aplicacion tributaria i upla 2011 (4)

Upload: judithfiorellafloressuarez

Post on 10-Jan-2016

215 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

uno mas de lo mucho

TRANSCRIPT

NUEVO RUS

REGIMEN DE DETRACCIONES, RETENCIONES Y PERCEPCIONESRGIMEN DE DETRACCIONES, RETENCIONES Y PERCEPCIONES DEL IGV

A) DETRACCIONES: Es la generacin de fondos a travs de depsitos realizados en cuentas especiales en el Banco de la Nacin, destinados a asegurar el pago de las deudas tributarias (incluyendo a ESSALUD y ONP), costas y gastos administrativos del titular de dichas cuentas.Consiste en que el adquiriente o comprador debe descontar (DETRAER) un porcentaje del precio de venta o retribucin convenida y depositarlo en tales cuentas.

OPERACIONES COMPRENDIDAS:

a) BIENES: Azcar 10%Alcohol 10% Madera 9% Recursos hidrobiolgicos 9% o 15%Maz 7%Algodn 11% o 7%Caa de azcar, arena y piedra 12%Residuos y deshechos 14%Bienes del Inciso A del Apndice I del IGV 10%Otros 9%b) SERVICIOS:Intermediacin laboral y gerencial 14%Arrendamiento de bienes 9%Mantenimiento 9%Movimiento de carga 14%Otros servicios empresariales 14%

EJEMPLO:

VALOR DE VENTA S/. 15,000.00IGV 2,700.00PV 17,700.00(-) DETRACCION 9% 1,593.00SALDO A PAGAR 16,107.00Nota: El comprador o adquiriente debe depositar en el Banco de la Nacin S/. 1,593.00 por el cual deber decepcionar una constancia de deposito (original y 2 copias) y entrega al proveedor el saldo a pagar (S/. 16,107.00) con su respectiva constancia. Por tanto para efectos de la declaracin y pago de IGV el comprador utilizara la factura y la constancia de depsito como sustento de su crdito fiscal. SANCIONES: La no detraccin obliga al pago de una multa equivalente al 100% del importe no depositado.

RGIMEN DE DETRACCIONES, RETENCIONES Y PERCEPCIONES DEL IGVEl Rgimen de Percepciones del IGV aplicable a la Venta Interna de Bienes es un mecanismo por el cual la SUNAT designa algunos contribuyentes como Agentes de Percepcin, para que realicen el cobro por adelantado de una parte del Impuesto General a las Ventas que sus clientes van a generar luego, por sus operaciones de venta gravadas con este impuesto.El Agente de Percepcin entregar a la SUNAT el importe de las percepciones efectuadas. El cliente est obligado a aceptar la percepcin correspondiente.NOTA: No se trata de un nuevo impuesto, es un pago adelantado que ser deducido en las declaraciones de pago que presenten los contribuyentes que hayan sido sujetos de la percepcin. La percepcin solo la podrn efectuar aquellos sujetos que han sido designados por la SUNAT como Agentes de Percepcin

EN QU CONSISTE

El Rgimen de Percepciones del IGV aplicable a las operacionesde venta gravadas con el IGV de los bienes sealados en elApndice 1 de la Ley N 29173, es un mecanismo por el cual elagente de percepcin cobra por adelantado una parte delImpuesto General a las Ventas que sus clientes van a generarluego, por sus operaciones de venta gravadas con esteimpuesto.El Agente de Percepcin entregar a la SUNAT el importe de laspercepciones efectuadas. El cliente est obligado a aceptar lapercepcin correspondiente.Este rgimen no es aplicable a las operaciones de venta debienes exoneradas o inafectas del IGV.

CONTRIBUYENTES DEL NUEVO RUSA los contribuyentes del NUEVO RUS que le han efectuadoPercepciones de IGV, podr efectuar la compensacin (de lo que lehan percibido) a travs del Pago Fcil del NUEVO RUS(Formulario 1611). Para dicho efecto el contribuyente puedeacercarse a cualquiera de los Bancos autorizados a recepcionar esteformulario.Para tal efecto, debern indicar al personal de dichos bancos, en formaverbal o a travs de la Gua PAGO FCIL para el NUEVO RUS, los datosque a continuacin se detallan:RUC Perodo tributario. Indicar si es la primera vez que declara el perodo que est pagando [1] Total ingresos brutos del mes. Categora Monto a compensar por Percepciones de IGV efectuadas Importe a pagar.

EJEMPLO:

Cliente compra un bien a un agente de percepcin.VALOR DE VENTAS/. 1.000.00IGV 180.00PRECIO DE VENTA 1,180.00PERCEPCION 24.00TOTAL A COBRAR 1,204.00

NOTA: El agente de percepcin cobra precio de venta (S/. 1,180.00) mas la percepcin (S/. 24.00) y emite comprobante de percepcin posteriormente lo declara y paga al fisco. El cliente aplica como crdito contra el impuesto bruto del periodo las percepciones (S/. 24) que hubiera entregado

RGIMEN DE DETRACCIONES, RETENCIONES Y PERCEPCIONES DEL IGVC)RETENCIONES Rgimen por el cual, los sujetos designados por la SUNAT como agentes de retencin, retiene parte del IGV que les es trasladado por sus proveedores, para su posterior entrega al Fisco segn la fecha de vencimiento de sus obligaciones tributarias.Los proveedores pueden deducir los importes retenidos contra el IGV que les corresponda pagar.OPERACIONES INCLUIDAS:Operaciones gravadas con el IGV realizadas con un agente de retencin (adquiriente o usuario) designado por la SUNAT.No opera, entre otros, si la operacin se realiza con buenos contribuyentes, es por una suma igual o inferior a S/. 700.00, o en todo caso no existe obligacin de emitir comprobante de pago, o se emite boleta de venta, ticket, etc.

EJEMPLO:

Un proveedor realiza operaciones sujetas a retencin del IGV con un agente designado por la SUNAT como agente de retencin.

VALOR DE VENTA S/. 1,000.00IGV 180.00PRECIO DE VENTA 1,180.00RETENCION 6% (71.00)SALDO A PAGAR 1,109.00El agente de retencin paga S/. 1,109.00 al proveedor y entrega comprobante de retencin. Consigna la operacin en PDT de retenciones y paga al Fisco S/. 71.00).Proveedor aplica los S/. 71.00 retenidos como crdito contra el IGV que le corresponda pagar en el periodo.NOTA: El 6% se aplica hasta el mes de Febrero del 2014; a partir del mes de Marzo del mismo ao se ha rebajado al 3%.