o Presidenta

Municipal;

3. Elaborar la Agenda del Presidente o Presidenta Municipal;

4. Organizar y auxiliar las audiencias del Presidente o Presidenta Municipal;

5. Vigilar el seguimiento de la audiencia pública;

6. Mantener relaciones públicas entre organismos públicos y privados;

7. Vigilar que se dé seguimiento a las instrucciones giradas por el Presidente o

Presidenta Municipal a las titulares y los titulares de las Dependencias,

Organismos Municipales, Descentralizados, Direcciones y demás Unidades

Administrativas;

8. Organizar y llevar el archivo, la correspondencia y la documentación de la

Presidencia;

9. Registrar los acuerdos derivados de las reuniones de trabajo de Directores y

Directoras;

10. Las demás que le asigne el Presidente o Presidenta Municipal.

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1.1.1 Coordinación de giras y logística

Objetivo:

Organizar y coordinar a la estructura operativa necesaria para los trabajos logísticos y,

cuidar que todos los eventos y giras del Presidente o Presidenta Municipal se realicen en

tiempo y forma, contando con las condiciones óptimas, tanto materiales, como humanas y

organizacionales para su éxito.

Funciones:

1. Coordinar, registrar en el formato oficial y supervisar los trabajos de logística para

la realización de los eventos y giras de trabajo que realiza el Presidente o

Presidenta Municipal;

2. Recibir y dar trámite a la propuesta de evento a realizarse, presentada por cada

Dependencia, Dirección o Unidad Administrativa;

3. Remitir a la Coordinación de Comunicación Social, la relación de eventos a los que

asiste el Presidente o Presidenta Municipal o sus representantes, a efecto de dar

cobertura, difusión y la integración de boletines de prensa;

4. Supervisar los montajes, así como los servicios solicitados para la realización del

evento;

5. Durante el evento o gira de trabajo, supervisar que las actividades se desarrollen

con apego al programa, con orden, respeto, seguridad y éxito, así como resolver lo

superveniente;

6. Revisar previo a cada evento o gira del Presidente o Presidenta Municipal las

necesidades o requerimientos que habrán de utilizarse para cada uno;

7. Las demás que le asigne el Presidente o Presidenta Municipal y la Secretaria o

Secretario Particular en ejercicio de sus funciones.

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1.2 Secretaría Técnica

Objetivo:

Proporcionar el apoyo directo al Presidente o Presidenta Municipal, en el desarrollo de

sus funciones y cumplimiento de sus atribuciones, desarrollando acciones necesarias

para la integración de las diversas Dependencias, Direcciones y Unidades

Administrativas, así como los sistemas de información, control, gestión y seguimiento de

la Administración Municipal, para coadyuvar como eje rector en el cumplimiento de los

objetivos del Plan de Desarrollo Municipal.

Funciones:

1. Coordinar la organización y desarrollo de reuniones de trabajo de las titulares y los

titulares de las Direcciones;

2. Preparar las sesiones de los Consejos, Comisiones y Comités vinculados a la

planeación económica, financiera y administrativa;

3. Llevar el seguimiento de los acuerdos de reuniones de trabajo de las titulares y los

titulares de las Direcciones, Consejos, Comisiones y Comités;

4. Llevar el seguimiento y registro del cumplimiento de los acuerdos del Presidente o

Presidenta Municipal en reuniones de los Consejos, Comisiones o Comités;

5. Instruir el seguimiento y evaluación de los programas, obras y acciones del

gobierno municipal;

6. Identificar, jerarquizar y dar seguimiento a la agenda política y de gestión

gubernamental sobre temas relevantes y estratégicos del quehacer público

municipal, que deban ser considerados por el Presidente o Presidenta Municipal;

7. Dar seguimiento a las actividades que realizan las Dependencias y Direcciones,

con el fin de obtener datos precisos de los avances y resultados de la

Administración;

8. Conocer y recopilar los informes mensuales de actividades, programas y logros

obtenidos en cada área de la Administración Pública Municipal;

9. Determinar las acciones de coordinación y cooperación que deberán ejecutarse

con instituciones públicas y privadas;

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10. Coordinar acciones de trabajo entre las titulares y los titulares de las

Dependencias;

11. Planear, coordinar y realizar estudios sobre las percepciones, actitudes, opiniones

y comportamiento ciudadano, con respecto a las acciones del gobierno municipal y

de sus principales actores políticos, a efecto de proporcionar información

relevante, objetiva y oportuna para la elaboración de nuevas estrategias y políticas

de gobierno;

12. Proponer acciones tendientes al mejoramiento de la imagen institucional del

gobierno municipal, atendiendo el acontecer sociopolítico del municipio;

13. Atender las actividades de asesoría y apoyo técnico que le encomiende

expresamente el Presidente o Presidenta Municipal;

14. Las demás que le asigne el Presidente o Presidenta Municipal, Secretaria o

Secretario Particular en ejercicio de sus funciones.

1.3 Asesores

Objetivo:

Brindar el consejo, sugerencia, recomendación, opinión o propuesta especializada en las

diferentes materias de la Administración Pública, al Presidente o Presidenta Municipal

para el óptimo ejercicio y desarrollo de sus diferentes atribuciones.

Funciones:

1. Asesorar de forma administrativa, técnica, profesional y de apoyo, realizando las

tareas asignadas por el Presidente o Presidenta Municipal, o a través de la

Secretaria o Secretario Particular. Lo anterior mediante la asistencia técnica y

profesional permanente al Presidente o Presidenta Municipal, a la Secretaria o

Secretario Particular, a la Secretaria o Secretario del Ayuntamiento y

ocasionalmente a las titulares y los titulares de las Dependencias y Unidades

Administrativas; emitiendo consejos, opiniones, sugerencias, análisis, proyectos y

revisión;

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2. Las demás que le asigne el Presidente o Presidenta Municipal y la Secretaria o

Secretario Particular en ejercicio de sus funciones.

IX. GLOSARIO DE TÉRMINOS

Ayuntamiento. El Órgano de Gobierno Colegiado integrado por el Presidente o

Presidenta Municipal, Síndico o Síndica Municipal y Regidores o Regidoras.

Administración Pública Municipal. Conjunto de Direcciones, Dependencias,

Organismos o Unidades Administrativas, cuyo titular es el Presidente o Presidenta

Municipal, encargadas de la ejecución de las acciones contenidas en el Plan de

Desarrollo Municipal, en una relación de subordinación al poder público depositado en el

Ayuntamiento.

Bando. El Bando Municipal de Chalco, Estado de México.

Cabildo. La reunión de trabajo del Ayuntamiento en sesión, para resolver los asuntos que

le son de su competencia.

Cuerpo Edilicio. El Ayuntamiento.

Consejos, Comisiones y Comités. Los correspondientes señalados en el artículo 39 del

Bando Municipal.

Ejecutivo o Ejecutiva del Ayuntamiento. Es el Presidente o Presidenta Municipal.

Gasto público. Cantidad de dinero que gasta la Administración Pública Municipal para

satisfacer las necesidades de los ciudadanos y autorizado en el Presupuesto de Egresos

vigente.

Población chalquense. La población del territorio del Municipio de Chalco, Estado de

México.

Dependencias Administrativas. Unidades Orgánicas pertenecientes a la Administración

Pública Municipal, a las cuales corresponde la ejecución de acciones en un área

específica del quehacer municipal.

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X. FIRMAS DE AUTORIZACIÓN

_______________________

RÚBRICA José Francisco Cocón Ordáz

Encargado de la Secretaría Particular

RÚBRICA Roberto Carlos Aguilar Reyes

Encargado de la Dirección de Innovación Gubernamental

________________________ RUBRICA

José Alfredo Shomar Reyes Director de Administración

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XI. APROBACIÓN

________________________ RÚBRICA

Juan Manuel Carbajal Hernández Presidente Municipal de Chalco

_______________________ RÚBRICA

Verónica Trujano Zúñiga Secretaria del Ayuntamiento

ACTA DE CABILDO N°. FECHA DE APROBACIÓN:

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XII. ACTUALIZACIÓN

Manual de Organización de la Presidencia Municipal del Ayuntamiento de Chalco, México; Mayo 2017. Segunda Edición. PRESIDENCIA MUNICIPAL Juan Manuel Carbajal Hernández Presidente Municipal Constitucional. Serie Manuales Administrativos HISTORIAL DE CAMBIOS

NP. # Acta de Cabildo Fecha Acuerdo

1. 11 21/03/2013

Aprobación del Manual de Organización

2. Actualización

3. .

4. 5. 6. 7. 8.

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