andanzas inquisitoriales de la ovandina

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1 R CÓMO SE PUBLICABA UN LIBRO EN INDIAS A PRINCIPIOS DEL SIGLO XVII. ANDANZAS INQUISITORIALES DE LA OVANDINA, CRÓNICA DE LINAJES COLONIALES. Los trámites necesarios para publicar un libro en los primeros años del siglo XVII eran muy diferentes de los actuales. Necesitaba el autor someterlo a ciertas censuras que dictaminaban sobre si en él había proposiciones contrarias a la fe, al dogma o a las buenas costumbres mandadas observar por la Iglesia Católica. Demás de esta censura, generalmente por comisión del Santo Oficio o del Ordinario oportuno, era precisa la Licencia Real, que correspondía a S. M. o sus delegados, virreyes, gobernadores, etc. Todavía era necesario otro trámite: el de la tasa, que incumbía al Consejo, el cual aquilataba el precio del volumen por pliegos y su monta total. Y cuando ya estaba, como diríamos hoy, en capillas, iba a manos del Corrector que, más o menos escrupulosamente, notaba los yerros de la impresión y sus oportunas salvas. En las Indias acrecentaba estas dificultades el hallazgo de imprenta, pues no siendo abundante el número de las que funcionaron antes de 1650, se hacía lenta y pesada la tarea de componer un libro de mediano volumen, alternándolo con los cotidianos quehaceres de la industria. Por eso, la publicación de una obra extensa y en varios tomos era siempre un pequeño acontecimiento en los círculos literarios coloniales y motivo de conversaciones y conjeturas sobre el contenido, cuando se trataba de obras de carácter literario y no de los sermonarios o gruesos mamotretos de moral, dogmática o teológica, parto feliz de ingenios eclesiásticos. No es de extrañar, pues, que en Lima y 1619 comenzaran las chácharas y cabildeos a propósito de un libro nada menos que de genealogías, que estaba dispuesto a dar a las prensas un hombre de capa y espada, el cual se llamaba, o se hacía llamar, don Pedro Mexía de Ovando 1 . __________________ (1) Sobre Don Pedro Mexía de Ovando, consúltese: J. T. MEDINA, Historial del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición de Lima (1569-1820), Santiago [de Chile], 1887, tomo II, cap. XVI, pág.

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Andanzas Inquisitoriales de la Ovandina

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Page 1: ANDANZAS INQUISITORIALES DE LA OVANDINA

1

R

CÓMO SE PUBLICABA

UN LIBRO EN INDIAS A PRINCIPIOS

DEL SIGLO XVII.

ANDANZAS INQUISITORIALES DE LA OVANDINA,

CRÓNICA DE LINAJES COLONIALES.

Los trámites necesarios para publicar un libro en los primeros años

del siglo XVII eran muy diferentes de los actuales. Necesitaba el autor

someterlo a ciertas censuras que dictaminaban sobre si en él había

proposiciones contrarias a la fe, al dogma o a las buenas costumbres

mandadas observar por la Iglesia Católica.

Demás de esta censura, generalmente por comisión del Santo Oficio

o del Ordinario oportuno, era precisa la Licencia Real, que correspondía

a S. M. o sus delegados, virreyes, gobernadores, etc. Todavía era

necesario otro trámite: el de la tasa, que incumbía al Consejo, el cual

aquilataba el precio del volumen por pliegos y su monta total. Y cuando

ya estaba, como diríamos hoy, en capillas, iba a manos del Corrector

que, más o menos escrupulosamente, notaba los yerros de la impresión y

sus oportunas salvas.

En las Indias acrecentaba estas dificultades el hallazgo de imprenta,

pues no siendo abundante el número de las que funcionaron antes de

1650, se hacía lenta y pesada la tarea de componer un libro de mediano

volumen, alternándolo con los cotidianos quehaceres de la industria.

Por eso, la publicación de una obra extensa y en varios tomos era

siempre un pequeño acontecimiento en los círculos literarios coloniales y

motivo de conversaciones y conjeturas sobre el contenido, cuando se

trataba de obras de carácter literario y no de los sermonarios o gruesos

mamotretos de moral, dogmática o teológica, parto feliz de ingenios

eclesiásticos.

No es de extrañar, pues, que en Lima y 1619 comenzaran las

chácharas y cabildeos a propósito de un libro nada menos que de

genealogías, que estaba dispuesto a dar a las prensas un hombre de capa

y espada, el cual se llamaba, o se hacía llamar, don Pedro Mexía de

Ovando 1.

__________________

(1) Sobre Don Pedro Mexía de Ovando, consúltese: J. T. MEDINA, Historial del Tribunal del Santo

Oficio de la Inquisición de Lima (1569-1820), Santiago [de Chile], 1887, tomo II, cap. XVI, pág.

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Quienes, decían que representaba para la colonia lo mismo que la

obra de Argote para los linajes andaluces o la de Gracia Dei para los

nacionales, y no cesaban de aplaudir los intentos, suficiencia y doctrina

del autor. Quienes, por el contrario, sospechaban, a la chita callando, de

esas cacareadas purezas históricas del escritor Mexía. Pero estas dudas se

acallaron algo al saberse que el autor había llevado su libro al Doctor

Don Alonso Bravo de Sarabia y Sotomayor, Caballero del hábito de

Santiago, del Consejo de Su Magestad, oidor de la Real Audiencia y

Cónsul del Santo Oficio de la Inquisición, y que doctor tan calificado no

vaciló en decir, el 28 de Enero de 1620, que los cuatro libros del

volumen “no tienen cosa que contradiga a la nuestra Santa Fe Católica ni

a las buenas costumbres, antes son muy históricos y diligentes, y, en

breves y graves razones, enseñan la naturaleza y origen de la nobleza

política y la antiquísima que gozan las casas y linajes de España y los

hechos y hazañas que hicieron muchos descendientes dellas, con tan

buen estilo que, demás de ser suave la historia, invita a hacer otros

semejantes a los más cobardes y perpetuar su memoria”.

Provisto de tan lisonjera censura, trabajó y pulió su obra el hombre

de capa y espada hasta tenerla al cabo de un año en condiciones de

poderse imprimir. Llevóla a manos del Príncipe de Esquilache, recibióla

éste con agrado y concedió de buena gana, en 30 de Enero de 1621, la

licencia que se le pedía y que refrendó, como era protocolario, el Alcalde

D. Josef de Cáceres y Ulloa, en vista de que por el Doctor Bravo de

Sarabia nada se había hallado que fuese motivo para denegar la solicitud.

Una vez aprobado este trámite, paso La Ovandina 1

al taller del

impresor limeño Jerónimo Contreras, el cual comenzó a componerla y a

ir tirando pliegos durante todo aquel año, hasta que, a fines del siguiente,

quedó el libro terminado y dispuesto para la venta. Comenzáronse a

repartir los ejemplares, y Don Pedro Mexía mismo lo llevó a manos de

las personas más calificadas de la Colonia, como obsequio de quien por

primera vez estampaba su nombre en letras de molde.

No bien hubo empezado a circular, cuando la gente hizo mella de

murmuración en sus páginas. Unos, tal vez por no haber conseguido ver _________________________

12; RICARDO PALMA, La Ovandina, noticias sobre un poemita i un poeta peruano del siglo

XVII, en la Revista del Progreso, Santiago de Chile, núm. 10, Marzo de 1889; ÍDEM, Perú, Ropa

Vieja, última serie de tradiciones, Lima, El Universo, 1889; ÍDEM, Un libro condenado, noticias

sobre el autor y su obra, en La Revista Ilustrada de Nueva York, Nueva York, 1892, págs. 309-

311; Nobiliario de Conquistadores de Indias, recogido por A. PAZ Y MELLA, Madrid, 1892;

MARQUÉS DE LAURENCÍN, La Ovandina de Pedro Mexía de Ovando, en el Boletín de la

Academia de la Historia, tomo LV, Julio-Setiembre de 1909, cuaderno 1, págs. 5-34; M.

SERRANO Y SANZ, Estudio preliminar a su edición de la Ovandina, Madrid, Victoriano

Suárez, 1915, tomo I (único publicado), págs. 1-135; EUGENIO ESCOBAR PRIETO, Hijos

ilustres de la villa de Brozas, Valladolid, 1901, págs. 106-114.

(1) La Ovandina, de Pedro Mexía de Ovando, Lima, Jerónimo Contreras, 1621. Un volumen en 4.º

mayor. El único ejemplar conocido existe en la Biblioteca de la Academia de la Historia en

Madrid. Las citas que hacemos de los preliminares, censuras, etc., de allí están tomadas o de la re-

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inclusas sus genealogías en donde tantas se encontraban, entendieron que

se les hacía menosprecio; otros, indignados de que se calificara de nobles

a personas muy señaladas de lo contrario. Corre entonces por Lima un

romance 1

anónimo, en el que se ataca a Ovando por haber cobrado las

inclusiones a tanto la plana. Táchanle asimismo de falsario y encubridor,

a sabiendas, de la mentira. Sin ningún interés como pieza literaria, sirvió

sin embargo el romance para que, de boca en boca y de ellas a oído,

llegara hasta los señores calificadores del Santo Oficio de la Inquisición,

junto con otras delaciones de personas contra D. Pedro Mexía, esta ruin

fama de falsario y superchero. He aquí el

__________________________

reimpresión fragmentaria de 1915, que sigue escrupulosamente el texto original. Lleva el

grab. que reproducimos en esta página.

(1) Aunque se le llama romance, no loes en realidad, sino veintiocho redondillas – muy malas,

por cierto – con un total de ciento doce versos.

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ROMANCE A LA OVANDINA

Vuela palomo, con tus pies de plomo.

En esta ciudad de Lima, Ya ha salido en conclusión

de la trinca y nueva imprenta, la hidalguera del chorrillo,

ha salido por mi cuenta fundada sobre el palillo,

una nueva peregrina. sin cimiento ni escalón.

Es aquesta una Ovandina, Y así es mucha razón

que un nuevo autor ha sacado, preguntar aquestos tales,

porque ansí la ha intitulado, diciendo: - ¿Tú, cuánto vales?

y por cosa peregrina. ¿Yo? Cincuenta un patacón.

Maldita sea tu Ovandina Solares de tienda son

y tu nobleza encarrada, los que a cincuenta ducados

pues toda es una privada, por ingertos y colados

en canto y otava rima. se escriben en conclusión.

Las noblezas emprestadas Que no es mucho tu opinión

y en público las sacar, se tenga por invención,

por ladrones se han de dar por mentiras bien rodadas

los que las traen hurtadas. fraguadas con ruin carbón.

Que aquél que hurta lo ageno, Que yo sé que a un mercader

no siendo la cosa suya, llegó el autor desta obra,

es fuerza a la iglesia se huya y por faltalle en una obra

temiendo le vea su dueño. Ruan que hubo menester.

Y esto está puesto en razón Noble le quiso hacer

que aquestos hidalgos tales, con sólo el nombre que tiene,

los publiquen atabales supliendo lo que conviene

hidalgos de a patacón. a Ruan que hubo menester.

Porque es muy clara opinión Mas este buen mercader,

de que a cincuenta ducados, que algo más que él sabía

han sido calificados y su intento conocía,

por hidalgos del Tusón. muy bien se lo dió a entender.

¡Válgate el diablo, Ovandón! Diciéndole: - Mi señor,

¿Por qué quieres que te crea a mí llaman Roncador

el que tu Ovandina lea y a mi padre Pedro Pablo;

si toda ella es invención? mi abuelo era labrador.

Sacada de tu archivón, Y no quiero yo, señor,

mesclando hidalgos de barro, hurtar a nadie lo ageno,

cubriéndolos con zamarro ni que mi Ruan, que es muy bueno,

y haciéndolos del Tusón. sin paga lleváis, señor.

Page 5: ANDANZAS INQUISITORIALES DE LA OVANDINA

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¿En qué te fundas, burlón, Y destas autoridades

autor de poca codicia, hallaremos más de ciento,

que si aquí hubiera justicia porque no hay nombre mugriento

ya tuvieras un jubón? a quien no dé calidades.

¿Qué ejecutorias rodadas Todos los hace Guzmanes,

en tus manos te pusieron, Salazares o Mendozas,

que de sus padres tuvieron Anayas y otras mil cosas

en pergamino selladas? y también Cuevas y Ardoles.

Y bien que algunas hubiese, ¿Pues de Laras que hallarán

tú entremetes más de mil, y solares de Vizcaya?

y los huesos de borrico Aunque dellos pizca no haya,

los conviertes en rocín. ellos los alquilarán.

¿No sabes que Oquendo dijo No te quiero más decir

deste Pirú las verdades, de tu meliflua Ovandina,

y que en buenas puridades pues de padrastros la cima

Don de Pero Sánchez hizo? a tus hijos diste al fin.

Y tú, si por remedalles, Perdóname porque al fin

haces aquesos excesos, me es fuerza cantar verdades,

nobles de a cincuenta pesos que aunque sé que tú las sabes

podremos muy bien llamalles. deseas cubrir al qu’es ruin.

“Muchos – dicen los Inquisidores 1, coincidiendo con lo afirmado

en el romance – nos vinieron a dar noticias dello, que nos obligó a leer el

libro que el author nos había dado y notar d’él lo mismo qu’el vulgo y el

Fiscal de este Santo Tribunal, Licenciado Gaspar de Valdespina, [es

decir], que se oponía a los Registros del [Santo Oficio] por los cuales

constaba que las más familias y personas d’él estaban notadas en los

libros y Registros de la Inquisición.”

Pero no era esto sólo, con ser muy grave, lo que había. Súpose, por

testimonio del impresor Contreras y por el de las mismas personas

interesadas, que D. Pedro había cobrado muy buenos dineros por

incluirles en su libro. Quienes cincuenta pesos y quienes más aún,

conforme a la calidad que pretendían se les diese y de acuerdo también

con sus condiciones económicas.

Comprobadas estas noticias, mandaron publicar los Inquisidores

edictos que fueron leídos en la Catedral y por los cuales se ordenaba,

bajo severas penas y censuras, que se recogiesen los ejemplares

circulados del volumen. Hízose así, y en poco tiempo pasaron a manos

inquisitoriales, al pie de la tirada total, según el impresor, quinientos en

papel y ochenta encuadernados.

__________________

(1) Carta de los Inquisidores del Perú a los del Supremo de Madrid, firmada por D. Francisco

Verdugo y D. José Juan Gaitán, fechada en Lima a 4 de Mayo de 1622. Archivo Histórico

Nacional, Inquisición, núm. 1332.

Page 6: ANDANZAS INQUISITORIALES DE LA OVANDINA

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Comisionó el Tribunal de la Fe a uno de sus calificadores, el Padre

de la Orden de Santo Domingo, Fray Antonio de Peñaranda, para que

examinase las proposiciones heréticas en materia de fe que pudieran

encontrarse en el libro, al mismo tiempo que encargaba a su Fiscal, el

Licenciado D. Gaspar de Valencina, confrontara escrupulosamente las

noticias históricas y genealógicas tocantes a la limpieza de sangre de las

personas incluidas en La Ovandina.

Recogido el libro y puesto en manos de los censores, nada quedaba

por hacer a los diligentes miembros del Santo Oficio, sino esperar el

informe que aquéllos emitieran. El teólogo lo terminó el día 2 de Marzo

de 1622. Aunque, en puridad, su informe debería limitarse a recoger los

errores teológicos y dogmáticos, extiende le P. Peñaranda sus censuras al

contenidos de verdad y utilidad y sobre si convendría o no que circulase

libremente en manos de todos. El informe del P. Peñaranda es pieza

acusatoria que merece destacarse y ser examinada detenidamente.

Divídelo en tres partes, correspondientes a otros tantos epígrafes de Fe,

Verdad y Utilidad.

Veamos, con rapidez, lo que contiene cada uno de esos párrafos 1.

Dos reparos pone en materia de fe y los justifica con abundantes y

sutiles razonamientos. Decía Ovando en el libro primero, capítulo

tercero, al tratar de la virtud: “Es hábito voluntarioso, respecto a el bien o

mal que sacamos de las pasiones que tenemos, y será virtuoso por

costumbre de mucha continuación de resistir los vicios y obrar siempre

virtudes; será asimismo vicioso por mucha continuación de dejarse

vencer de los vicios, por cuya causa, virtud es hábito voluntarioso,

porque está en su elección seguir el bien o el mal.”

Considera el P. Peñaranda esta proposición y doctrina como

falsísima, tanto en filosofía como en teología. Táchale de barajar y

confundir términos filosóficos como voluntad, potencia y hábito y

mezcla, en cierto modo, este problema de la voluntariedad con el

debatidísimo del libre albedrío.

Establece que no puede ligarse al hábito virtuoso el discernimiento

para aplicarlo indiferentemente al bien o al mal, y cree firmemente que el

hábito virtuoso no tiene más camino que inclinar al sujeto que lo posee

hacia el bien, sin que le sea dable elegir el mal. La voluntad, pues, no

interviene cuando hay hábito de seguir el bien. Pero este propio extravío

filosófico lleva a Mexía a decir, en el capítulo XLV del libro tercero, que

la caridad no es otra cosa sino una voluntad recta, siendo así que dicha

virtud no es voluntad, sino un hábito suyo.

__________________

(1) La Censura de Fr. Antonio de Peñaranda la forman dos hojas en folio de letra redonda y metida.

Se conserva la original y una copia coetánea en el Archivo Histórico Nacional, Inquisición, legajo

1332. Su fecha, 2 de Marzo de 1622.

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Y si, filosóficamente, es inaceptable para el buen fraile este dicho

de Ovando, teológicamente es doctrina temeraria, y aún proxima errori:

en efecto, es contraria al repetido parecer de los Santos Padres y

Doctores de la Iglesia, quienes afirman que el hábito de la virtud es

virtuoso por su propia esencia, sin que exista posibilidad de que pueda

ser vicioso por acción alguna.

Infiere de aquí, evidentemente, que “puede el hábito de virtud ser

electivo de acción virtuosa, y así, por el hábito de virtud, podrá uno

pecar, por el hábito de gracia podrá cometer culpa y por el de la caridad

podrá aborrecer a Dios, lo cual es error manifiesto”.

Pone, finalmente, por remate de su argumentación, una cita del

propio Mexía en el mismo capítulo XLV, en el cual, al ocuparse de la

justicia particular conmutativa, después de haber seguido la doctrina

aristotélica, que establece que es directiva de las conmutaciones, añade

las siguientes palabras de las que claramente se desprende lo contrario de

lo expresado arriba: “de donde se infiere que estas conmutaciones unas

son involuntarias, porque su error fué involuntario, y otras voluntarias.

Las primeras son en dos maneras. Las unas encubiertas, como lo es el

hurto, el fornicio, el engaño, el lenocinio, que es lo mismo que muerte en

rufianería por traición; y las otras violentas, forzadas, como azotes,

prisión y otras injurias.”

El segundo reparo hecho por el P. Peñaranda en materia de fe se

dirige contra otra proposición del mismo capítulo XLV. Establece allí

Mexía de Ovando: “Han de ser los nobles de la naturaleza de la piedra

imán para atraer los corazones de los otros hombres que andan fuera del

camino de la virtud, y si fuera posible darles la misma virtud y nobleza

que ellos poseen se la habían de dar para que todos fueran virtuosos y

nobles y ninguno careciera de una tan gran excelencia y merced del

cielo, con que tengo por cierto que hubiera tanta amistad y conveniencia

entre el cuerpo y el ánima que no cometieran culpa que mereciera pena.”

De dos maneras interpreta el Fiscal este razonamiento del autor de

La Ovandina: o puede referirse a la virtud cristiana, o bien puede hacerlo

con referencia a la política. Si se refiere a esta última, entiende el P.

Peñaranda que es “error tan intolerable que parecerá locura”. Hace notar

para esto que la virtud política se refiere exclusivamente a lo que

pertenece al gobierno exterior del estado público, es decir, a las

cualidades personales y sociales del sujeto, no refiriéndose a las

espirituales-anímicas sino muy secundariamente. En estas condiciones,

es natural que la sola posesión de la virtud política no pueda establecer

una armonía entre el cuerpo y el alma tal que lleve al estado de

infalibilidad y de exención del error.

Si, por el contrario, al hablar Ovando de virtud, quiere significar la

cristiana, hay error en la fe, puesto que la sola consideración de que la

virtud, por heroica que sea, pone paz y quietud entre el cuerpo y el ánima

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hasta el punto de que no se cometa culpa digna de pena, equivaldría a

sostener que se puede llegar en este mundo a un equilibrio corporal y

espiritual que le haga a uno ser perfecto. Y eso en el mundo es imposible

por la oposición eterna entre la carne y el espíritu, tesis defendida por los

Santos Padres.

Claro está que el P. Peñaranda, quizá sintiéndose excesivamente

riguroso y temiendo caer en nota de apasionado, pone sobre el cauterio

de sus censuras el paño caliente de una escapatoria: “Tengo para mí que

esta autor no trató aquí de la pena que se debe ante Dios por el pecado,

sino de la que se debe a la república por la transgresión de las leyes, y en

este sentido se puede salvar su dicho sin nota de error, no obstante que

habló impropiamente de amistad y conveniencia entre cuerpo y alma”.

En materia de verdad, son de más fundamento los tres peros

opuestos por el Fiscal a La Ovandina. Refiérese el primero a un error de

tipo filológico. Es tan disparatada la generalización de Mexía de

Ovando, que unos ejemplos escogidos al azar echan por tierra los

fundamentos.

Dice que las palabras tienen una misma significación cuando sólo

varía la letra capital, o primera, y quedan iguales las demás, y así

defiende la identidad entre Gorgia y Borgia, Maldonado y Baldonado,

sirviéndose de tan febles cimientos para, sobre ellos, asentar la sólida

base de identidad entre ramas y entronques genealógicos. “Fundamento

de tan poca firmeza – dice el P. Peñaranda – como se echa a ver en

muchísimos nombres que, mudadas las letras capitales, mudan la

significación. El ejemplo está claro en muchísimos, como Sevilla y

Hebilla, Colón y Solón, Lima y Rima, y otros mil, que sólo con mudar la

letra capital, aunque no disuenan las otras, muda la significación.”

En el segundo le acusa de que procede muy ligeramente en materia

de entronques y linajes, puesto que, basándose únicamente en la igualdad

de apellidos, injerta ramas en árboles genealógicos que jamás les

correspondiera. Con esto consigue no sólo tratar de limpias a muchas

familias que no lo son, sino aún calificarlas y hacer que sean tenidas por

nobles o por hidalgas.

Pero lo que verdaderamente saca de quicio al Censor, es la

despreocupación con que Ovando cita, traduce y extrae consecuencias de

algunos lugares de la Escritura y Santos Padres. Por una parte atestigua

con páginas inexistentes y por otro trastrueca, retuerce y conmueve de tal

modo las frases que les hace decir lo que nunca intentaron expresar.

Oigamos al celoso P. Peñaranda: “Dice que saliendo Noé del arca, bajó a

un valle que la llamó Min-Adam por la mucha gente que halló muerta en

él, donde pobló una ciudad que la llamó Laga Albina: todo esto afirma

que lo dice el Sagrado Texto sin decirlo, ni palabra de ello, y añade que

del Sagrado Texto lo tomó S. Hierónimo en el libro de Locis Haebraicis

y en todo él no se acuerda S. Hierónimo de tal.”

Page 9: ANDANZAS INQUISITORIALES DE LA OVANDINA

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Sigue el P. Peñaranda analizando varios puntos garrafales que se

soltaron al buen Mexía de Ovando con ocasión de interpretar pasajes de

la Biblia, y acumula citas de autoridades y Santos Padres para probar que

las citas de la Sagrada Escritura hay que hacerlas con la veracidad,

exactitud y escrupulosidad que textos sagrados merecen.

“De donde se infiere – concluye – que hizo mal ese autor en citar la

Sagrada Escritura ahijándole lo que no dice y mudándole sus términos, y

si en esto hubo poca fidelidad, ¿quién creerá que la tiene en citar autores

profanos?”

En donde realmente reside el fundamento y la gravedad de la

censura, es en la última parte del informe. Toca una cuestión

delicadísima, como era la económica y tributaria.

En efecto, los nobles, como se sabe, estaban exentos de pechos y

servicios personales, y, desde el momento en que se reconocía la nobleza

a centenares y centenares de súbditos de S. M., los ingresos y las

prestaciones mermábanse en grandes cantidades.

Claro está que a esta consideración podría oponerse la de que la

simple exposición de estas calidades por un escritor no era prueba

suficiente y, desde luego, no haría fe en pleito. Pero téngase presente que

la mayor parte de los citados en La Ovandina vivían, y un silencio oficial

sobre tales falsedades equivaldría a un reconocimiento implícito de su

autenticidad, dando lugar en lo sucesivo a no pocos líos y quebraderos de

cabeza para genealogistas e historiadores. Por ello, la posición del P.

Peñaranda no podía ser otras que la adoptada.

Mucho más detallista y razonado el informe del Fiscal, D. Gaspar

de Valdespina, ocupa nada menos que nueve páginas en folio de letra

pequeña, y así y todo no comprende más que, según él dice, “los más

principales y de más copiosas familias que hay en el Pirú”.

Estos Apuntamientos del Licenciado Valdespina 1

ofrecen para

nosotros mayor interés, si cabe, que la acre Censura del P. Peñaranda.

Dícese en el encabezamiento que contienen “cuanto [en el libro] se

opone a los papeles y registros [de la Inquisición peruana] y a la verdad e

integridad”, y luego se afirma “que ha causado grandísimo escándalo en

toda esta ciudad [de Lima] por saber y conocer a las más personas

contenidas en él, que están tenidas y opinadas por confesos y no limpios

en este reino, y por este camino haber el autor robado mucha cantidad de

pesos que ha sacado de las tales personas y, por no se lo haber pagado,

haber dejado de poner en el dicho libro a muchas personas calificadas,

como es público y notorio en dicha ciudad”. Dice más: que, por no

cansar, sólo se refiere a las familias peruanas más principales y exten-

__________________

(1) La Censura de Gaspar de Valdespina, fechada en 20 de Abril de 1622, la forma un cuaderno en

folio de 6 hojas, de ellas cuatro y media escritas y el resto de cubierta blanca, cosida. Se conserva

en el mismo legajo que los anteriores. Por su interés genealógico, lo publicamos íntegro en

apéndice a este artículo.

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didas.

Y luego analiza el licenciado Valdespina nada menos que veintitrés

reparos, en su sentir graves, sobre materias genealógicas.

Examinaremos aquí algunos para que se vea la índole de los cargos

formulados por el Fiscal, e intentaremos en algún caso exculpar al autor

de La Ovandina de las tachas señaladas.

Acusa primeramente el Licenciado Valdespina a D. Pedro Mexía de

Ovando de que en el Libro segundo, folio 142, pone por noble a D.

Diego Mexía, natural de Sevilla, a quien se tenía en el Perú por confeso.

Estaba casado el D. Diego en Lima con D.ª Isabel Manrique, hija del

matrimonio sanluqueño formado por D.ª Ana Manrique y D. Pedro de

Contreras, minero en Huancavelica, “el cual está testificado de muy bajo

judío”. Hermana de la D.ª Isabel, era otra señora casada con el criollo D.

Francisco Vela.

Un amagar y un dar hay en este primer cargo. El amagar es esa

tacha puesta a D. Diego Mexía y fundamentada en un vago se dice, hay

opinión, se tiene, que no constituyen prueba suficiente. El dar recae

sobre la familia de D.ª Isabel, a pesar de su apellido Manrique, y sobre el

Contreras, “testificado de muy bajo judío”.

En realidad, y yendo al texto de La Ovandina, no está tan

desprovisto de fundamento y autoridades, puesto que constan las buenas

partes de D. Diego Mexía en testimonios fehacientes que aduce D.

Pedro. No había exagerado sus calidades, puesto que descendía de D.

Diego Ruiz Mexía, caballero sevillano que ayudó, cuando la conquista

del Perú, a la prisión de Atahualpa y fué encomendero de Afangaro y

Asillo con 6.000 pesos de renta, del producto de las cuales encomiendas

sacó para comprar en Sevilla una veinticuatría y litigar en la Chancillería

de Granada un expediente de hijodalgo, cuya ejecutoria le fué

despachada el 24 de Mayo de 1559.

Por otra parte, al Diego con quien se mete el Fiscal se le asignaron,

según real cédula dirigida al Marqués de Montesclaros, Virrey del Perú,

de 17 de Octubre de 1609, 2.000 ducados de renta por dos vidas, en pago

a los servicios que había prestado en su calidad de Capitán de Infantería

de la armada de D. Luis Faxardo contra los holandeses, en cuyo

despacho hace constar S. M. las acciones de Diego Ruiz Mexía, su

abuelo.

El cargo segundo hecho por el licenciado Valdespina merece

copiarse íntegro para que el lector se penetre bien de la saña que cegaba

al severo Fiscal: “En el dicho 2.º libro, folio 143, pone por nobles a D.

Diego de Zúñiga, natural de Guadalajara, y Doña Inés de Obregón,

natural de esta ciudad, los cuales tienen algunos hijos, uno de los cuales,

el Dr. D. Diego de Zúñiga, casado en esta ciudad con Doña Mariana

Arriaga y Alarcón, hija de Cristóbal de Arriaga y Alarcón y de Doña

María de la Roca, los cuales son confesos y es una familia muy

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extendida en este Reino; consta de los Registros del Santo Oficio en el

lib. I de Certificaciones, fol. 29 y 174, y en el lib. 7, fol. 13. Otra

hermana de este Dr. D. Diego de Zúñiga, llamada D.ª Isabel de Zúñiga y

Mendoza, casó en esta ciudad con D. Alvaro de Torres del Castillo, el

cual es confeso y tiene muchos hermanos y sobrinos, que es muy copiosa

familia en esta ciudad, que todos son malos y no limpios, hijos del

Licenciado Alvaro de Torres, médico, natural de Xerez de la Frontera.

Consta del cuaderno 7.º de Informaciones.

¿En qué se opone a la verdad lo dicho por Mexía de Ovando?

Táchese en buena hora de no limpios a sus cuñados y suegros, pero él

podía ser perfectamente, y a pesar del matrimonio de sus hermanas, de

una inmaculada limpieza de sangre. Con las mismas palabras del Fiscal

se destruyen sus supuestas inculpaciones, desprovistas de fundamento.

El cargo siguiente, y tercero de los que hace el Licenciado

Valdespina, incide en la misma tacha que el anterior. Arremete contra D.

Pedro Mexía de Ovando porque en el libro 2.º, folio 170 y 171, pone la

casa y familia de Aguilar, cuya cabeza es el Marqués de Priego, y por

descendiente suyo a Pedro Sánchez de Aguilar Rendón y sus hijas,

escandalizándose no poco de que de éstas casaran una con un carretero,

otra con un albañil, otra con un confeso portugués llamado Gonzalo

Barrasa y otra con un escribano.

El dilema era éste: o Pedro Sánchez de Aguilar Rendón descendía

de los Marqueses de Priego, o no. Si lo primero, ¿qué tiene que ver para

su limpieza el que casaran las hijas con gente baja y de vil condición? Y

si lo segundo, correspondía al Fiscal probar la no descendencia para

evidenciar las falsedades del autor de La Ovandina. Pero nada de esto

hace y prefiere callar los fundamentos luego de disparar la saeta contra

lo dicho por D. Pedro Mexía de Ovando. No es muy firme el

procedimiento.

Si esto ocurre con los tres primeros reparos puestos al libro por el

Licenciado Valdespina, con los demás no hay – salvo algunos razonables

– diferencias de monta. Procede con una falta de argumentos y pruebas

verdaderamente desconcertante. Examinar uno por uno los 25 cargos,

exigiría dilatarse sobremanera. Conste aquí que, en su mayoría, son de

poco fundamento como los ya dichos. Otros, sin embargo, ponen el dedo

en la llaga de la poca escrupulosidad genealógica de D. Pedro Mexía.

Hemos querido destacar los tres primeros para poder sentar

firmemente que, si hubo razonable celo en algunos casos, otros párrafos

contenidos en el informe del Fiscal obedecen sólo al desafecto, y acaso

también a inquina por causas que no conocemos.

La simple opinión, el dicho infundado de la gente, bastan al

Licenciado Valdespina para censurar pasajes enteros del libro. Algo hay,

sin embargo, de cierta gravedad en el trabajo del Fiscal, que conviene

dejar consignado aquí, porque nos descubre un poco de la trama interna

Page 12: ANDANZAS INQUISITORIALES DE LA OVANDINA

12

de todo este episodio inquisitorial, y que tal vez ayudará a

desenmarañarlo.

En el último apuntamiento, al tratar de la limpieza de los Sarabias, y

refiriéndose a D.ª Mariana Bravo, dice: “… y D. Alonso de Sarabia,

criollo de esta ciudad y Alcalde del Crimen que ha sido en ella y hoy está

proveído por Oidor de México, tío hermano del padre de la dicha D.ª

Mariana Bravo de Sarabia, fué la persona que fomentó esta emprenta [it

es, la edición de La Ovandina], y se hizo a su costa y quien la aprobó,

aunque la falta de limpieza de su sobrino no le toca”.

Recuérdese que D. Alonso Bravo de Sarabia fué quien aprobó – tan

ligeramente que vió cuatro libros en donde sólo existían dos – La

Ovandina, que circulaba bajo su autoridad. A él en cierto modo cabía,

según la declaración del Fiscal, la responsabilidad de la edición y su

garantía económica: será cosa de averiguar el por qué de este interés.

Mal cariz tomaba el asunto con este nuevo rumbo, aunque en ello, al

parecer, no se hizo luego hincapié.

Don Pedro Mexía de Ovando, que tan mal parado vió al fruto de sus

vigilias y al arca de sus provechos, creyó más oportuno quitarse de

delante, por lo que pudiera tronar, y emprendió el camino hacia Nueva

España, no sin antes asegurar formalmente que imprimiría allí el resto de

su libro y que él había de acudir a Madrid en apelación de las

iniquidades que contra su verdadera obra se publicaban.

Noticiosos los inquisidores limeños de estos dichos de D. Pedro,

escribieron una carta a los colegas mejicanos poniéndoles en

antecedentes, por excusar tamaño propósito, y, tomando un ejemplar de

La Ovandina, otros de los informes que hemos citado anteriormente y el

romance satírico aludido, remitiéronlos, con una carta firmada por D.

Francisco Verdugo y el Licenciado Andrés Joan Gaytán, al Consejo de

Su Magestad de la Santa General Inquisición, en Madrid, para que en

definitiva fuese ella la que resolviese. Esto se puso por obra el 4 de

Mayo de 1622.

Nada menos que trece meses y nueve días tardó el envío en llegar a

su destino. Al cabo de este tiempo, hubiéronlo a las manos los Señores

Inquisidores del Supremo. Tómase aquel día acuerdo de que lo vea el

Señor Fiscal y que han hecho bien los de Lima en mandarlo recoger y

dar el oportuno aviso a la Inquisición de Méjico. Con el libro quedó

provisionalmente Fr. Mariano de la Ascensión, del cual pasó a las manos

de los censores Fray Diego Barrasa y Fray Francisco Verdugo. ¡Singular

coincidencia! D. Francisco Verdugo se llamaba asimismo uno de los

inquisidores peruanos que firman la comunicación al Supremo de

Madrid.

No se portó éste, forzoso es reconocerlo, como correspondía, por

juro de heredad, a su apellido. La censura que redactó conjuntamente con

Page 13: ANDANZAS INQUISITORIALES DE LA OVANDINA

13

Barrasa exculpa a D. Pedro Mexía de Ovando de alguno de los cargos

que se habían hecho por los peruanos 1.

¡Qué lejos estaba Madrid de Lima! Allá todo era delictivo y

enorme, herético y doloso, mientras que por acá otro gallo nos cantaba.

El ergotismo sutil e infranqueable de los censores limeños se

transformaba en la soflama y humorismo que reflejan los de Madrid en

lo que más que Censura debería llamarse Exculpación.

Fr. Diego de Barrasa y Fr. Francisco Verdugo reciben juntamente la

voluminosa Ovandina y el nada flaco informe de la Inquisición de Lima.

Y si le divirtió la obra con su sarta de genealogías absurdas y

disparatadas, no menos tuvieron que reír con el informe. ¡Cuánto

distingo, cuánta sutileza lógica, cuánto argumento, silogismo y

retorcimiento de frase, cuánta cita de teólogos, cuánto Santo Padre traído

al retortero para destruir las esperanzas económicas de un pobre diablo!

¿Merecía la pena estrujar el caletre para agobiar así al desgraciado

Don Pedro Mexía de Ovando? Ambos convinieron en que no:

“Juzgamos por rigurosa la censura del P. Fray Antonio de Peñaranda en

la calificación que dio en común y en particular a las cosas que él

calificó.” ¿A santo de qué conducía gastar tinta y papel para hallar una

definición de la virtud, “así en filosofía como en teología, que, aunque

muy docta, pero parece demasiado rigor juzgar por ella un libro de

historia y caballería”?

El autor tenía razón; pero también teníala el descontentadizo fraile

limeño. Este, en sus altas sutilezas y teologías, aquél en su, a veces,

inconexo decir, preñado de obscuridad: “como el autor no había

estudiado, habló con tan gran confusión en aquel capítulo, pues es

necesario leerle cuatro y seis veces para entender lo que quiere decir, y,

cuando se ha hecho esta diligencia, serán pocos los que lo entiendan y

reparen en ello.”

No hay duda que para sutiles exégetas de Aristóteles y Santo

Tomás, la definición de la virtud que daba el buen Don Pedro era algo

extraño y no visto, pero “como no había estudiado en libros de Filosofía

y Teología, sino en los de Caballería, definió la virtud a su modo de

caballería.”

¿Qué más daba que interpretase así o asá las relaciones entre la

voluntad, el hábito y la virtud, escandalizando al buen fraile peruano,

persona que, como “graduada en esta ciencia de caballería, no repara en

los puntos de filosofía”? “Bien puede pasar – dicen los informantes –

este capítulo libre de la censura del calificador, porque aunque en

Teología y Filosofía es muy docta, cayera muy bien sobre quien hubiera

__________________

(1) 2 h. en folio, autógrafa. En el encabezamiento hay una nota que dice: “En Madrid, 28 de sept.e

1623, Leg. 5º, n.º 40, que se recoja este libro por edictos en la forma acostumbrada, estando preste

su S. I. y S. S. Ramírez, Sotomayor, Benavides, Ayala, Cifonte, Ortiz, [rúbrica]”. Archivo

Histórico Nacional, Leg. 1332.

Page 14: ANDANZAS INQUISITORIALES DE LA OVANDINA

14

profesado estas dos ciencias.

Hasta aquí, trataron los doctos PP. Barrasa y Verdugo solamente de

materia de fe; pero quedaba aún a la censura del P. Peñaranda el rabo por

desollar y era éste lo referente a la verdad del libro.

El lector recordará que tal punto tenía dos partes: la referente a citas

de textos venerables y la propiamente histórica.

¿Qué don Pedro trastocaba tal cual cita de David o de San

Jerónimo? “No hay que reparar en libros de caballería”, terquean otra

vez los censores. ¿No se oía constantemente en el púlpito lo mismo? “Es

una enfermedad de predicadores – dicen – arrastrar y torcer la Escritura

para que venga el lugar a su propósito, siendo el sentido literal el

contrario. Y esto lo oímos de ordinario en los sermones y lo leemos en

los sermonarios que ahora corren por muy calificados.”

Si el P. Peñaranda afirmaba que no debía dársele licencia, porque

ese hecho presuponía reconocimiento de ser verdad cuanto en el libro se

expresaba y al cabo de unos años todos los allí incluidos se tendrían por

nobles sin serlo, arguméntanle los madrileños con el refrán de la mona:

el que no sea ahora noble ni limpio, igual no lo será aunque pase tiempo.

Además, ¿hay algo más digno de alabanza y que incline a los PP. a favor

de Mexía que “el deseo que tiene de que todos sean nobles y honrados,

como se ve en la obra, que a todos los que han pasado a las Indias los

hace descendientes de las casas más calificadas de España, por ventura

dándoles la nobleza allá de que no gozaban en sus tierras, para que todos

procedan como nobles y honrados”? Deus vult omnes homines salvos

fieri: condición es propia de Dios que todos sean buenos en esta vida,

para que todos sean honrados en la otra.

Además, la nobleza tiene que empezar alguna vez, por alguna

generación. Y ya que aquel Nuevo Mundo ha comenzado en los tiempos

del autor, no hay inconveniente para que todos los que le han

conquistado y se han pasado a vivir en él fueran nobles y virtuosos, que

es lo que el autor pretende para la dilatación de la fe y conquista de los

rebeldes.

“Acerca del romance que han hecho contra este libro, nos parece

que lo que se hallan en aquel reino y no [encuentran] escrito sus linajes

en este libro, le habrán emulado por envidia y con ella hecho el romance.

Pero paréceme que esta dificultad la salvará presto el autor, porque

promete otros tres tomos en que será fácil el meter no sólo el linaje de

los que ahora están en las Indias, pero de los que podían ir de aquí a

quinientos años, con que quedarán todos contentos y el autor libre de

émulos, pues a todos los hará iguales.”

“Y assí juzgamos – concluyen los censores madrileños – y somos

de parecer que, pues este libro no tiene cosa contra la fe, antes bien será

de importancia para las buenas costumbres, pues podrán aprender los

mozos de estos tiempos a darse al ejercicio de las armas y milicia para

Page 15: ANDANZAS INQUISITORIALES DE LA OVANDINA

15

defender nuestra sancta fe católica de los antiguos españoles que

pelearon contra los moros, que puede correr este libro como historial,

pues no tiene cosa contra nuestra sancta fe católica ni buenas

costumbres, y assí lo firmamos en S. Francisco de Madrid a 7 de

Setiembre de 1623.=Fr. Diego Barrasa, Fr. Francisco Verdugo.”

Una observación acude, irreprimible a los puntos de la pluma:

¿tendría alguna relación de parentesco Fr. Diego de Barrasa con aquel

otro confeso portugués llamado Gonzalo Barrasa, que aparece en la

Censura del Licenciado Valdespina? Sólo queremos apuntarlo aquí.

Cabría suponer que, con censura tan exculpatoria, juzgara la

Inquisición madrileña como excesivo el rigor de los peruanos y, con

ligeras correcciones, autorizase la circulación de la Ovandina. Pero no

fué así. Emitido el informe en 7 de Setiembre, reúnese el Supremo

Consejo el día 28 y, estando presentes los Inquisidores Ramírez,

Sotomayor, Benavides, Ayala, Cifuentes y Ortiz, mandaron que se

recogiese el libro en la forma acostumbrada.

Dos días después se escribe a Lima una carta 1 ordenando se cumpla

el acuerdo tomado. La carta llega a su destino en 30 de Agosto del año

siguiente 1624. El 21 de Setiembre, hízose publicar en la Catedral de

Lima el edicto y requisitoria consiguiente, amenazando con graves penas

a los que no entregaran los ejemplares de La Ovandina que aun

conservasen en su poder. Todavía pudieron conseguirse algunos pocos

volúmenes que faltaban, según lo comunica en carta fechada en los

Reyes, a 1.º de Junio de 1625, el Licenciado Don Andrés Joan Gaytán, el

cual añade que “a los comisarios [del Santo Oficio] ordenamos hiciesen

lo mismo, y siempre haremos lo que V.ª S.ª mandare, con la puntualidad

que debemos.”

A lo seis meses se recibió esa carta en Madrid, y un escribiente del

Consejo ponía fin a esta tragedia de Don Pedro Mexía de Ovando con

una lacónica frase encerrada en dos secas palabras: “Está bien”. Este fué

el broche puesto por la burocracia a una aventura de la que un pícaro

español en Indias aguardó un día obtener provechos, gloria, gratitud y

unos quilates de nobleza, no por ilegítimamente adquiridos menos gratos

en una época vanagloriosa y pagada de la sangre azul: en los principios

del fin español.

___________________ ANTONIO RODRÍGUEZ MOÑINO.

(1) Estos y los datos que siguen constan en la siguiente Copia de carta original del Señor Inquisidor,

el Licenciado Andrés Joan Gaytán, al Consejo Supremo. Los Reyes, 1 Junio 1625: “En carta de

30 de Setiembre del año de 23, recibida en 30 de Agosto de 24, nos manda V. S.ª recoger por

edictos el Libro intitulado Primera parte de los quatro libros de la Obandina de Don Pedo Mexía

de Obando. Pusímoslo en execución por edito que hiçimos publicar en la Cathedral en 21 de

Setiembre del año pasado; hanse recogido algunos pocos que faltavan y a los Comisarios

ordenamos hiciesen lo mismo y siempre haremos lo que V.ª S.ª mandare, con la puntualidad que

debemos, Dios guarde a V.ª S.ª, etc. En los Reyes, 1.º de Junio 1625. El Licen.do

Andrés Joan

Gaytán. [rúbrica]”. Al principio de la carta, de letra distinta: “En Madrid, 15 de hen.ro

1626. Está

bien”.=Sevilla, Archivo de Indias, Inquisición de Lima, Cartas de 1624 a 1629.

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16

A P É N D I C E

APUNTAMIENTOS

que se han echo al libro intitulado Primera parte de los quatro libros de la

Obandina, de Don Pedro Mexía de Obando, donde se trata la naturaleza y origen de

la nobleza política y el de muchas y nobilíssimas casas, con los que an passado de

ellas a estos Reynos y al de Nueba Hespaña, impresso en esta ciudad de Lima, año

de 1621. El qual libro se a mandado recoger por este Sancto Officio (que esta

primera parte contiene dos libros solamente), por quanto se opone en ellos a los

papeles y registros y a su verdad e integridad en él, con grandíssimo escándalo que a

caussado en toda esta ciudad, por saber y conocer a las más personas contenidas en

él, qu’ están tenidas y opinadas por confesas y no limpias en este Reyno, y por este

camino haver el autor robado mucha cantidad de pesos que a sacado de las tales

personas, y, por no se le haver pagado, haver dexado de poner en el dicho libro a

muchas personas calificadas, como es notorio y público en esta ciudad y en todo el

Reyno.

Y para que más en particular conste a V. S. desta berdad y que en todo y en lo

más principal de él se opone a los dichos papeles y registros de este Sancto Officio,

mande V. S. pasar los ojos por estos Apuntamientos, que, aunque se pudieran poner

muchos más, por la brevedad del tiempo y no cansar a V. S., recogí los más

principales y de más copiossas familias que hay en el Pirú.

1.º En el libro 2.º de la dicha Obandina, en el folio 142, pone por noble a don

Diego Mexía, natural de Sebilla, que en este Reyno está tenido por cofesso; está

casado en esta ciudad con doña Isabel Manrique, hija de doña Ana Manrique y

Pedro de Contreras, natural de San Lúcar de Varrameda, minero en Guancabelica, el

cual está testificado de muy baxo judío, como parece del 2.º q.º de Genealogías, fol.

562. Tienen otra hija casada en Guancabelica con don Francisco Bela, criollo deste

Reyno.

2.º En el dicho lib. 2.º, fol, 143, pone por nobles a don Diego de Zúñiga,

natural de Guadalaxara, y Doña Inés de Obregón, natural de esta ciudad, los quales

tienen algunos hijos, uno de los quales, el doctor don Diego de Zúñiga, casado en

esta ciudad con doña Mariana Arriega y Alarcón, hija de Cristóbal de Arriaga y

Alarcón y de doña María de la Roca, los quales son confessos y es una familia muy

extendida en este Reyno; consta de los registros de este Sancto Officio en el lib. 1.º

de Certificaciones, fol. 29 y 174, y en el lib. 7.º, fol. 13. Otra hermana de este Dr.

don Diego de Zúñiga, llamada doña Isabel de Zúñiga y Mendoza, cassó en esta

ciudad con don Albaro de Torres del Castillo, el qual es confesso y tiene muchos

hermanos y sobrinos, que es muy copiossa familia en esta ciudad, que todos son

malos y no limpios, hijos del Licenciado Albaro de Torres, médico natural de Xerez

de la Frontera. Consta de q.º 7.º de Informaciones, fol. 808.

3.º En el dicho lib. 2, fol. 170 y 171, pone la cassa y familia de Aguilar, cuya

cabeza es el Marqués de Priego, y de ella, contra toda berdad, pone por descendientes

a Pedro Sánchez de Aguilar Rendón y sus hijos, que en esta ciudad es una de las

familias más copiossas que ay en el Pirú, pues, de 3 hijas, ay hoy vivas en esta

ciudad más de setenta personas; la una de las quales casó con un albañil llamado

Rodrigo Díez, natural de Frexenal, judío notorio, de quien quedaron catorce hijos y

oy viven más de 33 nietos; segunda hija casó con un carretero, de quien ay oy

muchos hijos y nietos, y el hijo mayor usa el oficio del padre. La tercera hija casó en

esta ciudad, de quien hay mucha sucessión. Una hija, llamada Doña María de

Aguilar, es casada con Antonio Román de Herrera, escribano, confesso notorio,

natural de Alburquerque; tiene hijos. Consta del 3er

q.º de Genealogías, fol. 8, y en el

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17

q.º 4.º, fol. 134. Otra hermana de ésta casó en esta ciudad con Gonzalo Barrassa,

portugués, confesso notorio; tienen muchos hijos. El dicho Rodrigo Díez, de quien a

quedado la más copiosa sucesión, fué natural de Frexenal, el cual y sus padres

pasaron a este Reino del Pirú huyendo, como consta de los registros de este Sancto

Officio en el lib. 1.º de Testificaciones, fol. 30 y 103, y en el 1.º q.º de Genealogías,

fol. 109.

4.º En el dicho libro 2.º, fol. 206, pone a los apellidos de Ríos, que residen en

este Reino, por nobles y limpios, y en esta ciudad residen Blas y Thomás de los Ríos,

hermanos y confesos notorios, hijos de Ana Méndez y nietos de Leonor Sánchez

Moscoso, natural de Zafra, reconciliada (lib. 1.º de Testificaciones, fol. 259 y en el

lib. 1.º, q.º 1.º de Genealogías, fol. 383).

5.º En el dicho lib. 2.º, fol. 218, pone a Diego de Agüero, casado con Doña

Beatriz Brabo de Laguna, la qual fué hija de Nicolás de Ribera el Mozo y de Doña

Inés Brabo de Laguna, que tienen en esta ciudad muchos hijos, nietos y viznietos.

Fray Nicolás de Agüero, dominico, su hijo, pretendió ser calificador de este Sancto

Officio, y no pudo salir con ello.

Sancho de Ribera, hijo del dicho Nicolás Ribera y doña Inés Brabo, tuvo 3

hijas, que hoy están casadas en esta ciudad. La mayor, con don Lorenzo Zárate, de

quien tiene 10 hijos. La segunda está casada con Don Fernando de Castro; tiene

hijos. La tercera está casada con don Ordoño de Aguirre.

Raphael de Ribera, segundo hijo, casó aquí con una hermana del arcediano de

esta iglessia, Velázquez, de quienes hay nietos; están en opinión de confessos.

Doña Mariana de Ribera, 3.ª hija, casó en esta ciudad con D. Juan de Mendoça

Mate de Luna, judío descendiente de Avenadava, judío famosso que quemaron en

Sevilla (Lib. 1.º de Testificaciones, fol. 25, 30, 53 y 173 y en 1.º q.º de Genealogías,

fol. 117, 121 y 215). Tienen por hijo a don Luis de Mendoza, vecino de esta ciudad,

casado con doña Francisca Costilla; tiene un hijo.

Doña Beatriz de Agüero, hija del dicho Diego de Agüero y nieta de los dichos

Nicolás de Ribera e Inés Brabo, casó en esta ciudad con don Alonso de Mendoza

Ponce de León, primo hermano del dicho don Juan de Mendoza, a quien le toca lo

mismo; tiene 7 hijos, son todos nietos e hijos de los dichos Nicolás de Ribera el

Moço e Inés Brabo de la Laguna, los quales vinieron de la Isla de la Española; están

en opinión de confessos, y la dicha doña Inés Brabo de la Laguna no era legítima,

sino hija de una mulata; consta de 13.º q.º de Informaciones, fol. 67 y 1067. Hay en

esta ciudad otros muchos nietos, hijos de don Félix de Agüero y don Joseph de

Agüero.

Otro hijo de los dichos Nicolás de Ribera e Inés de Laguna, llamado Antonio

Brabo, casó en esta ciudad, de quien ay muchos hijos y nietos; el mayor de ellos don

Sancho, casado con una hija de don Alonso Niño y de doña… de Cerrato, también

confesos, como parecerá en el capt.º 19 adelante.

6.º En el dicho lib. 2.º, fol. 224, pone y califica a don Diego Gavilán de

Chabes, natural de Guamanga (que cassó con doña María de Sarabia, hija del

presidente Melchor de Sarabia), el qual es biznieto de relaxado; consta por un

testimonio de la Inquisición de Llerena, 7.º q.º de Genealogías, fol. 400. Hay

descendientes de éstos en este Reyno los hijos del capitán Justicia.

7.º En el dicho libro, fol. 228, pone por nobles a Albaro Fernández de la

Quadra, que cassó en Arequipa con doña Theresa Laso de la Vega y Almonte, la qual

es confesa, como parece del lib. de Testificaciones de los Reyes, fol. 4.º, e por una

información que se hizo en este Sancto Officio. Fué hermano de el dicho Albaro

Fernández, el Padre Diego Albarez de Paz, probincial que fué de la Compañía de

Jesús en este Reyno. Son naturales de la ciudad de Toledo; están en opinión de

confesos.

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18

8.º En dicho lib. 2.º, fol. 260, trata de la familia de los Veras y Solórzanos y en

otra parte de la familia de los Pereira; a foxas 309, pone por noble y calificado al

doctor Juan de Solórçano y Pereira, oidor de esta Real Audiencia, casado y con

hijos, y una hermana suya, doña María Pereira, casó con don Francisco Valverde,

presidente que fué de Panamá, de quienes hay en este Reino 5 hijos barones y una

hembra casada y con hijos; y es una familia muy dilatada. Son tenidos comúnmente

en este Reino por confesos, y es público y notorio que el dicho doctor Solórzano fué

opositor al Colegio de Obiedo en Salamanca, y por persona eminente en Letras le

admitieron sólo a la oposición y perdió por falta de limpieza. Y agora de próximo,

hiço S. M. merced de un hávitto a un sobrino suyo, hijo del dicho presidente, y,

haviéndose echo las pruebas, no a podido salir por falta de limpieza, que la mayor

parte le toca en Portugal, que es mala, y por los Solórzanos de Aguilar de Campo,

que también están en mala posición.

9.º En el dicho lib. 2.º, fol. 266, pone a don Juan de Abalos de Ayala por noble,

y a sus hijos, el qual se casó en esta ciudad con hija del Licenciado Albaro de Torres,

médico natural de Xerez de la Frontera, confesso; consta del q.º 7.º de Informaciones,

fol. 803; tiene tres hijos barones en esta ciudad.

10. En el dicho lib. 2.º, fol. 269, pone por noble a don Diego de Armenteros y

Enao, oidor de esta Real Audiencia y natural de Fuente Sauco, el qual está en

opinión de confesso en esta ciudad; tiene 2 hijos.

11. En el dicho lib. 2.º, fol. 269, pone por nobles cristianos biexos a los

Contreras y Ulloas, criollos feudatarios de la ciudad de la Paz; ésta es una familia

muy dilatada en este Reino, en la Paz, Cuzco y Lima; son hijos y descendientes de

parte de su madre, los Añascos y Peñalossas de Sevilla, los quales, y los que están en

este Reino, están en opinión de confessos, como parece del 1.º q.º de Genealogías,

fol. 163.

Un descendiente de éstos, llamado don Antonio de Contreras, está casado en

esta ciudad con doña Blanca de Zúñiga, natural de Salamanca, que también está en

opinión de confesa; tiene sucesión.

12. En dicho lib. 2.º, fol. 272, pone a don Luis Albarado, residente en esta

ciudad, y a don Juan de Albarado, su hermano, fiscal de Manila y oy de Panamá, por

nobles, siendo notorios confesos por padre y madre, naturales de Medina Sidonia y

de Xerez; consta de los registros de esta Inq.on

, lib. 3.º de Testificaciones de los

Reyes, fol. 63.

13. En dicho lib. 7.º, fol. 273, pone a don Pedro Uriz Navarro, casado con

doña Constanza de León, hija de Antonio de León; son confessos, como parece del

1.º q.º de Genealogías, fol. 162 y 208, los quales tienen en este Reyno muchos hijos y

nietos, como parece del propio libro de la dicha foxa.

14. En el dicho lib. 2.º, fol. 287, pone a Gaspar de la Cueva y Navarrete por

noble y sus hijos; el cual casó en esta ciudad con doña Inés Martel de Narváez, de

quien hay muchos hijos, la qual es natural de Sevilla y confessa, como parece por q.º

1.º de Genealogías, fol. 167 y en lib. 1.º de Testificaciones, fol. 25; una hija de éstos

está casada con don Diego de Ludeña, hijo de don Pedro de Ludeña, corregidor que

fué de Potossí, los quales también están en opinión de confessos. Son naturales de la

villa de Madrid, adonde es notorio.

En el dicho lib. 7.º, en la foxa 299, al fin, pone a Diego de Chaves, natural de

Gumanga, que casó en este Reyno con doña María de Sarabia, hija del Presidente

Melchor Brabo de Sarabia; este Gabilán es bisnieto de relaxado; consta por un

testimonio de la Inquisición de Llerena, 7.º q.º de Genealogía, fol. 400; ay

descendientes. Este capítulo está puesto dos veces por yerro.

15. En el dicho lib. 2.º, en el fin de la foxa 299 asta toda la 301, pone

dilatadamente al capitán Nicolás de Ribera y su familia, que es muy dilatada en este

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Reyno y la más copiosa y rica de todo él. Cassó con doña Elvira de Abalos, el qual

está notado de morisco y no consta de la naturaleza; parece del lib. 1.º de

Testificaciones y en el 7.º q.º de Genealogías, fol. 225, y de la información que este

Sancto Oficio hizo para Fr. Gabriel de Zárate, dominico, que no se aprobó; es nieto

de los dichos; está en el q.º 13 de Informaciones. También parece que la dicha doña

Elvira de Abalos es confessa y descendiente de unos Solieres, naturales de Soria, que

están en mala opinión (7.º q.º de Genealogías, fol. 225). Estos tienen muchos hijos y

nietos en este Reyno: don Juan de Abalos, don Joseph de Ribera, que tienen hijos y

nietos.

Una hija casó con Pedro de Zárate, de quien fué hijo el dicho Fr. Gabriel de

Zárate y lo es don Lorenzo de Zárate, que está casado en esta ciudad con doña Inés

Brabo de Ribera, hija de don Sancho de Ribera, que también es confeso; tienen 10

hijos y una hija casada con un nieto de Diego de Agüero y de doña Beatriz Brabo de

Laguna, hermana del dicho Sancho de Ribera. Consta del q. 13 de Informaciones,

fol. 67 y en 1067 una información que se hizo en este Sancto Oficio para calificador

a Fr. Nicolás de Agüero, que no entró. Otra hija del dicho Nicolás de Ribera, doña

Ana, casó en esta ciudad con don Lorenzo Estupiñán y Figueroa, natural de Xerez, el

cual es nieto de Pedro de Alcázar, natural de Sevilla, reconciliado (lib. 1.º de

Testificaciones, fol. 87), los cuales tuvieron una hija, doña María Magdalena, que

casó en esta ciudad con don Juan de la Cueba, del hábito de Calatrava, y tiene

muchos hijos.

16. En el dicho lib. 2.º, fol. 304, pone a don Pheliphe Sarmiento Villandrado,

casado en esta ciudad con doña Leonarda de Lorca, de quien tiene hijos; califica este

apellido de Lorca, la qual y el apellido es malo, y son confessos, y consta en los

registros de la Inquisición que haviendo pretendido Balthasar de Lorca Banco en

esta ciudad, padre de la dicha Leonarda, ser familiar de la Santa Inquisición, y

haviéndose enviado hacer las pruebas a la Inquisición de Cuenca, constó por ellas

que sus abuelos fueron reconciliados en la dicha Inquisición, como parece de ellas

que están en el q.º 7.º de Informaciones, fol. 1414. Este Lorca tiene en esta ciudad

otros hijos.

17. En el dicho lib. 2.º, fol. 316, pone por nobles hijos de algo a los Dueñas,

naturales de S. Lúcar, y nombra por tal a Hernando de Dueñas Pretel, escribano de

Cámara, de la Sala del Crimen de esta ciudad; es cassado y tiene hijos otros sobrinos;

ay en esta ciudad Antonio de Xibaxa, escribano público y del número de esta ciudad,

casado y con hijos. Son confessos y moriscos, y que sus abuelos Abram de Dueñas

vivía en Africa, consta de los registros de esta Inquisición en el 4.º q.º de

Genealogías, fol. 173 y 282 y 172 y en el 1.º q.º del Cuzco, folio 89.

18. En el dicho lib. 2.º, fol. 321, pone el autor a don Alonso de Vargas y

Carbaxal, del hávito del Alcántara, el qual fué casado con doña María de Abalos y

Ribera, hija del capitán Nicolás de Ribera y de doña Elvira de Abalos, los cuales eran

tenidos por no limpios, como queda dicho atrás en el cap. 15º; tienen tres hijos

casados en este Reyno con sucessión, y la hija, doña Elbira de Abalos, casó con D.

Rodrigo de Mendoza, el qual está en opinión de confenso [sic] por parte de su padre,

Baeza, natural de Valladolid.

19. En el dicho lib. 2.º, fol. 333, califica el apellido de los Niños de este Reyno,

y a los descendientes del Licenciado Rodrigo Niño de Guzmán, por caballeros

limpios, los quales son confesos, como parece de las informaciones que ay en el

secreto de este Sancto Oficio en el q.º 7.º, folio 128, que se hicieron para ser familiar

don Fernando Niño, su hijo, que no fué casado; dexó algunos hijos naturales.

Don Alonso Niño, su hermano, fué casado 2 veces en esta ciudad, la primera

con una hija de unos Cerratos, también confesos, de quien tiene hijos y nietos, y de

la 2.ª mujer también tiene hijos.

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Don Cristóbal Niño, casado en esta ciudad, tiene muchos hijos.

Doña Bernarda Niño, su hermana, casó en esta ciudad con Juan Pérez de las

Quentas, su deudo, natural de Toledo, también confessos, de quienes ay en esta

ciudad muchos hijos.

20. En el dicho lib. 2.º, fol. 324, pone por noble a don Christóbal Vela y

Acuña; está casado en esta ciudad con doña María Manrique de Lara, hija de doña

Ana Manrique y de don Pedro de Contreras, natural de S. Lúcar, minero en

Guamcabelica, el qual está reputado por muy baxo judío; consta del 7.º q.º de

Genealogías, fol. 567. Es el mismo de el que se dice en el 1.º cap. de estos

Apuntamientos.

21. En el dicho lib. 2.º, fol. 324, pone por noble al capitán don Gonzalo

Fernández de Heredia, el cual, sus hermanos y sus tíos, están en opinión de

confessos, y parece, por unas informaciones que se hicieron por este Sancto Oficio

para ser calificador el Padre Fr. M.º Thomás de Heredia, del Orden de Sto. Domingo,

que no fueron buenas; éste fué hermano de padre y madre del padre del dicho don

Gonzalo de Heredia; están en el q.º 9.º de Informaciones, fol. 439.

22. En el dicho lib. 2.º, fol. 337, califica el apellido de los Trebexos, y pone por

nobles a Alonso Fernández de Trebexo y a Luis Jaime Trebexo, clérigo presbítero, y

a Antonio Trebexo casado con doña Juana de Salazar, residentes en esta ciudad de

los Reyes, los cuales son naturales de Ciudad-Rodrigo y confessos, como parece por

los registros de este Santo Oficio, 1.º q.º de Genealogías, fol. 376 y en el lib. 2.º de

Testificaciones de los Reyes, fol. 31 y 32.

Fecho en los Reyes a 20 de Abril de 1622 años.- EL LICENCIADO GASPAR

BALDESPINA (Firmado).

Después de haver cerrado esta Relación, binieron algunas informaciones de la

Inquisición de LLERENA, en que aparece haber que añadir a ello:

23. En el dicho lib. 2.º, fol. 224, pone a Ramiro Yáñez de Sarabia, que casó en

el Reyno de Chile con doña Isabel de Cáceres y Ossorio, hija de Diego García de

Cáceres, natural de Plasencia, el qual y sus descendientes son tenidos públicamente

en la dicha ciudad de Plasencia por christianos nuebos, descendientes de judíos,

como parece de estas informaciones que se han echo por esta Inquisición en la de

Llerena, en la ciudad de Plasencia para la familiatura que pretende don Luis de

Chaves, mayorazgo de Ciudad-Rodrigo, natural de León de Guánuco en este Reyno,

casado en esta ciudad con doña Mariana Brabo de Sarabia, hija legítima de los

dichos Ramiro Yáñez de Sarabia y doña Isabel de Cáceres, y nieta del dicho Diego

García de Cáceres. Las quales están en el secreto de la Inquisición en el q.º 2.º de

Informaciones malas, en la primera foxa. Tienen los susosdichos una familia muy

estendida en esta ciudad: doña Mayor de Sarabia, su hija mayor, está casada en esta

ciudad con el doctor Juan Ximénez de Montalbo, oydor más antiguo de esta Real

Audiencia y consultor de este Santo Officio, que tienen 4 hijas y un hijo barón; don

Diego de Sarabia, hijo segundo y el mayorazgo, cassó en esta ciudad con doña

Catalina Ordóñez de Córdoba, prima segunda del marqués de Guadalcázar, virrey de

estos Reynos, como parece en este dicho lib. 2.º, fol. 158; tiene una hija.

Doña Mariana Brabo de Sarabia, tercera hija de los dichos Ramiro Yáñez de

Sarabia y doña Isabel de Cáceres, cassó en esta ciudad con dicho don Luis de

Chabes, natural de Guánuco y mayorazgo en Ciudad-Rodrigo, que también es

descendiente de cristianos nuevos por su abuela doña M.ª Manuel, muger de Luis de

Chabes, mayorazgo en Ciudad-Rodrigo y naturales de la dicha ciudad, como parece

de las informaciones que se hicieron por esta Inquisición en la de Llerena, en

Ciudad-Rodrigo, que quedan en este secreto en el quaderno 7.º, fol. 1.º, de

Informaciones malas. Y don Alonso de Sarabia, criollo de esta ciudad y alcalde del

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crimen que ha sido en ella y oy está probeído por oydor de México, tío hermano del

padre de la dicha doña Mariana Brabo de Sarabia, fué la persona que fomentó esta

emprenta, y se hizo a su costa y quien la aprobó, aunque la falta de limpieza de su

sobrino no le toca [rública].

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