ano de la consolidación del mar de grau· … · el expediente nº ... mantenimiento de fajas...

3
Ministerio de Agricultura y Riego Autoridad Nacional del Agua 'Decerno de las Personas con Discapacidad en el Perú Ano de la consolidación del Mar de Grau· RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nro. 001 -2016-ANA/AAA Xll.UV Cusco, O 4 ENE 2016 VISTO: El Expediente 053-2015, con CUT 4855-2015, tramitado ante la Administración Local de Agua Cusco, presentado por Susana Raquel Cavi edes de Melina, solicitando Aprobac i ón de la "Delimitación de la Faja Marginal en la Margen Derecha del Rio Vilcano ta, Sector Micay, Cent ro Poblado de Yanahuara, distrito y provincia de Urubamba - Cusco", conforme el Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales en Cursos Fluviales y Cuerpos de Agua Naturales y Artificiales, aprobado por R esolución Jefatura! 300-201 1 -ANA. CONSIDERANDO: Que, la faja marginal son bienes de dominio público, que están confor madas por las ár eas inmediatas superiores a las riberas de las fuentes de agua, naturales o artificiales, y que se manti ene para la protección, el uso primario del agua, el libre tránsito, la pesca, caminos de vi gilancia u otros servicios, conforme el artículo 74° de la Ley 29338 Ley de Recursos Hídricos concordante con el Artículo 113 ° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por D.S 001-2010-AG; Que, el objeto de la delimitación de la Faja Marginal es establecer las dimensiones y localización de las áreas y espacios desti n ados para las actividades y usos siguient es: protección de los cur sos fluvia l es y cu erpos de agua; vias de libre tránsito, caminos de acceso, vigilancia y/o mantenimiento de los cursos fluvia l es y cuerpos de agua; áreas y accesos para las presas, reservorios, embalses, obras de capt ación y derivación, canales de r iego, ob ras de ca ptaci ón y derivación , canales de riego, obras de drenaje, ent re otros; Que, la delimitación de faja marginal , se realiza en base al Estudio de Delimitaci ón conforme el Anexo 1 del Reglamento para la Delimitación de Fajas Marginales y Manteni miento de Faj as Mar ginal es, aprobado mediante Resolución Jefatura! 300-2011-ANA, asimismo, en dicho re glamento se establece el procedimiento, criterios, t érminos, y métodos para la delimitación y mantenimiento de fajas mar ginales, regulánd ose en su articulo 3, l as actividades relacionadas a las fajas marginales, siendo las siguientes: a) delimi ta ción, b) dimension amiento, c) señalización , d) actividades, e) mantenimi ento, D fajas marginales para la defensa nacional, g) predios rústicos u bicados en la f ajas mar ginales; Que, el administrado adjuntó los si guient es documentos: sol ici tud ( folio 01 ), copia DNI (folio 02), copia Mapa de Ubicación del predio ( folio 03) , copias de Declaración J urada de Autoaval úo ( fojas 04- 06), Memor ia descriptiva, mapas y anexos (fojas 07-111 y 141 ), lev anta observaci ones ( fojas 151-153 ), a mérito de docum ento de fecha 04-11-2015 (folio 150), Boleta de Venta 152-000244 por inspecci ón ocular ( fol io 1 12), copia Certi ficado de Habilidad Profesional (folio 143), a mérito del documento de fecha 18-08.2015 ( fol io 142), Constancia de Pr edio ( fol io 144), emitido por la Municipal i dad del Centro Poblado de Yanahuara-Urubamba- Cusco, sobre el predio denominado Santa R ita, con un área de 6, 800 has. a favor de la admini strada, a rito del documento de fecha 18- 08.20 15 ( folio .1 42); Qu e, del estudio del expediente técnico sobre " Del imi tac i ón de la Faja Marg inal en la Margen Derecha del Rio Vilcanota Sector Micay, Centro Poblado de Yanahuara, distrito y provincia de Urubamba - Cusco", se observa que la longitud de la margen derecha es de 415 m, que va desde la Pr ogresiva 0+000 a 0 +415, se tiene establecido 15 hitos en Coordenadas UTM; Que, se realizó la primera verificación t écnica de campo/inspecci ón ocular en fecha 27-02-2015 (fojas 115 y 116), con participación del administ rado y personal de la ALA C usco, del acta se desprende que; se ha constatado l os puntos de los hitos y coordenadas propuestas por el soli ci tante, en el sect or Micay, predio de la administ r ada, margen Dere cha del r ío Vilcanota, del distrito y provincia de Urubamba y r egión de Cusco, llegándose a verificar: hitos propuestos, hitos O hasta el hito 14, ident ificándose el hito O en las coordenadas UTM WGS 84 Zona 1 8S, 806476 E, 85303g5 N, 2845 msnm, el hito 14 debe ser 806197 E, 8530145 N, 28 42 msnm, del mismo modo se veri fi los demás punt os que se encuentran al costado del acceso vehicular, exist iendo una distan cia en un ran go de 6 a 10 m, r especto a la orilla del río Vilcanota, asimismo los puntos 9 y 10 incluyen la tro c ha carrozable en la propuesta de faja mar ginal , respecto al punto 14 el cual debe ser modi ficado, debiéndose ser lo correcto 806197 E, 8530145 Na 2842 msnm. Segun da verificación técnica de campo/inspección ocular en fecha 15-09-20 15 {fojas 147-149), con participa ción del admi nistrado y personal de la ALA Cusco, del acta se desprende que; se ha iniciado en el punto 01 aguas arriba del o 1

Upload: nguyennhi

Post on 06-Oct-2018

218 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Ano de la consolidación del Mar de Grau· … · El Expediente Nº ... Mantenimiento de Fajas Marginales en Cursos ... asimismo los puntos 9 y 10 incluyen la trocha carrozable en

Ministerio de Agricultura y Riego Autoridad Nacional del Agua

'Decerno de las Personas con Discapacidad en el Perú Ano de la consolidación del Mar de Grau·

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nro. 001 -2016-ANA/AAA Xll.UV

Cusco, O 4 ENE 2016

VISTO:

El Expediente Nº 053-2015, con CUT Nº 4855-2015, tramitado ante la Administración Local de Agua Cusco, presentado por Susana Raquel Caviedes de Melina, solicitando Aprobación de la "Delimitación de la Faja Marginal en la Margen Derecha del Rio Vilcanota, Sector Micay, Centro Poblado de Yanahuara, distrito y provincia de Urubamba - Cusco", conforme el Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales en Cursos Fluviales y Cuerpos de Agua Naturales y Artificiales, aprobado por Resolución Jefatura! Nº 300-201 1-ANA.

CONSIDERANDO:

Que, la faja marginal son bienes de dominio público, que están conformadas por las áreas inmediatas superiores a las riberas de las fuentes de agua, naturales o artificiales, y que se mantiene para la protección, el uso primario del agua, el libre tránsito, la pesca, caminos de vigilancia u otros servicios, conforme el artículo 74° de la Ley Nº 29338 Ley de Recursos Hídricos concordante con el Artículo 113° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por D.S Nº 001-2010-AG;

Que, el objeto de la delimitación de la Faja Marginal es establecer las dimensiones y localización de las áreas y espacios destinados para las actividades y usos siguientes: protección de los cursos fluviales y cuerpos de agua; vias de libre tránsito, caminos de acceso, vigilancia y/o mantenimiento de los cursos fluviales y cuerpos de agua; áreas y accesos para las presas, reservorios, embalses, obras de captación y derivación, canales de riego, obras de captación y derivación, canales de riego, obras de drenaje, entre otros;

Que, la delimitación de faja marginal, se realiza en base al Estudio de Delimitación conforme el Anexo 1 del Reglamento para la Delimitación de Fajas Marginales y Mantenimiento de Fajas Marginales, aprobado mediante Resolución Jefatura! Nº 300-2011-ANA, asimismo, en dicho reglamento se establece el procedimiento, criterios, términos, y métodos para la delimitación y mantenimiento de fajas marginales, regulándose en su articulo 3, las actividades relacionadas a las fajas marginales, siendo las siguientes: a) delimitación, b) dimensionamiento, c) señalización, d) actividades, e) mantenimiento, D fajas marginales para la defensa nacional, g) predios rústicos ubicados en la fajas marginales;

Que, el administrado adjuntó los siguientes documentos: solicitud (folio 01 ), copia DNI (folio 02), copia Mapa de Ubicación del predio (folio 03), copias de Declaración Jurada de Autoavalúo (fojas 04-06), Memoria descriptiva, mapas y anexos (fojas 07-111 y 141 ), levanta observaciones (fojas 151-153), a mérito de documento de fecha 04-11-2015 (folio 150), Boleta de Venta Nº 152-000244 por inspección ocular (folio 112), copia Certificado de Habilidad Profesional (folio 143), a mérito del documento de fecha 18-08.2015 (folio 142), Constancia de Predio (folio 144), emitido por la Municipalidad del Centro Poblado de Yanahuara-Urubamba-Cusco, sobre el predio denominado Santa Rita, con un área de 6,800 has. a favor de la administrada, a mérito del documento de fecha 18-08.2015 (folio .142);

Que, del estudio del expediente técnico sobre "Delimitación de la Faja Marginal en la Margen Derecha del Rio Vilcanota Sector Micay, Centro Poblado de Yanahuara, distrito y provincia de Urubamba - Cusco", se observa que la longitud de la margen derecha es de 415 m, que va desde la Progresiva 0+000 a 0+415, se tiene establecido 15 hitos en Coordenadas UTM;

Que, se realizó la primera verificación técnica de campo/inspección ocular en fecha 27-02-2015 (fojas 115 y 116), con participación del administrado y personal de la ALA Cusco, del acta se desprende que; se ha constatado los puntos de los hitos y coordenadas propuestas por el solicitante, en el sector Micay, predio de la administrada, margen Derecha del río Vilcanota, del distrito y provincia de Urubamba y región de Cusco, llegándose a verificar: hitos propuestos, hitos O hasta el hito 14, identificándose el hito O en las coordenadas UTM WGS 84 Zona 18S, 806476 E, 85303g5 N, 2845 msnm, el hito 14 debe ser 806197 E, 8530145 N, 2842 msnm, del mismo modo se verificó los demás puntos que se encuentran al costado del acceso vehicular, existiendo una distancia en un rango de 6 a 10 m, respecto a la orilla del río Vilcanota, asimismo los puntos 9 y 10 incluyen la trocha carrozable en la propuesta de faja marginal, respecto al punto 14 el cual debe ser modificado, debiéndose ser lo correcto 806197 E, 8530145 Na 2842 msnm. Segunda verificación técnica de campo/inspección ocular en fecha 15-09-2015 {fojas 147-149), con participación del administrado y personal de la ALA Cusco, del acta se desprende que; se ha iniciado en el punto Nº 01 aguas arriba del río

1

Page 2: Ano de la consolidación del Mar de Grau· … · El Expediente Nº ... Mantenimiento de Fajas Marginales en Cursos ... asimismo los puntos 9 y 10 incluyen la trocha carrozable en

Ministerio de Agricultura y Riego Autoridad Nacional del Agua

"Decento de ras Personas con Discapactdad en el Perú Año d la '"Ori 11anó11 del Mar de Grau

Vilcanota margen derecha donde se ha verificado que el ancho de la faja no es 5.13m sino es 9.85m; en los hitos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 1 O, 11, 12, 13, 14 y 15, deben de ser corregidos según observaciones hechas al plano que de folio 40, dado que en la verificación técnica de campo se ha notado ciertas incongruencias con respecto al ancho de faja marginal, adjuntar plano de secciones transversales y perfil longitudinal del rio.

Que, con Informe Técnico N° 005-2015-ANA/AAA Xll-UV/ALA-CZ/aov (fojas 117-134), el Especialista ERHSS -ALA Cusco, concluye que el estudio técnico de delimitación de la faja marginal se elaboró a petición de parte, para los cálculo hidrológicos e hidráulico se contaron fuentes de información hidrometeorológica disponible y confiable de SENAMHI , asimismo, la evaluación hidrológica, hidráulica y topográfica ha proporcionado el estudio denominado "Delimitación de la Faja Marginal en la Margen Derecha del Rio Vilcanota Sector Micay, Centro Poblado de Yanahuara, distrito y provincia de Urubamba - Cusco", elaborado por los interesados, además de contar con la actualización de la topografía; la delimitación de la faja marginal se declara área de dominio público, óptimo para las labores de protección y conservación, condiciones hidráulicas y zonas de influencia del cauce del rio, así poder evitar los asentamientos humanos (construcción de viviendas firmes y precarias) y prevenir los desastres naturales, permitir la reforestación con especies que permitan la defensa ribereña natural; y en mérito a los criterios establecidos para definir la delimitación de la faja marginal del río Vilcanota Sector Micay colindante al Predio Santa Rita, ubicado en la jurisdicción del distrito y provincia de Urubamba, región Cusco, en cauce natural y en la margen derecha del mencionado río; estando de acuerdo con lo concluido, el Administrador Local de Agua Cusco dio conformidad mediante Informe Técnico Nº 032-2015-ANA-AAA.UV-ALA.CZ (folio 135).

Que, con Informe Técnico N° 012-2015-ANA-AAA Xll-UV/SDCPRH/FBP (fojas 137-140), la Sub Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos de esta Autoridad, presenta el primer informe técnico; asimismo con Informe Técnico Nº 064-2015-ANA/AAA.Xll.UV/SDCPRH/EIRH-AMP, el Especialista en Información de Recursos Hídricos -AAA XII UV, presenta información complementarias, considerando los aspectos técnicos:

La longitud de la margen derecha es de 415 m, que va desde la Progresiva 0+000 a 0+415, se tiene establecido 15 hitos en Coordenadas UTM. El estudio Hidrológico presentado tiene los análisis y cálculos aceptables, en donde el caudal de diseño obtenido es de 606.57 m3/s, para un periodo de retorno de 50 años.

• La simulación Hidráulica se ha realizado con HEC RAS, determinando las láminas de inundación a un periodo de retorno de 50 años, el cual es aceptable, cabe indicar que el modelamiento esta realizado sin obras de protección tales como defensas ribereñas.

• El ancho de equilibrio calculado en el rio Vilcanota es de 50.00 m Cuenta con planos de planta, planos de secciones transversales, planos de simulación hidráulica, planos de ubicación de hitos todos en sistemas de coordenadas UTM.

Y concluye, que el expediente administrativo presentado por la Sra. Susana Raquel Caviedes de Molina cumple con los contenidos mínimos según Resolución Jefatura! N° 300 - 2011 - ANA, por lo que el trámite es Viable, y recomienda una vez concluido con el presente trámite, la municipalidad distrital de Urubamba proceda a monumentar los hitos de acuerdo a las coordenadas establecidas en el presente documento. Estando de acuerdo con lo expresado, la Sub Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hidricos, dio conformidad con Informe Nº 180-2015-ANA-AAA Xll.UV­SDCPRH/FBP (folio 159).

Que, de la revisión de los actuados del expediente administrativo, así como la información técnica, conforme al Anexo 1 de la Resolución Jefatura! N° 300-2011-ANA, para la aprobación de la "Delimitación de la Faja Marginal en la Margen Derecha del Rio Vilcanota Sector Micay, Centro Poblado de Yanahuara, distrito y provincia de Urubamba - Cusco", se colige que el procedimiento administrativo instado a solicitud del administrado se ha llevado de manera regular, sin mediar vicio que lo invalide, cumpliendo con los parámetros, y requisitos técnicos legales, por lo que, resulta amparable aprobar la Delimitación de Faja Marginal a favor de Susana Raquel Caviedes de Molina;

Que, estando a lo opinado por la Unidad de Asesoría Jurídica, con Informe Legal N° 164-2015-ANA/AAA Xll-UV/SDUAJ-mbc, la Sub Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos con Informe Técnico N° 180-2015-ANA-AAA Xll.UV-SDCPRH/FBP; así como lo establecido en el literal "r" del artículo 38ºdel Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, esta Autoridad Administrativa del Agua XII Urubamba Vilcanota;

2

Page 3: Ano de la consolidación del Mar de Grau· … · El Expediente Nº ... Mantenimiento de Fajas Marginales en Cursos ... asimismo los puntos 9 y 10 incluyen la trocha carrozable en

Ministerio de Agricultura y Riego Autoridad Nacional del Agua

hTlílll 0

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- APROBAR la "Delimitación de la Faja Marginal en la Margen Derecha del Rio Vilcanota Sector Micay, Centro Poblado de Yanahuara, distrito y provincia de Urubamba - Cusco", a favor de Susana Raquel Caviedes de Molina, conforme la relación de hitos geo referenciados que se detalla a continuación:

Relación de Hitos para la señalización de la Faja Marginal a delimitar En coordenadas UTM, zona 18S ·Proyección WGS • 84

MARGEN DERECHA

PROGRESIVA CODIGODE COORDENADAS UTM ANCHO DE

HITO ESTE NORTE FAJA

0-+-000 1 806,477.00 8'530,395.00 10.00 0-+-030 2 806,451 .00 8'530,376.00 8.00 0-+-050 3 806,437.00 8'530,356.00 8.20 0-+-088 4 806,410.00 8'530,332.00 6.80 0+109 5 806,389.00 8'530,311 .00 7.20 0+140 6 806,375.00 8'530,292.00 8.30 0+170 7 806,358.00 8'530,268.00 6.80 0+181 8 806,349.00 8'530,259.00 7.15 0+213 9 806,325.00 8'530,235.00 6.25 0+275 10 806,311 .00 8'530,218.00 6.12 0+325 11 806,290.00 8'530,202.00 5.90 0+336 12 806,263.00 8'530,188.00 6.15 0+367 13 806,240.00 8'530,168.00 5.85 0+402 14 806,221 .00 8'530, 160.00 5.90 0+415 15 806,196.00 8'530,147.00 6.35

.;;i~1~\STRAr"'-fO. ARTÍCULO 2º.· DISPONER, que el administrado, publique por una vez en el Diario de Mayor Circulación en dicho distrito, y ~ . . ~~en el Panel de la Municipalidad del Centro Poblado de Yanahuara, la Resolución Directora! que aprueba la Delimitación de ~ 1ng . fet~~~~ 0a presente Faja Marginal, en un plazo no mayor de 10 dias hábiles, debiendo presentar las constancias de publicación a ~ ~j~1g~ECT R~~sta Autoridad , para los fines pertinentes. ~ /, ~

s 1>\\."' ARTÍCULO 3°.- ESTABLECER, que en el área de dominio público determinada para el ancho de la faja marginal según ¡ cuadro adjunto, no existe propiedad marginal, según lo establece al artículo 17° de la R.J. Nº 300-2011-ANA, siendo así, se encuentran prohibidas actividades en la faja marginal, como desarrollo de asentamiento humanos, agricultura intensiva, o permanente u otra actividad que afecte a la faja marginal, la desviación de aguas en sus cauces naturales o artificiales sin la autorización, retiro de material de acarreo en los tramos señalados por la AAA como críticos y vulnerable a riegos de desastres de épocas de avenidas, conforme el articulo 12° de la misma Resolución Jefatura!.

ARTÍCULO 4º.· REMITIR, copia de la presente resolución a la Sub Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hidricos, Unidad del Sistema Nacional de Información de Recursos Hidricos, y a la Administración Local de Agua Cusco.

ARTÍCULO 5°.- NOTIFICAR, la presente Resolución al administrado, en su domicilio legal.

REGÍSTRESE y COMUNÍQUESE.

MPBCHISOUAJ/mbc Ce Arch

3