anteproyecto reglamento alumbrado público 2009

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Departamento de Normas y Estudios Superintendencia de Electricidad y Combustibles Santiago Julio 2009 ANTEPROYECTO REGLAMENTO ALUMBRADO PÚBLICO VÍAS TRÁFICO VEHICULAR

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Elaborado por el SEC, presentación del Anteproyecto base que culminó con la publicación del nuevo Reglamento actualmente vigente, que norma el alumbrado público de las vías de tráfico vehicular en Chile.

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Page 1: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

Departamento de Normas y Estudios

Superintendencia de Electricidad y Combustibles

Santiago

Julio 2009

ANTEPROYECTO REGLAMENTO ALUMBRADO

PÚBLICO VÍAS TRÁFICO VEHICULAR

Page 2: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

I. Escenario.

II. Disposiciones Generales.

III. Terminología.

IV. Instalación Eléctrica.

V. Alumbrado, Vías de Tráfico Vehicular e Iluminación.

VI. Alumbrado de Áreas Conflictivas.

VII. Eficiencia Energética.

VIII. Proyecto de Vías de Tráfico Vehicular.

IX. Operación y Mantenimiento.

X. Puesta en Servicio.

XI. Aplicabilidad y Vigencia.

INDICE

Departamento de Normas y Estudios

Page 3: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

INDICE

Departamento de Normas y Estudios

I. Escenario.

II. Disposiciones Generales: Objetivos y Alcance.

III. Terminología.

IV. Instalación Eléctrica.

V. Alumbrado, Vías de Tráfico Vehicular e Iluminación.

VI. Alumbrado de Áreas Conflictivas-

VII. Eficiencia Energética.

VIII. Proyecto de Vías de Tráfico Vehicular.

IX. Operación y Mantenimiento.

X. Puesta en Servicio.

XI. Aplicabilidad y Vigencia.

Page 4: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

I. ESCENARIO.

Departamento de Normas y Estudios

Page 5: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

I. ESCENARIO.

PROGRAMA PAIS EFICIENCIA ENERGÉTICA (PPEE).

Persigue introducir un cambio cultural en el hábito del uso eficiente de la energía a

través de la implementación de una serie de medidas que se reflejarán en una mejor

productividad y sustentabilidad del país.

La EFICIENCIA ENERGÉTICA (E.E.) es un muy buen negocio, ya que ahorrar

una unidad de energía es de menor costo que producirlo o generarlo.

Beneficios Sociales:

Ahorro de energía.

Mayor seguridad de abastecimiento.

Menor daño medio-ambiental

(Disminución de Gases

contaminantes y efecto

invernadero).

Beneficios Particulares:

Reducción de costos energéticos.

Mayor competitividad.

Mayor confiabilidad de los procesos

productivos.

Mayor inversión ahora permite ahorros

en el futuro. Departamento de Normas y Estudios

Page 6: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

INDICE

Departamento de Normas y Estudios

I. Escenario.

II. Disposiciones Generales.

III. Terminología.

IV. Instalación Eléctrica.

V. Alumbrado, Vías de Tráfico Vehicular e Iluminación.

VI. Alumbrado de Áreas Conflictivas.

VII. Eficiencia Energética.

VIII. Proyecto de Vías de Tráfico Vehicular.

IX. Operación y Mantenimiento.

X. Puesta en Servicio.

XI. Aplicabilidad y Vigencia.

Page 7: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

II. DISPOSICIONES GENERALES.

El REGLAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO establece requerimientos

técnicos de comportamiento de la luminosidad para las distintas calles,

avenidas y autopistas de tráfico vehicular.

OBJETIVO.

Optimizar el consumo energético del ALUMBRADO PÚBLICO a través de la

introducción de nuevas tecnologías que, adicionalmente, impliquen menores

costos de mantenimiento y reposición, manteniendo el nivel de prestaciones.

REGLAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO.

Departamento de Normas y Estudios

Page 8: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

Departamento de Normas y Estudios

II. DISPOSICIONES GENERALES.

Establece requisitos eléctricos y de iluminación para el Alumbrado Público

de Vías de Tráfico Vehicular que satisfagan las condiciones básicas de

iluminación de calzadas.

Los propietarios, operadores y/o concesionarios, según corresponda, que

diseñen, operen, administren o provean el servicio de Alumbrado Público de

Vías de Tráfico Vehicular serán responsables de cumplir con las

disposiciones establecidas en el presente Reglamento.

Los productos eléctricos deberán ser certificados de acuerdo al D.S.

298/2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción,

aprobatorio del “Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y

Combustibles, y deroga Decreto que indica”.

Page 9: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

Departamento de Normas y Estudios

II. DISPOSICIONES GENERALES.

La elaboración de proyectos, así como la ejecución, mantenimiento,

renovación, modificación, recambio masivo y reparación de toda

Instalación de Alumbrado Público, deberán ser realizados sólo por

instaladores eléctricos de la Clase correspondiente o bajo la supervisión de

éstos, según lo establecido en el D.S. 92/1983, del Ministerio de Economía,

Fomento y Reconstrucción, “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de

Electricistas de Recintos de Espectáculos Públicos”, la Norma Chilena

Oficial NCH Elec. 2/84. “Electricidad. Elaboración y Presentación de

Proyectos”, que establece las especificaciones generales para la

elaboración del proyecto de Alumbrado Público.

Page 10: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

NSeg 9.E.n71. ILUMINACIÓN. Diseño de Alumbrado Público en sectores

urbanos.

NSeg 15.E.n78. ELECTRICIDAD. Especificaciones para luminarias de

calles y carreteras.

NSeg 21.E.n78. Alumbrado público en sectores residenciales.

D.S. 298/2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción,

“Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y Combustibles, y

deroga Decreto que indica”.

D.S. 686/98 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción,

Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación

Lumínica.

REGLAMENTACIÓN NACIONAL.

Departamento de Normas y Estudios

II. DISPOSICIONES GENERALES.

Page 11: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

CIE 115. Recomendaciones para el Alumbrado de Calzadas de Tráfico

Motorizado y Peatonal.

CIE 34. Luminarias para carreteras e instalación.

CIE 132. Métodos de Diseño para el Alumbrado de Carreteras.

CIE 140. “Métodos de calculo para la iluminación de carreteras”.

EN 13201-1:2004. “Road lighting – Part 1: Selection of lighting classes”.

IEC 60598-2-3/2002. “Luminarias Parte 2-3: Requisitos particulares -

Luminarias para alumbrado público”.

Departamento de Normas y Estudios

NORMATIVA INTERNACIONAL.

II. DISPOSICIONES GENERALES.

Page 12: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

Departamento de Normas y Estudios

II. DISPOSICIONES GENERALES.

Se permite el uso de tecnologías diferentes a las establecidas en el

presente reglamento, considerando su compatibilidad y adaptabilidad a

tales instalaciones, incluyendo los sistemas de distribución eléctrica,

climatológico y vial, siempre que se mantenga el nivel de seguridad,

desempeño y de eficiencia energética contemplado en éste.

Estas tecnologías deberán estar técnicamente respaldadas en normas,

códigos o especificaciones nacionales o extranjeras, así como en prácticas

recomendadas de ingeniería, internacionalmente reconocidas.

Page 13: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

INDICE

Departamento de Normas y Estudios

I. Escenario.

II. Disposiciones Generales.

III. Terminología.

IV. Instalación Eléctrica.

V. Alumbrado, Vías de Tráfico Vehicular e Iluminación.

VI. Alumbrado de Áreas Conflictivas.

VII. Eficiencia Energética.

VIII. Proyecto de Vías de Tráfico Vehicular.

IX. Operación y Mantenimiento.

X. Puesta en Servicio.

XI. Aplicabilidad y Vigencia.

Page 14: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

III. TERMINOLOGÍA.

Departamento de Normas y Estudios

AUTOPISTAS.

Carreteras de mayor estándar especialmente proyectadas y construidas de acuerdo a

características tales como: circulación exclusiva de vehículos motorizados

especialmente diseñados para el transporte de pasajeros y carga, quedando prohibido

el tránsito de maquinaria autopropulsada; con accesos controlados totalmente, las

propiedades colindantes no tienen acceso directo; todas las intersecciones son a

desnivel; tienen calzadas separadas para cada sentido de circulación o bien cuentan

con elementos que impiden la interacción entre vehículos que se desplazan en sentidos

opuestos.

Alumbrado Público de Vías de Tráfico Vehicular.

Sistema de iluminación de lugares o zonas viales públicas o privadas, con tránsito

vehicular, cuyo objeto es proporcionar la visibilidad adecuada para el normal desarrollo

de las actividades, proporcionando una visión confortable durante la noche, o en zonas

oscuras. Incluye las líneas de distribución destinadas al alumbrado público de las vías

de tráfico vehicular, sean éstas establecidas por la Municipalidad, o por cualquier otra

entidad, incluyéndose las empresas distribuidoras de servicio público que tengan a su

cargo el alumbrado público en virtud de un contrato con las Municipalidades.

Page 15: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

III. TERMINOLOGÍA.

Departamento de Normas y Estudios

Recambio Masivo.

Corresponde al reemplazo de luminarias, o componente de ésta, en el Sistema

de Alumbrado Público de una Vía de Tráfico Vehicular, en una extensión mayor

de 500 metros continuos, que signifique una mejora de dicho sistema, respecto

de las materias tratadas en el presente reglamento.

Vía Urbana Residencial.

Como su nombre lo indica, es aquella ubicada en una zona urbana, que no

cuenta con separación de Tipo de Usuario y con un límite máximo de velocidad

de 60 kilómetros por hora o menor, establecido por la autoridad competente.

Mantenimiento.

Corresponde a las operaciones y cuidados necesarios para que el Sistema de

Alumbrado Público de una Vía de Tráfico Vehicular funcione de acuerdo a sus

condiciones originales, respecto de las materias tratadas en el presente

reglamento.

Page 16: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

III. TERMINOLOGÍA. FLUJO LUMINOSO.

Potencia emitida en forma de radiación luminosa o luz a la que el ojo humano

percibe o es sensible, su símbolo es y su unidad el lumen (lm).

En otras palabras es la cantidad de luz que emite una ampolleta en todas

direcciones. Por ejemplo, al mencionar 25 W o 100 W se refiere a la potencia

consumida por la ampolleta de la cual solo una parte se convierte en luz

visible, que llamamos Flujo Luminoso.

25 W

100

W

FLUJO LUMINOSO (lm)

Lámpara Incandescente de 60 W 730

Lámpara Fluorescente de 65 W (“blanca”) 5.100

Lámpara Halógena de 1.000 W 22.000

Lámpara de vapor de Mercurio 125 W 5.600

Lámpara de Sodio de 1.000 W 120.000

Departamento de Normas y Estudios

Page 17: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

En otras palabras corresponde al Flujo Luminoso que se distribuye en cada

dirección del espacio o se propaga en una dirección dada, que emerge,

atraviesa o incide sobre una superficie por unidad de ángulo sólido.

INTENSIDAD LUMINOSA.

De una fuente de luz en una dirección dada, es la relación que existe entre el

Flujo Luminoso contenido en un ángulo sólido cualquiera, expresado en

estereoradianes, cuyo eje coincida con la dirección considerada, su símbolo

es I y su unidad es la Candela (cd).

I (cd) = / ω

Departamento de Normas y Estudios

III. TERMINOLOGÍA.

Page 18: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

ILUMINANCIA.

Relación entre el Flujo Luminoso que recibe una superficie y su área. Se

simboliza por la letra E, generalmente expresada en lux (lúmenes por m2) :

Cantidad de luz que incide sobre una superficie, depende de la potencia

lumínica de la fuente, de la distancia entre la fuente y la superficie y del ángulo

de incidencia. ILUMINACIÓN (lx)

Mediodía de verano. 100.000

Mediodía de invierno. 20.000

Oficina bien iluminada. 400 – 800

Calle bien iluminada. 20

Luna llena con cielo despejado. 0,25 – 0,50

S

E (lx) = (lm) / S (m2)

Departamento de Normas y Estudios

III. TERMINOLOGÍA.

Page 19: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

LUMINANCIA.

Efecto de luminosidad que produce una superficie en la retina del ojo humano,

tanto si procede de una fuente de luz o superficie que refleja luz.

La percepción de la luz es realmente la percepción de diferencias de

luminancia, es decir, el ojo humano ve diferencias de luminancias, no de

iluminación, ya que a igual iluminación, diferentes objetos tienen distinta

luminancia.

La luminancia de una superficie es la relación entre la Intensidad Luminosa de

una fuente de luz, en una dirección y la superficie de la fuente proyectada

según dicha dirección. Se simboliza por la letra L, y se expresa en (cd / m2) o nit

(nt). Iluminancia

E = 400 Lux Luminancia

L = 100 cd/m2 Luminancia

L = 5 cd/m2

Iluminancia

E = 400 Lux

Departamento de Normas y Estudios

III. TERMINOLOGÍA.

Page 20: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

Flujo Luminoso :

MAGNITUD FORMULA UNIDAD

Flu jo Luminoso Lumen

In tens idad Luminosa I = / Cande la

I luminancia (Nivel de I luminac ión) E = / S Lux (Lumen / m 2 )

Luminanc ia L = I / S Cande la / m 2

Intensidad Luminosa :

Iluminancia

(Nivel de Iluminación) :

Luminancia :

RESUMEN

Departamento de Normas y Estudios

III. TERMINOLOGÍA.

Page 21: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

INDICE

Departamento de Normas y Estudios

I. Escenario.

II. Disposiciones Generales.

III. Terminología.

IV. Instalación Eléctrica.

V. Alumbrado, Vías de Tráfico Vehicular e Iluminación.

VI. Alumbrado de Áreas Conflictivas.

VII. Eficiencia Energética.

VIII. Proyecto de Vías de Tráfico Vehicular.

IX. Operación y Mantenimiento.

X. Puesta en Servicio.

XI. Aplicabilidad y Vigencia.

Page 22: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

IV. INSTALACIÓN ELÉCTRICA.

Departamento de Normas y Estudios

Empalmes.

Subestaciones.

Puestas a tierra.

Tableros y circuitos.

Canalizaciones en Baja Tensión (BT).

Cámaras.

Bandejas y Escalerillas.

Sistemas de emergencia.

Page 23: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

Departamento de Normas y Estudios

IV. INSTALACIÓN ELÉCTRICA.

D.S. 115/2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción,

aprobatorio de la "Norma Técnica NCH.ELEC4/2003, Instalaciones de

Consumo en Baja Tensión y deroga en lo pertinente, el decreto número 91,

de 1984”.

D.S. 4188/1955, del Ministerio del Interior, aprobatorio del “Reglamento de

Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”, NSEG 5. E.n. 71,

“Electricidad, Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”.

D.S. 1261/1957, del Ministerio del Interior, aprobatorio de la Norma NSEG 6.

E.n. 71. “Electricidad. Cruces y Paralelismo de Líneas Eléctricas”.

Page 24: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

Departamento de Normas y Estudios

NSEG 3. E.n. 71. “Normas Técnicas sobre Medidores”, de la

Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

NSEG 8. E.n. 75. “Electricidad. Tensiones Normales para Sistemas e

Instalaciones”, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

NSEG 20. E.n. 78. “Electricidad. Subestaciones transformadoras interiores”,

de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

NSEG 21. E.n. 78. “Alumbrado público en sectores residenciales”, de la

Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

NCH Elec. 2/84. “Electricidad. Elaboración y Presentación de Proyectos”,

de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

IV. INSTALACIÓN ELÉCTRICA.

Page 25: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

INDICE

Departamento de Normas y Estudios

I. Escenario.

II. Disposiciones Generales.

III. Terminología.

IV. Instalación Eléctrica.

V. Alumbrado, Vías de Tráfico Vehicular e Iluminación.

VI. Alumbrado de Áreas Conflictivas.

VII. Eficiencia Energética.

VIII. Proyecto de Vías de Tráfico Vehicular.

IX. Operación y Mantenimiento.

X. Puesta en Servicio.

XI. Aplicabilidad y Vigencia.

Page 26: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

V. ALUMBRADO, VÍAS E ILUMINACIÓN.

CONDICIONES AMBIENTALES.

Son aquellas del medio asociadas a la iluminación artificial, que para estos

efectos la denominaremos Alumbrado Público, cuyo comportamiento o

rendimiento dependerá, al menos, de los siguientes factores:

Nivel de Iluminación (Iluminancia).

Iluminación percibida de los objetos (Luminancia).

Reflejo de la luz en los objetos (Reflectancia).

Distribución de la iluminación (Uniformidades).

Encandilamiento (Deslumbramiento, contraste).

Otros.

CONDICIONANTES DE LA CALIDAD DE LA VISIÓN.

Departamento de Normas y Estudios

Page 27: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

CLASIFICACIÓN VÍAS DE TRÁFICO VEHICULAR.

La tipificación de las vías se realiza según su Separación de diferentes Tipos de Usuarios.

Departamento de Normas y Estudios

DESCRIPCIÓN DE VÍA DE TRÁFICO VEHICULAR

CLASE DE

ALUMBRADO

1. Autopistas con carriles separados, libres de intersecciones al

mismo nivel, con accesos completamente controlados, con

Límite Máximo de Velocidad igual o mayor que 100 kilómetros /

hora, de acuerdo a la siguiente Densidad de Tráfico y

Complejidad del Trazado de Carreteras (Nota 1):

Alta, superior a 1.200 vehículos/hora. M1

Media, entre 500 y 1.200 vehículos/hora. M2

Baja, menor que 500 vehículos/hora. M3

2. Carreteras de Alta Velocidad con calzada de doble sentido de

circulación, con Control de Tráfico (Nota 2) para diferentes tipos

de usuarios (Nota 3) y Límite Máximo de Velocidad igual o

mayor que 100 kilómetros / hora.

Pobre M1

Bueno M2

3. Vías urbanas de tráfico importante, carreteras radiales y de

distribución urbana a comunas, colectoras, circunvalación,

principales de ciudad y atraviesos de poblaciones, con Control

de Tráfico (Nota 2) para diferentes tipos de usuarios (Nota 3) y

Límite Máximo de Velocidad menor que 100 kilómetros / hora.

Pobre M2

Bueno M3

4. Carreteras secundarias de conexión, carreteras distribuidoras

locales, vías de accesos principales residenciales, carreteras

que proporcionan acceso a propiedades y conducen a

conexiones con otras carreteras, con Control de Tráfico (Nota 2)

para diferentes tipos de usuarios (Nota 3) y Límite Máximo de

Velocidad igual o menor que 80 kilómetros / hora.

Pobre M4

Bueno M5

V. ALUMBRADO, VÍAS E ILUMINACIÓN.

Vías con separación de Tipos de Usuarios

Page 28: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

CLASIFICACIÓN VÍAS DE TRÁFICO VEHICULAR (cont).

Departamento de Normas y Estudios

DESCRIPCIÓN DE VÍA DE TRÁFICO VEHICULAR

CLASE DE

ALUMBRAD

O

1. Autopistas con carriles separados, libres de intersecciones al

mismo nivel, con accesos completamente controlados, con

Límite Máximo de Velocidad igual o mayor que 100 kilómetros /

hora, de acuerdo a la siguiente Densidad de Tráfico y

Complejidad del Trazado de Carreteras (Nota 1):

Alta, superior a 1.200 vehículos/hora. M1

Media, entre 500 y 1.200 vehículos/hora. M2

Baja, menor que 500 vehículos/hora. M3

2. Carreteras de Alta Velocidad con calzada de doble sentido de

circulación, con Control de Tráfico (Nota 2) para diferentes tipos

de usuarios (Nota 3) y Límite Máximo de Velocidad igual o

mayor que 100 kilómetros / hora.

Pobre M1

Bueno M2

3. Vías urbanas de tráfico importante, carreteras radiales y de

distribución urbana a comunas, colectoras, circunvalación,

principales de ciudad y atraviesos de poblaciones, con Control

de Tráfico (Nota 2) para diferentes tipos de usuarios (Nota 3) y

Límite Máximo de Velocidad menor que 100 kilómetros / hora.

Pobre M2

Bueno M3

4. Carreteras secundarias de conexión, carreteras distribuidoras

locales, vías de accesos principales residenciales, carreteras

que proporcionan acceso a propiedades y conducen a

conexiones con otras carreteras, con Control de Tráfico (Nota 2)

para diferentes tipos de usuarios (Nota 3) y Límite Máximo de

Velocidad igual o menor que 80 kilómetros / hora.

Pobre M4

Bueno M5

DESCRIPCIÓN DE VÍA DE TRÁFICO VEHICULAR

CLASE DE

ALUMBRADO

1. Autopistas con carriles separados, libres de intersecciones al

mismo nivel, con accesos completamente controlados, con

Límite Máximo de Velocidad igual o mayor que 100 kilómetros /

hora, de acuerdo a la siguiente Densidad de Tráfico y

Complejidad del Trazado de Carreteras (Nota 1):

Alta, superior a 1.200 vehículos/hora. M1

Media, entre 500 y 1.200 vehículos/hora. M2

Baja, menor que 500 vehículos/hora. M3

2. Carreteras de Alta Velocidad con calzada de doble sentido de

circulación, con Control de Tráfico (Nota 2) para diferentes tipos

de usuarios (Nota 3) y Límite Máximo de Velocidad igual o

mayor que 100 kilómetros / hora.

Pobre M1

Bueno M2

3. Vías urbanas de tráfico importante, carreteras radiales y de

distribución urbana a comunas, colectoras, circunvalación,

principales de ciudad y atraviesos de poblaciones, con Control

de Tráfico (Nota 2) para diferentes tipos de usuarios (Nota 3) y

Límite Máximo de Velocidad menor que 100 kilómetros / hora.

Pobre M2

Bueno M3

4. Carreteras secundarias de conexión, carreteras distribuidoras

locales, vías de accesos principales residenciales, carreteras

que proporcionan acceso a propiedades y conducen a

conexiones con otras carreteras, con Control de Tráfico (Nota 2)

para diferentes tipos de usuarios (Nota 3) y Límite Máximo de

Velocidad igual o menor que 80 kilómetros / hora.

Pobre M4

Bueno M5

V. ALUMBRADO, VÍAS E ILUMINACIÓN.

Vías con separación de Tipos de Usuarios

Page 29: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

CLASIFICACIÓN VÍAS DE TRÁFICO VEHICULAR (cont).

Departamento de Normas y Estudios

CLASE

DE

ALUMBRADO

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Todas las Calzadas

Calzadas con

pocas o sin

intersecciones

Calzadas con

aceras no

iluminadas (1)

Luminancia

Media Mantenida

(cd/m2)

Uniformidad

Global

U0 (-)

Mínima

Incremento

de Umbral

TI (%)

Máximo

inicial

Uniformidad

Longitudinal

Ul (-)

Mínima

Razón de Entorno

SR (-)

Mínima

Máxima Mínima

M1 2,5 2,0 0,4 10 0,7 0,5

M2 1,8 1.5 0,4 10 0,7 0,5

M3 1,3 1,0 0,4 10 0,7 0,5

M4 0,9 0,75 0,4 10 0,6 0,5

M5 0,6 0,5 0,4 10 0,5 0,5

(1) La relación de entorno SR se debe aplicar en aquellas vías de tráfico vehicular donde no existan otras áreas adyacentes a la calzada con sus propios requerimientos.

V. ALUMBRADO, VÍAS E ILUMINACIÓN.

Vías con separación de Tipos de Usuarios

Page 30: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

CLASIFICACIÓN VÍAS DE TRÁFICO VEHICULAR (cont).

Departamento de Normas y Estudios

V. ALUMBRADO, VÍAS E ILUMINACIÓN.

Vías Urbanas Residenciales (sin separación de Tipos de Usuarios).

DESCRIPCIÓN DE VÍA DE TRÁFICO VEHICULAR CLASE DE

ALUMBRADO

Calzadas de Alto Prestigio P1

Uso nocturno intenso por peatones o por ciclistas. P2

Uso nocturno moderado por peatones o por ciclistas. P3

Uso nocturno menor por peatones o por ciclistas únicamente asociados

con propiedades adyacentes. P4

Uso nocturno menor únicamente asociado con propiedades adyacentes.

Importante preservar el carácter arquitectónico del entorno, según lo

determine la autoridad municipal correspondiente.

P5

Uso nocturno muy reducido únicamente asociado con propiedades

adyacentes. Importante preservar el carácter arquitectónico del

entorno, según lo determine la autoridad municipal correspondiente.

P6

Page 31: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

CLASIFICACIÓN VÍAS DE TRÁFICO VEHICULAR (cont).

Departamento de Normas y Estudios

V. ALUMBRADO, VÍAS E ILUMINACIÓN.

CLASE DE

ALUMBRADO

MEDIA MAXIMA

(Lux)

MEDIA

(Lux)

PUNTUAL MINIMA

(Lux)

P1 25,0 20,0 7,5

P2 12,5 10,0 3,0

P3 9,5 7,5 1,5

P4 6,5 5,0 1,0

P5 4,0 3,0 0,6

P6 2,0 1,5 0,2

Clase de Alumbrado de P1 a P4, ambas incluidas, deberán presentar una

Iluminancia de al menos 3,0 Lux, en un punto sobre 1,5 metros del plano

horizontal de la calzada y equidistante entre dos (2) luminarias.

Vías Urbanas Residenciales

Page 32: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

Departamento de Normas y Estudios

LUMINANCIA MEDIA DE LA CALZADA (Lm

).

Valor de la Luminancia promedio de la superficie de la calzada, que

corresponde al promedio aritmético de las Luminancias puntuales en la

calzada, en (cd/m2).

LUMINANCIA MEDIA MANTENIDA.

Aquella que asegura que las condiciones de iluminación proyectadas estén

presentes al final de la vida media del sistema de alumbrado y que se

calcula aplicando el Factor de Mantenimiento (FM).

Luminancia

Media Mantenida

(cd/m2)

Máxima Mínima

2,5 2,0

1,8 1,5

1,3 1,0

0,9 0,75

0,6 0,5

FACTOR DE MANTENIMIENTO (FM).

Este toma en cuenta la influencia de los factores que afectan la emisión lumínica a través del

tiempo y que causan la disminución de los valores de los parámetros de la iluminación,

denominado también Factor Total de Pérdidas de Luz.

Factor de Mantenimiento = Factor de depreciación de lúmenes de la lámpara x Factor por

ensuciamiento de la luminaria x Factor de desgaste de la lámpara. Departamento de Normas y Estudios

V. ALUMBRADO, VÍAS E ILUMINACIÓN.

Page 33: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

UNIFORMIDAD GLOBAL (U0).

Variación de Luminancia en la calzada que indica la visibilidad de la superficie

de la calzada que sirve de fondo para las marcas viales, obstáculos y otros

usuarios, la cual se expresa como la relación entre la Luminancia mínima y la

Luminancia media de la superficie de la calzada.

Uniformidad

Global

U0 (-)

Mínima

0,4

0,4

0,4

0,4

0,4

UL

Lav

0 min

Lmin

Lm

U0

=

Departamento de Normas y Estudios

V. ALUMBRADO, VÍAS E ILUMINACIÓN.

Page 34: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

INCREMENTO DE UMBRAL DE CONTRASTE (TI)

Corresponde al incremento en el contraste para volver a percibir un objeto de

prueba cuando existe deslumbramiento, calculado según la expresión:

TI (%) = 65 Lvelo

/ Lmedia

0,8

Lvelo : Luminancia de Velo, es la luz de las fuentes deslumbradoras que

se esparce en dirección de la retina provocando que un velo brillante se

superponga a la imagen nítida de la escena que se observa, calculada según la

expresión:

k = factor de edad que se toma como 10;

Ө = ángulo entre la dirección de visión y la Intensidad incidente en el ojo del

observador, (0).

Lvelo

= k ∑ Eojo

/ Ө2

Incremento

de Umbral

TI (%)

Máximo

inicial

10

10

10

10

10

Departamento de Normas y Estudios

V. ALUMBRADO, VÍAS E ILUMINACIÓN.

Page 35: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

UNIFORMIDAD LONGITUDINAL (Ul).

Relación entre la Luminancia mínima y la máxima en el mismo eje longitudinal de las

vías de circulación de la calzada, adoptando el valor más desfavorable.

Calzadas sin o

con pocas

intersecciones

Uniformidad

Longitudinal

Ul (-)

Mínima

0,7

0,7

0,7

No requiere

No requiere

Lmin

Lmax

Ul =

Departamento de Normas y Estudios

V. ALUMBRADO, VÍAS E ILUMINACIÓN.

Page 36: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

RAZÓN DE ENTORNO (SR).

Iluminancia Media en bandas de cinco (5) metros de ancho,

o menos si el espacio disponible no lo permite, que son

adyacentes a los bordes de ambos lados de la calzada, dividida

por la Iluminancia Media en bandas adyacentes a la calzada

de cinco (5) metros de ancho o de la mitad del ancho de la

misma, el de menor magnitud en la calzada.

En caso de vías de doble sentido de circulación, ambas vías son

tratadas como una sola, a menos que estén separadas por más

de diez (10) metros.

Calzadas con

aceras no

iluminadas para

clases P1 a P4

Razón de Entorno

SR (-)

Mínima

0,5

0,5

0,5

No requiere

No requiere

Departamento de Normas y Estudios

V. ALUMBRADO, VÍAS E ILUMINACIÓN.

Page 37: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

INDICE DE ESPECULARIDAD (S1).

Cuociente entre la Luminancia obtenida por incidencia de la luz a 63,4 grados

y la obtenida por la misma incidencia pero en forma normal a la superficie a

iluminar, calzada.

COEFICIENTE DE LUMINANCIA MEDIO (Q0) .

Representa la relación entre la Luminancia de un punto y la Iluminancia

horizontal en ese mismo punto.

CLASIFICACIÓN DE SUPERFICIE DE CALZADA.

Q0 = L / E

Departamento de Normas y Estudios

V. ALUMBRADO, VÍAS E ILUMINACIÓN.

Page 38: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

Clase Tabla

Normal Descripción

Límites de Índice de

Especular idad

(S1)

Índice de Especular idad

(S1)

Coeficiente de

Luminaria

Medio (Q0)

Tipo de Reflectancia

RI R1

Superf icie de concreto , cemento Port land, superf icie de asfalto d ifuso con un mínimo de 15(%) de agregados br il lantes art if icia les .

S1 < 0 ,42 0,25 0,10 Casi d ifuso.

RII R2

Superf icie de asfalto con un agregado compuesto de un mínimo de 60(%) de grava de tamaño mayor a 10 mm. Superf icie de asfalto con 10 a 15 (%) de abr intal lador art if icia l en la mezc la agregada.

0,42 < S1 < 0,85 0,58 0,07 Difuso

especular.

RIII R3

Superf icie de asfalto regular y con recubr imiento sellado. Con agregados oscuros tal como una roca o roca volcán ica, textura rugosa después de algunos meses de uso.

0,85 < S1 < 1,35 1,11 0,07 Ligeramente

especular.

RIV R4 Superf ic ie de asfalto con textura muy tersa.

1,35 < S1 1,55 0,08 Muy

especular.

SISTEMA DE CLASIFICACIÓN DE CALZADA “R”.

R1 : Superficie difusa. R2 : Ligeramente difusa Departamento de Normas y Estudios

V. ALUMBRADO, VÍAS E ILUMINACIÓN.

Page 39: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

SISTEMA DE CLASIFICACIÓN DE CALZADA “R”.

Clase Tabla

Normal Descripción

Límites de Índice de

Especular idad

(S1)

Índice de Especular idad

(S1)

Coeficiente de

Luminaria

Medio (Q0)

Tipo de Reflectancia

RI R1

Superf icie de concreto , cemento Port land, superf icie de asfalto d ifuso con un mínimo de 15(%) de agregados br il lantes art if icia les .

S1 < 0 ,42 0,25 0,10 Casi d ifuso.

RII R2

Superf icie de asfalto con un agregado compuesto de un mínimo de 60(%) de grava de tamaño mayor a 10 mm. Superf icie de asfalto con 10 a 15 (%) de abr intal lador art if icia l en la mezc la agregada.

0,42 < S1 < 0,85 0,58 0,07 Difuso

especular.

RIII R3

Superf icie de asfalto regular y con recubr imiento sellado. Con agregados oscuros tal como una roca o roca volcán ica, textura rugosa después de algunos meses de uso.

0,85 < S1 < 1,35 1,11 0,07 Ligeramente

especular.

RIV R4 Superf ic ie de asfalto con textura muy tersa.

1,35 < S1 1,55 0,08 Muy

especular.

Clase Tabla

Normal Descripción

Límites de Índice de

Especular idad

(S1)

Índice de Especular idad

(S1)

Coeficiente de

Luminaria

Medio (Q0)

Tipo de Reflectancia

RI R1

Superf icie de concreto , cemento Port land, superf icie de asfalto d ifuso con un mínimo de 15(%) de agregados br il lantes art if icia les .

S1 < 0 ,42 0,25 0,10 Casi d ifuso.

RII R2

Superf icie de asfalto con un agregado compuesto de un mínimo de 60(%) de grava de tamaño mayor a 10 mm. Superf icie de asfalto con 10 a 15 (%) de abr intal lador art if icia l en la mezc la agregada.

0,42 < S1 < 0,85 0,58 0,07 Difuso

especular.

RIII R3

Superf icie de asfalto regular y con recubr imiento sellado. Con agregados oscuros tal como una roca o roca volcán ica, textura rugosa después de algunos meses de uso.

0,85 < S1 < 1,35 1,11 0,07 Ligeramente

especular.

RIV R4 Superf ic ie de asfalto con textura muy tersa.

1,35 < S1 1,55 0,08 Muy

especular.

R3 : Ligeramente brillante R4 : Superficie brillante

Departamento de Normas y Estudios

V. ALUMBRADO, VÍAS E ILUMINACIÓN.

Page 40: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

CONTINUIDAD DEL ALUMBRADO.

Departamento de Normas y Estudios

V. ALUMBRADO, VÍAS E ILUMINACIÓN.

Los requerimientos mínimos de iluminación de Vías de Tráfico Vehicular

con Separación de los diferentes Tipos de Usuarios, respecto al tramo,

extensión o longitud de tal vía a iluminar, será determinada por los

siguientes criterios de Densidad de Tráfico, expresados anualmente:

- > 1.200 vehículos por hora, alumbrado continuo en toda la vía.

(TMDA > 50.000)

- Entre 1.200 y 500 vehículos por hora y separación < 3 km. se deberá

alumbrar entre enlaces, en caso contrario, sólo los enlaces.

(50.000 > TMDA > 25.000)

- < 500 vehículos por hora sólo se deberán iluminar los enlaces.

(TMDA < 25.000)

Page 41: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

CONTINUIDAD DEL ALUMBRADO.

Departamento de Normas y Estudios

V. ALUMBRADO, VÍAS E ILUMINACIÓN.

Todos los enlaces de las Vías de Tráfico Vehicular con Clase de Alumbrado

M1 a M5, deberán ser iluminados, incluidas la ruta principal y secundaria.

- La ruta principal desde 150 (m) antes del comienzo de cualquier pista

auxiliar del enlace y hasta 150 (m) después de él.

- Para la ruta secundaria, dicha distancia es de 90 (m), antes de enfrentar

la intersección de ambas, principal y secundaria.

- Se deberán iluminar todos los ramales que constituyen enlaces.

Page 42: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

LLAVES PARA EFICIENCIA ENERGÉTICA

ESCENARIO SISTEMA DE ALUMBRADO PÚBLICO

LUMINARIAS USUARIOS VIAS PUBLICAS

Sist. Óptico

Sist. Eléctrico

Comportamiento

Visual

Luminancia y

Contraste

Revestimiento de Calzada

Luminancia

• Rendimiento Óptico.

• Factor Utilización (η).

• Eficacia Luminosa ( > 80 lum/W ).

• Pérdidas Balastos ( 9 - 22% ).

• Normas CIE.

• Máximos y mínimos.

• Luminancia de la calzada.

• Deslumbramiento “TI” (< 10%).

FISCALIZACIÓN

GEOMETRÍA

INSTALACION

Departamento de Normas y Estudios

V. ALUMBRADO, VÍAS E ILUMINACIÓN.

Page 43: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

INDICE

Departamento de Normas y Estudios

I. Escenario.

II. Disposiciones Generales: Objetivos y Alcance.

III. Terminología.

IV. Instalación Eléctrica.

V. Alumbrado, Vías de Tráfico Vehicular e Iluminación.

VI. Alumbrado de Áreas Conflictivas.

VII. Eficiencia Energética.

VIII. Proyecto de Vías de Tráfico Vehicular.

IX. Operación y Mantenimiento.

X. Puesta en Servicio.

XI. Aplicabilidad y Vigencia.

Page 44: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

VI. AREAS CONFLICTIVAS.

Departamento de Normas y Estudios

Áreas cuyos flujos de vehículos se cortan entre sí o transcurren en áreas

frecuentadas por peatones y usuarios varios (ciclistas) o cuando la vía

pública existente, con tráfico vehicular, conectada a un tramo con

geometría sub-estándar, tal como un reducido número de vías, una vía o

vía pública de ancho reducido, siendo potenciales zonas de colisión entre

vehículos, entre éstos y peatones, ciclistas u otros usuarios viarios o entre

vehículos y objetos fijos.

La iluminación establecida es de, al menos, la clase inmediatamente

superior del alumbrado público de la(s) calzada(s) que conducen a dicha

área, por ejemplo, M2 en lugar de M3.

Cuando ello no sea aplicable a dicha área, entre otros factores, distancias

de visión corta, se podrá utilizar la Iluminancia, para lo cual, la Iluminancia

de la superficie de la calzada en toda el área conflictiva no deberá ser

menor que la Iluminancia proporcionada en cualquiera de las vías que se

dirigen a dicha área, según se establece en la Tabla siguiente.

Page 45: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

VI. AREAS CONFLICTIVAS.

Departamento de Normas y Estudios

CLASE DE

ALUMBRADO

(*)

Iluminancia Promedio

Mínima Mantenida sobre

toda la Superficie

E (lux)

Uniformidad Media

de Iluminancia

Mínima

(Um)

C0 50 0,40

C1 30 0,40

C2 20 0,40

C3 15 0,40

C4 10 0,40

C5 7,5 0,40

(*) Los niveles de la tabla son valores mínimos en servicio con mantenimiento de la instalación de alumbrado público. A fin de mantener dichos niveles de servicio, se debe

considerar un Factor de Mantenimiento menor o igual que 0,85,

Page 46: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

INDICE

Departamento de Normas y Estudios

I. Escenario.

II. Disposiciones Generales.

III. Terminología.

IV. Instalación Eléctrica.

V. Alumbrado, Vías de Tráfico Vehicular e Iluminación.

VI. Alumbrado de Áreas Conflictivas .

VII. Eficiencia Energética.

VIII. Proyecto de Vías de Tráfico Vehicular.

IX. Operación y Mantenimiento.

X. Puesta en Servicio.

XI. Aplicabilidad y Vigencia.

Page 47: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

VII. EFICIENCIA ENERGÉTICA.

Departamento de Normas y Estudios

Las nuevas instalaciones de Alumbrado Público, así como los recambios

masivos de luminarias existentes, deberán estar dotadas de los

correspondientes sistemas que regulen o establezcan sus

correspondientes ciclos de funcionamiento, encendido y apagado, ya

sean, celdas fotoeléctricas, relojes capaces de ser programados por,

al menos, ciclos diarios, que eviten la prolongación innecesaria de los

períodos de funcionamiento, de modo que el consumo energético sea el

estrictamente necesario.

Respecto de las características de las fuentes de luz utilizadas en las

instalaciones de Alumbrado Público, lámparas y luminarias, la eficiencia

mínima, según corresponda, debe ser:

Eficacia Luminosa mínima de Lámparas : 80 lumen/watt.

Eficiencia mínima de Luminarias : 70 % (Flujo luminaria / lámpara)

Page 48: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

VII. EFICIENCIA ENERGÉTICA.

En la siguiente figura se observa un ejemplo de iluminación con reducción de

alumbrado, lo que permite lograr una iluminación controlada, con el

consiguiente ahorro de energía eléctrica.

Departamento de Normas y Estudios

Page 49: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

VII. EFICIENCIA ENERGÉTICA.

Departamento de Normas y Estudios

Con el propósito de cautelar o promover el uso eficiente de las

instalaciones, se podrán incorporar, sistemas de estabilización de tensión

y de regulación del nivel luminoso, entre otros, balastos serie de tipo

inductivo o electrónicos para doble nivel de potencia, reguladores –

estabilizadores de voltaje en cabecera de línea o “dimmer” u otros

desarrollos tecnológicos.

Se podrá variar, temporalmente, la Clase de Alumbrado a otra clase

menor, en aquellos períodos que disminuyan los requerimientos de

iluminación de sus usuarios, comúnmente durante la noche.

Reducción hasta el 50% del flujo luminoso de la Clase de Alumbrado

correspondiente, siempre que el tipo de lámparas instaladas lo permita,

de forma que se mantenga tal reducción del alumbrado mientras

persistan los requerimientos que lo justificaron.

Page 50: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

INDICE

Departamento de Normas y Estudios

I. Escenario.

II. Disposiciones Generales.

III. Terminología.

IV. Instalación Eléctrica.

V. Alumbrado, Vías de Tráfico Vehicular e Iluminación.

VI. Eficiencia Energética.

VII. Alumbrado de Áreas Conflictivas.

VIII. Proyecto de Vías de Tráfico Vehicular.

IX. Operación y Mantenimiento.

X. Puesta en Servicio.

XI. Aplicabilidad y Vigencia.

Page 51: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

VIII. PROYECTO DE ALUMBRADO. CONFIGURACIÓN DE LUMINARIAS.

Departamento de Normas y Estudios

Page 52: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

VIII. PROYECTO DE ALUMBRADO.

Departamento de Normas y Estudios

Tipo de Vía y Clase de Alumbrado.

Asignación de la Luminancia / Iluminancia acorde Clase de Alumbrado.

Identificación de Áreas Conflictivas.

Memoria de Cálculo.

- Características luminotécnicas (Luminancia, Iluminancia, Uniformidades, etc.).

- Factor de Utilización.

- Programa de Cálculo utilizado.

Identificación y descripción de las luminarias contempladas en el

proyecto.

- Lámpara. (Identificación, eficacia luminosa, etc.).

- Luminaria (Eficiencia, Grado de Hermeticidad IP, etc.).

Información Anexa (Certificado de Aprobación).

Page 53: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

Departamento de Normas y Estudios

Relación : A / H Factores de Utilización Mínimos (%)

0,5 20

1,0 38

1,5 45

2,0 50

Factores de Utilización.

VIII. PROYECTO DE ALUMBRADO.

Page 54: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

CÁLCULO DE ALUMBRADO PÚBLICO

Departamento de Normas y Estudios

VIII. PROYECTO DE ALUMBRADO.

Page 55: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

INDICE

Departamento de Normas y Estudios

I. Escenario.

II. Disposiciones Generales.

III. Terminología.

IV. Instalación Eléctrica.

V. Alumbrado, Vías de Tráfico Vehicular e Iluminación.

VI. Eficiencia Energética.

VII. Alumbrado de Áreas Conflictivas.

VIII. Proyecto de Vías de Tráfico Vehicular.

IX. Operación y Mantenimiento.

X. Puesta en Servicio.

XI. Aplicabilidad y Vigencia.

Page 56: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

IX. OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO.

Departamento de Normas y Estudios

Mantenimiento Preventivo.

Su programa y periodicidad se debe establecer teniendo en cuenta, al

menos, la vida media y depreciación luminosa de las lámparas, el

ensuciamiento de las luminarias en función de su hermeticidad y grado de

contaminación atmosférica de la zona en que se encuentra la instalación,

el pintado de soportes, además de la revisión e inspección de los circuitos

eléctricos de la instalación.

La programación del Mantenimiento Preventivo, debe comprender al

menos, las operaciones de revisión, inspección, limpieza, asistencia,

conservación y reemplazos o sustitución de los componentes de la

instalación.

El proyectista de la instalación de Alumbrado Público debe preparar y

entregar dicho Programa de Mantenimiento al propietario de tal instalación.

Page 57: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

INDICE

Departamento de Normas y Estudios

I. Escenario.

II. Disposiciones Generales.

III. Terminología.

IV. Instalación Eléctrica.

V. Alumbrado, Vías de Tráfico Vehicular e Iluminación.

VI. Eficiencia Energética.

VII. Alumbrado de Áreas Conflictivas.

VIII. Proyecto de Vías de Tráfico Vehicular.

IX. Operación y Mantenimiento.

X. Puesta en Servicio.

XI. Aplicabilidad y Vigencia.

Page 58: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

X. PUESTA EN SERVICIO.

Departamento de Normas y Estudios

D.F.L. 4/20.018 del 2007, Ministerio de Economía, Fomento y

Reconstrucción, “Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del

Decreto de Fuerza de Ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de

Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica”.

Declaración de la Instalación.

Instalación nueva o han experimentado recambio masivo, de acuerdo al

proyecto elaborado según el Proyecto presentado.

Puesta en Servicio.

Previo a la puesta en servicio de las instalaciones de alumbrado público,

ésta deberá ser comunicada por escrito al dueño de ellas y a la

Superintendencia, por lo menos con quince (15) días de anticipación.

Page 59: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

INDICE

Departamento de Normas y Estudios

I. Escenario.

II. Disposiciones Generales.

III. Terminología.

IV. Instalación Eléctrica.

V. Alumbrado, Vías de Tráfico Vehicular e Iluminación.

VI. Eficiencia Energética.

VII. Alumbrado de Áreas Conflictivas.

VIII. Proyecto de Vías de Tráfico Vehicular.

IX. Operación y Mantenimiento.

X. Puesta en Servicio.

XI. Aplicabilidad y Vigencia.

Page 60: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

XI. APLICACIÓN Y VIGENCIA.

Departamento de Normas y Estudios

Aplica a los proyectos, memorias técnicas de diseño y obras de

instalaciones de Alumbrado Público de Vías de Tráfico Vehicular, tanto

públicos como de urbanizaciones privadas, de nuevas instalaciones, así

como de los proyectos de remodelación, nuevas instalaciones, recambio

masivo de luminarias o ampliación de las existentes, desde la fecha de

entrada en vigencia del presente reglamento.

Las instalaciones actualmente existentes o en servicio, a la fecha de

entrada en vigencia del presente reglamento, en materias de diseño y

constructivas, se rigen por las disposiciones legales, reglamentarias y

normativas vigentes a la fecha de su construcción.

El presente reglamento entrará en vigencia en el plazo de ciento ochenta

(180) días contados de su publicación en el Diario Oficial.

Page 61: Anteproyecto Reglamento Alumbrado Público 2009

MUCHAS GRACIAS

En nombre de la SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y COMBUSTIBLES (SEC).

Ernesto Sariego G.

Departamento de Normas y Estudios

Superintendencia de Electricidad y Combustibles

Alameda Nº 1449, piso 13º

Santiago

Casilla electrónica: [email protected]

Fono: (56) 02 - 7565112

Fax : (56) 02 -7565119